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Atentamente,
12 Electro LIcayali Illoninande nuestra
"Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria"
Yarinacocha, 06 de septiembre de 2013
ELECTROUCAYALI/G - 1421 -2013
Señor Ingeniero VISTOR ORMEÑO SALCEDO GERENTE ADJUNTO DE REGULACIÓN TARIFARIA OSINERGMIN Bernardo Monteagudo N° 222 Magdalena del Mar Lima.-
Asunto: OPINIONES Y SUGERENCIAS A LA RESOLUCIÓN OSINERGMIN N° 149-2013-05/CD
De mi especial consideración,
Me dirijo a usted para expresarle mi cordial saludo y a la vez adjuntar al presente los 07 folios, de las opiniones y sugerencias de mi representada a la Resolución OSINERGMIN N° 149-2013-OS/CD mediante la cual se publicó el Proyecto de Resolución que aprueba las Tarifas de Distribución Eléctrica, aplicables al periodo comprendido entre el 01 de Noviembre de 2013 y el 31 de Octubre de 2017, las mismas que estamos seguros serán
acogidas por vuestra gerencia.
Sin otro particular, hago propicia la oportunidad para reiterarle los sentimientos de mi
especial consideración y estima personal.
IN T DO UEZ ESPINOZA Gerente General
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0 9 SET, 2013 0"0$ al GFE IOR
7D/3##/,,,d-9 /3 REGISTRO HORA LA RECEROON GEL DOCUMENTO NO ROCA CONFORMIDAD
PRES OSINERGM1N REGIONAL PUCALLPA
RECIBIDO
0 6 SEP 2013 „5": CA
GFM — 5‹ GFGN GART
GG , JARU
GFHL x OTROS
GFE OR REG STRO ORA
LA RECEPCION DEL OCUMENTO O INDICA CONFORMIDAD
Av. Circunvalación 300 — Yarinacocha
Coronel Portillo - Ucayali
OSINERGMINGerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria
RECIBIDO HORA 16:02
09 SEP 2013
007358-2013 000450-2012TRAMITE EXPEDIENTE
LA RECEPCION DEL DOCUMENTONO INDICA CONFORMIDAD
OPINIONES Y SUGERENCIAS A LA RESOLUCIÓN OSINERGMIN N° 149- 2013-OS/CD
"Proyecto de Resolución que aprueba las Tarifas de Distribución Eléctrica
aplicables al periodo comprendido entre el 01 de Noviembre de 2013 y el 31 de Octubre de 2017"
V° •° P. Jorge 1.
ico Casimire
UCA
Beelre UCO Iluminando nuestra Amazonía
PUCALLPA, SETIEMBRE DE 2013
SEM existente Redes nidad 1 (Formato A y B) .. SEM Supervisor VAD
Aérea Km 1985 690
1. OBJETIVO
Presentar las Opiniones y Sugerencias a la Resolución OSINERGMIN N° 149-2013-
OS/CD, con la que se publica el Proyecto de Resolución que aprueba las Tarifas de
Distribución Eléctrica aplicables al periodo comprendido entre el 01 de Noviembre de
2013 y el 31 de Octubre de 2017.
2. ANTECEDENTES
• El Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas (LCE), su Reglamento
aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-93-EM y la ley N° 28749, Ley
General de Electrificación Rural (LGER), su reglamento aprobado mediante el
Decreto Supremo N° 025-2007-EM, establecen los principios y criterios para la
fijación se realiza siguiendo el "Procedimiento para Fijación de las Tarifas de
Distribución Eléctrica: Valor agregado de distribución (VAD) y cargos fijo",
contenido en el Anexo B.1 de la norma de procedimientos para fijación de
precios regulados, aprobada mediante la resolución OSINERGMIN N° 080-2012-
OS/CD.
• Mediante Resolución N° 149-2013-OS/CD, el OSINERGMIN publica el Proyecto
de Resolución que aprueba las Tarifas de Distribución Eléctrica aplicables al
periodo comprendido entre el 01 de Noviembre de 2013 y el 31 de Octubre de
2017. Asimismo en la mencionada resolución, se establece como plazo máximo
el 06 de setiembre de 2013, para que los interesados remitan por escrito sus
opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART)
de OSINERGMIN, materia de este informe.
3. OPINIONES Y SUGERENCIAS AL SECTOR TÍPICO 2
3.1 COMENTARIO 1
Observación:
Se ha apreciado diferencias muy significativas en el modelamiento de la red de
MT, como se puede apreciar a continuación:
Como resultado de la optimización se ha reducido el metrado de la red de
media tensión en 295 Km, con respecto al metrado existente del Sistema
Eléctrico Modelo (SEM), lo que representa una reducción del 30%.
