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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE NICARAGUA, NICARAGUA RECINTO UNIVERSITARIO CARLOS FONSECA AMADOR FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DEPARTAMENTO DE CONTADURÍA PÚBLICA Y FINANZAS SEMINARIO DE GRADUACIÓN PARA OPTAR AL TÍTULO DE LICENCIADOS EN BANCA Y FINANZAS TEMA GENERAL OPERACIONES BANCARIAS SUB-TEMA ANALISIS DE LA GESTIÓN DE PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS DEL LAVADO DE DINERO -MONITOREO Y REPORTE DE OPERACIONES SOPESCHOSAS EN LA INSTITUCION FINANCIERA CASO PRACTICO AUTORES BRA. ROSA MARIA BRICEÑO GARCIA TUTORA MSC. ERIKA NAVARRETE MENDOZA. MANAGUA, NOVIEMBRE DEL 2017

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  • UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE NICARAGUA, NICARAGUA

    RECINTO UNIVERSITARIO CARLOS FONSECA AMADOR

    FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS

    DEPARTAMENTO DE CONTADURÍA PÚBLICA Y FINANZAS

    SEMINARIO DE GRADUACIÓN PARA OPTAR AL TÍTULO DE LICENCIADOS EN

    BANCA Y FINANZAS

    TEMA GENERAL

    OPERACIONES BANCARIAS

    SUB-TEMA

    ANALISIS DE LA GESTIÓN DE PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS DEL LAVADO DE

    DINERO -MONITOREO Y REPORTE DE OPERACIONES SOPESCHOSAS EN

    LA INSTITUCION FINANCIERA – CASO PRACTICO

    AUTORES

    BRA. ROSA MARIA BRICEÑO GARCIA

    TUTORA

    MSC. ERIKA NAVARRETE MENDOZA.

    MANAGUA, NOVIEMBRE DEL 2017

  • Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua Facultad de Ciencias Económicas

    Departamento de Contaduría Pública y Finanzas

    TEMA

    GENERAL

    OPERACIONES BANCARIAS

    SUB-TEMA

    ANALISIS DE LA GESTIÓN DE PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS DEL LAVADO

    DE DINERO -MONITOREO Y REPORTE DE OPERACIONES SOPESCHOSAS EN LA

    INSTITUCION FINANCIERA - CASO PRACTICO.

  • Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua Facultad de Ciencias Económicas

    Departamento de Contaduría Pública y Finanzas

    i. DEDICATORIA

    A Dios primeramente por permitirnos la vida y despertar cada día, por darnos sabiduría y

    las fuerzas para lograr nuestras metas y objetivos, segundo a mis padres, de quienes recibí su

    apoyo incondicional. Gracias por estar presente en estos cinco años de preparación académica y

    por sacrificarlo todo para darme un mejor futuro.

    A mi hija María José por ser el motor que me impulsa, de superarme, a mis hermanos

    por aportar su granito de arena y su apoyo incondicional.

    En homenaje a mi Tía Margarita que partió de este mundo, me enseñó a nunca rendirme,

    y luchar hasta el último momento. ¡Descanse en paz!

    A mis profesores por ser guía en nuestro camino hacia el éxito, dirigiéndonos con su

    enseñanza y que nos han conducido por el camino que nos llevará a ser profesionales exitosos.

    A mi tío Ernesto por formar parte de este gran proyecto y ayudarme, orientarme y

    guiarme a finalizar mi tesis.

  • Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua Facultad de Ciencias Económicas

    Departamento de Contaduría Pública y Finanzas

    ii. AGRADECIEMIENTO

    Agradecer a nuestro señor Jesucristo por permitirme concluir nuestro seminario de

    graduación, a mi familia. A mis padres Esperanza y Raúl, que con todo su apoyo incondicional

    y emocional me ha permitido llegar a este punto tan importante de mi vida, a mi hija por su

    amor y el tiempo que no he podido estar a su lado, a mis hermanos y a cada uno de los

    miembros de mi familia que han estado presente siempre.

    A mis maestros que me han acompañado durante el largo camino, brindándome siempre

    su orientación con profesionalismo ético en la adquisición de conocimientos y afianzando mi

    formación como estudiante universitario.

    A mi tutor quien me ha orientado en todo momento en la realización de este proyecto

    que enmarca el último escalón hacia un futuro en donde sea partícipe en el mejoramiento del

    proceso de enseñanza y aprendizaje.

  • Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua Facultad de Ciencias Económicas

    Departamento de Contaduría Pública y Finanzas

    iii. CARTA AVAL DEL TUTOR

    Managua, Nicaragua __ de Noviembre del 2017

    Msc. Álvaro Guido Quiroz

    Director del Departamento de Contabilidad Pública y Finanzas

    Faculta de Ciencias Económicas

    UNAN – Managua

    Su despacho

    Estimado maestro Guido reciba sinceros saludos deseándole éxito en su vida personal

    como laboral.

    Por medio de la presente, remito a usted los juegos resumen final de seminario de

    graduación del II semestre 2017, con el tema general Gestión de prevención de los riesgos del

    lavado de dinero -monitoreo y reporte de operaciones sospechosas en la Institución Financiera –

    Caso Práctico, presentado por el bachiller Rosa María Briceño García con numero de carnet

    07200885, para optar al título de licenciado(a) en Banca y Finanzas.

    Este trabajo reúne todos los requisitos establecidos para resumen final de Seminario de

    Graduación que especifica el reglamento de la UNAN – Managua.

    Esperando la fecha de defensa final, me suscribo, sin más que agregar.

    Msc. Erika Janeth Navarrete Mendoza

    Docente del Departamento de Contaduría Pública y Finanzas

    Tutor de Seminario de Graduación

    Recinto Universitario Carlos Fonseca Amador

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    Departamento de Contaduría Pública y Finanzas

    iv. RESUMEN

    Las organizaciones criminales han logrado una fusión empresarial y penetrado en el sistema

    económico global, logrando por medio de herramientas que la globalización les facilita a estos

    actos delictivos, desestabiliza y mermar el desarrollo económico y el sistema económico de las

    naciones.

    Este trabajo investigativo los hemos divido en varios aspectos importantes que estaremos

    explicando:

    1. Reseña histórica tanto internacional como de la banca nicaragüense, marco conceptual de

    las operaciones bancarias y la legislación nicaragüense relacionada con la banca.

    2. Se expondrá ampliamente los riesgos del lavado de dinero y financiamiento al

    terrorismo, de las que pueden ser objetos las instituciones financieras y las normativas

    que se han desarrollado en Nicaragua y aplicación obligatoria por las instituciones

    financiera para su prevención.

    3. Como una institución financiera puede aplicar dentro de su gestión de prevención de

    lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, un adecuado monitoreo y análisis de las

    operaciones de los clientes y determinar oportunamente si se está frente a una operación

    sospechosa

    4. Presentaremos un caso práctico en el cual explicaremos todo el proceso de detección y

    análisis de una operación que se determinó sospechosa y elaboración de un reporte de

    operaciones sospechosas (ROS) a la autoridad competente, en este caso a la unidad de

    análisis financiero (UAF).

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    Departamento de Contaduría Pública y Finanzas

    i. Agradecimiento

    ii. Dedicatoria

    iii. Valoración del docente

    iv. Resumen

    INDICE

    I. INTRODUCCION ................................................................................................................. 1

    III. OBJETIVOS ....................................................................................................................... 3

    IV. DESARROLLO DEL TEMA ........................................................................................... 4

    ACAPITE I .................................................................................................................................... 4

    OPERACIONES BANCARIAS Y LA BANCA NICARAGUENSE ....................................... 4

    1.1. Historia del surgimiento de las operaciones bancarias ............................................... 4

    1.2. Operaciones Bancarias .................................................................................................. 5

    1.2.1. Características de las operaciones bancarias ........................................................... 5

    1.2.2. Clasificación de las operaciones bancarias ............................................................... 5

    1.3. Generalidades de la Banca en Nicaragua ..................................................................... 6

    1.4. Reseña histórica de la banca en Nicaragua .................................................................. 7

    1.5. Operaciones bancarias en Nicaragua ........................................................................... 9

    1.6. Leyes y normativas relacionadas con la actividad bancaria en Nicaragua ............ 10

    1.6.1. Leyes .......................................................................................................................... 10

    1.6.2. Normativas de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones

    Financieras............................................................................................................................... 11

    ACAPITE II ................................................................................................................................ 13

    LAVADO DE DINERO Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO ................................. 13

    2.1. Lavado de Dinero ............................................................................................................. 13

    2.2. Reseña histórica ................................................................................................................ 13

    2.3. Actividades Ilícitas ........................................................................................................... 16

    2.4. Etapas del Lavado de Dinero ...................................................................................... 18

    2.5. Técnicas de lavado de dinero....................................................................................... 21

    2.6. Dinero sucio y dinero negro ........................................................................................ 23

    2.7. Tipologías de Lavado de Dinero en Nicaragua .......................................................... 24

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    Departamento de Contaduría Pública y Finanzas

    2.8. Índice Anti lavado en Nicaragua ................................................................................... 26

    2.9. Casos importantes relacionados con el lavado de dinero en Nicaragua ..................... 27

    ACAPITE III ............................................................................................................................... 29

    LUCHA CONTRA EL LAVADO DE DINERO Y DEL FINANCIAMIENTO AL

    TERRORISMO ........................................................................................................................... 29

