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12-111-90 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA 1041 La Consejería de Industria, Comercio y Turismo, podrá requerir la información y documentación complementaria que estime oportuna. Quinta.-El plazo de resolución de las solicitudes será de un mes, contado a partir del de la terminación del plazo de presentación de las mismas. Sexta.-Las cuantías de las subvenciones, se establecerán respondiendo a criterios de proporcionalidad, según la repre- sentación que corresponde a cada central sindical en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Astu- rias, de acuerdo con los resultados de las últimas elecciones sindicales. Séptima.-Las subvenciones agotarán la partida presu- puestaria habilitada al efecto, en el presupuesto de la Conse- jería de Industria, Comercio y Turismo para el ejercicio de 1990. Octava.-En lo no previsto en la presente convocatoria se estará a lo dispuesto en el Decreto 78/83, de 27 de octubre, en la Ley de Procedimiento Administrativo y demás disposicio- nes concordantes. Oviedo, a treinta de enero de mil novecientos noventa.- La Consejera de Industria, Comercio y Turismo.-1.052. RESOLUCION de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se autoriza la insta- lación eléctrica que se cita. Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente A.T. 4.589, incoado en esta Consejería, a instancia de Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A., solicitando autorización y declaración de utilidad pública en concreto a los efectos de la imposición de servidumbre de paso de la instalación eléctri- ca, cuyas características principales son las siguientes: Expediente: A.T. 4.589. Solicitante: Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A. Instalación: Línea aérea de doble circuito a 20 KV. Subes- tación de S. Esteban de las Cruces-Parque de Invierno, for- mada por conductores de aluminio-acero, tipo LA-145, sobre apoyos metálicos de 2.449 m. de long. Emplazamiento: Concejo de Oviedo. Objeto: Servicio público. Esta Consejería de Industria, Comercio y Turismo del Principado de Asturias, en uso de las atribuciones conferidas por el R.D. 4.10011982, de 29 de diciembre, de acuerdo con lo dispuesto en los Decretos 2.617 y 2.61911966, de 20 de octubre, Ley 10166, de 18 de marzo, Decreto 1.77511967, de 22 de julio, R.D. 3.275182, de 12 de noviembre, Ordenes del Ministerio de Industria y Energía de 6-7-84 y 18-10-84 y Decreto 3.151168, de 28 de noviembre, ha resuelto: Autorizar la instalación eléctrica solicitada. Aprobar el proyecto de la instalación reseñada. Declarar la utilidad pública en concreto de la misma a los efectos de la imposición de la servidumbre de paso en las con- diciones, alcance y limitaciones que establece el Reglamento de la Ley 10166 aprobado por Decreto 2.619166. Oviedo, a dieciséis de enero de mil novecientos noven- ta.-Consejera de Industria, Comercio y Turismo, Paz Fer- nández Felgueroso.494. CONSEJERIA DE LA JUVENTUD: RESOLUCZON de 25 de enero de 1990, de la Conse- jería de la Juventud, por la que se convoca la Cam- paña "Culturaquí" 1990. Continuando con la labor iniciada en la promoción de actividades artísticas y culturales y correspondiendo la polí- tica juvenil a la Comunidad Autónoma en virtud de las com- petencias asumidas en el art. 10.1 p) del Estatuto de Autono- mía para Asturias, cuyo traspaso de funciones y servicios del Estado al Principado de Asturias se operó por Real Decreto 2.542182, de 12 de agosto, y en cumplimiento de las funciones encomendadas a esta Consejería por el Decreto 63187, de 17 de setiembre, por el que se regula su estructura orgánica, a propuesta de la Dirección Regional de la Juventud, y en uso de las competencias que me han sido atribuidas por la Ley 11 82, de 24 de mayo, de Organización y Funcionamiento de la Administración del Principado de Asturias, convalidada y modificada parcialmente por la Ley 9/83, de 12 de diciembre, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 38 de la Ley 6184, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, RESUELVO: Primero.-Convocar los concursos, premios, certámenes, muestras y talleres que integran la Campaña ''Culturaquí" 1990, que se relacionan a continuación, conforme a las Bases anexas a la presente Resolución: a) Certámenes: Certamen Regional de Artes Plásticas. b) Muestras: Muestra Regional de Artes Plásticas; Muestra Regional de Gaita y Tonada Asturiana; Muestra Regional de Diseño Textil y Muestra Regional de Conjunto de obra literaria. c) Talleres: Artes Plásticas, Gaita, Tonada Asturiana y Jazz. d) Concursos: Poesía y Narraciones Breves, Maquetas Rock-Pop y Guiones de Vídeo. e) Premios: De Diseño Gráfico. Segundo.-El coste de la convocatoria y de las ayudas económicas establecidas en las Bases, será sufragado con cargo al concepto presupuestario 20.02.455A.270, de los Pre- supuestos Generales del Principado de Asturias para el ejer- cicio de 1990, aprobados por Ley 7/89, de 29 de diciembre de 1989. Tercero.-La Dirección Regional de la Juventud adoptará las medidas necesarias para el desarrollo de la presente con- vocatoria. Oviedo, a veinticinco de enero de mil novecientos noven- ta.-La Consejera de la Juventud, Pilar Alonso Alonso.- 1.O9l. Anexo I Certamen Regional de Artes Plásticas BASES Primera.-Podrán concurrir a esta convocatoria todos los jóvenes asturianos o residentes en el Principado de Asturias, menores de 18 años, al 31 de diciembre de 1990. Segunda.-Se establecen cuatro modalidades: Pintura, Dibujo, Escultura y Fotografía. Tercera.-Condiciones técnicas:' a) Cada autor podrá presentar como máximo, dos obras por cada modalidad. > b) Será condición indispensable que.lis obras presenta- das sean únicas y originales. El tema y las técnicas utilizadas serán totalmente libres, valorándose especialmente la origi- nalidad y creatividad de las mismas. Quedan excluidas toda clase de copias. c) Las obras de pintura deberán estar debidamente enmarcadas. d) Las obras de dibujo deberán presentarse sobre una cartulina blanca, con marco o listón de madera, de la forma más sencilla posible. Deberán llevar cristal protector. No serán aceptadas obras montadas sólo en cristal, sostenidas por grapas metáli- cas o protegidas con plástico.

