1. curso gestiÓn de la sst bajo la norma ohsas 18001.pptx

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GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Cristian Evaristi Rodríguez JERARQUIA DE LA NORMATIVA LEGAL EN CHILE

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GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Cristian Evaristi Rodrguez JERARQUIA DE LA NORMATIVA LEGAL EN CHILE

COMPETENCIAS ASOCIADAS AL MODULO Para el desarrollo de esta competencia, ser necesario conocer la normativa de seguridad salud ocupacional atingente a los procesos que se desarrollan en nuestra institucin. Compatibilizar las normas con la gestin diaria del mbito de las responsabilidades, situacin que se torna compleja si no se tiene los conceptos tericos fundamentales, ni el conocimiento de las prcticas administrativas para su implementacin.

PROPOSITO DEL MODULOProporcionar las herramientas necesarias para que los alumnos aprendan y comprendan los principios fundamentales de la legislacin de seguridad y salud ocupacional vigente y su aplicacin prctica en la gestin de los procesos propios de sus especialidades y ambientes laborales:

ORDENAMIENTO NORMATIVOLasnormas reguladoras de la conducta humana no se encuentran aisladasy en desorden sino que constituyen conjuntos orgnicos sistematizados de mandatos vinculados entre si, denominados ordenamiento normativo.

ORDENAMIENTO JURIDICOCOMO SISTEMA DE NORMAS Concepto: Conjunto sistematizado de normas cuya razn de validezderiva de la misma constitucino norma superior fundamental. Las normas jurdicas (leyes, decretos, sentencias judiciales, contratos, etc.). No se encuentran aisladas una de otras, sino vinculadas entre si por relaciones defundamentacin o derivacinque las constituyen en un unitario o sistema denominado orden u ordenamiento jurdico, lo que determina la jerarqua y coordinacin que existen entre las normas jurdicas, en donde cada uno tiene su lugar.

ESTRUCTURA DEL SISTEMA (TEORIA DE LA PIRAMIDE JURIDICA)Aclarando la estructura lgica del ordenamiento jurdico, constituye no un sistema de normas jurdicas de igual jerarqua, situadas unas al lado de las otras, sino un orden escalonado, de diferentes capas de normas.

MODELO DE LA PIRAMIDE KELSENIANA La pirmide kelseniana representa grficamente la idea de sistema jurdico escalonado. Segnla teora kelseniana de la jerarqua de las normas apeldaosla validez de cada norma vendra sustentada por la existencia de otra norma de rango superior y, as, sucesivamente. Este proceso no puede ser infinito y, para ello, debe existir una norma hipottica (ficticia) fundamental (la llamadaGrundnorm/Regla ltima).Cualquier norma jurdica no podra considerarse aisladamente sino como parte integrante de un marco normativo que mantenga sus propias reglas de autoproduccin, vigencia y derogacin.

MODELO DE LA PIRAMIDE KELSENIANA Cuanto ms nos acercamos a la base de la pirmide, el escaln es ms ancho, es decir, hay un mayor nmero de normas jurdicas. As, el escaln superior es muy pequeo, pues Constitucin slo hay una, el escaln por debajo es ms ancho (porque hay ms leyes que "constituciones"), el siguiente ms ancho que el anterior (porque hay ms reglamentos que leyes) y as sucesivamente.

JERARQUIA DE LA NORMATIVA EN CHILECONSTITUCION

Ley de Reforma Constitucional

Ley Interpretativa Constitucin Ley Orgnica Constitucional

Ley de Qurum Calificado

Ley Comn

Decreto con Fuerza de Ley

Decretos Leyes

Decretos Supremos y Reglamentos

TratadosFuente: Elaboracin propia Para fines explicativos, utilizaremos a lo largo de este modulo, la siguiente pirmide normativa que establece jerarqua o importancia de una norma jurdica. 9

JERARQUIA DE LA NORMATIVA EN CHILEDecretos Supremos y Reglamentos

Ley Orgnica Constitucional

Ley de Qurum Calificado

Ley Comn

Decreto con Fuerza de Ley

CONSTITUCIN

Fuente: Elaboracin propia Ley de Reforma Constitucional

Ley Interpretativa Constitucin Hay que advertir que ella puede dar lugar a ciertos equvocos as que, igualmente, agregamos un segundo grafico que permite comprender el ordenamiento legal desde el punto de vista del alcance institucional de sus normas con lo cual afirmamos que la dinmica normativa institucional no debiera ser un esquema rgido. Tratados10

Las ilustraciones permiten poner de relieve cmo el sistema opera.

