texto integro de la declaraciÓn de la conferencia

15
TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA EPISCOPAL ESPAÑOLA.-ENERO 1973

Upload: others

Post on 12-Nov-2021

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA

TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LACONFERENCIA EPISCOPAL ESPAÑOLA.-ENERO 1973

Page 2: TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA

LAS RELACIONESIGLESI A-ESTADOREQUIEREN ENESPAÑAP4RTICULARATENCIÓN

La Asamblea conjunta Obis-pos-Sacerdotes fue un díalo-

. go fraternal.

'

• La constante evolución social.afecta a Jas relacione^ entrela Iglesia y la comunidadpolítica.

• Hay quienes piara imponerSu particular concepción sevalen de los recursos delpoder político.

• Otros parecen experimentarlai tenfaclojt de sustituir a

los obispos en la orientacióndel pueblo cristiano. ,

Queremos .prestar el mejorservicio a la comunidad po-

litíca a la qué pertenecemos.

JUSTIFICACIÓNDEL TEMA

1- La Iglesia de Cristo, impulsa-da por el Espíritu Santo, ha

proseguido después del ConcilioVaticano II la reflexión sobre lasrelaciones entre la fe cristiana ylos problemas de orden temporal.Le obligan a ello las transforma-ciones económicas, sociales, políti-cas y culturales de nuestra época,que plantean nuevas Interrogantesa cuantos desean ser fieles alEvangelio en la sociedad de hoy.El magisterio pontificio viene des-arrollando en múltiples ocasionesla doctrina del Concilio sobre estosproblemas (1). El Sínodo universalde Obispos y gran número de con-ferencias episcopales de todo elmundo se han ocupado de ellos (2).

UN ENCARGO PONTIFICIO

2 En cuanto a nosotros, ios obis-pos españoles, de todos son co-

nocidas nuestras intervenciones so-bre estas materias. No hemos he-cho con ello otra cosa sino proyec-tar, 'desde nuestra responsabilidadde pastores. la luz de la doctrinadel Concilio sobre las realidadesque nos circundan,, conforme a lasrecomendaciones del Papa Pa-blo VI. Encontraron un eco espe-cial en nuestra conciencia los pá-rrafos de su discurso al Sacro Co-legio Cardenalicio de 28 de junio de1969, en <j.ue nos decía, entre otrascosas:

"Deseamos de verdad a este no-ble país un ordenado y pacíficoprogreso, y para ello anhelamosque no falte una inteligente valen-tía en la promoción de la justiciasocial, cuyos principios tantas ve-ces ha perfilado claramente la Igle-sia."

! T a continuación nos recomenda-ba que, anunciando fielmente elEvangelio, lleváramos ade la nte,"con previsora clarividencia, laconsolidación del reino de Dios entodas sus dimensiones", que estu-viéramos activamente presentes enmedio de nuestro pueblo y quecondujéramos por camino recto"las buenas aspiraciones, especial-mente del clero y. sobre todo, delos sacerdotes jóvenes" (3).

ASAMBLEA CONJUNTAOBISPOS-SACERDOTES

3 Aquella exhortación del Papa,atentamente estudiada en nues-

tra X Asamblea Plenaria, nos con-dujo, en la siguiente de noviem-bre-diciembre de 1969, a la deci-sión de dialogar con mayor ampli-tud y profundidad con los sacerdo-tes. Fruto de esta decisión fue laAsamblea conjunta de Obispos ySacerdotes, celebrada en septiem-bre de 1971. En este diálogo frater-

nal se plantearon problemas bási-cos que siguen ocupando la refle-xión del Episcopado. Entre ellos,algunos .de los que estudiamos enel presente documento.

4 El Episcopado español ha tra-tado de estos temas en varías

ocasiones. Refiriéndonos sólo a laetapa poseonciliar, podemos recor-dar.jentre los textos publicados porla Conferencia Episcopal o por al-gunos de sus órganos representa-tivos, la instrucción titulada "LaIglesia y el orden temporal", de laComisión Permanente, de 29 de ju-nio de 1966, instrucción a la quese adhirió la Asamblea Plenaria eldía 15 de junio.de 1966; el docu-mento "Algunos principios cristia-nos relativos al sindicalismo", dejulio de 1968; varios capítulos deldocumento de la Comisión Episco-pal de Enseñanza sobre "La Igle-sia y la educación en España hoy",de-2 de febrero de 1969; el comuni-cado de la XII Asamblea Plenariasobre "La Iglesia y los pobres", de11 de junio de 1970, «en los puntosrelativos a la pobreza social y cí-vica (4).

