inspección sedapal
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I r a S D I T
] Tipo Acto ACTA DE INFRACCION
í Orden de Inspección W 0 0 0 0 0 1 0 2 9 1 - 2 0 1 3 R.S.D. W
0000004035- Exp. Sancfonador -
PRIMERA SUB DIRECCION DE INSPECCION DEL
M T P E / 1 / 2 0 . 4 1
: Acta N e
I Dependencia
i
Destinatario ALCANIARILLADO DE LIMA-SI111 SAL
JR CHAVIN NRO.181, LIMA-BRENA D i r e c c i ó n
Casilla N s :
Con Relación af escrito
Se Nace saber que en el procedimiento sancionados
Materia INFRACCION A LA LABOR INSPECTIVA
S© ha expedido con fecha : 06/12/2013
Lo siguiente ACTA DE INFRACCION
Que notifica a usted con arreglo a Ley,
Se anexa io siguiente - PROVIDENCIA DE FECHA 20 DE ENERO DE 2014 Y ACTA DE
Con yii total de
INFRACCION N° 4025 2013-MTPE/1/20.4
11 foiioís),
El día ..?:3..de .deL^/.*!. ahoras.. .//l?J.. . me constituí ef dal destinatario requeriendo su presencia y respondió una persona que dijo llamarse:.
que se identificó con e! documento. . . . . . . . . . N * . a quien procedí a entregarle origina! de la presente notificación y enterado de la misma:.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . f i r m ó esta copia
OBSERVACIONES:
- Se dajé aviso { ) - No se encorrtró dirección ( )
-Se trasladó
Áv> Salav^rry 6SS ~ Jesús María - tima (Centra Telefónica 630-6000 / 63G-6Q3Q / S3a»SílS0}
Ministerio PERU de Trabajo
y Promoción d el Empleo rfiTrabajo MhSiMb ée TfBfajo ¡r nómade» «á ím&m
"Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático"
Orden de Inspección N° 10291-2013-MTPE/1/20.4
Lima, 20 de Enero de 2014.
Por recibida el Acta de Infracción N° 4025-2013-MTPE/1/20.4, por vulneración al ordenamiento jurídico socio laboral y/o a la labor inspectiva, a cuyo mérito se inicia el procedimiento sancionador conforme a lo prescrito por el literal a) del artículo 45° de la Ley N° 28806 "Ley General de Inspección del Trabajo": Notifíquese al (la) Trabajador (a) afectado (a): SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SUTESAL , con domicilio sito en: JIRON CHAVIN N° 181 - BREÑA, la mencionada Acta de Infracción conforme a lo prescrito por el numeral 53.1 del artículo 53° del Decreto Supremo N ° 019-2006-TR "Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo" modificado por Decreto Supremo N° 019-2007-TR.-
JMCC /RVS
F D O . A B O G . J O R G E MARTÍN CADAGÁN C R U Z
Sub Director (e) Primera Sub Dirección de Inspección
del Traba]». L» que utóflra a UtL coníorrae a Ley.
www.trabajo.gob.pe Av.SalaverryN°655 Jesús María
Ministerio PERÚ de Trabajo
y Promoción i ieí Empleo tf jTrabajo Transformación Concertada
ACTA DE INFRACCION N° 4025-2013-MTPE/1/20.4
Razón social: SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL Domicilio: Carretera Autopista Ramiro Prialé N° 210 Urbanización La Atarjea R.U.C. N°: 20100152356 Departamento: Lima Provincia : Lima
• Distrito : El Agustino Actividad económica: actividades de captación, depuración y distribución de agua. Orden de Inspección N.° 10291-2013-MTPE/1/20.4 PLAZO: 90 DIAS
La Inspectora del Trabajo que suscribe, estando a la orden de inspección de la referencia a efectos de verificar el
cumplimiento de las siguientes obligaciones laborales: Relaciones colectivas (convenio colectivo); y, en uso de
las facultades que le atribuye los artículos 5 o y 6 o de la Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo y el
artículo 6 o del Decreto Supremo N° 019-2006-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Inspección
del Trabajo, extiende la siguiente acta de infracción:
I. Actuaciones inspectivas de investigación o comprobatorias
Medios de investigación utilizados:
Comprobación de datos
Visita de Inspección al centro de trabajo
Requerimiento de comparecencia de la inspeccionada ante el MTPE
1) Comprobación de datos: Día 22 de julio de 2013
Siendo las 08:30 h, se procedió a la verificación en la página web de SUNAT la consulta del RUC de la
inspeccionada, para la verificación del domicilio y del representante legal. Se concluyó a las 08:50 h.
2) Visita inspectiva al centro de trabajo: Día 23 de julio de 2013
Siendo las 15:00 h, la Inspectora del Trabajo que suscribe se constituyó en el centro de trabajo
consignado en la orden de inspección, siendo atendida por el señor Lazarte Silva Carlos Ernesto,
identificado con DNI N° 09274285, en su calidad de abogado de la Gerencia de Recursos Humanos de
la inspeccionada; ante quien me acredité con mi credencial y expliqué el motivo de la diligencia. :<Xí:.-En la presente diligencia participó el señor Rodríguez Veía "Jorge-Mario, identificado con DNI n c
07725180 en calidad de Secretario de Base del SUTESAL. , í¡
- Eíseñor Lazarte manifestó que la documentación no la poseía en el momento de la visita; por lo que
-..se procedió a efectuar requerimiento de comparecencia al sujeto inspeccionado para que se apersone
al 4to piso del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ubicado en Avenida Salaverry 655 --
Jesús María, el día 01 de aqosto 2013 a las 10:00 5t¡V aportando la siguiente documentación:
• PDT 601 planilla electrónica - Píame, Backup grabado en medio magnético
• Procedimiento de acogimiento, proceso y culminación de procesos de evaluación
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— y Promoción del Empleo
ff jTrabajo Transformación Concertada
Acreditar el cumplimiento de las clausulas 6 del CC 92-93 y clausula octava y undécima del CC
2010 objetivamente
• Poder de representación
Se concluyó a las 15:40 h.
3) Requerimiento de comparecencia: Día 01 de agosto de 2013
En el 4to piso, sala de comparecencia del MTPE, sito Avenida Salaverry 655 - Distrito de Jesús María,
siendo las 10:00 h, se hizo presente el señor Lazo Huapaya Luis Ángel, identificado con DNI n l
41188276 en calidad de Apoderado de la Inspeccionada, ante quien me identifiqué, quien cumplió con
exhibir los siguientes documentos:
• Poderes de representación
• Planilla electrónica PDT 601 PLAME
• Copia de seguridad de la planilla electrónica de los años 2008 al 2013
• Resolución de Gerencia General n° 009-2013-GG de fecha 04/01/2013
En la presente diligencia participó el señor José Luis Mongrutt Manco, en calidad de Secretario
General del Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa de Servicio de Agua Potable y
Alcantarillado de Lima (SUTESAL), quien exhibió los siguientes documentos:
• Copia de acta de infracción n° 2650^2012
Asimismo a fin de contribuir con la inJpección, se le requirió al Secretario General del Sindicato
SUTESAL, que exhiba: solicitudes de acogimiento, postulación de hijos de trabajadores jubilados de
los 35 ex trabajadores, según relación anexado en denuncia.
A fin de continuar con las actuaciones iníipectivas, y siendo necesaria la exhibición de documentación
adicional para la verificación de las normas laborales señaladas en la Orden de Inspección, se
procedió a efectuar requerimiento de comparecencia al sujeto inspeccionado para que se apersone al
4to piso del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ubicado en Avenida Salaverry 655 - Jesús
María, el día 08 de agosto 2013 a las 14:30 h, aportando la siguiente documentación:
• Convenio colectivo 2011
'•'Programando incentivo de renuncia voluntaria cambio de posta 2ÓÍ2 ' * r ' A ; v
• TR5 dei t Registro de la p lan i l la ' . •*r .•" .'
s •••\:rBRapc4cia irifDmiac¡ón- respecto de las personas del anexo de comparecencia de fecha 23 de
¿ » Se reitera-procedimiento de acogimiento, proceso y culminación ael proceso de evaluación aa
favor de los 35 ex trabajadores del anexo .de comparecencia
Se culminaron las actuaciones a las 11:55 h. : .
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y Promoción del Empleo d i Trabajo Transformación Concertada
4) Requerimiento de comparecencia: Día 08 de agosto de 2013
En el 4to piso, sala de comparecencia del MTPE, sito Avenida Salaverry 655 - Distrito de Jesús Marta,
siendo las 14:30 h, se hizo presente e l señor Lazo Huapaya Luis Ángel, identificado con DNI N°
41188276 en calidad de Apoderado de la inspeccionada, ante quien me identifiqué con mi credencial,
quien cumplió con exhibir los siguientes documentos:
• Convenio Colectivo del año 2011
• Procedimiento de cambio de posta
• Constancia de baja en el TREGISTRO
• Cuadro de ex trabajadores
• Procedimiento para reclutamiento, selección, ingreso y registro de personal de los años 2008,
2010, 2011
• Descargo de actuación inspectiva nro. 2650-2012
• Guía de liberación de plazas según ley 27803
• Normativa de austeridad, racionalidad y gasto de personal
• Carta de fecha 16/07/2006 del señor Anchante Napa
En la presente diligencia participó el señor José Luis Mongrutt Manco, y el señor José Luis Morales
Briceño en calidad de Secretario General y Secretario de Defensa del Sindicato Único de Trabajadores
de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SUTESAL), quien exhibió los
siguientes documentos:
• Presentación de hijos de jubilados
• Documentos sobre vacante de puestos
• Documentos sobre el Sindicato (Registro, acta 2011,2010,2009,2007 y de 1992-1993
Se culminaron las actuaciones a las 15:30 h.
