tema 6 la tutela jurisdiccional

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TUTELA JURISDICCIONAL TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA Y EFECTIVA Y HABEAS CORPUS HABEAS CORPUS DR. JOSÉ ANTONIO NEYRA FLORES

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Tema 6 la tutela jurisdiccional

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Page 1: Tema 6   la tutela jurisdiccional

TUTELA JURISDICCIONAL TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA Y EFECTIVA Y

HABEAS CORPUSHABEAS CORPUS

DR. JOSÉ ANTONIO NEYRA FLORES

Page 2: Tema 6   la tutela jurisdiccional

TUTELA TUTELA JURISDICCIONALJURISDICCIONAL

Page 3: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Según el TC (Exp:763-2005) “la tutela judicial efectiva es un derecho constitucional de naturaleza procesal en virtud del cual toda persona o sujeto justiciable puede acceder a los órganos jurisdiccionales, independientemente del tipo de pretensión formulada y de la eventual legitimidad que pueda, o no, acompañarle a su petitorio.”

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En un sentido extensivo, la tutela judicial efectiva permite también que lo que ha sido decidido judicialmente mediante una sentencia, resulte eficazmente cumplido

(…)se  busca garantizar que, tras el resultado obtenido, pueda verse este último materializado con una mínima y sensata dosis de eficacia.

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También en el fundamento 8vo se reconoce que  ”La tutela judicial efectiva no significa, pues, la obligación del órgano jurisdiccional de admitir a trámite toda demanda, ni que, admitida a trámite, tenga necesariamente que declararse fundada dicha demanda”

Page 6: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Para la admisión a trámite, el juez solo puede verificar la satisfacción de los requisitos formales de admisibilidad y procedencia señalados en la ley procesal; exigencias relacionadas con la validez de la relación procesal que, como sabemos, se asientan en los presupuestos procesales y en las condiciones de la acción

Page 7: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Es decir, exigencias que tienen que ver con la competencia absoluta del juez, la capacidad procesal del demandante o de su representante, los requisitos de la demanda, la falta de legitimidad del demandante o del demandado e interés para obrar (asimila voluntad de la ley-caso justiciable).

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Se trata del ejercicio del derecho a la acción que no se identifica con la pretensión que constituye el elemento de fondo basado en las razones de pedir y que ha de significar la carga de la prueba. Es en la sentencia donde el juez declara (dice) el derecho y no liminarmente

Page 9: Tema 6   la tutela jurisdiccional

También el T.C se ha pronunciado en su También el T.C se ha pronunciado en su sentencia de Exp. 01592-2011 “ se sentencia de Exp. 01592-2011 “ se entiende por tutela procesal efectiva entiende por tutela procesal efectiva aquella situación jurídica de una persona aquella situación jurídica de una persona en la que se respeten de modo en la que se respeten de modo enunciativo, sus derecho a la actuación enunciativo, sus derecho a la actuación adecuada y temporalmente oportuna de adecuada y temporalmente oportuna de las RRJJ”las RRJJ”

Page 10: Tema 6   la tutela jurisdiccional

En la sent. 0015-2001 AI/TC y 004-2002 AI/TC En la sent. 0015-2001 AI/TC y 004-2002 AI/TC el tribunal ha establecido lo siguiente “El el tribunal ha establecido lo siguiente “El derecho a la ejecución de las resoluciones derecho a la ejecución de las resoluciones judiciales no es sino una concreción especifica judiciales no es sino una concreción especifica de la exigencia e efectividad que garantiza el de la exigencia e efectividad que garantiza el derecho a la tutela jurisdiccional, y que no se derecho a la tutela jurisdiccional, y que no se agota allí, ya que, por su propio carácter tiene agota allí, ya que, por su propio carácter tiene una vis expansiva que se refleja en otros una vis expansiva que se refleja en otros derechos constitucionales de orden procesal.derechos constitucionales de orden procesal. ” ”

Page 11: Tema 6   la tutela jurisdiccional

El derecho a la efectividad de las El derecho a la efectividad de las resoluciones judiciales garantiza que lo resoluciones judiciales garantiza que lo decidido en una sentencia se cumpla, y decidido en una sentencia se cumpla, y que la parte que obtuvo un que la parte que obtuvo un pronunciamiento de tutela, a través e la pronunciamiento de tutela, a través e la sentencia favorable, sea respuesta en su sentencia favorable, sea respuesta en su derecho y compensada, si hubiera lugar a derecho y compensada, si hubiera lugar a ello por el daño sufrido.ello por el daño sufrido.

Page 12: Tema 6   la tutela jurisdiccional

La tutela jurisdiccional que no es efectiva La tutela jurisdiccional que no es efectiva no es tutelano es tutela

El derecho al cumplimiento y, en sus El derecho al cumplimiento y, en sus propios términos , de aquello que a sido propios términos , de aquello que a sido decidido en el proceso, forma parte decidido en el proceso, forma parte inescindible del derecho a la tutela inescindible del derecho a la tutela jurisdiccional a la que se refiere el art. jurisdiccional a la que se refiere el art. 139.3 de la Constitución139.3 de la Constitución

Page 13: Tema 6   la tutela jurisdiccional

JURISPRUDENCIAJURISPRUDENCIA

Page 14: Tema 6   la tutela jurisdiccional

La ejecución de resoluciones judiciales, expresión de Tutela  La ejecución de resoluciones judiciales, expresión de Tutela  Procesal  Efectiva  Procesal  Efectiva 

EXP. N.° 00574-2011-PA/TCEXP. N.° 00574-2011-PA/TC

   7.  El Código Procesal Constitucional consagra el derecho a la 7.  El Código Procesal Constitucional consagra el derecho a la

ejecución de las resoluciones judiciales –entre otros- como expresión ejecución de las resoluciones judiciales –entre otros- como expresión del derecho a la tutela procesal efectiva. del derecho a la tutela procesal efectiva.

