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INTRODUCCIÓN La presente investigación va destinada al análisis, organización y funcionamiento del órgano de investigación interna (oficina de respuesta a las desviaciones policiales). De la policía municipal del municipio Guácara. Los órganos de investigación interna, permiten la aplicación de las normativas legales de manera oportuna. Para lograr la correcta actuación de los funcionarios y funcionarias policiales fomentando los mecanismo de alertas temprana de fallas y faltas, el desarrollo de buenas prácticas policiales, la detección de las fallas graves o delitos y la toma de decisiones sobre los casos de destitución. Establece mecanismo para investigar, sistematizar, mostrar, reducir y reconocer las desviaciones policiales. Desarrolla acciones de inteligencia para obtener información sobre faltas graves y delitos, sobre situaciones complejas, estructuradas o de envergadura cometidos por funcionarios y funcionarias policiales en transgresión a normas legales. La estructura de éste trabajo de investigación se presenta en cinco capítulos breves, desarrollados de forma metódica, continua y progresiva, a fin garantizar su comprensión y el aporte de posibles soluciones para evitar las desviaciones policiales. Y los cuales se describen a continuación: Capítulo I, información sobre Institución donde se realizaron las pasantías, denominación, ubicación, misión, visión, valores estructura organizativa y actividades realizadas

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INTRODUCCIÓN

La presente investigación va destinada al análisis, organización y

funcionamiento del órgano de investigación interna (oficina de respuesta a las

desviaciones policiales). De la policía municipal del municipio Guácara.

Los órganos de investigación interna, permiten la aplicación de las

normativas legales de manera oportuna. Para lograr la correcta actuación de los

funcionarios y funcionarias policiales fomentando los mecanismo de alertas

temprana de fallas y faltas, el desarrollo de buenas prácticas policiales, la

detección de las fallas graves o delitos y la toma de decisiones sobre los casos de

destitución.

Establece mecanismo para investigar, sistematizar, mostrar, reducir y

reconocer las desviaciones policiales. Desarrolla acciones de inteligencia para

obtener información sobre faltas graves y delitos, sobre situaciones complejas,

estructuradas o de envergadura cometidos por funcionarios y funcionarias

policiales en transgresión a normas legales.

La estructura de éste trabajo de investigación se presenta en cinco capítulos

breves, desarrollados de forma metódica, continua y progresiva, a fin garantizar su

comprensión y el aporte de posibles soluciones para evitar las desviaciones

policiales. Y los cuales se describen a continuación:

Capítulo I, información sobre Institución donde se realizaron las pasantías,

denominación, ubicación, misión, visión, valores estructura organizativa y

actividades realizadas

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Capítulo II, se dará a conocer toda la información sobre planteamiento,

formulación del problema, los objetivos y justificación de la investigación.

Obedeciendo la metodología científica a patrones universales este no es un trabajo

original, pero en cuanto a su presentación y al tratamiento de algunos temas los

autores si ofrecen su aporte.

Capítulo III, en él se desarrollarán los aspectos conceptuales referidos a la

situación tratada, así como también los antecedentes de estudios realizados

previamente sobre dicho tema, y la comprensión y fundamentación de los

aspectos teóricos empleados en un marco legal, la definición de términos.

Capítulo IV, hace referencia a la naturaleza, tipo y el diseño de investigación, y

la correspondiente definición de término. Y las fases metodológicas.

Capitulo V, parte final del informe, donde se darán resultados, conclusiones y

recomendaciones.

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CAPITULO I

INSTITUCION

1.1 Nombre

Policía Municipal del Municipio Guácara.

1.2 Ubicación

Av. Prolongación piar, Av. Malave Villaba, edificio policía municipal de

Guácara, Urbanización Malave Villaba.

1.3 Misión

La policía municipal de Guácara es la institución responsable, de Cumplir y

hacer cumplir las Disposiciones establecidas en La Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela y demás Ordenamientos Jurídicos Vigentes, supeditados

al Misterio de Interior y Justicia, a fin de garantizar la seguridad de los

ciudadanos y ciudadanas, el respeto a los bienes Personales y del Municipio, la

Prevención, Registro, Control y Erradicación de las conductas delictuales, que

afecten la sana convivencia social y la paz social, con la preeminencia de los

Derechos Humanos basados en el Nuevo Modelo Policial, la participación

protagónica para un libre desenvolvimiento.

1.4 Visión

La policía municipal de guácara pretende ser una institución líder en la

consecución de todos los estándares del Nuevo Modelo Policial en el menor

tiempo posible, para prestar un Servicio de Policía digno, tanto para la

comunidad, como para los conformantes de la Institución.

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1.5 Valores

Valores y principios que orientan la misión y la visión de la policía municipal

de guácara.

Vocación de servicio: Todo policía debe estar convencido de que su profesión es

la más noble y útil a la sociedad, cuya esencia está estructurada en el servicio a las

personas. Su labor va más allá de la represión del delito, y se constituye en un ente

polifacético, obligado a atender todo llamado o necesidad del ciudadano.

Sacrificio: La carrera del policía lo obliga, cada vez que las circunstancias del

servicio lo exijan, a privarse de cosas o asuntos deseados; la diferencia está en ir

más allá del desempeño normal, obviando los obstáculos.

Abnegación: Es la entrega total y desinteresada a su profesión, anteponiendo

incluso su existencia en aras del servicio a la comunidad.

Disciplina: Es la observación de las leyes y normas de la institución, que se

constituye en el pilar fundamental en que descansa la organización policial;

mediante la disciplina se garantiza la cohesión de sus miembros ante el

cumplimiento de todas sus funciones.

Responsabilidad: Es el deber que compromete al policía y que lo guía para

cumplir cabalmente con sus funciones.