Con fecha 13 de agosto 2013, se recibió el recurso nro. 99745 - 2013, en la cual se amplía la
denuncia original anexando una relación adicional de trece ex trabajadores.
5) Visita inspectiva al centro de trabajo: Día 20 de agosto.de*2M3:;>;.'::;: •.;;:'.-»'•«:
<•=»-'<:.';•••Sten'do las 12:00 lá; Inspectora del Trabajo que suscrioe se-constituyó en el centro de trabajo
* -'cohsignado'én'-. la- osdeníide^irtepecdíón, siendo atendida por el señor Lazarte Silva Carlos Ernesto,
identificado.con DNI N?"09274285, en su calidad de abogado de ía Carencia de Recursos Humanos de
la inspeccionada,* ante quien me acredité con mi credencial y expliqué c! motivo de la-diligencia.
En la presente diligencia participó el señor ¿r.sé Luis Morales Briceño, en calidad de Secretario de
Defensa del SUTESAL.
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„ — y Promoción del Empleo
r£j Trabajo Transformación Concertada
A fin oe continuar con las actuaciohes inspectivas, se procedió a efectuar requerimiento de
comparecencia al sujeto inspeccionado para que se apersone al 4to piso del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo, ubicado en Avenida Salaverry 655 - Jesús María, el día 28 de agosto 2013 a
las 14:00 h, aportando la siguiente documentación:
• Cuadro con respecto a las personas que figuran en el anexo nro 1 que se incorpora en la
presente
• Asimismo, procedimiento de acogimiento, proceso y culminación del procesos de evaluación
para plaza (objetivamente acreditando)
• Relación de trabajadores que se han retirado de SEDAPAL para jubilarse desde el año 1992 a la
fecha
• Relación de trabajadores que ocupan las plazas que dejaron vacacntes los trabajadores que se
retiraron de SEDAPAL para jubilarse desde el 01/01/92 a la fecha, indicando la forma como
ocuparon dichas plazas
• Relación de hijos de trabajadores de SEDAPAL que se retiraron de SEDAPAL desde el
01/01/2010 a la fecha, que han participado en los concursos implementados para cubrir la plaza
CAP que, con motivo de tales renuncias, devinieron en vacantes como consecuencia de la
jubilación de sus respectivos padres trabajadores de SEDAPAL
Se concluyó a las 12:45 h.
6) Requerimiento de comparecencia: Día ¿8 de agosto de 2013
En el 4to piso, sala de comparecencia del MTPE, sito Avenida Salaverry 655 - Distrito de Jesús María,
siendo las 14:00 h, se hizo presente la señora Urbina de Carranza Teresa Ángela, identificada con DNI
n° 25459724 en calidad de Apoderada de la inspeccionada, ante quien me identifiqué con mi
credencial, quien cumplió con exhibir los siguientes documentos:
• Poderes de representación
• Relación de los 13 trabajadores con motivo de cese, se anexa documento
• Relación de trabajadores cesados por causas de jubilación desde el año 2008 a la fecha
- • Relación de hijos de jubilados - - v^,,
tf-^'^gfi te-&&8é^ÜMg6r*áa se notificó el proveído de fecha 28 de agosfe de 20Í3; mediante la cual la
• Autoridad -Ádmirifettativá de Trabajo, aüfdr^ ias
actuaciones itíspéctívas. Se culminaron las actuaciones alas 14:50TV: * i , " Y 1 -"r. ,
I)' Visita inspectiva al centro de trabajo: Día 26 de setiembre de 2013
Siendo las 13:00 h, la Inspectora del Trabajo que suscribe se constituyó eri eí centro de trabaja
consignado en la orden de inspección, siendo atendida por el señor Lazarte Silva Carlos Ernesto,
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Ministerio PERÚ de Trabajo
y Promoción del Empleo
identificado con DNI N° 09274285, en su
la inspeccionada;- ante quien me acredité
Calidad de abogado de la Gerencia de Recursos Humanos de
mmicredenoiaUy-expliquéel motivode-la diligencia. - -
^Trabajo Transformación Concertada
En la presente visita se notificó el
Autoridad Administrativa de Trabajo,
actuaciones inspectivas. Se culminaron
proveído de fecha 19 de setiembre de 2013, mediante la cual la
autoriza la ampliación de plazo para continuar con las
actuaciones a las 13:25 h, las
8) Visita inspectiva al centro de trabajo: Día 16 de octubre de 2013
Siendo las 16:00 h, la Inspectora del Trabajo que suscribe se constituyó en el centro de trabajo
consignado en la orden de inspección, ¡siendo atendida por el señor Lazarte Silva Carlos Ernesto,
identificado con DNI N° 09274285, en su calidad de abogado de la Gerencia de Recursos Humanos de
la inspeccionada; ante quien me acredité con mi credencial y expliqué el motivo de la diligencia.
En la presente diligencia participó el señor José Luis Morales Briceño, en calidad de Secretario de de
Defensa del SUTESAL y se procedió a notificar el proveído de fecha 15 de octubre de 2013, mediante
la cual la Autoridad Administrativa de Trabajo, autoriza la ampliación de plazo para continuar con las
actuaciones inspectivas.
A fin de continuar con las actuaciones inspectivas, se procedió a efectuar requerimiento de
comparecencia al sujeto inspeccionado para que se apersone al 4to piso del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo, ubicado en Avenida Salaverry 655 - Jesús María, el día 28 de octubre 2013 a
las 14:30 h, aportando la siguiente documentación:
Convenios colectivos desde los dños 2006 al 2013
Relación de convocatorias de placas y postulantes desde 2006 al 2013
selección de personal para plazas 2006 al 2013
Acreditar el procedimiento de acogimiento para el beneficio de los trabajadores jubilados
referente a la contratación de hijos; además deberá aportar documentos de quienes al termino
del procedimiento fueron contratados hijos de jubilados desde 2006 al 2013
Se concluyó a las 16:50 h.
9) Requerimiento de comparecencia: Día 28 de octubre de 2013
En el 4to piso, sala de.comparecencia del MTPE, sito Avenida Salaverry 655 - Distrito de Jesús María,
siendo las 14:30 h,:se hizo presente la señora Urbina dé Carranza Teresa Angela, identificada con DNI
n° 05459724 en calidad de; Apoderada de la inspeccionada, ante quien me identifiqué, quien cumplió
con exhibir los siguientes documentos^; * . -* ' ' - ' - \ \\ *
. • Prpc^ími^ita :dé' s reclutamiento y selección de personal de. los años 200^, 2009, 201 í, 20ii?, y"
, 2013 . . . j , , ' _ ; ;• - ' • v ' ^ , : V r , X , / y , . ; ¿ . : • Convenio Colectivo de los años 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013
• Ley 278G3 referida a ía Ley que implemenía las recomendaciones derivadas de las comisiones
Procedimiento de reclutamiento y
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Ministerio J PERÚ de Trabajo 1 y Promoción del Empleo
r i i Trabajo Transformación Concertada
creadas por las leyes 27452 y 27586 encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en
las . impresas del Estado sujetas a procesos .da ...promoción de la inversión privada y en. las
entidades del sector público y gobiernos locales
• Relación de hijos de trabajadores jubilados que se postularon a convocatoria 2013, precisando
respecto que no existe reporte de lo? años anteriores
En la presente diligencia participó el señor José Luis Morales Briceño en calidad de Secretario de
Defensa del Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa de Servicio de Agua Potable y
Alcantarillado de Lima (SUTESAL), quien exhibió los siguientes documentos:
• Documentos en copia referente a convocatorias de plazas
A fin de continuar con las actuaciones inspectivas, se procedió a efectuar requerimiento de
comparecencia al sujeto inspeccionado para que se apersone al 4to piso del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo, ubicado en Avenida Salaverry 655 - Jesús María, el día 04 de noviembre
2013 a las 15:00 h, aportando la siguiente documentación:
• Proporcionar documentos y antecedentes de la postulación de los hijos de trabajadores
jubilados, referente a la relación que se adjunta en la presente diligencia.
Se concluyó a las 15:30 h.
