argumentos y decision del juicio ciudadano a rangel gómez

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Juicio Ciudadano a Francisco Rangel Gómez. Juicio ciudadano a la gestión de Rangel Gómez El pueblo de Bolívar, reunido en asamblea y tras la presentación de pruebas documentales y testimonios, emite el siguiente veredicto. ARGUMENTOS DE LA DECISIÓN Planteados en tales términos la controversia, este tribunal de ciudadanos para decidir, previamente observa lo siguiente: Ahora bien, como hemos observado de las declaraciones de múltiples testigos que han tenido conocimiento del fracaso de la gestión de Francisco José Rangel Gómez, titular de la cédula de identidad Nº 2.520.281, nacido en fecha 04/04/1953, residenciados en Puerto Ordaz, de profesión militar, quien usurpa el cargo de gobernador del estado Bolívar, ha generado un sinnúmero de delitos que han llevado a la quiebra al estado Bolívar. Se ha evidenciado un monopolio de contratos adjudicados a varias compañías que ha surtido al gobierno de Rangel Gómez, de obras y servicios, que van desde la entrega de canastillas hasta tickets de alimentación para empleados regionales y con los de otras 16 empresas que desde 2005 han sido favorecidas por la administración de Rangel Gómez, para remodelar escuelas, instalar vallas publicitarias y vender chemises, coches ortopédicos y otros productos, quedando demostrado el delito de CONCERTACION ILEGAL DE FUNCIONARIO PUBLICO CON CONTRATISTA, previsto en el artículo 72 de la Ley Orgánica Contra la Corrupción. A su vez es evidente y ha quedado probado ante este juicio ciudadano que existen empresas de familiares del usurpador del cargo de gobernador Francisco Rangel Gómez, figura en varios documentos al frente de una de las empresas que ha venido enviando productos desde México en calidad de proveedor del gobierno del estado Bolívar, pudimos ver documentos que relacionan a la contratista con el esposo de la hija del gobernador y todo el negocio ilícito de la mafia de la cabilla manejada por su hijo, por lo que estamos ante los delitos de "TRAFICO DE INFLUENCIAS Y CONCERTACIÓN ILEGAL DE FUNCIONARIO PUBLICO CON CONTRATISTA". Es nuestro deber como ciudadanos indicar la responsabilidad de que el gobierno regional del estado Bolívar importó 37 autobuses desde Brasil, a través de un intermediario registrado en Barbados en el que otra vez figura el nombre del yerno del gobernador Francisco Rangel Gómez. Unas facturas dan cuenta de que la administración de Rangel Gómez pagó casi 2,5 millones de dólares en octubre de 2007 a la empresa Logistic Trading Services LTD que guarda relación con el yerno del gobernador. Todas estas situaciones nos hace plantear una serie de dudas y particularidades que, cuando menos, llaman la atención: "1) La negociación se hace en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica; 2) No se evidencia ningún proceso de contratación pública, llámese concurso abierto, cerrado o licitación internacional; 3) ¿Posee el Fondo de Desarrollo Económico del Estado Bolívar (Fondo Bolívar) recursos

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Page 1: Argumentos y decision del Juicio Ciudadano a Rangel Gómez

Juicio Ciudadano a Francisco Rangel Gómez.

Juicio ciudadano a la gestión de Rangel Gómez

El pueblo de Bolívar, reunido en asamblea y tras la presentación de pruebas documentales y testimonios, emite el siguiente veredicto.

