convenios oim, oei, unops, pnud encubren corrupción delictiva, por guillermo olivera díaz

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  • 7/26/2019 Convenios OIM, OEI, UNOPS, PNUD Encubren Corrupcin Delictiva, Por Guillermo Olivera Daz

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    18/3/2016 Convenios OIM, OEI, UNOPS, PNUD encubren corrupcin delictiva, por Guillermo Olivera Daz

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    PGINAS LIBRES

    Convenios OIM, OEI, UNOPS,PNUD encubren corrupcin

    delictivapor Guillermo Olivera Daz

    SOCIOS | 18 DE MARZO DE 2011

    or Guillermo Olivera Daz; [email protected]

    1. No slo Luis Castaeda Lossio hizo su agosto millonario,

    esquilmando al municipio de Lima, con la Organizacin

    Internacional de Migraciones OIM, encargndole ilegal y dolosamente

    obras ajenas a su competencia funcional, tambin otros capitostes de la

    poltica gobernante hicieron lo mismo con otros entes internacionales

    como la Organizacin de Estados Americanos para la Educacin, la

    Ciencia y la Cultura OEI, la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios

    para Proyectos UNOPS y el Programa de las Naciones Unidas para el

    Desarrollo PNUD.

    Recordemos que Alejandro Toledo, apenas iniciado como Presidente, el

    temprano mes de agosto del ao 2001 puso en planilla del PNUD a su

    sobrino Jorge Coqui Toledo s, el que guardaba al to ms de 700,000

    dlares, donados por George SOROS, en un banco norteamericano,

    como modesto tcnico en computacin e informtica, con el abultado

    sueldo de $ 7,500.00 dlares USA, cuando cada dlar estaba a S/. 3.50

    nuevos soles. Cunto ganaba su jefe Fernando de la Flor, all y para lo

    mismo?. Si la Contralora fuera otra y revisara las planillas de este

    organismo de la ONU, escondidas bajo el pretexto de la inmunidad

    diplomtica, sabramos cuntos millones se alzaron de este vil y

    repudiable modo. Saqueo al pas, como pago de favores polticos!

    Pedro Pablo Kuczynski PPK, mecedor empedernido sobre su renuncia

    a la nacionalidad norteamericana que ostenta, quien fue Ministro de

    Economa dos veces y Presidente del Consejo de Ministros hasta el ltimo

    Red Voltaire

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    da del gobierno de Toledo acaso dijo una palabra en contra de esta

    ilegal intervencin de estos conocidos organismos internacionales?.

    Gobernaba mudo y gacho.

    2. Contrataciones pblicas por encargo: a la OIM, OEI, UNOPS y PNUD.

    En todo proceso de contratacin de entidades del Estado sobre bienes,

    servicios u obras en general, que se hayan realizado por encargo, a la OIMde Castaeda su service, segn Susana Villarn, al OEI, UNOPS y PNUD

    de otros de su calaa, rigen las nicas disposiciones del Decreto

    Legislativo N 1017 de 03062008, o Ley de Contrataciones del Estado, y

    su frondoso Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 1842008EF.

    Se trata de normas especiales o especficas; ergo, cualquier convenio

    que se aparte de su texto se hace a ttulo delictivo e ilegal y es nulo ipso

    jure!.

    Adems, toda norma que se oponga a esta normatividad ha quedado

    derogada, en particular la antigua Ley Fujimori N 26850, de 30071997,

    que extraamente no legislaba expresamente sobre estas contrataciones

    del Estado por encargo a entes internacionales.

    En forma clara y contundente el Art. 6 del vigente Decreto Legislativo

    1017, Ley Especial en materia de contrataciones pblicas, por lo que primafrente a otras sin tal carcter, seala que mediante Convenio las

    entidades estatales podrn encargar a otras del Sector Pblico y/o

    privado nacional e internacional, la realizacin de sus procesos de

    contratacin incluyendo los actos preparatorios que sean necesarios,

    conforme a los procedimientos y formalidades que se establezcan en el

    Reglamento.

    Por lo tanto, en todo Convenio que haya firmado Luis Castaeda con laOIM, as como cualquier otro alcalde, ministro, presidente regional u otro

    funcionario pblico con la OEI, UNOPS y PNUD, ha debido sujetarse a las

    formalidades y procedimientos establecidos en el autorizado Reglamento

    de este Decreto Legislativo. No lo ha hecho. Ha violado su articulado, en

    particular el CAPITULO IX: SELECCIN POR ENCARGO, Artculo 86, que

    nicamente permite encargar a un organismo internacional cualquiera la

    realizacin del proceso de seleccin y no otra etapa del proceso decontratacin, como la inspeccin, supervisin y recepcin de la obra

    finalizada.

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    3. Tipos y Etapas de los procesos de seleccin y violacin de normas.

