07. prestaciones y servicios

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1 Prestaciones y servicios Prestaciones y servicios Régimen de Seguridad Social Régimen de Seguridad Social en la Ley del ISSSTE en la Ley del ISSSTE Abril, 2008 Abril, 2008

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Esta presentación forma parte de un CURSO AVANZADO sobre la Ley del ISSSSTE, impartido a trabajadores de la SHCP

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Prestaciones y serviciosPrestaciones y servicios

Régimen de Seguridad Social en la Régimen de Seguridad Social en la Ley del ISSSTELey del ISSSTE

Abril, 2008Abril, 2008

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ContenidosContenidos Préstamos personalesPréstamos personales Préstamos hipotecariosPréstamos hipotecarios Comisión Ejecutiva de FOVISSSTEComisión Ejecutiva de FOVISSSTE Vocal Ejecutivo de FOVISSSTEVocal Ejecutivo de FOVISSSTE Régimen financieroRégimen financiero Servicios sociales y culturalesServicios sociales y culturales Régimen financieroRégimen financiero

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Préstamos personalesPréstamos personales

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Fondo de Préstamos Fondo de Préstamos PersonalesPersonales

La La cartera institucionalcartera institucional más el más el remanente de remanente de disponibilidaddisponibilidad, así como los , así como los interesesintereses correspondientes, correspondientes, integrarán el integrarán el capital inicialcapital inicial de trabajo para la de trabajo para la operación del Fondo.operación del Fondo.

Los Los gastos por concepto de gastos por concepto de administraciónadministración general del general del Fondo se financiarán con Fondo se financiarán con sus propios recursos de sus propios recursos de acuerdo con el acuerdo con el presupuesto anual que presupuesto anual que apruebe la Junta Directiva apruebe la Junta Directiva del Instituto.del Instituto.

Disponibilidaddel ejercicio

anterior Rendimientos

Importe dela cartera

total

Fondo dePréstamosPersonales

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Inversión de recursosInversión de recursos

Los recursos del Fondo deberán ser Los recursos del Fondo deberán ser invertidos bajo criterios invertidos bajo criterios prudenciales prudenciales en instrumentos que garanticen la más alta en instrumentos que garanticen la más alta rentabilidad, el menor riesgo posible y la mayor rentabilidad, el menor riesgo posible y la mayor transparencia para la rendición de cuentas.transparencia para la rendición de cuentas.

La Junta Directiva del Instituto será responsable de que el La Junta Directiva del Instituto será responsable de que el Fondo conserve cuando menos su valor real.Fondo conserve cuando menos su valor real.

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Préstamos personalesPréstamos personales

Los préstamos personales se otorgarán con base en la Los préstamos personales se otorgarán con base en la revolvenciarevolvencia del propio Fondo y conforme a lo siguiente: del propio Fondo y conforme a lo siguiente:

I.I. Sólo a quienes tengan un Sólo a quienes tengan un mínimo de seis meses de mínimo de seis meses de antigüedadantigüedad; ;

II.II. Los préstamos se otorgarán dependiendo de la Los préstamos se otorgarán dependiendo de la disponibilidaddisponibilidad financiera del Fondo y serán: financiera del Fondo y serán:

Ordinarios. Hasta por el importe de cuatro meses del Ordinarios. Hasta por el importe de cuatro meses del sueldo básico;sueldo básico;

Especiales. Hasta por el importe de seis meses del Especiales. Hasta por el importe de seis meses del sueldo básico;sueldo básico;

Para adquisición de bienes de uso duradero yPara adquisición de bienes de uso duradero y Extraordinarios para damnificados por desastres Extraordinarios para damnificados por desastres

naturales; naturales;

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Préstamos personalesPréstamos personales

III.III. El Instituto determinará trimestralmente la El Instituto determinará trimestralmente la tasa de tasa de interésinterés con un rendimiento que no sea inferior a 1.25 con un rendimiento que no sea inferior a 1.25 veces la tasa de los CETES a 28 días;veces la tasa de los CETES a 28 días;

IV.IV. SSe integrará una e integrará una Reserva de garantíaReserva de garantía, con la que se , con la que se cubrirá el monto insoluto de los préstamos, en los cubrirá el monto insoluto de los préstamos, en los casos de invalidez e incapacidad total permanente, casos de invalidez e incapacidad total permanente, muerte e incobrabilidad y muerte e incobrabilidad y

V.V. El monto del préstamo y los intereses deberán ser El monto del préstamo y los intereses deberán ser pagados en pagados en parcialidades quincenalesparcialidades quincenales: 48 quincenas : 48 quincenas para ordinarios y especiales; 72 para bienes de para ordinarios y especiales; 72 para bienes de consumo duradero y 120 para damnificados por consumo duradero y 120 para damnificados por desastres naturales. desastres naturales.

