trabajo- impuesto selectivo al consumo.docx

48
UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE CENTRO ACADÉMICO HUARAZ - ANCASH FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS Y ADMINISTRATIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Asignatura : Contabilidad de Tributos I Tema : Impuesto Selectivo al Consumo. Semestre / ciclo académico : 2014 Docente tutor : CPC.Antonio Pajuelo López Integrantes Escuela : CONTABILIDAD VI Turno : NOCHE HUARAZ - ANCASH, 2014 1

Upload: jharumyjessicavelasquez

Post on 09-Feb-2016

24 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE

CENTRO ACADÉMICO HUARAZ - ANCASH

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS Y ADMINISTRATIVAS

ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

Asignatura : Contabilidad de Tributos I

Tema : Impuesto Selectivo al Consumo.

Semestre / ciclo académico : 2014

Docente tutor : CPC.Antonio Pajuelo López

IntegrantesEscuela : CONTABILIDAD VI

Turno : NOCHE

HUARAZ - ANCASH, 2014

1

Page 2: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

PRESENTACION

El tema objeto de dicho trabajo es poder brindar a la clase una visión en general

de la imposición a los consumos, y en particular a la imposición específica al

consumo. Se van a exponer sus características generales, sus efectos

económicos, su efecto regresivo, sus pro y contra; y se va a hablar del típico

impuesto específico o sea de los impuestos internos.

Dicho tema fue elegido por ser este tipo de imposición muy importante, ya que

estos tipos de impuestos presentan una muy buena fuente de recursos, siempre

que este bien administrada. Pero, a su vez, también presentan sus problemas

que hay que tener en cuenta al hacer un análisis sobre dichos impuestos.

Page 3: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

DEDICATORIA:

El presente trabajo de investigación se lo dedicamos a nuestros padres que nos apoyan incondicionalmente y al profesor que nos inculca conocimientos, para ser buenos profesionales en nuestra vida profesional.

El Grupo.

Page 4: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

INDICE:

I. Introducción…………………………………….………………………… 4

II. Marco Teórico……………………………………………………………. 5

II.1. Definición………………………………………………………. 5

II.2. Sujetos del impuesto………………………………………… 5

II.3. Cálculo del impuesto…………………………………………… 6

II.4. Obligaciones tributarias……………………………………..... 7

II.5. Plazo para presentar la declaración del impuesto selectivo

al consumo…………………………………………………… 8

II.6. Empresas exceptuadas………………………………………. 9

III. Marco Normativo………………………….………………………………. 10

III.1. Base Legal ………………………………………………… 10

III.2. Ámbito de aplicación ………………………………………… 10

III.3. Conceptos Comprendidos en la base de impuestos …… 17

III.4. Modificación de tasas y/o montos fijos………………….. 18

III.5. Características……………………………………………….. 19

III.6. Objetivo……………..……………………………..………... 19

3.7 Ventajas y Desventajas…………………………………….….. 20

3.8 Finalidad………………………………………………………… 21

IV. Sanciones ………………………………………………………………. 21

V. Casuística Comparada……………………………………………………. 23

VI. Casuística Aplicada……………………………………………. …….. 24

VII. Anexos………………………………………………………………. …… 30

VIII. Conclusiones……………………………………………………………… 32

IX. Bibliografía………………………………………………………………... 33

Page 5: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO

I. INTRODUCCIÓN:

En la mayor parte de las legislaciones que regulan los impuestos al consumo consideran existen dos posibilidades de regulación, por un lado están los impuestos plurifásicos que gravan todos los ciclos de transferencia de los bienes o los del tipo monofásico que gravan exclusivamente una fase de transferencia.

El Impuesto General a las Ventas de un claro ejemplo de lo que son los impuestos de tipo plurifásico, mientras que en el caso del impuesto de tipo monofásico encontramos al Impuesto Selectivo al Consumo.

El motivo del presente informe es analizar las pautas para entender la mecánica de cómo se grava el Impuesto Selectivo al Consumo, sobre todo en el caso de los licores, tomando en cuenta que recientemente se han modificado las tasas que los gravan por la publicación del Decreto Supremo Nº 092-2013-EF el 14 de mayo del 2013.

El tema objeto de dicho trabajo es poder brindar una visión en general de la

imposición a los consumos, y en particular a la imposición específica al consumo.

Se van a exponer sus características generales, sus efectos económicos, su

efecto regresivo, sus pro y contra; y se va a hablar del típico impuesto específico

o sea de los impuestos internos.

Page 6: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

II. MARCO TEORICO

2.1. DEFINICION:

El impuesto Selectivo al consumo es el tributo que “ grava la venta en el país

a nivel de productor y la importación de bienes tales como combustibles,

vehículos, cervezas, cigarrillos, bebidas alcohólicas, agua gaseosa y mineral,

otros artículos de lujo, combustibles, juegos de azar  y apuestas.

Las tasas del impuesto fluctúan entre 0% y 50 %, según el tipo de bien o

servicio gravado.

En algunos casos se  prevé el pago de sumas fijas dependiendo del producto

o servicio gravado.

Las tasas están consideradas en los Apéndices III y IV del Texto Único

Ordenado de la ley del Impuesto General a las Ventas” .

El Impuesto Selectivo al Consumo conocido como por sus siglas ISC, se

encuentra regulado en el título II de la Ley del Impuesto General a las Ventas,

específicamente en los artículos 50º al 67º y en los artículos 12º al 14º del

Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas.