Al mismo tiempo, el ltimo en particular permite afirmar y comprender lo siguiente:JERARQUIA DE LA NORMATIVA EN CHILE

Las leyes que reforman la constitucin son incorporadas a ella, pero con un qurum distinto (no se plebiscitan). Asumiendo que las constituciones no se aprueban en el parlamento, se podra decir que como cuerpo normativo, posee una mayor jerarqua, pero las normas que la reforman tienen el mismo peso, no son normas independientes.

Los Tratados tienen un rango legal jerrquico menor que la Constitucin, pero en algunos casos sus normas tienen rango constitucional.JERARQUIA DE LA NORMATIVA EN CHILEHay una cadena sucesiva en la creacin de la norma as como una continua sucesin de limitaciones, formalidades, etc. Sin embargo la Constitucin es la madre de todas las normas de manera que sus principios no tienen carcter enunciativo sino que se postulan como inspirador de todo el ordenamiento legal.Por ende, todas las normas no slo tienen una anterior que las genera y de la que derivan, sino tambin los principios constitucionales funcionan como un paraguas sobre toda la normativa.Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.La familia es el ncleo fundamental de la sociedad.Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar proteccin a la poblacin y a la familia.El terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos.

Cabe observar que se excluyen los Decretos Leyes. En nuestro ordenamiento hoy, no tiene un lugar, mas que los que an se encuentran vigentes, dado que cobran existencia cuando ha sido disuelto el Congreso.

Se supone que los gobiernos de turno operan con ellos y deben estar dentro de los marcos de la Constitucin.JERARQUIA DE LA NORMATIVA EN CHILEEjemplo: Producido el golpe militar, se requera un sistema jurdico que apoyara el proyecto poltico que llego al poder, por ello inmediatamente comenzaron a dictarse Decretos Ley (DL), por ejemplo, por DL se disolvieron los partidos de la UP los cuales fueron declarados asociaciones ilcitas los dems partidos polticos se declararon en receso.

Observando la pirmide normativa, podemos afirmar que la Constitucin, sus normas y principios, son jerrquicamente superiores, pero su alcance y efecto abarca todo el ordenamiento normativo.

JERARQUIA DE LA NORMATIVA EN CHILE

FORMACION DE LA LEYCONSTITUCION

La Constitucin Poltica de Chile es la Ley Fundamental del estado, es el cuerpo legal que establece las bases y principios esenciales de la Repblica.

Ella establece la forma de gobierno, los poderes pblicos, sus atribuciones y determina los derechos y garantas de las personas.

El primer Ensayo Constitucional fue creado por la primera Junta de Gobierno, al ao siguiente de haberse establecido, denominado Reglamento para el Arreglo de la Autoridad Provisoria de 1811. Luego de esto y a travs de la historia, nuestra Constitucin ha sido cambiada y renovada para poder ser aplicada a la sociedad chilena en distintas pocas. Hoy en da, la Constitucin vigente es la promulgada el 8 de agosto de 1980 que remplaz a la Constitucin de 1925.

Reunin del Cabildo Abierto

La Cmara de Diputados de Chile coloca a disposicin de la ciudadana este documento fundamental, que reconoce la libertad, la dignidad y los derechos de todos sus habitantes y asegura la convivencia democrtica del pas.FORMACION DE LA LEYCONSTITUCION

CAPITULO IIIDE LOS DERECHOS Y DEBERES CONSTITUCIONALES

1. El derecho a la vida y a la integridad fsica y psquica de la persona2. La igualdad ante la ley8. El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminacinArt. 32 Son atribuciones especiales del Presidente de la Repblica:

1 Concurrir a la formacin de las leyes con arreglo a la Constitucin, sancionarlas y promulgarlas; 3 Dictar, previa delegacin de facultades del Congreso, decretos con fuerza de ley sobre las materias que seala la Constitucin;

Son leyes de Reforma Constitucional o interpretativas de la Constitucin, normas que modifican alguna norma (artculo) de la propia Constitucin.

La Constitucin posee denominada SUPREMACA MATERIAL Y FORMAL, sus normas tienen mayor jerarqua y poder normativo que cualquier otra en el ordenamiento jurdico y las dems derivan de esta norma principal. Las reformas aprobadas en el ao 2012, por el ex presidente Sebastin Piera , no significaron una nueva Constitucin, sino que una REFORMA. FORMACION DE LA LEYLEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL En las Leyes de Reforma Constitucional intervienen cuatro rganos constituyentes:

PresidentedelaRepblica CongresoNacional,ambasCmaras CongresoPlenoSlo eventualmente, puede llamarse a plebiscito por el Presidente de la Repblica.