«•
10) Requerimiento de comparecencia: Día 04 de noviembre de 2013
En el 4to piso, sala de comparecencia del MTPE, sito Avenida Salaverry 655 - Distrito de Jesús María,
siendo las 14:30 h, se hizo presente el señor Lazo Huapaya Luis Ángel, identificado con DNI ne
41188276 en calidad de Apoderado de la inspeccionada, ante quien me identifiqué, quien cumplió con
exhibir los siguientes documentos:
• Relación de postulantes, hijos de trabajadores jubilados del año 2013
• Documentos anexos referidos a la postulación y selección, manifestando al respecto que todos
se acogen con una solicitud, segifin los procedimientos aprobados en la empresa, pero que
dichos documentos no los guardan,
algunos cuadros resumen de candidatos a evaluación técnica
• Relación de acogidos en el PLAN
acogidos
Se concluyó a las 16:10 h.
es por ello que en esta verificación exhibe el memorándum y
POSTA hasta la fecha, detallando a trabajadores e hijos
11) Visita inspectiva al centro de trabajo: Día 13 de noviembre de 2013 \ ;
Siendo las 15;00 h, la Inspectora dér Tra^fó que suscribe se constituyó en el centro de trabajo^
consignado en !a t>rdeh dé-!Íñspecóión, siendo atendida por el señor Castillo Mendoza Yvonne*^
identificada con DNI N° 09800027, en su calidad de encargada del centro de trabajo de la
inspeccionada; ante quien me acredité con mi credencial y-expliqué el motivo de la diligencia.
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Ministerio PERÚ de Trabajo
y Promoción de Empleo rf i Trabajo Transformación Concertada
En la presente visita se notificó el proveído de fecha 13 de noviembre de 2013, mediante la cual la
AuluilUaU AdmlHiülmtlva de Tmüaju, "auluilza lid ciiiiplidüúii üe 1 pld/u pdid" uunlliiudi con las
actuaciones inspectivas. Se culminaron las actuaciones a las 15:15 h.
12) Visita inspectiva al centro de trabajo: Día 19 de noviembre de 2013
Siendo las 14:15 h, la Inspectora del Trabajo que suscribe se constituyó en el centro de trabajo
consignado en la orden de inspección, siendo atendida por el señor Uribe Reyes Ricardo Martin,
identificado con DNI N° 08662485, en du calidad de Jefe de Registro y Control de la Gerencia de
Recursos Humanos de la inspeccionada; ante quien me acredité con mi credencial y expliqué el motivo
de la diligencia.
En la presente diligencia participó el señor Cañaupa Gómez Celestino Jorge, representante del
Sindicato SUTESAL.
A fin de continuar con las actuaciones inspectivas, se procedió a efectuar requerimiento de
comparecencia al sujeto inspeccionado para que se apersone al 4to piso del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo, ubicado en Avenida Salaverry 655 - Jesús María, el día 26 de noviembre
2013 a las 15:30 h, aportando la siguiente documentación:
• Sustentar los motivos por el cual los hijos de los ex trabajadores (jubilados) no accedieron a
un puesto de trabajo en aplicación a convenios colectivos antes 2013
• Procedimiento de acceso a un puesto de trabajo de hijos de ex trabajadores 8 jubilados) en
aplicación a las cláusulas de contratación de personal de conformidad a convenios suscritos
con SUTESAL (2006 a 2013)
• Indicar en qué etapa del proceso de selección se aplica el derecho de preferencia a los hijos
de jubilados que ingresaron a laborar en el 2013 y los que no ingresaron sustentar las razones
objetivamente.
Se concluyó a las 15:15 h.
13) Requerimiento de comparecencia: Día 26 de noviembre de 2013
En el 4to piso, sala de comparecencia del MTPE, sito Avenida Salaverry 655 - Distrito de Jesús María,
siendo las 15:30 h, se hizo presente el señor Carlos Quintana Saldaña, identificado con DNI n°
$b JU">" ^09891226 en calidad de Apoderado de la inspeccionada, ante quien me identifiqué, quien cumplió con
exhibir ios siguientes documentos: . ;. ' ;
Poderes de representación • s
«Memorando n° 765-2013-FEP, respecto de los hijos de:abajadores jubilados en proceso de
selección al mes de noviembre de 2013 -
A fin de continuar con las actuaciones inspectivas, se procedió a efectuar requerimiento de
• comparecería al sujeto inspeccionado para que se apersone al 4to piso de! Ministerio de Trabajo y
PERÚ Ministerio
PERÚ de Trabajo
— y Promoción del Empleo
rl^ Trabajo Transformación Concertada
Promoción del Empleo, ubicado en Avenida Salaverry 655 - Jesús María, el día 28 de noviembre
•2013 aJas.10;Q0 .h, .aportando Ja .siguiente documentación:
• Se reitera la documentación y escr
• Anexar el proceso de todo el proceso
de la inspeccionada
Se concluyó a las 16:50 h.
to respectivo solicitado con fecha 19/11/2013
de acceso a un puesto de de trabajo por hijos de jubilados
14) Requerimiento de comparecencia: Día 28 de noviembre de 2013
En el 4to piso, sala de comparecencia del MTPE, sito Avenida Salaverry 655 - Distrito de Jesús María,
siendo las 10:00 h, se hizo presente el señor Carlos Quintana Saldaña, identificado con DNI n°
09891226 en calidad de Apoderado de la inspeccionada, ante quien me identifiqué, quien cumplió con
exhibir los siguientes documentos:
• Informe n° 511-2013-ERC
El representante de la inspeccionada manifiesta que a la fecha se aplica lo descrito en el Informe nc
.imple con las disposiciones legales y convencionales en los
términos pactadas, el derecho de preferencia en la contratación ha sido redactada en diferentes
formas en distintos convenios siendo su naturaleza de obligación condicionada a ser jubilado en el
a haber plaza vacante, al reunir el perfil del cargo, a aprobar plazo de vigencia del convenio colectivo,
el concurso y si hay en la terna final empate, se "prefiera" al hijo de trabajador.
Se concluyó a las 10:25 h.
15) Comprobación de datos de fecha 06 de diciembre 2013
Se realizó comprobación de datos a la orden de inspección 225-2012-MTPE/1/20.4 el cual genera el
Acta de infracción 2650-2012 de fecha 11 de octubre del 2012.
11.- Hechos verificados
Las actuaciones de investigación practicadas han permitido establecer los siguientes hechos:
Primero. La inspeccionada realiza actividades "de* captación, depuración y distribución deagua.;.
Seaund&^ * tras actuaciones thseectivas se han realizado a favor de ex trabajá1dores>b^-^ri
según la siguiente refació^;:/, • -,%r „ " %í»-í-*\:FUvr,- i - - w i - . *
.• • •: = :\ c • f > i > ' . :-n;. 6o'Cv>;-'¿-3.e^ ,.i \ , . . < f i^T-* ' • ••; ... .... ....... v...,~
CUADRO NRO 1 r . ;
I • N- | APELLIDO Y NOMBRE F. INGRESO
! F.CESE
1 ÁMAOYARANGA FORTUNATO 20/03/1964 . 'I 0K; 10/1996I] 2 ANCHANTE NAPA VICTOR FAUSTINO 08/05/1969 01/12/2012 |
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo rl^ Trabajo
Transformación Concertada
3 AVALOS MEZA BARTOLOME 20/08/1963 10/12/2009
4 CANALES AGUI LAR EUSEBIO 23/03/1967 21/06/1992
5 CASTILLO CANCHAR 1 MAMERTO 17/06/1975 06/09/1995
6 CHIRA RIVERA ISAAC 26/03/1965 31/08/2006
7 CONDE QUISPE MARCIAL 20/11/1975 20/06/2009
8 CORONADO RAMOS ANTONIO 01/03/1977 07/09/1995 9 DIAZ CERVANTES MARINO 14/11/1970 16/12/2012
10 DURAND SILVA AVELINO 24/01/1966 21/06/1992