2.2. SUJETOS DEL IMPUESTO SELECTIVO

Son sujetos del impuesto en calidad de contribuyentes:

a) En la venta de bienes en el país:

Page 7: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

a.1Los productores o fabricantes, sean personas naturales o jurídicas,

que actúan directamente en la última fase del proceso destinado a

producir los bienes especificados en los Apéndices III y IV del

Decreto.

a.2. El que encarga fabricar dichos bienes a terceros para venderlos

luego por cuenta propia, siempre que financie o entregue insumos,

maquinaria, o cualquier otro bien que agregue valor al producto, o

cuando sin mediar entrega de bien alguno, se aplique una marca

distinta a la del que fabricó por encargo.

Tratándose de aplicación de una marca, no será sujeto del

Impuesto Selectivo aquel a quien se le ha encargado fabricar un

bien, siempre que medie contrato en el que conste que quien

encargó fabricarlo le aplicará una marca distinta para su

comercialización.

a.3Los importadores en la venta en el país de los bienes importados por

ellos, especificados en los Apéndices III y IV del Decreto.

a.4. Las empresas vinculadas económicamente al importador, productor

o fabricante.

b)En las importaciones, las personas naturales o jurídicas que importan directamente los bienes especificados en los Apéndices III y IV del Decreto o, a cuyo nombre se efectúe la importación.

2.3 CÁLCULO DEL IMPUESTO

La base sobre la cual se debe aplicar la tasa del impuesto que corresponda,

se determina de la siguiente manera:

Page 8: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

a)En la importación o internación de mercancías, adicionando al valor CIF

aduana de ingreso, los derechos de importación y el Impuesto de

Estabilización Económica efectivamente pagados. No se debe autorizar

la introducción de las mercancías, si los interesados no prueban haber

pagado antes del impuesto selectivo de consumo respectivo, el que se

consignará por separado en la póliza o en el formulario aduanero, según

el caso.

b)En la producción nacional, sobre el precio de venta al contado del

fabricante, del cual solamente se pueden deducir los descuentos usuales

y generales que sean concedidos a los compradores en condiciones

similares. Los fabricantes deben declarar y pagar el impuesto a más

tardar dentro de los primeros quince días naturales de cada mes, por

medio de Tributación Digital, por todas las ventas efectuadas en el mes

anterior al de la declaración. En todos los casos de ventas efectuadas

por fabricantes es obligatorio emitir facturas y consignar en ellas por

separado el precio de venta de las mercancías y el impuesto selectivo de

consumo que les sea aplicable.

Al total del impuesto mensual determinado por el contribuyente se

deducen los créditos de Impuesto Selectivo de Consumo pagados

durante el mes, tanto a nivel interno como en Aduanas, sobre aquellas

materias primas o productos intermedios incorporados en los productos

finales gravados con este tributo. El resultado de esta operación será el

impuesto por pagar.

2.4 OBLIGACIONES TRIBUTARIAS:

Inscribirse en el Registro Único Tributario

El contribuyente, declarante o responsable tiene la obligación de inscribirse

en el registro de contribuyentes que lleva la Administración Tributaria,

Page 9: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

desde el momento en que inicia actividades comerciales (vende mercancías

o presta servicios), situación que lo convierte en un contribuyente afecto a

los impuestos sobre la renta, general sobre las ventas, selectivo de

consumo (en el caso de fabricantes de mercancías gravadas con este

tributo), etc., según su actividad económica. Para más información se

puede acceder al trámite de: Inscripción en el Registro Único Tributario

(Inicio de actividades)

Emitir facturas o comprobantes de ingresos autorizados

Los fabricantes que sean contribuyentes, obligatoriamente emitirán facturas

por todas las ventas de mercancías gravadas que efectúen. Las facturas se

emitirán, como mínimo, en duplicado, con numeración impresa y en orden

consecutivo; el original se le entrega al comprador, debiendo conservar el

vendedor una copia en su poder para examen por parte de la Dirección,

cuando esta lo estime conveniente. La factura deberá contener, por lo

menos, la siguiente información:

a) Nombre del propietario o la razón o denominación de la empresa.

b) Fecha de la venta.

c) Número de la factura.

d) Nombre completo del comprador.

e) Especificación de los artículos vendidos y el precio de venta de cada

uno de ellos.

f) Precio neto de la venta

g) Indicación por separado del monto del impuesto de consumo.

h) Monto del impuesto general sobre las ventas

i) Valor total en colones de la factura.

2.5 DECLARACION Y PAGO DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.

1. EN EL CASO DE LA VENTA INTERNA DE LOS BIENES AFECTOS AL ISC

Page 10: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

El texto del artículo 63º de la Ley del Impuesto General a las Ventas hace

mención que el plazo para la declaración y pago del Impuesto Selectivo

al Consumo a cargo de los productores y los sujetos a que se refiere el

Artículo 57º de la misma norma, se determinará de acuerdo a las normas

del Código Tributario.

Se indica además que la SUNAT establecerá los lugares, condiciones,

requisitos, información y formalidades concernientes a la declaración y el

pago.

