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La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 22 de febrero del 2007 ¢ 215,00 AÑO CXXIX Nº 38 - 56 Páginas CCSS APROBÓ REGLAMENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE DONACIONES El Reglamento regula las potestades, requisitos y trámite de los ofrecimientos de donación a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social. No contempla la posibilidad de la institución de efectuar donaciones a favor de terceros. RACSA CON MODERNO PROYECTO DE TELECOMUNICACIONES COOPESANTOS R. L. SOLICITA AUMENTO DE TARIFAS ELÉCTRICAS Se trata de la adjudicación de la Licitación por Registro denomi- nada Proyecto Racsa Fast Track de Estructuras Transportables para Equipo de Telecomunicaciones. La solicitud de ajuste de las tarifas actuales, se conocerá en au- diencia pública, a efectuarse el 28 de marzo de 2007, a las die- cisiete horas, en el Salón Parroquial de San Marcos de Tarrazú. Pág. 38 Págs. 40 - 41 Pág. 43 Foto ilustrativa

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La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 22 de febrero del 2007

¢ 215,00 AÑO CXXIX Nº 38 - 56 Páginas

CCSS APROBÓ REGLAMENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE DONACIONES

El Reglamento regula las potestades, requisitos y trámite de los ofrecimientos de donación a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social. No contempla la posibilidad de la institución de efectuar donaciones a favor de terceros.

RACSA CON MODERNO PROYECTO DE TELECOMUNICACIONES

COOPESANTOS R. L. SOLICITA AUMENTO DE TARIFAS ELÉCTRICAS

Se trata de la adjudicación de la Licitación por Registro denomi-nada Proyecto Racsa Fast Track de Estructuras Transportables para Equipo de Telecomunicaciones.

La solicitud de ajuste de las tarifas actuales, se conocerá en au-diencia pública, a efectuarse el 28 de marzo de 2007, a las die-cisiete horas, en el Salón Parroquial de San Marcos de Tarrazú.

Pág. 38

Págs. 40 - 41

Pág. 43

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Pág 2 La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007

PODER EJECUTIVO

DECRETOSNº 3580-COMEX

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

De conformidad con las atribuciones que les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política; el artículo 28, párrafo 2, inciso b) de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; los artículos 1, 3, 6, 7, 13, 14, 15, 22 y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, Ley Nº 6986 del 3 de mayo de 1985, los artículos 1, 6, 10, 15, 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, Ley 7629 del 26 de setiembre de 1996.

Considerando:1º—Que el Consejo de Ministros de Integración Económica, mediante

Resolución N° 189-2006 (COMIECO-XLI) del 15 de diciembre de 2006, aprobó modificaciones al Arancel Centroamericano de Importación.

2º—Que en cumplimiento de lo indicado en el ordinal anterior, procede la publicación de dicha resolución. Por tanto,

DECRETAN:Artículo 1º—Publíquese la Resolución Nº 189-2006 (COMIECO-

XLI) del 15 de diciembre de 2006, que a continuación se transcribe:RESOLUCIÓN Nº 189-2006 (COMIECO-XLI)

EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICACONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 38 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala- y 7 y 22 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, es competencia del Consejo de Ministros de Integración Económica modificar los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI), contenidos en el Arancel Centroamericano de Importación;

Que en el proceso de establecimiento de la Unión Aduanera Centroamericana, el Comité de Política Arancelaria en sus reuniones celebradas el 28 y 29 de noviembre y el 12 y 13 de diciembre de 2006, alcanzó acuerdo sobre varias modificaciones arancelarias;

Que en base al acuerdo indicado, el Comité de Política Arancelaria, elevó a la consideración y aprobación de este foro una propuesta de modificación del Arancel Centroamericano de Importación,

POR TANTO:Con fundamento en los artículos 1, 3, 6, 7, 13, 14, 15, 22 y 23 del

Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; y 1, 6, 10, 15, 36, 37, 38, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, -Protocolo de Guatemala-,

RESUELVE:1. Aprobar las modificaciones a los Derechos Arancelarios a la

importación de los incisos arancelarios que aparecen en los anexos 1 y 2 de la presente Resolución, de la forma que se indica en el mismo, el cual forma parte integrante del Anexo “A” del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.

2. La presente Resolución entrará en vigencia el 14 de enero de 2007 y será publicada por los Estados Parte.

San José, Costa Rica, 15 de diciembre de 2006. Marco Vinicio Ruiz Yolanda Mayora de Gavidia Ministro de Comercio Exterior Ministra de Economía de Costa Rica de El Salvador Marcio Cuevas Elizabeth Azcona Bocock Ministro de Economía Ministra de Industria y Comercio de Guatemala de Honduras

Alejandro Argüello Ch.Ministro de Fomento, Industria y Comercio

de Nicaragua

Anexo 1Rubros que alcanzan el DAI en forma inmediata:Código Descripción DAI %

07.13 HORTALIZAS DE VAINA SECAS DESVAINADAS, AUNQUE ESTÉN MONDADAS O PARTIDAS

0713.3 - Frijoles (judías, porotos, alubias, fréjoles) (Vigna spp., Phaseolus spp.):

0713.33 - - Comunes (Phaseolus vulgaris):

0713.33.20 - - - Blancos 200713.33.90 - - - Otros 20

08.08 MANZANAS, PERAS Y MEMBRILLOS, FRESCOS

0808.10.00 - Manzanas 15

11.03 GRAÑONES, SÉMOLA Y “PELLETS”, DE CEREALES

1103.1 - Grañones y sémola:

1103.11.00 - - De trigo 5

15.08 ACEITE DE CACAHUATE (CACAHUETE, MANÍ) Y SUS FRACCIONES, INCLUSO REFINADO, PERO SIN MODIFICAR QUÍMICAMENTE

1508.10.00 - Aceite en bruto 5

17.03 MELAZA PROCEDENTE DE LA EXTRACCIÓN O DEL REFINADO DEL AZÚCAR

1703.10.00 - Melaza de caña 151703.90.00 - Las demás 15

Anexo 2Rubros que alcanzan el DAI en la fecha indicada en la columna 4 de este anexo: Fecha de entrada DAI enCódigo Descripción % vigencia

11.02 HARINA DE CEREALES, EXCEPTO DE TRIGO O DE MORCAJO (TRANQUILLÓN)

1102.90 - Las demás:

1102.90.90 - - Otras 10 1 de enero de 2012

11.03 GRAÑONES, SÉMOLA Y “PELLETS”, DE CEREALES

1103.1 - Grañones y sémola:

1103.19 - - De los demás cereales:

1103.19.90 - - - Otros 5 1 de enero de 20121103.20 - “Pellets”:

1103.20.10 - - De trigo 5 1 de enero de 2012

19.05 PRODUCTOS DE PANADERÍA, PASTELERÍA O GALLETERÍA, INCLUSO CON ADICIÓN DE CACAO; HOSTIAS, SELLOS VACÍOS DE LOS TIPOS UTILIZADOS PARA MEDICAMENTOS, OBLEAS PARA SELLAR, PASTAS SECAS DE HARINA, ALMIDÓN O FÉCULA, EN HOJAS, Y PRODUCTOS SIMILARES

1905.31 - - Galletas dulces (con adición de edulcorante):

1905.31.10 - - - Con adición de cacao, para sándwich de helado 15 1 de enero de 2017

24.03 LOS DEMÁS TABACOS Y SUCEDÁNEOS DEL TABACO, ELABORADOS; TABACO “HOMOGENEIZADO” O “RECONSTITUIDO”; EXTRACTOS Y JUGOS DE TABACO

2403.10 - Tabaco para fumar, incluso con sucedáneos de tabaco en cualquier proporción:

2403.10.90 - - Otros 15 1 de enero de 2012

Artículo 2º—De conformidad con la Resolución Nº 48-94 (CONSEJO-XII) de fecha 23 de febrero de 1994, que autoriza a Costa Rica para que las tarifas de 10% y 15% incluyan el gravamen del 1% de la Ley 6946, a los incisos que aparecen en los anexos de la presente resolución con tarifas 10% y de 15%, aplicar un arancel de 9% y de 14%, respectivamente.

CONTENIDOPág

NºPODER EJECUTIVO Decretos ........................................................................................2 Acuerdos .......................................................................................3 Resoluciones .................................................................................9 Edictos ........................................................................................11DOCUMENTOS VARIOS ..........................................................11CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ..................................25REGLAMENTOS ........................................................................40REMATES ....................................................................................41INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ............................42RÉGIMEN MUNICIPAL ...........................................................46AVISOS .........................................................................................46NOTIFICACIONES ....................................................................51FE DE ERRATAS ........................................................................55

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La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007 Pág 3

Artículo 3º—Hasta la fecha que entre en vigencia la meta arancelaria aprobada en el anexo 2 de esta resolución, Costa Rica aplicará a los siguientes incisos arancelarios el DAI, de conformidad con las disposiciones de la resolución 180-2006 (COMIECO-XXXIX), publicada mediante Decreto Ejecutivo Nº 33464-COMEX del 22 de noviembre de 2006, como se indican a continuación:Código Descripción DAI %

1103.19.90 - - - Otros 9

1103.20.10 - - De trigo 9

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.Dado en la Presidencia de la República, a los ocho días del mes de

enero del dos mil siete.Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de

Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 05662).—C-105490.—(D33580-12194).

ACUERDOSPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 178-PEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8562 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República; y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno

Ugarte como Presidente de la Asamblea de Estados Partes de la Corte Penal Internacional, deberá participar de la reanudación de la V Reunión de la Asamblea General de los Estados Partes de la Corte Penal Internacional a celebrase en Nueva York, Estados Unidos del 28 de enero al 1º de febrero de 2007. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1º—Autorizar al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de

Relaciones Exteriores y Culto, cédula 8-0068-0578, para que participe en la reanudación de la V Reunión de la Asamblea General de los Estados Partes de la Corte Penal Internacional a celebrase en Nueva York, Estados Unidos del 28 al 31 de enero de 2007.

Artículo 2º—Los gastos de viaje serán cubiertos por la Corte Penal Internacional. Se le autorizan al Sr. Ministro US$500,00 de Gastos de Representación, así como también se le autoriza al señor Ministro realizar llamadas internacionales.

Artículo 3°—Durante la ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se le encargará la atención de esta cartera al señor Edgar Ugalde Álvarez, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 4º—Rige del 28 de enero al 1º de febrero de 2007.Dado en la Presidencia de la República, a los once días del mes de

enero del dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 45355).—C-

10990.—(12237).

Nº 003-V.L.P.E.—San José, 24 de enero del 2007EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo que establece el artículo 139 de la Constitución Política y el artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública;

ACUERDA1º—Autorizar al señor Alfredo Volio Pérez, Ministro de Agricultura y

Ganadería, para que viaje a atender asuntos personales a Phoenix, Arizona, de los Estados Unidos de América, del 25 al 28 de enero del 2007.

2º—Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, no tendrán ningún costo para fondos del Erario Público.

3º—En tanto dure la ausencia del Ministro de Agricultura y Ganadería, se encarga la atención de esa Cartera, al señor Carlos Villalobos Arias, Viceministro del ramo.

4º—Rige a partir del 25 y hasta el 28 de enero del 2007.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticuatro

días del mes de enero del año dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 40123-

MAG).—C-8470.—(12211).

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIAN° 030-2007-MP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 140 de la Constitución Política, artículo 25 y concordantes de la Ley General de la Administración Pública y el Reglamento Autónomo Organización y Servicio de la Presidencia de la República.

ACUERDAN:Artículo 1º—Nombrar al señor Otto Luis Castro Ríos, mayor,

casado una vez, Administrador de Empresas, cédula de identidad número: seis-ciento diecinueve-trescientos uno, como asesor Ad-Honoren en el despacho del señor Viceministro de la Presidencia en asuntos de Seguridad Presidencial.

Artículo 2º—El Ministerio de la Presidencia facilitará el equipo de trabajo para el buen desempeño de las funciones que le sean asignadas.

Artículo 3º—Los gastos de transporte y viáticos, tanto dentro como fuera del país, cuando procedan, serán cubiertos por el Programa Administración Superior del Ministerio de la Presidencia.

Artículo 4º—Rige a partir del 1º de febrero del 2007 y hasta el 1° de mayo del 2007.

Dado en la Presidencia de la República, el primero de febrero del dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez.—1 vez.—(Solicitud Nº 018-2007).—C-10285.—(12198).

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍAN° 04-2007-DGME

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍAY SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República mediante resolución 4-DI-AA-2001, de las 15:00 horas del 10 de mayo de 2001, y su reforma según resolución R-CO-71-2006, de las 15:00 horas del 4 de setiembre de 2006, así como lo dispuesto en la Ley N° 8562 Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007.

Considerando1º—Que mediante resolución N° 135-2007-16-UDFL-PEM-Imj, de

fecha 10 de enero de 2007, se ordenó por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería, la deportación del señor Sandeep Singh Jaswal, de nacionalidad india.

2º—Que para efectos de ejecutar la referida deportación se ha designado por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería al señor Víctor Alcázar Cascante, cédula de identidad número 9-059-510, Inspector de la Policía de Migración, con el fin de realizar la custodia correspondiente hasta Panamá. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1º—Designar al señor Víctor Alcázar Cascante, cédula de

identidad número 9-059-510, Inspector de la Policía de Migración de la Dirección General de Migración y Extranjería, órgano del Ministerio de Gobernación y Policía, para que realice la custodia correspondiente del extranjero mencionado en el Considerando Primero del presente Acuerdo, hasta Panamá, deportación que se realizará del 21 al 22 de enero de dos mil siete.

Artículo 2º—Los gastos del señor Víctor Alcázar Cascante por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales y viáticos y gastos de alimentación y hospedaje, a saber $ 145 diarios, para un total de $ 290, serán cubiertos con recursos del Programa 054-01, Dirección General de Migración y Extranjería. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos del Programa 054-01. Dirección General de Migración y Extranjería.

Artículo 3º—Que durante los días 21 al 22 de enero de 2007, se autoriza la participación del señor Víctor Alcázar Cascante, en la custodia a la que hace referencia el presente acuerdo, devengando el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 21 y hasta el día 22, ambos de enero del 2007.

Dado en el Ministerio de Gobernación y Policía, a los 19 días del mes de enero del año 2007.

Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 0015).—C-18775.—(12944).

N° 06-2007-DGMEEL MINISTRO DE GOBERNACIÓN

Y POLICÍA Y SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en lo dispuesto en los artículos 7, 31 y 34 del

Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República mediante resolución 4-DI-AA-2001, de las 15:00 horas del 10 de mayo de 2001, y su reforma según resolución R-CO-71-2006, de las 15:00 horas del 4 de setiembre de 2006, así como lo dispuesto en la Ley N° 8562 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007.

Considerando:1º—Que mediante resolución N° 135-2007-69-UDFL-PME, de

fecha 18 de enero de 2007, se ordenó por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería, la deportación del señor Ruffin Robert Reynolds, de nacionalidad estadounidense.

2º—Que para efectos de ejecutar la referida deportación se ha designado por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería al señor Róger Bolaños Vega, cédula de identidad número 4-127-051, Inspector de la Policía de Migración, con el fin de realizar la custodia correspondiente hasta Houston, Estados Unidos. Por tanto,

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Pág 4 La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007

ACUERDA:Artículo 1º—Designar al señor Róger Bolaños Vega, cédula de

identidad número 4-127-051, Inspector de la Policía de Migración de la Dirección General de Migración y Extranjería, órgano del Ministerio de Gobernación y Policía, para que realice la custodia correspondiente del extranjero mencionado en el Considerando Primero del presente Acuerdo, hasta Houston, Estados Unidos, deportación que se realizará del 30 de enero al 2 de febrero, ambos de dos mil siete.

Artículo 2º—Los gastos del señor Róger Bolaños Vega, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales y viáticos y gastos de alimentación y hospedaje, a saber $ 200 diarios, para un total de $ 800, serán cubiertos con recursos del Programa 054-01, Dirección General de Migración y Extranjería. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos del Programa 054-01. Dirección General de Migración y Extranjería.

Artículo 3º—Que durante los días 30 de enero al 2 de febrero, ambos de 2007, se autoriza la participación del señor Róger Bolaños Vega, cédula de identidad Nº 4-127-051, en la custodia a la que hace referencia el presente acuerdo, devengado el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 30 de enero y hasta el día 2 de febrero ambos del 2007.

Dado en el Ministerio de Gobernación y Policía, a los 30 días del mes de enero del 2007.

Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 0016).—C-22990.—(12945).

N° 07-2007-DGMEEL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Y SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en lo dispuesto en los artículos 7, 31 y 34 del

Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República mediante resolución 4-DI-AA-2001, de las 15:00 horas del 10 de mayo de 2001, y su reforma según resolución R-CO-71-2006, de las 15:00 horas del 4 de setiembre de 2006, así como lo dispuesto en la Ley N° 8562 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007.

Considerando:1º—Que mediante resolución N° 135-2007-84-IS/WQC de fecha 25

de enero de 2007, se ordenó por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería, la conminación del señor Ángelo Muñoz Quikaño, de nacionalidad peruana.

2º—Que para efectos de ejecutar la referida conminación y la de otros tres extranjeros se ha designado por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería al señor Richard Calderón Agüero, cédula de identidad número 1-575-419, Inspector de la Policía de Migración, con el fin de realizar la custodia correspondiente hasta Lima, Perú. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1º—Designar al señor Richard Calderón Agüero, cédula de

identidad número 1-575-419, Inspector de la Policía de Migración de la Dirección General de Migración y Extranjería, órgano del Ministerio de Gobernación y Policía, para que realice la custodia correspondiente de los extranjeros mencionados en el Considerando Primero del presente Acuerdo, hasta Lima, Perú, conminación que se realizará del 5 al 7 de febrero de dos mil siete.

Artículo 2º—Los gastos del señor Richard Calderón Agüero por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales y viáticos y gastos de alimentación y hospedaje, a saber $160 diarios, para un total de $480, serán cubiertos con recursos del Programa 054-01, Dirección General de Migración y Extranjería. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos del Programa 054-01, Dirección General de Migración y Extranjería.

Artículo 3º—Que durante los días 5 al 7 de febrero de 2007, se autoriza la participación del señor Richard Calderón Agüero, cédula de identidad Nº 1-575-419, en la custodia a la que hace referencia el presente acuerdo, devengado el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 5 al 7 de febrero del 2007.Dado en el Ministerio de Gobernación y Policía, a los 30 días del mes

de enero del 2007.Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación y Policía y

Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 0017).—C-21195.—(12946).

N° 08-2007-DGMEEL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Y SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en lo dispuesto en los artículos 7, 31 y 34 del

Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República mediante resolución 4-DI-AA-2001, de las 15:00 horas del 10 de mayo de 2001, y su reforma según resolución R-CO-71-2006, de las 15:00 horas del 4 de setiembre de 2006, así como lo dispuesto en la Ley N° 8562 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007.

Considerando1º—Que mediante resolución N° 135-2007-82-IS/WQC de fecha 24

de enero de 2007, se ordenó por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería, la conminación del señor Gabriel Agüero Cifuentes, de nacionalidad peruana.

2º—Que para efectos de ejecutar la referida conminación y la de otros tres extranjeros se ha designado por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería a la señora Leda Montoya Jiménez, cédula de identidad número 1-658-134, Inspector de la Policía de Migración, con el fin de realizar la custodia correspondiente hasta Lima, Perú. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1º—Designar a la señora Leda Montoya Jiménez, cédula

de identidad número 1-658-134, Inspector de la Policía de Migración de la Dirección General de Migración y Extranjería, Órgano del Ministerio de Gobernación y Policía, para que realice la custodia correspondiente de los extranjeros mencionados en el Considerando Primero del presente Acuerdo, hasta Lima, Perú, conminación que se realizará del 4 al 6 de febrero de dos mil siete.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Leda Montoya Jiménez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales y viáticos y gastos de alimentación y hospedaje, a saber $160 diarios, para un total de $480, serán cubiertos con recursos del Programa 054-01, Dirección General de Migración y Extranjería. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos del Programa 054-01, Dirección General de Migración y Extranjería.

Artículo 3º—Que durante los días 4 al 6 de febrero de 2007, se autoriza la participación de la señora Leda Montoya Jiménez, cédula de identidad Nº 1-658-134, en la custodia a la que hace referencia el presente acuerdo, devengado el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 4 al 6 de febrero del 2007.Dado en el Ministerio de Gobernación y Policía, a los 30 días del mes

de enero del 2007.Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación y Policía y

Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 0018).—C-20590.—(12947).

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICANº 003-2007-MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, artículo 63 inciso c) de la Ley General de Policía y artículos 15 inciso 1) y 21 del Reglamento sobre Grados Policiales y Sistema de Ascensos de los Servidores de la Fuerza Pública, Decreto Ejecutivo número 30381-SP del 2 de mayo del 2002 y sus reformas.

Considerando:I.—Que la Comisión de Grados Policiales y Ascensos del Ministerio

de Seguridad Pública en la Sesión Nº 32 del 10 de noviembre del 2006, estudió la solicitud de los señores Javier Cubero Vargas y Felix Villalobos Piedra, para que se les otorgue el grado de Comandante. Después que dicha Comisión estudiara el informe presentado por la Secretaría Técnica, el currículo de los funcionarios dichos y verificaron que ambos funcionarios poseen el título de Oficiales Superiores de Guardacostas, además de verificar que el funcionario Villalobos Piedra posee el grado de Capitán según acuerdo ejecutivo 0022-MSP del 26-01-93 y que ha laborado para este Ministerio un total de 22 años y 11 meses, se acordó otorgar el grado solicitado

II.—Que en los expedientes personales de los solicitantes consta el título universitario a nivel de licenciatura del funcionario Cubero Vargas y el Bachillerato en Enseñanza Media del funcionario Villalobos Piedra.

ACUERDAN:Artículo 1º—Otorgar el grado de comandante a los funcionarios que

a continuación se detallan:Nombre Nº cédulaCubero Vargas Javier 07-0078-0011Villalobos Piedra Félix 06-0152-0340Artículo 2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La

Gaceta.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los ocho días

del mes de enero del dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía

y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06920).—C-18170.—(12578).

Nº 010-2007-MSPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos

140, inciso 1) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica y según recomendación 2633-2005-DDL-SIP, del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial; lo dispuesto en la Sesión Ordinaria 438 en el Artículo VII y Acuerdo Vigésimo Segundo y mediante oficio 3528-05 CP del Consejo de Personal y 3460-2006-DM del Despacho del señor Ministro.

ACUERDAN:Artículo 1º—Despedir sin Responsabilidad Patronal, por causa

justificada al señor Sáenz Montero Eduardo Alfonso, cédula de identidad Nº 04-0152-0633.

Page 5: CCSS APROBÓ REGLAMENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE …alcance.gaceta.go.cr/pub/2007/02/22/COMP_22_02_2007.pdf · El Reglamento regula las potestades, requisitos y trámite de los ofrecimientos

La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007 Pág 5

Artículo 2º—Que en el presente caso se encuentra en firme ya que se han cumplido los plazos para la presentación de los recursos previstos por la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 3º—Rige a partir del 16 de abril del 2006.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los doce días

del mes de enero del dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía

y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06920).—C-10285.—(12579).

Nº 011-2007-MSPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140

inciso 20) y 146 de la Constitución Política, artículo 63 inciso c) de la Ley General de Policía y artículos 13 inciso 3) y 21 del Reglamento sobre Grados Policiales y Sistema de Ascensos de los Servidores de la Fuerza Pública, Decreto Ejecutivo Nº 30381-SP del 2 de mayo del 2002 y sus reformas.

Considerando:I.—Que la Comisión de Grados Policiales y Ascensos del Ministerio

de Seguridad Pública en la Sesión Nº 32 del 10 de noviembre del 2006, estudió la solicitud del señor Walter Solano Cambronero, para que se le otorgue el grado de Capitán de policía. Después que dicha Comisión estudiara el informe presentado por la Secretaría Técnica, el currículo del funcionario y se verificara que el funcionario posee el curso de Oficiales Ejecutivos de la Academia Nacional de Policía, además de verificar que el funcionario Solano Cambronero posee el grado de Intendente de Policía según Acuerdo Ejecutivo 0272-2004-MSP del 18-05-2004 y que ha laborado para este Ministerio un total de 7 años, se acordó otorgar el grado solicitado

II.—Que en el expediente personal del solicitante consta el título universitario a nivel de Licenciatura en Derecho, así como la calificación en el desempeño 2004-2005 como muy buena.

ACUERDAN:Artículo 1º—Otorgar el grado de Capitán de Policía al funcionario

que a continuación se detalla:Nombre CédulaSolano Cambronero Wálter 01-0698-0355Artículo 2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La

Gaceta.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los doce días

del mes de enero del dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía

y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06920).—C-16355.—(12580).

Nº 012-2007-MSPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos

140, inciso 1) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica y según recomendación 1021-2006-DDL-SIP, del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial; lo dispuesto en la sesión ordinaria 474 en el artículo VII y acuerdo décimo y mediante oficio 1611-06 CP del Consejo de Personal y 3940-2006-DM del Despacho del señor Ministro.

ACUERDAN:Artículo 1º—Despedir sin responsabilidad patronal, por causa

justificada al señor Quirós Quesada Rodrigo, cédula de identidad Nº 06-0097-0001.

Artículo 2º—Que en el presente caso se encuentra en firme ya que se han cumplido los plazos para la presentación de los recursos previstos por la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 3º—Rige a partir del 16 de julio del 2006.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los doce días

del mes de enero del dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía

y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06920).—C-10285.—(12581).

Nº 013-2007-MSPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140,

inciso 1) y 146 de la Constitución Política y según recomendación 1016-2006-DDL-SIP, del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial, misma que fuera aceptada por el Consejo de Personal en su sesión ordinaria 474 en el artículo VII y acuerdo vigésimo quinto y la resolución Nº 3869-2006-DM del Despacho del Ministro de Seguridad Pública.

ACUERDAN:Artículo 1º—Despedir sin responsabilidad patronal, por causa

justificada al señor Martínez Chacón Carlos Mauricio, cédula de identidad Nº 01-1041-0557.

Artículo 2º—Que en el presente caso se encuentra en firme ya que se han cumplido los plazos para la presentación de los recursos previstos por la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 3º—Rige a partir del 16 de julio del 2006.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los doce días

del mes de enero del dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía

y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06920).—C-10285.—(12582).

Nº 014-2007-MSPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140,

inciso 1) y 146 de la Constitución Política y según recomendación 288-IP-06-DDL, del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial, misma que fuera aceptada por el Consejo de Personal en su sesión ordinaria 477 en el artículo VI y acuerdo segundo y la resolución Nº 3462-2006-DM del Despacho del Ministro de Seguridad Pública.

ACUERDAN:Artículo 1º—Despedir sin Responsabilidad Patronal, por causa

justificada al señor Morales Morales Rodolfo, cédula de identidad Nº 09-0082-0420.

Artículo 2º—Que en el presente caso se encuentra en firme ya que se han cumplido los plazos para la presentación de los recursos previstos por la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 3º—Rige a partir del 16 de julio del 2006.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los quince días

del mes de enero del dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía

y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06920).—C-10285.—(12583).

Nº 016-2007-MSPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140,

inciso 1) y 146 de la Constitución Política y según recomendación 2163-2004-DDL-SIP, del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial, misma que fuera aceptada por el Consejo de Personal en su Sesión Ordinaria 366 y mediante oficio 3974-2004-CP y la resolución Nº 3472-2006-DM del Despacho del Ministro de Seguridad Pública.

ACUERDAN:Artículo 1º—Despedir sin Responsabilidad Patronal, por causa

justificada al señor Mayorga Malba Demetrio, cédula de identidad Nº 07-0077-0438.

Artículo 2º—Que en el presente caso se encuentra en firme ya que se han cumplido los plazos para la presentación de los recursos previstos por la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 3º—Rige a partir del 16 de marzo del 2006.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los quince días

del mes de enero del dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía

y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06920).—C-10280.—(12584).

Nº 017-2007-MSPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos

140, inciso 1) y 146 de la Constitución Política y según recomendación 01-IP-06-DDL, del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial, misma que fuera aceptada por el Consejo de Personal en su sesión ordinaria 458 en el Articulo VII y Acuerdo Noveno y la resolución número 2567-2006-DM del Despacho del Ministro de Seguridad Pública.

ACUERDAN:Artículo 1º—Despedir sin Responsabilidad Patronal, por causa

justificada al señor Espinoza Vallejos Gerardo, cédula de identidad Nº 05-0188-0497.

Artículo 2º—Que en el presente caso se encuentra en firme ya que se han cumplido los plazos para la presentación de los recursos previstos por la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 3º—Rige a partir del 14 de diciembre del 2005.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los quince días

del mes de enero del dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía

y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06920).—C-10280.—(12585).

Page 6: CCSS APROBÓ REGLAMENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE …alcance.gaceta.go.cr/pub/2007/02/22/COMP_22_02_2007.pdf · El Reglamento regula las potestades, requisitos y trámite de los ofrecimientos

Pág 6 La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007

Nº 018-2007-MSPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140,

inciso 1) y 146 de la Constitución Política y según recomendación 959-2006-DDL-SIP, del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial, misma que fuera aceptada por el Consejo de Personal en su sesión ordinaria 468 en el artículo VII y acuerdo décimo noveno y la resolución Nº 3569-2006-DM del Despacho del Ministro de Seguridad Pública.

ACUERDAN:Artículo 1º—Despedir sin responsabilidad patronal, por causa

justificada al señor Chávez Ramírez Rónald, cédula de identidad Nº 01-0731-0347.

Artículo 2º—Que en el presente caso se encuentra en firme ya que se han cumplido los plazos para la presentación de los recursos previstos por la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 3º—Rige a partir del 16 de junio del 2006.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los quince días

del mes de enero del dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía

y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06920).—C-10280.—(12586).

Nº 019-2007-MSPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140,

inciso 1) y 146 de la Constitución Política y según recomendación 2633-2005-DDL-SIP, del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial, misma que fuera aceptada por el Consejo de Personal en su sesión ordinaria 438 en el artículo VII y acuerdo vigésimo segundo y la resolución Nº 3461-2006-DM del Despacho del Ministro de Seguridad Pública.

ACUERDAN:Artículo 1º—Despedir sin responsabilidad patronal, por causa

justificada al señor Carvajal Arce José Francisco, cédula de identidad Nº 01-1164-0032.

Artículo 2º—Que en el presente caso se encuentra en firme ya que se han cumplido los plazos para la presentación de los recursos previstos por la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 3º—Rige a partir del 16 de abril del 2006.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los quince días

del mes de enero del dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía

y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06920).—C-10280.—(12587).

Nº 022-2007-MSPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140,

inciso 1) y 146 de la Constitución Política y según recomendación 288-IP-06-DDL, del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial, misma que fuera aceptada por el Consejo de Personal en su sesión ordinaria 477 en el artículo VI y acuerdo segundo y la resolución Nº 3462-2006-DM del Despacho del Ministro de Seguridad Pública.

ACUERDAN:Artículo 1º—Despedir sin Responsabilidad Patronal, por causa

justificada al señor Briceño Olivares Johnny, cédula de identidad Nº 05-0298-0260.

Artículo 2º—Que en el presente caso se encuentra en firme ya que se han cumplido los plazos para la presentación de los recursos previstos por la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 3º—Rige a partir del 16 de julio del 2006.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los quince días

del mes de enero del dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía

y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06920).—C-10280.—(12588).

Nº 024-2007-MSPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo

140 inciso 20), artículo 146 de la Constitución Política de Costa Rica y de conformidad con la Resolución Nº 3868-2006 DM, del Despacho del Ministro.

ACUERDAN:Artículo 1º—Dejar sin Efecto el despido por causa justificada al

señor Fallas Hernández Lorenzo Alberto cédula de identidad Nº 01-1124-0637, por cuanto de declara parcialmente con lugar el Recurso de Revisión, ordenándose su reinstalación.

Artículo 2º—Rige a partir del 3 de enero del 2007.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecisiete

días del mes de enero del dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía

y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06920).—C-10280.—(12589).

Nº 026-2007-MSPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140,

inciso 1) y 146 de la Constitución Política y según recomendación 354-IP-06-DDL, del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial, misma que fuera aceptada por el Consejo de Personal en su sesión ordinaria 479 en el artículo VI y acuerdo décimo sétimo y la resolución Nº 3618-2006-DM del Despacho del Ministro de Seguridad Pública.

ACUERDAN:Artículo 1º—Despedir sin Responsabilidad Patronal, por causa

justificada al señor Angulo Molina Richard, cédula de identidad Nº 01-1143-0764.

Artículo 2º—Que el presente caso se encuentra en firme ya que se han cumplido los plazos para la presentación de los recursos previstos por la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 3º—Rige a partir del 20 de julio del 2006.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciocho

días del mes de enero del dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía

y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06920).—C-10280.—(12590).

Nº 030-07-MSPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos

140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, artículo 63 inciso c) de la Ley General de Policía y artículos 11 inciso 2) y 21 del Reglamento sobre Grados Policiales y Sistema de Ascensos de los Servidores de la Fuerza Pública, Decreto Ejecutivo Nº 30381-SP del 02 de mayo del 2002 y sus reformas

Considerando:I.—Que la Comisión de Grados Policiales y Ascensos del Ministerio

de Seguridad Pública en la sesión Nº 33 del 24 de noviembre del 2006 aprobó las solicitudes de otorgamiento de grado de Inspector de Policía ha funcionarios que se dirán. Para dicho otorgamiento, la Comisión tomó en cuenta los estudios de la Secretaría Técnica, el currículo de cada solicitante y verificó que ostentan el grado de agente de policía.

II.—Que en los expedientes personales de cada uno de los solicitantes, consta al menos el año de antigüedad de la obtención del grado de Agente de Policía o de la aprobación del Curso Técnico Básico Policial y la calificación mínima de muy bueno en la evaluación formal de los servicios realizados durante el período ejercido como Agente de Policía o de la aprobación del Curso Técnico Básico Policial. Por Tanto

ACUERDAN:Artículo 1º—Otorgar el Grado de Inspector de Policía a los

funcionarios que a continuación se detallan:Nombre CédulaAlcázar Zamora Randall 05-0589-0790Alfaro Calderón Wilberth 06-0242-0797Calvo Morales Austin 06-0279-0625Cambronero Pineda Jorge 01-0889-0656Cardoza Sánchez Alexander 01-0583-0442Castro Chávez Jean Carlos 03-0395-0118Céspedes Mora Carlos 06-0282-0626Chávez Mena Jesús 06-0190-0786Dinarte Castellón Marco Antonio 09-0084-0691Fernández Castro Juan Pablo 02-0551-0747Gamboa Salazar Meiber 06-0285-0629Jara Rodríguez Víctor Manuel 06-0107-0680Lee Cerdas Jorge 06-0121-0566López Solano Eduardo 02-0388-0087Mena Villavicencio Randall 02-0520-0912Quirós Medina Heriberto 06-0247-0371Ríos Morales José 06-0241-0598Rivera Arias Víctor 03-0030-0944Rodríguez Espinoza Carlos 06-0184-0995Rodríguez Espinoza Mainor 05-0264-0023Rodríguez Granados Axel 06-0189-0898Rojas Arias Marco Tulio 01-0567-0467Rojas Calderón Wilberth 06-0187-0956Rojas Espinoza Walter José 06-0303-0389Rojas Jiménez Manuel Ant. 02-0380-0357Rosales Arrieta José Joaquín 05-0166-0265Sandí Mondragón Modesto 06-0274-0063

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La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007 Pág 7

Nombre CédulaSaravia Vivas Alejandro 01-0653-0723Umaña Alvarado Alexis 03-0306-0616Valverde Chinchilla Roy 03-0364-0760Vargas Corrales Juan 02-0468-0749Vargas Jiménez Walter 01-0980-0781Villafuerte Villafuerte Nieves 05-0203-0190Villegas López Juan Carlos 05-0207-0450Zapata Castañeda Danny 01-1026-0904Zúñiga Arguello Juan Carlos 01-1091-0764Rodríguez Madrigal Oscar 02-0370-0815Masís Bonilla Carlos 03-0216-0677Ramírez Vindas Olivier 02-0470-0793Villalobos Pérez Álvaro 01-0640-0417Artículo 2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La

Gaceta.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciocho

díaz del mes de enero del dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía

y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 06920).—C-54850.—(12591).

Nº 045-2007-MSPEL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

Y SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28,

inciso 1), de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7º del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos y el artículo 145 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Adscriptos al Ministerio de Seguridad Pública.

Considerando:1º—Que se ha recibido cordial invitación de la Embajada de los

Estados Unidos de América, para que funcionarios del Ministerio de Seguridad Pública participen en la actividad denominada “Conferencia Regional para el Control del Tráfico Ilegal de Estupefacientes por Vías Aéreas y Marítimas” que se llevará a cabo en la ciudad de San Salvador, El Salvador los días 4 al 10 de febrero del 2007.

2º—Que los objetivos y metas de la conferencia son la explicación de las capacidades operacionales de los radares CNIES y sus limitaciones, además de un intercambio de ideas entre los participantes para combatir el tráfico ilegal de drogas.

3º—Que dado el objetivo de la conferencia, es de interés para este Ministerio contar con funcionarios en dicho evento. Por tanto:

ACUERDA:Artículo 1º—Autorizar a los señores Ortega González Donovan

cédula Nº 1-1122-610 y Villegas Rodríguez Luis Gilberto, cédula Nº 2-409-257, funcionarios del Servicio de Vigilancia Aérea para que participen en la actividad denominada “Conferencia Regional para el Control de Tráfico Ilegal de Estupefacientes por Vías Aéreas y Marítimas” a realizarse en El Salvador, del 4 al 10 de febrero del 2007, incluyendo salida y regreso.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de alojamiento y alimentación serán financiados por El Comando Sur de los Estados Unidos.

Artículo 3º—Que durante los días del 04 al 10 de febrero del 2007, en que se autoriza la participación de los funcionarios dichos en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 4 al 10 de febrero del 2007.Dado en el Despacho del Ministro de Gobernación y Policía, y

Seguridad Pública el 31 de enero del 2007.Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación y Policía, y

Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 06917).—C-19380.—(11761).

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍANº 040-I.L.P.E.—San José, 18 de diciembre del 2006.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política, artículos 25, 27 inciso 1), 28 inciso 2b) de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, artículos 34, 35 y 36 de la Ley Nº 7779 de 30 de abril de 1998, Ley de Uso, Manejo y Conservación de Suelos;

Considerando:I.—Que la Ley Nº 7779 de 30 de abril de 1998, Ley de Uso, Manejo

y Conservación de Suelos, establece en su artículo 34 que de acuerdo con las áreas definidas en el Plan Nacional se creará para cada una, un Comité encargado de dirigir el proceso de elaboración de los planes de manejo, conservación y recuperación de suelos del área respectiva y aprobarlos finalmente, entre otras.

II.—Que el Reglamento a la Ley Nº 7779 citada, se emitió mediante el Decreto Ejecutivo Nº 29375-MAG-MINAE-S-HACIENDA-MOPT del 8 de agosto del año 2000, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 57 de 21 de marzo del 2001, mismo que establece el procedimiento para la Creación de los Comités por Áreas de Manejo, Conservación y Recuperación de Suelos.

III.—Que a efecto de que entre en operación el Comité de Área de la Subcuenca Hidrográfica del Río Sábalo, en el distrito de Biolley, provincia de Puntarenas, se hace necesario cumplir con el procedimiento señalado en el artículo 21 del Decreto Ejecutivo Nº 29375-MAG-MINAE-S-HACIENDA-MOPT de fecha citada. Por tanto;

ACUERDAN:Artículo 1º—Integrar el Comité de Área de la Subcuenca del Río

Sábalo, distrito de Biolley, de la provincia de Puntarenas, de la siguiente manera:

Por el Ministerio de Agricultura y Ganadería.Sr. Mario Montero Mayorga, cédula de identidad Nº 6-106-840.Por El Ministerio del Ambiente y Energía.Sr. Gravyn Villegas Rodríguez, cédula de identidad Nº 4-164-896.Por la Municipalidad de Buenos Aires.Sra. Catalina Torres Palacios, cédula de identidad Nº 9-067-956.Por la Asociación de Productores la Amistad ASOPROLA.Sr. Diego Acuña Porras, cédula de identidad Nº 1-905-550.Sr. Moisés Romero Peña, cédula de identidad Nº 1-480-816.Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciocho

días del mes de diciembre del dos mil seis.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Agricultura y

Ganadería, Alfredo Volio Pérez.—1 vez.—(Solicitud Nº 40125).—C-21780.—(12592).

Nº 001-A.L.P.E.—San José, 5 de enero del 2007EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍADe conformidad con las facultades conferidas en los artículos 140,

incisos 1), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25, 27.1, 28.2b, de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, la Ley Nº 7064 del 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria, que incorpora la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Ley Nº 7664 del 8 de abril de 1997, Ley de Protección Fitosanitaria.

ACUERDAN:1º—Dejar sin efecto los Acuerdos Nº 011-N.L.P.E. de 9 de mayo del

2006 y Nº 016-N.L.P.E. de 31 de mayo del 2006, publicado en La Gaceta Nº 130 del 6 de julio del 2006, respecto al nombramiento de la señora Xenia Carro Abad, cédula de identidad Nº 3-195-373, como Directora Ejecutiva del Servicio Fitosanitario del Estado.

2º—Rige a partir del 15 de diciembre del 2006.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cinco días

del mes de enero del año dos mil siete.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Agricultura y

Ganadería, Alfredo Volio.—1 vez.—(Solicitud Nº 40126).—C-11495.—(12943).

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTESMOPT Nº 001

LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTESCon fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146

de la Constitución Política; y los artículos 25 inciso 1, artículo 27 inciso 1, articuló 28 inciso 2 acápite b) de la Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8490 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley N° 6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:1º—La importancia que tiene la visita del funcionario del Ministerio

de Obras Públicas y Transportes a la Ciudad de Washington D.C., U. S. A., es para participar en la 86 Reunión Anual de Transportation Research Board. El Transportation Research Board es un organismo público estadounidense de orden mundial para investigaciones en Ingeniería de Pavimentos.

2º—Que la participación del Dr. Pedro Luis Castro Fernández, Viceministro de Obras Públicas, responde a la necesidad de conocer nuevas metodologías para el diseño, construcción y administración de pavimentos con perspectiva internacional y en un foro del máximo calibre mundial. Por tanto,

ACUERDAN:Artículo 1º—Designar al Dr. Pedro Luis Castro Fernández, cédula

0018060484, en calidad Viceministro de Obras Públicas.Artículo 2º—Los gastos del funcionario Castro Fernández serán

cubiertos con recursos del Programa 001-Administración Superior del Consejo Nacional de Vialidad, de conformidad con Acuerdo Nº 445-07 del 11-01-07 del Consejo de Administración, de la siguiente forma: por concepto de Viáticos al Exterior $990,00 por la subpartida 1.05.04;-Los gastos por concepto de tiquete aéreo serán cubiertos por el programa 001 Administración Superior del Consejo Nacional de Vialidad Subpartida 1.05.03 por un monto de $836.

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Pág 8 La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007

Los gastos por concepto de inscripción serán cubiertos por el programa 001, Administración Superior del Consejo Nacional de Vialidad Subpartida 1.07.01, por un monto de $750,00.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la visita del Dr. Pedro Luis Castro Fernández, será para participar en las sesiones de divulgación en nuevos aspectos de la Ingeniería de Pavimentos e intercambios profesionales de orden mundial.

La visita se realizará del 21 al 26 de enero del 2007, en la ciudad de Washington D.C. U.S. A., período que el funcionario cuenta con permiso con goce del 100% de su salario.

Artículo 4°—Rige a partir del 21 al 26 de enero del 2007.Dado en la Presidencia de la República, a los 17 días del mes de

enero del 2007.Karla González Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes.—

1 vez.—(Solicitud Nº 0638).—C-23595.—(12593).

Nº 204EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTESCon fundamento en el artículo 140 inciso 2) y artículo 146 de la

Constitución Política, artículo 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil y Resolución Nº 10919 del Tribunal de Servicio Civil de las nueve horas treinta y cinco minutos del siete de noviembre del dos mil seis.

ACUERDAN:Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el

Estado al servidor Iván Alfredo Hidalgo Chavarría, cédula de identidad Nº 1-518-199.

Artículo 2º—El presente acuerdo de despido rige a partir del 27 de noviembre del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintitrés días del mes de noviembre del dos mil seis.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 0632).—C-6675.—(12594).

Nº 216EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTESCon fundamento en el artículo 140 inciso 2) y artículo 146 de la

Constitución Política, artículo 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil y Resolución Nº 10932 del Tribunal de Servicio Civil de las nueve horas cuarenta minutos del veintisiete de noviembre del dos mil seis.

ACUERDAN:Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el

Estado al servidor Sergio Alfredo Sánchez Méndez, cédula de identidad número 1-681-323.

Artículo 2º—El presente acuerdo de despido rige a partir del 18 de diciembre del 2006.

Dado en la Presidencia de la República, a los once días del mes de diciembre del dos mil seis.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 40506).—C-7280.—(12595).

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICANº MEP-250-2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1), 28 inciso 1) acápite b de la Ley General de la Administración Pública o Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDAN:Artículo 1º—Designar a los señores Francine González Bustos, cédula

de identidad Nº 5-299-569, Docente en el Liceo José Martí de Puntarenas, Octavio Tripovich Lazo, cédula de identidad Nº 2-363-610, Docente en el Colegio Técnico Profesional de Upala; Gerardo Alberto Montiel Chávez, cédula de identidad Nº 1-781-126, Docente en el Instituto de Guanacaste, Tracy Barnes Handson, cédula de identidad Nº 7-120-114, Docente en el Colegio Técnico Profesional de Limón; Márler Villalobos Méndez, cédula de identidad Nº 1-945-666, Docente en el Colegio Nocturno de San Vito, para que participen en el Seminario Taller “Cultura, Sociedad y Sistema Educativo de los Estados Unidos. Metodología y Diseño de Materiales para la Enseñanza del Inglés”, que se realizará en Texas, Estados Unidos de América, del 27 de enero al 12 de febrero de 2007.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos por: el Gobierno de Estados Unidos de América.

Artículo 3º—Que durante los días del 27 de enero al 12 de febrero de 2007, en que se autoriza la participación de los funcionarios Francine González Bustos, Octavio Tripovich Lazo, Gerardo Alberto Montiel Chávez, Tracy Barnes Handson, Márler Villalobos Méndez en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 27 de enero al 12 de febrero de 2007.