Respeto: Es la atención y miramiento que ha de fomentar la reciprocidad en la

relación del policía con la sociedad.

Honor: Es un concepto integral que involucra los principios más nobles del ser

humano, y que justifican sus acciones ante sí y ante la sociedad, sobre la base de

principios aceptados en un lugar y en un momento determinado. El honor del

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policía lo impulsa a no esperar mayor recompensa que la de sentir orgullo por sus

acciones, consciente de que sus actuaciones se basan en lo justo, en lo legal y en

los más altos principios de su profesión.

Moralidad: Es el compromiso de predicar con el ejemplo; el policía deberá ser el

primero en cumplir con el ordenamiento jurídico existente, para poder así, exigirlo

a la ciudadanía.

Honradez: Implica la condición innata que garantiza su transparencia en el

actuar, está asociada con el honor y juntos alimentan el espíritu del policía,

impidiendo ser vencido por las tentaciones a las que se enfrenta en su diaria labor.

Discreción: Es la prudencia, reserva y moderación que distingue el proceder de

los miembros de la Policía Municipal de guácara.

Profesionalismo: El policía es un profesional que se ocupa del desarrollo de

funciones en un campo específico del saber y la sociedad. La profesión policial

exige estudios continuos, visión integral y una conducta ejemplar.

Superación: Es la disposición personal de cada miembro de la Policía Municipal

de guácara, para desarrollarse tanto en el ámbito institucional como profesional.

Diligencia: Es el esfuerzo por mantener una atención pronta y fluida,

fundamentada en los procedimientos legales previamente establecidos.

Eficiencia y Eficacia: Constituye un requisito de las acciones policiales, cuyo fin

es alcanzar la más alta competencia profesional y los resultados concretos de la

labor desempeñada.

Dignidad: Atributo motivado por la autoestima del policía, y que caracteriza sus

relaciones de consideración y respeto hacia sí mismo y hacia los demás.

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Imparcialidad: En el desempeño de sus funciones, el policía se constituye en un

medio para elevar un asunto ante las autoridades correspondientes, actuando con

objetividad, sin favorecer con sus actuaciones a ninguna de las partes.

Cortesía: Es la carta de presentación del policía ante el ciudadano,

constituyéndose en la punta de flecha que determinará el trato posterior que

recibirá el mismo en cada situación.

Valor: Cualidad que impulsa al policía a afrontar con decisión y firmeza las

situaciones del servicio.

Tolerancia: Capacidad de control que distingue al policía durante el

cumplimiento de sus funciones, sobre todo cuando debe tratar con personas

hostiles. Implica la capacidad para comprender a los demás, aun cuando actúen y

opinen de una manera diferente.

Lealtad: Fidelidad que se debe a la Institución y a la comunidad. Se proyecta en

el mantenimiento de la buena imagen institucional y en el correcto uso, manejo y

cuidado de sus bienes y equipos.

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1.6 Órgano de supervisión interna (Oficina de respuesta a las desviaciones policiales) Es una unidad administrativa, adscrita a la Dirección General de la Policía

municipal del municipio de guacara, que reporta al Ministerio del Poder Popular

para Interior y Justicia sobre hechos y situaciones complejas, estructuradas o de

envergadura, que impliquen violación de la Constitución y la Ley en materia de

desempeño policial.

1.7 Misión La Oficina de Respuesta a las Desviaciones Policiales es una instancia de

control interno, en apoyo a la oficina de atención a la víctima y la oficina de

control y actuaciones policiales, en la labor de cumplir y hacer cumplir

cabalmente las funciones policiales, en el compromiso del respeto y obediencia a

la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes y demás

instrumentos normativos.

1.8 visión

Conformar una Dirección modelo, de acuerdo al lineamiento del cuerpo de

policía nacional, que propone estrategias que busquen mejorar el cabal desempeño

del servicio de Policía fomentando las buenas prácticas policiales, siempre

apegado a los principios generales del servicio de Policía y de respeto y

obediencia a la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, las leyes

y demás instrumentos, normativas.

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1.9 funciones.

1. Detectar casos de indicios sobre la comisión de hechos constitutivos de

faltas graves o delitos cometidos por personal del Cuerpo de Policía

Municipal.

2. Establecer, levantar, procesar y sistematizar información que permita

detectar, contener y responder a las desviaciones policiales en el Cuerpo

de Policía Municipal.

3. Coordinar las acciones de inteligencia con las distintas unidades del

Cuerpo de Policía Municipal a fin de detectar los casos graves de

desviación policial en los que estén involucrados las funcionarias o

funcionarios policiales, que comprometan el desempeñado y credibilidad

del Cuerpo de Policía Municipal, e iniciar las acciones que fueren

procedentes de conformidad a lo dispuesto en el marco legal vigente.

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1.10 Actividades Realizadas.

1. Recepción de denuncias o recepción de oficios para la apertura de

averiguaciones por desviaciones policiales.

2. Tomar actas de entrevista a los involucrados, en los hechos que se

investiguen, funcionarios, testigos, victimas o victimarios.

3. Elaboración de oficios y comunicaciones a otros departamentos

involucrados en las investigaciones llevadas.

4. Elaboración de conclusiones del proceso investigativo.

5. Remisiones al ministerio público u oficina de control y actuaciones

policiales para la aplicación de las sanciones correspondientes.

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ORGANIGRAMA DE LA OFICINA DE RESPUESTAS

A LAS DESVIACIONES POLICIALES DE LA POLICIA

MUNICIPAL DE GUACARA

JEFE DEL DEPARTAMENTO

OFICIAL SUSTANCIA

DOR

OFICIAL SUSTANCIADOR

OFICIAL SUSTANCIADOR

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CAPÍTULO II

EL PROBLEMA

2.1 Planteamiento del Problema

La figura de supervisión en las instituciones, tanto públicas como privadas,

es uno de los mecanismos necesarios para lograr minimizar los márgenes de

errores, efectividad en los servicios, en lo que respecta a los instituciones

públicas, donde comúnmente se observan ineficacia o irregularidades, que

degradan la imagen de la empresa y ocasionan descontentos en la población, en el

campo policial a la ciudadanía se le hace fácil emitir juicios negativos.

