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Page 1: TUTELA JURISDICCIONAL y LEY 20 - mintrab.gob.cl · Carmen Elena Domínguez Directora del Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Santiago, Marzo 2017 Pontificia
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Carmen Elena Domínguez

Directora del Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Pontificia Universidad Católica de ChileSantiago, Marzo 2017

TUTELA JURISDICCIONAL y LEY 20.940

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PANELISTA: Carmen Elena DomínguezTEMA: TUTELA JURISDICCIONAL Y LEY 20.940

Objetivos de la Ley 20.940

Promover relaciones laborales

modernas, justas y equilibradas que

fomenten el Diálogo Social

Fortalecer la Libertad

Sindical

Democratizar las relaciones

laborales

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PANELISTA: Carmen Elena DomínguezTEMA: TUTELA JURISDICCIONAL Y LEY 20.940

Principales modificaciones al sistema de relaciones colectivas de trabajo introducidas por la ley 20.940

Normas de igualdad y género

Constitución de sindicatos, ejercicio

de derechos y disolución del

sindicato

Derecho de información

periódico y para la negociación

Prácticas antisindicales y

Prácticas desleales de la negociación

colectiva

Instrumentos Colectivos

Negociación Colectiva: sujetos, materias,

oportunidad, procedimientos,

efectos

D° de Huelga, prohibición del

reemplazo y limitaciones (ss

mínimos)

MASC

Modificaciones a la tutela jurisdiccional

de la L° Sindical.

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PANELISTA: Carmen Elena DomínguezTEMA: TUTELA JURISDICCIONAL Y LEY 20.940

Rol de la judicatura frente al conflicto colectivo

Autonomía / Autotutela

Tutela jurisdiccional de la Libertad Sindical

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PANELISTA: Carmen Elena DomínguezTEMA: TUTELA JURISDICCIONAL Y LEY 20.940

Normas de Competencia Judicial

Art. 420 b) las cuestiones derivadas de laaplicación de las normas sobre organizaciónsindical y negociación colectiva que la leyentrega al conocimiento de los juzgados deletras con competencia en materia deltrabajo

Art. 420 d) los juicios en que se demandeel cumplimiento de obligaciones queemanen de títulos a los cuales las leyeslaborales y de previsión o seguridad socialotorguen mérito ejecutivo;

Art. 420 a) las cuestiones suscitadas entreempleadores y trabajadores por aplicación delas normas laborales o derivadas de lainterpretación y aplicación de los contratosindividuales o colectivos del trabajo o de lasconvenciones y fallos arbitrales en materialaboral;

Art. 420 e) las reclamaciones queprocedan contra resoluciones dictadas porautoridades administrativas en materiaslaborales, previsionales o de seguridadsocial;

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PANELISTA: Carmen Elena DomínguezTEMA: TUTELA JURISDICCIONAL Y LEY 20.940

Re

mis

ion

es

actu

ale

s Constitución de Sindicatos

Prácticas antisindicales y desleales de la NC.

Despido antisindical

Disolución organización sindical

Calificación trabajadores sin d° a NC

Reclamo en contrade acto adm. porcalificación equiposde emergencia olock out

Sentencia arbitral

Nu

evas

Re

mis

ion

es Reclamación

incumplimiento deber de información (319)

Impugnaciones en contra resolución adm. sobre objeciones de legalidad (339 y 340)

Reclamación empresas sin d° a huelga (362 ~402)

Reanudación judicial de faenas (363)

Reclamación DT deja sin efecto pactos especiales (377)

Facultades nuevas:

- Suspensión NC (401).

- Indemnización reparatoria (400)

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PANELISTA: Carmen Elena DomínguezTEMA: TUTELA JURISDICCIONAL Y LEY 20.940

Derecho a la acción

Ppio. de Inexcusabilidad

Certeza jurídica Principio de legalidad

Temas sin remisión

• Derechos y procedimientode negociación de los grupostrabajadores.

• Reclamo judicial a resoluciónDirector Nacional sobrecalificación de serviciosmínimos.

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PANELISTA: Carmen Elena DomínguezTEMA: TUTELA JURISDICCIONAL Y LEY 20.940

Cuestiones finales- La ley 20. 940 introduce cambios importantes a las relaciones colectivas de trabajo, destacándose las

normas de igualdad y género, la ampliación de los sujetos que pueden ejercer los derechosconformantes de la libertad sindical, normas de fortalecimiento del sindicato y el ejercicio de losderechos colectivos, la declaración de la buena fe negocial como base de respeto mutuo en lasrelaciones laborales, el reconocimiento de la huelga como un derecho, la mayor flexibilidad yautonomía para llevar a cabo estos procesos, la creación del Fondo de Formación Sindical y elConsejo Superior Laboral como instancias de promoción del diálogo social.

- Pese a ello, la evaluación de la reforma ad portas de su inicio, es más bien adversa: incerteza, mayorconflictividad, aumento excesivo de trabajo del órgano fiscalizador, aumento de la judicialización,etc., son frases que suelen aparecer en los diarios de circulación nacional y responden al complejoproceso de discusión de esta ley y a las expectativas insatisfechas que de uno y otro lado quedaronen el camino.

- El desafío no es menor, en todo caso, pues las herramientas planteadas pueden conducir al diálogosocial como base de las relaciones laborales pero pueden también convertirse en nuevasoportunidades de enfrentamiento entre las partes. Especial atención habría que tener en cómo sedesenvuelvan tres temas relevantes:

- Grupos de empresa: derechos y obligaciones- Pactos de servicios mínimos y huelga sin reemplazo- Procedimientos monitorios, debido proceso y agilidad de la tutela jurisdiccional en las

cuestiones de lato conocimiento.

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Gracias