vÍctimas, derechos y justicia

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  • 7/29/2019 VCTIMAS, DERECHOS Y JUSTICIA

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    VICTIMOLOGIA. MANUAL.PODER JUDICIAL DE LA

    PROVINCIA DE CORDOBACOLECCIN DE DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA

    VCTIMAS, DERECHOS Y JUSTICIA

    OFICINA DE DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA

    PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE CRDOBA

    Presidente del Tribunal Superior de Justicia

    Dra. Berta Kaller Orchansky

    Vocales

    Dra. Mara Esther Cafure de Battistelli

    Dra. Ada L. Tarditti

    Dr. Domingo Juan Sesn

    Dr. Hugo Alfredo Lafranconi

    Dr. Adn Luis Ferrer

    Dr. Luis Enrique Rubio

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    PREPARACIN DE LA PUBLICACIN

    Dra. Hilda MarchioriDr. Wilfrido Prez

    Dra. Mara de los ngeles Bonzano de SaizDr. Csar ForteteLic. Mara Alejandra ReinatoDra. Mara Laura VallesLic. Mercedes de la RaDra. Romina Maxzd

    DISEO DE TAPA

    Claudia EstebanIntegrante de la Direccin de InformticaPoder Judicial de Crdoba

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    CONTENIDO

    Presentacin

    Dra. Ada Tarditti ................................................................ VII

    DOCUMENTOS INTERNACIONALES

    Principios Fundamentales de Justicia para las Vctimasdel Delito y del Abuso de Poder.......................................... 3

    Manual de Justicia sobre el Uso y Aplicacinde la Declaracin de Principios Bsicos de Justiciapara Vctimas de Delito y Abuso de Poder.......................... 13Prefacio ............................................................................... 13Introduccin ........................................................................ 17Cap. I- El impacto de la Victimizacin.............................. 23

    A. El impacto fsico y econmico de la victimizacin ............. 23B. Dao psicolgico y costo social........................................ 27C. Victimizacin secundaria por la administracin de

    justicia penal y la sociedad .............................................. 34Cap. II- Programas de Asistencia a la Vctima.................. 37

    A. Iniciando un programa de asistencia a la vctima ............... 38B. Tipos de servicios a ser provistos...................................... 48C. Respuesta a la crisis, acompaamiento o apoyo

    teraputico y asesora legal .............................................. 55D. Participacin de la vctima en el proceso judicial ............... 82E. Participacin de la vctima en la mediacin

    y la justicia retributiva...................................................... 98F. Compensacin y restitucin a la vctima ............................ 103G. Educacin pblica y tcnicas de sensibilizacin................. 115H. Asistencia a la vctima mediante la prevencin

    del delito......................................................................... 117I. Cuidados para la asistencia profesional a la vctima............. 122

    Cap. III- El rol y responsabilidades de primera lneay otros hacia las Vctimas................................................... 128

    A. Polica y asistencia a la vctima ........................................ 129B. Fiscales y asistencia a la vctima....................................... 145C. El rol de la administracin de justicia en la justicia

    para las vctimas ............................................................. 150

    D. Prisiones y sanciones alternativas ..................................... 156E. Colegios, universidades e instituciones.............................. 161F. Profesionales de la salud .................................................. 165G. Profesionales de los medios de comunicacin.................... 168H. Instituciones de salud mental ........................................... 171I. Representantes religiosos, espirituales e informales ............. 177J. Arrendatarios y entidades de vivienda ................................ 180K. Empleadores................................................................... 181

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    L. Embajadas, consulados y misiones extranjeras ................... 183M. Protocolos para la prevencin de la victimizacin

    del personal ................................................................... 183Cap. IV- Asesora Legal, Diseos de Polticas

    y Reforma Legal: el rol de la sociedad civil....................... 185A. Generando conciencia ..................................................... 188B. Desarrollo de polticas ..................................................... 193C. Legislacin..................................................................... 197D. Financiamiento y recuperacin econmica ........................ 198

    Cap. V- Trabajando en Conjunto a Nivel Internacional.............................. 202A. Estrategias regionales y subregionales .............................. 203B. Cooperacin internacional para reducir la victimizacin

    y asistir a las vctimas ..................................................... 206C. El rol de Naciones Unidas, en particular del Programa de

    Prevencin del Delito y Justicia Penal de Naciones Unidas. 207D. El rol de las Organizacioners No Gubernamentales ............ 219E. Reduccin de la victimizacin: hacia un abordaje

    consensuado................................................................... 222Parmetros de los programas ............................................. 226Colaboradores al Manual................................................... 235

    Bibliografa.......................................................................... 239Sitios web sobre temas de Vctimas ..................................... 247

    Crmenes de guerra y crmenes de lesa humanidad,incluso el genocidio. Convencin para la Prevenciny la Sancin del Delito de Genocidio .................................. 249DOCUMENTOSNACIONALES

    Cdigo Civil de la Nacin ................................................... 257

    Cdigo Penal de la Nacin ................................................. 265

    Leyes de Memoria y Reparacin Histrica ......................... 267Ley 23.278........................................................................ 267Ley 23.466........................................................................ 271Ley 23.511........................................................................ 273Ley 23.852........................................................................ 276Decreto 70/91 ................................................................... 277Ley 24.043........................................................................ 286Decreto 1023/92 ............................................................... 290Ley 24.321........................................................................ 295Ley 24.411........................................................................ 298

    Ley 24.436........................................................................ 304Ley 24.499........................................................................ 305Decreto 403/95 ................................................................. 306Ley 24.906........................................................................ 313

    Breve resea de las polticas reparatorias nacionales .......... 315

    Legislacin sobre Derechos Humanos: Aprobacin deConvenios Internacionales................................................... 318

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    Cdigo Procesal Penal de la Nacin ................................... 321

    Ley de Proteccin contra la Violencia FamiliarLey 24.417........................................................................... 327

    Ministerio Pblico Fiscal de la Nacin. Oficina deAsistencia Integral a la Vctima del Delito.......................... 331

    DOCUMENTOS PROVINCIALES

    Cdigo Procesal Penal de la Provincia de Crdoba ......................... 337

    Ley 4873 - Estatuto de la Minoridad................................... 345

    Ley 7379 - Asistencia a la Vctima del delito...................... 347

    Reglamento Interno del Centro de Asistencia

    a la Vctima del Delito de Crdoba ..................................... 349

    Ley 7912 - Entrega de Cadveres, Vctimas de delitos ....... 365

    Ley 8457 - Declaracin de ausenciapor desaparicin forzada...................................................... 367

    Ley 8550 - Secuestro de Bienes - Entrega a sus

    propietarios.......................................................................... 369

    Ley 8835 - Carta al Ciudadano (Testigo) ............................ 371

    Acuerdos del Tribunal Superior de Justicia

    Expedientes Judiciales: Fotografas de la vctima............ 373

    Oficina de Derechos Humanos y Justicia - Creacin ....... 377

    Acordada contra la Tortura y otros tratos o penas

    crueles, inhumanos o degradantes .................................... 381

    Acordada de creacin del Programa de AbordajeIntegrado del Nio Vctima de Maltrato Fsico y/oPsquico, o de Delitos contra su Persona, su Libertado su Integridad Sexual ...................................................... 385

    Acuerdo Reglamentario N 5 - serie B ......................... 385

    Acuerdo Reglamentario N 8 - serie B ......................... 391

    Publicaciones de Derechos Humanos y Justicia.................. 393

    Presentacin

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    El Poder Judicial de Crdoba, ha reunido en esta nueva publicacin de la Oficina de Derechos Humanos

    y Justicia, documentos internacionales, legislacin nacional y provincial, como asimismo Acuerdos del

    Tribunal Superior de Justicia cuyo eje comn condensa el ttulo Vctimas, Derecho y Justicia.

    Entre los documentos internacionales, quiero detenerme en el Manual de Justicia sobre el Uso y

    Aplicacin de la Declaracin de Principios Bsicos de Justicia para Vctimas de Delito y Abuso de Poder

    (O.N.U., 1996), por su inestimable valor de herramienta para el desarrollo de polticas, procedimientos yprotocolos sensibles a las vctimas para las agencias de justicia penal y otras que entren en contacto con las

    vctimas (Prefacio).

    Si bien el Derecho Penal es en definitiva el medio ms contundente que dispone el Estado para garantizar

    los derechos fundamentales de las vctimas , a travs de la penalizacin de ataques arbitrarios de otros

    ciudadanos, paradjicamente, como seala el Manual los sistemas de justicia tradicionales no han sido

    invariablemente ideales desde la perspectiva de la vctima, al punto que al promediar el siglo XX se la

    definiera como la persona olvidada en la administracin de justicia (Introduccin).

    La paradoja se acenta en cuanto se repara en que la victimizacin secundaria, esto es aquella que no

    ocurre como un resultado directo de la accin delictiva sino a travs de la respuesta de las instituciones y los

    individuos hacia la vctima es ms visible en la justicia penal (Captulo I, El Impacto de la Victimizacin).

    La Justicia Penal tiene entonces que remediar el olvido de la vctima y tambin evitar o al menosminimizar la victimizacin secundaria, objetivos para los cuales el Manual contiene recomendaciones que con

    las correspondientes adecuaciones a las particularidades de cada jurisdiccin, constituyen una ayuda

    inmejorable.

    As, aunque es sabido que el sistema penal no resuelve todos los casos que ingresan, es bastante ms que

    probable que la selectividad (reglada o de hecho, como ocurre entre nosotros) obvie el punto de vista de la

    vctima y descanse ms bien en el autor (si el proceso tramita con imputados privados de libertad, reiterantes,

    etc.). Quizs para decidir sobre la selectividad o no de un caso, el Ministerio Pblico podra solicitar a la

    vctima una declaracin de impacto: es decir un relato inclusive dentro de la denuncia o testimonio- en

    donde indique qu impacto ha causado el delito, qu propiedad fue daada o perdida, qu otras prdidas

    econmicas caus y cmo el hecho alter su vida (Captulo II, Programas de Asistencia a la Vctima, D.Participacin de la Vctima en el proceso judicial). Inclur el punto de vista de la vctima para decidir la

    selectividad de un caso, es un modo de tenerla presente y por tanto no olvidada. En definitiva tratarla con el

    respeto y dignidad que corresponde.