    3.1. Técnicas contra el lavado de dinero ............................................................................... 29

    3.2. Países con casos históricos en la lucha contra el lavado de dinero. ............................. 32

    ACAPITE IV ............................................................................................................................... 35

    GESTION DE LOS RIESGOS DE LAVADO DE DINERO Y DEL FINANCIAMIENTO

    AL TERRORISMO EN NICARAGUA .................................................................................... 35

    4.1. Alcance de la norma ......................................................................................................... 36

    4.2. Objeto de la norma .......................................................................................................... 36

    4.3. Responsabilidad Institucional ......................................................................................... 39

    4.4 Responsabilidad de la Junta Directiva ............................................................................ 39

    4.5 Pilares fundamentales ....................................................................................................... 41

    4.6 Debida Diligencia para el conocimiento del cliente (DDC) ........................................... 44

    4.7 Perfil Integral del Cliente (PIC) ...................................................................................... 47

    4.8 Matrices para evaluación de riesgos LD/FT ................................................................... 48

    4.9 Nuevas Tecnologías, Productos y Servicios .................................................................... 49

    ACAPITE V ............................................................................................................................. 50

    MONITOREO Y REPORTES DE OPERACIONES SOSPECHOSAS ........................... 50

    5.1 Que es una operación sospechosa? .................................................................................. 50

    5.2 La Unidad de Análisis Financiero (UAF), ...................................................................... 50

    5.3 Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ....................................................................... 56

    ACAPITE VI ........................................................................................................................... 59

    Caso Aplicación practica ........................................................................................................ 59

    5.1 Formato de Reporte de Operaciones Sospechosas: ....................................................... 62

    5.2 ANEXO I ............................................................................................................................ 65

    5.3 ANEXO II .......................................................................................................................... 69

    5.4 ANEXO III ......................................................................................................................... 80

    VII. Bibliografía. ...................................................................................................................... 83

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    Departamento de Contaduría Pública y Finanzas

    Rosa María Briceño Página 1

    I. INTRODUCCION

    El lavado de activos representa un problema complejo y dinámico mundial, dado que

    contribuye de manera negativa en la economía, el gobierno y el bienestar social de las naciones

    implicando además una grave amenaza para la seguridad nacional, regional e internacional.

    Sin lugar a dudas las acciones delincuenciales crean un ambiente de caos e inseguridad

    en la ciudadanía, situación que afecta también al desarrollo socioeconómico, toda vez que se

    genera indirectamente inseguridad en las inversiones económicas; pero por sobre todas las cosas

    afecta al fin supremo de cualquier sociedad que es "la vida de las personas".

    El desarrollo actual del narcotráfico, la delincuencia es hacia una criminalidad

    organizada, y no individual; empresas regidas por las leyes del mercado que dirigen su acción a

    la obtención de beneficios económicos aprovechando las oportunidades que brinda una

    economía mundial globalizada.

    Las estimaciones sobre los alcances del lavado de activos, específicamente de dinero,

    indican que éste supera el producto bruto interno de la mayoría de los países, lo cual permite

    comprender fácilmente que las organizaciones criminales manejan fortunas.

    Por ello que los esfuerzos para prevenir y combatir este delito, se requiere la

    coordinación, como así también de pautas uniformes legales y normativas y de la cooperación

    internacional para lograrlo.

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    Departamento de Contaduría Pública y Finanzas

    Rosa María Briceño Página 2

    II. JUSTIFICACION

    Justificamos este trabajo de investigación en la importancia del conocimiento de los

    riesgos a los que están expuestas las instituciones financieras de ser objeto de la utilización de

    sus servicios financieros para el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo provenientes de

    actividades ilícitas y el tráfico de drogas.

    Que este trabajo sirva como un insumo de la preparación profesiones de los alumnos de

    la carrera Banca y Finanzas, ya que es uno de los desafíos más importante a los que se

    enfrentaran en su vida profesional en la institución financiera.

    Así mismo justifico este trabajo investigativo que sirva de complemento para la

    enseñanza de nuestro Campus Académico, ya que es un tema no ha sido abordado con la

    importancia requerido dentro de nuestra carrera.

    Es muy importante conocer las actividades ilícitas que se dan a diario en nuestro país, y

    de esta forma detectar, identificar toda actividad de lavado de dinero, que afectan radicalmente

    nuestra economía tanto nacional como internacional, es por tal razón que toda institución

    financiera debe estar alerta ante tan grave problema, además de conocer a sus clientes y con un

    eficaz y eficiente monitoreo detener y tratar de erradicar con el lavado de dinero es por tal razón

    que es un esfuerzo en común de muchas organizaciones nacionales e internacionales parar el

    apoyo a actividades ilícitas.

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    Rosa María Briceño Página 3

    III. OBJETIVOS

    Objetivo General

    Analizar, la gestión de prevención de los riesgos del lavado de dinero, aplicado a las

    instituciones financieras.

    Objetivos específicos

    1. Conocer la importancia de las operaciones bancarias y de la Banca Nicaragüense.

    2. Investigar los principales conceptos y características del tema de lavado de dinero por

    medio de la regulación local aplicable y normativas de la Superintendencia de Bancos y

    de Otras Instituciones

    3. descubrir los requerimientos tanto legales como normativos que requieren que la

    institución financiera realice un reporte de operación sospechosa y sus implicancias.

    4. Presentar caso práctico aplicado a los reportes de operaciones sospechosas a la Autoridad

    Compete (Unidad de Análisis Financiero).

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    Departamento de Contaduría Pública y Finanzas

    Rosa María Briceño Página 4

    IV. DESARROLLO DEL TEMA

    ACAPITE I

    OPERACIONES BANCARIAS Y LA BANCA NICARAGUENSE

    1.1. Historia del surgimiento de las operaciones bancarias

    Las investigaciones históricas, han permitido constatar ejemplos de actividades que hoy

    pueden considerarse bancarias y que se practicaban desde épocas muy antiguas. Sostienen los

    investigadores que ya en Mesopotamia, se encuentran rastros que permiten concluir que los

    sacerdotes recibían dones y ofrendas y prestaban parte a los esclavos y a los prisioneros.

    Igualmente, se cita como antecedente importante el conocido Código de Hammurabi en

    Babilonia, del cual se infiere que las actividades comerciales eran desarrolladas tanto por

    sacerdotes como por laicos y, más aún, las que podríamos llamar "bancarias", habían adquirido

    tanta importancia que merecieron una cuidadosa y detallada regulación.

    En la antigua Grecia, las labores de los "trapezitas" (prestamistas), y de los "colubitas"

    (cambistas), eran bastante frecuentes. Entre ellas se debe destacar, como antecedentes del seguro

    marítimo, los "préstamos a la gruesa", consistentes en que el prestatario devolvía la suma

    recibida del banquero solo cuando la mercadería llegaba completa y a salvo a puerto.

    En Roma, aparecieron los "Humularii", cambistas, y los "argentari", propiamente

    banqueros. Como en Grecia, los romanos desarrollaban una serie de operaciones bancarias,

    cobros y pagos por cuenta de sus clientes, liquidación de herencias por el sistema de remate,

    entrega de dinero a interés, testificación de contratos, recepción de depósitos, etc. A lo que

    puede agregarse el sistema contable, cuya evolución fue particularmente destacada.

    En la época de las Cruzadas el intercambio y la comunicación fue necesario para quienes

    se desplazaban en ellas y requerían remitir dinero a sus lugares de origen, presentándose un

    florecimiento de la actividad comercial y, por ende, de la bancaria.

  • Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua Facultad de Ciencias Económicas

    Departamento de Contaduría Pública y Finanzas

    Rosa María Briceño Página 5

    1.2. Operaciones Bancarias

    Son las operaciones que se celebran entre el banco y sus clientes, o bien, entre dos o

    más bancos entre sí.

    1.2.1. Características de las operaciones bancarias

    Las operaciones bancarias son consensuales: es un mutuo acuerdo entre la institución

    bancaria (banco) y el público.

    Son Bilaterales: se tienen que cumplir con los mutuos acuerdos establecidos.

    Son Onerosas: es un contrato donde una de las partes recibirá un beneficio por un

    servicio brindado por la contraparte.

    1.2.2. Clasificación de las operaciones bancarias

    La doctrina ha elaborado múltiples clasificaciones de las operaciones bancarias. La más

    corriente divide las operaciones bancarias en dos grandes grupos:

    Primer grupo son las operaciones llamada fundamentales, principales o típicas, las

    operaciones típicas (de crédito) se suelen clasificar a su vez en: a) activas, y b) pasivas,

    mediante las cuales, los bancos coloquen o capten recursos.

    Operaciones activas. Son aquellas mediante las cuales los bancos conceden a sus clientes

    sumas dinerarias o disponibilidad, cuando el banco otorga el crédito, se dice que son

    operaciones activas (para el banco).

    El banco es acreedor de los capitales facilitados a los clientes. Son ejemplos de

    operaciones bancarias activas: 1) préstamo; 2) descuento; 3) apertura de crédito;

    4) crédito documentado; 5) arrendamiento financiero (leasing); 6) factoring.