La que la imagen que predomina es la represiva y abusiva y a pesar de

ser objeto de algún tipo de maltrato o abuso, ya sea directa e indirectamente, a

través de un familiar, amigo o desconocido, la última opción es la de denunciar,

por la desconfianza en la aplicación de las sanciones correspondientes.

La figura de impunidad es relacionada directamente con el uniforme o una

credencial, juicio que es errado, dado que el hecho de ser funcionario policial y

conocedor de ordenamientos jurídicos se convierte en la mayoría de los casos en

agravantes y no en atenuantes.

Los funcionarios policiales tienen responsabilidades, civiles,

administrativas y penales, pero de cierta manera el éxito de la determinación de

las referidas responsabilidades va depender no solo de las denuncias de las

victimas sino de los mecanismos de control por parte de las instituciones

policiales para tomar acciones.

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Atendiendo al nuevo modelo policial que planteo, el Presidente de la

Republica Bolivariana de Venezuela Hugo Rafael Chávez Frías, en su lucha por

la depuración de los cuerpos policiales y el establecimiento de políticas,

normativas y estándares que dieran como resultado, la estructuración

organizacional de manera tal que los conformantes de dichos cuerpos, contaran

con la figura Organizacional y con el modelo de funcionario.

El objeto de la seguridad ciudadana, como función a cargo del estado a

través de los órganos de seguridad ciudadana, radica en la protección de las

personas frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo

para su integridad física, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el

cumplimiento de sus deberes.

Es de hacer mención que antes de la entrada en Vigencia de estas

herramientas jurídicas, existía dentro de los cuerpos policiales un Departamento

denominado “Insectoría General de Los Servicios” oficina encargada de sancionar

a los funcionarios en los casos de incumplimiento de los denominados

Reglamentos Internos, y las sanciones aplicadas iban desde las amonestaciones

verbales, escritas, destitución y hasta restricciones de libertad informales.

Lo que era denominado “estar preso”, casos particulares en los cuales los

funcionarios se les negociaba entre una de las sanciones o quedarse hasta diez

días consecutivos en servicios, en algunos casos hasta por capricho de los

superiores jerárquicos, circunstancia que era tolerada por los funcionarios por

temor a perder su fuente de ingreso, pues también era común, que los funcionarios

que no tenían oficio y/o profesiones aparte de ser policías.

En la nueva estructura Organizacional se incluyeron los Órganos de

Supervisión Interna, un departamento denominado “Oficina de Control y

Actuación Policial” (OCAP) y la “Oficina de Respuesta a Las Desviaciones

Policiales” (ORDP) estas oficinas tienen como finalidad mantener una estricta

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vigilancia hacia los funcionarios, para que sean garantes de el fiel cumplimiento

de las normas, con el mayor profesionalismo, disciplina, vocación y honestidad

posible.

Con las facultades de tomar acciones antes de la comisión de delitos, faltas

e inobservancias por mínimas que parezcan, pero que pudieran comprometer las

buenas prácticas policiales, existiendo la estructura pre definida por el Órgano

Rector para la formación sumaria de los expedientes, lo que evita los márgenes de

errores y garantiza el debido proceso, se formula la siguiente interrogante

2.2 Formulación del Problema

Ahora bien, por todo lo antes expuesto nos lleva a la exposición de una

interrogante que contribuirá al desarrollo de la investigación:

¿Porque no existe tal estructura para los casos llevados por la “Oficina de

Respuesta a Las Desviaciones Policiales”? ¿Es necesaria la existencia del tal

estructura? ¿Cuáles son las funciones y las potestades de esa oficina?

2.3. Objetivos de la Investigación

2.3.1.- Objetivo General

Analizar la Estructura Organizacional y Funcionamiento de La Oficina de

Respuesta a Las Desviaciones Policiales.

2.3.2.- Objetivos Específicos

• Determinar la estructura legal rigen el funcionamiento de la

(ORDP)

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• Especificar las facultades del órgano de supervisión interna y los

medios de los cuales puede disponer en un proceso investigativo.

• Establecer mecanismo para la correcta aplicación de las normas

existentes en la (ORDP)

2.4. Justificación

Al lograr definir con claridad la estructura Organizacional, las facultades

del órgano, las bases legales que rigen los procedimientos, al igual que los

mecanismos para sistematizar, mostrar reducir y reconocer las desviaciones

policiales, se podrán realizar las acciones de inteligencia para la efectiva

obtención de información que serán vinculantes en el los procesos sancionatorios,

posteriores a tal investigación. Resulten estas agravantes y/o atenuantes para los

funcionarios, y poder así enrumbar las acciones o de defensa al funcionario o de

sanción.

2.5. Limitaciones

Lo novedoso de la materia, en específico del Departamento, que no cuenta

con un profesional que pueda discernir todas las dudas y vacíos, la no existencia

de antecedentes en el manejo de los trabajos de inteligencia para la obtención de

las informaciones, la falta de equipos tecnológicos (video cámaras en las unidades

patrulleras, puntos estratégicos del Municipio) para la vigilancia y control de las

acciones u omisiones cometidas por los oficiales en el desempeño de jornadas

laborales

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CAPÍTULO III

MARCO TEÓRICO

3.1. Antecedentes de la Investigación

Se hizo una revisión consecuente de información y bibliografía, sin embargo

a pesar de que es un tema novedoso, el cual fue publicado en gaceta oficial de la

republica bolivariana de Venezuela numero 390-350 de fecha 20 de Diciembre de

las 2011 normas sobre la creación, organización y funcionamiento de las

instancias de control interno de los cuerpos de policía.

