avances en la implementación de los vma - sedapal

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Equipo Evaluación de Calidad de Aguas Residuales (EEC-AR) Gerencia de Gestión de Aguas Residuales (GGAR) GERENCIA DE GESTION DE AGUAS RESIDUALES Avances en la implementación del D. S. 021-2009-VIVIENDA – VMA y su Reglamento D. S. 003-2011- VIVIENDA, para el tratamiento de aguas residuales industriales

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Page 1: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

Equipo Evaluación de Calidad de Aguas Residuales (EEC-AR)

Gerencia de Gestión de Aguas Residuales (GGAR)

GERENCIA DE GESTION DE AGUAS RESIDUALES

Avances en la implementación del D. S. 021-2009-VIVIENDA – VMA y

su Reglamento D. S. 003-2011-VIVIENDA, para el tratamiento de

aguas residuales industriales

Page 2: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

SEDAPAL

Misión Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la población de Lima y Callao, administrando

eficientemente el recurso agua, recolección, disposición final de aguas servidas y reuso de las

mismas, preservando el medio ambiente.

Page 3: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

GERENCIA DE GESTION DE AGUAS RESIDUALES

“Declaramos nuestro compromiso de contribuir al desarrollo sostenible de las ciudades de Lima y Callao; brindando un servicio eficiente de agua potable y alcantarillado; gestionando la calidad, seguridad y los riesgos ante desastres en nuestros procesos; garantizando la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información; sobre la base de la mejora continua del desempeño, la prevención de la contaminación ambiental, los daños y deterioro de la salud de los trabajadores; y cumpliendo los requisitos del cliente, la legislación, reglamentación y otras regulaciones aplicables”. Versión 04, 2012.09.07

Política de Calidad, Medio Ambiente, Seguridad y Salud en el Trabajo, y Seguridad

de la Información

Page 4: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

Equipo Evaluación Calidad de Aguas Residuales (EEC-AR)

El EEC-AR es el encargado en SEDAPAL de implementar el

Decreto Supremo N° 021-2009-VIVIENDA; en razón de la cual efectúa las actividades previstas en la norma

GERENCIA DE GESTION DE AGUAS RESIDUALES

Page 5: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL
Page 6: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

¿Para qué se debe controlar las

aguas residuales?

Page 7: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

7

• Para que no se afecte el funcionamiento de las redes interiores de desagüe así como los colectores público, evitando afectar la salud pública por exposición de desagües

• Para que las instalaciones alcancen el tiempo de vida útil para lo cual fueron instalados.

• Para contribuir a prevenir la contaminación de cursos de agua y cuerpos receptores

Moderador
Notas de la presentación
Es preciso indicar que la función supervisora permite verificar el cumplimiento de obligaciones de las EPS, mientras que la función fiscalizadora y sancionadora se refiere al hecho de imponer sanciones y las medidas correctivas a que hubiere lugar una vez detectados los incumplimientos.
Page 8: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

¿Cuál es el carácter de la Norma D.S. 021-2009-VIVIENDA?

¿Qué esperan conseguir las EPS como SEDAPAL?

Page 9: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

• El D. S. 021-2009-VIVIENDA tiene carácter disuasivo

• Las EPS, como SEDAPAL, esperan que los Usuarios opten por hacer un adecuado uso de los sistemas de alcantarillado

Page 10: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

D. S. 021-2009-VIVIENDA, ¿Quiénes están obligados a

cumplirlo?

Page 11: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

Todos los Usuarios No Domésticos

Page 12: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

GERENCIA DE GESTION DE AGUAS RESIDUALES

¿Qué es un VMA? Entiéndase por VMA como aquel valor de la concentración de elementos, sustancias o parámetros físicos y/o químicos, que caracterizan a un efluente no doméstico que va a ser descargado a la red de alcantarillado sanitario, que al ser excedido causa daño inmediato o progresivo a las instalaciones, infraestructura sanitaria, maquinarias y equipos de los sistemas de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales y tiene influencias negativas en los procesos de tratamiento de las aguas residuales.