En efecto el tercer párrafo de su artículo 4.° prescribe que En efecto el tercer párrafo de su artículo 4.° prescribe que

““se entiende por tutela procesal efectiva aquella se entiende por tutela procesal efectiva aquella situación jurídica de una persona en la que se situación jurídica de una persona en la que se respeten, de modo enunciativo su[s] derechos a la respeten, de modo enunciativo su[s] derechos a la actuación adecuada y temporalmente oportuna de las actuación adecuada y temporalmente oportuna de las resoluciones judiciales (...)resoluciones judiciales (...)”.”.

Page 15: Tema 6   la tutela jurisdiccional

8.    Por su parte la doctrina jurisprudencial de 8.    Por su parte la doctrina jurisprudencial de este Tribunal ha comprendido que el derecho a este Tribunal ha comprendido que el derecho a la ejecución de resoluciones constituye parte la ejecución de resoluciones constituye parte inseparable de la exigencia de efectividad de la inseparable de la exigencia de efectividad de la tutela judicial. tutela judicial.

Page 16: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Concordante con ello, en las SSTC N.º  0015-2001-Concordante con ello, en las SSTC N.º  0015-2001-AI/TC, 0016-2001-AI/TC y 004-2002-AI este AI/TC, 0016-2001-AI/TC y 004-2002-AI este Colegiado ha dejado establecido que Colegiado ha dejado establecido que

““[e]l derecho a la ejecución de resoluciones [e]l derecho a la ejecución de resoluciones judiciales no es sino una concreción específica de judiciales no es sino una concreción específica de la exigencia de efectividad que garantiza el la exigencia de efectividad que garantiza el derecho a la tutela jurisdiccional, y que no se agota derecho a la tutela jurisdiccional, y que no se agota allí, ya que, por su propio carácter, tiene una vis allí, ya que, por su propio carácter, tiene una vis expansiva que se refleja en otros derechos expansiva que se refleja en otros derechos constitucionales de orden procesal (…) constitucionales de orden procesal (…)

Page 17: Tema 6   la tutela jurisdiccional

El derecho a la efectividad de las resoluciones El derecho a la efectividad de las resoluciones judiciales garantiza que lo decidido en una judiciales garantiza que lo decidido en una sentencia se cumpla, y que la parte que obtuvo sentencia se cumpla, y que la parte que obtuvo un pronunciamiento de tutela, a través de la un pronunciamiento de tutela, a través de la sentencia favorable, sea repuesta en su sentencia favorable, sea repuesta en su derecho y compensada, si hubiere lugar a ello, derecho y compensada, si hubiere lugar a ello, por el daño sufrido”. [Fundamento 11]. por el daño sufrido”. [Fundamento 11].

Page 18: Tema 6   la tutela jurisdiccional

En esta misma línea de razonamiento se ha precisado en En esta misma línea de razonamiento se ha precisado en otra sentencia que, “la tutela jurisdiccional que no es efectiva otra sentencia que, “la tutela jurisdiccional que no es efectiva no es tutela”, reiterando la íntima vinculación entre tutela y no es tutela”, reiterando la íntima vinculación entre tutela y ejecución al establecer que, ejecución al establecer que,

““el derecho al cumplimiento efectivo y, en sus propios el derecho al cumplimiento efectivo y, en sus propios términos, de aquello que ha sido decidido en el proceso, términos, de aquello que ha sido decidido en el proceso, forma parte inescindible del derecho a la tutela jurisdiccional forma parte inescindible del derecho a la tutela jurisdiccional a que se refiere el artículo 139.3 de la Constitución” (Exp. N.º a que se refiere el artículo 139.3 de la Constitución” (Exp. N.º 4119-2005-AA/TC, fundamento 64). 4119-2005-AA/TC, fundamento 64).

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Proceso de hábeas Proceso de hábeas corpuscorpus

Dr. José Antonio Neyra floresDr. José Antonio Neyra flores

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ReconocimientoReconocimiento internacionalinternacional La Convención Americana sobre Derechos Humanos en La Convención Americana sobre Derechos Humanos en

su art. 7.6, señala que:su art. 7.6, señala que:

““Toda persona privada de libertad tiene derecho a Toda persona privada de libertad tiene derecho a recurrir ante un juez o tribunal competente, a fin de que recurrir ante un juez o tribunal competente, a fin de que éste decida, sin demora, sobre la legalidad de su arresto éste decida, sin demora, sobre la legalidad de su arresto o detención y ordene su libertad si el arresto o la o detención y ordene su libertad si el arresto o la detención fueran ilegales (…) detención fueran ilegales (…) dicho recurso no puede dicho recurso no puede ser restringido ni abolidoser restringido ni abolido. Los recursos podrán . Los recursos podrán interponerse interponerse por sí o por otra personapor sí o por otra persona..