Dado en la Presidencia de la República, a los dieciocho días del mes de diciembre del 2006.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—(Solicitud Nº 44639).—C-20570.—(13253).

MEP-253-2006EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICACon fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la

Constitución Política, artículos 25 inciso 1), 28 inciso 1) acápite b de la Ley General de la Administración Pública o Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDAN:Artículo 1º—Designar a los señores Gustavo Gamboa Sevilla, cédula

de identidad Nº 1-910-240, Carlos Méndez Bonilla, cédula de identidad Nº 7-088-422; Ileana Ruiz Ramírez, cédula de identidad Nº 1-683-798 y José Villalobos Salas, cédula de identidad Nº 2-411-638; Asesores Departamento de Desarrollo Profesional (CENADI), para que participen en el “Taller de Formación de Directivos” y “Taller Asesoría Pedagógica”, que se realizarán en Ciudad de Panamá-Panamá, del 21 al 27 de enero de 2007.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos por: la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI).

Artículo 3º—Que durante los días del 21 al 27 de enero de 2007, en que se autoriza la participación de los funcionarios Gustavo Gamboa Sevilla, Carlos Méndez Bonilla, Ileana Ruiz Ramírez y José Villalobos Salas en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 21 al 27 de enero de 2007.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintidós días del mes de diciembre del dos mil seis.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—(Solicitud Nº 44639).—C-20576.—(13254).

MEP- 004-2007EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICACon fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la

Constitución Política.ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar a la señora Maricela Villalobos Álvarez, cédula de identidad Nº 2-360-163, Directora Escuela Mixta de Siquirres en Turrúcares de Alajuela, para que participe en el “IV Módulo Presencial de la Maestría de Educación Rural”, que se realizará en la Ciudad de Managua-Nicaragua, del 26 de febrero al 9 de marzo de 2007.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos por: la interesada.

Artículo 3º—Que durante los días del 26 de febrero al 9 de marzo de 2007, en que se autoriza la participación de la funcionaria Maricela Villalobos Álvarez en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 26 de febrero al 9 de marzo de 2007.

Dado en la Presidencia de la República, a los ocho días del mes de enero del dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—(Solicitud Nº 44639).—C-10890.—(13255).

Nº MEP-010-2007EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICACon fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la

Constitución Política.ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar al señor Fernando Ulloa Rodríguez, cédula de identidad Nº 1-522-399, Director Ejecutivo del Centro Nacional de Infraestructura Física Educativa, para que participe en el “Seminario iberoamericano sobre Accesibilidad al Medio Físico” que se realizará en Antigua-Guatemala, del 8 al 22 de febrero del 2007.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos de la siguiente manera: Alojamiento y Manutención: el Programa Iberoamericano de Formación Técnica Especializada de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) y el Transporte Aéreo: el interesado.

Artículo 3º—Que durante los días del 8 al 22 de febrero del 2007, en que se autoriza la participación del señor Fernando Ulloa Rodríguez en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 8 al 22 de febrero del 2007.

Dado en la Presidencia de la República a los 23 días del mes de enero del 2007.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—(Solicitud Nº 44638).—C-13330.—(11757).

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La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007 Pág 9

Nº MEP-011-2007EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICACon fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la

Constitución Política.ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar al señor Omar Gómez Vega, cédula de identidad Nº 1-448-352, Asesor en la Oficina de los Derechos de los Niños, las Niñas, los y las Adolescentes, para que participe en el “Taller Centroamericano sobre Sistemas de Información en Seguridad Vial” que se realizará en San Salvador-El Salvador, del 29 de enero al 1º de febrero del 2007.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos de la siguiente manera: Alojamiento y Manutención: la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Transporte Aéreo: el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI).

Artículo 3º—Que durante los días del 29 de enero al 1º de febrero del 2007, en que se autoriza la participación del señor Omar Gómez Vega en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 29 de enero al 1º de febrero del 2007.

Dado en la Presidencia de la República a los 25 días del mes de enero del 2007.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—(Solicitud Nº 44638).—C-13330.—(11758).

Nº MEP-012-2007EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICACon fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la

Constitución Política.ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar a la señora Silene María Saborío Blanco, cédula de identidad Nº 6-198-248, Asesora de Educación en la Dirección Regional de Enseñanza de Guápiles, para que participe en el Curso Internacional “Producción de Hortalizas en Condiciones Protegidas”, que se realizará en Israel, del 29 de enero al 23 de febrero del 2007.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos de la siguiente manera: Alojamiento y Manutención: el Gobierno de Israel y el Transporte Aéreo: la Interesada.

Artículo 3º—Que durante los días del 29 de enero al 23 de febrero del 2007, en que se autoriza la participación de la señora Silene María Saborío Blanco en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 29 de enero al 23 de febrero del 2007.

Dado en la Presidencia de la República a los 25 días del mes de enero del 2007.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—(Solicitud Nº 44638).—C-13330.—(11759).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIORNº 334-2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28, párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley Nº 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo Nº 29606-H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas; y

Considerando:I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 266-98 de fecha 18 de

setiembre de 1998, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 207 del 26 de octubre de 1998; modificado por el Acuerdo Ejecutivo Nº 214-2002 de fecha 10 de mayo del 2002, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 151 del 8 de agosto del 2002 a la empresa Remecinc S.R.L., cédula de persona jurídica número 3-102-222678, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante notas presentadas los días 13 y 18 de diciembre del 2006, ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Remecinc S.R.L., solicitó la renuncia al Régimen de Zonas Francas.

III.—Que de conformidad con el artículo 30 inciso a) del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, PROCOMER debe verificar que la empresa que pretende renunciar esté al día en el pago del derecho por el uso del Régimen y en las demás obligaciones previstas en la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo Nº 177-2006 del 30 de octubre del 2006, emitido por la Junta Directiva de PROCOMER, conoció la solicitud de la empresa Remecinc S.R.L., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER número 72-2006 de fecha 19 de diciembre del 2006, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

V.—Que la empresa Remecinc S.R.L., rindió en su oportunidad el depósito de garantía, el cual se encuentra vigente a la fecha.

VI.—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,ACUERDAN:

1º—Aceptar la renuncia al Régimen de Zonas Francas presentada por la empresa Remecinc S.R.L.

2º—Se otorga a la empresa Remecinc S.R.L., el plazo de quince días hábiles a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, para que proceda con la liquidación de sus operaciones dentro del Régimen de Zonas Francas. Una vez transcurrido dicho plazo, los bienes que no hayan salido de sus instalaciones, conforme a los procedimientos aplicables, se considerarán en estado de abandono a favor del Fisco.

3º—Rige a partir de su comunicación. Comuníquese y publíquese.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinte días

del mes de diciembre del dos mil seis.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior,

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(13248).

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍANº 02-2006-MICIT

LA MINISTRA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍAEn uso de las facultades que le confieren los artículos 140, inciso 20)

y 146 de la Constitución Política, los artículos 25, inciso 1), 27, inciso 1) y 28, inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, Nº 8562, publicada en el Alcance Nº 60 a La Gaceta Nº 250 de 29 de diciembre del 2006 y el Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, y

Considerando:I.—Que el funcionario del Ministerio de Ciencia y Tecnología, Marco

Antonio Chaves Ramírez, está destacado en el Área de Proyectos.II.—Que en ese contexto y atendiendo la convocatoria realizada por

el Secretario General de la Secretaría General del Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo (CYTED), para participar en la Reunión del Comité de Área de “Desarrollo Sostenible, Cambio Global y Medio Ambiente” y en la Reunión de los Organismos Gestores de Proyectos IBEROEKA, a realizarse del 12 al 16 de febrero del presente año en la ciudad de La Habana, Cuba.

III.—Que la participación del funcionario Marco Antonio Chaves Ramírez, en calidad funcionario del Área de Proyectos, reviste especial interés para el Ministerio de Ciencia y Tecnología. Por tanto:

ACUERDA:Artículo 1º—Designar a Marco Antonio Chaves Ramírez, cédula de

identidad número cuatro-ciento diecinueve-setecientos dos, en calidad de funcionario del Ministerio de Ciencia y Tecnología para participar en la Reunión del Comité de Área de “Desarrollo Sostenible, Cambio Global y Medio Ambiente” y en la Reunión de los Organismos Gestores de Proyectos IBEROEKA, a realizarse del 12 al 16 de febrero del presente año en la ciudad de La Habana, Cuba.

Artículo 2º—Los gastos del funcionario Marco Antonio Chaves Ramírez, por concepto de pasaje aéreo, hospedaje y viáticos serán cubiertos por el CYTED y los gastos por concepto de impuestos, tributos o cánones que el funcionario deba pagar por la utilización de las terminales aéreas y los correspondientes a traslado serán cubiertos por el MICIT.

Artículo 3º—Que durante los días que se autoriza la participación del funcionario Marco Antonio Chaves Ramírez, en la reunión antes indicada, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del día once de febrero del dos mil siete y hasta su regreso el día diecisiete de febrero del dos mil siete.

Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día primero de febrero del dos mil siete.

Publíquese.—Eugenia M. Flores Vindas, Ministra de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—(Solicitud Nº 0003).—C-21195.—(11850).

RESOLUCIONESMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES.

Nº 912.—San José, a las 12:58 horas del día 22 del mes de diciembre del dos mil seis.

Conoce este Despacho sobre la recomendación emitida por la Auditoría General de este Ministerio, mediante Informe de Control Interno AG-24-2006 denominado “Estudio para Evaluar la Estructura de Control Interno Aplicada en los Procesos Ejecutados por el Departamento de Ayudas Comunales”, mediante el cual se recomendó la creación de un órgano colegiado que apruebe las solicitudes de contribuciones que sean presentadas ante el Departamento de Ayuda Comunal.

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Pág 10 La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007

Resultando:1º—Que con fecha 9 de agosto del 2006, la Auditoría General de este

Ministerio emitió el Informe de Control Interno AG-24-2006 denominado “Estudio para Evaluar la Estructura de Control Interno Aplicada en los Procesos Ejecutados por el Departamento de Ayudas Comunales”.

2º—Que en el punto 4.1 Recomendaciones del citado Informe la Auditoría General recomendó lo siguiente:

“Integrar dentro del proceso para la designación de beneficiarios de recursos para las comunidades la participación de un órgano colegiado que apruebe las solicitudes, basado en lineamientos previamente definidos que permitan minimizar la toma de decisiones de carácter discrecional e influencia por factores políticos, garantizando transparencia principios legales como primero en tiempo primero en derecho, legalidad, igualdad de trato entre los solicitantes. (De acuerdo con los lineamientos que se emitan según leyes de presupuesto respectivas) y rendición de cuentas en la aplicación de recursos.

Es recomendable que en la integración de dicho órgano se considere al menos, la participación del Director de la División de Obras Públicas, al Director de la Dirección de Edificaciones Nacionales, un representante de ese Despacho y como órgano ejecutivo, la participación del Jefe del Departamento de Ayudas Comunales, encargado de realizar los trámites para la presentación de las solicitudes de recursos y una vez aprobados realizar los procesos respectivos.

La integración anterior, debe formalizarse mediante la publicación respectiva para efectos de su oficialización, al carecer el Reglamento de Entrega de Materiales de Construcción y Suministros de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes de regulaciones de este tipo”.

3º—Que la Auditoría General fundamentó esta recomendación en el hecho de que existe una carencia de lineamientos definidos y estructurados que establezcan la competencia para la selección y aprobación de beneficiarios, parámetros que permitan establecer prioridades, los montos que se puedan destinar para cada solicitud, obras o proyectos de los que se financian con ayudas comunales.

4º—Que se han observado las prescripciones de ley, y. Considerando:

I.—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 32094-MOPT del 17 de noviembre del 2004 se promulgó el “Reglamento de Entrega de Materiales de Construcción y Suministro de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”.

II.—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 32461-MOPT del 17 de julio del 2005 se reformó parcialmente el Decreto Ejecutivo Nº 32094-MOPT “Reglamento de Entrega de Materiales de Construcción y Suministro de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”.

III.—Que el artículo 37 de la Ley General de Control Interno, Ley Nº 8292 establece el jerarca debe ordenar al titular subordinado la implantación de las recomendaciones emitidas en un plazo improrrogable de 30 días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el informe.

IV.—Que en el punto 4.2 del citado informe la Auditoría General recomienda que se definan los lineamientos, directrices y regulaciones requeridas para la selección de beneficiarios, la prioridad, mecanismo para la fijación de recursos que se asignaron para cada obra o proyecto.

V.—Que en el punto 4.6 del mismo informe, la Auditoría General recomienda realizar una actualización del Manual de Funciones y Procedimientos del Departamento de Ayudas Comunales, integrando la totalidad de formularios utilizados en los procesos de inspección en los Departamentos Regionales de la Dirección de Edificaciones Nacionales en cumplimiento de la recomendación 4.2.1 del Informe AG-1-15-2005 del 16 de mayo del 2006.

VI.—Que lo procedente, en virtud de la normativa citada, es integrar el órgano colegiado propuesto, con la salvedad de que el mismo no podrá asumir plenamente sus funciones hasta tanto no se haya cumplido a cabalidad con lo mencionado en los considerandos 4 y 5 de la presente Resolución. Por tanto,

LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVE

1º—Integrar el “Comité de Ayudas Comunales” el cual estará formado por las siguientes personas:

“a. Ing. Daniel Zeledón Castillo, en su condición de Director de Obras Públicas.

b. Ing. Ronald Grant Pérez, en su condición de Director de Edificaciones Nacionales.

c. Dr. Pedro Luis Castro Fernández, Viceministro de Obras Públicas, en su condición de representante del Despacho de la Señora Ministra.

d. Ing. Manuel Enrique Fallas Cisneros, en su condición de Director de Ayudas Comunales”.

e. Aracelly Segura Retana, en su condición de enlace entre este Ministerio y la Asamblea Legislativa.2º—El comité asumirá plenamente sus funciones una vez que se hayan

implementado en su totalidad los aspectos contenidos en los considerandos 4 y 5 de la presente Resolución.

Notifíquese y publíquese.—Karla González Carvajal, Ministra.—1 vez.—(Solicitud Nº 0641).—C-41160.—(13292).

Nº 000026.—San José, a las once horas cincuenta minutos del día veintiséis del mes de enero del dos mil siete.

Conoce este Despacho de gestión administrativa de pago en favor del Taller de Enderezado y Pintura Rolo, actividad ejercida a título personal por su propietario señor Rodrigo Martín Carballo Cordero, cédula de identidad número 2-397-631, con el fin de cancelar el monto adeudado por concepto de derecho comercial de un Taller de Enderezado y Pintura de vehículos automotores que operaba en propiedad que el Estado indemnizó por concepto de expropiación, a la señora Francisca Mejía Estrada, para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Ampliación del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría”.

Resultando:1º—Que en La Gaceta Nº 39 del 25 de febrero del 2002, se publicó la

Resolución Administrativa Nº 7645 del 17 de diciembre del 2001.2º—Que mediante la citada Resolución Administrativa, el Ministerio

de Obras Públicas y Transportes determinó conforme las disposiciones de la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, “declarar de utilidad pública” y adquirir el inmueble propiedad de la señora Francisca Mejía Estrada, cédula de identidad número 9-078-289, inscrito en el Registro Público de la Propiedad al sistema de Folio Real matrícula Nº 216337-000, un área de terreno equivalente a 460,27 metros cuadrados, cuya naturaleza es terreno de agricultura con una casa, situado en el distrito 09 Río Segundo, del cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Ampliación del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría”.

3º—Que la señora Francisca Mejía Estrada, no aceptó el Avalúo Administrativo Nº 27-2002 de fecha 28 de mayo del 2002 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que se realizó sobre el inmueble de su propiedad necesario para el proyecto denominado “Ampliación del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría”, por lo que se emitió el Acuerdo de Expropiación Nº 68-MOPT de fecha 14 de agosto del 2002, publicado en La Gaceta Nº 203 del 22 de octubre del 2002.

4º—Que en la propiedad antes indicada operaba el Taller de Enderezado y Pintura Rolo, razón por la cual el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, inició un expediente administrativo, cuyo número es: 27.930.

5º—Que mediante oficio Nº OFGI-FG-06-310 del 2 de noviembre del 2006, el Licenciado Fernando Soto Campos, Inspector General a. í. del Órgano Fiscalizador de la Dirección General de Aviación Civil, remite al Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el Avalúo Nº 86-2006, de la Administración Tributaria de Alajuela del Ministerio de Hacienda, que establece al monto adeudado por el derecho comercial (Taller de Enderezado y Pintura Rolo), ubicado en el terreno que fue expropiado a la señora Francisca Mejía Estrada, con el fin de concluir con el pago de derechos comerciales.

6º—Que el Avalúo Administrativo Nº 86-2006, de la Administración Tributaria de Alajuela del Ministerio de Hacienda, señalado en el resultando anterior, fue notificado al señor Rodrigo Martín Carballo Cordero, propietario del Taller de Enderezado y Pintura Rolo, por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Siendo aceptado por el propietario el 13 de noviembre del 2006.

7º—Que en razón de tales hechos procede este Despacho a resolver.Considerando:

I.—Hechos probados. Se tienen como demostrados todos los resultandos de la presente resolución.

II.—Sobre el fondo. Visto el expediente que al efecto lleva el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, tenemos que el Taller de Enderezado y Pintura Rolo, resultó afectado por las diligencias de expropiación llevadas acabo por este Ministerio, en contra de la propiedad de la señora Francisca Mejía Estrada, para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Ampliación del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría”.

Sobre el particular, establece la Ley de Expropiaciones en su artículo 6, lo que a continuación se transcribe en lo conducente:

“Artículo 6.—Sujetos pasivos. Las diligencias de expropiación se tramitarán en tantos expedientes separados cuantos sean los titulares de los inmuebles y los derechos por expropiar; pero en el caso de los copropietarios, se tramitarán en uno solo.

Si el inmueble, mueble o derecho, afecto a la expropiación esta en litigio, como partes de las diligencias de expropiación se tendrá a quienes aparezcan en el expediente, como directamente interesados, a los propietarios o los titulares de las cosas o derechos a quienes figuren, con derechos sobre la cosa en el registro público correspondiente”.

De conformidad con la norma legal transcrita supra, así como del Avalúo Administrativo Nº 86-2006 de fecha 11 de octubre del 2006, de la Administración Tributaria de Alajuela del Ministerio de Hacienda, procede el Ministerio de Obras Públicas y Transportes reconocer al Taller de Enderezado y Pintura Rolo, actividad ejercida a título personal por su propietario Rodrigo Martín Carballo Cordero, cédula de identidad número 2-397-631, la suma de ¢26.578.521,25 (veintiséis millones quinientos setenta y ocho mil quinientos veintiún colones con veinticinco céntimos), que corresponde a la indemnización por concepto de derecho comercial. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY LA MINISTRA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES

RESUELVEN:1º—Reconocer a favor del Taller de Enderezado y Pintura Rolo,

actividad ejercida a título personal por su propietario Rodrigo Martín Carballo Cordero, cédula de identidad número 2-397-631, la suma de ¢26.578.521,25 (veintiséis millones quinientos setenta y ocho mil quinientos veintiún colones con veinticinco céntimos), de conformidad

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con el Avalúo Administrativo Nº 86-2006 del 11 de octubre del 2006, de la Administración Tributaria de Alajuela del Ministerio de Hacienda, que corresponde a indemnización por concepto de derecho comercial.

2º—Se da por agotada la vía administrativa.Notifíquese y publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La

Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 06491).—C-50840.—(14381).

Nº 35.—San José, a las 10:00 horas del día nueve del mes de febrero del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

Resultando:1º—Mediante oficio N° 07/0230 de 5 de febrero del 2007, remitido

por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad, al Sistema de Folio Real matrícula número 79857-000, cuya naturaleza es terreno de potrero, situado en el distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela, con una medida de 18.078,56 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, Quebrada Las Cañas; al sur, con calle pública; al este, con Carlos Alberto Argüello Rivera y al oeste, con quebrada.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición dos áreas de terrenos equivalentes a 172,97 metros cuadrados, según plano catastrado N° A-1122620-2006 y 3.377,51 metros cuadrados, según plano catastrado N° A-1122622-2006, para una medida total en conjunto de 3.550,48 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de potrero. Ubicación: distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos, los indicados en los planos catastrados N° A-1122620-2006 y A-1122622-2006. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.963 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a) Planos catastrados Nos. A-1122620-2006 y A-1122622-2006, mediante los cuales se establecen que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total en conjunto de 3.550,48 metros cuadrados.

b) Estudio sobre la inscripción del inmueble.c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y características

del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener y los bienes a valorar.4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la

presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de

Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a) Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 79857-000.

b) Naturaleza: terreno de potrero.c) Ubicación: Situado en el distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela,

de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en los planos catastrados Nos. A-1122620-2006 y A-1122622-2006.

d) Propiedad: El Portezuelo del Oeste S. A., cédula jurídica número 3-101-136189, representada por Joseph Frank Gatt, de nacionalidad estadounidense, carné de Seguro Social N° 144-22-1730.

e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 3.550,48 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José - San Ramón”, según planos catastrados Nos. A-1122620-2006 y A-1122622-2006, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley

de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al

Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 79857-000, situado en el distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela y propiedad de El Portezuelo del Oeste S. A., cédula jurídica número 3-101-136189, representada por Joseph Frank Gatt, de nacionalidad estadounidense, carné de Seguro Social N° 144-22-1730, con una área total en conjunto de 3.550,48 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en los planos catastrados Nos. A-1122620-2006 y A-1122622-2006, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y

Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 06492).—C-57495.—(14385).

EDICTOSMINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Licenciado Francisco Morales Hernández, de conformidad con lo consignado en la resolución DMT-0101-2007, de las ocho horas, doce minutos, del siete de febrero, de dos mil siete, a través de la cual se dictó el acto final, del procedimiento administrativo ordinario, tramitado por este despacho en contra de la Funcionaria Miriam Mejía Marín y según la cual se acordó: imponer a la servidora Mejía Marín, una amonestación por escrito, de conformidad con el inciso A), del numeral 39, en concordancia con el inciso n), del artículo 38, ambos de la Ley Contra La Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, por haber incumplido la prohibición contenida en el artículo 17, del mismo cuerpo normativo.—Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—(Solicitud Nº 28500).—C-7865.—(13294).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍADIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD

AVISOSEl Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad

del Área Legal y de Registro, hace constar, que la Asociación de Desarrollo Específica Pro Mejoras de la Comunidad de Javilla de Cañas, Guanacaste. Por medio de su representante: Miguel Ángel Moreira Guerrero, cédula 05-0110-0000366 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Área de Legal y de Registro.—San José, 24 de enero del 2007.—Lic. Yamileth Camacho Marín, Jefa del Departamento de Registro.—1 vez.—(13251).

AGRICULTURA Y GANADERÍASERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

EDICTOSEl señor Víctor Hugo Zumbado Villalobos con número de cédula 1-

0682-0437, vecino de Cartago, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Corporación Zumar C. Z. S. A., con domicilio en Cartago. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Calmavet

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K. Fabricado por: Laboratorio Vetanco de Argentina y los siguientes principios activos: Ketoptofeno AL 10% y las siguientes indicaciones terapéuticas: antiinflamatorio, analgésico y antipirético. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 19 de diciembre del 2006.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(13189).

El señor Víctor Hugo Zumbado Villalobos con número de cédula 1-0682-0437, vecino de Cartago, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Corporación Zumar C. Z. S. A., con domicilio en Cartago. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: floxagen inyectable. Fabricado por: Laboratorio Vetanco de Argentina y los siguientes principios activos: Enrofloxacina AL 5% y las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento de enfermedades infecciosas causadas por agentes sensibles a la enrofloxacina. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 19 de diciembre del 2006.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(13190).

La señora Yuli A. Mateus Cortés, con cédula Nº 420-0206358-0006565, vecina de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Calox de Costa Rica, con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Ciprofloxacina, fabricado por Laboratorio Calox de Costa Rica S. A., con los siguientes principios activos: cada tableta contiene: Ciprofloxacina 250 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: para el control y tratamiento de enfermedades sensibles a la fórmula, con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 30 de noviembre del 2006.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(13216).

La señora Yuli A. Mateus Cortés, con cédula Nº 420-0206358-0006565, vecina de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Calox de Costa Rica, con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Diminazeno Diaceturato, fabricado por Laboratorio Calox de Costa Rica, con los siguientes principios activos: Daiminaceno Diaceturato 7g/100ml, antipirina USP 37760g/100ml, excipientes C.S.P. 100 ml y las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento de la babesiosis y tripanosomiasis en bovinos, equinos y caninos, con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 15 de enero del 2007.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(13217).

La señora Yuli A. Mateus Cortés, con cédula Nº 420-0206358-0006565, vecina de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Calox de Costa Rica, con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Triamcinolona Acetonida, fabricado por Laboratorio Afford Especialidades Veterinarias de Argentina, con los siguientes principios activos: Triancinoloma Acetonida 0.6g/100 ml. y las siguientes indicaciones terapéuticas: antiinflamatorio y antialérgico, con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 15 de enero del 2007.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(13218).

EDUCACIÓN PÚBLICADIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD Y MACROEVALUACIÓN

DEL SISTEMA EDUCATIVOREPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOSPUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 213, título Nº 2779, emitido por el Instituto Superior Julio Acosta García, en el año dos mil cuatro, a nombre de Calvo Amores Edith Cristina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de noviembre del 2006.—Departamento de Supervisión Nacional.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(11828).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica”, Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el Tomo 2, Folio 74, Título N° 1815, emitido por el Liceo de San José, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Mauricio Borge Porras. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de febrero del dos mil siete.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(12116).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación Media, inscrito en tomo 1, folio 68, título N° 262, emitido por el Colegio Técnico Profesional Santa Rosa de Pocosol, en el año dos mil, a nombre de Segura Rodríguez Óscar Mario. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de febrero del 2007.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(12214).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZAnte esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición

del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en tomo 1, folio 75, título Nº 408, emitido por el Instituto Dr. Jaim Weizman, en el año dos mil cinco, a nombre de Mainemer Lang Michael. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de febrero del 2007.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—Nº 4324.—(12598).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 21, título Nº 557, emitido por el Liceo Omar Dengo Nocturno, en el año mil novecientos setenta y siete, a nombre de Angulo Zúñiga Álvaro Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de febrero del 2007.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(12763).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 39, título Nº 254, emitido por el Colegio Nocturno de Naranjo, en el año dos mil seis, a nombre de Salazar Miranda Erika. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de febrero del 2007.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(12922).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada Rama Académica, Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 125, título Nº 551, emitido por el Colegio Sagrado Corazón, en el año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Mata Ferreto María Catalina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de febrero del 2007.—División de Control de Calidad.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(12923).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 139, título Nº 1124, emitido por el Liceo de Moravia, en el año dos mil, a nombre de Vega Vega Johanna. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(13205).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 125, Título Nº 1921, emitido por el Liceo León Cortes Castro, en el año dos mil uno, a nombre de Alfaro Ulate Pablo Javier. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de febrero del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(13246).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALDEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa de Servicios Múltiples Taxistas Quepeños R. L., siglas COOPETAQ R. L., acordada en asamblea celebrada el 17 de agosto del 2006. Resolución 1387.

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En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Consejo de Administración:Presidente Manuel López AzofeifaVicepresidente German Elizondo RodríguezSecretaria Ana Yancy Ávila EspinozaVocal 1 José Méndez PorrasVocal 2 Gilberth Ortega ZamoraVocal 3 Jorge López FonsecaVocal 4 Danilo Garro FallasSuplente 1 Carlos Brenes LeónSuplente 2 Erick Cordero RíosGerente Fernando Jiménez RiveraSan José, 14 de diciembre del 2006.—Lic. José Joaquín Orozco

Sánchez, Jefe.—(11835).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada: Cooperativa de Comercialización y Servicios Múltiples de Finca Alajuela R. L., siglas COOPETRIUNFO R. L., acordada en asamblea celebrada el 16 de junio del 2006. Resolución 743. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta el artículo 49 del Estatuto.—San José, 12 de setiembre del 2006.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(12288).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZDe conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro

de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Asociación Nacional de Profesionales en Enfermería, siglas: A.N.P.E., acordada en asamblea celebrada el 12 de octubre del 2006. E-004. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 15, folio: 488, asiento: 4420, del día 30 de enero del 2007. La reforma afecta el artículo 51 del estatuto.—San José, 30 de enero del 2007.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—(13210).

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

En sesión celebrada en San José a las nueve horas del día 20 de setiembre del 2006, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-6275-2006, del día 20 de setiembre del 2006, al señor Salvatierra Zamora Elí, cédula de identidad 4-074-568, vecino de Puntarenas; por un monto de sesenta y tres mil doscientos veintiún colones con treinta y ocho céntimos (¢63.221,38), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Jeremías Vargas Chavarría, Director Ejecutivo.—1 vez.—(13220).

JUSTICIA Y GRACIAREGISTRO NACIONAL

OFICINA CENTRAL DE MARCAS DE GANADO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Nº 107.560.—Asley Michelle Quesada Quirós, menor de edad, con domicilio en Centro de Upala de Alajuela, 500 norte de Oficinas del IDA, representada por su padre Humberto Quesada Guerrero, cédula de identidad Nº 6-174-151, solicita el registro de:

como marca de ganado que usará preferentemente en Upala, Upala, Alajuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 19 de diciembre del 2006.—(10436).

Nº 22.029.—Agropecuaria Montecarlo Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-361959, con domicilio en Muelle de Florencia de San Carlos, Alajuela, Oficinas de Servicentro Muelle, representada por el señor Carlos Alberto Villalobos Arias, cédula Nº 2-302-704, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, solicita el registro de: A-C como marca de ganado que usará preferentemente en Los Chiles, Los Chiles, Alajuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 29 de enero del 2007.—(10461).

Nº 14.490.—Inversiones La Esmeralda de Alajuela A G S. A., cédula jurídica Nº 3-101-229809, con domicilio en San Joaquín de Flores, Heredia, representada por Asdrúbal Alfaro Arguedas, cédula Nº 2-255-203, solicita a favor el registro de: A 1 9, como marca de ganado que usará preferentemente en San Carlos, Alajuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 20 de diciembre del 2006.—Nº 2962.—(10710).

Nº 80.414.—Mejías Retana Saúl, cédula Nº 5-189-313, mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en Pocosol, Alajuela, solicita el registro de:

21 S

como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 30 de enero del 2007.—Nº 3013.—(10711).

Nº 79.017.—José Ángel Soto Umaña, cédula Nº 4-0076-404, mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en La Rita, Pococí, Limón, solicita el registro de:

9 PU

como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 9 de noviembre del 2006.—Nº 3015.—(10712).

Nº 14.811.—Andrés Álvarez Baltodano, cédula Nº 2-362-120, casado dos veces, agricultor, vecino de Roxana, Pococí, Limón, solicita el registro de: A 7 7, como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 30 de noviembre del 2006.—Nº 3058.—(10713).

Nº 14.865.—Luis Demetrio Gamboa Badilla, cédula Nº 1-379-0082, mayor, casado una vez, con domicilio en Puntarenas, solicita a favor el registro de: L 1 4, como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 18 de enero del 2007.—Nº 3122.—(10714).

Nº 29.507.—Alexander Jiménez González, cédula Nº 5-307-541, mayor, soltero, agricultor, con domicilio en Guayabo, Bagaces, Guanacaste, solicita a favor el registro de:

5 3P

como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 20 de diciembre del 2006.—Nº 3130.—(10715).

Nº 15.180.—Gerardo Aguirre Quirós, cédula Nº 5-145-639 mayor, casado una vez, agricultor con domicilio en Sarapiquí, Heredia. Solicita a favor el Registro de: G 9 4 como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 14 de diciembre del 2006.—Nº 3161.—(11126).

Nº 15.233.—José Manuel Segura Gamboa, cédula Nº 1-385-886 mayor, casado una vez, comerciante con domicilio en Pérez Zeledón, San José. Solicita a favor el Registro de: S 0 5 como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 18 de diciembre del 2006.—Nº 3222.—(11127).

Nº 16.622.—Orlando García Sun Sing, nicaragüense, cédula de residencia Nº 132RE001349-00-1999, mayor, soltero en unión libre, finquero, con domicilio en Pococí, Limón. Solicita a favor el Registro de: 4 0 M como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 18 de diciembre del 2006.—Nº 3278.—(11128).

Nº 22.177.—Flores Mena Juan Pablo, cédula de identidad Nº 1-1013-452, mayor, soltero, agrónomo, con domicilio en Guanacaste, Carrillo, Sardinal, 125 metros oeste del Salón Comunal. Solicita el Registro de: Y 9 3 como marca de ganado que usará preferentemente en Su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, cuatro de octubre del 2006.—Nº 3289.—(11129).

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Nº 24.329.—Pizarro Moreno Gerardo Antonio, cédula de identidad Nº 5-184-557, mayor, soltero, agricultor, con domicilio en Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Artola, 300 metros sur de Plantas Ornamentales. Solicita el registro de: C Q 3 como marca de ganado que usará preferentemente en Su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, veinticinco de julio del 2006.—Nº 3290.—(11130).

Nº 31.259.—Daniel Antonio Romano Méndez, cédula de identidad Nº 5-138-154 mayor, soltero, agricultor con domicilio en Carrillo, Guanacaste. Solicita el registro de:

J3 4

como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 5 de octubre del 2006.—Nº 3291.—(11131).

Nº 14.366.—Dionisio Calderón Espinoza, cédula Nº 5-196-779 mayor, soltero, agricultor con domicilio en La Cruz, Guanacaste. Solicita a favor el registro de: 1 5 4 como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 18 de enero del 2007.—Nº 3386.—(11132).

Nº 17.574.—Gómez Calvo Faustino, cédula Nº 9-044-804, mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en La Virgen de Sarapiquí, Heredia, solicita el registro de: 7 4 F, como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 30 de enero del 2007.—Nº 3458.—(11333).

Nº 14.698-7.—Edith Castillo Barahona, cédula Nº 2-495-155, mayor, soltera, ama de casa, con domicilio en Heredia, solicita a favor el registro de: 5 E como marca de ganado que usará preferentemente en Upala, Alajuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 12 de enero del 2007.—Nº 3595.—(11651).

Nº 82.665.—La Zelanda Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-33353, con domicilio en Heredia Centro, 500 metros sur de la escuela Cleto González Víquez, representada por Fernando Elías Vindas Camacho, cédula de identidad Nº 1-627-127, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, solicita el registro de:

89 Z

como marca de ganado que usará preferentemente en Santa Elena de San Isidro de Heredia. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 15 de enero del 2007.—Nº 3600.—(11652).

Nº 25.387.—Gerardo Martín Jiménez Navarro, cédula de identidad Nº 1-545-573, mayor, casado una vez, comerciante, con domicilio en San Martín, 500 metros oeste de la escuela, Santa Cruz, León Cortés, San José, solicita el registro de: P 1 F como marca de ganado que usará preferentemente en cinco kilómetros al norte de la escuela, San Rafael de Potrero Grande de Buenos Aires, Puntarenas. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 23 de noviembre del 2006.—Nº 3626.—(11653).

Nº 14.985.—Xenia Yorleny Ruiz Castro, cédula Nº 5-252-933, mayor, casada una vez , con domicilio en Upala, Alajuela. Solicita a favor el Registro de: R 5 6 como marca de ganado que usará preferentemente en Upala, Alajuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 30 de noviembre del 2006.—Nº 3754.—(12028).

Nº 16.459.—Chavarría González Rafael Ángel, cédula Nº 2-302-185, mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en Bijagua, Upala, Alajuela. Solicita el registro de: 4 8 R como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 31 de enero del 2007.—Nº 3782.—(12029).

Nº 34.016.—Pérez Gutiérrez Manuel Alejandro c. c. Alexánder Pérez Gutiérrez, cédula Nº 5-215-035, mayor, casado una vez, mensajero, con domicilio en Soncoya, Veintisiete de Abril, Santa Cruz, Guanacaste. Solicita el Registro de: P G 2 como marca de ganado que usará preferentemente en

su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 10 de julio del 2006.—Nº 3783.—(12030).

Nº 90.964.—Gerardo Coronado Ortiz, mayor, soltero, agricultor, vecino de San Pedro de Santa Cruz, Guanacaste, cédula Nº 5-163-702. Solicita el registro de:

G C1

como marca de ganado que localizará preferentemente en Santa Cruz, Guanacaste. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 28 de mayo de 1996.—Nº 3798.—(12031).

Nº 80.803.—Walter Ordóñez Quirós, cédula Nº 5-213-803, mayor, casado una vez, jornalero, con domicilio en Centro de Bagaces, Guanacaste. Solicita el registro de: G Q como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, veintidós de noviembre del 2005.—Nº 3832.—(12032).

Nº 15.271.—Cascante Mora Juan Bautista, cédula Nº 9-0062-283, mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en Buenos Aires, Puntarenas. Solicita el registro de: C 5 8 como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 30 de enero del 2007.—Nº 3862.—(12033).

Nº 14.469.—Miranda Chaves Elpidio, cédula Nº 1-396-408, mayor, divorciado, agricultor, con domicilio en Coto Brus, Puntarenas. Solicita el Registro de: E 1 4 como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, nueve de febrero del 2007.—Nº 3888.—(12034).

Nº 16.224.—Fernández Núñez Marconey, cédula Nº 1-923-565, mayor, casado una vez, comerciante, con domicilio en Coto Brus, Puntarenas. Solicita el Registro de: F 9 3 como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, nueve de febrero del 2007.—Nº 3889.—(12035).

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIALÓscar Gerardo Campos Chavarría, cédula Nº 5-172-790, mayor,

casado, agricultor, en concepto de apoderado generalísimo de Plaza Internacional del Café Volcán Arenal Sociedad Anónima, C. J. 3-101-413416, de Costa Rica, solicita la inscripción de: HIJOS DEL CAMPO como marca de comercio, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir: café y sus derivados. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de octubre del 2006, expediente Nº 2006-0009668. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de octubre del 2006.—Nº 99406.—(4735).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, divorciada, abogada, en concepto de apoderada especial de Diveco S. A., de Guatemala, solicita la inscripción de: TODO EL CONFORT EN EL LADO DE ARRIBA como marca de fábrica, en clase 20 internacional, para proteger y distinguir: muebles, espejos, marcos; productos, no comprendidos en otras clases de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todas estas materias o de materias plásticas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de setiembre del 2006, expediente Nº 2006-0008533. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Nº 99495.—(4746).

Katy Castillo Cervantes, cédula Nº 1-794-648, asistente, vecina de San José, en concepto de apoderada especial de Wal-Mart Stores Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SUPERCENTER como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir: servicios de publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de agosto del 2005, expediente Nº 2005-0005964. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de enero del 2007.—Nº 99496.—(4747).

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Katy Castillo Cervantes, cédula Nº 1-794-648, asistente, vecina de San José, en concepto de apoderada especial de Wal-Mart Stores Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: MY STORE como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir: servicios de publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de agosto del 2005, expediente Nº 2005-0005965. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de enero del 2007.—Nº 99498.—(4749).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Francisco Leiton Granados, cédula de identidad Nº 3-287-113, de Costa Rica, solicita la inscripción de: IDIAF como marca de fábrica, en clase 30 internacional. Para proteger y distinguir: Café, té, cacao, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas, preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo. Reservas: No tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de mayo del 2006, según expediente Nº 2006-0004413. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de julio del 2006.—Nº 2438.—(9815).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Variedades El Sol Naciente S. A., cédula jurídica Nº 3-101-138354, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: Un establecimiento dedicado a la distribución y comercialización de artículos de decoración y jardinería, flores secas, fundas y rollos plásticos, turbas orgánicas, bases para floristería y decoración, papel decorativo, muebles metálicos y de madera,

peluches, tarjetas decorativas y de toda ocasión, bases de metal, madera y cerámica, mallas plásticas, manteles decorativos almohadones, juguetes, ropa y artículos deportivos, zapatos, pinturas, cuadros decorativos, confitería, artículos de fiestas, artículos de camping y productos veterinarios. Ubicado en San José, Escazú, 50 metros este de la Bomba de Gasolina del centro de Escazú. Reservas: de los colores azul y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de julio del 2006, exp. Nº 2006-0006412. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1º de noviembre del 2006.—Nº 2598.—(10100).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Variedades El Sol Naciente S. A., cédula jurídica Nº 3-101-138354, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 37 internacional, para proteger y distinguir: Servicios de prestación de servicios destinados a la construcción, reparación e instalación de artículos de decoración en general. Reservas: de los colores azul y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos

para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de julio del 2006, exp. Nº 2006-0006414. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de noviembre del 2006.—Nº 2599.—(10101).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Centro Natural la Fuente Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-180162, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como emblema, para proteger y distinguir: Un establecimiento dedicado a la venta y fabricación de productos naturales, farmacéuticos y cosméticos, ubicado en San Francisco de Dos Ríos 100 sur y 50 oeste de la Shell. Reservas: colores morado, verde y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro

de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de agosto del 2006, exp. Nº 2006-0007354. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de diciembre del 2006.—Nº 2600.—(10102).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Servicios Urbanísticos Casa Modelo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-324326, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: Un establecimiento dedicado a servicios de construcción, desarrollo y administración de proyectos inmobiliarios. Ubicado en Alajuela, 200 metros al este del Museo Juan Santamaría. Reservas; de los colores negro, rojo, morado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de

los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de agosto del 2006, exp. Nº 2006-0007494. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de diciembre del 2006.—Nº 2601.—(10103).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, Abogado, en concepto de apoderado especial de Gama Servicios Universales Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-370425, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 37 internacional, para proteger y distinguir: Servicio de construcción, reparación, servicios de instalación. Reservas: de los colores azul, verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este

Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de agosto del 2006, exp. Nº 2006-0007402. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de noviembre del 2006.—Nº 2602.—(10104).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, Abogado, en concepto de apoderado especial de Gama Servicios Universales Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-370425, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: Un establecimiento dedicado a brindar servicios profesionales para la construcción y administración de proyectos inmobiliarios, ubicado en Escazú, Guachipelín, de Aditec 300 metros al noreste contiguo al Blue Valley School. Reservas: colores azul, verde.

Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de agosto del 2006, exp. Nº 2006-0007366. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de diciembre del 2006.—Nº 2603.—(10105).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Rabe Industrial Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-371724, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 37 internacional, para proteger y distinguir: Servicios de construcción, reparación, y servicios eléctricos relacionados a la construcción. Reservas: colores verde, azul y blanco. Se cita a terceros interesados en defender

sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de agosto del 2006, exp. Nº 2006-0007364. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de diciembre del 2006.—Nº 2604.—(10106).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Kontrolaire Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-270155, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: Un establecimiento dedicado a brindar servicios de construcción, suministro, diseño e instalación de sistemas de aire acondicionado, ubicado en San Sebastián, 300 metros sur del Hipermás. Reservas: colores verde, azul, negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,

contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de agosto del 2006, exp. Nº 2006-0007362. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de diciembre del 2006.—Nº 2605.—(10107).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Alecón Alquiler de Equipos de Construcción Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-373482, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 37 internacional, para proteger y distinguir: Servicios de construcción, reparación y servicios de instalación. Reservas: colores verde y azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante

este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de agosto del 2006, exp. Nº 2006-0007365. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de diciembre del 2006.—Nº 2606.—(10108).

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Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo, cédula jurídica Nº 3-009-045021, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como emblema, para proteger y distinguir: Un establecimiento dedicado a los negocios, servicios financieros, actividades de banca y finanzas e inversiones, ubicado en Alajuela, detrás de la catedral. Reservas: del color amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de agosto del 2006, exp. Nº 2006-0007723. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de

la Ley 7978.—San José, 6 de noviembre del 2006.—Nº 2607.—(10109).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Variedades el Sol Naciente S. A., cédula jurídica Nº 3-101-138354, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio, en clase 26 internacional, para proteger y distinguir: Flores artificiales, follajes y plantas artificiales. Reservas: de los colores azul y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante

este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de julio del 2006, exp. Nº 2006-0006413. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de noviembre del 2006.—Nº 2688.—(10110).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Formas Creativas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-252591, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: Un establecimiento dedicado a todo lo relacionado con instalación y reparación de vallas publicitarias y rotulación en general. Ubicado en Cartago, Tres Ríos de La Unión, 125 metros oeste de la esquina suroeste del parque. Reservas: No Tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos

para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de julio del 2006, exp. Nº 2006-0006415. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de noviembre del 2006.—Nº 2689.—(10111).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Distribuidora Jimdia del Norte, Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-290174, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos. Reservas: No Tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,

contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de julio del 2006, exp. Nº 2006-0005758. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de noviembre del 2006.—Nº 2690.—(10112).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Distribuidora Jimdia del Norte, Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-290174, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como emblema, para proteger y distinguir: Un establecimiento dedicado a la venta y fabricación de materias primas para productos de limpieza (productos químicos) para la industria, negocio y hogar, ubicado en San José, Tibás, de la Trifelería Colima, 100 metros este y 100 metros sur. Reservas: No Tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos

valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de julio del 2006, exp. Nº 2006-0006429. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de diciembre del 2006.—Nº 2691.—(10113).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Distribuidora Jimdia del Norte, Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-290174, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos. Reservas: No Tiene reservas. Se cita a terceros interesados

en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de julio del 2006, exp. Nº 2006-0006430. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de diciembre del 2006.—Nº 2692.—(10114).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Miguel Antonio Alvarado Artavia, cédula Nº 3-273-136, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: Un establecimiento dedicado a la elaboración y comercialización de pan, pastelería y productos hechos a base de harinas, ubicado en Tobosi del Guarco

de Cartago, 100 metros norte, 100 metros oeste y 25 metros norte de la Iglesia. Reservas: amarillo, rojo y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de julio del 2006, exp. Nº 2006-0006420. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de diciembre del 2006.—Nº 2693.—(10115).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Miguel Antonio Alvarado Artavia, cédula Nº 3-273-136, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir: Pan, pastelería, panadería y harinas. Reservas: de los colores amarillo, rojo y verde. Se cita a terceros interesados en

defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de julio del 2006, exp. Nº 2006-0006421. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de noviembre del 2006.—Nº 2694.—(10116).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Productos Plásticos Industriales S. A., cédula jurídica Nº 3-101-347912, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 16 internacional, para proteger y distinguir: Empaques de cartón, papel, cartón. Reservas: No tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de

enero del 2005, exp. Nº 2005-0000089. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de enero del 2006.—Nº 2695.—(10117).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Alas Doradas Sociedad Anónima de Capital Variable, de El Salvador, solicita la inscripción de:

como marca de comercio, en clase 16 internacional, para proteger y distinguir: Papel higiénico, papel toalla, servilletas y papelería. Reservas: No se reserva las palabras papel higiénico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de junio del 2006, exp.