5 En ,1a Iglesia universal y enEspaña se viene acentuando

la conciencia del valor apostólicodel testimonio de los cristianos en'el orden temporal. Es éste uno delos frutos de" la renovación conci-liar. Para todo el pueblo de Diosse hace cada 4ía más apremiantela convicción de 'que, "hoy más quenunca, la Palabra de Dios no po-drá ser proclamada ni escuchadasi no va acompañada del testimo-nio de la potencia del EspírituSanto, operante en la acción de Joscristianos al servicio de sus her-manos, en los puntos donde se jue-gan éstos su existencia y su por-venir" (5).CAMBIOS EN LA. SOCIEDAD

6 - Al mismo tiempo, en estos úl-timos años se han desarrolla-

do con mayor amplitud y profun-didad en nuestro país unos proce-sos de evolución social que inci-den en la vida religiosa del puebloespañol. Entre éstos se pueden se-ñalar: el crecimiento rápido de laszonas urbanas y la disolución pro-gresiva de zonas rurales; la expan-sión industrial; el desarrollo eco-nómico; ?as migraciones; el turis-mo; la reforma del sistema edu-cativo; la explosión escolar; lacrisis de la Universidad; el des-plazamiento paulatino de nuestracultura tradicional por otra -pre-dominantemente técnica y cientí-fica; el desarrollo de los servicios;la multiplicación de las comuni-

LA IGLESIA Y LA COMUNIDAD POLÍTICA

Page 3: TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA

caciones y de los cauces informa-tivos; el conflicto de generaciones;la promoción d« la mujer; la di-fusión de -corrientes de pensamien-to comunes "a las de otros paíseseuropeos; la aparición de formasnuevas de pluralismo ideológico ypolítico...

7 - Semejantes cambios afectan almodo de ser y de vivir de la

persona, de los grupos y de la so-ciedad. Muchas veces es la concep-ción misma del hombre y del sen-tido de la vida humana lo que es-tá en juego en esta transforma-ción.

No es extraño, pues., que, en cual-quier sector de la vida, de la so-ciedad española—y otro tantoacontece en otros países—surjanexigencias de adaptación a las nue-vas situaciones y problemas degran complejidad humana, paralos cuales no siempre se tiene amano una solución clara en el se-no de la familia, en los centros deenseñanza, en las instituciones yorganismos de la Administraciónpública, en las empresas, etc.; seexperimenta la dificultad de darrespuesta adecuada a, las aspira-ciones de los hombres de nuestrotiempo y a los ideales de las nue-vas generaciones.CONSECUENCIAS BE LOS CAM-

BIOS SOCIALES EN LAIGLESIA

8 - La Iglesia., constituida porhombres que son al mismo

tiempo miembros de la sociedadcivil, tiene que orientar su vidade fe concreta en relación con lasinquietudes, gozos y esperanzascomunes a toda, la sociedad. Den-tro- de la más plena fidelidad aJesucristo, camina con todos Joshombres, experimenta Jas contin-gencias de la marcha de la histo-ria y actúa como fermento y cqmoalma de la comunidad humana,llamada a transformarse en pue-blo de Dios y cuerno de CristoCcfr. GS 40).

Para ser1 consecuente con Sos Im-perativos de su misión específica,la Iglesia ha de discernir en cadaépoca 'histórica, a Ja luz de la fe,los signos de la acción del Espíri-tu de Dios: "El pueblo de Dios,movido por la fe., que le impulsaa creer que quien le conduce esel Espíritu del Señor, que llena, eluniverso, procura discernir en losacontecimientos, exigencias y de-seos, de ios cuales participa jun-tamente con sus contemporáneos,los signos verdaderos de la pre-sencia o de los planes -de Dios"(GS 11; cfr. GS 4; 44).n Esa constante evolución socialf y cultural afecta no sólo a 1»Iglesia, sino también a la comu-nidad política y, por supuesto, alas relaciones entre ambas. Estoocurre no sólo en España, Binotambién en loe demás países. ESEpiscopado de Francia y Alema-nia, por citar sólo hechos recien-tes, han sentido la necesidad deorientar a los fieles sobre estosproblemas (6). En todas partes la

nueva luz que el Concilio Vatica-no U ha arrojado sobre las rela-ciones entre la Iglesia y la comu-nidad política ha suscitado inquie-tudes y deseos de nuevas precisio-nes. Tal profundizacíón doctrinal ypastoral adquiere, aplicada a nues-tro país, peculiares repercusionesque ni pueden desconocerse ni de-ben subestimarse, ífo se puede ig-norar que en nuestra Patria,, unalarga y azarosa tradición, que seremonta a los albores del siglo VI,mantiene secularmente vinculadala religión católica con la comu-nidad política nacional.