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DescuentosDescuentos

Las Dependencias y Entidades estarán obligadas a realizar los Las Dependencias y Entidades estarán obligadas a realizar los Descuentos quincenales.Descuentos quincenales.

En los casos en que la Dependencia no aplique los DescuentosEn los casos en que la Dependencia no aplique los Descuentos, , los Trabajadores deberán pagar directamente, sin perjuicio de los Trabajadores deberán pagar directamente, sin perjuicio de las actualizaciones y recargos que se establezcan en el las actualizaciones y recargos que se establezcan en el reglamento.reglamento.

Cuando las Dependencias omitan el entero de estos Descuentos Cuando las Dependencias omitan el entero de estos Descuentos al Instituto, deberán cubrirlas adicionando intereses moratorios al Instituto, deberán cubrirlas adicionando intereses moratorios a razón de 1.25 veces la tasa de los CETES a veintiocho días.a razón de 1.25 veces la tasa de los CETES a veintiocho días.

Los préstamos se deberán otorgar de manera que los abonos Los préstamos se deberán otorgar de manera que los abonos para reintegrar la cantidad prestada y sus intereses sumados a para reintegrar la cantidad prestada y sus intereses sumados a los Descuentos por préstamos hipotecarios y a los que deba los Descuentos por préstamos hipotecarios y a los que deba hacerse por cualquier otro adeudo en favor del Instituto, hacerse por cualquier otro adeudo en favor del Instituto, no no excedan del 50 por ciento del total de las percepciones en excedan del 50 por ciento del total de las percepciones en dinero del Trabajadordinero del Trabajador..

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Casos especialesCasos especiales

Cuando un trabajador tenga un adeudo solicite Cuando un trabajador tenga un adeudo solicite licencia licencia sin goce de sueldo, renuncie o sea separado de la sin goce de sueldo, renuncie o sea separado de la Dependencia o EntidadDependencia o Entidad, deberá cubrir en un plazo no , deberá cubrir en un plazo no mayor de 90 días, el monto total de su adeudo. De mayor de 90 días, el monto total de su adeudo. De persistir algún adeudo, el Instituto realizará las gestiones persistir algún adeudo, el Instituto realizará las gestiones administrativas y legales conducentes para recuperarlo. administrativas y legales conducentes para recuperarlo. Transcurrido un año, el adeudo se cancelará contra la Transcurrido un año, el adeudo se cancelará contra la Reserva de garantía.Reserva de garantía.

No se concederán nuevos préstamos especiales ni para No se concederán nuevos préstamos especiales ni para bienes de consumo duradero bienes de consumo duradero mientras permanezca mientras permanezca insoluto el anterior.insoluto el anterior.

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Préstamos hipotecariosPréstamos hipotecarios

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Fondo de viviendaFondo de vivienda

El Instituto administrará el El Instituto administrará el Fondo de la ViviendaFondo de la Vivienda que se que se integre con las Aportaciones que las Dependencias y integre con las Aportaciones que las Dependencias y Entidades realicen a favor de los Trabajadores.Entidades realicen a favor de los Trabajadores.

El Fondo de la Vivienda tiene por El Fondo de la Vivienda tiene por objetoobjeto establecer y operar establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los un sistema de financiamiento que permita a los Trabajadores obtener Trabajadores obtener crédito barato y suficientecrédito barato y suficiente, mediante , mediante préstamos con garantía hipotecaria en los casos que préstamos con garantía hipotecaria en los casos que expresamente determine la Comisión Ejecutiva del Fondo expresamente determine la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda. Estos préstamos se harán de la Vivienda. Estos préstamos se harán por una sola vezpor una sola vez..

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Obligaciones de dependencias Obligaciones de dependencias y entidadesy entidades

Son Son obligacionesobligaciones de las Dependencias y Entidades: de las Dependencias y Entidades:I.I. Inscribir a sus Trabajadores y beneficiarios en el Fondo Inscribir a sus Trabajadores y beneficiarios en el Fondo

de la Vivienda, yde la Vivienda, yII.II. Efectuar las Aportaciones al Fondo de la Vivienda y Efectuar las Aportaciones al Fondo de la Vivienda y

hacer los Descuentos a sus Trabajadores en su salario.hacer los Descuentos a sus Trabajadores en su salario. El pago de las Aportaciones y Descuentos será por El pago de las Aportaciones y Descuentos será por

bimestres vencidosbimestres vencidos, a más tardar el día 17 de los meses , a más tardar el día 17 de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año conjuntamente con las Cuotas y Aportaciones al cada año conjuntamente con las Cuotas y Aportaciones al seguro de RCV.seguro de RCV.