ARGUMENTOS DE LA DECISIÓN Planteados en tales términos la controversia, este tribunal de ciudadanos para decidir, previamente observa lo siguiente: Ahora bien, como hemos observado de las declaraciones de múltiples testigos que han tenido conocimiento del fracaso de la gestión de Francisco José Rangel Gómez, titular de la cédula de identidad Nº 2.520.281, nacido en fecha 04/04/1953, residenciados en Puerto Ordaz, de profesión militar, quien usurpa el cargo de gobernador del estado Bolívar, ha generado un sinnúmero de delitos que han llevado a la quiebra al estado Bolívar. Se ha evidenciado un monopolio de contratos adjudicados a varias compañías que ha surtido al gobierno de Rangel Gómez, de obras y servicios, que van desde la entrega de canastillas hasta tickets de alimentación para empleados regionales y con los de otras 16 empresas que desde 2005 han sido favorecidas por la administración de Rangel Gómez, para remodelar escuelas, instalar vallas publicitarias y vender chemises, coches ortopédicos y otros productos, quedando demostrado el delito de CONCERTACION ILEGAL DE FUNCIONARIO PUBLICO CON CONTRATISTA, previsto en el artículo 72 de la Ley Orgánica Contra la Corrupción.

A su vez es evidente y ha quedado probado ante este juicio ciudadano que existen empresas de familiares del usurpador del cargo de gobernador Francisco Rangel Gómez, figura en varios documentos al frente de una de las empresas que ha venido enviando productos desde México en calidad de proveedor del gobierno del estado Bolívar, pudimos ver documentos que relacionan a la contratista con el esposo de la hija del gobernador y todo el negocio ilícito de la mafia de la cabilla manejada por su hijo, por lo que estamos ante los delitos de "TRAFICO DE INFLUENCIAS Y CONCERTACIÓN ILEGAL DE FUNCIONARIO PUBLICO CON CONTRATISTA".

Es nuestro deber como ciudadanos indicar la responsabilidad de que el

gobierno regional del estado Bolívar importó 37 autobuses desde Brasil, a través de un intermediario registrado en Barbados en el que otra vez figura el nombre del yerno del gobernador Francisco Rangel Gómez. Unas facturas dan cuenta de que la administración de Rangel Gómez pagó casi 2,5 millones de dólares en octubre de 2007 a la empresa Logistic Trading Services LTD que guarda relación con el yerno del gobernador. Todas estas situaciones nos hace plantear una serie de dudas y particularidades que, cuando menos, llaman la atención: "1) La negociación se hace en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica; 2) No se evidencia ningún proceso de contratación pública, llámese concurso abierto, cerrado o licitación internacional; 3) ¿Posee el Fondo de Desarrollo Económico del Estado Bolívar (Fondo Bolívar) recursos

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en divisas o estas se tramitan por Cadivi?; 4) ¿Acaso no existe este tipo de vehículos en fábricas venezolanas como Fanabus y Encava por ejemplo?".

De las pruebas ofrecidas por el abogado acusador las cuales son admitidas en

su totalidad por ser lícitas, legales, útiles y pertinentes, se desprende una conducta típica y antijurídica del acusado Francisco Rangel, por cuanto de las mismas se desprende la escandalosa compra de un jet marca Beechcraft modelo 400, de alta velocidad, el cual está equipado con asientos de cuero y todas las comodidades. El ejecutivo regional adquiriera una lujosa aeronave para el transporte del gobernador, pese a que ya la Dirección de Servicios Aéreos de dicho ente contaba con varios aparatos, en los cuales perfectamente podía volar el mandatario, lo que lo hace responsable del delito de malversación de fondos, peculado de uso y peculado doloso, tipificados en la Ley Orgánica Contra la Corrupción.

En este sentido ha quedado evidenciado de las pruebas presentadas por el

abogado acusador queda demostrado que varias empresas extranjeras que compran metales en Guayana tienen vínculos con el gobernador Francisco Rangel Gómez, también ha usado otras firmas registradas en el exterior para adquirir aluminio en Venalum. Documentos que vinculan a Carlos Rodrigo González Piazza, esposo de la hija del gobernador, con la empresa Quimera Metals, que compra aluminio en Venezuela para llevarlo a México. Esta negociación además de ser absolutamente derivada de la influencia del yerno del gobernador Francisco Rangel Gómez en las empresas básicas del aluminio, es absolutamente injustificada y le causa un perjuicio al Estado venezolano, pues se establece una especie de cadena de comercialización ilegal, ya que entendemos que la negociación del aluminio debe hacerse en las empresas básicas del aluminio directamente con los compradores, Para llegar hasta el fondo de las mafias de las empresas básicas, Fue el primer mandatario nacional, Nicolás Maduro, el primero que habló de mafias en las empresas básicas de Guayana, anunció que había ordenado procesar al presidente de Ferrominera, Raddwan Sabbagh, por formar parte de un clan que cobraba comisiones, contratos preferenciales y cupos de hierro y otros minerales a empresas de amigos, al Consorcio Ferrominero, cuyo registro mercantil está a nombre de un sobrino del contratista de la Gobernación, Yamal Mustafá.