    Forma parte del trato respetuoso y digno a la vctima, que la Justicia Penal le informe no slo de sus

    derechos sino tambin de las diferentes decisiones que se van adoptando en el proceso penal, en especial las

    que conciernen a la sentencia definitiva y las que deciden sobre la libertad del imputado.

    La victimizacin secundaria se evita o disminuye no slo si la vctima no es olvidada para seleccionar un

    proceso y en la informacin de sus derechos dentro del proceso y las principales decisiones que se adopten,

    sino tambin si su denuncia o testimonio inicial, las pruebas que se le efecten, los informes que se le brinden

    , son llevados a cabo por personal debidamente capacitado en el trato hacia las vctimas.

    La capacitacin de magistrados, funcionarios o empleados en relacin a las vctimas, constituye as unasunto de inters estratgico en el mejoramiento de la Justicia Penal (Captulo III, El rol y responsabilidades

    de primera lnea y otros hacia las Vctimas, C. El rol de la administracin de justicia en la justicia para las

    vctimas, 2. Educacin y entrenamiento judicial).

    Lo hasta aqu mostrado es suficientemente elocuente del camino que la Justicia Penal tiene que recorrer

    para hacer resplandecer, tambin para las vctimas, el debido respeto a sus derechos fundamentales.

    Es verdad que algo hemos avanzado. Contamos en algunos centros judiciales de la Provincia con

    servicios de atencin multidisciplinaria para evitar la reiteracin de informes y pericias en nios vctimas de

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    maltrato y abuso sexual, con espacios arquitectnicamente adecuados. Contamos con una Oficina de

    Derechos Humanos que nos brinda esta valiosa informacin que es nuestra obligacin difundir, como lo

    hacemos en esta publicacin. Estamos haciendo esfuerzos para que las vctimas de delitos comprendidos y

    conexos con la Convencin de la Tortura, vean efectizada la tutela en contra del abuso de poder a travs de

    procesos que hagan realidad no slo una justicia imparcial sino tambin pronta.

    Sin embargo es todava bastante lo que nos falta hacer y el primer paso es asumirlo, para que la meta ofin de este camino sea no slo una Justicia eficiente y pronta, sino esencialmente humana.

    Dra . Ad a L. Ta rd itti

    Crdoba, 2001

    DOCUMENTOSINTERNACIONALES

    NACIONESUNIDAS

    PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE JUSTICIAPARA LAS VCTIMAS DEL DELITO

    Y DEL ABUSO DE PODER

    Aprobada por Asamblea General por Resolucin 40/34 del 29 de noviembre de 1985.

    El Sptimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevencin del Delito y Tratamiento delDelincuente.

    Reconociendo la necesidad de medidas ms eficaces en los planos internacional, regional y nacionalen favor de las vctimas de delitos y de las vctimas del abuso de poder.

    Resuelto a promover el progreso de todos los Estados en sus esfuerzos por respetar y garantizar losderechos de las vctimas de delitos y de las vctimas del abuso del poder.

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    Recomienda que la Asamblea General apruebe el siguiente proyecto de resolucin y el proyecto deDeclaracin sobre los principios fundamentales de justicia a) relativos a las vctimas de delitos y b) relativos alas vctimas del abuso de poder:

    La Asamblea General,

    Recordando que el VI Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevencin del Delito y Tratamiento

    del Delincuente recomend que las Naciones Unidas continuarn su actual labor de elaboracin de directricesy normas acerca del abuso del poder econmico y poltico,

    Conocedora de que millones de personas de todo el mundo sufren daos como resultado de delitos y

    otros actos que implican abuso de poder y de que los derechos de esas vctimas no han sido reconocidos

    adecuadamente,

    Reconociendo que las vctimas de delitos y las vctimas del abuso de poder, y frecuentemente tambin

    sus familias, los testigos y otras personas que les presten ayuda, estn expuestos injustamente a prdidas,

    daos o perjuicios, y que adems pueden sufrir dificultades cuando comparezcan en el enjuiciamiento de los

    delincuentes,

    1. Afirma la necesidad de que se adopten medidas nacionales e internacionales a fin de garantizar elreconocimiento y el respeto universales y efectivos de los derechos de las vctimas de delitos y del abuso

    de poder;

    2. Destaca la necesidad de promover el progreso de todos los Estados en sus esfuerzos con tal fin, sin

    perjuicio de los derechos de los sospechosos o delincuentes;

    3.Aprueba la Declaracin sobre los principios fundamentales de justicia a) relativos a las vctimas de delitos

    y b) relativos a las vctimas del abuso de poder, incluida como anexo a la presente resolucin, que est

    destinada a ayudar a los gobiernos y a la comunidad internacional en sus esfuerzos por garantizar la justicia

    y la asistencia a las vctimas de delitos y a las vctimas del abuso de poder;

    4. Insta a los Estados Miembros a tomar las medidas necesarias para poner en vigor las disposiciones

    contenidas en la Declaracin y, a fin de reducir la victimizacin a que se hace referencia ms adelante, aesforzarse por:

    a) Aplicar polticas sociales, sanitarias (incluida la salud mental), educativas, econmicas dirigidas

    especficamente a la prevencin del delito con objeto de reducir la victimizacin y alentar la asistencia a

    las vctimas que la necesiten;

    b) Promover los esfuerzos de la comunidad y la participacin de la poblacin en la prevencin del delito;

    c) Revisar peridicamente su legislacin y prcticas vigentes con objeto de adaptarlas a las circunstanciascambiantes, y promulgar y hacer cumplir leyes que proscriban los actos que infrinjan normasinternacionalmente reconocidas relativas a los derechos humanos, las conductas de las empresas y otrosabusos de poder;

    d) Crear y fortalecer los medios para detectar, enjuiciar y condenar a los culpables de delitos;

    e) Promover la revelacin de la informacin pertinente, a fin de someter la conducta oficial y corporativa aexamen pblico, y otros medios de aumentar la atencin prestada a las preocupaciones pblicas;

    f) Fomentar la observancia de cdigos de conducta y normas ticas, en particular los criteriosinternacionales, por los funcionarios pblicos, inclusive el personal encargado de hacer cumplir la ley, elcorreccional, el mdico, el de los servicios sociales y el militar, as como por los empleados de lasempresas de carcter econmico.

    g)Prohibir las prcticas y los procedimientos conducentes al abuso, como los lugares de detencin secretosy la detencin con incomunicacin;

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    h) Cooperar con otros Estados, mediante la asistencia judicial y administrativa mutua, en asuntos talescomo la deteccin y el enjuiciamiento de delincuentes, su extradicin y la incautacin de sus bienes, paradestinarlos al resarcimiento de las vctimas;

    5.Recomienda que, en los planos internacional y regional, se adopten todas las medidas apropiadas tendientesa:

    a) promover las actividades de formacin destinadas a fomentar el respeto de los criterios de las NacionesUnidas y reducir los posibles abusos;

    b) Patrocinar las investigaciones prcticas de carcter cooperativo sobre los modos de reducir la

    victimizacin y ayudar a las vctimas, y promover intercambios de informacin sobre los medios ms

    efectivos de alcanzar esos fines;

    c) Prestar ayuda directa a los gobiernos que la soliciten con miras a ayudarlos a reducir la victimizacin y

    aliviar la situacin de las vctimas;

    d) Establecer formas y medios de proporcionar un recurso a las vctimas cuando los procedimientos

    nacionales resulten insuficientes;

    6. Pide al Secretario General que invite a los Estados Miembros a que informen peridicamente a la

    Asamblea General respecto a la aplicacin de la Declaracin, as como las medidas que adopten a ese

    efecto;

    7. Tambin pide al Secretario General que aproveche las oportunidades que ofrecen todos los organismos y

    rganos del sistema de las Naciones Unidas a fin de prestar asistencia, cuando sea necesario, a los Estados

    Miembros, para mejorar los medios de proteger a las vctimas a nivel nacional y mediante la cooperacin

    internacional;

    8. Tambin pide al Secretario General que promueva los objetivos de la Declaracin, procurando

    especialmente que su difusin sea lo ms amplia posible;

    9.Insta a los organismos especializados, a otras entidades y rganos del sistema de las Naciones Unidas, las

    organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes, y a la poblacin en general, a quecooperen en la aplicacin de las disposiciones de la Declaracin.

    DECLARACIN SOBRE LOS PRINCIPIOSFUNDAMENTALES DE JUSTICIA

    a) Relativos a las vctimas de delitos, yb) Relativos a las vctimas del abuso de poder:

    Seccin A. Relativos a las vctimas de delitos

    1. Se entender por vctimas las personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daos, incluidas

    lesiones fsicas o mentales, sufrimiento emocional, prdida financiera o menoscabo sustancial de sus

    derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislacin penal

    vigente en los Estados Miembros, incluida la que proscribe el abuso de poder.

    2. Podr considerarse vctima a una persona que, con arreglo a la Declaracin, independientemente de que

    se identifique, aprehenda, enjuicie o condene al perpetrador e independientemente de la relacin familiar

    entre el perpetrador y la vctima. En la expresin vctima se incluye adems, en su caso, a los familiares

    o dependientes inmediatos de la vctima directa y a las personas que hayan sufrido daos al intervenir para

    asistir a la vctima en peligro o para prevenir la victimizacin.

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    3. Las disposiciones de la presente Declaracin sern aplicables a todas las personas sin distincin alguna, ya

    sea de raza, color, sexo, edad, idioma, religin, nacionalidad, opinin poltica o de otra ndole, creencias o

    prcticas culturales, situacin econmica, nacimiento o situacin familiar, origen tnico o social, o

    impedimentos.

    Acceso a la justicia y trato justo

    4. Las vctimas sern tratadas con compasin y respeto por su dignidad. Tendrn derecho al acceso a los

    mecanismos de la justicia y a una pronta reparacin del dao que hayan sufrido, segn lo dispuesto en la

    legislacin nacional.

    5. Se establecern y reforzarn, cuando sea necesario, mecanismos judiciales y administrativos que permitan a

    las vctimas obtener reparacin mediante procedimientos oficiales u oficiosos que sean expeditos, justos,

    poco costosos y accesibles. Se informar a las vctimas de sus derechos para obtener reparacin mediante

    esos mecanismos.

