contestacion por garantias personales

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SUMILLA : CONTESTACIÓN SOBRE GARANTÍAS PERSONALES SEÑOR GOBERNADOR DE LA REGION DE CAJAMARCA NELSON LUIS GUTIÉRREZ YUPANQUI, con DNI N° 41271087, con domicilio real en Jr. Lucero N° 302; Barrio Urubamba esta ciudad; ante usted, con el debido respeto me presento y expongo: I. APERSONAMIENTO. Por convenir a mi Derecho, recurro a su despacho con la finalidad de apersonarme y contestar anticipadamente. Que con fecha 24 de julio del 2015 se me notifico para citación de audiencia de conciliación, ante el despacho de la gobernación regional de Cajamarca para la solicitud de garantías personales interpuestas por los señores: Luis Alberto García Pompa y Susana Calua Herrera. II.CONTESTACION E INASISTENCIA POR MOTIVOS DE TRABAJO. II.1. Contestación El día 06 de junio me encontraba libando con mis vecinos de barrio encontradose el lugar de los hechos el señor Aron Infante Victoria con quien sostuve un altercado por motivos de que este señor me estaba sustrayendo del bolsillo un billete de s/. 10.00 nuevos soles, momentos en cuales intervinieron la rondas urbanas, siendo uno de los miembros la señora Susana Calua Herrera quien es tía del señor Aron Infante Victoria. Ante la intervención de la rondas se suscitaron forcejeos en razón de imponer orden, hechos que se manifestaron en una agresión física contra mi persona, 1

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Page 1: Contestacion Por Garantias Personales

SUMILLA : CONTESTACIÓN SOBRE GARANTÍAS PERSONALES

SEÑOR GOBERNADOR DE LA REGION DE CAJAMARCA

NELSON LUIS GUTIÉRREZ YUPANQUI, con DNI N° 41271087, con domicilio real en Jr. Lucero N° 302; Barrio Urubamba esta ciudad; ante usted, con el debido respeto me presento y expongo:

I. APERSONAMIENTO.

Por convenir a mi Derecho, recurro a su despacho con la finalidad de apersonarme y contestar anticipadamente.

Que con fecha 24 de julio del 2015 se me notifico para citación de audiencia de conciliación, ante el despacho de la gobernación regional de Cajamarca para la solicitud de garantías personales interpuestas por los señores: Luis Alberto García Pompa y Susana Calua Herrera.

II. CONTESTACION E INASISTENCIA POR MOTIVOS DE TRABAJO.

II.1. Contestación

El día 06 de junio me encontraba libando con mis vecinos de barrio encontradose el lugar de los hechos el señor Aron Infante Victoria con quien sostuve un altercado por motivos de que este señor me estaba sustrayendo del bolsillo un billete de s/. 10.00 nuevos soles, momentos en cuales intervinieron la rondas urbanas, siendo uno de los miembros la señora Susana Calua Herrera quien es tía del señor Aron Infante Victoria.

Ante la intervención de la rondas se suscitaron forcejeos en razón de imponer orden, hechos que se manifestaron en una agresión física contra mi persona, produciéndose en mi brazo derecho Lesiones Policontusas conduciéndome al siguiente día siguiente a la clínica San Francisco En Cual Se Me Realizo Una Epicrisis, después de la cual se me realizó una radiografías en la que se visualiza fracturas en el hueso (ubicación del hueso - radio), procediéndose a realizar una intervención quirúrgica para imposición de plaquetas metálicas y tornillos sobre el hueso (radio).

Respecto del día sábado 18 de julio me encontré con la señora Susana Calua Herrera, momentos los cuales en afán de cólera le increpe el daño causado por las lesiones físicas en mi brazo sobre mi persona, hecho que según ella refiere que mi persona la amenazo con querer desaparecerla y matarla, hecho que niego rotundamente, y frente al cual me quiero mantener alejado de su

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persona y de la rondas urbanas de Urubamba que en afán de imponer orden cometen atropellos verbales y físicos sobre muchas personas.

Frente a esta solicitud de garantías personales, no me encuentro en la posibilidad de asistir a la audiencia de conciliación por motivos de trabajo, pues me encuentro laborando en una empresa, como técnico en mecánica, razón por la cual me imposibilita el poder asistir, y respecto a su solicitud, no me responsabilizo de lo que le pueda suceder a la señora y el presidente de rondas urbanas quienes presentas la solicitud de garantías personales, pues al respecto las rondas urbanas se han ido ganando rechazo de un buen grupo de personas del sector por los actos de imposición de orden en la zona, en muchas ocasiones se extralimitan agrediéndose físicamente a casi todo intervenido.

Asimismo pongo de conocimiento que frente a la agresión física contra mi persona interpondré una demanda de reparación civil por el daño causado, sumando como medio probatorio lo manifestado por la señora Calua Herrera respecto de la intervención que realizo como rondas urbanas.

III. ANEXO.

- 1. A. Copia del D.N.I. de NELSON LUIS GUTIÉRREZ YUPANQUI.

- 1. C. Copia Oficio de la empresa en la que laboro.

- 1. C. Copia Resultado De Análisis Del Laboratorio - Clínica “San Francisco”

- 1. D. Copia del Reporte Operario.

Por lo expuesto:

Pido a usted Señor gobernador acceder conforme solicito.

Cajamarca, 10 de Agosto de 2015.

_____________________________________________________NELSON LUIS GUTIÉRREZ YUPANQUI,

DNI N° 41271087

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