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ALCANCE DIGITAL Nº 5 Año CXXXIV San José, Costa Rica, viernes 11 de enero del 2013 Nº 8 PODER EJECUTIVO ACUERDOS CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA PROGRAMA DE ADQUISICIONES REGISTRO DE PROVEEDORES INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES AVISOS CONVOCATORIAS 2012 Imprenta Nacional La Uruca, San José, C. R.

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ALCANCE DIGITAL Nº 5

Año CXXXIV San José, Costa Rica, viernes 11 de enero del 2013 Nº 8

PODER EJECUTIVO ACUERDOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

REGISTRO DE PROVEEDORES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

AVISOS

CONVOCATORIAS

2012 Imprenta Nacional

La Uruca, San José, C. R.

ALCANCE DIGITAL Nº 05

Año CXXXIV San José, Costa Rica, viernes 11 de enero del 2013 Nº 08

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

REGISTRO DE PROVEEDORES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

AVISOS

CONVOCATORIAS

2012

Imprenta Nacional

La Uruca, San José, C. R.

340

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

NO. 758-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12, de la Constitución Política

de la República de Costa Rica; y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y

de Transporte para Funcionarios Públicos,

CONSIDERANDO:

I. Que el Gobierno de la República de Costa Rica ha recibido invitación para asistir a las

actividades protocolarias previas y a la Ceremonia del Traspaso de Poder del Gobierno de los

Estados Unidos Mexicanos, del 30 de noviembre al 01 de diciembre de 2012.

II. Que el señor Enrique Castillo Barrantes, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, forma

parte de la Delegación Oficial que acompañará a la señora Presidenta de la República, doña

Laura Chinchilla Miranda, a las actividades protocolarias previas y a la Ceremonia de

Traspaso de Poder del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, del 30 de noviembre al 01

de diciembre de 2012.

Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°. Autorizar al señor Enrique Castillo Barrantes, Ministro de Relaciones Exteriores

y Culto, cédula de identidad número 1-399-937, para que viaje a México, los días del 30 de

noviembre al 01 de diciembre de 2012.

Artículo 2°. Los gastos de hospedaje, tiquetes aéreos, viáticos, transporte interno, gastos en

tránsito, llamadas internacionales y gastos de representación, corren por cuenta del Ministerio

de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de

Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, Programa 081-Dirección

General del Servicio Exterior, subpartida 1.05.03 de tiquetes aéreos y subpartida 1.05.04 de

viáticos en el exterior. Se autoriza la suma de US$371.00 diarios, para un total de

US$742.00. Se le autoriza al señor Ministro la suma de US$500.00 para Gastos de

Representación. Se autoriza al señor Ministro el uso de internet. Se autoriza al señor

Ministro a realizar llamadas internacionales. Todo sujeto a liquidación.

Artículo 3°. Durante la ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto se

nombra como Ministro a.i. al señor Luis Fernando Salazar Alvarado, Viceministro

Administrativo de Relaciones Exteriores y Culto de las 11:20 horas del 30 de noviembre hasta

las 14:53 horas del 1º de diciembre del 2012. Se nombra Ministro a.i. al señor Carlos Roverssi

Rojas, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto de las 14:54 horas del 01 de diciembre a

las 1:30 horas del 2 de diciembre del 2012.

Artículo 4°. De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte

para Funcionarios Públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero,

con asistencia en dólares.

Artículo 5°. De conformidad con el Artículo 5° de la Resolución N° 78-2010 del Ministerio

de Hacienda, el millaje generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de

Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 6°. Rige a partir de las 11:20 horas del 30 de noviembre a las 1:30 horas del 02 de

diciembre de 2012.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiséis días del mes de noviembre de dos mil

doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10301.—Solicitud Nº 13775.—C-23520.—(IN2012117273).

Nº 759-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en el artículo 139, inciso 2) de la Constitución Política, lo dispuesto en la Ley de

Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2012, Ley Nº

9019 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la

Contraloría General de la República.

Acuerda:

Artículo 1: Viajar a Guatemala, para participar en la “Conmemoración al XIII Baktun, Homenaje al

Legado de la Civilización Maya en el Ultimo Atardecer y Despedida de la Era”, a celebrarse en la Ciudad

de Tikal, del 20 al 21 de diciembre del año en curso. Además, gozará de sus vacaciones del 22 de

diciembre de 2012 al 2 de enero de 2013. La salida será el 20 de diciembre del 2012 y el regreso está

previsto para el 02 de enero del 2013.

Artículo 2: Los gastos por concepto de viáticos, gastos de representación, servicio de taxis aeropuerto-

hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales internacionales, fax, fotocopias, impresiones,

servicio de Internet y gastos conexos se le cancelarán del Título 201- Presidencia de la República,

Programa 02100- Administración Superior, Subpartida

10504-Viáticos al Exterior. En caso de que la Señora Presidenta incurriere en gastos de representación los

mismos serán cancelados contra la presentación de las facturas en la liquidación.

La funcionaria viaja en vuelo privado. El hospedaje del día 20 de diciembre del año en curso será cubierto

por el Gobierno de Guatemala.

Artículo 3: Se otorga la suma adelantada de ¢32.991,94 por concepto de viáticos y ¢503.540,00 por

concepto de gastos de representación sujetos a liquidación. Del 22 de diciembre del 2012 al 02 de enero

del 2013, no se le cancelaran viáticos con cargo al Erario Público.

Artículo 4: Rige a partir de las 15:30 horas del día 20 de diciembre del 2012 y hasta las 13:14 horas del 02

de enero del 2013.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los diecinueve días del mes de diciembre del año

dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 15852.—Solicitud Nº 160.—C-

12220.—(IN2012117275).

No. 475-PE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales, previstas en los artículos 140, inciso 20 y 146 de la Constitución Política.

Acuerdan:

Artículo 1: Integrar en la Comitiva Oficial que acompañará a la Señora Laura Chinchilla Miranda, Presidenta de la República, en su Visita Oficial a México, para participar en la “Transmisión del Mando del Poder Ejecutivo Federal de los

Estados Unidos Mexicanos”, a la siguiente persona:

Sr. Ludwig Sibaja Mora, Director a.i. de Protocolo.

Artículo 2: Rige a partir del 30 de noviembre y hasta el 01 de diciembre del 2012.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo

Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 15852.—Solicitud Nº 157.—C-9400.—(IN2012117044).

CONSEJO DE GOBIERNO

No. 126

Martha Monge Marín

Secretaria del Consejo de Gobierno

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley

General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo tercero del

Acta de la sesión ordinaria número Ciento Veintidós, celebrada el nueve de octubre del

dos mil doce, tomó el acuerdo que textualmente dice: “1.- Reelegir al señor José

Eduardo Angulo Aguilar, mayor, casado, Máster en Economía Empresarial y

Licenciado en Economía con especialización en Finanzas y Estadística, vecino de Santa

Ana, San José, con cédula de identidad número 1-534-994; en el cargo de Director ante

la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, a partir del 08 de noviembre del

2012 y por el período legal correspondiente, hasta el 08 de mayo del 2019. / 2.- Enviar

certificación de este acuerdo a la Asamblea Legislativa para que, de conformidad con el

artículo 17, inciso c) de la Ley Orgánica del Banco Central, se proceda a la ratificación

respectiva. / ACUERDO DECLARADO FIRME POR UNANIMIDAD.” La Secretaria

del Consejo de Gobierno, Martha Monge Marín.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº 15852.—Solicitud

Nº 155.—C-11280.—(IN2012116587).

No. 128

Martha Monge Marín

Secretaria del Consejo de Gobierno

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley

General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del

Acta de la sesión ordinaria número Ciento Veintitrés, celebrada el dieciséis de octubre

del dos mil doce, tomó el acuerdo que textualmente dice: “Tener por conocidas las

cartas de fecha 04 y 09 de octubre, ambas del presente año, suscritas por el señor Rafael

Arias Fallas y la señora María del Rocío Quesada Chacón, en las que presentan la

renuncia al cargo que han venido desempañando como Directores ante la Junta

Directiva del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), mismas que hicieron efectivas a

partir del 04 y del 09 de octubre del 2012, respectivamente. / ACUERDO

DECLARADO FIRME POR UNANIMIDAD.” La Secretaria del Consejo de Gobierno,

Martha Monge Marín.”

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº 15852.—

Solicitud Nº 155.—C-11280.—(IN2012116591).

No. 131

Martha Monge Marín

Secretaria del Consejo de Gobierno

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General

de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del Acta de

la sesión ordinaria número Ciento Veinticinco, celebrada el treinta de octubre del dos mil

doce, tomó el acuerdo que textualmente dice: “1.- Tener por conocida la renuncia presentada

por la señora Vilma Contreras Ramírez, en el cargo que ha venido desempeñando como

Miembro Propietaria ante la Junta Directiva de la Junta de Protección Social, misma que hizo

efectiva a partir del 29 de octubre del 2012. / 2.- Nombrar en sustitución suya a la señora

Lidiette Brenes Arguedas, cédula de identidad número 1-241-335, a partir del 30 de octubre

del 2012 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 07 de mayo del 2014. /

ACUERDO DECLARADO FIRME POR UNANIMIDAD.” La Secretaria del Consejo de

Gobierno, Martha Monge Marín.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº 15852.—Solicitud Nº

155.—C-11280.—(IN2012116594).