    6. Se facilitar la adecuacin de los procedimientos judiciales y administrativos a las necesidades de las

    vctimas.a) Informando a las vctimas de su papel y del alcance, el desarrollo cronolgico y la marcha de las

    actuaciones, as como la decisin de sus causas, especialmente cuando se trate de delitos graves y cuando

    hayan solicitado esa informacin;

    b) permitiendo que las opiniones y preocupaciones de las vctimas sean presentadas y examinadas en

    etapas apropiadas de las actuaciones siempre que estn en juego sus intereses, sin perjuicio del acusado y de

    acuerdo con el sistema nacional de justicia penal pertinente;

    c) Prestando asistencia apropiada a las vctimas durante todo el proceso judicial;

    d) Adoptando medidas para minimizar las molestias causadas a las vctimas, proteger su intimidad,

    en caso necesario, y garantizar su seguridad, as como la de sus familiares y la de los testigos en su favor,

    contra todo acto de intimidacin y represalia;e) Evitando demoras innecesarias en la resolucin de las causas y en la ejecucin de los

    mandamientos o decretos que concedan indemnizaciones a las vctimas.

    7. Se utilizarn, cuando proceda, mecanismos oficiosos de solucin de las controversias, incluidos la

    mediacin, el arbitraje y las prcticas de justicia consuetudinaria o autctonas, a fin de facilitar la

    conciliacin y la reparacin en favor de las vctimas.Resarcimiento

    8. Los delincuentes o los terceros responsables de su conducta resarcirn equitativamente, cuando proceda, alas vctimas, sus familiares o las personas a su cargo. Ese resarcimiento comprender la devolucin de los

    bienes o el pago por los daos o prdidas sufridos, el reembolso de los gastos realizados como

    consecuencia de la victimizacin, la prestacin de servicios y la rehabilitacin de derechos.

    9. Los gobiernos revisarn sus prcticas, reglamentaciones y leyes de modo que se considere el resarcimiento

    como una sentencia posible de los casos penales, adems de otras sanciones penales.

    10. En los casos en que se causen daos considerables al medio ambiente, el resarcimiento que se exija comprender, en la medida de

    lo posible, la rehabilitacin del medio ambiente, la reconstruccin de la infraestructura, la reposicin de las instalacionescomunitariasyelreembolso de los gastos de reubicacincuando esos daos causen el desplazamiento de una comunidad.

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    11. Cuando funcionarios pblicos u otros agentes que acten a ttulo oficial o cuasioficial hayan violado lalegislacin penal nacional, las vctimas sern resarcidas por el Estado cuyos funcionarios o agentes hayan

    sido responsables de los daos causados. En los casos en que ya no exista el gobierno bajo cuya autoridad

    se produjo la accin u omisin victimizadora, el Estado o gobierno sucesor deber proveer al

    resarcimiento de las vctimas.

    Indemnizacin

    12. Cuando no sea suficiente la indemnizacin procedente del delincuente o de otras fuentes, los Estadosprocurarn indemnizar financieramente:

    a) A las vctimas de delitos que hayan sufrido importantes lesiones corporales o menoscabo de susalud fsica o mental como consecuencia de delitos graves;

    b) A la familia, en particular a las personas a cargo, de las vctimas que hayan muerto o hayanquedado fsica o mentalmente incapacitadas como consecuencia de la victimizacin.

    13. Se fomentar el establecimiento, el reforzamiento y la ampliacin de fondos nacionales para indemnizar a

    las vctimas.Cuando proceda, tambin podrn establecerse otros fondos con ese propsito, incluidos los

    casos en los que el Estado de nacionalidad de la vctima no est en condiciones de indemnizarla por eldao sufrido.

    Asistencia Social

    14. La vctimas recibirn la asistencia material, mdica, psicolgica y social que sea necesaria, por conducto

    de los medios gubernamentales, voluntarios, comunitarios y autctonos.

    15. Se informar a las vctimas de la disponiblidad de servicios sanitarios y sociales y dems asistencia

    pertinente, y se facilitar su acceso a ellos.

    16. Se capacitar al personal de polica, de justicia, de salud, de servicios sociales y dems personal interesado

    para informarlo de las necesidades de las vctimas y proporcionarles directrices para garantizar una ayuda

    apropiada y rpida.

    17. Al prestar servicios y asistencia a las vctimas, se prestar atencin a las que tengan necesidades

    especiales por la ndole de los daos sufridos o debido a factores como los mencionados en el prrafo 2

    supra.

    Seccin B. Relativos a las vctimas del abuso de poder

    18. Se entender por vctimas a las personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daos,

    inclusive lesiones fsicas o mentales, sufrimiento emocional, prdida financiera o menoscabo sustancial de

    sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que no lleguen a constituir

    violaciones del derecho penal nacional, pero violen normas internacionalmente reconocidas relativas a los

    derechos humanos.

    19. Los Estados considerarn la posibilidad de incorporar a la legislacin nacional normas que proscriban losabusos de poder y proporcionen remedios a las vctimas de esos abusos. En particular, esos remediosincluirn el resarcimiento y la indemnizacin, as como la asistencia y el apoyo material, mdico,psicolgico y social necesarios.

    20. Los Estados considerarn la posibilidad de negociar tratados internacionales multilaterales relativos a lasvctimas, definidas en el prrafo 18.

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    21. Los Estados revisarn peridicamente la legislacin y la prctica vigentes para asegurar su adaptacin alas circunstancias cambiantes, promulgarn y aplicarn, en su caso, leyes que prohban los actos queconstituyan graves abusos de poder poltico o econmico y que fomenten medidas y mecanismos paraprevenir esos actos, y establecern derechos y recursos adecuados para las vctimas de tales actos,facilitndoles su ejercicio.

    La Declaracin sobre los principios fundamentales de justicia para las

    vctimas de delitos y del abuso de poder eman de los debates del Sptimo Congresode las Naciones Unidas sobre Prevencin del Delito y Tratamiento del Delincuente,celebrado en Miln, Italia, del 26 de agosto al 6 de septiembre de 1985. El 29 de

    noviembre del mismo ao, la Asamblea General aprob el texto recomendado por elCongreso al mismo tiempo que aprob la resolucin 40/34.

    MANUAL DEJUSTICIASOBRE ELUSO Y APLICACIN DE LA DECLARACIN

    DEPRINCIPIOSBSICOS DEJUSTICIAPARAVCTIMAS DEDELITO YABUSO DEPODER(*)

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    PREFACIO

    El delito tiene un enorme costo fsico, financiero y emocional para sus vctimas. El 29 de Noviembrede 1985, la Asamblea General de las Naciones Unidas adopt la Declaracin de Principios de Justicia Bsicospara las Vctimas de Delito y Abuso del Poder (Resolucin 40/34. anexo, de la Asamblea General) basndoseen la conviccin de que las vctimas deberan ser tratadas con compasin y respeto por su dignidad y quetienen derecho a una diligente compensacin por el dao que han sufrido, a travs del acceso al sistema dejusticia penal, a compensacin y los servicios de asistencia en su recuperacin. La Declaracin recomiendamedidas a ser tomadas en funcin de las vctimas del delito, en los niveles internacionales, regionales ynacionales, para mejorar el acceso a la justicia y trato justo, restitucin, compensacin y asistencia. Sealatambin los pasos principales a seguir para prevenir la victimizacin relacionada al abuso de poder y paraproveer soluciones a las vctimas.

    En Mayo de 1996, la Comisin de Prevencin del Delito y Justicia Penal de las Naciones Unidas, ensu quinta sesin, adopt la resolucin de desarrollar un manual o manuales sobre el uso y aplicacin de laDeclaracin (resolucin del Consejo Econmico y Social 1996/14). El Manual sobre Justicia para lasVctimas fue elaborado en respuesta a esa resolucin. Una breve Gua para Diseadores de Polticas tambinha sido desarrollada para remarcar programas y polticas que han sido aplicadas en varias jurisdicciones paraimplementar la Declaracin y asegurar que la efectividad y equidad de la justicia penal, incluyendo formas deapoyo relacionadas, para que sean mejoradas de tal modo que los derechos fundamentales de las vctimas deldelito y de abuso del poder sean respetadas.

    En la Declaracin, las vctimas son definidas en sentido amplio como las personas que, individual ocolectivamente, han sufrido dao, incluyendo lesiones, fsicas o mentales, sufrimiento emocional, prdidaseconmicas o menoscabo real de sus derechos fundamentales, a travs de actos u omisiones que seanviolaciones de las leyes penales nacionales o de normas relacionadas a los derechos humanosinternacionalmente reconocidas.

    La experiencia de muchos pases alrededor del mundo ha mostrado que una forma efectiva dedirigirse a las vctimas del delito es establecer programas que provean apoyo social, psicolgico, emocional yfinanciero y que efectivamente ayuden a las vctimas dentro de la justicia penal y las instituciones sociales.Este Manual est diseado como una herramienta para la implementacin de programas de servicios paravctimas y para el desarrollo de polticas, procedimientos y protocolos sensibles a las vctimas para lasagencias de justicia penal y otras que entren en contacto con las vctimas. Estas pueden incluir la polica yotros oficiales de la ley, fiscales, abogados de vctimas, jueces, personal correccional, proveedores de salud ysalud mental, trabajadores sociales, ombudsmen, lideres espirituales, organizaciones civiles, lideres

    tradicionales, comisiones de derechos humanos, legisladores, representantes elegidos y otros. Se aplicaasimismo para aquellos a quienes las vctimas buscan en su crculo inmediato su familia, vecinos, amigos ya varias estructuras de apoyo informales, espontneas y locales.

    Este Manual delinea los pasos bsicos para desarrollar servicios comprensivos de asistencia avctimas del delito. Por ejemplo, el primer paso en la provisin de servicios a las vctimas debera ser siemprela provisin de seguridad fsica y necesidades mdicas inmediatas a las mismas. Muchas vctimas tambinpueden beneficiarse de servicios como terapia en crisis o apoyo teraputico a largo plazo, compensacin,acompaamiento a la justicia y otros servicios legales. Ciertos tipos de vctimas pueden requerir atencinadicional que no puede ser completamente abarcada por este Manual. Pueden ser necesarios manualesadicionales sobre como trabajar con individuos que han sufrido tipos especficos de victimizacin tales comoabuso de menores, violencia domstica, ataques sexuales o crmenes de odio. Manuales adicionales puedenexplorar ms aun respuestas a vctimas de torturas u otras victimizaciones masivas que ocurren donde lossistemas legales y sociales han colapsado o son efectivamente incapaces de cumplir sus funciones. Manualesadicionales se pueden centrar en el trabajo de profesiones especficas.

