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AGENDA AGENDA 1 Debida de Diligencia del Cliente -DDC- 3 Normativa Contra el Lavado de Dinero y para Prevenir el Financiamiento del Terrorismo ALD/CFT Zonas Francas y el Lavado de Dinero Aspectos Generales del Lavado de Dinero u Otros Activos

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AGENDAAGENDA

1

Debida de Diligencia del Cliente -DDC-3

Normativa Contra el Lavado de Dinero y para Prevenir el Financiamiento del Terrorismo ALD/CFT

Zonas Francas y el Lavado de Dinero

Aspectos Generales del Lavado de Dinerou Otros Activos

ASPECTOS GENERALES ASPECTOS GENERALES

DELDEL

LAVADO DE DINERO U LAVADO DE DINERO U

OTROS ACTIVOSOTROS ACTIVOS

MARCO CONCEPTUALMARCO CONCEPTUALEl lavado de dinero es el proceso de esconder o disimular la existencia, origen, movimiento, destino o uso de bienes o fondos que tienen una fuente ilícita, para hacerlos aparentar como provenientes de una actividad legítima.

El Lavado de Dinero es un delito AUTAUTÓÓNOMONOMO

El Lavado de Dinero es TRANSNACIONALTRANSNACIONAL

Propósitos del lavador:

Encubrir el origen ilícito de los recursos.

Dar apariencia de legalidad o legalizar bienes de origen ilícito.

Mezclar el dinero sucio con actividades o transacciones financieras legítimas.

ALGUNOS DELITOS GRAVESALGUNOS DELITOS GRAVESQUE GENERAN RECURSOS QUE GENERAN RECURSOS ILILÍÍCITOSCITOS

TerrorismoTerrorismo

Trata de blancasTrata de blancasSecuestroSecuestro

CorrupciCorrupcióónn

TrTrááfico ilfico ilíícito de cito de

armas, joyas y oroarmas, joyas y oro

NarcotrNarcotrááficofico

ALGUNOS DELITOS GRAVESALGUNOS DELITOS GRAVESQUE GENERAN RECURSOS QUE GENERAN RECURSOS ILILÍÍCITOSCITOS

ExtorsiExtorsióónn

DefraudaciDefraudacióón n

TributariaTributaria

CorrupciCorrupcióónn

HomicidioHomicidio

por encargopor encargo

RoboRobo

En Guatemala el LD En Guatemala el LD

puede provenir de puede provenir de

cualquier delitocualquier delito

ETAPAS DEL PROCESOETAPAS DEL PROCESO

Recepción física de bienes de

cualquier naturaleza, dinero en

efectivo y productos,

consecuencia de actividades

ilícitas.

Es el paso más difícil del

proceso, lo recolectado se

pretende colocar en la

economía y especial a través

del sistema financiero.

Es la conversión de los fondos ilícitos, estos son estructurados

múltiples veces, a través de una gran cantidad de operaciones

para ocultar, invertir, transformar, asegurar o dar en custodia

bienes provenientes del delito en la economía legal, con el fin

de disimular su origen.

Se finaliza el proceso, el dinero

lavado entra a la economía o al

sistema financiero disfrazado

ahora como "dinero legítimo ".

Recolección

Colocación Estratificación

Integración

SISTEMA DE PREVENCISISTEMA DE PREVENCIÓÓNNPERSONASOBLIGADAS

MINISTERIOPÚBLICO

ORGANISMO JUDICIAL

OTRASUAF/UIF

SIB-IVE

NORMATIVA ALD/CFTNORMATIVA ALD/CFT

NORMATIVA VIGENTE EN NORMATIVA VIGENTE EN GUATEMALAGUATEMALA

Ley Contra el Lavado de Dinero u Otros Activos, Decreto 67-2001 del Congreso de la República, entra en vigencia el 17/12/2001.

Reglamento de la Ley Contra el Lavado de Dinero u Otros Activos, Acuerdo Gubernativo 118-2001 del Presidente de la República, entra en vigencia el 26/04/2002.

Ley para Prevenir y Reprimir el Financiamiento del Terrorismo, Decreto 58-2005 del Congreso de la República, entra en vigencia el 05/10/2005.

Reglamento de la Ley para Prevenir y Reprimir el Financiamiento del Terrorismo, Acuerdo Gubernativo 86-2006 del Presidente de la República, entrada en vigencia el 11/03/2006.

PRINCIPALES ASPECTOSPRINCIPALES ASPECTOSLEY CONTRA EL LAVADO DE LEY CONTRA EL LAVADO DE DINERODINEROU OTROS ACTIVOSU OTROS ACTIVOS

Medidas precautorias (cautelares)

Programas de cumplimiento

Conozca su cliente

Oficiales de cumplimiento

Registros (5 años)

Formulario de ingreso y salida del país

Obligación de informar

Procedimientos y sanciones (administrativo)

Creación de la IVE (UAF de Guatemala) y sus funciones

RRÉÉGIMEN PERSONAS OBLIGADASGIMEN PERSONAS OBLIGADASLEY CONTRA EL LAVADO DE DINERO LEY CONTRA EL LAVADO DE DINERO U OTROS ACTIVOSU OTROS ACTIVOS

Sujetas a la vigilancia e inspección de la SIB;

De corretaje o intermediación en la negociación de valores;

Emisoras y operadoras de tarjetas de crédito;

Fuera de plaza denominadas “off-shore” ;

Las que realicen cualquiera de las siguientes actividades:Canje de cheques;

Emisión, compra-venta de cheques de viajero o giros;

Transferencias sistemáticas o sustanciales de fondos y/o movilización de capitales;

Factoraje;

Arrendamiento financiero;

Compra venta de divisas;

Las cooperativas;

Entidades autorizadas por el Ministerio de Gobernación para realizar Loterías Rifas y similares.

