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U nidad de D esarrollo A dministrativo 2015 Proyecto UDA

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Unidad de DesarrolloAdministrativo

2015ProyectoUDA

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CONTENIDO

I.- INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………………………… 3

II.- FUNDAMENTO LEGAL……………………………………………………………….………… 3

III.- PRESENTACIÓN DE PROYECTO UDA……………………………………..................... 14

1.- PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE LA REESTRUCTURACIÓN Y

MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA……………………...................................... 14

2.- SISTEMATIZACIÓN DEL PROCESO DE ENTREGA-RECEPCIÓN………... 16

3.- MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y DESARROLLO DE

SISTEMAS DE INFORMACIÓN…………………………………..…………………………

19

4.- MEJORA Y ACTUALIZACIÓN NORMATIVA…………………………………….. 27

5.- DESARROLLO ORGANIZACIONAL…………………………..……….................... 33

IV.- ESTRUCTURA ORGÁNICA REQUERIDA………………………………………………... 37

V.- EXPEDIENTE TÉCNICO……………………………………………….………………………… 38

VI.- CRÉDITOS…………………………………………………………………………………………… 39

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I. INTRODUCCIÓN

Nayarit está viviendo el inicio del cambio constitucional de gobierno que hoy

encabeza el Gobernador Constitucional del Estado Roberto Sandoval Castañeda, joven

entusiasta y progresista con una visión moderna y globalizadora que es necesario

incorporar al Estado, dentro de los cambios innovadores y modernos en la forma de

administrar las políticas públicas en todas sus vertientes, tomando como base el éxito,

conocimiento y experiencias desarrolladas con gran éxito en otras Entidades

Federativas del país, en el Distrito Federal y en el Gobierno Federal a nivel nacional y

algunos aspectos interesantes a nivel internacional.

La Secretaría de la Contraloría General en forma coordinada con la Secretaría de

Administración y Finanzas, la Secretaría General de Gobierno y la Secretaría de

Planeación, Programación y Presupuesto, tienen el enorme compromiso y

responsabilidad gubernamental, de coordinar, establecer y fijar las directrices del

desarrollo administrativo integral, el cual considera crear y actualizar de manera

constante, el marco normativo, jurídico-administrativo, que rige la atención del

despacho de los asuntos a su cuidado, así como generar los procesos de mejora

continua en la entrega oportuna de los trámites y servicios que la ciudadanía demanda

en el ámbito económico, educativo, social, administrativo y de transparencia,

adicionándole como valor agregado el uso de la tecnología. Asimismo, se exige contar

con normas internas claras y precisas para el manejo, guarda y custodia de los

recursos públicos que se reciben en nuestro estado y que deben ser administrados con

altos niveles de eficiencia, eficacia, productividad, rentabilidad y optimización.

En este contexto, se requiere la participación irrestricta de todas y cada una de las

Dependencias y Entidades que conforman la Administración Pública Estatal, principal

interesada en organizarse y ordenar en forma sistemática todos los instrumentos y

herramientas administrativas útiles y necesarias para el funcionamiento satisfactorio

de su quehacer público, a los ojos de una ciudadanía participativa.

La razón principal del programa, es precisamente fijar las directrices del rumbo

institucional que debe seguirse, para que en el corto y mediano plazo, la

Administración Pública Estatal cumpla el objetivo gubernamental de sentar bases y

cimientos sólidos en materia de normatividad jurídica y administrativa,

reestructuración de la misma, incorporación de metodologías, procesos y

procedimientos apoyados en la tecnología y en medidas claras de innovación de

técnicas de atención directa e inmediata a las necesidades de la ciudadanía en la

reciprocidad gobierno-sociedad, Unidos en un solo fin, el bienestar común.

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II. FUNDAMENTO LEGAL

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, publicada el 21 de

diciembre del 2000.

Artículo 19.- (Reforma y adiciones 25 Marzo de 2012).- Al frente de cada

dependencia o entidad habrá un titular quien, para el despacho de los asuntos de su

competencia, se auxiliará de las Subsecretarías, Direcciones Generales, Direcciones de

Área, Jefaturas de Departamento, Coordinaciones y demás servidores públicos

previstos en los decretos, acuerdos, reglamentos o manuales de organización

respectivos con base en el presupuesto de egresos autorizados;

Artículo 24.- El gobernador del estado expedirá los reglamentos interiores, acuerdos,

circulares, órdenes y otras disposiciones que tiendan a regular el funcionamiento de

las dependencias. Los titulares de cada dependencia expedirán los manuales

administrativos correspondientes, los cuales para su validez y observancia, deberán

publicarse en el Periódico Oficial del Estado.

En el reglamento interior de cada una de las dependencias, se determinarán las

atribuciones de las unidades administrativas.

Los manuales y programas de trabajo de cada una de las dependencias, incluidos los

reportes de avance, deberán mantenerse permanentemente actualizados.

Artículo 30.- (Reforma y adiciones 25 Marzo de 2012) Sin detrimento de las

atribuciones que correspondan a las diferentes dependencias, cada uno de sus

titulares tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

Fracción I. Acordar con el Gobernador del Estado el despacho de los asuntos

encomendados a las dependencias a su cargo y los del sector que le corresponda

coordinar, así como recibir en acuerdo a los servidores públicos que les estén

subordinados conforme a los reglamentos interiores, manuales administrativos

circulares vigentes;

Artículo 32.- (Reforma y adiciones 25 Marzo de 2012) A la Secretaría General de

Gobierno competen, además de las atribuciones que le señala la Constitución Política

del Estado Libre y Soberano de Nayarit, las siguientes:

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Fracción XIV. Vigilar que se publiquen las leyes y decretos que expida el Congreso del

Estado y en su caso, los decretos administrativos, reglamentos y acuerdos expedidos

por el Gobernador del Estado.

Artículo 33 (Reforma y adiciones 25 Marzo de 2012).- A la Secretaría de

Administración y Finanzas, además de sus atribuciones constitucionales las

siguientes:

Fracciones:

XIII. Elaborar conjuntamente con la Secretaría de la Contraloría General la

normatividad para regular el ejercicio de los ingresos y egresos del estado y la

implementación de los procedimientos de modernización, reestructuración o

simplificación administrativa, así como lo referente;

LXX. Establecer en coordinación con la Secretaría de la Contraloría General las

normas, lineamientos y controles para la entrega y recepción de las dependencias y

entidades de la Administración Pública Estatal, los cuales deberán considerarse

invariablemente el levantamiento de inventarios;

LXXIII. Elaborar con el concurso de las demás dependencias del Ejecutivo, los

manuales administrativos de las mismas y auxiliar en la formulación de los

anteproyectos de sus reglamentos interiores;

Artículo 37.- A la Secretaría de la Contraloría General le corresponde las siguientes

atribuciones:

Fracciones:

I. Planear, programar, organizar y coordinar el sistema de control, evaluación,

vigilancia, responsabilidad administrativa y registro patrimonial de los servidores

públicos de la Administración Pública Centralizada y Paraestatal;

V. Expedir las normas, políticas y procedimientos generales que en materia de

control, evaluación y desarrollo administrativo, que deberán observar las

dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal en el desarrollo y

cumplimiento de sus atribuciones en coordinación con la Secretaría de

Administración y Finanzas y Secretaria de Planeación, Programación y Presupuesto;

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VI. Solicitar a las dependencias o entidades de la Administración Pública Estatal, la

instrumentación de normas, políticas y procedimientos que aseguren el control y

eficiencia de las actividades encomendadas;