No. 132

Martha Monge Marín

Secretaria del Consejo de Gobierno

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General

de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo tercero del Acta de la

sesión ordinaria número Ciento Veinticinco, celebrada el treinta de octubre del dos mil doce,

tomó el acuerdo que textualmente dice: “Nombrar al señor Fernando Felipe Sánchez Campos,

cédula de identidad número 1-869-995, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa

Rica ante La Santa Sede y ante la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y

la Alimentación (FAO), como Embajador Concurrente ante el Honorable Gobierno de la

Soberana Orden Militar y Hospitalaria de San Juan de Jerusalén de Rodas y de Malta, con

residencia en Roma, a partir del 30 de octubre de 2012. / ACUERDO DECLARADO FIRME

POR UNANIMIDAD.” La Secretaria del Consejo de Gobierno, Martha Monge Marín.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº 15852.—Solicitud Nº

155.—C-11280.—(IN2012116597).

No. 133

Martha Monge Marín

Secretaria del Consejo de Gobierno

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley

General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo cuarto del Acta

de la sesión ordinaria número Ciento Veinticinco, celebrada el treinta de octubre del dos

mil doce, tomó el acuerdo que textualmente dice: “En razón de haberse conocido la

renuncia presentada por la señora María del Rocío Quesada Chacón, al cargo de

Directora ante la Junta Directiva del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), según

consta en el artículo segundo de la sesión ordinaria número Ciento Veintitrés del pasado

dieciséis de octubre del 2012, se nombra en sustitución suya, a la señora Vilma

Contreras Ramírez, cédula de identidad número 1-384-153, como Directora ante la

Junta Directiva del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), a partir del 30 de octubre

del 2012 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 30 de junio del 2014. /

ACUERDO DECLARADO FIRME POR UNANIMIDAD.” La Secretaria del Consejo

de Gobierno, Martha Monge Marín.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº 15852.—Solicitud

Nº 155.—C-11280.—(IN2012116599).

No. 135

Martha Monge Marín

Secretaria del Consejo de Gobierno

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General

de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo sexto del Acta de la

sesión ordinaria número Ciento Veinticinco, celebrada el treinta de octubre del dos mil doce,

tomó el acuerdo que textualmente dice: “Conforme a las disposiciones contenidas en los

artículos 6 y 7 de la Ley No. 7801, denominada Ley del Instituto Nacional de las

Mujeres, nombrar a la señora Isabel Brenes Paniagua, cédula de identidad 2-572-926, como

Delegada del Presidente Ejecutivo del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), ante la Junta

Directiva del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU). Rige a partir del 30 de octubre del

2012 hasta el 8 de mayo del 2014. / ACUERDO DECLARADO FIRME POR

UNANIMIDAD.” La Secretaria del Consejo de Gobierno, Martha Monge Marín.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº 15852.—Solicitud Nº

155.—C-11280.—(IN2012116600).

No. 137

Martha Monge Marín

Secretaria del Consejo de Gobierno

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General

de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del Acta de

la sesión ordinaria número Ciento Veintiséis, celebrada el seis de noviembre del dos mil doce,

tomó el acuerdo que textualmente dice: “Nombrar al señor Manuel Antonio Barrantes

Rodríguez, cédula No. 2-0223-0052, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa

Rica ante el Gobierno del Reino de Noruega, como Embajador Concurrente de Costa Rica

ante el Reino de Suecia, con sede en la Ciudad de Oslo, a partir del 06 de noviembre de 2012.

ACUERDO DECLARADO FIRME POR UNANIMIDAD.” La Secretaria del Consejo de

Gobierno, Martha Monge Marín.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº 15852.—Solicitud Nº

155.—C-10340.—(IN2012116602).

No. 141

Martha Monge Marín

Secretaria del Consejo de Gobierno

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General

de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo tercero del Acta de la

sesión ordinaria número Ciento Veintisiete celebrada el trece de noviembre del dos mil doce,

tomó el acuerdo que textualmente dice: “1.- Tener por conocida la renuncia presentada por el

señor Leiner Vargas Alfaro, al cargo que venía desempeñando como Director ante la Junta

Directiva del Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT),

misma que hace efectiva a partir del 09 de noviembre del 2012. 2.- Nombrar en sustitución

suya al señor Eduardo Sibaja Arias, cédula de identidad número 2-302-923, a partir del 13 de

noviembre del 2012 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 30 de abril del

2013. ACUERDO DECLARADO FIRME POR UNANIMIDAD.” La Secretaria del Consejo

de Gobierno, Martha Monge Marín.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº 15852.—Solicitud Nº

155.—C-11280.—(IN2012116604).

N° 060-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140 inciso 1) de la Constitución

Política, artículos 53, inciso a) y 65 de la Ley General de Policía N.° 7410 del veintiséis de mayo

de mil novecientos noventa y cuatro.

Considerando:

1º.- Que la Ley General de Policía N.° 7410, regula las disposiciones para que los servidores

de las fuerzas de policía formen parte del Estatuto Policial.

2º.- Que dicha Ley en su artículo trece crea la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional,

como un cuerpo informativo del Presidente de la República en materia de Seguridad Nacional.

3º.- Que solo pueden formar parte del Estatuto Policial los funcionarios nombrados de

conformidad con las normas prescritas en dicha Ley y sus reglamentos.

4º.- Que los servidores que se indicarán cumplen con los requisitos establecidos en el artículo

65 de la Ley General de Policía N.° 7410. Por tanto:

Acuerdan:

Artículo 1°.- Nombrar como miembros de las fuerzas de policía incluidos dentro del régimen de

Estatuto Policial, a los funcionarios de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional: Ana

Lorena Sánchez Castro, cédula de identidad 1-510-229 y José Francisco Montero Páez, cédula de

identidad 1-891-267.

Artículo 2°.- Rige a partir del dieciséis de octubre del dos mil doce.

Dado en la Presidencia de la República al ser los cinco días del mes de diciembre del dos mil

doce.

Laura Chinchilla Miranda.—Ministro a. í. de la Presidencia, Gustavo Alvarado Chaves.—1

vez.—O. C. Nº 14026.—Solicitud Nº 30087.—C-14100.—(IN2012117657).

1

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Nº 0050-2012- MGP

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 141 de la Constitución Política, artículo

28 inciso 1 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública N° 6227 del 2 de mayo de

1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 9019 Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario

de la República para el Ejercicio Económico del 2012, Alcance Digital N° 106 en La Gaceta N°

244 del 20 de diciembre del 2011 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y

Transporte para Funcionarios Públicos N° R-DC-10-2012.

CONSIDERANDO:

1°-Que la participación en la reunión regional: “Taller para Comisiones de Elegibilidad sobre

Violencia y Desplazamiento”, a realizarse en la Ciudad de San Salvador, El Salvador, es de

interés para el Ministerio de Gobernación y Policía, porque en ella se tratarán temas de relevancia

para esta Cartera Ministerial.

2°-Que la reunión se realizará en la Ciudad de San Salvador, del 22 al 23 de noviembre del 2012.

Por tanto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1°-Designar a la señora Lidiette Jiménez Arias, cédula de identidad Nº 1-0916-

0486, Jueza del Tribunal Administrativo Migratorio, para que participe en la reunión regional:

“Taller para Comisiones de Elegibilidad sobre Violencia y Desplazamiento”, a realizarse en

la Ciudad de San Salvador, del 22 al 23 de noviembre del 2012.

ARTÍCULO 2°-Los gastos de la señora Lidiette Jiménez Arias, por concepto de hospedaje y

alimentación, transporte aéreo y tributos o cánones que se deben pagar en las terminales serán

cubiertos en su totalidad por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

(ACNUR)

ARTÍCULO 3°-Se autoriza la participación de la señora Lidiette Jiménez Arias a dicha

actividad, saliendo del país el día 21 de noviembre y regresando el día 24 de noviembre del año

en curso, por lo que en los días indicados devengará el 100% de su salario.

ARTICULO 4°- La funcionaria cede las millas otorgadas al Ministerio de Gobernación y Policía

en el viaje al exterior.

ARTÍCULO 5°-Rige a partir del 21 al 24 de noviembre del 2012.

San José, a las doce horas del veinte de noviembre del dos mil doce.

Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía.—1 vez.—O. C. Nº 15366.—

Solicitud Nº 106-045-0004.—C-14100.—(IN2012116726).

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

No. 184-2012 AC.—Veintiuno de agosto del dos mil doce.

EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en los artículos 140, inciso 2) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica,

12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, la Resolución #11969 de las ocho horas treinta

minutos del ocho de agosto del dos mil doce del Tribunal de Servicio Civil.