    Operaciones pasivas. Cuando la institución recibe dinero del cliente se dice que son

    operaciones pasivas para el banco. En este caso el cliente entrega dinero y puede percibir

    intereses por esta prestación, ejemplo tenemos las cuentas corrientes, las de ahorros, a plazo fijo.

    http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/bancos/bancos.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/doctrina/doctrina.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/principal/principal.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/cr%C3%A9dito/cr%C3%A9dito.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/recursos/recursos.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/bancos/bancos.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/disponibilidad/disponibilidad.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/acreedor/acreedor.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/pr%C3%A9stamo/pr%C3%A9stamo.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/descuento/descuento.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/apertura-de-cr%C3%A9dito/apertura-de-cr%C3%A9dito.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/cr%C3%A9dito/cr%C3%A9dito.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/arrendamiento-financiero/arrendamiento-financiero.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/leasing/leasing.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/factoring/factoring.htm

  • Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua Facultad de Ciencias Económicas

    Departamento de Contaduría Pública y Finanzas

    Rosa María Briceño Página 6

    “Los bancos y demás instituciones reguladas no podrán dar informes de las operaciones

    pasivas que celebren con sus clientes sino, según fuere el caso, a sus representantes legales o a

    Quienes tengan poder para retirar fondos o para intervenir en la operación de que se trate, salvo

    cuando lo autorice expresamente el cliente”. (Ley 561, 2005, arto. 113).

    Un segundo grupo constituido por operaciones bancarias atípicas, neutras o

    complementarias en las que el crédito no intervienen absoluto; compren de la prestación de

    diversos servicios (servicios de banco), como el alquiler de cajas de

    seguridad, Administración de propiedad, cobranza de documentos, como agente recaudador del

    Estado, como custodia de valores, etc.

    Las operaciones bancarias también son de carácter internacionales, las empresas usan

    este recurso ya que les permite tener acceso a las cuentas bancarias en cualquier parte del

    mundo donde exista un banco corresponsal.

    Para operar de manera internacional, hay bancos que han creado sucursales en otros

    países, pero para aquellos bancos que no lo tienen, se valen de las relaciones interbancarias y los

    acuerdos para tener disponible la parte corresponsal en otros países.

    1.3. Generalidades de la Banca en Nicaragua

    En la legislación Nicaragüense la Ley 561: “Ley General de Bancos, Instituciones

    financieras no bancarias y grupos financieros” publicado en la Gaceta, Diario Oficial No. 232,

    del 30 de noviembre de 2005, en su artículo 2, nos define Banco como: Instituciones financieras

    autorizadas como tales, dedicadas habitualmente a realizar operaciones de intermediación con

    recursos obtenidos del público en forma de depósito o a cualquier otro título y aprestar otros

    servicios financieros.

    http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/cr%C3%A9dito/cr%C3%A9dito.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/prestaci%C3%B3n/prestaci%C3%B3n.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/servicios/servicios.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/servicios/servicios.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/alquiler-de-cajas-de-seguridad/alquiler-de-cajas-de-seguridad.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/alquiler-de-cajas-de-seguridad/alquiler-de-cajas-de-seguridad.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/administraci%C3%B3n/administraci%C3%B3n.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/propiedad/propiedad.htmhttp://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/documentos/documentos.htm

  • Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua Facultad de Ciencias Económicas

    Departamento de Contaduría Pública y Finanzas

    Rosa María Briceño Página 7

    1.4. Reseña histórica de la banca en Nicaragua

    Con el objetivo de crear una legislación adecuada, dirigida a regular la actividad

    bancaria y la emisión de moneda, el 6 de marzo de 1882, y mediante Decreto, se promulgó la

    primera Ley Bancaria.

    El 19 de enero de 1887 fue creado el Banco de Nicaragua, primer banco comercial del

    país. Inició operaciones el 23 de febrero de 1888 con facultad de emitir billetes. Posteriormente

    fue transformado en el “Bank of Nicaragua Limited”, con Casa Matriz en Londres, para luego

    incorporarse al “London Bank of Central América Limited”, que continuó operando como

    sucursal extranjera.

    Por medio del Decreto Presidencial del 6 de junio de 1911, el Gobierno de Nicaragua

    autorizó una concesión bancaria a favor de los banqueros norteamericanos Brown Brothers &

    Company, de Nueva York. Este banco surgió con el nombre de “Banco Nacional de Nicaragua,

    Incorporado”, o “National Bank of Nicaragua, Incorporated”, dando inicio a sus operaciones en

    1912, con sede principal en la ciudad de Managua.

    En 1940 por medio de un Decreto Ley, el Banco fue completamente nacionalizado y

    pasó a ser patrimonio de la República de Nicaragua como Ente Autónomo de Dominio

    Comercial del Estado, con una Junta Directiva compuesta por nicaragüenses. El Banco Nacional

    de Nicaragua (BNN) tenía funciones de banca central, banco comercial, banco agrícola y banco

    de comercio exterior.

    Hasta 1960, la Política Monetaria Nacional estuvo encomendada a este Banco, que

    funcionó como Instituto emisor y como principal banquero de la empresa privada del país.

    A la par del “Banco Nacional de Nicaragua” operaban en el país dos bancos más:

    “Banco de Londres y América del Sud, Ltd.” y “Banco CaleyDagnall”, ambos de capital

    extranjero.

  • Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua Facultad de Ciencias Económicas

    Departamento de Contaduría Pública y Finanzas

    Rosa María Briceño Página 8

    En las décadas de los años 60’s y 70’s, la composición estructural del Sistema Financiero

    Nicaragüense era la siguiente:

    Bancos Comerciales (Privados y Estatales): Banco Nicaragüense, Banco de América,

    Banco de Centroamérica, Banco CaleyDagnall y Banco Exterior.

    Sociedades Financieras y de Inversión extranjera: Citibank, Bank of América, Banco de

    Londres y América del Sud, Ltd.

    Instituciones de Ahorro y Préstamo: Banco Nacional de Nicaragua y Banco de Crédito

    Popular.

    Con el triunfo de la Revolución, el Sistema Financiero Nacional se nacionaliza con el

    Decreto Nº 25 del 26 de julio de 1979 (La Gaceta, Diario Oficial, N° 3, del 24 de agosto de

    1979).

    En 1990, con el cambio de gobierno, se inició una nueva etapa de promoción de la

    inversión privada en la Banca y los Seguros.

    Por decreto de Ley 125 de fecha 21 de marzo de 1991 se crea la Superintendencia de

    Bancos y Otras instituciones financieras, estableciendo en su ley orgánica los procedimientos

    para admitir y tramitar solicitudes para nuevos bancos lo que da paso a la apertura legal para la

    Banca Privada.

    Entre 1998 y 2001 se da la quiebra de varios bancos privados requiriendo que el Estado

    interviniera para garantizar al público sus depósitos y para evitar severas pérdidas.

    A inicios de la década del 2000, el resto de bancos se habían convertido en el eje de su

    respectivo grupo financiero. Estos grupos se afianzan en el mercado nacional y comienzan a

    afirmar su presencia en los demás países centroamericanos.

  • Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua Facultad de Ciencias Económicas

    Departamento de Contaduría Pública y Finanzas

    Rosa María Briceño Página 9

    El 23 de febrero de 2017, el Superintendente de Banco presento ante la Asamblea

    Nacional su informe de gestión de 2016, en el cual reafirmó que se cuenta con Sistema

    Financiero sólido, con indicadores financieros estables, con excelente calidad de activos y

    liquidez, además de una adecuada suficiencia patrimonial e índices de rendimiento

    satisfactorios, lo que genera mayor confianza a nuestros depositantes, lo cual se ha logrado

    A través de una supervisión efectiva, proactiva, dinámica, preventiva y en constante

    modernización, de acuerdo a las mejores prácticas internacionales de supervisión.

    Recuperado:www.monografias.com/trabajos58/historia-de-la-banca/historia-de-la-

    banca.shtml

    1.5. Operaciones bancarias en Nicaragua

    En la ley 561, Ley general de bancos, instituciones financieras no bancarias y grupos

    financieros (en adelante se mencionará como Ley 561). En el artículo 53 de la referida ley, se

    establecen las operaciones que pueden efectuar los bancos en Nicaragua:

    1. Otorgar créditos en general, sea en moneda nacional o extranjera y cobrarlos en la misma

    moneda en que se otorgaron;

    2. Aceptar letras de cambio y otros documentos de crédito girados contra ellos mismos o

    avalar los que sean contra otras personas y expedir cartas de crédito;

    3. Celebrar contratos de apertura de créditos, realizar operaciones de descuentos y conceder

    adelantos;

    4. Realizar operaciones de factoraje;

    5. Realizar operaciones de arrendamiento financiero y operativo;

    6. Emitir o administrar medios de pago tales como tarjetas de crédito, tarjetas de débito y

    cheques de viajero;

    7. Otorgar fianzas, avales y garantías que constituyan obligaciones de pago.

    8. Efectuar operaciones con divisas o monedas extranjeras;

    http://Recuperado:%20www.monografias.com/trabajos58/historia-de-la-banca/historia-de-la-banca.shtmlhttp://Recuperado:%20www.monografias.com/trabajos58/historia-de-la-banca/historia-de-la-banca.shtml

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    9. Mantener activos y pasivos en moneda extranjera;

    10. Participar en el mercado secundario de hipotecas;

    11. Efectuar operaciones de titularización de activos;

    12. Negociar por su propia cuenta o por cuenta de terceros:

    13. Instrumentos de mercado monetario tales como pagarés y certificados de depósitos;

    14. Operaciones de comercio internacional;

    15. Contratos de futuro, opciones y productos financieros similares;

    16. Toda clase de valores mobiliarios, tales como: Bonos, cédulas, participaciones y otros;

    en el caso de inversiones en acciones o participaciones, se procederá de acuerdo al

    Artículo 57, numeral 1 de esta Ley.