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12-111-90 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA 1041

La Consejería de Industria, Comercio y Turismo, podrá requerir la información y documentación complementaria que estime oportuna.

Quinta.-El plazo de resolución de las solicitudes será de un mes, contado a partir del de la terminación del plazo de presentación de las mismas.

Sexta.-Las cuantías de las subvenciones, se establecerán respondiendo a criterios de proporcionalidad, según la repre- sentación que corresponde a cada central sindical en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Astu- rias, de acuerdo con los resultados de las últimas elecciones sindicales.

Séptima.-Las subvenciones agotarán la partida presu- puestaria habilitada al efecto, en el presupuesto de la Conse- jería de Industria, Comercio y Turismo para el ejercicio de 1990.

Octava.-En lo no previsto en la presente convocatoria se estará a lo dispuesto en el Decreto 78/83, de 27 de octubre, en la Ley de Procedimiento Administrativo y demás disposicio- nes concordantes.

Oviedo, a treinta de enero de mil novecientos noventa.- La Consejera de Industria, Comercio y Turismo.-1.052.

RESOLUCION de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se autoriza la insta- lación eléctrica que se cita.

Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente A.T. 4.589, incoado en esta Consejería, a instancia de Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A., solicitando autorización y declaración de utilidad pública en concreto a los efectos de la imposición de servidumbre de paso de la instalación eléctri- ca, cuyas características principales son las siguientes:

Expediente: A.T. 4.589. Solicitante: Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A. Instalación: Línea aérea de doble circuito a 20 KV. Subes-

tación de S. Esteban de las Cruces-Parque de Invierno, for- mada por conductores de aluminio-acero, tipo LA-145, sobre apoyos metálicos de 2.449 m. de long.

Emplazamiento: Concejo de Oviedo. Objeto: Servicio público.

Esta Consejería de Industria, Comercio y Turismo del Principado de Asturias, en uso de las atribuciones conferidas por el R.D. 4.10011982, de 29 de diciembre, de acuerdo con lo dispuesto en los Decretos 2.617 y 2.61911966, de 20 de octubre, Ley 10166, de 18 de marzo, Decreto 1.77511967, de 22 de julio, R.D. 3.275182, de 12 de noviembre, Ordenes del Ministerio de Industria y Energía de 6-7-84 y 18-10-84 y Decreto 3.151168, de 28 de noviembre, ha resuelto:

Autorizar la instalación eléctrica solicitada. Aprobar el proyecto de la instalación reseñada. Declarar la utilidad pública en concreto de la misma a los

efectos de la imposición de la servidumbre de paso en las con- diciones, alcance y limitaciones que establece el Reglamento de la Ley 10166 aprobado por Decreto 2.619166.

Oviedo, a dieciséis de enero de mil novecientos noven- ta.-Consejera de Industria, Comercio y Turismo, Paz Fer- nández Felgueroso.494.

CONSEJERIA DE LA JUVENTUD:

RESOLUCZON de 25 de enero de 1990, de la Conse- jería de la Juventud, por la que se convoca la Cam- paña "Culturaquí" 1990.

Continuando con la labor iniciada en la promoción de actividades artísticas y culturales y correspondiendo la polí- tica juvenil a la Comunidad Autónoma en virtud de las com- petencias asumidas en el art. 10.1 p) del Estatuto de Autono- mía para Asturias, cuyo traspaso de funciones y servicios del Estado al Principado de Asturias se operó por Real Decreto 2.542182, de 12 de agosto, y en cumplimiento de las funciones encomendadas a esta Consejería por el Decreto 63187, de 17 de setiembre, por el que se regula su estructura orgánica, a propuesta de la Dirección Regional de la Juventud, y en uso de las competencias que me han sido atribuidas por la Ley 11 82, de 24 de mayo, de Organización y Funcionamiento de la Administración del Principado de Asturias, convalidada y modificada parcialmente por la Ley 9/83, de 12 de diciembre, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 38 de la Ley 6184, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias,

R E S U E L V O :

Primero.-Convocar los concursos, premios, certámenes, muestras y talleres que integran la Campaña ''Culturaquí" 1990, que se relacionan a continuación, conforme a las Bases anexas a la presente Resolución: a) Certámenes: Certamen Regional de Artes Plásticas. b) Muestras: Muestra Regional de Artes Plásticas; Muestra Regional de Gaita y Tonada Asturiana; Muestra Regional de Diseño Textil y Muestra Regional de Conjunto de obra literaria. c) Talleres: Artes Plásticas, Gaita, Tonada Asturiana y Jazz. d) Concursos: Poesía y Narraciones Breves, Maquetas Rock-Pop y Guiones de Vídeo. e) Premios: De Diseño Gráfico.

Segundo.-El coste de la convocatoria y de las ayudas económicas establecidas en las Bases, será sufragado con cargo al concepto presupuestario 20.02.455A.270, de los Pre- supuestos Generales del Principado de Asturias para el ejer- cicio de 1990, aprobados por Ley 7/89, de 29 de diciembre de 1989.

Tercero.-La Dirección Regional de la Juventud adoptará las medidas necesarias para el desarrollo de la presente con- vocatoria.

