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ELECTROHUILA S.A. E.S.P. INVITACIÓN PÚBLICA EHUI-SGAL-012-2020 1. INFORMACIÓN GENERAL 1.1 NORMATIVIDAD APLICABLE La presente invitación y el contrato que de esta se derive se regirán por el derecho privado conforme a lo dispuesto en las Leyes 142 de 1994, arts. 31 y 32; 143 de 1994, art. 8, y el Acuerdo No. 014 de diciembre de 2019 de la Junta Directiva por medio del cual fue expedido el Manual de Contratación de Electrohuila S.A. E.S.P. 1.2 IDIOMA El idioma que rige el presente proceso es el castellano. En consecuencia, de presentarse documentos en otro idioma, estos deberán venir traducidos al español por un traductor oficial, circunstancia que deberá acreditarse. 1.3 OBJETO Suministro de personal temporal para atender actividades ocasionales o transitorias; reemplazos por vacaciones, licencias, permisos sindicales y/o incapacidades, así como también apoyar la ejecución de proyectos específicos y nuevos del negocio, requeridos por la Electrificadora del Huila S.A. E.S.P. 1.3.1. CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE NACIONES UNIDAS (UNSPSC) Página 1 de 68

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Page 1:  · Web viewELECTROHUILA S.A. E.S.P. INVITACIÓN PÚBLICA . EHUI-SGAL-012-20. 20. INFORMACIÓN GENERAL. NORMATIVIDAD APLICABLE. La presente invitación y el contrato que de esta se

ELECTROHUILA S.A. E.S.P.INVITACIÓN PÚBLICA EHUI-SGAL-012-2020

1. INFORMACIÓN GENERAL

1.1 NORMATIVIDAD APLICABLE

La presente invitación y el contrato que de esta se derive se regirán por el derecho privado

conforme a lo dispuesto en las Leyes 142 de 1994, arts. 31 y 32; 143 de 1994, art. 8, y el

Acuerdo No. 014 de diciembre de 2019 de la Junta Directiva por medio del cual fue expedido

el Manual de Contratación de Electrohuila S.A. E.S.P.

1.2 IDIOMA

El idioma que rige el presente proceso es el castellano. En consecuencia, de presentarse

documentos en otro idioma, estos deberán venir traducidos al español por un traductor

oficial, circunstancia que deberá acreditarse.

1.3 OBJETO

Suministro de personal temporal para atender actividades ocasionales o transitorias;

reemplazos por vacaciones, licencias, permisos sindicales y/o incapacidades, así como

también apoyar la ejecución de proyectos específicos y nuevos del negocio, requeridos por

la Electrificadora del Huila S.A. E.S.P.

1.3.1. CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE NACIONES UNIDAS (UNSPSC)

La invitación objeto del presente Proceso de Contratación está codificada en el Clasificador

de Bienes y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC), como se indica en la siguiente tabla:

Clasificación UNSPSC Descripción

80111600 Servicios de personal temporal.

1.4. MATRIZ DE RIESGO

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La matriz de riesgos del presente proceso de contratación se presenta en el Anexo No. 10.

1.5. ALCANCE DEL CONTRATO

Suministrar personal idóneo que cumpla con el descriptivo del cargo de acuerdo con las

necesidades y perfil necesarios establecidos por la organización, para atender actividades

ocasionales o transitorias; reemplazos por vacaciones, licencias, permisos sindicales o

incapacidades, restricciones médicas así como también apoyar la ejecución de proyectos

específicos y nuevos del negocio, con el objeto de responder a las exigencias del nuevo

marco regulatorio que implica apoyar el levantamiento, construcción y ejecución de

proyectos de inversión, en las diferentes zonas del departamento del Huila en donde tiene

cobertura ELECTROHUILA S.A. E.S.P.

1.5.1. ESPECIFICACIONES

1.5.1.1. PERSONAL

El contratista en calidad de empleador realizará la selección y vinculación para suplir la

necesidad del cargo que le indique ELECTROHUILA S.A. E.S.P., bajo las condiciones que

le sean comunicadas por el supervisor o interventor del contrato; además deberá verificar

que el personal que se contrate cumpla con el perfil mínimo definido en el descriptivo de

cargos, implementado por ELECTROHUILA S.A. E.S.P., que incluye el nivel educativo, entre

otros requerimientos para cada uno de los cargos a proveer. ELECTROHUILA S.A. E.S.P.

se reserva el derecho de solicitar al contratista el remplazo del personal que a su juicio no

demuestre competencia para la labor designada.

El contratista deberá atender las solicitudes de vinculación de personal solicitado por el

supervisor o interventor designado por ELECTROHUILA S.A. E.S.P. remitidas mediante

correo electrónico, la cual será acompañada del formato de requisición de personal, en

donde se especifica el detalle del requerimiento, la distribución del centro de costos y el

proyecto al que pertenezca. La anterior solicitud deberá ser atendida por el contratista en un

plazo máximo de un día.

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Page 3:  · Web viewELECTROHUILA S.A. E.S.P. INVITACIÓN PÚBLICA . EHUI-SGAL-012-20. 20. INFORMACIÓN GENERAL. NORMATIVIDAD APLICABLE. La presente invitación y el contrato que de esta se

En los casos que se presenten situaciones que alteren la normal ejecución del contrato de

trabajo y que haya dado lugar el trabajador temporal, ELECTROHUILA S.A. E.S.P. reportará

al contratista la situación de manera documentada, para que sea analizada y proceda de

conformidad con sus reglamentos internos.

El contratista deberá mantener oportuna y permanente comunicación con ELECTROHUILA

S.A. E.S.P. a través de supervisor e informar cualquier conflicto laboral, colectivo, real o

potencial, en relación con el personal contratado y de cualquier otro hecho del cual tenga

conocimiento que pueda afectar el desarrollo del contrato o las actividades propias de

ELECTROHUILA S.A. E.S.P.

1.5.1.2. PROCESOS DE CONTRATACIÓN

El representante legal de la empresa contratista suscribirá contratos laborales bajo su

responsabilidad con cada uno de los trabajadores temporales que asigne a la ejecución del

contratadas y no podrá delegar esta responsabilidad en tercera persona. Para estos efectos

ELECTROHUILA S.A. E.S.P. no aceptará modalidades de contratación distintas a la

contratación laboral entre el contratista y cada trabajador, en los términos ya señalados.

Todos los trabajadores serán de libre vinculación o desvinculación por el contratista y no

adquieren relación laboral, administrativa, ni de alguna índole con ELECTROHUILA S.A.

E.S.P.

1.5.1.3. SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES, SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES

El pago de salarios, indemnizaciones, bonificaciones, prestaciones sociales, parafiscales y

demás obligaciones laborales derivadas del contrato con el personal temporal serán

responsabilidad del contratista.

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El contratista deberá reconocer las eventuales novedades de horas extras, recargos

nocturnos, dominicales o festivos, compensatorios y viáticos que se requieran para prestar

en forma adecuada el servicio requerido y que sean autorizados por el supervisor o

interventor designado por ELECTROHUILA S.A. E.S.P.

ELECTROHUILA S.A. E.S.P., suministrará la escala de sueldos, recargos y viáticos, los

cuales se podrán tomar como base para realizar la contratación de cada uno de los cargos a

proveer.

Será obligación del contratista afiliar al personal temporal asignado para la ejecución del

contrato al sistema de seguridad social en salud, pensión, riesgos laborales y parafiscales al

momento de suscribir el contrato de trabajo.

Cualquier accidente de trabajo, enfermedad laboral, incapacidades, licencias y demás,

deberán ser asumidas por las entidades del Sistema de Seguridad Social integral a las

cuales sea afiliado el empleado temporal. El contratista es responsable por las prestaciones

que no asuma el sistema de Seguridad Social; en el evento que el contratista no afilie al

trabajador temporal al Sistema de Seguridad Social, no lo afilie en el riesgo correspondiente

a la actividad, o no cancele oportunamente los aportes, deberá hacerse responsable por los

cobros generados por esta situación, Igualmente el contratista asume la responsabilidad por

el no cobro de las incapacidades ante la entidad respectiva.

El contratista será responsable como único patrono de pagar los salarios oportunamente al

personal temporal, los 15 y 30 de cada mes, si este cae en un fin de semana el pago se

realizará el día hábil anterior, mediante pago por transferencia a las cuentas de cada

trabajador, así mismo deberá cumplir con las fechas establecidas para el pago de los

aportes al sistema de seguridad social integral y cualquier otro aporte fiscal o parafiscal que se

derive en cumplimiento de la ley. Los documentos que soporten lo anterior, deberán

organizados, actualizados y disponibles, en cualquier momento para ser revisados por parte

de ELECTROHUILA S.A. E.S.P. a través del supervisor.

El personal temporal retirado tendrá derecho a la liquidación de prestaciones sociales de

acuerdo a lo ordenado por el código sustantivo del trabajo de acuerdo a la modalidad de

contratación laboral. A la terminación del contrato de trabajador temporal el contratista

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deberá garantizar a ELECTROHUILA S.A. E.S.P. el reintegro de los elementos entregados o

suministrados para el desarrollo de la labor contratada. La liquidación será cancelada dentro

del término legal y el contratista asumirá los costos que implique la mora en el pago de esta.