ACUERDAN:

ARTÍCULO PRIMERO: Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado, al

servidor MIGUEL ATILIO REYES CASTRO, mayor de edad, cédula de identidad No. 06-0155-

0807, quien labora como Supervisor de Educación de la Dirección Regional Educativa de

Turrialba.

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente acuerdo rige a partir del treinta y uno de agosto del dos

mil doce.

LUIS LIBERMAN GINSBURG.—Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier

Rímolo.—1 vez.—O. C. Nº 15542.—Solicitud Nº 43772.—C-7400.—(IN2012116643).

No. MEP- 293-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47)

inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y

Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2012 (Ley N°

9019 del 02 de diciembre de 2011) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de

Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA

Artículo 1.- Designar al señor Antonio Alberto Calvo Leiva, Cédula de Identidad

N°.302690088, Asesor Nacional de la Dirección de Educación Técnica y

Capacidades Emprendedoras, para que participe en la Reunión “Group of

National Experts on Vocational Education and Trainig", que se realizará

en Paris-Francia, del 06 al 11 de noviembre de 2012.

Artículo 2. El señor Calvo se acogerá a su periodo de vacaciones a partir del 12 al 18 de

noviembre de 2012, con regreso al país el día 18 de noviembre de 2012.

Artículo 3. Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y

regreso serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10503 del Programa

Presupuestario 550-00, para un monto de mil quinientos dólares con cero

centavos de dólar ($1.500,00) y los gastos correspondientes al alojamiento y

manutención serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10504 del

mismo programa, para un monto de mil quinientos dólares con cero

centavos de dólar ($1.500,00), para un monto total de tres mil dólares con

cero centavos de dólar ($3.000,00), todo sujeto a la liquidación

correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4. Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos y los impuestos

de salida del país sede del evento, que serán reembolsados mediante la

subpartida presupuestaria 10503 y los gastos correspondientes al alojamiento

y manutención que serán cubiertos mediante la subpartida 10504 del mismo

Programa 550-00. Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del

plazo establecido.

Artículo 5. De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-

2010 referente al “Millaje” todo funcionario público que realice un viaje

financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por

tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de

Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del

tiquete aéreo

Artículo 6. Que durante los días del 06 al 11 de noviembre de 2012, en que se autoriza la

participación del señor Antonio Alberto Calvo Leiva en la Reunión,

devengará el 100% de su salario.

Artículo 7. El presente acuerdo rige a partir del 06 al 11 de noviembre de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintinueve días del mes de octubre del año

dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—

Solicitud Nº 11914.—C-23500.—(IN2012116657).

No. MEP-317-2012

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47)

inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y

Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2012 (Ley N°

9019 del 02 de diciembre de 2011) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de

Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA

Artículo 1. Designar al señor Mauricio Vargas Leitón, Cédula de Identidad N°.2-

0501-0752, Asesor de Educación 2 de la Dirección de Gestión y

Evaluación de la Calidad, para que participe en la "Reunión Técnica del

LLECE”, que se realizará en Foz do Iguacu-Brasil, del 24 de noviembre

al 01 de diciembre de 2012.

Artículo 2. Los gastos del viaje al exterior, por concepto de alojamiento y

manutención serán cubiertos por el Instituto Nacional de Ciencias y la

Investigación Teixeira (INEP). Los gastos por concepto de transporte

aéreo de ida y regreso serán cubiertos por el Programa Presupuestario

556-00 de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de dos mil

doscientos dólares con cero centavos de dólar ($2.200,00), para un

monto total de dos mil doscientos dólares con cero centavos de dólar

($2.200,00). Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo

establecido.

Artículo 3. Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos y los

impuestos de salida del país sede del evento, que serán reembolsados

mediante la subpartida presupuestaria 10503, así como los gastos de al

alojamiento y manutención que no estén cubiertos por los organizadores

del evento serán rembolsados por la subpartida 10504 del Programa 556-

00. Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo

establecido

Artículo 4. De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-

2010 referente al “Millaje,” todo funcionario público que realice un viaje

financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo.

Por tanto la funcionaria designado en este acuerdo cede al Ministerio de

Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del

tiquete aéreo.

Artículo 5. Que durante los días del 24 de noviembre al 01 de diciembre de 2012, en

que se autoriza la participación del señor Mauricio Vargas Leitón en la

Reunión, devengará el 100% de su salario.

Artículo 6. El presente acuerdo rige a partir del 24 de noviembre al 01 de diciembre

de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los doce días del mes de noviembre del año dos

mil doce.

Dyalah Calderón De la O., Ministra a. í. de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—

Solicitud Nº 11914.—C-23500.—(IN2012116658).

No. MEP-318-2012

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47)

inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y

Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2012 (Ley N°

9019 del 02 de diciembre de 2011) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de

Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA

Artículo 1. Designar a la señora Yadira Varela Martínez, Cédula de Identidad N°.3-

0252-0870, Asesora de Educación 2 de la Dirección de Gestión y

Evaluación de la Calidad, para que participe en la "Reunión Técnica del

LLECE”, que se realizará en Foz do Iguacu-Brasil, del 24 de noviembre

al 01 de diciembre de 2012.

Artículo 2. Los gastos del viaje al exterior, por concepto de alojamiento y

manutención serán cubiertos por el Instituto Nacional de Ciencias y la

Investigación Teixeira (INEP). Los gastos por concepto de transporte

aéreo de ida y regreso serán cubiertos por el Programa Presupuestario

556-00 de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de dos mil

doscientos dólares con cero centavos de dólar ($2.200,00), para un

monto total de dos mil doscientos dólares con cero centavos de dólar

($2.200,00). Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo

establecido.

Artículo 3. Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos y los

impuestos de salida del país sede del evento, que serán reembolsados

mediante la subpartida presupuestaria 10503, así como los gastos de

alojamiento y manutención que no estén cubiertos por los organizadores

del evento serán rembolsados por la subpartida 10504 del Programa 556-

00. Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo

establecido

Artículo 4. De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-

2010 referente al “Millaje,” todo funcionario público que realice un viaje

financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo.

Por tanto la funcionaria designado en este acuerdo cede al Ministerio de

Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del

tiquete aéreo.

Artículo 5. Que durante los días del 24 de noviembre al 01 de diciembre de 2012, en

que se autoriza la participación de la señora Yadira Varela Martínez en la

Reunión, devengará el 100% de su salario.

Artículo 6. El presente acuerdo rige a partir del 24 de noviembre al 01 de diciembre

de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los doce días del mes de noviembre del año dos

mil doce.

Dyalah Calderón De La O., Ministra a. í de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—

Solicitud Nº 11914.—C-23500.—(IN2012116660).

No. MEP-319-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47)

inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y

Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2012 (Ley N°

9019 del 02 de diciembre de 2011) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de

Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA

Artículo 1. Designar a la señora María Esther Bravo Arrieta, Cédula de Identidad

N°.105500012, Jefe de Departamento de Alimentación y Nutrición,

para que participe en el "V Seminario Latinoamericano y del Caribe de

Alimentación Escolar”, que se realizará en Guayaquil-Ecuador, del 27

de noviembre al 02 de diciembre de 2012.

Artículo 2. Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso serán

cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida

presupuestaria 10503, para un monto de setecientos cincuenta dólares con

cero centavos de dólar ($750,00); los gastos por concepto de alojamiento,

alimentación y gastos menores de los días 27 y 30 de noviembre, serán

cubiertos por la subpartida presupuestaria 10504 para un monto de

trescientos cincuenta dólares con cero de dólar ($350,00). Lo anterior

para un monto total de mil cien dólares con cero centavos de dólar

($1.100,00). Sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo

establecido.

Los gastos por alojamiento y manutención de los días 28 y 29 de

noviembre serán cubiertos por Los Organizadores del Evento. Asimismo

los gastos por alojamiento y manutención de los días 01 y 02 de

diciembre serán cubiertos por La Interesada.

Artículo 3. Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos y los

impuestos de salida del país sede del evento, que serán reembolsados

mediante la subpartida presupuestaria 10503 del Programa 550-00. Todo

sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4. De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-

2010 referente al “Millaje,” todo funcionario público que realice un viaje

financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo.

Por tanto la funcionaria designado en este acuerdo cede al Ministerio de

Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del

tiquete aéreo.

Artículo 5. Que durante los días del 27 de noviembre al 02 de diciembre de 2012, en

que se autoriza la participación de la señora María Esther Bravo Arrieta

en el Seminario, devengará el 100% de su salario.

Artículo 6. El presente acuerdo rige a partir del 27 de noviembre al 02 de diciembre

de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los catorce días del mes de noviembre del año dos

mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—

Solicitud Nº 11914.—C-23500.—(IN2012116662).

No. MEP- 323-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47)

inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y

Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2012 (Ley N°

9019 del 02 de diciembre de 2011) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de

Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA

Artículo 1.- Designar a la señora Miriam Maritza Fuentes Quesada, Cédula de Identidad

N°.0106750593, Jefe Profesional 1 en la Dirección de Asuntos Jurídicos,

para que participe en el “Curso de postgrado en derecho", que se realizará

en Toledo-España, del 03 al 25 de enero de 2013.