Oviedo, a veinticinco de enero de mil novecientos noven- ta.-La Consejera de la Juventud, Pilar Alonso Alonso.- 1 .O9l.

Anexo I

Certamen Regional de Artes Plásticas

BASES

Primera.-Podrán concurrir a esta convocatoria todos los jóvenes asturianos o residentes en el Principado de Asturias, menores de 18 años, al 31 de diciembre de 1990.

Segunda.-Se establecen cuatro modalidades: Pintura, Dibujo, Escultura y Fotografía.

Tercera.-Condiciones técnicas:'

a) Cada autor podrá presentar como máximo, dos obras por cada modalidad. >

b) Será condición indispensable que.lis obras presenta- das sean únicas y originales. El tema y las técnicas utilizadas serán totalmente libres, valorándose especialmente la origi- nalidad y creatividad de las mismas. Quedan excluidas toda clase de copias.

c) Las obras de pintura deberán estar debidamente enmarcadas.

d) Las obras de dibujo deberán presentarse sobre una cartulina blanca, con marco o listón de madera, de la forma más sencilla posible.

Deberán llevar cristal protector. No serán aceptadas obras montadas sólo en cristal, sostenidas por grapas metáli- cas o protegidas con plástico.

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1042 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA 12-111-90

e) Para las esculturas, el peso máximo será de 60 (sesen- ta) kilogramos y estarán realizadas en material consistente (Piedra, metal, madera...). No se admitirán las obras que se entreguen sin el adecuado embalaje a fin de evitar todo riesgo en el transporte de las mismas.

f) Las fotografías, que además de cumplir lo especificado en el apartado b) habrán de ser inéditas, podrán ser presen- tadas en blanco y negro o color, sin limitación de tamaño y soporte.

g) Todas las obras deberán llevar adherida al dorso una etiqueta en la que figuren los siguientes datos:

- Título de la obra. - Nombre y apellidos del autor. - Domicilio, código postal, población, provincia y telé-

fono.

Cuarta.-Inscripción de las obras y desarrollo del certa- men:

a) Los participantes debe'rán cumplimentar un boletín de inscripción cuyo modelo será facilitado por la Consejería de la Juventud (Dirección Regional de la Juventud, calle Calvo Sotelo, 5, 33007 Oviedo).

b) Se adjuntará ,al boletín de inscripción, fotocopia del D.N.I., presentando al mismo tiempo el documento original para su compulsa.

c) Las inscripciones, con toda la documentación necesa- ria, deberán ser presentadas en el Registro General de la Consejería de la Juventud, calle Marqués de la Vega de Anzo, 1-3.", antes de las 14,00 horas del día 16 de marzo de 1990.

d) Los gastos de envío de obras corkrán por cuenta de los participantes, debiendo ser retiradas en un plazo que no excederá de 30 días a partir de la finalización de la exposición de obras seleccionadas. Caso de no ser retirada alguna obra en el plazo establecido, ésta pasará al depósito general de la Consejería de la Juventud.

e) Un jurado, designado por la Consejera de la Juventud, hará una selección de las obras presentadas, acordando las que deben figurar en la exposición y catálogo de este Certa- men y fallará los premios del mismo.

f) La exposición de las obras seleccionadas a tal efecto, se realizará durante el mes de mayo de 1990.

Quinta.-Para cada modalidad se establecen tres premios en material, por un importe de 40.000 (cuarenta mil) Ptas. cada uno.

Sexta.-Todas las obras premiadas en el Certamen Regio- nal quedarán depositadas en la Consejería de la Juventud.

Séptima.-La Consejería de la Juventud no se responsabi- lizará de posibles daños, roturas, extravíos o deterioros que pudieran sufrir los trabajos en los traslados. En todo caso, se suscribirá una póliza que asegure todos los trabajos durante el tiempo que permanezcan en poder del citado organismo.

La Consejería de la Juventud, previo acuerdo con los interesados, podrá reproducir por cualquier sistema, las obras que se presenten al Certamen, aun cuando no obtuvie- ran premio, consignando en cada caso adecuadamente, su autor y fecha.

Octava.-La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes Bases, resolviendo la Consejería de ia Juventud en cuantas cuestiones pudieran plantearse y que no hayan sido específicamente previstas en las mismas.

Anexo 11

Muestra Regional de Artes Plásticas

BASES

Primera.-Podrán concurrir a esta convocatoria todos los jóvenes asturianos o residentes en el Principado de Asturias, de edad inferior a los 30 aíios, al 31 de diciembre de 1990.

Segunda.-Se establecen cuatro modalidades: Pintura, Dibujo, Escultura y Fotografía.

Tercera.-Condiciones técnicas:

a) Los artistas deberán presentar un dossier informativo y fotográfico (color) de las obras.

b) Cada autor que resulte seleccionado deberá participar en la Muestra con un mínimo de dos obras.

Cuarta.-Inscripción de las obras y desarrollo de la Mues- tra:

a) Los participantes deberán cumplimentar un boletín de la inscripción cuyo modelo será facilitado por la Consejería de la Juventud (Dirección Regional de la Juventud, calle Calvo Sotelo, 5, 33007 Oviedo).

b) Se adjuntará al boletín de inscripción, fotocopia del D.N.I., presentando al mismo tiempo el documento original para su compulsa.

c) Las inscripciones, con toda la documentación necesa- ria, deberán ser presentadas en el Registro General de la Consejería de la Juventud, calle Marqués de la Vega de Anzo, 1-3.O, antes de las 14 horas del día 16 de marzo de 1990.

d) Los gastos de envío de obras, correrán por cuenta de los participantes, debiendo ser retiradas en un plazo que no excederá de 30 días a partir de la finalización de la exposición itinerante de las obras seleccionadas. Caso de no ser retirada alguna obra en el plazo establecido, ésta pasará al depósito general de la Consejería de la Juventud.

e) Un jurado, designado por la Consejera de la Juventud, hará una selección de los dossieres presentados, acordando las obras que deben figurar en la exposición y catálogo de esta Muestra y fallará las ayudas de la misma.

f) La exposición de las obras seleccionadas a tal efecto, se realizará durante el mes de mayo de 1990, pasando posterior- mente a formar parte de una exposición itinerante que reco- rrerá distintos lugares durante 1 año.