    Referencia: www.monografias.com/trabajos66/operaciones-bancarias-nicaragua/operaciones-

    bancarias-nicaragua.shtml

    www.derechocomercial.edu.uy/ClaseIntFinContratos.htm

    1.6. Leyes y normativas relacionadas con la actividad bancaria en Nicaragua

    1.6.1. Leyes

    Las leyes que regulan las actividades de las instituciones financieras, son emitidas

    por el poder legislativo, a través de la Asamblea Nacional, entre las principales leyes

    tenemos:

    Ley 561. Ley general de bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos

    Financieros. Aprobada el 27 de octubre del 2005 y publicada en la gaceta no. 232 del 30

    de noviembre del 2005.

    Ley 732. Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua. Publicada en la gaceta, diario

    oficial Nº 148 y 149 del 05 y 06 de Agosto 2010.Y sus reformas, Ley Nº 789 Gaceta Nº

    74 del 24/04/2012.

    http://www.monografias.com/trabajos66/operaciones-bancarias-nicaragua/operaciones-bancarias-nicaragua.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos66/operaciones-bancarias-nicaragua/operaciones-bancarias-nicaragua.shtmlhttp://www.derechocomercial.edu.uy/ClaseIntFinContratos.htm

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    Ley 316. Ley de la superintendencia de bancos y de otras instituciones financieras y sus

    reformas ley no. 552, ley no. 564 y ley no. 576.

    Ley 551. Ley del sistema de garantía de depósitos, aprobado el 03 de agosto del 2005

    publicado en la gaceta no. 168 del 30 de agosto del 2005.

    Ley 587. Ley de mercados de capitales. Publicada en la gaceta, diario oficial Nº 222 del

    15/11/2006.

    Ley 285 ley de estupefaciente, psicotrópicos y otras sustancias controladas; lavado de

    dinero y activo proveniente de actividades ilícitas.

    1.6.2. Normativas de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones

    Financieras

    La Superintendencia de Banco y de Otras Instituciones Financiera es el encargado de

    emitir normas prudencias que norma las actividades bancarias y financieras en Nicaragua, entre

    las principales normativas se encuentran:

    Norma sobre Gestión de Riesgo Crediticio

    Norma sobre gestión integral de riesgo.

    Norma sobre la Gestión de Prevención de los Riesgos del Lavado de Dinero, Bienes o

    Activos del Financiamiento al Terrorismo.

    Norma que Regula las Operaciones de Fideicomiso realizadas por Instituciones

    Financieras.

    Norma sobre Límites de Depósitos e Inversiones.

    Norma sobre Adecuación de Capital.

    Norma sobre las Operaciones de Tarjetas de Crédito.

    Norma sobre Gestión de Riesgo Operacional.

    http://www.siboif.gob.ni/sites/default/files/documentos/normas/547-1_norma_sobre_gestion_de_riesgo_crediticio_20.08.08_artos._refundidos.pdfhttp://www.siboif.gob.ni/sites/default/files/documentos/normas/Norma_Prevencion_LD-FT.pdfhttp://www.siboif.gob.ni/sites/default/files/documentos/normas/Norma_Prevencion_LD-FT.pdfhttp://www.siboif.gob.ni/sites/default/files/documentos/normas/CD-SIBOIF-677-2-MAY16-2011.pdfhttp://www.siboif.gob.ni/sites/default/files/documentos/normas/CD-SIBOIF-677-2-MAY16-2011.pdfhttp://www.siboif.gob.ni/sites/default/files/documentos/normas/650-2_norma_sobre_limites_de_depositos_e_inversiones_deroga_la_620-1_del_19.03.10_.pdfhttp://www.siboif.gob.ni/sites/default/files/documentos/normas/651-1_norma_sobre_adecuacion_de_capital_27.10.10_texto_refundido_.pdfhttp://www.siboif.gob.ni/sites/default/files/documentos/normas/CD-SIBOIF-629-4-MAY26-2010.pdfhttp://www.siboif.gob.ni/sites/default/files/documentos/normas/CD-SIBOIF-611-1-ENE22-2010.pdf

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    Referencia: www.siboif.gob.ni/sites/default/files/documentos/leyes/ley561.pdf

    http://www.bcn.gob.ni/banco/legislacion/documentos/Ley%20BCN%202010.pdf

    http://www.bcn.gob.ni/banco/legislacion/documentos/leyes_financieras/Ley_316_SIBOIF.pdf

    http://www.siboif.gob.ni/sites/default/files/documentos/leyes/ley551.pdf

    http://www.siboif.gob.ni/sites/default/files/documentos/leyes/ley587.pdf

    http://www.cicad.oas.org/fortalecimiento_institucional/legislations/PDF/NI/ley_285.pdf

    http://Referencia:%20www.siboif.gob.ni/sites/default/files/documentos/leyes/ley561.pdfhttp://www.bcn.gob.ni/banco/legislacion/documentos/Ley%20BCN%202010.pdfhttp://www.bcn.gob.ni/banco/legislacion/documentos/leyes_financieras/Ley_316_SIBOIF.pdfhttp://www.siboif.gob.ni/sites/default/files/documentos/leyes/ley551.pdfhttp://www.siboif.gob.ni/sites/default/files/documentos/leyes/ley587.pdf

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    ACAPITE II

    LAVADO DE DINERO Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO

    2.1. Lavado de Dinero

    El lavado de dinero (también conocido como lavado de capitales, lavado de

    activos, blanqueo de capitales u operaciones con recursos de procedencia ilícitao legitimación

    de capitales) es un procedimiento que pretende ocultar, disimular y encubrir el origen ilícito de

    determinados bienes o el producto de actividades delictivas con la finalidad de convertirlos en

    otros bienes u actividades que resultan aparentemente lícitas. Los que quieren ser introducidos

    en los mercados financieros u otros sectores económicos.

    2.2. Reseña histórica

    Si bien hoy en día hay que considerar la importante participación que la globalización, la

    tecnología y los avances en el ámbito de las comunicaciones han tenido en la problemática

    tratada, el lavado de activos de origen delictivo no ha tenido su origen en la actualidad, más bien

    éste data de la edad media, con el paso del tiempo el mismo ha ido transformando y

    expandiendo su aplicación a otros ámbitos de actividades como al tráfico de armas, el

    narcotráfico o la trata de personas, figuras delictivas que en sus comienzos no existían.

    A continuación, se enuncian los usos que se le han dado al lavado de activos de

    origen delictivo a lo largo de la historia:

    Edad Media - Lavado a partir de usura: En la Edad Media los mercaderes y prestamistas

    convertían sus ganancias provenientes de la usura, en ganancias lícitas dando así lugar a un

    embrión de “lavado de dinero”.

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    Se entendía por usura cualquier trato que suponga el pago de interés. Entre los siglos IX

    y X, para extenderse durante todo el período se aplicaban castigos espirituales a quien cometiera

    este delito, siendo entre otros, la negación de sepultura en tierra santa, la excomunión, o la

    obligación de restituir los bienes ilícitos. Si bien se recurrió a estos castigos en casos

    excepcionales, los banqueros y mercaderes, encontraron la manera de disfrazar este fenómeno

    diciendo que el dinero de los intereses provenía de un donativo voluntario del prestatario o que

    provenía de una multa cobrada por no haber sido devuelto el dinero en el plazo convenido.

    Además, la usura se disfrazaba de tal forma que era imposible descubrirla, como el caso de

    letras de cambio falsas que mencionaba operaciones de cambio ficticias.

    Edad Moderna - Lavado a partir de piratería. Seguros. Contrabando: La Edad Moderna

    se caracterizó por el traslado de oro desde el Nuevo Mundo hacia Europa, cuyos galeones,

    principalmente españoles sufrían ataques de piratería en altamar. Dichas ganancias ilícitas

    pretendían ser ocultadas, por lo que se recurría a simular su origen. Con la creación de los

    seguros, muchas empresas fraudulentas, vinculadas a actividades navieras cobraban grandes

    sumas de dinero por accidentes que no habían sucedido, e invertían esas ganancias espurias en

    inversiones destinadas a fines lícitos.

    Siguiendo la línea histórica, la creación del Virreinato del Río de la Plata en 1776 se vio

    motivada por la decisión de la Dinastía de los Borbones para evitar la inserción al circuito legal

    del dinero producto de actividades de contrabando que se realizaba con Inglaterra, Holanda y

    Portugal.

    Edad Contemporánea-Mafias. Narcotráfico: Ya en nuestra actual Edad

    Contemporánea, el “lavado de dinero” se fue perfeccionando, hasta llegar a ser hoy, un flagelo

    en las economías mundiales. Cuando en Estados Unidos en el año 1920, se impuso la

    prohibición de la venta y consumo de bebidas alcohólicas, más conocida por el nombre de “ley

    Volstead” o “Ley Seca”, empezaron a aparecer organizaciones que se encargaban de destilar

    alcohol para vender de forma ilegal.

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    En este contexto, Al Capone, con el objetivo de brindar la "apariencia" de hombres de

    negocio, desarrolló intereses en negocios como el lavado y entintado de textiles, para de esta

    forma crear empresas de pantalla. Las ganancias provenientes de extorsión, tráfico de armas,

    alcohol y prostitución se ocultaban tras la apariencia de haber surgido del lavado de textiles y

    con ello lograban sorprender por bastante tiempo a las autoridades norteamericanas. Es ente

    momento que surge el concepto de "lavado de dinero".