ACTITUDES PARCIALESO ERRÓNEAS

10- a pesar de la reiteración yIV desarrollo del pensamiento

de la Iglesia sobre su misión res-pecto al orden social y político,continúan dándose entre nosotroslas más diversas posiciones.9 Unos estarían dispuestos a ad-mitir la intervención de la Iglesiaen el orden temporal, siempre quesirviera para justificar el sistemaeconómico, social o político exis-tente.>•< Otros postulan la intervenciónde la Iglesia en favor de una po-lítica partidista de oposición, a laestablecida.•i Hay quienes propugnan laabstención total de 1» Iglesia enestas materias y acusan a los obis-pos y sacerdotes de salirse de sumisión siempre que con sus ense-ñanzas hagan referencia a deter-minadas situaciones.•I Algunos le conceden a la Je-rarquía el derecho a predicar prin-cipios muy generales, pero le nie-gan autoridad para enjuiciar situa-ciones concretas a la luz de aque-llos principios.ty Estiman muchos que su par-ticular concepción política o social,o el sistema de soluciones concre-tas y particulares que proponen,constituyen la única manera <le lle-var a la práctica la enseñanza so-cial de la Iglesia.

No faltan' quienes amplían tan-to el concepto de pluralismo den-tro de la Iglesia que llegan a con-siderar coherente con -al mensa-je cristia.no ¡cualquier comporta-miento1 de individuos o de gruposde signo totalitario, de oposición auna mayor igualdad entre los hom-bres, de explotación del hombrepor el hombre, etc.¡9: Y no pocos cristianos, des-oyendo las enseñanzas y orienta-ciones de la Iglesia, estiman, porsu parte, que el análisis marxistaproporciona el único principio vá-lido de explicación de las injusti-cias sociales. Consideran que lalucha sistemática de clases es elinstrumento eficaz para acabarcon las injusticias y para instau-rar una sociedad más justa, a laque identifican con el socialismomás absoluto, y no oponen a talesproyectos ninguna objeción desdeel punto de vista cristiano.

Esta multiplicidad de posicionesacrecienta las . dificultades de laetapa posconcíliar en España,cuando hay quienes—para imponersu particular concepción de la mi-sión de la Iglesia en relación conlos problemas temporales—se va-len de los recursos del poder eco-nómico o político o de su influen-cia en medios de comunicación so-cial y parecen experimentar enocasiones la tentación de querersustituir al magisterio de los obis-pos en la orientación del pueblocristiano.

LA RESPONSABILIDAD DELOS OBISPOS

11- Para iluminar las concien-cias de unos y de otros y

salir al paso de cualquier confusio-nismo, los obispos españoles cree-mos un deber nuestro, como pasto-res del pueblo de Dios, ampliar yactualizar algunas de las enseñan-zas contenidas en los documentos*precedentes y exponer nuestro pen-samiento sobre algunos puntos quese relacionan con cuestiones defondo sobre la misión de la Iglesiaen el mundo. Queremos que nues-tra, exposición se auoye en el ma-gisterio de la Iglesia y particular-mente en las enseñanzas del Con-cilio Vaticano II y del Papa Pa-blo VI. Si dedicamos particularatención al problema de las rela-ciones entre la Iglesia y el Estadoes porque estimamos que en nues-tro país este aspecto de la pre-sencia de la Iglesia en lo temporalla requiere; primero, por razoneshistóricas, y luego, porque condi-ciona todo el resto de la proble-mática Iglesia-Mundo.

Nos mueve exclusivamente lavoluntad de encontrar el modo me.jor de dar testimonio de Jesucristoy de orientar al pueblo cristianoen conformidad con el Evangelio.De esta manera prestamos—ésa esnuestra convicción—el mejor ser-vicio a la comunidad política a laque pertenecemos. Deseamos ha-cerlo con los mismos propósitoscon que nos expresábamos en ladeclaración colectiva de 8 de di-ciembre de 1965- al iniciarse la eta-pa posconcíliar.

"Jlemos de confesar—decía-mos—que nos heñios adormecido aveces en la confianza de nuestraunidad católica, amparada por lasleyes y por las tradiciones secula-res. Los tiempos cambian. Es ne-cesario vigorizar nuestra vida reli-giosa dentro del espíritu renova-dor del Concilio. El Papa nos loexige. Tenemos que conocer mejorla realidad socio-religiosa de nues-tro pueblo, sumar a nuestro patri-monio tradicional la riqueza deios nuevos desarrollos, abrir másy más nuestro espíritu al aura deluniversalismo con que el EspírituSanto renueva a la Iglesia" (7).

De dos partes principales constaeste documento. En la primera tra-taremos de la Iglesia y su misiónen el orden temporal. En la segun-da, de algunos aspectos de las re-laciones entre la Iglesia y el Es-tado.