Quinta.-Para cada artista seleccionado, se establece una ayuda, por un importe de 60.000 (sesenta mil) pesetas cada una.

Sexta.-La Consejería de la Juventud no se responsabili- zará de posibles danos, roturas, extravíos o deterioros que pudieran sufrir los trabajos en los traslados. En todo caso, se suscribirá una póliza que asegure todos los trabajos durante el tiempo que permanezcan en poder del citado organismo.

La Consejería de la Juventud, previo acuerdo con los interesados, podrá reproducir por cualquier sistema, las obras que se presenten a la Muestra, aún cuando no obtuvie- ran premio, consignando en cada caso adecuadamente, su autor y fecha.

La Consejería de la Juventud tendrá prioridad en la adquisición de las obras seleccionadas, con destino a sus fon- dos artísticos, para lo cual contará con el asesoramiento del jurado.

Séptima.-La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes Bases, resolviendo la Consejería de ia Juventud en cuantas cuestiones pudieran plantearse y que no hayan sido específicamenté previstas en las mismas.

Y

Anexo 111 . ' Muestra Regional de Gaita y Tonada Asturiana

BASES

Primera.-Podrán concurrir a esta convocatoria todos los jóvenes asturianos o residentes en el Principado de Asturias menores de 30 años al 31 de diciembre de 1990.

Segunda.-Se establecen dos modalidades: Gaita y Tonada Asturiana.

Tercera.-Los participantes deberán cumplimentar un boletín de inscripción cuyo modelo será facilitado por la Con-

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sejería de la Juventud (Dirección Regional de la Juventud, calle Calvo Sotelo, 5, 33007 Oviedo).

Acompañando al boletín de inscripción, deberá presen- tarse en el momento de la inscripción:

- Breve currículum vitae del concursante. - Fotocopia del D.N.I., presentando al mismo tiempo el

original del documento para compulsa. - Una cinta cassette grabada recientemente por el intér-

prete, de la mayor calidad posible.

Cuarta.-Las inscripciones, con toda la documentación necesaria, deberán ser presentadas en el Registro General de la Consejería de la Juventud, calle Marqués de la Vega de Anzo, 1-3.", antes de las 14,OO horas del día 6 de abril de 1990.

Quinta.-La Consejería de la Juventud nombrará una Comisión Técnica para todas las actividades concernientes a la Muestra.

Sexta.-La Muestra se desarrollará en dos fases:

a) A la vista de la documentación presentada y escuchada la grabación, se realizará una selección previa, participando los seleccionados en la Muestra Regional.

b) La Muestra Regional propiamente dicha, se celebrará durante el mes de mayo de 1990 en horario y lugar que opor- tunamente serán designados y en el transcurso de la cual el intérprete realizará una actuación mínima de veinte (20) minutos y máxima de treinta (30). El orden de las actuaciones se fijará previo sorteo.

Séptima.-Los seleccionados para la Muestra Regional recibirán una ayuda económica para desplazamiento y estan- cia, si la hubiere, cuya cuantía no excederá de sesenta mil (60.000) pesetas por participante.

Octava.-La Consejería de la Juventud valorará preferen- temente a los seleccionados en esta Muestra Regional para el desarrollo de las actividades de esta Consejería durante el año 1990, cuando las mismas lo requieran.

Novena.-La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes Bases, resolviendo la Consejería de la Juventud en cuantas cuestiones pudieran plantearse y que no hayan sido específicamente previstas en las mismas.

Anexo ZV

Talleres

BASES

Primera.-Podrán concurrir a esta convocatoria todos los jóvenes asturianos o residentes en el Principado de Asturias menores de 30 años al 31 de diciembre de 1990.

Segunda.-Se establecen siete modalidades de talleres: Pintura, Dibujo, Escultura, Fotografía, Jazz, Gaita y Tonada Asturiana.

Tercera.-Los participantes deberán cumplimentar un boletín de inscripción cuyo modelo será facilitado por la Con- sejería de la Juventud (Dirección Regional de la Juventud, calle Calvo Sotelo, 5, 33007 Oviedo).

Cuarta.-Se adjuntará al boletín de inscripción fotocopia del D.N.I., presentando al mismo tiempo el documento ori- ginal para su compulsa.

Quinta.-Las inscripciones, con toda la documentación necesaria, deberán ser presentadas en el Registro General de la Consejería de la Juventud, calle Marqués de la Vega de Anzo, 1-3.", antes de las 14 horas del día 15 de mayo de 1990.

Sexta.-Cada uno de los talleres tendrá una duración máxima de una semana y tendrán lugar en Oviedo durante el mes de julio de 1990 en fecha a determinar.

Séptima.-Para la selección de las solicitudes se designará una Comisión Técnica de Valoración. Esta Comisión hará público su fallo en un plazo máximo de 20 días a partir de la finalización del plazo de solicitud.

Octava.-La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes bases, resolviendo la Consejería de la Juventud en cuantas cuestiones pudieran plantearse y que no hayan sido específicamente previstas en las mismas.

Anexo V

Concurso Regional de Poesía y Narraciones Breves para Menores de 18 Aiios

BASES:

Primera.-Podrán concurrir a esta convocatoria todos los jóvenes asturianos o residentes en el Principado de Asturias menores de 18 años al 31 de diciembre de 1990.