Cualquier otra que por su naturaleza pueda ser utilizada para lavado de dinero; y,

FUNCIONES PRINCIPALES IVEFUNCIONES PRINCIPALES IVELEY CONTRA EL LAVADO DE DINEROLEY CONTRA EL LAVADO DE DINEROU OTROS ACTIVOS (ARTU OTROS ACTIVOS (ARTÍÍCULO 33)CULO 33)

Requerir y recibir información de las personas obligadas

Analizar transacciones sospechosas

Intercambiar información con otras UAF previa suscripción de MOU

Presentar denuncias en caso de indicio del delito de lavado de activos

Asistir al Ministerio Público en el análisis de información que posea

Imponer sanciones a las personas obligadas en caso de incumplimiento

Velar por el cumplimiento de la Ley

PRINCIPALES ASPECTOSPRINCIPALES ASPECTOSLEY PARA PREVENIR Y REPRIMIR EL LEY PARA PREVENIR Y REPRIMIR EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMOFINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO

Ampliación funciones de la IVE (Art. 20)

Identidad de personas obligadas (Art. 15)

Extensión del régimen de prevención (Art. 15)

Envío de RTS (Art. 16)

Régimen Sancionatorio ($10,000.00 a $50,000.00) (Art. 19)

Extensión de las medidas cautelares (Art. 12)

Disposiciones Especiales:

Comiso civil de bienes (Art. 10)

Transferencia de fondos (Art. 17)

Régimen Especial (Art. 18)

Régimen especial de personas obligadas (artículo 18)

Personas individuales o jurPersonas individuales o juríídicas que se dediquen a las dicas que se dediquen a las

siguientes actividades:siguientes actividades:

Promoción inmobiliarias o compra-venta de inmuebles

Compra-venta de vehículos automotores

Comercio de joyas y metales preciosos

Comercio de objetos de arte y antigüedades

Notarios, Contadores Públicos y Auditores, y Contadores. (Rec. Esp. VIII GAFI)

RRÉÉGIMEN PERSONAS OBLIGADAS GIMEN PERSONAS OBLIGADAS LEY PARA PREVENIR Y REPRIMIR EL LEY PARA PREVENIR Y REPRIMIR EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMOFINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO

DEBIDA DILIGENCIA DEBIDA DILIGENCIA

DEL CLIENTE DEL CLIENTE --DDCDDC--

DEBIDA DILIGENCIA DEL CLIENTE DEBIDA DILIGENCIA DEL CLIENTE --DDCDDC--

Identificación y

Verificación

del cliente

Perfil

del Cliente

Procedencia de

los Recursos

Comportamiento

Transaccional del

cliente

ES EL PILAR DE LA PREVENCIÓN

FUNDAMENTOS DE LA DDCFUNDAMENTOS DE LA DDC

¿¿EN QUEN QUÉÉ AYUDA LA DDC?AYUDA LA DDC?Reducir la probabilidad de que las personas

obligadas lleguen a ser un vehículo o víctima de

crimen financiero

Evitar invertir considerable tiempo y costo

Promover los buenos negocios, el buen

gobierno, y la gestión de riesgos entre las

instituciones financieras

A mantener la integridad del sistema financiero

Reducir la frecuencia de fraude financiero

Proteger la reputación de la organización

financiera contra los efectos

perjudiciales de la relación con delincuentes

ZONAS FRANCAS ZONAS FRANCAS

Y EL LAVADO DE Y EL LAVADO DE

DINERODINERO

ZONAS FRANCASZONAS FRANCASY EL LAVADO DE DINEROY EL LAVADO DE DINERO

Las Zonas Francas son vulnerables a ser utilizadas por parte el crimen organizado, principalmente, vinculado al tráfico ilícito de estupefacientes y el lavado de dinero, ya que permiten simular operaciones legitimas por medio del comercio.

Esto debido a que, la economía globalizada transita a través de ellas, mediante el comercio doméstico e internacional de cada uno de los países donde están establecidas.

Esta situación, determino que organismos internacionales, tales como el Grupo de Acción Financiera del Caribe -GAFIC-, indicara a sus países miembros tomar en cuenta medidas sobre las Zonas Francas, como:

PRINCIPALES MEDIDAS ALDPRINCIPALES MEDIDAS ALDPARA ZONAS FRANCASPARA ZONAS FRANCAS

Emitir, promulgar y ejecutar de forma efectiva un amplio régimen legislativo ALD dirigido a las Zonas Francas.

Incorporar a los negocios que operan en las Zonas Francas como Personas Obligadas.

Que los negocios que operan en las Zonas Francas tienen que cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables, y tienen que establecer un programa de cumplimiento contra el lavado de dinero que incluya una revisión independiente y auditorias internas.

PRINCIPALES MEDIDAS ALDPRINCIPALES MEDIDAS ALDPARA ZONAS FRANCASPARA ZONAS FRANCAS

Requerir a los negocios que operan en las Zonas Francas identificar a sus clientes y mantener el registro de cada transacción, y reportar actividades sospechosas a las autoridades.

Disuadir a los negocios que operan en las Zonas Francas de que acepten pagos en efectivo o pagos con giros o cheques de terceros, cheques de viajero, transferencias electrónicas u otros medios, procedentes de partes que no están directamente relacionadas, ya sea como vendedor o comprador, con la transacción subyacente.