Los servidores públicos de las Dependencias o Entidades Los servidores públicos de las Dependencias o Entidades responsables de enterar las Aportaciones y Descuentos, responsables de enterar las Aportaciones y Descuentos, en caso de incumplimiento, serán sancionados en los en caso de incumplimiento, serán sancionados en los términos de lo dispuesto en la presente Ley.términos de lo dispuesto en la presente Ley.

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Integración del Fondo de Integración del Fondo de ViviendaVivienda

Los recursos para la operación del Fondo de la Vivienda Los recursos para la operación del Fondo de la Vivienda se integran con:se integran con:

I.I. Las Las AportacionesAportaciones que las Dependencias y Entidades enteren que las Dependencias y Entidades enteren al Instituto a favor de los Trabajadores;al Instituto a favor de los Trabajadores;

II.II. Los Los bienes y derechosbienes y derechos adquiridos por cualquier título, y adquiridos por cualquier título, yIII.III. Los Los rendimientosrendimientos que se obtengan de las inversiones de los que se obtengan de las inversiones de los

recursos a que se refieren las anteriores fracciones.recursos a que se refieren las anteriores fracciones.

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Destino del FondoDestino del Fondo

Los recursos del Fondo de la Vivienda se destinarán:Los recursos del Fondo de la Vivienda se destinarán: Al otorgamiento de Al otorgamiento de créditoscréditos para: para:

A la adquisición o construcción de vivienda;A la adquisición o construcción de vivienda; A la reparación, ampliación o mejoramiento de sus A la reparación, ampliación o mejoramiento de sus

habitaciones, yhabitaciones, y A los pasivos contraídos por cualquiera de los A los pasivos contraídos por cualquiera de los

conceptos anteriores;conceptos anteriores; Al pago de capital e intereses de la Subcuenta del Al pago de capital e intereses de la Subcuenta del

Fondo de la Vivienda;Fondo de la Vivienda; A cubrir los gastos de administración, operación y A cubrir los gastos de administración, operación y

vigilancia del Fondo;vigilancia del Fondo; A la inversión de inmuebles destinados a sus oficinas y A la inversión de inmuebles destinados a sus oficinas y

de muebles estrictamente necesarios para el de muebles estrictamente necesarios para el cumplimiento de sus fines, ycumplimiento de sus fines, y

A las demás erogaciones relacionadas con su objeto.A las demás erogaciones relacionadas con su objeto.

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Condiciones de los créditosCondiciones de los créditos

El saldo de los créditos El saldo de los créditos se incrementarán en la misma se incrementarán en la misma proporción en que aumente el salario mínimoproporción en que aumente el salario mínimo. .

Las cantidades que se descuenten a los Trabajadores con Las cantidades que se descuenten a los Trabajadores con motivo de los créditos a que alude el presente artículo, motivo de los créditos a que alude el presente artículo, no no podrán exceder del 30 por ciento del sueldo básicopodrán exceder del 30 por ciento del sueldo básico. .

Los créditos se otorgarán a un plazo no mayor de Los créditos se otorgarán a un plazo no mayor de treinta treinta añosaños. .

Los recursos de la subcuenta del fondo de Vivienda Los recursos de la subcuenta del fondo de Vivienda que que no hubiesen sido aplicadosno hubiesen sido aplicados pasarán a PENSIONISSSTE o a pasarán a PENSIONISSSTE o a las afores para la contratación de una pensión.las afores para la contratación de una pensión.

En los casos de Trabajadores que a la fecha de En los casos de Trabajadores que a la fecha de pensionarse presenten saldo insoluto en su crédito de pensionarse presenten saldo insoluto en su crédito de vivienda vivienda se descontarán de su Pensiónse descontarán de su Pensión los subsecuentes los subsecuentes pagos al Fondo de la Vivienda.pagos al Fondo de la Vivienda.

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Liquidación del créditoLiquidación del crédito

Al momento en que el Trabajador reciba crédito para Al momento en que el Trabajador reciba crédito para vivienda, el saldo de la Subcuenta de Vivienda de la vivienda, el saldo de la Subcuenta de Vivienda de la Cuenta Individual se aplicará como Cuenta Individual se aplicará como pago inicialpago inicial..

Durante la vigencia del crédito concedido al Trabajador, Durante la vigencia del crédito concedido al Trabajador, las las aportacionesaportaciones a que se refiere esta Sección a su favor a que se refiere esta Sección a su favor se aplicarán se aplicarán a reducir el saldo insolutoa reducir el saldo insoluto a cargo del propio a cargo del propio Trabajador.Trabajador.

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CofinanciamientoCofinanciamiento

El Fondo de la Vivienda podrá otorgar créditos a los El Fondo de la Vivienda podrá otorgar créditos a los Trabajadores en Trabajadores en cofinanciamiento con entidades financieras cofinanciamiento con entidades financieras o con el INFONAVITo con el INFONAVIT..

