delitos en los que procede la suspension condlclonal … · 2017-04-03 · homicidio-suicidio....

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DELITOS EN LOS QUE PROCEDE LA SUSPENSION CONDlClONAL DEL PROCESO Y DE LA PENA La suspension condicional del proceso y la suspension condicional de la pena, son dos alternativas que se pue- den aplicar a la lista de delitos que tiene usted a continua- cion. Para la aplicacion de estos beneficios, es necesario cum- plir algunos requisitos: a) Para la suspension condicional del proceso debe ser previsible la aplicacion de la suspension condicional de la pena. La suspension condicional de la pena, es aplicable cuan- do: a) Una persona haya sido condenada a pena privati- va de libertad que no supere 10s tres aiios. b) La persona no haya sido condenada en 10s ultimos cinco afios por un delito doloso; por lo cual el Juez debera acudir a 10s respectivos registros y compro- bar esta situacion.

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DELITOS EN LOS QUE PROCEDE LA SUSPENSION CONDlClONAL DEL PROCESO Y DE LA PENA

La suspension condicional del proceso y la suspension condicional de la pena, son dos alternativas que se pue- den aplicar a la lista de delitos que tiene usted a continua- cion.

Para la aplicacion de estos beneficios, es necesario cum- plir algunos requisitos:

a) Para la suspension condicional del proceso debe ser previsible la aplicacion de la suspension condicional de la pena.

La suspension condicional de la pena, es aplicable cuan- do:

a) Una persona haya sido condenada a pena privati- va de libertad que no supere 10s tres aiios.

b) La persona no haya sido condenada en 10s ultimos cinco afios por un delito doloso; por lo cual el Juez debera acudir a 10s respectivos registros y compro- bar esta situacion.

APLICACI~N P ~ C T T C A DE LOS INSTTNTOS PENALES

DELITOS EN LOS QUE PROCEDE LA APLICACION CONDICIONAL DEL PROCESO Y DE LA PENA (Ordenados por articulo)

@ JOSE LUIS GARCIA €STEVE.?

Art. 142 Art. 144

Art. 145

escudo o el himno de un estado extranjero. Peculado. Malversacion.

Cohecho pasivo propio.

Cuando se sanciona con la pena de multa.

APLICACI~N PR~CTICA DE LOS INSTlTUTOS PENALES !&'

Art. 159 Art. 161

Art. 162 Art. 164

Art. 166

Resistencia a la autoridad. lmpedir o estorbar el ejercicio de funciones. Desacato. Ejercicio indebido de profesion. Acusacion y denuncia falsa.

@ JOSE LUIS GARCUI ESTEVEZ

APUCACl6N PRdCTlCA DE LOS INSMUTOS PENALES !&&'

JOSE LUIS GARCIAESTEVEZ

n w c n M N P M c w A DE Los I N s r I r u m PENALES a

sh3 JOSE LUIS GARCIA EST=

Art. 254

Art. 255

Art. 256 Art. 257

Art. 258

Homicidio por emocion violenta. Homicidio en practicas deportivas. Homicidio-suicidio. Homicidio piadoso. Infanticidio.

APUCACI~N PRAC~CA DE LOS INSTITUTOS PENALES a

@ JOSE LUIS GARCIA ESTEVEZ

Art. 283 Art. 284

Calumnia. Ofensa a la memoria de difuntos.

multa.

Cuando se sanciona con la pena de multa en el caso de la difamacion.

APUCACI~N PRACTICA DE LOS INSTITUTOS PENALES a

Art. 299

Art. 300

Allanamiento por funcionario publico. Violacion de la correspondencia y papeles privados.

meses a dos aiios y multa de 30 a 100 dias.

Cuando se sanciona con la pena de multa.

a JOSE LUIS GARCLA ESTEMZ

SANCION ART~CULO Art. 301

Art. 302

Art. 303

Art. 304 Art. 305 Art. 306

Art. 307

Art. 309 Art. 31 3

DELITO Violacion de secretos en correspondencia no destinada a la publicidad. Revelacion de secret0 profesional. Atentados contra la libertad de trabajo. Monopolio de trabajo. Conducta culposa. Violencias o amenazas, por obreros y empleados. Coacciones por patron, empresario o empleado. Estupro. Rapto propio.