Artículo 2. La señora Fuentes se acogerá a su periodo de vacaciones a partir del 25 de

enero al 03 de febrero de 2013, con regreso al país el día 03 de febrero de

2013.

Artículo 3. Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y

regreso serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10503 del Programa

Presupuestario 550-00, para un monto de dos mil doscientos dólares con

cero centavos de dólar ($2.200,00) y los gastos correspondientes al

alojamiento y manutención serán cubiertos por la subpartida presupuestaria

10504 del mismo programa, para un monto de seis mil cien dólares con cero

centavos de dólar ($6.100,00) y además de la subpartida 10701 los gastos

por derecho al Curso (Artículo 52 del Reglamento de Viáticos de Viajes al

Exterior para funcionarios públicos) serán cubiertos por el programa

presupuestario 553-00, tramitado por el Instituto de Desarrollo Profesional

Uladislao Gámez Solano, por un monto de mil ochocientos dólares con cero

centavos de dólar ($1.800,00), para un monto total de diez mil cien dólares

con cero centavos de dólar ($10.100,00). Todo sujeto a la liquidación

correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4. De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-

2010 referente al “Millaje” todo funcionario público que realice un viaje

financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por

tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de

Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del

tiquete aéreo

Artículo 5. Que durante los días del 03 al 25 de enero de 2013, en que se autoriza la

participación de la señora Miriam Maritza Fuentes Quesada en el Curso,

devengará el 100% de su salario.

Artículo 6. El presente acuerdo rige a partir del 03 al 25 de enero de 2013.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los dieciséis días del mes de noviembre del año

dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—

Solicitud Nº 11914.—C-23500.—(IN2012116664).

No. 327-2012 AC.—Veinte de noviembre del dos mil doce.

EL PRIMER VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en los artículos 140, inciso 2) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica,

12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, la Resolución #12037 de las ocho horas con treinta

minutos del veintiséis de octubre del dos mil doce del Tribunal de Servicio Civil.

ACUERDAN:

ARTÍCULO PRIMERO: Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado, al

servidor CHRISTIAN JOHANN ROJAS SÁNCHEZ, mayor de edad, cédula de identidad 01-

1061-0551, quien labora como Oficial de Seguridad de Servicio Civil 1, en la Escuela Juan Flores

Umaña adscrita a la Dirección Regional Educativa de San Carlos..

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente acuerdo rige a partir del veintinueve de noviembre del

dos mil doce.

ALFIO PIVA MESÉN.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1

vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº 19735.—C-7400.—(IN2012116641).

No. MEP 328-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA

Artículo 1. Designar a la señora Jaqueline Astrid Casal Umaña, Cédula de Identidad

N°.106670574, Docente de Primaria de la Escuela Miguel Obregón

Lizano, para que participe en el “Campeonato Centroamericano de

Atletismo Máster, que se realizará en la Guatemala, del 04 al 11 de

diciembre de 2012.

Artículo 2. Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y

regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: La Interesada.

Artículo 3. Que durante los días del 04 al 11 de diciembre de 2012, en que se autoriza

la participación de la señora Jaqueline Astrid Casal Umaña en el

Campeonato, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4. El presente acuerdo rige a partir del 04 al 11 de diciembre de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los veintidós días del mes de noviembre del año

dos mil doce.

Mario Mora Quirós, Ministro a. í. de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—

Solicitud Nº 11914.—C-9400.—(IN2012116647).

No. MEP 329-201

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA

Artículo 1. Designar a la señora María Luisa Granados Alvarado, Cédula de

Identidad N°.60213028, Profesora de Enseñanza Básica de la Escuela

República de México, para que participe en el “IX Curso de

Actualización para Profesores”, que se realizará en la Cuidad de

México-México, del 25 de noviembre al 08 de diciembre de 2012.

Artículo 2. Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y

regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Embajada de

México.

Artículo 3. Que durante los días del 25 de noviembre al 08 de diciembre de 2012, en

que se autoriza la participación de la señora María Luisa Granados

Alvarado en el Curso, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4. El presente acuerdo rige a partir del 25 de noviembre al 08 de diciembre

de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los veintidós días del mes de noviembre del año

dos mil doce.

Mario Mora Quirós, Ministro a. í de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—

Solicitud Nº 11914.—C-9400.—(IN2012116648).

No. MEP 330-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA

Artículo 1. Designar a la señora Kathya Fallas Fallas, Cédula de Identidad

N°.107130249, Jefa de Departamento de Investigación, Desarrollo e

Implementación, para que participe en la “Mesa Redonda

Latinoamericana del Programa Intel Aprender”, que se realizará en

Santiago-Chile, del 03 al 07 de diciembre de 2012.

Artículo 2. Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y

regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Intel Costa

Rica.

Artículo 3. Que durante los días del 03 al 07 de diciembre de 2012, en que se autoriza

la participación de la señora Kathya Fallas Fallas en la Mesa Redonda,

devengará el 100% de su salario.

Artículo 4. El presente acuerdo rige a partir del 03 al 07 de diciembre de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los veintidós días del mes de noviembre del año

dos mil doce.

Mario Mora Quirós, Ministro a. í. de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—

Solicitud Nº 11914.—C-9400.—(IN2012116649).

No. MEP 331-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA

Artículo 1. Designar al señor Jorge Arturo Rodríguez Jiménez, Cédula de Identidad

N°.205310346, Profesor de Enseñanza Media de Química del Liceo

Nuestra Señora de los Ángeles y Profesor de Enseñanza Media de

Ciencias en el Liceo Nocturno Julián Volio Llorente, para que participe

en el “I Congreso de Educación Ambiental para Profesores de

Enseñanza Secundaria”, que se realizará en la Guatemala, del 25 de

noviembre al 01 de diciembre de 2012.

Artículo 2. Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y

regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Los

Organizadores del Evento.

Artículo 3. Que durante los días del 25 de noviembre al 01 de diciembre de 2012, en

que se autoriza la participación del señor Jorge Arturo Rodríguez

Jiménez en el Congreso, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4. El presente acuerdo rige a partir del 25 de noviembre al 01 de diciembre

de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los veintidós días del mes de noviembre del año

dos mil doce.

Mario Mora Quirós, Ministro a. í. de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—

Solicitud Nº 11914.—C-9400.—(IN2012116651).

No. MEP-332-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47)

inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y

Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2012 (Ley N°

9019 del 02 de diciembre de 2011) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de

Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA

Artículo 1. Designar al señor Fabio Jiménez Castro, cédula de Identidad N°1-0996-

0423, Director de la Dirección de Asuntos Internacionales y

Cooperación, para que participe en la “17° Reunión del Consejo de

Ministro de Educación de la CECC/SICA”, que se realizará en Managua-

Nicaragua, del 29 de noviembre al 01 de diciembre de 2012.

Artículo 2. Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y

regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: CECC/SICA.

Artículo 3. Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos y los impuestos

de salida del país sede del evento, que serán reembolsados por el Programa

Presupuestario 550-00, mediante la subpartida presupuestaria 10503. Todo

sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4. Que durante los días del 29 de noviembre al 01 de diciembre de 2012, en

que se autoriza la participación del señor Fabio Jiménez Castro en la

Reunión, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5. El presente acuerdo rige a partir del 29 de noviembre al 01 de diciembre de

2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos

mil doce.

Mario Mora Quirós, Ministro a. í. de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—

Solicitud Nº 11914.—C-23500.—(IN2012116679).

No. MEP 333-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA

Artículo 1. Designar a los señores Walter Ulises Arias Gavarrete, Cédula de

Identidad N°.5-269-221, Profesor de Estudios Sociales del Colegio José

María Gutiérrez; Maikel Vargas Ulate, Cédula de Identidad N°.6-0349-

0457, Profesor de Estudios Sociales y Cívica del Liceo José María

Gutiérrez; Leici Manrique Briceño Gutiérrez, Cédula de Identidad

N°.5-297-368, Profesor de Enseñanza Media del Colegio Nocturno de

Liberia; Ilse Patricia Angulo Rodríguez, Cédula de Identidad N°.05-

0269-0375, Profesor de Estudios Sociales del Liceo Laboratorio de

Liberia; Águeda Francisca Pérez Romero, Cédula de Identidad N°.05-

0298-0729, Profesora de Enseñanza Media de Estudios Sociales del

Liceo Laboratorio de Liberia; Yendry Chavarría Matarrita, Cédula de

Identidad N°.5-0311-0485, Profesora de Enseñanza Media de Estudios

Sociales del Instituto de Guanacaste, Grace Rodríguez Jiménez,

Cédula de Identidad N°.5-0326-0685, Profesora de Enseñanza Media de

Liceo Rural La Garita y Daniela Porras Soto, Cédula de Identidad

N°.5-0345-0909, Profesora de Enseñanza Media del Instituto de

Guanacaste y en el Liceo de Guardia, para que participen en la

“Convivencia de Docentes”, que se realizará en Nicaragua, del 05 al 07

de diciembre de 2012.