Page 13: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

¿Quién es un usuario no doméstico? • Persona natural o jurídica que realiza descarga

de aguas residuales no domésticas al sistema de alcantarillado sanitario

Page 14: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

¿Qué es un agua residual no doméstica? Se denominan a aquellas descargas de líquidos

producidos por alguna actividad económica comercial e industrial, distintos a los generados como producto de la preparación de alimentos, del aseo personal y de desechos fisiológicos (art. 4 del Reglamento)

Page 15: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

ACTIVIDADES ASIGNADAS A LOS GRUPOS FUNCIONALES – EEC-AR

- Grupo Registro de Usuario No Doméstico (G-RUND): Encargado de notificar, revisar la documentación normada y registrar a los Usuarios no domésticos.

- Grupo Atención de Reclamos (G-AR): Encargado de recibir los reclamos de UND, como consecuencia de la aplicación de los VMA

- Grupo Proceso Sancionador (G-PS): Encargado de revisar y evaluar los expedientes de los UND que incumplan con los requisitos solicitados para su registro

- Grupo Planeamiento y Monitoreo (G-PyM): Encargado de ingresar los resultados de análisis de los VMA de las inspecciones Inopinadas y programar los monitoreos

GERENCIA DE GESTION DE AGUAS RESIDUALES

Page 16: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

El D.S.003-2012-VIVIENDA, Reglamento del D.S. 021-2009-VIVIENDA (VMA) exige: • Artículo 7.- De las Obligaciones (de la EPS) b) Registrar al UND …, conforme a lo establecido en el Artículo 17 del presente

Reglamento • Artículo 17.- Del procedimiento para registro y/o actualización • Artículo 18.- Del registro y/o actualización de la información del UND • Artículo 19.- De monitoreo. Conforme a lo establecido en el Artículo 7 del D.S.

021-2009-VIVIENDA la EPS es la encargada del control de las descargas de aguas residuales no domésticas al sistema de alcantarillado sanitario

• Artículo 2.- Del procedimiento del monitoreo 20.1 Una vez registrado el UND y asignado un Código de UND… procederá a

evaluar … • Artículo 23.- Del procedimiento de la toma de muestra inopinada 23.1 El personal del laboratorio acreditado ante el INDECOPI, a solicitud de la EPS

se apersonaran conjuntamente para proceder a tomar la muestra inopinada…

EXIGENCIA DE LA NORMA VMA

GERENCIA DE GESTION DE AGUAS RESIDUALES

Page 17: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

TIPOS DE CLIENTES DEL SISTEMA COMERCIAL

GERENCIA DE GESTION DE AGUAS RESIDUALES

Page 18: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

GERENCIA DE GESTION DE AGUAS RESIDUALES

Registro del Usuario No Doméstico

Page 19: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

TITULO IV. VALORES MÁXIMOS ADMISIBLES. Capítulo IV Registro de Usuarios No Domésticos

Artículo 16.- De los requisitos para registrarse Los documentos que deben presentar e Usuario No Doméstico para su registro

ante la EPS o la entidad que haga sus veces, son los siguientes: a) Declaración Jurada de Usuario No Doméstico, de acuerdo al Anexo I del

presente Reglamento. b) Copia legalizada de la licencia de funcionamiento vigente. c) Copia legalizada de la vigencia de poder del representante legal d) Ficha Registro Único de Contribuyente – Acreditación del Inicio de

Actividades. e) Copia de la Factibilidad de Servicio otorgado por la EPS o autorización de

conexión del servicio de agua y saneamiento emitido por un prestador de la EPS.

