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XXVI. INFORME INDIVIDUAL DE AUDITORÍA, DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2017

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XXVI. INFORME INDIVIDUAL DE AUDITORÍA,

DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

DE LA CIUDAD DE MÉXICO CORRESPONDIENTE

AL EJERCICIO DE 2017

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1

ÓRGANO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO

ALCALDÍA COYOACÁN

(ANTES DELEGACIÓN COYOACÁN)

AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO CON ENFOQUE EN TECNOLOGÍAS

DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES

Marco Normativo de Gobernanza de Tecnologías

de la Información y Comunicaciones

Auditoría ASCM/56/17

FUNDAMENTO LEGAL

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, fracción II,

sexto y séptimo párrafos, en relación con el 74, fracción VI, y 79, de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno

del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del

Distrito Federal; 1; 2, fracciones XIII y XLI, inciso a); 3; 8, fracciones I, II, IV, VI, IX, XXVI y

XXXIII; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32;

33; 34; 35; 36, primer párrafo; 37, fracción II; 61; y 62 de la Ley de Fiscalización Superior

de la Ciudad de México; y 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V y VII; y 30 del

Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

ANTECEDENTES

Como parte de la Política Informática y Mejora de Tecnologías de la Información, la Oficialía

Mayor (OM) de la Ciudad de México publicó el 18 de septiembre de 2015 en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal, núm. 179, tomo I, la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal, (Circular

Uno Bis 2015), vigente en 2017 con la que instauró un gobierno electrónico con el uso

de recursos tecnológicos para reducir costos de operación y tiempo de espera, y mejorar la

atención al público; así como para garantizar la atención a la demanda de servicios de

Tecnologías de la Información a los entes públicos del Gobierno de la Ciudad de México.

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2

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propuso de conformidad con los siguientes criterios generales de selección,

contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización superior:

Propuesta e Interés Ciudadano, en virtud de la necesidad de que la Administración

Pública de la Ciudad de México proporcione mejores servicios a la ciudadanía en vinculación

con las TIC, mediante mecanismos oficiales y documentados que rijan la operación; y de

que por su naturaleza e impacto social, el marco normativo de gobernanza de TIC es

de interés para los habitantes de la Delegación Coyoacán.

Presencia y Cobertura, porque el marco normativo de gobernanza de TIC no ha sido

objeto de fiscalización específica por parte de la Auditoría Superior de la Ciudad de

México y por ser susceptible de auditarse por estar contenido en la Cuenta Pública de la

Ciudad de México.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el marco normativo relativo a la

gobernanza de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) haya sido

implementado en la Delegación Coyoacán, que establezca los principios que regirán la

gestión TIC con base en lo instaurado por la Oficialía Mayor en cumplimiento con la Ley

de Gobierno Electrónico del Distrito Federal y la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal, (Circular Uno

Bis 2015) y en alineación con los estándares y mejores prácticas TIC aplicables.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Se revisó que se hayan implementado las políticas informáticas que impactan en una gestión

TIC eficiente, eficaz y confiable en la Delegación Coyoacán.

De los elementos que integran el objetivo de auditoría, de manera enunciativa más no

limitativa se revisó lo siguiente:

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3

Gobernanza TIC

Se evaluó si la Delegación Coyoacán implementó y ejecutó las políticas de gobernanza

TIC, establecidas por la OM, acordes con los controles generales alineados con la

normatividad y buenas prácticas TIC aplicables, así como si participó en el Comité

de Gobierno Electrónico de la Ciudad de México.

Desarrollo y Adquisición

Se evaluó si la Delegación Coyoacán aplicó y desempeñó la normatividad relativa a

desarrollo y adquisición TIC fundadas por la Oficialía Mayor, en cumplimiento con lo establecido

en la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

Administración Pública del Distrito Federal, (Circular Uno Bis 2015) y demás normatividad

TIC aplicable.

Continuidad del Servicio y Recuperación de Desastres

Se evaluó si la Delegación Coyoacán incorporó y utilizó las políticas de continuidad del servicio

y recuperación de desastres generadas por la OM, permitiendo que la infraestructura tecnológica

del órgano político-administrativo haya brindado los servicios de manera ininterrumpida

a la ciudadanía, en alineación con las mejores prácticas y estándares TIC aplicable.

Seguridad de la Información

Se evaluó si la Delegación Coyoacán estableció y aplicó las políticas de seguridad de la

información señaladas por la OM para salvaguardar los bienes informáticos y la información

gestionada por el órgano político-administrativo, de acuerdo con los estándares, buenas

prácticas y normas TIC aplicables.

Derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría y

del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó revisar los procedimientos,

políticas y protocolos relacionados con el marco normativo de gobernanza de TIC que

hubieran sido aplicados por la Delegación Coyoacán.

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4

Para determinar la muestra de los procedimientos, políticas y protocolos sujetos a revisión,

se aplicaron los siguientes criterios:

1. Se identificaron los procedimientos publicados en el Manual Administrativo de la

Delegación Coyoacán que tuvieron relación con el marco normativo de gobernanza de

TIC, así como las políticas internas de seguridad de la información, desarrollo y adquisición

de las TIC, la recuperación de desastres y mantenimiento a la infraestructura de las

TIC y los estándares y mejores prácticas de las TIC aplicables en el rubro revisado;

en especial, lo establecido en Ley de Gobierno Electrónico, la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2015), publicada el 18 de septiembre de

2015 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, núm. 179, Tomo I, y las Normas

Generales que deberán observarse en materia De Seguridad de la Información en la

Administración Pública del Distrito Federal.

2. Se consideró la aplicación de los procedimientos, políticas, estándares y mejores

prácticas en las áreas de servicio a la ciudadanía, específicamente en la VUD, el

Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) y el sitio web de la Delegación

Coyoacán.

3. Se determinó incrementar la muestra original del 30.0% para incrementar el grado

de seguridad en la eficiencia operativa de los controles al 42.9% (12 equipos) del total de

equipamiento de las TIC (28 equipos), utilizado en la atención a la ciudadanía en el

Centro de Datos, VUD, CESAC y sitio web; asimismo, se estableció como muestra

el 100.0% del total de los procedimientos, políticas y estándares TIC (27) para la

aplicación de pruebas de auditoría, como se muestra a continuación:

Universo Muestra

Equipos en la infraestructura TIC utilizada para servicios ciudadanos de la Delegación

Equipos en la infraestructura TIC utilizada para servicios ciudadanos en la Delegación

Centro de datos

VUD CESAC Sitio Web Total Centro de datos

VUD CESAC Sitio Web Total

3 10 10 3 26 3 4 3 3 13

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La muestra del universo por auditar se determinó mediante un método de muestreo no

estadístico, con fundamento en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530, “Muestreo

de Auditoría”, emitida por la Federación Internacional de Contadores (IFAC), la Norma

Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) 1530, “Muestreo de

Auditoría”, emitida por el Comité de Normas Profesionales de la Organización Internacional

de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI), y en el Manual del Proceso General de

Fiscalización de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

Los trabajos de auditoría se efectuaron en la Subdirección de Informática, adscrita en la

Dirección General de Administración de la Delegación Coyoacán, por ser las unidades

administrativas con atribuciones y funciones previstas en el manual administrativo de la

Delegación, vigente en 2017, encargadas del cumplimiento de la Ley de Gobierno Electrónico

del Distrito Federal, las Normas Generales que deberán Observarse en materia de

Seguridad de la Información en la Administración Pública del Distrito Federal, publicadas

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de julio de 2007, la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del

Distrito Federal (Circular Uno Bis 2015), publicada el 18 de septiembre de 2015 en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal, núm. 179, Tomo I, y demás normatividad relativa a la

gobernanza TIC, vigente en 2017.