LA IGLESIA Y LA COMUNIDAD 'POLÍTICA

Page 4: TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA

LA MISIÓN DE LAIGLESIA EXCLUYESIMULTANEAMENTEEL ESPIRITUALISMOY ELTEMPORALISMO

La misión de Ja Iglesia com-prende también la restaura-ción del orden temporal.

Nadie debe sentirse dispen-sado de su propia responsa-bilidad dentro de la mistende la Iglesia.

La Iglesia ha de servir defermento sobrenatural a leísociedad humana.

Del mutuo influjo de la Igle-sia y la sociedad se despren-de la necesidad de una ade-cuada colaboración mutua.

Los -fieles deben guiarse encualquier asunto témpora!por la conciencia cristiana.

PRIMERA PARTE

LA IGLESIAY

EL ORDENTEMPORAL

A) La misión de la Iglesia12- La Iglesia es el pueblo de

Dios del Nuevo Testamento.Fue instituida por Cristo como co-munidad de fe, esperanza y cari-dad y como instrumento suyo visi-ble para comunicar la verdad y lagracia a todos los hombres (LG 8),continuar su obra de redenciónuniversal y ser luz del mundo y salde la tierra (LG 44).

La naturaleza misma de la Igle-sia es un misterio de fe, y sólo ala luz de esta fe puede ser contem-plada y explicada. Sus elementos,aunque a veces parezcan contra-rios, se integran en la unidad deeste misterio. Pueblo de Dios yCuerpo místico de Cristo. sociedadvisible y realidad invisible, jerár-quica y carismátíca, peregrina eneste mundo que "lleva en sus sa-cramentos e instituciones la ima-gen de este siglo míe pasa", y, sinembargo, posee "las primicias delEspíritu" (LG 48). Reino de Diosincoado en este mundo eme sólo re-cibirá su plenitud al fin de lostiempos, la Iglesia recibe su rique-za vivificante de la especial vincu-lación que la une con Cristo, sucabeza y razón de su fin y de raumisión.13- La iglesia es 'él sa'craimisnltoIw universal de salvación, quemanifiesta y al mismo tiempo rea-liza el misterio de amor de Dios al.hombre" (GS 45). Su razón de seres esta doble tarea de realizacióny manifestación de la obra divinade salvación. Unida a Cristo-Cabe-za, ella tiene como fin "convertiren perenne la obra saludable de re-dención". Y toda la plenitud deeficacia salvadora <Je la redencióndebe ser el objetivo de los afanesapostólicos de la Iglesia (8).

14- Cristo Jesús fundó a la Igle-sia en el tiempo para la con-

secución de este fin. La dotó de to-dos los medios necesarios paraello, envió al Espíritu Santo y dioa su» apóstoles el mandato y lamisión de establecer por todo elmundo el nuevo pueblo mesiánico.

Pero la misión de la Iglesia es-tá en necesaria dependencia de sufin, que es continuar la obra re-dentora de Cristo. La cual, aunquede suyo mira a la salvación de loshombres, comprende también larestauración de todo el orden tem-poral (AA 5).

La consecución de este objetivodepende en todas sus partes de lavivificante presencia de Cristo,Cabeza de su Cuerpo místico, enla Iglesia. El Señor, que sigue en-señando por el profetismo de laIglesia y rinde al Pudre el cultooriginal del Nuevo Testamento porla participación de su sacerdocioen la 'misma Iglesia, ha comunica-do su poder (LG 36) a sus discí-pulos para que sometan todas lascosas a 151 de múltiples formas, en-tre las cuales ocupa un importantelugar la Impregnación evangélicade todas las estructuras tempora-les (AA 2).

Recibió la Iglesia su misión delmismo Cristo, el cual, venido almundo por nosotros los hombresy por nuestra salvación, par» des-truir la muerte y el pecado, quisoliberar de' los mismos al hombrey a todo el universo. De aquí sederiva la gran amplitud de la mi-sión de la Iglesia. "La misión pro-pia que Cristo confió a su Iglesiano es de orden económico, políticoo social. El fin que le asignó esde orden religioso. Pero precisa-mente de esta misma misión re-

4 LA IGLESIA Y LA COMUNIDAD POLÍTICA

Page 5: TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA

ligiosa derivan funciones, luces yenergías que pueden servir paraestablecer y consolidar la comuni-dad humana según 5a ley divina"«JS 42).

Esta visión completa de la mi-sión de la iglesia debe llevarnos aevitar simultáneamente todo espl-ritualismo desencarnado y todotemporalismo.

COPARTÍCIPES DE LA MISIÓNDE LA IGLESIA

15- Todos los miembros de laIglesia están obligados a

cumplir la parte que les correspon-de en la misión común. En ella na-die debe sentirse dispensado de supropia responsabilidad.