Artículo 2. Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y

regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Los

Interesados.

Artículo 3. Que durante los días del 05 al 07 de diciembre de 2012, en que se autoriza

la participación de los señores Walter Ulises Arias Gavarrete, Maikel

Vargas Ulate, Leici Manrique Briceño Gutiérrez, Ilse Patricia Angulo

Rodríguez, Agueda Francisca Pérez Romero, Yendry Chavarría

Matarrita, Grace Rodríguez Jiménez y Daniela Porras Soto en la

Convivencia, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4. El presente acuerdo rige a partir del 05 al 07 de diciembre de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los veintinueve días del mes de noviembre del año

dos mil doce.

Leonardo Ganier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—

Solicitud Nº 11914.—C-23500.—(IN2012116676).

No. MEP 334-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA

Artículo 1. Designar a los señores José Enrique Vallejos Espinoza, Cédula de

Identidad N°.1-1130-668, Profesor de Enseñanza Media del Liceo El

Consuelo; Eric José Gutiérrez Navarrete, Cédula de Identidad N°.5-

259-117, Profesor de Enseñanza Media del Colegio de Cañas Dulces;

Alexander Villalobos Fernández, Cédula de Identidad N°.2-0614-0913,

Docente de Secundaria del Instituto Profesional de Educación

Comunitaria; Lidia Isabel Clachar Mendoza, Cédula de Identidad N°.5-

0176-0537, Coordinadora de Guanacastequidad en la Dirección

Regional de Liberia; Beatriz Quirós Ramírez, Cédula de Identidad

N°.1-558-676, Docente de Estudios Sociales Colegio Técnico

Profesional de la Fortuna de Bagaces; Sindey Ivania Céspedes

Chacón, Cédula de Identidad N°.2-528-051, Profesora de Enseñanza

Media del Colegio Técnico Profesional de Liberia; María Elena López

Ortega, Cédula de Identidad N°.8-085-173, Docente del Colegio Técnico

Profesional de Liberia y Giselle María Corea Chevez, Cédula de

Identidad N°.5-235-809, Docente del Colegio Técnico Profesional de

Liberia, para que participen en la “Convivencia de Docentes”, que se

realizará en Nicaragua, del 05 al 07 de diciembre de 2012.

Artículo 2. Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y

regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Los

Interesados.

Artículo 3. Que durante los días del 05 al 07 de diciembre de 2012, en que se autoriza

la participación de los señores José Enrique Vallejos Espinoza, Eric José

Gutiérrez Navarrate, Alexander Villalobos Fernández, Lidia Isabel

Clachar Mendoza, Beatriz Quirós Ramírez, Sindey Ivania Céspedes

Chacón, María Elena López Ortega y Giselle María Corea Chevez en

la Convivencia, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4. El presente acuerdo rige a partir del 05 al 07 de diciembre de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los veintinueve días del mes de noviembre del año

dos mil doce.

Leonardo Ganier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—

Solicitud Nº 11914.—C-23500.—(IN2012116674).

No. MEP 335-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA

Artículo 1. Designar a los señores Oscar Omar Obando Obregón, Cédula de

Identidad N°.1-1050-273, Profesor de Estudios Sociales del Colegio

Nocturno de Bagaces; José Mario Morales Castillo, Cédula de

Identidad N° 5-0310-351, Profesor de Enseñanza Media del Liceo

Cuajiniquil; Erick Vianney Brenes Sánchez, Cédula de Identidad N°.2-

501-322, Docente del Liceo Nocturno La Cruz; Luis Diego Madrigal

Ruiz, Cédula de Identidad N°.2-0641-0786, Profesor de Enseñanza

Media del Instituto Profesional de Educación Comunitaria; Elizabeth

Jiménez Alvarado, Cédula de Identidad N°.6-232-946, Profesora de

Estudios Sociales del Liceo de Guardia; Heidi Patricia Ruiz Canales,

Cédula de Identidad N°.5-0294-0903, Profesora Estudios Sociales del

Liceo Quebrada Grande; Yarla María Ruiz Chaves, Cédula de

Identidad N°.5-0328-0553, Profesora de Enseñanza Media de Estudios

Sociales de Telesecundaria Piedras Azules y Blanca Rosa Ruiz

Rodríguez, Cédula de Identidad N°.5-189-612, Profesora de Estudios

Sociales del Instituto Profesional de Educación Comunitaria, para que

participen en la “Convivencia de Docentes”, que se realizará en

Nicaragua, del 05 al 07 de diciembre de 2012.

Artículo 2. Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y

regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Los

Interesados.

Artículo 3. Que durante los días del 05 al 07 de diciembre de 2012, en que se autoriza

la participación de los señores Oscar Omar Obando Obregón, José

Mario Morales Castillo, Erick Vianney Brenes Sánchez, Luis Diego

Madrigal Ruiz, Elizabeth Jiménez Alvarado, Heidi Patricia Ruiz

Canales, Yarla María Ruiz Chaves y Blanca Rosa Ruiz Rodríguez, en

la Convivencia, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4. El presente acuerdo rige a partir del 05 al 07 de diciembre de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los veintinueve días del mes de noviembre del año

dos mil doce.

Leonardo Ganier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—

Solicitud Nº 11914.—C-23500.—(IN2012116671).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A

PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES

PERIODO: ENERO - DICIEMBRE 2013

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación

Administrativa, se informa a nuestros proveedores y público en general que el Programa de

Adquisiciones de RECOPE para el año 2013 estará disponible en la página WEB de RECOPE

(www.recope.com), en la sección de Info proveedores - Contratación de Bienes y Servicios -

Requisitos, marco regulador y otros - Plan Anual de Compras, a partir del 02 de enero del 2013.

Las modificaciones que se hagan durante el año a este plan, serán divulgadas por el mismo

medio.

Asimismo, se recuerda que a través del sitio web, podrán encontrar las licitaciones y

contrataciones por escasa cuantía promovidas por la empresa.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº

2012-14.—Solicitud Nº 865-00083-PROV.—C-24620.—(IN2012112976).

OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS

DEL BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL S. A.

La Unidad de Compras de la Sección Administrativa del Departamento de Administración y

Finanzas de la Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de

Desarrollo Comunal S. A., comunica que el Programa Anual de Adquisiciones 2012 de la

Institución se encuentra en la siguiente dirección electrónica www.popularpensiones.fl.cr en el

apartado Documentos a partir de esta publicación.

18 de diciembre de 2012.—Departamento Administración y Finanzas.—Lic. Cinthia Solano

Fernández, Jefe.—MSc. Alonso Oviedo Arguedas, Jefe Sección Administrativa.—1 vez.—

(IN2012117282).

REGISTRO DE PROVEEDORES

AVISOS

OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS

DEL BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL S. A.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 del Reglamento a la Ley de Contratación

Administrativa, la Sección Administrativa de la Operadora de Planes de Pensiones

Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A., con el propósito de ampliar

y actualizar nuestro Registro de Proveedores, invita a todas las personas físicas jurídicas que

deseen ser integrantes de la nómina de proveedores, y que estén dentro de las expectativas y

requerimientos institucionales conforme al programa de compras, a retirar en nuestras oficinas el

formulario respectivo u obtenerlo en nuestra página web www.popularpensiones.fi.cr en el

apartado Documentos.

18 de diciembre de 2012.—Departamento Administración y Finanzas.—Lic. Cinthia Solano

Fernández, Jefe.—MSc. Alonso Oviedo Arguedas, Jefe Sección Administrativa.—1 vez.—

(IN2012117280).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en

ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General

de la Administración Pública, ley 6227, y el inciso 10) del artículo 22 del Reglamento

Interno de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos

y sus órganos desconcentrados, me permito comunicarle (s) que en Sesión Ordinaria No.

072-2012 del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, celebrada el día 21

de noviembre del 2012, mediante acuerdo 032-072-2012, se ha aprobado la siguiente

resolución:

RCS-353-2012

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DE LA

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

SAN JOSÉ, A LAS 12:00 HORAS DEL 21 DE NOVIEMBRE DE 2012

“LINEAMIENTOS PARA LA DEFINICIÓN DE MERCADOS RELEVANTES,

OPERADORES IMPORTANTES Y ANÁLISIS DEL GRADO DE

COMPETENCIA EN LOS MERCADOS RELEVANTES”

En relación con el acuerdo del Consejo de la SUTEL N° 034-070-2012 de la sesión

ordinaria 070-2012, del 7 de noviembre del 2012, donde acogió el oficio 4363-SUTEL-

DGM-2012, relativo al informe sobre la solicitud de aclaración y adición presentada por

CLARO CR TELECOMUNICACIONES S. A. sobre la resolución RCS-245-2012

“Observaciones y modificaciones a los lineamientos para la definición de mercados

relevantes y operadores con poder significativo de mercado, definidos en la RCS-200-2012:

POR TANTO

Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de

Telecomunicaciones, Ley N° 8642 y su Reglamento, la Ley de la Autoridad Reguladora de

los Servicios Públicos, Ley N° 7593, la Ley General de Administración Pública, Ley N°

6227, la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley N°

7472, el Reglamento del Régimen de Competencia en Telecomunicaciones y Reglamento

de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones,

EL CONSEJO DE LA

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES, RESUELVE:

1. Dejar sin efecto las resoluciones RCS-200-2012 de las 11:00 horas del 27 de junio de

2012 y RCS-245-2012 de las 9:00 horas del 16 de agosto de 2012.