Tenemos algún trabajo de grado realizados en la universidad José Antonio Páez,

sobre las organizaciones y funcionamientos de los órganos de control interno, de

entes gubernamentales, entre los antecedentes relacionados con el presente estudio

cabe mencionar lo siguiente:

López, D. (2011) en trabajo especial de grado de la Universidad José Antonio

Páez sobre Propuesta de creación de manual de organización y funcionamiento de

la jefatura de ejidos, control y seguimiento, propone un manual de organización y

funcionamiento en la jefatura de ejidos, control y seguimiento de tierras en el

Consejo Municipal de Guácara.

D’ Ambrosio Saramith. (2011) En trabajo especial de grado de la Universidad

José Antonio Páez sobre Propuesta de organización para atender eficazmente a los

usuarios del departamento de archivo del registro civil del Municipio Carlos

Arvelo, el cual se basa en la necesidad de establecer un sistema que permita un

mejor manejo de las informaciones que ingresa y es archivada por la institución

pública.

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María G. Gómez (2010) en trabajo especial de grado de la Universidad José

Antonio Páez sobre análisis sobre la aplicación de un correcto procedimiento para

destitución de un funcionario policial, resalta los procedimientos a seguir en los

casos de destitución de un funcionario policial que haya incurrido en delitos o

faltas. Obtuvo como conclusión que existían dudas al momento de aplicar estos

procedimientos.

3.1.1 Antecedente Internacional.

Los antecedentes doctrinarios en la materia son bastante abundantes tanto en

el derecho, el derecho comparado, los autores lo tratan en forma general al

elaborar sus manuales y tratados o en forma específica en monografías o artículos

especiales.

También su ubicación en el análisis conceptual varía, algunos lo ubican al estudiar

los vicios del acto administrativo, es decir al analizar los elementos del acto

específicamente el de la finalidad o al estudiar la teoría de las nulidades y otros

dentro del derecho procesal administrativo al referirse al procedimiento judicial

del control.

El uso del término desviación de poder (détournement de pouvoir) fue introducido

por León Aucoc, refiriéndose a la desviación del poder de policía conferido a la

Administración en la que el agente administrativo incurría usando su poder

discrecional para un caso y por motivos distintos de aquellos para los cuales tal

poder les había sido conferido.

Laferriere fue el que realizó la primera y fundamental teorización de éste tema, en

su libro lo trata junto con la incompetencia, el vicio de forma y la violación a la

ley en uno de los motivos de impugnación clásicos del recurso por exceso de

poder, definiéndolo éste autor en 1896 como el vicio consistente en desviar un

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poder legal del fin para el que fue instituido y hacerlo servir a fines para los cuales

no estaba destinado.

3.2. Bases Teóricas

Antes de conocer la definición de los órganos de supervisión interna y

funcionamiento, es necesario considerar previamente en que consiste cada

término por separado, esto con el fin de poder comprender con mayor facilidad el

tema tratado.

Para Simón Andrade Espinoza, la organización es la acción y el efecto de

articular, disponer y hacer operativos un conjunto de medios, factores o elementos

para la consecución de un fin concreto, se crea la estructura orgánica de la

institución, se determinan los niveles de autoridad y de responsabilidad, se

establecen las funciones, los deberes y las atribuciones que corresponden a los

objetivos trazados previamente. En el proceso de planificación u elaboración del

nivel corporativo estratégico

Según Alexia Guerra Sotillo, la organización es, a un mismo tiempo,

acción y objeto. Como acción, se entiende en el sentido de actividad destinado a

coordinar el trabajo de varias personas, mediante el establecimiento de tareas,

roles o labores definidas para cada una de ellas, así como la estructura o maneras

en que se relacionarán en la consecución de un objetivo o meta. Como objeto, la

organización supone la realidad resultante de la acción anterior; esto es, el

espacio, ámbito relativamente permanente en el tiempo, bajo el cual las personas

alcanzan un objetivo preestablecido

Para Farell, Hit, Adriaenséns, Flores y Ramos, la organización consiste en

ensamblar y coordinar los recursos humanos, financieros, físicos, de información

y otros, que son necesarios para lograr las metas, y en actividades que incluyan

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atraer a gente a la organización, especificar las responsabilidades del puesto,

agrupar tareas en unidades de trabajo, dirigir y distribuir recursos y crear

condiciones para que las personas y las cosas funcionen para alcanzar el máximo

éxito

Según la American Marketing Association (A.M.A.) la organización

cuando es utilizada como sustantivo, implica la estructura dentro de la cual, las

personas son asignadas a posiciones y su trabajo es coordinado para realizar

planes y alcanzar metas

El Diccionario de la Real Academia Española, en una de sus definiciones,

menciona que la organización es una asociación de personas regulada por un

conjunto de normas en función de determinados fines.

Tomando las definiciones anteriores llegamos a lo siguiente: Es la

estructuración técnicas de las relaciones que deben de existir entre las funciones,

niveles y actividades de los elementos materiales y humanos de un organismo con

el fin de lograr su máxima eficiencia dentro los planes y objetivos señalados.

Control social. Por otra parte señalaba Biancucci, D. (1960) que control

social es la suma de todos los procedimientos por los cuales la sociedad o los

grupos, consiguen que la conducta de sus miembros, grupos o individuos sea

conforme a lo que de ellos se espera, entre otros autores que han tratado el tema.

Este control social dirigido a contrarrestar las desviaciones sociales y por

ende a los delitos, como unas de sus manifestaciones, los cuales forman la

criminalidad, puede ser informal o formal, donde el primero es característica

predominante de las comunidades rurales y el segundo caracteriza en primer

término a las comunidades más desarrolladas.