    La palabra “lavado”, tiene su origen en Estados Unidos en los años 20, momento en que

    las mafias norteamericanas crearon una red de lavanderías para esconder la procedencia ilícita

    del dinero conseguido a través de sus actividades criminales. El mecanismo consistía en

    presentar las ganancias procedentes de actividades ilícitas como procedentes del negocio de

    lavanderías.

    La mayoría de los pagos en las lavanderías se hacía en metálico, resultaba muy difícil

    distinguir que dinero procedía de la extorsión, tráfico de armas, alcohol y prostitución y cual

    procedía del negocio legal. En los años setenta con la vista puesta en el narcotráfico se advirtió

    de nuevo el fenómeno del blanqueo de dinero.

    La recaudación de la venta de droga era depositada en los bancos sin ningún tipo de

    control. Una vez introducido el dinero en los sistemas financieros oficiales se movía fácilmente

    por el circuito formal. La expresión fue utilizada por primera vez judicialmente en 1982 en los

    Estados Unidos al ser confiscado dinero supuestamente blanqueado procedente de la cocaína

    colombiana.

    De esta manera tuvieron origen poderosas organizaciones transnacionales que pronto

    extendieron su modalidad delictiva por el mundo.

    Con el pasar de los años, el término original de lavado de dinero se convirtió al de

    lavado de activos de origen delictivo, ya que hoy en día no sólo se trata de encubrir fondos

    monetarios sino también bienes, todos productos de alguna actividad delincuencial.

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    Dado que la mayoría de los pagos en las lavanderías se hacía en metálico, resultaba muy

    difícil distinguir que dinero procedía de la extorsión, tráfico de armas, alcohol y prostitución y

    cual procedía del negocio legal. En los años setenta con la vista puesta en el narcotráfico se

    advirtió de nuevo el fenómeno del blanqueo de dinero.

    La recaudación de la venta de droga era depositada en los bancos sin ningún tipo de

    control. Una vez introducido el dinero en los sistemas financieros oficiales se movía fácilmente

    por el circuito formal. La expresión fue utilizada por primera vez judicialmente en 1982 en los

    Estados Unidos al ser confiscado dinero supuestamente blanqueado procedente de la cocaína

    colombiana.

    Dado que la mayoría de los pagos en las lavanderías se hacía en metálico, resultaba muy

    difícil distinguir que dinero procedía de la extorsión, tráfico de armas, alcohol y prostitución y

    cual procedía del negocio legal. En los años setenta con la vista puesta en el narcotráfico se

    advirtió de nuevo el fenómeno del blanqueo de dinero.

    La recaudación de la venta de droga era depositada en los bancos sin ningún tipo de

    control. Una vez introducido el dinero en los sistemas financieros oficiales se movía fácilmente

    por el circuito formal. La expresión fue utilizada por primera vez judicialmente en 1982 en los

    Estados Unidos al ser confiscado dinero supuestamente blanqueado procedente de la cocaína

    colombiana.

    2.3. Actividades Ilícitas

    Los activos se lavan para encubrir actividades delictivas o ilegales tales como tráfico de

    migrantes, trata de personas, secuestro extorsivo, tráfico de armas, delitos contra el sistema

    financiero, entre otros.

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    Tráfico de migrantes

    Es la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado de la cual dicha

    persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente,

    un beneficio financiero u otro beneficio de orden material.

    Trata de personas

    Consiste en utilizar, en provecho propio y de un modo abusivo, las cualidades de

    una persona. Para que la explotación se haga efectiva los tratantes deben recurrir a la captación,

    el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas. Los medios para llevar a cabo

    estas acciones son la amenaza o el uso de la fuerza u otras formas de coacción, el rapto, fraude,

    engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad. Además se considera trata de

    personas la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una

    persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación.

    Secuestro extorsivo

    “Constituye un cruel ataque contra la autonomía e independencia de cada ser

    humano para auto determinar el lugar y el tiempo en el cual quiere estar libremente. Los

    secuestradores no reconocen el derecho de cada ser humano a ser reconocido como fin y no

    como medio. Es un acto inmoral, antijurídico, condenable y reprochable desde cualquier punto

    de vista. Un total irrespeto a los derechos humanos. En el acto del secuestro extorsivo y en

    general en toda clase de secuestro se atenta contra la libertad, la integridad y la tranquilidad de

    las familias de las personas secuestradas. Ya que el efecto de tan cruel atropello contra la

    integridad de una persona no lo sufre solo quien es privado de la libertad sino todas las personas

    a su alrededor.”

    Tráfico de órganos

    Consiste en el transporte y cesión de órganos humanos con el fin de obtener un beneficio

    económico.

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    Tráfico de armas

    Es el intercambio ilegal de armas, entre dos o más países.

    Narcotráfico

    Es el comercio ilegal de drogas tóxicas en grandes cantidades.

    2.4. Etapas del Lavado de Dinero

    El dinero es lavado a través de una serie de complejas transacciones y, por lo general,

    incluye las tres etapas descriptas a continuación, sin desconocer que en la práctica, los casos

    observados pueden no cumplir estrictamente con cada una de las etapas expuestas.

    Primera Etapa: Colocación

    Varias actividades delictivas poseen la peculiaridad de obtener sus ganancias en dinero

    en efectivo. Tal es el caso, entre otros, del delito de narcotráfico. Los que obtienen así este

    dinero necesitan transformar estas sumas, generalmente voluminosas, en activos que sean más

    fáciles de manejar. Esto se logra a través de instituciones financieras (intentando efectuar

    depósitos bancarios para poder transformar estas sumas en dinero bancario), casinos, negocios,

    casas de cambio y otros comercios.

    En la colocación generalmente se intenta utilizar a los negocios financieros y a las

    instituciones financieras, tanto bancarias como no bancarias, para introducir montos en efectivo,

    generalmente divididos en sumas pequeñas, dentro del circuito financiero legal.

    También puede enviarse efectivo de un país a otro para ser utilizado en la compra de

    bienes o productos caros, tales como obras de arte, metales y piedras preciosas, que pueden ser

    revendidos para recibir a cambio cheques o transferencias bancarias. El objetivo de esta etapa es

    Separar o diferenciar el dinero que se trata invertir de la actividad ilícita que lo originó y

    mantener el anonimato del verdadero depositante.

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    Las organizaciones delictivas usan en esta etapa auxiliares poco sospechosos, como

    pueden ser personas con documentación falsa o empresas "fachada", para depositar el dinero en

    efectivo en montos pequeños y en diferentes instituciones, desde donde se pueden transferir a

    otros países. Una variante en esta etapa es trasladar el dinero en efectivo a países con

    reglamentaciones permisivas o a aquéllos que posean un sistema financiero liberal como los

    conocidos paraísos fiscales o "bancas off-shore".

    La introducción de dinero en efectivo es justificada muchas veces por medio de la

    instalación de empresas que, por sus características, no requieran la identificación de sus

    clientes (por ej.: restaurantes, videos clubes y supermercados).

    Las ganancias obtenidas en actividades legítimas son mezcladas con ganancias ilícitas

    que se legitiman como ganancias legales, al ser depositadas en los bancos. Asimismo, pueden

    existir delincuentes que operan dentro de los bancos, adoptando el carácter de empleados y que

    colaboran con las organizaciones delictivas para facilitarles su labor en el momento de efectuar

    los depósitos.

    Segunda Etapa: Estratificación

    Una vez que el dinero fue colocado, se trata de transformar, y más específicamente

    disfrazar esa masa de dinero ilícito, en dinero lícito, a través de complejas transacciones

    financieras, tanto en el ámbito nacional como internacional, para que se pierda su rastro y se

    dificulte su verificación contable.

    El objetivo en esta instancia es cortar la cadena de evidencias ante eventuales

    investigaciones sobre el origen del dinero, creando complejas capas de transacciones financieras

    para disfrazar el camino, fuente y propiedad de los fondos. En general las sumas son giradas en

    Forma electrónica a cuentas anónimas en países donde puedan ampararse en el secreto

    bancario o, en su defecto, a cuentas de firmas fantasmas ubicadas en varias partes del mundo,

    propiedad de las organizaciones delictivas.

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    En los procesos de transferencia, el dinero ilícito se mezcla con sumas millonarias que

    los bancos mueven legalmente a diario, lo cual favorece al proceso de ocultamiento del origen

    ilegal.

    Como ejemplo de las operaciones e instrumentos más comunes utilizados en esta etapa

    pueden citarse a los cheques de viajero, los giros entre múltiples instituciones bancarias, las

    operaciones por medio de bancos off-shore, las transferencias electrónicas, la compra de

    instrumentos financieros con posibilidad de rotación rápida y continua, la compra de activos de

    fácil disponibilidad, las empresas ficticias, la inversión en bienes raíces y la reventa de bienes de

    alto valor.

    El desarrollo de Internet y de la nueva tecnología del dinero digital favorece

    ampliamente el accionar de las organizaciones delictivas en este proceso, ya que amplía las

    diferentes posibilidades en los mecanismos de transferencia, otorgándoles mayor rapidez y

    anonimato.