    Comoquiera que a un organismo internacional se le puede encargar

    nicamente la realizacin de un proceso de seleccin de postores

    Artculo 86 y nada ms, es menester que reseemos y glosemos las

    normas sobre los tipos y las etapas de los procesos de seleccin que tales

    normas facultan encargar.El Ttulo II del Reglamento del vigente Decreto Legislativo N 1017 se

    llama precisamente Procesos de Seleccin, cuyos aspectos generales

    estn desarrollados en los artculos 19 a 28.

    El numeral 19 dice que son tipos de procesos de seleccin: la licitacin

    pblica, el concurso pblico, la adjudicacin directa y la adjudicacin de

    menor cuanta. Las etapas van desde el acto de convocatoria hasta el

    otorgamiento de la buena pro. Veamos el texto de los numerales

    pertinentes.

    Ttulo II PROCESOS DE SELECCIN

    Artculo 22. Etapas de los Procesos de Seleccin

    Los procesos de seleccin contendrn las etapas siguientes: 1.

    Convocatoria. 2. Registro de participantes. 3. Formulacin y absolucin de

    consultas. 4. Formulacin y absolucin de observaciones. 5. Integracin de

    las bases. 6. Presentacin de propuestas. 7. Calificacin y evaluacin de

    propuestas. 8. Otorgamiento de la Buena Pro.

    Artculo 86. Caractersticas del Proceso de Seleccin por Encargo

    Por razones econmicas o de especialidad en el objeto de la

    convocatoria, una Entidad podr encargar a otra Entidad pblica o

    privada, nacional o internacional u organismos internacionales, medianteconvenio interinstitucional la realizacin del proceso de seleccin que

    aqulla requiera para la contratacin de bienes, servicios y obras, previo

    informe tcnico legal que sustente la necesidad y viabilidad del Encargo,

    el mismo que ser aprobado por el Titular de la Entidad.

    4. Convenio CastaedaOIM fue delictivo: doloso, ilegal y nulo. Tanto el

    vigente Decreto Legislativo 1017 como su Reglamento, aprobado por DS

    184.2008EF, no facultan que la OIM, OEI, UNOPS o PNUD sustituyan a laMunicipalidad de Lima, a un ministerio o gobierno regional, en la

    inspeccin, supervisin, ejecucin y recepcin final de una obra

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    cualquiera!.

    Estas etapas de un proceso de contratacin de obra pblica no son de

    la especialidad, por ejemplo de la OIM, ni las normas citadas permiten su

    encargo. Estos momentos del proceso de licitacin son indelegables.

    Adems, el ente internacional que se escoja no puede ser cualquiera, sino

    uno de la especialidad en el objeto de la convocatoria de la entidadlicitante.

    En consecuencia, lo hecho por Luis Castaeda y la OIM es ilegal, doloso

    y NULO, pues sta no es especialista en tneles, pasos a desnivel,

    transporte pblico, semaforizacin, mercados, teatro municipal, ni en

    nada de lo que ha convenido ilegalmente. Su tema es nicamente la

    migracin del nmade. Es el momento de exigirle responsabilidades

    penales y cerrar el saqueo que se comete a travs de la OIM, OEI, UNOPS

    y el PNUD.

    Ha procedido con dolo doble al entregar a la OIM, la realizacin de

    todo el proceso de licitacin desde la convocatoria hasta la liquidacin

    final de la obra, que comprende indebidamente la inspeccin, supervisin

    y recepcin de obras de ingeniera civil, arquitectura, transporte, teatro y

    de cualquier otra naturaleza ajena a migraciones. Para tal cometido dicho

    ente es absolutamente incompetente por razn de la materia. Ni la norma

    legal vigente faculta tamao despropsito. La OIM tiene plena

    personalidad jurdica para contratar con el Estado, s, pero dentro de su

    objeto social, en las nicas reas de su accin, todas relativas a la

    migracin. Ni siquiera la convocatoria a una licitacin pblica cae dentro

    de su especialidad.

    Por cuya razn legal los convenios con la OIM son ilegales, dolosos y

    nulos. Son ms que la mera leguleyada que cree Kuczynski, en su torpe

    parcialidad de juicio pro Castaeda.

    A propsito de PPK: Sigue la intonsa tomadura de pelo acerca de la

    renuncia a su nacionalidad norteamericana, porque as cree con

    ingenuidad subir en las encuestas!

    Guillermo Olivera Daz

    Fuente : Convenios OIM, OEI, UNOPS, PNUD encubren corrupcin delictiva, por GuillermoOlivera Daz, Red Voltaire , 18 de marzo de 2011, www.voltairenet.org/article168946.html

    http://www.voltairenet.org/article168946.htmlhttp://www.voltairenet.org/auteur124736.html?lang=es