Nº 2006-0004762. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de octubre del 2006.—Nº 2696.—(10118).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de El Eden Natural Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-414632, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: Cosméticos. Reservas: No tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante

este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2006, exp. Nº 2006-0005113. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de agosto del 2006.—Nº 2697.—(10119).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Centro Natural La Fuente S. A., cédula jurídica Nº 3-101-180162, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales,

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pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo. Reservas: naranja, amarillo, verde, blanco, negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2006, exp. Nº 2006-0005680. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de agosto del 2006.—Nº 2732.—(10120).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Centro Natural La Fuente S. A., cédula jurídica Nº 3-101-180162, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel,

jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo. Reservas: No tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2006, exp. Nº 2006-0005681. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de agosto del 2006.—Nº 2733.—(10121).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado , en concepto de apoderado especial de El Eden Natural Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-414632, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos. Reservas: No tiene reservas. Se cita a terceros

interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2006, exp. Nº 2006-0005674. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto del 2006.—Nº 2734.—(10122).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de El Edén Natural Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-414632, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 32 internacional, para proteger y distinguir: Cervezas, aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. Reservas: No tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer

ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2006, exp. Nº 2006-0005671. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto del 2006.—Nº 2735.—(10123).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado una vez, abogado, en concepto de apoderado especial de Centro Natural la Fuente S. A., cédula jurídica Nº 3-101-180162, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, prestaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos. Reservas: No tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos

valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2006, exp. Nº 2006-0005682. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de agosto del 2006.—Nº 2736.—(10124).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado una vez, abogado, en concepto de apoderado especial de Centro Natural la Fuente S. A., cédula jurídica Nº 3-101-180162, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos, para esponjar, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias,

hielo. Reservas: No tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2006, exp. Nº 2006-0005684. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de agosto del 2006.—Nº 2737.—(10125).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de El Edén Natural Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-414632, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: Cosméticos. Reservas: No hace reserva del símbolo R. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este

edicto. Presentada el 14 de junio del 2006, exp. Nº 2006-0005110. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de agosto del 2006.—Nº 2738.—(10126).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de El Edén Natural Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-414632, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: Cosméticos. Reservas: No tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los

dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2006, exp. Nº 2006-0005112. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de agosto del 2006.—Nº 2739.—(10127).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de El Edén Natural Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-414632, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: Cosméticos. Reservas: No hace reserva del símbolo R. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este

edicto. Presentada el 14 de junio del 2006, exp. Nº 2006-0005111. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de agosto del 2006.—Nº 2740.—(10128).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula Nº 1-758-660, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de El Edén Natural, Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-414632, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza,

vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo. Reservas: No tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2006, exp. Nº 2006-0005672. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto del 2006.—Nº 2741.—(10129).

Karol Sabat Hoffman, cédula Nº 1-1087-0862, mayor, soltera, estudiante, en concepto de apoderada generalísima de Grupo Sabat Hoffman Coffee Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-439686, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: Un establecimiento dedicado a un café. Ubicado en Tres Ríos, 300 metros este del Hipermás, carretera vieja a Tres Ríos, Centro Comercial vía San Juan Local Nº 1. Reservas: No tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio del 2006, exp. Nº 2006-0005275. A efectos

de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de noviembre del 2006.—Nº 2757.—(10130).

Edgar Odio Rohrmoser, cédula Nº 1-831-587, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Visitas Turísticas Dos Mil Seis (MMVI) S. A., cédula jurídica Nº 3-101-461483, de Costa Rica, solicita la inscripción de: CENTENARIO HACIENDA como nombre comercial.

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Para proteger y distinguir: Un establecimiento comercial dedicado a realizar actividades turísticas y de esparcimiento. Ubicado en San José, Curridabat, 100 m norte y 75 m oeste de la Municipalidad. Reservas: No tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de octubre del 2006, exp. Nº 2006-0010194. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de octubre del 2006.—Nº 2792.—(10131).

Marín Mileeta, cédula Nº residencia 601-191108-000001, mayor, casado, ingeniero, en concepto de apoderado generalísimo de T.P.E Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-115405, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: Un establecimiento dedicado a la fabricación de partes electrónicas para la exportación. Ubicada en Alajuela, El Coyol, Zona Franca BES, local 19. Reservas: de los colores negro, amarillo, anaranjado, verde y

rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de setiembre del 2006, exp. Nº 2006-0008779. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de noviembre del 2006.—Nº 2808.—(10132).

Manuel Peralta Volio, cédula Nº 9-012-480, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Eduardo Londoño e Hijos Sucesores S. A., (EDUARDOÑO S. A.), de Colombia, solicita la inscripción de: TRANSMILUBE, como marca de fábrica, en clase 4 internacional, para proteger y distinguir: aceites y grasas industriales, lubricantes, productos para absorber, regar y concentrar el polvo, combustibles (incluyendo gasolina para motores) y materias de alumbrado, bujías, mechas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de setiembre del 2003, según expediente Nº 2003-0006789. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de enero del 2007.—(10307).

Marianella Arias Chacón, cédula Nº 1-679-960, mayor, casada, abogada, en concepto de apoderada especial de Beiersdorf A.G., de Alemania, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: preparaciones para reducir la celulitis del cuerpo. Reservas: de los colores azul, gris y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de setiembre del 2006, según expediente Nº 2006-0008897. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,

24 de noviembre del 2006.—(10311).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Grünenthal GMBH., de Alemania, solicita la inscripción de: RICLASIP como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: preparaciones farmacéuticas para uso humano a saber antibióticos. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de julio del 2006, expediente Nº 2006-0006225. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de enero del 2007.—Nº 2819.—(10687).

Marianella Arias Chacón, cédula Nº 1-679-960, mayor, casada, abogada, en concepto de apoderado especial de General Electric Company, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 7 internacional, para proteger y distinguir: bombas, a saber, bombas centrífugas, bombas de diafragma, bombas de fuelle y bombas de proceso y transferencia; dispositivos de control de flujos, a saber, válvulas, eyectores y controles eléctricos e interruptores; cartuchos de separación de flujos y sus partes, incluyendo membranas semipermeables; cartuchos de filtro para uso en varias máquinas industriales para aplicaciones de filtrado incluyendo la filtración de soluciones de cubierta para la manufactura de cinta magnética y

la filtración de petroquímicos, agua potable, cerveza en la industria de la elaboración de cerveza y otros químicos especializados; máquinas para alimentar y aplicar químicos para usos industriales. Reservas: reserva de prioridad con base a la certificación de la solicitud de marca Nº 78/660,472 del 29 de junio del 2005, emitida por la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de diciembre del 2005, según expediente Nº 2005-0009906. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de noviembre del 2006.—(10312).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de gestor oficioso de Motorola Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: MOTOSCPL como marca de fábrica, en clase 9 internacional, para proteger y distinguir: teléfonos; teléfonos celulares, localizadores, radios de dos vías, radiotransmisores, radioreceptores, radiotransceptores, organizadores electrónicos y accesorios relacionados para los productos mencionados, a saber, auriculares, micrófonos, parlantes, software de cómputo y programas usados para la transmisión o. reproducción o recepción de sonido, imágenes, video o datos a través de una red o sistema de telecomunicaciones entre terminales y para mejorar y facilitar el uso y acceso a redes de cómputo y redes telefónicas; software de cómputo para uso en administración de bases de cómputo de propósitos generales; software de cómputo para comercio electrónico que permite al usuario colocar pedidos de manera segura y efectuar pagos en el campo de las transacciones de negocios electrónicas a través de una red de cómputo global o red de telecomunicaciones; software de cómputo para la distribución de información que incluye texto, imágenes, video y sonido para usuarios en el campo de las comunicaciones; software de cómputo y programas para la administración y operación de dispositivos de telecomunicaciones inalámbricos; software de cómputo para accesar, buscar, indexar y recuperar información y datos desde redes de cómputo globales y redes de comunicación globales, y para mirar y navegar a través de sitios web en dichas redes; software de cómputo para enviar y recibir mensajes cortos y correo electrónico y para filtrar información no tipo texto desde los datos; cámaras, a saber cámaras fotográficas, cámaras digitales, cámaras de filmación de películas, cámaras de video; tarjetas inteligentes, lectores de tarjetas inteligentes; calculadoras; tarjetas para propósitos de comunicación, a saber tarjetas de datos, tarjetas de módem y tarjetas de fax módem, todas para usarse con aparatos de comunicación; módems y unidades de posicionamiento global. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de octubre del 2006, expediente Nº 2006-0009034. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de noviembre del 2006.—Nº 2822.—(10688).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de gestor oficioso de Motorola Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: MOTOSCPL como marca de servicios, en clase 38 internacional, para proteger y distinguir: servicios de telefonía inalámbrica y transmisión electrónica de datos y documentos vía terminales de cómputo. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de octubre del 2006, expediente Nº 2006-0009035. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de noviembre del 2006.—Nº 2823.—(10689).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, divorciada, abogada, en concepto de apodera especial de The Coca-Cola Company, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: COMPROMETIDOS GOTA A GOTA como marca de fábrica, en clase 32 internacional, para proteger y distinguir: cervezas, aguas minerales y gaseosas, y otras bebidas no alcohólicas, jugos y refrescos de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer refrescos. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de noviembre del 2006, expediente Nº 2006-0010634. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de noviembre del 2006.—Nº 2824.—(10690).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apodera especial de Intradevco Industrial S. A., de Perú, solicita la inscripción de: BRONCEX como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; (preparaciones abrasivas) jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentríficos. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2006, expediente Nº 2006-0010690. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de noviembre del 2006.—Nº 2825.—(10691).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apodera especial de Intradevco Industrial S. A., de Perú, solicita la inscripción de: SULFACREM como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: un ungüento tópico. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2006, expediente Nº 2006-0010691. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de noviembre del 2006.—Nº 2826.—(10692).

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María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apodera especial de Intradevco Industrial S. A., de Perú, solicita la inscripción de: IPANA como marca de fábrica, en clase 21 internacional, para proteger y distinguir: cepillos dentales. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2006, expediente Nº 2006-0010694. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de noviembre del 2006.—Nº 2827.—(10693).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apodera especial de Intradevco Industrial S. A., de Perú, solicita la inscripción de: SAPOLIO como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: insecticidas y desinfectantes. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2006, expediente Nº 2006-0010695. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de noviembre del 2006.—Nº 2828.—(10694).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apodera especial de The Coca-Cola Company, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 44 internacional, para proteger y distinguir: asesoramiento, dirección y proveer información en el campo de nutrición, salud y bienestar. Asimismo guías de instrucción, embalaje, artículos de punto de la venta, DVDS, el Internet, y para estudios de investigación y pruebas clínicas relacionadas con la nutrición, la salud y

el bienestar (expresamente relacionado con opciones de bebidas para el consumidor). Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de octubre del 2006, expediente Nº 2006-0009350. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de noviembre del 2006.—Nº 2843.—(10695).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apodera especial de Blue Line Investment Sociedad Anónima, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 36 internacional, para proteger y distinguir: servicios inmobiliarios en relación con un residencial en condominios ubicado en Playa Tamarindo, Urbanización Puesta del Sol, frente al Club Tennis de Tamarindo, Guanacaste. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de setiembre del 2006, expediente Nº 2006-0008213. A efectos de publicación, téngase en

cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de noviembre del 2006.—Nº 2844.—(10696).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, divorciada, abogada, en concepto de apoderada especial de LG Corp., de Corea, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 9 internacional, para proteger y distinguir: aparatos de comunicación portátiles, radios, auriculares, radio teléfonos portátiles (walkie-talkies), teléfonos satelitales, teléfonos de línea terrestre, teléfonos celulares

digitales. Reservas: prioridad según solicitud coreana, número 2006-0052805 del 19/10/2006. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de noviembre del 2006, expediente Nº 2006-0010964. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de noviembre del 2006.—Nº 2845.—(10697).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, divorciada, abogada, en concepto de apoderada especial de LG Corp., de Corea, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 9 internacional, para proteger y distinguir: aparatos de comunicación portátiles, radios, auriculares, radio teléfonos portátiles (walkie-talkies), teléfonos satelitales, teléfonos de línea terrestre, teléfonos celulares

digitales. Reservas: prioridad según solicitud coreana, número 2006-0052806 del 19/10/2006. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de noviembre del 2006, expediente Nº 2006-0010965. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de noviembre del 2006.—Nº 2846.—(10698).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Procesos Lácteos Sociedad Anónima de Capital Variable, de El Salvador, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: un establecimiento dedicado a la venta de sorbetes y pasteles de sorbete (helados de sorbetera). Ubicado en Calle Llama del Bosque Poniente número 21, Urbanización Madre Selva, tercera etapa, antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador. Reservas: no se hace reserva de los

términos Premiun Ice Cream & Sorbet. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de noviembre del 2006, expediente Nº 2006-0010781. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de noviembre del 2006.—Nº 2847.—(10699).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apodera especial de Blue Line Investment Sociedad Anónima, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: un establecimientos dedicado al desarrollo, edificación y construcción de proyectos de bienes raíces, servicios de bienes raíces, con inclusión de administración, renta (leasing) y valoración (avalúos) de bienes raíces, ubicado en Guanacaste, del Proyecto, cantón Santa Cruz, distrito Tamarindo, Urbanización Puesta del Sol, frente al Club de Tennis de Tamarindo. Reservas: no se reserva uso exclusivo de las palabras Costa Rica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos

meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de setiembre del 2006, expediente Nº 2006-0008931. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de enero del 2007.—Nº 2849.—(10700).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Molinos de El Salvador S. A. de C.V., de El Salvador, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir: galletas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de agosto del 2006, expediente Nº 2006-0008021. A efectos de

publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de noviembre del 2006.—Nº 2850.—(10701).

Mario Corrales Solano, cédula Nº 1-749-150, mayor, casado, en concepto de apoderado especial de Eglo Leuchten GMBH, de Austria, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 11 internacional, para proteger y distinguir: aparatos de alumbrado, de calefacción, de productos de vapor, de cocción, de refrigeración, de secado, de ventilación, de distribución de agua e instalaciones sanitarias. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio del 2006, expediente Nº 2006-0005887. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,

19 de enero del 2007.—Nº 2851.—(10702).

Julia Saltykova, cédula de residencia Nº 694-172134-000233, de Costa Rica, mayor, soltera, empresaria, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: un establecimiento dedicado a supermercados, ubicado en San Francisco de Dos Ríos, costado sur del Parque Okayama. Reservas: colores rojo, negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de agosto del 2006, expediente Nº 2006-0007641. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley

Nº 7978.—San José, 19 de enero del 2007.—Nº 2874.—(10703).

Manuel Francisco Ortega Guevara, cédula Nº 6-114-825, mayor, casado, administrador de empresas, en concepto de apoderado generalísimo de Servicentro El Alto S. A., C. J. Nº 3-101-164291, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: un establecimiento dedicado a venta de combustibles, lubricantes, accesorios de automóviles y servicios de mecánica automotriz, así como de venta de artículos de conveniencia. Ubicado en San Rafael de Montes de Oca 300 este del Parque Recreativo del Este. Reservas: los colores blanco, azul oscuro, celeste, gris, negro,

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anaranjado y café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de agosto del 2006, expediente Nº 2006-0007683. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de octubre del 2006.—Nº 2887.—(10704).

Lina Rodríguez Vargas, cédula Nº 1-1054-602, de Costa Rica, mayor, soltera, diseñadora, solicita la inscripción de:

como marca de comercio, en clase 25 internacional, para proteger y distinguir: camisetas, blusas, faldas, pantalones, jackets. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para

hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de octubre del 2006, expediente Nº 2006-0009546. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de octubre del 2006.—Nº 2967.—(10705).

Peter Bartlett, carné pen. Rent. Nº 5263, casado una vez, biólogo, en concepto de apoderado generalísimo de Ecológica El Valle del Quetzal S. A., C. J. Nº 3-101-323-715, de Costa Rica, solicita la inscripción de: El Valle del Q como nombre comercial, para proteger y distinguir: un establecimiento dedicado a un albergue de montaña. Ubicado en San Gerardo de Dota, San José-Costa Rica, 2 kilómetros al norte de la escuela. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de agosto del 2006, expediente Nº 2006-0007653. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Nº 2982.—(10706).

Sibtein Alibhai, pas. Nº BC 06361, mayor, casado, empresario, en concepto de apoderado generalísimo de 2 X 1 Pizza S. A., C. J. Nº 3-101-177158, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: un establecimiento comercial en el que se expenden y distribuyen pizzas. Ubicado en San Pedro de Montes de Oca, diagonal al Más x Menos, primer edificio Dos x Uno Pizza. Reservas: los colores rojo intenso, verde y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos

valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de marzo del 2003, expediente Nº 2003-0001792. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de marzo del 2003.—Nº 3017.—(10707).

Rafael Ángel Guzmán Calvo, cédula Nº 2-146-732, mayor, casado, empresario, en concepto de apoderado generalísimo de Compañía Comercializadora e Industrializadora Pío Pío S. A., C. J. Nº 3-101-109175, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 43 internacional, para proteger y distinguir: servicios de restaurante. Reservas: colores amarillo, rojo y negro. No se hace reserva del símbolo de marca registrada. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2006, expediente Nº 2006-0004852. A efectos de

publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de noviembre del 2006.—Nº 3097.—(10708).

Rafael Ángel Guzmán Calvo, cédula Nº 2-146-732, mayor, casado, empresario, en concepto de apoderado generalísimo de Compañía Comercializadora e Industrializadora Pío Pío S. A., C. J. Nº 3-101-109175, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio, en clase 29 internacional, para proteger y distinguir: pollo frito y asado, carne de pollo para hamburguesas. Reservas: colores amarillo, rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2006, expediente Nº 2006-0004853. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el

artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de noviembre del 2006.—Nº 3098.—(10709).

Monserrat Alfaro Solano, cédula 1-1149-188, mayor, soltera, abogada, en concepto de Apoderada Especial de Diengo de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-049810, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 7 internacional. Para proteger y distinguir: compresores de aire, máquinas y herramientas, motores, acoplamientos y órganos de transmisión, instrumentos, agrícolas no manuales,

incubadoras de huevos. Reservas: colores blanco, verde perico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 setiembre del 2006. Expediente 2006-0008119. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de diciembre del 2006.—(10900).

Monserrat Alfaro Solano, cédula 1-1149-188, mayor, soltera, abogada,, en concepto de Apoderada Especial de Diengo de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-49810, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 7 internacional. Para proteger y distinguir: compresores de aire, máquina y herramientas, motores, acoplamientos y

órganos de transmisión, instrumentos, agrícolas no manuales, incubadoras de huevos. Reservas: colores blanco, negro, celeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 setiembre del 2006. Expediente 2006-0008118. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de diciembre del 2006.—(10902).

Rodolfo José Barillas Acosta, cédula 2-450-691, mayor, casado, diseñador gráfico, en concepto de apoderado generalísimo de Driade Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-231515, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 16 internacional. Para proteger y distinguir: un directorio o revista que brinda servicios de y para empresas cuya naturaleza esté relacionada

con el ámbito comercial y turístico. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de noviembre del 2006. Expediente 2006-0011166. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de noviembre del 2006.—Nº 3165.—(11123).

Jamie Ligator Feldman, carné residencia 1794, mayor, casado, pensionado, en concepto de apoderado generalísimo de Worldwide Land Investments W.W.L.I. S. A., cédula jurídica 3-101-29713, de Costa Rica, solicita la inscripción de: Worldwide Land Investments W.W.L.I. como nombre comercial. Para proteger y distinguir: un establecimiento dedicado a todo tipo de transacciones relativas a los bienes raíces, a la compra y venta de los bienes inmuebles. Ubicado en San José, Montes de Oca, Centro Comercial: Mall San Pedro, Ofimall San Pedro, local 54, tercer piso. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de octubre del 2006. Expediente 2006-0009326. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de noviembre del 2006.—Nº 3409.—(11124).

Luz Marina Sabbagh Correa, cédula de residencia 420-17063600-3249 y Vivi, mayores, casadas, Administradora de empresas y ama de casa respectivamente, en concepto de apoderadas generalísimas de Inversiones Viluli V L L Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-446402, de Costa Rica, solicita la inscripción de: PLAYCO como marca de servicios, en clase 41 internacional. Para proteger y distinguir: servicios de educación, formación, esparcimiento, así como actividades deportivas y culturales. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de julio del 2006. Expediente 2006-0006573. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de setiembre del 2006.—Nº 3410.—(11125).

Carmen Estrada Feoli, cédula Nº 1-716-653, mayor, casada, abogada, en concepto de apoderada especial de Joaquín R. Trejos M., Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-16383, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: Un establecimiento dedicado a la venta y alquiler de lanchas, yates, y equipos especiales de los mismos. Ubicado en San José, San Rafael de Escazú, exactamente en el Centro Comercial Trejos Montealegre, local de Paraíso Marino. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos

para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de setiembre del 2006, según expediente Nº 2006-0008233. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de noviembre del 2006.—(11229).

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Carmen Estrada Feoli, cédula Nº 1-716-653, mayor, casada, abogada, en concepto de apoderado especial de Clima Ideal Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-022826, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: Un establecimiento dedicado a la producción, distribución y reparación de equipos de aire acondicionado y refrigeración. Ubicado en la Zona Industrial de Pavas, 300 metros oeste

de Alimentos Jack’s de Centroamérica. Reservas: azul y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de setiembre del 2006, según expediente Nº 2006-0008182. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de noviembre del 2006.—(11230).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, en concepto de apoderado especial de JOOP! GmbH, de Alemania, solicita la inscripción de: JOOP! como marca de fábrica, en clase 25 internacional. Para proteger y distinguir: pañuelos de hierbas, batas de baño, sandalias para el baño, pantuflas para el baño, salidas de baño, pantalones de baño, vestidos de playa, zapatos para la playa, cinturones (vestimenta), baberos no de papel, botas, tirantes (elásticos) y/o tirantes del pantalón, sostenes, calzones y/o bragas y/o pantalones, camisolas, gorras y/o gorros, camiseta y/o camisolin de mujer, indumentaria (vestuario), ropa de gimnasia, vestidos (ropa) de imitación de cuero, vestidos (ropa) de cuero, abrigos, cuellos postizos, combinaciones (para vestir), corseletes, corses (ropa interior), ropa para ciclistas, vestidos de noche, orejeras (vestimenta), zapatos o sandalias esparto, calzado, pieles (para vestir), ligueros, guantes (vestimenta), zapatillas de gimnasia, medias botas, bandas para la cabeza (vestimenta), sombrerería, calcetería, chaquetas, camisetas de lana o seda, blusa de obrero o de mujer (jumper), ropa tejida, botas de cordón, ropa para bebés, modeladores de cuerpo (vestimenta), ropa para motociclistas, manguito (prenda para abrigarse las manos), corbatas, ropa exterior, monos, sobretodos, pijamas, ropa de papel, chaquetas de piel (parkas), pelerinas, faldas y/o fustanes, bolsillos de vestidos, jerseys (para vestir), ropa confeccionada, ropa interior confeccionada, sandalias, bandas para usarse, chalinas, bufandas, pañolones, camisas, herrajes de calzado, zapatos, botas de esqui, enaguas, pantuflas, ligas para calcetines, medias, botas para deportes, medias largas, trajes, sueters, trajes de baño, enterizos (ropa interior), camisetas, mallas, toga, pantalones de vestir, ropa interior para hombres, calzoncillos, ropa interior para mujeres, velos (para vestir), chaquetones, impermeables, conjuntos de esqui acuático, tocas (para vestir). Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de octubre del 2006. Expediente 2006-0009058. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de diciembre del 2006.—Nº 3418.—(11294).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, casado, abogado, en concepto de Apoderado Especial de The Quaker Oats company, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: STILA como marca de fábrica, en clase 30 internacional. Para proteger y distinguir: café, té, cacao, azúcar, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo, salsas, avena, barras a base de granos (cereales), cereales preparados y galletas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1º de noviembre del 2006. Expediente 2006-0010220. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1º de noviembre del 2006.—Nº 3419.—(11295).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de Apoderado Especial de AstraZeneca AB, de Suecia, solicita la inscripción de: SYMBICORT SMART como marca de fábrica, en clase 16 internacional. Para proteger y distinguir: material instructivo y promocional sobre la prevención y tratamiento de enfermedades en el tracto respiratorio. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2006. Expediente 2006-0009975. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de octubre del 2006.—Nº 3420.—(11296).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de Apoderado Especial de Astrazeneca AB, de Suecia, solicita la inscripción de: SYMBICORT SENSIHALER como marca de fábrica, en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir: preparaciones y sustancias farmacéuticas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del 2006. Expediente 2006-0010514. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Nº 3421.—(11297).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de Apoderado Especial de Controladora Mabe S. A., de C. V., de México, solicita la inscripción de: SERVIPLUS como marca de Servicios, en clase 35 internacional. Para proteger y distinguir: servicios de publicidad, dirección de negocios, administración de negocios, trabajo de oficina. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de noviembre del 2006. Expediente 2006-0010457. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Nº 3422.—(11298).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de Apoderado Especial de Controladora Mabe S. A., de C. V., de México, solicita la inscripción de: SERVIPLUS como marca de Servicios, en clase 37 internacional. Para proteger y distinguir: servicios de construcción de bienes inmuebles, reparación, servicios de instalación. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de noviembre del 2006. Expediente 2006-0010453. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Nº 3423.—(11299).

Cadbury Adams Usa LLC, de Estados Unidos de América, mayor, divorciado, abogado, solicita la inscripción de: TRIDENT SPLASH como marca de fábrica, en clase 30 internacional. Para proteger y distinguir: café, te, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), salsas, especias, hielo, goma de mascar. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del 2006. Expediente 2006-0010512. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de noviembre del 2006.—Nº 3424.—(11300).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de Apoderado Especial de Wyeth de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TUS HIJOS SON MÁS VIVOS DE LOS QUE CREES como marca de fábrica, en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir: alimentos para bebés e inválidos, preparaciones alimenticias y fórmulas nutricionales. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de noviembre del 2004. Expediente 2004-0008546. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de noviembre del 2006.—Nº 3425.—(11301).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, cédula 1-335-794, en concepto de Apoderado Especial de General Motors Corporation de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TRAVERSE como marca de fábrica, en clase 12 internacional. Para proteger y distinguir: vehículos de motor y sus partes no incluidas en otras clases. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del 2006. Expediente 2006-0010516. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de enero del 2007.—Nº 3426.—(11302).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, divorciado, abogado, en concepto de Apoderado Especial de Vifor (International) AG, de Suiza, solicita la inscripción de: VITASWISS como marca de fábrica, en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir: preparaciones farmacéuticas, veterinarias y sanitarias. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de octubre del 2004. Expediente 2004-0007411. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de diciembre del 2006.—Nº 3427.—(11303).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de E. & J. Gallo Winery, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: VIÑA CHILCAYA como marca de fábrica, en clase 33 internacional, para proteger y distinguir: bebidas alcohólicas (excepto cerveza). Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2006, expediente Nº 2006-0009978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de octubre del 2006.—Nº 3428.—(11304).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Westinghouse Electric Corporation, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: WESTINGHOUSE como marca de fábrica, en clase 11 internacional, para proteger y distinguir: aparatos eléctricos, suministros y partes de

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los mismos, a saber: bombillos para focos, lámparas de vapor metálico, lámparas para automóvil, lámparas fluorescentes, lámparas ultra-violeta, lámparas infra-rojo, y lámparas de luminiscencia, arrancadores para lámparas fluorescentes, aparatos y partes para los mismos para la iluminación residencial, comercial, industrial, para la iluminación de calles, para la aviación, y para la marina, y para la iluminación de avenidas y/o lámparas proyectantes de rayos concentrados para iluminar objetos especiales, pararrayos, suspensión, arrancadores de lámparas eléctricas, hornos eléctricos, rosteadores eléctricos, cocinas eléctricas y cocinas transportables eléctricas, mantas eléctricas que no sean para uso médico, hierros eléctricos para hacer barquillos, planchas eléctricas para hacer emparedados, calienta platos eléctrico, calentadores eléctricos de agua, moduladores, células fotoeléctricas y/o celdas fotoeléctricas y/o fotocélula y/o fotoceldas, reflectores y pantallas para lámparas eléctricas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de noviembre del 2006, expediente Nº 2006-0010425. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de noviembre del 2006.—Nº 3429.—(11305).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Bayer Aktiengesellschaft, de Alemania, solicita la inscripción de: ZYLEMPO como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: preparaciones farmacéuticas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de noviembre del 2006, expediente Nº 2006-0010393. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de noviembre del 2006.—Nº 3430.—(11306).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, en concepto de apoderado especial de Siemens Aktiengesellschaft, de Alemania, solicita la inscripción de: PSS como marca de servicios, en clase 42 internacional, para proteger y distinguir: servicios de diseño y desarrollo de software para planificación en redes públicas e industriales de suministro de energía con tensiones de red superiores a 1 kv. Reservas: se reclama prioridad de la solicitud N° 306 17271 del 16 de marzo 2006 en Alemania. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de agosto del 2006, expediente Nº 2006-0007824. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de diciembre del 2006.—Nº 3431.—(11307).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, en concepto de apoderado especial de Siemens Aktiengesellschaft, de Alemania, solicita la inscripción de: PSS como marca de fábrica, en clase 9 internacional, para proteger y distinguir: software para planificación en redes públicas e industriales de suministro de energía con tensiones de red superiores a 1 kv. Reservas: se reclama prioridad de la solicitud N° 306 17 271 del 16 de marzo 2006 en Alemania. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de agosto del 2006, expediente Nº 2006-0007825. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de diciembre del 2006.—Nº 3432.—(11308).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, en concepto de apoderado especial de Alcon Inc., de Suiza, solicita la inscripción de: PUREPOINT como marca de fábrica, en clase 10 internacional, para proteger y distinguir: aparatos e instrumentos quirúrgicos. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del 2006, expediente Nº 2006-0010515. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de enero del 2007.—Nº 3433.—(11309).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, en concepto de apoderado especial de Société des Produits Nestlé S. A., de Suiza, solicita la inscripción de: PROTECT PLUS como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: harina láctea para bebés, alimentos para bebés. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del 2006, expediente Nº 2006-0010517. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de enero del 2007.—Nº 3434.—(11310).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Abbott Laboratories, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: REALTIME como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: reagentes de diagnóstico. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera

publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2006, expediente Nº 2006-0009977. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de octubre del 2006.—Nº 3435.—(11311).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, en concepto de apoderado especial de Warner-Lambert Company LLC, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: REDMINT como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de mayo del 2004, expediente Nº 2004-0003389. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de agosto del 2005.—Nº 3436.—(11312).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de AstraZeneca AB, de Suecia, solicita la inscripción de: SYMBICORT SMART como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades en el tracto respiratorio. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2006, expediente Nº 2006-0009976. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de octubre del 2006.—Nº 3437.—(11313).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Controladora Mabe S. A. de C.V., de México, solicita la inscripción de: EL ESPECIALISTA EN SERVICIOS DE LÍNEA BLANCA como marca de servicios, en clase 37 internacional, para proteger y distinguir: servicios de construcción de bienes inmuebles, reparación, servicios de instalación. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de noviembre del 2006, según expediente Nº 2006-0010454. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Nº 3438.—(11314).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Controladora Mabe S. A. de C.V., de México, solicita la inscripción de: EL ESPECIALISTA EN SERVICIOS DE LÍNEA BLANCA como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir: servicios de publicidad, dirección de negocios, administración de negocios, trabajos de oficina. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de noviembre del 2006, según expediente Nº 2006-0010455. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Nº 3439.—(11315).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Merck KGaA, de Alemania, solicita la inscripción de: Fem 7 Evo como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: productos farmacéuticos, también en la forma de sistema transdérmico. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de marzo del 2004, según expediente Nº 2004-0001833. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de enero del 2007.—Nº 3440.—(11316).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de gestor oficioso de Gildan Activewear Inc., de Canadá, solicita la inscripción de: GILDAN como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir: servicios de venta de ropa deportiva. Reservas: se reclama prioridad de la solicitud Nº 1281583 del 1º de diciembre del 2005, en Canadá. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de mayo del 2006, según expediente Nº 2006-0004611. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de enero del 2007.—Nº 3441.—(11317).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Gildan Activewear Inc., de Canadá, solicita la inscripción de: GILDAN como marca de servicios, en clase 39 internacional, para proteger y distinguir: servicios de distribución de ropa deportiva. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de noviembre del 2006, según expediente Nº 2006-0010459. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Nº 3442.—(11318).

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Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, en concepto de apoderado especial de Joop! GmbH, de Alemania, solicita la inscripción de: JOOP! como marca de fábrica, en clase 9 internacional, para proteger y distinguir: gafas y/o anteojos, gafas de sol. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de octubre del 2006, según expediente Nº 2006-0009057. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de diciembre del 2006.—Nº 3444.—(11319).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, en concepto de gestor oficioso de Joop! GmbH, de Alemania, solicita la inscripción de: JOOP! como marca de fábrica, en clase 14 internacional, para proteger y distinguir: agatas, relojes despertadores, amuletos (joyería), ceniceros (de metales preciosos, para fumadores), insignias de metales preciosos, canastas de metales preciosos (para usarse en el hogar), cajas de cigarros de metales preciosos, cajas de metales preciosos, cajas de metales preciosos para confituras, brazaletes (joyería), broches (joyería), hebillas de metales preciosos, bustos de metales preciosos, juegos de té y/o café (con azafates) de metales preciosos, candelabros (candeleros) de metales preciosos, apagadores de velas de metales preciosos, anillos para candelas de metales preciosos, candeleros de metales precisos, estuches para cigarros de metales preciosos, cigarreras de metales precisos, estuches. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de octubre del 2006, según expediente Nº 2006-0009059. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de diciembre del 2006.—Nº 3445.—(11320).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Kenzo S. A., de Francia, solicita la inscripción de: KENZOAIR como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: jabones de tocador, perfumería, aguas de tocador y colonias, aceites esenciales para uso personal, leches, lociones, emulsiones y cremas para la cara, y para el cuerpo, cosméticos para asolearse, cremas, gels, aceites, sales para el baño no para uso médico, talcos, desodorantes para uso personal, lociones para rasurarse, lociones para después de rasurarse, cremas para rasurarse, gels para rasurarse, espumas para rasurarse, productos para el cabello no para uso médico, en particular, lacas, gels, cremas, bálsamos, espumas y champús. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2006, según expediente Nº 2006-0009979. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de octubre del 2006.—Nº 3446.—(11321).

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICASAVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Comunidad Cristiana Internacional Siloe, con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: contribuir a crear las condiciones para mejorar la calidad de vida de las personas portadoras del VIH o enfermos de Sida. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Juan Luis Barrantes Guzmán. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 567, asiento: 25113; adicional: 568-62869).—Curridabat, 11 de diciembre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 4380.—(12897).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Administradora del Acueducto de El Llano de La Piedra de Tarrazú. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas), y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 569, asiento: 39732.—Curridabat, 22 de noviembre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 4391.—(12898).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación para la Salud y el Medio Ambiente de los Planes de Bahía Drake, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: planificar y desarrollar programas hacia la buena salud de la familia. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Zacarias Aleman Valencia. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones

establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 570, asiento: 06846).—Curridabat, 22 de enero del 2007.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 4404.—(12899).

Se hace saber a terceros e interesados, que dentro de las diligencias administrativas promovidas de oficio por este Despacho, en razón del error detectado en varias inscripciones de la entidad denominada Constructora Moca S. A., cédula jurídica 3-101-041306, por las que se prorrogó el plazo social obviándose nombrar nueva Junta Directiva por el nuevo plazo o, al menos ratificar la existente, se resolvió consignar marginal de inmovilización en los asientos 142, 051 y 818, visibles por su orden a los folios 171, 047 y 289 de los tomos 213, 876 y 1747 de la Sección Mercantil, respectivamente, la que deberá mantenerse hasta que los interesados corrijan el error cometido mediante la presentación del acta correspondiente o una Autoridad Judicial competente ordene su cancelación. (Ref.: expediente Nº RPJ-069-2005).—Curridabat, 5 de febrero del 2007.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Subdirectora.—1 vez.—(Solicitud Nº 08630).—C-8480.—(12951).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Areneros Chorotega del Valle del Tempisque, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: El mejoramiento social, cultural, educativo y productivo de sus miembros. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Noel Pomares Zúñiga. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 568, asiento: 68738; adicional tomo: 569, asiento: 47439).—Curridabat, 9 de noviembre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 4480.—(13147).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Salud La Ribera de Belén, con domicilio en la provincia de Heredia, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Gestionar el mejoramiento de la salud de todos los vecinos del distrito de la Ribera de Belén. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Antonio Sánchez Espinoza. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 569, Asiento: 52415).—Curridabat, 20 de diciembre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(13231).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Cámara Nacional de Talleres de Enderezado y Pintura Automotriz, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Asociar con sujeción a las leyes y a estos estatutos a quienes estén dedicados a la actividad de enderezado y pintura automotriz, organizado como empresa, ya sea pequeña, mediana o gran escala. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Adrián Valverde Retana. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 568 Asiento: 87840, Adicional Tomo 570 Asiento 4589, Tomo 570, Asiento 37995).—Curridabat, 13 del de febrero del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(13232).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓNAVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Rafael Ángel Quesada Vargas, mayor, soltero, abogado, cédula 1-994-112, vecino de San José, apoderado de Soluciones Empresariales Sesa Sociedad Anónima, de Costa Rica, solicita la Patente de Invención denominada DESLIZADOR. Es una herramienta novedosa, cuya función es el transporte de diversos productos de la industria, que facilita su utilización por sus características innovadoras de fabricación y la diversidad de materiales con la que puede ser construida. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es B25

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/, cuyos inventores son Omar Garro Vargas, Roberto Javier Garro Retana, Róger Daniel Jiménez Garro. La solicitud correspondiente lleva el Nº 8668, y fue presentada a las 11:21:37 del 28 de setiembre de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de febrero de 2007.—Nº 3968.—(12037).

La señora Marianella Arias Chacón, mayor, casada una vez, abogada, vecina de San José, cédula 1-679-960, en su condición de apoderada especial de Diageo North America Inc., de E.U.A., solicita el Modelo Industrial denominada BOTELLA.

Los diseños decorativos para una botella. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es 09-0 1 /, cuyo inventor es Matthew Scott. La solicitud correspondiente lleva el número 7815, y fue presentada a las 13:56:53 del 28 de abril de 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de diciembre de 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—(13206).

La señora Marianella Arias Chacón, mayor, casada una vez, abogada, vecina de San José, cédula 1-679-960, en su condición de apoderada especial de Chemgen Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada TRATAMIENTO DE ENZIMAS PARA INFECCIÓN. Enzimas de una clase particular, caracterizadas por la habilidad de romper el eslabón que funge como liberador de la proteina o carbohidratos de la superficie de una célula que no contenga algún agente antiinfeccioso, muestran una significativa actividad antiinfecciosa. Utilizando la vía de administración oral, estas enzimas son particularmente eficaces para el tratamiento de, por ejemplo, infecciones del tracto digestivo en humanos y animales. A largo plazo, se encuentran beneficios significativos en un mejoramiento de la tasa de crecimiento, eficiencia alimentaria y la salud en general. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 38/00, cuyos inventores son: David M. Anderson, Lin Liu, Humg-Yu Hsiao, Douglas W. Fodge. La solicitud correspondiente lleva el número 6674 y fue presentada a las 14:57:00 del 7 de junio de 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publiquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de diciembre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—(13207).

El (la) señor(a) (ita) Marianella Arias Chacón, mayor, casada una vez, abogada, vecina de San José, cédula 1-679-960, en su condición de apoderada especial de Warner-Lambert Company LLC, de E.U.A., Abgenix Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS DIRIGIDOS A M-CSF. La presente invención se refiere a anticuerpos y porciones que ligan antigeno del mismo que se liga específicamente a un M-CSF humanos y que funciona para inhibir al M-SCF. La invención también se refiere a anticuerpos anti-M-CSF humanos y porciones que ligan antigeno de los mismos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K /, cuyo(s) inventor(es) es (son) Vahe Bedian, Madhav Narasimha Devalaraja, Joseph Edwin Low, James Leslie Mobley, Sirid-Aimee Kellermann, Ian Foltz, Mary Haak-Frendscho. La solicitud correspondiente lleva el número 8317, y fue presentada a las 08:45:07 del 28 de marzo de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publiquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de noviembre de 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—(13208).

El (la) señor(a) (ita) Marianella Arias Chacón, mayor, casada una vez, abogada, vecina de San José, cédula 1-679-960, en su condición de apoderada especial de Amgen Fremont Inc, de E.U.A., Pfizer Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS CONTRA MAdCAM. La presente invención se refiere a anticuerpos que incluyen anticuerpos humanos y porciones que ligan antígeno de los mismos que se ligan específicamente a MAdCAM, preferentemente a MAdCAM humano y que funcionan para inhibir MAdCAM. La invención también se refiere a anticuerpos que son quiméricos, biespecíficos, derivatizados, anticuerpos de cadena simple o porciones de proteínas de fusión. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es -A61K 48/00, cuyo(s) inventor(es) es (son) Nicholas Pullen, Elizabeth Molloy, Sirio Aimee Kellermann, Larry L. Green, Mary Haak-Frendscho. La solicitud correspondiente lleva el número 8485, y fue presentada a las 14:35:28 del 26 de junio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publiquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de noviembre de 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—(13209).

La señora Marianella Arias Chacón, mayor, casada una vez, abogada, vecina de San José, cédula 1-679-960, en su condición de apoderada especial de The William Getgey Company, Inc, de E.U.A., solicita la Patente

de Invención denominada LIMPIADOR DE DIENTES CON HILO DENTAL MOTORIZADO Y MÉTODO DE USO ASOCIADO. Un limpiador de dientes de hilo dental motorizado que comprende un cuerpo alargado y una cabeza de limpieza reemplazable asegurada a una parte final del cuerpo alargado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61C /, cuyos inventores son: William F. Getgey, Lewis Ray Dayson, Carl R. Andry. La solicitud correspondiente lleva el número 8329 y fue presentada a las 12:26:30 del 6 de abril del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de noviembre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—(13211).

AMBIENTE Y ENERGÍAINSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZExpediente 12438.—Herie Isaac Guzmán Murillo, conocido como

Eddier Isaac Guzmán Murillo, solicita en concesión 0,5 litros por segundo de nacimiento sin nombre que aflora en su propiedad, para uso doméstico, en Fortuna, Bagaces. Coordenadas aproximadas 295.685/546.686 Hoja Miravalles. Propietarios de predios inferiores: José Alfredo Esquivel Briceño, German Alberto Valerio Arias y Heiner Guzmán Murillo. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de enero de 2007.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 3665.—(11655).

Exp. 12423.—Bito (c.c. Carlos Luis) Contreras Espinoza, solicita en concesión 0,10 litros por segundo de un nacimiento que aflora en su propiedad en Carrillo. Coordenadas aproximadas 272.800 / 351.250. Hoja Belén. Propietarios de predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de enero de 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(11753).

Expediente Nº 12440.—Sociedad de Usuarios de Agua Monteverde Rock-Smith, solicita en concesión 7,00 litros por segundo de la quebrada Cuecha que se capta en propiedad de la Reserva Biológica Monteverde, para uso doméstico, abrevadero, lechería, piscina, turístico y riego en Monteverde, provincia de Puntarenas. Coordenadas aproximadas 254.350 / 448.900 Hoja Juntas. Propietarios de predios inferiores: Reserva Biológica Monteverde, Rosabelle Maxsom Christensen, Fábrica de Quesos Monteverde S. A., Howard Francis Rockwell Rockwell e Instituto de Monteverde. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de febrero del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(12275).

Expediente Nº 2279-CATSA, solicita en concesión 150 litros por segundo del río Colorado captado en su propiedad, para riego, en Liberia. Coordenadas aproximadas 294.700 / 371.500 Hoja Carrillo Norte. Propietarios de predios inferiores: Baldioceda Rojas Hnos. y Melones de Costa Rica. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de febrero del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(12755).

Expediente Nº 6022P.—Inversiones Maelbeisa S. A., solicita concesión de: 1 Ips del pozo RG-264, efectuando la captación en finca de su propiedad en Mercedes (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso agropecuario y agropecuario - riego - frutal. Coordenadas 219.050 / 493.500 hoja río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de febrero del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 4393.—(12900).

Exp. 12431-P.—José Francisco Carrillo Obando. Solicita en concesión 0,50 litros por segundo pozo perforado en su propiedad en Nicoya para usos domésticos. Coordenadas aproximadas 234.050 / 379.000 Hoja Matambú. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de febrero del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 4474.—(13149).

Exp. 12408-P.—Danilo Carval Chávez. Solicita, en concesión 2 litros por segundo del pozo perforado RG-444 en su propiedad en La Garita, Alajuela, para uso doméstico. Coordenadas aproximadas 217.675 / 502.600 Hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de enero del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 4542.—(13150).

