antecedentes y sistemas de los juicios orales

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Maestría en Juicios Orales Antecedentes Generales de los Juicios Orales Elabora Publicación: Licenciado Juan Carlos Ramírez García Estudiante de la Maestría de Juicios Orales 4to Semestre. De la Universidad Autónoma de Durango Campus Zacatecas Antecedentes de los Juicios Orales y Comparación de los Sistemas de Enjuiciamiento FECHA: “30 DE JUNIO DE 2012” Licenciado Juan Carlos Ramírez García Estudiante de la Maestría de Juicios Orales 4to Semestre De la Universidad Autónoma de Durango Campus Zacatecas Página 1

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Page 1: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

Maestría en Juicios Orales

Antecedentes Generales de los Juicios Orales

Elabora Publicación:Licenciado Juan Carlos Ramírez GarcíaEstudiante de la Maestría de Juicios Orales 4to Semestre.De la Universidad Autónoma de DurangoCampus Zacatecas

Antecedentes de los Juicios Orales yComparación de los Sistemas de Enjuiciamiento

FECHA: “30 DE JUNIO DE 2012”

Licenciado Juan Carlos Ramírez GarcíaEstudiante de la Maestría de Juicios Orales 4to SemestreDe la Universidad Autónoma de DurangoCampus Zacatecas Página 1

Page 2: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

Índice de contenidoEVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL PROCESO PENAL 4

PROCESO PENAL GRIEGO 4

PROCESO PENAL ROMANO 4

PROCESO CANÓNICO 5

PROCESO PENAL COMÚN O MIXTO 5

PROCESO REFORMADO 5

CODIFICACIÓN MODERNA 5

EL PROCEDIMIENTO PENAL EN EL DERECHO ESPAÑOL. 6

DERECHO PROCESAL MEXICANO 6

DERECHO AZTECA 6

DERECHO PROCESAL DE LA COLONIA. 6

EL DERECHO PROCESAL DEL MÉXICO INDEPENDIENTE 7

LA TEORÍA DEL PROCESO PENAL. 7

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA ACCIÓN PENAL 7

SISTEMAS DE ENJUICIAMIENTO. 8

SISTEMA INQUISITIVO. 8

SISTEMA MIXTO. 8

SISTEMA ACUSATORIO 8

INTRODUCCION AL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL CUSATORIO 9

PROCESO JURISDICCIONAL 9

PROCESO Y PROCEDIMIENTO 9

SISTEMAS PROCESALES 9

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Page 3: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

SISTEMA PROCESAL INQUISITIVO

CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA INQUISITIVO 10

DECADENCIA DE LOS JUICIOS ESCRITOS 11

COMPARACION ENTRE JUICIOS ORALES Y ESCRITOS 11

PROCESO JURISDICCIONAL 11

PROCESO Y PROCEDIMIENTO 11

SISTEMAS PROCESALES 11

SISTEMA PROCESAL INQUISITIVO 11

CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA INQUISITIVO 11

SISTEMA PROCESAL ACUSATORIO 11

CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA ACUSATORIO 11

DECADENCIA DE LOS JUICIOS ESCRITOS 11

COMPARACION ENTRE JUICIOS ORALES Y ESCRITOS 11

TRANSPARENCIA Y SERIEDAD: REGISTROS 11

RENDICIÓN DE CUENTAS 12

IMPARCIALIDAD. 12

DIVISIÓN DE FUNCIONES JUDICIALES Y JUDICIALIZACIÓN DE

ETAPAS PREVIAS

12

RELACIÓN CON LA PRUEBA; EFICIENCIA; DELEGACIÓN DE

FUNCIONES; CALIDAD DE LA INFORMACIÓN;

13 Y 14

CALIDAD DE PRUEBA; ACTITUD; VESTIMENTA; ESTRUCTURA;

INFRAESTRUCTURA; y CONCLUSIONES.

15 Y 16

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Page 4: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

Resumen opinión personal

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL PROCESO PENAL

PROCESO PENAL GRIEGO

Los juicios orales han existido siempre desde los griegos y lo único que se ha

estado modificando es en relación a los usos y costumbres de cada país y

actualizándose según las leyes de cada lugar así como el desarrollo de cada país

es por ello que hoy en pleno siglo XXI retomamos los básicos es decir,

empezamos a trabajar un sistema que para muchos es nuevo en su forma y fondo,

pero que cabe señalar que para otros es algo que se venia viendo ya y claro esta

que el Derecho Laboral siempre se a estado resolviendo los Juicios Oralmente.