Lo antes mencionado implica que el contribuyente del Impuesto Selectivo

al Consumo deberá cumplir con realizar el pago y la presentación de la

Declaración Jurada respectiva en la fecha que le corresponde de

acuerdo con el cronograma aprobado por la SUNAT, tomando en cuenta

el último dígito del número de RUC. También está reflejado en el texto

del artículo 58º de la Ley del Impuesto General a las Ventas cuando

precisa que el pago del Impuesto Selectivo al Consumo a cargo de los

productores o importadores de cerveza, licores, bebidas alcohólicas,

bebidas gasificadas, jarabeadas o no, aguas minerales, naturales o

artificiales, combustibles derivados del petróleo y cigarrillos, se sujetará a

las normas que establezca el Reglamento.

2. EN EL CASO DE LA IMPORTACIÓN DE LOS BIENES AFECTOS AL ISC

Según lo establece el texto del artículo 65º de la Ley del Impuesto

General a las Ventas el Impuesto Selectivo al Consumo a cargo de los

importadores será liquidado y pagado en la misma forma y oportunidad

que el Artículo 32º del presente dispositivo establece para el Impuesto

General a las Ventas.

Page 11: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

Recordemos que el primer párrafo del artículo 32º de la Ley del Impuesto

General a las Ventas señala que el impuesto que afecta a las

importaciones será liquidado por las Aduanas de la República.

2.6. EMPRESAS EXCEPTUADAS:

En virtud de la ley N° 27153 se excluyó del ámbito de aplicación a los

casinos de juegos, a las máquinas tragamonedas y otros aparatos

electrónicos

III MARCO NORMATIVO:

3.1. BASE LEGAL

Decreto Supremo N° 055-099-EF, publicada el 29.04. 1999

Decreto Supremo N° 029-94-EF, Reglamento de la Ley del Impuesto

General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, y normas modificatorias.

Decreto Legislativo N° 978, Publicado el 15 de marzo de 2007, el cual

aplica a los Departamentos de Ucayali y Madre de Dios el programa de

reducción gradual de la exoneración del Impuesto General a las Ventas e

impuesto selectivo al Consumo al petróleo, gas natural y sus derivados.

La Ley N.° 29518 , Ley que establece medidas para promover la

formalización del Transporte Público Interprovincial de Pasajeros y de

Carga- publicada el 8.4.2010, y su Reglamento aprobado por Decreto

Supremo N.° 145-2010-EF publicado el 4.7.2010;

Page 12: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

3.2 AMBITO DE APLICACIÓN:Al efectuar la revisión del texto del artículo 50º de la Ley del Impuesto

General a las Ventas, observamos que allí se indica que el Impuesto

Selectivo al Consumo grava los siguientes tipos de bienes y actividades:

a) La venta en el país a nivel de productor y la importación de los bienes

especificados en los Apéndices III y IV;

b) La venta en el país por el importador de los bienes especificados en el

literal A del Apéndice IV; y,Nótese que en el caso particular del importador

que realiza la venta de los bienes señalados en el literal a del Apéndice IV

de la Ley del IGV se afecta al ISC dicha operación, los cuales están

nombrados en el literal anterior.

c) Los juegos de azar y apuestas, tales como loterías, bingos, rifas, sorteos y

eventos hípicos.

Si se observa, el legislador ha determinado que las operaciones que se

encuentran gravadas con el referido tributo son aquellas que están

señaladas en los Apéndices que como complemento forman parte de la

Ley del Impuesto General a las Ventas, los cuales se han descrito

anteriormente.

APÉNDICE III

SISTEMA ESPECÍFICOPRODUCTOS UNIDAD DE

MEDIDAPORCENTAJE

PRECIO PRODUCTOR Mínimo Máximo

Gasolina para motores Galón 1% 140% Queroseno y carburoreactores tipo queroseno para reactores y turbinas (Turbo A1)

Galón 1% 140%

Gasoils Galón 1% 140% Hulla Tonelada 1% 100% Otros combustibles Galón o

metro cúbico

0% 140%

Page 13: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

APÉNDICE IV

SISTEMA ESPECÍFICOPRODUCTO UNIDAD DE

MEDIDANUEVOS SOLES

Mínimo Máximo Pisco Litro 1.50 2.50

SISTEMA AL VALOR SEGÚN PRECIO DE VENTA AL PÚBLICOPRODUCTO UNIDAD DE

MEDIDATASAS

Mínimo Máximo Cervezas Unidad 25% 100% Cigarrillos Unidad 20% 300%

 SISTEMA AL VALOR

PRODUCTO UNIDAD DE MEDIDA

TASAS Mínimo Máximo

Gaseosas Unidad 1% 150% Las demás Bebidas Unidad 1% 150% Los demás Licores Unidad 20% 250% Vino Unidad 1% 50% Cigarros, Cigarritos y Tabaco Unidad 50% 100% Vehículos para el transporte de personas, mercancías; tractores; camionetas Pick Up; chasís y carrocerías

- Nuevos

- Usados

Unidad

Unidad

 

0%

0%

 

 80%

100%

APENDICE IV :

A. Productos sujetos al sistema al valor productos afectos a la tasa del 0 %

BIENES AFECTOS AL IMPUESTO SELECTIVO ALCONSUMO

- PRODUCTOS AFECTOS A LA TASA DEL 0%

PARTIDAS

ARANCELARIAS

PRODUCTOS

Page 14: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

8703.10.00.00/8703.90.00.90

Sólo: un vehículo automóvil usado, importado conforme a lo dispuesto por la Ley N° 28091 y su reglamento.(Modificado mediante artículo5° del Decreto Supremo N° 010-2006-RE, publicado el 4.4.2006, vigente desde el 5.4.2006)

8702.10.10.00/8702.90.99.908703.10.00.00/8703.90.00.908704.21.00.10-8704.31.00.10

Vehículos usados que hayan sido reacondicionados o reparados en los CETICOS.