PROCEDIMIENTOS, RESULTADOS Y OBSERVACIONES

Evaluación del Control Interno

1. Resultado

Con la finalidad de evaluar el control interno implementado por la Delegación Coyoacán y

para contar con una base para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las

pruebas de auditoría, se analizaron las atribuciones del órgano político-administrativo, el

marco normativo y el manual administrativo vigentes en 2017, se realizaron entrevistas y se

aplicaron cuestionarios de control interno y de marco normativo de gobernanza de TIC a la

Dirección General de Administración, en particular, a los servidores públicos responsables de

la administración y de la gestión y gobernanza TIC, en relación con los cinco componentes

del control interno.

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La evaluación se realizó tomando como parámetro de referencia el Marco Integrado de

Control Interno para el Sector Público (MICI), que es un documento de carácter técnico

que fue desarrollado por el Grupo de Trabajo de Control Interno del Sistema Nacional de

Fiscalización en su quinta reunión plenaria celebrada en 2014 y que tiene por objeto la

implementación de un control interno efectivo como una herramienta fundamental para

aportar elementos que promuevan la consecución de objetivos institucionales, minimicen

los riesgos, reduzcan la probabilidad de ocurrencia de actos de corrupción y fraudes,

consideren la integración de las tecnologías de la información a los procesos institucionales,

respalden la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos y consoliden

los procesos de rendición de cuentas y de transparencia gubernamentales, con base

en los cinco componentes del Marco Integrado de Control Interno: Ambiente de Control,

Administración de Riesgos, Actividades de Control, Información y Comunicación y Supervisión.

En el análisis de la respuesta al cuestionario de tecnologías de la información y

comunicaciones y a la información y documentación proporcionada por el sujeto fiscalizado,

se determinó lo siguiente:

Ambiente de Control

Para el análisis de este componente se identificaron las normas y estructuras que

permitieron llevar a cabo el control interno del sujeto fiscalizado; así como, su manual

administrativo relacionados con el marco normativo de gobernanza en TIC. También, se

consideraron los temas de la capacitación y la evaluación del desempeño del personal;

para determinar si la administración del sujeto fiscalizado y demás funcionarios, han

establecido y mantienen una actitud de respaldo hacia el control interno y la consecución

de los objetivos institucionales, como se muestra a continuación:

1. La Delegación Coyoacán contó en 2017 con la estructura orgánica núm. 3/2013

dictaminada favorablemente por la Coordinación General de Modernización

Administrativa (CGMA) y notificada al órgano político-administrativo por medio del

oficio núm. CG/020/2012 del 20 de diciembre de 2012, vigente a partir del 1o. de enero

de 2013.

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En dicha estructura orgánica, se previeron una oficina de la Jefatura Delegacional y

ocho Direcciones Generales (Jurídica y de Gobierno; de Administración; de Obras

y Desarrollo Urbano; de Servicios y Mejoramiento Urbano; de Desarrollo Social; de

Participación Ciudadana; de Cultura; y de Desarrollo Económico, Tecnológico

y de Fomento al Empleo) y una Dirección Ejecutiva de Seguridad Pública.

La Dirección General de Administración de la Delegación Coyoacán tiene adscrita la

Subdirección de Informática, que fue la unidad administrativa encargada de la gestión

de TIC en 2017.

2. En 2017, la Delegación Coyoacán dispuso del manual administrativo elaborado conforme

al dictamen de estructura orgánica núm. 3/2013, registrado por la CGMA con el

núm. MA-37/190815-OPA-COY-03/2013 y notificado al órgano político-administrativo mediante

el oficio núm. OM/CGMA/1588/2015 del 19 de agosto de 2015. El 31 de agosto de 2015

fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 166, el “Aviso por el que se da

a conocer el enlace electrónico donde podrá ser consultado el manual administrativo de

la Delegación Coyoacán, con número de registro MA-37/190815-OPA-COY-03/2013”,

con vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

El manual se integró por los apartados de marco jurídico de actuación; atribuciones;

misión, visión y objetivos institucionales; organigrama de la estructura básica;

organización y procedimientos; glosario; y aprobación del manual administrativo.

3. La Delegación Coyoacán contó con unidades administrativas encargadas de cumplir

las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información, fiscalización,

rendición de cuentas y armonización contable, así como de administrar los recursos

humanos y financieros, y de gestión TIC para lo cual implementó procedimientos

específicos que se formalizaron con su registro ante la CGMA y se incorporaron a su

manual administrativo.

4. La Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM) llevó a cabo la Aplicación de

Reactivos al Exterior relacionados con la Adopción de la Cultura de Ética Pública, a fin

de conocer si los sujetos fiscalizados y sus servidores públicos han adoptado los

principios de ética pública e integridad en la Ciudad de México.

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Por lo anterior, se determinó que el órgano político-administrativo contó con una estructura

orgánica, con un manual administrativo dictaminado por la CGMA con unidades

administrativas encargadas de cumplir con la gestión pública encomendada; por lo que

se ha establecido y mantenido un entorno de control que implica una actitud de respaldo

hacia el control interno.

Administración de Riesgos

Se identificó si el órgano político-administrativo contó con una definición formal de los

objetivos y metas estratégicos tanto del sujeto fiscalizado en general como de sus unidades

administrativas en particular, y si éstos son conocidos por los responsables de su consecución,

como condición previa para evaluar los riesgos que pudieran impedir su cumplimento. Se

consideró también la existencia de normatividad interna relacionada con la metodología

para la administración de riesgos de corrupción, como se indica:

1. Los objetivos institucionales de la Delegación Coyoacán están definidos con claridad

en su Programa Delegacional de Desarrollo 2015-2018, publicado en la Gaceta Oficial

de la Ciudad de México núm. 60, del 4 de mayo de 2017, de modo que coadyuvan en

la identificación de los riesgos potenciales asociados a éstos y en la determinación de

cómo se gestionarán; asimismo, el órgano político-administrativo cuenta con ejes

estratégicos asociados a su mandato legal y alineados al Programa General de

Desarrollo del Distrito Federal.