    Este Manual ha sido diseado reconociendo que las diferencias surgen cuando sus principios sonaplicados en el contexto de distintos sistemas legales, estructuras de apoyo social y situaciones de vida. Notodo lo esbozado en el Manualser necesariamente apropiado o incluso posible en diferentes situaciones. ElManual no est pensado para ser prescriptivo sino para servir como conjunto de ejemplos para que lasjurisdicciones examinen y sometan a prueba. Los autores son concientes de las dificultades enfrentadas a lolargo del mundo en la asignacin de recursos para servicios para las vctimas. Varios de los programasrecomendados en el Manual requieren significativas inversiones de tiempo, personal y recursos financieros.Adems, algunas recomendaciones pueden requerir cambios legislativos. En muchas jurisdicciones, por ello,las recomendaciones pueden parecer irreales. De todos modos, estos programas y sus principios subyacentes

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    han sido sometidos a prueba en muchos pases con resultados exitosos. Pueden contribuir a satisfacer lasnecesidades fundamentales de las vctimas, acelerar la recuperacin, restaurar la vitalidad a una comunidad yasegurar la justicia. Esta inversin puede proveer significativos resultados a corto y largo plazo.

    Expertos de ms de 40 pases han participado en el desarrollo de este Manual. Noobstante, los autores representan slo algunas de las muchas distintas jurisdiccionesalrededor del mundo y slo algunas de la profesiones que ayudan a las vctimas. Los puntos

    de vista y experiencia de las personas de pases particulares puede, consecuentemente,recibir quizs excesiva atencin. Se espera que en los meses y aos por venir profesionales,investigadores y diseadores de polticas, alrededor del mundo contribuyan coninformacin acerca de sus propias experiencias y programas, ajusten la informacinpresentada en este Manualpara satisfacer sus necesidades especficas y sistemas legales yofrecer sugerencias sobre como mejorar el Manual. La ms amplia relevancia posible delmismo ser una meta continua en la bsqueda por aliviar el trance de las vctimas del delitoy el abuso de poder alrededor del mundo.

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    INTRODUCCIN

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    AL MANUAL DE JUSTICIA PARA VCTIMAS

    En los sistemas de justicia tradicionales, las vctimas de la agresin generalmente hanencontrado apoyo y ayuda en su familia, aldea o tribu. La red social informal atena elimpacto de la victimizacin y ayuda a la vctima a recuperarse. Esta misma red a menudo

    ayuda en la resolucin del conflicto y en asegurar que cualquier decisin tomada searealmente implementada. Dentro de este contexto, se da por sentado que la vctima (y susfamiliares), el autor del delito (y sus familiares), y el grupo social entero compartirn elpeso de enfrentar el conflicto.

    En muchas partes del mundo, con la creciente complejidad de la sociedad y la evolucin de sistemas

    de justicia, el Estado ha asumido gradualmente un rol dominante en el proceso de justicia. Formas especficas

    de comportamiento son definidas por el Estado como delitos, los cuales han llegado a ser vistos ms como

    delitos contra el Estado que violaciones a los derechos de las vctimas. El Estado finalmente se hizo cargo de

    la responsabilidad de investigar el delito, la acusacin del sospechoso, la adjudicacin y el cumplimiento de

    una decisin de condena. A la vctima se le ha dado poco margen para la participacin directa. Aunque era a

    menudo la vctima quien denunciaba el delito a las autoridades, las decisiones subsiguientes llegaron a

    hacerse ms en funcin de los intereses del Estado y de la comunidad que de los de la vctima.Esto no significa que el desarrollo histrico haya sido una simple disminucin en la posicin de la

    vctima. Los sistemas de justicia tradicionales no han sido invariablemente ideales desde la perspectiva de la

    vctima; la movilizacin de la comunidad hacia el autor del delito dependa en gran medida del poder social

    de la vctima y de su grupo social. Por otra parte, la sociedad moderna ha buscado proveer proteccin

    extendida a la vctima a travs de leyes penales y sistemas de seguridad social. Adems, los diferentes

    sistemas de justicia penal y otras formas de justicia no han seguido todos un camino idntico de desarrollo. En

    algunos sistemas de la actualidad, tales como los de los pases musulmanes y de varios pases europeos, la

    vctima juega un rol clave a travs del proceso de justicia penal.

    Sin embargo, a mediados del siglo veinte, en muchas sociedades la vctima podra ser definida como

    la persona olvidada en la administracin de la justicia. Se haba prestado considerable atencin a asegurar

    un proceso legtimo, para el imputado, el cual es, despus de todo, tratado con un castigo impuesto por elEstado, y debera, por ello, contar con toda posibilidad de establecer su inocencia y/o presentar otras consideraciones en su

    defensa. Este grado de atencin, no obstante, no ha sido prestado a la vctima. El Estado se asuma como el representante de los

    intereses de la vctima y por ello no se percibi la necesidad de la participacin directa de la vctima en los procesos.Desde los estudios de Benjamin Mendelsohn y Hans von Hentig en la dcada del 40, los

    problemas enfrentados por las vctimas cobraron creciente atencin, tanto en la sociedad en general como ensu interaccin con el sistema de justicia penal en particular. Muchas vctimas enfrentan tratos insensibles porparte de la polica, los fiscales y los funcionarios judiciales, ocasionndose as un segundodao. Esto se aplica particularmente a categoras vulnerables de vctimas, tales comopoblaciones migratorias, minoras y vctimas de ataques sexuales, as como refugiados, prisioneros deguerra y vctimas civiles de guerra y contiendas civiles. An si el autor del delito es

    detenido y llevado a juicio, la experiencia de las vctimas en muchas jurisdicciones es demarginacin donde no tienen la oportunidad de expresar sus puntos de vista y preocupacionesen el proceso de justicia penal ni en los organismos de derechos humanos o en los tribunales internacionales.Muchos sistemas no permiten que la vctima entable su demanda civil en conjuncin con losprocedimientos penales. An si el autor del delito es condenado, las sanciones (a menudouna multa, libertad condicional o prisin) tienen poca relevancia para la vctima, ms allde corroborar que el autor sea castigado.

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    Tambin otros factores, tales como los cambios en la sociedad, que han acrecentado el alcance e

    impacto de la victimizacin, han llevado a una re-evaluacin fundamental de la posicin de la vctima. La

    incidencia del delito y el abuso de poder ha aumentado en todo el mundo. Al mismo tiempo, los patrones

    tradicionales de solidaridad y dependencia social han sido trastocados. Los cambios en los modos de

    produccin y las inclinaciones a la urbanizacin, que han sido acompaadas por una extensiva migracin

    interna e internacional y el deterioro de la infraestructura social han disminuido el rol de la familia extensa yla fuerza de los controles sociales. La sensacin de desorientacin, ansiedad y aislamiento (anomie), el

    desempleo, y el debilitamiento de los esquemas de apoyo social han socavado la capacidad de los individuos

    para recuperarse de la victimizacin.

    Varias jurisdicciones han intentado responder a estos desafos y reforzar la posicin de la vctima, as

    como asegurar el acceso a servicios adecuados. Uno de los primeros pedidos de reforma vino de Margaret Fry

    en el Reino Unido de Gran Bretaa e Irlanda del Norte, quien en los primeros aos de la dcada del 50

    propuls los refugios para la mujer golpeada, esquemas de compensacin del Estado para vctimas de delito, y

    por la reconciliacin entre autor y vctima del delito. El primer esquema de compensacin del Estado para

    vctimas de delitos violentos fue adoptado por Nueva Zelanda en 1963. Otros ejemplos de reformas tempranas

    incluyen la legislacin de proteccin infantil de Israel de 1955, y el establecimiento de refugios para vctimas

    de violencia domstica y los centros de crisis para vctimas de ataques sexuales en el Reino Unido durante losprimeros aos de la dcada del 70.

    A nivel internacional, el inters en las vctimas puede ser rastreado al menos hasta los congresos

    internacionales de finales del siglo XIX, donde, por ejemplo, muchos abogaron por una vuelta general a la

    reparacin en la justicia penal, tema que ha sido tratado en aos ms recientes por organizaciones como la

    Asociacin Internacional de Ley Penal, la Sociedad Internacional de Defensa Social y la Sociedad

    Internacional de Criminologa. El primer gran encuentro internacional centrado especficamente en las

    vctimas fue el primer Symposium sobre Victimologa, que tuvo lugar en Israel en 1973, y que llev al

    establecimiento de la Sociedad Mundial de Victimologa en 1979. Otras entidades internacionales se han

    ocupado desde entonces con temas centrales en relacin a vctimas del delito y abuso de poder. En el nivel

    intergubernamental, el trabajo del Consejo de Europa llev, en 1983, a la adopcin de la Convencin Europea

    sobre Compensacin a Vctimas de Delitos Violentos (la cual entr en vigencia en 1988), la recomendacinrespecto de la posicin de la vctima dentro de la estructura de la ley y el proceso penal, en 1985, y la

    recomendacin sobre asistencia a vctimas y prevencin de la victimizacin, en 1987.La adopcin de Declaracin de Principios Bsicos de Justicia para Vctimas del

    Delito y Abuso de Poder por la Asamblea General de Naciones Unidas en 1985 no es elnico ejemplo de la actividad de Naciones Unidas en esta rea. El trabajo de NacionesUnidas para prevenir el abuso de poder y las violaciones a los derechos humanos es delarga data e incluye entre sus logros la Declaracin Universal de los Derechos del Hombre,el Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Polticos, la Convencin sobrePrevencin y Castigo del Delito de Genocidio, la Convencin sobre Proteccin de Todaslas Personas de Ser Sujetas a Torturas y Otros Tratos y Castigos Crueles, Inhumanos o

    Degradantes, la Convencin sobre los Derechos del Nio, y la Convencin sobre laEliminacin de todas las Formas de Discriminacin contra la Mujer. Naciones Unidastambin ha desarrollado pautas internacionales para reducir abusos contra los ancianos, losdiscapacitados y los enfermos mentales, y ha diseado los principios bsicos para lareparacin a vctimas de graves violaciones a los derechos humanos y de lesa humanidad.En aos recientes el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas ha trabajado para establecerdos tribunales penales internacionales ad hoc para Rwanda y Yugoslavia. El esfuerzo porestablecer una corte penal internacional permanente, que ha continuado por dcadas, est

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    ahora cerca de convertirse en una realidad a travs de la accin de Naciones Unidas. ElComit Preparatorio para el Establecimiento de una Corte Penal Internacional ha dadoconsideracin positiva a previsiones relacionadas a las vctimas, en particular en lo querespecta a la creacin propuesta de una unidad de testigos y vctimas.