1.5.1.4. DOTACIÓN, ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL, HERRAMIENTAS Y EQUIPOS.

El contratista deberá dotar a sus trabajadores temporales de los elementos de protección

personal y dotación, en los términos establecidos en el código sustantivo de trabajo.

Los elementos de protección personal deberán ser los necesarios y acordes al desarrollo de

las actividades que ejecutará el trabajador temporal de acuerdo con las especificaciones que

previamente notifique ELECTROHUILA S.A. E.S.P.

La camisa que sea entregada como parte de la dotación a los trabajadores temporales que

desarrollen actividades de tipo administrativo deberá ser blanca, manga larga, bordada con

logo de ELECTROHUILA S.A. E.S.P.

Para los trabajadores temporales que desarrollen actividades administrativas y que

devenguen más de dos SMLMV, se les entregará la dotación, solo cuando así lo solicite

ELECTROHUILA S.A. E.S.P. y será una camisa blanca, manga larga, bordada con logo de

ELECTROHUILA S.A. E.S.P.

El costo de los elementos de protección personal y dotación será reconocido por

ELECTROHUILA S.A. E.S.P. según valor acordado con el contratista. sin que este pueda

hacer base para la determinación del AIU del contrato.

El contratista deberá entregar a los trabajadores temporales carné de identificación con el

respectivo porta carné; este deberá contener la siguiente información: nombre, cédula, foto

reciente, Rh, cargo, logo de la empresa temporal y de ELECTROHUILA S.A. E.S.P. El

carné deberá ser portado por el trabajador temporal de manera permanente en un lugar

visible, el costo que se derive de estos será asumido por el contratista.

Las herramientas, equipos y elementos que ELECTROHUILA S.A. E.S.P. entregue al

contratista para uso del trabajador temporal para el desarrollo de la labor, estarán bajo su

responsabilidad y deberán ser devueltos a ELECTROHUILA S.A. E.S.P. al momento de la

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liquidación del contrato.

1.5.1.5. TEGNOLÓGICAS

El contratista debe disponer de un software o gestor de base de datos, que permita el

registro de la información del personal temporal. El software o gestor de base de datos, deberá

permitir como mínimo el registro de la siguiente información: personal (nombres completos,

número de identificación, ubicación), laboral (centro de costos, cargo, motivo de

contratación, fecha de contrato) y cualquier otro tipo de información que requiera ser

registrada de acuerdo con los requerimientos del supervisor. El software o gestor de base de

datos deberá estar actualizado y disponible para ser consultado por ELECTROHUILA S.A.

E.S.P.

El contratista debe mantener debidamente organizado el archivo de las hojas de vida de

cada trabajador temporal, garantizando las medidas de seguridad a que haya lugar para su

conservación y debe estar a disposición de ELECTROHUILA S.A. E.S.P. cuando así se le

requiera.

1.5.1.6. INFORMACIÓN SOLICITADA DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Es obligación del contratista atender las solicitudes, requerimientos, peticiones y/o

indicaciones efectuadas por el supervisor designado.

1.5.1.6.1. INGRESO DE PERSONAL

La siguiente información debe ser enviada de manera digital al supervisor de

ELECTROHUILA S.A. E.S.P. al iniciar cada contrato laboral:

Oficio de presentación del personal donde especifique: Nombre, cédula, cargo,

salario y fecha inicio contratación.

Copia del contrato laboral debidamente suscrito.

Hoja de vida con soportes.

Afiliación a EPS, fondo de pensión, ARL y parafiscales.

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Entrega de dotación.

Examen médico ocupacional.

Examen especializado con énfasis en altura para el cargo que lo requiera

1.5.1.6.2. DOCUMENTOS PARA EL COBRO Y PAGO DEL SERVICIO

La presentación de la factura se hará en los términos establecidos por los procedimientos de

Electrohuila S.A. E.S.P. y adicional se adjuntará la siguiente información:

Recibo de pago de la seguridad social del mes que se prestó el servicio.

Fotocopias de las nóminas o desprendibles de pago.

Transferencias realizadas al personal temporal contratado, donde se pueda

identificar el valor consignado y la fecha de consignación.

Informe de las novedades realizadas en la quincena. (personal ingresado,

personal retirado y personal activo).

Copia y pago de las liquidaciones laborales del personal retirado en el periodo

de cobro.

1.5.1.6.3. LIQUIDACIÓN FINAL

La liquidación se hará en los términos establecidos y conforme a los procedimientos de

ELECTROHUILA S.A. E.S.P., adicional se adjuntará la siguiente información:

Entrega de la base de datos que contenga historial de la información del

personal que laboró para Electrohuila S.A. E.S.P., durante toda la ejecución con

la información que solicite la supervisión del contrato.

Paz y salvo de almacén, donde se verificará la devolución de las herramientas,

equipos y elementos a cargo del contratista, entregadas por ELECTROHUILA

S.A. E.S.P. al personal temporal.

1.5.1.7. PERSONAL EXCLUSIVO

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Designar para la sede de la ciudad de Neiva una persona con exclusividad para atender los

requerimientos de ELECTROHUILA S.A. E.S.P. el cual deberá mantener comunicación

permanente con el objetivo de verificar y mantener actualizada la información de los

contratos del personal, ingresos, retiros y novedades, entregar los informes solicitados por el

supervisor, asistir a las reuniones que sean convocadas y gestionar las que considere

necesarias. Igualmente, deberá estar encargada del cumplimiento de la ley en materia del

Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo.

1.5.1.8. SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Se debe presentar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, en

cumplimiento de la normatividad vigente, el cual debe contener política de seguridad y salud

en el trabajo, la matriz de riesgos, plan de trabajo anual, plan de capacitación, así mismo

deberá incluir el procedimiento para tareas específicas para controlar el riesgo eléctrico y

trabajo en altura, procedimiento de inspecciones, procedimientos de EPP, plan de

emergencias, plan de rescate en alturas y acta de designación del responsable del Sistema

de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo. El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud

debe estar firmado por el representante legal y el profesional de seguridad y salud en el

trabajo con número de licencia con dos años de experiencia certificadas después de emitida

la licencia.

Dado el caso que el contratista no cumpla con lo estipulado en el Sistema de Seguridad y

Salud en el Trabajo, debe suspenderse temporalmente el contrato, y presentar la

justificación para el análisis por parte de ELECTROHUILA S.A. E.S.P. Si la justificación no

es aceptada, se levantará un acta de no conformidad según sea el caso, y se dará por

terminado el contrato.

Se llevará a cabo reunión previa al inicio del contrato con el personal encargado del Sistema

de Seguridad y Salud en el Trabajo de ELECTROHUILA S.A. E.S.P., con el fin de verificar el

cumplimiento de la normatividad y demás requisitos que exija la misma dependencia.

A continuación, se presentan los aspectos básicos que se deben tener en cuenta en

Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo:

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a) SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES

El contratista se obliga a afiliar a todos sus trabajadores al sistema de seguridad social

integral, prestado por las entidades públicas o privadas autorizadas, con el fin de garantizar

las prestaciones de salud, económicas y servicios sociales establecidos para los riesgos

comunes y profesionales. Sin el cumplimiento de los anteriores requisitos, ninguna persona

podrá participar en los trabajos objeto del contrato.

b) RIESGOS LABORALES

El contratista se obliga a afiliar y cotizar por accidente de trabajo y enfermedad laboral a

todos los trabajadores vinculados al contrato, según la clase de riesgo de acuerdo con el

cargo a desempeñar.

Antes de iniciar la prestación del servicio el contratista informará a ELECTROHUILA S.A.

E.S.P. la administradora de riesgos laborales (ARL) donde se encuentren afiliados sus

trabajadores, reportando de inmediato todo cambio que haga al respecto.

1.6. APROPIACIÓN PRESUPUESTAL Y PRESUPUESTO OFICIAL

Electrohuila S.A. E.S.P. pagará el valor del contrato con recursos provenientes de los rubros

03051202001212 denominado “Remuneración servicios técnicos” por valor de

$6.403.000.000 y 03057502001051 denominado “Proyecto resolución CREG 015 de 2018”

por valor de $3.082.000, del Presupuesto de Ingresos y Gastos de la vigencia 2020, por

valor total de $9.485.000.000, según CDP No. DGF-2020-00727.

1.7. CONFIDENCIALIDAD

El oferente y su personal se comprometen en virtud de la presente solicitud de oferta y del

eventual contrato que se llegue a suscribir, a mantener la reserva y no divulgar el contenido

de documento alguno o de cualquiera de los procedimientos de Electrohuila S.A. E.S.P., que

llegue a conocer, tenga acceso o le sea entregado por virtud de los trabajos, ni a utilizarla en

provecho propio o de un tercero, en virtud de la confidencialidad de que goza la misma.