11 ESPINOZA HURTADO PAULINO 11/01/1968 24/01/1993
12 GOMEZ LOAYZA HUBERTO 16/11/1996 04/10/1996 13 GOYTIZOLO LASTRES HUMBERTO 01/10/1971 01/01/2011
14 HUAMAN JUNCO ESTANISLAO 27/08/1996 24/11/1996
15 HUAMANI GOMEZ ISAIAS 14/10/1973 03/02/2013
16 HUANCA HUANCA FELIX 16/10/1973 16/02/2007 17 (BARRA SANDOVAL VICTOR 30/10/1980 07/06/1992
18 LAZO LEVANO LUIS 27/09/1979 14/12/2012
19 LEYVA GARAY PAULINO 20/01/1972 07/06/1992
20 LLONTOP MONCHON MANUEL 19/01/1973 26/12/2008 21 LUDE ÑA ZAPATA JOSÉ 14/04/1976 24/11/1996
22 MADUEÑO ROJAS SABINO 07/06/1973 30/12/2012
23 MEDINA ZAMORA EUSTAQUIO 26/11/1964 01/11/2006 24 NAVARRO TIPE MARTIN 08/06/1965 27/01/1994
25 NECOCHEA GUTIERREZ NICASIO 25/03/1982 14/01/1993
26 OROZCO SOTAYA BENIGNO 22/07/1996 20/04/2012 27 OSCCO PEZUATORIBIO 21/05/1964 17/04/2010
28 PACHECO NUÑEZ FRANCISCO 08/06/1965 22/11/2012
29 PALOMINO PUGA FORTUNATO 11/09/1972 11/03/2007
30 PALOMINO VARGAS NICOLAS 08/10/1973 01/12/2010 31 PATINO HUACCHILLO LUIS 27/09/2012 25/09/2012 32 PEREZ MAZA BELBER 23/06/1982 09/07/2010
33 POZO VI LA LAZARO 04/01/1954 17/01/1993
34 QUISPE PACHECO MAXIMILIANO 26/01/1967 31/05/1992 35 QUEQUE CONDORI AGAPITO 01/01/1973 21/09/2012
36 QUISPE CARTOLIN FLORENCIO 04/07/1974 07/06/1992
37 RIOS HUARINGA TEOFILO 09/06/1975 09/09/2007
38 ROMERO VILA JUSTINIANO 02/12/1970 20/04/2012
39 RONCEROS CABANILLAS OCTAVIO 02/10/1972 18/02/2013
40 SANCHEZ DAVILA MARCOS 20/08/1964 24/01/1993 41 SUYO PAREDES NESTOR 19/09/1968 20/04/2012
42 SUYO PAREDES VICTOR 01/04/1965 02/04/2009
43 TARAZONA YAVAR LUIS 04/02/1972 17/01/1993
44 TOMAYLLA PUMACAYO GABRIEL 23/01/1964 11/12/2001
45 TORRES RODRIGUEZ VICTOR 16/11/1975 01/01/2005
46 VELASQUEZ BERMUDEZ MIGUEL 25/09/1979 21/06/1992
47 VELASQUEZ ESPINOZA HUGO 05/12/1966 30/11/2012
48 VILLANUEVA SIERRA VIDAL 13/03/1974 06/09/1995
****** -L
Tercerón Que, el empleador exhibió docqmentación con respecto á ex-trabajadores según el siguiente
detalle:
TIEMPO OE SERVICIO . . . . • . . . , . F INGRESO TIEMPO OE SERVICIO r 1 i
AMAOYARANGA FORTUNATO 20/08/1964 04/1C/1996 resolución de vinculo 31 años 11 meses y lidiar carta 40-96-GRH ANCHANTE NAPA VICX A FAUSTINO r 08/05/1969 01/12/2012 mutuo disenso 43 años 6 meses 23 días . córvente de extinción
3 AVALOS MEZA BARTOLOME 20/08/1963 10/12/2009 limite edad/70 años 46 años 3 meses 10 días carta 715-2009-grh
Página 9
Ministerio de Trabajo y Promoción deí Empleo t l i Trabajo
Transformación Concertada J ;
4 CAN ALES ÁG UI LAR EUSEBIO 23/03/1967 21/06/ L992 acogimiento pirvo 92 25 años 1 mes y 20 días Convenio retiro voluntario
5 CASTILLO CANCHARI MAMERTO 17/06/1975 06/09/| L995 resolución de vinculo 20 años 2 meses y 18 días cartal50-95-GRHS
6 CHIRA RIVERA ISAAC 26/03/1965 31/08/! Í006 jubilación 70 años 41 años 5 meses y 5 días liq. De jubilación
7 CONDE QUISPE MARCIAL 20/11/1975 20/06/i Í009 limite edad/70 años 36 años 5 meses 29 días carta 345-2009-grh
8 CORONADO RAMOS ANTONIO 01/03/1977 07/09/: L995 despido 18 años 6 meses 4 días carta 135-95-grhs
9 DIAZ CERVANTES MARINO 14/11/1970 16/12/: Í012 limite édad/70 años 26 años 4 meses 26 días carta 923-2012-grh
10 DURAND SILVA AVELINO 24/01/1966 21/06/: L992 acogimiento pirvo 92 26 años 3 meses y 20 días conv. Retiro voluntario
11 ESPINOZA HURTADO PAULINO 11/01/1968 24/01/: L993 acogimiento pirvo 92 25 años 13 días conv. Retiro voluntario
12 GOMEZ LOAYZA FlLIBERTO 16/11/1996 04/io/: L996 despido 29 años 6 meses 24 días carta 68-96-grh
13 GOYTIZOLO LASTRES HUMBERTO 01/10/1971 01/01/ÍOll renuncia carta renuncia 15.12.10 carta 737-2010-GRH
14 HUAMAN JUNCO ESTANISLAO 27/08/1996 24/11A996 resolución de vinculo 23 años carta 181-96-GRH
15 HUAMANI GOMEZ ISAIAS 14/10/1973 03/02/^013 limite edad/70 años 23 años 02 meses 1 día carta 93-2013-grh
16 HUANCA HUANCA FELIX 16/10/1973 16/02/2007 limite edad/70 años 33 años y 4 meses carta 089-2007-GRH
17 1 BAR RA SANDOVAL VICTOR 30/10/1980 07/06/1992 acogimiento pirvo 1 11 años 06 meses 16 días conv. Retiro voluntario
18 LAZO LEVANO LUIS 27/09/1979 14/12/^012 limite edad/70 años 33 años 2 meses 17 días carta 904-2012-grh
19 LEYVA GARAY PAULINO 20/01/1972 I 07/06/1992 acogimiento pirvo 1 20 años 04 meses 06 días conv. Retiro voluntario
20 LLONTOP MONCHON MANUEL 19/01/1973 26/12/^008 limite edad/70 años 35 años 11 meses 7 días carta 763-2008-grh
21 LUDEÑA ZAPATA JOSÉ 14/04/1976 24/11/: [{996 resolución de vinculo 20 años 6 meses y 13 días carta 233-96-GRH
22 MADUEÑO ROJAS SABINO 07/06/1973 30/12/; 012 jubilación 70 años 39 años 6 meses y 24 días carta 933-2012-GRH
23 MEDINA ZAMORA EUSTAQUIO 26/11/1964 o i / i i / ; >006 limite edad/70 años 42 años 11 meses 15 días convenio de extinción
24 NAVARRO TIPE MARTIN 08/06/1965 27/01/: L994 despido 27 años 4 meses 19 días carta 100-94-pres-seda
25 NECOCHEA GUTIERREZ NICASIO 25/03/1982 i4/oi/: k 93 acogimiento pirvo 1 10 años 8 meses 2 días convenio retiro voluntario
26 OROZCO SOTAYA BENIGNO 22/07/1996 20/04/2 )12 limite edad/70 años 15 años 8 meses 28 días carta 668-2011-grh
27 OSCCO PEZUATORIBIO 21/05/1964 17/04/2010 limite edad/70 años 45 años 10 meses 25 días carta 243-2010-ghr
28 PACHECO NUÑEZ FRANCISCO ) 08/06/1965 22/11/2 )12 limite edad/70 años 47 años 5 meses 14 días carta 866-2012-grh
29 PALOMINO PUGA FORTUNATO 11/09/1972 11/03/2007 limite edad/70 años 34 años 6 meses carta 164-2007-grh
30 PALOMINO VARGAS NICOLA 08/10/1973 01/12/2Í)10 renuncia 36 años 1 mes y 23 días carta de renuncia25.ll.10
31 PATINO HUACCHILLO LUIS 27/09/2012 25/09/2^12 Jubilación 70 años 32 años 11 meses y 28 días Carta 705-2012-grh
32 PEREZ MAZA BELBER 23/06/1982 09/07/2010 limite edad/70 años 28 años 16 días carta 416-2010-grh
33 POZO VILA LAZARO 04/01/1954 17/01/1993 acogimiento pirvo 1 38 años 11 meses 16 días conv. Retiro voluntario
34 QUISPE PACHECO MAXIMILIANO 26/01/1967 31/05/1^92 acogimiento pirvo 1 25 años 03 meses 12 días conv. Retiro voluntario
35 QUEQUE CONDORI AGAPITO 01/01/1973 21/09/2012 limite edad/70 años 39 años 8 meses 20 días carta 691-2012-grh
36 QUISPE CARTOLIN FLORENCI 0 04/07/1974 07/06/l¿92 acogimiento pirvo 1 18 años 25 días conv. Retiro voluntario
37 RIOS HUARINGA TEOFILO 09/06/1975 09/09/2IJ] 07 limite edad/70 años 32 años 3 meses carta 556-2007-grh
38 ROMERO VILA JUSTINIANO 02/12/1970 20/04/2012 mutuo disenso 22 años 1 mes 14 días convenio de extinción
39 RONCEROS CABANILLAS OCTAVIO 02/10/1972 18/02/2( 13 limite edad/70 años 40 años 4 meses 16 días carta 118-2013-grh
40 SANCHEZ DAVILA MARCOS 20/08/1964 24/01/1993 acogimiento pirvo 92 28 años 5 meses y 4 días conv. Retiro voluntario
41 SUYO PAREDES NESTOR 19/09/1968 20/Ü4/2¿12 mutuo disenso 28 años 8 meses 15 días convenio de extinción
42 SUYO PAREDES VICTOR 01/04/1965 02/04/2(^09 limite edad/70 años 44 años 1 día carta 188-2009-grh
43 TARAZONA YAVAR LUIS 04/02/1972 17/01/lí 93 acogimiento pirvo 1 20 años 09 meses 30 días conv. Retiro voluntario
44 TOMAYLLA PUMACAYO GABRIEL 23/01/1964 11/12/2C 01 despido 37 años 10 meses 18 días carta