Esta optimización no contempla las restricciones urbanísticas que ejerce la
ciudad de Arequipa, tales como: condiciones de geografía, urbanismo, zonas
arqueológicas, monumentales y de alta demanda comercial. Se debe mantener
el metrado existente porque se trata de alimentadores tipo radial que
obedecen a las condiciones de geografía, urbanismo, zonas arqueológicas,
monumentales y de alta demanda comercial; por lo tanto, consideramos que el
modelo no puede optimizar metrados cuando existen estas restricciones
insalvables de diseño.
Opinión y/o Sugerencia:
Se solicita al OSINERGMIN — GART reconocer el metrado existente en su
totalidad por los argumentos mencionados.
3.2 COMENTARIO 2
Observación:
La Resolución Ministerial N° 233-2012-TR en Bonificación por Alta
Especialización - BAE, se aprecia que para el operario electromecánico se debe
otorgar una bonificación equivalente al 13% de su jornal básico, la cual está
constituida por el 5 % como bonificación por especialización prevista en la
cláusula segunda del convenio colectivo del período 2010 - 2011, suscrito con
fecha 20 de julio de 2010, y el 8 % que se adiciona en la presente negociación
colectiva.
Opinión y/o Sugerencia:
Se solicita a OSINERGMIN — GART, reconocer el 13 % por especialización en los
costos de mano de obra en los costos de inversión y costos de operación y
mantenimiento.
3.3 COMENTARIO 3
Observación:
Las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo asignadas por el
Supervisor VAD tienen tiempos estimados, los cuáles no se encuentran
sustentados adecuadamente mediante algún estudio de tiempos y
movimientos que nos permita mayor exactitud en los resultados del COYM.
Opinión y/o Sugerencia:
Se solicita a OSINERGMIN — GART, sustentar adecuadamente los tiempos
incurridos, frecuencias y alcances en las actividades de operación y
mantenimiento.
3.4 COMENTARIO 4
Observación:
Las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo asignadas por el
Supervisor VAD no consideran los costos reales por Contraste de Medidor de
Electricidad (Procedimiento OSINERGMIN N° 680-2008-OS/CD), el
procedimiento indicado exige a las distribuidoras que el medidor debe
contrastarse por lo menos una vez cada 10 años, lo que significa que el monto
facturado en los 10 años a los usuarios, es mucho menor que lo que nos cuesta
el servicio contratado y este es mayor que el costo de un medidor nuevo (Ver
Anexo N° 01), por lo que desde el año 2012 para cumplir el procedimiento
indicado hemos optado en reemplazar medidores electrónicos de año de
fabricación 2004 y 2005, antes de haber cumplido su vida útil, generando
perjuicio económico a las empresas.
Para Tarifa BT5
Detalle Contrato Precio Unitario
( Si. }
G-022-2011 Medidor Monofásico 26.17
6-073-2013 Servicio de Verificación de
Medidores Monf. Electronicos 79.06
No considera la mano de obra de apertura y cierre de caja
Opinión y/o Sugerencia:
Se solicita a OSINERGMIN — GART, revisar estos gastos de mantenimiento y
reposición NO reconocidos en el estudio del VAD.
3.5 COMENTARIO 5
Opinión y/o Sugerencia: Normalización de conexiones vulneradas
No se ha considerado los costos asociados de normalizar las conexiones que en
las inspecciones de campo se encuentran con evidencias de vulneración (hurto
de energía). Se sugiere y/o solicita considerar los costos asociados a la
normalización para los casos de conexiones vulneradas.
Sustento:
Los costos que demandan las actividades de normalizaciones no son cobrados a
los clientes infractores (apertura de cajas porta medidor, cambios de
medidores, transformadores de corriente, acometidas, etc.) es decir son
asumidos por la empresa de distribución. Por lo tanto deben ser considerados
como parte de los costos de operación asociados al control de las pérdidas no
técnicas. El mismo que debe ser congruente al costo real de las políticas de
control de pérdidas comerciales (hurto de energía) de la empresa distribuidora
que permita mantener controladas las pérdidas en los niveles reconocidos por
el OSINERGMIN acorde al sector de distribución típico.
3.6 COMENTARIO 6
Opinión y/o Sugerencia: Inspección de conexiones observadas
No se ha considerado los costos asociados de inspección de campo de las
conexiones con indicios de vulneración de las condiciones del suministro (hurto
de energía). Se sugiere y/o solicita considerar los costos asociados a los trabajos
inspección para la detección de conexiones vulneradas.