Los ministerios y los cártamaspueden ser diversos, pero todos es-tán ordenados a un mismo fin."Hay en la Iglesia diversidad deministerios, pero unidad de mi-sión" (AA2).~ La unidad de mi-sión y la diversidad de ministeriosexige la actividad de todos losmiembros de 1* Iglesia, de suerteque sea respetada la función decada uno de ellos y no quede in-fructuoso ningún don de Dios.

La participación de todos losbautizados en el ministerio sacer-dotal, profetice y real de Cristoles confiere un ámbito de respon-sabilidad irrenunciable, que seorienta hacia la totalidad de la mi-sión de la Iglesia. A los seglares,entre todos los bautizados, "corres-ponde por propia vocación buscarel reino de Dios, gestionando losasuntos temporales y ordenándolossegún Dios" <LG 31). Esta tareales es propia, "aunque no exclusi-va" (GS 43).

En el ejercicio de su funcióneclesial, el seglar, como todos losmiembros de la Iglesia, debe res-petar la autonomía de lo temporal,pero ha de buscar y recibir tam-bién las luces provenientes del ma-gisterio y permanecer en comunióneclesial con sus pastores. Estos, enefecto, tienen el sagrado deber deiluminarles, a fin de que "todas lasactividades terrenas de los fielessean inundadas por la luz delEvangelio" (GS 43).

LA. IGLESIA Y LA SOCIEDADHUMANA

16- Pedro de la Iglesia no es una rea-lidad puramente celeste e In-

visible. Sus miembros pertenecenal género humano.

Esta connatural inserción com-porta una mutua influencia. LaIglesia ha de servir de fermentosobrenatural a ia sociedad huma-na. Pero ésta ejerce igualmente suinfluencia sobre el pueblo cristia-no. De los condicionamientos socia-les, económicos y políticos depen-den, en gran parte, las actitudesde unos hombres para con tosotros, las disposiciones internascon qvie usan los poderes económi-cos, sociales, estructurales y auto-ritativos. A través de los complejosmecanismos de la sociedad se pue-de ofender a Dios y herir al próji-mo, o servir a Dios y a los herma-nos, según los designios divinos.

Del mutuo influjo de la Iglesia yla sociedad en su vivir cotidiano sedesprende la -necesidad de buscarfórmulas adecuadas de colabora-ción entre una y otra.

17- El problema de la colabora-ción del cristiano, simultá-

neamente ciudadano de la ciudadterrestre y eclesial, se inicia en ca-da uno de los individuos. "Los fie-les—nos dice el Concilio Vatica-no II—aprendan a distinguir concuidado los derechos y deberes queles conciernen por su pertenencia ala Iglesia y los que les competenen cuanto miembros de la sociedadhumana. Esfuércense en conciliar-ios entre si, teniendo presente queen cualquier asunto temporal de-ben guiarse por la conciencia cris-tiana... En nuestro tiempo es suma-mente necesario que esta distincióny simultánea armonía resalte consuma claridad en la actuación delos fieles..." (LO 36; cfr. LG 34).

Y esta misma norma que deter-mina la relación entre las dos face-tas del cristianismo, miembro de laciudad terrestre y de la Iglesia, seha de aplicar—como veremos—a larelación entre la comunidad políti-ca y la Iglesia,

B) Opciones temporales delcristianismo

18- La Iglesia actúa como fer-mentó de la sociedad princi-

palmente a través de los seglarescristianos que tratan de transfor-mar las realidades terrenas en con-formidad con el mensaje evangéli-co. Para- ello "no basta recordarprincipios generales, manifestarpropósitos, condenar las injusticiasgravee, proferir denuncias con cier-ta audacia <profética; todo ello notendrá peso real st no va acompa-ñado en cada hombre por una to-ma de conciencia más viva de supropia responsabilidad y de unaacción efectiva" (9).

La realizaclóif concreta de lasenseñanzas sociales de la Iglesiarequiere con frecuencia un análisisobjetivo de la situación concretacon el recurso a las ciencias y téc-nicas de nuestro tiempo y una pro-gramación adecuada a las necesi-dades de la sociedad, pero admitediferentes formulaciones de esta,programación política y social.

Ahora bien, la Iglesia no imponeun determinado modelo de socie-dad. La fe cristiana no debe serconfundida con ninguna ideología.Pero el cristiano "que quiere vivirsu fe en una acción política con-

cebida como servicio no puede ad-herirse, sin contradecirse a sí mis-mo, a sistemas ideológicos que seoponen radicalmente o en puntosesenciales a su fe y a su concep-ción del hombre" (10).