8702.10.10.00/8702.90.99.90

Sólo: vehículos automóviles nuevos ensamblados para el transporte colectivo de personas, con una capacidad proyectada en fábrica de hasta 24 asientos, incluido el del conductor.

(De acuerdo con lo establecido en el artículo 1° del Decreto Supremo N° 075-2000-EF publicado el 22.07.2000 vigente desde 22.07.2000)

- PRODUCTOS AFECTOS A LA TASA DEL 17%

PARTIDASARANCELARIAS

PRODUCTOS

2202.90.00.00 Solo: Bebidas rehidratantes o isotónicas, bebidas estimulantes o energizan tés y demás bebidas no alcohólicas, gaseadas o no; excepto el suero oral; las preparaciones líquidas que tengan propiedades laxantes o purgantes, diuréticas o carminativas, o nutritivas (leche aromatizadas, néctares de frutas y otros complementos o suplementos alimenticios), siempre que todos los productos exceptuados ofrezcan alivio a dolencias o contribuyen a la salud o bienestar general.

(De conformidad con la inclusión dispuesta por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 216-2006-EF, publicado el 29.12.2006 vigente desde el 29.12.2006).

2202.10.00.00 Agua, incluida el agua mineral y la gasificada, azucarada, edulcorada de otro modo o aromatizada.

PRODUCTOS AFECTOS A LA TASA DEL 20%

Page 15: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

PARTIDAS ARANCELARIAS PRODUCTOS

2207.10.00.00 Alcohol etílico sin desnaturalizar.

2207.20.00.10

2207.20.00.90

Alcohol etílico y aguardiente desnaturalizados de cualquier graduación.

2208.90.10.00 Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior al 80% vol.

*De acuerdo con la modificación dispuesta por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 092-2013-EF, publicado el 14.5.2013

- PRODUCTOS AFECTOS A LA TASA DEL 10%

PARTIDAS

ARANCELARIAS

PRODUCTOS

8703.10.00.008703.31.10.00/ 8703.90.00.90

Sólo: vehículos automóviles nuevos ensamblados proyectados principalmente para el transporte de personas.

8704.21.10.10-8704.31.10.10

Camionetas pick up nuevas ensambladas de cabina simple o doble.

8704.21.10.90- 8704.21.90.00 Sólo: chasis cabina dos nuevos de camionetas pick up

8704.31.10.90- 8704.31.90.00 Sólo: chasis cabina dos nuevos de camionetas pick up

*(De acuerdo con la modificación dispuesta por el artículo 1° del Decreto supremo N° 210-2007-EF publicado el 23.12.2007 vigente desde 24.12.2007).

- PRODUCTOS AFECTOS A LA TASA DEL 30%

PARTIDAS

ARANCELARIAS

PRODUCTOS

Page 16: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

8701.20.00.00 Tractores usados de carretera para semirremolques.

8702.10.10.00/8702.90.99.90

Sólo: Vehículos automóviles usados ensamblados para el transporte colectivo de personas

8703.10.00.00/8703.90.00.90

Sólo: vehículos automóviles usados ensamblados proyectados principalmente para el transporte de personas.

8704.21.00.10/8704.90.00.00

Vehículos automóviles usados concebidos para transporte de mercancías.

8706.00.10.00/8706.00.90.00

Chasis usados de vehículos automóviles, equipados con su motor.

8707.10.00.00/8707.90.90.00

Carrocerías usadas de vehículos automóviles, incluidas las cabinas.

*(De acuerdo con la modificación dispuesta por el artículo 2° del Decreto Supremo N° 093-2005-EF publicado el 20.07.2005 vigente desde 21.07.2000)

- PRODUCTOS AFECTOS A LA TASA DEL 50%

PARTIDAS

ARANCELARIAS

PRODUCTOS

2402.10.00.00 Cigarros y cigarritos que contengan tabaco.

2402.90.00.00 Los demás cigarros, cigarritos de tabaco o de sucedáneos del tabaco.

2403.10.00.00/2403.91.00.00

Los demás tabacos y sucedáneos del tabaco, elaborados; tabaco "homogenizado" o "reconstituido".

Juegos de azar y apuestas.

a) Loterías, bingos, rifas y sorteos.................... 10 %

b) Literal eliminado en aplicación de la Cuarta Disposición Complementaria

y Final de la Ley N° 27153, publicada el 09.07.99, vigente desde

10.07.99.

c) Eventos hípicos........................................... 2 %

Page 17: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

B. PRODUCTOS AFECTOS A LA APLICACIÓN DEL MONTO FIJO  

PARTIDA ARANCELARIA

PRODUCTOS Nuevos Soles

2402.20.10.00/ 2402.20.20.00

Cigarrillos de tabaco negro y Cigarrillos de tabaco rubio

0,07 por cigarrillo  (De acuerdo con la inclusión dispuesta por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 004-2010-EF, publicado el 14.1.2010, vigente desde el 15.1.2010).