Asimismo y dentro del concurso real de delitos, en el sur del país no ha parado

el tráfico de metales y entre las denuncias de los últimos días, recordemos a Luis Salvador Velásquez -a quien el propio Gobierno nacional presentó ante el país como "el rey de las cabillas"- administró las finanzas de la campaña electoral que el Partido Socialista Unido de Venezuela realizó en las regionales del año 2008: "El mismo gobernador Francisco Rangel Gómez lo inscribió como jefe de finanzas ante el Consejo Nacional Electoral", advierte. El llamado "rey de las cabillas", quien salió en libertad, fue detenido por el Gobierno mientras presidía Orinoco Iron y estaba al frente de la Dirección de Comercialización de Sidor. Entonces lo acusaron de ser la cara de una red de contrabando que había montado un mercado paralelo con las cabillas que oficialmente deben ser vendidas a precios regulados dentro del país. A Luis Salvador Velásquez lo detuvieron el 9 de junio de 2011 y a partir de allí empezó una retahíla de

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denuncias que llegaron a señalar a familiares y personas del entorno del gobernador dentro del mercado negro de cabillas, por lo que ha quedado evidenciado que los hechos mencionados por el abogado acusador se subsumen en el tipo penal de TRAFICO ILEGAL DE RECURSOS MINERALES en relación a la normativa expresamente establecida en la Ley Penal del Ambiente y la Ley de Delincuencia Organizada, siendo este uno de las principales fuentes de los conflictos en el sur del estado Bolívar.

En este punto es importante por cuanto hay que destacar que los ciudadanos

del estado Bolívar están colmados de las muertes y homicidios que durante el tránsito del acusado Francisco Rangel Gómez, la criminalidad ha aumentado, por ejemplo, en Caroní, el municipio más poblado, durante 2005 -el primer año de su gobierno- hubo 520 asesinatos. Dos años después, hubo 677. Penetración de bandas en las minas al sur del estado y la presencia de armas de guerra en las zonas de extracción ilegal de oro. Masacre de Tumeremo, el caso de 28 mineros que fueron desaparecidos de la zona rural de Tumeremo. La primera reacción de Rangel Gómez, entonces, fue negar lo ocurrido y asegurar: "Estos personajes de la política buscan desprestigiar las acciones tomadas por el Gobierno Revolucionario. Debe hacerse una investigación por las declaraciones". Esta prueba es un hecho notorio pues lo publicó en un twitter, el cual fue visto a nivel mundial. Dos días después, en cambio, dijo que los cuerpos de seguridad ya estaban en búsqueda de los desaparecidos. Mientras tanto, los familiares de las víctimas trancaron la Troncal 10, la principal vía para el suroriente del país en protesta por lo ocurrido. Algunos, culpaban a la banda de "el Topo", uno de los cuatro grupos armados que controlan las minas ilegales de oro en Bolívar, pese a que el delincuente líder de la agrupación se encuentra detenido desde mayo de 2015. El gobernador Francisco Rangel Gómez no fue capaz de viajar hasta Tumeremo para dar la cara a los familiares, lo que hace presumir su complicidad en los hechos genocidas.