En el caso de que el Trabajador obtenga crédito de alguna En el caso de que el Trabajador obtenga crédito de alguna entidad financiera o de que el Trabajador obtenga crédito entidad financiera o de que el Trabajador obtenga crédito del INFONAVIT, el Trabajador tendrá derecho a que durante del INFONAVIT, el Trabajador tendrá derecho a que durante la vigencia de dicho crédito, las subsecuentes Aportaciones la vigencia de dicho crédito, las subsecuentes Aportaciones a su favor a su favor se apliquen a reducir el saldo insolutose apliquen a reducir el saldo insoluto a cargo del a cargo del propio Trabajador y a favor de la entidad financiera de que propio Trabajador y a favor de la entidad financiera de que se trate o del INFONAVIT.se trate o del INFONAVIT.

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Remanente de operaciónRemanente de operación

El saldo de las Subcuentas del Fondo de la Vivienda pagará El saldo de las Subcuentas del Fondo de la Vivienda pagará interesesintereses en función del remanente de operación. en función del remanente de operación.

Para tal efecto, la Comisión Ejecutiva procederá a calcular los Para tal efecto, la Comisión Ejecutiva procederá a calcular los ingresos y egresos del Fondo de la Vivienda. Se considerará ingresos y egresos del Fondo de la Vivienda. Se considerará remanente de operación remanente de operación a las cantidades que existan al finalizar a las cantidades que existan al finalizar cada ejercicio fiscal una vez que se hayan constituido las cada ejercicio fiscal una vez que se hayan constituido las Reservas.Reservas.

La Comisión Ejecutiva efectuará, a más tardar el 15 de diciembre La Comisión Ejecutiva efectuará, a más tardar el 15 de diciembre de cada año, una de cada año, una estimación del remanente de operaciónestimación del remanente de operación para el para el año inmediato siguiente. El 50 por ciento de la estimación se año inmediato siguiente. El 50 por ciento de la estimación se abonará como abonará como pago provisional de interesespago provisional de intereses a las Subcuentas del a las Subcuentas del Fondo de la Vivienda, en doce exhibiciones. Una vez determinado Fondo de la Vivienda, en doce exhibiciones. Una vez determinado el remanente de operación del Fondo de la Vivienda, se procederá el remanente de operación del Fondo de la Vivienda, se procederá a efectuar el pago de intereses definitivo, a más tardar en marzo.a efectuar el pago de intereses definitivo, a más tardar en marzo.

La Comisión Ejecutiva deberá observar una política financiera y La Comisión Ejecutiva deberá observar una política financiera y de créditos, dirigida a lograr que los ahorros individuales de los de créditos, dirigida a lograr que los ahorros individuales de los Trabajadores, conserven permanentemente por lo menos, su Trabajadores, conserven permanentemente por lo menos, su valor realvalor real..

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Criterios para asignación de Criterios para asignación de créditos de viviendacréditos de vivienda

Los créditos se otorgarán y adjudicarán tomando en cuenta Los créditos se otorgarán y adjudicarán tomando en cuenta la oferta y demanda regional de vivienda, el número de la oferta y demanda regional de vivienda, el número de miembros de la familia de los Trabajadores, los saldos de la miembros de la familia de los Trabajadores, los saldos de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda del Trabajador de que se Subcuenta del Fondo de la Vivienda del Trabajador de que se trate y el tiempo durante el cual se han efectuado trate y el tiempo durante el cual se han efectuado Aportaciones a la misma, si el Trabajador es propietario o no Aportaciones a la misma, si el Trabajador es propietario o no de su vivienda, así como su sueldo o el ingreso conyugal.de su vivienda, así como su sueldo o el ingreso conyugal.

Los Trabajadores podrán recibir crédito del Fondo de la Los Trabajadores podrán recibir crédito del Fondo de la Vivienda Vivienda por una sola vezpor una sola vez..

La Junta Directiva del Instituto, determinará:La Junta Directiva del Instituto, determinará:I.I. Los Los montos máximos de los créditosmontos máximos de los créditos que otorgue el Fondo que otorgue el Fondo

de la Vivienda, en función de la capacidad de pago de los de la Vivienda, en función de la capacidad de pago de los Trabajadores, yTrabajadores, y

II.II. Los Los métodos para la asignación aleatoriamétodos para la asignación aleatoria en grupos de en grupos de Trabajadores que reúnan iguales condiciones de Trabajadores que reúnan iguales condiciones de elegibilidad.elegibilidad.

