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(Ley Estatutaria 1757 de 2015, por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática) PLAN INSTITUCIONAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA VEEDURIA DISTRITAL 2017 -2020

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(Ley Estatutaria 1757 de 2015, por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación

democrática)

PLAN INSTITUCIONAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA VEEDURIA DISTRITAL

2017 -2020

Bogotá, D.C., enero de 2020

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PIPC 2017 – 2020

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Tabla de contenido

Presentación...............................................................................................................................3

1. Contexto Estratégico.............................................................................................................5

1.1 Misión..............................................................................................................................6

1.2 Visión..............................................................................................................................6

1.3 Objetivos Estratégicos.....................................................................................................6

1.4 Principios y Valores........................................................................................................6

1.5 Políticas del Sistema Integrado de Gestión - MIPG........................................................7

2. Plan Institucional de Participación Ciudadana (PIPC) de la Veeduría Distrital 2017-2020.8

2.1 Objetivo General.............................................................................................................8

2.2 Objetivos Específicos......................................................................................................8

2.3 Alcance............................................................................................................................8

2.4 Marco Legal de Participación Ciudadana........................................................................8

2.5 Componentes del Plan Institucional de Participación Ciudadana...................................9

2.6 Enfoques del Plan..........................................................................................................11

2.7 Desarrollo Plan Institucional de Participación Ciudadana............................................12

Referencias..............................................................................................................................13

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Presentación

Se entiende por participación ciudadana “el derecho al ejercicio pleno del poder de las personas que en condición de sujetos sociales y políticos, y de manera individual o colectiva transforman e inciden en la esfera pública en función del bien general y el cumplimiento de los derechos civiles, políticos, sociales, económicos, ambientales y culturales, mediante procesos de diálogo, deliberación y concertación…”. (Decreto 503, 2011, Art. 2)

Esta participación implica el desarrollo de una serie de actividades que involucren a todas las áreas misionales; actividades que deben tener una secuencia lógica y ser adecuadas para los propósitos de la Entidad en esta materia. En ese sentido, el artículo 32 de la Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones y el artículo 2 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática, establecen la obligatoriedad de las entidades de incluir en sus Planes desarrollo y Planes de gestión, medidas o acciones tendientes a promover y facilitar la participación ciudadana.

Es importante considerar que es un derecho y un deber de los ciudadanos participar de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados, lo cual se entiende como control social. (Ley 1757, 2015, Art. 60).

Una expresión del control social es la rendición de cuentas, la cual es el proceso conformado por un conjunto de normas, procedimientos, metodologías, estructuras, prácticas y resultados mediante los cuales, las entidades de la administración pública del nivel nacional y territorial y los servidores públicos informan, explican y dan a conocer los resultados de su gestión a los ciudadanos, la sociedad civil, otras entidades públicas y a los organismos de control, a partir de la promoción del diálogo. La rendición de cuentas tiene como finalidad la búsqueda de la transparencia de la gestión de la administración pública. (Ley 1757, 2015, Art. 48).

Dado que es de obligatorio cumplimiento rendir cuentas en forma permanente y que la Entidad tiene contacto constante con sus grupos de valor, es necesario establecer un Plan Institucional de Participación Ciudadana para la Veeduría Distrital que indique en detalle, las actividades a realizar en una vigencia, para garantizar a los grupos de interés el derecho a ejercer control, incidir, evaluar la gestión y contribuir a la resolución de los problemas sociales, contribuyendo a afianzar la confianza y sentido de pertenencia, y legitimar de esta manera la construcción colectiva de lo público.

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Para el segundo cuatrimestre de 2018 se presentaron cambios en la forma de realizar el Monitoreo al PIPC, ya que los mismos se integraron al Plan de Acción Integrado (en adelante PAI) como se estableció en el Decreto 612 del 4 de Abril de 2018 “Por el cual se fijan directrices para la integración de los planes institucionales y estratégicos al Plan de Acción por parte de las entidades del Estado”. Por tal razón, el Monitoreo a dichos instrumentos de la planeación se realizaron teniendo en cuenta la información suministrada por los centros de gestión, mes a mes, sobre el reporte de las actividades de su respectivo plan de acción.