Page 21: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Para la CIDHPara la CIDH

En las OC 8/87 y 9/87, ha precisado que el hábeas En las OC 8/87 y 9/87, ha precisado que el hábeas corpus es: corpus es:

1.1. Un proceso que deriva del derecho a la libertad Un proceso que deriva del derecho a la libertad personal.personal.

1.1. Un recurso o proceso rápido, breve y sencillo.Un recurso o proceso rápido, breve y sencillo.

1.1. Una garantía judicial indispensable.Una garantía judicial indispensable.

1.1. Un proceso que en estados de excepción, protege los Un proceso que en estados de excepción, protege los derechos que se encuentran excluidos de suspensión derechos que se encuentran excluidos de suspensión por el art. 27.2 de la CADH.por el art. 27.2 de la CADH.

Page 22: Tema 6   la tutela jurisdiccional

¿Se puede suspender?¿Se puede suspender? La Corte IDH en su OC 8/87 opinó:La Corte IDH en su OC 8/87 opinó:

““que los procedimientos jurídicos consagrados que los procedimientos jurídicos consagrados en los artículos 25.1 y 7.6 de la Convención en los artículos 25.1 y 7.6 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos no Americana sobre Derechos Humanos no pueden ser suspendidos conforme al artículo pueden ser suspendidos conforme al artículo 27.2 de la misma, porque constituyen garantías 27.2 de la misma, porque constituyen garantías judiciales indispensables para proteger judiciales indispensables para proteger derechos y libertades que tampoco pueden derechos y libertades que tampoco pueden suspenderse según la misma disposición”.suspenderse según la misma disposición”.

Page 23: Tema 6   la tutela jurisdiccional

¿Se puede suspender?¿Se puede suspender? En cambio, la Constitución de los Estados En cambio, la Constitución de los Estados

Unidos en su art. I, sec. IX, subdiv. 2, señala Unidos en su art. I, sec. IX, subdiv. 2, señala que:que:

““El privilegio del mandamiento de hábeas corpus El privilegio del mandamiento de hábeas corpus no será suspendido, salvo cuando en los casos no será suspendido, salvo cuando en los casos de rebelión o invasión la seguridad pública así lo de rebelión o invasión la seguridad pública así lo exija”. exija”.

Page 24: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Conclusiones preliminaresConclusiones preliminares El hábeas corpus tiene una doble naturaleza: El hábeas corpus tiene una doble naturaleza: 1.1. Es un derecho humano. Es un derecho humano. 2.2. Es un proceso (garantía judicial indispensable).Es un proceso (garantía judicial indispensable).

Page 25: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Tiene por finalidad proteger el derecho a la libertad Tiene por finalidad proteger el derecho a la libertad personal de los detenidos o de aquéllos que se personal de los detenidos o de aquéllos que se encuentran amenazados de ser privados de su libertad.encuentran amenazados de ser privados de su libertad.

No puede ser suspendido como proceso ni como No puede ser suspendido como proceso ni como derecho durante los estados de excepción.derecho durante los estados de excepción.

Es un límite heterónomo al poder de reforma Es un límite heterónomo al poder de reforma constitucional.constitucional.

Page 26: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Evolución nacionalEvolución nacional

La ley 21 de octubre de 1987, que lo reguló por vez La ley 21 de octubre de 1987, que lo reguló por vez primera para tutelar la libertad individual.primera para tutelar la libertad individual.

La Constitución de 1920, elevó por primera vez a rango La Constitución de 1920, elevó por primera vez a rango constitucional el hábeas corpus.constitucional el hábeas corpus.

La Constitución de 1933, amplió el ámbito de protección La Constitución de 1933, amplió el ámbito de protección también a los derechos sociales.también a los derechos sociales.

Código de Procedimientos Penales de 1940. Leyes Código de Procedimientos Penales de 1940. Leyes 23506 y 25398. El CPConst.23506 y 25398. El CPConst.

Page 27: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Qué protege el HCQué protege el HC Según el artículo 200.1 de la Constitución:Según el artículo 200.1 de la Constitución:

““La Acción de Hábeas Corpus, que procede La Acción de Hábeas Corpus, que procede ante el hecho u omisión, por parte de ante el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza la libertad individual que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos”.o los derechos constitucionales conexos”.

Su ámbito de protección se encuentra Su ámbito de protección se encuentra concretado en el artículo 25 del CPConst.concretado en el artículo 25 del CPConst.

Page 28: Tema 6   la tutela jurisdiccional

TIPOS DE HÁBEAS CORPUSTIPOS DE HÁBEAS CORPUS((EXP.N°2663-2003-HC/TCEXP.N°2663-2003-HC/TC))

Page 29: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Libertad personalLibertad personal La Constitución en el artículo 2.24 reconoce La Constitución en el artículo 2.24 reconoce

el derecho a la libertad personal en el sentido el derecho a la libertad personal en el sentido de que de que

b. No se permite forma alguna de restricción b. No se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, de la libertad personal, salvo en los casos salvo en los casos previstos por la leyprevistos por la ley..

f. f. Nadie puede ser detenido sino por Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso o por las autoridades policiales en caso de flagrante delitode flagrante delito..