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La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007 Pág 25

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVAPROGRAMA DE ADQUISICIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTESCONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

CUADRO Nº 5-APRESUPUESTO ORDINARIO DE EGRESOS 2007

RESUMEN GENERAL EN COLONESCódigo Partida-Grupo-Subpartida Monto (¢)101 Alquileres 1.197.005.00010101 Alquiler de edificios, locales y terrenos 623.440.00010102 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 569.680.00010103 Alquiler de equipo de cómputo 3.000.00010104 Alquiler y derechos para telecomunicaciones 450.00010199 Otros alquileres 435.000102 Servicios básicos 70.573.00010201 Servicio de agua y alcantarillado 10.840.00010202 Servicio de energía eléctrica 38.400.00010203 Servicio de correo 1.445.00010204 Servicio de telecomunicaciones 18.340.00010299 Otros servicios básicos 1.548.000103 Servicios comerciales y financieros 139.800.00010301 Información 60.000.00010302 Publicidad y propaganda 45.000.00010303 Impresión, encuadernación y otros 24.750.00010304 Transporte de bienes 8.250.00010305 Servicios aduaneros 1.300.00010306 Comisiones y gastos por servicios financieros y comerciales 500.000104 Servicios de gestión y apoyo 6.752.730.00010401 Servicios médicos y de laboratorio 8.450.00010403 Servicios de ingeniería 5.191.360.00010404 Servicios en ciencias económicas y sociales 62.600.00010405 Servicios de desarrollo de sistemas informáticos 201.500.00010406 Servicios generales 186.535.00010499 Otros servicios de gestión y apoyo 1.102.285.000105 Gastos de viaje y de transporte 280.831.40010501 Transporte dentro del pías 3.590.00010502 Viáticos dentro del país 219.486.40010503 Transporte en el exterior 28.670.00010504 Viáticos en el exterior 29.085.000106 Seguros, reaseguros y otras obligaciones 75.100.00010601 Seguros 75.100.000107 Capacitación y protocolo 54.570.00010701 Actividades de capacitación 47.360.00010702 Actividades protocolarias y sociales 6.410.00010703 Gastos de representación institucional 800.000108 Mant. y repar. 29.270.842.00010801 Mant. de edificios y locales 187.500.00010802 Mant. de vías de comunicación 28.975.250.00010803 Mant. de instalaciones y otras obras 1.050.00010805 Mant. y repar. de equipo de transporte 37.892.00010806 Mant. y repar. de equipo de comunicación 9.300.00010807 Mant. y repar. de equipo y mobiliario de oficina 8.500.00010808 Mant. y repar. de equipo de cómputo y sistemas de información 45.600.00010899 Mant. y repar. de otros equipos 5.750.000109 Impuestos 716.00010999 Otros impuestos 716.000199 Servicios diversos 5.520.00019901 Servicios de regulación 20.00019905 Deducibles 5.500.0002 Materiales y suministros 2.150.796.035201 Productos químicos y conexos 183.944.93220101 Combustibles y lubricantes 77.085.00020102 Productos farmacéuticos y medicinales 980.00020104 Tintas, pinturas y diluyentes 102.797.00020199 Otros productos químicos 3.082.932202 Alimentos y productos agropecuarios 3.225.00020203 Alimentos y bebidas 3.225.000203 Mater. y prod. uso en construcción y mant. 1.791.400.40020301 Mater. y productos metálicos 1.251.820.00020302 Mater. y productos minerales y asfálticos 250.100.00020303 Madera y sus derivados 2.500.000

Código Partida-Grupo-Subpartida Monto (¢)20304 Mater. y prod. eléctricos, telefónicos y de cómputo 3.730.40020305 Mater. y productos de vidrio 2.500.00020306 Mater. y productos de plástico 285.00020399 Otros mater. y prod. de uso en la construcción 280.465.000204 Herramientas, repuestos y accesorios 39.225.50020401 Herramientas e instrumentos 10.763.50020402 Repuestos y accesorios 28.462.000299 Útiles, mater. y suministros diversos 133.000.20329901 Útiles y mater. de oficina y cómputo 17.923.00029902 Útiles y mater. medico, hospit. e investigación 272.00029903 Productos de papel, cartón e impresos 98.847.70329904 Textiles y vestuario 7.036.50029905 Útiles y mater. de limpieza 2.274.00029906 Útiles y mater. de resguardo y seguridad 2.820.00029907 Útiles y mater. de cocina y comedor 389.00029999 Otros útiles, mater. y suministros 3.438.0005 Bienes duraderos 34.488.801.000501 Maquinaria, equipo y mobiliario 684.751.00050101 Maquinaria y equipo para la producción 285.00050102 Equipo de transporte 305.050.00050103 Equipo de comunicación 22.805.00050104 Equipo y mobiliario de oficina 53.366.00050105 Equipo y programas de cómputo 219.780.00050106 Equipo sanitario, de laboratorio e investigación 18.000.00050107 Equipo y mobiliario educacional, deportivo y recreativo 1.110.00050199 Maquinaria y equipo diverso 64.355.000502 Construcciones, adiciones y mejoras 30.554.050.00050202 Vías de comunicación terrestre 30.504.050.00050204 Obras marítimas y fluviales 50.000.000503 Bienes preexistentes 3.250.000.00050301 Terrenos 3.250.000.000

_______________CUADRO N° 17

PROGRAMA 1. ADMINISTRACIÓN SUPERIORJUSTIFICACIÓN DE PARTIDA 10400. SERVICIOS

DE GESTIÓN Y APOYO Estimado a pagar en colonesDescripción (Objeto) Justificación de la contratación en el 2007

10400 SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO10401 SERVICIOS MÉDICOS Y DE LABORATORIO

Recursos Humanos

Brindar servicio de odontología para los funciona- rios del CONAVI 7.950.000

DirecciónEjecutiva

Pruebas delaboratorio Se da contenido económico para que se realicen las pruebas según necesidad de la administración 250.000

10403 SERVICIOS DE INGENIERÍA

Auditoría

Auditoría TécnicaInteram. Norte LPNº 19-00 Acuerdos del Consejo de Administración N° 384- 06, 386-06 y 387-06, aprueba que se promueva este tipo de contratación. 9.000.000Auditoría TécnicaPalmar Sur-SierpeLP N° 55-97 Acuerdos del Consejo de Administración N° 384- 06, 386-06 y 387-06, aprueba que se promueva este tipo de contratación. 2.000.000Auditoría TécnicaBribrí-Sixaola LPN° 15-00 Acuerdos del Consejo de Administración N° 384- 06, 386-06 y 387-06, aprueba que se promueva este tipo de contratación. 17.500.000Auditorías Técnicasselectivas de proyec-tos de conservacióny construcción vial. No se dispone de personal especializado en esa ma- teria. Además, con la ejecución de los proyectos de conservación de II Generación se hace relevante contar con el apoyo de profesionales con conoci- mientos de ingeniería. 20.000.000

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Estimado a pagar en colonesDescripción (Objeto) Justificación de la contratación en el 2007

Dirección dePlanificaciónSectorial

Asistentes técnicos Necesidad de apoyo para el levantamiento de nece- sidades de la Red Vial Nacional 10.000.000

10404 SERVICIOS EN CIENCIAS

Dirección Adminis-trativa Financiera

Servicios de Audito-ría Externa Con el fin de cumplir lo estipulado en el artículo 5 de la Ley 7798, inciso p. que indica “p) Contratar una auditoría externa para que audite en forma pe- riódica los estados financieros del Consejo. Al fina- lizar cada ejercicio económico, la auditoría externa presentará al Consejo de Administración un informe con la opinión razonada sobre el cierre contable- financiero del período y las recomendaciones que considere pertinente formular. Una copia de este informe será enviada a la Contraloría General de la República para los fines legales correspondientes.” 7.600.000

AnálisisAdministrativos

Contratación del Proceso de Contratación acredi- tación ISO. 20.000.000

Planeamiento yControl

Elaboración delPlan EstratégicoInstitucional En los primeros meses del año se tramitó un con- curso que se declaró infructuoso, ya que única- mente se recibió una oferta que fue presentada fuera de plazo. Se reformuló el cartel ya que es urgente contar con una definición clara y pre- cisa de metas e indicadores de gestión debida- mente formulados. 35.000.000

10405 SERVICIOS DE DESARROLLO DE SISTEMAS INFORMÁTICOS 60.500.000

ServiciosGenerales

Sistema para el controlde documentos de losarchivos de gestióny el Archivo Central Se deberá de cumplir con el artículo 16 “Deberá contarse con sistemas de información que permi- tan a la administración activa tener una gestión documental institucional, entendiendo esta como el conjunto de actividades realizadas con el fin de controlar, almacenar y, posteriormente, recuperar de modo adecuado la información producida o re- cibida en la organización, en el desarrollo de sus actividades, con el fin de prevenir cualquier desvío en los objetivos trazados”. Se necesita un sistema integral de organización de documentos, en el sen- tido de que se pueda a futuro mantener un único flujo de información el cual pueda ser usado por los Encargados de Archivos de Gestión en una primera etapa para el registro de documentos. Este sistema deberá de contar con las pautas téc- nicas que la legislación archivística actual amerita y además tener posibilidades de integrarse a la Ley de Firmas y Certificados digitales a futuro. 15.000.000

Informática

Dotar a la Dirección Ad-ministrativa Financierade un sistema Financie-ro Contable que integretodas las áreas de la or-ganización. Se requiere adquirir un sistema informático para la Dirección Administrativa Financiera que esté integrado con los demás Sistemas del CONAVI. 19.500.000Dotar al CONAVI deun sistema Informáti-co de Gestión de Pro-yectos que integre to-das las áreas de la or-ganización. Se requiere adquirir un sistema informático para la Dirección de Obras y Conservación Vial para el seguimiento y Control de Proyectos que esté integrado con los demás Sistemas del CONAVI. 14.500.000Dotar al Departamento de Recursos Humanosde un sistema Informá-tico de Gestión de Re-cursos Humanos. El Departamento de Recursos Humanos requiere de sistemas Informáticos que apoyen la gestión de Recursos Humanos. 6.250.000

Estimado a pagar en colonesDescripción (Objeto) Justificación de la contratación en el 2007Dotar a la Direcciónde Proveeduría desistemas Informáticosque permitan automa-tizar los procesos quese llevan a cabo en es-ta área. La Dirección de Proveeduría requiere de sistemas Informáticos que apoyen la gestión realizada en el proceso de contratación y adjudicación de obras. 2.750.000Contratar los serviciosde consultoría pararealizar evaluacionesde Seguridad de lared Interna, Externay otros servicios paralos servidores delCONAVI. Control Interno 2.500.000

10406 SERVICIOS GENERALES

Proveeduría

Contratación de servi-cio para la moviliza-ción física de las mer-cancías de la bodegade la proveeduría, me-diante el sistema detercerización Traslado de mercancías a las diferentes unidades administrativas del CONAVI 4.435.000

10499 OTROS SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO

Planeamiento yControl

Servicios para imple-mentación de softwarede Administración PAOdel CONAVI Se pretende durante 2006 implementar el proyecto con 5 usuarios. En 2007 debería extenderse para abarcar otros 5 usuarios más 18.000.000

Informática

Digitalización de expe-dientes de las áreas deProveeduría y RecursosHumanos. Para continuar con el proyecto de digitalización de expedientes de la Proveeduría Institucional y de Recursos Humanos y por medidas de control Interno, la información debe estar disponible y accesible a todo nivel. 10.000.000

Unidad de Costo

Apoyo técnico paraactualización de basesde datos del Sistemade Control de Costosde Obras Viales Asistencia en la Unidad de Costos de Obras Viales, en la actualización de los catálogos de materiales, mano de obra, equipos. Recopilación en campo de rendimientos (reporte diario de actividad), pro- cesamiento de información para análisis de recla- mos, seguimiento del proceso de contratación de obras, entre otros. 4.000.000

ServiciosGenerales

Servicio de Fumigación Mantener el edificio sin roedores u otras plagas que atenetan contra la salud de los funcionarios y público en general 550.000

_______________CUADRO Nº 20

PROGRAMA 2. CONSERVACIÓN VIALPRESUPUESTO ORDINARIO 2007

DETALLE DE SUBPARTIDA 10400. SERVICIOSDE GESTIÓN Y APOYO

Estimado a pagar en colonesDescripción (Objeto) Justificación de la contratación en el 2007

10405 SERVICIOS DE DESARROLLO DE SISTEMAS INFORMÁTICOS 50.000.000

Informática

Dotar a la DirecciónAdministrativa Finan-ciera de un sistemaFinanciero Contableque integre todas lasáreas de la organización. Se requiere adquirir un sistema informático para la Dirección Administrativa Financiera que esté integrado con los demás Sistemas del CONAVI. 20.000.000

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La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007 Pág 27

Estimado a pagar en colonesDescripción (Objeto) Justificación de la contratación en el 2007Dotar al CONAVI deun sistema Informáticode Gestión de Proyec-tos que integre todaslas áreas de la organi-zación. Se requiere adquirir un sistema informático para la Dirección de Obras y Conservación Vial para el seguimiento y Control de Proyectos que esté integrado con los demás Sistemas del CONAVI. 15.000.000Dotar al Departamentode Recursos Humanosde un sistema Informá-tico de Gestión de Re-cursos Humanos. El Departamento de Recursos Humanos requiere de sistemas Informáticos que apoyen la gestión de Recursos Humanos. 7.000.000Dotar a la Direcciónde Proveeduría desistemas Informáti-cos que permitanautomatizar los pro-cesos que se llevana cabo en esta área. La Dirección de Proveeduría requiere de sistemas Informáticos que apoyen la gestión realizada en el proceso de contratación y adjudicación de obras. 4.000.000

Estimado a pagar en colonesDescripción (Objeto) Justificación de la contratación en el 2007

Contratar los serviciosde consultoría pararealizar evaluacionesde Seguridad de lared Interna, Externay otros servicios paralos servidores delCONAVI. Control Interno 4.000.000

10499 OTROS SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO 10.000.000

Informática

Digitalización deexpedientes de lasáreas de Proveeduríay Recursos Humanos. Para continuar con el proyecto de digitalización de expedientes de la Proveeduría Institucional y de Recursos Humanos y por medidas de control Interno, la información debe estar disponible y accesible a todo nivel. 10.000.000

CUADRO Nº 21PRESUPUESTO ORDINARIO 2007

DETALLE DE PROYECTOSPROGRAMA 2. CONSERVACIÓN VIAL

Número de Código Código contratación presupuestario 2006 presupuestario 2007 Cantón Nombre del proyecto Monto a pagar 2007Subpartida 50202 Vías de Comunicación TerrestrePor licitar 06011 06011 Varias Demarcación horizontal y vertical. 2.000.000.000,00TOTAL SUBPARTIDA 50202. VÍAS DE COMUNICACIÓN TERRESTRE 2.000.000.000,00Subpartida 50204 Obras Marítimas y PluvialesPor licitar 06240 06240 Varios Obras portuarias y pluviales 50.000.000,00TOTAL SUBPARTIDA 50204. VÍAS DE COMUNICACIÓN TERRESTRE 50.000.000,00Total de Proyectos Programa 2 (Subpartidas 50202-50204) 2.050.000.000,00

CUADRO Nº 25PRESUPUESTO ORDINARIO 2007

DETALLE DE MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIOPROGRAMA 2. CONSERVACIÓN VIAL

CostoNombre del activo Justificación de la inclusión Unidades total

501

50102 30.000.000,00

Vehículo dobletracción Por la falta de transporte para el personal a la hora de cumplir con giras programadas y ne- cesidad de transporte a otras regiones de per- sonal para cumplir con inspección de proyectos. 3 30.000.000,00

50103 650.000,00

Teléfono celular Para garantizar una mejor comunicación entre el Director de Conservación Vial y la Dirección, y en vista que el teléfono actual ya cumplió con su vida útil es importante cambiar el equipo por uno nuevo. 1 150.000,00Cámara de video Para obtener imágenes y poder rendir mejor los informes solicitados. 1 500.000,00

50104 1.230.000,00

Engrapadoraindustrial Con el fin de realizar engrapado a documentos de amplio grosor por la naturaleza de los docu- mentos que amparan las actividades realizadas por esta Dirección. 12 240.000,00Perforadoraindustrial Se requiere para perforar documentos de gran grosor y la cantidad de documentos que se ar- chivan. 12 240.000,00“Mueble paraequipo de com-putación” Para un mejor manejo del activo proporcionado por CONAVI a nuestras dependencias y siendo que éste se encuentra ubicado sobre un escri- torio es necesario la compra del inmueble. 9 450.000,00

CostoNombre del activo Justificación de la inclusión Unidades totalAbanicos “Al no contar con aire acondicionado en las zonas es indispensable la compra.” 15 300.000,00

50105 4.360.000,00

Computadoraportátil Equipo necesario para complementar el Pro- grama de Capacitación en el Mantenimiento Manual de Rutas Nacionales, para una mejo- ría en el proceso de formulación y presenta- ción de propuestas que generen el desarrollo de las comunidades. 1 1.160.000,00Microcomputado-ras de escritorio Se requiere para el procesamiento de la infor- mación del gran volumen de proyectos que atiende este Departamento y concordante con la cantidad de rutas que se atenderán a partir del período 2007. 4 3.200.000,00

50199 1.000.000,00

Distacionometro(Medidor de Dis-tancias) 10 1.000.000,00

_______________CUADRO Nº 29

PRESUPUESTO ORDINARIO 2007PROGRAMA 3. JUSTIFICACIÓN DE PARTIDA

10400. SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO Monto estimado a pagar en colonesDescripción (Objeto) en el 2007

10400

10403

Dirección de Obras

Servicios de inspección de proyectos 7.300.000 8.700.000 10.400.000Servicios de cálculo y topografía Los Chiles-Las Tablitas 13.920.000

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Pág 28 La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007

Monto estimado a pagar en colonesDescripción (Objeto) en el 2007Servicios de verificación de la calidad 150.000.000Cálculo y topografía 127.600.000Inspectores 69.600.000Supervisión integral para proyectos específicos 100.000.000

Ingeniería

Contratación servicios profesionales para el proyecto: MejoramientoRuta Nacional Nº 1, Sección Limonal-Peñas Blanca 50.000.000Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto del siguiente proyecto: Mejoramiento Ruta Nacional Nº 150, Sección Sámara-Nosara. 50.000.000Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto del siguiente Proyecto Mejoramiento Ruta Nacional Nº 18, Sección: Río Tempisque-Pueblo Viejo. 20.000.000Estudios funcionales en las intersecciones de la Carretera de Circun-valación(Santo Tomás, Guadalupe, Rotonda La Bandera, Rotonda Betania y Cruce de Facultad de Derecho Cruce Hatillo 1 y 3 y CruceHatillo 5, Nueva Radial Escazú y Cruce Hatillo 8) 35.000.000Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto de los siguientes proyectos: Mejoramiento Ruta Nacional Nº 238, Paso Canoas - Laurel-Bella Luz 20.000.000Contratación de servicios profesionales para el diseño del Mejorami-ento de la Ruta Nacional No 1, Carretera Interamericana Norte, Sección: Barranca - Limonal 50.000.000Contratación de servicios profesionales para el diseño de la obra en el tramo comprendido de la intersección de la ruta 10(camino a Cementerio de Fuente) a la Intersección Ruta 230 Bar la Perla (Boquerón), en Cartago 45.000.000Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 5, sección Tournón-El Pirro 10.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 10, sección: Finca Pandora-JASEC 10.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 21, sección: Liberia-Comunidad 20.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 121, sección: San Rafael-Ciudad Colón 20.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 126, sección: Chaguite-San Miguel 30.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 218, sección: Barrio La California-Seminario San Vicente de Paúl. 30.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Construcción Radial Alterna a Escazú 5.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 806, sección: El Carmen de Siquirres-Caño Blanco 10.000.000,00

Monto estimado a pagar en colonesDescripción (Objeto) en el 2007Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de las Rutas Nacionales Nos. 218 y 401, sección: Rancho Redondo-Llano Grande-Tierra Blanca 20.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 3, sección: Jardines del Recuerdo-Pirro 5.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 713, sección Berlín de Palmares-Intersección Ruta Nacional Nº 3. 30.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 160, sección: Paquera-Tambor. 30.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto. Incluye diseño de estructura de drenaje sobre la Quebrada Rivera proyecto: Construcción de la Ruta Nacional Nº 39, Carretera de Circunvalación, sección: Intersección Ruta Nacional No 101-Intersección Ruta Nacional Nº 166, paso Quebrada Rivera. 5.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 420, sección: Santa Bárbara-Ortega. 5.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para el proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 152, sección: 27 de Abril-Villa Real. 10.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de las Rutas Nacionales Nos. 931, 150, 906 y 929, sección: Santa Cruz-Santa Bárbara-Corralillo-Puerto Humo. 20.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 250, sección: Pital-Saíno-Boca Tapada. 20.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuestopara proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 212, Coris-LaLima-Patarrá. 20.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 237, sección: Paso Real-San Vito-Ciudad Neily. 50.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 323, sección: Rivas-La Piedra. 5.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 245, sección: Chacarita-Rincón. 20.000.000,00Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para el proyecto: Construcción de la Nueva Naranjo-Florencia, secciones Florencia-La Abundancia y La Abundancia-Ciudad Quesada 5.000.000,00

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La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007 Pág 29

Monto estimado a pagar en colonesDescripción (Objeto) en el 2007Contratación de servicios profesionales para la definición del progra-ma de mantenimiento periódico y rutinario de la estructura para proyecto: Mantenimiento periódico y rutinario del Puente LaAmistad (Río Tempisque), Ruta Nacional Nº 18 5.000.000,00Contratación de servicios profesionales para la elaboración de pla-nos catastro para el proyecto: Mejoramiento Ruta Nacional Nº 606, sección: Los Ángeles-Santa Elena. 10.000.000,00Contratación de servicios profesionales para la elaboración de pla-nos catastro y el diseño de las aproximaciones al Puente sobre el Río Banano, Ruta Nacional Nº 36. 10.000.000,00Contratación de servicios profesionales para la elaboración de pla-nos catastro y el diseño de las aproximaciones al Puente sobre elRío Barranca, Ruta Nacional Nº 1. 10.000.000,00Contratación de servicios profesionales para la elaboración de pla-nos catastro para el proyecto: Mejoramiento Ruta Nacional Nº 249,sección: La Teresa-Ticabán. (Trabajos Finales) 15.000.000,00Contratación de servicios profesionales para la elaboración de pla-nos catastro para el proyecto: Mejoramiento de la Ruta NacionalNº 249, Sección: Campo Cinco-La Suerte. (Trabajos Finales) 15.000.000,00Contratación de servicios profesionales para la elaboración de pla-nos catastro para el proyecto: Mejoramiento Ruta Nacional Nº 239,sección: Salitrales-Loma. (Trabajos Finales) 15.000.000,00Contratación de servicios profesionales para la elaboración de pla-nos catastro para el proyecto: Mejoramiento de la Ruta NacionalNº 4, sección: Birmania-Santa Cecilia. (Trabajos Finales) 10.000.000,00Contratación de servicios profesionales para la elaboración de pla-nos catastro para el proyecto: Mejoramiento Rutas Nacionales Nos.145 y 606, Sección: Quebrada Grande-El Dos de Tilarán-SantaElena de Monteverde. (Trabajos Finales) 15.000.000,00Contratación de servicios profesionales para la elaboración de pla-nos catastro para el proyecto: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº301, sección San Luis-Cangrejal. (Trabajos Finales) 15.000.000,00

10405

Informática

Dotar a la Dirección Administrativa Financiera de un sistema Finan-ciero Contable que integre todas las áreas de la organización. 19.500.000Dotar al CONAVI de un sistema Informático de Gestión de Proyec-tos que integre todas las áreas de la organización. 14.500.000Dotar al Departamento de Recursos Humanos de un sistema Infor-mático de Gestión de Recursos Humanos. 6.250.000Dotar a la Dirección de Proveeduría de sistemas Informáticos quepermitan automatizar los procesos que se llevan a cabo en esta área. 2.750.000Contratar los servicios de consultoría para realizar evaluaciones deSeguridad de la red Interna, Externa y otros servicios para los servi-dores del CONAVI. 2.500.000

10406

Depto. Servicios Generales 67.000.000

Por servicios de Seguridad y Vigilancia, Limpieza, y Mensajería enlas Instalaciones del Edifico Central, Estaciones de Pesaje. 67.000.000

_______________CUADRO Nº 31

PRESUPUESTO ORDINARIO 2007DETALLE DE PROYECTOS

SUBPARTIDA 50202. VÍAS DE COMUNICACIÓN TERRESTRECódigo deobra presup. Monto a2007 Nombre del proyecto pagar 2007

06250 Intersección Radial Desamparados Segunda Etapa (sección Jardines Loto). 650.000.00006086 Paso Desnivel San Sebastián (Carretera de Circunvalación) 1.800.000.00006217 Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 39 (Topic y Otros) 500.000.00006013 Radial Alterna Escazú (Sección Carretera de Circunvalación -La Verbena) 20.000.00006046 Diseño y Construcción de Paso a desnivel sobre la carretera de Circunvalación (Paso Ancho/Alajuelita//Hatillo/Escazú/La Bandera, Guadalupe) 100.000.00007102 Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 5, sección: Tournón-Pirro 1.000.00007003 Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 218, Barrio La California- Seminario San Vicente de Paúl 1.000.00007004 Construcción de la Carretera de Circunvalación Sur de Cartago 1.000.00007005 Construcción de la Ruta Nacional Nº 39, Carretera de Circunva- lación, sección: Intersección Ruta Nacional Nº 101-Intersección Ruta Nacional Nº 166, paso Quebrada Rivera 1.000.00007006 Mejoramiento del Boulevard Multiplaza 1.000.000

MEJORAMIENTO DE CARRETERAS

06038 Conclusión de los Trabajos de la Ruta Nacional Nº 313, La Fila- Monterrey-La Legua, Sección: Monterrey 284.000.00006233 Quebrada San Pedro-Quebrada Tronconal y Jicaral Río Lepanto. 100.000.00006218 Conclusión de los Trabajos de la Ruta Nacional Nº 336. La Legua y Monterrey- San Andrés-San Antonio de León Cortés. Sección Monterrey-San Andrés 248.000.00006061 Mejoramiento de Los Ángeles-San Miguel de Santo Domingo 555.000.00006064 Mejoramiento Ruta Nacional Nº 145 sección Marsellesa- El Dos de Tilarán 200.000.00006065 Mejoramiento Ruta Nacional Nº 925 sección Tilarán-Líbano 200.000.00006242 Mejoramiento de la Ruta Nacional No.160 Puerto Carrillo- Estrada Lajas. 3.000.000.00006258 Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 3 San Francisco de Heredia-San Joaquín de Flores-Río Segundo de Alajuela 50.000.000

Código deobra presup. Monto a2007 Nombre del proyecto pagar 200706259 Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 102 sección San Vicente de Moravia-San Isidro de Coronado 500.000.00006253 Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 204, sección Interse- cción Ruta Nacional Nº 215, Intersección Ruta Nacional Nº 211 (Zapote-San Francisco de Dos Ríos) 400.000.00006227 San Gregado-Nuevo Arenal-Tilarán (Fase 1 sección-San Gregado-Nuevo Arenal) 200.000.00007007 Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 239, sección: Salitrales- Loma. 1.000.00007008 Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 248, sección: Río Jiménez-Villafranca, Guácimo. 1.000.00007009 Mejoramiento de las Rutas Nacionales Nos. 218 y 401, sección: Rancho Redondo-Llano Grande-Tierra Blanca. 1.000.00007010 Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 713, sección: Berlín de Palmares-Intersección Ruta Nacional Nº 3. 1.000.00007111 Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 160, sección: Playa Naranjo-Paquera-Tambor 1.000.00007112 Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 152, sección: 27 de Abril- Villa Real 1.000.00007113 Mejoramiento de las Rutas Nacionales Nos. 931, 150, 906 y 929, sección: Santa Cruz-Santa Bárbara-Corralillo-Puerto Humo. 1.000.00007014 Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 249, sección: La Teresa- San Gerardo. 1.000.00007015 Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 245, sección: Rincón- Puerto Jiménez 1.000.00007116 Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 36, sección: Limón- Bribrí 1.000.000

OTROS PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN VIAL

06021 Construcción de Obras Civiles Menores y suministro de ser- vicios en las Estaciones de Control de Pesos y Dimensiones de Búfalo, Cañas, Ochomogo, Esparza y Villa Briceño. 50.000.00006002 Diseño y Construcción de instalaciones para el cobro de Peaje y oficina Administrativa del puente de la Amistad 70.000.00006062 Obras Varias, Reajustes, Atención de Emergencias Finiquitos y Otros 800.000.000

CONSTRUCCIÓN Y REHABILITACIÓN DE PUENTES

04016 Diseño y Construcción del Puente sobre el Río Balsa, Ruta Nacional Nº 739, sección Bajo de Los Rodríguez 305.000.00004077 Diseño y Construcción de estructura de drenaje mayor sobre Quebrada Seca Ruta Nacional No.126 sección Heredia-Barva 160.000.00004078 Diseño y Construcción del Puente sobre el Río Virilla, en Ruta Nacional No.220, sección: La Trinidad de Moravia- Paracito (Santa Rosa) 200.000.00004224 Construcción del Puente sobre el Río Wesfalia, Ruta Nacional Nº 36 250.000.00006018 Diseño y Construcción Puente sobre Quebrada La Mona 160.000.00006025 Diseño y Construcción del Puente sobre la Quebrada El Ceibo, Ruta Nacional Nº 32 sección Río Claro-Ciudad Neilly, Zona Sur 100.000.00006094 Diseño y Construcción de Estructura Mayor de Drenaje, Estero de Quepos 70.000.00006225 Diseño y Construcción de la rehabilitación del Puente sobre el Río Kooper en Ruta Nacional Nº 4, sección Tilarán-Puerto Viejo. 270.000.00006266 Diseño y Construcción del Puente de San Isidro de Peñas Blancas en San Carlos. 400.000.00006083 Diseño y Construcción del Puente sobre el Río Caño Grande, Ruta Nacional Nº 140, sección Aguas Zarcas-Venecia 180.000.00006223 Diseño y Construcción de la estructura de drenaje mayor en el kilómetro 346,6 de la Ruta Nacional Nº 2 Carretera Interameri- cana Sur, sección Río Claro -Paso Canoas 150.000.00006222 Diseño y Construcción de la estructura de drenaje mayor en el kilómetro 330 de la Ruta Nacional Nº 2 Carretera Interamericana Sur, sección Río Claro -Paso Canoas 150.000.00006226 Construcción de los Puentes sobre los Ríos Penitencia y la Suerte, Ruta Nacional Nº 247, Sección Puerto Lindo-Palmitas 525.000.00006229 Diseño y Construcción Puente Villa Franca en Ruta Nacional Nº 248 450.000.00006230 Diseño y Construcción Puente sobre Río Diriá en Ruta Nacional Nº 21 400.000.00006231 Diseño y Construcción Puente sobre el Río Abangares en Ruta Nacional Nº 1 270.000.00006246 Obras de Protección y Canales en el Puente sobre el Río Palo Seco, Costanera Sur, Ruta Nacional No.34, sección Parrita- Quepos. 90.000.00006252 Diseño y Construcción del Puente sobre el Río Reventado en la Ruta Nacional Nº 236, sección Taras de Cartago. 80.000.00007001 Rehabilitación de 10 puentes. Programa de Cooperación Técnica JICA-MOPT-CONAVI. Nota 1 100.000.00007017 Ampliación y reorzamiento del puente sobre el Río Tiribí, Ruta Nacional Nº 207, sección: San Francisco de Dos Ríos-Desamparados 85.000.000

DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN PUENTES PEATONALES

06127 Puente Peatonal en las inmediaciones de la Zona Franca BES con base en el Voto Nº 2004-07987 de la Sala Constitucional 200.000.00006125 Puentes Peatonales Interamericana Sur, San Isidro de Pérez Zeledón 250.000.000

San José, 12 de febrero del 2007.—Srta. Rosa Calvo Jiménez, Secretaria Suministro y Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº 15007).—C-644490.—(11852).

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PODER JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

PROGRAMA MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAUNIDAD EJECUTORA

CONTRATO DE PRÉSTAMO 1377/0C-CRPROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO 2007, POR APORTE

La Unidad Ejecutora del Programa de Modernización del Poder Judicial-BID, en cumplimiento con lo establecido en la Ley de Contratación Administrativa y el Reglamento General de contratación Administrativa, comunica a todos los potenciales oferentes, el Programa de Adquisiciones para el año 2007. Monto estimado Fuente de PeríodoCódigo Descripción en colones Financiamiento (trimestre)1.03.01 Información 2.850.000,00 LOCAL 1, 2, 3, 41.03.03 Impresión, encuadernación y 2.850.000,00 LOCAL 1, 2, 3, 4 otros 1.713.289,00 BID1.04.02 Servicios Jurídicos 2.100.000,00 LOCAL 1, 2, 3, 4 18.060.000,00 BID1.04.03 Servicios de ingeniería 91.200.000,00 LOCAL 1, 2, 3, 41.04.04 Servicios en ciencias económicas y sociales 187.017.020,46 BID 1, 2, 3, 41.04.05 Servicios de desarrollo de sistemas informáticos 1.322.853.358,30 BID 1, 2, 3, 41.04.99 Otros servicios de gestión y 5.700.000,00 LOCAL 1, 2, 3, 4 apoyo 336.042.990,80 BID1.07.01 Actividades de capacitación 21.396.500,00 LOCAL 1, 2, 3, 4 33.070.197,25 BID1.99.99 Mantenimiento de Edificios y Locales 6.000.000,00 LOCAL 1, 2, 3, 42.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo 17.982.545,00 BID 1, 2, 3, 42.99.03 Productos de papel y cartón e impresos 35.965.090,00 BID 1, 2, 3, 42.99.99 Otros útiles, materiales y suministros 17.982.545,00 BID 1, 2, 3, 45.01.03 Equipo de comunicación 168.634,00 BID 1, 2, 3, 45.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 39.691.510,40 BID 1, 2, 3, 45.01.05 Equipo y programas de 19.157.953,00 LOCAL 1, 2, 3, 4 cómputo 67.826.125,53 BID5.02.01 Edificios 2.160.000.000,00 BID 1, 2, 3, 46.02.01 Becas a funcionarios 298.250.000,00 BID 1, 2, 3, 4

Notas:1. Los montos indicados, para la fuente BID, corresponden a la totalidad

de ese aporte para el Programa Modernización de la Administración de Justicia, en el caso del aporte Local, corresponde al año 2007.

2. El Programa de Adquisiciones, se cumplirá por medio de los diferentes procedimientos de contratación, regulados en la Ley del Préstamo y la normativa aplicable. (Legislación Vigente)

3. Los montos aquí señalados, corresponden al presupuesto del año 2007, por aporte.

4. Los procedimientos de contratación (Licitaciones), promovidos por el Poder Judicial, a través de la Unidad Ejecutora del Programa, se publican en nuestra página Web, los cuales pueden ser accesados sin costo alguno.

Cualquier otra información adicional, relativa al Programa, podrá obtenerse en la siguiente dirección:

Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial-BIDEdificio de la Defensa Pública

Sita 250 metros este Caja Costarricense de Seguro SocialAve. Segunda San José, Costa Rica.

Apdo. 111-1003 San José.Teléfonos Nos. 211-9832, 211-9834

Fax Nº (506) 256-5668www.poder-judicial.go.cr/bid

San José, 9 de febrero del 2007.—Programa Poder Judicial-BID.—Lic. Sonia Navarro Solano, Directora.—1 vez.—(12257).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALDIRECCIÓN PRODUCCIÓN INDUSTRIAL

PROGRAMA DE COMPRAS DEL 2007La Dirección de Producción Industrial de la Caja Costarricense de

Seguro Social, en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento; artículos 6 y 7 respectivamente, solicita la publicación del programa de compras que se anexa para el período deL 2007, correspondiente a las áreas: Óptica, Fábrica de Ropa, Lavandería Central y Zeledón Venegas.

Asimismo, es importante indicar que los procedimientos de contratación darán inicio a partir del primer trimestre del 2007 y su fuente de financiamiento es con presupuesto ordinario de la institución.Descripción del objeto Cta. Monto aprox. Trim.Aros de metal de anteojos. 2244 ¢51.000.000 IMaquila de superficies de lentes. 2199 75.000.000 IIContratación, mantenimientopreventivo y correctivo delsistema Automatizado de Lavado. 2155 50.000.000 IIRemodelación Área de Producción.(planta baja) y pintura del Edificio 2156 60.000.000 IITotal ¢236.000.000

San José, 12 de febrero del 2007.—Dirección Producción Industrial.—Lic. Luis A. Herrera Sánchez, Asistente.—1 vez.—Nº 3897.—(12039).

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS Y TERAPÉUTICAPresupuesto correspondiente al año 2007, de la Dirección de

Medicamentos y Terapéutica, de la Caja Costarricense de Seguro Social, Unidad Programática 2942, el cual consiste en lo siguiente:

Partida Descripción Asignación ¢Servicios no personales

2102 Alquiler edificio, local, terreno 600.100,002114 Impresión, encuadernación y otros 8.200.000,002122 Telecomunicaciones 230.200,002131 Actividades de capacitación 1.350.000,002134 Gastos viajes dentro del país 503.000,002135 Pago de kilometraje 152.100,002140 Transportes dentro del país 310.000,002144 Seguro riesgos profesión 809.700,002152 Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina 1.548.000,002157 Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación 540.000,002159 Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de información 1,275.000,002199 Otros servicios no personales 935.200,00 Total 16.453.300,00

Materiales y suministros2203 Medicinas 500.000,002206 Tinturas, pinturas y diluyentes 1.608.000,002207 Textiles y vestuarios 110.000,002210 Productos de papel y cartón 1.769.600,002211 Impresos y otros 76.200,002213 Alimentos y bebidas 399.000,002223 Otros repuestos 1.620.300,002225 Útiles y materiales de oficina 604.500,00 Total 6.687.600,00

Maquinaria y equipo2310 Equipo y mobiliario de oficina 558.000,002315 Equipo de cómputo 2.568.000,002380 Libros 1.100.000,00 Total 4.226.000,00

San José, 6 de febrero del 2007.—Gestión Administrativa.—Lic. Rocío Pérez Pérez, Coordinadora.—1 vez.—(O. C. Nº 008-07).—C-37470.—(12266).

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JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLOECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

ADMINISTRACIÓN DE DESARROLLOPROGRAMA DE ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2007

PeríodoTipo de bien o servicio de inicioa contratar Monto Programa Fuente procedimientosRemodelación edificio ANDA, Barrio Veracruz(Obra a realizar por el Club Rotario de Limón) 25.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreConstrucción Escuela las Brisas 15.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreConstrucción del centro de capacitaciónAgrindustrial del Colegio Técnico de Batán 45.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreRemodelación Ebais Jiménes 3.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestrePavimentación y mejoramiento de la calleDesde la escuela de Pacuare a Ojo de Agua,cantón Central de Limón 70.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreAsfaltado del tramo de la carretera que va delcuadrante de Matina hasta las instalaciones delColegio de Matina 35.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreConstrucción Puente Germania II-Centrode Germania 10.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestrePuente escuela el Peje 10.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestrePuente Westonia-Imperio, Ciudadela las Flores 15.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreMejoramiento de caminos en Guácimo 80.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreMejoramiento de caminos, Ruta Nacional249 hasta Puerto Lindo 100.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreConstrucción Puente sobre Río Jiménez,Sector den-Anita Grande 20.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreConstrucción Puente Barrio Cascadas-Calle Cariari 15.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreMejoramiento de caminos asentamientosDistrito de Roxana 10.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreConstrucción acera Puente Río Tortugueroa Ebais de Astua Pirie 5.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreConstrucción Puente Centro de Poblaciónel Ceibo-Cariari 7.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreReconstrucción y bacheo del tramode Carretera entre el Cruce de BribrÍy Puerto Viejo 75.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreConstrucción Puente Colgantes, cantónde Talamanca 25.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreSegunda Etapa del Proyecto de Restauracióndel Parque Vargas, Can Central de Limón 70.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreConstrucción Polideportivo Siquirres 40.000.000,00 Obras Comunales Presupuesto Ordinario II TrimestreMantenimiento de 100 Hrs Finca Blanco 5.000.000,00 Gestión Forestal Presupuesto Ordinario II TrimestreCompra de terreno Centro de CapacitaciónAgroindustrial de la Rita 15.000.000,00 Agroindustrial Presupuesto Ordinario II TrimestreEquipo de comunicación (teléfonos,Aparatos de Fax, Walkie talkie) 2.370.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreAires acondicionados 2.475.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMobiliario de oficina 7.160.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreEquipo y programas de cómputo 44.775.000,00 Unidad de Informática Presupuesto Ordinario II TrimestreMotores eléctricos 150.000,00 Unidad Agroindustrial Presupuesto Ordinario II TrimestreHidrolavadora 100.000,00 Mantenimiento de Instalaciones Presupuesto Ordinario II TrimestreMaquina de soldar 500.000,00 Mantenimiento de Instalaciones Presupuesto Ordinario II TrimestreMotoguaraña 250.000,00 Mantenimiento de Instalaciones Presupuesto Ordinario II TrimestreEquipo odontológico 2.300.000,00 Salud Ocupacional Presupuesto Ordinario II TrimestreEco sonda digital/control de dragado y sedimento 9.000.000,00 Oficina de Topografía Presupuesto Ordinario II TrimestreEscala limnimétrica 2.750.000,00 Oficina de Topografía Presupuesto Ordinario II TrimestrePizarras de melamina 225.000,00 Gerencia-Topografía Presupuesto Ordinario II TrimestreEquipos retroproyectores (video bim) 6.000.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreCámaras digitales 800.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreGrabadora de DVD 500.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestrePantalla para la proyección 400.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMicrofilmadora 17.000.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreReveladora de película 6.000.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario III TrimestreVisor copiador digital 15.000.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario III TrimestreVisor copiador manual 5.000.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestrePlanta generadora de electricidad con gabinete 20.000.000,00 Gerencia de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreRemachadora 25.000,00 Bodega de Materiales Presupuesto Ordinario II Trimestre

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Pág 32 La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007

PeríodoTipo de bien o servicio de inicioa contratar Monto Programa Fuente procedimientosTaladro 50.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreExtinguidores 230.000,00 Salud Ocupacional Presupuesto Ordinario II TrimestreCompra de draga de succión 276.000.000,00 Canales del Norte Presupuesto Ordinario II TrimestreArmas de fulminantes de fuego 300.000,00 Resguardo Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreServicios médicos y de laboratorio. 3.795.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreServicios jurídicos 94.000.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreServicios de ingeniería 102.000.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreServicios en ciencias económicas y sociales 10.000.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreServicio de desarrollo de sistemas informáticos 6.900.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreOtros servicios de gestión y apoyo. 23.800.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMantenimiento de edificios y locales 13.000.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMantenimiento de vías de comunicación 2.000.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMantenimiento y reparación de equipode producción. 1.700.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMantenimiento y reparación de equipode transporte. 58.425.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMantenimiento y reparación de equipode comunicación. 4.180.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMantenimiento y reparación de equipoy mobiliario de oficina. 12.869.200,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMantenimiento y reparación de equipode cómputo y sistemas de información. 1.825.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMantenimiento y reparación de otros equipos 1.250.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreProductos farmacéuticos y medicinales 6.860.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreTintas, pinturas y diluyentes 24.820.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreOtros productos químicos 24.241.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreCombustibles y lubricantes 111.052.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreProductos agroforestales 40.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreContratación de servicios de soda comedor 89.000.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMateriales y productos metálicos. 13.473.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMateriales y productos minerales y asfálticos 6.000.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMadera y sus derivados 10.375.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMateriales y productos eléctricos, telefónicosy de cómputo. 20.977.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMateriales y productos de vidrio 5.050.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMateriales y productos de plástico 6.787.500,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreMateriales y productos en el uso de la construcción 29.186.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreHerramientas e instrumentos. 14.630.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreRepuestos y accesorios 79.620.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreÚtiles y materiales de oficina y computo 17.440.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreÚtiles y materiales médico, hospitalarioy de investigación 15.762.500,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreProductos de papel, cartón e impresos 48.856.100,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreTextiles y vestuario. (incluye uniformesdel personal). 21.540.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreÚtiles y materiales de limpieza. 10.375.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreÚtiles y materiales de resguardo y seguridad. 14.000.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreÚtiles y materiales de cocina y comedor. 100.000,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II TrimestreOtros útiles materiales y suministros 32.051.250,00 Administración de Desarrollo Presupuesto Ordinario II Trimestre

San José, 9 de febrero del 2007.—Óscar Chávez Sánchez, Jefe Administrativo.—1 vez.—(11472).