La reforma constitucional puede comenzar tanto por mocin, es decir, a iniciativa de un grupo de parlamentarios, como por mensaje, es decir, por iniciativa del Presidente de la Repblica. Es importante, ya que el proyecto de LRC debe presentarse separada e independientemente de cualquier otro proyecto de ley, por ejemplo, quiero reformar la Constitucin en algn tema y adems las leyes a las que afecta esa modificacin constitucional, se deben presentar los proyectos por separado. FORMACION DE LA LEYLEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL En cuanto a los qurums de aprobacin, las LRC tienen los qurums ms exigentes (en base a que si la Constitucin es la norma fundamental, requiere los mayores consensos), pero, adems, debemos distinguir la norma dentro de la Constitucin que se desea reformar.

Ejemplo: Ley 20.337, Reforma Constitucional que modifica los artculos 15 y 18 de la Carta Fundamental, con el objeto de consagrar el sufragio como un derecho de los ciudadanos y de su inscripcin automtica en los Registros Electorales.FORMACION DE LA LEYLEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL

Son las que precisan o explican el sentido y alcance de un precepto o una expresin de la Constitucin Poltica de la Repblica, su objeto es declarar como obligatoria una determinada interpretacin de una o ms normas constitucionales.

Debido a su importancia, tiene dos especificidades: un qurum de tres quintas partes (60%) de los miembros en ejercicio de ambas cmaras (72 diputados y 23 senadores); y un control preventivo de constitucionalidad por el Tribunal Constitucional.

FORMACION DE LA LEYLEY INTERPRETATIVA DE LA CONSTITUCIN

FORMACION DE LA LEYLEY INTERPRETATIVA DE LA CONSTITUCIN

Ejemplo: Ley 19.147, Interpreta inciso segundo de la disposicin trigsima tercera transitoria de la Constitucin Poltica De La Republica

Son normas complementarias de la Constitucin relativas a ciertas materias expresamente previstas en el texto constitucional. Son objeto de un control preventivo de constitucionalidad y no pueden ser materia de delegacin de facultades legislativas.FORMACION DE LA LEYLEY ORGANICA CONSTITUCIONALPara ser aprobadas, modificadas o derogadas, se requiere de cuatro sptimas partes de los diputados y senadores en ejercicio, es decir, 69 diputados y 22 senadores.

FORMACION DE LA LEYEjemplo: Ley 18.962, Ley Orgnica Constitucional de Enseanza.

Fue derogada y sustituida por Ley General de Educacin N 20.370 aunque sigue rigiendo tratndose de Educacin Superior.

LEY ORGANICA CONSTITUCIONAL

Son las que tratan sobre materias sealadas en la Constitucin. Para ser aprobadas, modificadas o derogadas, requiere de mayora absoluta de los diputados y senadores en ejercicio.FORMACION DE LA LEYLEY DE QURUM CALIFICADOEjemplo, Ley 18.314 Determina Conductas Terroristas y fija su Penalidad.

Para su aprobacin requiere la mayora absoluta de los parlamentarios de la respectiva Cmara, que se encuentren presentes. No se contabiliza como parte del qurum el voto del diputado o senador en ejercicio sino de los presentes en la sala. En este sentido, requiere mayora aunque absoluta de los presentes. Regula residualmente, todo aquello que no est regulada por LOC o LQC.FORMACION DE LA LEYLEY COMUNEjemplo, Ley 16.744 Establece Normas Sobre Accidentes y Enfermedades Profesionales.

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FORMACION DE LA LEYLEY COMUNEjemplo, Ley 16.752Fija Organizacin y Funciones y Establece Disposiciones Generales a la Direccin General De Aeronutica Civil.

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Leyes dictadas por el Presidente de la Repblica por delegacin parlamentaria a travs de una ley que se llama ley delegatoria.

A travs de los DFL no se pueden aprobar, modificar o derogar preceptos constitucionales, adems, existen materias que no pueden ser reguladas por DFL: nacionalidad, ciudadana, elecciones, plebiscito, garantas constitucionales, materias propias de leyes orgnicas constitucionales o de qurum calificado, y materias que afecten la organizacin, atribuciones y rgimen de los funcionarios del Poder Judicial, del Congreso Nacional, del Tribunal Constitucional ni de la Contralora General de la Repblica.