2208.20.21.00 Pisco 1,50 por litro  (De acuerdo con la inclusión dispuesta por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 104-2004-EF, publicado el 24.7.2004, vigente desde el 25.7.2004).

C. PRODUCTOS AFECTOS AL SISTEMA DE PRECIOS DE VENTA AL PÚBLICO

De conformidad con el artículo 2° del Decreto Supremo N° 092-2013-EF, publicado el 14.5.2013, se excluye a las cervezas del Literal C del Nuevo Apéndice IV del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.

D. PRODUCTOS SUJETOS ALTERNATIVAMENTE AL LITERAL A DEL NUEVO APÉNDICE IV DEL SISTEMA AL VALOR, AL LITERAL B DEL NUEVO APÉNDICE IV DEL SISTEMA ESPECÍFICO (MONTO FIJO), O AL LITERAL C DEL NUEVO APÉNDICE IV DEL SISTEMA AL VALOR SEGÚN PRECIO DE VENTA AL PÚBLICO:

El Impuesto a pagar será el mayor valor que resulte de comparar el resultado obtenido de aplicar la tasa o monto fijo, según corresponda, de acuerdo a la siguiente

tabla:

BIENES SISTEMAS

Partidas Arancelarias Productos Grado

Alcohólico

Literal B del Nuevo Apéndice IV Especifico (Monto Fijo)

Literal A del Nuevo Apéndice IV - Al Valor (Tasa)

Literal C del Nuevo Apéndice IV - Al Valor según Precio de Venta al Público (Tasa)

2203.00.00.00 Líquidosalcohólico

s 0° hasta

6° S/. 1,25

porlitro

-.- 30% 2204.10.00.00/

2204.29.90.00

2205.10.00.00/ Más de 6° S/. 2,50 25% -.-

Page 18: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

hasta 20° por litro 2205.90.00.00

2206.00.00.00

2208.20.22.00/

Más de 20°

S/. 3,40 por litro 25% -.-

2208.70.90.00

2208.90.20.00/

2208.90.90.00

El mayor valor que resulte producto de la comparación señalada implicará que los bienes antes descritos se encuentren en el literal A, B o C del Nuevo Apéndice IV, según corresponda, a los cuales les será de aplicación las reglas establecidas para cada Literal.

 Literal D modificado por el artículo 2 del Decreto Supremo N° 167-2013-EF, publicado el 9.7.2013

   En los casos que el resultado obtenido de aplicar los sistemas a que se refiere el artículo precedente resulte igual, el impuesto a pagar será el que corresponda al Sistema Especifico.

3.3 CONCEPTOS COMPRENDIDOS EN LA BASE IMPONIBLE.

La base imponible está constituida en él:

a) Sistema Al Valor, por:

1. El valor de venta, en la venta de bienes.

2. El Valor en Aduana, determinado conforme a la legislación pertinente,

más los derechos de importación pagados por la operación tratándose

de importaciones.

3. Para efecto de los juegos de azar y apuestas, el Impuesto se aplicará

sobre la diferencia resultante entre el ingreso total percibido en un mes

por los juegos y apuestas, y el total de premios concedidos en dicho

mes.

Page 19: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

b) Sistema Específico, por el volumen vendido o importado expresado en las

unidades de medida, de acuerdo a las condiciones establecidas por

Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

c) Sistema Al Valor según Precio de Venta al Público, por el Precio de

Venta al Público sugerido por el productor o el importador, multiplicado

por un factor, el cual se obtiene de dividir la unidad (1) entre el resultado

de la suma de la tasa del Impuesto General a las Ventas, incluida la del

Impuesto de Promoción Municipal más uno (1). El resultado será

redondeado a tres (3) decimales.

El Ministerio de Economía y Finanzas, podrá determinar una base de

referencia del precio de venta al público distinta al precio de venta al

público sugerido por el productor o el importador, la cual será determinada

en función a encuestas de precios que deberá elaborar periódicamente el

Instituto Nacional de Estadística e Informática, la misma que será de

aplicación en caso el precio de venta al público sugerido por el productor o

importador sea diferente en el período correspondiente, de acuerdo a lo

que establezca el reglamento.

Los productores y los importadores de los bienes afectos a este Sistema,

deberán informar a la SUNAT en el plazo, forma y condiciones que señale

el Reglamento, de las modificaciones de cualquier precio de venta al

público sugerido, de las modificaciones de la presentación de los bienes

afectos, así como de las nuevas presentaciones y marcas que se

introduzcan al mercado.

3.4 MODIFICACIÓN DE TASAS Y/O MONTOS FIJOS

Por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se

podrán modificar las tasas y/o montos fijos, así como los bienes contenidos

Page 20: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

en los Apéndices III y/o IV. A ese efecto, la modificación de los bienes del

Apéndice III sólo podrá comprender combustibles fósiles y no fósiles, aceites

minerales y productos de su destilación, materias bituminosas y ceras

minerales. Por su parte, la modificación de los bienes del Apéndice IV sólo

podrá comprender bebidas, líquidos alcohólicos, tabaco y sucedáneos del

tabaco elaborados, vehículos automóviles, tractores y demás vehículos

terrestres sus partes y accesorios. En ambos casos las tasas y/o montos fijos

se podrán fijar por el sistema al valor, específico o al valor según precio de

venta al público, debiendo encontrarse dentro de los rangos mínimos y

máximos que se indican a continuación, los cuales serán aplicables aun

cuando se modifique el sistema de aplicación del impuesto, por el

equivalente de dichos rangos que resultare aplicable según el sistema

adoptado; en caso el cambio fuera al sistema específico se tomará en cuenta

la base imponible promedio de los productos afectos.