Sin embargo, como dicho programa se publicó hasta el 4 de mayo de 2017, por lo que

no se encontró actualizado desde 2015 y para el período en revisión del 1o. de enero

al 3 de mayo de 2017, el órgano político-administrativo contó con ejes y objetivos

estratégicos, así como con metas asociadas a su mandato legal basadas en su

Programa Delegacional de Desarrollo 2013-2015 publicado en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal núm. 1717, tomo I, del 22 de octubre de 2013, lo que denota que no

elaboró ni presentó oportunamente al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México su

Programa Delegacional de Desarrollo 2015-2018.

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En la reunión de confronta, celebrada el 19 de septiembre de 2018, el Director

General de Administración de la Delegación Coyoacán, en representación del titular

del órgano político-administrativo, no presentó información relacionada con la presente

observación, por lo que ésta no se modifica.

Por no haber elaborado ni presentado al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México su

Programa Delegacional de Desarrollo 2015-2018 en el período del 1o. de enero

al 3 de mayo de 2017, la Delegación Coyoacán incumplió los artículos 8, fracción V;

28 BIS, primer párrafo; y 29 de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito

Federal, vigente en 2017, que establecen lo siguiente:

“Artículo 8. Los Jefes Delegacionales de los órganos político-administrativos tendrán

las siguientes atribuciones […]

”V. Remitir al Jefe de Gobierno el proyecto del programa delegacional de su demarcación

territorial…”

“Artículo 28 BIS. Los titulares de los órganos político-administrativos deberán

presentar el proyecto de Programa Delegacional de la demarcación a su cargo al Jefe

de Gobierno, a más tardar el día 5 de enero del año inmediato siguiente al de su

toma de posesión…”

“Artículo 29. Los titulares de los órganos político-administrativos, con apoyo del

Comité Mixto de Planeación, formularán los programas delegacionales mediante el

procedimiento que al efecto establezca el reglamento de la presente Ley.”

2. En el Programa Operativo Anual (POA) del sujeto fiscalizado se encontraron reflejados

sus objetivos estratégicos y mediante la revisión de la página de internet de la

Delegación Coyoacán, se verificó que en el apartado de “Transparencia” (artículo 121,

fracción XXII, de la Ley de Transparencia Acceso a la Información Pública y Rendición

de Cuentas de la Ciudad de México) está el Programa Operativo Anual para consulta

del público en general.

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3. La Contraloría Interna de la Delegación Coyoacán, adscrita a la Secretaría de la

Contraloría General de la Ciudad de México (CGCDMX), cuenta con atribuciones para

inspeccionar y vigilar que el órgano político-administrativo cumpla las normas y

disposiciones en materia de información, estadística, organización, procedimientos,

sistemas de registro y contabilidad, contratación y pago de personal, contratación de

servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino,

afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles, almacenes y demás

activos, de conformidad con el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración

Pública del Distrito Federal vigente en 2017. El Órgano Interno de Control no realizó

revisiones relacionadas con el marco normativo de gobernanza de TIC.

Con base a lo anterior, se determinó que aun cuando la Delegación Coyoacán no contó

con un Programa Delegacional de Desarrollo actualizado desde 2015 y para el período en

revisión del 1o. de enero al 3 de mayo de 2017, se ajustó al del período 2013-2015, con lo

que reunió las bases para desarrollar respuestas al riesgo que permiten administrarlo y

controlarlo, toda vez que comunicó de manera formal sus objetivos estratégicos y metas

a sus servidores públicos y dispone de un órgano interno de control que lo vigila.

Actividades de Control

Se identificaron las medidas establecidas por el sujeto fiscalizado, mediante políticas y

procedimientos relacionados con cada uno de los momentos contables del gasto, para

responder a los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento de sus objetivos y fortalecer

el control interno. Se buscó también determinar si el sujeto fiscalizado dispuso de

mecanismos que apoyaron las actividades y operación del rubro revisado, como se señala

a continuación:

1. Para la operación y desarrollo de sus actividades sustantivas, administrativas y

financieras, la Delegación Coyoacán contó con el Sistema de Planeación de Recursos

Gubernamentales (SAP-GRP), cuyas políticas y lineamientos de seguridad, incluidos

la comunicación y claves de acceso, detectores y defensas contra accesos no

autorizados y antivirus fueron establecidos por la Secretaría de Finanzas (SEFIN),

como autoridad administradora del sistema.

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2. El órgano político-administrativo dispuso de 249 procedimientos actualizados conforme al

dictamen de estructura orgánica núm. 3/2013, los cuales se integraron al manual

administrativo que la CGMA registró con el núm. MA-37/190815-OPA-COY-3/2013

que fue notificado a la delegación por medio del oficio núm. OM/CGMA/1588/2015 del

19 de agosto de 2015 y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de agosto

de 2015, en cuya consulta se verificó su publicación y vigencia a partir del día siguiente.

3. Los tres procedimientos identificados y clasificados con base en los controles

generales TIC, son los siguientes:

Control General TIC Procedimiento

Desarrollo y Adquisición TIC “Creación y Desarrollo de Sistemas”

Continuidad del servicio y recuperación de desastres

“Soporte Técnico a Equipos de Cómputo” “Apoyo Técnico en Redes y Comunicaciones”

Respecto a la gestión y gobernanza TIC, la Delegación Coyoacán realizó actividades

de control en los tres procedimientos antes relacionados, que especifica la INTOSAI

en el WGITA-IDI Handbook on IT Audit for Supreme Audit Institutions (Manual del

Grupo de Trabajo en Auditoría TIC de la Iniciativa de Desarrollo de la INTOSAI, sobre

Auditoría TIC para Instituciones Superiores de Auditoría) de 2014 y en la Norma ISSAI

5300, “Directrices sobre Auditoría de TIC”, ambas publicadas, aprobadas y autorizadas

por dicha organización internacional.

a) Sobre la gobernanza TIC, se observó lo siguiente:

En relación a la existencia de normatividad relativa al gobierno de las TIC que

apoye al órgano político-administrativo en el monitoreo del uso de las TIC en

relación con sus objetivos, la Delegación Coyoacán dispuso de procedimientos

TIC en su manual administrativo vigente en 2017. Sin embargo, no acreditó contar

con un documento de gobernanza TIC.

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de septiembre de 2018, la Delegación

Coyoacán no proporcionó información relacionada con la presente observación,

por lo que ésta no se modifica.