PROGRAMA DE ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2007 Monto PeriodoDescripción Cantidad presupuestado de compra

Equipo de transporte Trimestre

Navegador GPS/DX03 3 1.200.000,00Radar marino 2 5.000.000,00 IIVehículo doble tracción 1 18.000.000,00 IIAutomóvil 1 9.000.000,00 IICamión 4,5 toneladas 1 20.000.000,00 IICuadraciclos 4 12.000.000,00 IIAutopatrulla Pick Up 4x4 1 13.000.000,00 IIBicicleta 1 200.000,00 IVehículo utilitario 2 12.000.000,00 IIVehículo Pick Up 4x2 2 26.000.000,00 IIVehículo rural 4x4 2 36.000.000,00 IIVagoneta 1 45.000.000,00 IIMicrobús 2 55.000.000,00 II

Monto PeriodoDescripción Cantidad presupuestado de compra

Equipo de transporte TrimestreSpreader telescópico 1 91.500.000,00 IIModernización de grúa 1 etapa 1 625.000.000,00 III

Total 968.900.000,00

Equipo de comunicación

Teléfono de escritorio 23 410.000,00 IIFax 3 320.000,00 IICentral telefónica 2 21.000.000,00 IITeléfono inalámbrico 4 100.000,00 IGrabadora periodística profesional 1 200.000,00 ITelefax 2 200.000,00 ILínea telefónica 1 25.000,00 IWalkie talkie 44 8.940.000,00 IIAparatos telefónicos celulares 1 150.000,00 IRadios base 4 4.000.000,00 II

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La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007 Pág 33

Monto PeriodoDescripción Cantidad presupuestado de compra

Equipo de transporte Trimestre

Estación repetidora (tipo Rack) 1 5.000.000,00 IIRadio VHF Base remolcador x3 3 2.400.000,00 IIRadio SS:B/GDMSS remolcador x3 3 21.000.000,00 IIAntena para radar 1 2.000.000,00 IRadio base de largo alcance 1 4.000.000,00 IIRadar para control de rada portuaria 1 20.000.000,00 II

Total 89.745.000,00

Equipo y mobiliario de oficina

Cepillo eléctrico 1 40.000,00 IAlquiler de fotocopiadora 7 7.700.000,00 IISillas ejecutivas 40 3.600.000,00 ISillas de escritorio 21 870.000,00 IEncuadernadora 2 260.000,00 IJuego de sala 1 250.000,00 ISillas de espera 36 620.000,00 IAire acondicionado 22 22.000.000,00 IICalculadoras 15 388.795,00 ISillas ergonómicas 29 1.541.205,00 IFotocopiadora 1 5.000.000,00 IMáquina de escribir 5 680.000,00 IEscritorios 16 1.280.000,00 ISet de muebles p/acondicionarsala reuniones Gerencia 1 2.000.000,00 ICasilleros de metal 36 4.120.000,00 IIAbanicos 18 574.000,00 ILámpara de emergencia 4 400.000,00 IEstantería metálica 1 1.000.000,00 IArchivos 15 1.875.000,00 ISaca puntas eléctrico 3 45.000,00 IArchivo de 4 gavetas 9 1.425.000,00 IArmarios metálicos 5 625.000,00 IReloj fechador 4 1.000.000,00 IMuebles para computadora 2 110.000,00 IReloj marcador recibo de documentos 1 150.000,00 IAire acondicionado remolcador 1 5.000.000,00 II

Total 62.554.000,00

Equipo y programas de cómputo

Prog. p/análisis financiero de proyectos 1 500.000,00 IISofware “Auditoria General” 1 3.000.000,00 IICompra licencia Citrix 10 300.000,00 IICompra Print Server******** 10 650.000,00 IIActualización sistema operativo Citrix 20 700.000,00 IIActualización Oracle Database Enterprise 10 1.900.000,00 IIImpresoras de inyección de tinta 10 2.000.000,00 IIActualización de internet DevelopeSuite-Named 2 2.400.000,00 IIImpresora láser 10 2.500.000,00 IISoftware para administración deproyectos 5 3.000.000,00 IICompra de Thin Client************ 10 3.500.000,00 IIUPS 25 5.000.000,00 IIImpresoras de matriz 10 5.000.000,00 IILicencias de antivirus 250 6.000.000,00 IIActual. licencias de usuarios OracleEnterprise 70 9.100.000,00 IIMicrocomputadoras 15 9.750.000,00 IIActual. de Internet Developer Suite 10 12.000.000,00 IIComputadoras portátil 22 15.600.000,00 IICertificación infraestructura de redes 1 12.000.000,00 IIImplementación del Cero Soporte 1 15.000.000,00 II

Monto PeriodoDescripción Cantidad presupuestado de compra

Equipo de transporte TrimestreCompra licencias Office 2003 100 20.000.000,00 IIOracle aplication Server EnterpriseEdition 1 23.000.000,00 IICompra de Hand Helds para SistemaPortuario 35 63.000.000,00 IISistema servicios generales 1 75.000.000,00 IISistema Control de Acceso 1 90.000.000,00 III, IISistema administrativo (RecursosHumanos) 1 200.000.000,00 III IIHand Weld Hermético/Uso abordo*** 4 6.000.000,00 II

Total 586.900.000,00

Equipo sanitario de laboratorioe investigación

Bandas para glucómetros 2 100.000,00 IGlucómetro 1 150.000,00 IIEstetoscopio 1 200.000,00 IIEsfingomanómetro 1 200.000,00 IIReloj cardiaco 2 200.000,00 IEquipo odontológico*********** 1 3.500.000,00 IIEquipo de retención de derrames*** 30 3.000.000,00 II

Total 7.350.000,00

Equipo y mobiliario educacional,deportivo y recreativo

Tablas para abdominales 4 120.000,00 IIPista eléctrica 2 800.000,00 IIMáquina de pesas 3 1.200.000,00 IIBicicleta estacionaria 6 1.500.000,00 IIEquipo para buceo 2 800.000,00

Total 4.420.000,00

Maquinaria y equipo diverso

Refrigeradora 1 250.000,00Bomba para fumigar 2 70.000,00Bomba hidrolavadora 1 400.000,00Valla de retención vehículos 1 3.000.000,00Armas de fuego 12 2.160.000,00Alarmas de emergencia 2 3.000.000,00Equipo de rayos X 4 16.000.000,00Cámaras para sistema CCTV 10 33.000.000,00Equipo contra incendios 1 75.000.000,00Plantas eléctricas 2 75.000.000,00Cámara digital 1 350.000,00Cámara filmadora 1 500.000,00Proyector 1 1.500.000,00Compresor de 3 HP 1 700.000,00Planta generadora 1 1.500.000,00Compresor de 5 HP 3 2.700.000,00Plataforma de mantenimiento 1 10.000.000,00Esmeriladora 5 500.000,00Prensa de banco 5 500.000,00Taladro pesado 1 500.000,00Cizalla 1 1.000.000,00Compresor de aire HP 1 1.000.000,00Equipo acetileno 3 1.500.000,00Máquina de soldar 1 1.500.000,00Bombas sumergibles 4 2.000.000,00Bombas centrífugas 4 2.000.000,00

Total 235.630.000,00

Total general 1.955.499.000,00

San José, 9 de febrero del 2007.—Oficina de San José.—Óscar Chávez Sánchez, Jefe Administrativo.—1 vez.—(O. C. Nº 0459).—C-134660.—(11707).

AVISOSJUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO

UNIDAD EJECUTORA DE JASEC PROYECTOS PRESTAMO BCIEPLAN DE COMPRAS 2007

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 7° del Reglamento de Contratación Administrativa, procede a publicar el Programa de Compras 2007, correspondiente a los proyectos que desarrollará la Unidad Ejecutora de JASEC.Ítem Partida y descripción Descripción de Descripción Monto Mes de del proyecto la Partida del artículo miles inicio

1 PROYECTO DE FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO ELÉCTRICO DE CARTAGO Fuente de Financiamiento Préstamo del BCIE a JASEC y Recursos de JASEC Contrataciones varias para la ejecución del proyecto 1-04-03-00 Servicios Profesionales de Ingeniería Consultoría supervisión proyecto 31.800.000,00 Marzo -Abril instalación medidores 1-07-01-00 Servicios Profesionales Capacitación Personal Servicios 5.300.000,00 Marzo -Abril Técnicos 2-05-01-01 Conductor-Cable Cable Triplex 3x4 y Cuadruplex 4x2 167.904.000,00 Marzo -Abril AWG ACSR

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Pág 34 La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007

Ítem Partida y descripción Descripción de Descripción Monto Mes de del proyecto la Partida del artículo miles inicio

Cable de control 7x12 AWG THHN y cable 103.350.000,00 Marzo –Abril de cobre diferentes calibres 2-05-01-02 Medidores Sistema de medición AMR Red Fija 716.560,00 Marzo -Abril para 15.000 puntos aproximadamente. con medidores de estado sólido monofásicos, clase 200 Forma 2S. Para medir energía, tarifa horaria, perfil de carga y demanda. Medidores Máxima Demanda Clase 23.055.000,00 Marzo –Abril 20 y Clase 200. Formas 10A, 16S, 12S y 2S. Con perfil de carga, Tarifa Horaria y demanda. Con AMR para red fija. 2-05-01-04 Herrajes, bases y accesorios Bases tipo socket Clase ANSI 100 55.650.000,00 Marzo -Abril Bases para medidores trifásicos, 5.300.000,00 Marzo –Abril 7 puntos, Clase 200 con by-pass. Nema 3R. 2-05-01-05 Herrajes otros Accesorios Herrajes (conector de compresión, 136.316.000,00 Marzo -Abril varilla de cobre, conduleta botagua, conector barril, tubería EMT, aislador, separador, marchamo, remate, alambre de atar, gaza, tape y otros) 5-02-07-00 Instalación Obras de Electricidad Instalación Eléctrica (Cambio 174.900.000,00 Marzo -Abril mano de obra especializada acometida medidor, tubería EMT, cableado, tierras, etc.) 05-01-02-00 Maquinaria y Equipo Grúa doble tracción con canasta 68.900.000,00 Marzo -Abril Maquinaria y Equipo Pick-up doble cabina, doble tracción, 15.900.000,00 Marzo -Abril Turbo diesel, intercooler 05-01-99-00 Maquinaria y Equipo Diverso Mesa de verificación y prueba multi- 132.500.000,00 Marzo –Abril puestos para medidores monofásicos y trifásicos Maquinaria y Equipo Diverso Carga fantasma para prueba de carga 10.600.000,00 Marzo –Abril de medidores en Laboratorio 5-01-05-00 Equipo y programas de cómputo Lectoras e impresoras portátiles y 26.500.000,00 Marzo –Abril software de aplicación2 PROYECTO SUBESTACIÓN REDUCTORA TEJAR Fuente de Financiamiento Préstamo del BCIE a JASEC y Recursos de JASEC 1-04-99-00 Otros Servicios de Gestión y apoyo Serv. Prof. Supervisión y seguimiento 15.000.000,00 Marzo-Abril Construcción de Patio de Interruptores 5-02-07-00 Instalaciones Construcción y Puesta en Marcha de 4.563.300.000,00 Marzo-Abril Subestación de Transmisión Tejar3 PATIO INTERRUPTORES Fuente de Financiamiento Préstamo del BCIE a JASEC y Recursos de JASEC 5-02-07-00 Instalaciones Construcción y Puesta en Marcha 2.650.000.000,00 Marzo-Abril de Patio de Interruptores El Bosque y Zona Franca4 PROYECTO HIDROELECTRICO TORO 3 Fuente de Financiamiento préstamo del Banco de Costa Rica y Recursos de JASEC 2-04-00-00 Repuestos y Accesorios Compra de repuestos para vehículos 20.054.882,00 Marzo-Abril y equipo asignados al proyecto Toro III 2-03-01-00 Materiales y Productos Metálicos. Suministros de Tubería galvanizada y 114.637.000,00 Marzo-Abril accesorios, acero estructural, láminas de acero, gaviones 2-03-04-00 Materiales y Productos Eléctricos, Compra de cable, fusibles de alta 13.880.000,00 Marzo-Abril Telefónicos y de Cómputo. tensión, anillo galvanizado, placa guarda poste, remates y empaques 2-03-06-00 Materiales y Productos de Plástico Compra de materiales PVC (tubería y 8.021.052,00 Marzo-Abril accesorios) como llave de paso, válvula de bola 2-03-99-00 Otros Materiales y Productos de Compra de material misceláneos para 5.701.312,00 Marzo-Abril uso en la Construcción. construcción 2-04-01-00 Herramientas e Instrumentos Compra de herramientas e instrumentos 10.968.936,00 Marzo-Abril varios como, Plomada de acero para topografía de 18 onzas, Multiprobador digital 2-99-06-00 Útiles y Materiales de Resguardo Compra de Equipo de Seguridad 14.891.400,00 Marzo-Abril y Seguridad. Ocupacional, vidrio para máscara de soldar, cinta de preventiva, casco ala entera minero, capa chaqueta y pantalón5 Bienes y Servicios para labores en Unidad Ejecutora Fuente de Financiamiento Recursos de JASEC Bienes y Servicios varios para labores en la Unidad Ejecutora JASEC 2-99-01-00 Utiles y Materiales de Oficina y Compra de útiles de oficina y cómputo 340.125,60 Marzo-Abril Cómputo para labores diarias en la Unidad Ejecutora 2-99-03-00 Productos de Papel, Cartón e Impresos de formularios, blocks, para 320.000,00 Marzo-Abril Impresos utilizar en los trámites diarios de actividades de oficina de la Unidad Ejecutora 2-99-04-00 Textiles y Vestuario Compra de Persianas para el Edificio de la 5.500.000,00 Marzo-Abril Unidad Ejecutora 2-99-05-00 Utiles y Materiales de Limpieza Compra de útiles de limpieza para utilizar en 300.000,00 Marzo-Abril las actividades de aseo de las oficinas de la Unidad Ejecutora 2-99-06-00 Utiles y Materiales de Resguardo y Seguridad 2-99-07-00 Utiles y Materiales de Cocina Compra de útiles para equipar la cocina de 100.000,00 Marzo-Abril la Unidad Ejecutora 5-01-03-00 Equipo de Comunicación Compra de Fax, cámara fotográfica digital, 6.079.283,70 Marzo-Abril video beam, para utilizar en actividades diarias que se desarrollarán en la Unidad Ejecutora 5-01-04-00 Equipo y mobiliario de oficina Compra de sillas operativas, sillas de 16.518.428,0 Marzo-Abril espera y fotocopiadora para utilizar en oficinas de la Unidad Ejecutora, adquisición de estantería tipo racks para almacenamiento de materiales 5-01-05-00 Equipo y programas de cómputo Compra de Plotter para utilizar en el área 6.635.000,00 Marzo-Abril de ingeniería de la Unidad Ejecutora 5-01-99-00 Maquinaria y equipo diverso Compra de dos contenedores secos para 3.500.000,00 Marzo-Abril almacenar material adquirido por la Unidad Ejecutora 5-02-99-00 Otras construcciones adiciones Remodelación del espacio en 2.500.000,00 Marzo-Abril y mejoras Bodega de Barrio Fátima para materiales de los proyectos de la Unidad Ejecutora

Contratar Bienes y Servicios.—Unidad Ejecutora.—Lic. Héctor Tabarez De Tolentino C.—1 vez.—(O. C. Nº 18146).—C-186140.—(12894).

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La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007 Pág 35

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE POCOCÍ

Adjunto a la presente detallo lista de obras del cantón de Pococí correspondiente al Presupuesto Ordinario 2007 para su publicación.Salón comunal Campo Aterrizaje 3.000.000,00Salón comunal Las Gaviotas 2.000.000,00Hogar Ancianos Cariari 4.000.000,00Escuela Los Ángeles Cariari 4.000.000,00Ebais La Aurora San Gerardo Colorado 4.000.000,00Const. aula Escuela San Gerardo 4.000.000,00Const. salón multiusos de Roxana 4.000.000,00Techo salón escuela Los Ángeles 3.000.000,00Salón comunal La Rita 3.000.000,00Escuela Las Palmitas 2.000.000,00Ley Igualdad de Oportunidades 2.500.000,00Compra emulsión asfáltica en el cantón Ley Nº 6909 3.075.995,00Alcantarillado barrio Kennedy Uno 4.000.000,00Construcción Puente Leona 4.500.000,00Calle Los Ángeles 3.500.000,00Agregados Calle Nazareth La Suerte 6.000.000,00Alcantarillado en el cantón 5.000.000,00Alcantarillado Las Orquídeas 2.000.000,00Alcantarillas Villa Hermosa 3.000.000,00Alcantarillado Pueblo Los Hermanos 2.000.000,00Alcantarillado Los Lagos 3.000.000,00Ampliación acueducto La Teresa 4.000.000,00Acueducto La Fortuna 5.000.000,00Juegos Infantiles El Boreal 1.000.000,00Malla cancha El Triangulo de La Rita 2.000.000,00Construcción y mejoras graderías y camerinos La Suerte 3.500.000,00

Guápiles, 9 de febrero del 2007.—Lic. Iris Vega Cortés, Proveedora.—1 vez.—(12219).

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMOPROGRAMA DE ADQUISICIÓN PERÍODO 2007

En cumplimiento con lo establecido en el artículo N° 6 de la Ley de Contratación Administrativa, la municipalidad de Guácimo, hace de conocimiento público su plan anual de adquisiciones para el año 2007.PROGRAMA 1SERVICIOS 28.624.115,0002. Servicios básicos 2.550.000,0002.03 Servicio de correo 50.000,0002.04 Servicio de telecomunicaciones 2.500.000,0003. Servicios comerciales y financieros 4.550.000,0003.01 Información 2.000.000,0003.02 Publicidad y propaganda 1.000.000,0003.03 Impresión, encuadernación y otros 1.000.000,0003.04 Transporte de bienes 50.000,0003.06 Comisiones y gastos por servicios financieros y comerciales 500.000,0004. Servicios de gestión y apoyo 11.550.000,0004.02 Servicios jurídicos 3.000.000,0004.03 Servicios de ingeniería 2.500.000,0004.04 Servicios en ciencias económicas y sociales 500.000,0004.05 Servicios de desarrollo de sistemas informáticos 700.000,0004.06 Servicios generales 1.500.000,0004.99 Otros servicios de gestión y apoyo 3.350.000,0005. Gastos de viaje y transporte 1.175.000,0005.01 Transporte dentro del país 475.000,0005.02 Viáticos dentro del país 700.000,0006. Seguros, reaseguros y otras obligaciones 2.324.115,0006.01 Seguros 2.324.115,0007. Capacitación y protocolo 1.200.000,0007.01 Actividades de capacitación 500.000,0007.03 Gastos de representación 700.000,0008. Mantenimiento y reparación 5.175.000,0008.05 Mantenimiento y reparación de equipo de transporte 1.000.000,0008.06 Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación 300.000,0008.07 Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina 300.000,0008.08 Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas 3.575.000,0009. Impuestos 100.000,0009.99 Otros impuestos 100.000,00MATERIALES Y SUMINISTROS 14.880.000,0001. Productos químicos y conexos 5.050.000,0001.01 Combustibles y lubricantes 3.000.000,0001.04 Tintas, pinturas y diluyentes 2.050.000,0004. Herramientas, repuestos y accesorios 1.025.000,0004.02 Repuestos y accesorios 1.025.000,0099. Útiles, materiales y suministros diversos 8.805.000,0099.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo 2.100.000,00

PROGRAMA 1MATERIALES Y SUMINISTROS 14.880.000,0099.03 Productos de papel, cartón e impresos 4.325.000,0099.04 Textiles y vestuario 630.000,0099.05 Útiles y materiales de limpieza 750.000,0099.99 Otros útiles, materiales y suministros 1.000.000,00BIENES DURADEROS 8.000.000,0001 Maquinaria, equipo y mobiliario 8.000.000,0001.03 Equipo de comunicación 3.900.000,0001.04 Equipo y mobiliario de oficina 1.600.000,0001.05 Equipo y programas de computo 2.000.000,0001.99 Maquinaria y equipo diverso 500.000,00PROGRAMA 2SERVICIOS 31.605.258,3501. Alquileres 4.950.000,0001.01 alquileres de edificios, locales y terrenos 4.650.000,0001.02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 300.000,0002. Servicios básicos 7.450.000,0002.01 Servicio de agua y alcantarillado 1.350.000,0002.02 Servicio de energía eléctrica 6.100.000,0003. Servicios comerciales y financieros 100.000,0003.04 Transporte de bienes 100.000,0004. Servicios de gestión y apoyo 4.778.000,0004.04 Servicios en ciencias económicas 828.000,0004.06 Servicios generales 100.000,0004.99 Otros servicios de gestión y apoyo 3.850.000,0005. Gastos de viaje de transporte 150.000,0005.01 Transporte dentro del país 50.000,0005.02 Viáticos dentro país 100.000,0008. Mantenimiento y reparación 8.725.000,0008.01 Mantenimiento de edificios y locales 2.500.000,0008.03 Mantenimiento de instalaciones y otras obras 300.000,0008.04 Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de producción 2.650.000,0008.05 Mantenimiento y reparación de equipo de transporte 3.000.000,0008.07 Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina 25.000,0008.08 Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas 50.000,0008.99 Mantenimiento y reparación de otros equipos 200.000,0009. Impuestos 100.000,0009.99 Otros impuestos 100.000,00MATERIALES Y SUMINISTROS 38.907.533,1201. Productos químicos y conexos 21.346.075,0001.01 Combustibles y lubricantes 20.199.075,0001.02 Prod. farmacéuticos y medicinales 50.000,0001.04 Tintas, pinturas y diluyentes 597.000,0001.99 Otros productos químicos 500.000,0002 Alimentos y prod. agropecuarios 1.399.500,0002.02 Prod. agropecuarios 499.500,0002.03 Alimentos y bebidas 900.000,0003. Materiales y proa. de uso en la constr. 6.786.890,0003.01 Materiales y proa. metálicos 1.200.000,0003.02 Materiales y proa. minerales y asfalt. 3.286.890,0003.03 Madera y sus derivados 850.000,0003.04 Materiales y proa. eléctricos, telefónicos y de computo 500.000,0003.05 Materiales y prod. de vidrio 150.000,0003.06 Materiales y prod. de plástico 350.000,0003.99 Otros materiales y prod. de uso en la construcc. 450.000,0004. Herramientas, repuestos y acces. 6.627.918,1204.01 Herramientas e instrumentos 50.000,0004.02 Repuestos y accesorios 6.577.918,1299. Útiles, materiales y sum. diversos 2.747.150,0099.01 Útiles y mat. de oficina y computo 166.500,0099.03 Prod. de papel, cartón e impresos 300.000,0099.04 Textiles y vestuario 850.000,0099.05 Útiles y materiales de limpieza 700.000,0099.06 Útiles y materiales de resguardo 200.000,0099.99 Otros útiles, materiales y sum. 530.650,00PROGRAMA 3SERVICIOS 32.836.604,9003. Servicios comerciales y financieros 2.450.000,0003.02 Publicidad y propaganda 2.000.000,0003.04 Transporte de bienes 50.000,0003.06 Comisiones y gastos por servicios financieros y comerciales 400.000,0004. Servicios de gestión y apoyo 12.163.200,0004.03 Servicios de ingeniería 100.000,0004.99 Otros servicios de gestión y apoyo 12.063.200,0005. Gastos de viaje y de transporte 625.000,0005.01 Transporte dentro del país 275.000,0005.02 Viáticos dentro del país 350.000,00

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Pág 36 La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007

PROGRAMA 3SERVICIOS 32.836.604,9006 Seguros, reaseguros y otras obligaciones 4.648.404,9006.01 Seguros 4.648.404,9007. Capacitación y protocolo 100.000,0008. Mantenimiento y reparación 12.350.000,0008.04 Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de producción 5.250.000,0008.05 Mantenimiento y reparación de equipo de transporte 6.950.000,0008.08 Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistema 150.000,0009. Impuestos 500.000,0009.99 Otros impuestos 500.000,00MATERIALES Y SUMINISTROS 38.898.990,4401. Productos químicos y conexos 14.850.000,0001.01 Combustibles y lubricantes 14.850.000,0001.04 Tintas, pinturas y diluyentes 400.000,0003. Materiales y prod. de construcc. 13.436.099,8003.01 Materiales y prod. metálicos 4.525.000,0003.02 Materiales y prod. minerales y asf. 8.371.099,8003.03 Madera y sus derivados 490.000,0003.99 Otros materiales y prod. de constr. 50.000,0004. Herramientas, repuestos y acces. 9.692.890,6404.02 Repuestos y accesorios 9.692.890,6499. Útiles, materiales y suministros 920.000,0099.01 Útiles y materiales de oficina 200.000,0099.03 Prod. de papel, cartón e impresos 120.000,0099.04 Textiles y vestuario 500.000,0099.05 Útiles y materiales de limpieza 100.000,00BIENES DURADEROS 9.674.785,8101. Maquinaria, equipo y mobiliario 4.774.785,8101.04 Equipo y mobiliario de oficina 50.000,0001.05 Equipo y propaganda de computo 850.000,0001.99 Maquinaria y equipo diverso 3.874.785,8102. Construcción, adiciones y mejoras 4.900.000,0002.02 Vías de comunicación terrestre 4.900.000,00

Katty Lobo Rodríguez, Proveedora Municipal.—1 vez.—(11777).

LICITACIONESAGRICULTURA Y GANADERÍA

PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIOLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000001-03Contratación de servicios de gestión y apoyo para

la realización de la EXPOPIMA 2007La Proveeduría del PIMA, avisa a todos los interesados que a partir de

la presente publicación podrán adquirir el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000001-03, que servirá de base para realizar la contratación de una empresa o profesional independiente que lleve a cabo todos los procesos logísticos relacionados con publicidad, comunicación, mercadeo y organización de la EXPOPIMA 2007.

Dicho cartel puede ser adquirido en las oficinas de Proveeduría del PIMA ubicadas 500 metros este del Mall Real Cariari en Barreal de Heredia y tiene un costo de ¢1000.

Las ofertas para dicho concurso se recibirán hasta las 9:00 horas del día lunes 5 de marzo del 2007.

Cualquier consulta o información adicional puede solicitarse al tel: 239-1233, extensión 222 ó 258 con personal de Proveeduría.

Barreal de Heredia.—Proveeduría.—Lic. Ronald Miranda V.—1 vez.—(Solicitud Nº 0410).—C-10890.—(14358).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTESCONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-00100Compra de vehículos tipo grúa y pick up

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 15 de marzo del 2007, para la licitación de referencia.

El interesado tiene el cartel a su disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección http://hacienda.go.cr, accesando en Link de Compra Red de Internet a partir de esta fecha, o podrá ser retirado en el Departamento de Proveeduría en el segundo piso, la dirección es la siguiente: La Uruca contiguo a la Agencia del Banco Nacional, previo a la cancelación de ¢1.000,00 (mil colones exactos), monto que deberá ser depositado a favor del Consejo de Seguridad Vial, en cualquier agencia bancaria del Banco de Costa Rica o del Banco Nacional de Costa Rica, en las cuentas que se detallan a continuación:

Entidad bancaria Número de cuentaBanco de Costa Rica 64590-7Banco Nacional de Costa Rica 75830-0

El contenido del comprobante emitido por la agencia bancaria debe contar con la siguiente información como mínimo:

• Nombre del depositante.• Cliente y número de cuenta cliente.• Monto depositado.• Concepto: pago de cartel de la Licitación Pública Nº 2007LN-

000001-00100.San José, 16 de febrero del 2007.—Departamento de Proveeduría.—

Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 30570).—C-14540.—(14295).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000002-00100Compra de motocicletas

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 16 de marzo del 2007, para la licitación de referencia.

El interesado tiene el cartel a su disposición en el sistema compra red en forma gratuita, en la dirección http://hacienda.go.cr, accesando en Link de Compra Red de Internet a partir de esta fecha, o podrá ser retirado en el Departamento de Proveeduría en el segundo piso, la dirección es la siguiente: La Uruca contiguo a la agencia del Banco Nacional, previo a la cancelación de ¢1.000,00 (mil colones exactos), monto que deberá ser depositado a favor del Consejo de Seguridad Vial, en cualquier agencia bancaria del Banco de Costa Rica o del Banco Nacional de Costa Rica, en las cuentas que se detallan a continuación:

Entidad bancaria Número de cuentaBanco de Costa Rica 64590-7Banco Nacional de Costa Rica 75830-0

El contenido del comprobante emitido por la Agencia Bancaria debe contar con la siguiente información como mínimo:

• Nombre del depositante.• Cliente y número de cuenta cliente• Monto depositado.• Concepto: pago de cartel de la Licitación Pública Nº 2007LN-

000002-00100.San José, 16 de febrero del 2007.—Departamento de Proveeduría.—

Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 30570).—C-14540.—(14296).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDADLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000004-PROV

Adquisición de equipos de terminales de clienteCPE-Router ADSL del tipo externo con sus splitter

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 1º de marzo del 2007, en la Proveeduría de este Instituto, sita 300 metros norte de la esquina este de las Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento:Adquisición de equipos de terminales de cliente CPE-Router ADSL

del tipo externo con sus splitter.Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán

adquirirse en la Proveeduría de este Instituto, o accesando la siguiente dirección electrónica:

https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do.San José, 16 de febrero del 2007.—Dirección de Proveeduría.—

Ing. Geovanny Hernández Villalobos, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325443).—C-8820.—(14287).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000002-PROVAdquisición de papel higiénico Jumbo

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 22 de marzo del 2007, en la Proveeduría de este Instituto, sita 300 metros norte de la esquina este de la Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento: adquisición de papel higiénico Jumbo.Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán

adquirirse en la Proveeduría de este Instituto, o accesando la siguiente dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PEL Web/inicio.do.

San José, 16 de febrero del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Ing. Geovanny Hernández Villalobos, Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325443).—C-8820.—(14288).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJEUNIDAD REGIONAL HUETAR ATLÁNTICALICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-05

Contratación de servicio de concesión de soda comedordel Centro Regional Polivalente de Limón

El Proceso de Adquisiciones y Suministros de la Unidad Regional Huetar Atlántica, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Pública Nº 2007LN-000001-05, que estará recibiendo ofertas por

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La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007 Pág 37

escrito hasta las 9:00 horas del día 16 de marzo del 2007, los interesados podrán retirar el cartel de forma gratuita en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Atlántica sita, carretera Saopin, 1 kilómetro al oeste de la sede regional de la Universidad de Costa Rica.

San José, 19 de enero del 2007.—Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(Solicitud Nº 16215).—C-6675.—(14314).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-01Servicios de limpieza en instalaciones

de la Municipalidad de EscazúSe invita a los potenciales oferentes a participar en la licitación de

marras, para estos efectos se recibirán ofertas hasta las 14:00 horas del día viernes 16 de marzo del 2007, en la oficina de Proveeduría ubicada en el segundo piso del palacio municipal al costado norte del parque de Escazú centro distrito de San Miguel, en horario de 1:00 p. m., a 4:00 p. m.

Proveeduría.—Cira Castro Myrie, Proveedora.—1 vez.—(14275).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIALICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000002-01

Limpieza de vías, alcantarillado pluvial, y áreas públicas de losdistritos de Mercedes, San Francisco y Ulloa del

cantón central de HerediaLa Proveeduría Municipal de la Municipalidad de Heredia, invita a los

diferentes proveedores a participar del siguiente proceso de contratación:Licitación Pública Nº 2007LN-000002-01, limpieza de vías,

alcantarillado pluvial, y áreas públicas de los distritos de Mercedes, San Francisco y Ulloa del cantón central de Heredia.

Modalidad: obra por contrato.Los interesados favor apersonarse al Departamento de Proveeduría

Municipal ubicado en el costado oeste del Liceo de Heredia, para la recepción del cartel, cuyo costo será de ¢1.500,00 y podrá ser retirado a partir de la presente publicación.

Se recibirán ofertas hasta las 13:00 horas del 16 de marzo del 2007, en tanto el acto de apertura será este mismo día a las 14:00 horas.

Heredia, 16 de febrero del 2007.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Jonathan Fonseca Castro, Proveedor a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 23173).—C-5465.—(14341).

ADJUDICACIONESOBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVILLICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000002-99999

Protección eléctrica y sistema de transferenciaen alta del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber QuirósEl Consejo Técnico de Aviación Civil y la Dirección General

de Aviación Civil a través de la Proveeduría Institucional, avisa a los interesados en esta licitación que por acuerdo tomado en sesión ordinaria 03-2007 artículo 4 del Consejo Técnico de Aviación Civil, celebrada el 12 de enero del 2007, se declara desierta la Licitación por Registro Nº 02-2006 denominada protección eléctrica y sistema de transferencia en alta del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós, de conformidad con el artículo 56.6 del Reglamento General de Contratación Administrativa.

San José, 16 de febrero del 2007.—Lic. José Alberto Cascante Torres, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 17646).—C-9680.—(14382).

PODER JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

UNIDAD EJECUTORAPRÉSTAMO BID 1377/OC-CR

PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DELA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2006LN-000116-01Elaboración de una estrategia y factibilidad para el diseño,

desarrollo e implantación del portal de informacióny servicios digitales del Poder Judicial

La Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial-BID, comunica a los interesados en el concurso arriba citado que en sesión de Consejo Superior, celebrada el día 15 de febrero de 2007, artículo VIII, dispuso adjudicar este procedimiento, de la siguiente forma:Adjudicatario: Grupo Asesor en Informática S. A., cédula jurídica Nº

3-101-176505.Monto: $40.000,00 (cuarenta mil dólares americanos exactos).Plazo de ejecución: 110 días hábiles, contados a partir de entregada

la orden de inicio.

Se le recuerda a la adjudicataria, la presentación de la garantía de cumplimiento, en la forma y plazo señalados en el cartel de concurso.

La Unidad Ejecutora, conforme las condiciones de concurso, procederá a la preparación del documento contractual.

La adjudicación aquí publicada, cuenta con la aprobación del Consejo Superior, conforme oficio N° 1337-07 de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia y del Banco Interamericano de Desarrollo, conforme oficio COF/CCR/233/2007.

San José, Costa Rica, 16 de febrero del 2007.—Sonia Navarro Solano, Directora.—1 vez.—(14301).

BANCO DE COSTA RICALICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006-LN-004772-01

Contratación de hasta dos agencias de publicidadpara el Banco de Costa Rica

El Banco de Costa Rica, informa que el Comité Ejecutivo en reunión 03-07 CE del 07/02/07, acordó adjudicar la licitación en referencia, por un año prorrogable por períodos iguales hasta un máximo de cinco años, a las empresas publicitarias:

- Consorcio Grupo JOTABEQU- OPMN Group S. A.

San José, 16 de febrero del 2007.—Oficina de Contratación Administrativa.—Osvaldo Villalobos G., Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 56232).—C-6070.—(14289).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNALLICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000051-PCAD

Compra de sistema de cámara para circuito cerrado de televisión,housing y almohadillas de tinta seca

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados, según resolución adoptada por la Comisión de Aprobación de Licitaciones Públicas mediante acta Nº 380-2007 del día 13 de febrero del 2007, que se resolvió la presente licitación de la siguiente forma:

Ítem Nº 1 a favor de:Seguridad y Protección de Centroamérica SPC S. A.

Monto total adjudicado: $30.255,75 (U.S.D. Treinta mil doscientos cincuenta y cinco dólares con setenta y cinco centavos). Moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica.

Garantía de cumplimiento: El adjudicatario dentro de los cinco días hábiles, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación deberá rendir la correspondiente garantía de cumplimiento equivalente al 10 por ciento sobre el monto total adjudicado, es decir deberá depositar la suma de $3.025,58 (Tres mil veinticinco dólares con cincuenta y ocho centavos), y con una vigencia mínima de dos meses adicionales al plazo de entrega de los equipos.

Especificaciones, características y demás condiciones en conformidad con lo señalado en el pliego cartelario, la oferta adjudicada y el informe de adjudicación Nº 24-2007.

Ítemes Nº 2 y 3 se declaran infructuosos en vista de que no fueron cotizados.

San José, 14 de febrero del 2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(14065).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000059-PCADContratación de servicios para la confección, distribución y suministros de uniformes institucionales de tipo ejecutivo,para el personal de servicio al cliente del Banco Popular

y de Desarrollo ComunalEl Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de

Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados, que según resolución de la Comisión de Licitaciones Públicas y por Registro, la cual consta en el acta Nº 383 del día 14 de febrero del 2007, se resolvió adjudicar la presente Licitación Pública en los siguientes términos:Consorcio Servimo-Fashion

Objetivo general: contratación de servicios para la confección, suministro y distribución de uniformes institucionales de tipo ejecutivo, para el personal de servicio al cliente del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, a nivel nacional.

Por un monto total de $274.381,32 (doscientos setenta y cuatro mil trescientos ochenta y un mil dólares con 32/100).

Consorcio Servimo-Fashion, se compromete a entregar los uniformes adjudicados en un plazo de 200 días hábiles.

Garantía de cumplimiento: El Consorcio Servimo-Fashion dispondrá de cinco días hábiles, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación, para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento por un monto del diez por ciento (10%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de catorce meses.

Para rendir esta garantía se deberán observar los requisitos y condiciones que al respecto establece el artículo 37 del Reglamento General de Contratación Administrativa.

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Pág 38 La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007

Demás condiciones, conforme lo plantea el Proceso de Contratación Administrativa en su informe de adjudicación Nº 29-2007.

San José, 16 de febrero del 2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(14066).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000054-PCADCompra de sistema de potencia ininterrumpida de sistema modular,

ups con soporte de carga de al menos 8 kwEl Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de

Desarrollo Comunal, hace del conocimiento de los interesados, que según resolución de la Comisión de Licitaciones Públicas y por Registro, la cual consta en el acta Nº 381 del día 13 de febrero del 2007, se resolvió adjudicar la presente Licitación Pública en los siguientes términos:Comtel Ingeniería S. A., cédula jurídica Nº 3-101-136314.

Objetivo general: compra de sistema de potencia ininterrumpida de sistema modular. UPS con soporte de carga de al menos 8 kva.

Por un monto total de $88.682,40 (ochenta y ocho mil seiscientos ochenta y dos dólares con 40/100).

Plazo de entrega: un (1) día hábil.Garantía de cumplimiento: Comtel Ingeniería S. A., dispondrá de

cinco días hábiles, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación, para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento por un monto del 10 por ciento del total adjudicado y con una vigencia mínima de dos meses adicionales al plazo de entrega y recepción definitiva de los equipos, la puesta en marcha de los mismos y la capacitación.

Para rendir esta garantía se deberán observar los requisitos y condiciones que al respecto establece el artículo 37 del Reglamento General de Contratación Administrativa.

Demás condiciones, conforme lo plantea el Proceso de Contratación Administrativa en su informe de adjudicación Nº 14-2007.

San José, 14 de febrero del 2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(14067).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 026-2006Compra de Video Beam

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados, que según resolución de las 9:30 horas del día 13 de febrero del 2007, acta Nº 206-2007, la Comisión de Licitaciones Públicas y por Registro acordó adjudicar la presente licitación de la siguiente manera:A: C. R. Conectividad S. A., cédula jurídica 3-101-108469-35.

Ítem adjudicado: 4.Monto adjudicado: $36.499,00 (treinta y seis mil cuatrocientos

noventa y nueve dólares con 00/100)Garantía de cumplimiento: dentro de los cinco días hábiles

posteriores a la firmeza del acto de adjudicación deberá depositar la garantía de cumplimiento por un monto de $3.649,90 (tres mil seiscientos cuarenta y nueve dólares con 90/100) y con una vigencia de dos meses adicionales a la fecha de recepción definitiva de los artículos.

San José, 13 de febrero del 2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(14068).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000046-PCADCompra de módulo de análisis y correlación de Logs o Historiales

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados, que según resolución de las 10:00 horas del día 13 de febrero del 2007, acta Nº 207-2007, la Comisión de Licitaciones por Registro acordó adjudicar la presente licitación de la siguiente manera:A: It Security Services Viras S. A., cédula jurídica 3-101-359404.

Objeto adjudicado: módulo para la gestión de “logs” y correlación de eventos LOGLOGIC LX 2000.

Monto adjudicado: $110.050,00 (ciento diez mil cincuenta US dólares, 00/100).

Garantía de cumplimiento: dentro de los cinco días hábiles posteriores a la firmeza del acto de adjudicación deberá depositar la garantía de cumplimiento por un monto de $11.005,00 (once mil cinco US dólares, 00/100) y con una vigencia mínima de dos meses adicionales al plazo de entrega.

Todas las demás condiciones contractuales serán conforme se plantea en el informe de adjudicación Nº 023-2007 del 17 de enero del 2007, el cartel de la licitación y la oferta adjudicataria.

San José, 14 de febrero del 2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(14069).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000043-PCADRenovación anual de las licencias de uso de los productos de software

de Computer Associates que se utilizan bajo el sistema operativoVSE/ESA en el computador marca IBM, modelo 9672/X17El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de

Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados, que según resolución de las 9:45 horas del día 13 de febrero del 2007, acta Nº 382-2007, la Comisión de Licitaciones Públicas acordó adjudicar la presente licitación de la siguiente manera:A: Computernet Centroamericana S. A., cédula jurídica Nº 3-101-

157202.Itemes adjudicados: 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.Monto adjudicado: $152.135,00 (ciento cincuenta y dos mil ciento

treinta y cinco US dólares, 00/100).Garantía de cumplimiento: dentro de los cinco días hábiles

posteriores a la firmeza del acto de adjudicación deberá depositar la garantía de cumplimiento por un monto de $15.213,50 (quince mil doscientos trece US dólares, 50/100) y con una vigencia mínima de catorce meses.

Todas las demás condiciones contractuales serán conforme se plantea en el informe de adjudicación Nº 394-2006 del 29 de enero del 2007, el cartel de la licitación y la oferta adjudicataria.

San José, 14 de febrero del 2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(14070).

AVISOSRADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000010-DGCMRACSAProyecto Racsa Fast Track de Estructuras Transportables

para Equipo de TelecomunicacionesRadiográfica Costarricense S. A., comunica a los oferentes en

la Licitación arriba indicada, que la misma fue adjudicada a la firma Ingenieros Consultores I.C. Asociados S. A., según lo estipulado en el cartel y oferta.

San José, 19 de febrero del 2007.—Xavier Sagot Ramírez, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 41006).—C-6070.—(14357).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE BELÉN

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000015-01Servicios de diseño, arte e impresión y otros para el centenario

La Unidad de Gestión de Bienes y Servicios de la Municipalidad de Belén, avisa el acuerdo tomado por el Concejo Municipal en sesión ordinaria Nº 10-2007 celebrada el 13 de febrero del 2007, en el cual se resuelve la Licitación por Registro Nº 2006LG-000015-01, “Servicios de diseño, arte e impresión y otros para el centenario.”

Se acuerda por unanimidad y en forma definitiva:Declarar infructuoso el proceso de la Licitación por Registro

2006LG-000015-01, denominada “Servicios de diseño, arte e impresión y otros para el centenario.”

San Antonio de Belén, Heredia, 19 de febrero del 2007.—Unidad de Bienes y Servicios.—Ronald Murillo Rojas.—1 vez.—(O. C Nº 23667).—C-7280.—(14359).

VARIACIONES DE PARÁMETROSCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONESDIRECCIÓN RECURSOS MATERIALES

A todos los proveedores y representantes de casas extranjeras se les comunica:

1. Que han sido avaladas por el Ente autorizado las siguientes fichas técnicas; las mismas rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial:

Descripción del medicamento Código VersiónMetoclopramida base 1-10-32-7205 59601Haloperidol al 0.2% 1-10-30-6940 15204Valproato semisódico 1-10-28-0090 17205Valproato de sodio 1-10-28-7725 13504Sacarina sódica 12.5 mg 1-10-50-7495 39103Dimenhidrinato al 5% 1-10-25-3690 33801Menotropins 1-10-38-4050 34101Ceftazidima base 1 g 1-10-02-3272 20104Hidralazina clorhidrato 1-10-08-0840 43201Cefotaxima base 1 g 1-10-02-3275 20002Quinidina sulfato 1-10-07-1550 36002Dextrometorfano bromhidrato 1-10-24-0470 30301Preparación antihemorroidal 1-10-49-2450 29802Gotas óticas 1-10-51-6910 22602Acetato de aluminio 1-10-51-6170 09803Fórmula enteral 1-10-50-7530 39204Beclometasona dipropionato 1-10-50-6315 12804Tetradecilsulfato sódico 1-10-50-3760 31301

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La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007 Pág 39

Las variaciones a las fichas técnicas, se encuentran disponibles en el Edificio Jenaro Valverde, Piso 11, calles 5 y 7, avenidas 2 y 4 (Edificio anexo a la CCSS), o en la siguiente dirección electrónica: www.ccss.sa.cr, según la siguiente ruta: publicaciones, fichas técnicas de medicamentos, almacenables.

Área Gestión de Medicamentos.—Lic. Giselle López Rubí, Jefa a. í.—Ing. Marco V. Castro Hernández, Registro de Medicamentos y Materias Primas.—1 vez.—(V. E. Nº 1147).—C-26080.—(12203).

REGISTRO DE PROVEEDORESPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOSY ATENCIÓN DE EMERGENCIAS

La Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, invita a las personas físicas y jurídicas interesadas en conformar el Registro de Proveedores para las contrataciones que realiza la Institución, a que acrediten los siguientes aspectos ante la Proveeduría Institucional: Nombre, razón o denominación social; cédula física o jurídica según

corresponda; número de teléfono; número de fax; dirección física y dirección electrónica; apartado postal; representantes; propiedad de las acciones; medios para recibir notificaciones; indicación de si es PYMES y su categoría; país de origen.

Además, deberán presentar una descripción detallada de los bienes o servicios que ofrece cada proveedor. El interesado deberá demostrar la afinidad de su giro comercial con el bien o servicio que pretende ofrecer, a través de contrataciones que haya celebrado ya sea con el sector público o con el sector privado.

Actualización de Información: Si el interesado se encuentra inscrito en el Registro de Proveedores de la Comisión Nacional de Emergencias y ya ha cumplido con los requisitos de inscripción, no será necesario acreditarlos de nuevo, mientras no varíe la situación declarada.

Cualquier aclaración o ampliación a esta información se puede consultar en las instalaciones, frente al Aeropuerto Tobías Bolaños, Departamento de Proveeduría, o los teléfonos 210-2848 y 210-2849.Departamento de Proveeduría.—Lic. Julieta Murillo Zamora,

Proveedora Institucional.—1 vez.—(11831).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDADRegistro de Elegibles

El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), comunica a los interesados que la UEN Servicio al Cliente Telecomunicaciones, aprobó la solicitud presentada para la ampliación de frentes en el Registro de Elegibles de empresas constructoras a la siguiente firma:

Empresa Ampliación-FrentesHeyco H.C. Ingeniería S. A. 3 Frentes en obrascédula jurídica 3-101-308568 complementariasTodo de conformidad con los procedimientos que rigen la materia y

los atestados presentados oportunamente por el interesado.San José, 12 de febrero del 2007.—Proveeduría, Contrataciones

Directas.—Lic. Gonzalo Gómez Álvarez, MBA Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-5465.—(12280).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIOÁREA DE CONTRATACIÓN Y SUMINISTROS

Invitación para integrar y actualizarel Registro de Proveedores

Con el fin de ampliar y actualizar nuestro Registro de Proveedores y en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, se invita a personas físicas y jurídicas que desean ser consideradas para futuras contrataciones a que retiren sin costo alguno el Formulario de Inscripción en el Área de Contratación y Suministros del I.D.A., nuestras Oficinas Centrales están ubicadas 100 metros oeste, 100 sur y 250 al oeste de la entrada principal del Colegio Lincoln, o también pueden accesar la página Web del I.D.A vía Internet: www.ida.go.cr, en la cejilla Licitaciones se puede bajar el formulario.

Las empresas o personas físicas que ya están inscritas, deberán presentar un documento con los datos básicos y confirmar que toda la información que se encuentra en el registro se mantiene invariable. Si ha cambiado alguno de los datos de inscripción, deberán comunicarlo personalmente, vía fax o correo electrónico. Se les recuerda el deber de actualizar dicha información para los futuros procesos de contratación del año 2007.

Rafael Fernández Bolaños, Jefe.—1 vez.—(11822).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

De acuerdo al artículo 122 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, invita a las personas físicas y jurídicas, que aun no se han incorporado al registro de proveedores o que deseen actualizar la

información existente para participar en las distintas contrataciones del periodo 2007. En especial en el área de construcción, ebanistas, talleres de mantenimiento mecánico e hidráulico para maquinaria pesada, litografía, depósitos de materiales de construcción, hierro y forja, metales en general y quebradores.

Las personas interesadas podrán retirar el formulario de inscripción en las oficinas de la Proveeduría en el Palacio Municipal, ubicado contiguo al Mas X Menos de Guadalupe en horario de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. de lunes a viernes, para mayor información llamar a los telefonos 224-5119 ext. 113 o telefax 253-1003.

Lic. Óscar Figueroa Fieujeam, Alcalde Municipal.—1 vez.—(12191).

MUNICIPALIDAD DE ABANGARESINVITA A INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES

Con el objeto de formar de nuevo el Registro de Proveedores de Bienes y Servicios, en cumplimiento con el artículo 108 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 116 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, invita a personas físicas y jurídicas interesadas en incorporarse al registro de proveedores a formar parte del mismo, se sirvan suministrar la siguiente información:

• Una carta solicitando ser incluido en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de Abangares.

• Dirección exacta, número de teléfono, fax, dirección electrónica.• Actividad a la que se dedica y lista de los bienes o servicios que

ofrece ordenados alfabéticamente.• Aportar certificación original de la personería jurídica.• Fotocopia de la cédula jurídica o física.• Presentar certificación emitida por la Caja Costarricense de Seguro

Social, de estar al día con los pagos obrero-patronales.• Declaración jurada de no estar afectado por la prohibición prevista en

el artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa.• Constancia de estar al día con los impuestos municipales de este

cantón.Las personas físicas o jurídicas que hayan presentado la información

en años anteriores a la publicación, deberán presentar toda la información aquí solicitada, por cuanto el Registro de Proveedores existente, sufrió deterioro físico.

