6ta. semana las excepciones

30
El Derecho de Defensa DERECHO PROCESAL CIVIL I Semana: 6

Upload: elianala

Post on 23-Oct-2015

59 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: 6ta. Semana Las Excepciones

El Derecho de Defensa

DERECHO PROCESAL CIVIL ISemana: 6

Page 2: 6ta. Semana Las Excepciones

DIVERSAS FORMAS DE EJERCITAR EL DERECHO DE CONTRADICCIÓN POR PARTE DEL DEMANDADO

a) una meramente negativa, de espectador del proceso, sin comparecer ni contestar la demanda, origina la REBELDIA.

b) una actitud pasiva, cuando interviene en el proceso y contesta la demanda pero sin asumir una posición a favor ni en contra de la pretensión del demandante.c) Otra cuando acepta expresamente la pretensión del actor,

es decir, se allana a la demanda.d) de oposición y defensa relativa, interviene, contesta la

demanda para negar el derecho material del actor y los hechos que lo sustentan.

e) Reconviniendo, para formular pretensiones en su contestación, siempre que ambas, la del actor y la del demandado, tengan conexión jurídica.

Page 3: 6ta. Semana Las Excepciones

Finalmente, el demandado tiene tres clases de defensa:

1) Defensa de fondo: cuando se opone a la pretensión procesal o formulando Excepciones Sustantivas.

2) Defensa de forma: cuando se ataca a la demanda por omisiones formales, generalmente deduciendo excepciones procesales dilatorias o perentorias.

3) Defensa previas, No ataca ni a la pretensión ni la formalidad de la demanda, si no que se interpone cuando no se ha

cumplido con un requisito de procedibilidad, es decir que la ley dispone que deben satisfacerse previamente determinados requisitos sin los cuales no es posible iniciar válidamente el proceso civil.

Page 4: 6ta. Semana Las Excepciones

En conclusión, el demandado puede:

Allanarse total o parcialmente a la pretensión del actor,

Admitir o negar los hechos aducidos por el actor,

Alegar excepciones procesales

Alegar defensas previas y excepciones Materiales.

Formular reconvención.

Page 5: 6ta. Semana Las Excepciones

Las Defensas de Fondo:

Contradicen la Contradicen la pretensión del pretensión del demandante o demandante o deducen deducen Excepciones Excepciones SustantivasSustantivas

Page 6: 6ta. Semana Las Excepciones

EXCEPCIONES PROCESALES: Son defensas de forma que consiste en la denuncia que formula el demandado señalando que hay un presupuesto procesal o condición de la acción ausente o defectuosa, que genera una relación jurídica procesal inválida.

Trámite.-El Plazo lo determina cada vía procedimental, se sustancia en cuaderno separado.Deducida la excepción dentro del plazo, se corre traslado a la otra parte para que absuelva en el plazo que fija el procedimiento.Solo se admite como medio probatorio los documentales.Al iniciar el auto de saneamiento procesal se resuelven las excepciones, si se declara infundada se pasa a la etapa del saneamiento.

Page 7: 6ta. Semana Las Excepciones

Excepciones Dilatorias : Suspenden el proceso. Conceden un plazo para subsanar. Si no se cumple concluye el proceso y el efecto es perentorio.

Excepciones Perentorias: Extinguen el proceso

a) Perentorias Simples: Extinguen el proceso sin afectar la pretensión procesal hecha valer en él, la que podrá ser intentada nuevamente.

B) Perentorias Complejas: Extinguen el proceso y cancelan para siempre la pretensión procesal, que nunca más podrá ser intentada ante los órganos jurisdiccionales.

Page 8: 6ta. Semana Las Excepciones

EXCEPCIONES Y DEFENSAS PREVIAS

Excepción Dilatoria Perentoria Presupuesto Procesal

Condición de la Acción

Incompetencia X

X

Incapacidad del demandante o

su representante

X X

Representación defectuosa del demandante o

demandado

(demandante)

(demandado)

X

Por José Díaz Vallejo

Page 9: 6ta. Semana Las Excepciones

Excepción Dilatoria Perentoria Presupuesto Procesal

Condición de la Acción

Oscuridad o ambigüedad

en el modo de proponer la

demanda

X

X

Falta de agotamiento

de vía administrativa

X

X

Falta de legitimidad

para obrar del demandante o

demandado

(demandado)

(demandante)