Page 30: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Libertad personalLibertad personal La Convención Americana en su artículo 7 La Convención Americana en su artículo 7

define a la libertad personal como el derecho define a la libertad personal como el derecho de que:de que:

2. Nadie puede ser privado de su libertad 2. Nadie puede ser privado de su libertad física, salvo por física, salvo por las causas y en las las causas y en las condiciones fijadas de antemano por las condiciones fijadas de antemano por las Constituciones Políticas de los Estados Constituciones Políticas de los Estados Partes o por las leyes dictadas conforme Partes o por las leyes dictadas conforme a ellas.a ellas.

3. Nadie puede ser sometido a 3. Nadie puede ser sometido a detención o detención o encarcelamiento arbitrariosencarcelamiento arbitrarios. .

Page 31: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Reparador (art. 25.7)Reparador (art. 25.7) Se utiliza cuando se produce la privación Se utiliza cuando se produce la privación

arbitraria o ilegal de la libertad física como arbitraria o ilegal de la libertad física como consecuencia de:consecuencia de:

a.a. Una orden policial o un mandato judicial. Una orden policial o un mandato judicial.

a.a. Una decisión de internamiento en un centro Una decisión de internamiento en un centro psiquiátrico.psiquiátrico.

a.a. Sanciones disciplinarias privativas de la Sanciones disciplinarias privativas de la libertad.libertad.

Page 32: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Detención judicial arbitrariaDetención judicial arbitraria Estamos ante supuestos de detenciones Estamos ante supuestos de detenciones

judiciales arbitrarias cuando:judiciales arbitrarias cuando:

1.1. No hay un mandamiento de detención escrito.No hay un mandamiento de detención escrito.

1.1. El mandamiento es dictado por un órgano El mandamiento es dictado por un órgano incompetente.incompetente.

1.1. El mandamiento no es motivado (art. 135 del El mandamiento no es motivado (art. 135 del CPP).CPP).

1.1. El mandamiento es insuficientemente motivado.El mandamiento es insuficientemente motivado.

Page 33: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Detención policialDetención policial Toda persona puede ser detenida por la policía Toda persona puede ser detenida por la policía

en caso de flagrante delito. en caso de flagrante delito.

¿Cuando estamos ante un flagrante delito?¿Cuando estamos ante un flagrante delito?

La flagrancia del delito se presenta cuando se La flagrancia del delito se presenta cuando se cumplen dos requisitos:cumplen dos requisitos:

• Inmediatez temporalInmediatez temporal• Inmediatez personalInmediatez personal

Page 34: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Detención policial arbitrariaDetención policial arbitraria La detención policial es arbitraria cuando:La detención policial es arbitraria cuando:

1.1. En el atestado policial no se señala que la En el atestado policial no se señala que la detención se origina por flagrancia.detención se origina por flagrancia.

1.1. Se produce con la finalidad de esclarecer un Se produce con la finalidad de esclarecer un delito.delito.

1.1. Se ejecuta por la sospecha policial. Se ejecuta por la sospecha policial.

Page 35: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Restringido (art. 25.13)Restringido (art. 25.13) Tiene por finalidad evitar perturbaciones, molestias Tiene por finalidad evitar perturbaciones, molestias

o obstáculos a la libertad física o de locomoción, o obstáculos a la libertad física o de locomoción, que no configuren una detención.que no configuren una detención.

Procede ante:Procede ante:a.a. Prohibición de acceso o circulación a determinados Prohibición de acceso o circulación a determinados

lugares.lugares.b.b. Seguimientos perturbatorios arbitrarios, Seguimientos perturbatorios arbitrarios, c.c. Reiteradas e injustificadas citaciones policiales.Reiteradas e injustificadas citaciones policiales.d.d. Vigilancia domiciliaria arbitraria.Vigilancia domiciliaria arbitraria.

Page 36: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Correctivo (art. 25.1)Correctivo (art. 25.1) Protege que las personas internas o Protege que las personas internas o

detenidas no sean tratadas en forma detenidas no sean tratadas en forma irrazonable o desproporcionada.irrazonable o desproporcionada.

Procede en los casos de:Procede en los casos de:• Arbitraria restricción del derecho a la visita Arbitraria restricción del derecho a la visita

familiar en el caso de Penales.familiar en el caso de Penales.

• Ilegitimidad del traslado de un recluso o Ilegitimidad del traslado de un recluso o interno en el caso de Penales.interno en el caso de Penales.

Page 37: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Preventivo (art. 2)Preventivo (art. 2) Procede ante la amenaza Procede ante la amenaza cierta e inminentecierta e inminente de de

privación de la libertad personal.privación de la libertad personal.

Se interpone cuando los actos destinados a la Se interpone cuando los actos destinados a la privación de la libertad se encuentren en privación de la libertad se encuentren en proceso de ejecución.proceso de ejecución.

No procede cuando la amenaza es conjetural o No procede cuando la amenaza es conjetural o presunta. presunta.

Page 38: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Traslativo (art. 25.14)Traslativo (art. 25.14) Es Es empleado para denunciar mora en el empleado para denunciar mora en el

proceso judicial u otras graves violaciones al proceso judicial u otras graves violaciones al debido proceso o la tutela procesal efectiva.debido proceso o la tutela procesal efectiva.

Procede cuando se:Procede cuando se:• Afecta Afecta el derecho a ser puesto a disposición el derecho a ser puesto a disposición

del juez competente.del juez competente.• Afecta el derecho al plazo razonable de la Afecta el derecho al plazo razonable de la

detención judicial preventiva.detención judicial preventiva.• Afecta el derecho a la excarcelación del Afecta el derecho a la excarcelación del

procesado o condenado.procesado o condenado.