VII. Organizar, coordinar y promover el desarrollo administrativo integral de la

Administración Pública Estatal, a fin de que los recursos humanos, patrimoniales y los

procedimientos técnicos de las mismas, sean aprovechados y aplicados con criterios

de eficiencia, austeridad y racionalidad, buscando en todo momento la eficacia,

descentralización, desconcentración y simplificación administrativa. Para ello podrá

realizar o encomendar las investigaciones, estudios y análisis necesarios sobre estas

materias, y dictar las disposiciones administrativas que sean necesarias al efecto,

tanto para las dependencias como para las entidades de la Administración Pública

Estatal;

VIII. Implementar los procedimientos de modernización, reestructuración o

simplificación administrativa en coordinación con la Secretaría de Administración y

Finanzas;

XIV. Coordinarse con las dependencias federales en los casos en que sea necesario,

para el cumplimiento de las funciones de esta Secretaría;

XVI. Proporcionar a solicitud de los ayuntamientos del estado, apoyo técnico y

jurídico, en materia de control, evaluación y desarrollo administrativo.

XVIII. Vigilar y supervisar el cumplimiento de las normas de control y fiscalización, así

como asesorar y apoyar a las unidades de control interno de las dependencias y

entidades de la Administración Pública Estatal;

XXIII. Establecer en coordinación con la Secretaría de Administración y Finanzas las

normas, lineamientos y controles para la entrega recepción de las dependencias y

entidades de la Administración Pública Estatal, los cuales deberán considerar

invariablemente el levantamiento de inventarios;

XXX. Establecer y dictar las bases generales para la realización de auditorías e

inspecciones en las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, así

como realizar las que sean necesarias en substitución o suplencia de sus órganos de

control interno;

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XXXI. Establecer las normas y lineamientos respecto a los procedimientos que las

dependencias y entidades deben cumplir para la solventación de los resultados

obtenidos con motivo de la fiscalización que les sea practicada;

XXXIII. Elaborar conjuntamente con la Secretaría de Administración y Finanzas, la

normatividad requerida para regular el ejercicio de los ingresos y egresos del estado,

así como lo referente a la contabilidad y control en materia de programación,

presupuestación, administración de recursos humanos, materiales financieros,

contratación de deuda, manejo de fondos y custodia de documentos que constituyen

valores, acciones y derechos que formen parte del patrimonio de la Administración

Pública Estatal;

XXXIV. Coordinarse con el Órgano de Fiscalización Superior del Estado, para el

establecimiento de los procedimientos necesarios que permitan a ambas instancias el

cumplimiento de sus respectivas responsabilidades;

Reglamento interno de la Secretaría de Administración y Finanzas de fecha

21 de Septiembre de 2011.

Artículo 6º.- El Secretario, además de las funciones y atribuciones que la Constitución

Política del Estado y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo le asigna, tendrá las

siguientes atribuciones:

Fracciones:

XXII. Establecer en coordinación con la Secretaría de la Contraloría General las

normas, lineamientos y controles para la entrega y recepción de las dependencias y

entidades de la Administración Pública Estatal, los cuales deberán considerar

invariablemente el levantamiento de inventarios, así como la normatividad en materia

de administración de recursos humanos y materiales;

XXIX. Elaborar conjuntamente con la Secretaría de la Contraloría General la

normatividad para regular el ejercicio del ingreso del Estado y su control;

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Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría General del Estado de

Nayarit de fecha 24 de Julio de 2010.

Artículo 7º.- El Secretario, además de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica

y otras disposiciones legales con carácter de indelegables, tendrá las siguientes:

Fracciones

I. Planear, organizar, coordinar y evaluar las políticas estatales en materia de control

interno de la Administración Pública y establecer las bases del Sistema;

II. Someter al acuerdo del Gobernador, aquellos asuntos que por su importancia,

trascendencia y relevancia deban ser de su previo conocimiento;

III. Autorizar los proyectos, convenios y programas especiales que se requieran para

combatir los actos de corrupción y elevar los niveles de desarrollo administrativo

integral designando las unidades administrativas y servidores públicos responsables

de la ejecución y acciones de los mismos, con la participación que corresponda en lo

general a la Administración Pública y en lo especial a las dependencias responsables

de la seguridad pública y procuración de justicia;

IV. Emitir las disposiciones, reglas y bases de carácter general, normas, lineamientos y

políticas en el ejercicio de las atribuciones que conforme a las leyes competen a la

Secretaría;

V. Expedir coordinadamente con el titular de la dependencia competente las normas,

políticas y procedimientos generales que en materia de control, evaluación y

desarrollo administrativo deberá observar la Administración Pública en el

cumplimiento de sus atribuciones y funciones;

VI. Coordinar el seguimiento a los acuerdos, convenios y programas que suscriba el

Gobernador con otros poderes y ámbitos de gobierno en materia de control,

evaluación y desarrollo administrativo;

VII. Aprobar la organización y funcionamiento de la Secretaría y autorizar las

modificaciones internas de las distintas unidades administrativas a que se refiere este

Reglamento;

XVI. Coordinarse con el titular del Órgano de Fiscalización Superior del Estado, para el

establecimiento de los procedimientos necesarios que permitan a ambas instancias el

mejor cumplimiento de sus respectivas atribuciones;

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XX. Requerir, de ser necesario, de las dependencias competentes y de las entidades, la

instrumentación de procedimientos complementarios para el ejercicio de sus

facultades que aseguren su control;

XXIII. Establecer los lineamientos y políticas que orienten las acciones de

coordinación de la Secretaría con las instancias de fiscalización superior federal y

estatal y con la dependencia federal responsable del control interno, con la finalidad

de dar mejor cumplimiento a sus respectivas responsabilidades;

XXV. Establecer los procedimientos para llevar a cabo la vigilancia de que la

Administración Pública dé cumplimiento a las disposiciones legales, reglamentarias y

complementarias en materia de transparencia y acceso a la información pública en

términos de la ley especial, su reglamento y demás disposiciones aplicables;

Artículo 26.- La Unidad de Desarrollo Administrativo, tendrá las siguientes

atribuciones:

Fracciones

I. Planear, organizar, promover y evaluar el desarrollo administrativo integral de la

administración pública, en coordinación con la dependencia competente;

II. Revisar los anteproyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y

demás disposiciones jurídicas o administrativas que formen parte de la competencia

de la Secretaría en coordinación con la Dirección General de Responsabilidades;

III. Asesorar, previa solicitud, a la Administración Pública, Municipios y servidores

públicos en aspectos normativos, organizacionales, innovaciones tecnológicas y

profesionalización;

IV. Emitir las guías para elaborar los documentos normativos pertinentes a las

estructuras reglamentarias y organizacionales y de otro tipo que en su momento sean

pertinentes;

V. Revisar las propuestas de reglamentos, estructuras organizacionales y

ocupacionales, manuales administrativos y operativos que requiera la Administración

Pública y someta a la consideración y autorización de las dependencias facultadas

para ello en el ámbito de su competencia;

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VI. Proponer y dar seguimiento a los acuerdos, convenios y programas que suscriba el

Gobernador del Estado con otros poderes y ámbitos de gobierno, en materia de

desarrollo administrativo;

VII. Dar seguimiento a los programas de desarrollo administrativo de la

Administración Pública a través de la realización de estudios de medición de

resultados de sus objetivos y del desempeño de sus unidades administrativas;