2. Establecer como lineamientos generales que deberán incorporarse al respectivo estudio

que se lleve a cabo en cada uno de los procesos implementados para definir y analizar

los mercados relevantes del sector de telecomunicaciones, definir los operadores con

poder significativo de mercado y para analizar el grado de competencia en cada uno de

estos mercados los siguientes criterios:

TABLA N° 1: CRITERIOS PARA DEFINIR UN MERCADO RELEVANTE

MERCADO DEL PRODUCTO

Sustituibilidad de la demanda:

Cuantifica hasta qué punto los

consumidores están dispuestos a

sustituir un producto o servicio por

otro, basado en sus características

físicas, precio y uso.

Análisis previo del comportamiento de los consumidores.

Encuestas a los consumidores y proveedores.

Obstáculos y costos relacionados con el desplazamiento de la demanda hacia productos

sustitutos, tales costos deben ser analizados desde la perspectiva contractual, de

aprendizaje y acceso.

Diferentes categorías de clientes y discriminación de precios.

Estimación de funciones de demanda.

Relación econométrica de precios y estructura de mercado.

Características de los productos (funcionalidades).

Sustituibilidad de la oferta:

Obstáculos de acceso al mercado

Estructurales: ventajas absolutas de costos, economías de escala y/o alcance sustanciales y

unos elevados costos no recuperables. Incluye los aspectos relacionados a la capacidad

financiera propia y de empresas relacionadas (cross holdings). Además, deberá analizar

cómo el acceso a canales de distribución, y otra infraestructura asociada a facilidades

esenciales, incentivando o no a los operadores establecidos en el mercado, ofrecer otros

servicios de telecomunicaciones o estar en capacidad de hacerlo (potencial).

Tecnológicos: se asocian a las capacidades tecnológicas de un operador, que permiten su

eventual incursión en el aprovisionamiento de otros servicios distintos.

Legales: derivan de medidas legislativas, administrativas o públicas en general que

repercuten directamente sobre las condiciones de entrada y/o el posicionamiento de los

operadores en el mercado (concesiones, autorizaciones, interconexión, etc).

Competencia potencial: viabilidad en que entren más empresas en el corto plazo.

MERCADO GEOGRAFICO

Establecer cuál es el área geográfica

donde se encuentra la oferta real

(empresas proveedoras del servicio)

y potencial.

La zona cubierta por una red.

Existencia de instrumentos legales y otros instrumentos reglamentarios.

Barreras y costes asociados al desvío de pedidos hacia empresas localizadas en otras

zonas.

Elementos de prueba en el pasado de desvío de pedidos a otras zonas.

TABLA N° 2: CRITERIOS PARA DEFINIR UN OPERADOR CON PODER

SIGNIFICATIVO DE MERCADO

OPERADOR CON PODER SIGNIFICATIVO DE MERCADO

Estructura del operador

Cuota de mercado: mediante la cantidad de usuarios, tráfico o

ingresos.

Participaciones de mercado y sus tendencias.

Control de infraestructura esencial, canales de distribución y

facilidades esenciales, para el periodo en estudio.

Ventajas tecnológicas que no sean fácilmente adquiribles y

proyectos de inversión de los operadores (ventajas potenciales

en el futuro).

Poder de negociación y compra, economías de escala y

alcance, cadena de abastecimiento, líneas, infraestructura base.

Nivel de desarrollo de la red de distribución y venta.

Acceso privilegiado a recursos financieros y a recursos de otra

naturaleza a través de empresas relacionadas (cross holdings).

Diversificación de la oferta de servicios.

Integración vertical del operador o proveedor.

3. Los citados lineamientos, en la medida en que constituyen criterios y técnicas

internacionalmente reconocidas, se entienden incorporadas al ordenamiento jurídico

costarricense y deberán considerarse en adición y como complemento a todos los

parámetros establecidos en las leyes y reglamentos que rigen la materia.

4. Estos lineamientos determinan que en cualquiera de los procesos de definición y análisis

de mercados relevantes del sector de las telecomunicaciones en Costa Rica, definición

de los operadores con poder significativo de mercado y el análisis del grado de

competencia en cada uno de estos mercados, deberá basarse en alguna o a varias de las

técnicas descritas en los lineamientos aquí emitidos, según resulte aplicable y quede

consignado de manera razonada para cada proceso de definición que corresponda.

5. Se advierte que en el momento específico de la definición y análisis de los mercados

relevantes del sector de telecomunicaciones, la definición de los operadores con poder

significativo de mercado y el análisis del grado de competencia en cada uno de estos

mercados, se justificará la metodología empleada y la aplicación o no de los distintos

criterios definidos por las normas legales, reglamentarias y los lineamientos aquí

fijados, según las condiciones propias del momento y las circunstancias imperantes

para el caso concreto, en los procesos llevados a cabo según la periodicidad que

considere la SUTEL en el ejercicio de sus competencias.

6. En razón de la importancia y el carácter vinculante de los citados lineamientos para los

procesos de definición y análisis de los mercados relevantes del sector de

telecomunicaciones, la definición de los operadores con poder significativo de

mercado y el análisis del grado de competencia en cada uno de estos mercados en el

sector de las telecomunicaciones en Costa Rica, éstos se someten a conocimiento de

los interesados mediante un comunicado, por medio de la publicación del Por Tanto de

esta resolución, en el Diario Oficial La Gaceta. Asimismo se divulgará la emisión de

estos lineamientos mediante la publicación de un aviso en un diario de circulación

nacional donde se ponga en conocimiento de los interesados que la resolución se

encuentra en el respectivo expediente, como también ésta podrá ser consultada a través

de la página electrónica de la institución.

7. En consecuencia, se otorga a los interesados, entiéndase personas físicas y/o jurídicas

que puedan verse afectadas por lo dispuesto en la presente resolución, un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del Por Tanto de la

presente resolución en el Diario Oficial La Gaceta, a efecto de referirse a los

lineamientos aquí fijados.

8. Procédase con la publicación del Por Tanto de la presente resolución en el Diario Oficial

La Gaceta, la publicación en la página electrónica institucional, así como con la

publicación de un aviso en un diario de circulación nacional, advirtiendo que para

efectos de la consulta pública, el respectivo expediente administrativo y todos los

documentos que lo conforman estarán disponibles en el archivo de la SUTEL, en

horario de 8 a.m. a 4 p.m., siendo posible presentar las observaciones que se estimen

pertinentes dentro del plazo conferido, en el tercer piso del edificio Tapantí, complejo

Multipark (instalaciones de la SUTEL), dirigidas a la Dirección General de Mercados.

ACUERDO FIRME.

Notifíquese y publíquese

El presente acto de comunicación adicionalmente certifica que la anterior resolución, se

encuentra aprobada mediante acuerdo firme, y se expide al amparo de lo previsto en el artículo

65, párrafo 2 de la Ley General de la Administración Pública, y en inciso 9) del citado artículo 22

del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios

Públicos y sus órganos desconcentrados, con posterioridad a la aprobación del Acta de la sesión

correspondiente.

Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones.—Luis Alberto Cascante

Alvarado, Secretario del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº 388-12.—Solicitud Nº 776-00027-

12.—C-94000.—(IN2012112982).

El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de

las competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la

Administración Pública, ley 6227, y el inciso 10) del artículo 22 del Reglamento Interno de

Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y sus órganos

desconcentrados, me permito comunicarle (s) que en Sesión Ordinaria No. 074-2012 del Consejo

de la Superintendencia de Telecomunicaciones, celebrada el día 29 de noviembre del 2012,

mediante acuerdo 010-074-2012, se ha aprobado la siguiente resolución:

RCS-355-2012

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DE LA

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

SAN JOSÉ, A LAS 09:35 HORAS DEL 29 DE NOVIEMBRE DEL 2012

“FIJACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN ESPECIAL PARAFISCAL A FONATEL,

CORRESPONDIENTE AL PERIODO FISCAL AÑO CALENDARIO 2012,

PAGADERA EN EL 2013”

EXPEDIENTE SUTEL GCO-FON-0002-2012

RESULTANDO:

1. Que el artículo 39 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N° 8642, y el artículo 7

del Reglamento de Acceso Universal, Servicio Universal y Solidaridad publicado en La

Gaceta N° 201 del 17 de octubre del 2008, establecen que la contribución parafiscal a

FONATEL debe ser fijada por la SUTEL a más tardar el 30 de noviembre del periodo fiscal

respectivo.