El delito de ENRIQUECIMIENTO ILICITO calificado por el abogado acusador, reportó la realización de un estudio elaborado por la Dirección de Declaraciones Juradas de Patrimonio de la Contraloría General de la República, destacando los aportes de nuestra legislación en la materia al considerar por el mencionado abogado acusador los informes de auditoría patrimonial, para realizar imputaciones por la presunta comisión del delito de enriquecimiento ilícito, tipificado en la Ley contra la Corrupción, en el artículo 46, título IV “De los Delitos Contra el Patrimonio Público y la Administración de Justicia en la aplicación de esta Ley soportado con las pruebas presentadas en este tribunal ciudadano queda evidenciado al demostrarse que entre diciembre y enero, la Gobernación del Estado Bolívar remató una flota de 133 vehículos, que inmediatamente fueron revendidos por montos que superaban el precio inicial hasta por 18 veces más. Entre todos los casos menciona el de un vehículo por el que la Gobernación recibió 15.000 bolívares a pesar de que más tarde fue revendido en 280.000”. Hasta una ambulancia vendieron supuestamente inservible.

Frente a la enorme crisis alimentaria que vivimos, no existe una reacción seria y contundente para terminar con la problemática existente, solo se le ocurre a Francisco Rangel Gómez mandarnos a comer piedra o tan solo se les ocurre continuar

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con el cinismo de nombrar al estado Bolívar “estado potencia” cuando estamos sufriendo una gran crisis económica, política y social al presentarse la gran corrupción en la minería manejada con sindicatos que hasta cierran un pueblo entero cuando les parece conveniente, cuando la CORRUPCION Y LA DELINCUENCIA ORGANIZADA ha quebrado en un 100% las empresas básicas, cuando la distribución de los alimentos y la medicina se ha convertido en una red de delincuencia involucrando a contrabandistas para sacar el alimento del país, y escuchamos las cadenas radiales vituperándose y vanagloriándose de un “estado potencia”. No tenemos ni agua, siendo que en el año 2011 se aprobaron casi 2 mil millones de bolívares para solucionar el problema del agua y hasta el momento el 80% de la población del estado Bolívar carece del preciado líquido para la vida, por lo que se insta al abogado acusador a investigar en cuáles de las cuentas bancarias a nivel mundial que mantiene el acusado Francisco Rangel siendo que en un comunicado emanado del Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica lo ha sancionado por tener en su cuenta bancaria la cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA DOLARES US$ 1,647,550> además de bienes muebles e inmuebles, prohibiéndose la movilización del dinero de esas cuentas bancarias, una lista que el país de Estados Unidos sancionó a funcionarios del Gobierno venezolano por corrupción y violación de derechos humanos.

Es allí cuando nos preguntamos si dentro del estado constitucional hay un

Estado delincuente, ¿por qué no se activa la Contraloría General del estado, ni la Fiscalía contra la corrupción?;

Asimismo ha quedado demostrado que ha cometido otro delito entre muchos

otros, que es el delito de USURPACION DE FUNCIONES, previsto y sancionado en el artículo 214 del Código Penal por cuanto Francisco José Rangel Gómez, titular de la cédula de identidad Nº 2.520.281, residenciados en Puerto Ordaz, quien usurpa el cargo de gobernador del estado Bolívar por cuanto SE LE HA VENCIDO EL TIEMPO PARA GOBERNAR EL ESTADO BOLIVAR, siendo que el artículo 160 al 162 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela lo faculta hasta este 16 de diciembre de este año 2016, no habiendo prórroga legal, por lo que lo convierte en un delincuente usurpador de funciones previsto y sancionado en el Código Penal.

DISPOSITIVA Siendo así, y al no haberse demostrado la inocencia de Francisco Rangel Gómez en el presente juicio ciudadano, es un clamor de todo el pueblo de Bolívar DECLARAR LA RESPONSABILIDAD a Francisco José Rangel Gómez, titular de la cédula de identidad Nº 2.520.281, residenciados en Puerto Ordaz, quien usurpa el cargo de gobernador del estado Bolívar , y así se decide. En mérito de todas las consideraciones antes expuestas, por todos los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL CIUDADANO CONSTITUIDO EN CIUDAD BOLIVAR actuando en nombre del pueblo soberano y por autoridad conferida por la CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA en