VIII. Promover las medidas y acciones que conduzcan al incremento de la

productividad en la Administración Pública y estimulen la capacitación y vocación de

servicio de los servidores públicos, a efecto de que su desempeño sea con altos grados

de eficiencia y calidad de servicio;

IX. Promover la implementación de procedimientos de modernización,

reestructuración, simplificación administrativa y automatización de procesos,

coordinándose para ese fin con las dependencias competentes;

X. Asesorar en materia de desarrollo administrativo a la Administración Pública en

especial a las que tengan mayor interacción con la ciudadanía, así como a los

municipios que lo soliciten;

XI. Proponer al Secretario los lineamientos en materia de diseño de sistemas con

sujeción a las políticas y normas técnicas que establezca la autoridad competente, a

efecto de armonizar el desarrollo informático al interior de la misma y su

comunicación con el resto de las dependencias y entidades de la Administración

Pública;

XII. Aportar elementos de juicio para el control y seguimiento de los objetivos y

prioridades del Plan Estatal de Desarrollo y los programas correspondientes;

XIII. Concentrar y analizar la información estadística de la Secretaría necesaria para la

presentación de informes oficiales y general de gobierno;

XIV. Concentrar y analizar la información estadística requerida para la evaluación de

los programas, objetivos, metas y desempeño de conformidad a la normativa

establecida por la dependencia responsable de darle seguimiento al Plan Estatal de

Desarrollo;

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XV. Promover y diseñar programas y sistemas útiles como herramientas de apoyo a la

realización de las actividades que por su naturaleza requieren agilidad y

simplificación administrativa;

XVI. Elaborar y actualizar los manuales de organización, de sistemas, de

procedimientos y de servicios que se requieran, para el buen funcionamiento de la

Secretaría;

XVII. Compilar toda la normatividad estatal, federal y municipal que se aplique en la

Administración Pública así como formar parte de los grupos de trabajo que se

integren para el estudio y análisis de aquellas normas que han quedado rezagadas u

obsoletas y proponer su destino legal, y

XVIII. Las demás que le confiera el Secretario, las que señalen las disposiciones legales

y reglamentarias relativas, así como las que competen a las unidades administrativas

que se le hubieren adscrito.

Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nayarit.

La presente ley es de orden público e interés general; es obligatoria para el régimen

interior del estado de Nayarit y tiene por objeto garantizar a cualquier persona el

efectivo acceso a la información pública y la protección de los datos personales en

posesión de los entes públicos estatales y municipales, así como transparentar el

ejercicio de la función pública.

Aprobada: El día 18 de diciembre de 2007.

Publicada: El día 22 de diciembre de 2007.

Puesta en vigencia: El día 1 de enero de 2008.

Última reforma 16 de Diciembre de 2013

Artículo 8°.- Los sujetos obligados en materia de transparencia y acceso a la

información tienen las siguientes obligaciones:

2. Constituir y mantener actualizados el sistema de archivo y gestión documental.

12. Establecer las medidas necesarias para la protección de archivos y sistemas de

archivos, a fin de evitar su alteración, pérdida, tratamiento, modificación, afectación o

acceso no autorizado, ya sea que los riesgos provengan de la acción humana, de

hechos de la naturaleza o de medios técnicos utilizados.

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Artículo 26.- Los sujetos obligados deberán preservar los documentos en archivos

administrativos, organizados y actualizados de conformidad con las disposiciones de

este capítulo y la ley de la materia.

Los entes públicos adoptarán medidas apropiadas para proteger los ficheros contra

los riesgos naturales, como la pérdida accidental o la destrucción por siniestro, y

contra los riesgos humanos, como el acceso sin autorización, la utilización encubierta

de datos o la contaminación por virus informáticos.

Artículo 28.- Los sujetos obligados elaborarán los instrumentos de control y consulta

que permitan la correcta y adecuada organización, descripción, localización y

conservación de documentos, que incluyan al menos:

1. El cuadro general de clasificación archivística;

2. El catálogo de disposición documental, y

3. Los inventarios documentales, tanto general, de transferencia y de baja.

Artículo 29.- Corresponderá a los órganos de control estatal y municipal, establecer

los lineamientos específicos en materia de organización de archivos administrativos

que no tengan el carácter de históricos. Las disposiciones deberán tomar en

consideración las normas archivísticas internacionalmente reconocidas y contener al

menos los tres siguientes niveles: fondo, sección y serie documental, sin perjuicio de

que existan niveles intermedios según se requiera.

Capítulo II

El Comité de Información

Artículo 35.- El Comité es el órgano que se integra al interior del ente público con el

fin de analizar, discutir y resolver colegiadamente sobre la organización y clasificación

de la información pública. Se compone por, cuando menos, el titular del órgano

interno de control, el titular de la Unidad de Enlace y un servidor público designado

por el titular del ente público.

Cada Comité debe registrarse ante el Instituto.

Cuando un ente público del Poder Ejecutivo no cuente con órgano interno de control,

la Secretaría de la Contraloría General designará al servidor público que integre el

Comité, de entre algún funcionario del ente público. En caso de que no existan

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recursos humanos suficientes, adscritos al ente público, la Secretaría de la Contraloría

hará la designación, directamente, de entre su personal.

Los Comités de Información podrán integrar a los servidores públicos que consideren

necesarios para asesoría y apoyo en sus funciones, quienes asistirán a las sesiones con

voz pero sin voto.

Cada Comité, atendiendo a las funciones propias del ente público, establecerá los

criterios para su funcionamiento, sesionará cuando menos cada mes y dictará sus

acuerdos por unanimidad o mayoría de votos.

Los poderes Legislativo y Judicial, los Ayuntamientos, órganos autónomos y demás

entes públicos contemplados por la ley, dictarán los acuerdos para la integración y

funcionamiento de los Comités de Información.

Los acuerdos y cambios que realicen los entes públicos respecto a los servidores

públicos integrantes de las unidades de enlace o de los Comités, deberán publicarse en

su sitio de Internet dentro de los diez días hábiles siguientes a que se efectúen.

Artículo 47.- En general, el Instituto tendrá las atribuciones que le confieren esta ley

y en particular las siguientes:

Numeral

3. En materia normativa:

c) Implementar las medidas necesarias para la sistematización y la protección de los

archivos administrativos en poder de las entidades obligadas;

d) Establecer los lineamientos técnicos a efecto de determinar la forma de

clasificación, desclasificación, resguardo, conservación y protección de los archivos.

Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del

Estado de Nayarit (Publicado el 07 de Mayo de 2008)

Artículo 47. Los titulares de las entidades públicas considerados sujetos de la Ley, en

coordinación con la Comisión, expedirán los lineamientos que contengan los criterios

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para la organización, conservación y adecuado funcionamiento de los archivos de las

entidades. Tales criterios se ajustarán a las disposiciones legales aplicables.

Artículo 49. Todo documento en posesión de las entidades públicas formará parte de

un sistema de archivos de conformidad con los lineamientos y criterios a que se

refiere este capítulo; dicho sistema incluirá al menos, los procesos para el registro o

captura, la descripción desde el grupo general, subgrupo y expediente, archivo,

preservación, uso y disposición final, entre otros que resulten relevantes.

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III. PRESENTACIÓN PROYECTO UDA

1. Programa de Consolidación de la Reestructuración y Modernización

Administrativa

Coordinación

Interna:

Director de la Unidad de Desarrollo Administrativo / Director de la Coordinación de

Comisarios Públicos / Director General de Control y Auditoría Gubernamental

(Coordinación y conjunción de esfuerzos).