El control informal se manifiesta de manera intensa como son las normas

de comportamiento social, no jurídicas, pero que son tradicionales, lo mismo que

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usos y costumbres del lugar que deben ser observados constituyéndose en

sanciones de control social informal.

El control formal consiste en una serie de medidas sistematizadas con la

expresa voluntad de establecer, conservar y desarrollar la armonía social de sus

miembros, este se realiza a través de leyes, códigos, normas de comportamiento

general, decretos, resoluciones, ordenanzas, instrucciones, estatutos y otra clase de

normas reguladoras del comportamiento social.

Arroyo J. (2002) citando a Gabaldon (1965) define el control social

formal como "el conjunto de agencias, instancias, específicamente encargadas por

el Estado de definir, individualizar, detectar, restringir y/o prevenir cualquier

comportamiento sujeto a una pena legal.

De acuerdo a lo antes descrito es oportuno indicar que las instituciones de

control social formal son las leyes, los tribunales de Justicia, las policías los asilos

para enfermos mentales, drogadictos, alcohólicos, ancianos, niños o adolescentes,

infractores o en estado de peligro, retenes penitenciarios, cárceles, instituciones

que se encuentran ubicados dentro de los tres sub-sistemas que conforman el

sistema penal a través del cual, el Estado ejerce el control social, a saber: judicial,

policía y penitenciario, los cuales deben marchar a la par no permitiendo

incongruencias entre las actividades de uno y otro.

Con lo señalado en párrafos anteriores se evidencia que el control social

formal no sólo abarca los mecanismos internos de una comunidad para

contrarrestar las desviaciones sociales, sino también los mecanismos usados por el

Estado a través de sus instituciones y la concordancia entre las funciones de esas

instituciones.

Ahora bien, se puede decir que la organización y funcionamiento del

órgano de supervisión interna Oficina de respuesta a las desviaciones policiales

(ORDP) tiene por finalidad regular la organización y funcionamiento de las

instancias de control interno para la correcta actuación de los funcionarios

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policiales fomentando los mecanismos de alerta temprana, proteger los derechos y

garantías de los funcionarios policiales sujetos a investigaciones disciplinarias,

fortalecer la participación y contraloría social en la participación.

Funciones

• Determinar indicios sobre la comisión de hechos Constitutivos de faltas

graves o delitos cometidos por personal del cuerpo de policía municipal

del municipio Guácara.

• Establecer, levantar, procesar y sistematizar información que permita

detectar, contener y responder a las desviaciones policiales, en el Cuerpo

de policía del municipio Guácara.

• Coordinar las acciones de inteligencia con las distintas Unidades del

Cuerpo de Policía del municipio guácara a fin de detectar los casos a los

que se refiere el artículo Nº 75 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía

y del Cuerpo de Policía nacional Bolivariana y otras formas graves de

desviación policial en los que estén involucrados o involucradas los

funcionarios o funcionarias policiales.

Que comprometan el desempeño y credibilidad del Cuerpo de Policía

municipal del municipio guácara e iniciar las acciones que fueren

procedentes, incluyendo, si fuere necesario información al Ministerio del

Poder Popular con competencia en materia de Seguridad Ciudadana.

• Las demás que confiera el ordenamiento Jurídico vigente.

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Causas de las desviaciones policiales

Las principales causas que impulsa a las desviaciones policiales es la

corrupción que es un acto ilegal que ocurre cuando una persona abusa de su poder

para obtener algún beneficio para sí mismo, para sus familiares o para sus amigos.

Requiere la participación de dos actores: uno por su posición de poder puede

ofrecer algo valioso y otro que esté dispuesto a pagar.

Consecuencia de las desviaciones policiales.

Genera efectos sobre la responsabilidad y evaluación institucional del cuerpo

de policía, así como sobre la evaluación del desempeño y responsabilidad

disciplinaria de los funcionarios y funcionarias policiales, sin menoscabo de la

responsabilidad penal, civil o administrativa a que hubiere lugar.

3.3.- Marco Legal.

Constitución de la republica bolivariana de Venezuela.

Título IV

Capítulo I

De la función pública.

Articulo 144- La ley establecerá el estatuto de la función pública mediantes

normas sobre el ingreso, ascenso, traslado, suspensión y retiro de los funcionarios

o funcionarias de la administración pública y proveerá su incorporación a la

seguridad social.

La ley determinara las funciones y requisitos que deben cumplir los funcionarios

públicos y funcionarias públicas para ejercer su cargo

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Titulo VII

Capítulo IV.

De los órganos de seguridad ciudadana.

Articulo 332- El ejecutivo nacional, para mantener y restablecer el orden público,

proteger a los ciudadanos y ciudadanas, hogares y familias, apoya las decisiones

de las autoridades competentes y asegurar el pacifico disfrute de las garantías y

derechos constitucionales, de conformidad con la ley.

Ley orgánica del servicio de policía y del cuerpo de policía nacional.

Capítulo IV.

Del control de gestión y la participación ciudadana.

Mecanismo interno de supervisión.

Artículo 80- Los cuerpo de policía contaran con una instancia interna,

independiente e imparcial, para la detección, sustanciación e identificación, con el

fin de disminuir y fomentar buenas prácticas policiales. La autoridad que aplique

la sanción disciplinaria será independiente de la instancia que realice la

investigación.

Ley de estatutos de la función policial.