X

LitispendenciaX X

Page 10: 6ta. Semana Las Excepciones

Excepción Dilatoria Perentoria Presupuesto Procesal

Condición de la Acción

Cosa JuzgadaX X

Desistimiento de la

pretensiónX X

Conclusión del proceso por conciliación

o transacción

X X

CaducidadX X

Prescripción extintiva X X

Convenio Arbitral X X

Page 11: 6ta. Semana Las Excepciones

EXCEPCIONES PROPONIBLES:

a) Denuncian la ausencia o insuficiencia de presupuestos procesales

a.1) Competencia: Incompetencia (PS)

a.2) Capacidad procesal de las partes: * Incapacidad del demandante (PS) * Incapacidad del representante del demandante (PS) * Representación defectuosa del demandante (D) * Representación insuficiente del demandante (D) * Representación defectuosa del demandado (PS) * Representación insuficiente del demandado (PS)

a.3) Requisitos de la demanda* Oscuridad en el modo de proponer la demanda (D)* Ambigüedad en el modo de proponer la demanda (D)

Page 12: 6ta. Semana Las Excepciones

b) Denuncian la ausencia de condiciones de la acción:

b.1) Legitimidad para obrar:* Falta de legitimidad para obrar del demandante (PS)* Falta de legitimidad para obrar del demandado (D)

b.2) Interés para obrar:* Litispendencia (PC)* Desistimiento de la pretensión (PC) * Transacción (PC) * Prescripción extintiva (PC)* Caducidad (PC)* Cosa juzgada (PC)* Conciliación (PC)* Falta de agotamiento de la Vía administrativa (PS)* Convenio Arbitral (PC)

Page 13: 6ta. Semana Las Excepciones

EXCEPCIONES:

A) Afectan al Juez: Incompetencia

B) Afectan a las partes:

B.1) Demandante:* Incapacidad del demandante o representante * Representación defectuosa del demandante* Representación insuficiente del demandante

B.2) Demandado:* Representación defectuosa del demandado* Representación insuficiente del demandado

Page 14: 6ta. Semana Las Excepciones

C) Afectan a la demanda: * Oscuridad en el modo de proponer la demanda * Ambigüedad en el modo de proponer la demandaD) Afectan el interés para obrar * Falta de agotamiento de la vía administrativa * Litispendencia * Cosa juzgada * desistimiento de la pretensión * Caducidad * Conclusión del proceso por conciliación * Conclusión del proceso por transacciónE) Afectan la legitimidad: * Falta de legitimidad para obrar del demandante * Falta de legitimidad para obrar del demandado

Page 15: 6ta. Semana Las Excepciones

EFECTOS DE LAS EXCEPCIOPNES: Cuando se declara fundada la excepción esta reviste 2 efectos:

Anulan todo lo actuado y da por concluido el proceso cuando se trata de las siguientes excepciones:*Incompetencia* Representación insuficiente del demandado* Falta agotar la vía administrativa* Falta de legitimidad para obrar del demandante* Litispendencia* Cosa Juzgada* Desistimiento de la pretensión.* Conclusión del proceso por conciliación o transacción judicial* Caducidad* Prescripción extintiva* Convenio arbitral

Page 16: 6ta. Semana Las Excepciones

Suspenden el proceso cuando se declara fundada las siguientes excepciones:

* Incapacidad del demandante o representante

* Representación defectuosa o insuficiente del demandante

* Oscuridad o ambigüedad en el modo de proponer la demanda

* Falta de legitimidad para obrar del demandado.

Page 17: 6ta. Semana Las Excepciones

Excepción de Incompetencia:* Incompetencia absoluta: materia, cuantía, grado y turno.* Incompetencia relativa o renunciable: territorio. Salvo en materia de Sucesiones.

Excepción de Incompetencia:Denuncia una deficiencia en el presupuesto procesal de la competenciaEs una excepción perentoria simpleEfectos: Anular lo actuado y dar por concluido el proceso (451 inc. 5)

Page 18: 6ta. Semana Las Excepciones

Excepción de Incapacidad del demandante o de su representante

Denuncia una deficiencia en el presupuesto procesal de la capacidad procesal

Es una excepción dilatoria

Efectos: Suspender el proceso hasta que se subsane el defecto o la insuficiencia de representación del demandante dentro del plazo que fijará el auto resolutorio. (451 inc. 2)

Page 19: 6ta. Semana Las Excepciones

Excepción de Oscuridad o Ambigüedad en el modo de proponer la demanda

Denuncia una deficiencia en el presupuesto procesal de los requisitos de la demanda.

Es una excepción dilatoria

Efectos: Suspender el proceso hasta que el demandante subsane los defectos señalados en el auto resolutorio y dentro del plazo que este fije (451 inc. 3).

Page 20: 6ta. Semana Las Excepciones

Excepción de Falta de Agotamiento de la Vía Administrativa

Denuncia una deficiencia en la condición de la acción del interés para obrar.