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La información que se maneje es propiedad de Electrohuila S.A. E.S.P. y será devuelta al

terminar el contrato y borrada de los archivos del proveedor, al cual le queda prohibido

generar copias o suministrarla a terceros. Lo anterior implica que, en caso de mal uso de la

información el proveedor asume las consecuencias a que haya lugar, ya sean

administrativas, pecuniarias, disciplinarias y jurídicas.

Por tanto, dicha información solo podrá ser usada para los fines inherentes al objeto del

proceso contractual o del contrato que se llegare a firmar. Cualquier violación de la misma,

será sancionada penal y civilmente de acuerdo con las normas que regulan la materia.

1.8. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

Tanto ELECTROHUILA S.A. E.S.P. como el Proveedor están obligados a cumplir con la

legislación en materia de protección y tratamiento de los datos personales, según se define

en el contrato y en virtud de la legislación vigente.

El oferente o contratista se compromete a darle aplicación a las prácticas sobre seguridad

de la información que se han adoptado al interior de ELECTROHUILA S.A. E.S.P., por tal

razón, con la presentación de la oferta asume todas las obligaciones de orden

constitucional, legal y jurisprudencial tendientes a proteger los datos personales a los que

tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato. Por tanto, deberá adoptar todas las

medidas necesarias que le permitan cumplir lo estipulado en la Ley 1581 de 2012 y lo que le

resulte exigible de la Ley 1266 de 2008.

El oferente o contratista deberá adoptar todas las medidas de seguridad de tipo lógico,

administrativo y físico que sean adecuadas de acuerdo con la naturaleza de la información

personal a la que acceda, con el objeto de garantizar que este tipo de información no será

usada, comercializada, cedida, transferida y no será sometida a cualquier otro tratamiento

contrario a la finalidad expuesta y autorizada por los titulares de esta.

Si con ocasión de la ejecución del contrato resulta necesario que ELECTROHUILA S.A.

E.S.P., haga entrega de información personal, se suscribirá un acta entre las partes en la

cual se debe relacionar con detalle la información que se entrega, el uso permitido de esta

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información y las personas que pueden tener acceso a ella, acta que será parte integral del

contrato.

ELECTROHUILA S.A. E.S.P. informa al oferente o contratista que en Colombia configura

delito el tratamiento no autorizado de datos personales, según lo dispuesto en la Ley 1273

de 2009.

Es obligación del oferente y/o contratista informar a ELECTROHUILA S.A. E.S.P. cualquier

sospecha de pérdida, fuga o ataque contra la información personal a la que ha accedido o

trata con ocasión del contrato, aviso que deberá dar una vez tenga conocimiento de tales

eventualidades.

1.9. SOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Las diferencias que puedan surgir entre las partes derivadas directa o indirectamente de la

presente invitación o del contrato que surgiera de ella serán dirimidas por la jurisdicción

ordinaria. Sin perjuicio de que las partes en común acuerdo puedan acudir a alguno de los

mecanismos alternativos de solución de conflictos previstos en la ley.

Para todos los efectos se tendrá como domicilio contractual la ciudad de Neiva.

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C A P Í T U L O IITRÁMITE DEL PROCESO

2.1 CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA

ETAPA PRELIMINAREVENTO TÉRMINO LUGAR

Publicación invitación El día diez (10) de febrero de 2020.

Periódico La República

Apertura de la invitación a presentar propuestas El día diez (10) de febrero de 2020.

Páginas Web: www.electrohuila.com.co  

Y SECOP: Ihttps://www.contratos.gov.co/consultas/inicioConsulta.do

Periódico La República. PROCESO DE SELECCIÓN

Inicio del término para la presentación de propuestas. A partir de la invitación N/A

Aclaraciones

A partir de la apertura y hasta el día doce (12) de febrero de 2020, las cuales serán resueltas el día catorce (14) de febrero de 2020.

Los proponentes podrán solicitar aclaraciones a través del correo electrónico: [email protected]

Derecho a participar

El plazo para pagar el derecho a participar será desde la apertura hasta el plazo para la presentación de propuestas.

Deberá consignarse en la cuenta corriente número 39001009-8 del banco popular a nombre de la Electrificadora del Huila S.A E.S.P., indicando en el comprobante: “DERECHO A PARTICIPAR EN LA INVITACIÓN PÚBLICA EHUI-SGAL-012-2020”. Con copia del recibo de consignación se obtendrá el derecho de participar en la invitación pública EHUI-SGAL-012-2020.

Vencimiento del término para presentar propuestas - cierre del proceso.

A más tardar el día veinte (20) de febrero de 2020 a las 03:00:00 P.M.

Edificio Promisión Km 1 vía Palermo. En sobre cerrado en el Área de recepción de correspondencia.

EVALUACIÓN DE PROPUESTASVerificación e informe de los requisitos habilitantes. Dentro del primer (01) día hábil

siguiente a la designación del comité evaluador por parte del

Edificio Promisión Complejo Ecológico El Bote Km 1 vía Palermo

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Gerente.

Término para subsanar requisitos habilitantes – Si a ello hubiere lugar. -

Dentro del primer (1) día hábil siguiente al vencimiento del término para la verificación o validación de requisitos habilitantes.

Edificio Promisión Complejo Ecológico El Bote Km 1 vía Palermo

Evaluación de los factores de ponderación.

Desde el vencimiento del término para subsanar y hasta el primer (01) día hábil siguiente.

Edificio Promisión Complejo Ecológico El Bote Km 1 vía Palermo.

DEFINICIÓN DEL PROCESODocumento de aceptación de oferta o declaratoria de desierto.

A partir del vencimiento del término anterior. Gerencia General

SUSCRIPCION DEL CONTRATO

Suscripción del contrato.Dentro del primer (1) día hábil siguiente a la expedición del documento de aceptación.

División de Servicios Administrativos.

Presentación de las garantías. Dentro del primer (1) día hábil siguientes a la suscripción del contrato.

División de Servicios Administrativos.

Aprobación de las garantías. Dentro del primer (1) día hábil siguientes a la presentación de las garantías.

División de Servicios Administrativos.

Suscripción del acta de inicio.

Dentro del primer (1) día hábil siguientes a la aprobación de las garantías y notificación al interventor o supervisor.

Edificio Promisión Complejo Ecológico El Bote Km 1 vía Palermo.

2.1.1 DERECHO A PARTICIPAR

El derecho a participar en el presente proceso de contratación tendrá un valor no

reembolsable de nueve millones cuatrocientos cincuenta mil pesos ($9.450.000) M/Cte.

Conforme a lo anterior, la persona que haya consignado la suma en mención no podrá exigir

su reintegro si decide no participar en el proceso. El valor deberá consignarse a nombre de

la Electrificadora del Huila S.A. E.S.P. en la cuenta corriente número 390-01009-8 del Banco

Popular, indicando en el comprobante: “DERECHO A PARTICIPAR EN LA INVITACIÓN

PÚBLICA EHUI-SGAL-012-2020”. Copia del recibo de consignación se deberá adjuntar a la

propuesta lo cual dará el derecho a participar en la INVITACIÓN PÚBLICA EHUI-SGAL-012-

2020. El plazo máximo para consignar será el establecido en el cronograma.

2.2. LIMITACIONES PARA OFERTAR

Los proveedores que han sido reevaluados por la Electrificadora del Huila S.A. E.S.P., que

por su calificación son CONDICIONALES y no han presentado plan de mejora, no pueden

presentar oferta en la presente invitación; de igual forma los proveedores que por su

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calificación son NO CONFIABLES, que no han cumplido el plazo de limitación para contratar

de 6 meses y no han presentado plan de mejora.

2.3. SUBSANACIÓN

Son subsanables todos los requisitos que no sean factor de ponderación.

En relación con la experiencia mínima y la capacidad económica y financiera, estas son

subsanables, advirtiéndose que la evaluación de estos factores de ponderación se hará

sobre la experiencia y la capacidad económica y financiera inicialmente acreditada.

2.4. RECHAZO DE LAS PROPUESTAS

Electrohuila S.A. E.S.P. rechazará las propuestas en los siguientes eventos:

1. Cuando el proponente no aporte o no aclare en los plazos y condiciones determinadas

por la entidad, los documentos o la información que le haya sido requeridas para el

cumplimiento de los requisitos habilitantes, considerándose su propuesta inhábil, o su

propuesta no se considere favorable para la entidad.

2. Cuando en cualquier estado del proceso de selección se evidencie una inexactitud en la

información contenida en la propuesta, que de haber sido advertida al momento de la

verificación de dicha información no le hubiera permitido al proponente cumplir con uno

o varios de los requisitos habilitantes o técnicos.

3. Cuando la propuesta sea presentada luego de la fecha y hora exactas señaladas para

el cierre del término para presentar propuestas, radicadas en dependencias distintas a

la indicada en los presentes términos o haya sido enviada por correo electrónico, fax o

cualquier otro medio no autorizado. La hora de presentación será la que genere el

SIMAD al momento de radicación de la propuesta.