Page 39: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Plazo de detención preliminarPlazo de detención preliminar La Constitución en su articulo 2, inciso 24, literal f, La Constitución en su articulo 2, inciso 24, literal f,

reconoce que:reconoce que:

““El detenido debe ser puesto a disposición del El detenido debe ser puesto a disposición del juzgado correspondiente, dentro de las veinticuatro juzgado correspondiente, dentro de las veinticuatro horas o en el término de la distancia. Estos plazos horas o en el término de la distancia. Estos plazos no se aplican a los casos de terrorismo, espionaje y no se aplican a los casos de terrorismo, espionaje y tráfico ilícito de drogas. En tales casos, las tráfico ilícito de drogas. En tales casos, las autoridades policiales pueden efectuar la detención autoridades policiales pueden efectuar la detención preventiva de los presuntos implicados por un preventiva de los presuntos implicados por un término no mayor de quince días naturales”.término no mayor de quince días naturales”.

Page 40: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Derecho a ser puesto a disposiciónDerecho a ser puesto a disposición

La Constitución reconoce plazos máximos para una La Constitución reconoce plazos máximos para una detención preliminar; sin embargo, el derecho detención preliminar; sin embargo, el derecho internacional reconoce en forma expresa el derecho a internacional reconoce en forma expresa el derecho a ser puesto a disposición judicial dentro de un plazo ser puesto a disposición judicial dentro de un plazo razonable.razonable.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos en La Convención Americana sobre Derechos Humanos en su artículo 7, inciso 5, establece que: “Toda persona su artículo 7, inciso 5, establece que: “Toda persona detenida o retenida debe ser llevada, sin demora, ante detenida o retenida debe ser llevada, sin demora, ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales [...]”.ejercer funciones judiciales [...]”.

Page 41: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Detención preliminarDetención preliminar

STC 6423-2007-PHC/TC

Page 42: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Plazo necesario (razonable)Plazo necesario (razonable) La razonabilidad del plazo de detención preliminar La razonabilidad del plazo de detención preliminar

se evalúa en cada caso concreto, teniendo se evalúa en cada caso concreto, teniendo presente:presente:

1.1. La complejidad del asunto (diligencias, pericias o La complejidad del asunto (diligencias, pericias o exámenes necesarios a realizarse).exámenes necesarios a realizarse).

1.1. El comportamiento del detenido. El comportamiento del detenido.

1.1. El comportamiento de la Policía. El comportamiento de la Policía.

Page 43: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Plazo máximoPlazo máximo Exp. N° 1273-2000-HC, Caso Wilson Vela.Exp. N° 1273-2000-HC, Caso Wilson Vela. Hechos: se hallaba detenido hace más de 60 días Hechos: se hallaba detenido hace más de 60 días

en los calabozos de la Comisaría de Pucallpa por en los calabozos de la Comisaría de Pucallpa por una supuesta requisitoria por el delito de tráfico una supuesta requisitoria por el delito de tráfico ilícito de drogas.ilícito de drogas.

El Tribunal declaró fundada porque comprobó que El Tribunal declaró fundada porque comprobó que el demandante fue detenido en los calabozos de la el demandante fue detenido en los calabozos de la Comisaría por más de cien días.Comisaría por más de cien días.

Page 44: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Plazo necesario (razonable)Plazo necesario (razonable)

Exp. N° 3766-2004-HC, Caso M.I.V.CH.Exp. N° 3766-2004-HC, Caso M.I.V.CH.

Hechos: menor de edad fue detenido 9 días por la Hechos: menor de edad fue detenido 9 días por la Policía, porque le encontró 0.2 gramos de marihuana.Policía, porque le encontró 0.2 gramos de marihuana.

El Tribunal declaró fundada la demanda porque si bien El Tribunal declaró fundada la demanda porque si bien la detención del menor era legítima por la flagrancia la detención del menor era legítima por la flagrancia del delito, la cantidad de droga que se le decomiso no del delito, la cantidad de droga que se le decomiso no justificaba su detención por 9 días. justificaba su detención por 9 días.

Page 45: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Plazo razonablePlazo razonable

Este derecho se extiende en tres perspectivas:Este derecho se extiende en tres perspectivas:

1.1. A ser investigado dentro de un plazo razonable. A ser investigado dentro de un plazo razonable.

1.1. A ser juzgado dentro de un plazo razonable. A ser juzgado dentro de un plazo razonable.

1.1. A que la detención judicial preventiva sea impuesta A que la detención judicial preventiva sea impuesta por un plazo razonable.por un plazo razonable.

Page 46: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Instructivo (art. 23)Instructivo (art. 23)

Tiene por finalidad ubicar el paradero de una Tiene por finalidad ubicar el paradero de una persona desaparecida.persona desaparecida.

Busca desterrar las practicas de ocultamiento o Busca desterrar las practicas de ocultamiento o indeterminación de los lugares de desapariciónindeterminación de los lugares de desaparición

Cuando las autoridades emplazadas no den Cuando las autoridades emplazadas no den explicación satisfactoria sobre el paradero de la explicación satisfactoria sobre el paradero de la victima el juez adoptara todas mas medidas victima el juez adoptara todas mas medidas necesarias.necesarias.