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Por no contar con un documento de gobernanza TIC, la Delegación Coyoacán

incumplió con el artículo 31 de la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal,

vigente en 2017, que señala:

“Los Órganos de la Administración Pública desarrollarán metodologías de planificación

específicas, que incluyan la evaluación y monitoreo, para generar estrategias de gestión...”

b) Respecto al desarrollo y adquisición TIC, se verificó lo que sigue:

En los procedimientos “Creación y Desarrollo de Sistemas”, el órgano político-

administrativo consideró actividades que cumplen los estándares y normas de las

TIC relativas a su desarrollo y adquisición. Cabe señalar que el órgano político-

administrativo no adquirió, ni arrendó bienes y servicios informáticos, por lo que

no existió la obligatoriedad por parte del órgano político administrativo de requerir

la elaboración y envío del Proyecto Estratégico de Tecnologías de la Comunicación

(PETIC) a la Dirección General de Gobernabilidad de Tecnologías de la Información

(DGGTIC) de la OM para la fundamentación técnica de las adquisiciones.

c) En relación con la continuidad del servicio y recuperación de desastres, se observó

lo siguiente:

Los procedimientos “Soporte Técnico a Equipos de Cómputo” y “Apoyo Técnicos

en Redes y Comunicaciones” cubrieron aspectos que aplican en este rubro de

control TIC, en el cual, dicho órgano político-administrativo consideró actividades

que permiten darle continuidad a los servicios TIC.

d) Sobre la seguridad de la información, se corroboró lo que sigue:

La Delegación no contó con un documento de políticas de seguridad informática

en 2017.

En la reunión de confronta, celebrada el 19 de septiembre de 2018, la Delegación

Coyoacán no proporcionó información relacionada con la presente observación,

por lo que ésta no se modifica.

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Por no contar con un documento referente a Políticas de Seguridad de la Información,

la Delegación Coyoacán incumplió las Normas Generales que Deberán

Observarse en materia de Seguridad de la Información en la Administración

Pública del Distrito Federal, que en su artículo 13, apartado 2, “Política de

Seguridad”, inciso 2.1, “Definición y documentación de la política de seguridad

de la información”, señalan:

“La Institución debe definir la política de seguridad que contenga la declaración

del compromiso que asume la Institución en torno al tema, debiendo ser aprobado

por la Administración en las dependencias, delegaciones, órganos desconcentrados

y entidades, publicado y comunicado a todos los empleados y terceros con los

que interactúa (otras instituciones, contratistas, proveedores, etc.).

”Debe revisarse y actualizarse periódicamente o en función de cambios relevantes,

para mantener su efectividad.”

Con base en lo anterior, se determinó que el órgano político-administrativo no dispuso de

procedimientos relativos a Gobernanza TIC y Políticas de Seguridad de la Información en

su manual, vigente en 2017, tampoco contó con alguna política interna, relativa a esos

controles. Asimismo, dispuso de procedimientos para prevenir, minimizar y responder a

los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento y logro de sus objetivos; en particular,

la eficacia y eficiencia de las operaciones, así como el desarrollo y adquisición TIC.

Información y Comunicación

Se verificó si el sujeto fiscalizado dispuso de mecanismos de control, tales como oficios y

aplicación de la plataforma de la DGGTIC que permitieran difundir información necesaria

para que el personal cumpliera sus responsabilidades en particular y, en general, los

objetivos institucionales, y si generó información necesaria, oportuna, veraz y suficiente.

Al respecto, se observó lo siguiente:

1. La Delegación Coyoacán difundió entre los servidores públicos responsables de su aplicación,

su manual administrativo, registrado con el núm. MA-37/190815-OPA-COY-3/2013,

mediante el oficio núm. JEF/CMA/082/15 del 26 de agosto de 2015.

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El Manual Administrativo fue publicado para su consulta en el artículo 121, fracción I,

de la Ley de Transparencia Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de

la Ciudad de México, en el apartado de “Transparencia" de la página de internet

de la Delegación, http://www.coyoacan.df.gob.mx/Transparencia/art14/FRACC_I/2015

_2/reglamentos%20nuevos/MANUAL%20ESCANEADO%20CON%20SELLO.pdf.

2. La Delegación Coyoacán contó con el SAP-GRP para gestionar la información relativa

a los recursos financieros y presupuestales con unidades administrativas externas,

y la información que generó el sujeto fiscalizado en relación con la operación del

capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

3. La Delegación Coyoacán dispuso de vocal ante la Comisión de Gobierno Electrónico

de la Ciudad de México. Asimismo, el órgano político-administrativo no adquirió, ni

arrendó bienes y servicios informáticos, por lo que no existió la obligatoriedad por

parte del órgano político administrativo de requerir la elaboración y envío del PETIC

a la DGGTIC de la OM para la fundamentación técnica de las adquisiciones.

Con base en lo anterior, se determinó que el órgano político-administrativo contó con una

adecuada comunicación interna con su personal, al difundir su manual administrativo, y

externa con las unidades administrativas, al enviar diversa información y documentación

que generó respecto a la gestión y gobernanza TIC, para cumplir sus responsabilidades

de control interno para el logro de sus objetivos institucionales. Asimismo, la Delegación no

adquirió, ni arrendó bienes y servicios informáticos, por lo que no existió la obligatoriedad por

parte del órgano político administrativo de requerir la elaboración y envío del PETIC a la

DGGTIC de la OM para la fundamentación técnica de las adquisiciones.

Supervisión

Se identificó si el sujeto fiscalizado realizó actividades de supervisión y monitoreo de las

operaciones relacionadas con el rubro auditado por medio de la aplicación de los controles

dictados por la DGGTIC en materia de gestión y gobernanza TIC, para procurar el

cumplimiento de sus objetivos y si éstas se ejecutaron de manera programada. Al respecto,

se observó lo siguiente:

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15

Como resultado de la evaluación del control interno establecido por la Delegación Coyoacán,

una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas a

revisión, a partir del flujo general de las actividades, de los objetivos específicos y mecanismos

de control identificados en cada proceso, así como la respuesta a los cuestionarios de

control interno y gobernanza TIC aplicados, mediante la matriz de control se evaluó si los

mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e

ineficiencias y si disminuyeron las debilidades detectadas, en lo que respecta a la gestión

y gobernanza TIC. Se determinó que el sistema de control interno fue suficiente y

congruente con las características del órgano político-administrativo y su marco jurídico

aplicable, para administrar los riesgos de irregularidades e ineficiencias a los que estuvieron

expuestas las actividades y el cumplimiento de los objetivos relacionados con TIC.

Lo anterior, aun cuando el órgano político-administrativo no contó con su Programa

Delegacional de Desarrollo actualizado, de la evaluación de los componentes de control

interno se determinó que el sujeto fiscalizado dispone de estrategias y objetivos de

control interno, tiene adscritas unidades administrativas que están estructuradas conforme

a las funciones definidas en su respectivo manual administrativo.

En la revisión de la Cuenta Pública de 2017, el Informe de la auditoría ASCM/53/17

practicada a la Delegación Coyoacán, resultado núm. 1, recomendación ASCM-53-17-1-COY,

considera los mecanismos de control para garantizar que el Programa Delegacional de

Desarrollo, del período que corresponda sea presentado al Jefe de Gobierno dentro del plazo

establecido en la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, por lo que se dará

tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento a la recomendación citada.