4. Cuando la propuesta sea alternativa, parcial, salvo que ello se permita, o cuando en ella

se formulen condiciones contractuales diferentes a las establecidas en los presentes

términos de referencia.

5. Cuando no exista correspondencia entre el objeto social del oferente y el objeto de la

presente contratación.

6. Cuando el valor de la propuesta exceda el valor porcentual oficial estimado para la

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administración establecido en el numeral 3.2.3.

7. Cuando el plazo ofrecido para la ejecución del contrato supere el establecido en los

presentes términos.

8. Cuando la propuesta sea presentada por el cónyuge o compañero permanente o

quienes se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad, segundo de

afinidad o primero civil con cualquier otra persona que formalmente presente propuesta

dentro del presente proceso.

9. Cuando no se suscriba la carta de presentación de la propuesta por la persona natural

proponente o por el representante legal de la firma del proponente o cuando no tenga la

autorización para hacerlo.

10. La ausencia de las autorizaciones que de conformidad con los estatutos se requieran

para representar y comprometer válidamente a la persona jurídica.

11. Cuando el proponente no cuente con la capacidad jurídica suficiente para la

presentación de la oferta.

12. Cuando una persona natural o jurídica participe directamente en más de una propuesta.

En este caso, se rechazarán todas las propuestas que incurran en la situación descrita.

13. Cuando el proponente no presente o no corrija la garantía de seriedad de la oferta en

caso de requerirse.

14. Cuando se descubra falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de

la propuesta, o se descubra cualquier intento de fraude o engaño por parte del

proponente a la entidad o a los demás participantes.

15. Cuando el proponente se encuentre reportado en el boletín de responsables fiscales

(artículo 60 de la Ley 610 de 2000).

16. Cuando el proponente o el representante legal en el caso de personas jurídicas, se

encuentre reportado en el registro nacional de medidas correctivas (artículo 183 de la

Ley 1801 de 2016).

17. Cuando no se presente la propuesta económica inicial o los conceptos de ésta no

correspondan a los solicitados tanto en su descripción como su cantidad.

18. Cuando una vez el proponente presente sus explicaciones a la propuesta considerada

como artificialmente baja, se determine que las mismas son insatisfactorias.

19. El proponente o sus integrantes estén incursos en alguna de las causales de inhabilidad

establecidas en el manual de contratación de la empresa o la ley, de acuerdo con la

naturaleza de la empresa y el régimen aplicable.

20. Cuando no puedan contratar de acuerdo con la calificación de la reevaluación como

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proveedores.

21. Se omita la cotización de uno o más componentes requeridos.

22. Cuando la oferta sea presentada por consorcio, unión temporal o cualquier forma

conjunta.

2.5. ACEPTACIÓN DE OFERTAS

Electrohuila S.A. E.S.P. aceptará la o las ofertas y adjudicará el o los contratos que se

deriven del presente proceso a la o las propuestas que sean consideradas favorables y

cumplan los requisitos y parámetros de escogencia incluidos en los términos de referencia,

valorados de manera precisa y detallada de conformidad con la ponderación establecida en

estos términos.

Electrohuila S.A. E.S.P. por el hecho de haber invitado a presentar propuesta y recibir la

misma no se obliga a contratar.

2.6. FACTORES DE DESEMPATE

En el evento de que varias ofertas ocupen el primer lugar, Electrohuila S.A. E.S.P. escogerá

la de menor valor. De persistir el empate, se adjudicará a quien acredite que por lo menos el

10% de su nómina está en condición de discapacidad según las reglas contenidas en la ley

361 de 1997. De mantenerse el empate, se seleccionará a quien haya obtenido el mayor

puntaje en experiencia y de persistir aquel, se acudirá al mayor puntaje en capacidad

económica y financiera. De continuar el empate, se acudirá a la suerte mediante el sistema

de balota, en todo caso se preferirá a las Mipymes nacionales frente a las extranjeras

siempre que estén en condiciones de igual precio, calidad y capacidad de suministros y

servicio.

2.7. ADJUDICACIÓN AL ÚNICO PROPONENTE

La entidad adjudicará el contrato al único proponente si considera que la propuesta es

favorable a la entidad y cumple con todos los requisitos de la invitación.

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2.8. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO

Electrohuila S.A. E.S.P. podrá declarar desierto el proceso cuando existan motivos o causas

que impidan la escogencia objetiva de la propuesta más favorable para la entidad. Así

mismo lo hará en los siguientes casos:

1. Cuando el procedimiento se hubiera adelantado con pretermisión de alguno de los

requisitos establecidos en el manual de contratación de la entidad o del presente

término de referencia y la irregularidad sea de aquellas que legalmente no pueda ser

subsanada.

2. Cuando no se presente propuesta alguna.

3. Cuando ninguna de las propuestas presentadas se ajuste a los requerimientos y

condiciones establecidos en estos términos de referencia o sea considerada

inconveniente para la entidad.

4. Cuando se descubran acuerdos o maniobras fraudulentas por parte de los

proponentes durante el proceso que impidan o no garanticen la selección objetiva de

la propuesta.

2.9. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Una vez efectuada la adjudicación del contrato, el proponente favorecido deberá

presentarse a suscribir el respectivo contrato en el término establecido en el cronograma.

Si el adjudicatario, sin justa causa, se abstuviere de suscribir el contrato adjudicado, le

sobrevenga una inhabilidad o incompatibilidad o se demuestre que la adjudicación se

obtuvo por medios ilegales, la entidad podrá revocar la aceptación de la oferta y adjudicar el

respectivo contrato al proponente que haya ocupado el segundo lugar, siempre y cuando su

propuesta sea igualmente favorable para la entidad.

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2.10. GARANTÍAS

Si el adjudicatario no presentare las garantías en el plazo establecido en el cronograma, la

entidad podrá adjudicar el contrato al segundo en orden de elegibilidad siempre y cuando su

propuesta sea favorable para la entidad y así sucesivamente.

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CAPÍTULO III

REQUISITOS, DOCUMENTOS, CRITERIOS DE VERIFICACIÓN Y DE EVALUACIÓN

3.1. REQUISITOS HABILITANTES Y DE PARTICIPACIÓN

A continuación, se señalan los requisitos, documentos y criterios habilitantes de los

proponentes, los cuales serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos de

habilitación para la participación en el proceso de selección.

3.1.1. REQUISITOS DE CAPACIDAD JURÍDICA

3.1.1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

La carta de presentación de la propuesta suscrita por el proponente se deberá presentar en

el anexo No. 1. Cuando se trate de persona jurídica, la carta de presentación deberá estar

suscrita por el representante legal, con facultad expresa para actuar en nombre y

representación del mismo.

En caso de que sea suscrita por el representante legal suplente, deberá hacerse constar la

circunstancia que lo habilita para actuar como tal.

Los proponentes deberán manifestar que no se encuentran incursos dentro de alguna de las

causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar establecidas en la ley atendiendo

la naturaleza de la entidad, así como en su manual de contratación.

3.1.1.2. ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL

De conformidad con lo estipulado en el artículo 28 del Código de Comercio, los proponentes

deberán acreditar su inscripción en el registro mercantil o existencia y representación legal

respectivamente, mediante la presentación del certificado expedido por la Cámara de

Comercio o por la entidad competente con no más de treinta (30) días calendario de

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anticipación a la fecha de cierre de la presente convocatoria, en el que conste la renovación

y vigencia de la inscripción, así como la inscripción de al menos un establecimiento de

comercio, agencia o sucursal en la ciudad de Neiva con una anterioridad no menor a dos

años, atendiendo el número considerable del personal en misión que será suministrado por

el contratista y la criticidad de la prestación del servicio para poder garantizar el

funcionamiento de la empresa y la adecuada prestación del servicio público domiciliario

esencial a su cargo.

Las personas jurídicas deberán acreditar que su duración no sea inferior al término de

ejecución del contrato y un (1) año más. En caso de prorrogarse el plazo de cierre del

presente proceso, el certificado conservará su validez.

Las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar que cuentan con un

apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado

para representarlas judicial o extrajudicialmente hasta la constitución de la sucursal en

Colombia en caso de resultar aceptada su propuesta. Sin embargo, en caso de ser

adjudicatario del contrato, para iniciar el mismo deberá presentar al supervisor del contrato,

el certificado de inscripción en el registro mercantil otorgado por cualquier Cámara de

Comercio de Colombia.

3.1.1.3. AUTORIZACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA U ÓRGANO SOCIAL COMPETENTE

En caso de existir limites estatutarios a las facultades del representante legal de las

personas jurídicas para presentar propuesta, firmar el contrato hasta por el valor del

presupuesto total del presente proceso de selección o contraer obligaciones en nombre de

la misma, deberá presentar la respectiva autorización expresa del órgano competente,

conforme a sus estatutos, en la cual se le faculte para participar presentando la propuesta y

firmar el contrato, en caso de ser favorecida la propuesta hasta por el valor del presupuesto

total del presente proceso de selección.