Page 20: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

TITULO IV. VALORES MÁXIMOS ADMISIBLES. Capítulo III Inspección y control

Artículo 17.- Del procedimiento para registro y/o actualización 17.1 Los Usuarios No Domésticos presentarán a la EPS, los requisitos establecidos en el artículo 16 del presente Reglamento, en un plazo que no podrá exceder los treinta (30) días hábiles, contados a partir del requerimiento efectuado por la EPS. 17.2 Cuando la EPS, solicite por primera vez al usuario No Doméstico la presentación de la Declaración Jurada de Usuario No Doméstico establecida en el Anexo I del presente Reglamento, ésta deberá contener todos los parámetros establecidos en el Anexo 1 y 2 del D. S. 021-2009-VIVIENDA. Para posteriores presentaciones de la citada D.J., el UND presentará los parámetros solicitados por la EPS, de acuerdo a la actividad económica que por procesos productivos realice conforme al CIIU.

Page 21: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

Capítulo 1: Registro de Usuario No

Doméstico (RUND) (RCD 044-2012-SUNASS-CD)

Artículo 5°.- Registro de Usuarios No Domésticos (RUND) A efectos del registro conjuntamente con los requisitos señalados en el artículo 16 del D. S. 003-2011-VIVIENDA, el ND deberá presentar el esquema de sus procesos unitarios de la actividad que realice, así como el diagrama de flujo del tipo de tratamiento que brinda al agua residual, de ser el caso, que debe incluir las características de calidad del efluente tratado, su caudal de descarga e insumos químicos utilizados, si corresponde

Page 22: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

GERENCIA DE GESTION DE AGUAS RESIDUALES

Page 23: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

ESTUDIO Y EVALUACION DE LA RCD-025-2011-SUNASS-CD

EL EXCESO DE CONCENTRACIÓN DE LOS PARÁMETROS FIJADOS EN EL ANEXO N°1 - VALORES MÁXIMOS ADMISIBLES DEL D.S. N° 021-2009-VIVIENDA,

DERIVA EN: PAGO ADICIONAL

Page 24: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

PARAMETRO UNIDAD EXPRESIÓN VMA PARA DESCARGAS

AL SISTEMA DE ALCANTARILLADO

Demanda Bioquímica de Oxígeno(DBO5)

mg/L

DBO 5

500

Demanda Química de Oxígeno(DQO)

mg/L

DQO

1000

Sólidos Suspendidos Totales

mg/L

S.S.T

500

Aceite y Grasas

mg/L

A y G

100

ANEXO N

1-VALORES MÁXIMOS ADMISIBLES

D.S. N

021-2009-VIVIENDA

Page 25: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

EL EXCESO DE CONCENTRACIÓN DE LOS PARÁMETROS FIJADOS EN EL ANEXO N°2 - VALORES MÁXIMOS ADMISIBLES DEL D.S.

N° 021-2009-VIVIENDA, DERIVA EN: CIERRE DEL SERVICIO

Page 26: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

PARAMETRO UNIDAD EXPRESIÓN

VMA PARA DESCARGAS

AL SISTEMA DE ALCANTARILLADO

Aluminio mg/L Al 10 Arsénico mg/L As 0.5 Boro mg/L B 4 Cadmio mg/L Cd 0.2 Cianuro mg/L CN 1 Cobre mg/L Cu 3

Cromo Hexavalente mg/L Cr6 0.5 Cromo Total mg/L Cr 10 Manganeso mg/L Mn 4 Mercurio mg/L Hg 0.02 Níquel mg/L Nl 4 Plomo mg/L Pb 0.5 Sulfatos mg/L SO-2