Recomendación ASCM-56-17-1-COY

Es necesario que la Alcaldía Coyoacán establezca mecanismos de control y supervisión

que aseguren el desarrollo de políticas de gobernanza TIC y metodologías de planificación

específicas, que incluyan la evaluación y monitoreo, para generar estrategias de gestión y

se deje evidencia de ello, en cumplimiento de la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito

Federal.

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16

Recomendación ASCM-56-17-2-COY

Es necesario que la Alcaldía Coyoacán establezca mecanismos de control y supervisión

que aseguren el desarrollo de políticas de seguridad de la información aprobadas

y publicadas, en cumplimiento de las Normas Generales que deberán observarse en

materia de Seguridad de la Información en la Administración Pública del Distrito Federal.

Gobernanza TIC

2. Resultado

Según la INTOSAI, la gobernanza TIC puede considerarse como “el marco general que

guía las operaciones TIC en una organización para asegurar que satisface las necesidades

de la empresa en el día a día y que incorpora planes para el crecimiento y futuras

necesidades. Es parte de la gestión y comprende el liderazgo organizacional, las estructuras

y procesos institucionales y otros mecanismos (cumplimiento, recursos, informes y

retroalimentación, etc.) que aseguran que los sistemas TIC puedan sostener las metas

y estrategias organizacionales equilibrando los riesgos y gestionando eficazmente los

recursos. La gobernanza TIC desempeña un papel clave en la determinación del entorno

de control y construye las bases para establecer prácticas sólidas de control interno

e informar a niveles funcionales para la supervisión y revisión de la administración”.

Con la finalidad de verificar que la Delegación Coyoacán haya implementado y ejecutado

las políticas de gobernanza TIC establecidas por la OM, acordes con los controles generales

alineados con la normatividad y buenas prácticas TIC aplicables, así como participado en

el Comité de Gobierno Electrónico de la Ciudad de México, se realizaron una entrevista a

servidores públicos adscritos a la subdirección de informática del órgano político-administrativo

el 18 de julio de 2018, e inspecciones físicas, los días 14 y 15 de agosto del mismo año,

como se asentó en el acta circunstanciada núm. ACF-B/56-17/18/01 del 18 de julio de 2018.

Lo anterior también para verificar que la Delegación haya cumplido lo establecido en la

Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2015), publicada el

18 de septiembre de 2015 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, núm. 179, Tomo I, la Ley

de Gobierno Electrónico del Distrito Federal, lo dispuesto por la OM y demás normatividad

relativa a la gobernanza TIC, vigente en 2017. Al respecto, se determinó lo siguiente:

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1. El órgano político-administrativo, en su manual administrativo con registro

núm. MA-37/190815-OPA-COY-03/2013 contó con tres procedimientos relacionados con

la gestión y gobernanza TIC, vigentes en 2017, de su análisis se determinó lo siguiente:

a) Tres procedimientos se sujetaron a lo establecido en la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2015), publicada el 18 de septiembre

de 2015 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, núm. 179, Tomo I, vigente en 2017.

b) Ninguno de los procedimientos se relacionan con la seguridad de la información

por lo cual no se ajustan a lo establecido en las Normas Generales que deberán

observarse en materia de Seguridad de la Información en la Administración

Pública del Distrito Federal vigentes en 2017.

c) Tres procedimientos se alinearon a los controles generales TIC que especifica la

INTOSAI en el WGITA-IDI Handbook on IT Audit for Supreme Audit Institutions

(Manual del Grupo de Trabajo en Auditoría TIC de la Iniciativa de Desarrollo de la

INTOSAI, sobre Auditoría TIC para Instituciones Superiores de Auditoría) de 2014

y en la Norma ISSAI 5300, “Directrices sobre Auditoría de TIC”, ambas publicadas,

aprobadas y autorizadas por dicha organización internacional.

La siguiente tabla detalla los procedimientos TIC:

Procedimiento Manual Administrativo Circular Uno Bis

Normas Generales

Handbook on IT Audit

“Creación y Desarrollo de Sistemas” X

X

“Soporte Técnico a Equipos de Cómputo” X

X

“Apoyo Técnico en Redes y Comunicaciones” X

X

De lo señalado anteriormente, se constató que la Delegación Coyoacán tiene

procedimientos relativos a la gobernanza y gestión TIC en su manual administrativo,

vigente en 2017, por lo que cumplió lo estipulado en la Ley de Gobierno Electrónico

del Distrito Federal, vigente en 2017.

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18

2. El órgano político-administrativo en 2017 tuvo un vocal (Subdirector de Informática)

ante la Comisión de Gobierno Electrónico de la Ciudad de México, con lo que cumplió

la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2015), publicada

el 18 de septiembre de 2015 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, núm. 179, Tomo I,

apartado 9.2, “De las Normas de Actuación”, punto 9.2.3.

3. La Delegación no adquirió, ni arrendó bienes y servicios informáticos, por lo que no

existió la obligatoriedad por parte del órgano político administrativo de requerir la

elaboración y envío del PETIC a la DGGTIC de la OM para la fundamentación técnica

de las adquisiciones.

Se concluye que la Delegación Coyoacán tuvo procedimientos de gestión y gobernanza

TIC en su manual administrativo vigente en 2017, con lo cual cumplió lo estipulado en la

Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal, vigentes en 2017, y que el órgano

político-administrativo dispuso de un vocal ante la Comisión de Gobierno Electrónico de la

Ciudad de México. No adquirió, ni arrendó de bienes y servicios informáticos, por lo que

el órgano político-administrativo no tuvo la obligatoriedad de someter el PETIC para la

aprobación de la DGGTIC.

Desarrollo y Adquisiciones

3. Resultado

De acuerdo con la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2015),

publicada el 18 de septiembre de 2015 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, núm. 179,

Tomo I, vigente en 2017, el PETIC es el instrumento de planeación estratégica del desarrollo de

las tecnologías de la información y comunicaciones que deberán realizar las Delegaciones

de la Administración Pública para alinear las acciones y proyectos en materia de informática

al PGDDF. Es el fundamento para la adquisición y arrendamiento de bienes y servicios

informáticos y deberá registrarse ante la DGGTIC con el propósito de que se fundamenten

técnicamente las mencionadas adquisiciones, conforme a las políticas, normas,

lineamientos y procedimientos que para tal efecto emita la Dirección citada.