PLURALIDADDE COMPROMISOS

19- El cristiano no sería plena-mente fiel a las exigencias

de! Evangelio si permaneciera enuna simple adhesión intelectual alas enseñanzas de 5a Iglesia, sindecidirse a la acción concreta. Alasumir su propia responsabilidadcon el deseo de prestar un eficazservicio a los hombres se ve pre-cisado a optar entre las diversasposibilidades a la luz de su propiaconciencia dentro del ámbito desu 'legítima libertad. "Una mismafe cristiana puede conducir a com-promisos diferentes" (11). Esta plu-ralidad de opciones, que brota deldinamismo de la fe, no se realizasólo a través de compromisos indi-viduales, sino que puede y debedarse en los diversos cauces aso-ciativos e institucionales.20- Dado que ningún sistema so-

cial o político puede agotartoda la riqueza del espíritu evan-gélico, es necesario que exista enla comunidad política espacio su-ficiente para que sus miembrospuedan asumir de manera eficazesta pluralidad de compromisos in-dividuales y colectivos.

Una efectiva pluralidad de op-ciones es parte integrante del biencomún, el cual es norma de la ac-ción de los hombres en el servicioa la sociedad y la razón de ser yel criterio de delimitación del ejer-cicio de la autoridad política (con-fróntese GS 74).21- El cristiano, al tratar de rea-

lizar su opción en lo tempo-ral de manera coherente con su fe,habrá de evitar concebir tal opcióncomo la expresión única de las en-señanzas de la Iglesia. "Muchas ve-ces—afirma, el Concilio—la mismavisión cristiana de las cosas les in-clinará hacia una determinada so-lución. Pero sucede con frecuenciaque otros fieles, guiados por unasinceridad no menor, juzgarán so-bre • el mismo asunto de distintamanera/' En tales circunstancias,"a nadie es lícito reivindicar enexcluslva> a favor de su parecer,la autoridad de la Iglesia" (GS 43).

¡Por consiguiente, mientras la Je-rarquía no se pronuncie con sumagisterio auténtico, es claro que,en virtud de la libertad del cris-tiano y de la consiguiente plurali-dad de opciones legítimas, la Igle-sia no oueda comprometida comotal en la actuación Individual yasociada de los cristianos.EL COMPROMISO EN PRO DE

LA JUSTICIA22- Precisada de esta forma la

justa libertad que los miem-bros de la Iglesia tienen en las ta-rea® seculares, como miembros res-ponsables de la sociedad civil, que-da por señalar un compromiso que

LA IGLESIA Y LA COMUNIDAD 'POLÍTICA 5

Page 6: TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA

TODA LA IGLESIATIENE EL DEBERDE EJERCERLA FUNCIÓNPROFETICA

La fe cristiana no puede serconfundida con ningunaideología.

Es necesario que exista enla comunidad política un es-pacio suficiente para la plu-ralidad de compromisos in-dividuales y colectivos.

la Iglesia no queda compro-metida como tallen la actua-ción individual o asociadade los cristianos.

El magisterio jerárquico tie-ne obligación de pronunciar-se sobre los principios socio-políticos.

La denuncia evangélica hade hacerse con mansedum-bre, sinceridad y verdad.

Corresponde también a losfieles juzgar las situacionesconcretas de índole social opolítica.

la Iglesia asume a. nivel universaly que no puede confundirse en nin-gún modo con una opción políticao social libre. ,Nos referimos alcompromiso conscientemente acep-tado por la Iglesia de trabajar por»lá justicia.

El último Sínodo de los Obispos,en Su. ¡documenta sobré la justiciaen el mundo, explica el sentido de¡este compromiso eclesial con laspalabras siguientes: "No pertene-ce de DOF sí a la Iglesia, en cuantocomunidad religiosa y jerárquica,ofrecer soluciones concretas en elcampo social, económico1 y políticopara la justicia en «1 mundo. Perosu misión implica la defensa y lapromoción de la dignidad, y de los•derechos fundamentales de la per-sona Humana." (12). Ka esta tareatodos loe católicos han de estaracordes en cualquier acción con-creta que libremente asuman. Noes un compromiso de partido o deacción política, sino un deber co-mún a todos, que entra dentro dela misión pastoral de la Iglesia,como parte integrante d« la mi-sión 'áberadora que Cristo le haconfiado.SENTIDO DE 1A LIBERACIÓN23- Esta misión se ordena radica:!