Page 47: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Innovativo Innovativo

La amenaza o violación de la libertad personal La amenaza o violación de la libertad personal ha cesado al momento de interponer la ha cesado al momento de interponer la demanda; sin embargo esta se interpone con la demanda; sin embargo esta se interpone con la finalidad de que dichos actos no se comentan finalidad de que dichos actos no se comentan en el futuro.en el futuro.

Se encuentra previsto en el segundo párrafo del Se encuentra previsto en el segundo párrafo del artículo 1 del Código Procesal Constitucional. artículo 1 del Código Procesal Constitucional.

Page 48: Tema 6   la tutela jurisdiccional

ConexoConexo No existe una afectación directa del No existe una afectación directa del

derecho a la libertad personal sino de un derecho a la libertad personal sino de un derecho que tiene una cierta relación con derecho que tiene una cierta relación con él, como por ejemplo el derecho a la él, como por ejemplo el derecho a la defensa letrada.defensa letrada.

O también el caso del derecho a que se O también el caso del derecho a que se observe el procedimiento de antejuicio observe el procedimiento de antejuicio político (Caso Tula Benites). político (Caso Tula Benites).

Page 49: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Excepcional (art. 23)Excepcional (art. 23) Si se tratan de derechos constitucionales que no Si se tratan de derechos constitucionales que no

han sido suspendidos.han sido suspendidos.

En caso de derechos suspendidos, debe En caso de derechos suspendidos, debe evaluarse:evaluarse:

• Si existe relación entre el acto restrictivo y las Si existe relación entre el acto restrictivo y las causas que justifican la declaración del régimen causas que justifican la declaración del régimen de excepción; y, de excepción; y,

• Si el acto restrictivo es manifiestamente Si el acto restrictivo es manifiestamente innecesario o injustificado.innecesario o injustificado.

Page 50: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Legitimación Legitimación La demanda puede ser interpuesta por cualquier La demanda puede ser interpuesta por cualquier

persona, es decir, que no necesariamente debe ser persona, es decir, que no necesariamente debe ser la persona perjudicada (art. 26, CPConst.).la persona perjudicada (art. 26, CPConst.).

También la demanda puede ser interpuesta por También la demanda puede ser interpuesta por niños y adolescentes (art. 186, Código de los Niños niños y adolescentes (art. 186, Código de los Niños y Adolescentes).y Adolescentes).

La Defensoría del Pueblo (art. 9, Ley 26520).La Defensoría del Pueblo (art. 9, Ley 26520).

Page 51: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Órgano competente Órgano competente Cualquier Juez Penal sin observar turnos puede Cualquier Juez Penal sin observar turnos puede

conocer una demanda de hábeas corpus (arts. 12 y conocer una demanda de hábeas corpus (arts. 12 y 28, CPConst.).28, CPConst.).

Ello quiere decir que puede ser:Ello quiere decir que puede ser:a.a. El juez donde se produjo el acto lesivo.El juez donde se produjo el acto lesivo.b.b. El juez donde se halla físicamente el agraviadoEl juez donde se halla físicamente el agraviadoc.c. El juez donde el agraviado tiene su residenciaEl juez donde el agraviado tiene su residenciad.d. El juez donde el agresor tiene su domicilioEl juez donde el agresor tiene su domicilio

Page 52: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Demanda ¿cómo se presenta?Demanda ¿cómo se presenta?

La demanda puede ser presentada por La demanda puede ser presentada por escritoescrito como como en forma en forma verbalverbal (art. 27, CPConst.). (art. 27, CPConst.).

En forma directa, por correo, por medios En forma directa, por correo, por medios electrónicos de comunicación u otro idóneo, la electrónicos de comunicación u otro idóneo, la demanda puede ser presentada ante el juez penal. demanda puede ser presentada ante el juez penal.

La demanda debe contener un sucinta relación de La demanda debe contener un sucinta relación de los hechos y no necesita de firma de abogado.los hechos y no necesita de firma de abogado.

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Juez: trámites a seguirJuez: trámites a seguir

Page 54: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Detención arbitrariaDetención arbitraria

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Detención arbitrariaDetención arbitraria El juez penal El juez penal puedepuede constituirse en el lugar constituirse en el lugar

de los hechos, y verificada la detención de los hechos, y verificada la detención indebida ordenará en el mismo lugar la indebida ordenará en el mismo lugar la libertad del agraviado (art. 30, CPConst.). libertad del agraviado (art. 30, CPConst.).

¿En todos los casos de detención arbitraria ¿En todos los casos de detención arbitraria el juez penal debe constituirse?el juez penal debe constituirse?

Se resuelve la demanda mediante una acta.Se resuelve la demanda mediante una acta.

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Casos distintos de detenciónCasos distintos de detención Cuando no se trata de una detención arbitraria Cuando no se trata de una detención arbitraria

el Juez Penal puede:el Juez Penal puede:

a.a. Constituirse en el lugar de los hechos; oConstituirse en el lugar de los hechos; o

b.b. Citar a quien ejecuto la violaciónCitar a quien ejecuto la violación

En ambos casos, el Juez Penal debe resolver En ambos casos, el Juez Penal debe resolver de plano (sin contestación) en el término de un de plano (sin contestación) en el término de un día natural.día natural.