Sustento:
Los costos que demandan los trabajos de inspección permanente de
conexiones con indicios de fraude no son cobrados a los clientes finales
(revisión del sistema de medición) es decir son asumidos por la empresa de
distribución y que son necesarios para mantener controladas las pérdidas en los
niveles reconocidos por el Osinergmin. Por lo tanto deben ser considerados
como parte de los costos de operación asociados al control de las pérdidas no
técnicas.
3.7 COMENTARIO 7
Opinión y/o Sugerencia: Apoyo Policial para las intervenciones de control de pérdidas
No se ha considerado el costo asociado al apoyo policial en las intervenciones
realizadas para el control de las pérdidas, necesarios en las intervenciones de
normalización y en las intervenciones en zonas peligrosas.
Se sugiere y/o solicita considerar el costo en mención, que es necesario en las
intervenciones de normalización y en las intervenciones en zonas peligrosas
Sustento:
La participación del apoyo policial es imprescindible para resguardar la
seguridad del personal que interviene en el control de las pérdidas, debido a
que generalmente los "hurtadores" tienden a agredir al personal que
intervienen en su conexión.
3.8 COMENTARIO 8
Opinión y/o Sugerencia: Servicio de notaria para las intervenciones de control
de pérdidas
o
P. Jorge o Casimir° 5
3-7 b.
No se ha considerado el costo asociado al servicio de notaria en las
intervenciones de normalización realizadas para el control de las pérdidas,
necesarios para el cumplimiento de la R.M. Nº 571-2006-MEM/DM "Norma de
Reintegros y Recuperos de Energía Eléctrica".
Se sugiere y/o solicita considerar el costo en mención, que es necesario en las
intervenciones de normalización.
Sustento:
La participación del notario es imprescindible para el cumplimiento en estricto
de la norma en mención.
3.9 COMENTARIO 9
Opinión y/o Sugerencia: Factores de carga en MT y BT
Los factores de carga empleados para las pérdidas de energía son similares
para MT y BT, siendo menores a los factores de carga típicos para el sector
típico 2 por cada nivel de tensión. Se sugiere y/o solicita la revisión y
determinación de los factores de carga representativos por cada nivel de
tensión actualizados al periodo 2012 concordante con el estudio de
caracterización de la carga.
3.10 COMENTARIO 10
Opinión y/o Sugerencia: Pérdidas de Energía
No se observa una lógica en la variación de las pérdidas técnicas estándares en
BT respecto de los otros sectores típicos, mostrando la inconsistencia de su
cálculo.
La propia denominación de cada uno de los sectores típicos nos señala que al
pasar del ST1 hasta el ST6, vamos pasando de cargas concentradas a cargas más
dispersas, con mayor longitud de redes y con clientes con menor consumo per
cápita. Por ello no resulta coherente que las pérdidas estándares en BT para el
ST2 y ST3 sean menores que en el ST1. Debe revisarse el cálculo de estos
valores cuyos resultados debe ser sustentados.
No se encuentra un sustento del valor de pérdidas no técnicas en 2,56% en el
estudio presentado.
Se muestra cuadros comparativos que muestran esta inconsistencia:
Pérdidas de energía
ST1 ST2 ST3 ST4 ST5 ST6
Pérdidas Técnicas MT 1,18% 1,28% _1_68% 2,60% 2,91% 2,29%
Pérdidas Técnicas BT 7,56% 5,21% 5,91% 7,86% 9,26% 7,29%
Pérdidas No Técnicas 2,56% 2,56% 2,56% 2,56% 2,56% 2,56%
10%
9%
8%
7%
6%
5%
4%
3%
2%
1%
0%
ST1
I
ST2 ST3 ST4 ST5
---*-- Pérdidas No Té cnkas
ST6
—4— Pérdidas Técnicas MT --11— Pérdidas Té cnkas EIT
Osinergmin ORGANISMO SUPERVISOR DE lt ■ INVERSIÓN EN ENERGI4 Y MINERA
IIIII 11111111111 111111111111111
111111111111111111 III 1111111 Fecha : 09/09/2013 Hora : 1:08 PM
CARGO DE DOCUMENTO INGRESADO Trámite 201 3 - 145569 - Osinergmin Central - 1 2013/09/09 1:08 PM
Remitente ELECTRO UCAYALI S.A.
Documento CARTA Nro. 1421-2013
Dirección AV. CIRCUNVALACION N° 300
Asunto OR PUCALLPA // OPINIONES Y SUGERENCIAS A LA RESOLUCION N° 149-2013- OS/CD
Observación RECIBIDO EN OR PUCALLPA EL 06/09/2013
Oficina de Destino GERENCIA ADJUNTA DE REGULACION TARIFARIA
Recuerde que para un próximo trámite debe señalar el número de expediente 201300145569
Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería Bernardo Monteagudo 222 - Telef. 2193400
SGAINZA