Segunda.-Se establecen dos modalidades: Poesía y Narraciones Breves.

Tercera.-Cada autor podrá presentar hasta un máximo de tres (3) obras en cada modalidad, las cuales deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser originales, inéditas y no haber sido premiadas en cualquier otro concurso o certamen.

b) El tema a elegir será libre. c) Las obras no podrán exceder de una extensión de 10

folios tipo AL, mecanografiados a doble espacio. d) Podrán estar escritas en castellano o asturiano.

Cuarta.-Presentación de los trabajos:

a) Los participantes deberán cumplimentar un boletín de inscripción cuyo modelo será facilitado por la Consejería de la Juventud (Dirección Regional de la Juventud, calle Calvo Sotelo, 5, 33007 Oviedo).

b) Junto al boletín de inscripción se entregará fotocopia del D.N.I., presentando al mismo tiempo el original para su compulsa.

c) Asimismo se presentará un breve currículum vitae del autor, encabezado con su nombre, apellidos, edad y domici- lio (calle, número, piso, código postal, localidad y provincia).

d) Las obras e inscripciones, con toda la documentación necesaria, deberán ser presentadas en el Registro General de la consejería de la Juventud, calle Marqués de la Vega de Anzo, 1-3.", antes de las 14 horas del día 7 de setiembre de 1990.

e) Un jurado técnico, designado por la Consejería de la Juventud fallará los premios del concurso regional. El fallo será público e irrevocable.

Quinta.-Para cada modalidad se concederán tres pre- mios en metálico, de cincuenta mil (50.000) pesetas cada uno.

Sexta.-Durante el mes de noviembre de 1990 (en día y horario a determinar), se celebrará un acto literario. Las obras premiadas serán objeto de

Séptima.-Destino de las obras:

1) Las obras premiadas quedarán depQ&tadas en la Con- sejería de la Juventud que podrá utilizarlas en sus publicacio- nes y actividades, cuando lo considere oportuno, citando siempre al autor.

2) Las obras no premiadas deberán ser retiradas por el autor, en un plazo que no excederá de treinta (30) días a par- tir de la fecha del fallo del jurado. Caso de no retirarse en el plazo establecido quedarán depositadas en la Consejería de la Juventud.

Octava.-La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes Bases, resolviendo la Consejería de la Juventud en cuantas cuestiones pudieran plantearse y que no hayan sido específicamente previstas en las mismas.

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Anexo VI

Muestra Regional de Conjunto de Obra Literaria

BASES

Primera.-Podrán concurrir a esta convocatoria todos los jóvenes asturianos o residentes en el Principado de Asturias menores de 30 años, al 31 de diciembre de 1990.

Segunda.-Se establecen dos modalidades: Poesía y Narraciones Breves.

Tercera.-Cada autor deberá presentar, según la modali- dad a que concurra y por triplicado.

3.1. Un poemario con una extensión superior a los 50 folios tipo AL, mecanografiados a doble espacio, siendo los poemas originales e inéditos, escritos en castellano o asturia- no, no habiendo sido premiados en otro concurso o certa- men.

3.2. Un conjunto de narraciones breves cuya extensión total supere los 50 folios tipo AL mecanografiados a doble espacio, siendo las narkaciones originales e inéditas, escritas en castellano o asturiano, no habiendo sido premiadas en otro concurso o certamen.

Cuarta.-Presentación de los trabajos:

a) Los participantes deberán cumplimentar un boletín de inscripción cuyo modelo será facilitado por la Consejería de la Juventud (Dirección Regional de la Juventud, calle Calvo Sotelo, 5, 33007 Oviedo).

b) Junto al boletín de inscripción se entregará fotocopia del D.N.I., presentando al mismo tiempo el original para su compulsa.

c) Asimismo se presentará un breve currículum vitae del autor, encabezado con su nombre, apellidos, edad y domici- lio (calle, número, piso, código postal, localidad y provincia).

d) Las obras e inscripciones, con toda la documentación necesaria, deberán ser presentadas en el Registro General de la Consejería de la Juventud, calle Marqués de la Vega de Anzo, 1-3.", antes de las 14 horas del día 7 de setiembre de 1990.

e) Un jurado técnico, designado por la Consejería de la Juventud fallará los premios de la Muestra Regional. El fallo será público e irrevocable.

Quinta.-Para cada modalidad, se concederá un premio en metálico, de cincuenta mil (50.000) pesetas, siendo la obra premiada objeto de publicación, entregándose al autor cin- cuenta (50) ejemplares de la misma.

Sexta.-Durante el mes de noviembre de 1990 (en día y horario a determinar) se celebrará un acto literario, en el transcurso del cual serán presentadas las obras premiadas.

Séptima.-Destino de las obras: 1) Las obras premiadas quedarán depositadas en la Con-

sejería de la Juventud que podrá utilizarlas en sus publicacio- nes y actividades, cuando lo considere oportuno, citando siempre al autor.

2) Las obras no premiadas deberán ser retiradas por el autor, en un plazo que no excederá de treinta (30) días a par- tir de la fecha del fallo del jurado. Caso de no retirarse en el plazo establecido quedarán depositadas en la Consejería de la Juventud.

Octava.-La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes Bases, resolviendo la Consejería de la Juventud en cuantas cuestiones pudieran plantearse y que no hayan sido específicamente previstas en las mismas.

Anexo VII

Concurso de Maquetas para Grupos Rock y Pop

BASES

Primera.-Podrán participar todos aquellos grupos de Rock y Pop del Principado de Asturias que en la fecha de publicación de estas bases no hayan grabado disco alguno.