3.5 CARACTERISTICAS

Se caracterizan por lo siguiente:

El impuesto Selectivo al consumo (el general es el IVA)

Monofásico: grava la primera venta ( excepto suntuarios)

Los sujetos de derecho son el fabricante, el importador, las empresas

que prestan servicios gravados

En general se traslada al consumidor final, quien lo soporta

El consumo implica el acto de liberación del producto gravado para el

consumo en el mercado interno.

Page 21: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

3.6 OBJETIVOS

Los impuestos selectivos se aplican especialmente si:

El consumo del bien genera externalidades.

El bien es considerado de lujo.

La demanda del bien gravado es poco sensible a cambios en precios.

Las razones más importantes detrás de la aplicación de impuestos selectivos

son:

Importante fuente de ingresos para el fisco.

Corrige las externalidades negativas.

Permiten mejorar la equidad vertical (relacionado a la gravación de

bienes de lujo).

3.7 VENTAJAS Y DESVENTAJAS:

3.7.1. Ventajas: se encuentran las siguientes:

Son de gran rendimiento.

Son de fácil percepción y de bajo costo de recaudación.

Son impersonales, ya que el contribuyente que finalmente lo

satisface, como consecuencia de la traslación, no está señalado

en la ley.

Son impuestos progresistas y cumplen una función social, pues

permiten orientar al contribuyente, según la forma del consumo,

gravando los consumos estériles y reduciendo los nocivos.

Son difíciles de eludir, y a su vez son elásticos, ya que crece su

producto con el aumento de la población y de los gastos públicos

según se necesite, para lo cual basta establecer un aumento del

quantum del gravamen.

Page 22: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

Es un impuesto que no grava el ahorro.

Satisface la regla de la generalidad, ya que alcanza a los

extranjeros tanto como a los nacionales, estén radicados o no en

el país.

El pago es voluntario y libre, ya que éste depende de la exigencia

del consumo o gasto y del artículo gravado.

Permite la disminución de los consumos de artículos

determinados.

3.7.2. Desventajas: se encuentran las siguientes:

No consulta la capacidad contributiva en forma apetecida. Esto

significa que el impuesto al consumo resulta ser un gravamen real,

que no contempla situaciones particulares o subjetivas.

No permite el descuento del mínimo no imponible, cargas de

familias, etc; que son gastos necesarios para el contribuyente.

Grava riquezas en formación y no riquezas poseídas o

consolidadas.

No es proporcional a las rentas o riquezas.

Es regresivo, ya que el pobre paga proporcionalmente más que el

rico.

Grava a los artículos útiles y de primera necesidad, perjudicando a

los menos pudientes.

3.8. FINALIDAD

Sociales y económicos

Modifica selectivamente la demanda al variar la estructura del precio.

Page 23: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

Reduce los consumos no deseados ( cigarrillo, alcoholes, etc.)

Complementa el impuesto general al consumo

Complementa aranceles aduaneros

Financieros

Recaudación

 

IV. SANCIONES

El incumplimiento en la presentación de la declaración y el pago del impuesto

selectivo de consumo dentro del plazo legal establecido produce la obligación de

pagar un interés, junto con el tributo adeudado; asimismo, se incurre en una

infracción administrativa, sancionada con medio salario base. A continuación se

detallan las sanciones y recargos correspondientes, de conformidad con el

Código Tributario.

TABLA DE SANCIONES.

 Conducta sancionada 

 Art. 

 Sanción

 Omisión de la presentación de la declaración de renta dentro de los plazos establecidos.

  79

  50% de un salario base

Page 24: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

 Morosidad en el pago del tributo,

 80 bis

 1% del impuesto por pagar, por cada mes o fracción de mes, hasta un máximo del 20% si paga después de los  plazos establecidos.

 Infracciones materiales por omisión, inexactitud, o por solicitud improcedente de compensación o devolución, o por obtención de devoluciones improcedentes.

  81

 Infracción Leve: 50% sobre la base de la sanción.Infracción grave: Si monto de la deuda es mayor al 10% de la base de la sanción: la sanción es del 100% de la base de la sanción.Infracción muy grave: La sanción es del 150% de la base de la sanción. 

  Recargo por Intereses

 57

 El pago efectuado fuera del término produce la obligación de pagar un interés junto con el tributo adeudado. Consulte las tasas de interés  

V. CASUISTICA COMPARADA

La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) organizó esta

semana en su sede, en Santiago de Chile, un seminario para evaluar cómo las

políticas tributarias pueden mejorar la equidad en la región más desigual del

mundo y difundió un documento al respecto. Aquí rescato algunas de las ideas

que me parecieron más relevantes de ese informe y algunos de los números

Page 25: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

que nos sirven para comparar los niveles de tipos de cada país, como para

comparar y observar el camino que falta recorrer hacia la justicia impositiva.

“Durante la última década la mayoría de los países de la región experimentó un

marcado crecimiento de la carga tributaria como porcentaje del PIB

(especialmente a partir de 2002), junto con profundos cambios estructurales,

como la consolidación del IVA, una significativa mejora de la participación de los

impuestos directos (a la renta y el patrimonio) y el declive de los gravámenes

sobre el comercio internacional. Entre 2000 y 2011 los ingresos fiscales totales

de América Latina aumentaron del 19,6% al 23,6% del PIB, mientras que la

carga tributaria (excluidos los aportes a la Seguridad Social) aumentó del 12,7%

al 15,7% en América Latina.”