Es una excepción perentoria simple

Efectos: Anular lo actuado y dar por concluido el proceso (451 inc. 5)

Page 21: 6ta. Semana Las Excepciones

Excepción Falta de Legitimidad para obrar del demandante o del demandado

Denuncia una deficiencia en la condición de la acción de la legitimidad para obrar activa o pasiva. La legitimidad para obrar es la adecuación de los sujetos de la relación jurídica sustantiva a la relación jurídica procesal. Existen casos de legitimación extraordinaria: Ej. Código Civil, artículo 220 La nulidad del acto jurídico puede ser alegada por quienes tengan interés o por el Ministerio Público. Es una excepción mixta dilatoria y perentoria.

Page 22: 6ta. Semana Las Excepciones

Excepción de Falta de Legitimidad para obrar del demandante o del demandado

Efectos de la excepción de falta de legitimidad para obrar del demandado:   Suspender el proceso hasta que el demandante establezca la relación jurídica procesal ente las personas que el auto resolutorio ordene y dentro del plazo que éste fije (451 inc. 4)

Casos: Demandar a quien no se debe. Demandar a alguien que está de más.

Efectos de la excepción de falta de legitimidad para obrar del demandante: Anular lo actuado y dar por concluido el proceso (451 inc. 5).

Page 23: 6ta. Semana Las Excepciones

La Triple Identidad:

Artículo 452.- Procesos idénticos.- Hay identidad de procesos cuando: Las partes o quienes de ellos se deriven sus derechos

El petitorio y

El interés para obrar

sean los mismossean los mismos..

Page 24: 6ta. Semana Las Excepciones

Excepción de Litispendencia

• Procede cuando se inicia un proceso idéntico a otro que se encuentra en curso (453 inc. 1)

• Es una excepción perentoria Compleja. Determina la extinción del segundo proceso y la continuación del primero.

• Efectos: Anular lo actuado y dar por concluido el proceso (451 inc. 5)

Page 25: 6ta. Semana Las Excepciones

Excepción de Cosa Juzgada

• Procede cuando se inicia un proceso idéntico a otro que ya fue resuelto y cuenta con sentencia o laudo firme (453 inc. 2)

• Denuncia la falta de interés para obrar

• Es una excepción perentoria compleja. Extingue el proceso y la pretensión principal.

Efectos: Anular lo actuado y dar por concluido el proceso (451 inc. 5).

Page 26: 6ta. Semana Las Excepciones

Excepción de Desistimiento de la pretensión

Procede cuando se inicia un proceso idéntico a otro en el que el demandante se desistió de la pretensión (451 inc. 3).

Denuncia la ausencia de la condición de la acción del interés para obrar

La Excepción de Desistimiento de la pretensión:

Es una excepción perentoria.

Efectos: Anular lo actuado y dar por concluido el proceso (451 inc. 5).

Page 27: 6ta. Semana Las Excepciones

Excepción de conclusión del proceso por

conciliación o transacción

Procede cuando se inicia un proceso idéntico a otro en que las partes

conciliaron o transigieron (453 inc. 4).

No confundir con la Conciliación Extrajudicial cuya acta se ejecuta en la

Vía del Proceso Único de Ejecución.

No confundir con la transacción extrajudicial que se ejecuta en la Vía

del Proceso Único de Ejecución.

Es una excepción perentoria compleja.

Efectos: Anular lo actuado y dar por concluido el proceso (C.P.C., 451

inc. 5).

Page 28: 6ta. Semana Las Excepciones

Excepción de Caducidad

La caducidad se produce transcurrido el último día del plazo, aunque éste sea inhábil (C.C., 2007).

Es una excepción perentoria compleja.

Efectos: Anular lo actuado y dar por concluido el proceso (C.P.C., 451 inc. 5).

Excepción de Prescripción ExtintivaLa prescripción se produce vencido el último día del plazo (C.C., 2002). Es una excepción perentoria compleja Se denuncia la ausencia de una condición de la acción: voluntad de la ley.Efectos: Anular lo actuado y dar por concluido el proceso (451 inc. 5).

Page 29: 6ta. Semana Las Excepciones

Excepción de Convenio Arbitral

Para la excepción de convenio arbitral únicamente se admite como medio probatorio el documento que acredita su existencia (Art. 448 in fine CPC).

• Es una excepción perentoria compleja.

• Efectos: Anular lo actuado y dar por concluido el proceso (451 inc. 5).

Page 30: 6ta. Semana Las Excepciones

Caso Práctico Nº 06:

El comprador “A” denuncia al vendedor “B” para que ingrese al proceso y cuando el Juez en su sentencia ordene que tiene que devolver el bien inmueble a “C”; que el vendedor le devuelva el importe del precio de venta, la indedemnización por daños y perjuicios y el pago de costas y costos del proceso (resolver las preguntas de la autoevaluación referente al caso).