Ségunda.-Los grupos deberán presentar un mínimo de 4 temas grabados en cassette o bobina, aportando asimismo la siguiente documentación:

- Nombre del grupo. - Relación de componentes. - Dirección, código postal, localidad y teléfono. - Documento Nacional de Identidad de cada uno de los

componentes del grupo.

Tercera.-Los participantes no podrán presentar graba- ciones bajo diferentes nombres; e individualmente, los músi- cos no figurarán en más de un gmpo.

Cuarta.-Las maquetas, así como la documentación seña- lada, deberá presentarse antes del día 6 de abril de 1990 en el Registro General de la Consejería de la Juventud, calle Mar- qués de la Vega de Anzo, 1-3.O, o en la Emisora Radio Astu- rias FM, calle Asturias, 19, ambos de Oviedo.

Quinta.-Existirá una Dirección Técnica para todas las actividades concernientes a este concurso.

Sexta.-El jurado publicará en primera instancia los gru- pos finalistas, en un número que no excederá de cinco gru- pos, que realizarán una actuación en directo en lugar y hora que se determine.

Séptima.-El fallo de la Dirección Técnica que se produ- cirá tras la actuación en directo mencionada en la Base 6.a, se dar5 a conocer durante los 15 primeros días del mes de junio de 1990, mediante Resolución de la Consejería de la Juven- tud que se publicará en el BOLETIN OFICIAL del Princi- pado de Asturias y de la Provincia y a través del programa "El Expresso de Medianoche" de Radio Asturias FM.

Octava.-El grupo ganador grabará un disco de larga duración (L.P.), con la compañía discográfica que se deter- mine.

El gmpo finalista grabará un Mini-LP con la compañía discográfica que se determine.

Novena.-El grupo ganador y el finalista realizarán una actuación en directo con motivo de la presentación de los dis- cos que se citan en la Base Octava.

Décima.-Los participantes podrán retirar sus maquetas a partir del día 20 de junio y hasta el 10 de julio de 1990 como fecha máxima.

Undécima.-La participación en este concurso supone la aceptación plena de las presentes Bases, resolviendo la Direc- ción Técnica en cuantas cuestiones puedan plantearse y que no hayan sido previstas en las misinas.

Anexo VIII ;,

Concurso Regional de Guiones de Vídeo

BASES

Primera.-Podrán concurrir a esta convocatoria todos los jóvenes asturianos o residentes en el Principado de Asturias menores de treinta (30) anos al 31 de diciembre de 1990.

Segunda.-Los guiones estarán basados en cualquiera de las letras de las canciones contenidas en el disco que como parte del Premio del Concurso de Maquetas Rock-Pop, con- vocado por la Consejería de la Juventud, ha sido grabado por

Page 5: C:Archivos de programaIECISAinvesDociCache1 U000CPM0001 · mente a formar parte de una exposición itinerante que reco- rrerá distintos lugares durante 1 año. Quinta.-Para cada

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los ganadores de la edición de este concurso correspondiente a 1989.

Los guiones serán técnicos y no podrán exceder de diez (10) minutos de duración.

Cada participante podrá presentar un solo proyecto.

Tercera.-Los participantes deberán cumplimentar un boletín de inscripción cuyo modelo será facilitado por la Con- sejería de la Juventud (Dirección Regional de la Juventud, calle Calvo Sotelo, 5, 33007 Oviedo).

En el momento de la inscripción, junto al citado boletín, se deberá entregar:

- El guión mecanografiado a doble espacio, en sobre cerrado y bajo lema. - Breve currículum vitae del autor, encabezado con su

nombre y apellidos, edad y domicilio (calle, número, piso, código postal, localidad y provincia), en otro sobre cerrado. - Fotocopia del D.N.I., presentando al mismo tiempo el

original para su compulsa. Las inscripciones, con toda la documentación necesaria,

deberán ser presentadas en el Registro General de la Conse- jería de la Juventud, calle Marqués de la Vega de Anzo, 1- 3.", antes de las 14 horas del día 18 de mayo de 1990.

Cuarta.-El guión, seleccionado será rodado por una empresa profesional en formato Betacam, pudiendo el autor efectuar un control y seguimiento del rodaje dentro del plan de trabajo de realización elaborado.

Se establece un único premio de setenta y cinco mil (75.000) pesetas.

Quinta.-La selección de la obra ganadora correrá a cargo de un jurado presidido por la Consejería de la Juventud o persona en quien delegue, y del que formarán parte como vocales profesionales de las artes visuales y musicales.

El jurado, a la vista de la calidad de los trabajos presen- tados, podrá declarar desierto el citado premio.

El fallo del jurado, que será inapelable, se hará público a partir del día 18 de junio de 1990.

Sexta.-El trabajo premiado pasará a ser propiedad de la Consejería de la Juventud, que lo estrenará y distribuirá en la forma que crea conveniente.

Al autor se le proporcionará una copia del trabajo pre- miado del que podrá disponer libremente, una vez estrenado, pero haciendo constar en todo caso las ayudas concedidas por la Consejería de la Juventud.

Séptima.-El grupo musical sobre el que se grabará el vídeo, desarrollará una actuación en directo con motivo de la presentación del vídeo-clip. .

Octava.-La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes Bases, resolviendo la Consejería de la Juventud en cuantas cuestiones pudieran plantearse y que no hayan sido específicamente previstas en las mismas.

Anexo IX

Premio Regional de Diseño Gráfico de Publicaciones

BASES

Primera.-Podrán concurrir a esta convocatoria todos los jóvenes asturianos o residentes en el Principado de Asturias menores de treinta (30) años al 31 de diciembre de 1990.

Segunda.-Los participantes deberán presentar proyectos acabados y en enmarcado simple (no grapas).