País Ingresos tributarios con Seguridad Social (% del PIB)

Chile 20,2

Brasil 34,8

Bolivia 22,1

VI. CASUISTICA APLICADA

a) AFECTACIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO AL PISCO.

La empresa «AGRO ICA» S.R.L es productora de pisco, iniciando sus

actividades durante el mes de mayo del 2007. Al respecto, durante dicho

periodo ha efectuado la venta de 5000 litros de pisco a S/.10.00 cada litro a

Page 26: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

un distribuidor de la ciudad de lima. Nos consultan acerca del cálculo del

impuesto que le corresponde pagar.

SOLUCION

En principio tenemos que considerar que el bien denominado «Pisco» se

encuentra dentro del Literal «8» del Apéndice IV.

ISC (Sistema Especifico) = Base Imponible x Monto Fijo

En tal sentido, y de acuerdo a lo señalado por la empresa «AGRO ICA»

S.R.L tenemos la siguiente información.

Base Imposible 5000 Litros

Monto Fijo S/. 1.50

Finalmente, el impuesto que corresponderá abonar a la empresa «AGRO

ICA» S.R.L , será de:

Base imposible X monto fijo

5000 litros x S/ 1.50

S/. 75.00

ASIENTOS CONTABLES

12 cuentas por cobrar comerciales – terceros 67, 850

121 Facturas por cobrar

40 Tributos y aportes al sistema de pensiones y 17,850

De salud por pagar.

Page 27: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

40111 IGV – Cuenta Propia 10.350

4012 Impuesto selectivo al consumo 7.500

70 Ventas 50.000

7011 Mercaderías Manufacturadas

x/x Por la venta de 5000 Litros de Pisco

------------------- X -----------------------------

40 Tributos y aportes al sistema de pensiones y 17,850

De salud por pagar.

40111 IGV – Cuenta Propia 10.350

4012 Impuesto selectivo al consumo 7.500

10 Efectivo y Equivalente de Efectivo 17,850

101 Cuenta Propia

x/x Por el pago del impuesto

-------------------- x ------------------------------

B. IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO EN LA IMPORTACIÓN DE VINOS

La empresa «AGRO TACNA» S.R.L. es importadora de vinos de uva, iniciando

sus actividades durante el mes de junio del 2012. al respecto, durante dicho

periodo ha efectuado la venta de 5000 botellas de vino a un distribuidor de la

ciudad de lima. Nos consultan acerca del cálculo del ISC que le corresponde

pagar, considerando que el valor de cada botella es de s/. 14.00.

Page 28: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

SOLUCION

En principio tenemos que considerar que el bien denominado «Vino de

Uva» se encuentra dentro del Literal «A» del Apéndice IV.

ISC (Sistema al Valor) = Base Imponible X Tasa

En tal sentido, y de acuerdo a lo señalado por la empresa «AGRO TACNA»

S.R.L tenemos la siguiente información.

VOLUMEN 5000 unidadesValor de venta por unidad S/. 14.00

Base Imposible S/. 70000

Finalmente, el impuesto que corresponderá abonar a la empresa «AGRO

ICA» S.R.L, será de:

ISC Base Imposible x Tasa

ISC S/. 70000 X 20%

ISC S/. 14000

Page 29: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

ASIENTOS CONTABLES

12 cuentas por cobrar comerciales – terceros 99, 120

121 Facturas por cobrar

40 Tributos y aportes al sistema de pensiones y 29,120 De salud por pagar.

40111 IGV – Cuenta Propia 15.120

4012 Impuesto selectivo al consumo 14.000

70 Ventas

7011 Mercaderías Manufacturadas 70.000

x/x Por la importación de 5000 botellas de vino

------------------- X -----------------------------

40 Tributos y aportes al sistema de pensiones y 29,120

De salud por pagar.

40111 IGV – Cuenta Propia 15.120

4012 Impuesto selectivo al consumo 14.000

10 Efectivo y Equivalente de Efectivo 29,120

101 Cuenta Propia

x/x Por el pago del impuesto

-------------------- x ------------------------------

Page 30: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

c) Determinación del Impuesto en Loterías:

LOTERÍA SAN PABLO S.A.C. ha emitido 20,000 billetes de loterías

valorizados a S/5.00 C/U de los cuales se ha vendido 18,500 unidades.

Después de realizado el sorteo, se ha determinado que las comisiones de

venta por cada billete es del cinco por ciento (5%) y que el premio pagado es

de S/.80, 000. determinar el Impuesto Selectivo al consumo a pagar.

SOLUCIÓN

Cálculo del impuesto

Tratándose de juegos de azar y apuestas, el impuesto se aplica sobre la base

imponible, que es la diferencia resultante entre el ingreso total percibido en un

mes por los juegos y apuestas, y el total de premios concedidos en dicho mes.