4 500 Sulfuros mg/L S-2 5 Zinc mg/L Zn 10

Nitrógeno Amoniacal mg/L NH4 80 pH(2) unidad Ph 6-9

Sólidos Sedimentables(2) M1/L/h S.S 8.5 Temperatura(2) °C T <35

ANEXO N

2-VALORES MÁXIMOS ADMISIBLES

D.S. N

021-2009-VIVIENDA

Page 27: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

EJEMPLOS DE PAGOS ADICIONALES QUE DENERÁN REALIZAR LOS UND A PARTIR DEL 05.09.2013

Page 28: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

DEFINICIÓN DE RANGO DE PARÁMETRO

RESOLUCIÓN N

025-2011-SUNASS-CD RANGO

PARAMETROS

DB05 DQO SST A y G

VMA(mg/L) 500 1000 500 100

Rango 1 500,1-550 1000,1-1100 500,1-550 100,1-150

Rango 2 550,1-600 1100,1-1200 550,1-600 150,1-200

Rango 3 600,1-1000 1200,1-2500 600,1-1000 200,1-450

Rango 4 1000,1-104 2500,1-104 1000,1-104 450,1-103

Rango 5 Mayor a 104 Mayor a 104 Mayor a 104 Mayor a 103

Page 29: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

ANEXO N

2-VALORES MÁXIMOS ADMISIBLES

D.S. N

021-2009-VIVIENDA

RANGO FACTORES INDIVIDUALES

Asignación Porcentual

FDBO5 FDQ0 FSST FA y G

TOTAL

25%

35%

20%

20%

Rango 1 6% 9% 5% 5% 25%

Rango 2 19% 26% 15% 15% 75%

Rango 3 25% 35% 20% 20% 100%

Rango 4 250% 350% 200% 200% 10 veces más

Rango 5 500% 700% 400% 400% 20 veces más

Page 30: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

PA = Importe a facturar por el servicio de

alcantarillado

* F

Donde :

PA= Pago adicional

F= Factor de ajuste para calcular el pago adicional

FÓRMULA 1

Page 31: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

FÓRMULA 2

COMO CALCULAR EL FACTOR

Donde :

F= FDB05 + FDQ0 + FSST + FAyG

F = Factor de ajuste para calcular el pago adicional

FDBO5 = Factor de exceso de DB05 de acuerdo al rango

FDQO = Factor de exceso de DQO de acuerdo al rango

FSST = Factor de exceso de SST de acuerdo al rango

FAyG = Factor de exceso de AyG de acuerdo al rango

Page 32: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

Ejemplo facturación de usuario no doméstico:

recibo DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO de USUARIO NO DOMÉSTICO.

D.S. N° 021-2009-VIVIENDA

Servicio Rango de m3

S/ m3 unitario m3 S/ m3 total Pen.

Básica IGV Total

Agua 0 a 1000 4.221 1000 4,221.00

1000 a más 4.527 200 905.40

Subtotal 5,126.40 5,126.40

Desagüe 0 a 1000 1.844 1000 1,844.00

1000 a más 1.978 200 395.60

Subtotal 2,239.60 2,239.60

Total 7,366.00 4.89 1,326.76 8,697.65

Consumo Registrado • 1,200 m3

Page 33: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

FACTURACION DE AGUA POTABLE Y

ALCANTARILLADO A USUARIO NO DOMÉSTICO, CON INCUMPLIMIENTO DE LOS VMA.

Anexo 1 Digite Parámetro Expresión VMA Unidad Valor

Demanda Bioquímica de Oxigeno DBO5 500 mg/L 2424

Demanda Quimica de Oxigeno DQO 1000 mg/L 3395

Solidos Suspendidos Totales SST 500 mg/L 600

Aceites y Grasas AyG 100 mg/L 213

FDBO5 = 250% FDQO = 350% FSST = 15%

FAyG = 20%

F = 635%

CALCULANDO EL FACTOR

Page 34: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

ANEXO N°1-VALORES MÁXIMOS ADMISIBLES

D.S. N° 021-2009-VIVIENDA

Servicio Rango de m3

S/ m3 unitario m3 S/ m3 total Pen.