Director de la Unidad de Desarrollo Administrativo / Jefes de Departamento de

Normatividad, Desarrollo Organizacional y Modernización Administrativa.

(Seguimiento e informes de avances respectivamente).

Jefes de Departamento de Normatividad, Desarrollo Organizacional y Modernización

Administrativa / Analistas de Normatividad, Desarrollo Organizacional y

Modernización Administrativa (Seguimiento e informes de avances respectivamente).

Externa:

Secretaría de Administración y Finanzas / Subsecretaría de Asuntos Jurídicos de la

Secretaría General de Gobierno / Unidad de Desarrollo Administrativo (seguimiento

de avances de Dependencias y Entidades).

Unidad de Desarrollo Administrativo / Dependencias y Entidades de la

Administración Pública Estatal (desarrollo de acciones de seguimiento).

Objetivo:

Organizar, coordinar y promover acciones que impulsen el desarrollo integral de la

Administración Pública Estatal, a fin de que los recursos humanos, materiales y

financieros, sean aprovechados y aplicados con criterios de eficiencia, austeridad y

racionalidad, buscando la modernización, transparencia y simplificación

administrativa.

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Situación Actual

La Administración Pública Estatal del Gobierno del Estado de Nayarit, exige de un

desarrollo administrativo permanente e innovador que le permita cumplir con

oportunidad y transparencia, las demandas ciudadanas en la entrega y prestación de

los servicios públicos que la Constitución Federal, Local, y las disposiciones legales,

reglamentarias y administrativas, exigen al Estado otorgarle; lo que representa

construir e implementar el Sistema de Modernización y Simplificación Administrativa,

que sea acorde al propósito del C. Gobernador Constitucional del Estado, C. Roberto

Sandoval Castañeda, reflejado en sus políticas públicas de gobierno, enfocadas a

elevar sustancialmente los niveles de calidad, desarrollo social y económico de

nuestro Estado.

La Secretaría de la Contraloría General del Estado, es la dependencia responsable del

Sistema de Control y Evaluación del Ejercicio del Gasto Público y la Función Pública; lo

que la autoriza para llevar a cabo todas y cada una de las acciones necesarias

encaminadas a determinar y fijar las bases de control preventivo, control intermedio y

control correctivo; situación que nos lleva a ejecutar en forma específica, el

“PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE LA REESTRUCTURACIÓN Y

MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA”, como parte del control preventivo, y que

consiste, precisamente en establecer las acciones y actividades técnicas y

administrativas que propicien que las Dependencias y Entidades de la Administración

Pública Estatal, cuenten con los instrumentos y herramientas susceptibles de brindar

el soporte administrativo de responder con calidad y calidez a los requerimientos

ciudadanos, con innovaciones tecnológicas, normatividad ágil, clara, precisa, con

trámites y procedimientos accesibles y fáciles de realizar por cualquier interesado;

procurando en todo momento, evitar cargas innecesarias de información,

documentos, gastos, etc. a la sociedad.

Dentro de este Programa, se contempla la coordinación intersecretarial de la

Secretaría General de Gobierno, Secretaría de Planeación, Programación y

Presupuesto y la Secretaría de Administración y Finanzas, a quienes la Ley Orgánica

del Poder Ejecutivo les confiere competencia y atribuciones en aspectos importantes

que se consideran en este instrumento.

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2. Sistematización del proceso de Entrega - Recepción.

Coordinación:

Interna:

Director de la Unidad de Desarrollo Administrativo / Jefes de Depto. de Normatividad,

Desarrollo Organizacional y Modernización Administrativa (Transmisión de

directrices e informe de avances respectivamente).

Jefe de Depto. de Normatividad / Jefe de Depto. de Desarrollo Organizacional / Jefe de

Depto. de Modernización Administrativa (Coordinación para la realización de acciones

de simplificación que correspondan de acuerdo a la competencia de cada

departamento).

Jefe de Depto. de Desarrollo Organizacional /Jefe de Depto. de Modernización

Administrativa (Implementación de medios de difusión de la información).

Jefe de Depto. Desarrollo Organizacional / Analistas de Desarrollo Organizacional

(Transmisión directrices de ejecución del proyecto e informe de avances).

Externa:

Director de la Unidad de Desarrollo Administrativo, Jefe de Depto. de Modernización

Administrativa y Analistas / Titulares de Dependencias y Entidades, Enlaces

designados por Dependencias y Entidades (Colaboración mutua en la ejecución del

proyecto).

Jefe de Depto. de Modernización Administrativa / Enlaces de Dependencias y

Entidades (Capacitación en lineamientos y metodología).

Objetivo:

Modernizar y simplificar el proceso de entrega recepción, concentrando en una base

de datos la información requerida en dicho proceso para ser utilizado a través de

internet o intranet el cual permite el acceso desde cualquier área de trabajo

obteniendo los datos de manera oportuna para informar y validar dando

cumplimiento al programa de Entrega-Recepción.

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Problemática:

Derivado de las exigencias de innovación y simplificación administrativa que nos

exige la actualidad, se está analizando el proceso de Entrega-Recepción, ya que se

recibe información desactualizada y confusa en dicho proceso, mismo que como

consecuencia provoca un rezago importante, por lo que es necesario tomar acciones

que agilicen los procedimientos en estos y que sistematizándolos se obtendrá la

reducción de tiempos y costos en su realización.

Metas:

Concentrar en una base de datos la información referente al proceso de

Entrega-Recepción (Modernización).

Verificar que las Dependencias y Entidades actualicen la información

correspondiente a dicho proceso.

Coadyuvar en la simplificación del proceso de Entrega-Recepción.

Involucrar a las Dependencias y Entidades para que participen de manera

efectiva y dinámica en el desarrollo de dicho proceso.

Dar mantenimiento al medio de acceso a la información elemental respecto de

las Dependencias y Entidades (Modernización).

Beneficios:

Lograr modernizar el proceso Entrega-Recepción logrando con esto un mejor

aprovechamiento de los recursos y el tiempo ya que agilizaría dicho proceso.

Atender los lineamientos del Plan Estatal de Desarrollo 2011 – 2017 en materia

de “Desarrollo Administrativo”.

Cumplir con las atribuciones conferidas a la Secretaría de la Contraloría

General en materia de Desarrollo Administrativo.

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Automatización de la información que permitirá su fácil acceso por parte de la

Administración entrante (Modernización).

Fortalecer las acciones para lograr cumplir con los objetivos del Desarrollo

Administrativo.

Ofrecer procesos simplificados que reduzcan tiempos y costos en su

realización.

Estrategias:

Actualizar el medio electrónico que ha sido implementado para transmitir la

información básica, sobre el proceso Entrega-Recepción por las Dependencias y

Entidades de la Administración Pública Estatal, eficientando así los tiempos de

respuestas, obteniendo la agilización de dicho proceso.

Acciones Estratégicas:

Desarrollar un sistema informático con un diseño, claro y práctico para la

presentación de la Información contenida en el proceso Entrega-Recepción de

la Administración Pública Estatal (Modernización).

Integrar la totalidad de la información contenida en el proceso Entrega-

Recepción (Modernización).

Alta en Internet de la información referente al proceso de Entrega-Recepción,

de la Administración Pública Estatal (Modernización).

Difundir entre la Administración Pública la vía de acceso a la información y los

beneficios de su uso (Modernización).