    A nivel prctico, Naciones Unidas ha procurado proveer asistencia humanitaria a vctimas de

    desastres naturales y causados por el hombre. Sus operaciones de mantenimiento de la paz tambin hanprocurado asistir a vctimas de violencia tnica y conflictos civiles. Los esfuerzos de Naciones Unidas en la

    prevencin de la discriminacin a las mayoras, y la violencia hacia refugiados y otros objetivos vulnerables,

    especialmente migrantes, mujeres y nios (incluyendo el Programa Internacional para la Eliminacin de la

    Explotacin del Trabajo Infantil) son ejemplos adicionales. Ms trabajo se requiere, de todos modos, para

    consignar totalmente los requerimientos especiales de las vctimas del delito en pases en vas de desarrollo y

    en pases con economas en transicin, as como categoras especiales de vctimas como vctimas de

    genocidio, terrorismo, crimen organizado y otros tipos de victimizacin masiva.El trabajo de individuos, organizaciones, Gobiernos y cuerpos internacionales para

    restituir a las vctimas su debido lugar en los sistemas legales y aumentar la cantidad ycalidad de asistencia disponible para las vctimas no ha sido fcil. Los sistemas legales han

    evolucionado gradualmente a lo largo de siglos, y las propuestas de reformas parabeneficiar a las vctimas han generado preocupaciones de que puedan disminuir losderechos legtimos de otros, como los imputados y sospechosos. Ms an, ha resultado amenudo difcil sensibilizar respecto del hecho de que el cambio es necesario arepresentantes claves del sistema de justicia penal, diseadores de polticas, legisladores ymiembros de la comunidad.

    Puede haber, de hecho, reas donde los intereses de las vctimas estn enfrentadoscon los de otros. El establecimiento de servicios para las vctimas requiere recursos quepodran consecuentemente no estar disponibles para otros propsitos. Varios derechosprocesales, tales como el derecho a la confi-dencialidad y la proteccin, deben estarequilibrados con los derechos del imputado, tales como el derecho de confrontar al

    denunciante y el de preparar su defensa. En la mayora de los casos, no obstante, no hay talconflicto. Aunque los servicios requieren recursos, debera hacerse notar que cualquiermiembro de la comunidad podra volverse una vctima y que la mayora de los delitoscontribuyen a la victimizacin de otros miembros de la comunidad y al deterioro de laarmona comunitaria y social. Un nuevo marco de justicia devolutiva, que involucre alautor del delito, la vctima y la comunidad en la creacin de un abordaje equilibrado a lajusticia, se est volviendo cada vez ms popular. La asistencia a las vctimas neutraliza losefectos deletreos, reafirma la solidaridad social y as beneficia a la comunidad en general.Los abordajes devolutivos, tales como los de mediacin y reconciliacin autor-vctima,pueden tambin generar un efecto preventivo. Asegurar que la vctima posea los medios deauxilio y compensacin, en acuerdo con el sistema legal vigente, ayuda a asegurar que se

    haga justicia y est claramente dentro del inters de la sociedad.Esto es verdad no slo dentro de los pases sino tambin a travs de las fronteras. El crecimiento del

    delito transnacional ha hecho indispensable la colaboracin internacional en contra del mismo. El crimen

    organizado, especialmente el trfico de seres humanos, el terrorismo y otras formas de violencia, cobran

    multitudes de vctimas y requiere una respuesta concertada, incluyendo medidas preventivas.

    La victimizacin masiva ha cobrado incontables vidas y cegado expectativas humanas. El quiebre del

    dominio de la ley y de las instituciones bsicas en estas situaciones desesperadas ha hecho una prioridad

    urgente en muchos pases el establecimiento, o restablecimiento, de un sistema de justicia eficaz y puede

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    requerir la ayuda de la comunidad internacional. Prevenir estos cataclismos no es slo una tarea para

    sociedades individuales sino la responsabilidad de toda la comunidad mundial.

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    Captulo I

    EL IMPACTO DE LA VICTIMIZACIN

    Fin: Toda organizacin de asistencia diseadora de polticas de asistencia a la vctima debera entender

    el impacto de la victimizacin para promover la comprensin de la necesidad de asistencia.

    Objetivos: La comprensin de las organizaciones de asistencia a la vctima y otros que trabajan con o

    para las vctimas sobre el espectro universal de reacciones de las vctimas y adems entender que estas

    reacciones pueden expresarse de modos que reflejan una cultura especfica.

    A. El impacto fsico y econmicode la victimizacin

    En el momento del delito, o al descubrir que un delito ha ocurrido, las vctimas

    suelen experimentar un nmero de reacciones fsicas al acontecimiento. Estas puedenincluir un incremento de la adrenalina en el cuerpo, aumento del ritmo cardaco,hiperventilacin, estremecimientos, llanto, aturdimiento, sensacin de estar paralizado oexperimentar los acontecimientos en cmara lenta, sequedad en la boca, potenciacin de lossentidos particulares, tales como el olfato, y la respuesta de combatir o huir. Es comnperder el control sobre sus funciones intestinales. Algunas de estas reacciones fsicaspueden no ocurrir hasta que el peligro haya pasado. Pueden repetirse en un momentoposterior cuando el delito es recordado.

    Despus del delito, las vctimas pueden sufrir una variedad de efectos fsicos, que incluyen insomnio,apetito irregular, estupor, tensin muscular, nausea y decrecimiento de la libido. Tales reacciones puedepersistir por un tiempo despus que el delito ha ocurrido.

    El dao fsico causado por la victimizacin puede no ser siempre inmediatamente visible. Esto puede

    ser particularmente verdadero en los casos de violencia domstica, donde se lesionan partes del cuerponormalmente cubiertas por vestimenta.Los daos faciales son los ms frecuentes en otras formas de asalto. Las vctimas sufren una variedad

    de daos fsicos, incluyendo abrasiones y moretones, roturas de nariz, mandbula y pmulo, y dao o prdidade dientes. Otras lesiones pueden estar asociadas a ataques que involucren cuchillos o armas de fuego.

    Los daos fsicos pueden ser un efecto permanente del delito y hay evidencia de que esto tiene unefecto negativo en la recuperacin psicolgica a largo plazo, ya que las cicatrices fsicas sirven comoconstante recordatorio del delito. Factores culturales, genricos y ocupacionales pueden afectar la reaccin deun individuo a las cicatrices o discapacidades permanentes, as como la reaccin de otros.

    El impacto econmico del delito est menos documentado. Las vctimas pueden contraer costos delos siguientes modos:

    Reparacin de propiedad o reemplazo de posesiones, Instalacin de medidas de seguridad,

    Acceso a servicios de salud, Participacin en el proceso de justicia penal, asistiendo al juicio por ejemplo, Obtencin de ayuda profesional para afrontar el impacto emocional, Gastos de funeraria y entierro.

    En algunos casos, las vctimas pueden sentir una necesidad de mudarse, proceso que puede aparejargastos econmicos. Como resultado del delito, el valor de la propiedad puede descender.

    A largo plazo, el delito logra afectar negativamente el empleo de la vctima. A la vctima le puederesultar imposible volver a trabajar o ver su desempeo afectado negativamente, causando degradaciones enescalafones laborales, bajas de salario y posibles despidos. Esto es particularmente probable en las situaciones

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    donde el delito ocurri en el mbito laboral, ya que suele ser difcil para la vctima evitar gente o situacionesque llevaron a la victimizacin inicial.

    La relaciones maritales y otros tipos de relaciones de las vctimas del delito tienen alta probabilidadde verse afectadas y esto logra tener un efecto significativo en la posicin social y econmica de la familia.

    Investigaciones demuestran que los efectos de onda de choque (shock waves) de la victimizacin afectan no slo a lavctima sino tambin a su familia ms inmediata, as como, parientes, vecinos y conocidos. Esto es verdad para las consecuencias tantoemocionales como econmicas, y los efectos pueden durar aos o incluso una vida. En el caso de genocidio, abuso de menores,exposicin a la violencia y abuso de poder, los efectos suelen transmitirse de una generacin a la otra. Mientras esto es esperado enrelacin a delitos tales como asesinato, tortura y violacin, es posible tambin que los delitos de asalto, robo y hurto dejen sentimientosperdurables de impotencia, inseguridad, ira y miedo. No slo los individuos sino tambin las comunidades yorganizaciones pueden ser victimizadas, llevando a su deterioro a lo largo del tiempo a medida que laconfianza decae, el miedo aumenta y el costo econmico de la victimizacin se hace insoportable.

    Los efectos de la victimizacin golpean particularmente fuerte a los pobres, los desamparados, losdiscapacitados y los marginados sociales. Investigaciones muestran que aquellos ya afectados porvictimizacin previa son particularmente susceptibles de ser nuevamente victimizados a travs de la misma uotras formas de delito. En muchos pases estas vctimas reiteradas se encuentran usualmente en comunidadescon niveles altos de delito y son tambin un fenmeno comn en tiempos de guerra.

    En lo que respecta al impacto por abuso de poder, en aos recientes, los conflictos armados se hancobrado innumerables vctimas, mayormente en poblaciones civiles, con mujeres y nios como objetivosprincipales. Guerras tribales, conflictos tnicos y otros conflictos fratricidas, violaciones masivas, secuestros o

    expulsiones, limpiezas tnicas, torturas, detenciones arbitrarias y asesinatos han aumentado mucho el costohumano. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Refugiados estima que a comienzosde 1996 haba aproximadamente 13.2 millones de refugiados, 3.4 millones de repatriados, 4.6 millones dedesplazados internos y 4.8 millones de vctimas por el conflicto armado a nivel global.