y primordialmente a la. libe-ración de! pecado y de la muerte ya la reconciliación de los hombresentre si en Cristo Jesús (oír. OS 13,18, 32, 92). Pero abarca tambiénla. liberación de todas las escla-vitudes humanas, sea la econó-mica, política, social o cultural, lascuales "derivan en última instan-cia del pecado" (OS 41). El Sínodode Obispos antes citado decía demanera explícita: "La acción enfavor de la" justicia y la participa-ción en la transformación dea mun-do se nos presentan claramente co-mo una dimensión constitutiva dela predicación d«l Evangelio, esdecir, la misión de la iglesia parala redención del género humano yla liberación de toda, situaciónopresiva." (13).24- se sigue de lo dicho que enEn este campo toda la Iglesiatiene el deber de ejerce* la funciónprofética que Cristo le confió asi-milando la doctrina de la fe entoda eu profundidad ,y aplicándolaplenamente a la vida, guiada porel magisterio sagrado (cfr. LG 12).De esta suerte la Palabra de Diosnos ilumina, nos acucia, nos llamacontinuamente a una total y since-ra conversión, arrancándonos denuestros egoísmos e hipocresíasindividuales y sociales;

Al promover la justicia social yel efectivo reconocimiento de losderechos humanos, la iglesia ayu-da al dinamismo de la sociedad ensu evolución nacía la unidad y elprogreso de una sana socializacióncivil y económica y le aporta "lu-ces y energías que pueden servirpara establecer y consolidar la co-munidad humana según la ley di-vina" (OS 42).

Esta misión estimula a todos loscristianos, según su condición, vo-cación y aptitudes, a trabajar in-

fatigablemente por transformar elmundo paira hacerlo más humanoy más conforme con los designiosdel Creador. Nos obliga a todos adar ejemplar testimonio con nues-tra vida, a reconocer y estimularel progreso social conseguido don-dequiera que se encuentre, a nodisimular las exigencias ctel Evan-gelio" y denunciar las injusticiascon amor, verdad y firmeza, aun-que tal lealtad a la ley de Dios seamanantial de sufrimientos, incom-prensiones y aun persecuciones.

EL MAGISTERIO DE LAIGLESIA, ANTE LAS

REALIDADES SOCIOPOLITICAS25- La misión profética común

a toda la Iglesia es asumidacon especial responsabilidad porlos obispos, quienes, en comunióncon el Papa y con la necesaria co-laboración de los presbíteros, so-mos pregoneros del Evangelio ymaestros auténticos de la Iglesiaen materia de fe y costumbres.

El magisterio de la Iglesia, paraser fiel a su misión apostólica, hade "enseñar e interpretar auténti-camente los principios morales quedeben observarse en las cosas tem-porales; tiene también el derechode juzgar, tras madura considera*clon y con. 'la ayuda de peritos,acerca de la conformidad de talesobras e Instituciones con los prin-cipios morales y dictaminar sobrecuanto sea necesario para salva-guardar y promover los fines deorden sobrenatural" (AA 24).26- El magisterio jerárquica tie-

ne la obligación de pronun-ciarse sobre los principios socíopo-líticos en cuanto afectan a la dig-nidad y a los derechos de la per-sona, al sentido último de nuestraexistencia y a los valores éticos delos- actos y actitudes humanas. Altratar de estos principios desde elángulo de su competencia, el ma-gisterio eclesiástico no pretendeconstituirse en maestro exclusivode las realidades temporales nicoaccionar las conciencias para im-poner una determinada solución delos problemas concretos de ordentemporal. No es ésa su misión. Pe-ro faltaría a ella si no aportara laluz de su doctrina para ayudar aldiscernimiento cristiano en la vidaconcreta y si. en los casos en quesea necesario, no señalara las con-diciones que exige la fe para queuna opción política o social seacompatible con la concepción cris-tiana de la convivencia social.27- Más aún dice el Concilio: "Es

de justicia que pueda la Igle-sia en todo momento y en todaspartes predicar la fe con auténticalibertad, enseñar su doctrina sobreI» sociedad, ejercer su misión en-tre los hombres sin traba alguna ypronunciar su juicio moral sobrematerias referentes al orden polí-tico, cuando lo exijan los derechos

. fundamentales de la persona o lasalvación de las almas, utilizandotodos y sólo aquellos medios quesean conformes al Evangelio y albien de todos según la diversidad

LA IGLESIA Y LA COMUNIDAD POLÍTICA

Page 7: TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA

de t i e m p o s y de situaciones"<GS 76).28- No reivindica la autoridad

de la Iglesia ningún génerode potestad sobre la comunidad po-lítica, la cual—como ha reconocidoel mismo Concilio (cfr. GS 76)—esindependiente y autónoma en supropio terreno. Pero esta autono-mía, propia del orden temporal,nunca podrá ser interpretada porun cristiano, como absoluta, en des-conexión con la Ley de Dios, y sumensaje salvador (cfr. GS 20, 35).