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Vencimiento anticipado de Vencimiento anticipado de créditoscréditos

Los créditos que se otorguen con cargo al Fondo de la Los créditos que se otorguen con cargo al Fondo de la Vivienda Vivienda deberán darse por vencidos anticipadamentedeberán darse por vencidos anticipadamente si los si los deudores, sin el consentimiento del Instituto, enajenan las deudores, sin el consentimiento del Instituto, enajenan las viviendas, gravan los inmuebles que garanticen el pago de viviendas, gravan los inmuebles que garanticen el pago de los créditos concedidos o incurren en las causas de los créditos concedidos o incurren en las causas de rescisión consignadas en los contratos respectivos.rescisión consignadas en los contratos respectivos.

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Aseguramiento de los Aseguramiento de los créditoscréditos

Los créditos estarán cubiertos por un Los créditos estarán cubiertos por un seguroseguro para los para los casos de invalidez, incapacidad total permanente o de casos de invalidez, incapacidad total permanente o de muerte.muerte.

Los trabajadores o pensionados podrán manifestar su Los trabajadores o pensionados podrán manifestar su voluntad, para que en caso de muerte, la voluntad, para que en caso de muerte, la adjudicaciónadjudicación del del inmueble se haga a quien hayan designado como inmueble se haga a quien hayan designado como beneficiarios.beneficiarios.

Cuando un Trabajador deje de prestar sus servicios, se le Cuando un Trabajador deje de prestar sus servicios, se le otorgará una otorgará una prórrogaprórroga sin causa de intereses hasta por sin causa de intereses hasta por 12 meses.12 meses.

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ExencionesExenciones

Todos los inmuebles adquiridos o construidos por los Trabajadores Todos los inmuebles adquiridos o construidos por los Trabajadores para su propia habitación con los recursos del Fondo de la para su propia habitación con los recursos del Fondo de la Vivienda, quedarán Vivienda, quedarán exentos a partir de la fecha de su adquisición exentos a partir de la fecha de su adquisición o construcción de todos los impuestos federales por el doble del o construcción de todos los impuestos federales por el doble del crédito y hasta por la suma de 10 veces el Salario Mínimo elevado crédito y hasta por la suma de 10 veces el Salario Mínimo elevado al año, durante el término que el crédito permanezca insolutoal año, durante el término que el crédito permanezca insoluto..

Gozarán también de exención los convenios, contratos o actos en Gozarán también de exención los convenios, contratos o actos en los que se hagan constar las correspondientes operaciones, los los que se hagan constar las correspondientes operaciones, los cuales tendrán el carácter de escritura pública para todos los cuales tendrán el carácter de escritura pública para todos los efectos legales y se inscribirán en el Registro Público de la efectos legales y se inscribirán en el Registro Público de la Propiedad respectivo. Los gastos que se causen por los referidos Propiedad respectivo. Los gastos que se causen por los referidos conceptos conceptos serán cubiertos por mitad entre el Instituto y los serán cubiertos por mitad entre el Instituto y los TrabajadoresTrabajadores; para tal efecto la Junta Directiva tomando como ; para tal efecto la Junta Directiva tomando como base el arancel que establece los honorarios de los notarios, base el arancel que establece los honorarios de los notarios, determinará el porcentaje de reducción de los mismos, sin que determinará el porcentaje de reducción de los mismos, sin que dicha reducción pueda ser inferior al 50 por ciento. dicha reducción pueda ser inferior al 50 por ciento. Las Las exenciones quedarán insubsistentes si los inmuebles fueran exenciones quedarán insubsistentes si los inmuebles fueran enajenados por los Trabajadores o destinados a otros finesenajenados por los Trabajadores o destinados a otros fines..

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Inversión de recursos del Inversión de recursos del FondoFondo

Las Aportaciones al Fondo de la Vivienda, así como los Las Aportaciones al Fondo de la Vivienda, así como los Descuentos para cubrir los créditos que otorgue el Instituto, Descuentos para cubrir los créditos que otorgue el Instituto, que reciban las entidades receptoras conforme a esta Ley, que reciban las entidades receptoras conforme a esta Ley, deberán ser transferidas a la cuenta que el Banco de deberán ser transferidas a la cuenta que el Banco de México le lleve al Instituto por lo que respecta al Fondo de México le lleve al Instituto por lo que respecta al Fondo de la Vivienda. Dichos recursos deberán la Vivienda. Dichos recursos deberán invertirse, en valores invertirse, en valores a cargo del Gobierno Federala cargo del Gobierno Federal, a través del Banco de México , a través del Banco de México e Instrumentos de la Banca de Desarrollo.e Instrumentos de la Banca de Desarrollo.