PROCESO PENAL ROMANO

Es aquí donde los romanos le empiezan a dar forma a los Juicos Orales donde el

Estado era quien castigaba en el proceso penal público, y en el Privado el estado

era una especie de Arbitro, en que este escuchaba a las partes y resolvía los

casos, pero mas delante este proceso cayo en descredito por lo que se adopto el

proceso penal público, en este proceso revestía dos formas fundamentales:

La Cognitio.- que era la cual el estado ordenaba las investigaciones pertinentes

para conocer la verdad de los hechos, y no se tomaba en consideración ha

procesado.

La Accusatio.- este evoluciono las formas anteriores es aquí donde el ejercicio de

la acción penal es encomendado al representante social donde sus funciones no

eran propiamente oficiales.

Licenciado Juan Carlos Ramírez GarcíaEstudiante de la Maestría de Juicios Orales 4to SemestreDe la Universidad Autónoma de DurangoCampus Zacatecas Página 4

Page 5: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

PROCESO CANÓNICO

Aquí la iglesia fue quien fijo el tipo de proceso inquisitorio, e introduce los

principios de la independencia del Juez para la investigación de la verdad, aquí

una de la características es que era común el uso del tormento para obtener la

confesión del acusado, quien se encontraba incomunicado y tenia una defensa

nula, ya que el Juez tenia la función de acusar, defender, y resolver.

PROCESO PENAL COMÚN O MIXTO.

Este proceso se implanto en Alemania en 1532 y en Francia en 1670, donde se

observaba que el sumario se resolvía en secreto y escrito, y para el plenario se

observaba la publicidad y la oralidad y para la valoración de las pruebas el juez

gozaba en su mayoría de libertad absoluta.

PROCESO REFORMADO.

Aquí surgen aspiraciones de reforma del proceso penal En este movimiento de

reforma quedo plasmado en las leyes procesales promulgadas durante la

revolución Francesa y mas tarde reformado en el proceso alemán.

CODIFICACIÓN MODERNA.

Se refiere a los códigos de cada estado ya que en los pueblos civilizados se

encuentran regulados por códigos especiales, sin bien es cierto que unos han

servido de modelos para otros pero al fin es lo mismo se tienen que regir por

códigos, estos códigos han servido de modelos:

El code dinstruction criminelle francés (1808),

El reglamento de procedimiento penal austriaco (1847) y

El reglamento de procedimiento penal alemán (1877).

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Page 6: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

EL PROCEDIMIENTO PENAL EN EL DERECHO ESPAÑOL.

En este procedimiento penal no alcanzó un carácter propiamente institucional,

aquí el tormento fue instituido en general, con excepción de los menores de

catorce años entre otros personajes y colaboradores del Rey.

DERECHO PROCESAL MEXICANO.

Aquí se pueden señalara 3 etapas; tiempos primitivos.- aquí la administración de

justicia en las distintas tribus indígenas constituía una facultad del jefe era una

justicia sin formalidades y era meramente oral, aquí las personas que estaban

facultadas para juzgar la transmitían de generación en generación,

DERECHO AZTECA.

En el reino de México, el monarca era la máxima autoridad judicial y delegaba sus

funciones en un magistrado supremo entonces pues los ofendidos podían

presentar directamente su querella o acusación; presentaban sus pruebas y en su

oportunidad formulaban sus alegatos, es aquí donde nace los derechos del

inculpado ya que el acusado tenía derecho para nombrar un defensor o

defenderse por sí mismo Dentro del procedimiento, existían algunas formalidades,

como por ejemplo, en la prueba testimonial, quien rendía juramento estaba

obligado a poner la mano sobre la tierra y llevarla a los labios, queriéndose indicar

con esto que se comía de ella.

DERECHO PROCESAL DE LA COLONIA.

El derecho colonial estaba formado por: Las leyes españolas que estuvieron

vigentes en la Nueva España, durante la colonia, fue indispensable adoptar

diversas medidas para frenar las conductas que afectaran la estabilidad de la

Licenciado Juan Carlos Ramírez GarcíaEstudiante de la Maestría de Juicios Orales 4to SemestreDe la Universidad Autónoma de DurangoCampus Zacatecas Página 6

Page 7: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

comunidad y los intereses de la corona española, es por eso que distintos

tribunales, apoyados en factores religiosos, económicos, sociales y políticos

pretendieron regular la conducta de indígenas y españoles.