45 TORRES RODRIGUEZ VICTOR 16/11/1975 01/01/2C 05 invalidez permanente 29 años 1 mes y 15 días DICT1164-2004-ESSA
46 VELASQUEZ BERMUDEZ MIGUEL 25/09/1979 21/06/1S 92 acogimiento pirvo 1 12 años 7 meses 9 días conv. Retiro voluntario
47 VELASQUEZ ESPINOZA HUGC ) 05/12/1966 30/11/2C 12 limite edad/70 años 45 años 5 meses 26 días carta 823-2012-grh
48 VILLANUEVA SIERRA VIDAL 13/03/1974 06/09/19 95 resolución de vinculo 21 años 5 meses y 22 días carta 148-95-GRHS
: Gmrto<-;:- ^Las ex trabajadores presentaron^ de
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AMA0 YARANGA FORTUNATO 20/08/1964 -. • ? - T' • • ÓÁ/10/1996 ^ 2 8 ^ 2 0 1 ^ 5 ^ 1 1 5 ^ •: 15 D£ MAYO 2013
2 ANCHANTE NAPA VICTOR FAUSTINO * * 08/05/1969 01/12/201?. .074rS-^QJ3/SUi:ESAL. 27 DE MARZO 2013
3 AVALOS MEZA BARTOLOME 20/08/1963 . ' . 10/12/2009 152-S-2013/SUTESAL s¿ 30 DE MAYO 2013
4 CANALES AGUÍLAR EUSEBíC 23/03/1967 . 21/06/1992 ¡ 202-S-2013/SUTESAL • 08 DE JULIO 2013
5 CASTILLO CANCHAR) MAMERTO 17/06/1975 06/09/1995 165-S-2013/SUTESAL 14 DE JUNIO 2013
Página 10
k
PEF tú Ministerio de Trabajo y Promoción de! Empleo
.... Efe.... • mmgm m m tl i Trabajo Transió rtn ación Concertada
6 CHIRA RIVERA ISAAC 2 6 / 0 3 / 1 9 6 5 3 1 / 0 8 / 2 0 0 6 172-S-2013/SUTESAL 1 4 DE JUNIO 2 0 1 3
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8 CORONADO RAMOS A N T O N I O 0 1 / 0 3 / 1 9 7 7 0 7 / 0 9 / 1 9 9 5 153-S-2013/SUTESAL 3 0 DE M A Y O 2 0 1 3
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9 DIAZ CERVANTES M A R I N O 1 4 / 1 1 / 1 9 7 0 1 6 / 1 2 / 2 0 1 2 041-S-2013/SUTESAL 2 2 DE FEBRERO 2 0 1 3
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1 0 D U R A N D SILVA AVELINO 2 4 / 0 1 / 1 9 6 6 2 1 / 0 6 / 1 9 9 2 137-S-2013/SUTESAL 1 4 DE JUNIO 2 0 1 3
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1 1 ESPINOZA HURTADO PAULINO 1 1 / 0 1 / 1 9 6 8 2 4 / 0 1 / 1 9 9 3 136-S-2013/SUTESAL 1 4 DE J U N I O 2 0 1 3
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1 2 GOMEZ LOAYZA FILIBERTO 1 6 / 1 1 / 1 9 9 6 0 4 / 1 0 / 1 9 9 6 081-S-2013/SUTESAL 0 3 DE ABRIL 2 0 1 3
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1 3 GOYTIZOLO LASTRES HUMBERTO 0 1 / 1 0 / 1 9 7 1 0 1 / 0 1 / 2 0 1 1 156-S-2013/SUTESAL 0 5 DE JUNIO 2 0 1 3
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1 4 H U A M A N JUNCO ESTANISLAO 2 7 / 0 8 / 1 9 9 6 2 4 / 1 1 / 1 9 9 6 211-S-2013/SUTESAL 8 DE JULIO 2 0 1 3
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1 5 H U A M A N I GOMEZ SAIAS 1 4 / 1 0 / 1 9 7 3 0 3 / 0 2 / 2 0 1 3 072-S-2013/SUTESAL 2 7 DE M A R Z O 2 0 1 3
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1 6 HUANCA HUANCA FELIX 1 6 / 1 0 / 1 9 7 3 16/02/2007 070-S-2013/SUTESAL 2 7 DE M A R Z O 2 0 1 3
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1 7 1 BARRA SANDOVAL VICTOR 3 0 / 1 0 / 1 9 8 0 0 7 / 0 6 / 1 9 9 2 121-S-2013/SUTESAL 1 5 DE M A Y O 2 0 1 3
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1 8 LAZO LEVANO LUIS 2 7 / 0 9 / 1 9 7 9 1 4 / 1 2 / 2 0 1 2 009-S-2013/SUTESAL 0 7 DE FEBRERO 2 0 1 3
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1 9 LEYVAGARAY PAULINO 2 0 / 0 1 / 1 9 7 2 0 7 / 0 6 / 1 9 9 2 154-S-2013/SUTESAL 3 0 DE M A Y O 2 0 1 3
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2 0 LLONTOP M O N C H O N M A N U E L 1 9 / 0 1 / 1 9 7 3 2 6 / 1 2 / 2 0 0 8 126-S-2013/SUTESAL 3 4 DE M A Y O 2 0 1 3
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2 1 LUDE Ñ A ZAPATA JOSÉ 1 4 / 0 4 / 1 9 7 6 2 4 / 1 1 / 1 9 9 6 128-S-2013/SUTESAL 1 5 DE M A Y O 2 0 1 3
i
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2 2 M A D U E Ñ O ROJAS SABINO 0 7 / 0 6 / 1 9 7 3 3 0 / 1 2 / 2 0 1 2 077-S-2013/SUTESAL 2 7 DE M A R Z O 2 0 1 3
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2 3 M E D I N A Z A M O R A EUSTAQUIO 2 6 / 1 1 / 1 9 6 4 0 1 / 1 1 / 2 0 0 6 069-S-2013/SUTESAL 2 7 DE M A R Z O 2 0 1 3
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2 4 NAVARRO TIPE M A R T I N 0 8 / 0 6 / 1 9 6 5 2 7 / 0 1 / 1 9 9 4 129-S-2013/SUTESAL 1 5 DE M A Y O 2 0 1 3
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2 5 NECOCHEA GUTIERREZ NICASIO 2 5 / 0 3 / 1 9 8 2 1 4 / 0 1 / 1 9 9 3 065-S-2013/SUTESAL 3 9 DE M A Y O 2 0 1 3
i
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2 6 OROZCO SOTAYA BENIGNO 2 2 / 0 7 / 1 9 9 6 2 0 / 0 4 / 2 0 1 2 120-S-2013/SUTESAL 1 5 DE M A Y O 2 0 1 3
i
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2 7 OSCCO PEZUATORIBIO 2 1 / 0 5 / 1 9 6 4 1 7 / 0 4 / 2 0 1 0 092-S-2013/SUTESAL 1 1 DE ABRIL 2 0 1 3
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2 8 PACHECO NUÑEZ FRANCISCO 0 8 / 0 6 / 1 9 6 5 2 2 / 1 1 / 2 0 1 2 010-S-2013/SUTESAL 0 7 DE FEBRERO 2 0 1 3
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2 9 P A L O M I N O PUGA FORTUNATO 1 1 / 0 9 / 1 9 7 2 1 1 / 0 3 / 2 0 0 7 064-S-2013/SUTESAL 2 7 DE M A R Z O 2 0 1 3
i
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3 0 P A L O M I N O VARGAS NICOLAS 0 8 / 1 0 / 1 9 7 3 0 1 / 1 2 / 2 0 1 0 173-S-2013/SUTESAL 1 4 DE JUNIO 2 0 1 3
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3 1 PATINO HUACCHILLO LUIS 2 7 / 0 9 / 2 0 1 2 2 5 / 0 9 / 2 0 1 2 138-S-2013/SUTESAL 1 4 DE JUNIO 2 0 1 3
i
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3 2 PEREZ M A Z A BELBER 2 3 / 0 6 / 1 9 8 2 0 9 / 0 7 / 2 0 1 0 082-S-2013/SUTESAL 0 3 DE ABRIL 2 0 1 3
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3 3 POZO VILA LAZARO 0 4 / 0 1 / 1 9 5 4 1 7 / 0 1 / 1 9 9 3 062-S-2013/SUTESAL 2 7 DE M A R Z O 2 0 1 3
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3 4 QUISPE PACHECO M A X I M I L I A N O 2 6 / 0 1 / 1 9 6 7 3 1 / 0 5 / 1 9 9 2 144-S-2013/SUTESAL 2 8 DE M A Y O 2 0 1 3
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3 5 QUEQUECONDORI AGAPITO 0 1 / 0 1 / 1 9 7 3 2 1 / 0 9 / 2 0 1 2 133-S-2013/SUTESAL 21 DE M A Y O 2 0 1 3
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3 6 QUISPE CARTOLIN FLORENCIO 0 4 / 0 7 / 1 9 7 4 0 7 / 0 6 / 1 9 9 2 155-S-2013/SUTESAL 30 DE M A Y O 2 0 1 3
i
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3 7 RIOS HUARINGA TEOFILO 0 9 / 0 6 / 1 9 7 5 0 9 / 0 9 / 2 0 0 7 068-S-2013/SUTESAL 2 7 DE M A R Z O 2 0 1 3
i
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3 8 ROMERO VILA JUSTINIANO 0 2 / 1 2 / 1 9 7 0 2 0 / 0 4 / 2 0 1 2 149-S-2013/SUTESAL 30 DE M A Y O 2 0 1 3
i
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3 9 RONCEROS CABANILLAS OCTAVIO 0 2 / 1 0 / 1 9 7 2 1 8 / 0 2 / 2 0 1 3 076-S-2013/SUTESAL 2 7 DE M A R Z O 2 0 1 3
i
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4 0 SANCHEZ DAVILA MARCOS • 2 0 / 0 8 / 1 9 6 4 2 4 / 0 1 / 1 9 9 3 220-S-2013/3UTJESAL . 1 2 DE JULIO 2 0 1 3
i
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•- 4 2 SUYO PAREDES VÍCTOR 0 1 / 0 4 / 1 9 6 5 02/04/2009 112-S-2013/SUTESAL 13 DE M A Y O 2 0 1 3