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1. Contexto Estratégico.

De acuerdo con el Artículo 5 del Decreto 1421 de 1993, la Veeduría Distrital se crea como un órgano de control y vigilancia de la administración, que goza de autonomía administrativa y presupuestal. De conformidad con lo establecido en el Artículo 2 del Acuerdo 24 de 1993 los objetivos de la Veeduría Distrital son los siguientes:

Apoyar a los funcionarios responsables de lograr la vigencia de la moral pública en la gestión administrativa, así como a los funcionarios encargados del control interno, sin perjuicio de las funciones que la Constitución y las Leyes asignan a otros organismos o entidades;

Verificar que se obedezcan y ejecuten las disposiciones vigentes

Controlar que los funcionarios y trabajadores distritales cumplan debidamente sus funciones, deberes y responsabilidades y como consecuencia de ello, exigir a las autoridades distritales la adopción de las medidas.

Velar porque el desarrollo organizacional y de gestión administrativa esté de acuerdo con las políticas, planes, programas y proyectos identificados en el Plan de Desarrollo del Distrito Capital, de tal manera que se les dé adecuado y oportuno cumplimiento.

Propender por el cumplimiento de los compromisos adquiridos por la administración con la comunidad.

Identificar, para que la administración las erradique, las prácticas administrativas corruptas o propicias para la ocurrencia de la corrupción.

Velar porque se sancione oportunamente a los servidores públicos y particulares que cometan delitos contra la administración pública, así como a los que atenten contra el interés general.

Promover la participación ciudadana para el seguimiento, evaluación y control del diseño y ejecución de las políticas públicas, los contratos de administración y la actuación de los servidores públicos, así como para la co-gestión del desarrollo de la ciudad.

Solicitar que contra los empleados de carrera o aquéllos designados para período fijo se abra el correspondiente proceso disciplinario. En estos casos, los funcionarios de la Veeduría podrán aportar o solicitar las pruebas que consideren pertinentes, intervenir para lograr que se apliquen las sanciones si a ello hubiere lugar, y velar por la regularidad del proceso.

La plataforma estratégica de la Veeduría Distrital, se encuentra conformada por la Misión, Visión, Objetivos Estratégicos, Principios y Valores, y Políticas del Sistema Integrado de Gestión - MIPG definidos así:

1.1 Misión

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Ejercer control preventivo, promover el control social, fortalecer la transparencia y la lucha contra la corrupción, para el mejoramiento de la gestión pública distrital.

1.2 Visión

A 2020, seremos una entidad reconocida por su alta capacidad técnica e innovadora que incide en la gestión de lo público en el distrito, y contribuye a aumentar la confianza entre la ciudadanía y las instituciones públicas.

1.3 Objetivos Estratégicos.

Aportar desde el control preventivo al cumplimiento del Plan de Desarrollo Distrital 2016-2020 en cabeza de la Veeduría Distrital.

Promover la integridad y la moralidad administrativa para afianzar el respeto y la defensa de lo público.

Contribuir a una mejor gestión pública distrital transparente e innovadora.

Fortalecer el control social incidente y la interacción entre la ciudadanía y la administración distrital.

Fortalecer la capacidad institucional para dar respuesta oportuna a los servicios prestados por la Veeduría Distrital. Relevante

1.4 Principios y Valores.

A continuación, se enuncian los cinco (5) valores suscritos en el Código de Integridad de la Veeduría Distrital, según resolución 185 del 19 de septiembre de 2019; el cual determina una línea de acción cotidiana para los servidores así:

Honestidad: Actúo siempre con fundamento en la verdad, cumpliendo mis deberes con transparencia y rectitud, y siempre favoreciendo el interés general.

Respeto: Reconozco, valoro y trato de manera digna a todas las personas, con sus virtudes y defectos, sin importar su labor, su procedencia, títulos o cualquier otra condición.