ISC (juegos de azar y apuestas) = Base Imponible X tasa

En este sentido, y teniendo en consideración lo expuesto por la empresa

tenemos el siguiente cálculo:

Ingreso percibido

Billetes Vendidos 18.500 x 5.00 92.500

Comisiones de Venta 5% de 92.500 4.625

Ingreso Percibido 87.875

Base Imponible

Base Imponible = Ingreso percibido – premios efectivamente pagados

Base imposible = 87.875 - 80.000 = S/ 7.875

Page 31: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

Impuesto

ISC = Base Imposible X 10%

ISC = S/ 7.875 X 10%

ISC = S/. 788

ASIENTO CONTABLE

64 Gastos por tributos

6411 impuestos selectivo al consumo 788.00

40 Tributos por pagar

4012 Impuestos selectivo al Consumo 788.00

x/x Por la provisión del ISC correspondiente

a la realización de la lotería

92 costos de los juegos 788.00

79 Cargas Imp, A Cta. De costos y Gastos 788.00

X/x Por el destino de la provisión del pago del

Impuesto correspondiente

----------------------------- X ----------------------------------

40 tributos por pagar 788.00

4012 impuestos selectivo al consumo

10 efectivos y equivalente de efectivo

101 caja 788.00

Page 32: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

VII. ANEXOS:

SUNAT APRUEBA NUEVO FORMULARIO VIRTUAL PARA DECLARACION Y PAGO MENSUAL DEL ISC

La SUNAT aprobó la nueva versión del Formulario Virtual para la declaración y

pago mensual del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) por parte de los

contribuyentes afectos a este impuesto, el cual incorpora las recientes

modificaciones en el ISC de algunos bienes contenidos en el Nuevo Apéndice IV

del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al

Consumo.

Así lo dispone la Resolución de Superintendencia N° 181-2013/SUNAT, publicada

en el diario oficial.

Como se sabe, el 14 de mayo último se publicó el Decreto Supremo N° 092-2013-

EF, que modifica los literales A y C del Nuevo Apéndice IV del TUO de la Ley del

Impuesto General a las Ventas e ISC.

El Decreto Supremo del MEF incluye un literal D, a fin de que algunos bienes

afectos al ISC, tales como los licores y las cervezas dejen de estar gravados

únicamente bajo el Sistema al Valor y el Sistema al Valor según precio de venta al

público, respectivamente, y pasen a estar gravados alternativamente al Sistema

Específico (monto fijo), al Valor o al Valor según precio de venta al público.

La Resolución de la SUNAT precisa que la nueva versión del Formulario Virtual N°

615 (PDT ISC) estará a disposición de los interesados a partir del 7 de junio en el

portal institucional (www.sunat.gob.pe) y podrá presentarse desde esa fecha.

La SUNAT, a través de sus dependencias y Centros de Servicios al Contribuyente

(CSC), facilitará la obtención del indicado PDT a aquellos contribuyentes que no

tuvieran acceso a Internet, para lo cual éstos deberán proporcionar los medios

magnéticos que sean necesarios.

Page 33: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

Page 34: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

VIII. CONCLUSIONES:

En nuestro país, el Impuesto Selectivo al Consumo, grava la venta

en el país a nivel de productor y la importación de bienes tales como

combustibles, vehículos, cervezas, cigarrillos, bebidas alcohólicas,

agua gaseosa y mineral, otros artículos de lujo, combustibles, juegos

de azar  y apuestas. Las tasas del impuesto fluctúan entre 0% y 50

%, según el tipo de bien o servicio gravado. En algunos casos se 

prevé el pago de sumas fijas dependiendo del producto o servicio

gravado. Las tasas están consideradas en los Apéndices III y IV del

Texto Único Ordenado de la ley del Impuesto General a las Ventas”.

El presente trabajo se proponer reflexionar en entorno al ISC, el cual

e nuestro país con la mayoría ordenamiento que lo recogen,

constituye un cumplimiento IGV o Impuesto al Valor agregado.

Así lo que busca es evitar el consumo de determinación productos

por productos por su suntuosidad o efecto nocivo en la sociedad

gravando estas operaciones con un impuesto adicional, lo cual como

es evidente supone un ha ocurrido en nuestro país .en donde el

impuesto selectivo al consumo cumple únicamente una función

recaudadora ,y la forma en la cual ha sido diseñado no cumple con la

finalidad extra fiscal de ser un móvil para controlar los patrones de

consumo ,gravando la adquisición de productos suntuosos ,nocivos o

dañinos para la sociedad en su conjunto.

Page 35: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________

IX BIBLIOGRAFIA

TITULO: IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO

AUTOR: CPC.ROSA Ortega Salavarria

EDITORIAL:DR. Jorge castillo recuay

EDICION:legislación tributaria

PAGINA:http.www.deperu.com/abc/impuestos/280/impuestoselectivo

consumo.

TITULO: ACTUALIDAD EMPRESARIAL

AUTOR: CPC. Ana PacherresMorales

EDITORIAL: DR. Jaime Morales Mejia

EDICION:actualidad empresarial

PAGINA:http. www.aempresarial.com/web/pre_down_nl.php?id=59871&tipo=3

TITULO: VENTAJAS Y DESVENTAJAS DEL IMPUESTO AL CONSUMO

AUTOR: CPC. Diez, Humberto  

EDITORIAL:CPC.Celdeiro, Ernesto

EDICION:Análisis Económico de los impuestos y del sector público

PAGINA: www.econ.uba.ar/www/seminario/g343/SEMINARIO.doc

Page 36: TRABAJO- IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO.docx

INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I_____________________________________________________________________________________________________