EL DERECHO PROCESAL DEL MÉXICO INDEPENDIENTE.

Aquí continuaron vigentes las leyes españolas, con sus respectivos sistemas

procedimentales, hasta la publicación del Decreto Español de 1812; diversas leyes

mexicanas que aparecieron después de la independencia, Decreto Constitucional

para la Libertad de la América Mexicana del 22 de Octubre de 1814; Siete Leyes

Constitucionales de 1836; Bases Orgánicas de la República Mexicana de 1843;

Constitución de 1857; Ley de Jurados Criminales de 1869; Código Penal de 1871;

Código de Procedimientos Penales de 1880; Código de Procedimientos Penales

de 1894; Código de Procedimientos Penales en Materia Federal de 1908; Código

de Procedimientos Penales de 1929 y de 1931 para el Distrito y Federal de 1934.

LA TEORÍA DEL PROCESO PENAL.

“La teoría del proceso penal tiene por objeto el estudio de un conjunto de materias

indispensables, no sólo para conocer su contenido, sino también para justificar el

porqué de la regulación por parte del legislador”.

El proceso supone una actividad generadora de actos jurídicamente regulados,

todos ellos encaminados a obtener una determinada resolución jurisdiccional.

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA ACCIÓN PENAL.

En las instituciones romanas, la acción “era el derecho a perseguir en juicio

aquello que se nos debe”, de esta afirmación se puede observar que tanto el

proceso civil como el penal, formaban una sola disciplina, por lo que debemos de

Licenciado Juan Carlos Ramírez GarcíaEstudiante de la Maestría de Juicios Orales 4to SemestreDe la Universidad Autónoma de DurangoCampus Zacatecas Página 7

Page 8: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

considerar que la acción penal es el poder jurídico de excitar y promover la

decisión del órgano jurisdiccional sobre determinada relación de derecho penal.

SISTEMAS DE ENJUICIAMIENTO.

SISTEMA INQUISITIVO.

No pasa de ser un objeto procesal, para quien no se reconoce el derecho de

defensa, así la prueba carece de importancia, siendo dominado por el criterio de la

prueba legal, en virtud del cual la ley estipula la serie de condiciones, para

acreditar un hecho, con el sistema inquisitivo aparece la apelación, y en general

los recursos contra la sentencia, permitiendo el control de la utilización correcta del

poder delegado.

SISTEMA MIXTO.

En este sistema se caracteriza en especial por la desigualdad de las partes, por la

persecución y juzgamiento poniendo ambas actividades a cargo de funcionarios

del estado, el concepto de verdad real como objetivo supremo a descubrir

mediante el proceso para dar paso a la pena, que es concebida como la única

forma de solución del conflicto penal, incorpora aspectos del acusatorio, sin dejar

por ello de ser inquisitivo.

SISTEMA ACUSATORIO

El sistema acusatorio, propio de regímenes liberales cuyas raíces pueden

encontrarse en la gracia y en la democrática y la roma republicana, donde la

libertad y la dignidad del ciudadano ocupan un lugar preferente en, la protección

brindada por el ordenamiento jurídico, constituyente el estándar al que tienden los

estados democráticos en respeto a los derechos y garantías de los individuos y,

Licenciado Juan Carlos Ramírez GarcíaEstudiante de la Maestría de Juicios Orales 4to SemestreDe la Universidad Autónoma de DurangoCampus Zacatecas Página 8

Page 9: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

por tanto, el sistema que el estado de México pretende implantar, con miras a “dar

respuesta a las espiraciones de justicia real y efectiva” en tanto “el proceso penal

acusatorio permite sancionar los delitos de una forma práctica y equilibrada”.

INTRODUCCION AL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ACUSATORIO

PROCESO JURISDICCIONAL

“Proceso es el conjunto de actos jurídicos relacionados entre sí, que se realizan

ante o por un órgano jurisdiccional con el fin de resolver un litigio”,

PROCESO Y PROCEDIMIENTO

El proceso, además de un procedimiento como forma de exteriorizarse,

comprende los nexos que se establecen entre los sujetos que intervienen en la

substanciación del litigio, es decir, las partes y el juez; y el procedimiento en

general es un conjunto de actos relacionados entre sí, que tienden a la realización

de un fin determinado.