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4 3 : TARAZONA YAVAR LUIS 0 4 / 0 2 / 1 9 7 2 17/01/1993 - ? •
122-S-2013/SUTESAL" 15 DE M A Y O 2 0 1 3
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. v • • 44j T O M A Y I L A PUMACAYO GABRIEL 2 3 / 0 1 / 1 9 6 4 1 1 / 1 2 / 2 0 0 1 088-S-2013/SUTESAL ;N¡ 04 DE ABRIL 2 0 1 3
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4 5 TORRES RODRIGUEZ VICTOR 1 6 / 1 1 / 1 9 7 5 01/01/2005, 1 7 6 ^ - 2 0 . .'.'/SUTESAL 14 D É JUNIO 2 0 1 1 \ '\
i -
4 6 VELASQUE¿"SCRMUDEZ MIGUEL . 2 5 / 0 9 / 1 9 7 9 2 1 / 0 6 / 1 9 9 2 345-S-2C13/SUTESAL 28 DE MAYO^OB
i - -VttASQUf/-ESPiNC7A HUGO £ 5 / 1 2 / 1 9 6 6 _ 30/11/2012 0 3 8 5 2Ü13/SUT: . ;ML • 72 DE FEBRERO ¿ 0 1 3 i -
V¡LLANUEVASIERRÍ A L . 1 3 / 0 3 / W 0 6 / 0 9 / 1 9 9 5 218-S-2C13/SUTESAL 12 DE JULIO 2 0 1 3
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Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
Transformación Concertada
Quinto.- " Que, de los convenios colectivas suscritos se desprende referente a la contratación de hijos
de jubilados, lo siguiente:
/. ACTA DE NEGOCIACION DIRECTA 1992-1993
contratación de personal en las mismas condiciones en que la viene aplicando a la
Suscrita el 16 de setiembre de 1992 CLAUSULA PRIMERA 6. CONTRATACION DE PERSONAL SEDAPAL conviene en dar preferencia en la i fecha a los hijos de los trabajadores de acuerdo al siguiente orden de prelación: a) Hijos de trabajadores fallecidos b) Hijos de cesantes y jubilados c) Hijos de trabajadores en actividad CLAUSULA SEGUNDA Las partes convienen en establecer que los puntos materias de revisión a los que se refieren la cláusula primera tienen naturaleza permanente, con excepción de los puntos referidos a movilidad SUTESAL y asignación mantenimiento local sindical que serán nuevamente revisados en la próxima negociación colectiva.
II. ACTA DE CIERRE DE NEGOCIACION EN TRATO DIRECTO DEL PLIEGO DE RECLAMOS DEL 2006
PRESENTADO POR EL SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO DE LIMA- SUTESAL Ál
No se pronuncian al respecto
III. ACTA DE CIERRE DE LA NEGOCIACION COLECTIVA DEL PLIEGO DE RECLAMOS 2007 PRESENTADO POR
EL SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE
LIMA-SUTESAL
Suscrita el 04 de mayo de 2007 CLAUSULA CUARTA Respecto a la cláusula sexta del pliego de reclamos, la empresa y el SUTESAL convienen en modificar el punto seis de la cláusula primera del Pacto Colectivo del 16 de setiembre de 1992, solo en el extremo referido a los hijos de los trabajadores fallecidos, la cual en ese extremo quedaría redactada de la siguiente manera: SEDAPAL se compromete a contratar a uno de los hijos mayores o esposa (o), del trabajador fallecido o con incapacidad permanente, con plaza CAP, en el respectivo cargo o función que le corresponda según su perfil laboral, reconviniendo la plaza respectiva si fuera necesario y siempre que se cumpla con todos los requisitos de acuerdo a ley y el Reglamento Interno de Trabajo de SEDAPAL. El compromiso asumido en esta cláusula no abarca al personal de confianza. (Negrita agregado) CLAUSULA DECIMO CUARTA La vigencia de la presente convención colectiva de trabajo será de doce meses, computadas desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2007 y comprende a los trabajadores sindica/izados y a todos los trabajadores de la empresa con excepción de las categorías 1,11 y III.
IV. ACTA DE CIERRE DE NEGOCIACION COLECTIVA DEL PLIEGO DE RECLAMOS 2008 PRESENTADO POR EL
SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA-
SUTES AL / J f
, • . • . j ^ ^ ^ ' W ^ v ^ - \ r - ^ : / : ; / ^ ^ : i y - . ^ . . v r )\ Sjjsctha<&14demayQde2008 •••>••• • r~.--r\\- &¡.- :..--..ot'. TJ^i^5;^/.^^r^t^*í;^lU5'aií \;ST«í^.ti'.--..'?-;;r¿ O.i, ¿a. - -* CLAUSULA SÉTIMO . . _ . , - v-oti ? :. ijj|¿v*t . ', : -:>.. '
• Respecta oi Ja>cláufe¡la décimo tercera del pliego de reclamos-fa emp'résp se édiim'plftmete- '6-WBd^¡te^'<détí''á6ásji¿e primera del gcXOt^j^£oad"ción directa 1992-1993 que tienen carácter permanente tos siguientes puntos, precisando qi¡j>iu aplicación será
• pwnytatftíj¡ios trabajadores de la empresa y a partir del 01 de enero déZQQífs :>-'Ü^7^.k:J^\ 1. Asignación por alumbramiento
Guardería infantil Bonificación por riesgo de cajo Licencia federal Transporte de personal' Movilidad SUTESAL
2. 3 4. S. 6.
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Ministerio U de Trabajo
y Promoción del Empleo ra b a j o Transformación Concertada
7. Sepelio - gastos CLAUSULA DECIMO CUARTO
-éar wgewew ate ta pigjenfe negeeiaeián eaketi»a de trabaja jeiií ufo w me je J, eoniputae/g desde*! "primera diciembre de 2008 y comprende a todos los trabajadores sujetos al ámbito de la negociación colectiva.
e/e enera al 31 de
V. CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO 2009 CELEBRADO ENTRE EL SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES
DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA- SUTESAL Y SEDAPAL
No se pronuncia al respecto
VI. CONVENIO COLECTIVO 2010 SUTESA
Suscrita el 25 de mayo de 2010 CLAUSULA OCTAVA: DERECHO DE PREFERENCIA PARA HUOS DE TRABAJADORES JUBILADOS.-Respecto a la cláusula décimo primera del pliego de peticiones 2010 referido al ingreso del hijo o hija del trabajador que se jubile a los sesenta y cinco años de edad. La empresa conviene en otorgar el derecho de preferencia al hija o hijo en la última etapa del proceso de selección para cubrir la plaza CAP que se encuentre vacante como consecuencia de la jubilación del padre o madre trabajadora de SEDAPAL. El derecho de preferencia será por única vez y para un solo hija o hijo del trabajador contratado a plazo indeterminado que opte por jubilarse hasta los sesenta y cinco años de edad. Dicho derecho de preferencia operará a favor de los hijos de los trabajadores:
i) Respecto de las plazas vacantes de los trabajadora de SEDAPAL. Cuando el jubilado peí las plazas vacantes en los niveles VII y VIII, y;
niveles VII y VIII, generadas como consecuencia de la jubilación del padre o madre 'rtenezca al nivel IV a VI dichas plazas se cubrirán mediante concurso para viabilizar
ii) Solo cuando exista un empate en el proceso de selección correspondiente, siendo este el único criterio a aplicarse para el desempate.
Excepcionalmente, durante el año 2010, se entiende el derecho de preferencia por única vez, a los hijos de aquellos trabajadores entre sesenta y cinco (65) y hasta antes de los la plaza respectiva no haya sido cubierta. CLAUSULA DUODECIMA: AMBITO DE APLICACION
setenta (70) años de edad, que opten por jubilarse en el presente año y siempre que
La presente convención colectiva es aplicable a todos los trabajadores que prestan servicios en SEDAPAL. CLAUSULA DECIMA TERCERA: VIGENCIA La vigencia de la presente convención colectiva de trabajo se inicia el primero de enero de 2010, salvo aquellas cláusulas que establecen como fecha de inicio la suscripción del presente convenio, y tienen una duración de un año.