APuCAC~N PRACT~CA DE LOS INSTINTOS PENALES ~3

JOSE LUIS GARCIA EST= -

A P U ~ G ~ ~ N PRAC~CA M i.os l N s m r o s PENALES a DELITOS EN LOS QUE PROCEDE LA SUSPENSION CONDlClONAL DEL PROCESO Y DE LA PENA (Ordenados Alfabeticamente)

!a JOSE LUIS GARCIA ESTEVEZ

Agravacion y atenuacibn. (en delitos de lesiones gravisimas, graves y leves). Alteration de linderos.

Art. 272

Art. 352

APUCACl6N PRACTICA DE LOS INSTITUTOS PENALES !&z

Asociacion delictuosa.

Atentado contra la seguridad de 10s transportes.

345 Art. 132

Art. 213

Cuando se sanciona con la pena de prestacion de trabajo.

@ JOSE LUIS GARCIA ESTNEZ

Calumnia.

Coaccion.

Coacciones por patron, empresario o empleado. Cohecho activo.

Art. 283 Art. 294 Art. 307 Art. 158

A P U C A C ~ N PRACTICA DE LOS INSTlTUTOS PENALES !3

Estado. Contribuciones y ventajas ilegitimas. Corrupcion agravada.

Corrupcion de mayores.

221 Art. 228 Art. 31 9 Art. 320

a JOSE LUIS GARCIA ESTRIR

, Estado aliado. Denegacion de auxilio. Denegacion de auxilio. Desacato.

120 Art. 155 Art. 281 Art. 162

A P L ~ C A C I ~ N ~~Acr rcn DE LOS INSTlTUrOS PENALES !$zz

JOSE LUIS GARCIA EST- -.(

Extorsion.

Fabricacion, comercio o tenencia de substancias explosivas, asfixiantes, etc. Falsedad ideologica en certificado medico.

Art. 333 Art. 211

Art. 201

APUCACI~N P ~ C ~ C A DE LOS INSTITWOS PENALES 9%'

Formas culposas.

Fraude comercial.

Fraude de seguro.

169 Art. 220 Art. 235 Art. 338

,@ JOSE LUIS GARCIA ESTNEZ

Hurto de cosa comlin.

Hurto.

lmpedir o estorbar el ejercicio de funciones. Impresion fraudulenta de sello oficial.

Art. 327 Art. 326 Art. 161 Art. 191

APLICACI~N PRAC~CA DE LOS INSTITUSOS PENALES @

a JOSE LUIS GARCIA ESTEVEZ

mercaderias. Monopolio de trabajo.

Negativa o retardo de justicia. Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones publicas.

Art. 304 Art. 177 Art. 149

APLICACldN PEk7lCA DE LOS INSllTUTOS PENALES

de posesion. Practica habitual del aborto. Prevaricato.

Privacion de libertad.

353 Art. 269 Art. 173 Art. 292

JOSE LUIS GARCIA €STEVE? -

Reception y entrega indebida. Receptacion.

Reduction a la esclavitud o estado analogo. Resistencia a la autoridad.

Art. 185 Art. 172 Art. 29 1 Art. 159

A P U C A C ~ N PRACTICA DE LOS lNSTlTUTOS PENALES sh3

!@ JOSE LUIS GARCIA E S T M Z

Vejaciones y torturas.

Violation de inmunidades. Violacion de la correspondencia y papeles privados.

Art. 295 Art. 136 Art. 300

Cuando se sanciona con la pena de rnulta.

APUCACI~N P R A C ~ C A DE LOS I N S ~ T O S PENALES w3

DELlTO Violacion de privilegio de invencion. Violacion de secretos en correspondencia no destinada a la publicidad. Violacion de tratados, treguas, armisticios o salvoconductos. Violencias o amenazas, por obreros y empleados.

ART. Art. 363 Art. 301

Art. 137

Art. 306

NO SE APLICA EN ...