    Tercera etapa: Integración

    En esta última etapa el dinero es incorporado formalmente al circuito económico legal,

    aparentando ser de origen legal (por ej.: proveniente de ahorristas o de inversores comunes), sin

    despertar sospechas. Esta integración permite crear organizaciones de "fachada" que se prestan

    entre sí, generando falsas ganancias por intereses, o bien invierten en inmuebles que a su vez

    sirven como garantías de préstamos, que son supuestamente invertidos en negocios con una

    también supuesta gran rentabilidad. Una vez formada la cadena, puede tornarse cada vez más

    fácil legitimar el dinero ilegal.

    Los medios más utilizados en esta etapa son, por ejemplo: las inversiones en empresas,

    la compra de inmuebles, oro, piedras preciosas y obras de arte. Las metodologías de la

    sobrefacturación, subfacturación y la facturación ficticia son centrales en el accionar.

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    La tendencia en esta fase del proceso es invertir en negocios que sirvan, o faciliten a la

    organización criminal continuar con actividades delictivas, como por ejemplo negocios con

    grandes movimientos de efectivo para simular ingresos que en realidad se originan en una

    actividad ilícita.

    2.5.Técnicas de lavado de dinero

    Son muchos los procedimientos para lavar dinero, de hecho, la mayoría esta

    interrelacionados y suelen suceder de forma simultánea o sucesiva. Una característica común es

    que el lavado del dinero, en especial si es de grandes cantidades, suele costar una parte del

    dinero que se lava, por ejemplo, en forma de sobornos.

    A continuación, se enlistan los procedimientos más comunes de lavado de dinero:

    Estructurar, trabajo de hormiga o 'pitufeo': División o reordenación de las grandes sumas

    de dinero adquiridas por ilícitos, reduciéndolas a un monto que haga que las transacciones

    no sean registradas o no resulten sospechosas. Estas transacciones se realizan por un

    período limitado en distintas entidades financieras.

    Complicidad de un funcionario u organización:

    Uno o varios empleados de las instituciones financieras pueden colaborar con el lavado de

    dinero omitiendo informar a las autoridades sobre las grandes transacciones de fondos,

    generalmente su complicidad es causada por una extorsión y, a veces, obtendrá una

    comisión por ella.

    Complicidad de la banca, hay casos en que las organizaciones de lavado de dinero gozan

    de la colaboración de las instituciones financieras (a sabiendas o por ignorancia), dentro o

    que están fuera del mismo país, las cuales dan una justificación a los fondos objeto del

    lavado de dinero.

    https://es.wikipedia.org/wiki/Pitufeo

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    Mezclar, Las organizaciones suman el dinero recaudado de las transacciones ilícitas al

    capital de una empresa legal, para luego presentar todos los fondos como rentas de la

    empresa. Esta es una forma legal para no explicar las altas sumas de dinero.

    Empresa fantasma (shell company): También conocidas como compañías de fachada o de

    portafolio. Son empresas legales, las cuales se utilizan como cortina de humo para

    enmascarar el lavado de dinero. Esto puede suceder de múltiples formas, en general, la

    "compañía de fachada" desarrollará pocas o ninguna de las actividades que oficialmente

    debería realizar, siendo su principal función aparentar que las desarrolla y que obtiene de

    las mismas el dinero que se está lavando.

    Lo habitual es que de dicha empresa sólo existan los documentos que acrediten su

    existencia y actividades, no teniendo presencia física ni funcionamiento alguno más que

    sobre el papel.

    Compraventa de bienes o instrumentos monetarios: Inversión en bienes como vehículos,

    inmuebles, etc. (los que a menudo son usados para cometer más ilícitos) para obtener

    beneficios monetarios de forma legal. En muchos casos el vendedor tiene conocimiento de

    la procedencia del dinero negro que recibe, e incluso puede ser parte de la organización de

    lavado de dinero. En esos casos, la compra de bienes se produce a un precio muy por

    debajo de su coste real, quedando la diferencia como comisión para el vendedor.

    Posteriormente el blanqueador vende todo o parte de lo que ha adquirido a su precio de

    mercado para obtener dinero lícito. Este proceso puede repetirse, de tal modo que los

    productos originalmente ilícitos son pasados de una forma a otra sucesivamente para así

    enmascarar el verdadero origen del dinero que permitió adquirir los bienes. Además, con

    cada transformación se suele disminuir el valor de los bienes para que las transacciones no

    resulten tan evidentes.

    Contrabando de efectivo: Es el transporte del dinero objeto del lavado hacia el exterior.

    https://es.wikipedia.org/wiki/Empresa_fantasma

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    Rosa María Briceño Página 23

    Transferencias bancarias o electrónicas: Uso de Internet para mover fondos ilícitos de una

    entidad bancaria a otra u otras, sobre todo entre distintos países, para así no dar cuenta de

    las altas sumas de dinero ingresado. Para hacer más difícil detectar el origen de los fondos,

    es habitual dividirlos en entidades de distintos países, y realizar transferencias sucesivas.

    Transferencias inalámbricas o entre corresponsales: Las organizaciones de lavado de

    dinero pueden tener ramificaciones en distintos países, por lo tanto la transferencia de

    dinero de una a otra organización no tiene por qué resultar sospechosa. En muchos casos,

    dos o más empresas aparentemente sin relación resultan tener detrás a la misma

    organización, que transfiere a voluntad fondos de una a otra para así enmascarar el dinero

    negro.

    Falsas facturas de importación / exportación o “doble facturación”: Aumentar los montos

    declarados de exportaciones e importaciones aparentemente legales, de modo que el

    dinero negro pueda ser colocado como la diferencia entre la factura "engordada" y el valor

    real.

    Garantías de préstamos: Adquisición de préstamos legalmente, con los cuales el

    blanqueador puede obtener bienes que aparentarán haber sido obtenidos de forma lícita. El

    pago de dichos préstamos hace efectivo el blanqueo.

    Acogerse a ciertos tipos de amnistías fiscales: Por ejemplo, aquellas que permiten que el

    defraudador regularice dinero en efectivo.

    2.6. Dinero sucio y dinero negro

    Los delitos impositivos y el lavado de dinero, tienen puntos en común: ambos se

    alimentan de fondos que escapan en alguna etapa de su vida financiera del circuito legal.

    Veamos un ejemplo: dos personas intentan comprar obras de arte. La primera lo hace con dinero

    que obtuvo con el tráfico de drogas. La otra, utiliza dinero ganado con su restaurante pero que

    no fue declarado en sus impuestos. El primero, busca lavar dinero que obtuvo en una actividad

    ilícita, como es el narcotráfico.

    https://es.wikipedia.org/wiki/Amnist%C3%ADa_fiscalhttps://es.wikipedia.org/wiki/Dinero_en_efectivo

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    Rosa María Briceño Página 24

    El segundo tiene como origen de sus fondos un negocio legal, aunque evade sus

    impuestos. Obviamente, no es el mismo caso, podemos ver que al producido de un ilícito

    tributario se lo califica como dinero negro, que jurídicamente, es una denominación distinta de

    dinero sucio, en el que éste último es únicamente el elemento que conforma el delito de lavado

    de dinero. Riqueza negra es aquella obtenida en actividades legales, pero que se mantienen fuera

    del control fiscal, quedando así liberada de contribuir.

    Por el contrario, el dinero sucio es aquel que, además de permanecer a espaldas de los

    circuitos económicos oficiales, encuentra su origen en una actividad ilícita por sí misma.

    2.7. Tipologías de Lavado de Dinero en Nicaragua

    En publicación realizada por el diario La Prensa, se señala que en un informe de

    tipologías regionales de lavado de dinero que publicó el Grupo de Acción Financiera de

    Latinoamérica (GAFILAT), reveló que el país presenta tres tipologías de ese delito

    internacional.

    Según dicha publicación, el documento, denominado Informe de Tipologías Regionales

    GAFILAT 2014-2016, fue emitido en agosto del año pasado y define “tipología” —dentro del

    contexto del lavado de activos y financiación del terrorismo— como “la clasificación y

    descripción de las técnicas utilizadas por las organizaciones criminales para dar apariencia de

    Legalidad a los fondos de procedencia ya sea lícita o ilícita, y el movimiento de estos

    entre zonas geográficas y/o entre sujetos con fines delictivos”.

    “La Organización Criminal X en reiteradas ocasiones realizó operaciones de narcotráfico

    que le generaron cuantiosas ganancias. La organización criminal trasladó y distribuyó

    importantes cantidades de droga en el país local procedente del país A, trasegadas en vehículos

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    livianos y cabezales hasta la capital y siguiendo su ruta hacia el norte del país, hasta entregarla

    en la frontera con el país B”, ejemplifica el documento.

    “Con el fin de ocultar las ganancias provenientes de esta actividad delictiva, la

    organización criminal apertura pequeños negocios de fachada (distribuidoras, ferreterías, hoteles

    y tiendas de productos varios). Estos negocios le permitieron la apertura de cuentas bancarias e

    ingresar al sistema financiero dinero que no correspondía con las ventas del día, así mismo,

    estos ingresos no eran consistentes con los ingresos declarados en el banco, el dinero era

    retirado a través de cheques, transferencias entre sus cuentas y retiros en efectivo, además de

    comprar múltiples propiedades a nombre de terceras personas (uso de testaferros), vehículos y

    realizar varios viajes al exterior”, puso de ejemplo GAFILAT.

    Según el organismo, Nicaragua, igual que en el resto de América Latina, también

    presentaba la tipología del “lavado de activos a través de sociedades de compra y venta de

    inmuebles”.