3.1.1.4. RECIPROCIDAD

Los proponentes de bienes o servicios extranjeros recibirán, dentro del proceso de

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selección, igual tratamiento que los nacionales siempre que exista un acuerdo, tratado o

convenio entre el país de origen de los bienes y servicios y la República de Colombia,

conforme al cual a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les concede, en ese

país, el mismo tratamiento otorgado a sus nacionales en cuanto a las condiciones, los

requisitos, procedimientos y criterios, para la adjudicación de los contratos celebrados en

el sector público.

En los casos en que la reciprocidad no tenga por causa un tratado, acuerdo o convenio

entre la República de Colombia y el país de que se trate, ella será demostrada mediante

un informe que al efecto expida la misión diplomática colombiana en el país de origen los

bienes y servicios y que deberá presentar junto con el proponente.

3.1.1.5. CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES

Los proponentes deberán acreditar el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad

Social en Salud, Pensiones y Riesgos Laborales, así como los respectivos a las cajas de

compensación familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando corresponda, de los

últimos seis (6) meses anteriores a la fecha de presentación de la propuesta, en los cuales

se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos, si se trata de personas jurídicas.

Las personas naturales deberán estar a paz y salvo y diligenciar y aportar con su propuesta

en original el anexo No. 3 persona Natural “Declaración juramentada de pagos de aportes

al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales (Articulo 50 ley 789 de 2002).

En el caso de las personas jurídicas, deberán presentar con su propuesta debidamente

diligenciado el anexo No. 3A Persona Jurídica “Certificación de pago de aportes al

Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales” suscrito por el revisor fiscal o por el

representante legal de la persona jurídica, según corresponda de conformidad con la ley.

En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna

de las obligaciones mencionadas, los proponentes deberán declarar la existencia del

acuerdo y la manifestación de encontrarse al día en el cumplimiento del mismo. En este

evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el

acuerdo de pago.

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Cuando se trate de una persona jurídica que no tenga más de seis (6) meses de

constituida, deberá acreditar los mencionados pagos a sus empleados a partir de la fecha

de su constitución.

3.1.1.6. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO

El proponente deberá presentar copia actualizada del Registro Único Tributario RUT, en que

se indique el régimen tributario al que pertenece. Además, deberán estar inscritos en la

actividad relacionada con el objeto del contrato.

3.1.1.7. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA

Los proponentes deberán constituir y presentar con su propuesta una garantía de seriedad

a su nombre y a favor de la entidad, por un valor equivalente como mínimo al diez (10%) por

ciento del valor de la disponibilidad presupuestal, con vigencia de tres (3) meses contados a

partir de la fecha y hora fijada para el cierre de la convocatoria. En todo caso, la vigencia se

extenderá hasta la aprobación de las garantías que ampara los riesgos propios de la etapa

contractual.

La garantía de seriedad deberá ser constituida a nombre del proponente

(tomador/afianzado).

La garantía de seriedad debe estar firmada por las partes (Tomador y Aseguradora), la cual

debe venir acompañada del recibo de pago de la prima.

Cuando lo considere necesario, la entidad podrá solicitar a los proponentes la ampliación de

la vigencia de la garantía de seriedad. En caso de no acceder a la solicitud la oferta no será

considerada. El mayor valor que pueda generar la ampliación de dicha póliza estará en

todos los casos a cargo del proponente.

La garantía de seriedad será devuelta a los proponentes que lo soliciten y cuyas propuestas

no fueren aceptadas, una vez se haya perfeccionado el contrato.

La garantía de seriedad de la propuesta se hará efectiva a los proponentes o adjudicatario,

en los siguientes eventos:

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a) El retiro de la oferta después del vencimiento del plazo para presentar propuestas,

salvo que cuente con la aceptación previa por parte de la entidad.

b) La no suscripción del contrato sin justa causa.

c) La falta de otorgamiento de la garantía de cumplimiento del contrato en el término

estipulado.

3.1.1.8. DECLARACIÓN DE ORIGEN DE FONDOS

El proponente debe entregar la declaración de origen de fondos, diligenciada en el anexo No.4 de este documento. Electrohuila S.A. E.S.P. podrá solicitar información o

documentación adicional si no resultan satisfactorios los documentos remitidos, relativos a la

financiación de los proyectos.

En todo caso, con la presentación de su oferta el proponente autoriza a la entidad a que

consulte a través del medio que considere conveniente si se encuentra reportado en una

lista que lo vincule a actividades ilícitas o lavado de activos, en cuyo caso se rechazará la

propuesta.

3.1.1.9. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES

Se deberá aportar el correspondiente certificado, sin perjuicio de que Electrohuila S.A.

E.S.P. verifique los antecedentes judiciales vigentes de los proponentes cuando se trate de

personas naturales, del representante legal en el caso de persona jurídica.

3.1.1.10 VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES FISCALES

Se deberá aportar el correspondiente certificado sin perjuicio de que Electrohuila S.A. E.S.P.

verifique que el proponente no se encuentre registrados en el boletín de responsables

fiscales emitido por la Contraloría General de la República. (Ley 610 de 2000 art. 60,

Circular No. 005 de febrero 25 de 2008 de la CGN).

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3.1.1.11 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS

Se deberá aportar el correspondiente certificado de antecedentes disciplinarios vigente del

proponente cuando se trate de personas naturales o del representante legal en el caso de

persona jurídica.

3.1.1.12 VERIFICACIÓN DE MEDIDAS CORRECTIVAS

La entidad verificará que el proponente o su representante legal en el caso de persona

jurídica, no esté inscrito en el registro nacional de medidas correctivas, de conformidad con

el artículo 183 de la ley 1801 de 2016.

3.1.1.13 CÉDULA DE CIUDADANÍA

Deberá anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía del Representante Legal o de la

Persona Natural proponente según sea el caso.

3.1.1.14 DERECHO A PARTICIPAR

Tratándose de procesos de invitación pública, deberá anexar la copia de la consignación

que le otorga el derecho a participar.

3.1.2 REQUISITOS DE CARÁCTER ECONÓMICO

3.1.2.1 CAPACIDAD FINANCIERA

El proponente deberá acreditar como capacidad financiera mínima la que le permita obtener

al menos sesenta (60) puntos en la evaluación del criterio de capacidad financiera según lo

dispuesto en el numeral 3.2.2.

3.1.2.2 ESTADOS FINANCIEROS

El proponente deberá presentar los estados financieros dictaminados del periodo contable a

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diciembre 31 de 2018 (estado de situación financiera y estado de resultados).

3.1.2.3 PROPUESTA ECONÓMICA

El proponente deberá diligenciar y presentar su oferta en medio físico y magnético, en

archivo editable Excel, de acuerdo con el anexo No. 2, propuesta económica, en cuyo caso,

de presentarse diferencias entre una y otra, prevalecerá la impresa.

El precio de la oferta deberá expresarse en moneda nacional, siendo de exclusiva

responsabilidad, los errores, omisiones o faltas en que incurra al indicar el precio de la

oferta, debiendo asumir los mayores costos o pérdidas que se deriven de dichos errores u

omisiones. El precio de la oferta deberá ser el precio total que incluya los diferentes

conceptos en que deba incurrir.

Al formular la propuesta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos,

tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales,

departamentales o municipales que hayan de causarse por la celebración y ejecución del

contrato, así como los gastos en los que deba incurrir en caso de adjudicársele el contrato

tales como la constitución de pólizas, los cuales no darán lugar a ningún pago adicional al

de los precios pactados.

Igualmente, deberá tener en cuenta, entre otros aspectos, el plazo de ejecución del contrato,

la forma y el sistema de pago, las condiciones y especificaciones técnicas y todos los demás

factores que incidan en la ejecución del objeto del contrato derivado del presente proceso de

selección.

El proponente deberá contemplar e incluir en el porcentaje de administración todos los

costos relacionados con los exámenes médicos ocupacionales tanto generales como

especializados de ingreso, periódicos y de egreso, papelería, elaboración de carné de

identificación, utilización y mantenimiento del software y demás costos directos e indirectos

que se requieran para dar cumplimiento al contrato.

Al presentar su propuesta el proponente acepta asumir el riesgo de la variación de los

precios ofertados durante la ejecución del contrato, producto de circunstancias como la

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inflación, variación de la TRM, modificación normativa, orden público, entre otras.

Es entendido que las personas que presenten ofertas conocen y se someten a las

condiciones establecidas en el presente documento y el Manual de Contratación de

Electrohuila S.A. E.S.P. (Acuerdo 014 del 20 de diciembre de 2019 emitido por la Junta

Directiva).

El valor verificado con las correcciones de errores aritméticos de la propuesta será el

utilizado para la comparación con los correspondientes a otras propuestas y será el que se

tendrá en cuenta en la adjudicación y suscripción del contrato.

3.1.3 REQUISITOS DE CARÁCTER TÉCNICO

3.1.3.1 EXPERIENCIA MÍNIMA

El proponente deberá acreditar como experiencia mínima la que le permita obtener al menos

un (1) punto en la evaluación del criterio de experiencia según lo dispuesto en el numeral

3.2.1.