Todos los diseños se presentarán acompañados de una breve memoria en la que se explicarán los conceptos utiliza- dos, así como todo aquello que el autor estime conveniente para la mayor comprensión del proyecto, no excediendo nunca de los 5 folios mecanografiados a doble espacio, para cada trabajo presentado.

Cada participante podrá presentar un máximo de tres (3) proyectos.

Tercera.-Se establece un único premio de setenta y cinco mil (75.000) pesetas. El jurado, a la vista de la calidad de los trabajos presentados, podrá declarar desierto el citado pre- mio.

Cuarta.-Los participantes deberán cumplimentar un boletín de inscripción cuyo modelo será facilitado por la Con- sejería de la Juventud (Dirección Regional de la Juventud, calle Calvo Sotelo, 5, 33007 Oviedo).

Se adjuntará al citado boletín la siguiente documentación:

- La obra u obras presentadas, acompañadas de la memoria a que hace referencia la Base Segunda. - Breve currículum vitae del autor. - Fotocopia del D.N.I., presentado al mismo tiempo el

original para su compulsa.

Anexo X

Muestra Regional de Diseno Textil

BASES

Primera.-Podrán concurrir a esta convocatoria todos los jóvenes asturianos o residentes en el Principado de Asturias menores de treinta (30) años al 31 de diciembre de 1990.

Segunda.-Los participantes deberán presentar coleccio- nes de sus trabajos en dibujo o fotografía.

Todos los diseños, que deberán ser originales, se presen- tarán acompañados de una breve memoria en la que se expli- carán los conceptos utilizados, especificando en todo caso el tipo de tejidos o muestras, así como todo aquello que el autor estime conveniente para la mayor comprensión del proyecto, no excediendo nunca de los 5 folios mecanografiados a doble espacio, para cada trabajo presentado.

Cada participante podrá presentar un máximo de tres (3) colecciones.

Tercera.-Los participantes deberán cumplimentar un boletín de inscripción cuyo modelo será facilitado por la Con- sejería de la Juventud (Dirección Regional de la Juventud, calle Calvo Sotelo, 5, 33007 Oviedo).

Se adjuntará al citado boletín la siguiente documentación:

- La obra u obras presentadas, acompañadas de la memoria a que hace referencia la Base segunda. - Bocetos de la obra. - Breve currículum vitae del autor. - Fotocopia del D.N.I., presentando al mismo tiempo el

original para su compulsa. Las inscripciones, con toda la documentación necesaria,

deberán ser presentadas en el Registro General de la Conse- jería de la Juventud, .calle Marqués de la Vega de Anzo, 1- 3.O, antes de las 14 horas del día 8 de junio de 1990.

Cuarta.-La selección de las obras correrá a cargo de un jurado presidido por la Consejería de la Juventud, o persona en quien delegue, y del que formarán parte como vocales, profesionales de las artes gráficas.'

Quinta.-Si la calidad y variedad de los trabajos presenta- dos así lo aconsejara, se realizará una exIjosición de los mis- mos en la Sala de Exposiciones Borrón de la Dirección Regional de la Juventud en días y horario a determinar así como de su publicación en el correspondiente catálogo, o bien un desfile en pasarela en lugar y fecha que se determine.

Para ello, el jurado solicitará de entre los seleccionados la obra acabada, para lo que dispondrá de una ayuda de cin- cuenta mil (50.000) pesetas por autor.

Sexta.-El trabajo premiado pasará a ser propiedad de la Consejería de la Juventud, quien podrá reproducirlo y utili- zarlo, citando expresamente a su autor.

Los trabajos no premiados podrán ser retirados por sus autores en un plazo que no excederá de treinta días en su

Page 6: C:Archivos de programaIECISAinvesDociCache1 U000CPM0001 · mente a formar parte de una exposición itinerante que reco- rrerá distintos lugares durante 1 año. Quinta.-Para cada

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caso, a partir de la finalización de la exposición de las obras seleccionadas.

Séptima.-La Consejería de la Juventud no se responsabi- lizará de posibles daños, roturas, extravíos o deterioros que pudieran sufrir los trabajos en los traslados. En todo caso, se suscribirá una póliza que asegure todos los trabajos durante el tiempo que permanezcan en poder del citado organismo.

Octava.-La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes bases, resolviendo la Consejería de la Juventud en cuantas cuestiones pudieran plantearse y que no hayan sido específicamente previstas en las mismas.

111. ADMINISTRACION DEL ESTADO

DELEGACION PROVINCIAL DEL MINISTERIO DE HACIENDA-DE OVIEDO

Unidad de Recaudación Ejecutiva

Don Eugenio Rodríguez Salgado, Jefe del Servicio de Recau- dación de la De~endencia de Recaudación de la Deleeación de Hacienda dioviedo.

"

Hace saber: Que en expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Dependencia a la empresa Agro Astur, S.A., con N.I.F. A33017328, por sus débitos a la Hacienda por varios conceptos de los años 1987 a 1989, por importe de pese- tas: 1.994.768 más 100.000 ptas., que se presupuestan para costas y gastos del procedimiento, a justificar en su día, lo que hace un total de pesetas: 2.094.768, que han sido debidamente notificados, con fecha de hoy, ha sido dictada la siguiente:

Providencia

Visto el presente expediente que se sigue por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva a la empresa Agro Astur, S.A.

Resultando que han sido ultimadas las diligencias de embargo y valoración de los bienes muebles trabados en el expediente.

Resultando que por la Jefatura de la Dependencia de Recaudación ha sido autorizada la celebración de la subasta de los bienes trabados en este expediente.

Visto lo que señalan los arts. 136,137 y 138 del Reglamento General de Recaudación, el R.D. 1.327186 de 13 de junio, la O.M. de 10 de septiembre y R.D. 1.451187, de 27 de noviem- bre.