Oficina de Respuesta a las Desviaciones Policiales

Artículo 78. La Oficina de Respuesta a las Desviaciones Policiales es una unidad

administrativa adscrita a la Dirección del cuerpo de policía y que reporta al

Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de seguridad ciudadana

sobre situaciones complejas, estructuradas o de envergadura que impliquen

violación de la Constitución de la República y la ley en materia de desempeño

policial, amenazando el cabal desempeño del servicio conforme a los principios y

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directrices establecidos en el Título IV de la Ley Orgánica del Servicio de Policía

y Del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana.

La creación, organización y funcionamiento de las oficinas de control de

actuación policial en el Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, así como en los

cuerpos de policía estadales y municipales, se rigen por lo establecido en la

presente Ley, sus reglamentos y resoluciones.

Competencias de la Oficina de Respuesta a las Desviaciones Policiales

Artículo 79. La Oficina de Respuesta a las Desviaciones Policiales tiene las

siguientes competencias:

1. Determinar indicios sobre la comisión de hechos constitutivos de faltas

Graves o delitos cometidos por personal del cuerpo de policía nacional,

Estadal o municipal, según el caso.

2. Establecer, levantar, procesar y sistematizar información que permita

Detectar, contener y responder a las desviaciones policiales en el

Correspondiente cuerpo de policía nacional, estadal o municipal.

3. Coordinar las acciones de inteligencia con las distintas unidades del cuerpo de

policía nacional, estadal o municipal, según el caso, a fin de detectar los casos a

los que se refiere el artículo 75 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del

Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana y otras formas graves de desviación

policial en los que estén involucrados o involucradas los funcionarios o

funcionarias policiales.

Que comprometan el desempeño y credibilidad del cuerpo de policía nacional,

estadal o municipal, según el caso, e iniciar las acciones que fueren procedentes,

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incluyendo, si fuere necesario, información al Ministerio del Poder Popular con

competencia en materia seguridad ciudadana.

Gaceta oficial de la republica bolivariana de Venezuela de fecha 20 de

Diciembre 2011. Año CXXXIX mes III gaceta numero 39.824.

Resolución mediante la cual se dictan las normas sobre la creación,

organización y funcionamiento de las instancias de control interno de los

cuerpos de policías.

Articulo 1- La presente resolución tiene por objeto la creación, organización y

funcionamiento de las instancias de control interno, del cuerpo de policía nacional

bolivariana y demás cuerpos de policía estatal y municipal de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 80 de la ley orgánica del servicio de policía y del cuerpo

de policía nacional bolivariana.

Articulo 21- Las oficinas de control de desviación policiales del cuerpo de policía

nacional bolivariana y demás cuerpos de policía estatal y municipal, tendrán rango

de dirección, conservando la simplicidad organizativa y la transparencia

institucional, estableciendo los respectivos niveles de supervisión.

Desarrollaran proceso de apertura y sustanciación de investigación, inteligencia y

contrainteligencia y registro, archivo y control de las investigaciones realizadas.

3.4 Definición de Términos.

Control social: es el conjunto de prácticas, actitudes y valores destinados a

mantener el orden establecido en las sociedades.

Delito: Es una conducta, acción u omisión típica, antijurídica culpable y punible

supone una conducta infraccionar del derecho.

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Desviación: La transgresión de una normal cultural socialmente aceptada es lo

que se suele entender como «conducta desviada.

Faltas: Toda acción u omisión, que implique incumplimiento de deber, violación

de alguna norma, legal o reglamentaria, mandatos u órdenes del servicio, sin

perjuicio de las eventuales responsabilidades administrativas, civiles, penales o de

cualquier otra índole en que incurra el funcionario policial por la falta cometida

Fallas: es una condición no deseada que hace que el elemento estructural no

desempeñe una función para la cual existe.

Funcionario policial: Policía como persona, está referida al funcionario o

servidor público investido de autoridad encargado de cumplir y hacer cumplir las

leyes.

La policía: Es una fuerza de seguridad encargada de mantener el orden público y

la seguridad de los ciudadanos y sometida a las órdenes de las autoridades

políticas. Su administración puede ser centralizada a nivel nacional, o

descentralizada, con fuerzas de policía local autónomas en gran medida.

Ley: Ley es toda regla social obligatoria, emanada de autoridad competente. Por

lo cual no solo son leyes los que dicta el poder legislativo sino también la

constitución, los decretos, las ordenanzas municipales

Organización: Es a un mismo tiempo, acción y objeto. Como acción, se entiende

en el sentido de actividad destinado a coordinar el trabajo de varias personas,

mediante el establecimiento de tareas, roles o labores definidas para cada una de

ellas, así como la estructura o maneras en que se relacionarán en la consecución

de un objetivo o meta. Como objeto, la organización supone la realidad resultante

de la acción anterior; esto es, el espacio, ámbito relativamente permanente en el

tiempo, bajo el cual las personas alcanzan un objetivo preestablecido

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CAPITULO IV

MARCO METODOLÓGICO

4.1 Tipo y Nivel de la Investigación

4.1.1 Tipo de Investigación

Se abordó el estudio dentro de la modalidad de la “investigación

documentada” , De acuerdo con Cázares, Christen, Jaramillo, Villaseñor y

Zamudio (2000), La investigación documental depende fundamentalmente de la

información que se recoge o consulta en documentos, entendiéndose este término,

en sentido amplio, como todo material de índole permanente, es decir, al que se

puede acudir como fuente o referencia en cualquier momento o lugar, sin que se

altere su naturaleza o sentido, para que aporte información o rinda cuentas de una

realidad o acontecimiento.

Es decir, este tipo de investigación se refiere como el estudio de

problema, con el propósito de ampliar y profundizar el conocimiento de su

naturaleza. La recopilación de datos se obtuvo de la constitución, leyes, gacetas y

resoluciones.