La SHCP podrá autorizar que los recursos del Fondo de la La SHCP podrá autorizar que los recursos del Fondo de la Vivienda se inviertan en Vivienda se inviertan en valores diversosvalores diversos a los señalados, a los señalados, siempre que sean de alta calidad crediticia, o se siempre que sean de alta calidad crediticia, o se bursatilicebursatilice la cartera del Fondo de la Vivienda.la cartera del Fondo de la Vivienda.

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Supervisión de las Supervisión de las inversionesinversiones

El gobierno federal, por conducto de las SHCP y de la SFP, El gobierno federal, por conducto de las SHCP y de la SFP, ejercerán el ejercerán el control y evaluación de la inversión de los control y evaluación de la inversión de los recursos del Fondo de la Viviendarecursos del Fondo de la Vivienda..

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores estará La Comisión Nacional Bancaria y de Valores estará facultada para facultada para supervisar las operaciones y la contabilidad supervisar las operaciones y la contabilidad del Fondo de la Viviendadel Fondo de la Vivienda, contando para ello con las , contando para ello con las mismas facultades de dicha comisión respecto de las mismas facultades de dicha comisión respecto de las instituciones de banca de desarrollo, incluida la de instituciones de banca de desarrollo, incluida la de establecer reglas prudenciales a las que deberá sujetarse el establecer reglas prudenciales a las que deberá sujetarse el Fondo de la Vivienda.Fondo de la Vivienda.

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Recursos no aplicadosRecursos no aplicados

Los recursos de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda que Los recursos de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda que no hubiesen sido aplicados para otorgar créditos a favor de no hubiesen sido aplicados para otorgar créditos a favor de los Trabajadores de acuerdo a lo dispuesto en esta Sección, los Trabajadores de acuerdo a lo dispuesto en esta Sección, serán transferidos al PENSIONISSSTE, las Administradoras o serán transferidos al PENSIONISSSTE, las Administradoras o Aseguradoras Aseguradoras para la contratación de la Pensión para la contratación de la Pensión correspondiente o su entrega en una sola exhibicióncorrespondiente o su entrega en una sola exhibición, según , según proceda.proceda.

A efecto de lo anterior, el Instituto deberá transferir los A efecto de lo anterior, el Instituto deberá transferir los recursos de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda al recursos de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda al PENSIONISSSTE, las Administradoras o Aseguradoras a más PENSIONISSSTE, las Administradoras o Aseguradoras a más tardar el segundo día hábil siguiente a que le sean tardar el segundo día hábil siguiente a que le sean requeridos.requeridos.

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Comisión Ejecutiva de Comisión Ejecutiva de FOVISSSTEFOVISSSTE

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Comisión EjecutivaComisión Ejecutiva

La Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda estará La Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda estará integrada por integrada por 18 miembros18 miembros, como a continuación se indica:, como a continuación se indica:I.I. El Director General del Instituto, quien la presidirá;El Director General del Instituto, quien la presidirá;II.II. El Vocal Ejecutivo, el cual será nombrado por la Junta El Vocal Ejecutivo, el cual será nombrado por la Junta

Directiva a propuesta del Director General del Instituto;Directiva a propuesta del Director General del Instituto;III.III. Tres vocales nombrados por la SHCP, y un vocal nombrado Tres vocales nombrados por la SHCP, y un vocal nombrado

por cada una de las siguientes instituciones: la SEDESOL, por cada una de las siguientes instituciones: la SEDESOL, la STPS, la SFP y la Comisión Nacional de Vivienda, yla STPS, la SFP y la Comisión Nacional de Vivienda, y

IV.IV. Nueve vocales nombrados por las organizaciones de Nueve vocales nombrados por las organizaciones de Trabajadores.Trabajadores.

Por cada vocal propietario se designará un suplente, debiendo Por cada vocal propietario se designará un suplente, debiendo tratarse de un funcionario con el rango inmediato inferior al tratarse de un funcionario con el rango inmediato inferior al del vocal propietario. En el caso de los representantes de las del vocal propietario. En el caso de los representantes de las organizaciones de Trabajadores, la designación del suplente organizaciones de Trabajadores, la designación del suplente se hará en los términos de las disposiciones estatutarias se hará en los términos de las disposiciones estatutarias aplicables.aplicables.

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Comisión EjecutivaComisión Ejecutiva

Por cada vocal propietario Por cada vocal propietario se designará un se designará un suplentesuplente, , debiendo tratarse de un debiendo tratarse de un funcionario con el rango funcionario con el rango inmediato inferior al del inmediato inferior al del vocal propietario. En el vocal propietario. En el caso de los representantes caso de los representantes de las organizaciones de de las organizaciones de Trabajadores, la Trabajadores, la designación del suplente designación del suplente se hará en los términos de se hará en los términos de las disposiciones las disposiciones estatutarias aplicables.estatutarias aplicables.