2. Que mediante acuerdo 032-062-2012 de la sesión ordinaria 062-2012, celebrada el 18 de

octubre de 2012, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, aprueba el

“Informe para la fijación de la Contribución Parafiscal a FONATEL para el periodo fiscal

año calendario 2012, pagadera en el 2013” y acuerda solicitar a la Dirección de Protección al

Usuario de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, que se lleven a cabo los

trámites correspondientes con el fin de proceder a la convocatoria a la audiencia pública para

la fijación de la Contribución Parafiscal a FONATEL para el periodo fiscal año calendario

2012, pagadera en el 2013. (Expediente GCO-FON-0002-2012, Folio 005).

3. Que mediante oficio 4293-SUTEL-2012, del 18 de octubre de 2012, el señor Presidente del

Consejo de SUTEL solicita a la Dirección General de Participación del Usuario de la

ARESEP realizar los trámites de audiencia pública para la propuesta de fijación de la

contribución parafiscal a FONATEL, correspondiente al periodo fiscal año calendario 2012,

pagadera en el 2013. (Expediente GCO-FON-0002-2012, Folios 164-165).

4. Que el 26 octubre de 2012 y el 1° de noviembre de 2012, la Superintendencia de

Telecomunicaciones (SUTEL) publica en dos periódicos de circulación nacional y en La

Gaceta N° 211, respectivamente, la convocatoria a audiencia pública sobre los aspectos

técnicos, económicos y financieros de la propuesta de fijación de la contribución parafiscal a

FONATEL, tramitada bajo el Expediente GCO-FON-0002-2012, para realizarse el 20 de

noviembre de 2012, a las 17:15 horas. (Expediente GCO-FON-0002-2012, Folios 150 y

151).

5. Que con fecha 6 de noviembre de 2012, la Dirección General de Participación del Usuario

habilita la realización de la Audiencia Pública, programada para el 20 de noviembre de 2012

y el plazo para presentar oposiciones y coadyuvancias (Expediente GCO-FON-0002-2012,

Folio 152).

6. Que la audiencia pública para conocer la propuesta de la Superintendencia de

Telecomunicaciones para la fijación de la contribución parafiscal a Fonatel, se llevó a cabo a

las 17:15 horas del 20 de noviembre del 2012, por medio del sistema de videoconferencia en

la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) y los Tribunales de Justicia de

los centros de Limón, Heredia, Ciudad Quesada, Liberia, Puntarenas, Pérez Zeledón y

Cartago y en forma presencial en el Salón Parroquial de Bri Brí, Limón. Sobre dicha

audiencia se levantó el acta No.103-2012. (Expediente GCO-FON-0002-2012, Folios 179 a

185)

7. Que se recibieron en tiempo y forma las posiciones del Instituto Costarricense de

Electricidad (ICE) y de la Cámara de Infocomunicación y Tecnología. (Expediente GCO-

FON-0002-2012, Folios 153 a 163).

8. Que durante la celebración de la audiencia pública ningún participante presentó solicitud

para el uso de la palabra, según quedó consignado en el acta referida. (Expediente GCO-

FON-0002-2012, Folio 185).

9. Que, mediante el oficio 4890-SUTEL-2012, la Dirección General de FONATEL presenta el

Informe de Análisis de las Posiciones presentadas a la Audiencia Pública para la Fijación de

la Contribución Parafiscal a FONATEL, correspondiente al periodo fiscal año calendario

2012, pagadera en el 2013.

10. Que el Consejo de la SUTEL conoce en la sesión 074-2012, celebrada el 29 de noviembre de

2012, el informe de análisis de las posiciones presentado en el oficio 4890-SUTEL-2012.

11. Que en los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.

CONSIDERANDO

I. Que de conformidad con el artículo 34 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N°

8642, se crea el Fondo Nacional de Telecomunicaciones (FONATEL), como instrumento

destinado a financiar el cumplimiento de los objetivos fundamentales del Régimen de

Acceso Universal, Servicio Universal y Solidaridad establecidos en esta Ley, así como de

las metas y prioridades definidas en el Plan nacional de desarrollo de las

telecomunicaciones.

II. Que el artículo 60, inciso b) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios

Públicos, Ley N° 7593, y el artículo 35 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley

N° 8642, establecen que corresponde a la SUTEL administrar el Fondo Nacional de

Telecomunicaciones y garantizar el cumplimiento de las obligaciones de acceso y

servicio universal que se impongan a los operadores de redes y proveedores de servicios

de telecomunicaciones.

III. Que según dispone el artículo 38 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N°

8642, y el artículo 5 del Reglamento de Acceso Universal, Servicio Universal y

Solidaridad publicado en La Gaceta N° 201 del 17 de octubre del 2008, FONATEL será

financiado con recursos de las siguientes fuentes: a) Los recursos provenientes del

otorgamiento de las concesiones, cuando corresponda; b) Las transferencias y donaciones

que instituciones públicas o privadas realicen a favor de FONATEL; c) Las multas y los

intereses por mora que imponga la SUTEL; d) Los recursos financieros que generen los

recursos propios de FONATEL; e) Una contribución especial parafiscal que recaerá sobre

los ingresos brutos devengados por los operadores de redes públicas de

telecomunicaciones y los proveedores de servicios de telecomunicaciones disponibles al

público, la cual será fijada, anualmente, por la SUTEL.

IV. Que de conformidad con el artículo 39 de la Ley General de Telecomunicaciones N°

8642, el artículo 6 y el artículo 5 del Reglamento de Acceso Universal, Servicio

Universal y Solidaridad publicado en La Gaceta N° 201 del 17 de octubre del 2008, los

obligados a la contribución especial parafiscal son los operadores de redes públicas de

telecomunicaciones y los proveedores de servicios de telecomunicaciones disponibles al

público, que realizan el hecho generador de esta contribución al desarrollar las

actividades ya mencionadas y recibir el beneficio individualizable de la actividad estatal.

V. Que el numeral 39 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N° 8642, y el artículo

8 del Reglamento de Acceso Universal, Servicio Universal y Solidaridad publicado en La

Gaceta N° 201 del 17 de octubre del 2008, dispone que la base imponible de esta

contribución corresponde a los ingresos brutos obtenidos, directamente, por la operación

de redes públicas de telecomunicaciones o por proveer servicios de telecomunicaciones

disponibles al público.

VI. Que según este artículo 39 de la citada Ley, la tarifa podrá ser fijada dentro de una banda

con un mínimo de un uno coma cinco por ciento (1,5%) y un máximo de un tres por

ciento (3%).

VII. Que de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de Acceso Universal, Servicio

Universal y Solidaridad publicado en La Gaceta N° 201 del 17 de octubre del 2008,

cuando los costos de los proyectos no superen el uno coma cinco por ciento (1,5%) de los

ingresos brutos devengados en el periodo fiscal tras anterior, la tarifa será fijada por la

SUTEL en uno coma cinco por ciento (1,5%) para el periodo fiscal respectivo.

VIII. Que para dar cumplimiento a los objetivos de acceso universal, servicio universal y

solidaridad se debe contar con el soporte financiero de la contribución de los operadores

de redes públicas de telecomunicaciones y los proveedores de servicios de

telecomunicaciones disponibles al público.

IX. Que de conformidad con el artículo 32 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N°

8642, los objetivos fundamentales del régimen de acceso universal, servicio universal y

solidaridad son los siguientes:

a) Promover el acceso a servicios de telecomunicaciones de calidad, de manera

oportuna, eficiente y a precios asequibles y competitivos, a los habitantes de

las zonas del país donde el costo de las inversiones para la instalación y el

mantenimiento de la infraestructura hace que el suministro de estos servicios

no sea financieramente rentable.

b) Promover el acceso a servicios de telecomunicaciones de calidad, de manera

oportuna, eficiente y a precios asequibles y competitivos, a los habitantes del

país que no tengan recursos suficientes para acceder a ellos.

c) Dotar de servicios de telecomunicaciones de calidad, de manera oportuna,

eficiente y a precios asequibles y competitivos, a las instituciones y personas

con necesidades sociales especiales, tales como albergues de menores, adultos

mayores, personas con discapacidad, población indígena, escuelas y colegios

públicos, así como centros de salud públicos.

d) Reducir la brecha digital, garantizar mayor igualdad de oportunidades, así

como el disfrute de los beneficios de la sociedad de la información y el

conocimiento por medio del fomento de la conectividad, el desarrollo de

infraestructura y la disponibilidad de dispositivos de acceso y servicios de

banda ancha.

X. Que la SUTEL garantiza que recursos de esta contribución parafiscal no tendrán un

destino ajeno a la financiación de los proyectos de acceso, servicio universal y

solidaridad que se ejecuten con cargo a FONATEL; y que dichos proyectos deben

desarrollarse de conformidad con el Reglamento respectivo y con las metas y las

prioridades dictadas por el Poder Ejecutivo en el Plan Nacional de Desarrollo de las

Telecomunicaciones.

