presentaciÓn junji

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Concepción, 22 de agosto de 2012.

“PROTECCIÓN DE DERECHOS EN LA PRIMERA INFANCIA”

Junta Nacional de Jardines Infantiles

ANTECEDENTES: Política de Buen Trato.

FUNDAMENTOS DEL BUEN TRATO.

Vulnerabilidad extrema en los primeros 36 meses de

vida (Céspedes).

Resiliencia surge a partir de recursos personales y

un entorno favorable (Cyrulnik)

Importancia del afecto para el desarrollo del

cerebro (Barudy)

Importancia de las figuras de apego en la primera infancia (Lecannelier)

Importancia de los Buenos Tratos en la

primera infancia

IMPACTO DEL MALTRATO INFANTIL.

EVIDENCIA EN CHILE.ESTUDIO UNICEF 2006

• 75,3 % de los niños y niñas han sufrido violencia física y psicológica de parte de padres y parientes.

• 53,9 % recibe castigos físicos.

• 25 % es víctima de violencia física grave.

• 19,7 % de los niños y niñas sufre de violencia psicológica.

ESTRATEGIAS UTILIZADAS EN JUNJI.

A) Estrategias de Promoción del Buen Trato.

B) Estrategias de Prevención del maltrato infantil.

C) Intervención de casos.

A) ESTRATEGIAS DE PROMOCIÓN.

• Promoción del Buen Trato con los Equipos Educativos.

• Promoción del Buen Trato a través de la revisión de las pautas de crianza con las familias.

• Fortalecimiento de vínculos con los(as) apoderados(as).

• Desarrollo de entornos bien tratantes.

B) ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN

Construcción de redes de prevención (profesionales de la salud, psicólogos, asistentes sociales, nutricionistas, educadoras diferenciales, educadora de párvulos, JUNJI).

Psico-educación: - Niños y niñas.

- Familias.

- Comunidad Educativa.

Protocolo de detección e intervención frente a situaciones de maltrato infantil.

C) INTERVENCIÓN DE CASOS: ACCIONES A SEGUIR FRENTE A SITUACIONES DE VULNERACIONES DE DERECHOS.

Frente a la ocurrencia de una situación de vulneración de derechos, desde los jardines infantiles deben informar de la manera más expedida a la Unidad de Salud, Protección y Buen Trato Regional, lo cual debe realizarse no más allá de 24 horas de conocido el hecho, en especial, si se trata de un caso que constituya un delito, es decir, abuso sexual o maltrato físico grave.

Si hay un niño o niña con signos visibles que permitan sospechar que ha sido maltratado/a o agredido/a sexualmente, el equipo del jardín debe llevarlo/a al centro de salud más cercano para constatar lesiones: Informar a la USPBT. Solicitar la autorización del apoderado del niño (representante legal).

Continúa

Luego, la USPBT debe evaluar las condiciones de riesgo del niño/a y la respuesta de la familia al maltrato o agresión sexual develada, con el objetivo de evaluar las necesidades de protección.

La Directora Regional de la JUNJI, o a quien designe, deberá solicitar medida de protección al tribunal en caso necesario. Asimismo, deberá poner el hecho en conocimiento de alguna de las siguientes instituciones: Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones de Chile, Ministerio Público y Tribunales de Justicia.

Seguimiento del caso

REDES DE PROTECCIÓN

Carabineros, Fiscalía, PDI, Juzgados de Familia, SENAME,

OPD.

Establecimientos Educacionales.

Familia.

Niños y niñas.

OBJETIVOS DE TRABAJAR CON LAS UNIDADES EDUCATIVAS.

Conocimiento de la Política Institucional de Buen Trato hacia niños y niñas.

Manejo del Protocolo de detección e intervención de situaciones de maltrato infantil.

Instalación del Flujograma de procedimientos en casos de vulneraciones de derechos.

Utilización de Ficha de registro de casos de maltrato y/o abuso sexual infantil.

OBJETIVOS DE TRABAJAR CON LAS UNIDADES EDUCATIVAS.

Definición de Equipos o representantes de Buen Trato.

Participación en redes (mesas de trabajo).

Incorporación del Buen Trato en el PEI (Proyecto Educativo Institucional).

Gracias.

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