Los documentos deberán presentarse directamente en la Oficina de Proveeduría de la Municipalidad de Abangares, a fin de realizar una revisión preliminar para confirmar el cumplimiento de todos los requisitos, o bien enviarlos al telefax 662-0010, y posteriormente confirmar su recibo al mismo número telefónico. Información con la Sra. Genia Garita Ávila, Encargada de Proveeduría, al teléfono 662-0010 ó 662-0147, extensión 104.

Jorge Calvo Calvo, Alcalde Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 1807).—C-16960.—(12954).

FE DE ERRATASEDUCACIÓN PÚBLICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONALAvisa que de acuerdo con la publicación del día 16 de febrero del

2007.Donde dice:

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LA-000002-57100Impresión, empaque y entrega de cuadernos

para pruebas nacionalesDebe leerse correctamente:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000002-57100Diseño de reproducción, impresión de código de barras, impresión de

listados de alumnos, empaque, entrega, recepción, lectura y verificación de marcas de hojas para respuestas, hojas de asistencia y hojas de consignación de calificaciones con tecnologías OMR, ICR, código de barras e imagen para pruebas de bachillerato, técnico medio, de conclusión del III ciclo de la educación general básica, programa de nuevas oportunidades educativas para jóvenes y adultos y pruebas diagnósticas del segundo ciclo

Lo demás permanece invariable.San José, 15 de febrero del 2007.—Lic. Rolando Chinchilla Masís,

Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 39379).—C-9680.—(14360).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNALPROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2006LN-000008-PCAD(Prórroga N° 5)

Contratación de servicios para la atencióntelefónica de los clientes del Banco Popular

La fecha de apertura de ofertas se traslada para el 9 de marzo del 2007, a las 14:00 horas.

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Pág 40 La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007

Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Maykel Vargas García,

Coordinador.—1 vez.—(14383).

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000001-01 (Modificaciones)Contratación de dieciséis profesionales en derecho para la prestación

de servicios de notariado y cobro judicial en el INFOCOOPSe informa a los interesados que en el cartel a la licitación indicada,

se hacen las siguientes correcciones y modificaciones:1) En la página 5 del cartel, tercer párrafo de viñetas, la tercera viñeta

indica: “Servicio del que se trata (tipo y número de escrituras inscritas en el Registro, o ambos y cobros judiciales).” Elimínese lo indicado entre paréntesis, para quedar de la siguiente manera:

• Servicio del que se trata.En la página 6 del cartel, aparte 7. CONTENIDO DE LA OFERTA, inciso

4, en la línea 3, después de la palabra “profesión”: elimínese: “si así fuera el caso indicar las razones que mediaron para ello y por cuánto tiempo.” Lo anterior por cuanto se omitió publicar en La Gaceta Nº 20, del lunes 29 de enero del 2007. De tal forma que se lea de la siguiente manera:

“4. Certificación del Colegio de Abogados y de la Dirección Nacional de Notariado en donde indique si en el ejercicio de su actividad profesional como abogado o notario público ha sido suspendido o ha interrumpido el ejercicio de su profesión. Dichas certificaciones deberán tener una vigencia no mayor a tres meses de emitidas a la fecha de apertura de las ofertas.”

San José, 16 de febrero del 2007.—Proceso Administrativo y Finanzas.—Lic. Carmen Lía Guevara Torres, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 39616).—C-10890.—(14291).

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

PROVEEDURÍA INSTITUCIONALLICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000001-01(Fe de erratas Nº 1 – Aviso de modificación)

Servicios de mensajería para las instalaciones del INAMU,edificio Central, Centro de Capacitación y Delegación de la Mujer

Se avisa a todos los interesados en la Licitación Pública Nº 2007LN-000001-01, que se debe aplicar la siguiente aclaración y modificación al cartel:Aclaración:

La contratación de servicios se hará por un periodo de un año, prorrogable por tres periodos iguales más.Modificación:

Con respecto al punto 5.4 del cartel (Estructura del precio).Debe leerse correctamente de la siguiente manera:

El precio del servicio debe incluir el desglose de mano de obra, cargas sociales de ley, los gastos administrativos y aquellos necesarios en útiles así como de mantenimiento de equipo. En resumen, debe indicar con claridad la estructura de costos de la empresa, según se detalla a continuación:

% .................. Mano de obra más cargas sociales% .................. Materiales e insumos. Depreciación de equipos y

maquinaria.% .................. Gastos Administrativos.% .................. Utilidad.San José, 16 de febrero del 2007.—Abdenago López Ch., Coordinador

Administrativo.—1 vez.—(O. C. Nº 8002).—C-15145.—(14377).

AVISOS

JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA COOPEROSALESLICITACIÓN CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 01-2007

Construcción de primera etapa escuela Cooperosales en laescuela de Cooperosales San Nicolás, Cartago

La Junta de Educación de la Escuela Cooperosales, de San Nicolás, Cartago; amplía plazo para recibir ofertas hasta las 15:00 horas del día 23_de febrero del 2007, para la construcción de:

La primera etapa escuela Cooperosales en la escuela de Cooperosales en San Nicolás de Cartago.

Osvaldo Cordero Cedeño, Presidente Junta de Educación.—1 vez.—(14340).

REGLAMENTOSCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

APROBACION DE REGLAMENTOLa Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el

artículo 1º de la sesión 8130, celebrada el 8 de febrero del año 2007, aprobó el siguiente Reglamento para la Tramitación de Donaciones a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social:

REGLAMENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE DONACIONES AFAVOR DE LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, con el propósito de reglamentar lo relativo a las Donaciones que recibe la Institución, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 14 inciso f) de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, aprueba el presente Reglamento.

CAPÍTULO IDisposiciones generales

Artículo 1º—Alcance. El presente reglamento regula las potestades, requisitos y trámite de los ofrecimientos de donación a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social. En consecuencia, no contempla la posibilidad de la institución de efectuar donaciones a favor de terceros.

Artículo 2º—Bienes sujetos a donación. Son bienes susceptibles de ser recibidos por donación los siguientes:

a) Bienes inmueblesb) Bienes muebles:

b-1 Medicamentos.b-2 Equipo Médico.b-3 Vehículos.b-4 Equipo en general.b-5 Programas de cómputo.b-6 Capacitaciones.

c) Donación de dinero.d) Otros bienes.

Artículo 3º—Verificación del cumplimiento de las disposiciones. Las Gerencias de División serán las encargadas de velar porque se dé cumplimiento al presente Reglamento y se promueva su objeto en apego a la normativa establecida.

CAPÍTULO IIDe los órganos competentes

Artículo 4º—De las competencias en materia de donaciones. Los órganos que de seguido se indican, tienen las siguientes competencias:Órganos.

• Junta Directiva:• Gerencias de División:• Direcciones Regionales:• Directores de Órganos Desconcentrados:• Directores de Órganos Concentrados:

Competencias.a) Solicitar, aceptar y rechazar las donaciones a favor de cualquier

dependencia de la institución, según el valor de la donación.b) Autorizar el pago de los costos de transporte y montaje de los bienes

donados.c) Autorizar el pago de los costos de transporte y montaje de los bienes

donados.d) En el caso de donaciones aceptadas por la Junta Directiva ésta podrá

delegar la suscripción de la escritura en quien considere necesario.DIRECCIÓN JURÍDICA INSTITUCIONAL

a) Emitir los criterios cuando exista alguna duda sobre la procedencia jurídica de la donación en caso de procedimientos cuya aprobación corresponda a la Junta Directiva, Gerencias de División o bien de aquellos órganos con competencia para resolver donaciones pero que carezcan de asesoría legal a nivel local.

b) Formalizar las escrituras de donación.c) Elaborar los contratos y otros documentos legales cuando así

corresponda.ASESORÍAS LEGALES DE DIRECCIONES REGIONALES Y DE

ÓRGANOS DE LA CCSSa) Emitir los criterios cuando exista alguna duda sobre la procedencia

jurídica de la donación, en caso de procedimientos cuya aprobación corresponda a la máxima autoridad del centro de trabajo donde se encuentran adscritos.

b) Elaborar los contratos y otros documentos legales de los procedimientos de donación indicados en el punto anterior, excepto la confección de la escritura pública, hasta tanto no se les habilite.Artículo 5º—De los montos para aceptar las donaciones. Los

órganos con competencia para aprobar donaciones podrán conocer aquellas solicitudes cuyo monto corresponda como máximo a los definidos por la Junta Directiva para proceder a la adjudicación de procesos de contratación administrativa.

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La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007 Pág 41

CAPÍTULO IIIDel donante

Artículo 6º—Condiciones del donante. Podrán efectuar donaciones a favor de la CCSS personas físicas o jurídicas con capacidad para disponer de los bienes ofrecidos en donación en los términos establecidos en el ordenamiento jurídico.

Artículo 7º—Obligaciones del donante. Para efectuar donaciones a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social, el donante deberá:

a) Aportar a la Administración toda la información requerida para tramitar la donación.

b) Permitir la inspección del bien sujeto a donación, tanto en caso que los órganos encargados de brindar la respectiva recomendación técnica lo requieran para el cumplimiento de sus funciones, como en el supuesto de necesitarse cualquier revisión en forma previa a la recepción efectiva del bien una vez aprobada la gestión de donación.

CAPÍTULO IVDe la recomendación técnica

Artículo 8º—De la recomendación técnica. En forma previa a la aceptación de una donación, los órganos competentes conforme a este reglamento para resolver la misma deberán gestionar ante las instancias institucionales competentes según la naturaleza del bien, la confección de una recomendación técnica. Dicha recomendación se podrá prescindir en los siguientes supuestos:

a) Tratándose de donaciones de dinero.b) Cuando de los elementos aportados por el donante o bien de las

evidencias recopiladas por la Administración en el expediente de la respectiva donación, se justifique en forma suficiente que el bien ofrecido en donación representa un beneficio para la institución en atención de su utilidad, los requerimientos para instalación, funcionamiento y limitaciones para obtener repuestos.Artículo 9º—Contenido Mínimo del Informe de Recomendación.

El informe de recomendación técnica deberá contemplar los siguientes contenidos:

a) Nombre del órgano autorizado y fecha y día de la recomendaciónb) Antecedentes del estudioc) Criterios utilizados para brindar la recomendación técnica, incluyendo

las posibles inspecciones efectuadas al mismo. d) Análisis del bien ofrecido en donación.e) Recomendación que debe incluir una justificación respecto de la

razonabilidad para la aceptación o el rechazo de lo donado.CAPÍTULO V

Procedimiento para la recepción de donacionesArtículo 10.—Requisitos de los ofrecimientos de donación. La

propuesta de donación por parte de personas físicas, personas jurídicas nacionales e internacionales, deberán ser suscritas por quien disponga de capacidad jurídica para disponer del bien. El ofrecimiento respectivo deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a) Descripción de aquellos elementos indispensables para lograr identificar en forma adecuada el bien ofrecido en donación.

b) En el caso de personas físicas, aportar copia certificada de la cédula de identidad, mientras que en las personas jurídicas la respectiva certificación de personería.

c) Cuando la realización de la donación requiera la existencia de un acuerdo firme de un órgano colegiado, deberá aportarse la certificación del respectivo acuerdo.

d) Señalamiento de medio o lugar para atender notificaciones.Artículo 11.—De la presentación del ofrecimiento de donación.

Los ofrecimientos para efectuar donaciones a favor de la CCSS podrán presentarse ante cualquier dependencia de la institución. Recibido el ofrecimiento, deberá ser remitido al Administrador del órgano con la competencia para resolver la respectiva gestión de donación conforme lo establecido en el capítulo 1 del presente reglamento, en el plazo máximo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente a la entrega del ofrecimiento.

Artículo 12.—De la valoración inicial del ofrecimiento de donación. Recibido el ofrecimiento de donación por parte del Administrador, el mismo deberá proceder en el plazo máximo de tres días hábiles a partir de su recepción, a la conformación del expediente y a la verificación del cumplimiento de los requisitos definidos en el artículo 11 del presente reglamento. De existir alguna omisión en la solicitud relativa a la capacidad del donante, su representante o bien la descripción del bien no resulte suficiente para poder identificar el mismo, siendo imposible subsanar dichos elementos mediante la evacuación de evidencias por la propia Administración, se concederá al donante el plazo de cinco días para que proceda a la subsanación respectiva, aportando los documentos necesarios. A solicitud del donante, dicho plazo podrá prorrogarse por un máximo de tres días hábiles, tomando en consideración la complejidad de los documentos requeridos.

Vencido el plazo conferido al donante para la subsanación de la gestión, sin que se cumpla con lo solicitado, se procederá al archivo de la gestión de donación. El archivo del ofrecimiento de donación no implicará el rechazo de la misma, puesto que en el momento que el donante cumpla con lo solicitado por la Administración, se continuará con el procedimiento aquí regulado.

Artículo 13.—De la evacuación de criterios técnicos. Subsanado cualquier defecto del ofrecimiento de donación, en caso de ser procedente la presentación de la recomendación técnica, el Administrador solicitará la misma según la naturaleza del bien sujeto a donación, por parte del órgano competente institucional según la naturaleza del bien. El informe con la recomendación técnica respectiva deberá ser presentado dentro los siguientes 45 días.

Artículo 14.—Pronunciamiento en cuanto a la aprobación de la donación. Recibidos los criterios técnicos cuando resulten procedentes, se remitirá el expediente para la respectiva decisión final, al órgano competente según la cuantía de la donación, en los términos definidos en el capítulo 1 del presente reglamento, mismo que deberá pronunciarse en el plazo máximo de cinco días hábiles a partir del traslado del expediente.

Artículo 15.—De la suscripción de la escritura de donación. De aprobar el órgano competente la solicitud de donación y de requerirse la suscripción de la escritura pública, se remitirá el expediente a la Dirección Jurídica, para que los notarios asignados a dicha Dirección procedan a la confección de la misma, desarrollando las acciones de coordinación requeridas para la suscripción de la misma.

En el caso de que el donante considere oportuno que dicha escritura sea suscrita por un notario de su confianza, debe aportar a la Dirección Jurídica el proyecto de escritura correspondiente junto con la documentación necesaria, siempre y cuando la formalización de la misma no implique costo alguno para la Administración. En los supuestos que no se requiera la suscripción de escritura de donación, la asesoría jurídica del órgano que autorizó la donación procederá a la confección del respectivo convenio.

De la aprobación de la solicitud de donación así como de la respectiva escritura y/o convenio, deberá remitirse una copia al Departamento de Adquisiciones y a la proveeduría del órgano que recibirá la respectiva donación.

Artículo 16.—De la recepción del bien donado. El órgano que desarrolló el procedimiento de donación recibirá el bien donado, salvo en el caso específico de dinero, títulos valores u otros de igual o similar naturaleza, cuya recepción corresponderá al Gerente de la División Financiera.

Al momento de recibir el bien, la unidad respectiva deberá verificar que corresponda a las características del bien ofrecido en donación. En caso contrario, no se podrá recibir el bien y deberá informar al órgano que aprobó la donación para lo que corresponda.

Igualmente, deberá proceder inmediatamente a hacer las gestiones necesarias, y según las disposiciones que resulten aplicables, para registrar dichos bienes a nombre de la institución.

Artículo 17.—Disposiciones supletorias. En caso de omisión de las disposiciones del presente reglamento, se aplicará en forma supletoria el Código Civil, y otras disposiciones que resulten aplicables, en tanto no resulte contrario a normas y principios del Derecho Administrativo.

Artículo 18.—Derogatorias. Las reglamentaciones pre-existentes, quedan derogadas en lo que se opongan al presente Reglamento.

Transitorio I.—Las diferentes dependencias institucionales cuentan con un plazo de seis meses, contados a partir de la vigencia de este reglamento, para registrar los bienes que hubiesen sido donados a favor de la institución, según la normativa que rige la materia”.

San José, 12 de febrero del 2007.—Emma C. Zúñiga Valverde, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—C-100450.—(12741).

REMATESCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DIVISIÓN PENSIONESDIRECCIÓN FINANCIERA ADMINISTRATIVA

VENTA PÚBLICA VP-005-2007La Gerencia División de Pensiones, a través de la Dirección Financiera

Administrativa, llevará a cabo la venta de las siguientes propiedades con la modalidad de venta pública:Tipo de inmueble Localización

5 Casas 3 San José (1 Desamparados, 1 Goicoechea, 1 Vázquez de Coronado), 1 Cartago (1 Dulce Nombre), 1 Limón (1 Cauto).4 Lotes 1 San José (1 Goicoechea), 2 Cartago (2 Paraíso), 1 Limón (1 Cauto)

Información adicional: El cartel de este concurso, está a disposición de los interesados en bienes inmuebles, división de pensiones, segundo piso, edificio Jorge Debravo, diagonal a la Corte Suprema de Justicia, avenida 8, calle 21 en horario de lunes a viernes de 8 a. m., a 12 m. d. La fecha máxima para la recepción de ofertas es el miércoles 14 de marzo del 2007, a las 10:00 a. m. El presente concurso puede ser financiado con la Caja, si el oferente reúne los requisitos de crédito hipotecario de la CCSS.

Fecha y lugar de la apertura de los sobres con las ofertas: El mismo se efectuará en la sala de reuniones en el quinto piso del edificio Jorge Debravo, ubicado en San José, avenida 8 y calle 21. La venta se realizará el día miércoles 14 de marzo del 2007, a las 10:15 a. m. Lo anterior en conformidad con el inciso 61.2.3. del Reglamento de Contratación Administrativa.

San José, 15 de febrero del 2007.—Área de Soporte Administrativo y Logístico.—Lic. Patricia Sánchez Bolaños, Jefa.—1 vez.—(13284).

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INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

CENTRO DE NEGOCIOS SAN JOSÉPUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Miguel Ángel Zúñiga Hernández, portador de la cédula identidad Nº 01-0289-0595, solicita la reposición por robo del Certificado de Depósito a Plazo en colones Nº 306-300-3062853, por un monto de ¢.1.800.000,00, además de sus respectivos cupones de intereses números 5 y 6, el primero por un monto de ¢.41.607,00 y el segundo por ¢.42.069,30 con vencimiento al 06-05-2007 y al 07-08-2007 en su orden, confeccionados por el Banco Crédito Agrícola de Cartago, en fecha seis de febrero del dos mil siete y con fecha de vencimiento al siete de agosto del dos mil siete. Lo anterior para dar cumplimiento con lo que estipula nuestro Código de Comercio, artículos 708 y 709. Transcurrido el término de quince días hábiles después de la última publicación, se repondrá dicho documento.

San José, 12 de febrero del 2007.—Captación de Recursos.—Retención y Recuperación de Clientes.—Johnny Avendaño Sanabria.—(12262).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

Remanente producto del remate Nº 408 del 27 de enero del 2007.

Agencia: 7777-60-107378-3 169.606,7077-60-109815-3 29.520,6077-60-111401-1 114.370,2077-60-111540-4 81.968,4077-60-111724-7 916.430,1077-60-111788-5 16.913,9577-60-111832-2 91.331,7577-60-112020-7 148.087,5577-60-112112-3 25.466,8077-60-112143-9 51.525,0077-60-112161-5 32.556,7577-60-112257-0 79.912,9577-60-112279-6 45.488,1577-60-112318-4 25.065,4577-60-112765-6 32.389,2577-60-112960-8 443.358,1577-60-115606-2 11.081,8077-60-115854-2 47.371,9577-60-115886-1 29.301,3577-60-115900-2 142.902,7577-60-115917-4 90.572,3577-60-115930-0 103.747,2077-60-115946-0 12.597,3577-60-115956-3 66.746,8577-60-115962-8 12.524,6577-60-115969-9 18.366,0577-60-115988-2 43.893,8077-60-115998-5 12.402,5077-60-116037-2 255.186,3077-60-116048-2 22.507,1577-60-116069-1 8.871,2577-60-116079-6 48.424,7577-60-116098-8 33.345,2077-60-116101-0 11.727,2077-60-116110-0 18.697,7577-60-116111-3 7.132,6077-60-116132-2 123.600,4577-60-116145-1 14.391,5077-60-116152-0 50.587,1077-60-116157-1 4.773,5077-60-116165-7 39.230,9577-60-116180-2 14.848,0577-60-116183-5 50.053,1577-60-116211-5 40.374,2077-60-116223-7 140.851,5577-60-116239-5 32.997,9577-60-116247-0 10.631,6077-60-116251-8 426.505,8077-60-116263-0 71.894,9077-60-116266-2 36.424,6077-60-116270-1 22.694,7577-60-116280-4 422.197,0077-60-116281-8 6.701,75

Agencia: 7777-60-116289-2 18.747,2577-60-116290-7 5.193,4077-60-116320-6 10.103,9077-60-116337-8 11.243,3577-60-116376-9 89.352,4077-60-116390-9 118.371,0077-60-116405-4 160.204,3077-60-116416-0 19.241,1077-60-116423-0 7.763,4077-60-116431-4 19.990,4577-60-116448-0 52.307,1077-60-116455-0 15.596,7577-60-116456-3 894,6577-60-116457-7 16.855,2077-60-116459-6 7.662,0577-60-116464-7 11.176,5577-60-116484-4 6,6577-60-116494-7 227,3577-60-116498-5 1.344,2577-60-116500-6 836,0577-60-116501-0 889,5577-60-116538-9 749,8077-60-116569-2 43.251,1577-60-116592-1 18.012,9577-60-116605-0 4.694,8077-60-116630-6 3.451,2077-60-116647-0 256,0577-60-116648-5 5.634,7077-60-116656-9 4.195,1577-60-116671-4 904,1077-60-116689-1 2.333,6577-60-116691-0 4.154,1577-60-116714-9 4.167,7577-60-116716-8 4.457,5577-60-116739-6 971,7077-60-116741-6 1.153,0577-60-116749-0 1.831,6077-60-116751-9 10.347,8577-60-116759-3 1.918,4077-60-116770-2 55.073,20Total alhajas: 111 6.991.925,80

Agencia: 8585-60-844092-5 3.441,7585-60-844478-4 4.159,0585-60-845310-9 1.974,0085-60-845363-7 151,3085-60-845416-6 506,9085-60-846102-0 4.881,1585-60-846142-3 2.687,6585-60-846188-3 273,7585-60-846284-7 4.077,1085-60-846308-1 3.612,20Total alhajas: 10 25.764,85

Agencia: 6ALHAJAS

Operación Remanente06-60-784895-0 5.933,5006-60-787373-7 9.070,1006-60-787392-7 12.733,2006-60-787402-0 466,30Total alhajas: 4 28.203,10

Agencia: 707-60-777320-3 2.245,6507-60-780157-8 671,8007-60-780222-8 40.733,1507-60-780297-2 3.482,9507-60-780427-3 4.627,4507-60-780703-9 11.602,2507-60-780770-9 633,25Total alhajas: 7 63.996,50

Agencia: 808-60-781823-9 1.830,8008-60-781921-1 1.713,8008-60-783970-7 3.734,0508-60-784316-0 7.189,35Total alhajas: 4 14.468,00

Agencia: 1010-60-776117-1 2.516,2010-60-776648-8 6.565,2010-60-776670-3 1.177,9010-60-779015-5 4.128,3010-60-779311-2 575,6010-60-779351-5 649,8010-60-779354-8 3.366,1010-60-779545-6 7.958,25Total alhajas: 8 26.937,35

Agencia: 2121-60-785869-8 2.396,2521-60-785874-0 2.492,75Total alhajas: 2 4.889,00

Agencia: 2222-60-766464-7 1.582,3522-60-768054-9 1.248,75Total alhajas: 2 2.831,10

Agencia: 2424-60-775438-5 748,7024-60-775557-0 4.963,3024-60-775626-9 2.671,8024-60-775662-3 5.128,6024-60-775737-7 2.692,3024-60-775970-6 515,10Total alhajas: 6 16.719,80

Agencia: 2525-60-772636-2 5.012,9525-60-775374-3 2.270,5025-60-777954-0 1.995,1525-60-778425-6 98,7025-60-778487-3 280,00Total alhajas: 5 9.657,30

Agencia: 2727-60-764210-0 776,8527-60-764553-3 3.385,4027-60-766821-1 2.973,10Total alhajas: 3 7.135,35

Agencia: 3434-60-761204-5 436,0534-60-761277-0 205,80Total alhajas: 2 641,85

Agencia: 7777-60-079157-0 101.277,5577-60-079948-9 114.203,9577-60-088390-1 68.006,6577-60-093223-2 254.009,7577-60-093384-8 920,8577-60-093484-0 120.156,6577-60-093913-4 129.443,6077-60-098472-2 85.162,9577-60-099946-2 22.328,6077-60-099985-1 66.160,0577-60-100780-4 190.252,1577-60-100789-2 23.917,3077-60-105410-9 81.190,3077-60-106253-1 302,2077-60-106258-3 32.451,6077-60-106821-5 51.263,7077-60-107106-8 55.365,9577-60-107366-0 49.795,15

San José, 7 de febrero del 2007.—Centro de Crédito sobre Alhajas Amón.—Lic. Shirley Barboza Mena, Coordinadora.—1 vez.—C-173075.—(11458).

PERIFÉRICA EN BUENOS AIRESAVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

EL Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Periférica de Buenos Aires, hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a nombre de Hernández Orozco Gilma, cédula 6-044-520.Cert. CupónNº Monto ¢ Vencimiento N° Monto Vencimiento16102960210022985 4.000.000.00 5-09-2006 1 44.166,67 04/11/2005 2 44.654,34 04/12/2005NORMAL 3 45.147,40 04/01/2006 4 45.645,90 04/02/2006 5 46.149,91 04/03/2006 6 46.659.48 04/04/2006 7 47.174,68 04/05/2006 8 47.695,57 04/06/2006 9 48.222,20 04/07/2006 10 48.754,66 04/08/2006 11 49.292,99 04/09/2006 12 1.661,24 05/09/2006

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

31 de enero del 2007.—Lic. Juan Carlos Valverde Arguedas, Coordinador a. í.—Nº 3630.—(11657).

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La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007 Pág 43

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOSCONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la solicitud presentada por la Cooperativa de Electrificación Rural Los Santos R. L. (COOPESANTOS R. L.), con el fin de que se ajusten las tarifas del servicio de distribución de energía eléctrica que presta, para cubrir los costos de operación, tramitada bajo el expediente ET-04-2007, la cual se detalla de la siguiente manera:

1. Incrementar las tarifas del servicio de distribución de energía eléctrica, a partir del 1º de junio del 2007, de acuerdo con el siguiente desglose:

Tipo de tarifa Porcentaje de incrementoT-RE Residencial 9%T-GE General Preferencial (con consumosde hasta 250 KWh mensuales) 9%T-GE General (abonados con consumossuperiores de 3000 KWh mensuales 9%T-MT Media Tensión 9%

2. Dejar invariable la tarifa T-GE General (consumos menores o iguales a 3 000 KWh) y por ende, la tarifa de alumbrado particular, a partir del 1º de junio del 2007.

3. Modificar el cobro de la tarifa de electricidad, pasando de un cargo mínimo de 40 KWh mensuales a un cargo mínimo de 50 KWh por mes, en el caso que el cliente consuma esta cantidad de energía o menos y que esté clasificado en el bloque básico de cada tarifa.El 28 de marzo del 2007, a las diecisiete horas se llevará a cabo

la audiencia pública en el salón parroquial de San Marcos de Tarrazú, ubicado al costado norte de la Iglesia Católica de San Marcos de Tarrazú. El plazo para recibir posiciones vence el 19 de marzo del 2007, a las dieciséis horas.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del Edificio de la Contraloría General de la República, San José. La petición tarifaria se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica www.aresep.go.cr.

Cualquier interesado, con interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que sean pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro del perímetro de San José o número de fax donde ser notificado en el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; y en el caso de las personas jurídicas la posición deberá estar suscrita por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería vigente.

Dentro del plazo legal otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímile 290-2010, mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de la celebración de la audiencia. Se informa que el Consejero del Usuario para estas solicitudes es el Lic. Daniel Fernández Sánchez. Para cualquier información adicional a los teléfonos 800-827-3737 ó 220-0102, extensión 135.

Dirección de Protección al Usuario.—Lic. Xinia Herrera Durán.—1 vez.—(Solicitud Nº 41233).—C-21175.—(13275).

Resolución RRG-6284-2007.—San José, a las nueve horas del siete de febrero del dos mil siete.

Solicitud de ajuste tarifario presentada por Transportes Norteños Barahona Sánchez S. A., permisionaria de la ruta 589 descrita como: Triunfo-Cabuyal-Bahía Las Trancas-Guardia-Liberia y viceversa. Expediente Nº ET-185-2006.

Resultando:I.—Que el 6 de noviembre del 2006, ante la Autoridad Reguladora,

Nelson Ramírez Mena, en su calidad de representante legal de Transportes Norteños Barahona Sánchez S. A., según certificación visible a folio 11, presentó (folios 02-08), solicitud tarifaria para la ruta 589: Triunfo-Cabuyal-Bahía Las Trancas-Guardia-Liberia y viceversa.

II.—Que Transportes Norteños Barahona Sánchez S. A., es permisionaria de la ruta en mención, según artículo 6.7 de la sesión ordinaria 085-2005 del Concejo de Transporte Público del MOPT de 8 de diciembre del año 2005. Por ser permiso no tiene contrato de concesión.

III.—Que realizado el análisis preliminar, la Dirección de Servicios de Transportes (DITRA) solicitó información faltante mediante oficio 812-DITRA-2006/11094 de 22 de noviembre del 2006, cuyo plazo vencía el 12 de diciembre del 2006. Con oficio de fecha 4 de diciembre del 2006 (folio 98) se solicitó ampliación del plazo por parte de la empresa, el que se otorgó con oficio 865-DITRA-2006/11680 de 13 de diciembre del 2006 (folio 129-130). La información por parte de la empresa se recibió en tiempo el 19 de diciembre (folios 133-154).

IV.—Con oficio 863-DITRA-2006 de 13 de diciembre del 2006 (folio 128) se solicitó aclaración al Consejo de Transporte Público del MOPT sobre el arriendo de la unidad con que se presta el servicio en la ruta indicada. Con oficio CTP-VU-06-00147 de fecha 15 de diciembre del 2006 y recibido en la institución el 17 de enero del 2007 (folio 167), el Consejo de Transporte Publico del MOPT indica que la solicitud indicada se trasladó al Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del MOPT, para que se le de el trámite correspondiente.

V.—Con oficio 29-DITRA-2007 de 16 de enero del 2007 (folio 168) se le solicitó a la empresa aclaración sobre la información presentada en los Estados Financieros y la respuesta se recibió en forma satisfactoria el 19 de enero del 2007.

VI.—Que mediante oficio 005-DITRA-2007/050 de fecha 9 de enero del 2007, visible a folio 155, DITRA otorgó la admisibilidad de la referida petición.

VII.—Que en lo fundamental, la petición se justifica como sigue: al ser un servicio nuevo, se requiere la aprobación del esquema tarifario actual con el fin de estar a derecho con su esquema tarifario.

VIII.—Que no hay tarifas establecidas por el Ente Regulador, sino que las mismas se sustentan en un convenio entre la empresa y las comunidades que reciben el servicio, el cual inició operaciones en mayo del 2006. Es la primera vez que solicitan tarifa y tampoco han recibido tarifa por efecto de fijaciones generales: Tarifa actual Tarifa propuestaNº Ruta Descripción ruta (colones) (1) (colones)589 Liberia-Triunfo N.D 600 Liberia-Guardia N.D 205 Triunfo-Guardia N.D 400(1) No hay tarifa aprobada por ARESEP.

IX.—Que la convocatoria para audiencia pública, se publicó en los medios escritos, según consta en autos: Diarios Al Día y La Nación el 12 de enero del 2007 (folios 156 y 157 y en el Diario Oficial, según La Gaceta Nº 13 del 18 de enero del 2007 (folio 170).

X.—Que en el Informe de Instrucción, visible a folios 205-210 del expediente en análisis, se indica que dentro del plazo legal estipulado para ello, Henry Gutiérrez Castro (folio 175) y Transportes La Pampa Ltda., (folios 185-203) presentaron posiciones. Manifiestan lo siguiente:

1) Que las rutas concesionadas a su representada, se ven afectadas por la solicitud de la ruta 589 ya que se pretende una tarifa igual en el trayecto Liberia-Guardia, lo que significa una competencia desleal.

2) El autobús SJB 6673 se encuentra inscrito a nombre de la empresa TRANSVI S. A., y no de la gestionante.

3) La unidad GB-617 no cumple con la Ley Nº 7600.4) No se presenta constancia de la Municipalidad donde el gestionante

tiene la sede de las operaciones, sino que se aporta constancia a nombre de Nelson Ramírez Mena.

5) Declaración jurada de obligaciones tributarias, pago de cargas sociales, debe ser protocolizada y no en papel común.

6) Existe contradicción entre la distancia que indica el MOPT (44,5 kms) y el dato que utiliza la empresa para sus cálculos (30 kms).

7) El permiso otorgado establece una sola ruta con dos puntos terminales: Triunfo y Liberia, sin indicar que se debe estructurar por tramos.

8) Que el permiso otorgado posee vicios de nulidad porque se considero una demanda ficticia, ya que el 57% de la población del Triunfo, lo constituyen estudiantes, que son transportados por otra unidad y que lo que se pretende es transportar pasajeros a la comunidad de Guardia. Que siendo una comunidad rural, la unidad que debería dar servicio en esas comunidades debe ser una microbús.

9) Que la audiencia debe de realizarse en la comunidad del Triunfo y no de Guardia, como se pretende, por lo que la audiencia carece de validez.

10) Indica que apoyan el servicio a dichas comunidades y que se han beneficiado con un servicio eficiente y de calidad.

11) Que las tarifas establecidas les parecen apropiadas, ya que se ven obligados a pagar taxis, que les cobran tarifas mas altas de lo establecido, llegando a pagar hasta ¢10.000,00 por un viaje.

12) Que se establezca una tarifa menor a Bahía en relación con la de Triunfo, ya que la distancia es menor.XI.—Que la audiencia pública se realizó en el Salón Comunal de

Guardia, ubicado contiguo a la Plaza de Deportes de Guardia, Liberia, Guanacaste el 26 de enero del 2007.

XII.—Que la referida solicitud fue analizada por la Dirección de Aguas, Saneamiento y Transportes, de la Autoridad Reguladora, produciéndose el oficio 056-DITRA-2007, del 6 de febrero del 2007, que corre agregado al expediente.

XIII.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.

Considerando:I.—Que del oficio 056-DITRA-2007, citado en el resultando XII y que

sirve de sustento a la presente resolución, conviene extraer lo siguiente:1. Para el análisis de la solicitud, se actualizaron, entre otras, las

variables combustibles, según RRG-6262-2007 de las quince horas del 17 de enero del 2007, publicada en La Gaceta Nº 18, del 25 de enero del 2007; tipo de cambio del colón respecto del dólar de los Estados Unidos de América y salarios al día de la audiencia, según lineamiento de artículo 6º del acta de la sesión ordinaria 015-2004 de 24 de febrero del 2004 y ratificada el 2 de marzo del 2004. Los elementos complementarios al modelo implantado por el MOPT, con base en oficios 909-DASTRA-2002, del 18 de setiembre del 2002, 1460-RG-2002, del 25 de noviembre del 2002 y, 192-AJD-2002, del 12 de diciembre del 2002, no se realizan por ser un servicio nuevo y no contar con la información requerida.

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2. Se realizó análisis comparativo del estado mecánico de la unidad con que se presta el servicio en la ruta 589, según lo presentado por la empresa y la base de datos de la empresa RITEVE S y C S. A.

3. Se determinó que la flota autorizada a Transportes Norteños Barahona Sánchez S. A.; consta de una unidad, que no está inscrita a nombre de la petente, según certificación del Registro Nacional y que la misma no forma parte de la lista de placas adulteradas (según Registro Nacional) ni es utilizada para el transporte de estudiante.

4. El uso de esas unidades fue autorizado a la petente, por el Consejo de Transporte Público del MOPT por artículo 6.17 de la sesión ordinaria 21-2006 del Consejo de Transporte Público del MOPT de 16 de marzo del 2006 (folios 110-116 del expediente).

5. Con oficio 863-DITRA-2006 de 13 diciembre del 2006, se solicitó aclaración al Consejo de Transporte Publico del MOPT, sobre el arriendo de la unidad con que se presta el servicio en la ruta indicada. Con oficio CTP-VU-06-00147 de fecha 15 de diciembre del 2006, y recibido en la institución el 17 de enero del 2007 (folio 167), el Consejo de Transporte Publico del MOPT indica que dicha solicitud se trasladó al Departamento de Administración de Concesiones y Permisos del MOPT, para que se le de el trámite correspondiente.

6. Que ante dicha situación, siendo un permiso, que no hay contrato firmado y que lo que existe en un arriendo y que no se tiene el acuerdo respectivo por parte del Consejo de Transporte Publico del MOPT; lo que procede es no reconocer a la unidad los costos de inversión (depreciación y rentabilidad), por corresponder a un alquiler no autorizado; sin embargo, ya la unidad por su antigüedad (modelo 1999), está totalmente depreciada.

7. Para el análisis se utiliza la cifra de demanda de 870 pasajeros como promedio mensual y que corresponde a las estadísticas de pasajeros de los meses de mayo 2006 a setiembre 2006. Siendo un servicio nuevo y no contando con más información, se acepta la información presentada para efectos de análisis.

8. La cifra por demanda no se ajusta por concepto de tiquetes de adulto mayor, ya que no se tiene reporte por dicho concepto, según estipula la resolución RRG-2594 del 12 de abril del 2002, publicada en La Gaceta Nº 76 del 22 de abril del 2002.

9. Los horarios autorizados corresponden a acuerdos del Consejo de Transporte Público, 6.7 de la sesión ordinaria 85-2005 de 8 de diciembre del 2005. Que se determinó que los horarios y por ende las carreras autorizadas (60) son por un monto mayor a la cifra que la empresa indica como realizados (53,60) carreras. Por lo que se utiliza el dato reportado por la empresa como válido para efectos del análisis.

10. Se utiliza los datos de distancia para cada uno de los trayectos de la ruta y que corresponde al Acta de Inspección de fecha 14 de noviembre del 2006 y que consta en el expediente RA 318 y que se realizaron a través del sistema GPS (Sistema de Posicionamiento Global).

11. El tipo de bus corresponde a un bus inter-urbano corto, por la distancia recorrida, por un monto de $91.200 y cuyo valor corresponde a ¢47.441.328, al tipo de cambio de ¢520,19/$1, a la fecha de la audiencia.

Sobre el modelo desarrollado por el MOPT (Estructura de costos):

12. Que habiéndose realizado el análisis de la estructura de costos se determina que se requiere un incremento de 395,60% sobre la tarifa máxima vigente lo que significa llevar la tarifa de ¢600 a ¢2973,57; lo que está en relación con el resultado de la corrida del modelo por parte de la petente de un 232,06%; sobre la misma tarifa base. Dicho resultado no refleja la situación operativa real de la empresa, acorde con las circunstancias en que opera la misma.

13. Que con base en lo indicado en el punto 12 anterior, se determinó realizar análisis con base en el cálculo del costo del kilómetro, considerando como base la tarifa y distancia de la comunidad de Triunfo, que es el trayecto más largo y a su vez se realizó ese mismo cálculo, para cada uno de los trayectos de la ruta 589.

14. Que aunque la empresa no solicita tarifa a la comunidad de Bahía, es justo y equitativo para los usuarios que se diferencien las tarifas, ya que ese tramo es más corto que Liberia-Triunfo, que es el trayecto más largo.

Sobre el análisis de corredor común:15. No se realiza análisis por efecto de corredor común, ya que no se

recibió solicitud al respecto.16. Que en relación con las manifestaciones presentadas y resumidas en

el resultando X. de esta resolución, se indica lo siguiente:Punto 1) y 7): Los lineamientos operativos en que operan las

rutas, tales como la cantidad de unidades, las condiciones operativas en que brindan el servicio en las rutas; la antigüedad de la flota, horarios, carreras y otros, se determina a través de un acuerdo del Consejo de Transporte Público del MOPT, que es el ente rector en dicha materia y quien dicta las pautas en la materia.

Por lo que, al MOPT corresponde la responsabilidad del otorgamiento del permiso en dicha ruta y las condiciones de operación de la misma.

Además, Guardia forma parte de las comunidades a las cuales se le autorizó brindar servicio y como tal debe de fijarse tarifa, para que se encuentre a derecho.

Punto 2): A pesar de que la unidad SJB 6673 no se encuentra inscrita a nombre de la empresa gestionante y al no tener contrato firmado por tratarse de un permiso, lo que procede no reconocer sus costos de inversión, sin embargo, dado que es de modelo 1999, se encuentra totalmente depreciada y no tiene efecto a nivel tarifario.

Punto 3): La unidad GB-617 no se considera para efecto de análisis de esta ruta.

Punto 4): Si se presentó constancia de la Municipalidad de Liberia para los efectos que corresponden. Está a derecho.

Punto 5): El documento cumple a cabalidad y consta en folio 50. De acuerdo con los lineamientos legales establecidos, contiene la firma del abogado autenticando la firma del gestionante, el timbre correspondiente y la barra de seguridad, que significa que esta protocolizada.

Punto 6): A pesar de que hay diferencias en los datos de distancia indicados, o sea el de la empresa y el indicado por el MOPT, para efectos de análisis, se utiliza como dato oficial el indicado por funcionarios de la Dirección, quienes realizaron una medición en el campo mediante el sistema de GPS (Sistema de Posicionamiento Global) y cuya acta forma parte del expediente RA 318.

Punto 8): La situación real en la cual opera la ruta, se podría determinar a través de un estudio integral de demanda, carreras, capacidad y desarrollo operativo de la ruta, la que por falta de información y de ser un servicio nuevo, no puede ser realizado en forma minuciosa en la actual fijación; dicha situación se evaluara en estudio posterior. Cabe mencionara que el MOPT como ente rector, considero la importancia de que dichas comunidades contaran con un servicio de transporte publico, con el fin de que no se fomentaran mas los servicios informales, con los que los usuarios tenían que pagar sumas no reguladas.

Punto 9): Siendo la audiencia publica materia de la Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario de este Ente Regulador, corresponde a dicha Dirección gestionar, programar y realizar las audiencias, por lo que su queja debe dirigirse a dicha unidad.

Puntos 10), 11) y 12): El análisis tarifario realizado contempla sus observaciones.II.—De la ponderación del resultado metodológico aplicado a la

solicitud tarifaria de la ruta y con base en el análisis sobre la Estructura de Costos (Econométrico), se justifica la solicitud tarifaria planteada por la empresa en el sentido de que se le aprueben las tarifas establecidas planteadas, que están en relación con las características particulares de operación de la ruta y del bloque de mercado con que se identifica.

III.—Por lo que de conformidad con los análisis que preceden, es criterio de esta Dirección asesora, recomendar que se otorgue la fijación tarifaria planteada por la empresa, estableciendo además tarifa en el trayecto Liberia-Bahía, considerando que forma parte de los trayectos autorizados y que es un trayecto mas corto que a Triunfo, que es la comunidad más larga. Por tanto:

Con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 5º, inciso f), 6º, inciso c), 30, 33, 57, incisos c) y g) de la Ley Nº 7593, 3º, siguientes y concordantes de la Ley Nº 3503, 41 del Decreto Ejecutivo Nº 29732-MP, que es el Reglamento a la Ley Nº 7593 y, en los artículos correspondientes de la Ley General de la Administración Pública.

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:1º—Fijar para la ruta 589, descrita como: Triunfo-Cabuyal-Bahía

Las Trancas-Guardia-Liberia y viceversa, las siguientes tarifas: Tarifa adultoN° Ruta Descripción ruta Tarifa mayor589 Liberia-Triunfo 600 300 Liberia-Bahía 455 230 Triunfo-Guardia 355 180 Liberia-Guardia 205 -

2º—La empresa Transportes Norteños Barahona Sánchez S. A., debe:

a. Cumplir con el lineamiento regulatorio publicado en La Gaceta Nº 195, del 7 de octubre de 1998, así como instalar el buzón de quejas en las paradas terminales de la ruta.

b. Mantener actualizado el expediente RA 318 (Requisitos de Admisibilidad) en cuanto a vencimientos de la Revisión Técnica de cada unidad y toda la demás documentación requerida.

c. Para efectos de futuras peticiones tarifarias que se gestionen ante el Ente Regulador, debe presentar el detalle estadístico respectivo que sustente la demanda y carreras, separada para cada una de los ramales establecidos.3º—Al Consejo de Transporte Público del MOPT: que al cumplir

el primer año de operación autorizada de la ruta 589, se efectúe un estudio técnico integral, que permita determinar demanda real, horarios y flota.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación. El de revocatoria podrá interponerse ante la Reguladora General, a quien corresponde resolverlo; el de apelación podrá interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlo.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.

Publíquese y notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 41234).—C-147180.—(13277).

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La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007 Pág 45

Resolución RRG-6292-2007.—San José, a las nueve horas del trece de febrero del dos mil siete.

Solicitud de ajuste extraordinario, del precio del combustible IFO-380 presentado por la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. (RECOPE). Expediente Nº ET-17-2007.

Resultando:I.—Que por oficio GAF-230-2007, recibido en la Autoridad

Reguladora el 2 de febrero del 2007 (folio 01-02), la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. (RECOPE o Refinería), representada por el Lic. Carlos Quesada Kikut en su carácter de Gerente de Administración y Finanzas y apoderado general sin límite de suma de RECOPE, según certificación que consta en los archivos de la Autoridad Reguladora; solicitó una modificación del precio de venta máximo del IFO-380, dado la variación del precio FOB máximo de referencia resultó igual o superior a los $3/TM al promedio simple de los últimos cinco días del puerto San Cristóbal, condición que se cumplió el pasado 31 de enero del 2007.

II.—Que de conformidad con lo establecido en los artículos 30 y 36 de la Ley Nº 7593, las fijaciones extraordinarias de precios y tarifas no requieren del trámite de audiencia pública.

III.—Que el plazo con que cuenta la Autoridad Reguladora para resolver la petición que aquí se resuelve, está señalado en el artículo 43 del Decreto Ejecutivo Nº 29 732-MP, del 16 de agosto del 2001, que es el Reglamento a la Ley Nº 7593.