    De acuerdo con esta tipología, las organizaciones criminales utilizan el dinero sucio

    obtenido de la venta de drogas y otras sustancias prohibidas para colocarlo en sociedades de

    fachada que se dedican a la adquisición de propiedades en diferentes lugares del país y la

    creación de sociedades que se dedican a la construcción de obras civiles, verticales y

    horizontales para posteriormente crear complejos habitacionales.

    “Se utilizan las sociedades para la suscripción de cuentas en diferentes entidades

    financieras así como la obtención de créditos hipotecarios, estas sociedades realizan ventas

    ficticias de los inmuebles, todo con el fin de ocultar el origen ilícito de las ganancias producto

    del tráfico de drogas, corrupción y otras fuentes ilegítimas”, dice el informe.

    La última tipología que presentaron el país y la región en general, es el lavado de activos

    a través del traslado transfronterizo de dinero en efectivo a través de vehículos o personas de

    manera oculta, lo cual cae también dentro de los delitos de defraudación aduanera, al no reportar

    la cantidad de dinero líquido obtenido de actividades ilícitas.

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    2.8. Índice Anti lavado en Nicaragua

    Otra publicación del mismo medio escrito con fecha 31 de agosto de 2017, se publica,

    que el índice Antilavado de dinero 2017, del Instituto de Basilea sobre la Gobernanza, ubica al

    país como la segunda nación del istmo más vulnerable al lavado de dinero y financiamiento al

    terrorismo.

    Este índice no mide la existencia de la actividad de lavado de dinero y financiamiento

    del terrorismo en un país, sino que provee una base para valorar el nivel de riesgo, es decir, la

    probabilidad de que se produzcan actividades de lavado de dinero o financiamiento del

    terrorismo en una jurisdicción en función de su adhesión a los estándares internacionales.

    “El pasado 31 de julio 2017 se aprobó durante la reunión XXXV del Pleno de

    Representantes del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) el Informe de

    Evaluación Mutua de Nicaragua.

    El centro sin fines de lucro, especializado en la prevención de corrupción y gestión

    pública, gobierno corporativo y cumplimiento, antilavado de dinero, aplicación del derecho

    penal y la recuperación de activos, dio a Nicaragua un puntaje de 6.64, superior al 5.84 obtenido

    en la evaluación de 2016.

    En el índice las economías se ordenan de mayor a menor riesgo en el lavado de dinero y

    financiamiento al terrorismo. A medida que el puntaje de los países se aproxima a diez el riesgo

    es mayor, por ello este año Irán continuó encabezando el índice con 8.6 puntos, mientras que al

    otro extremo se encuentra Finlandia con 3.04 puntos (puesto 146).

    Nicaragua desmejoró su posición y puntaje pese a que en el índice 2017 se evaluaron tres

    economías menos con respecto al anterior cuando fueron 149. En Centroamérica solo Panamá

    —un desarrollado centro financiero y de movimiento de comercio mundial— se ubica por

    delante de Nicaragua. En América Latina y el Caribe, Nicaragua es el octavo país más

    https://index.baselgovernance.org/sites/index/documents/Basel_AML_Index_Report_2016.pdf

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    vulnerable a estas actividades ilícitas, siendo Paraguay (7.53), Haití (7.50) y Bolivia (7.17) las

    tres economías más riesgosas”.

    Referencia: www.laprensa.com.ni/2017/08/21/nacionales/2283328-tres-tipos-de-lavado-de-dinero-

    posibles-en-nicaragua

    2.9. Casos importantes relacionados con el lavado de dinero en Nicaragua

    La Hueca - Ex Presidente Arnoldo Alemán

    El ex presidente de Nicaragua, Arnoldo Alemán (1997-2002), fue condenado a 20 años

    de prisión por lavado de dinero, fraude, malversación de fondos públicos y corrupción, cargos

    que motivaron su pérdida de la condición de diputado y posterior arresto. En 2009 fue

    sobreseído de todos los cargos.

    Caso Fariñas – Empresario de espectáculos Henry Fariñas

    El empresario nicaragüense Henry Fariña, quien sobrevivió al ataque armado en el que

    murió el cantautor argentino Facundo Cabral, supuestamente ordenado por el

    costarricense Alejandro Jiménez, alias “El Palidejo”, en venganza por el robo de un cargamento

    de drogas.

    Fariña, quien promovía los espectáculos de Cabral en la región, fue arrestado el 30 de

    marzo de 2012 en el Aeropuerto Internacional de Managua y fue hallado culpable por transporte

    internacional de estupefacientes, crimen organizado y lavado de dinero, bienes o activos.

    Según la Fiscalía Nicaragüense, Fariña y “El Palidejo” lideraban una red internacional de

    narcotráfico que se encargaba de llevar de Costa Rica a Guatemala droga del grupo colombiano

    de Los Fresas, que tendría como destino final a la banda mexicana de Los Charros, ligada a la

    Familia Michoacana.

    El Ministerio Público también acusó a Fariña de lavar más de 30 millones de dólares en

    el período 2005-2012 a través de un club nocturno de elite que operaba en Managua.

    http://www.laprensa.com.ni/2017/08/21/nacionales/2283328-tres-tipos-de-lavado-de-dinero-posibles-en-nicaraguahttp://www.laprensa.com.ni/2017/08/21/nacionales/2283328-tres-tipos-de-lavado-de-dinero-posibles-en-nicaraguahttp://www.elnuevodiario.com.ni/internacionales/389523-imponen-mas-50-anos-asesinos-cabral/http://www.elnuevodiario.com.ni/internacionales/centroamerica/389481-condenan-palidejo-asesinato-facundo-cabral/http://www.elnuevodiario.com.ni/internacionales/centroamerica/389481-condenan-palidejo-asesinato-facundo-cabral/

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    Caso Televisa-Nicaragua

    En este caso se detuvieron a 18 mexicanos que viajaban en seis vehículos con logotipos

    de Televisa, en una garita fronteriza de Nicaragua, el grupo, que viajó desde México a Costa

    Rica y regresaba vía Nicaragua, se presentaron como periodistas y técnicos de la cadena

    mexicana televisa, fue detenido el 20 de agosto 2012, a bordo de los vehículos, la Policía

    Nacional nicaragüense encontró ocultos en compartimentos y maletas 9.2 millones de

    dólares en efectivo (que según la policía contenían restos de cocaína).

    Un tribunal nicaragüense los declaro culpables de los delitos de lavado de dinero, crimen

    organizado y tráfico internacional de estupefacientes a Raquel Alatorre, señalada como la

    cabecilla del grupo y a sus 17 acompañantes.

    Caso Sinibaldi, investigado por corrupción y lavado en Guatemala

    Recientemente se ha dado a conocer por medios escritos Nicaragüenses que en

    Guatemala se desarrolla un complejo juicio contra una supuesta red de corrupción liderada por

    Alejandro Sinibaldi, ex ministro de Transporte en ese país, quien creó sociedades de papel en

    Nicaragua presuntamente para lavar dinero; aquí el Juzgado Sexto Distrito Penal de Audiencia

    de Managua ordenó levantar el sigilo bancario para tres sociedades vinculadas al guatemalteco y

    para tres personas más.

    Además, ordenó la inmovilización de cuentas bancarias y otros productos financieros de

    estas sociedades, como medidas precautelares.

    Las sociedades investigadas son Arqco Outsourcing SA, Inversiones MJS SA y Don

    Nico, SA, todas creadas en Nicaragua; la primera en el 2006 y las dos últimas en el 2016, según

    datos del Registro Público Mercantil de Managua.

    http://www.laprensa.com.ni/tag/caso-sinibaldi

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    Referencia: www.laprensa.com.ni/2017/08/15/nacionales/2280024-nicaragua-entra-al-caso-sinibaldi-

    investigado-por-corrupcion-y-lavado-en-guatemala

    http://aristeguinoticias.com/2312/mexico/caso-televisa-nicaragua-trasladan-hoy-a-los-18-mexicanos/

    ACAPITE III

    LUCHA CONTRA EL LAVADO DE DINERO Y DEL FINANCIAMIENTO AL

    TERRORISMO

    3.1. Técnicas contra el lavado de dinero

    Son muchas las formas por medio de las cuales los países han buscado firmemente el

    medio de combatir el lavado de dinero. La creación de variadas organizaciones para luchar

    contra estas malas prácticas financieras, como por ejemplo el Gafisud, se han transformado en

    grandes avances para que las naciones se reúnan y pongan mano firme frente al lavado de dinero

    y muchos otros delitos fiscales que afectan a la sociedad.

    Además de las organizaciones nacidas en el mundo para batallar el lavado de dinero,

    también se han firmado tratados internacionales en los cuales el blanqueo de activos tiene

    protagonismo. Su objetivo no es otro que intentar supervisar todos aquellos fondos de

    procedencia sospechosa y aplicar muy fuertes sanciones económicas y penales a los implicados.

