eutanasia homicidio piadoso

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HOMICIDIO PIADOSO Artículo 112°.- El que , por piedad , mata a un enfermo incurable que le solicita de manera expresa y consciente para poner fin a sus intolerables dolores , será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años .

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  • 1. HOMICIDIO PIADOSOArtculo 112.- El que, por piedad, mata a un enfermoincurable que le solicita de manera expresa y conscientepara poner fin a sus intolerables dolores, ser reprimidocon pena privativa de libertad no mayor de tres aos.
  • 2. INSTIGACION O AYUDA AL SUICIDIOArtculo 113.- El que instiga a otro al suicidio o lo ayuda acometerlo, ser reprimido, si el suicidio se ha consumado ointentado, con pena privativa de libertad no menor de uno nimayor de cuatro aos.La pena ser no menor de dos ni mayor de cinco aos, si elagente actu por un mvil egosta.
  • 3. Eutanasia (Del gr. , bien, y , muerte).Accin u omisin que, para evitar sufrimientos a los pacientesdesahuciados, acelera su muerte con su consentimiento o sin l.Muerte sin sufrimiento fsico.
  • 4. Dolor(Del lat. dolor, -ris).Sensacin molesta y aflictiva de una parte del cuerpo por causainterior o exterior.Sentimiento de pena y congoja.SufrimientoPaciencia, conformidad, tolerancia con que se sufre algo.Padecimiento, dolor, pena.
  • 5. Dolo(Del lat. dolus).1. Engao, fraude, simulacin.2. Der. Voluntad deliberada de cometer un delito a sabiendas de suilicitud.3. Der. En los actos jurdicos, voluntad maliciosa de engaar aalguien o de incumplir una obligacin contrada.
  • 6. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIA Por eutanasia se entiende la ayuda prestada a una persona gravemente enferma, por su deseo o por lo menos en atencin a su voluntad presunta, para posibilitarle una muerte humanamente digna en correspondencia con sus propias convicciones (1). Adems, se puede diferenciar entre eutanasia en sentido amplio y estricto.(1) Roxin, Claus. Eutanasia y Suicidio. Cuestiones Dogmticas y de Poltica Criminal. Lima. Ara Editores, 2008.
  • 7. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIALa eutanasia en sentido estricto existe cuando la ayuda essuministrada despus de que el suceso mortal hayacomenzado, por lo que la muerte est prxima con o sin talayuda.En un sentido amplio puede hablarse tambin de eutanasiacuando alguien colabora a la muerte de una persona que, enrealidad, podra vivir todava ms tiempo, pero que quiereponer fin a una vida que le resulta insoportable por causa deuna enfermedad.
  • 8. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIAII. LA EUTANASIA PURAComo eutanasia pura puede caracterizarse el caso en el que aun moribundo se le administran medios paliativos del dolorque no tienen por efecto un acortamiento de la vida.El alivio deseado del dolor sin acortamiento de la vida.-Esta es una conducta impune cuando se practica con laaprobacin del paciente. Es igualmente impune cuando elmoribundo ya no puede realizar ninguna declaracin devoluntad o cuando no puede formularla responsablemente,pero donde el alivio del dolor es por regla general admisible alcorresponderse con su voluntad presunta.
  • 9. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIAEl alivio del dolor en contra de la voluntad del paciente.-En cualquier caso, tal deseo debe respetarse.Cuando no obstante se le suministra una inyeccin almoribundo, acaso porque el mdico tiene su negativa porirracional, ello constituira un ataque no permitido a laintegridad corporal y, por tanto, punible.
  • 10. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIAOmisin del alivio del dolor en contra de la voluntad delpaciente.-Es el caso en el que se omite el tratamiento analgsico, o stees aplicado de modo insuficiente, a pesar de que el pacientelo pide expresamente.Tambin este comportamiento es por general una lesincorporal punible por omisin, pues la posicin de garante delmdico y de parientes cercanos se extiende a ahorrarle alpaciente un sufrimiento innecesario.
  • 11. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIAEs ms, tambin el no evitar, o no disminuir el dolor es unmaltrato.Faltando en el caso concreto el deber de garante, todavaentra en consideracin una omisin del deber de socorro.
  • 12. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIAIII. LA EUTANASIA INDIRECTASe habla de eutanasia indirecta cuando sobre un enfermoterminal se aplican medidas paliativas del dolor, a pesar deque stas pueden acelerar el acaecimiento de la muerte.Una medicacin destinada a aliviar el dolor expedida por unfacultativo, en correspondencia con la voluntad declarada opresunta del paciente, no resulta inadmisible en unmoribundo aunque suponga como consecuencia laaceleracin del proceso mortal. Sentencia del TribunalSupremo Federal Alemn (1996).
  • 13. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIASi la eutanasia indirecta es impune, se debe a que junto a lavoluntad del paciente a un resultado concreto, se aade laconsideracin de que dado el caso, el deber de alargar laconservacin de la vida cede frente a la obligacin de atenuarel sufrimiento.Una vida algo ms corta sin graves dolores puede ser msvaliosa que otra no mucho ms larga acompaada de unsufrimiento apenas soportable. Es decisivo que el pacientepueda expresar todava su voluntad.
  • 14. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIA Si el paciente no puede tomar una decisin responsable, lacuestin depender de su voluntad presunta.Para su determinacin debe tenerse en cuenta no slo suseventuales manifestaciones anteriores, sino tambin el gradode cercana de la muerte, su probabilidad, la medida en quese acorta la vida, as como su dificultad para soportar el dolor.