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Desaparición forzadaDesaparición forzada

Si la agresión se imputa a algún miembro de la Si la agresión se imputa a algún miembro de la PNP o de las FFAA el Juez Penal solicitará a la PNP o de las FFAA el Juez Penal solicitará a la autoridad superior del presunto agresor autoridad superior del presunto agresor de la de la zona en la cual la desaparición ha ocurridozona en la cual la desaparición ha ocurrido, , que informe dentro del plazo de veinticuatro que informe dentro del plazo de veinticuatro horas si es cierta o no la vulneración de la horas si es cierta o no la vulneración de la libertad y proporcione el nombre de la autoridad libertad y proporcione el nombre de la autoridad que la hubiere ordenado o ejecutado.que la hubiere ordenado o ejecutado.

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Causales de improcedenciaCausales de improcedencia

El art. 16 de la derogada Ley 25398 señalaba que no procedía El art. 16 de la derogada Ley 25398 señalaba que no procedía el hábeas corpus cuando:el hábeas corpus cuando:

• El recurrente tenga instrucción abierta o se halle sometido a El recurrente tenga instrucción abierta o se halle sometido a juicio por los hechos que originan la demanda.juicio por los hechos que originan la demanda.

• La detención que motiva el recurso ha sido ordenada por juez La detención que motiva el recurso ha sido ordenada por juez competente dentro de un proceso regular.competente dentro de un proceso regular.

• El demandante sea prófugo de la justicia, o esté cumpliendo El demandante sea prófugo de la justicia, o esté cumpliendo pena privativa de la libertad ordenada por los jueces.pena privativa de la libertad ordenada por los jueces.

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Causales de improcedenciaCausales de improcedencia Actualmente, en el caso del proceso de hábeas Actualmente, en el caso del proceso de hábeas

corpus:corpus:

• ¿El CPConst. prevé causales específicas de ¿El CPConst. prevé causales específicas de improcedencia como lo hacia el art. 16 de la Ley improcedencia como lo hacia el art. 16 de la Ley 25398?25398?

• ¿Le son aplicables todas las causales de ¿Le son aplicables todas las causales de improcedencia previstas en el art. 5 del CPConst.?improcedencia previstas en el art. 5 del CPConst.?

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Causales de improcedenciaCausales de improcedencia

En la STC 06218-2007-PHC/TC, el Tribunal señaló porque causales no puede declararse improcedente una demanda de hábeas corpus:

1. Existe una vía procedimental específica igualmente satisfactoria para la protección del derecho constitucional amenazado o vulnerado (artículo 5.2).

1. No se ha cumplido con agotar las vías previas (artículo 5.4).

1. Ha vencido el plazo para interponer la demanda (artículo 5.10).

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La parte resolutiva (art. 34)La parte resolutiva (art. 34) ReparadorReparador: se ordena la puesta en libertad de : se ordena la puesta en libertad de

la persona privada arbitrariamente de este la persona privada arbitrariamente de este derecho.derecho.

CorrectivoCorrectivo: se dispone que continúe la : se dispone que continúe la situación de privación de la libertad, pero si el situación de privación de la libertad, pero si el juez lo considerase necesario, ordenará cambiar juez lo considerase necesario, ordenará cambiar las condiciones de la detención, sea en el las condiciones de la detención, sea en el mismo establecimiento o en otro, o bajo la mismo establecimiento o en otro, o bajo la custodia de personas distintas de las que hasta custodia de personas distintas de las que hasta entonces la ejercían.entonces la ejercían.

Page 62: Tema 6   la tutela jurisdiccional

La parte resolutiva (art. 34)La parte resolutiva (art. 34) TraslativoTraslativo: se ordenará que la persona detenida : se ordenará que la persona detenida

sea puesta inmediatamente a disposición del sea puesta inmediatamente a disposición del Juez competente, si la agresión se produjo por Juez competente, si la agresión se produjo por haber trascurrido el plazo legalmente haber trascurrido el plazo legalmente establecido para su detención (24 h o 15 d).establecido para su detención (24 h o 15 d).

InnovativoInnovativo: se ordenará las medidas necesarias : se ordenará las medidas necesarias para evitar que el acto vuelva a repetirse.para evitar que el acto vuelva a repetirse.

Page 63: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Normas de procedimientoNormas de procedimiento No cabe la recusación de los jueces, salvo que No cabe la recusación de los jueces, salvo que

sea presentada por el demandante o quien sea presentada por el demandante o quien actúa en su nombre. actúa en su nombre.

No caben excusas de los jueces ni de los No caben excusas de los jueces ni de los secretarios.secretarios.

Los jueces deberán habilitar día y hora para la Los jueces deberán habilitar día y hora para la realización de las actuaciones procesales. realización de las actuaciones procesales.

Page 64: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Normas de procedimientoNormas de procedimiento No interviene el Ministerio Público.No interviene el Ministerio Público.

Se pueden presentar documentos en cualquier Se pueden presentar documentos en cualquier estado del proceso.estado del proceso.

El juez o la sala designará un defensor de oficio El juez o la sala designará un defensor de oficio al demandante si lo pidiera.al demandante si lo pidiera.

Las actuaciones procesales son improrrogables.Las actuaciones procesales son improrrogables.