ComisiónEjecutiva

FOVISSSTE

DirectorGeneral

VocalEjecutivo

3 SHCP1 SEDESOL

1 STPS1SFP

1 CONAVI

9ORGANIZACIONES

TRABAJADORES

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2929

Operación de la Comisión Operación de la Comisión EjecutivaEjecutiva

La Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda La Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda sesionará por lo menos sesionará por lo menos una vez cada dos mesesuna vez cada dos meses. Las . Las decisiones se tomarán por mayoría de los presentes y decisiones se tomarán por mayoría de los presentes y en caso de empate su presidente tendrá voto de en caso de empate su presidente tendrá voto de calidad.calidad.

Las sesiones de la Comisión Ejecutiva serán válidas Las sesiones de la Comisión Ejecutiva serán válidas con la con la asistencia de por lo menos 10 de sus asistencia de por lo menos 10 de sus miembrosmiembros, de los cuales uno será el Presidente de la , de los cuales uno será el Presidente de la Comisión Ejecutiva, cuatro representantes del Comisión Ejecutiva, cuatro representantes del Gobierno Federal y cinco de las organizaciones de Gobierno Federal y cinco de las organizaciones de Trabajadores al servicio del Estado. Las decisiones se Trabajadores al servicio del Estado. Las decisiones se tomarán por mayoría de los presentes y en caso de tomarán por mayoría de los presentes y en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.empate el Presidente tendrá voto de calidad.

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3030

Atribuciones y funciones de la Atribuciones y funciones de la Comisión EjecutivaComisión Ejecutiva

I.I. Resolver sobre las Resolver sobre las operacionesoperaciones del Fondo de la Vivienda, del Fondo de la Vivienda, excepto aquellas que por su importancia ameriten acuerdo excepto aquellas que por su importancia ameriten acuerdo expreso de la Junta Directiva;expreso de la Junta Directiva;

II.II. Examinar, en su caso aprobar y presentar, a la Junta Examinar, en su caso aprobar y presentar, a la Junta Directiva por conducto del Vocal Ejecutivo, los Directiva por conducto del Vocal Ejecutivo, los presupuestospresupuestos de ingresos y egresos, los de ingresos y egresos, los planes de labores planes de labores y financiamientosy financiamientos, así como los , así como los estados financierosestados financieros y el y el informe de laboresinforme de labores formulados por el Vocal Ejecutivo; formulados por el Vocal Ejecutivo;

III.III. Presentar por conducto del Vocal Ejecutivo a la Junta Presentar por conducto del Vocal Ejecutivo a la Junta Directiva para su aprobación, el Directiva para su aprobación, el presupuesto de gastos de presupuesto de gastos de administración, operación y vigilanciaadministración, operación y vigilancia del Fondo de la del Fondo de la Vivienda;Vivienda;

IV.IV. Proponer a la Junta Directiva, el programa de constitución Proponer a la Junta Directiva, el programa de constitución de Reservas, las de Reservas, las reglasreglas para el otorgamiento de créditos y para el otorgamiento de créditos y el programa de inversión de los recursos de vivienda, yel programa de inversión de los recursos de vivienda, y

V.V. Las demás que le señale la Junta Directiva.Las demás que le señale la Junta Directiva.

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3131

Vocal Ejecutivo de Vocal Ejecutivo de FOVISSSTEFOVISSSTE

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3232

Requisitos para el cargo de Requisitos para el cargo de VocalVocal

Los integrantes de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Los integrantes de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda Vivienda no podrán ser miembros de la Junta Directiva del no podrán ser miembros de la Junta Directiva del InstitutoInstituto, con excepción del Director General del Instituto. , con excepción del Director General del Instituto. Igualmente será incompatible esta designación con el cargo Igualmente será incompatible esta designación con el cargo sindical de Secretario General de la Sección que sindical de Secretario General de la Sección que corresponda al Fondo de la Vivienda.corresponda al Fondo de la Vivienda.

Para ocupar el cargo de vocal Para ocupar el cargo de vocal se requierese requiere ser mexicano, ser mexicano, estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, y ser de reconocida honorabilidad y experiencia políticos, y ser de reconocida honorabilidad y experiencia técnica y administrativa.técnica y administrativa.

Los vocales de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Los vocales de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda durarán en sus funciones Vivienda durarán en sus funciones por todo el tiempo que por todo el tiempo que subsista su designación y podrán ser removidos librementesubsista su designación y podrán ser removidos libremente a petición de quienes los hayan propuesto.a petición de quienes los hayan propuesto.