  • 15. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIALa dimensin temporal de la eutanasia indirecta.-El Tribunal Supremo Federal y los principios del ConsejoGeneral de Colegio Mdicos hablan nicamente delmoribundo, lo que a mi juicio resulta demasiado estrecho.Por ejemplo, para casos incurables de cncer puede existirdolores insoportables durante semanas e incluso meses antesde la muerte, esto es, en un momento en que el enfermotodava no est muriendo.
  • 16. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIAEn el Proyecto Alternativo sobre Eutanasia, no se habalimitado por ello a la eutanasia indirecta, sino quesencillamente se extendi a los enfermos terminales, con loque por enfermedad mortal se entendi aquella en cuyoproceso mortal ya no puede intervenir la actuacin mdica deun modo decisivo.La eutanasia resulta punible cuando es llevada a cabo con laintencin de matar, esto es, cuando el motivo de la misma noes la disminucin de sufrimiento sino la muerte.En tales casos, cuando media el deseo expreso delmoribundo, existe tambin un homicidio a peticin.
  • 17. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIAIV. LA EUTANASIA PASIVACuando una persona (normalmente el mdico, o susayudantes, aunque tambin algn pariente) que se encuentraal cuidado de otra, omite alargar una vida que est tocando asu fin.Se renuncia a una operacin o a un tratamiento intensivo quehabra posibilitado al paciente una vida algo ms larga.
  • 18. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIALa omisin de medidas que alargan la vida puede suceder deacuerdo con el deseo del paciente o en contra de su voluntad;otro supuesto es aquel en la que el paciente se encuentra yaen una situacin en la que no puede expresarse.La no adopcin o cese de medidas que alargan la vida pordeseo del paciente.-En tales supuestos la situacin jurdica es en principio clara. Elhecho queda impune, pues resulta inadmisible tratar a unpaciente en contra de su voluntad.
  • 19. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIALa interrupcin tcnica del tratamiento como omisin (unhacer positivo) .-El supuesto clsico es aquel en el que por deseo del pacientees desconectado un aparato de respiracin artificial, donde lapresin sobre el interruptor es un hacer.A pesar de ello no se trata de una eutanasia activa puniblelegalmente como homicidio peticin. Y es que de acuerdo consu significado social el suceso se muestra como la interrupcindel tratamiento y por tanto, como la omisin de una actividadadicional.
  • 20. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIALa frontera entre una eutanasia activa punible y la pasivaimpune, no debe extraerse del criterio naturalsticoconsistente en el desarrollo o no de movimientos corporales.Ms bien depende de si normativamente es interpretablecomo un cese del tratamiento, pues entonces existe unaomisin en sentido jurdico que, al apoyarse en la voluntaddel paciente, resulta ser impune.
  • 21. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIALa interrupcin tcnica del tratamiento por una persona queno es mdico.-Un hombre cuidaba a su mujer enferma que padeca deparlisis progresiva. Finalmente fue ingresada moribunda enun hospital donde fue conectada a un aparato de respiracinartificial.Ella experiment esta circunstancia como un tormentoinsoportable, y en pleno uso de sus facultades mentales, tal ycomo dijo, con ayuda de una mquina de escribir elctricaespecial con la que nicamente poda hacerse entender, hizola siguiente declaracin:
  • 22. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIA Quiero morir porque mi situacin es ya insoportable, cuantoms rpido mejor. Lo deseo de todo corazn.De acuerdo con ello el marido, que permaneca en lahabitacin del hospital, desconect el aparato y cuid de lamujer hasta que en una hora le sobrevino la muerte, a causade un paro cardiaco.De haberse enjuiciado este caso como homicidio cometidotravs de un comportamiento activo, habra existido unhomicidio a peticin punible. Considerada la interrupcinclnica del tratamiento como una eutanasia pasiva aplicadacon la aprobacin del paciente, el marido queda impune.
  • 23. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIALa omisin de medidas que alargan la vida en contra deldeseo del paciente.-En estos casos existe un homicidio omisivo, puesto que lainactividad ha conducido al paciente a la muerte o a unamuerte temprana, y el omitente ocupa una posicin degarante, como por lo general es el caso de los mdicos o losparientes.En ausencia de la posicin de garante, siempre puede estar enjuego la punibilidad por una omisin del deber de socorro.
  • 24. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIALa omisin de medidas que mantienen la vida en el momentodecisivo en el que el paciente es incapaz de declarar.-Cuando el paciente se encuentra en una situacin prolongadade incapacidad, el Tribunal Supremo Federal permite larenuncia a medidas que prolonguen la vida como larespiracin asistida, transfusiones de sangre o alimentacinartificial.Para una interrupcin del tratamiento, antes de la puesta enmarcha del proceso mortal, por el tribunal Tutelar, debetenerse en cuenta la voluntad presunta del enfermo.
  • 25. TRATAMIENTO JURDICO PENAL DE LA EUTANASIAPara la comprobacin de la voluntad presunta se deben teneren cuenta criterios rigurosos: las manifestaciones previas delenfermo, ya sean orales o escritas; sus convicciones religiosas,sus otros valores personales; sus expectativas de vida deacuerdo a su edad o el padecimiento de dolores.En caso de duda, la proteccin de la vida humana tienepreferencia sobre las convicciones del mdico o de losparientes.