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3. Modernización Administrativa y Desarrollo de Sistemas de Información.

Coordinación:

Interna:

Director de la Unidad de Desarrollo Administrativo / Departamento de

Modernización Administrativa (Transmisión de directrices, análisis de nuevos

proyectos, informe de avances).

Director de la Unidad de Desarrollo Administrativo / Departamento de

Modernización Administrativa / Directores Generales y de área de la

Contraloría (Implementación de medios de difusión de la información).

Departamento de Modernización Administrativa / Analista (Transmisión de

avances y directrices de ejecución del proyecto).

Director de la Unidad de Desarrollo Administrativo / Departamento de

Modernización Administrativa / Directora de la Coordinación Administrativa /

Jefe del Departamento de Informática (Coordinación en el análisis, desarrollo e

implementación de los sistemas de información internos).

Externa:

Director de la Unidad de Desarrollo Administrativo / Departamento de

Modernización Administrativa /Enlaces de las Dependencias y Entidades

(colaboración en el análisis, desarrollo e implementación de los Sistemas de

Información).

Objetivo:

Proveer de herramientas informáticas a los usuarios, para lograr la modernización y

optimización de los procesos que coadyuven al avance significativo, en la

simplificación y mejoras administrativas para dar un mejor servicio a la ciudadanía.

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Problemática:

La Secretaría de la Contraloría cuenta actualmente con Sistemas que brindan servicios

a través de Internet a servidores públicos y a la ciudadanía, tales como: Sistema

DECLARANAY, Sistema de Expedientes de Responsabilidades, Sistema de Evaluación

de Control Interno (SECI), Quejas y Denuncias, Sistema de Trámites y Servicios,

Sistema de Transparencia, así como el sitio oficial de la Secretaría de la Contraloría

General y de las Dependencias y Entidades que así lo solicitan, como el sitio web de

FONAY, ya que algunas Dependencias o Entidades no cuentan con los recursos

humanos, materiales y financieros suficientes para el desarrollo de sistemas de

información, que contribuyan a mejorar el desempeño de las funciones de la

administración pública.

Los sistemas y sitios Web mencionados anteriormente requieren de constantes

actualizaciones, mantenimiento y mejoras para brindar un mejor servicio a los

usuarios.

Portal de Trámites y Servicios Gubernamentales

(www.tramites.nayarit.gob.mx)

Este portal está enfocado plenamente a los requerimientos de información de los

ciudadanos, se facilitará en gran medida la relación pueblo-gobierno, ya que se

presenta una guía informativa (paso a paso) sobre los trámites de todas las

Dependencias y Entidades del Estado, así como información de la persona responsable

de dicho trámite.

Portal de Transparencia del Gobierno del Estado de Nayarit

(www.transparencia.nayarit.gob.mx)

Este portal cumple con la obligación de poner a disposición y libre acceso, la

Información referente al Artículo 10 de la Ley de Transparencia que generan las

Dependencias y Entidades que conforman al Gobierno del Estado de Nayarit.

La Transparencia. Es la facultad del Estado para determina, exhibir u ofrecer

información sobre su funcionamiento, a efecto de someterse al escrutinio público,

siendo sujeto activo, es decir, realizar acciones para promover el conocimiento por

parte de la sociedad respecto de su gestión.

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Sus efectos son:

Contener a los funcionarios dentro de su función;

Fortalecer la confianza ciudadana;

Favorecer el consentimiento de la sociedad en las decisiones y acciones de

gobierno;

Generar una sociedad más y mejor informada, y repercutir en el ejercicio de un

voto más responsable.

Derecho de Acceso a la Información

Es un derecho fundamental y una herramienta indispensable en un gobierno

democrático e instrumento fundamental en una política de transparencia. El Estado es

sujeto pasivo, pues debe permitir al sujeto activo (gobernado) ejercer su derecho.

Tiene las siguientes características:

No se requiere acreditar interés alguno;

No se requiere justificar el uso que dará a la información;

El ejercicio del derecho es gratuito;

Las autoridades son susceptibles de sanción si obstaculizar el ejercicio del

derecho, y encuentra límites pero la clasificación de la información es una

excepción.

El objetivo de tener disponible el portal:

1. Garantiza una adecuada y oportuna rendición de cuentas de los sujetos obligados, a

través de la generación y publicación de información sobre sus indicadores de gestión

y el ejercicio de los recursos públicos de manera completa, veraz, oportuna y

comprensible. (Sujeto obligado son aquellas Dependencias y Entidades pertenecientes

al Poder Ejecutivo) que deben cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Estado de Nayarit. La Ley establece que son Sujetos Obligados

todos los organismos públicos o privados que reciban, administren o apliquen

recursos públicos estatales o municipales.)

2. Promueve lo necesario para que toda persona pueda tener acceso gratuito a la

información pública, mediante procedimientos sencillos y expeditos.

3. Genera procedimientos y mecanismos para la imposición efectiva de sanciones, en

los casos de incumplimiento de la norma.

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Sistema de Solicitudes de Información del Estado de Nayarit

(www.infomexnayarit.gob.mx)

En este portal el usuario podrá consultar las solicitudes que han hecho otros usuarios,

si desea hacer una solicitud deberá registrase para que el sistema le permita hacer

solicitudes vía web.

INFOMEX. Es un instrumento electrónico que sirve para ejercer el derecho de acceso

a la información pública en donde el usuario puede realizar solicitudes de

información, y en caso de ser necesario, interponer un recurso de revisión ante la

negativa de las dependencias gubernamentales de proporcionar la información

solicitada o bien cuando sea incompleta o simplemente no sea contestada en los

términos solicitados.

INFOMEX. Es un sistema electrónico que permite que el proceso de acceso a la

información y rendición de cuentas, sea de manera ágil, expedita, cómoda y gratuita

para el solicitante. Por lo antes mencionado, la experiencia en el uso del sistema

electrónico INFOMEX potencializa el acceso a la información, observándose un

considerable incremento en las solicitudes.

Si bien, la inclusión del sistema INFOMEX en el Estado es un aliciente para los

Nayaritas para ejercer el derecho de acceso a la información pública mediante las

solicitudes de información, deberá existir mayor disposición y un compromiso real

por parte de las autoridades para responderlas y esto implica evitar argucias legales

que entorpezcan y generen obstáculos que desmotiven a la sociedad, porque en ese

supuesto, lejos de ser un avance en la entidad, sería un factor de retroceso.

INFOMEX NAYARIT permite a nuestro Estado constituirse como pieza de la

plataforma nacional de acceso a la información pública gubernamental.

Toda solicitud de información es conocida inmediatamente por la dependencia de

gobierno y por cualquier persona en el mundo. Lo mismo ocurre con las respuestas

que ofrece el gobierno, pues todos están en posibilidad de conocer las preguntas y

respuestas emitidas.

Nota: Es de suma importancia que tanto el Portal de Transparencia como el

Sistema de Solicitudes de Información INFOMEX, se encuentren siempre

disponibles y garantizar el buen funcionamiento de ambos, ya que son

continuamente monitoreados por el Instituto Federal de Acceso a la

Información (IFAI).

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Sitio Web de la Secretaría de la Contraloría General del Estado de Nayarit

(www.contraloria.nayarit.gob.mx)

Este es el sitio web oficial de la Secretaría de la Contraloría General del Estado de

Nayarit, aquí se publican las acciones emprendidas por dicha Secretaría, así como

información relevante para los usuarios.