Básica IGV Total

Agua 0 a 1000 4.221 1000 4,221.00

1000 a más 4.527 200 905.40

Subtotal 5 126.40 5 126.40

Desagüe 0 a 1000 1.844 1000 1,844.00

1000 a más 1.978 200 395.60 Subtotal 2 239.60 2 239.60 Exceso VMA 635% 14 221.46 14 221.46

Total 21 587.46 4.89 3886.62 S/. 25 478.97

Page 35: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

Resolución de Consejo Directivo (RCD) 044-

2012-SUNASS-CD del 10.01.2013

Page 36: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

Exigencias de la norma: 1. Registro de Usuario No Doméstico 2. Procedimiento de sanción de UND por incumplimiento de los VMA

(Procedimiento sancionador) 3. Monitoreo y control de las descargas de aguas residuales no

domésticas 4. Muestreo de las descargas de aguas residuales no domésticas 5. Condiciones de muestreo y métodos de análisis 6. Metodología para determinar el pago adicional por exceso de

concentración (anexo 1) 7. Facturación de l pago adicional por exceso de concentración 8. Procedimiento de atención de reclamos referido a los VMA

Page 37: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

GERENCIA DE GESTION DE AGUAS RESIDUALES

Resolución de Consejo Directivo (RCD) 044-2012-SUNASS-CD del 10.01.2013 . TÍTULO CUARTO

Facturación del pago Adicional por Exceso de concentración de los parámetros Establecidos en el Anexo N° 1 del D. S. N°

021-2009-VIVIENDA. Capítulo Único

Artículo 25°.- Facturación Conforme a lo señalado en el D. S. 021-2009-VIVIENDA, cada UND deberá contar con un punto de muestreo; con los resultados del laboratorio, la EPS determinará el Factor de Ajuste correspondiente y el importe e facturar por pago adicional En caso un UND cuente con distintas unidades de uso en el predio, cada una de estas contará con un punto de muestreo

Page 38: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

GERENCIA DE GESTION DE AGUAS RESIDUALES

Artículo 26°.- Recibo de pago (…) Estos conceptos deberán estar debidamente diferenciados. Adicionalmente, el recibo de pago deberá contener: a) Los Valores Máximos Admisibles b) Los factores de exceso de DBO5, DQO, SST y A&G c) Factor de ajuste (f) para calcular el pago adicional

Page 39: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

GERENCIA DE GESTION DE AGUAS RESIDUALES

Artículo 28°.- Tipos de reclamos 28.2 No procede el reclamo contra la suspensión del servicio de alcantarillado, cuando la medida se adoptasobre la base de los resultados presentados por el UND en la Declaración Jurada a que se refieren los artículos 17 y 20 del Decreto Supemo N° 003-2011-VIVIENDA

Page 40: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

Situación Actual de los Usuarios No Domésticos Registrados

10%

19% 21%

50%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

Exceden Anexo 1 Exceden Anexo 2 Exceden Anexo 1 y 2 No exceden VMA

UND REGISTRADOS (%)

Page 41: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

GERENCIA DE GESTION DE AGUAS RESIDUALES

Incidencias - Monitoreo Inopinado a UND Registrados Anexo 1 del D. S. 021-2009-VIVIENDA

Condición de factor a Ajuste* Porcentaje Aumentó el factor de Ajuste 87% Factor se mantuvo luego del 7% Disminuye el Factor de Ajuste 7%

Page 42: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

GERENCIA DE GESTION DE AGUAS RESIDUALES

0% 5% 10% 15% 20% 25% 30%

OCTUBRE

NOVIEMBRE

DICIEMBRE

ENERO

FEBRERO

MARZO

ABRIL

MAYO

1%

2%

6%

14%

18%

23%

29%

7%

REPORTE MENSUAL DE UND REGISTRADOS

Page 43: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

GERENCIA DE GESTION DE AGUAS RESIDUALES

Muchas Gracias

[email protected]

Page 44: Avances en la implementación de los VMA - SEDAPAL

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