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19

Con la finalidad de verificar que la Delegación Coyoacán haya aplicado y desempeñado la

normatividad relativa a desarrollo y adquisición TIC relacionadas con el PETIC, establecidas

por la OM y demás normatividad TIC aplicable, la ASCM solicitó al ente auditado la

respuesta de un cuestionario. La Delegación dio respuesta con el oficio núm. DGA/1482/2018

del 16 de julio de 2018 y de ella se conoció que no realizó solicitudes de Dictamen

Técnico para la adquisición y desarrollo TIC ante la DGGTIC en 2017, debido a que no

celebró ningún tipo de contrato en materia TIC, de conformidad con el apartado 9.4,

numerales 9.4.1 y 9.4.2, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para

las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2015),

publicada el 18 de septiembre de 2015 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, núm. 179,

Tomo I, vigente en 2017.

Para comprobar que la Delegación Coyoacán haya implementado y ejecutado en sus

sitios web el marco normativo de gobernanza TIC, en las inspecciones físicas y pruebas

sustantivas informáticas al centro de datos y al servidor, se observó que el sitio web no se

encuentra hospedado en algún servidor del centro de datos de la Delegación.

En la reunión de confronta celebrada el 19 de septiembre de 2018, el Director General de

Administración de la Delegación Coyoacán, en representación del titular del órgano político-

administrativo, mediante el oficio núm. DGA/1922/2018 del 18 de septiembre de 2018, no

proporcionó información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.

Debido a que el sitio web de la Delegación Coyoacán se encontró hospedado en un

servidor externo, incumplió el apartado 9.6.14 de la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno Bis 2015), publicada el 18 de septiembre de 2015 en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal, núm. 179, tomo I, vigente en 2017, que señala:

“La OM, a través de la DGGTIC, proporcionará el servicio de hospedaje de sitios

de Internet a las Delegaciones que así lo soliciten.”

Por no disponer en su centro de datos de un servidor que hospedara el sitio web, la

Delegación incumplió la fracción V, del artículo 35 de la Ley de Gobierno Electrónico, que señala:

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“V. Procurar el uso de las tecnologías que permitan la consolidación, eficiencia, eficacia

y ahorro en costos de transacción.”

El nombre de dominio del sitio web es coyoacan.df.gob.mx, con lo cual se cumple el

apartado 9.6.8 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2015),

publicada el 18 de septiembre de 2015 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, núm. 179,

Tomo I, vigente en 2017.

Durante la inspección al sitio web se observó que la navegación dispuso de lo siguiente:

1. Acceso a la información de cada trámite y servicio en un máximo de 3 pasos.

2. Listados de los trámites y servicios más solicitados.

Por ello el sitio web oficial del órgano político-administrativo cumplió el Manual de

Identidad Gráfica de las Unidades de Atención Ciudadana en su apartado de Trámites

y Servicios en los sitios web de las Delegaciones, vigente en 2017.

De lo anterior, se concluye que la Delegación Coyoacán no realizó trámites de Dictamen

Técnico ante la DGGTIC para Desarrollo y Adquisición; el sitio web se encontró

hospedado en un servidor externo al centro de datos de la Delegación; y en lo que

respecta a navegación, el sitio web oficial del órgano político-administrativo cumplió el

Manual de Identidad Gráfica de las Unidades de Atención Ciudadana.

Recomendación ASCM-56-17-3-COY

Es necesario que la Alcaldía Coyoacán implemente acciones que aseguren que el sitio

web de la Alcaldía se encuentre hospedado en los servidores que en su defecto

se determine en la normatividad en materia de administración, en cumplimiento de

la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis) y de la Ley de Gobierno

Electrónico.

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Continuidad del Servicio y Recuperación de Desastres

4. Resultado

Al planear la continuidad de las operaciones, se deben identificar y especificar desde un

inicio los requerimientos y controles de seguridad de la información; así como asegurar la

coordinación con el personal de la Delegación y los contactos externos que participarán

en las estrategias de planificación de contingencias, asignando funciones para cada

actividad definida, con el objetivo de minimizar la interrupción de las operaciones y

proteger los procesos que se consideren críticos de los efectos de fallas importantes de

los sistemas de información o desastres, para asegurar su reanudación oportuna.

Con la finalidad de verificar que la Delegación Coyoacán haya incorporado y utilizado las

políticas de continuidad del servicio y recuperación de desastres generadas por la OM

permitiendo que la infraestructura tecnológica del órgano político-administrativo

proporcionara servicio de manera ininterrumpida a la ciudadanía, en alineación con las

mejores prácticas y estándares TIC aplicable, se realizaron inspecciones físicas y pruebas

sustantivas informáticas al centro de datos y a la infraestructura tecnológica. Para lo cual

se estructuró una muestra para verificar, la cual se constituyó de la siguiente manera:

Universo Muestra

Equipos en la Infraestructura TIC utilizada para servicios ciudadanos de la Delegación

Equipos en la Infraestructura TIC utilizada para servicios ciudadanos en la Delegación

Centro de datos

VUD CESAC Sitio Web Total Centro de datos

VUD CESAC Sitio Web Total

3 10 10 3 26 3 4 3 3 13

Al respecto, de su revisión se determinó lo siguiente:

1. Se conoció que el órgano político-administrativo dispuso de un centro de datos el cual

opera con dos servidores físicos, se seleccionaron los dos servidores acorde con las

muestras de auditoría. Dichos servidores contaron con las siguientes características

técnicas:

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Servidor Marca

y modelo Procesador Arquitectura

Velocidad reloj

Núcleos Memoria

cache Tamaño Tamaño Uso S.O.

S.O. en Servidores Virtualizados

Control de Gestión

Dell Optiplex

Pentium Dual E2220

64 bits 2.4 GHz 2 1 MB 1.9 GB 820 GB Sistema y base de datos de control de gestión

Ubuntu 12.04 LTS

CESAC y VUD

HP ProLiant ML350 G6

Intel Xeon E5606

64 bits 2.13 GHz 4 8 MB 12 GB 900 GB Sistemas CESAC y VUD

Windows Server 2008 R2 Enterprise

Por contar con un Centro de Datos que le permita aprovechar al máximo el uso

de las TIC y generar las condiciones de comunicación con los ciudadanos, el sujeto

fiscalizado cumplió con el artículo 35, Sección II, de la Ley de Gobierno Electrónico

del Distrito Federal, vigente en 2017. El centro de datos contó con energía eléctrica

polarizada y aterrizada para evitar que la infraestructura TIC sufriera daños en caso

de alguna situación adversa, ya que la conexión a tierra es esencial para la seguridad

y el rendimiento de los sistemas de energía eléctrica, los equipos electrónicos y los

dispositivos de protección contra sobretensiones utilizados normalmente para un

centro de datos, con lo cual se alinea a la norma Building Industry Consulting Service

International (BICSI), en su apartado 9.9.1.

La Delegación Coyoacán no dispuso de una herramienta de monitoreo que permita

estar supervisando los recursos críticos TIC como los son servidores, enrutadores y

enlaces, a fin de detectar actividades no autorizadas.