3.1.3.2 AUTORIZACIÓN DE AUTORIDAD COMPETENTE

El proponente deberá acreditar resolución donde el Ministerio del Trabajo autoriza el

funcionamiento de la respectiva empresa de servicios temporales. (art. 82, 83 Ley 50 de

1990).

3.1.3.3 CERTIFICACIÓN DE SOFTWARE O GESTOR DE BASE DE DATOS

Se deberá presentar con la propuesta certificado del representante legal en donde

manifiesten que cuentan con un software o gestor de base de datos, para el registro de

todos los datos generales del personal contratado que incluya la información laboral y

personal, conforme las especificaciones descritas en el numeral 1.4.1.5. sin perjuicio de

que ELECTROHUILA S.A. E.S.P. durante la evaluación practique una inspección a al

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oferente para determinar que cumpla con los requisitos exigidos.

3.1.3.4 POLIZA DE GARANTÍA

Fotocopia de la póliza de garantía a favor de los trabajadores y depositada ante el Ministerio

del Trabajo (Decreto No. 1072 de 2015 Articulo 2.2.6.5.11).

3.1.3.5 CERTIFICADO DE CALIDAD

Los proponentes deberán acreditar que cuenta con el certificado de Calidad NTC- ISO

9001:2015 válido a la fecha de presentación de la propuesta, que tenga como mínimo la

actividad de servicios temporales.

3.1.3.6 SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

El proponente deberá presentar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo

acorde a la normatividad vigente, debe contener:

Política de seguridad y salud en el trabajo.

Matriz de Peligros.

Plan anual de trabajo.

Plan de capacitaciones.

Procedimientos específicos (riesgo eléctrico y trabajo seguro en alturas).

Procedimiento EPP.

Plan de emergencias.

Plan de rescate en alturas.

Procedimiento de Inspecciones.

Acta de designación del responsable del sistema.

3.1.3.7 CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO SISTEMA DE GESTION SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

El proponente deberá presentar el certificado expedido por la Administradora de Riesgo

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Laborales donde coste el cumplimiento de mínimo el 80% del Sistema de Gestión y

Seguridad en el Trabajo.

3.2 FACTORES DE PONDERACIÓN O EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

Para efectos de la calificación, se considerarán únicamente las propuestas que cumplan con

la totalidad de los requisitos de habilitación, para lo cual se aplicarán los siguientes factores

de evaluación o ponderación:

CRITERIO PUNTAJE

- Experiencia 300

- Capacidad económica y financiera 200

Índice de liquidez 70

Nivel de endeudamiento 70

Capital de trabajo 60

- Valor económico de la oferta 500

TOTAL 1.000

3.2.1 EXPERIENCIA (300 puntos)

De acuerdo con las certificaciones, actas de finalización o de liquidación que el oferente

presente de contratos ejecutados o en ejecución, en cuyo caso se tomará el valor ejecutado

acreditado, dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha de vencimiento del plazo para

presentar propuestas, relacionadas con el objeto de la presente invitación, se le calificará

así:

- Al oferente que acredite una experiencia entre 10.806 SMMLV y 21.612 SMMLV o

mayor a este, tendrá entre uno y trecientos puntos (1 - 300) puntos, siguiendo una

relación lineal.

- Al oferente que acredite una experiencia menor a 10.806 SMMLV tendrá cero (0)

puntos.

Se evaluarán máximo cinco (5) certificaciones por cada oferente, en caso de presentarse

más certificaciones se escogerán las cinco (5) cuyos montos realmente ejecutados sean los

más representativos.

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Cuando la experiencia se acredite a través de formas conjuntas, se tendrá en cuenta su

porcentaje de participación.

Cuando se trate de proponentes organizados en formas conjuntas, la experiencia podrá ser

acreditada por uno o varios de los miembros del consorcio o unión temporal.

Las certificaciones, actas de finalización, de liquidación deberán tener el valor real ejecutado

del contrato, el cual se tomará en SMMLV a la fecha de terminación; el número del contrato

de ser procedente, objeto, fecha de inicio, fecha de terminación y valor real ejecutado de

manera clara, en caso de no tener integrada la totalidad de la información requerida se

tomará como cero.

No se admiten ni se aceptan auto certificaciones.

Se aceptarán certificaciones en moneda diferente al peso colombiano, para cuya evaluación

se empleará la tasa de cambio vigente para la fecha del acta de terminación del contrato, las

cuales serán suministradas y certificadas por el oferente de acuerdo con la información del

Banco de la República, para tomar ese valor en pesos colombianos como base del cálculo

de la experiencia.

Para la evaluación se procederá a diligenciar el siguiente cuadro:

ÍTEMNO.

CONTRATOOBJETO CONTRATANTE VALOR* TRM

VALOR EJECUTADO EN

PESOS

FECHA DE TERMINACIÓN

SMMLVVALOR

EXPRESADO EN SMMLV

1                

2                

3                

4                

5                

Valor *: Cuando se trate de moneda extranjera  

En la calificación de la experiencia Electrohuila S.A. E.S.P verificará si los oferentes han

realizado contratos con Electrohuila S.A. E.S.P. en los dos últimos años y su respectiva re-

evaluación como proveedor, de tal manera que una firma re-evaluada con calificación

CONDICIONAL tendrá afectada negativamente la calificación de la experiencia en 25 puntos

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por cada contrato; una firma re-evaluada con calificación NO CONFIABLE tendrá afectada

negativamente la calificación de la experiencia en 50 puntos por cada contrato y una firma

con calificación CONFIABLE no tendrá afectada la calificación de la experiencia.

Cuando el comité de reevaluación de proveedores realice dos o más llamados de atención a

un proveedor cuyo contrato se encuentre en ejecución, este será considerado PROVEEDOR

CONDICIONAL.

3.2.2 CAPACIDAD ECONÓMICA Y FINANCIERA (200 PUNTOS)

En este análisis se verificará y calificará la capacidad del proponente para cumplir con los

términos del contrato a suscribirse y con la viabilidad financiera que el mismo requerirá. Los

indicadores se determinarán, con base en el balance general del último periodo contable (31

de diciembre de 2018), debidamente firmado por el representante legal, por su contador y/o

revisor fiscal si es el caso.

Los indicadores que se señalan a continuación se establecen con base en el análisis del

sector realizado para el presente proceso (Anexo No. 9)

1. INDICE DE LIQUIDEZ (70 Puntos)

El índice de liquidez será el resultado de dividir el activo corriente sobre el pasivo corriente y

se calificará de la siguiente manera:

IL= Activo Corriente / Pasivo Corriente.

IL entre 1 y 1,58 obtendrá de uno (1) a sesenta y nueve (69) puntos, siguiendo una relación lineal.IL = o > 1,59 obtendrá setenta (70) puntos.

Cuando se trate de consorcio o unión temporal se calculará el índice de Liquidez afectando

el porcentaje (%) de participación de cada indicador del integrante, así:

ÍL del Proponente = IL(a) x % Participación + IL(b) x % Participación…..

Donde,

IL(a) = Índice de Liquidez Integrante A

IL(b) = Índice de Liquidez Integrante B

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2. ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO (70 Puntos)

El nivel de endeudamiento será el resultado de dividir el Pasivo Total sobre el Activo Total y

se calificará así:

IE= Pasivo Total / Activo Total.

IE menor al 64%, setenta (70) puntos.

IE entre el 65% y 70%, tendrá de sesenta y nueve (69) a un (1) punto, siguiendo una

relación lineal.

IE Mayor al 70%, cero (0) puntos.

Cuando se trate de consorcio o unión temporal se calculará el índice de endeudamiento

afectando el porcentaje (%) de participación de cada indicador del integrante, así:

ÍE del Proponente = IE(a) x % Participación + IE(b) x % Participación …….

Donde,

IE(a) = Índice de Endeudamiento Integrante A

IE(b) = Índice de Endeudamiento Integrante B

3. CAPITAL DE TRABAJO (60 PUNTOS)

El capital de trabajo será la diferencia entre el Activo Corriente y el Pasivo Corriente y se

calificará así:

CT= Activo Corriente - Pasivo Corriente

CT Mayor o igual a 10.806 SMMLV, tendrá sesenta (60) Puntos.

CT Entre 5.403 SMMLV y 10.805 SMMLV, tendrá entre uno y cincuenta y nueve (1 - 59)

puntos, siguiendo una relación lineal.

CT Menor a 5.403 SMMLV, Cero (0) puntos.

Para estos efectos, se tomará el salario mínimo legal mensual de la presente vigencia.

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Cuando se trate de consorcio o unión temporal se calculará el indicador de Capital de

Trabajo como la sumatoria de los capitales de trabajo individual de cada proponente. En

este caso no se afecta por el porcentaje (%) de participación de cada indicador del

integrante, así:

CT del Proponente = CT (a) + CT (b) ……..

Donde,

CT(a) = Capital de Trabajo Integrante A

CT(b) = Capital de Trabajo Integrante B

3.2.3 VALOR ECONÓMICO DE LA OFERTA (500 puntos)

La evaluación económica tendrá un valor máximo de 500 puntos. Este puntaje será

calculado teniendo en cuenta el menor precio entendiendo por este el porcentaje de

administración ofertado, el cual en todo caso no puede superar el 7.7.%.

