anexo n°2 de convenio de colaboraciÓn

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(ORrDRACO\i IJ\RAF.1- CE9\RROU.o IX: SANflACD SANTIAGO Ilustre Municipalidad CONVENIO DE COLABORACiÓN ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO y CORPORACiÓN PARA EL DESARROLLODE SANTIAGO "PROYECTO MEJORAMIENTO PLAZA DE ARMAS" En Santiago, a 24 de abril de 2014, entre ILUSTREMUNICIPALIDADDE SANTIAGO, R.U.T. NQ 69.070.100-6, representada por su Administradora Municipal doña MARCELA HALES HALES, chilena, viuda, abogada, cédula nacional de identidad NQ 7.811.505-K, ambas domiciliadas en Palacio Consistorial, Plaza de Armas S/W, 2 piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en adelante indistintamente "la Municipalidad o el Municipio"; V, la CORPORACiÓNPARA EL DESARROLLODE SANTIAGO, persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, Rol Único Tributario NQ 71.274.200-3, representada don su Gerente de Administración V Finanzas, don CESARYEVENES MARTíNEZ, cédulanacionalde identidadW 7.060.666-6,ContadorAuditor Vpor doña IVANNIA GOLESBARRIENTOS, Arquitecto, Subdirectora Ejecutiva, CI 8.421.987-8, todos domiciliados para estos efectos en Pasaje Phillips W 451 tercer piso, oficina 301, comuna de Santiago, en adelante indistintamente liLA CORDESAN",exponen que ha acordado el siguiente convenio: PRIMERO: La ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO, en virtud de la establecido en el artículo 5Q letra c) de la lev 18.965 Orgánica Constitucional de Municipalidades, es la administradora de aquellos bienes nacionales de uso público, incluido el subsuelo, existentes en la comuna V cuya administración no está entregada a otros servicios de la administración del Estado. Asimismo de conformidad con lo que dispone el artículo 4Qletra e), f) V 1)de la misma lev, en el ámbito de su territorio, el municipio puede desarrollar directamente o con otros órganos de la administración del Estado, entre otras, funciones relacionadas con el turismo, la recreación, la urbanización, la viabilidad urbana V el desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local. SEGUNDO:La CORPORACiÓNPARAELDESARROLLODESANTIAGOes una entidad privada sin fines de lucro, cuyo objetivo es colaborar con la 1. Municipalidad de Santiago, en actividades de desarrollo urbanístico económico y social de la comuna, mediante acciones específicas de diseño, remodelación, renovación, rehabilitación, reconstrucción, edificación, arborización, descontaminación, prevención del deterioro urbano V conservación del patrimonio arquitectónico; procurando fomentar y mejorar los espacios públicos incrementando el aseo y ornato de la comuna, desarrollando proyectos de valorización patrimonial y urbana, teniendo siempre a la vista el mejoramiento de la calidad de vida de los residentes y transeúntes de la Comuna de Santiago. z. 1

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Page 1: ANEXO N°2 DE CONVENIO DE COLABORACiÓN

(ORrDRACO\iIJ\RAF.1-CE9\RROU.oIX: SANflACD

SANTIAGOIlustre Municipalidad

CONVENIO DE COLABORACiÓN

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO

y

CORPORACiÓN PARA ELDESARROLLODE SANTIAGO

"PROYECTO MEJORAMIENTO PLAZA DE ARMAS"

En Santiago, a 24 de abril de 2014, entre ILUSTREMUNICIPALIDADDE SANTIAGO,R.U.T. NQ

69.070.100-6, representada por su Administradora Municipal doña MARCELAHALESHALES,

chilena, viuda, abogada, cédula nacional de identidad NQ7.811.505-K, ambas domiciliadas en

Palacio Consistorial, Plazade Armas S/W, 2 piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en

adelante indistintamente "la Municipalidad o el Municipio"; V, la CORPORACiÓNPARA EL

DESARROLLODE SANTIAGO,persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, Rol Único

Tributario NQ 71.274.200-3, representada don su Gerente de Administración V Finanzas, don

CESARYEVENESMARTíNEZ,cédulanacionalde identidadW 7.060.666-6,ContadorAuditor V por

doña IVANNIA GOLESBARRIENTOS,Arquitecto, Subdirectora Ejecutiva, CI 8.421.987-8, todos

domiciliados para estos efectos en Pasaje Phillips W 451 tercer piso, oficina 301, comuna de