SISTEMAS PROCESALES

El juez no puede iniciar del oficio el proceso; No puede tener en cuenta hechos ni

medios de prueba que no han sido aportados por las partes; Debe tener por

ciertos los hechos en que aquellas estuviesen de acuerdo, la sentencia debe ser

de acuerdo a lo alegado y probado; El juez no puede condenar a más, ni a otra

cosa que la pedida en la demanda.

SISTEMA PROCESAL INQUISITIVO

En el sistema inquisitivo el juez debe de investigar, sin otra limitación que la

impuesta por la ley, la verdad material con prescindencia de la actividad de las

partes; No solo puede el juez iniciar de oficio el proceso, sino que está facultado

Licenciado Juan Carlos Ramírez GarcíaEstudiante de la Maestría de Juicios Orales 4to SemestreDe la Universidad Autónoma de DurangoCampus Zacatecas Página 9

Page 10: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

para buscar los hechos utilizando cualquier medio tendiente a la averiguación de

la verdad. El juez se desempeña activamente, averigua los hechos, trata de

descubrir, frente a la verdad normal que le presentan las partes, la verdad real que

le permita dictar una sentencia justa. El proceso inquisitivo –monárquico- maneja

un procedimiento escrito, burocrático, formalista, incomprensible, ritualista, poco

creativo y especialmente preocupado por el trámite y no por la solución del

conflicto.

CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA INQUISITIVO

Un proceso escrito en su totalidad y secreto; un proceso penal poco respetuoso de

las garantías del imputado; los testigos se convierten en actas y las partes se

comunican y conocen por medio de escritos; la falta de confianza social respecto

de la administración de justicia como consecuencia de no ejercer como es debido

el Ius puniendi; entre otros.

SISTEMA PROCESAL ACUSATORIO

Está diseñado para resolver la mayoría de las causas criminales en las audiencias

preliminares o de preparación de juicio, a través de medios alternos de justicia es

por ello que el Estado y su sociedad son corresponsables de las conductas

antisociales, en este sistema rige plenamente el procedimiento oral, aquí hay

existencia de una parte acusadora que ejerce la acción penal, distinta e

independiente del juez.

CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA ACUSATORIO

La acción penal es pública, se basa en el principio de publicidad en su totalidad; El

juzgador es un mero observador; La introducción de las pruebas corresponde a las

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Page 11: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

partes; aquí prevalece los principios de la oralidad, la inmediación, la

concentración y la publicidad; En este sistema, el juez debe ser independiente e

imparcial; entre otros. Así mismo el procedimiento oral se caracteriza por la

prevalencia de la palabra sobre la escritura, la oralidad permite la concentración

de la actividad procesal en unas cuantas audiencias, en el juicio oral la presencia

del juez en la audiencia es condición de validez del acto, En el juicio oral, el juez

va formando su convicción a medida que se produce la prueba y se desarrolla el

debate.

DECADENCIA DE LOS JUICIOS ESCRITOS

Nuestra costumbre ha sido el sistema inquisitivo, en donde lo que importa y tiene

relevancia es lo que está en el expediente, todo debe de verse reflejado en autos

para poder resolver conforme a derecho, el secretario del Ministerio Publico

investigan sin salir de la oficina manteniendo contacto con los policías, peritos, y

personal involucrado en la investigación los funcionarios están más preocupados

por “completar” un expediente que por realizar una investigación exitosa,

se presenta en forma escrita y ésta no se encuentra disponible para el

conocimiento público, por lo que las sentencias que dictan los jueces suelen ser

poco transparentes y la sociedad duda de su certeza”.

COMPARACION ENTRE JUICIOS ORALES Y ESCRITOS

TRANSPARENCIA Y SERIEDAD: REGISTROS

JUICIO ORAL.-aquí es gravada la audiencia en dispositivos electrónicos y

trascriben el juicio, esto lo hace la secretaria técnica del juzgado,

Licenciado Juan Carlos Ramírez GarcíaEstudiante de la Maestría de Juicios Orales 4to SemestreDe la Universidad Autónoma de DurangoCampus Zacatecas Página 11

Page 12: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

JUICIO ESCRITO.- aquí los mecanógrafos asientan lo ellos quieren según su

criterio y que normalmente asientan hechos que le perjudican al acusado y esto

el juez muchas de las veces no lo supervisa ya que lo único que hace es firmar

sin saber ni leer las actas o los expedientes.