    El uso de nios soldados (de 10 aos o aun ms jvenes) en algunos lugares, la servidumbre infantily nuevos tipos de esclavitud, la venta y explotacin sexual de menores, tambin en conexin con el turismosexual, y el secuestro y asesinato de nios de la calle han incrementado la escala de victimizacin. El Fondopara los Nios de Naciones Unidas estima que durante la ltima dcada unos 1.5 millones de nios han sidoasesinados en conflictos armados, otros 4 millones han quedado con discapacidades, mutilados, cegados o condaos cerebrales y muchos ms han quedado psicolgicamente traumatizados. Al menos 5 millones de nioshan sido arrancados de sus comunidades; entre 100 millones y 200 millones de nios son explotadoslaboralmente; y muchos estn viviendo y trabajando en las calles, donde a menudo son vctimas deempleadores inescrupulosos y escuadrones de la muerte.

    Su mismo status los convierte en refugiados o en personas desplazadas internamente, presafcil para el abuso y a menudo son sujetos a una victimizacin secundaria. Es, por ejemplo,el caso de la violencia ejercida contra trabajadores migratorios1, los cuales pueden volversevctimas de abuso fsico, de acoso mental y sexual causado por sus empleadores,intermediarios o la polica, adems de ser sometidos a la servidumbre econmica. Losrefugiados y trabajadores migratorios tambin se vuelven blancos de los crmenes de odioy de prcticas explotadoras.

    B. Dao psicolgico y costo social

    El delito es vivido usualmente como ms grave que un accidente o desgracia. Es difcil enfrentarse con elhecho de que las prdidas y las lesiones han sido causadas por el acto deliberado de otro ser humano. Almismo tiempo, es evidente a partir de la investigacin y la experiencia que es imposible predecir comoresponder un individuo a un crimen especfico.

    Un modo de conceptualizar las reacciones comunes al delito es como un proceso con cuatro etapas.La reaccin inicial puede incluir una sensacin de choque (shock), miedo, enojo, desamparo, incredulidad yculpa. Tales reacciones estn bien documentadas en los momentos inmediatamente despus del delito.Algunas de estas reacciones tambin pueden volver a ocurrir en una etapa posterior, por ejemplo, al asistir aljuicio o al ir al hospital para recibir tratamiento mdico. El enojo es una reaccin que algunas vctimas yasistentes encuentran difcil de manejar. Puede dirigirse hacia otras vctimas, asistentes, observadores,

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    organizaciones y tambin hacia s mismo. Entre algunos grupos y en algunas culturas puede haber unsentimiento de que est mal expresar el enojo an cuando se siente intensamente. Las vctimas pueden estarpresionadas para controlar sus emociones.

    Estas reacciones iniciales pueden ser seguidas por periodos de desorganizacin, los que semanifiestan a travs de efectos psicolgicos como pensamientos penosos sobre el evento, pesadillas,depresin, culpa, miedo y una prdida de confianza y estima. Puede parecer que la vida se torna ms lenta ypierde su sentido. La fe y creencias previas pueden ya no brindar consuelo. Las respuestas de conductapueden incluir abuso de alcohol o sustancias, fragmentacin de las relaciones sociales, evitacin de personas ysituaciones asociadas al delito, y aislamiento social.

    Para mucha gente esto es seguido por un periodo de reconstruccin y aceptacin, que lleva a la

    normalizacin o adaptacin. Las etapas tempranas de enfrentarse con el delito son a menudo caracterizadas

    por un pensamiento retrospectivo, en el que las vctimas desean que todo sea como era antes y poder volver el

    tiempo hacia atrs. Esta etapa crucial en la recuperacin implica en las vctimas la aceptacin total de la

    realidad de lo que ha sucedido. Puede ser necesaria una reconstruccin cognitiva, en la que las vctimas

    reinterpreten su experiencia para disminuir los efectos del delito y posiblemente encontrar una explicacin

    para lo que ha ocurrido o evaluar el evento como conductor hacia un crecimiento personal.

    Los lmites entre estas diferentes etapas nunca estn tan claramente definidos como se sugiere aqu y

    las divisiones pretenden ser una ayuda a la comprensin del proceso antes que una descripcin categrica. De

    todos modos, las vctimas pueden no progresar rpidamente a travs de las etapas, sino que pueden oscilar

    entre las mismas en distintos momentos.

    La medida en que los individuos (vctimas, testigos, miembros de la familia, miembros de la comunidad)

    pueden ser afectados por el delito variar enormemente; en un extremo, la gente puede, desestimar delitos

    graves sin ningn efecto visible, en el otro extremo, puede estancarse en una etapa particular y nunca

    avanzar.

    1. Desorden de strss post-traumtico

    En 1980, la Asociacin Psiquitrica Norteamericana agreg el Desorden de Strss Post-Traumtico

    (DEPT) a la tercera edicin de su Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders (Manual de

    Diagnstico y Estadstica de Desordenes Mentales), que es su esquema de clasificacin nosologica

    (posteriormente revisada en 1987, con una cuarta edicin publicada en 1994). La Organizacin Mundial de la

    Salud ha refinado su clasificacin de tales desrdenes en la dcima edicin de la International Classification

    of Diseases (Clasificacin Internacional de Enfermedades). Desde una perspectiva histrica, el cambio

    significativo introducido por el concepto de DEPT fue la estipulacin de que el agente etiologico estaba fuera

    del individuo (es decir, el evento traumtico), antes que en una debilidad inherente al individuo (una neurosis

    traumtica). La llave a la comprensin de la base cientfica y la expresin clnica del DEPT es el concepto de

    trauma.Un evento traumtico fue conceptualizado como claramente distinto de los factores stresantes

    dolorosos que constituyen las situaciones normales de la vida como el divorcio, el fracaso, el rechazo, laenfermedad grave, los reveses financieros y situaciones similares. Esta dicotomizacin entre traumtico y

    otros factores stresantes estaba basada en la suposicin de que, aunque la mayora de los individuos tienen lahabilidad de enfrentarse con el strss ordinario, sus capacidades de adaptacin se ven probablementeabrumadas cuando se confrontan con un factor stresante traumtico.

    Hay variaciones individuales en la capacidad para enfrentarse con el strss catastrfico. Mientras quealguna gente expuesta a eventos traumticos no desarrolla DEPT, otros entran dentro de los criterios paradesorden de strss agudo, el que generalmente dura no ms de cuatro semanas despus del evento, mientrasque otros desarrollan un pleno DEPT. Como se observa con el dolor, la experiencia traumtica es filtrada atravs de procesos emocionales y cognitivos antes de poder ser evaluado como una amenaza extrema. Por lasdiferencias individuales en este proceso de evaluacin, la gente parece tener distintos umbrales de trauma,

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    algunos estn ms protegidos y otros ms vulnerables a desarrollar sntomas clnicos tras la exposicin asituaciones extremadamente stresantes. Debe enfatizarse, no obstante, que la exposicin a eventos como laviolacin, la tortura, el genocidio y strss severo en zona de guerra son vividas como traumticas casiuniversalmente. Datos recientes de la Encuesta de Co-mrbido Nacional (National Comorbidity Survey) de los Estados Unidos deAmrica indican que los ndices de preponderancia de DEPT son del 5 por ciento entre los hombres norteamericanos y del 10 porciento entre la mujeres norteamericanas.

    El criterio de diagnstico para el DEPT incluye una historia de la exposicin a un eventotraumtico y sntomas para cada uno de los tres grupos de sntomas: recuerdos persistentes, sntomas deevitacin/aturdimiento, y sntomas de hiper excitacin. Un criterio adicional se relaciona con la duracin delos sntomas. A diferencia de la reacciones de strss agudo, que pueden aparecer en minutos de strssexcepcional y desaparecer en pocas horas o, a lo sumo, en pocos das, particularmente si el strss fuetransitorio, el DEPT surge como una respuesta demorada o dilatada hacia un evento estresante excepcional.Usualmente comienza a pocos das o semanas del evento traumtico. Su curso vara en gravedad y desarrolloy, aunque la mayora de las vctimas se recupera, algunas continan con sntomas por aos o de por vida. Msaun, hay evidencia de transmisin intergeneracional donde los hijos de los sobrevivientes del trauma tambinpresentan sntomas de DEPT.

    El criterio de recuerdos persistentes incluye sntomas que son quizs los sntomas mas distintivos yrpidamente identificables del DEPT. Para individuos con DEPT, el evento traumtico se mantiene, a vecespor dcadas o de por vida, como una experiencia psicolgicamente dominante que retiene su poder deprovocar pnico, terror, miedo, angustia o desesperacin, como se pone de manifiesto en fantasas diurnas,

    pesadillas traumticas o actuaciones psicticas conocidos como escenas retrospectivas (flahbacks) de DEPT.El criterio de evitacin/aturdimiento consiste en sntomas que reflejan estrategias cognitivas,

    emocionales o de conducta por la cuales pacientes con DEPT intentan reducir la similitud que los expondra aestmulos mimticos del trauma o, si expuestos, minimizar la intensidad de su respuesta psicolgica. Lasestrategias de conducta incluyen el evitar cualquier situacin en la que perciben un riesgo de confrontar talesestmulos. Los sntomas, abarcados por el criterio de hiper excitacin claramente se asemejan a aquellosobservados en desrdenes de pnico y ansiedad generalizadas.

    2. Strss post-traumtico y la conspiracin de silencio

    La negacin de un trauma fsico y sus consecuencias ha sido un tema prevalecientey consistente del siglo veinte. Hay buena evidencia de que cuando alguien relata su traumay no se le cree (algo frecuente), es porque los otros no quieren saber. Escuchar, compartir ymirar desde dentro las experiencias horribles nos recuerda nuestra propia vulnerabilidad sinmitigar, nuestro desamparo e impotencia. Otra forma de racionalizacin es culpar a lavctima, como culpar a la vctima de la violacin por haber caminado sola o habersevestido atractivamente.

    Los eventos stresantes de la vida parecen desencadenar una fuerte necesidad en las vctimas porcompartir. No obstante, tras eventos traumticos extremos, las vctimas pueden participar en la conspiracinde silencio de no compartir sus experiencias y sus secuelas. En su estudio de vctimas de torturas, Weisaeth yLind 2 descubrieron que menos de 1 cada 10 vctimas revelaba detalles de su experiencia tras su liberacin.Ciertas experiencias son rara vez reveladas a menos que sean especficamente preguntadas por otro que se vecomo confiable y es por ello una potencial fuente de apoyo.