Sistema DECLARANAY

(www.declaranay.nayarit.gob.mx)

Este es el sistema mediante el cual el funcionario podrá realizar en línea su

declaración patrimonial lo cual agilizara dicho proceso y disminuirá las cargas de

trabajo de la Secretaría de la Contraloría General.

Sitio Web oficial del Fondo de Fomento Industrial del Estado de Nayarit

(FONAY) (www.fonay.nayarit.gob.mx)

Sitio Oficial del Fondo de Fomento Industrial del Estado de Nayarit, en el cual se

publican las acciones y servicios que presta el FONAY a la ciudadanía, donde la

Secretaría de la Contraloría General se encarga del mantenimiento, actualización,

hospedaje etc. de esta página.

Sistema Web de Expedientes de Responsabilidades

(www.expedientes.contraloria.nayarit.gob.mx)

Sistema mediante el cual se concentra en una base de datos la información de los

Expedientes de la Dirección General de Responsabilidades, con su respectivo estatus y

seguimientos que se le ha dado a los mismos.

Sistema de Control Interno (SECI)

(www.seci.contraloria.nayarit.gob.mx)

Sistema en el cual se realizan evaluaciones de desempeño de los funcionarios de las

Dependencias y Entidades, esto para saber cómo y dónde aplicar mejoras

administrativas.

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Sistema de Quejas y Denuncias

(www.quejasydenuncias.contraloria.nayarit.gob.mx)

Sistema en el que el usuario realiza sus quejas y/o denuncias, esto con el fin de

brindar a la ciudadanía una herramienta donde pueda expresar sus inquietudes o

inconformidades del actuar de los servidores públicos Gubernamentales.

Metas:

Actualizar cuando sea requerido la información contenida en los portales

mencionados anteriormente.

Lograr la satisfacción de los ciudadanos que utilizan los portales Web que

administra la Secretaria de la Contraloría General.

Dar soporte, actualizar y mantener los sistemas y portales Web antes

mencionados.

Tener presencia ante la ciudadanía e informar de las acciones emprendidas por

la Secretaria de la Contraloría General, a través del Portal Web.

Crear un diseño sencillo, claro, práctico e intuitivo para la presentación de la

información en el Portal Web de la Secretaría de la Contraloría General, y en

todos los sistemas de información desarrollados.

Desarrollo de Portales Web de las Dependencias o Entidades que así lo

soliciten, o en base a un análisis de necesidades de las mismas.

Involucrar la participación efectiva y dinámica de las diferentes áreas de la

Secretaría de la Contraloría General, para proveer información y servicios

relevantes a la ciudadanía, así como de las diferentes Dependencias y

Entidades.

Difundir en el corto plazo al mayor número posible de ciudadanos, los trámites

y servicios prestados por las Dependencias o Entidades del Gobierno del

Estado.

Capacitar a los usuarios de los sistemas de información, desarrollados en el uso

y administración de los mismos.

Asesorar a las Dependencias y Entidades que así lo requieran, en el uso e

implementación de nuevas tecnologías de información.

Beneficios:

Atender los lineamientos del Plan Estatal de Desarrollo 2011 – 2017.

Cumplir con las atribuciones conferidas a la Secretaría de la Contraloría

General, en materia de Modernización Administrativa.

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Contar en la Secretaría de la Contraloría General y en las Dependencias y

Entidades, con sistemas informáticos y servicios Web, que impulsen la

modernización, simplificación administrativa y la Transparencia.

Tener un medio masivo de comunicación que difunda las acciones

emprendidas por esta Secretaría y que los ciudadanos y servidores públicos

accedan a los servicios que presta, además de que ofrezca a la ciudadanía

información relevante de las acciones del Gobierno.

Optimización y reducción en los tiempos de ejecución y respuesta a los

servidores públicos y a la ciudadanía mediante el uso de sistemas de

información.

Confiabilidad y total transparencia en el uso y aplicación de la información.

Estrategias:

Preparación y compromisos.

Realizar un estudio de factibilidad y un análisis exhaustivo de los sistemas,

para lograr un óptimo desempeño.

Realizar un análisis y planeación del contenido, información y servicios que se

presentarán en los portales web y en los sistemas de información a desarrollar.

Definición de los servicios prioritarios para la ciudadanía.

Integrar la totalidad de la información para el desarrollo de los sistemas de

información y la integración de los servicios en el Portal Web de la Secretaria

de la Contraloría General.

Definición de la metodología para la simplificación administrativa.

Contar con el personal y equipo adecuados para los proyectos.

Asumir un compromiso en conjunto para lograr las metas en tiempo y forma.

Lograr una calidad estándar o superior de las metas a alcanzar.

Capacitar al personal del Departamento en el uso de herramientas de

tecnología de análisis y desarrollo de sistemas de información cliente/servidor

y Web.

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Desarrollo.

Seguir los lineamientos del coordinador.

Iniciar con la etapa de programación, teniendo en cuenta el análisis previo.

Realizar un diseño claro, práctico y acorde a los estándares establecidos tanto

por el Gobierno Estatal como el Federal, para la presentación de la Información

y servicios del portal web y de los sistemas de información.

Mantener una postura real de simplificación administrativa en todas las tareas.

Ejecutar en tiempo todas las tareas programadas.

Realizar las pruebas, depuración y medidas pertinentes para lograr la

excelencia en las metas del proyecto.

Etapa final.

Instalación, configuración y capacitación a usuarios de los sistemas de

información y portales Web.

Optimización y mantenimiento de los diferentes sistemas de información y

Portales Web desarrollados.

Realizar el manual de uso del sistema de información.

Presentación de los resultados del proyecto a los mandos superiores de las

Dependencias o Entidades involucradas.

Difundir ante la ciudadanía, Dependencias y Entidades el uso de los servicios

contenidos en los portales Web.

Concluir en tiempo todas las metas del proyecto.

Indicadores:

Número de sistemas Web desarrollados, implementados y en mantenimiento.

Dependencias, Entidades y usuarios específicos, beneficiados con los sistemas

de información desarrollados.

Grado de satisfacción de los usuarios, de los sistemas de información

desarrollados.

Número de portales Web diseñados, implementados y en mantenimiento.

Número de visitas a los Portales Web desarrollados.

Porcentaje de ciudadanos que han utilizado información de los Portales Web.

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4. Mejora y Actualización Normativa.

Coordinación:

Interna:

Unidad de Desarrollo Administrativo / Coordinación de Comisarios Públicos /

Dirección General de Control y Auditoría Gubernamental / Dirección General de

Contraloría Social / Dirección General de Responsabilidades (vinculación de acciones

de detección, diagnóstico, instrumentación, ejecución, control y evaluación).

Director de la Unidad de Desarrollo Administrativo / Jefes de Departamento de

Normatividad y Jefe de Departamento de Desarrollo Organizacional / Jefe de

Departamento de Modernización Administrativa (Transmisión de avances y

directrices).

Jefe de Departamento de Normatividad / Jefe de Departamento de Desarrollo

Organizacional (Acciones Coordinadas).

Jefe de Departamento de Normatividad y Jefe de Departamento de Desarrollo

Organizacional / Analistas del Departamento de Normatividad y Analistas del

Departamento de Desarrollo Organizacional (transmisión de avances y directrices).

Externa:

Secretaría General de Gobierno / Subsecretaría de Asuntos Jurídicos / Dirección

General Jurídica (Asesoría, apoyo y seguimiento a las Dependencias y Entidades de la

Administración Pública Estatal en la formulación y publicación de sus instrumentos

normativos).

