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CURSO: INGENIERIES DE FLOTAS CURSO: INGENIERIES DE FLOTAS DOCENTE: ING. FEDERICO IRIARTE DOCENTE: ING. FEDERICO IRIARTE ALUMNO: JONATHAN ANDRE MERE CHUMBE ALUMNO: JONATHAN ANDRE MERE CHUMBE 2011 2011 FACULTAD DE OCEANOGRAFIA, PESQUERIA Y CIENCIAS FACULTAD DE OCEANOGRAFIA, PESQUERIA Y CIENCIAS ALIMENTARIAS ALIMENTARIAS ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA PESQUERA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA PESQUERA TEMA: TEMA:

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CURSO: INGENIERIES DE FLOTASCURSO: INGENIERIES DE FLOTAS

DOCENTE: ING. FEDERICO IRIARTEDOCENTE: ING. FEDERICO IRIARTE

ALUMNO: JONATHAN ANDRE MERE CHUMBEALUMNO: JONATHAN ANDRE MERE CHUMBE

20112011

FACULTAD DE OCEANOGRAFIA, PESQUERIA Y CIENCIAS FACULTAD DE OCEANOGRAFIA, PESQUERIA Y CIENCIAS ALIMENTARIASALIMENTARIAS

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA PESQUERAESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA PESQUERA

TEMA:TEMA:

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CONVENIO INTERNACIONAL DE TORREMOLINOS CONVENIO INTERNACIONAL DE TORREMOLINOS PARA LA SEGURIDAD DE LOS BUQUES PARA LA SEGURIDAD DE LOS BUQUES PESQUEROS DE 1977PESQUEROS DE 1977

Primer convenio sobre la seguridad de buques pesqueros. Su formulación fue basada según las líneas del Convenio

Internacional para la Seguridad de la Vida en el Mar de 1974 (SOLAS).

La conferencia se ubico en la ciudad de Torremolinos, España.

Contiene requisitos de seguridad para la construcción y equipo de los barcos pesqueros nuevos de navegación marítima, con cubierta y de 24m. de eslora o más.

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La características más importantes del Convenio fue que por primera vez se incluían requisitos de estabilidad.

Otros capítulos tratan de asuntos como la construcción, estanquidad y equipo; maquinaria e instalaciones eléctricas y espacios de maquinaria sin vigilancia permanente; protección, detección, extinción y lucha contra incendios; protección de la tripulación; medios salvavidas; procedimientos como obligaciones y ejercicios de emergencia; radiotelegrafía y radiotelefonía; y equipo de navegación de bordo.

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Concertado por 45 países, pero posteriormente el Convenio no recibió ratificaciones suficientes para entrar en vigor, ya que muchos estados adujeron que es demasiado estricto o demasiado amplio para sus flotas pesqueras.

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FV CONVENTION (FV CONVENTION (Safety of Fishing Vessels Safety of Fishing Vessels Protocol 1993)Protocol 1993)

También llamado PROTOCOLO DE TORREMOLINO DE 1993.

Se llevo acabo del 22 de marzo al 2 de abril de 1993 en la ciudad de Torremolinos, España.

El protocolo es relativo al convenio internación de Torremolinos para la seguridad de los buques pesqueros, 1977.

Este enmienda y absorbe el anterior convenio del 77, teniendo en cuenta la evolución tecnológica y la potencialidad del mismo.

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Entró en vigor un año después de su aprobación al ser ratificado por 15 países una flota entre todos ellos de más de 14.000 pesqueros de 24 metros de eslora o superior.

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PAISES QUE PARTICIPARON EN EL CONVENCIONPAISES QUE PARTICIPARON EN EL CONVENCION

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REPRESENTANTES DE LA ONUREPRESENTANTES DE LA ONU

Organización internacional del trabajo (OIT) Organización para la agricultura y la alimentación

(FAO)

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OBSERVADORES DE ORGANISMOS OBSERVADORES DE ORGANISMOS INTERNACIONALES NO GUBERNAMENTALESINTERNACIONALES NO GUBERNAMENTALES

Comisión de las comunidades europeas Organización internacional de telecomunicaciones

marítimas por satélite (INMARSAT) Confederación internación de organizaciones

sindicales libres (CIOSL)

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PARTE 1 DEL PROTOCOLO TORREMOLINOS 1993PARTE 1 DEL PROTOCOLO TORREMOLINOS 1993

La conferencia aprobó asimismo Los 14 artículos que figuran en el documento adjunto 1 del acta final.

La conferencia aprobó además las 11 resoluciones que figuran en el documento ajunto 2 de la acta final.

La conferencia aprobó también las 8 recomendaciones que figuran en el documento adjunto 3 de la acta final.

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CONTENIDO DEL PROTOCOLO DE CONTENIDO DEL PROTOCOLO DE TORREMOLINOS 1993 (REGLAS)TORREMOLINOS 1993 (REGLAS) Capítulo I: disposiciones generales Capítulo II: Construcción, integridad de la

estanqueidad y equipamiento Capítulo III: Estabilidad y navegabilidad asociada. Capítulo IV: Maquinaria e instalaciones eléctricas y

espacios de máquinas no atendidos periódicamente. Parte A: General Parte B: Instalaciones de máquinas. Parte C: Instalaciones eléctricas. Parte D: Espacios de máquinas no atendidos periódicamente.

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Capítulo V: Protección contra incendios, detección, extinción y lucha contra incendios.

Parte A: General. Parte B: Medidas de lucha contra incendios en buques de

esloras iguales o mayores de 60 metros. Parte C: Medidas de lucha contra incendios en buques de

eslora de entre 45 y 60 metros.

Capítulo VI: Protección de la tripulación. Capítulo VII: Dispositivos salvavidas

Parte A: General. Parte B: Requisitos del buque. Parte C: Requisitos de los dispositivos salvavidas.

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Capítulo VIII: Procedimientos de emergencia, ejercicios y puntos de reunión.

Capítulo IX: Radiocomunicaciones. Parte A: Aplicación y definiciones. Parte B: Requisitos del buque.

Capítulo X: Equipos de navegación.

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MEDIO DE FOMENTOMEDIO DE FOMENTO La OMI sigue fomentando la ratificación del

Protocolo, mediante: 1. INSTA a los Gobiernos a que examinen la posibilidad

de aceptar, lo antes posible, el Protocolo de Torremolinos, 1993, y el Convenio de Formación para Pescadores, 1995.

2. INVITA a los Gobiernos que experimenten dificultades para constituirse en Partes en el Protocolo de Torremolinos, 1993, o en el Convenio de Formación para Pescadores, 1995, a que informen de sus circunstancias.