    Aunque las modernas telecomunicaciones proveen ms y ms informacin instantnea sobre hechos

    mundiales, se ha discutido que una mayor y ms intensa cobertura puede llevar a la apata como esfuerzo

    para poder lidiar con permanentes, abrumadoras noticias de eventos angustiantes llevando a un

    distanciamiento psicolgico del sufrimiento. Con la exposicin paralela de pelculas y videos de ficcin, la

    distincin entre realidad y fantasa se torna difusa. La guerra puede incluso transformarse en un

    entretenimiento. El peor escenario posible ocurre cuando el mundo es un testigo impotente y sus esfuerzos

    son meramente simblicos, apuntados solamente a dar la impresin de que algo se est haciendo. No obstante,

    debera sealarse que a la visin alternativa sostiene que los avances en las telecomunicaciones son un factor

    de gran contribucin al incremento de la preocupacin humana por los dems.

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    3. El efecto del trauma en respuestas

    posteriores

    La literatura sobre el rol del trauma previo en la respuesta posterior al trauma ofrece dos perspectivas

    contrastables. La primera, la perspectiva de la vulnerabilidad, sostiene que el trauma previo deja daos

    psquicos permanentes quedando los sobrevivientes ms vulnerables cuando posteriormente se enfrentan a

    strss extremo. La segunda, la perspectiva de flexibilidad, sostiene que lidiar bien con el trauma inicial

    fortalecer la resistencia a los efectos de traumas futuros. Ambas perspectivas reconocen diferencias

    individuales en la respuesta al trauma, que la exposicin a grandes traumas puede abrumar la predisposicin

    y la experiencia previa, y que los factores post-traumticos humanos y ambientales juegan papeles

    importantes en la adaptacin.

    La evidencia reciente tanto de los sobrevivientes del Holocausto como de los veteranos de combate

    claramente apoya la perspectiva de la vulnerabilidad. Hechos posteriores de la vida, tales como la jubilacin,

    el que los hijos dejen la casa, la muerte de un ser querido y otros hechos stresantes fueron detonadores que

    aceleraron y desenmascararon DEPT latentes. Solomon y Prager encontraron resultados similares en ancianos

    israeles sobrevivientes del Holocausto durante la Guerra del Golfo3. Del mismo modo, el primer estudioneurobiolgico de sobrevivientes al Holocausto provee evidencia de las anormalidades biolgicas que en

    pacientes jvenes con DEPT persisten en sobrevivientes mayores.

    Estos y otros estudios sugieren efectos de por vida similares a los del trauma enotras poblaciones de vctimas, ms notoriamente en sobrevivientes de victimizacinmasiva. Estudios recientes indican que la victimizacin del delito aumenta el ndice dedepresin, DEPT, abuso de substancias y cigarrillos entre mujeres mayores de 50 en unamuestra nacional de mujeres. Estos descubrimientos subrayan la importancia de examinartodas la poblaciones que han sido expuestas a traumas graves. Los temas involucradospueden ser particularmente aplicados a poblaciones que han sufrido traumas masivos comolas armenia, camboyana, rwandesa, y vctimas de tortura de otros pases. Los recientestrgicos eventos en pases como Bosnia-Herzegovina, Somalia y el Sudn indudablementetendrn un costo de largo alcance y requerirn intervencin y estrategias de prevencin alargo plazo. Es por ello una tarea de la poltica tanto clnica como social incorporar unmarco de trabajo multidimensional e interdisciplinario para disear respuestas adecuadas.

    C. Victimizacin secundaria por laadministracin de justicia penaly la sociedad

    La victimizacin secundaria se refiere a la victimizacin que ocurre no como un resultado directo de

    la accin delictiva sino a travs de la respuesta de las instituciones y los individuos hacia la vctima.

    La victimizacin secundaria institucionalizada es ms clara dentro del sistema de justicia penal. Enciertos momentos puede alcanzar una negacin completa de los derechos humanos para vctimas de grupos

    culturales particulares, clases o un gnero particular, mediante la negativa a reconocer su experiencia como la

    de una victimizacin por el delito. Puede causarse por conductas inapropiadas de la polica u otro personal de

    la justicia penal. Ms sutilmente, el proceso completo de la investigacin penal y el juicio pueden causar una

    victimizacin secundaria, por la investigacin, a travs de decisiones sobre si procesar o no, por el juicio

    mismo y la sentencia del autor, por su eventual liberacin. La victimizacin secundaria a travs del proceso de

    justicia penal puede ocurrir por dificultades en el balance de los derechos de la vctima y los derechos de los

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    imputados o del autor del delito. Normalmente, sin embargo, ocurre porque aquellos responsables por instruir

    los procesos y procedimientos de justicia penal lo hacen sin considerar la perspectiva de la vctima.

    Otras instituciones que entran en contacto con la vctima pueden causar una victimizacin

    secundaria. Las polticas hospitalarias pueden restringir el acceso de parientes al cuerpo del ser querido. El

    rpido cronograma de la sala de emergencia puede entrometerse en el retraimiento de una vctima de ataque

    sexual u ofender su sentido de dignidad. Las autoridades escolares pueden desestimar el relato de abuso de unnio. Los doctores pueden no reconocer signos de abuso conyugal. Los representantes de iglesias pueden

    intentar guiar a las vctimas en caminos de perdn y reconciliacin antes de que estn preparados o contra sus

    deseos. La investigacin, filmacin, fotografa y reportajes intrusos o inadecuados de los medios tambin son

    factores.

    Incluso las instituciones diseadas para ayudar a las vctimas del delito, tales como servicios a la

    vctima, compensacin a la vctima, servicios a refugiados e instituciones de salud mental, pueden tener

    algunas polticas y procedimientos que llevan a la victimizacin secundaria.

    La actitud de los individuos tambin es importante. Algunas personas con las que la vctima tiene

    contacto (por ejemplo, familia, amigos y colegas) pueden desear distanciarse ellos mismos de lo penoso del

    delito culpando a la vctima por lo que ha ocurrido. Ellos pueden ver el comportamiento de la vctima como sihubiera ayudado, o incluso causado, la victimizacin. Ellos pueden negar el impacto del delito en la vctima

    urgindola a olvidar el delito y continuar con su vida. Las familias pueden ser una influencia particularmente

    poderosa al respecto.

    Las vctimas de abuso de podertienen una dificultad particular en el reconocimiento de que han sido

    victimizadas. La esencia del abuso de poder es que es cometido por quienes se espera protejan la poblacin.

    El impacto y la soledad de la victimizacin puede ser mucho ms grande para estas vctimas. Con respecto al

    abuso de poder, por delitos cometidos por grupos particulares dentro de un pas (sectas o grupos dominantes,

    compaas, etc.), una pronta condena de la accin por parte del Estado y por parte de la comunidad de la

    vctima ayudar, como as tambin el mensaje trasmitido por cualquier accionar practico. Donde el autor es el

    mismo Estado, el problema principal de las vctimas puede ser obtener reconocimiento de que el delito haya

    ocurrido. Aqu, los grupos para ofrecer apoyo pueden conformarse por gente que comparte las caractersticasde aquellos que han sido victimizados o que hayan sido ellos mismos victimizados previamente. A veces, por

    necesidad, deben estar ubicados fuera del pas.

    La victimizacin relacionada a la violencia de la comunidad derivada de conflictostnicos, raciales, religiosos o sociales y/o la represin requiere estrategiasmultidimensionadas de prevencin y control, as como especial atencin dada a lasvctimas. Las implicancias del trauma severo no son slo para el presente, sino tambinpara el futuro. La perpetuacin del crculo vicioso de la violencia familiar es bien conocido,pero el impacto masivo de una violencia ms general, de muerte y desrdenes, en nios yen el futuro de sociedades enteras, est recin comenzando a recibir atencin en

    profundidad. Las consecuencias para los nios, sea sirviendo como peones de un conflictoarmado, como vctimas o como espectadores de actos reprochables, son necesariamente delargo alcance y para ello debe haber contra-estrategias.

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    Captulo II

    PROGRAMAS DE ASISTENCIA A LA VCTIMA

    Fin: El fin de un programa de asistencia a la vctima es asistir a las vctimas a enfrentar sus traumas

    emocionales, participar en el proceso de justicia penal, obtener reparacin y enfrentar problemas asociados

    a la victimizacin.

    Objetivos:Los objetivos del programa son hacer lo siguiente:

    (a) Incrementar el compromiso de los Gobiernos y organizaciones a hacer todo lo posible para

    ayudar a las vctimas;

    (b) Incrementar el alcance y disponibilidad de los servicios a las vctimas durante la victimizacin y

    a lo largo de las secuelas;

    (c) Ampliar las oportunidades de la vctima de participar en todas las etapas crticas del proceso de

    justicia penal y asegurar la consideracin del impacto de la victimizacin sobre la vctima en

    todos los sistemas de justicia penal y tribunales internacionales;

    (d) Aumentar la coordinacin y el trabajo en redes de todas las instituciones apropiadas indicadas,

    organizaciones, grupos y familias, sistemas comunitarios y de parentesco, que provean

    servicios a las vctimas o afecten el tratamiento de las vctimas para poder desarrollar un

    sistema integrado de asistencia a la vctima;

    (e) Mejorar la calidad del alcance a las vctimas necesitadas y su tratamiento;(f) Estar alerta con respecto a las necesidades nicas de nuevas poblaciones de vctimas, o de

    vctimas poco atendidas.

    A. Iniciando un programa de asistencia a la vctima

    El primer paso en cumplir estos fines y objetivos a menudo es establecer, por partede los gobiernos y/o instituciones de la comunidad adecuadas, programas de servicio a lavctima dedicados a proveer servicios a las vctimas y ayudarlas a enfrentar los efectos de lavictimizacin y sus secuelas.

    Los programas deben estar bien organizados, tener fines claramente definidos y estar provistos de

    personal adecuado (*)(con personal asalariado y voluntarios), y buscar el apoyo de otros en una red de trabajo

    con autoridades gubernamentales.Los programas deben tener la capacidad de proveer un sistema comprensivo de servicios a lasvctimas. Si ofrecen servicios ms limitados, tales servicios tienen que estar coordinados con otros paraasegurar la continuidad del apoyo a las vctimas.