VII. ACTA DE ACUERDO EN REUNION EXTRAPROCESO (2011)
Suscrita el 29 de abril de 2011 CLAUSULA DECIMO CUARTA Respecto a la Cláusula 6.02 del Pliego de Reclamos, la Convención Colectiva 2007 suscrita el 04 de
> la Empresa conviene con sus trabajadores en modificar la cláusula cuarta de mayo del 2007 en la forma siguiente dice:
"SEDAPAL se compromete a contratar a uno de los hijos (as) mayores o esposa (o); del trabajador fallecido o con incapacidad permanente, con plaza CAP, en el respectivo cargo o función que le corresponda, reconvirtiendo la plaza respectiva si fuera necesario, asimismo se compromete a contratar a uno de los hijos (as) del trabajador que se jubile que cuente como mínimo con veinte (20) años de servicios en la empresa, y siempre que se cumpla con el perfil laboral establecido y con todos los requisitos de acuerdo a ley y el Reglamento Interno de trabajo de SEDAPAL. El compromiso asumido en esta cláusula no abarca al personal de confianza", (negrita agregado).
CLAUSULA DECIMO SEPTIMO Con lo suscripción de la presente las partes dan por solucionada en forma definitiva la negociación colectiva correspondiente al periodo 2011, obrante en el expediente administrativo 157190-2010-MTPE/1/20.21
VIII. CONVENCION COLECTIVA (2012) SÍÜAPAL Y SUTESAL
Suscrita el 27 de abril de 2012
CLAUSULA QUINTO '•Respecto a la.cláusula 3 del pliego de reclamos, se coróprometea ccriti atar-a* ios cijos;/as' de años, siempre que aquellosx'imolancor, el perfil delp> Los hijos/as que se incorporen lo harán en el ú
>,' (condiciones laboróles), sobre incorporación Jepenonql a la empresa, la Empresa ios trabajcnpres que se jubilen voluntariamente a la edad de los sesenta ? cincú"(v¿i: 7/delput-sco-decategoría VIII. ' t •.„.
último nivel de la estructura remunerativa Vlll-A, o su equivalente.
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, Ministerio PERU de Trabajo
y Promoción del Empleo rfj Trabajo Transformación Concertada
Esta cláusula alcanza en forma excepcional a edad cumplido.
los trabadores que al 30 de noviembre de 2012 tenga hasta sesenta y ocho años de
CLAUSULA DECIMO QUINTO La presente convención es aplicable a todos los trabajadores a negociación colectiva. CLAUSULA DECIMO SEXTO
La presente convención colectiva tiene vigencia desde el primero de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012.
IX. CONVENCION COLECTIVA (2013) SEDAPAL Y SUTESAL
Sexto.-
Suscrita el 23 de agosto de 2013
No se pronuncian al respecto.
CLAUSULA DECIMO SEXTO La presente convención es aplicable a todos las trabajadores sujetos a negociación colectiva. CLAUSULA DECIMO OCTAVO
La presente convención colectiva tiene vigenc
carácter permanente.
a desde el primero hasta el 31 de diciembre de 2013 y con las cláusulas que son de
Que el empleador con fecha 27 de noviembre 2013, indica mediante un documento, lo
siguiente:
Análisis
2.1Conforme lo dispuesto en
implementa Recomendaciones
Encargada de revisar Los Ceses
Procesos de Promoción de la
Gobiernos Locales, publicado
SEDAPAL reservar las plazas
se generaban por cese de los
mutuo disenso, invalidez y j
Trabajo y Promoción del Empleo
debidamente registrado en el
En consecuencia a trabajadores
los
comunicaba al Ministerio de Trabajo v Promoción del Empleo
artículos 1 o , 2 o , 3 o , 10° y 21° de la Ley 27803 - Ley que
Derivadas de las comisiones creadas por leyes 27452 y 25786
Colectivos efectuados en las Empresas del Estado sujetas a
inversión Privada y en las Entidades del Sector Público y
29 de julio del 2002, Existe obligación de la empresa
vacantes desde julio 2002 hasta marzo 2012, las vacantes que
trabajadores por motivos de renuncia, despido, fallecimiento,
jubilación obligatoria debían ser comunicados al Ministerio de
con el objeto de reincorporar a los beneficiarios de la Ley
Registro Nacional de Trabajadores Cesados.
cesados por causal de jubilación antes del año 2013. sus
hijos no se presentaron porque no hubo convocatorias, toda plaza vacante v presupuestada se
2.2. - No existe procedimiento de acceso a una vacante por los hijos de trabajadores jubilados;
en; efecto^ fób^eMste^enJa empresa, los procedimientos --de selección, -k&Jpsi^o^aijjgi.
v*-coT4ienen ta modalidad de selección interna y externa. Asimisrí!O t rír^ic^
calificación para ser postulante ganador••de concurso. V<" . H- ,\
2.3. - Confornieia-íb^dispuesto al dc^veniGc^biectivo 2010, este señalaba que..,se ejercía eí
derecho 6o preferencia en la contratación de ios hijos de trabajadoresjubilados, al momento
de la evaluación'finaren la terna para declarar al ganador y cuando haya empaté se preferirá
la contratación.al hijo de trabajador j u b i l a d o . .
2.5.- Las convocatorias vigentes 2013, los hijos de trabajadores jubilados participan de los
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PERÚ Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
t l i Trabajo Transformación Concertada
concursos al enterarse por: Red CIL del MTPE, periódico e internet; y se presentan como un
•postulante normal al cargo vacante.. • • • >
Conclusión
3.1. - La empresa del año 2002 a
de la Ley 27803 - Ley de Ceses
no haberlo.
3.2. - Las solicitudes presentadas
trabajador jubilado son del año
2011 a 1992-1993. Otra
disenso y despido, por tanto no
3.3. - La empresa cumple con
pactadas, el derecho de preferer^c
contratación ha sido redactada
su naturaleza de obligación
colectivos, a haber plaza vacante
la terna final empate se "prefiera"
marzo 2012, no convocó a concurso externo en cumplimiento
Colectivos, hay responsabilidad penal de los funcionarios de
por el Sindicato SUTESAL presentado a hijo o hija de
y 2013; cuando los jubilados son en su gran mayoría del
han cesado por otras causales como renuncia, mutuo
aplica los convenios colectivos.
disposiciones legales y convencionales en los términos
ia en la contratación ha sido redactada en diferentes en la
diferentes formas en distintos convenios colectivos siendo
a ser jubilado en el plazo de vigencia del convenio
al reunir el perfil del cargo, a aprobar el concurso y si hay en
al hijo de trabajador.
2012
cantidad
se
las
nc
e i
condicionada
Séptimo.- El empleador exhibió la
Reclutamiento y Selección de
obran en el expediente, y en el
de concursos:
1. - Cobertura en la Unidad
2. - Concurso Interno a nivel
3. - Concurso externo.
Resoluciones de Gerencia General que aprueba el Procedimiento
D¿ años que van desde el año 2008 hasta 2013, los cuales
:úal se detalla el procedimiento de convocatoria de tres tipos
Orgánica,
empresa y
Octavo.- Que el empleador exhibió documentos finales del procedimiento de evaluación a un puesto de
trabajo, resaltando entre otros, el memorando 231-2013-GPDP de fecha 14 de mayo de 2013,
en la que participa un hijo de trabajador jubilado, donde se señala el seleccionado a contratar
para la plaza Operario Especializado de Mantenimiento de Plantas - Infraestructura Civil y
donde se anexa el cuadro de resumen de candidatos a evaluación técnica, siendo el señor
¡:i-;?.:' < • L ¿taime Falcón Quispe el seleccionado para ocupar la plaza concursada. Dicho cuadro, de
Liante púni? resumen de candidatos a evaluación técnica señala el siguiente puntaje:
N°
t í APELLIDOS Y NOMb?.K.: FALCÓN QUISPF JAIME BULEJE OSI5 FRANCISCO
HUANCA ESCOBAL MARTIN
CONOCIMIENTOS
15.33
APRECIACIÓN PERSONAL
14.56
J5.33
3.66
3.00
PUNTAJE TOTAL
18.99
17^99
.OBSERVACIÓN ACIÓNJ
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Ministerio PERÚ de Trabajo
y Promoción del Empleo rf} Trabajo Transformación Concertada
Cabe señalar, que Martin Huanca Escobal es hijo del ex trabajador jubilado Félix Huanca
Iludiría y tuiiiu&e UespienUe del uiaüiu, uuluvu errta"callfieadún el riii&mu puntaje que el
señor Falcón Quispe Jaime, siendo determinante el puntaje de apreciación personal como se
aprecia en el cuadro, ya que por una diferencia de 0.66 resulta ganador el señor Falcón; es por
ello, que se solicitó al empleador especifique en que etapa del concurso se considera el
derecho de preferencia al hijo de ex trabajador jubilado.