Hay que tener en cuenta que la aprobacin de leyes delegatorias es de iniciativa exclusiva del Presidente. El Presidente tiene un ao para dictar el DFL. Cuenta con el trmite de toma de razn por parte de la Contralora General de la Repblica (CGR). FORMACION DE LA LEYDECRETO CON FUERZA DE LEY27

FORMACION DE LA LEYEjemploDECRETO CON FUERZA DE LEYDFL N 1:1997 MINISTERIO DE DEFENSA, Establece Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas. DFL N 1:1989 MINISTERIO DE SALUD, Determina Materias que Requieren Autorizacin Sanitaria Expresa.DFL N 1:2002 MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del CODIGO DEL TRABAJO.DFL N 19 Incorpora al seguro social contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales a pirquineros independientesDFL N 101 Incorpora al seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales contemplado en la ley 16.744 a los pescadores artesanales independientes.28

FORMACION DE LA LEYDECRETO CON FUERZA DE LEY

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Actividad legislativa de los gobiernos en perodos de anormalidad constitucional, consistente en una norma que dicta el Ejecutivo sobre materias propias de una Ley, sin que en ellos intervenga el Poder Legislativo.

FORMACION DE LA LEYDECRETO LEYPara el caso, no son relevantes toda vez que surgen durante los gobiernos de facto cuando han sido disueltos los Congresos. Ejemplo, DL N 77 Que Declara Ilcitos y Disueltos los Partidos Polticos que Seala.

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Su fuerza la deriva de lo que se llama potestad reglamentaria, facultad que otorga la Constitucin al Presidente de la Repblica, que dice a ese respecto: Ejercer la potestad reglamentaria en todas aquellas materias que no sean propias del dominio legal, sin perjuicio de la facultad de dictar los dems reglamentos, decretos e instrucciones que crea convenientes para la ejecucin de las leyes. FORMACION DE LA LEYDECRETOS SUPREMOS y REGLAMENTOS

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Es una orden escrita delPresidente de la Repblicaque, dictada dentro de la esfera de su competencia, lleva la firma del o losministros de Estado respectivos y est sujeta a una tramitacin especial. FORMACION DE LA LEYDECRETO SUPREMOSu procedimiento de formacin incluye las siguientes etapas:

Declaracin de voluntad del Presidente de la Repblica;Toma de raznante laContralora General de la Repblica; ySu notificacin o publicacin, segn sea el caso. Excepcionalmente, los decretos e instrucciones pueden expedirse con la sola firma del ministro respectivo, por Orden del Presidente de la Repblica", en conformidad al procedimiento establecido en la ley.

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FORMACION DE LA LEYEjemplo, D.S. N 594 Aprueba el Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Bsicas en los Lugares de Trabajo.DECRETO SUPREMO

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Los Tratados Internacionales son acuerdos internacionales celebrados por escrito entre Estados y regido por el Derecho internacional. Es entre Estados ya que hasta la fecha, slo ellos pueden ser sujetos de Derecho Internacional Pblico.

El rgano competente para negociar, concluir, firmar y ratificar los tratados internacionales es el Presidente de la Repblica, sin embargo el Congreso debe aprobarlo como condicin para su ratificacin. En cuanto a la competencia, puede extenderse a todas las materias que el Presidente estime convenientes para los intereses del pas. FORMACION DE LA LEYTRATADOS INTERNACIONALES 34

Ejemplo FORMACION DE LA LEYTRATADOS INTERNACIONALES

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Son disposiciones que establecen normas de carcter general reglamentario orientadas a entregar seguridad y diversos servicios a la navegacin area. Su numeracin y su formato se derivan de los Anexos al Convenio de Aviacin Civil Internacional (OACI).

El cumplimiento de estas normas es mandatorio para aquellas personas y entidades que deban regirse por la reglamentacin aeronutica.NORMATIVA DGACREGLAMENTOS AERONAUTICOS (DAR)36

NORMATIVA DGACREGLAMENTOS AERONAUTICOS (DAR)

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Las Normas Aeronuticas (DAN) son disposiciones que la DGAC emite en el ejercicio de las atribuciones que le otorga la Ley, para regular aquellas materias de orden tcnico u operacional, tendientes a resguardar la seguridad area.NORMATIVA DGACNORMAS AERONAUTICOS (DAN)Ley 16.752 Fija Organizacin y Funciones y Establece Disposiciones Generales a la Direccin General De Aeronutica Civil.

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NORMATIVA DGACNORMAS AERONAUTICOS (DAN)

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Relacin ordenada de actividades que deben realizarse para cumplir un objetivo determinado.NORMATIVA DGACPROGRAMAS (P)

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Los Procedimientos Aeronuticos (DAP) son disposiciones de la D.G.A.C que regulan la aplicacin de las normas y que establecen en detalle los procesos a seguir, a fin de dar cumplimiento a las normas contenidas en la reglamentacin aeronutica.NORMATIVA DGACPROCEDIMIENTOS AERONAUTICOS (DAP)

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Publicacin institucional que establece mtodos para cumplir funciones o disposiciones.NORMATIVA DGACPROCEDIMIENTOS AERONAUTICOS (PRO)

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