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sus artículos 5, 68 y 70 y la ley, en consecuencia procede a decidir en los términos siguientes: PRIMERO: CONDENA al ciudadano: Francisco José Rangel Gómez, titular de la cédula de identidad Nº 2.520.281, residenciado en Puerto Ordaz, quien usurpa el cargo de gobernador del estado Bolívar Y EL PUEBLO DEL ESTADO BOLIVAR LO DECRETA CULPABLE, más las accesorias de ley, por encontrarlo penalmente responsable de la comisión de los delitos de USURPACION DE FUNCIONES, previsto en el artículo 214 por lo que su condición de funcionario público como gobernador del Estado Bolívar expira el 17 de Diciembre del presente año. SEGUNDO: CONDENA al ciudadano: Francisco José Rangel Gómez, titular de la cédula de identidad Nº 2.520.281, residenciado en Puerto Ordaz, quien usurpa el cargo de gobernador del estado Bolívar Y EL PUEBLO DEL ESTADO BOLIVAR LO DECRETA CULPABLE, más las accesorias de ley, por encontrarlo penalmente responsable de la comisión del delito de CONCERTACION ILEGAL DE FUNCIONARIO PUBLICO CON CONTRATISTA, previsto en el artículo 72 de la Ley Orgánica Contra la Corrupción. TERCERO: CONDENA al ciudadano: Francisco José Rangel Gómez, titular de la cédula de identidad Nº 2.520.281, residenciado en Puerto Ordaz, quien usurpa el cargo de gobernador del estado Bolívar Y EL PUEBLO DEL ESTADO BOLIVAR LO DECRETA CULPABLE, más las accesorias de ley, por encontrarlo penalmente responsable de la comisión del delito de TRAFICO DE INFLUENCIAS previsto en el artículo 71 de la Ley Orgánica Contra la Corrupción. CUARTO: CONDENA al ciudadano: Francisco José Rangel Gómez, titular de la cédula de identidad Nº 2.520.281, residenciado en Puerto Ordaz, quien usurpa el cargo de gobernador del estado Bolívar Y EL PUEBLO DEL ESTADO BOLIVAR LO DECRETA CULPABLE, más las accesorias de ley, por encontrarlo penalmente responsable por la presunta comisión del delito de peculado doloso propio, previsto en el artículo 52 de la Ley Contra la Corrupción. QUINTO: CONDENA al ciudadano: Francisco José Rangel Gómez, titular de la cédula de identidad Nº 2.520.281, residenciado en Puerto Ordaz, quien usurpa el cargo de gobernador del estado Bolívar Y EL PUEBLO DEL ESTADO BOLIVAR LO DECRETA CULPABLE, más las accesorias de ley, por encontrarlo penalmente responsable por la presunta comisión del delito de ENRIQUECIMIENTO ILICITO, tipificado en la Ley contra la Corrupción, en el artículo 46, título IV “De los Delitos Contra el Patrimonio Público y la Administración de Justicia” en la aplicación de esta ley. SEXTO: CONDENA al ciudadano: Francisco José Rangel Gómez, titular de la cédula de identidad Nº 2.520.281, residenciado en Puerto Ordaz, quien usurpa el cargo de gobernador del estado Bolívar Y EL PUEBLO DEL ESTADO BOLIVAR LO DECRETA CULPABLE, más las accesorias de ley, por encontrarlo penalmente

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Juicio Ciudadano a Francisco Rangel Gómez.

responsable por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILEGAL DE RECURSOS MINERALES, previsto en la Ley Penal del Ambiente y la Ley de Delincuencia Organizada. Pena que habrá de cumplir en los términos que indique el soberano ciudadano del Estado Bolívar, a quien corresponda conocer de la ejecución de la pena, de conformidad con lo establecido en la Constitución y demás leyes de la República Bolivariana de Venezuela. Igualmente se le condena al cumplimiento de las accesorias de ley de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Código Sustantivo Penal y así se declara. Se deja constancia, que la dispositiva de la presente decisión fue leída íntegramente en audiencia, quedando notificadas todas las partes y publicada. PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA EN EL TRIBUNAL DE LA PRESENTE DECISIÓN.