POi = (VOmin / VOi) * 500

Dónde: POi: Puntaje de la oferta i

VOmin: Valor de la oferta más baja entre las calificables;

VOi: Valor de la oferta i.

El valor de la propuesta que se encuentre más cercano a la media geométrica se ubicará en

primer lugar de elegibilidad; las demás propuestas se ubicarán de acuerdo con la cercanía

del valor, por debajo del primer lugar de elegibilidad.

Si la propuesta es de mayor valor al valor base (M), su puntaje se define así:

Pi = 500*(M/Px)²

Si la propuesta es de menor valor al valor base (M), su puntaje se define así:

Pi = 500*(Px/M)²

Dónde:

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Pi: Puntaje asignado a la propuesta en consideración

Px: valor de la propuesta en consideración.

Se exige la presentación de los cuadros de precios y cantidades en medio magnético

editable (Excel), para facilitar la evaluación correspondiente.

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CAPÍTULO IV

CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES

4.1 OBJETO

El objeto del presente contrato está definido en los numerales 1.3 y 1.5 de estos términos de

referencia.

4.2 PRECIO

El valor inicial estimado corresponderá al de la disponibilidad presupuestal. Su valor final

corresponderá al producto de la suma de los servicios prestados más el resultado de

multiplicar el porcentaje ofertado por el valor de estos (servicios prestados) a los que les es

aplicable de acuerdo con estos términos de referencia.

4.3 FORMA DE PAGO

Electrohuila S.A. E.S.P. pagará el valor del contrato quincenalmente en pesos colombianos

dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la correcta presentación de la factura

que cumpla los requisitos de Ley, debidamente diligenciada, acompañada de la constancia

parcial de cumplimiento expedida por el supervisor o interventor, los pago al sistema de

seguridad social, pagos de la nómina de los empleados y parafiscales. Para el pago de la

última cuenta se requiere adicionalmente acta de liquidación final del contrato.

Para el primer pago el contratista deberá hacer llegar a la empresa certificado de cuenta bancaria a través de la cual Electrohuila S.A. E.S.P. girará los saldos a su favor mediante transferencia electrónica.

4.4 PLAZO DE EJECUCIÓN

El contrato tendrá un plazo contado a partir de la fecha del acta de inicio suscrita entre el

interventor o supervisor y el contratista y hasta el 31 de diciembre de 2020. El acta de inicio

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deberá ser suscrita dentro del término establecido en el cronograma, una vez aprobadas las

garantías.

4.5 GARANTÍAS

El proveedor seleccionado para la ejecución del contrato garantizará el cumplimiento del

contrato mediante la expedición a su costa y a favor de Electrohuila S.A. E.S.P, de una

garantía única del contrato mediante póliza expedida por una compañía de seguros

constituida en Colombia, que cubra los siguientes amparos:

a. De cumplimiento del contrato. Equivalente al 10% del valor total del contrato, vigente a

partir de su firma durante el plazo del mismo y 180 días más.

b. De calidad del servicio. Equivalente al 30% del valor total del contrato, vigente a partir

de su firma, durante el plazo del mismo y 180 días más.

c. De pago de salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones del personal a emplear. Equivalente al 30% del valor total del contrato, vigente a partir de su firma,

durante el plazo del mismo y tres (3) años más.

d. De responsabilidad civil extracontractual. Equivalente al 10% del valor total del

contrato, vigente a partir de la firma del contrato, durante el plazo del mismo y un (1) año

más. Para la presente póliza, deberá figurar como Tomador: El contratista; Asegurado: Electrificadora del Huila S.A. E.S.P. y Beneficiarios: Electrificadora del Huila S.A. E.S.P. y terceros afectados.

La póliza deberá ser presentada a Electrohuila S.A. E.S.P. dentro del término establecido en

el cronograma. De no cumplirse con esta obligación Electrohuila S.A. E.S.P. podrá revocar

la adjudicación de dicho contrato.

Cuando se realicen suspensiones y reiniciaciones el contratista está obligado a ampliar las

vigencias de las pólizas y enviarlas a la División de Servicios Administrativos para su

aprobación.

4.6 SUSPENSIÓN

Electrohuila S.A. E.S.P. podrá suspender la ejecución del contrato, sin que ello implique la

ampliación del plazo pactado entre las partes, cuando se presente incumplimiento del

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contratista de obligaciones que lo lleven a infringir los reglamentos o poner en riesgo a

personas o cosas y hasta tanto se subsane la situación que generó la suspensión del

contrato.

4.7 OBLIGACIONES GENERALES

Además de las obligaciones propias del contrato, el contratista se compromete a cumplir las

siguientes:

a. Garantizar el cumplimiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo

de acuerdo con lo señalado en el Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015. Así

mismo, deberá cargar la información correspondiente al Sistema de la Seguridad y

Salud en el Trabajo a través del aplicativo con que en su momento cuente Electrohuila

S.A. E.S.P., debiendo asumir el costo de la licencia por uso de ser el caso.

b. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato se le impartan.

c. Obrar con lealtad y buena fe.

d. Mantener la reserva sobre la información que le sea suministrada.

e. Mantener vigentes todas las garantías en los términos del contrato.

f. Emplear personal calificado para la óptima ejecución del contrato.

g. Suministrar en cantidad, calidad y tiempo los equipos, herramientas y recursos

necesarios para la adecuada realización del contrato.

h. Reintegrar a la compañía Electrohuila S.A E.S.P. la totalidad de los valores que ésta

tuviere que cancelar por concepto de eventuales condenas proferidas por autoridades

judiciales, administrativas o entes de control, derivadas de las acciones u omisiones -

de naturaleza civil, laboral o cualquiera otra -  del contratista y que se generen de

manera directa o indirecta del presente contrato.

i. Mantener vigente la póliza de garantía a favor de los trabajadores presentada al

Ministerio del Trabajo.

j. Mantener durante toda la vigencia del contrato una oficina con sede en la ciudad de

Neiva.

k. Mantener vigente la certificación de habilitación expedida por el Ministerio del Trabajo.

l. Las demás contempladas dentro de los términos de referencia.

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4.8. INDEMNIDAD

El proveedor se obliga a tener libre a Electrohuila S.A. E.S.P. de cualquier daño o perjuicio

originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las

subcontratadas o dependientes. En este sentido, en el evento en que Electrohuila S.A.

E.S.P. sea obligada a cancelar suma alguna a terceros por acción u omisión, directa o

indirecta, del proveedor, podrá solicitar a este el reintegro de dichos valores o promover las

acciones legales pertinentes orientadas a su recuperación.

4.9. LIQUIDACIÓN

El contrato se liquidará bilateralmente dentro de los seis (6) meses siguientes a su

terminación.

4.10. SUPERVISIÓN O INTERVENTORÍA

Electrohuila S.A. E.S.P. efectuará la supervisión o interventoría al contrato a través de su

propio personal o mediante terceros contratados para tal efecto. El supervisor o el

interventor estará facultado para liquidar el contrato.

4.12. RETEICA

Al momento de los pagos se practicarán las retenciones de industria y comercio de acuerdo

con lo establecido por la ley.

4.13. CONSULTA DE DOCUMENTOS ADICIONALES

- Los interesados podrán consultar por la web los siguientes documentos:

a) Manual de contratación de la entidad, Acuerdo No. 014 de Junta Directiva.

b) Formato inscripción de proveedores, anexo No. 5.

- Los siguientes documentos serán enviados en archivos PDF o Word como anexos a los

presentes términos de referencia:

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a) Manual de supervisión e interventoría, Anexo No. 6.b) Manual de seguridad y salud en el trabajo y protección ambiental para contratistas y

proveedores, Anexo No. 7.c) Re-evaluación de Proveedores, Anexo No. 8.d) Estudio del sector, Anexo No. 9.e) Matriz de Riesgos, Anexo No. 10.

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ANEXO No. 1

MODELO CARTA DE PRESENTACIÓN

Propuesta presentada a la Electrificadora del Huila S.A. – E.S.P. para la

____________________________________________________________

Ciudad y fecha

Neiva

Nosotros, los suscritos ____________________________________, de acuerdo con las

condiciones que se estipulan en los documentos de invitación, hacemos la siguiente

propuesta para la__________________________________________________________

__________________________________________________________________________

y en caso de que nos sea aceptada por La Electrificadora del Huila S.A. E.S.P., nos

comprometemos a firmar el contrato correspondiente.

Declaro así mismo que:

1. Conozco y me acojo al Manual de Contratación de la Electrificadora del Huila S.A.

E.S.P.

2. Que recibí y tuve conocimiento del manual de seguridad y salud en el trabajo y

protección ambiental para contratistas y proveedores

3. Conozco los documentos de la invitación y acepto los requisitos en ellos contenidos.

4. He recibido las siguientes adendas y los documentos de invitación.

______________________________ (indicar en número y la fecha de cada uno) y

aceptamos su contenido.