RENDICIÓN DE CUENTAS.-

JJJUICIO ORAL.- El juez decide en un ámbito de libertad acotado por la

publicidad, la contienda en entre las partes, no hay mucha oportunidad de

alterar o escribir hechos que no son ciertos.

JUICIO ESCRITO.-aquí nuestro sistema no garantiza que tenemos jueces

imparciales, la prueba ministerial tienen validez porque la ley dice o porque

esta escrita.

IMPARCIALIDAD.

JUICIO ORAL.- el juez de sentencia tiende a ser imparcial porque el primer

día que oye a las partes en la audiencia del juicio oral, y aquí el juez de

sentencia no es el mismo juez que toma decisiones sobre la prisión

preventiva el juicio se conduce públicamente frente a las partes.

JUICIO ESCRITO.- en este procedimiento el juez tiene contacto con la

prueba desde que toma decisiones para dictar le auto de formal prisión o

girar orden de aprensión.

DIVISIÓN DE FUNCIONES JUDICIALES Y JUDICIALIZACIÓN DE

ETAPAS PREVIAS

JUICIO ORAL.- aquí el juez que decide acerca de la detención previa al

juicio el plazo de investigación que se otorga a la fiscalía, y que controla el

Licenciado Juan Carlos Ramírez GarcíaEstudiante de la Maestría de Juicios Orales 4to SemestreDe la Universidad Autónoma de DurangoCampus Zacatecas Página 12

Page 13: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

debido proceso, no es el mismo que resolverá el caso por lo que se

presume que habrá mas claridad en los procesos.

JUICIO ESCRITO.- aquí en este caso el mismo Juez de sentencia

aglomera las funciones de instrucción y de sentenciar donde el juez es

propenso a inclinarse sobre las peticiones del ministerio publico, t esto

sucede porque la prueba que admite el ministerio publico tiene fe publica

es decir constituye verdad legal.

RELACIÓN CON LA PRUEBA.

JUICIO ORAL.- Es aquí donde hay una relación directa con la prueba para

todas las partes aquí las partes participan directamente en la producción de

la prueba de colaboración.

JUICIO ESCRITO.- aquí ninguna de las partes del juicio tiene relación

directa con la prueba, la defensa por su parte no genera pruebas previas a

la presentación del caso en juicio sino que inventa si estrategia en el

momentos lo cual es frecuentemente intrascendente.

EFICIENCIA

JUICIO ORAL.- las audiencias se realizan con eficacia y falta a ellas tienen

un costo tremendo para el ausente o alguna de las partes.

JUICIO ESCRITO.- la práctica consiste en que las audiencias se defieren

cuando falta cualquier de los citados.

DELEGACIÓN DE FUNCIONES

JUICIO ORAL.-aquí no hay delegación, el juez ejerce sus atribuciones

directamente, las posibilidades de corrupción desaparecen, por ello es

Licenciado Juan Carlos Ramírez GarcíaEstudiante de la Maestría de Juicios Orales 4to SemestreDe la Universidad Autónoma de DurangoCampus Zacatecas Página 13

Page 14: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

mejor este sistema.

JUICIO ESCRITO.- el juez delega sus funciones en actuarios, secretarios

de acuerdos y otros funcionarios, y hay mayor posibilidad de corrupción.

CALIDAD DE LA INFORMACIÓN

JUICIO ORAL.- tanto fiscales como defensores de oficio normalmente

acompañan un caso desde que lo reciben, a través de todas las instancias

por las que transiten desde la investigación policial hasta la posible

apelación.

JUICIO ESCRITO.- no se hacen consideraciones estratégicas, cada que el

expediente cambia de oficina también cambia de responsable, el fiscal que

conduce la averiguación previa es distinto del defensor ante el juez.

CALIDAD DE PRUEBA

JUICIO ORAL.- no hay prueba que tenga alguna credibilidad pre

construida, aquí su validez esta determinada por su capacidad de

convencer al juez.

JUICIO ESCRITO.- aquí el ministerio publico tiene Fe Publica puede validar

su investigación antes de llegar a juicio y por lo tanto sin necesidad de

persuadir al juez.

ACTITUD

JUICIO ORAL.- la estructura promueve una atmosfera de respeto y la

atención se centra sobre las personas, involucradas en la audiencia existe

un máxime de respeto.

