control de convencionalidad

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CONTROL DE CONVENCIONALIDAD XVII Seminario Nacional de Presupuesto Publico, “Presupuesto para la gente” Encarnación, Paraguay. 8 de octubre de 2014 Dr. Julio César Padilla Valdivia

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CONTROL DE CONVENCIONALIDAD. XVII Seminario Nacional de Presupuesto Publico, “Presupuesto para la gente”. Encarnación, Paraguay. 8 de octubre de 2014. Dr. Julio César Padilla Valdivia. Carece de Constitución una sociedad en la que no hay garantía de los derechos naturales. - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

CONTROL DE

CONVENCIONALIDAD

XVII Seminario Nacional de Presupuesto

Publico, “Presupuesto para la gente”

Encarnación, Paraguay.8 de octubre de 2014

Dr. Julio César Padilla Valdivia

Page 2: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

Carece de Constitución una sociedad en la que no hay garantía de los derechos naturales.

Art. 16. Declaración DHyC 1789.

Page 3: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

CONCEPTO DE DEMOCRACIA  

Es una filosofía, una manera de vivir, una religión y casi accesoriamente una forma de gobierno.

Esta significación tan rica deriva de la idea

que los hombres se han hecho de la

democracia desde el momento que ven en

ella la esperanza de una vida mejor. GEORGES BURDEAU:

Page 4: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

CONCEPTOS PREVIOS

Soberanía

Poder constituyente

Poder constituido

Supremacía constitucional

Page 5: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

TIPOS DE RELACIONES JURIDICAS

COORDINACION

PART - PART

SUPRA

A

SUBORDINACION

ESTADO

GOBERNADO

SUPRAORDINACION

ESTADO - ESTADO

Page 6: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL

CONSTITUCION

TRATADOS INTERNACIONALES

LEYES GENERALES

LEYES LOCALES

REGLAMENTOS, DECRETOS

LEYES INDIVIDUALIZADAS

Page 7: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

CONTROL DE CONVENCIONALIDADCONCEPTO

Refiere a la competencia de la Corte IDH para conocer y decidir un caso, aplicando la Convención Americana, de cualquier asunto que se le presente y en el cual sea competente.

Page 8: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

CONTROL INTERNO DE CONVENCIONALIDAD

El acatamiento y aplicación de la Convención Americana y

Su interpretación por parte de la CIDH, configura como un “ control judicial interno de convencionalidad.

Juez Interamericano Eduardo Ferrer Mac-Gregor

Page 9: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

CONTROL CONSTITUCIONAL

-

-

LEYES GENERALES

LEYES LOCALES

REGLAMENTOS, DECRETOS

LEYES INDIVIDUALIZADAS

CONSTITUCIÓN POLÍTICA

Principios

Valores

Reglas

Tratados

Otros tratados

Fuentes del DIDH

CONTROL DE CONVENCIONALIDA

D

CONVENCION

CONSTITUCION

TRATADOS

INTERNO

Page 10: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

MEDIOS DE CONTROL

CONTROL CONSTITUCIONALIDAD

CONTROL DE CONVENCIONALIDAD.

CONTROL DIFUSO DE CONVENCIONALIDAD EX OFICCIO

PRINCIPIO PRO HOMINE.INTERPRETACION CONFORME.BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD.JURISPRUDENCIA DE LA CIDHCRITERIO VINCULANTECRITERIO ORIENTADOR

Page 11: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

TRATADOS INTERNACIONALES

Page 12: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

Tratado Internacional:

Es un acuerdo

celebrado por escrito

entre Estados y

regido por el Derecho

Internacional.

Artículo 2 de la Convención de Vienasobre Derecho de los Tratados.

Page 13: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

CLASIFICACIÓN DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES:

Número de las Altas Partes Contratantes:

Materia:Carácter normativo:Futura adhesión:Duración:Permisión de reservas:Ratificación:Alcance subjetivo.

Page 14: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

FUNDAMENTO:

Pacta sunt servanda. (Los tratados se deben cumplir).

Todo tratado obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas.

Artículo 26 CVDT.

Nadie puede invocar su Derecho interno para incumplir un tratado.

Art. 27 de la CVDT.

Page 15: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

PROCEDIMIENTO PARA CELEBRAR LOS TRATADOS

INTERNACIONALES:

Negociación.

Firma.

Ratificación

Art. 14, 16 y 33 CVDT.

Page 16: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

Convención Americana sobre

Derechos Humanos

Page 17: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

Convención Americana sobre Derechos Humanos.

suscrita el 22 de noviembre de 1969.

Entro en vigencia el 18 de julio de 1978.

Una de las bases del sistema interamericano de promoción y protección de los derechos humanos.

Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Protocolo de San Salvador), de 1988.

Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la abolición de la pena de muerte, de 1990

Page 18: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

Organización de estados americanos

34 estados parte

25 han suscrito y ratificado la CADH.

21 han reconocido la competencia de la CIDH

Page 19: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

Naciones adheridas a la Convención

1. Argentina, 2. Barbados, 3. Bolivia, 4. Brasil, 5. Colombia,6. Costa Rica, 7. Chile,8. Dominica, 9. Ecuador, 10. El Salvador, 11. Grenada,

12. Guatemala, 13. Haití, 14. Honduras, 15. Jamaica, 16. México, 17. Nicaragua, 18. Panamá, 19. Paraguay, 20. Perú, 21. República

Dominicana,

22. Suriname, 23. Trinidad y

Tobago, 24. Uruguay y 25. Venezuela.

Trinidad y Tobago denunció, el 26 de mayo de 1998

Venezuela en el 2012

Page 20: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

Tratados Competencia de la CoIDH

1. Convención Americana sobre Derechos Humanos; 2. Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la

Tortura; 3. Párrafo a) del artículo 8 y en el artículo 13 del Protocolo

Adicional a la Convención Americana en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador”;

4. Artículo 7 Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención De Belém Do Pará";

5. Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas; y,

6. Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.

Page 21: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

OBLIGACIONES QUE ASUME EL ESTADO PARTE

1.- Incorporación de normas en el ordenamiento jurídico interno que permitan aplicar el tratado internacional.

2.- Derogación de normas que se opongan a lo que dispone el tratado.

Page 22: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

OBLIGACIONES QUE ASUME EL ESTADO PARTE

3.- Realización de un diagnostico respecto de los derechos regulados por los tratados internacionales, a fin de determinar con la mayor precisión posible en que punto se encuentra el país al momento de firmar el tratado.

4.- Reorganización de las competencias de las autoridades para que en todos los niveles de gobierno existan medidas de prevención de las violaciones de derechos, así como capacidad de investigación, sanción y reparación de tales violaciones cuando ya se haya producido.

Page 23: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

LIMITES Y SUSPENSION

CARÁCTER GENERAL.

CARÁCTER ESPECIFICO.

Page 24: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

EL SISTEMA INTERAMERICANO DE PROTECCION

LA COMISION INTERAMERICANA

LA CORTE INTERAMERICANA

EL ESTADO

LA PERSONA HUMANA

Page 25: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

Integrada el 22 de mayo de 1979.

3 tres jueces centroamericanos,

2 Dos sudamericanos,

1 un caribeño y

1 un estadounidense

Page 26: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

ATRIBUCIONES JURISDICCIONALES

Consultivas

Contenciosas

Preventivas

Ejecutivas

Page 27: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

OBJETIVOS DE LAS REPARACIONES

Restablecer el orden jurídico quebrantado por la violación,

afirmar la seguridad, la paz y la justicia en las relaciones sociales

Y rescatar el derechos de la persona y resarcir por la lesion causada

Page 28: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

CATEGORIAS DE LAS REPARACIONESLa plena restitución,

Desalentar la comisión de nuevos ilícitos.

Revelación y Conocimiento de la verdad

Adopción de medidas de transición o provisionales.

El pago de una justa indemnización a la parte lesionada.

Los gastos y costas del procedimiento

Page 29: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

Normas de Interpretación

Ninguna disposición de la presente Convención puede ser interpretada en el sentido de:

a) Permitir a alguno de los Estados Partes, grupo o persona, suprimir el goce y ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en la Convención o limitarlos en mayor medida que la prevista en ella;

Artículo 29 CIDH.

Page 30: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

b) Limitar el goce y ejercicio de cualquier derecho o libertad que pueda estar reconocido de acuerdo con las leyes de cualquiera de los Estados Partes o de acuerdo con otra convención en que sea parte uno de dichos Estados;

c) Excluir otros derechos y garantías que son inherentes al ser humano o que se derivan de la forma democrática representativa de gobierno, y

d) Excluir o limitar el efecto que puedan producir la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y otros actos internacionales de la misma naturaleza.

Artículo 29 CIDH.

Page 31: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

Alcance de las Restricciones

Las restricciones permitidas, de acuerdo con esta Convención, al goce y ejercicio de los derechos y libertades reconocidas en la misma, no pueden ser aplicadas sino conforme a leyes que se dictaren por razones de interes general y con el propósito para el cual han sido establecidas.

Artículo 30 CIDH.

Page 32: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

Reconocimiento de Otros Derechos

Podrán ser incluidos en el régimen de protección de esta Convención otros derechos y libertades que sean reconocidos de acuerdo con los procedimientos establecidos en los artículos 76 y 77.

Artículo 31 CIDH.