Santiago, en adelante indistintamente liLA CORDESAN",exponen que ha acordado el siguiente

convenio:

PRIMERO: La ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO, en virtud de la establecido en el artículo 5Q

letra c) de la lev 18.965 Orgánica Constitucional de Municipalidades, es la administradora de

aquellos bienes nacionales de uso público, incluido el subsuelo, existentes en la comuna V cuya

administración no está entregada a otros servicios de la administración del Estado. Asimismo de

conformidad con lo que dispone el artículo 4Qletra e), f) V 1)de la misma lev, en el ámbito de su

territorio, el municipio puede desarrollar directamente o con otros órganos de la administración

del Estado, entre otras, funciones relacionadas con el turismo, la recreación, la urbanización, la

viabilidad urbana Vel desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local.

SEGUNDO:La CORPORACiÓNPARAEL DESARROLLODE SANTIAGOes una entidad privada sin

fines de lucro, cuyo objetivo es colaborar con la 1. Municipalidad de Santiago, en actividades de

desarrollo urbanístico económico y social de la comuna, mediante acciones específicas de diseño,

remodelación, renovación, rehabilitación, reconstrucción, edificación, arborización,

descontaminación, prevención del deterioro urbano Vconservación del patrimonio arquitectónico;

procurando fomentar y mejorar los espacios públicos incrementando el aseo y ornato de la

comuna, desarrollando proyectos de valorización patrimonial y urbana, teniendo siempre a la vista

el mejoramiento de la calidad de vida de los residentes y transeúntes de la Comuna de Santiago.

z.

1

Page 2: ANEXO N°2 DE CONVENIO DE COLABORACiÓN

..---

~

SANTIAGOIlustre MurlicipaUdad

CbIJDRAcrnI1\RAELCf.St\RRCU.DIX SANIlAGO

-¡A:;.-

TERCERO:El PROYECTO MEJORAMIENTO PLAZA DE ARMAS es un programa elaborado por la 1.

Municipalidad de Santiago que tiene como objetivo la intervención de la plaza y su entorno

rescatando su valor arquitectónico, turístico, patrimonial y cultural que permita fortalecer la

diversidad y la interacción de los distintos actores sociales. El proyecto contempla la remodelación

y la actualización de los espacios públicos comprendidos al interior del bien nacional de uso

público, reformas necesarias en virtud de la importancia del espacio y del tiempo trascurrido

desde su última intervención.

CUARTO: Las partes acuerdan que en virtud de los fines comunes que los unen, la CORDESAN

colaborará con la 1. Municipalidad de Santiago en el desarrollo del Proyecto Mejoramiento de

Plaza de Armas en todas las actividades que desarrollará el municipio en marco del programa

citado. Envirtud de lo anterior, se encarga en especial a la CORDESANla elaboración y la ejecución

de un proyecto de instalación de un mecanismo de conexión de dispositivos electrónicos que

permita el acceso a Internet en la plaza de armas, y resto del centro de la comuna, garantizando

un lapso de tiempo gratuito para residentes y transeúntes.

QUINTO: La 1.Municipalidad de Santiago autoriza a la Cordesan celebrar contratos de prestación

de servicios con personas naturales o jurídicas, sean privadas o públicas, pudiendo modificarlos,

ampliarlos, rescindirlos y ejecutar todo otro acto o contrato necesario para el cumplimiento del

objeto del presente convenio, quedando facultada para cobrar y percibir pagos obtenidos como

resultado de la gestión comercial llevada a cabo en el proyecto citado en la cláusula anterior, o

cualquier otro mandato de la 1. Municipalidad de Santiago, en el merco del Proyecto

Mejoramiento Plazade Armas.

SEXTO:Para financiar la el proyecto citado, la Cordesan podrá ofrecer espacios cibernéticos o

espacios físicos al interior de la comuna de Santiago a las entidades públicas o privadas

interesadas en realizar un aporte económico para el proyecto. La instalación de publicidad deberá

contar con todos los permisos municipales requeridos para tales efectos y deberá ser

especialmente compatible con los criterios estéticos impuestos por la 1.Municipalidad de Santiago.