En la reunión de confronta celebrada el 19 de septiembre de 2018, el Director General

de Administración de la Delegación Coyoacán, en representación del titular del órgano

político-administrativo, mediante el oficio núm. DGA/1922/2018 del 18 de septiembre

de 2018, no proporcionó información relacionada con la presente observación, por lo

que ésta no se modifica. Por lo anterior, la Delegación incumplió el artículo 13,

apartado 7.6, inciso 7.6.2, “Monitoreo de los Sistemas y Recursos en Uso”, de las

Normas Generales que deberán observarse en materia de Seguridad de la Información

en la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes en 2017, que señala:

“Se deben desarrollar procedimientos formales para que de forma periódica se revisen

las bitácoras de auditoría, de al menos los recursos críticos de TI, a fin de detectar

actividades no autorizadas. El análisis de riesgos y los requerimientos regulatorios,

ayudan a determinar el nivel de seguimiento necesario.”

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23

2. De la muestra de auditoría se analizaron cinco equipos utilizados en el CESAC,

y cuatro en la VUD, cuyas características técnicas se presentan a continuación:

Equipos en VUD

Equipos de cómputo

Procesador Memoria RAM Disco duro

Marca modelo

Procesador Arquitectura Velocidad de reloj

Núcleos Memoria caché

Tamaño Tipo Velocidad Tamaño Interfaz RPM Velocidad Transferencia

HP 280 G2 Intel Core i3-7100

64 bits 3.9 GHz 2 3 MB 4GB DDR4 1200.5 MHz

1TB SATA 7200 6 Gbps

HP 280 G2 Intel Core i3-7100

64 bits 3.9 GHz 2 3 MB 4GB DDR4 1200.5 MHz

1TB SATA 7200 6 Gbps

HP 280 G2 Intel Core i3-7100

64 bits 3.9 GHz 2 3 MB 4GB DDR4 1200.5 MHz

1TB SATA 7200 6 Gbps

HP 280 G2 Intel Core i3-7100

64 bits 3.9 GHz 2 3 MB 4GB DDR4 1200.5 MHz

1TB SATA 7200 6 Gbps

RPM: Revoluciones por minuto.

Equipos en CESAC

Equipos de cómputo

Procesador Memoria RAM Disco duro

Marca modelo

Procesador Arquitectura Velocidad de reloj

Núcleos Memoria caché

Tamaño Tipo Velocidad Tamaño Interfaz RPM Velocidad Transferencia

HP 280 G2 Intel Core i3-7100

64 bits 3.9 GHz 2 3 MB 4GB DDR4 1200.5 MHz

1TB SATA 7200 6 Gbps

HP 280 G2 Intel Core i3-7100

64 bits 3.9 GHz 2 3 MB 4GB DDR4 1200.5 MHz

1TB SATA 7200 6 Gbps

HP 280 G2 Intel Core i3-7100

64 bits 3.9 GHz 2 3 MB 4GB DDR4 1200.5 MHz

1TB SATA 7200 6 Gbps

HP Compaq 6200 Pro

Intel Core i3-2120

64 bits 3.3 GHz

2 3 MB 4 GB DDR3 666.7 MHz 500 GB SATA 7200 6 Gbps

RPM: Revoluciones por minuto.

En las inspecciones realizadas los días 14 y 15 de agosto de 2018 a la VUD y al

CESAC, se observó que la Delegación Coyoacán se ajustó al apartado 9.4, “De las

solicitudes de Dictamen Técnico”, punto 9.4.5, de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del

Distrito Federal (Circular Uno Bis 2015), publicada el 18 de septiembre de 2015 en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal, núm. 179, Tomo I, vigente en 2017.

3. De las respuestas al cuestionario anexo al oficio núm. ACF-B/18/0645 del 2 de julio

de 2018, se determinó que la Delegación Coyoacán no dispuso del documento

denominado “Plan de Recuperación de Desastres (DRP)”, cuyo objetivo es definir el

conjunto de actividades, roles y responsabilidades que permitan mantener la continuidad

de la plataforma tecnológica de la institución, en caso de la ocurrencia de un evento de

desastre, interrupción mayor o un evento contingente.

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Asimismo, la Delegación Coyoacán no dispuso de una política referente a la realización

de respaldos de la información, lo que implicó un riesgo al no generar copias de

seguridad de sistemas, aplicaciones, datos y documentación de acuerdo con una

planificación definida, lo que podría derivar en un riesgo en la continuidad del servicio.

En la reunión de confronta celebrada el 19 de septiembre de 2018, la Delegación

Coyoacán no proporcionó información relacionada con la presente observación, por lo

que ésta no se modifica.

Por no contar con un plan de recuperación de desastres y de una política referente a

la realización de respaldos de la información, la Delegación Coyoacán incumplió lo

establecido el apartado 11.1 de las Normas Generales que deberán observarse en

materia de Seguridad de la Información en la Administración Pública del Distrito

Federal, inciso 11.1.1, “Planeación de la Continuidad de las Operaciones”, que señala:

“Se debe definir, desarrollar e implementar un plan para mantener o restaurar las

operaciones, que asegure la disponibilidad de la información en el nivel y escala de

tiempo requeridos por la Institución.”

Se concluye que la Delegación Coyoacán dispuso de un centro de datos que le permitió

aprovechar al máximo el uso de las TIC y generar las condiciones de comunicación con

los ciudadanos; en el centro de datos y los equipos utilizados en VUD y CESAC se contó

con energía eléctrica polarizada y aterrizada para evitar que los equipos de cómputo sufrieran

daños en caso de alguna situación adversa. Asimismo, los equipos de cómputo de las

áreas de VUD y CESAC cumplieron los Estándares Técnicos de Hardware. Sin embargo,

la Delegación no contó con un Plan de Recuperación de Desastres, ni de un documento

referente a la realización de respaldos de la información, que permitieran mantener la

continuidad de la plataforma tecnológica de la institución, en caso de la ocurrencia de un

evento de desastre, interrupción mayor o un evento contingente. Además, no dispuso de

una herramienta de monitoreo que permita estar supervisando los recursos críticos TIC

a fin de detectar actividades no autorizadas.

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Recomendación ASCM-56-17-4-COY

Es necesario que la Alcaldía Coyoacán establezca mecanismos de control y supervisión

para asegurar que se elabore e implemente un “Plan de Recuperación de Desastres”,

que contenga una política que regule las actividades correspondientes al respaldo de la

información, en cumplimiento de las Normas Generales que deberán observarse en

materia de Seguridad de la Información en la Administración Pública del Distrito Federal.

Recomendación ASCM-56-17-5-COY

Es necesario que la Alcaldía Coyoacán establezca mecanismos de control y supervisión

que asegure el monitoreo de los recursos críticos de las tecnologías de la información y

comunicaciones, a fin de detectar actividades no autorizadas en el hardware y software,

en los términos establecidos en las Normas Generales que deberán observarse en

materia de Seguridad de la Información en la Administración Pública del Distrito Federal.