Procede y así se acuerda la celebración de la subasta de los bienes trabados en el expediente el próximo día 26 de abril de 1990, a las 10 horas, en el Salón de Actos de esta Delegación de Hacienda.

Notifíquese este acuerdo al deudor, al depositario de los bienes embargados y a quien proceda para su conocimiento y efectos consiguientes.

Dado en Oviedo, a 21 de febrero de 1990-E1 Jefe del Ser- vicio de Recaudación.

En cumplimiento de 10 dispuesto en la transcrita providen- cia se publica el presente edicto y se advierte a las personas que deseen licitar en la subasta los siguientes extremos:

1 .O Que los bienes inmuebles a enajenar son los que a conti- nuación se detallan:

Lote número uno: Furgoneta mixta Critoen AKS. Matrí- cula 0-5302-M. Valorado en 100.000 pesetas.

Lote número dos: Furgoneta mixta Land Rover, modelo 1.300. Matrícula 0-3259-G. Valorado en 150.000 ptas.

Lote número tres: Camión Avia, modelo 1250. Matrícula 0-8943-N. Valorado en 300.000 ptas.

Lote número cuatro: Camión Avia, modelo 3500 LR. Matrícula 0-8930-B. Valorado en 300.000 potas.

Lote nú ero cinco, compuesto por: -Tres A i n o s eléctricos de 1.5 HP, marca Seko. Dos moli-

nos eléctricos de 1,5 HP, marca SH200. Un molino eléctrico con motor trifásico de 5,5 HP, marca Mecano Metsa, número de motor 394460. Una máquina trituradora de maíz acopla tractor, marca Seko. Una máquina trituradora de maíz para motor eléctrico trifásico (sin motor), marca Seko, modelo R/ 75, núm. 204CD. Un grupo de ordeño, marca Milking, motor Nicolini, de 1,5 H P tipo G90. Dos grupos de ordeño de 0,75 HP, marca Cerezo, con motor Mercadal núm. 807504 uno, y el otro con motor Zalide núm. 276639. Tres equipos de ordeño Interpuls, modelo L.80. Un calderín de vacío de acero inoxi- dable. Dos equipos de ordeño, marca Cerezo, con válvula y vapómetro y motobomba con muestra de tubería. Una orde- ñadora Fontanesis portátil sin motor. Dos motosegadoras Barbieri de gasolina, de segunda mano, incompletas. Una abonadora, marca Rotaga, acoplable a tractor. Una motose- gadora Barbiere de gasolina, de segunda mano, completa. Un rotobator acoplable a motocultor de 14 HP. Un arado, marca Castillo y Orbañanos modelo TP 4-3 núm. 2581, de segunda mano, acopable a tractor. Una paluscona manual. Un peine de segadora de 1 metro. Una fresa de motoazada sin marca. Un arado de motoazada sin marca, color granate. Un peine de motosegadora de 1,30 metros. Un lagar de pisar manzana de 80 kg. Un arado motorcultor sin marca, color azul. Una máquina de cabruiiar, sin marca. Dos pastores eléctricos de 12 V., marca Wolf BCM. Una bomba de agua de marca Calpeda de 0,33 KW, núm. 8964904. Tres bebederos, marca Fort. Cinco cuchillas de segadora de 1,30 metros, usadas. Una bomba de agua Landini, tipo LLA52. Un despacho metálico, marca Serveta, compuesto de mesa y armario de 2 metros y 3 sillas metálicas, usado. Una máquina de escribir eléctrica, marca Olivetti Edictor 3, usada. Un despacho compuesto de tres mesas metálicas, cuatro sillas metálicas y un sillón, un armario de dos puertas de corredera, marca Serveta, usado. Una máquina de escribir Olivetti Linea 90, usada. Una suma- dora Olivetti Logos 55, usada. Un despacho.compuesto de 2 mesas metálicas Serveta, dos sillas y un sillón, un armario de dos puertas metálico, usado. Una caja fuerte, marca Gruber, tamaño 1 ,25~0 ,58 metros, usada. Un radiador eléctrico, marca Sol-Thermic, usado. Una grúa hidráulica de levantar motores sin marca, usada. Un esmeril, marca Egor, núm. 32894, usado. Cuatro bombas de inyectar grasa, usadas.

Valorado en 573.000 ptas. Cargas: Los cinco lotes descritos están libres de cargas.

Los cinco lotes se encuentran depositados bajo la custodia de don Pedro García Fernández, con domicilio en Oviedo, cl. Muñoz Degraín, 16-5.' F. Teléfono para contactos el 25-12-85.

Los componentes del lote número cinco, son todos nuevos, preparados para la venta, a excepción de aquellos en los que se hace constar que son usados o de segunda mano.

2." Tipos de subasta en l . a y 2." licitación:

Tipo l." Postura Lote licitación admisible 1 ."

Uno 100.000 66.667 Dos 150.000 100.000 ' Tres 300.000 200.000 - Cuatro 300.000 200.000 Cinco 573.000 382.000

Tip02." licitación

- 75.000

112.500 225.000 225.000 429.750

Postura adm. 2."

50.000 75.000

150.000 150.000 286.500

3.O Que todo licitador habrá de depositar ante la Mesa de la subasta, fianza al menos del 20 por 100 del tipo de cada uno de los lotes sobre los que desee licitar. Este depósito se ingresará en firme en el Tesoro, si los adjudicatarios no hacen efectivo el precio del remate, sin perjuicio de la responsabilidad en que podrán incurrir por los mayores perjuicios que sobre el importe de la fianza origine la inefectividad de la adjudicación. .

4.O El valor de las pujas, según el tipo señalado, debe aten- der a la siguiente escala, advirtiéndose que el valor entre pujas se irá incrementando cuando como consecuencia de las distin- tas posturas se pase a un tramo superior de la escala.