    1. Evaluando las necesidades y recursos de la jurisdiccin

    Cuando se inicia el programa de asistencia a la vctima debe hacerse una evaluacin de las

    necesidades existentes y los recursos disponibles en la jurisdiccin. Esta evaluacin debe actualizarse a

    medida que sea necesario. Los objetivos de la evaluacin podran incluir lo siguiente:

    Determinar el ndice de victimizacin;

    Determinar los tipos de victimizacin;

    Obtener una comprensin general de las necesidades de las vctimas en la jurisdiccin; Evaluar los recursos existentes disponibles para cubrir estas necesidades;

    Determinar que problemas o barreras impiden la participacin de la vctima en el proceso judicial;

    Determinar que asistencia es necesaria;

    Identificar polticas, procedimientos o leyes que necesiten ser modificadas o presentadas.Para obtener una comprensin general de las necesidades de las vctimas en una jurisdiccin, es

    importante analizar las falencias y las prioridades de los servicios a las vctimas en existencia, para poderidentificar que servicios faltantes son los adecuados para que el programa los implemente. Es tambinimportante tener en mente aspectos especiales tales como informacin sobre edad, raza, antecedentes tnicos,

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    religin, estado civil, geografa, circunstancias econmicas, educacin y cultura. (Para una lista comprensivade los parmetros de programa, o temas a considerar en el desarrollo de un programa, ver el anexo II de esteManual).

    (a) Cuerpos de asesores

    Puede ser muy til establecer un grupo formal o informal de asesores para supervisar la evaluacin.

    Idealmente, este grupo debera basarse en el conocimiento y los intereses de representantes de variasprofesiones y otros sectores de la sociedad. El grupo asesor puede incluir representantes de la polica, fiscala,profesionales de la salud (incluyendo salud mental), crculos acadmicos, el gobierno local, los representantesde gente que trabaje con autores de delito, y de la comunidad en general y/o voluntarios. Semejante baseamplia promueve la cooperacin inter-institucional as como los abordajes interdisci-plinarios y provee unamejor imagen de las necesidades y recursos en una jurisdiccin. Tambin facilita la recopilacin deinformacin y la recoleccin de datos.

    El grupo de consulta debera representar plenamente la jurisdiccin, incluyendo hombres y mujeresde edades diversas, y representantes de las diferentes razas, religiones, culturas, reas geogrficas y gruposeconmicos de la comunidad.

    La amplitud de la evaluacin puede definirse con la ayuda de un cuerpo asesor. Durante el primer

    ao, el asesoramiento debera incluir la comunidad o jurisdiccin entera a la que el programa servir. No

    obstante, los programas que sirven slo a un tipo de vctima pueden limitar el asesoramiento de las

    necesidades de ese grupo de poblacin particular. Mientras mayor sea la amplitud del asesoramiento, ms tilsera para definir las necesidades e identificar los recursos disponibles para todas las vctimas necesitadas.

    El primer requisito para evaluar el resultado previsto entre las necesidades y laprovisin de asistencia es establecer la necesidad obteniendo datos precisos sobre laincidencia y preponderancia de la victimizacin. Las fuentes probables de datos para elclculo incluyen las siguientes:

    Denuncias policiales;

    Encuestas de la comunidad sobre ciudadanos individuales, grupos de la comunidad y lderes de la

    comunidad;

    Encuestas de instituciones de servicio social;

    Encuestas de profesionales de justicia penal; Observacin activa del proceso de justicia penal;

    Un estudio de la ley penal en la jurisdiccin;

    Encuestas de victimizacin y entrevistas a vctimas;

    Denuncias de los medios;

    Denuncias de los testigos;

    Denuncias de los mdicos;

    Datos de servicios basados en la comunidad.

    Se deberan hacer esfuerzos para respetar la confidencialidad de los datos de lavctima segn los requisitos legales.

    (b) Encuestas sobre vctimas

    La informacin de las denuncias policiales sola no bastar para la evaluacin: informacin de 52

    pases muestra que los ndices de denuncia hechas por las vctimas son del 30-40 por ciento del total, con ndices de denuncia por

    delitos como ataque sexual siendo tan bajos como del 10 por ciento. Los ndices ms bajos de denuncia se encuentran en los pases

    menos desarrollados.Las encuestas de victimizacin son el mejor modo de determinar su incidencia y preponderancia, pero es

    costoso realizarlas correctamente y mantenerlas actualizadas (*). Ms aun, es improbable que reflejen ciertosdelitos, como agresin conyugal, abuso de menores, abuso de ancianos y abuso de poder, que son delitos que

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    usualmente no son denunciados. Para tales delitos la cifra negra de victimizaciones desconocidas semantendr elevada. Sin embargo, es crucial llevar adelante encuestas sobre victimizacin de estos gruposespeciales de manera que la respuesta a la asistencia a la vctima sea adecuada en ndole y caractersticas.

    Estas encuestas pueden tambin pasar por alto el efecto de casos repentinos, aislados de violenciamasiva, tales como ataques terroristas, masacres o secuestros. Habiendo obtenido la mejor estimacin posiblede la victimizacin, el siguiente paso es determinar precisamente los costos econmicos, mdicos,psicolgicos y de otra ndole que la victimizacin acarrea a las vctimas. Los pases desarrollados tienenvarios sistemas de informacin que ayudan a determinar los niveles de victimizacin (al menos paraindividuos). No obstante, la investigacin sugiere que incluso estos sistemas de informacin abarcan slo unafraccin de los costos totales que el delito causa a sus vctimas. Por ello, cualquier estimacin de lo previstoprobablemente subestimar el nivel de las necesidades de las vctimas en comparacin a la asistenciadisponible, a menos que los costos de las vctimas sean totalmente considerados.

    Por ejemplo, un estudio del Bur de Estadsticas Judiciales en el Departamento de Justicia de

    Estados Unidos encontr que en 1992, las vctimas norteamericanas de delitos perdan $17.6 billones en

    costos directos, que inclua prdidas por robo de propiedad o dao, prdidas de dinero, gastos mdicos y

    prdida de pagos causados por heridas o actividades relacionadas al delito. Para la vctima de abuso de poder,

    especialmente en reas devastadas por la guerra; los costos se magnifican y deben necesariamente incluir los

    costos para la comunidad y la sociedad de la restauracin de la masivamente daada infraestructura de un

    pas. La provisin de asistencia a vctimas individuales usualmente incluir servicios a lavctima y compensacin formales y/o restitucin tanto de fuentes gubernamentales como nogubernamentales. La asistencia se puede proveer a las co-vctimas, como a las familias delas mismas vctimas. A esto se agregan y son normalmente ms utilizadas por la vctima-las fuentes informales de asistencia como familia, vecinos, amigos y otros. Losempleadores a veces ofrecen asistencia. Los planes de seguros pblicos y privados puedenestar disponibles para asistir las necesidades mdicas y psiquitricas, as como las prdidasde propiedad, asesoramiento a travs de los procedi-mientos legales y deberan por ello,estar incluidos si contemplan las necesidades de las vctimas, aun si ese no es su objetivoprimario.

    Si la informacin sobre la incidencia y preponderancia de la victimizacin deindividuos y de sus costos es escasa en general, es an mas escasa cuando se trata decrmenes contra negocios o contra grupos colectivos. Pocos pases tienen modospermanentes y sistemticos de obtener esta informacin. El registro internacionalcontemplado sobre victimizacin comercial ser un esfuerzo pionero para solucionar esteproblema. Establecer la causa de prdidas de negocios puede ser problemtico en muchoscasos, por ejemplo, achicamiento del inventario, que puede resultar de robo o ratera, robopor empleados, facturacin fraudulenta o deficiente contabilidad. Pero, cualquiera sea lacausa, los fracasos comerciales debido al delito daarn la comunidad a travs de la prdidade una fuente de empleos y de impuestos, llevando a un dao de la comunidad entera quese extiende ms all del establecimiento comercial individual.

    Las fuentes de asistencia a los negocios victimizados pueden incluir prstamos ysubsidios gubernamentales, as como seguros pblicos y privados. Los individuos que sonvictimizados en conexin con su empleo o, por ejemplo, a travs de formas de fraude a granescala pueden estar autorizados a participar en programas especiales de asistencia provistospor el gobierno o por el empleador.

    Con referencia a las vctimas colectivas de abuso de poder, tales entidades como el Alto

    Comisionado de Naciones Unidas para Refugiados y la Federacin Internacional de Cruz Roja y Sociedades

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    del Creciente Rojo (Red Crescent Societies) tienen mecanismos de asesoramiento que son parte de sus

    programas de respuesta.

    2. Pasos en la implementacin

    La evaluacin completa debe ser usada para determinar que servicios faltan en la jurisdiccin y

    cuales son los servicios prioritarios. Evaluaciones actualizadas tendran que llevarse adelante en conexin conevaluaciones peridicas de la calidad de entrega del servicio.

    Implementar un sistema de asistencia a la vctima involucra un nmero de pasos,

    independientemente de la jurisdiccin y del alcance del programa:

    Establecer los fines del servicio (ver el anlisis abajo detallado);

    Desarrollar un programa anual;

    Asegurar el reconocimiento y apoyo oficial para resaltar el status y peso del programa; Definir las necesidades presupuestarias y las fuentes de financiamiento; Localizar espacio adecuado y apropiado para las oficinas; Establecer un sistema para el manejo de casos; Establecer pautas para entrega de un servicio, prestando especial atencin a la seguridad del personal

    pago y voluntario, especialmente en reas afectadas por guerra; Desarrollar descripciones del trabajo del personal asalariado y voluntario; Contratar, reclutar, seleccionar o identificar personal asalariado y voluntario; Capacitar al personal; Establecer servicios de comunicacin telefnica local y larga distancia o de comunicacin alternativa

    donde sea apropiado; Identificar mtodos de transporte o un plan para mejorar el acceso fsico de las vctimas a los

    servicios; Proveer o mejorar el equipamiento en las oficinas; Informar y coordinar con instituciones de derivacin para desarrollar una estrategia de informar al

    pblico sobre la disponibilidad de los servicios, la naturaleza de los mismos y como contactarlos; Entrenar personal en las instituciones de derivacin para evaluacin de crisis y tcnicas de derivacin;

    las pautas para la derivacin deberan ser pensadas para que otorguen debida atencin a la seguridaddel personal del programa y la necesidad de las vctimas por confidencialidad;

    Desarrollar una poltica de relaciones pblicas.

    3. Acceso a los servicios

    Los servicios a la vctima idealmente deberan estar preparados para asistir a todas las vctimas. Noobst