IV.—Que la solicitud de RECOPE fue analizada por la Dirección de Servicios de Energía de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, produciéndose el oficio Nº 177-DEN-2007/3507/2007 del 12 de febrero del 2007, que corre agregado al expediente.

V.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.

Considerando:I.—Que del oficio 177-DEN-2007/3507/2007 del 12 de febrero del

2007 del presente año que sirve de sustento a esta resolución, conviene extraer lo siguiente:

1. Que se procedió a revisar la solicitud de RECOPE, y se determinó lo siguiente: los parámetros para el cálculo de los precios de venta del combustible IFO-380 utilizados por RECOPE son los establecidos en la resolución RRG-5572-2005 del 6 de abril del 2005, publicados en La Gaceta N° 91 del 12 de mayo del 2006.

2. Que los precios máximo y mínimo vigentes que presenta RECOPE en su solicitud son los aprobados por la Autoridad Reguladora en la resolución RRG-6267-2007 del 22 de enero del 2007 publicada en La Gaceta N° 22 del 31 de enero del 2007.

PARÁMETROS Y PRECIOS VIGENTESEN $/TM

Precio FOB Precio FOB mínimo IFO-380 máximo IFO-380

CO IFO-380 10,156 10,156I IFO-380 2,6302 2,6302SD IFO-380 0,9040 0,9040CTCA IFO-380 0,233 0,233Subtotal 13,923 13,923PFOB IFO-380 69,722 314,85Precio Pifo vigente 83,645 328,77$/TM Dólares por tonelada métrica.CO= (1) Costos operativos reconocidos por la ARESEP para

el producto IFO-380 en el último Estudio Ordinario de Precios para productos que se expenden a nivel nacional, es un parámetro de $/TM.

I= (2) Inversiones reconocidas por la ARESEP en el último estudio ordinario de precios para productos que se expenden a nivel nacional. Es un parámetro en $/TM.

SD= (3) Servicio de deuda reconocidos por la ARESEP para el producto IFO-380 en el último estudio ordinario de precios para productos que se expenden a nivel nacional. Es un parámetro en $/TM.

CTCA= (4) Cargas Tributarias y Costos Ajenos reconocidos por la ARESEP para el producto IFO-380 en el último estudio ordinario de precios para productos que se expenden a nivel nacional. Es un parámetro en $/TM.

PFOBmax (5) Precio de venta máximo aprobado para el combustible marino IFO-380 en $/TM.

PFOB min (5) Precio de venta mínimo vigente para el combustible marino IFO-380 en $/TM.

PIFOmax (6) Precio de venta máximo para el combustible marino IFO-380 en $/TM.

PIFO min (6) Precio de venta mínimo para el combustible marino IFO-380 en $/TM.

3. RECOPE realiza su solicitud basado en lo siguiente: El procedimiento de ajuste extraordinario indica que cuando el promedio simple de los últimos cinco días del puerto San Cristóbal sea igual o superior en $3,00/TM al precio FOB máximo vigente, se procederá a la modificación del precio de venta máximo para el combustible IFO-380. Dicho ajuste fue normado de la siguiente manera:

PFOB max 1= PFOB max 0+ (A-PFOB max 0)Donde:PFOB max 1 = Precio FOB máximo propuesto.PFOB max 0 = Precio FOB máximo vigente.PFBO min 1 = Precio FOB mínimo propuesto.PFOB min 0 = Precio FOB mínimo vigente.A = Precio promedio simple de los últimos 5 días de los mercados

usados como referencia.4. Los precios promedio del IFO-380 reportados para el puerto de

San Cristóbal, corresponden a las fechas del 25 al 31 de enero del 2007, de las cuales se obtiene un promedio simple de $254,70/TM, que comparado con los precio FOB promedio anterior a las fechas del 13 al 19 de diciembre del 2006 se produce una disminución de $60,15/TM, una variación relativa de un 19,10% lo cual se muestra seguidamente:

Comparativo precio promedio del IFO-380en el Puerto San Cristóbal

en $/TM Precio promedio anterior Precio promedio actual

13 de diciembre 2006 313,75 25 de enero 2007 249,5014 de diciembre 2006 314,00 26 de enero 2007 249,5015 de diciembre 2006 315,50 29 de enero 2007 253,0018 de diciembre 2006 318,00 30 de enero 2007 256,0019 de diciembre 2006 313,00 31 de enero 2007 265,50Promedio simple 314,85 Promedio simple 254,70Variación absoluta 31/01/2007 -60,15Variación relativa 31/01/2007 -19,10%Fuente: Precios publicados Fuente: Preciospor Platts publicados por Platts

Al aplicar la normativa se tiene que: PFOB max1 = PFOB max 0 + (A-PFOB max 0) PFOB max 1= $314,85+($254,70-$314,85) PFOB max 1 = $314,85-$60,15 PFOB max 1 = $254,70 El precio FOB máximo definido se aplica para obtener el PIFO max

IFO-380 de la siguiente forma: PIFO max = PFOB max + CO+ Ii+SD+CTCA PIFO max = $254,70+$10,156+$2,6302+0,9040+$0,233 PIFO max = $ 268,625. Que de acuerdo con lo realizado en el estudio ordinario correspondiente

al período 2006, efectuado por la Dirección de Servicios de Energía, se determinó que solo hay que modificar el precio máximo del combustible IFO-380, y mantener el precio mínimo del combustible IFO-380 de la siguiente manera:

CUADRO 3PARÁMETROS Y PRECIOS PROPUESTOS

EN $/TM Precio FOB Precio FOBParámetros mínimo IFO-380 máximo IFO-380

CO (1) 10,156 10,156I (2) 2,6302 2,6302SD (3) 0,9040 0,9040CTCA (4) 0,233 0,233Subtotal 13,923 13,923PFOB IFO (promedio simpleanterior) 69,722 314,850Precio vigente 83,645 328,77Incremento o (rebaja) absoluta 0,00 -60,15Precio propuesto 83,645 268,62Incremento o (rebaja) porcentual 0,00% -18,30%

6. La variación del precio máximo de venta del IFO-380 se muestra a continuación:

Variación en el precio máximo de ventadel combustible IFO-380

Diferencia Diferencia Precio máximo $/TM absoluta $/TM relativaVigente Propuesto328,773 268,623 -60,15 -18,30%

El precio máximo determinado por la Dirección es de $268,623/TM igual a lo presentado por RECOPE, una variación absoluta negativa de $60,15/TM, un -18,30%.

7. El precio mínimo de venta del combustible IFO-380 se mantuvo igual al fijado en la resolución RRG-5960-2006 en la suma de $83,645/TM.II.—Que de conformidad con los resultandos y el considerando que

preceden y, de acuerdo con el mérito de los autos, lo procedente es fijar en $268,623/TM el precio máximo del precio de venta del combustible IFO-380, y el mantener sin variación el precio venta mínimo del IFO-380 en $ 83,645/TM que expende la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A., en sus planteles, como se dispone. Por tanto:

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Pág 46 La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007

Con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 5°, inciso d), 57, incisos c) y g) de la Ley Nº 7593, 41 del Decreto Ejecutivo Nº 29732-MP, Reglamento a la Ley Nº 7593, la Ley Nº 6588 y su reglamento y, la Ley General de la Administración Pública.

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:I.—Fijar en $268,623/TM el precio máximo de venta del combustible

IFO-380, y mantener el precio de venta mínimo de este combustible en $83,645/TM que expende la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A., en sus planteles.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y, el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3°, inciso c) de la Ley Nº 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias; la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A., aplicará los precios el día siguiente a la publicación en La Gaceta, de la presente resolución.

Publíquese y notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 41234).—C-106280.—(13278).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉINSTITUCIÓN BENEMÉRITA

AVISOCon fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 21384-S en su artículo

15, Reglamento para la Administración de los Cementerios de la Junta de Protección Social de San José, publicado en La Gaceta Nº 143 del 28 de julio de 1992, así como oficio AL-1802 de la Lic. Marcia Estrada Zúñiga, de la Asesoría Legal, con fecha 14 de diciembre del 2006 y la Declaración Jurada rendida ante el Notario Público Lic. Álvaro Luque Fernández, la Gerencia General representada por el Msc. Luis Polinaris Vargas, cédula Nº 1-413-994, mayor, casado, vecino de Tibás, autoriza acogiendo el criterio Legal, el traspaso del derecho de arriendo del Cementerio General, mausoleo 15, cuadro Soledad, lado sur, línea quinta, inscrito al tomo 4, folio 465, a las señoras Carmen Palavicini Mora, cédula Nº 1-0419-1490 y Amalia Palavicini Mora, cédula Nº 1-0245-0864. Si en el plazo de quince días a partir de la publicación del aviso, no existiere oposición, se autoriza a la Administración de Cementerios, para que comunique a las interesadas lo resuelto.

San José, 3 de enero del 2007.—Manuel Roldán Porras, Administrador de Cementerios.—1 vez.—Nº 4441.—(12904).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE CARTAGOHERMANDAD DE LA CARIDAD DE CARTAGO

AVISOSAnte esta Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad

de la Caridad de Cartago, de conformidad con las disposiciones que emanan de los Decretos Ejecutivos Nº 32833-S de fecha 3 de agosto de 2005 “Reglamento General de Cementerios” y Nº 704 del 7 de setiembre de 1949, se han presentado: Julieta, cédula 3-196-781, Ana Cecilia, cédula 3-203-900, María Elena, cédula 3-168-187, Sandra Patricia, cédula 3-313-805 y Leonel cédula 3-286-801, todos de apellidos Aguilar García, quienes manifiestan bajo juramento de ley y exonerando a la Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de responsabilidades ante terceros de iguales o mejores derechos que son los únicos herederos legítimos y universales de quienes en vida se llamaron, José Aguilar Chavarría y Elena García Delgado, bajo cuyo nombre se encuentra inscrito el derecho de arrendamiento de la Fosa N° 4930 de cuatro nichos de la Sección Tomás de Acosta, del Cementerio General de Cartago y que en virtud de lo anterior solicitan se inscriba la citada fosa por parte iguales a nombre de Julieta Aguilar García y Ana Cecilia Aguilar García. Se mantiene invariable el plazo del contrato original. Lo anterior se hace del conocimiento de todos aquellos terceros de iguales o mejores derechos, para que puedan presentar las oposiciones de ley en el término de quince días naturales a partir de la publicación del presente edicto.

Cartago, 11 de diciembre del 2006.—José Rafael Soto Sanabria, Gerente.—1 vez.—Nº 3808.—(12045).

Ante esta Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de conformidad con las disposiciones que emanan del Decreto Ejecutivo Nº 32.833-S de fecha 3 de agosto de 2005 “Reglamento General de Cementerios”, se han presentado: Pablo Andrés Monge Campos, cédula 1-955-342, Jacqueline Monge Monge, cédula 9-017-795 y Ernesto Fratti Monge, cédula 1-694-072, quienes manifiestan bajo juramento de ley y exonerando a la Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de responsabilidades ante terceros de iguales o mejores derechos, que son herederos legítimos de quien en vida se llamó, Alfredo Monge Vega, bajo cuyo nombre, se encuentra inscrito el derecho de arrendamiento de la Fosa Nº 927 de cuatro nichos de la Sección El Carmen, del Cementerio General de Cartago y que en virtud de lo anterior solicitan se inscriba la citada fosa por partes iguales y a nombre de cada uno de

los comparecientes. Se mantiene invariable el plazo del contrato original. Lo anterior se hace del conocimiento de todos aquellos terceros de iguales o mejores derechos, para que puedan presentar las oposiciones de ley en el término de quince días naturales a partir de la publicación del presente edicto.

Cartago, 29 de enero del 2007.—José Rafael Soto Sanabria, Gerente.—1 vez.—Nº 3904.—(12046).

RÉGIMEN MUNICIPALMUNICIPALIDAD DE CARTAGO

La Municipalidad de Cartago avisa, que en el artículo 2 del Acta 59-07, de sesión extraordinaria celebrada por el Concejo Municipal del cantón Central de Cartago, a las diecisiete horas del cinco de febrero del dos mil siete, se recibió el juramento constitucional a los ciudadanos: Rolando Alberto Rodríguez Brenes, cédula de identidad Nº 3-0309-0740, como Alcalde Propietario, Paulina María Ramírez Portuguez, cédula de identidad Nº 3-0288-0372, como Alcaldesa Suplente y Francisco Antonio Martínez Villavicencio, cédula de identidad Nº 3-0232-0048, como Alcalde Suplente, todos de la Municipalidad del Cantón Central de Cartago, fecha en la cual tomaron posesión de sus cargos, para el período legal que se inicia el 5 de febrero del 2007 y que concluirá el 6 de febrero del 2011, de conformidad con la resolución Nº 3953-E-2006, de las once horas con treinta minutos del veintidós de diciembre del dos mil seis, declaratoria de elección de alcaldes de los cantones de la provincia de Cartago, emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones.

Cartago, 6 de febrero del 2007.—Bernardo Portuguez Calderón, Secretario Concejo Municipal.—1 vez.—Nº 3825.—(12041).

AVISOSCONVOCATORIAS

IT SERVICIOS DE INFOCOMUNICACIÓNSOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a todos los socios de la sociedad IT Servicios de Infocomunicación S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos dieciséis mil cuatrocientos treinta y dos, a una asamblea general ordinaria y extraordinaria a celebrarse en su domicilio social, sita en San José, Paseo Colón, Edificio Torre Mercedes, piso número cinco, a las ocho horas del día veintidós de marzo del dos mil siete, en primera convocatoria. De no comparecer el quórum de ley, la asamblea se realizará en segunda convocatoria en el mismo lugar una hora después con el capital social que se encuentre presente y acreditado en ese momento. Con el fin de revisar los estados financieros de la empresa y tratar aspectos relativos a la propiedad del capital accionario, así como la eventual firma de contratos con otras entidades.—San José, 13 de febrero del 2007.—Vladimir Vargas Esquivel, Presidente de Junta Directiva.—1 vez.—(13188).

EMPRESA AGRÍCOLA LA CIMA SOCIEDAD ANÓNIMAA solicitud de los accionistas que representan más del veintiséis por

ciento del capital social, se convoca a todos los socios de Empresa Agrícola La Cima Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero diez mil setecientos veintiséis, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria a celebrarse en su domicilio legal en las oficinas de Don Ricardo Rojas Díaz, sitas en esta ciudad, en la intersección de la avenida primera con la calle tercera, en el segundo piso del Edificio Manuel E. Vázquez, a las catorce horas del veinte de marzo del dos mil siete. En caso de no haber quórum a la hora indicada, la asamblea se reunirá en segunda convocatoria a las quince horas del mismo día, y los acuerdos se tomarán por más de la mitad de los votos presentes.

De carácter ordinario se conocerán los siguientes asuntos:1. Discutir y aprobar o improbar el informe sobre los resultados del

ejercicio anual que presenten el presidente, el secretario y la tesorera, por no haberse cumplido con la entrega de los estados financieros en la anterior asamblea de socios celebrada a las catorce horas del cuatro de diciembre del año próximo pasado.

Asimismo, aprobar o improbar los estados financieros de los períodos 2003-2004 y 2004-2005 que no han sido presentados a la asamblea de socios ni han estado disponibles para su revisión y aprobación.

2. Acordar en su caso, la distribución de utilidades.3. Exigirle en su caso, las responsabilidades correspondientes al

secretario de la sociedad, señor Ricardo Rojas Díaz, por su negativa a exhibir en la última asamblea de socios el Libro de Registro de Accionistas y el Libro de Actas de Asambleas Generales de Socios, en perjuicio de los socios minoritarios.

4. Exigirle en su caso, las responsabilidades correspondientes a la tesorera de la sociedad, señora Maricel Rojas Cruz, por haber omitido la entrega en tiempo de los estados financieros de la sociedad, motivo por el cual no pudieron ser conocidos en la asamblea de socios celebrada a las catorce horas del cuatro de diciembre del año próximo pasado.

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5. Exigirles en su caso, las responsabilidades correspondientes al secretario de la sociedad, señor Ricardo Rojas Díaz, y a la tesorera de la misma, señora Maricel Rojas Cruz, por no haber asistido a la asamblea de socios celebrada a las catorce horas del cuatro de diciembre del año próximo pasado, faltando a sus obligaciones de rendición de cuentas.

6. Autorización para la publicación de los acuerdos que se tomen en la asamblea de socios en un medio de circulación nacional, para beneficio e información de los accionistas minoritarios que por razones de ancianidad, incapacidad o salud, no puedan asistir a ella.De carácter extraordinario se conocerán los siguientes asuntos:

1. Aprobar o improbar la oferta de compra de los inmuebles propiedad de la sociedad y sus subsidiarias.

2. Aprobar o improbar la urbanización de los inmuebles de la sociedad y sus subsidiarias, con el objeto de evitar que sus actividades continúen paralizadas, en perjuicio de todos los accionistas.

3. Reporte del presidente de la sociedad sobre la información brindada por los tres abogados que están defendiendo a la sociedad y sus subsidiarias en las tres demandas ordinarias establecidas en su contra, relativa al avance de las mismas, el tiempo estimado para que concluyan, posibilidades de éxito y eventual costo de ellas.

4. Autorización al presidente de la sociedad, para tratar de lograr una conciliación en las tres demandas ordinarias planteadas contra la sociedad y sus subsidiarias, en las mejores condiciones posibles.

5. Autorizar al presidente de la sociedad, para segregar y vender un lote de terreno de ésta o sus subsidiarias, con el objeto de pagarle los honorarios profesionales a los abogados encargados del trámite de las demandas ordinarias planteadas contra la misma.

6. En caso de que hubiera problema para vender el terreno relacionado, autorizar al presidente de la sociedad, para segregar y dar en pago a favor de los abogados encargados de la defensa de la sociedad y sus subsidiarias en las demandas ordinarias planteadas en su contra, tres lotes de terreno equivalentes al monto de sus honorarios profesionales.

7. Cualquier otro asunto que por simple mayoría de votos, acuerde conocer la asamblea.San José, quince de febrero del dos mil siete.—Arturo Guardia

Vázquez, Presidente de la Junta Directiva.—1 vez.—(13201).

ZULLYMAR S. A.Zullymar S. A., convoca de acuerdo a lo establecido en la cláusula

sétima del pacto social a asamblea general extraordinaria de accionistas, que se realizará en las oficinas del Bufete Echeverría, situado en San Pedro de Montes de Oca, en Barrio Dent, de la Librería Internacional cincuenta metros al oeste y setenta y cinco metros al norte, a las quince horas del ocho de marzo del presente año, para que según lo ordenado en el artículo ciento cincuenta y seis del Código de Comercio, se conozca la siguiente agenda:

1. Modifique la cláusula novena del pacto social, y2. Para autorizar al representante legal de la empresa a suscribir un

contrato de administración.San José, 12 de febrero del 2007.—Wálter Martínez Jiménez,

Presidente.—1 vez.—Nº 4798.—(13557).

AVISOSPUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

FAMILIA ARGUEDAS GONZÁLEZ DE JACÓFAGJ SOCIEDAD ANÓNIMA

Familia Arguedas González de Jacó FAGJ Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-372118, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros siguientes Diario Nº 2, Mayor Nº 2, Inventarios y Balances Nº 2, Asamblea General Nº 2, Junta Directiva Nº 2, Registro de Socios Nº 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente. Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Nº 3838.—(12042).

SOCIEDAD COMERCIAL Y GANADERAEL RECREO SOCIEDAD ANÓNIMA

Sociedad Comercial y Ganadera el Recreo Sociedad Anónima, cédula 3-101-083936. Solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes Diario Nº 3, Mayor Nº 3, Inventarios y Balances Nº 3, Asamblea General Nº 3, Junta Directiva Nº 2, Registro de Socios Nº 3. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Nº 3839.—(12043).

CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.El Centro Vacacional Bancosta S. A., hace constar que revisado

nuestro libro de accionistas, aparecen como los señores Alfaro Fernández Luis Francisco, portador de la cédula Nº 6-100-1298 con la acción 255, y Luis Diego Quesada Sáenz Nº 1-269-232 con las acciones 086-996-909-920

quienes solicitan se les repongan dichas acciones ya que se reportan como extraviadas.—San José, 12 de febrero del 2007.—Leonel Vargas Leitón, Presidente.—Nº 3905.—(12044).

ASESORÍAS BARROTAZUL SOCIEDAD ANÓNIMAAsesorías Barrotazul Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-

ciento uno-doscientos ochenta y siete mil seiscientos ochenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación la renovación de los seis libros correspondientes a tres de Actas, uno de Mayor, uno de Inventarios y Balances y uno de Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de su última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Herbert Gerardo Barrot Alvarado, Presidente.—(12189).

Por robo de certificado Nº 2241320010599 más cupón Nº 2241320010599-1 a nombre de Rohrmoser Volio Óscar Carlos y Rohrmoser Saravia Ana Virginia por un monto de $22.000,00 a 180 días con una tasa de interés de 4.3478% y vence el 19 de febrero del 2007.—Óscar Carlos Rohrmoser Volio y Ana Virginia Rohrmoser Saravia, Solicitantes.—(12223).

Yo, Javier Enrique Mora Rodríguez, cedula Nº 1707002, solicito ante la Dirección General de Tributación de Alajuela, la reposición de los libros Diario, Mayor, Inventarios y Balances, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente de la administración tributaria de Alajuela, en término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Javier Enrique Mora Rodríguez, Solicitante.—(12224).

SERVICENTRO QUESADA MAROTO DE TACARES S.R.L.Servicentro Quesada Maroto de Tacares S.R.L. cédula jurídica Nº

3-102-058825-08, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguiente libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Registro de Socios, Actas de Asambleas de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante al Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—(12230).

UNIVERSIDAD SANTA LUCÍALa Universidad Santa Lucía, comunica el proceso de reposición del

Título de Enfermera, con grado académico de Licenciatura, que le expidió esta Universidad el día trece de diciembre del dos mil cinco a la señora Rebeca María Fallas Esquivel, portadora de la cédula de identidad número tres-trescientos ochenta y dos-seiscientos treinta, el cual se encuentra inscrito en el Registro de Títulos de la Universidad Santa Lucía, bajo el tomo 1, folio 235, número 4729. Lo anterior por habérsele extraviado el mismo a la señora Fallas Esquivel. Se comunica a todo aquel que desee manifestar su oposición a esta gestión, deberá de presentarla por escrito en el plazo máximo de treinta días naturales siguientes a la última publicación de este edicto, ante la Oficina de Registro de la Universidad Santa Lucía, ubicada setenta y cinco metros al este del Edificio Ovni.—M.Sc. Ligia María Meneses Sanabria, Rectora.—(12241).

CENTRO EDUCATIVO BOSQUE VERDE S. C. S. A.Centro Educativo Bosque Verde S. C. S. A., cédula jurídica tres-

uno cero uno-uno nueve cinco cero uno cinco, avisa la reposición de los siguientes libros legales de un juego cada uno: Mayor, Balance e Inventarios, Diario, Actas de Junta Directiva y Registro de Accionistas. Se escuchan oposiciones en la Administración Tributaria de la localidad de Ciudad Quesada.—Manuel Emilio Hidalgo Orozco, Representante Legal.—(12249).

VICTOPASE DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMAVictopase del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-

065108, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva, Registro de Accionistas, Mayor, Diario, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Victoria Eug. Pacheco S.—Nº 4010.—(12605).

GARIN SOCIEDAD ANÓNIMAGarin Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-

ciento uno-ciento veintisiete mil novecientos diecisiete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro siguiente: Registro de Accionistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Randall García Golcher, Presidente.—Nº 4013.—(12606).

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CENFOTEC IT LEARNING CENTER SOCIEDAD ANÓNIMAEl suscrito, Roy Armando Vargas Alfaro, en mi calidad de presidente

con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad de esta plaza Cenfotec It Learning Center S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-428001, solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Registro de Accionistas, por haberse extraviado irremediablemente. Quien se considere afectado dirigir la o las oposiciones a la Unidad de Legalización de Libros de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días contados a partir de la última publicación.—San José, 18 de enero del 2007.—Roy Armando Vargas Alfaro, Presidente.—Nº 4260.—(12607).

RIVETH S.R.L.A todos los acreedores e interesados en la compraventa del

establecimiento comercial denominado Farmacia Andrea propiedad de Riveth S.R.L., se les informa que dicho establecimiento ha sido vendido a Nimbos del Persia S. A., y el precio depositado en la Notaría de la licenciada Alejandra Grandoso Lemoine ubicada en la ciudad de San Pedro de Montes de Oca, Los Yoses, costado sur de la Iglesia de Fátima, edificio Carisa, oficina 2A. Lo anterior a fin de que en caso de tener cualquier reclamo u oposición se presenten a dicha Notaría en el término de quince días a partir de la primera publicación de este edicto a hacer valer sus derechos. Se advierte que una vez transcurridos los quince días de ley el precio será entregado a la persona transmitente.—Lic. Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—Nº 4104.—(12608).

FINANCIERA DESYFINYo, Rodrigo Alberto Barahona Herrera, cédula Nº 1-294-301, mayor,

casado, economista, vecino de San José, Santa Ana, residencial Valle del Sol, casa Nº 334, cédula de identidad Nº 1-294-301, hago de conocimiento al público en general que el siguiente certificado y su correspondiente cupón, fue extraviado: certificado Nº 8815, por un monto de $10.300,00 y cupón Nº 8815-1 por $309,00, ambos con fecha de emisión 24-11-2006, vencimiento 24-05-2007, plazo 180 días. Hago las publicaciones de ley para su respectiva reposición, la cual fue ya solicitada al emisor Financiera Desyfin S. A.—Rodrigo Alberto Barahona Herrera.—(12732).

INSERYM AIRE GUANACASTE SOCIEDAD ANÓNIMAInserym Aire Guanacaste Sociedad Anónima, cédula jurídica número

tres- ciento uno- trescientos cuarenta y cuatro mil doscientos trece, cuyo apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Luis Eduardo Rodríguez Perdomo, portador del pasaporte de su país de origen: Colombia, número uno seis dos seis cuatro ocho uno ocho, solicitamos ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario (uno), Mayor (uno), Inventario y Balances (uno), Actas de Junta Directiva (uno), Actas de Asambleas Generales (uno), Registro de accionista (uno). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Luis Eduardo Rodríguez Perdomo, Representante Legal.—(12774).

MOTORES LIMAR SOCIEDAD ANÓNIMAYo, Marlene Espinoza Vargas, mayor, con cédula de identidad

número dos-trescientos cincuenta y siete-seiscientos cuarenta y uno, en mi condición de tesorera con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de Motores Limar Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela, ciento cincuenta metros al norte del Hotel Aeropuerto, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y tres mil sesenta y cuatro, solicito ante la Dirección General de Tributación de Alajuela, la reposición de los libros Actas Asamblea de Socios, y Actas de Registro de Socios, todos número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Marlene Espinoza Vargas, Tesorera.—Nº 4431.—(12902).

I.P.P PUENTE DE PIEDRA INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMAYo, Robert Magnus Stevenson, antes con pasaporte de Estados

Unidos número cero siete cinco cinco cero cero cuatro siete uno, y ahora con pasaporte nuevo número tres cero ocho ocho cero ocho uno nueve nueve, en mi condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de I.P.P Puente de Piedra Investments Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y ocho mil ciento cincuenta y uno, domiciliada en Alajuela, solicito ante la Dirección General de Tributación de Alajuela, la reposición del libro de Actas Asamblea de Socios número uno. Quien le considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Robert Stevenson, Presidente.—Nº 4432.—(12903).

GONZÁLEZ RODRÍGUEZ E HIJOS S. R. L.González Rodríguez e Hijos S. R. L. 3-102-121950-10, solicita ante

la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros de actas: Asamblea General, Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al

Contribuyente de la Administración Tributaria de San José en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Publíquese.—Lic. Giovanni Cavallini Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 4516.—(13151).

LLAVE DE LA VIDA S. A.Llave de la Vida S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento

uno-doscientos catorce mil ochocientos cuarenta, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro de Actas de Asamblea General Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Firma ilegible.—Nº 4630.—(13152).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura pública número doscientos cincuenta y tres de las diez horas treinta minutos del treinta de enero del año dos mil siete, otorgada ante los notarios públicos Allan Garro Navarro y Felipe Beeche Pozuelo, actuando en el protocolo del primero, la sociedad Caballero de Fuero Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos cincuenta y siete mil setecientos sesenta y siete, ha procedido a realizar la compraventa del establecimiento comercial denominado Hotel Entre Dos Aguas, sita en Sámara, Nicoya, Guanacaste, trescientos metros este de la playa, sobre la avenida principal de entrada, a la sociedad denominada Oliver Noventa y Nueve Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-doscientos cincuenta y siete mil seiscientos cincuenta y siete. Se cita a los acreedores e interesados para que se presenten dentro del término de quince días a partir de la primera publicación a hacer valer sus derechos.—San José, 14 de febrero del 2007.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—Nos. 4650 y 4651.—(13153).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las quince horas del cinco de febrero de dos mil siete, procedí a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Investment and Bussines Ortega S. A., en la que se reformó la cláusula sétima de los estatutos y se nombró secretario.—San José, cinco de febrero de dos mil siete.—Lic. Martín Hernández Treviño, Notario.—1 vez.—Nº 4176.—(12413).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 13:00 horas del 10 de febrero del 2007, se constituye Soluciones Floruma Limitada. Con un capital social de diez mil colones.—Lic. Olga Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 4177.—(12414).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 8:00 horas del día 9 de febrero del año 2007, se constituyó la sociedad Alquileres Encinales S. A. Capital social doce mil colones. Presidente. Leonardo Cordero Zúñiga. Domicilio: San José, Desamparados.—San José, 12 de febrero del año 2007.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 4178.—(12415).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 8:00 horas del día 9 de febrero del año 2007, se constituyó la sociedad Rancho Bilallo S. A. Capital social: ciento veinte mil colones. Presidente: Ronald Rodríguez Villalobos. Domicilio: San José.—San José, 12 de febrero del año 2007.—Lic. Arturo Fournier Facio, Notario.—1 vez.—Nº 4179.—(12416).

Roberto Ficini y Paolo Quaglia, constituyen la sociedad anónima Inferno y Paraíso Pacífico Central Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Jacó, a las 17:00 horas del 9 de febrero del dos mil siete, ante la licenciada Mónica Lleras Barrantes.—San José, a las 8:00 horas del 12 de febrero del 2007.—Lic. Mónica Lleras Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 4180.—(12417).

Por escritura número cincuenta y cinco-cero uno, otorgada en mi notaría, en la ciudad de Guanacaste, a las nueve horas del diez de febrero del año dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Chiara Luna Sociedad Anónima. Domicilio: Nicoya Guanacaste. Plazo social: 99 años. Capital: ¢10.000.00 (diez mil colones) suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, al presidente y secretario. Es todo.—Guanacaste, diez de febrero del 2007.—Lic. Manuel Hernández Pandolfi, Notario.—1 vez.—Nº 4181.—(12418).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la empresa Construction Innovations Sociedad Anónima. Capital social totalmente suscrito y pagado; acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio en San José, Desamparados. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, ocho de febrero del año dos mil siete.—Lic. Clay Neil Bodden, Notario.—1 vez.—Nº 4183.—(12419).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las nueve horas, quince minutos del doce de febrero de dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Traza Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-

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cero cero treinta y cuatro mil cuatrocientos cinco, en la cual se modificaron la cláusula dos de los estatutos, relativa al domicilio social de la compañía y la cláusula siete relativa a la representación, y se nombraron nuevos presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, doce de febrero de dos mil siete.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 4184.—(12420).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las nueve horas del doce de febrero del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Tarbatú Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento un mil setecientos noventa y siete, en la cual se modificaron la cláusula dos de los estatutos, relativa al domicilio social de la compañía y la cláusula siete relativa a la representación y se nombraron nuevos presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, doce de febrero de dos mil siete.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 4185.—(12421).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del doce de febrero de dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Servicios Veblin Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos seis seis cinco tres cuatro, en la cual se modificaron la cláusula segunda de los estatutos, relativa al domicilio social de la compañía y la cláusula sétima relativa a la representación y se nombraron nuevos presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, doce de febrero de dos mil siete.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 4186.—(12422).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las ocho horas, treinta minutos del doce de febrero del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Lomalot Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero ochenta y dos mil doscientos uno, en la cual se modificaron la cláusula segunda de los estatutos, relativa al domicilio social de la compañía y la cláusula sétima relativa a la representación, y se nombraron nuevos presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, doce de febrero del dos mil siete.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 4187.—(12423).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las ocho horas, quince minutos del doce de febrero del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Korraset Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero treinta y tres mil quinientos veintiocho, en la cual se modificaron la cláusula dos de los estatutos, relativa al domicilio social de la compañía y la cláusula siete relativa a la representación y se nombraron nuevos presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, doce de febrero del dos mil siete.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 4188.—(12424).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las ocho horas del doce de febrero del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Hansow Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero ochenta y dos mil cuatrocientos treinta y dos, en la cual se modificaron la cláusula segunda de los estatutos, relativa al domicilio social de la compañía y la cláusula sétima relativa a la representación y se nombraron nuevos presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, doce de febrero del dos mil siete.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 4189.—(12425).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las siete horas, treinta minutos del doce de febrero de dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Escritorio Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero treinta y ocho mil quinientos cuarenta y cinco, en la cual se modificaron la cláusula primera de los estatutos, relativa al domicilio social de la compañía y la cláusula quinta relativa a la representación, y se nombraron nuevos presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, doce de febrero de dos mil siete.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 4190.—(12426).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las siete horas del doce de febrero de dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Corporación Abaco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero treinta y ocho mil ciento trece, en la cual se modificaron la cláusula segunda de los estatutos, relativa al domicilio social de la compañía y la cláusula sétima relativa a la representación, y se nombraron nuevos presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, doce de febrero de dos mil siete.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 4191.—(12427).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas de hoy, ante mí, se constituyó la sociedad On My Way to Paradise S. A. Domicilio: Puerto Viejo, Limón. Capital: doce mil colones. Plazo: 99 años a partir de su constitución. Presidente, secretaria y tesorera con facultades de apoderados generales sin límite de suma, actuando separadamente; y de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente.—Hone Creek, Puerto Viejo, Limón, 10 de febrero de 2007.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—Nº 4192.—(12428).

Mediante escritura número doscientos ochenta y ocho, otorgada ante esta notaría, en ciudad de Cartago, al ser las ocho horas del quince de enero del año dos mil siete, escritura visible al folio ciento treinta y cuatro vuelto del tomo segundo del protocolo del suscrito notario, se ha constituido la sociedad denominada Inversiones Rodyriv Sociedad Anónima. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—Cartago, primero de febrero del año dos mil siete.—Lic. Jorge Andrés Cordero Leandro, Notario.—1 vez.—Nº 4193.—(12429).

Por escritura otorgada ante mí, el día 12 de febrero de 2007, se constituye la sociedad Barboza Landscaping Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Heredia.—Alajuela, 12 de febrero del 2007.—Lic. Sonia Corella Céspedes, Notaria.—1 vez.—Nº 4194.—(12430).

El suscrito Juan Luis León Blanco, abogado y notario hago constar que con fecha 18 de octubre del 2006, se constituyó sociedad anónima Inversiones Asanja de Escazú S. A. Con un plazo social 99 años. Capital social: ¢ 10.000,00. Presidente: José Enrique Ulloa Herrera.—San José, 9 de febrero del 2007.—Lic. Juan Luis León Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 4195.—(12431).

Por escritura otorgada ante el notario público Andrés Martínez Chaves, a las 13:00 horas del 9 de febrero del 2007, Adrián Miguel Royo Salas y Hazel Royo Salas, constituyen Distribuidora Hermanos Roysa Sociedad Anónima. Domiciliada en Curridabat, 50 metros este y 50 sur de la Gasolinera Curri. Se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 12 de febrero del 2007.—Lic. Andrés Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 4198.—(12432).

En mi notaría por escritura de las diecisiete horas del día nueve de febrero del año dos mil siete, se modifica la cláusula G del pacto social de la sociedad Transpollantas Heredianas Sociedad Anónima.—Heredia, nueve de febrero de dos mil siete.—Lic. Rafael Ángel Barahona Melgar, Notario.—1 vez.—Nº 4199.—(12433).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del día diez de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada SCA Music de Costa Rica S. A. La presidenta tiene la representación de la sociedad. Capital social diez mil colones.—San José, 13 de febrero del 2007.—Lic. Ana Lorena Gamboa Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 4200.—(12434).

La suscrita notaria pública Xinia Patricia Aguilar Picado, doy fe que el día diez de febrero del dos mil siete, que se constituyó la sociedad anónima denominada JQ Katargeo Consultores Interdisciplinarios Sociedad Anónima ante mi notaría, escritura pública doscientos setenta y cinco, visible al folio ciento veintidós frente del tomo octavo, siendo apoderados generalísimos sin límite de suma presidente y secretario: en su orden Johnny Quesada Mayorga, cédula seis-doscientos veinte-ciento cuarenta y uno, Roy Quesada Mayorga, cédula seis-doscientos treinta y tres-doscientos cuarenta y uno. Capital: suscrito pagado. Es todo.—Firmo en Heredia, el trece de enero del dos mil siete.—Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—Nº 4201.—(12435).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las diecisiete horas, cincuenta minutos del doce de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima sin denominación social. Capital social: diez mil colones, representado por dos acciones de cinco mil colones cada una. Presidente y secretario con facultades plenas. Domiciliada en Heredia centro.—Lic. Carlos Eduardo Brilla Ferrer, Notario.—1 vez.—Nº 4202.—(12436).

Ante mi notaría, se constituyó Grupo Akata y Rodia Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Representación legal a cargo del presidente y el secretario. Domicilio: Tres Ríos.—13_de febrero del 2006.—Lic. Jacqueline Salas Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 4207.—(12437).

Ante mí, Heriberto Berrocal Cambronero, notario público de San José, se constituyó por los señores Dayan Stephani Calvo Blanco y Sally Andrea González Flores, la sociedad Goza Sallan S. A. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. Objeto: El comercio, industria, agricultura, exportación y la prestación de servicios. Domicilio: Bosques de Santa Ana, casa C-siete. Presidenta: Sally Andrea González Flores.—San José, diez de febrero del dos mil siete.—Lic. Heriberto Berrocal Cambronero, Notario.—1 vez.—Nº 4208.—(12438).

Ante mí, Heriberto Berrocal Cambronero, notario público de San José, se constituyó por los señores Dayan Stephani Calvo Blanco y Sally Andrea González Flores, la sociedad Viñedo Dacal S. A. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. Objeto: El comercio, industria, agricultura, exportación y la prestación de servicios. Domicilio: Bosques de Santa Ana, casa C-siete. Presidenta: Dayan Stephani Calvo Blanco.—San José, diez de febrero del dos mil siete.—Lic. Heriberto Berrocal Cambronero, Notario.—1 vez.—Nº 4209.—(12439).

Ante el notario Francisco Javier Stewart Satchuell, se constituyó mediante escritura número doscientos setenta y tres, visible al folio ciento setenta y tres del tomo siete del protocolo del suscrito notario, la sociedad

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denominada Luna del Sol Prducciones S. A. Cuyo representante judicial y extrajudicial es el señor Rony Sibaja Alvarado. Con un capital de diez mil colones.—San José, trece de febrero del dos mil siete.—Lic. Francisco Javier Stewart Satchuell, Notario.—1 vez.—Nº 4211.—(12440).

Mediante escritura pública número doscientos veinte, otorgada a las siete horas del día martes trece de febrero del año dos mil siete, se protocolizó el acta número siete de la sociedad de esta plaza denominada Granja Porcina San Martín Sociedad Anónima, en donde se reforma parcialmente la cláusula primera del pacto constitutivo y se nombra nuevo presidente de la junta directiva. Manrique José Madrigal Jiménez: Presidente.—Lic. Nancy Sandí Sanabria, Notaria.—1 vez.—Nº 4213.—(12441).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las 9:00 horas, se constituyó Chevitracker del Metro Limitada. Plazo: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 1º de febrero del 2007.—Lic. Eduardo Echeverría Calzada, Notario.—1 vez.—Nº 4214.—(12442).

Ante mí, William Cordero Navarro, notario público con oficina en Cartago, por escritura pública, se constituyó la sociedad denominada Repuestos Chino de Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada, el día nueve de febrero del dos mil siete. Con un capital social de diez mil colones. Que la sociedad será administrada por un gerente y un subgerente, quienes tienen la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Cartago, 9 de febrero del año 2007.—Lic. William Cordero Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 4215.—(12443).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 12 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad Importaciones Barrot y Reyes Sociedad Anónima. Presidente: Wilber Barquero Bolaños. Capital social: veinte mil colones.—Lic. Luis Alberto Vargas Solís, Notario.—1 vez.—Nº 4216.—(12444).

Que por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima Grupo Occidental Sociedad Anónima. Cuyo presidente es Federico Umaña Carrera. Escritura número ochenta y cinco de las nueve horas y treinta minutos del doce de febrero del dos mil siete.—San José, doce de febrero del dos mil siete.—Lic. Andrea Karolina Rojas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 4222.—(12445).

Por escritura doscientos cincuenta y seis, otorgada ante el suscrito notario, a las once horas del día doce de febrero del dos mil siete, los señores Cecilia Barth Vargas y Gonzalo Vicente Sotela, constituyen la sociedad Autos Jacó S. A. Con domicilio en Puntarenas. Objetivo: el objetivo principal es la venta de carros usados y el comercio en general. Presidenta: Cecilia Barth Vargas.—San José, doce de febrero del dos mil siete.—Lic. Rodolfo Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 4223.—(12446).

Linta Vista de Herradura S. A., reforma cláusula segunda del pacto constitutivo. Escritura otorgada en San José, a los siete días del mes de febrero del dos mil siete.—Lic. Ana Lorena González Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 4224.—(12447).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las once horas del tres de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Los Paches de Naranjo Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Los Paches de Naranjo S. A.—Naranjo, Alajuela, tres de febrero del dos mil siete.—Lic. Olga Patricia Fernández Sibaja, Notaria.—1 vez.—Nº 4225.—(12448).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del doce de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Hotel Rock River Terranée Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Se nombra presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Cartago, doce de febrero del dos mil siete.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 4230.—(12449).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento treinta y dos, se constituye sociedad anónima denominada Dreams Real Estate And Consultand Sociedad Anónima, cuyo significado en español es Sueños Propiedad Real y Consultores Sociedad Anónima. Domiciliada en la ciudad de Pavas de la provincia de San José, contiguo a Pizza Hut. Presidente: Pool Anchía Zamora.—San José, trece de febrero del dos mil siete.—Lic. Marco Antonio Ramírez Corella, Notario.—1 vez.—Nº 4231.—(12450).

Ante esta notaría mediante escritura número ciento diecinueve, se constituye sociedad anónima denominada Bienes y Aventuras Robert Sociedad Anónima. Domiciliada en la ciudad de Parrita de la provincia de Puntarenas, frente a la Panadería La Mussmanni. Presidente: Robert Lawrene Keating.—San José, trece de diciembre del dos mil seis.—Lic. Marco Antonio Ramírez Corella, Notario.—1 vez.—Nº 4232.—(12451).

Se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Panific- Santiago del Monte S. A., por el notario: Roger Arias Agüero, a las 11:00 horas del 12 de febrero del 2007.—Desamparados, 12 de febrero del 2007.—Lic. Roger Arias Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 4238.—(12452).

La suscrita María del Pilar Mora Navarro, notaria pública de esta ciudad, hago constar que en mi protocolo número trece, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Corporación Baltodano Obregón y Asociados Sociedad Anónima. Cuyo capital social es la suma de diez mil colones, dividido en diez acciones comunes y nominativas, cada una por el valor de mil colones. Plazo social: noventa y nueve años, contados a partir del cinco de febrero del dos mil siete. Presidenta: María Josefa Baltodano Obregón. Escritura número cincuenta y ocho-trece, otorgada en la ciudad de San José, a las nueve horas del cinco de febrero del dos mil siete.—Lic. María del Pilar Mora Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 4239.—(12453).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del día dieciséis de enero del dos mil siete, se modifica la cláusula décima de la constitución de la sociedad Greifensee Sociedad Anónima.—San José, 13 de febrero del 2007.—Lic. Juan de Dios Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 4240.—(12454).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas de día siete de enero del dos mil siete, se constituye MC Internacional Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Duración: noventa y nueve años. Corresponde la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: al presidente y tesorero. Presidente: Pablo Andrés Mora Cascante.—San José, 8 de enero del 2007.—Lic. Roque Rafael Campos Anchía, Notario.—1 vez.—Nº 4241.—(12455).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del día diecisiete de diciembre del dos mil siete, se constituye Inversiones Magenti de Punta Uva Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Duración: noventa y nueve años. Corresponde la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: al presidente, vicepresidente, secretario y tesorero. Presidente: Marc Rene Claude Magenti.—San José, 13 de febrero del 2007.—Lic. Juan de Dios Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 4242.—(12456).

Por escritura otorgada ante esta notaria pública, a las dieciséis horas del doce de febrero del dos mil siete, se nombra nueva junta directiva de la sociedad Inversiones Las Biritekas S. A., como sigue: Artículo primero: renuncian el secretario Leonel Ernesto Vaca Castellón, y se nombra a la socia María del Carmen Rojas Guzmán, la tesorera Ahiza Vega Montero, y se nombra a Viviana Guillén Rojas, fiscal Benedicto Álvarez Elizondo, y se nombra a Ahiza Vega Montero.—San José, 13 de febrero del 2007.—Lic. Lidia Rivera Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 4244.—(12457).

Por escritura otorgada ante esta notaría pública, a las dieciséis horas del cinco de febrero del dos mil siete, se reforma cláusula segunda del domicilio de la sociedad, para que se lea textualmente primero: Reformar la cláusula segunda del acta constitutiva que se refiere al domicilio social de la compañía para que se registre correctamente como domicilio social de la sociedad Carolina Guillén Sucesores Sociedad Anónima, el siguiente: “Puriscal de San José, Mercedes Norte, del Salón Comunal kilómetro y medio al suroeste”.—San José, 12 de febrero del 2007.—Lic. Lidia Rivera Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 4245.—(12458).

Que mediante la escritura número ciento noventa y dos, del protocolo número cuatro de la Lic. Lourdes Salazar Agüero, se constituyó la sociedad denominada Grupo Corporativo Erzo del Norte Sociedad Anónima. Domiciliada en San Antonio de Coronado, San José, la cual se conforma con un capital social de diez mil colones. La representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta Nuria Solís Sáenz, cédula de identidad número uno-ocho ocho dos-cuatro tres tres, confiriéndosele las facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 13 de febrero del 2007.—Lic. Lourdes Salazar Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 4246.—(12459).