4.1.2 Nivel de Investigación

De acuerdo al grado de profundidad con que se abordo este tópico, se

puede decir, que estamos en presencia de una investigación descriptiva que

consiste en la caracterización de un hecho, fenómeno, individuo o grupo, con el

fin de establecer su estructura o comportamiento. Los resultados de este tipo de

investigación se ubican con un nivel intermedio en cuanto a la profundidad de los

conocimientos se refiere.

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4.2 Muestra

Según Tamayo, M (1999), afirma que la muestra ¨ es el grupo de

individuos que se toma la población, para estudiar un fenómeno estadístico.

Tomando como referencia lo antes indicado no se puede arrojar datos referentes a

la muestra, ya que la investigación es bibliográfica y el universo equivale al tema

en estudio.

4.3 Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos

4.3.1 Técnica

Según Arias (1999), menciona que “las técnicas de recolección de datos

son las distintas formas de obtener información”. Por lo tanto, se considera que la

técnica a utilizar en el presente proyecto consistió en una recopilación de datos y

sus análisis orientados a alcanzar los fines propuestos.

4.3.2 Instrumento

Según Arias (1999),”Los instrumentos son los medios materiales que se

emplean para recoger y almacenar la información. Para recoger datos e

información relevantes, se utilizaron como instrumentos de recolección, leyes,

gacetas y resoluciones.

4.4 Procedimiento de Análisis y Recolección de Datos

Luego de haber hecho la recopilación de datos correspondientes al tema

tratado, a través de los instrumentos y técnicas de recolección, es necesario

procesarlos para que luego puedan ser analizados. El procesamiento de los datos

consiste en ordenarlos y organizarlos según ciertos criterios de tal forma que se

facilite la disponibilidad de dichos datos, al momento de requerirlos para

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cotejarlos o discernirlos por un proceso de análisis con relación a lo planteado en

el tema. Todos los datos y resultados serán presentados de manera oral ante una

audiencia, dando un análisis sistemático de asunto.

4.5 Fases Metodológicas.

4.5.1. Fase I: Determinar la estructura legal que rigen el funcionamiento de la

(ORDP). Para el desarrollo de esta fase fue necesario contar con material

legal. “Leyes” reguladoras en la materia. Para establecer su estructura y bases

legales y constitucionales.

4.5.2 Fase II: Especificar las facultades del órgano de supervisión interna y los

medios de los cuales puede disponer en un proceso investigativo. Para desarrollar

esta fase se realizo un análisis de la ley orgánica del servicio de policía y del

cuerpo de policía nacional y de la gaceta oficial numero 39.824 de fecha 20 de

diciembre 2011. Establece, levanta, procesa y sistematiza información que

permita detectar, contener y responder a las desviaciones policiales.

4.5.3. Fase III: Establecer mecanismo para la correcta aplicación de las normas

existentes en la (ORDP). Para desarrollar esta fase se realizo un estudio y análisis

de las leyes orgánicas del servicio de policía y del cuerpo de policía nacional, la

ley de estatutos de policía y las resoluciones y gacetas de la republica bolivariana

de Venezuela.

Para Coordina las acciones de inteligencia con las distintas unidades del

cuerpo de Policía, a fin de detectar casos graves que involucren el correcto

desempeño policial. Crear mecanismo para la correcta aplicación de la misma el

cual será de gran utilidad para la institución en la aplicación de los procedimiento

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CAPITULO V

5.1 Resultados.

5.1.1 Determinar la estructura legal que rigen el funcionamiento del órgano

de supervisión interna (ORDP).

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, vigente desde

1999, consagra en su artículo 55 el derecho de toda persona a la protección por

parte del Estado, a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por

ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para su

vida e integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus

derechos y el cumplimiento de sus deberes, así como también garantiza su

participación en los programas destinados a la prevención, seguridad ciudadana y

administración de emergencias.

Asimismo, el artículo 332 constitucional establece la obligación del

Ejecutivo Nacional de organizar los órganos de seguridad ciudadana de carácter

civil, como un medio para garantizar el respeto a la dignidad y los derechos

humanos, sin discriminación alguna, así como la protección de los ciudadanos y

ciudadanas en sus hogares y bienes y mantener y restablecer el orden público.

La ley orgánica del servicio de policía y del cuerpo de policía nacional, en su

artículo 80 establece. Los cuerpos de policía contaran con una instancia interna,

independiente e imparcial, para la detección, sustanciación e identificación, con el

fin de disminuir y fomentar buenas prácticas policiales. La autoridad que aplique

la sanción disciplinaria será independiente de la instancia que realice la

investigación.

Así como también la ley de estatutos de la función policial, en sus artículos 78

y 79 donde establece que la oficina de respuesta a las desviaciones policiales es

una unidad administrativa adscrita a la dirección del cuerpo de policía y que

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reporta al ministerio del poder popular con competencia en materia de seguridad

ciudadana sobre situaciones complejas, estructurales o de envergadura que

impliquen violación de la constitución de la republica y la ley en materia de

desempeño policial. Y de la competencia de la misma.

Gaceta oficial de la republica bolivariana de Venezuela de fecha 20 de

Diciembre 2011. Año CXXXIX mes III gaceta numero 39.824.

Resolución mediante la cual se dictan las normas sobre la creación, organización y

funcionamiento de las instancias de control interno de los cuerpos policiales. En

sus artículos 1 y 21.

5.1.2 Especificar las facultades del órgano de supervisión interna y los medios

de los cuales puede disponer en un proceso investigativo.

La oficina de supervisión interna de desviaciones policiales de la policía

municipal de guácara, tiene rango de dirección, conservando la simplicidad

organizativa y la transparencia institucional y estableciendo los respectivos

niveles de supervisión.