Noveno.- Que, el empleador exhibió reís
procesos de selección a noviembre
equipo, gerencia, padre jubilado
autos.
ción de hijos de ex trabajadores jubilados considerados en
2013, donde se detalla el concurso (plaza concurso),
hijo de jubilado, selección y observación, el cual obra en
Décimo.- El empleador manifestó que los hijos de los ex trabajadores jubilados detallados en el anexo
1, no se inscribieron en las convDcatorias de concurso externo de la empresa para un puesto
de trabajo; sin embargo, el Sindicato SUTESAL manifestó que los hijos de ex trabajadores
jubilados ya habían sido evaluados, corroborado por jubilados que se apersonaron al MTPE y
fueron entrevistados por la suscrita, pero indicaron que no se contaba con un documento al
respecto; asimismo, no exhibieren documento de postulación a un concurso. La suscrita al
tomar conocimiento que existe hjos de jubilados postulando en convocatorias de puesto de
trabajo 2013, se solicita a la inspeccionada acredite con documentos internos el procedimiento
de postulación, evaluación al puosto de trabajo de hijos jubilados (desde la inscripción a la
convocatoria), pero, el empleador sólo exhibió memorando de evaluación final de la
convocatoria, se deja constancia que fue solicitado reiteradamente al empleador los días
28/10/2013, 19/11/2013 y 26/11/2013, no brindando las facilidades pertinentes a la inspección
del trabajo, lo que configura obstrucción a la labor inspectiva, la cual se encuentra sancionado
con la Ley 28806 y Reglamento y modificatorias.
Undécimo.- De lo antes desarrollado, se precisa que al no contar con la documentación completa respecto
a determinar cómo es el accescj a un puesto de trabajo para un hijo de un ex trabajador
jubilado, considerando que del análisis de los convenios colectivos suscritos no se establece el
procedimiento de acceso a un puesto de trabajo para el hijo de trabajador jubilado y la
aplicación detdei^hg de prefereheia.^demás, .según el empleador se aplica el procedimiento,
de,-reclutamiento aprobado anualmente por la inspeccionada y la maoiJpj&acJóri de los ex
trabajadores.^uienescse apersonaron al MTPE, indicando que se les eyaluó a^sus hijos
internamente y quedólo esperaban taliarhá^^cfiéfempleador cuando se apertura ün :püésWde
trabajó. Estando á. ío~détallado, y; áfTifTcontar con toda la documentación para verificarla
materia de ía presente orden, se sugiere la apertura de una nueva Orden de Inspección. -
Cabe-señalar, que en ei marco de recoripcimiento de! empleador en la que manifiesta que se
sigue aplicando ei derecho de! preferencia, ~se" hace importante conocer como es eí'
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Ministerio Ministerio PERU de Trabajo
y Promoción del Empleo dh Trabajo Transformación Concertada
procedimiento de acceso a un puesto de trabajo del hijo del trabajador jubilado
III.- Normas Sociolaborales Infringidas v Trabajadores afectados
Los hechos comprobados vulneran lo presqrito en los siguientes dispositivos legales y trabajadores
afectados.
Tales hechos constituyen infracciones consistentes en:
Primero.- Ley General de Inspección del Trabajo N° 28806:
"Artículo 9o.- Colaboración con los Supervisores-Inspectores, Inspectores de Trabajo
obligados a colaborar con
Inspectores Auxiliares cuando
e Inspectores Auxiliares
Los empleadores, los trabajadores y los representantes de ambos, así como los demás
sujetos responsables del cumplimiento de las normas del orden sociolaboral, están
los Supervisores-Inspectores, Inspectores de Trabajo e
sean requeridos para ello. En particular y en cumplimiento de
dicha obligación de colaboración deberán:
a) Atenderlos debidamente, prestándoles las facilidades para el cumplimiento de su labor,
b) Acreditar su identidad y la de las personas que se encuentren en los centros o lugares de
trabajo,
c) Colaborar con ocasión de sus visitas u otras actuaciones de inspectivas,
d) Declarar sobre cuestiones que tengan relación con las comprobaciones inspectivas; y,
e) Facilitarles la información y documentación necesarias para el desarrollo de sus
funciones.
Quienes representan a los sujetos inspeccionados deberán acreditar tal condición si las
actuaciones no se realizan directamente con ellos.
Toda persona natural o jurídica, está obligada a proporcionara la Inspección del Trabajo los
datos, antecedentes o información con relevancia en las actuaciones inspectivas, siempre
que se deduzcan de sus relaciones con los sujetos sometidos a la acción inspectiva y sea
requerida para ello de manera formal".
H0 •MÚitr''*'
Artículo Z6„- Infracciones a la labor inspectiva Son infracciones ala labor respectiva las acciones u omisiones de los sujetos obligados,
sus representantes, personas dependientes 6 de su ámbito'-ürganizativo, sean o no
trabajadores, contrarias al deber de colaboración de- ¡os sujetos inspeccionados por ¡os
Superviso;es- Inspectores inspectores del T/ahajo o Inspectores Auxiliares, establecidas
en la presente Ley y su Reglamento.
Talos infracciones pueden consistir etL •
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Ministerio PERÚ de Trabajo
y Promoción d el Empleo d i Trabajo Transformación Concertada
1. La negativa injustificada o el impedimento a que se realice una inspección en un centro
i/g tiabajo u en detenniiudas áivas del" mismo; efectuadu pui e/ empleador, su
representante o dependientes, trabajadores o no de la empresa, por órdenes o directivas de
aquél. El impedimento puede ser directo o indirecto, perjudicando o dilatando la labor del
Inspector del Trabajo de manera tal que no permita el cumplimiento de la fiscalización, jo
negándose a prestarle el apoyo necesario. Constituye acto de obstrucción, obstaculizar la
participación del trabajador o su representante o de los trabajadores o la organización
sindical.
2. El abandono de la diligencia inspectiva, que se produce cuando alguna de las partes,
' lugar de la diligencia.
la, cuando las partes hayan sido debidamente citadas, por el
luego de iniciada ésta, deja el
3. La inasistencia a la diligenc
Inspector del Trabajo o la Autoridad Administrativa de Trabajo y éstas no concurren.
Reglamento de la Lev General de Inspección del Trabajo, aprobado por Decreto
Supremo N° 019-2006-TR Modificado por el Decreto supremo N° 019-2007-TR
"Artículo 15°.- Deberes de colaboración con los inspectores del trabajo
15.1 Durante el desarrollo de Jas actuaciones inspectivas los empleadores, los trabajadores
y los representantes de ambos, así como los demás sujetos obligados al cumplimiento de
las normas sociolaborales, prestarán la colaboración que precisen los inspectores del
trabajo para el adecuado ejercicio de las funciones encomendadas, de acuerdo a lo
prescrito por el artículo 9 de la Ley..."
En este caso, por no haber facilitado la i
19/11/2013, y 26/11/2013, referente al
convocatorias en donde participaron hijos de
inspección del trabajo, constituyendo
el cuadro nro. 1 el cual obra en la presente,
procedimiento
ex
obstrucción
información solicitada reiteradamente los días 18/10/2013,
de postulación desde la inscripción y evaluación de
trabajadores jubilados, no colaborando el empleador con la
a la labor inspectiva, siendo los afectados los signados en
siendo un total de 48.
IV.- Calificación de la Infracción
;:^t!^-La:;infra<scíó}i:^^ada/en^-"pur>to primero de las norrnas infringidas s^vcalifica como una infracción Muy
' ¿8Gravé, a íá tabón inspecüya^é conformidad con ej numeral 46^3cjel Articuló:46? del Decreto Supremo N°
'^^^ÍCÍ&^^ii^^^opoT Decreto Supremo 019-2007-TR. \ " ^ - ^ 2 ; C - g f ^ j T ^
a46.3 La negativa del sujeto inspeccionado o sus representantes de facilitar a los supervisores inspectores, los inspectores de trabajo o los inspectores 'auxiliares, la información y documentación necesarias para el desairoüo de sus funciones". - *
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Ministerio P E R Ú de Trabajo
y Promoción del Empleo i^¡Tr3b3jo Transformación Concertada
Vf- Sanción propuesta
De conformidad con lo dispuesto por los artículos
del Trabajo, concordante con los artículos 4?
019-2006-TR, se propone:
Única. - Una multa de 16 % de 11 Unidades
(seis mil quinientos doce con 00/100 Nuevos
38° y 39° de la Ley N° 28806, Ley General de Inspección
y 48° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°
Impositivas Tributarias, equivalente a la suma de SI. 6 512.00
Soles)
En la ciudad de Lima, a los 6 días del mes de diciembre 2013
INSPECTORA
MINISTERIO i)E TRABAJO
PAULA ANITA*PEÑA RAMOS DEL TRABAJO V PROMOCION DEL EMKE0
Se advierte a la empresa que de acuerdo con lo dispuesto Trabajo, Ley N° 28806, podrá presentar los descargos desde el día siguiente al de notificación de la presente acta
en el artículo 45° inciso c) de la Ley General de Inspección de que estimen pertinentes en el plazo de 15 días hábiles, contados
dirigido al órgano competente para instruir el procedimiento.
Refrendado por el que suscribe, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 o y 17° del Decreto Supremo N" 019-2006-TR y los artículos 2 o y 15° del Decreto Supremo N° 021-2007-
Segund
Supervisor
Maza Pe rtocarrero
Inspector - C rupo 5
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