Page 33: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

COMPETENCIA CADH

a) la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

b) la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Articulo 33 CADH.

Page 34: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

BREVE ANALISIS DE LA CONSTITUCION DE PARAGUAY

Page 35: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

DE LA FORMA DEL ESTADO Y DE GOBIERNO

La República del Paraguay es para siempre libre e independiente. Se constituye en Estado social de derecho, unitario, indivisible, y descentralizado en la forma que se establecen esta Constitución y las leyes.

La República del Paraguay adopta para su gobierno la democracia representativa, participativa y pluralista, fundada en el reconocimiento de la dignidad humana.

Artículo 1 CONST PARAGUAY

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DE LA SUPREMACIA DE LA CONSTITUCION PARAGUAYA

La ley suprema de la República es la Constitución. Esta, los tratados, convenios y acuerdos internacionales aprobados y ratificados, las leyes dictadas por el Congreso y otras disposiciones jurídicas de inferior jerarquía, sancionadas en consecuencia, integran el derecho positivo nacional en el orden de prelación enunciado.

……

Carecen de validez todas las disposiciones o actos de autoridad opuestos a lo establecido en esta Constitución.

ARTICULO 137, CONST PARAGUAY -

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DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES

Los tratados internacionales validamente celebrados, aprobados por ley del Congreso, y cuyos instrumentos de ratificación fueran canjeados o depositados, forman parte del ordenamiento legal interno con la jerarquía que determina el Artículo 137.

Artículo 141 CONST. PARAGUAY

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DE LA DENUNCIA DE LOS TRATADOS

Los tratados internacionales relativos a los derechos humanos no podrán ser denunciados sino por los procedimientos que rigen para la enmienda de esta Constitución.

Artículo 142 CONST. PARAGUAY

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DEL ORDEN JURIDICO SUPRANACIONAL

La República del Paraguay, en condiciones de igualdad con otros Estados, admite un orden jurídico supranacional que garantice la vigencia de los derechos humanos, de la paz, de la justicia, de la cooperación y del desarrollo, en lo político, económico, social y cultural.

Dichas decisiones sólo podrán adoptarse por mayoría absoluta de cada Cámara del Congreso.

Artículo 145 -

Page 40: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

DE LA FORMA DE LOS JUICIOS

Los juicios podrán ser orales y públicos, en la forma y en la medida que la ley determine.

Toda sentencia judicial debe estar fundada en esta Constitución y en la ley. La crítica a los fallos es libre.

El proceso laboral sera total y estara basado en los principios de inmediatez, economía y concentración.

Artículo 256 Const. Paraguay.

Page 41: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

PROPUESTAS

Page 42: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

Control convencionalidaden México

Page 43: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

Art. 1º ConstitucionalArtículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Page 44: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

Art. 1º Constitucional…Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. ..

Page 45: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

Parámetro de análisis de control (todos los jueces del país)

 Todos los DDHH contenidos en la Constitución Federal (Art 1º y 133), jurisprudencia del PJF.

Todos los DDHH contenidos en Tratados Internacionales en los que México sea parte.

Criterios vinculantes de la CoIDH establecidos en las sentencias en las que el Estado mexicano haya sido parte, y criterios orientadores de la jurisprudencia y precedentes de la citada Corte, cuando el Estado mexicano no haya sido parte.

Page 46: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

Pasos para realizar este tipo de interpretación

1. Interpretación conforme en sentido amplio. Los jueces del país (y todas las autoridades del Estado mexicano) deben

interpretar el orden jurídico conforme a los DDHH establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales en los cuales el Estado mexicano sea parte, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

2. Interpretación conforme en sentido estricto. Si hay varias interpretaciones jurídicamente válidas, los jueces deben preferir

aquélla que hace a la ley acorde a los DDHH establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales en los que el Estado mexicano sea parte, para evitar incidir o vulnerar el contenido esencial de estos derechos.

3. Inaplicación de la ley cuando las alternativas anteriores no son posibles.

No rompe con la lógica del principio de división de poderes ni del federalismo. Fortalece el papel de los jueces al ser el último recurso para asegurar la

primacía y aplicación efectiva de los DDHH establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los cuales el Estado mexicano es parte.

Page 47: CONTROL  DE  CONVENCIONALIDAD

bloque de constitucionalidad?

conjunto de normas que tienen jerarquia constitucional en el ordenamiento juridico de cada país.

Rodrigo Uprimny Yepes, Bloque de constitucionalidad, derechos humanos y proceso penal, 2a ed., Bogota, Consejo Superior de la Judicatura-Universidad Nacional de Colombia, 2008, p. 25, disponible en <http://www.ejrlb.net/biblioteca2011/content/pdf/a16/1. pdf>, pagina consultada el 2 de mayo de 2012.