5. Me comprometo a ejecutar totalmente el objeto de la invitación en un plazo contado a

partir de la fecha del acta de inicio suscrita entre el supervisor o interventor y el

contratista y hasta el 31 de diciembre de 2020.

6. No me hallo incurso en causal alguna de inhabilidad de las señaladas en la ley o el

Manual de Contratación de Electrohuila S.A. E.S.P., como tampoco en algún tipo de

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prohibición especial para contratar.

7. En el evento de ser adjudicado el contrato, me comprometo a presentar las garantías

exigidas y a suscribir el contrato dentro de los términos señalados.

8. La presente propuesta consta de ________ ( ) folios debidamente numerados.

9. Acepto que el correo electrónico que más adelante registro sea utilizado por la

entidad para efectos de notificaciones.

Atentamente,

Nombre: ________________________________

Nit o C.C. No : __________________ De_________________

Matrícula No: _________________________

Dirección: ______________________________

Correo Electrónico: ______________________________

Teléfono y Celular: ______________________________

Ciudad: _________________________________

______________________________

FIRMA

ANEXO No. 2PROPUESTA ECONÓMICA

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ITEM DESCRIPCIÓN UNIDAD VALOR PORCENTAJE (%) DE ADMINISTRACIÓN

1

Suministro de personal temporal para atender

actividades ocasionales o transitorias,

reemplazos por vacaciones, licencias e

incapacidades, así como también apoyar

proyectos específicos y nuevos del negocio,

requeridos por la Electrificadora del Huila S.A.

E.S.P.

1

ANEXO No. 3

FORMATO DECLARACIÓN JURAMENTADA – PERONAS NATURALES

CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES

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PERSONA NATURAL 1

Yo, (nombre de la Persona Natural), identificado con cédula de ciudadanía No.

_____________, mediante el presente documento me permito manifestar bajo la gravedad

de juramento que me encuentro al día y a paz y salvo por concepto de pago de aportes al

sistema de seguridad social y parafiscales que me resultan exigibles por la Ley.

Lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el

artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

Dada en (nombre de la ciudad), a los ( ) días del mes de __________ de 2020.

ITEM No. DE PLANILLA FECHA DE PAGO

1    

FIRMA: _________________________

NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL

DOCUMENTO DE IDENTIDAD

FIRMA_______________________

NOMBRE DEL CONTADOR

DOCUMENTO DE IDENTIDAD Y TP

ANEXO No. 3A

CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES

PERSONA JURÍDICA

Yo, (nombre del REPRESENTANTE LEGAL 2 ) , identificado con cédula de ciudadanía No.

_____________, en mi condición de Representante Legal de (nombre de la empresa o

entidad) identificada con Nit. ________, certifico que durante los últimos seis (6) meses 1Este formato aplica para personas naturales con establecimiento de comercio. Anexar Fotocopia de las Cédulas de Ciudadanía de los firmantes y fotocopia de la Tarjeta Profesional del contador.2Anexa Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía

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calendario legalmente exigibles, la empresa ha realizado el pago de los aportes al sistema

de seguridad social y parafiscales exigidos por la ley y se encuentra al día y a paz y salvo

por todo concepto relacionado con dichos aportes.

Lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el

artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

Dada en (nombre de la ciudad), a los ( ) días del mes de __________ de 2020.

ITEM No. DE PLANILLA FECHA DE PAGO

1    

2    

3    

4    

5    

6    

FIRMA____________________________

NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL

DOCUMENTO DE IDENTIDAD

Yo, (nombre del REVISOR FISCAL 3 ) , identificado con cédula de ciudadanía No.

_____________, y con Tarjeta Profesional No. _________ de la Junta Central de

Contadores, en mi condición de Revisor Fiscal de (nombre de la empresa o entidad)

identificada con NIT. ________, luego de examinar los estados financieros de la empresa de

acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas en Colombia, certifico que

durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles, la empresa ha realizado

el pago de los aportes al sistema de seguridad social y parafiscales exigidos por la ley y se

encuentra al día y a paz y salvo por todo concepto relacionado con dichos aportes.

Lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el

artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

3Anexar fotocopia de la Tarjeta Profesional y Cédula de Ciudadanía.Página 43 de 51

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Dada en (nombre de la ciudad), a los ( ) días del mes de __________ de 2020.

FIRMA______________________

NOMBRE DEL REVISOR FISCAL

DOCUMENTO DE IDENTIDAD

ANEXO No. 4

DECLARACIÓN DE ORIGEN DE FONDOS

Yo, (nosotros) _________________________________________________________________________

Identificado (os) con el documento que abajo se indica, obrando en nombre propio y/o en mi calidad de

representante legal de _________________________________________________________________,

entidad legalmente constituida, según certificado de existencia y representación que se anexa, manifiesto

(amos) bajo la gravedad de juramento que la información nuestra suministrada a ELECTROHUILA S.A.

E.S.P., es cierta, completa y actualizada. 1. Declaro (amos) también que los recursos o bienes que

utilizaremos en desarrollo de nuestros negocios con ELECTROHUILA S.A. E.S.P. provienen de actividades

lícitas, de conformidad con las leyes vigentes. 2. Que no admitiré (mos) que terceros efectúen depósitos en

mis (nuestras) cuentas con fondos provenientes de las actividades ilícitas contempladas en el código Penal

Colombiano o en cualquier otra norma que lo adicione; ni efectuaré (mos) transacciones destinadas a

favorecer tales actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas. 3. Que todas las

actividades e ingresos que percibo (imos) provienen de negocios lícitos. 4. Que no me (nos) encuentro

(encontramos) en ninguna lista de personas reportadas o bloqueados por actividades de narcotráfico,

lavado de activos, subversión, terrorismo, tráfico de armas o delitos asociados al turismo sexual en

menores de edad. Que a la fecha y según nuestro leal saber y entender, en mi (nuestra) contra no se

adelanta ninguna investigación por ninguno de los hechos anteriores. 5. Las garantías y aseveraciones

aquí contenidas estarán vigentes mientras nosotros tengamos negocios con ELECTROHUILA S.A. E.S.P.

Autorizo (amos) a resolver cualquier acuerdo, beneficio, subsidio, negocio o contrato celebrado con

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ELECTROHUILA S.A. E.S.P. en caso de infracción de cualquiera de los numerales contenidos en este

documento, eximiendo a ELECTROHUILA S.A. E.S.P., sus accionistas y directores, de toda

responsabilidad que se derive por información errónea, falsa o inexacta que yo (nosotros) hubiere (mos)

proporcionado. 6. Autorizo (amos) a ELECTROHUILA S.A. E.S.P. para que consulte mi (nuestra)

información crediticia en las Centrales de Riesgo y ante los bancos de datos que estime necesarios. Los

datos aquí consignados obedecen a la realidad, y declaro (amos) haber leído, entendido y aceptado

libremente el presente documento.

OFERENTE

NOMBRE _____________________________

CALIDAD _____________________________

FIRMA _____________________________

C.C. / NIT _____________________________ Huella Índice Derecho

ANEXO No. 5

INSTRUCTIVO PARA LA INSCRIPCIÓN DE PROVEEDORES

ELABORADO19-04-2013

Propósito: Orientar a las personas naturales o jurídicas que deseen iniciar el proceso de

inscripción de proveedores de la Electrificadora del Huila S.A E.S.P,

Trámite a seguir:

1. Ingrese a la página WEB www.electrohuila.com.co.

2. Seleccionar el link de CONTRATACION y posteriormente hacer clic en formato de

inscripción de proveedores.

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3. Allí encontrará el FORMATO DE INSCRIPCIÒN DE PROVEEDORES, el cual deberá

ser impreso y diligenciado en su totalidad.

4. De acuerdo con el numeral 4 del formato de inscripción de proveedores, se deberá

adjuntar la siguiente documentación:

a. Carta de presentación y/o portafolio de servicios

b. Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de

Comercio, con una expedición no mayor a 30 días de antelación a la fecha de

envió del formulario de inscripción.

c. Fotocopia del Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN

actualizado.

d. Fotocopia de la cedula de ciudadanía del Representante Legal.

Nota: Los documentos deberán ser escaneados en formato PDF en un tamaño que facilite

su legibilidad.

5. Una vez el proveedor cuente con la totalidad de la documentación detallada en el

numeral anterior, éste deberá enviar dicha documentación únicamente vía email al

correo [email protected], detallando en el asunto

INSCRIPCION DE PROVEEDORES.

ANEXO No. 6

MANUAL DE SUPERVISIÓN O INTERVENTORÍA

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Anexo en pdf.

ANEXO No. 7

MANUAL DE SST Y PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA CONTRATISTAS Y PROVEEDORES

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Anexo en pdf.

ANEXO No. 8

RE-EVALUACIÓN DE PROVEEDORES

Anexo en pdf.

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ANEXO No. 09ESTUDIO DEL SECTOR

Anexo en pdf.

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ANEXO No. 10MATRIZ DE RIESGOS

Anexo en pdf.

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