Entre sus facultades tenemos:

Desarrolla un proceso de apertura y sustanciación de investigaciones sobre la

comisión de faltas graves y delitos por acción u omisión que cometan los

funcionarios o funcionarias policiales, entre otros, cuando se trate de conductas

previstas y sancionadas en la ley contra la delincuencia organizada o se trate de

grupos de funcionarios o funcionarias policiales cuyas actividades comprometan

la prestación del servicio de policía o la credibilidad del cuerpo de policía.

Establece mecanismo para investigar, sistematizar, mostrar, reducir y reconoce

las desviaciones policiales, desarrollar acciones de inteligencia para obtener

información sobre faltas graves y delitos, sobre situaciones complejas,

estructuradas o de envergadura cometidos por funcionarios o funcionarias

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policiales, en transgresión a normas legales. Garantiza la confiabilidad, seguridad

y confidencialidad de la información contenida en las actividades de inteligencia

desarrollada, bajo los principios y pautas establecidas en las leyes, reglamentos y

resoluciones.

La oficina de supervisión interna de desviaciones policiales de la policía

municipal de guácara, podrá desarrollar este proceso a través de coordinaciones o

equipos de trabajo en función a su capacidad presupuestaria y organizacional, el

número de funcionarios y funcionarias policiales y el número de modalidades de

fallas o faltas.

5.1.3 Establecer mecanismo para la correcta aplicación de las normas

existentes en la oficina de respuesta a las desviaciones policiales.

Desarrollar acciones que permitan prevenir desviaciones de la ética y las

buenas prácticas policiales, enviar semanalmente al departamento de recursos

humanos, copia de las investigaciones de desviaciones policiales ya cerradas, a

objeto de ser anexado al correspondiente historial personal, de conformidad con

los formatos establecidos por el órgano rector.

Llevar un registro en una base de datos de los funcionarios y funcionarias

policiales, que sean objeto de una apertura de investigación, conforme con los

formatos establecidos por el órgano rector, para poder presentar un informe anual

de desempeño y rendimiento policial sobre desviaciones policiales y

responsabilidades disciplinarias, para poder tomar medidas correctivas.

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5.2 Conclusiones

Los resultados alcanzados durante la ejecución del trabajo de grado, nos conduce

a las siguientes conclusiones.

- El ordenamiento jurídico del estado en materia de la estructura legal que rigen

el funcionamiento del órgano de supervisión interna de las desviaciones policiales,

están fundamentados en la constitución de la republica bolivariana de Venezuela,

en la ley orgánica de servicio de policía y del cuerpo de policía nacional, ley de

estatutos de la función policial y gaceta oficial de la republica bolivariana de

Venezuela de fecha 20 de diciembre 2011 año CXXXIX mes III gaceta numero

39.824. Donde se puede apreciar el carácter imperativo de la creación,

organización y estructuración.

- Las facultades del órgano de supervisión interna y los medios de los cuales

puede disponer en un proceso investigativo, está íntima y directamente ligada a

los preceptos Constitucionales y de ley, no sólo por ser parte del sistema de

control del estado, sino como parte integrante del sistema de justicia venezolano.

En consecuencia, la acción policial es clave fundamental en la intervención del

estado sobre las ciudadanas y los ciudadanos y/o grupos de éstos que estén

actuando en situaciones que se encuentren fuera de la norma, lo que implica

colocar a la policía en una relación constante con los principios constitucionales,

en general, y con los Derechos Humanos y fundamentales.

- Los mecanismos para la correcta aplicación de las normas existentes en la

oficina de respuestas a las desviaciones policiales. De lo anterior, se hace

necesaria la incorporación de estos temas en la profesionalización de la actividad

policial, ya que la función del policía emana de la propia Constitución y de ésta se

derivan las leyes e instituciones, a las cuales se les han delegado facultades,

atribuciones y deberes al servicio de las ciudadanas y los ciudadanos, a los fines

de una policía consustanciada con la comunidad e integrada a ella a través de la

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participación directa en la protección de todos los derechos y obligaciones de ésta;

lo cual le confiere a la función policial el concepto de servicio público ante las

necesidades de atención de todas las personas bajo el criterio de seguridad

ciudadana.

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5.3 Recomendaciones

La oficina de supervisión interna de respuesta de las desviaciones policiales

de la policía municipal del municipio guácara, para adecuar sus estructuras

organizativas al nuevo modelo policial, deben emprender procesos internos de

revisión y reorganización. La recomendación general es que estos procesos se

adelanten de forma planificada, considerando los lineamientos emanados por el

Órgano Rector y las leyes nacionales. Los pasos que deben ser cubiertos por este

proceso son:

1. Comisión para la Reorganización. Constituir una comisión para adelantar

el proceso de reorganización en la que participen los responsables de las

áreas de planificación, de recursos humanos y de dirección del cuerpo

policial.

2. Plan de trabajo. Elaborar un plan con las distintas actividades a realizar

Para adelantar el proceso de adecuación organizativa, especificando actividades,

tiempos y responsables.

3. Equipo calificado. Identificar si se tiene internamente el equipo calificado

Para llevar a cabo el trabajo de la oficina de respuesta a las desviaciones

policiales, de no tener el equipo especializado, debe considerarse la contratación

de personal técnico externo.

4. Diagnóstico institucional. Realizar un diagnóstico de la estructura

organizativa que posee el Cuerpo de Policía para identificar las diferentes

unidades con que cuentan y sus funciones (atención a la víctima y actuaciones

policiales). La recomendación es que en este proceso se realicen entrevistas con

las funcionarias y funcionarios de las distintas unidades.

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Este diagnóstico debe incluir igualmente un análisis de las necesidades de la

población a la cual va a brindarse el servicio. Toda institución surge como una

alternativa para atender las necesidades de las personas. Por ello, en la medida en

que se conozcan mejor estas necesidades, la organización policial podrá

dimensionar de mejor manera sus servicios y la estructura requerida para su

prestación.

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BIBLIOGRAFIA

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