    Listas Negras

    Las listas negras o (black list) en inglés, son listas públicas que emiten organizaciones

    gubernamentales con nombres de individuos y/o compañías que han sido identificadas en el

    delito de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo. Las organizaciones que emiten una

    lista son:

    http://www.laprensa.com.ni/2017/08/15/nacionales/2280024-nicaragua-entra-al-caso-sinibaldi-investigado-por-corrupcion-y-lavado-en-guatemalahttp://www.laprensa.com.ni/2017/08/15/nacionales/2280024-nicaragua-entra-al-caso-sinibaldi-investigado-por-corrupcion-y-lavado-en-guatemalahttp://aristeguinoticias.com/2312/mexico/caso-televisa-nicaragua-trasladan-hoy-a-los-18-mexicanos/

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    OFAC (Office of Foreign Assets Control)

    BIS (Bureau of Industry and Security)8

    OFSI (Office of Financial Sanctions Implementation)

    Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)

    El G-7 (Grupo de los siete), grupo de países industrializados del mundo cuyo peso

    político, económico y militar es muy relevante a escala global, con el propósito de desarrollar

    políticas que ayuden a combatir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo creó en

    julio de 1989 una institución intergubernamental denominada Financial Action Task Force on

    Money Laundering (FATF), grupo de acción financiera en contra del lavado de dinero o

    también conocida por su nombre en francés como Groupe d'action financière sur le blanchiment

    de capitaux (GAFI).

    Este grupo recibió el mandato de elaborar recomendaciones sobre cómo mejorar la

    cooperación internacional en la lucha contra el lavado de activos. A principios de la década de

    los 90, el GAFI, teniendo como principal finalidad lograr un eficiente sistema de control para

    evitar el blanqueo de capitales presentó las 40 recomendaciones.

    Los miembros del GAFI, tienen el compromiso de respetar dichas recomendaciones y de

    someterse a evaluaciones permanentes que se llevan a cabo por el resto de los integrantes. El

    GAFI, a pesar de funcionar dentro del ámbito de la OCDE (Organización para la Cooperación y

    Desarrollo Económico) es un grupo ad hoc de carácter técnico sin dependencia funcional

    respecto de aquel, lo forman 36 miembros, dentro de los cuales pueden distinguirse países y

    organizaciones internacionales, como ser la Comisión Europea y el consejo de Cooperación del

    Golfo.

    Las cuarenta recomendaciones del GAFI

    Las 40 recomendaciones fueron diseñadas en 1990 como una iniciativa para combatir el

    mal uso del sistema financiero por los lavadores de dinero de la droga.

    https://es.wikipedia.org/wiki/OFAChttps://es.wikipedia.org/wiki/Lavado_de_dinero#cite_note-8

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    Rosa María Briceño Página 31

    En 1996, fueron revisadas por primera vez con el objeto de reflejar la evolución de las

    tipologías del lavado, a su vez endosadas por más de 130 países y se constituyen en el estándar

    internacional anti lavado.

    Un elemento clave en la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del

    terrorismo es la necesidad de que los sistemas de los países sean objeto de seguimiento y

    evaluación en contraste con estos estándares internacionales. Las evaluaciones mutuas

    conducidas por el GAFI y los grupos regionales GAFILAT, así como las evaluaciones

    conducidas por el FMI y el Banco Mundial, son un instrumento capital para asegurar que las

    recomendaciones del GAFI son efectivamente implementadas por todos los países.

    Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT)

    El Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) es una organización

    intergubernamental de base regional que agrupa a 16 países de América del Sur, Centroamérica

    y América de Norte para combatir el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, a través

    del compromiso de mejora continua de las políticas nacionales contra ambos temas y la

    profundización en los distintos mecanismos de cooperación entre los países miembros.

    Se creó formalmente el 8 de diciembre de 2000 en Cartagena de Indias, Colombia,

    mediante la firma del Memorando de Entendimiento constitutivo del grupo por los

    representantes de los gobiernos de nueve países: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia,

    Ecuador, Paraguay, Perú y Uruguay. Posteriormente se incorporaron como miembros plenos

    México (2006), Costa Rica, Panamá (2010), Cuba (2012), Guatemala, Honduras y Nicaragua

    (2013).

    GAFILAT es un grupo regional perteneciendo a la red internacional de organismos

    dedicándose a la prevención y al combate del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

    GAFILAT fue creado a semejanza del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)

    adhiriéndose a las 40 Recomendaciones del GAFI como estándar internacional más reconocido

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    Rosa María Briceño Página 32

    contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, y el desarrollo de Recomendaciones

    propias de mejora de las políticas nacionales para luchar contra estos delitos.

    La Organización de las Naciones Unidas (ONU)

    En 1998 la ONU realizó el primer gran acuerdo internacional para luchar contra el

    lavado de dinero en el cual se crearon los principios de una cooperación jurídica internacional

    en materia penal para el lavado de dinero. La gran mayoría de las organizaciones internacionales

    apoyan todo acuerdo para combatir el lavado de dinero a nivel mundial, éstas son:

    ONU (Organización De Las Naciones Unidas)

    OEA (Organización De Estados Americanos)

    UE (Unión Europea)

    OTAN (Organización Tratado Atlántico Norte)

    Consejo de Europa

    BM (Banco Mundial)

    FMI (Fondo Monetario Internacional)

    3.2. Países con casos históricos en la lucha contra el lavado de dinero.

    Si tomamos algunos países de América, existen acuerdos multilaterales para la

    prevención y combate del lavado de dinero por ejemplo:

    En Chile mediante la ley número 19.913 de 2003, se creó la Unidad de Análisis

    Financiero, cuyo rol es prevenir e impedir la utilización del sistema financiero para la comisión

    del delito de lavado de activos y financiamiento al terrorismo.

    En Argentina la lucha contra el lavado de dinero es realizada a través de Unidad de

    Investigación Financiera.

    En Estados Unidos se expidió en el año de 1986, la Ley de Control de Lavado de Dinero,

    la cual tipifico el delito, sancionándolo hasta con 20 años de prisión.

    https://es.wikipedia.org/wiki/ONUhttps://es.wikipedia.org/wiki/OEAhttps://es.wikipedia.org/wiki/UEhttps://es.wikipedia.org/wiki/OTANhttps://es.wikipedia.org/wiki/BMhttps://es.wikipedia.org/wiki/FMI

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    En Colombia se dio lugar a un compromiso de cooperación para la prevención y

    represión del lavado de dinero, el cual fuera consecuencia de cualquier actividad contra la ley

    entre el Gobierno de la República del Paraguay y el Gobierno de la República de Colombia. Las

    Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, deben implementar un

    Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo,

    denominado SARLAFT, de acuerdo a lo estipulado en el Capítulo Undécimo de la Circular

    Básica Jurídica 007 de 1996.

    A su vez, la Superintendencia de Sociedades, de acuerdo a la circular 100-00005 del 14

    de Junio de 2014, obliga a las empresas que como mínimo obtengan ingresos brutos por un

    monto igual o superior a los 160,000 salarios brutos deben implementar un "Sistema de

    Autocontrol y Gestión del Riesgo de lavado de Activos y Financiación del Terrorismo"

    (SAGRLAFT).

    En Paraguay también se firmó un acuerdo en conjunto con Estados Unidos para

    auxiliarse en la prevención del lavado de dinero derivado del narcotráfico y en la ayuda mutua.

    En Panamá se establece el Convenio centroamericano para la prevención y la represión

    de los delitos de lavado de dinero relacionados con el narcotráfico y los delitos derivados.

    En República Dominicana tuvo lugar el convenio entre Centroamérica y República

    Dominicana para el combate contra el lavado de dinero y los delitos que derivan de éste.

    Países como Italia y España están en constante lucha contra este problema.

    El 2003 la Asamblea General de las Naciones Unidas ratificó el primer tratado mundial

    contra la corrupción en el cual indica que todo dinero obtenido por medio del delito de lavado

    de dinero y sus derivados sea devuelto a los países de donde fueron sustraídos. A este tratado lo

    llamaron Convención contra la Corrupción, el cual propone penas a delitos como el soborno,

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    Rosa María Briceño Página 34

    lavado de dinero y malversación de fondos públicos. Este acuerdo es un arma favorable

    internacionalmente para combatir el lavado de dinero y los delitos que proceden de ello.

    El 2005 en México se firmó un tratado de asistencia jurídica con el Gobierno de Suiza

    para acelerar la obtención de información financiera en las investigaciones puestas en marcha

    por el ilícito de lavado de dinero. El 11 de octubre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la

    Federación la Ley Federal de Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de

    Procedencia Ilícita, el cual entró en vigor el 12 de julio de 2013.

    La comunidad internacional ha resaltado su preocupación frente al tema del lavado de

    dinero a través de:

    La Convención de Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y

    Sustancias Controladas, la cual es más conocida en el mundo entero como la Convención de

    Viena, donde se elaboraron recomendaciones para la fuerte lucha contra el lavado de dinero en

    el mundo entero.

    El Convenio del Consejo de Europa relativo al lavado de dinero, identificación, embargo

    y confiscación de los productos del delito, más popularmente conocido como el Convenio de

    Estrasburgo, en el cual se establece la cooperación entre los países suscritos al tratado de

    apoyarse en las investigaciones y procedimientos judiciales en cuanto al lavado de dinero.

    La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada

    Transnacional, la cual se inició en el 2000 y en la cual los Estados miembros deberán considerar

    ciertas acciones como delitos graves, dentro de ellas encontramos como ilícito la participación

    en ilegalidades como el lavado de dinero y uno de los puntos más importantes acordados en este

    pacto fue que por primera vez las empresas pasan a formar parte de un proceso judicial y pueden

    ser afectadas con fuertes castigos económicos en el caso que se vean envueltas en alguna

    situación de lavado de dinero.

    Recuperado: es.wikipedia.org/wiki/Lavado_de_dinero

    https://es.wikipedia.org/wik