Licenciado Juan Carlos Ramírez GarcíaEstudiante de la Maestría de Juicios Orales 4to SemestreDe la Universidad Autónoma de DurangoCampus Zacatecas Página 14

Page 15: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

JUICIO ESCRITO.- la atmosfera no es respetuosa simplemente no existe el

respeto, aquí dejan al acusado largo tiempo tras la rejilla de practicas toda

vez que no hay quien atienda esa audiencia hasta que tengan y quieran

trabajar,

VESTIMENTA

JUICIO ORAL.- el acusado se presenta al juicio vestido de civil y bajo una

relativa libertad física, vigilada por un guardia de seguridad, el resto de las

partes portan traje formal.

JUICIO ESCRITO.- sin embargo aquí el acusado se presenta al juicio

vestido de reo, antes de ser juzgado sin saber si sale responsable, lo peor

de todo es tratado como si fuera condenado.

ESTRUCTURA

JUICIO ORAL.- el sistema asume que la presencia del juez es

imprescindible en la audiencia.

JUICIO ESCRITO.- la estructura del juzgador tradicional asume que la

presencia del juez no es necesaria, esto significa que el juez puede y de

hecho tiene que delegar sistemáticamente sus funciones para que dos

audiencias ocurran simultáneamente

INFRAESTRUCTURA

JUICIO ORAL.- la infraestructura es adecuada para que el juicio sea

publico, ágil y grabado por un estenógrafo para luego transcribirlo.

JUICIO ESCRITO.-la oficina del juzgado esta integrada por mecanógrafos

que escriben lo que quieren, los procesos de decisión del juez respecto de

Licenciado Juan Carlos Ramírez GarcíaEstudiante de la Maestría de Juicios Orales 4to SemestreDe la Universidad Autónoma de DurangoCampus Zacatecas Página 15

Page 16: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

condenar o absolver son misteriosos.

CONCLUSIONES

En mi opinión lo que veo y de lo que investigue siento que; Los juicios pueden ser

escritos u orales, el tramite de los juicios escritos se realiza todo registrando cada

palabra dicha en un escrito, para lo que una empleado del tribunal tiene que tomar

cada audiencia y escribir todo lo que se dice. El Juicio oral es mas o menos el que

vemos en las películas Extranjeras con jurado, toda la prueba se rinde de modo

oral y solo se suscriben en las actas lo que los abogados sugieren. El proceso oral

es más rápido y permite al juez tener contacto directo con los testigos, a mi modo

de ver es el más apropiado;  El Juicio Oral es la última etapa del nuevo Proceso

Penal, se desarrolla en una o más audiencias continuas y públicas, donde el fiscal

(Ministerio Público) formula la acusación, el defensor representa al acusado y se

presentan las pruebas a los tres jueces que integran el Tribunal de Juicio Oral en

lo Penal.

El Juicio debe contar con la presencia permanente del fiscal (Ministerio Público), el

acusado y el defensor, se realiza en una sala de un Tribunal de Juicio Oral en lo

Penal, que esta integrada por 3 Jueces profesionales estos Jueces son quienes

Licenciado Juan Carlos Ramírez GarcíaEstudiante de la Maestría de Juicios Orales 4to SemestreDe la Universidad Autónoma de DurangoCampus Zacatecas Página 16

Page 17: Antecedentes y Sistemas  de los Juicios Orales

dictarán sentencia.

Que sea oral y público permite garantizar a la comunidad la transparencia del

juicio. Al permitir la asistencia de público a la audiencia, garantiza el control a la

ciudadanía sobre la labor de los jueces, de los fiscales y de los defensores,

fortaleciendo, además, la confianza de la sociedad en la justicia.

El contacto de los jueces con la prueba, la víctima y el imputado, permite rebatir

directamente las pruebas presentadas por ambas partes, garantiza la

transparencia de la comprobación del delito y en la determinación del grado de

responsabilidad del imputado.

El derecho penal está orientado por un cúmulo de postulados fundamentales a

partir de los cuales es posible su interpretación, sistematización y crítica, al punto

de poder predicar de él su carácter de ciencia; verdades fundantes que se rigen, a

su vez, en límites o controles a la actividad punitiva cuando la organización social

prevalida de su soberanía ejerce tal potestad, acorde con los cauces demarcados

por el modelo de Estado social y democrático de derecho. Los principios

fundamentales constituyen el conjunto de características que permiten ser al

derecho penal lo que es y no otra cosa, y lo distinguen de las otras ramas de la

ciencia jurídica.

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