Compromiso: Soy consciente de la importancia de mi rol como servidor público y estoy en disposición permanente para comprender y resolver las necesidades de las personas con las que me relaciono en mis labores cotidianas, buscando siempre mejorar su bienestar.

Diligencia: Cumplo con los deberes, funciones y responsabilidades asignadas a mi cargo de la mejor manera posible, con atención, prontitud y eficiencia, para así optimizar el uso de los recursos del Estado.

Justicia: Actúo con imparcialidad garantizando los derechos de las personas, con equidad, igualdad y discriminación.

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1.5 Políticas del Sistema Integrado de Gestión - MIPG

La Veeduría Distrital, como organismo de vigilancia y control que promueve la transparencia y contribuye a la prevención de la corrupción en la gestión pública distrital, busca la satisfacción de necesidades y expectativas de los usuarios y partes interesadas, con el cumplimiento pleno de los requisitos legales y organizacionales del Sistema Integrado de Gestión - MIPG.

Acorde con lo anterior, la Veeduría Distrital en el desarrollo de su misión se compromete con:

La identificación y prevención de las condiciones y factores que afectan o pueden afectar la salud y seguridad del personal, para garantizar un ambiente de trabajo adecuado.

La protección, confidencialidad, integridad, disponibilidad y autenticidad de los activos de información.

La administración y conservación de los documentos de archivo producidos en el ejercicio de su gestión, así como la preservación de la memoria institucional.

La prevención de la contaminación y la mitigación o compensación de los impactos ambientales generados con su quehacer misional.

La adopción del Sistema Integrado de Gestión en la Entidad, en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión con el fin de orientar, fortalecer, articular, alinear y dirigir la gestión institucional, mejorando con ello la interacción entre la Entidad y los ciudadanos a partir de la implementación de las 17 políticas contenidas en el Manual de Políticas Operacionales de MIPG

La Veeduría Distrital fortalece el desarrollo de su personal y promueve un ambiente de responsabilidad social y la participación de los usuarios y partes interesadas, destinando los recursos necesarios para elevar los niveles de eficacia, eficiencia y efectividad y el mejoramiento continuo de su Sistema Integrado de Gestión -MIPG.

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2. Plan Institucional de Participación Ciudadana (PIPC) de la Veeduría Distrital 2017-2020

2.1 Objetivo General

Promover y garantizar la participación ciudadana en la planeación, consulta y control (seguimiento) a la gestión de la Entidad, para la vigencia 2017-2020, de conformidad con la normatividad vigente.

2.2 Objetivos Específicos

Preparar a la Veeduría Distrital para el proceso de participación ciudadana y rendición de cuentas.

Gestionar y realizar un ejercicio de rendición de cuentas durante cada vigencia.

Generar espacios adecuados de participación ciudadana para la elaboración de documentos y mejora de productos de la Veeduría Distrital.

Generar un espacio adecuado de participación en la planeación institucional de la Veeduría Distrital.

Participar en la elaboración, desarrollo o seguimiento a proyectos de mejora institucional o del servicio al ciudadano.

Realizar seguimiento a las actividades del Plan de Participación Ciudadana 2020.

2.3 Alcance

Desarrollo de actividades con localidades para la mejora de la gestión de la Veeduría Distrital.

2.4 Marco Legal de Participación Ciudadana

A continuación se relacionan las normas más importantes asociadas al Plan Institucional de Participación Ciudadana y que se tuvieron en cuenta para la elaboración del mismo:

Tabla 1: Normatividad asociada al Plan Institucional de Participación Ciudadana

Norma Descripción

Decreto 2591 de 1991 Por medio del cual se desarrolla el artículo 86 de la Constitución sobre la acciónde tutela

Decreto 306 de 1992 Por el cual se reglamenta el Decreto 2591 de 1991 (Acción de Tutela)Ley 80 de 1993 Sobre Contratación Estatal.Ley 134 de 1994 Por la cual se dictan normas sobre Mecanismos de Participación Ciudadana

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Norma Descripción

Ley 190 de 1995Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la Administración Pública y se fijan disposiciones con el fin de erradicar la corrupción administrativa.