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Obligaciones y facultades del Obligaciones y facultades del Vocal EjecutivoVocal Ejecutivo

I.I. Asistir a las sesiones de la Junta DirectivaAsistir a las sesiones de la Junta Directiva con voz, pero sin voto, para con voz, pero sin voto, para informar de los asuntos del Fondo de la Vivienda;informar de los asuntos del Fondo de la Vivienda;

II.II. Ejecutar los acuerdosEjecutar los acuerdos de la Junta Directiva y de la Comisión Ejecutiva, de la Junta Directiva y de la Comisión Ejecutiva, relacionados con el Fondo de la Vivienda;relacionados con el Fondo de la Vivienda;

III.III. Convocar a las sesionesConvocar a las sesiones de la Comisión Ejecutiva y presidirlas en ausencia de la Comisión Ejecutiva y presidirlas en ausencia del Director General;del Director General;

IV.IV. PresentarPresentar anualmente a la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda anualmente a la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda dentro de los dos primeros meses del año siguiente, dentro de los dos primeros meses del año siguiente, los estados los estados financieros y el informe de actividadesfinancieros y el informe de actividades del ejercicio anterior; del ejercicio anterior;

V.V. PresentarPresentar a la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda, a más tardar a la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda, a más tardar el último día de septiembre de cada año, los el último día de septiembre de cada año, los presupuestos de ingresos y presupuestos de ingresos y egresosegresos, el , el proyecto de gastosproyecto de gastos y los y los planes de labores y de planes de labores y de financiamientosfinanciamientos;;

VI.VI. PresentarPresentar a la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda, un a la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda, un informe informe mensualmensual sobre las actividades de la propia Comisión; sobre las actividades de la propia Comisión;

VII.VII. Presentar los Presentar los programas de créditoprogramas de crédito a ser otorgados por el Instituto; a ser otorgados por el Instituto;VIII.VIII. Proponer al Director General los Proponer al Director General los nombramientos y remocionesnombramientos y remociones del del

personal técnico y administrativo, ypersonal técnico y administrativo, yIX.IX. Las demás que señalen esta Ley y sus disposiciones reglamentarias.Las demás que señalen esta Ley y sus disposiciones reglamentarias.

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Régimen financieroRégimen financiero

Las prestaciones relativas a préstamos personales se Las prestaciones relativas a préstamos personales se financiarán con el financiarán con el FondoFondo constituido al efecto en el constituido al efecto en el Instituto.Instituto.

El Fondo de la Vivienda se constituirá con una Aportación El Fondo de la Vivienda se constituirá con una Aportación del del cinco por ciento del Sueldo Básico.cinco por ciento del Sueldo Básico.

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Servicios sociales y Servicios sociales y culturalesculturales

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Servicios sociales y Servicios sociales y culturalesculturales

El Instituto, de acuerdo con las El Instituto, de acuerdo con las posibilidades financieras del posibilidades financieras del Fondo de servicios sociales y Fondo de servicios sociales y culturales, proporcionará a culturales, proporcionará a precios módicos los precios módicos los servicios servicios socialessociales siguientes: siguientes:I.I. Programas y servicios de Programas y servicios de

apoyo para la adquisición de apoyo para la adquisición de productos básicos y de productos básicos y de consumo para el hogar;consumo para el hogar;

II.II. Servicios turísticos;Servicios turísticos;III.III. Servicios funerarios;Servicios funerarios;IV.IV. Servicios de atención para el Servicios de atención para el

bienestar y desarrollo infantil, bienestar y desarrollo infantil, yy

V.V. Los demás que acuerde la Los demás que acuerde la Junta Directiva, siempre que Junta Directiva, siempre que no se afecte la viabilidad no se afecte la viabilidad financiera en el corto, financiera en el corto, mediano o largo plazo.mediano o largo plazo.

El Instituto, de acuerdo con El Instituto, de acuerdo con las posibilidades financieras las posibilidades financieras del Fondo de servicios del Fondo de servicios sociales y culturales, sociales y culturales, ofrecerá los siguientes ofrecerá los siguientes servicios culturalesservicios culturales::I.I. Programas culturales;Programas culturales;II.II. Programas educativos y de Programas educativos y de

capacitación;capacitación;III.III. De atención a jubilados, De atención a jubilados,

Pensionados y Pensionados y discapacitados;discapacitados;

IV.IV. Programas de fomento Programas de fomento deportivo, ydeportivo, y

V.V. Los demás que acuerde la Los demás que acuerde la Junta Directiva, siempre que Junta Directiva, siempre que no se afecte la viabilidad no se afecte la viabilidad financiera en el corto, financiera en el corto, mediano o largo plazo.mediano o largo plazo.

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Régimen financieroRégimen financiero

Trabajadores Dependencias y Entidades

0.5 0.5

Las Dependencias y Entidades cubrirán el 50% del costo unitario por cada uno de los hijos de sus Trabajadores que hagan uso del servicio en las estancias de bienestar infantil del Instituto.

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Gracias por su atención

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