Por escritura número treinta y cinco, ante esta notaría, a las 12:30 horas del 12 de octubre del 2006, se constituyó la sociedad de esta plaza C & M Proyect Developments Sociedad Anónima. Objeto: asesoría y construcción de obras civiles. Dos apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 12 de febrero del 2007.—Lic. Olma Cartín Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 4252.—(12460).

En esta notaría, a las 9:00 horas del 24 de enero del 2007, Douglas Gerardo Chavarría Chavarría, Nancy Marcela Vásquez Madrigal y José Miguel Chavarría Carranza, constituyen la sociedad Compu JDN Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Nancy Marcela Vásquez Madrigal.—San Ramón.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 4253.—(12461).

En esta notaría, a las 17:00 horas del 22 de diciembre del 2006, protocolicé asamblea para cambio de presidente de Free Volcano Sociedad Anónima. Capital social: 10 mil colones. Presidente: Joel Albergan San Ramón.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 4254.—(12462).

En mi notaría, a las ocho y diez horas del doce de febrero del dos mil siete, se constituyó Estructuras de Concreto Peñaranda Sociedad Anónima.—San José, doce de febrero del dos mil siete.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 4255.—(12463).

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En mi notaría, a las ocho y veinte horas del doce de febrero del dos mil siete, se constituyó Desarrollos Residenciales Peñaranda Sociedad Anónima.—San José, doce de febrero del dos mil siete.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 4256.—(12464).

En mi notaría, a las nueve horas del doce de febrero del dos mil siete, se constituyó Desarrollos Urbanísticos Peñaranda Sociedad Anónima.—San José, doce de febrero del dos mil siete.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 4257.—(12465).

En mi notaría, a las nueve y treinta horas del doce de febrero del dos mil siete, se constituyó Estructuras de Acero Peñaranda Sociedad Anónima.—San José, doce de febrero del dos mil siete.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 4258.—(12466).

En mi notaría, a las ocho horas del doce de febrero del dos mil siete, se constituyó Grupo Empresarial Peñaranda Sociedad Anónima.—San José, doce de febrero del dos mil siete.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 4259.—(12467).

Por escritura ciento diez, otorgada a las once horas, del doce de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Soporte Crítico S. A. Plazo: noventa y nueve años.—San José, trece de febrero del dos mil siete.—Lic. Jorge Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 4261.—(12468).

Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José, en escritura otorgada a las 12:00 horas del 31 de enero del 2007, la sociedad Agro Industrial Montevideo S. A., cédula número 3-101-64781, a través de su apoderado generalísimo sin límite de suma, otorgó poder generalísimo sin límite de suma al señor Rudolf Sauter Echeverría. Capital social: totalmente suscrito y pagado, su domicilio social es en San José, 08/02/07.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 4262.—(12469).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del ocho de febrero del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Whistle Twin Peaks S. A., mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto social y se nombra junta directiva.—Lic. Cristian José Carvajal Coto, Notario.—1 vez.—Nº 4263.—(12470).

Asamblea general ordinaria y extraordinaria de la Compañota Posada Casa Real de Amón Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno-trescientos setenta y seis mil doscientos cuarenta y seis. Modifica cláusula segunda del domicilio que será San José, cantón central distrito El Carmen en Barrio Amón, cincuenta al este del Invu edificio siete ocho tres. Se revocan nombramientos de presidente, secretario tesorero y fiscal, se designa presidenta: Elvia Yahara Jarquín Téllez, cédula siete-cero seis dos-siete nueve siete, secretaria Jennifer Dunn Jarquín cédula uno-uno uno dos siete-uno uno cero, tesorera Aneby Patricia Valladares Jarquín de cédula siete-uno dos cero-siete tres dos, fiscal Marvin González Orozco de cédula siete-cero siete cinco-uno uno seis, protocolizada por escritura otorgada en San José, el nueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Martha Eugenia Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 4264.—(12471).

Constitución de sociedad anónima denominada Servicios de Transporte Diez Mil Quinientos Cuarenta y Siete Sociedad Anónima. Presidente: Erick Manrique Díaz Morales, secretario: Henry Manuel Díaz Morales, tesorero: Jerónimo Díaz Quesada. Escritura otorgada en San José, a las quince horas cuarenta y cinco minutos del tres de febrero del dos mil siete.—Lic. Marta Eugenia Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 4265.—(12472).

Ante esta notaría, a las diez horas del día veintinueve de enero del dos mil siete. Escritura número veintisiete, protocolicé el acta ocho de la sociedad Antho Ornamentales S. A., por la que se nombra nuevo secretario.—Lic. Ligia María Villalobos Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 4270.—(12473).

Ante esta notaría, a las doce horas del día veintinueve de enero del dos mil siete, escritura número veintiocho, protocolicé el acta tres de la sociedad Camorant de Palmares S. A., por la que se nombra nuevo tesorero y fiscal.—Lic. Ligia María Villalobos Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 4271.—(12474).

Ante esta notaría, a las once horas del día seis de febrero del dos mil siete, escritura número treinta, protocolicé el acta uno de la sociedad JW Akerna Int S. A. Por la que se modifica la cláusula quinta.—Lic. Ligia María Villalobos Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 4272.—(12475).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las diez horas del veintiocho de octubre del año dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima Green Businessland Sociedad Anónima. Gerente apoderado generalísimo.—12 de febrero del año dos mil siete.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 4273.—(12476).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del doce de febrero del dos mil siete, se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad anónima denominada Inversiones

Colombo Americanas Mantilla y Sandoval S. A., y se nombra junta directiva.—San José, trece de febrero del dos mil siete.—Lic. Jorge Eduardo Lobo Solera, Notario.—1 vez.—Nº 4274.—(12477).

Por escritura otorgada en mi notaría el día veintiocho de enero del dos mil siete, se constituyó la sociedad de este domicilio Saborío Herrera Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente el socio Wálter Belman Saborío Segura.—San José, trece de febrero del dos mil siete.—Lic. Julio Adolfo Calderón Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 4275.—(12478).

Mediante escritura otorgada el día de hoy, protocolicé el acta de asamblea de accionista de ADS Enterprises Corporation S. A., en la cual se modificó el artículo segundo del pacto constitutivo.—San José, 8 de febrero del 2007.—Lic. Daniel Bolaños Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 4276.—(12479).

A las 17:00 horas del día de hoy, se constituyó ante esta notaría la empresa Constructora COEFICA S. A. Plazo: 99 años. Presidente y secretario con la representación legal de la sociedad.—San José, 9 de febrero del 2007.—Lic. David Alberto Aguilar Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 7278.—(12480).

NOTIFICACIONESCOMERCIO EXTERIOR

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Que en virtud de que no fue posible localizar la citada empresa en la dirección consignada en el expediente administrativo, tal y como consta en las Actas de Notificación de las diez horas cuarenta y cinco minutos del día diecisiete de enero del año dos mil siete, con fundamento en los artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar a la empresa por este medio los siguientes actos: DMR-170-06 y OD-059-06-001 Corporación Cosamtex S. A.

Ministerio de Comercio Exterior.—OD 059-06-001.—San José a las 15:00 horas del día 15 de diciembre del dos mil seis.

Se inicia procedimiento administrativo a la empresa Corporación Cosamtex S. A., con cédula jurídica número 3-101-126651 representada por el Señor Joong Sik Kim de nacionalidad surcoreano, de único apellido en razón de su nacionalidad, portador del pasaporte C-66124, mayor, casado una vez, economista, vecino de Tirrases de Curridabat, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa.

Resultando:1º—Que la empresa Corporación Cosamtex S. A., con cédula jurídica

número 3-102-126651, mediante solicitud Nº 058 el día 19 de noviembre de 1992, presentada ante la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Inversiones solicito acogerse a los beneficios que otorgó el Régimen de Admisión temporal, misma que fue conocida y aceptada en Sesión Nº 221 el 23 de noviembre del año 1992, en cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 12 del Decreto Ejecutivo DE-19921-H del 13 de setiembre de 1990.

2º—Que mediante las disposiciones transitorias del decreto Ejecutivo Nº 26285-H-COMEX, denominado Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 170 del 4 de septiembre de 1997 y sus reformas; se estableció que las personas Físicas o Jurídicas autorizadas bajo el Régimen de Admisión Temporal, se considerarán de pleno derecho beneficiarias del Régimen de Perfeccionamiento Activo.

3º—Que a la empresa Corporación Cosamtex S. A., se le otorgó el Régimen de Perfeccionamiento Activo por un periodo de 5 años. El objetivo principal de la empresa es producir o ensamblar blusas para Mujer de fibra sintética. Jackets para dama, Faldas, Chalecos para Damas, pantalones para Damas, abrigos para Damas, Pantalones cortos (shorts) para Damas.

4º—1. Que mediante oficio GG. 243-04 del 18 de agosto del 2004 suscrito

por el Gerente General de PROCOMER, se remite al despacho del Ministro de Comercio Exterior el oficio DAL. 113-2004 del 17 de agosto del 2004., suscrito por la Dirección de Asesoría Legal de PROCOMER, en donde se informa que la empresa Corporación Cosamtex S. A., ha incurrido en supuestos incumplimientos al Régimen de Perfeccionamiento Activo, específicamente, a lo relacionado con la no presentación del Informe Anual de Operaciones para el periodo fiscal 2003 dentro del plazo establecido de cuatro meses contados a partir de la finalización del periodo fiscal ordinario (cierre 30 de setiembre del 2003.)Dal. 113-2004(…)Mediante oficio GO. 565-2005 de fecha 03 de marzo del 2005 (documento adjunto), la Gerencia de Operaciones comunicó a esta Asesoría Legal la lista de varias empresas beneficiarias del Régimen de Perfeccionamiento activo que no presentaron el Informe Anual de Operaciones correspondiente al periodo 2004, dentro del plazo establecido de cuatro meses contados a partir de la finalización del periodo fiscal ordinario y cierre al 30 de setiembre del 2004).

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Esa gerencia detalla la citada lista así:(…)CORPORACIÓN COSAMTEX S. A.(…)

2. Que mediante Oficio GG- 182-05 del 5 de mayo del 2005, el Gerente General de PROCOMER, remite al Despacho del Ministro de Comercio Exterior el Oficio DAL. 44-2005 del 25 de abril del 2005 suscrito por la Dirección de Asesoría Legal de PROCOMER, en donde se informa que la empresa Corporación Cosamtex S. A., ha incurrido en supuestos incumplimientos al Régimen de Perfeccionamiento Activo, específicamente a lo relacionado con la no presentación del Informe Anual de Operaciones para el periodo fiscal 2004.DAL.44-2005(…)Empresas inactivas que no presentaron el Informe Anual de Operaciones para el periodo fiscal 2004.CORPORACIÓN COSAMTEX S. A.5º—Que mediante resolución del Poder Ejecutivo DMR- 170-06

de las 9:00.horas del día veinticuatro de noviembre del año dos mil seis, se dispuso tramitar el presente procedimiento administrativo a la empresa Corporación Cosamtex S. A., y se nombró a la suscrita como Órgano Director del procedimiento administrativo.

Considerando:I.—Que el artículo 42 inciso 6) del reglamento de los Regímenes

de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, Decreto Ejecutivo número 26285-H-COMEX, establece lo siguiente:

“Artículo 42.—Cancelación. COMEX procederá a la cancelación del Régimen cuando el beneficiario incurra en alguna de las siguientes causales:

(…)6. Cuando el informe regulado por el artículo 19 numeral 9) del

presente reglamento, no haya sido presentado durante los seis meses siguientes al finalizar el periodo fiscal autorizado.(…)Para estos efectos, la Gerencia, previo conocimiento de la

situación procederá a reunir la información, formar el expediente y enviar la recomendación a COMEX para la iniciación del procedimiento administrativo.”

II.—Que el artículo 19 inciso 9) del reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, Decreto Ejecutivo número 26285-H-COMEX, establece lo siguiente:

“Artículo 19.—Obligaciones adicionales.(…)

9. Presentar un informe anual de operaciones ante PROCOMER, en los formatos que ésta ponga a disposición, que contenga al menos lo siguiente:a) El movimiento global en cantidades, pesos y valores de las

mercancías admitidas, saldos en proceso, saldos en bodega, la producción reexportada o vendida en el mercado local.

b) El uso o consumo de repuestos, accesorios y similares en sus saldos de bodega.

c) El movimiento de maquinaria y equipo.d) Fotocopia de la declaración jurada del impuesto sobre la

renta.e) Certificación de ventas netas por mercado (local o extranjero)

en valor y cantidad, emitida por un contador público autorizado.

f) Estado de Resultados, Balance de Situación, Balance de comprobación antes de cierre detallado, en español y en colones.

g) Tratándose de empresas la personería Jurídica y composición del capital social.

h) Constancia emitida por un profesional competente e independiente de la empresa sobre el porcentaje de mermas, residuos, desechos y rango de tolerancia residual del proceso productivo, para cada tipo de mercancías ingresadas bajo el régimen.

Este informe deberá ser presentado a PROCOMER durante los cuatro meses siguientes a la finalización del periodo fiscal autorizado, en los formularios que al efecto se confeccionen.”

3º—Que el artículo 182 inciso c) de la Ley número 7557, Ley General de aduanas establecen, al respecto, lo siguiente:

“Artículo 182.—Obligaciones de las empresas beneficiarias. Las empresas acogidas a esta modalidad deberán cumplir con las siguientes obligaciones sin perjuicio de las que correspondan como auxiliares de la función pública aduanera.

(…)c) Presentar, en los plazos que fije el reglamento, los reportes e

informes de sus operaciones ante la autoridad aduanera.

(…)”4º—Que el artículo 214 de la Ley General de la Administración

Pública, de aplicación supletoria en el caso, dispone a la letra:“Artículo 214.—

1. El procedimiento administrativo servirá para asegurar el mejor cumplimiento posible de los fines de la Administración, con respeto para los derechos subjetivos e intereses legítimos del administrado, de acuerdo con el ordenamiento jurídico.

2. Su objeto más importante es la verificación de la verdad real de los hechos que sirven de motivo al acto final”.

5º—Que este procedimiento, por su naturaleza, se rige también por lo estipulado en el Libro II de la Ley General de la Administración Pública, a efectos de garantizar la consecución de la verdad real de los hechos y el derecho de defensa del administrado. Al respecto, el artículo 309 de dicho cuerpo legal, en lo que interesa dispone:

“Artículo 309.—El procedimiento ordinario se tramitará mediante una comparecencia oral y privada, ante la Administración, en la cual se admitirá y recibirá toda la prueba y alegatos de las partes que fueren pertinentes.

Podrán realizarse antes de la comparecencia las inspecciones oculares y periciales.”

6º—Que conforme a lo dispuesto por el artículo 317 de la citada Ley general, la empresa está facultada para presentar en la comparecencia las pruebas que estime necesarias para su efectiva defensa, en los términos y condiciones indicados en esa norma. Por tanto,

EL ÓRGANO DIRECTORDEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

RESUELVE:a) Iniciar el presente procedimiento administrativo a la empresa

Corporación Cosamtex S. A., con cédula jurídica número 3-101-126651 representada por el Señor Joong Sik Kim, de calidades conocidas en autos.

b) El cargo que se le imputa y sobre el cual queda intimada, se detalla en el Resultando III de la presente resolución, conforme con lo señalado en los oficios DAL.113-2004 y DAL. 44-2005, ambos suscritos por la Dirección de Asesoría Legal de PROCOMER, debidamente transcritos y agregados al expediente administrativo con los documentos de remisión por parte de la Gerencia General de PROCOMER.

c) El acto final que se dicte podría conllevar la imposición de una eventual responsabilidad administrativa para la empresa Corporación Cosamtex S. A., sancionable de verificarse ésta, con la cancelación del Régimen de Perfeccionamiento Activo.

d) Citar a la empresa Corporación Cosamtex S. A., a una comparecencia oral y privada, a verificarse en la sede del Órgano Director sita en San José, calles treinta y ocho y cuarenta, Edificio Centro Colón, tercer Piso, Oficina Nº 5 a las 10:00 horas del día 22 de marzo del año dos mil siete. A dicha comparecencia podrá presentarse personalmente o por medio de apoderado presentando al efecto los documentos que acrediten el poder y en ella podrá aportar toda la prueba que estime pertinente. Igualmente, podrá asistir con un profesional en derecho, si así lo estiman necesario.

e) Se pone a disposición de la empresa el expediente completo de este procedimiento debidamente foliado en la citada sede del Órgano Director, dicho expediente consta actualmente de 34 folios, correspondientes a:• El oficio GG. 243-04 y su oficio adjunto DAL. 113-2004, así

como el oficio GG. 182-05, y su oficio adjunto DAL. 44-2005, todos remitidos por PROCOMER.

• El oficio DAL. 155-06 del 21 de marzo del 2006, mediante el cual se solicita a la Gerencia de Operaciones y Control de PROCOMER el expediente ejecutivo, personería jurídica y la última dirección para recibir notificaciones de la empresa Corporación Cosamtex S. A.

• El Oficio GO. 2345-06 de fecha 07 de setiembre del 2006, mediante el cual PROCOMER remitió el expediente ejecutivo solicitado en el oficio DAL. 155-06 citado anteriormente.

• Estudio Registral de la Cédula Jurídica número 3-101-126651, correspondiente a la empresa Corporación Cosamtex S. A.

f) Se apercibe a la empresa que de no comparecer sin justa causa, la Administración podrá, a su discreción, continuar y decidir el caso con los elementos de juicio existentes.

g) Comunicar la presente resolución al Ministerio de Hacienda y a PROCOMER para lo de su cargo.

h) Conferir a la empresa Corporación Cosamtex S. A. el plazo de tres días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación de la presente resolución, para que ofrezca la prueba de descargo, sin perjuicio de la posibilidad de ofrecer y aportar toda la prueba que estime pertinente en la hora y fecha señalada para la comparecencia, de conformidad con el texto de la Ley General de la Administración Pública.Contra la presente resolución caben los recursos ordinarios de

revocatoria y apelación, los cuales deberán de ser interpuestos dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de esta resolución, ante este Órgano Director tratándose de la revocatoria, o ante el Despacho del Ministro de Comercio Exterior.

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La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007 Pág 53

Notifíquese.—Lic. Gina Elizabeth Chaverri Tapia, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.

—o0o—Ministerio de Comercio Exterior.—DMR-170-06.—San José, a las

nueve horas del día veinticuatro de noviembre del dos mil seis.Se dispone la tramitación de procedimiento administrativo a la

empresa Corporación Cosamtex S. A., con cédula jurídica número 3-101-126651 representada por el Señor Joong Sik Kim, de nacionalidad surcoreano, de único apellido en razón de su nacionalidad, portador del pasaporte C-66124, mayor, casado una vez, Economista, vecino de Tirrases de Curridabat, en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la empresa.

Resultando:1º—Que la empresa Corporación Cosamtex S. A., mediante solicitud

Nº 058 el día 19 de noviembre de 1992, presentado ante la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Inversiones solicito acogerse a los beneficios que otorgó el Régimen de Admisión Temporal, misma que fue conocida y aceptada en Sesión Nº 221 el 23 de noviembre del año 1992, en cumplimiento con lo dispuesto por el Artículo 12 del Decreto Ejecutivo DE-19921-H del 13 de setiembre de 1990.

2º—Que mediante las disposiciones transitorias del Decreto Ejecutivo número 26285-H-COMEX, denominado Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 170 del 4 de setiembre de 1997 y sus reformas; se estableció que las personas Físicas o Jurídicas autorizadas bajo el Régimen de Admisión Temporal, se considerarán de pleno derecho beneficiarias del Régimen de Perfeccionamiento Activo.

3º—Que a la empresa Corporación Cosamtex S. A., se le otorgó el Régimen de Perfeccionamiento Activo por un periodo de 5 años. El objetivo principal de la empresa producir o ensamblar blusas para Mujer de fibra sintética, jackets para Dama, Faldas, Chalecos para Damas, pantalones para Damas, abrigos para Damas, Pantalones cortos (shorts) para Damas.

4º—Que mediante oficio GG-243-04 del 18 de agosto del 2004 suscrito por el Gerente General de PROCOMER, se remite al Despacho del Ministro de Comercio Exterior el oficio DAL. 113-2004 del 17 de agosto del 2004, suscrito por la Dirección de Asesoría Legal de PROCOMER, en donde se informa que la empresa Corporación Cosamtex S. A., ha incurrido en supuestos incumplimientos al régimen de Perfeccionamiento Activo, específicamente, a lo relacionado con la no presentación del informe anual de operaciones para el periodo fiscal 2003 dentro del plazo establecido de cuatro meses contados a partir de la finalización del periodo fiscal ordinario (cierre 30 de setiembre del 2003.)

5º—Que mediante Oficio GG-182-05 del 5 de mayo del 2005 suscrito por el Gerente General de PROCOMER, se remite al Despacho del Ministro de Comercio Exterior el Oficio DAL. 44-2005 del 25 de abril del 2005, suscrito por la Dirección de Asesoría Legal de PROCOMER, en el cual se informa que la empresa Corporación Cosamtex S. A., ha incurrido en el supuesto incumplimiento al Régimen de Perfeccionamiento Activo, específicamente con lo relacionado a la no presentación del Informe Anual de Operaciones para el periodo fiscal 2004.

Considerando:I.—Que en los oficios GG-243-04 y GG-182-05 remitidos por

PROCOMER, a los cuales se ha hecho referencia en los resultandos IV y V de la presente resolución, se informa sobre presuntos incumplimientos del Régimen de Perfeccionamiento Activo, los cuales se delimitarán debidamente en la intimación de los hechos que el Órgano Director del procedimiento administrativo deberá efectuar conforme a derecho, en el momento procesal oportuno.

II.—Que de lo expuesto en el oficio DAL. 113-2004 y DAL. 44-2005, podría derivarse una eventual responsabilidad por la supuesta violación a los artículos 180 inciso b) y 182 inciso c) de la Ley número 7557, Ley General de Aduanas y el artículo 19 inciso 9) del Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, Decreto Ejecutivo número 26285-H-COMEX, por parte de la empresa Corporación Cosamtex S. A., respecto al supuesto incumplimiento de la no presentación del informe anual de operaciones para los periodos fiscales 2003 y 2004 respectivamente, incumplimiento que podría ser sancionado con la cancelación del régimen.

III.—Que para verificar la verdad real de los hechos expuestos por PROCOMER, de conformidad con lo esbozado en el artículo 214 de la Ley General de la Administración Pública, se impone instaurar un procedimiento administrativo, que garantice a su vez, el derecho fundamental del debido proceso a la beneficiaria, de conformidad con los artículos 308 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, 39 y 41 de la Constitución Política. Por tanto,

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIORRESUELVE:

De conformidad con los artículos 180 inciso b) y 182 inciso c) de la Ley número 7557, Ley General de Aduanas, el artículo 19 inciso 9) del Reglamento de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Devolutivo de Derechos, Decreto Ejecutivo número 26285-H-COMEX; los artículos 214 y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, y los oficios GG-243-2004 y GG-182-05 suscritos por la Gerencia General de PROCOMER:

I.—Designar a la licenciada Gina Elizabeth Chaverri Tapia, Abogada de la Dirección de Asesoría Legal de este Ministerio, como Órgano Director del procedimiento administrativo, a fin de que tramite procedimiento

administrativo ordinario respecto de la empresa Corporación Cosamtex S. A., con cédula jurídica número 3-101-126651 representada por el señor Joong Sik Kim, a efecto de verificar la verdad real de los hechos enunciados en los oficios DAL.113-2004 y DAL.44-2005 de la Dirección de Asesoría Legal de PROCOMER citado, por la eventual responsabilidad administrativa que podría acarrear a la beneficiaria. Así mismo se nombra a Alejandra Vargas Garbanzo como Órgano Director suplente.

II.—En su oportunidad procesal el Órgano Director abrirá el procedimiento administrativo ordinario, intimará de los cargos correspondientes, citará para comparecencia oral y privada y ordenará el recibo de toda la prueba que estime necesaria.

III.—Se previene a la empresa Corporación Cosamtex S. A., su deber de señalar dentro de tercero día, casa u oficina en la ciudad de San José, o número de fax, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que, de no hacerlo, de ser equívoco, impreciso o inexistente el señalamiento o de tornarse incierto, los actos que se dicten se tendrán por notificados por el sólo transcurso de veinticuatro horas a partir del día siguiente al que se emitieren.

Notifíquese.—Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—(Solicitud Nº 24842).—C-482790.—(7216).

“Ministerio de Comercio Exterior: Que en virtud de que no fue posible localizar la citada empresa en la dirección consignada en el expediente administrativo, tal y como consta en el Acta de Notificación de las diez horas tres minutos del día diecisiete de enero del año dos mil siete, con fundamento en los artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar a la empresa por este medio el siguiente acto:

DMR-178-06 SOLVERDE Y ASOCIADOS S. A.”Ministerio de Comercio Exterior.—DMR-178-06.—San José, a las

quince horas del día veinte de diciembre del año dos mil seis.Procedimiento administrativo seguido a la empresa Solverde y

Asociados S. A. con cédula jurídica número 3-101-210568, representada por Gerardo Lara Solórzano, mayor, casado tres veces, economista, vecino de Sabanilla de Montes de Oca, portador de la cédula de identidad número 1-353-598, quien es el presidente con facultades de Apoderado Generalísimo de la empresa.

Resultando:1º—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 94-98 de fecha 27 de marzo

de 1998, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 103 de fecha 29 de mayo de 1998, le fue otorgado a la empresa Solverde y Asociados S. A., el Régimen de Zonas Francas calificándola como empresa procesadora de exportación, de conformidad con el inciso a) del artículo 17 de la Ley Nº 7210 y sus reformas.

2º—Que de conformidad con lo estipulado por el citado acuerdo, la actividad de la empresa consiste en la producción de papeles blancos y de color, papel kraft, médium y lyner, varios calibres y pesos por metro cuadrado.

3º—Que mediante oficio GG-108-04 de 21 de abril del 2004, el Gerente General de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER), recomienda a este Ministerio iniciar un procedimiento administrativo a la empresa Solverde y Asociados S. A., por supuestos incumplimientos al Régimen de Zonas Francas, conforme al oficio adjunto DAL.-060-2004 del 21 de abril de los corrientes, emitido por la Asesoría Legal de PROCOMER. Indica el citado oficio, en lo que interesa:

“Mediante memorándum GO 866-2004 de fecha 31 de marzo de 2004 (documento adjunto) la Gerencia de Operaciones y Control comunicó a este Dirección de Asesoría Legal que algunas empresas beneficiarias del Régimen de Zonas Francas no presentaron, presentaron extemporáneamente el Informe Anual de Operaciones correspondiente al período fiscal que va del 01 de octubre del 2002 al 30 de septiembre del 2003. El plazo máximo para la presentación de dichos informes fue el 31 de enero de 2004.Dicho oficio detalla lo siguiente:

- Empresas que no han presentado el informe anual.- Empresas que les venció el plazo de 15 días hábiles y que no han

presentado las correcciones correspondientes del Informe Anual.- Empresas que no han presentado el informe Anual y que no están

operando, por lo tanto se recomendaron para Procedimiento Administrativo.Las empresas son las siguientes:(...)Empresas que no han presentado el Informe Anual del período fiscal 2002-2003 y que no están operando, por lo tanto se recomendaron para iniciar Procedimiento Administrativo (Al 31 de marzo de 2004). (...)Solverde Asociados S. A.(...)”4º—Que por resolución DMR-102-04 de las diez horas del 17 de

mayo del 2004, se da inicio al procedimiento administrativo de la empresa Solverde y Asociados S. A. con base en los hechos que en ella claramente se detallan.

5º—Que mediante resolución indicada en el numeral anterior se nombró a la licenciada Leonor Obando Quesada, como Órgano Director del procedimiento administrativo.

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6º—Que mediante la resolución OD-023-04-001 de las quince horas con quince minutos del 21 de mayo del 2004, se intimó a la empresa de los cargos y se le citó a una comparecencia oral y privada programada para el día 1° de setiembre del 2004 a las diez horas.

7º—Según consta en actas de notificación de las 13:25 y 13:26, ambas del 24 de junio del 2004, se llegó al lugar señalado por la empresa para oír notificaciones, según datos que constan en el expediente ejecutivo que al efecto lleva PROCOMER, a saber Oficentro Holland House, oficina Nº 1, y en el lugar se indicó que dicha oficina se encontraba vacía. En razón de lo anterior se procedió a notificar a la empresa, a través del Diario Oficial La Gaceta, mediante tres publicaciones seguidas, aparecidas los días lunes 5, martes 6 y miércoles 7 de julio del 2004.

8º—En escrito presentado ante la Dirección de Asesoría Legal del Ministerio de Comercio Exterior, el 31 de agosto del 2004, la empresa formula una serie de argumentos y aporta varios documentos como prueba, a saber:

- Personería Jurídica de Solverde y Asociados S. A.- Copia del oficio GO 614-2000, suscrito por Gerardo Monge, Gerente

de Operaciones de PROCOMER, en donde se indica a la empresa que de acuerdo con su informe anual de operaciones, el número de trabajadores es de 0 y el nivel de inversión de ¢1.367.413.402 en activos fijos, de forma que debe indicarse si el nivel de empleo al que se comprometió la empresa en el Acuerdo Ejecutivo será alcanzado y la fecha programada para hacerlo, igualmente se le solicita indicar si el nivel de inversión será alcanzado y a qué plazo. Se le indica asimismo en dicho oficio, que debe solicitar una modificación al Acuerdo de otorgamiento a fin de que los niveles de empleo e inversión se adecuen a la realidad, pues de lo contrario la documentación será remitida a fin de que se inicie un procedimiento administrativo.

- Copia del oficio Solv-08-2001 del 30 de enero del 2001, dirigido al señor Gerardo Monge, Gerente de Operaciones de PROCOMER, en donde se solicita indicar el procedimiento a seguir para que el Banco Finadesa S. A. entre, eventualmente, en posesión de las instalaciones de la empresa, y el procedimiento a seguir para que la Dirección General de Aduanas cobre los tributos requeridos y se puedan retirar los bienes.

- Informe de confirmación de envío del oficio Solv 08-2001. Copia de manifestación de las ocho horas con diez minutos del

treinta y uno de enero del dos mil uno, del Juzgado Agrario de la Zona Atlántica.

- Copia del oficio GO 385-2001 del 7 de febrero del 2001, en donde la Gerencia de Operaciones de PROCOMER indica al representante legal de la empresa que la consulta sobre cómo proceder con las instalaciones de la empresa, será remitida a la Asesoría Legal de ese ente.

- Voto Nº 595 de las ocho horas cuarenta minutos del diecisiete de agosto de dos mil uno del Tribunal Agrario.

- Auto del Juzgado Agrario, mediante el cual se suspende la puesta en posesión del inmueble propiedad de la empresa.

- Manifestación del Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, de las nueve horas del treinta de octubre de dos mil tres.

- Copia de la denuncia presentada por el representante legal de la empresa, en la Fiscalía del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, el día treinta de octubre de dos mil tres, por cuanto personas ajenas a la empresa ingresaron en sus instalaciones, violentaron los candados, y dañaron el inmueble y la maquinaria.

- Copia de los folios 1034 al 1082, de los documentos del expediente correspondiente a la causa N° 04-000548-PE.

- Copia de solicitud de autorización para puesta en posesión, remitida al Juzgado Agrario de la Zona Atlántica.

- Copia de auto de las quince horas del veintitrés de febrero de dos mil cuatro, emitido por el Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.

- Certificación del Registro Público de la fusión del Banco Finadesa S. A. y Banco BAC San José, prevaleciendo el último.

- Copia de denuncia presentada por el representante legal de la empresa ante la Fiscalía Adjunta del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica.9º—En el escrito presentado el día 31 de agosto del 2004, y al que se

hizo referencia anteriormente la empresa indica:- Por razones impropias a las competencias del Ministerio, la

beneficiaria no pudo entrar en operación.- El contrato de la empresa fue suspendido, desde el 10 de febrero del

2000, mediante oficio Nº 614 –2000 de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER.

- El representante legal de Solverde y Asociados S. A., ha procurado en todo momento defender sus activos, y en tal sentido se solicitó en los procesos judiciales seguidos a la empresa, proceder con especial cuidado con respecto a la maquinaria.

- El Juzgado Agrario se opuso a poner en posesión del inmueble al banco actor, en los procesos judiciales seguidos a la empresa, decisión a la que este se opuso.

- La empresa ha debido denunciar varios robos en la propiedad.- El banco actor, Banco Finadesa S. A., solicitó al Juzgado Agrario del

II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, ser nombrado depositario del inmueble, y de la maquinaria y equipo. Dicha solicitud fue acogida por el Juzgado, en auto de las 15 horas del 23 de febrero de los corrientes.

- Posteriormente continúan los robos en las instalaciones de la empresa, que fueron debidamente denunciados.

10.—Que según el acta de comparecencia de las diez horas veinte minutos del día 1° de setiembre del 2004, que consta en el expediente administrativo al folio 134, ningún representante de la empresa se hizo presente a la misma.

11.—Que mediante oficio DAL.-254-06 de fecha 31 de mayo del 2005, el Órgano Director del Procedimiento Administrativo emitió el Informe Legal de Pruebas.

Considerando:I.—Que de conformidad con la prueba que está incorporada en el

expediente, se tienen como hechos probados de interés en este procedimiento los siguientes:

1º Que la empresa Solverde y Asociados S. A., es una empresa beneficiaria del régimen de zonas francas, el cual le fue otorgado por Acuerdo Ejecutivo Nº 94-98 de fecha 27 de marzo de 1998, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 103 de fecha 29 de mayo de 1998, clasificándola como empresa procesadora de exportación.

2º Que en oficio GO-614-2000 del 10 de febrero del 2000, la Gerencia de Operaciones de PROCOMER, indica a la representación de la empresa, que se han detectado incumplimientos en sus niveles de empleo e inversión, de forma que deberán realizarse las modificaciones pertinentes al Acuerdo de otorgamiento, de lo contrario se enviará a procedimiento administrativo.

3º Que el Acuerdo Ejecutivo Nº 94-98 de fecha 27 de marzo de 1998, a la fecha no ha sufrido modificación alguna.

4º Que conforme con lo indicado por PROCOMER, Solverde y Asociados S. A., no se encuentra operando.

5º Que según indica la empresa, en efecto en ningún momento pudieron entrar en operación.

6º Que mediante expediente Nº 98-002145-180-ci (246-1-98), se tramita en el Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, proceso ejecutivo hipotecario de Banco Finadesa S. A., contra Solverde y Asociados S. A., y dentro de dicho proceso el banco actor fue nombrado depositario de las instalaciones de la empresa.

7º Que según se desprende de la prueba aportada por la empresa, en efecto, en la planta no se desarrollan actividades productivas.

8º Que de las manifestaciones hechas por la empresa, la prueba aportada, y la documentación remitida por PROCOMER, en efecto se tiene como probado que la empresa no se encuentra realizando las actividades productivas para las cuales le fue otorgado el régimen.

9º Que igualmente, es un hecho probado que Solverde y Asociados S. A., no presentó su informe de operaciones para el período fiscal 2002-2003.II.—Que no existen hechos de relevancia que deban tenerse por no

probados en el presente procedimiento administrativo. III.—Que de conformidad con lo expuesto, en relación con los hechos

probados y la documentación que consta en el expediente, se exponen las siguientes consideraciones:

- La empresa Solverde y Asociados S. A., en ningún momento inició operaciones. Pese a que en sus alegatos la empresa indica que su “contrato” fue suspendido desde el 10 de febrero del 2000 en oficio Nº 614-2000, lo cierto es que dicha apreciación no es jurídicamente correcta. En primera instancia, hemos de indicar que de conformidad con la Ley de Régimen de Zonas Francas, corresponde al Poder Ejecutivo el otorgar y rescindir el régimen de zonas francas, a través de un Acuerdo Ejecutivo, así no se trata de un “contrato” como pareciera interpretar la representación de la empresa, sino de un acto administrativo que otorga los beneficios del régimen, en las condiciones solicitadas por el administrado, siempre y cuando estas se adecuen a los supuestos legales y reglamentarios. Entonces claro está que PROCOMER carece de competencia para revocar el régimen. Por otra parte del oficio GO.- 614-2000 de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER, no se desprende lo alegado por Solverde y Asociados S. A., toda vez que en dicho memorial se le advierte que se detectaron una serie de incumplimientos y si estos no son subsanados se enviará a estudio de la Dirección de Asesoría Legal, para determinar si se procede al inicio de un procedimiento administrativo.

- De todo el elenco probatorio, se desprende que el Acuerdo Ejecutivo Nº 94-98 de fecha 27 de marzo de 1998 ha devenido en insubsistente, pues la empresa en ningún momento operó, de manera que en efecto se suspendieron operaciones sin contar con la autorización respectiva, que como indicáramos en el acápite anterior, emana igualmente de un Acuerdo Ejecutivo. Lo anterior igualmente explica que la empresa no presentara su informe anual de operaciones para el período fiscal 2002-2003.

- Existen entonces suficientes elementos para tener por sentada la responsabilidad de la empresa en los incumplimientos atribuidos dentro del presente procedimiento, a saber cesar operaciones sin tener autorización previa y no presentar su informe anual de operaciones. Según se desprende del elenco probatorio, si bien los hechos que llevan a la empresa a no iniciar operaciones no derivan de las obligaciones que le subyacen como beneficiaria del régimen de zonas francas, si le son atribuibles pues derivan de sus propias acciones, de manera que no existe un eximente de responsabilidad, que permita a este Ministerio declarar sin lugar el presente procedimiento.IV.—Que la ley número 7210 y su reglamento, en lo que interesan

establecen lo siguiente:

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La Gaceta Nº 38 — Jueves 22 de febrero del 2007 Pág 55

El artículo 19 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley 7210, establece:“Los beneficiarios del Régimen de Zona Franca tendrán las siguientes obligaciones:(...)d) Proporcionar los informes respecto a los niveles de empleo,

inversión, valor agregado nacional u otros que se indiquen en el Acuerdo Ejecutivo de otorgamiento del Régimen. El cumplimiento de esta obligación será requisito esencial para gozar de los incentivos contemplados en esta ley.”

Por su parte el artículo 32 de ese mismo cuerpo legal dispone:“El Ministerio de Comercio Exterior podrá imponer una multa hasta de trescientas veces el salario base, de acuerdo con la definición del artículo 2 de la Ley N° 7337 de 5 de mayo de 1993, podrá suprimir por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios de los incentivos indicados en el artículo 20 de esta ley, o podrá revocar sin responsabilidad para el Estado, a las empresas beneficiarias que incurran en alguna de las siguientes infracciones:(...)d) Rendir fuera de los plazos reglamentarios, el informe anual

de actividades o cualesquiera otros informes que soliciten PROCOMER o el Ministerio de Comercio Exterior. La no presentación del informe anual dentro del plazo establecido para el efecto implicará la suspensión automática de todos los beneficios del Régimen, hasta que el informe se presente completo:

(...)h) Cesar operaciones o abandonar sus instalaciones sin tener

autorización previa, en la forma en que indique el reglamento de esta ley.

(...)Para determinar la sanción aplicable, se tomará en cuenta la gravedad de la falta, el grado de culpa o la existencia de dolo por parte de los empleados o personeros de la empresa, la reincidencia y cuando se trate de multas el volumen de ingresos de la empresa.En lo que interesa contempla el artículo 33 del texto legal

mencionado:“El Poder Ejecutivo, al tener conocimiento de alguna de las infracciones a que se refiere el artículo 32, levantará la información correspondiente, y luego dará audiencia por tres días hábiles a la empresa infractora, a fin de que ofrezca la prueba de descargo, que se evacuará dentro de los ocho días hábiles siguientes. El Ministerio resolverá dentro de los quince hábiles siguientes a la recepción de la prueba.El acuerdo que imponga la revocatoria se notificará al infractor, quien podrá interponer, dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación un recurso de reconsideración ante el ministerio, quien resolverá dentro de los ocho días hábiles después de presentado. Resuelto el recurso, se tendrá por agotada la vía administrativa y deberá procederse a la publicación del Acuerdo Ejecutivo que revoca la concesión.”El Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas,

establece:“Artículo 34.—Son obligaciones de los beneficiarios del Régimen de Zonas Francas los siguientes:c) Presentar un informe anual de operaciones a PROCOMER, en

los términos establecidos en este reglamento, así como los demás informes que les solicite PROCOMER; COMEX o las autoridades tributarias y aduaneras en ejercicio de sus funciones. El informe anual remitido a PROCOMER deberá ser auditado por un contador público autorizado, PROCOMER remitirá copia del mismo a la Dirección General de Aduanas, para lo que corresponda.

(...)Artículo 39.—Dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del período fiscal ordinario, o del especial que hubiere autorizado el Ministerio de Hacienda a una empresa en particular, los beneficiarios deberán presentar ante PROCOMER un informe anual de sus actividades en el período inmediato anterior, conteniendo y aportado la información que señale el formulario diseñado al efecto por PROCOMER.Si el informe se presentare en forma incompleta, PROCOMER le otorgará al beneficiario un plazo de quince días hábiles, contador a partir de la notificación, para subsanar los defectos o presentar los documentos faltantes. Sin embargo, no se considerará como presentado el informe si los defectos u omisiones fueran sustanciales, de manera tal que hagan imposible la evaluación de su contenido.Si el informe no se presentare dentro del plazo indicado dentro del párrafo primer de este artículo, o se determinare que fue presentado con defectos u omisiones sustanciales, o si las omisiones no fueren subsanadas dentro del plazo indicado en el párrafo segundo de este artículo, PROCOMER suspenderá temporalmente a la empresa infractora el trámite de todas las gestiones autorizadas relativas a las actividades amparadas al régimen, y lo comunicará, el mismo día en que se confeccione el oficio respectivo, a la Dirección General de Aduanas, la aduana de jurisdicción, la Dirección General de Hacienda

y la administración del parque industrial donde se ubica la empresa, para que se suspendan de igual forma los trámites y beneficios del régimen, tales como tránsito o trasiego de materias y mercancías, exoneraciones y demás operaciones en el régimen.Si el informe no se presentare dentro del plazo indicado dentro del párrafo primer de este artículo, o se determinare que fue presentado con defectos u omisiones sustanciales, o si las omisiones no fueren subsanadas dentro del plazo indicado en el párrafo segundo de este artículo, PROCOMER suspenderá temporalmente a la empresa infractora el trámite de todas las gestiones autorizadas relativas a las actividades amparadas al régimen, y lo comunicará, el mismo día en que se confeccione el oficio respectivo, a la Dirección General de Aduanas, la aduana de jurisdicción, la Dirección General de Hacienda y la administración del parque industrial donde se ubica la empresa, para que se suspendan de igual forma los trámites y beneficios del régimen, tales como tránsito o trasiego de materias y mercancías, exoneraciones y demás operaciones en el régimen.”El artículo 214 de la Ley General de la Administración Pública, de

aplicación supletoria en el caso, dispone a la letra:“1. El procedimiento administrativo servirá para asegurar el mejor

cumplimiento posible de los fines de la Administración, con respeto para los derechos subjetivos e intereses legítimos del administrado, de acuerdo con el ordenamiento jurídico.

2. Su objeto más importante es la verificación de la verdad real de los hechos que sirven de motivo al acto final.”V.—Que dentro del presente procedimiento ha quedado evidenciada

la trasgresión a la Ley N° 7210 Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas, en sus artículos 19 inciso d) , 32 incisos d) y h) y 33 y a su Reglamento en los artículos 34 inciso c) y 39.

VI.—Que es lo procedente en este caso teniendo como probada la responsabilidad de la empresa en los hechos atribuidos y anteriormente señalados, y dada la naturaleza de las faltas atribuidas, que implican una insubsistencia del objeto del Acuerdo Ejecutivo No. 94-98 de fecha 27 de marzo de 1998, mediante el cual se le otorga el Régimen, lo procedente es revocarle el régimen de zonas francas sin ninguna responsabilidad para el Estado. Por tanto,

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR, RESUELVE:Con fundamento en los artículos 19 inciso d), 32 incisos d) y h) y 33

y a su Reglamento en los artículos 34 inciso c) y 39 y el Acuerdo Ejecutivo Nº 94-98 y sus reformas:

a) Revocar en todos sus extremos y sin ninguna responsabilidad para el Estado, el Régimen de Zona Franca del que es beneficiaria la empresa Solverde y Asociados S. A. con cédula jurídica número 3-101-210568, representada por Gerardo Lara Solórzano, de calidades y domicilio antes señalados, el cual le fue otorgado mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 94-98 de fecha 27 de marzo de 1998, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 103 de fecha 29 de mayo de 1998, en razón de que la misma efectivamente incumplió con sus obligaciones para con el Régimen de Zonas Francas según lo señalado en los hechos probados y el análisis sobre el fondo de la presente resolución.

b) Proceder a emitir el Acuerdo Ejecutivo correspondiente.c) Comunicar la resolución respectiva al Ministerio de Hacienda y a la

Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER), a fin de que cada entidad disponga las medidas que por competencia les corresponden.De conformidad con el artículo 32 de la Ley número 7210 y sus

reformas, Ley del Régimen de Zonas Francas, contra la presente resolución cabe el recurso de reposición dentro de los cinco días hábiles siguientes a su respectiva notificación, con lo cual se tendrá por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Marco Vinicio Ruiz, Ministro de Comercio Exterior.—(Solicitud Nº 24843).—C-562670.—(7506).

FE DE ERRATASCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DIVISIÓN DE PENSIONESDIRECCIÓN FINANCIERA ADMINISTRATIVA

Venta Pública VP-003-2007Nota aclaratoria

A los interesados en la Venta Pública VP-003-2007 publicada en La Gaceta Nº 21, martes 30 de enero del 2007, se les aclara que el ítem Nº 6 casa de habitación en Hatillo 8, ubicada en San José, Ciudadela Hatillo 8, de la entrada a alameda 34, hacia el norte, 39m a mano derecha, debe leerse en la descripción sin cochera. El resto de la descripción permanece invariable.Área Soporte Administrativo Logístico.—Lic. Patricia Sánchez Bolaños, Jefa.—1 vez.—(13650).

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Apartado Postal: 5024-1000 Teléfono: 296-9570 Fax: 220-0385

J U N T A A D M I N I S T R A T I V ALicda. Ana Dúran Salvatierra Prof. Eliécer Venegas SeguraPresidenteRepresentante del Sr. Ministro de Gobernación y Policía

Representante de la Editorial Costa Rica

Lic. Ricardo José Méndez Alfaro Lic. Nelson Loaiza SojoRepresentante del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes Director General Imprenta Nacional

Director Ejecutivo Junta Administrativa