Ley 393 de 1997 Acción de Cumplimiento.Ley 472 de 1998 Sobre las Acciones Populares y de Grupos.

Ley 489 de 1998 Artículo 32. Democratización de la Administración Pública.Artículo 33. Acerca de las Audiencias Públicas.

Decreto 1382 de 2000 Por medio del cual se desarrolla el artículo 86 de la Constitución sobre la acción de tutela.

Ley 734 de 2002Nuevo Código Único Disciplinario. Directiva Presidencial No. 10 de 2002, para que la comunidad en general realice una eficiente participación y control social a la gestión administrativa.

Ley 850 de 2003 Por medio de la cual se reglamentan las Veedurías Ciudadanas. Ley 1150 de 2007, modifica la Ley 80 de 1993 Contratación Estatal.

CONPES 3654 de 2010 Sobre la rendición de cuentas a la ciudadanía.

Ley 1474 de 2011Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

Decreto 2641 de 2012 Plan Anticorrupción y de Atención del Ciudadano

Decreto 2482 de 2012 Por el cual se establecen los lineamientos generales para la integración de la planeación y la gestión.

Ley Estatutaria 1757 de2015

Artículo 2. De la política pública de participación democrática.

Decreto 2573 de 2014 Estrategia de Gobierno en Línea.

Fuente: http://www.alcaldiabogota.gov.co/

De igual manera para la elaboración del Plan se tuvieron en cuenta los siguientes documentos, y lineamientos técnicos:

Tabla 2: Otros insumos para la elaboración del Plan Institucional de Participación Ciudadana

Documentos• Plan Estratégico de la Veeduría Distrital 2016-2020• Plan de Acción Integrado 2019• Políticas Operacionales de MIPG

Lineamientos Técnicos

• Departamento Administrativo de la Función Pública (2017). Cómo planear el Plan de Participación Ciudadana 2017. Recuperado de http://www.funcionpublica.gov.co/eva/es/participacion2017

• Departamento Administrativo de la Función Pública (2016). ABC de la Ley 1757 de 2015. Estatuto de la participación democrática en Colombia.

• Departamento Administrativo de la Función Pública (2017). Modelo Integrado de Planeación y Gestión Versión 2 – Manual Operativo. Diseño, implementación y fortalecimiento de las Dimensiones Operativas.

Fuente: Veeduría Distrital

2.5 Componentes del Plan Institucional de Participación Ciudadana

Considerando los requisitos legales, lineamientos técnicos e insumos para la elaboración del PIPC de la Veeduría Distrital, se determina que las actividades a desarrollar en cada año deben enmarcarse dentro de las siguientes etapas:

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Tabla 3: Etapas del PIPC

Etapas Descripción

Planear

Alistamiento institucional para el ejercicio de la participación ciudadana y la rendición de cuentas

• Se deben conformar equipo de trabajo• Se identifican o actualizan los grupos de valor para la

Veeduría Distrital.• Identificación de temas de mayor relevancia que

permitan desarrollar ejercicios de participación.• Identificación de espacios y medios idóneos para el

proceso de rendición de cuentas.• Formación a los servidores públicos de la Veeduría

Distrital en temáticas impulsadas por la Delegada de Participación y Programas Especiales, y otros temas de interés para mejorar la comunicación con los grupos de valor y brindar una información veraz y oportuna a los mismos.

Hacer

Participación en la gestión - Desarrollar un ejercicio de rendición de cuentas del año 2019

• Realización del proceso de rendición de cuentas y otros espacios de promoción de la información; dar a conocer a los grupos de valor, en tiempo real, los temas de interés que desarrolla y tiene pensado desarrollar la Veeduría Distrital en aras de que los ciudadanos opinen, compartan sus ideas y/o retroalimenten a la Entidad

Hacer

Promover la participación para la obtención de información de la ciudadanía, que oriente la gestión institucional del Distrito Capital

• Desarrollo de actividades con localidades para la mejora de la gestión de la Entidad.