XI. Que mediante oficio 4890-SUTEL-2012, de fecha 23 de noviembre del 2012, se presenta

a conocimiento del Consejo de Sutel el Informe de Análisis de las Posiciones Presentadas

a la Audiencia Pública para la Fijación de la Contribución Parafiscal a FONATEL,

correspondiente al periodo fiscal año calendario 2012, pagadera en el 2013. El análisis

de las posiciones contenido en este informe es el siguiente:

a. Instituto Costarricense de Electricidad (ICE): El ICE en su participación por escrito

en la audiencia pública hace referencias a la legislación vigente relacionada con el Fondo

Nacional de Telecomunicaciones, cita la propuesta de fijación en el 1.5% y parafrasea

señalamientos incluidos en el Informe para la Fijación de la Contribución Parafiscal a

FONATEL, correspondiente al periodo fiscal año calendario 2012, pagadera en el 2013.

Señala el ICE en su participación, con respecto al proceso de definición de los proyectos

que estarían integrando el Plan Anual de Proyectos y Programas con cargo a FONATEL,

que: “En ese sentido, Ilamamos la atención de esa Superintendencia para que dicha

integración se realice a la brevedad, ya que como lo indica la propia SUTEL, es un tema

que debe ser retomado para activar y fortalecer la coordinación de alto nivel e integrar los

equipos de trabajo técnicos para estructurar proyectos concretos y factibles, articular las

iniciativas y promover sinergias tendientes al cumplimiento de los objetivos

fundamentales del régimen de Acceso Universal, Servicio Universal y Solidaridad, en el

marco de lo definido en el PNDT y considerando la priorización propuesta en los perfiles

de proyectos incluidos en el “Acuerdo Social Digital ", como instrumento

complementario de política publica.”.

Al respecto cabe señalar que esta Superintendencia continúa trabajando aceleradamente

para la definición de los proyectos y programas por desarrollar con cargo a FONATEL y

promoviendo la coordinación con las instituciones relacionadas con la formulación e

implementación de estos proyectos, con el propósito de que su ejecución inicie a la

mayor brevedad posible.

Además, señala que: “En ese sentido, el mantener la propuesta de fijación de la

Contribución Especial Parafiscal al Fondo Nacional de Telecomunicaciones

(FONATEL) para el año 2012 en el mínimo del 1,5% sobre los ingresos brutos de

los operadores de redes de telecomunicaciones y proveedores de servicios de

telecomunicaciones disponibles al público se considera razonable, en el tanto los

recursos del FONATEL continúan sin ejecutarse, aunque consideramos que lo óptimo y

eficiente para todas las empresas del mercado, sería la no fijación de dicha contribución

sobre los ingresos del año 2012, hasta tanto no se inicie la ejecución efectiva de los

recursos acumulados en FONATEL.” (El resaltado no es del original).

Se toma nota de que el ICE considera razonable que se mantenga la fijación de la

Contribución Especial Parafiscal al Fondo Nacional de Telecomunicaciones

(FONATEL), correspondiente al periodo fiscal año calendario 2012, pagadera en el 2013,

en el mínimo del 1,5% sobre los ingresos brutos de los operadores de redes públicas de

telecomunicaciones y proveedores de servicios de telecomunicaciones disponibles al

publico. La SUTEL ha procedido, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, a proponer

la fijación de la contribución especial parafiscal a FONATEL en un porcentaje dentro del

rango establecido por ley. La implementación y la sostenibilidad de los proyectos y

programas con cargo a FONATEL requerirán los recursos que lleguen a conformar el

Fondo.

Finalmente, plantea el ICE en su participación que: “De conformidad con lo anterior,

consideramos entonces necesario que la SUTEL, con fundamento en los reiterados

fallos de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia - que le han

impuesto al ICE la obligación del diseño de algunos proyectos- valore seriamente la

asignación directa al ICE, con cargo a FONATEL, del desarrollo de las obligaciones

de acceso v servicio universal mediante la inclusión de esta obligación dentro de sus

respectivos títulos habilitantes (artículo 36, inciso a), LGT) o mediante la selección

directa de éste o sus empresas, de conformidad con el artículo 111 del Reglamento

Título II, Ley N°8660.” (El resaltado no es del original).

Se toma nota de esta solicitud de valoración planteada por el ICE. Al no ser materia de

este trámite de fijación de la contribución parafiscal las formas de asignación de los

recursos de FONATEL, a las que se refiere el Artículo 36 de la LGT, esta

Superintendencia no se refiere a esa solicitud en este acto.

b. Asociación Cámara de Infocomunicación y Tecnología. Esta Cámara señala en su

posición escrita en la audiencia pública que:

Con respecto al punto 1 de la posición de la Cámara de Infocomunicación y Tecnología,

se toma nota de la conformidad manifestada por esta Cámara con la propuesta de la

SUTEL para la fijación de la contribución especial parafiscal a FONATEL,

correspondiente al periodo fiscal año calendario 2012, pagadera en el 2013.

Con respecto al punto 2, sobre las formalidades de la propuesta, se toma nota de la

sugerencia planteada por esa Cámara sobre los datos de pago por la Contribución

Parafiscal a FONATEL. La Dirección General de FONATEL ha venido trabajando en la

asistencia técnica con la Dirección de Recaudación y la Dirección de Grandes

Contribuyentes del Ministerio de Hacienda, con el propósito de agilizar los procesos de

control de ingresos y gestión de cobro por esta contribución.

En lo correspondiente al punto 3, sobre los Proyectos de FONATEL, se toma nota del

interés manifestado por esa Cámara de que los proyectos de FONATEL se mantengan

apegados a lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones y

de su satisfacción con el informe presentado por SUTEL para esta fijación con los planes

y proyectos que se pretende implementar.

Al respecto cabe señalar que esta Superintendencia continúa trabajando aceleradamente

para la definición de los proyectos y programas por desarrollar con cargo a FONATEL y

promoviendo la coordinación con las instituciones relacionadas con la formulación e

implementación de estos proyectos, con el propósito de que su ejecución inicie a la

mayor brevedad posible, en procura de los objetivos fundamentales del Régimen de

Acceso Universal, Servicio Universal y Solidaridad establecidos en la LGT.

Con respecto a la Petitoria, se manifiesta que posterior a la realización de la Audiencia

Pública le corresponde al Consejo de SUTEL resolver sobre la propuesta para la Fijación

de la Contribución Parafiscal a FONATEL, correspondiente al periodo fiscal año

calendario 2012, pagadera en el 2013.

XII. Que por los efectos de este acto administrativo y el alcance general del mismo, éste debe

ser publicado, como en efecto se dispone,

POR TANTO

Con fundamento en las facultades conferidas en la Ley General de Telecomunicaciones, la Ley

de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y la Ley General de la Administración

Pública,

EL CONSEJO DE LA

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

RESUELVE:

1. Fijar la tarifa de la contribución especial parafiscal para el Fondo Nacional de

Telecomunicaciones (FONATEL) en uno coma cinco por ciento (1,5%) sobre los ingresos

brutos de los operadores de redes públicas de telecomunicaciones y proveedores de servicios

de telecomunicaciones disponibles al público, por considerar que los recursos disponibles en

FONATEL son suficientes para atender las asignaciones iniciales previstas para el año 2013.

2. Publicar esta resolución en el diario oficial La Gaceta.

3. Remitir una copia de esta resolución al Expediente GCO-FON-0002-2012.

4. En cumplimiento de lo que ordena el artículo 345 de la Ley General de la Administración

Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o

reposición ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien

corresponde resolverlo y deberá interponerse en el plazo de tres días hábiles, contados a partir

del día siguiente a la publicación de la presente resolución.

Notifíquese y publíquese.

ACUERDO FIRME.

El presente acto de comunicación adicionalmente certifica que la anterior resolución, se encuentra

aprobada mediante acuerdo firme, y se expide al amparo de lo previsto en el artículo 65, párrafo 2 de la

Ley General de la Administración Pública, y en inciso 9) del citado artículo 22 del Reglamento interno

de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y sus órganos

desconcentrados, con posterioridad a la aprobación del Acta de la sesión correspondiente.

Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones.—Luis Alberto Cascante Alvarado,

Secretario del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº289-12 .—Solicitud Nº 776-00028-12.—C-486920.—

(IN2012112985).

AVISOS

CONVOCATORIAS

FUNDACIÓN AMIGOS DE LA ISLA DEL COCO

Se convoca a los Patrocinadores de la Fundación Amigos de la Isla del Coco, a la reunión

ordinaria de la asamblea general de Patrocinadores, a realizarse a las 16:00 horas del 28 de enero

del 2013, en la Sala Amarilla de la empresa SC Johnson de Centroamérica S. A., ubicada en

Avenida Escazú, Torre 1, tercer piso. De no estar presente el quórum estatutario, se iniciará la

asamblea con los patrocinadores presentes, 45 minutos después de la hora convocada. Asuntos a

tratar: Informe del presidente, informe financiero, elección de directores, asuntos varios de los

señores patrocinadores. Carlos Manuel Uribe Sáenz, Presidente; Mario Carvajal Herrera,

Secretario.—Carlos Manuel Uribe Sáenz, Representante Legal.—1 vez.—(IN2013000661).