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HÁBEAS CORPUS HÁBEAS CORPUS CONTRA NORMAS CONTRA NORMAS

LEGALESLEGALES

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¿Procede? ¿Procede? Según el art. 3 de la derogada Ley 23506:Según el art. 3 de la derogada Ley 23506:

““Las acciones de garantía proceden aún Las acciones de garantía proceden aún en el caso que la violación o amenaza se en el caso que la violación o amenaza se base en una norma que sea incompatible base en una norma que sea incompatible con la Constitución”.con la Constitución”.

En sentido similar se redactó el art. 3 del En sentido similar se redactó el art. 3 del CPConst., que es una disposición general CPConst., que es una disposición general aplicable al proceso de hábeas corpus. aplicable al proceso de hábeas corpus.

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¿Procede? ¿Procede? Sí, el hábeas corpus procede contra normas Sí, el hábeas corpus procede contra normas

autoaplicativas, esto es, aquellas que con su autoaplicativas, esto es, aquellas que con su sola entrada en vigencia producen efectos sola entrada en vigencia producen efectos jurídicos.jurídicos.

En cambio, no procede contra normas En cambio, no procede contra normas heteroaplicativas, esto es, contra aquellas heteroaplicativas, esto es, contra aquellas normas cuya eficacia requiere de actos normas cuya eficacia requiere de actos concretos de aplicación.concretos de aplicación.

En caso de estimarse la demanda de hábeas En caso de estimarse la demanda de hábeas corpus la norma será inaplicada en el caso corpus la norma será inaplicada en el caso concreto.concreto.

Page 68: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Jurisprudencia referenteJurisprudencia referente En la STC 01107-1999-HC/TC, se declaró En la STC 01107-1999-HC/TC, se declaró

inaplicable el art. 17 del Decreto Legislativo 824 inaplicable el art. 17 del Decreto Legislativo 824 que señalaba: que señalaba:

““No proceden las acciones del Habeas Corpus a No proceden las acciones del Habeas Corpus a favor de las personas involucradas en el delito favor de las personas involucradas en el delito de tráfico ilícito de drogas durante la detención de tráfico ilícito de drogas durante la detención preventiva en la investigación policial, en la que preventiva en la investigación policial, en la que haya participado el representante del Ministerio haya participado el representante del Ministerio Público y el caso haya sido puesto en Público y el caso haya sido puesto en conocimiento de la autoridad judicial conocimiento de la autoridad judicial competente”. competente”.

Page 69: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Jurisprudencia referenteJurisprudencia referente En la STC 01605-2006-PHC/TC, se En la STC 01605-2006-PHC/TC, se

declaró inaplicable el declaró inaplicable el segundo párrafo del segundo párrafo del art. 19 y la Segunda Disposición art. 19 y la Segunda Disposición Transitoria de la Ley 29182, Transitoria de la Ley 29182, que señalan:que señalan:

““Cada Juzgado tiene un Juez titular, con Cada Juzgado tiene un Juez titular, con grado militar o policial de Teniente grado militar o policial de Teniente Coronel o equivalente, Coronel o equivalente, en situación de en situación de actividadactividad”.”.

Page 70: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Hábeas corpus contra Hábeas corpus contra resoluciones judicialesresoluciones judiciales

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¿Procede?¿Procede? Según las Leyes 23506 y 25398, no procedía Según las Leyes 23506 y 25398, no procedía

el hábeas corpus contra una resolución el hábeas corpus contra una resolución judicial emanada de un judicial emanada de un proceso regularproceso regular..

Interpretando Interpretando contrario sensucontrario sensu, si procedía , si procedía contra una resolución judicial emanada de un contra una resolución judicial emanada de un proceso irregular.proceso irregular.

¿Qué debemos entender por proceso ¿Qué debemos entender por proceso

irregular? irregular?

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Posición del CPConst.Posición del CPConst.

Page 73: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Resolución judicial firmeResolución judicial firme ¿Qué entendemos por resolución judicial firme?¿Qué entendemos por resolución judicial firme?

Es aquella que es imposible cuestionar en el Es aquella que es imposible cuestionar en el propio proceso. Se presenta en los casos propio proceso. Se presenta en los casos siguientes: siguientes:

a.a. Resolución inimpugnable: auto de apertura de Resolución inimpugnable: auto de apertura de instrucción o auto de enjuiciamiento.instrucción o auto de enjuiciamiento.

a.a. Cuando se han agotado todos los recursos que Cuando se han agotado todos los recursos que prevé la ley para impugnarla dentro del proceso prevé la ley para impugnarla dentro del proceso ordinario, siempre que dichos recursos tengan la ordinario, siempre que dichos recursos tengan la posibilidad real de revertir los efectos de la posibilidad real de revertir los efectos de la resolución impugnada.resolución impugnada.

Page 74: Tema 6   la tutela jurisdiccional

Excepciones a la firmezaExcepciones a la firmeza No se exige la firmeza de la resolución judicial No se exige la firmeza de la resolución judicial

en los siguientes casos:en los siguientes casos:

1.1. No se ha permitido al justiciable el acceso a los No se ha permitido al justiciable el acceso a los recursos que depara el proceso judicial de la recursos que depara el proceso judicial de la materiamateria

1.1. Haya retardo injustificado en la decisión sobre el Haya retardo injustificado en la decisión sobre el mencionado recursomencionado recurso

1.1. Por el agotamiento de los recursos pudiera Por el agotamiento de los recursos pudiera convertirse en irreparable la agresiónconvertirse en irreparable la agresión