Hacer

Participación en la planeación institucional

• Invitar a los grupos de valor a que opinen sobre la planeación estratégica de la Entidad.

Participación en proyectos de mejora institucional o del servicio al ciudadano

• Elaboración y ejecución, o participación en proyectos que permitan mejorar el servicio al ciudadano y/o el desempeño institucional.

Verificar

y

Actuar

Seguimiento y evaluación a las actividades del Plan de Participación Ciudadana 2019

• Realización de informe de seguimientos a las actividades planteadas en el plan.

Fuente: Oficina Asesora de Planeación 2020

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Vigencias2016

2017 2018 2019 2020

Participación en la planeación institucional y en la formulación del Plan Anticorrupción.Participación en la elaboración de informes y en la mejora de productos de la entidad.Participación para la mejora de productos de cara a las entidades distritales.Desarrollo de actividades con localidades para la mejora de la gestión de la Entidad.

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2.6 Enfoques del Plan

Dentro de la estrategia definida para llevar a cabo el PIPC, se establecieron los siguientes enfoques, en los cuales se centrarán las actividades a desarrollar en cada vigencia:

- 2017: Participación en la planeación institucional y en la formulación del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano.

En este aspecto se contemplarán actividades de participación tendientes a recolectar la opinión ciudadana frente a los instrumentos de planeación institucional 2017, con el fin de identificar enfoques o acciones estratégicas para incluir en estas herramientas para el año 2018.

- 2018: Participación en la elaboración de informes y en la mejora de productos de la entidad.

Bajo este enfoque, la Veeduría Distrital pretende vincular a los grupos de valor en la co- creación de sus documentos e informes, de manera que se vea una mejora en la calidad de sus contenidos desde el punto de vista ciudadano así como la utilidad para los grupos de interés en general.

- 2019: Participación ciudadana para la mejora de productos de cara a las entidades distritales.

En este caso, se desarrollarán actividades de participación con los ciudadanos, organizaciones sociales e instancias de participación ciudadana con el fin de que aporten sus ideas en la elaboración de productos por parte de la Entidad, fortaleciendo la calidad y utilidad de los mismos, y contribuyendo a fortalecer la propia gestión.

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- 2020: Desarrollo de actividades con localidades para la mejora de la gestión de la Entidad.

Con el aporte de grupos de valor de las localidades que en su momento se definan, se identificarán oportunidades de mejoramiento de los servicios que presta la Veeduría Distrital, bajo las metodologías que se definan para tal fin, enmarcadas en el nuevo modelo de servicio al ciudadano.

2.7 Desarrollo Plan Institucional de Participación Ciudadana

De acuerdo a los enfoques enunciados se establecen las acciones y responsables para cada uno de los componentes del PIPC 2020 las cuales se encuentran definidas e integradas en el Plan de Acción Integrado- PAI 2020 de la Veeduría Distrital y el cual se encuentra publicado en la página web de la entidad.

La elaboración del Plan fue liderada por la Oficina Asesora de Planeación con aportes de los siguientes Centros de Gestión:

- Veeduría Delegada para la Participación y los Programas Especiales

- Oficina Asesora de Planeación

- Equipo de Comunicaciones Estratégicas

- Equipo de Formación y Capacitación

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Referencias

Alcaldía Mayor de Bogotá. (16 de noviembre de 2011). Decreto por el cual se adopta la Política Pública de Participación Incidente para el Distrito Capital. [Decreto 503 de 2011]. RD: 4775.

Congreso de la República. (6 de julio de 2015) Ley Estatutaria de Participación Democrática. [Ley 1757 de 2015]. DO: 49565.

Departamento Administrativo de la Función Pública (2017). Cómo planear el Plan de Participación Ciudadana 2017. Recuperado de http://www.funcionpublica.gov.co/eva/es/participacion2017

Departamento Administrativo de la Función Pública, Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República & Departamento Nacional de Planeación. Guía de caracterización de ciudadanos, usuarios y grupos de interés. Bogotá.

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