SEPTIMO:La CORDESAN,estará obligada a velar por el buen funcionamiento de los servicios de

acceso a internet que se prestará en la plaza de armas y resto del centro de la comuna,

garantizando, por tiempo determinado, el uso gratuito de la red inalámbrica.

OCTAVO: El presente convenio de colaboración comenzará a regir a partir de la fecha

suscripción del mismo y tendrá una duración indefinida.

2

Page 3: ANEXO N°2 DE CONVENIO DE COLABORACiÓN

,\

SANTIAGOIlustre Municipalidad

~rnlJ\RAa.~J.DC€ SAN"lllC,o

.~.

NOVENO: Para todos los efectos legales que se deriven de este convenio, las partes fijan su

domicilio en la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de

Justicia.

DECIMO:El presente convenio se extiende y firma en 2 ejemplares de igual tenor y fecha,

quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes.

Lapersonería de don Cesar Vévenes Martínez para representar a la Corporación para el Desarrollo

de Santiago, consta en escritura pública de fecha 01 de abril de dos mil trece, otorgada en la

Notaría de Santiago de don FélixJara Cadot. Lapersonería de doña Ivannia Goles Barrientos para

representar a la Corporación para el Desarrollo de Santiago, consta en la escritura púbica de fecha

17 de enero de 2014, ante notario público FélixJara Cadot, repertorio W1.694.

Asimismo, la personería de doña Marcela Hales Hales para representar a la 1.Municipalidad de

Santiago en calidad de Administradora Municipal consta en el Reglamento Municipal NI!339 de

fecha 06.12.2008, sobre Delegación de Atribuciones y Asignación de Funciones Alcaldicias, cuya

vigencia fue prorrogada por Decreto AlcaldicioSección Segunda NI!3.136 de fecha 10.12.2012,

ambos de la Municipalidad de Santiago, documentos que no se insertan por ser conocidos de las

I.MUNICIPALlDAD DE SANTIAGO

CORPORACiÓN PARA ELDESARROLLO DE SANTIAGO

CORPORACiÓN PARA EL DESARROLLO DE SANTIAGO~

3

Page 4: ANEXO N°2 DE CONVENIO DE COLABORACiÓN

~

.~.SANTIAGOSecretaría MunicipalAsuntos Municipales

..SECC.2a.-

. .,Je13q

SANTIAGO,2:7 -MAY1m~

VISTOS: Antecedentes IDOe N°2.71S.407/teniendo presente lo dispuesto en la Ley N°19.880, de 2003, que establece Bases deProcedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de laAdministración del Estado; Dictamen N°5.1 08, de enero 26 de 2012, de la ContraloríaGeneral de la República; Convenio de Colaboración, suscrito con fecha 24 de abrilde 2014, entre la 1.Municipalidad de Santiago y la Corporación Para el Desarrollo deSantiago "CORDESAN" "Proyecto Mejoramiento Plaza de Armas; Oficios N°1.365, defecha 30 de abril de 2014 y N°1.560, del 16 de mayo en curso, ambos de la Direcciónde Asesoría Jurídica, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere la LeyN°18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, vigente,

D E C R E T O:

1.- APRUÉBASE el CONVENIO DE

COLABORACIÓN,suscrito con fecha 24 de abril de 2014, entre la 1.Municipalidad deSantiago, representada por su Administradora Municipal, doña MARCELA HALESHALES y la Corporación Para el Desarrollo de Santiago, para desarrollar el proyectodenominado: "MEJORAMIENTO PLAZA DE ARMAS" representada por su Gerente deAdministración y Finanzas, don CÉSAR YÉVENES MARTíNEZ y la Arquitecto,Subdirectora Ejecutiva, doña IVANNIA GOLES BARRIENTOS.

ANÓTESE Y transcríbase a la SecretaríaMunicipal, Secretaría Comunal de Planificación, Dirección Asesoría Jurídica,Dirección de Control, Dirección Administración y Finanzas, Subdirección MedioAmbiente, Sudirección de Ornato, Parques y Jardines Corporación Para el Desarrollode Santiago "CORDESAN", y pase a la Administración Municipal, para suconocimiento y fines consiguientes.

FIRMADO:

'''.,ÑARE~~ JIZA10 MUNI L

¡1. de Santíaqo,.. Pza. de Armas s/n" tono: 2 /13 6000