Seguridad de la Información

5. Resultado

De acuerdo con la Information Systems Audit and Control Association (ISACA), la

seguridad de la información es “la protección de activos de información, a través del

tratamiento de amenazas que ponen en riesgo la información que es procesada,

almacenada y transportada por los sistemas de información que se encuentran

interconectados”.

De acuerdo con las Normas Generales que deberán observarse en materia de Seguridad

de la Información en la Administración Pública del Distrito Federal, el objetivo de una

política de seguridad es establecer desde el más alto nivel de la administración la

relevancia, el soporte, el compromiso y la comunicación a todos los empleados y terceros

con los que interactúa, en relación con la seguridad de la información, en consideración

de los requerimientos institucionales y el marco normativo aplicable.

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Con la finalidad de verificar que la Delegación Coyoacán en 2017 haya establecido y

aplicado las políticas de seguridad TIC señaladas por la OM para salvaguardar los bienes

informáticos y la información gestionada, de acuerdo con los estándares, buenas prácticas y

normas TIC aplicables, la ASCM realizó inspecciones físicas y pruebas sustantivas

informáticas a la infraestructura tecnológica el 14 y 15 de agosto de 2018, como se acordó

en el acta circunstanciada núm. ACF-B/56-17/18/01 del 18 de julio de 2018 signada con el

Subdirector de Informática de la Delegación Coyoacán; asimismo, se solicitó al ente auditado

por medio del oficio núm. ACF-B/18/0645 del 2 de julio de 2018, la aplicación de un

cuestionario, que dio respuesta con el oficio núm. DGA/1482/2018 del 16 de julio de 2018.

Asimismo, no acreditó contar con un documento referente a Políticas de Seguridad de la

Información, la Delegación Coyoacán, en cumplimiento de las Normas Generales que

deberán Observarse en materia de Seguridad de la Información en la Administración

Pública del Distrito Federal, dicha observación se desarrolló en el resultado de Evaluación

del Control Interno.

Como resultado de las inspecciones físicas a la infraestructura tecnológica del ente, se

observó que en el CESAC y el VUD se careció de una política de escritorio limpio y

pantalla limpia, toda vez que los servidores públicos que dan servicio a la ciudadanía

cuando no se encuentran en su área de trabajo o se alejan, dejan alcance información

sensible en papel y dispositivos de memoria removibles, y no se tiene acceso restringido

al espacio de trabajo de los funcionarios de la VUD.

En la reunión de confronta celebrada el 19 de septiembre de 2018, la Delegación

Coyoacán no proporcionó información relacionada con la presente observación, por lo que

ésta no se modifica.

Por no acreditar con una política de escritorio limpio y pantalla limpia la Delegación

Coyoacán incumplió el artículo 13, apartado 8.3, inciso 8.3.2, “Escritorio Limpio y Pantalla

Limpia”, de las Normas Generales que deberán observarse en materia de Seguridad de la

Información en la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes en 2017 que señala:

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27

“Cuando el personal no se encuentre en su área de trabajo o se aleje por un tiempo

considerable, no debe dejar al alcance información sensible o confidencial en cualquier

forma (papel, dispositivos de memoria removibles, monitores de computadoras, entre

otros). Se debe establecer una política de escritorio y monitor limpios para reducir el

riesgo de accesos y divulgación no autorizados, pérdida y daño de información.”

De lo expuesto, se concluye que la Delegación Coyoacán no dispuso de una política

de escritorio limpio y pantalla limpia.

Recomendación ASCM-56-17-6-COY

Es necesario que la Alcaldía Coyoacán establezca un mecanismo de supervisión que

asegure desarrollar una política de escritorio y pantalla limpia que reduzca el riesgo de

accesos y divulgación no autorizados, pérdidas y daños de información, y se deje evidencia

de ello, en cumplimiento de las Normas Generales que deberán observarse en materia de

Seguridad de la Información en la Administración Pública del Distrito Federal.

RESUMEN DE OBSERVACIONES Y ACCIONES

Se determinaron cinco resultados, que generaron siete observaciones, las cuales corresponden

a: seis recomendaciones.

La información contenida en el presente apartado, refleja las acciones derivadas de las

auditorías que hasta el momento se han detectado por la práctica de pruebas y

procedimientos de auditoría; sin embargo, podrían sumarse observaciones y acciones

adicionales a las señaladas, producto de los procesos institucionales, de la recepción de

denuncias, y de las funciones de investigación y sustanciación a cargo de esta Entidad

de Fiscalización Superior de la Ciudad de México.

JUSTIFICACIONES Y ACLARACIONES

El sujeto fiscalizado no proporcionó documentación ni información para aclarar o justificar

los resultados y observaciones incorporadas por la Auditoría Superior de la Ciudad de

México en el Informe de Resultados de Auditoría para Confronta, mismas que se plasman

Page 30: XXVI. I A R C P C M E - ascm.gob.mx · 3. Se determinó incrementar la muestra original del 30.0% para incrementar el grado de seguridad en la eficiencia operativa de los controles

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en el presente Informe Individual que forma parte del Informe General Ejecutivo del

Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México,

por lo que los resultados uno, tres, cuatro y cinco se consideran como no desvirtuados.

PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA

En cumplimiento del artículo 36, párrafo décimo tercero de la Ley de Fiscalización

Superior de la Ciudad de México, se enlistan los nombres y cargos de las personas

servidoras públicas de la Auditoría Superior de la Ciudad de México involucradas en la

realización de la auditoría.

Persona servidora pública Cargo

Planeación y ejecución

Mtro. Sergio Jesús González Muñoz Director General

Mtro. Edgar Alan Apantenco Belmont Director “C” de Auditoría

Dr. Luis Manuel Callejas Sáenz Subdirector de Área

C.P. Alma Delia Rojas Barrera Subdirector de Área

Lic. Ulises Quijano Morales Jefe de Unidad Departamental

lng. Jorge Rodrigo Rodríguez Calderas Auditor Fiscalizador “C”

lng. Daniel Jesús Zepeda Madrigal Auditor Fiscalizador “C”

Lic. Ramsés Gutiérrez Zepeda Auditor Fiscalizador “C”

C. Juana Adriana Ramírez Vargas Auditor Fiscalizador “A”

Confronta y elaboración de informes

L.C. María Guadalupe Xolalpa García Encargada del Despacho de la Dirección General

Mtro. Fidel López Gaona Subdirector de Área

Lic. Ulises Quijano Morales Jefe de Unidad Departamental

lng. Jorge Rodrigo Rodríguez Calderas Auditor Fiscalizador “C”

lng. Daniel Jesús Zepeda Madrigal Auditor Fiscalizador “C”

Lic. Ramsés Gutiérrez Zepeda Auditor Fiscalizador “C”

C. Juana Adriana Ramírez Vargas Auditor Fiscalizador “A”