Secretaría de Administración y Finanzas / Dirección Jurídica (Asesoría, apoyo y

seguimiento a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal en la

congruencia de la relación: estructura reglamentaria-organizacional y la estructura

funcional y ocupacional, bajo indicadores de eficiencia y eficacia presupuestaria y

administrativamente vinculados).

Unidad de Desarrollo Administrativo / Dependencias y Entidades de la

Administración Pública Estatal (desarrollo de acciones de detección, diagnóstico,

instrumentación, seguimiento y publicación).

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Continuidad a mejora y actualización normativa

Objetivo:

Coadyuvar con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, en

la integración de su marco normativo secundario fundamental en forma paulatina, y

se registren avances sustanciales en la expedición y actualización de la normatividad

complementaria que necesitan para realizar su cometido de manera transparente, así

como proporcionarles el apoyo y asesoría técnica y profesional que requieran, previa

solicitud.

Problemática:

El quehacer público de las instituciones de gobierno se debe realizar con respeto

irrestricto al principio de legalidad, y ello exige, que la conducta de los servidores

públicos al servicio del Estado de Nayarit, debe ajustarse totalmente a él. Por lo

mismo, para que la función pública se realice bajo esquemas de transparencia,

oportunidad, puntualidad, honestidad, economía, eficiencia y eficacia, debe contar con

el marco normativo necesario y suficiente, que le permita desenvolverse en el

desempeño de su empleo, cargo o comisión, con certeza y seguridad jurídica-

administrativa.

Del resultado de las diferentes actuaciones de vigilancia, fiscalización, revisión y

verificación, que la Secretaría de la Contraloría General realiza en forma periódica y

específica, se han detectado ausencias y omisiones en la obligación de cumplir con el

deber que las leyes, decretos y acuerdos imponen a la Administración Pública Estatal,

que consiste básicamente en expedir al interior de cada una de las Dependencias y

Entidades sus normas internas, tanto de carácter reglamentario como administrativo,

mismas, que faculta a sus representantes y servidores púbicos subalternos a la

realización de actos administrativos y/o actos propios de la administración, evitando

incurrir en probables responsabilidades de cualquier tipo contenidas en ley; situación

que debe atenderse a la brevedad posible, de manera coordinada y responsable por

los sujetos obligados.

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El marco normativo susceptible de atenderse consiste en la elaboración, actualización,

reformas y adiciones de los instrumentos fundamentales siguientes:

Reglamentos interiores;

Acuerdos;

Lineamientos;

Guías;

Normas Generales;

Bases Generales;

Reglas de Operación;

Catálogos y Formatos Oficiales;

Padrones Administrativos;

Disposiciones Generales de carácter complementario y especifico;

Metas:

Lograr un avance importante en la creación de las disposiciones generales y

específicas necesarias para el funcionamiento eficiente y eficaz de la

Administración Pública Estatal.

Apoyar las acciones de control preventivo que lleven a cabo las demás

Unidades Administrativas de la Secretaria de la Contraloría General.

Beneficios:

Conformar un sistema de control preventivo y eficiente que tienda a realizar

las actividades inherentes a la función pública con espíritu de certidumbre,

seguridad y confianza en la forma que se atienden las demandas ciudadanas.

Estrategias:

Hacer análisis y diagnósticos de las necesidades de normatividad

complementaria y situación que guarda, en relación a la obligación de

responder a los ordenamientos que la establecen.

Elaborar documento de diagnóstico de situación normativa que guarda la

Administración Pública Estatal.

Coordinarse con la Dirección de Coordinación de Comisarios Públicos y la

Dirección General de Control y Auditoría de las disposiciones jurídicas

existentes en este rubro.

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Mantener información de control que permita la toma de decisiones oportunas

y los ajustes necesarios al proyecto.

Indicadores:

Número de Dependencias y Entidades apoyadas en la elaboración,

modificación y actualización de su marco normativo fundamental y

complementario en relación con el número de Dependencias y Entidades con

sus documentos concluidos.

Programa de Seguimiento al Proceso de Desincorporación de Entidades

Paraestatales.

Objetivo:

Adelgazar la Administración Pública Paraestatal, de tal manera que solo formen parte

de ella los Organismos Públicos Descentralizados, Fondos y Fideicomisos, Empresas

de Participación Estatal mayoritaria o minoritaria y demás Entes de carácter público,

estrictamente necesarios, a través de procesos de desincorporación, consistentes en la

extinción, fusión, o reactivación, tomando en consideración que el objeto social sea

congruente y actual con las necesidades de atención directa y especial que reclama el

ciudadano.

Problemática:

No se ha consolidado la desincorporación de Entidades paraestatales que han dejado

de ser útiles a la Administración Pública Estatal, por no contar con los estudios

colegiados, a nivel sector y global.

Metas:

Turnar para su estudio y análisis, a las Dependencias coordinadoras de Sector

y Secretaría General de Gobierno/Subsecretaría de Asuntos Jurídicos, los casos

de entidades que su objeto social es obsoleto, o que existen otras Entidades

similares que atienden el mismo cometido público, o que representan una

carga para el Estado y la sociedad, debido a que el costo/beneficio social y

económico es negativo e inoperante.

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Promover ante las instancias correspondientes que se realicen los cambios

necesarios para que se mantenga el orden y equilibrio en la existencia de las

entidades paraestatales que atiendan necesidades reales de la función pública

administrativa.

Beneficios:

Agilizar el principio de respuesta oportuna, eficiente y eficaz a los

compromisos Gubernamentales, con altos niveles de calidad y recursos

públicos aprovechados en forma óptima, reduciendo al mínimo las instancias

responsables de proporcionar servicios, apoyos y beneficios a la colectividad

empresarial, social, económica, pleno empleo, entre otros.

Contribuir a la activación y reactivación de entes públicos que no ha sido

valorado su objeto social y que revisten interés público para la actuación

eficiente de los Sectores Productivos del Estado.

Evitar duplicidad de funciones entre los organismos que integran la función

pública.

Ahorro financiero.

Estrategias:

Presentar a la Secretaría General de Gobierno propuestas debidamente

sustentadas que justifiquen la extinción, activación o reactivación de Entidades

contribuyendo a la reestructuración del Sector Paraestatal.

Actividades estratégicas:

Gestionar ante la Secretaría de Planeación, Programación y Presupuesto,

Secretaría General de Gobierno y Secretaría de Administración y Finanzas, para

que en forma conjunta en coordinación intersecretarial se avoquen al análisis y

estudio de la viabilidad y factibilidad de creación, fusión, extinción o

reactivación de Entidades Paraestatales, que se incorporen o desincorporen del

marco jurídico de la Administración Pública Estatal.

Elaborar el diagnóstico de resultados que sustente la formalidad de los actos

legales y/o administrativos procedentes.

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Presentación de resultados

Presentar, por conducto del Secretario de la Contraloría, al Titular del Ejecutivo

los dictámenes de resultados, para que se tomen las decisiones

correspondientes.

Dar seguimiento a las acciones, hasta que se resuelva lo correspondiente en

cada caso.

Indicadores:

Número de propuestas sustentadas que se presentan ante la Secretaría General

de Gobierno para la extinción de entidades inoperantes en relación al total

detectadas mediante diagnóstico.

Presentación de opiniones calificadas encaminadas a la reactivación de

entidades paraestatales por considerarlas necesarias para la función pública

administrativa en relación a los casos sometidos a la opinión calificada de los

coordinadores de sector.

Número de Entidades afectadas de las cuales sus decretos de creación

requieren de reformas o modificaciones para actualizar su objeto social,

organización y funcionamiento contra propuestas presentadas.

Número de los dictámenes sometidos a la consideración del Ejecutivo Estatal

para la decisión final de su destino en relación con los casos detectados.

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5. Desarrollo Organizacional.

Una de las principales acciones que debe de realizarse sobre este tema es la asesoría a

las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, atendiendo

principalmente a las solicitudes de elaboración y actualización de sus documentos

administrativos, donde primordialmente el proyecto va encaminado a la detección y

atención de necesidades y requerimientos de mejoras continuas y análisis para la

implementación de acciones de Simplificación Administrativa Gubernamental.

Manuales de Organización, Manuales de Procedimientos, Trámites y Servicios

Públicos y Catálogos de Puestos.

Elaboración de un diagnóstico de la situación que guardan los documentos

administrativos de las Dependencias y Entidades, para detectar las necesidades

de asesoría para su elaboración y actualización.

Establecer las Guías Metodológicas para la elaboración y/o actualización de los

Manuales de Organización y Procedimientos, así como sus Catálogos de

Puestos.

Dar asesoría en la elaboración y actualización de las Estructuras

Organizacionales de las Dependencias y Entidades.

Análisis de las funciones y procedimientos, sugiriendo las mejoras necesarias y

la implementación de las acciones de simplificación administrativas necesarias.

Fungir como facilitadores ante las Dependencias y Entidades de la

Administración Pública Estatal, proveyéndoles de asesoría y apoyo técnico

para la integración de sus documentos administrativos.

Dar seguimiento a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública

Estatal, en la integración de sus proyectos definitivos de Manuales de

Organización y Procedimientos.

Dar seguimiento a los procesos de aprobación y publicación de los Manuales de

Organización de las Dependencias y Entidades que cuenten con su Reglamento

Interior aprobado y publicado.

Lograr que los proyectos de Manuales de Procedimientos de las Dependencias

y Entidades que se formulen se integren con los procedimientos prioritarios de

cada Unidad Administrativa.

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Beneficios:

Organizar y distribuir la competencia y facultades internas de las

Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, entre las

Unidades Administrativas que las integran, de manera clara, congruente y

coherente con el orden normativo que la rige.

Ejercer la función pública con claridad, transparencia, oportunidad, de manera

puntual y exacta, con apego estricto al Catálogo de Principios Éticos de los

Servidores Públicos logrando con esto eficiencia en la calidad de los servicios

públicos prestados a la ciudadanía.

Coadyuvar a la consolidación, reestructuración y modernización de la

Administración Estatal.

Coadyuvar a que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública

Estatal, logren consolidar una estructura orgánica que esté de acuerdo a sus

atribuciones y funciones establecidas.

Unificar criterios en la elaboración de sus Manuales de Organización y

Manuales de Procedimientos de las Dependencias y Entidades de la

Administración Pública Estatal.

Brindar una Administración Pública organizada con servicios de calidad al

usuario, a través de medios que permitan el fácil acceso a la ciudadanía.

Lograr que el Desarrollo Administrativo genere condiciones favorables al

interior de las Dependencias y Entidades en el desempeño de sus funciones.

Regular el correcto ejercicio de las Entidades, eficientando la calidad en el

trabajo de cada servidor público.

Obtener que las Dependencias y Entidades atendidas que conforman la

Administración Pública, operen con apego a lo que les confiere su decreto o

acuerdo de creación, a través de sus documentos administrativos elementales

para su ejercicio.

Lograr que el servidor público conozca e identifique su ámbito de competencia,

facilitando con esto el desarrollo de sus funciones.

Obtener congruencia entre la realidad práctica y jurídico-normativa de las

Dependencias y Entidades, es decir entre Documento de Creación, Reglamento

Interior, Presupuesto de Egresos, Manual de Organización y Manual de

Procedimientos.

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Estrategia:

Implementar un programa de trabajo en los que participen la Dirección

General de Auditoría y Control Gubernamental y la Dirección de la

Coordinación de Comisarios Públicos en conjunto con las propias

Dependencias y Entidades, por medio del cual se les asesore e impulse para

que elaboren su Manual de Organización, Manual de Procedimientos y su

Catalogo de Puestos y gestionen la autorización, publicación, divulgación e

implementación según corresponda.

Acciones Estratégicas:

Integrar una estrategia de seguimiento, vinculando la participación de la

Dirección de la Coordinación de Comisarios Públicos y la Dirección General de

Control y Auditoría Gubernamental, de acuerdo a la situación específica y

problemática que presente cada Dependencia y Entidad.

Implementar acciones de seguimiento y mantener comunicación eficaz con la

Dirección de la Coordinación de Comisarios Públicos, la Dirección General de

Control y Auditoría Gubernamental y las Dependencias y Entidades.

Asesorar y proporcionar el apoyo técnico necesario a las Dependencias y

Entidades de la Administración Pública Estatal, para la integración oportuna y

correcta de sus reglamentos interiores y manuales administrativos.

Asesorar e impulsar a las Dependencias y Entidades de la Administración

Pública Estatal que contempla este programa, para que sus Manuales de

Organización, Manuales de Procedimientos y Catálogos de Puestos sean

aprobados, publicados implementados y difundidos.

Indicadores:

Número de Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, a

las que se les proporcionó asesoría y apoyo técnico para la integración y

elaboración de sus Manuales Administrativos.

Número de Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, a

las que se les dio seguimiento durante la integración y elaboración de sus

proyectos definitivos de Manuales de Organización, Manuales de

Procedimientos y Catálogos de Puestos.

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Número de Dependencias y Entidades que cuentan con sus Manuales de

Organización aprobados, publicados y difundidos, con relación al número de

Dependencias y Entidades que cuentan con Reglamento Interior publicado.

Número de Dependencias y Entidades que cuentan con sus Manuales de

Procedimientos aprobados y en aplicación.

Número de procedimientos prioritarios integrados en los Manuales de

Procedimientos de cada Dependencia y Entidad.

Número total de procedimientos documentados en los Manuales de

Procedimientos de las Dependencias y Entidades cubiertas con este programa.

Número de Dependencias y Entidades que cuentan con sus Catálogos de

Puestos.

Porcentaje de cumplimiento en metas, tiempo e inversión de este programa.

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37

IV. ESTRUCTURA ORGÁNICA REQUERIDA

SECRETARIA DE LA CONTRALORIA GENERAL

ORGANIGRAMA ESPECIFICO DE LA UNIDAD DE DESARROLLO ADMINISTRATIVO

CLAVE SIGNIFICADO

DA

D

SIMBOLOGIA

Dirección de Área

Departamento Unidad de

Desarrollo

Administrativo

Departamento de

Normatividad

Departamento de

Desarrollo

Organizacional

Departamento de

Modernización

Administrativa

DA

D

D

D

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V. EXPEDIENTE TÉCNICO

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VI. CRÉDITOS

Ing. Mario Alberto Pacheco Ventura

Secretario de la Contraloría General

de Gobierno del Estado de Nayarit.

Lic. Armando Carrillo Armas

Encargado de la Dirección de la Unidad

de Desarrollo Administrativo

Lic. Oscar Rene Camarena Loza

Jefe del Departamento de Normatividad

Ing. Elías Maldonado Valdiviezo

Jefe del Departamento de Modernización Administrativa.