LA DENUNCIA PROFÉTICA29- No podrá, pues, decirse, sin

más que un obispo o unsacerdote "hacen política" ojiandoen virtud de su misión pastoralenjuician hechos, situaciones uobras de la sociedad civil, desdela perspectiva de la ¡fe. Sin des-conocer que las limitaciones hu-manas y, a veces, el el apasionamien-to pueden alterar la serenidad deljuicio, hay que tener presente quela denuncia profética. de los pe-cados es siempre molesta y, confrecuencia, no se acepta icón hu-mildad y la actitud de conversa-ción que cabría esperar.30- Nadie ignora tampoco lo de-

licado y complejo de estasactuaciones. La denuncia evangé-lica ha de hacerse con mansedum-bre, con sinceridad y verdad, conrespeto a Has (personas e institucio-nes y, sobre todo, con auténticacaridad fraterna». La caridad exi-girá que antes 'de la pública de-nuncia se practique en (privado lacorrección fraterna (Mi 18,15-17),que se aborden los problemas endiálogo con las .partes interesadas,y que nunca Se rompan los víncu-los del amor sincero de hermanos,

• y cuanto se refiere a las autori-dades públicas deberá revestirsedel respeto debido a la 'alta fun-ción social que desempeñan y te-ner en cuenta las dificultades ylimitaciones objetivas que frecuen-temente 'encuentran ten ed ejerciciode su misión especial.31- Pero tengan todos presente

que el silencio (por falsa pru-dencia, 'por comodidad o ¡por mie-do -a ¡posibles reacciones adversasnos convertiría en ¡cómplices delos pecados ajenos; seríamos pas-tores infieles a la misión que Oris-to nos encomendó con perjuiciopara los más débiles y oprimidos,y, en definitiva, caería en despres-tigio de nuestras comunidadescristianas al mostrarlas incapacesde oír la palabra salvadora quea todos nos invita » la 'penitenciay a la conversión. Cuando los (pas-tores nos vemos obligados a se-ñalar abusos o deficiencias gravesde la comunidad en materia socialo {política, .lejos de minar lia estabi-lidad de la ciudad terrena, contri-buimos a su perfeccionamiento yconsolidación. La denuncia de lospecados sociales, hecha con espíri-tu evangélico, con sana indepen-dencia y con ^verdad contribuye

a liberar a la sociedad de todasaquellas lucras que la envileceny corroen en sus más sólidos fun-damentos.

32- Piensen los cristianos queintentan desautorizarnos an-

te el pueblo cuando abordamosproblemas sociales o ¡políticos, siÍes mueve un genuino espíritu defe, o si, por -el contrario, se dejanarrastrar por sus intereses (perso-nales o preferencia» políticas, quedesearían imponer al resto de loscristianos y 'de los ciudadanos 'engeneral, con la 'anuencia o, al me-nos, con el «llénelo de la Jerar-quía de la Iglesia.

Los obispos pedimos encarecida-mente » todos los católicos espa-ñoles que sean conscientes de sudeber de ayudarnos, para que laIglesia no sea instrumentaliza_dapor ninguna tendencia políticapartidista, sea del signo que fuere.Queremos cumplir nuestro deberUbres de presiones. Queremos serpromotores de unidad en él pueblode 'Dios, educando a 'nuestros her-manos en una fe comprometidacon la vida, respetando siemprela justa libertad de la» concien-cias en materias opinables.33- Hemos de recordar, ademas,

a todos los cristianos, paraevitar confusiones que ¡pueden en-torpecer las relaciones .prácticasde la Iglesia, con la comunidadcivil, que es competencia de la Je-rarquía eclesiástica juzgar si unadeterminada denuncia profética esconforme con la doctrina y con lamisión de la Iglesia. A la autori-dad civil compete juzgar »i, enun caso concreto, se violan lasjustas exigencias del orden jurídi-co (cfr. DH 7).

LA ACTUACIÓN DE LOSSACERDOTES

34- Por lo que se refiere a lospresbíteros, permítasenos re-

cordar estos párrafos del Sínodode 1971:

"Los ¿presbíteros, juntamente contoda, la, Iglesia, están obligados, enla medida de sus posibilidades, aadoptar una linea clara de actua-ción cuando se trata de defenderlos derechos humanos, de promo-ver integralmente la -persona y detrabajar por la causa de la paz yde la justicia, con medios siempreconformes al Evangelio. Todo estotiene valor no solamente en el or-den individual, sino también en elsocial; por lo cual, los presbíteroshan de ayudar a los seglares aformarse una recta conciencia pro-pia.

En aquellas circunstancias enque se presentan legítimamentediversas opciones políticas, socialeso económicas, los presbíteros, co-mo todos los ciudadanos, tienen el

derecho de asumir sus propias op-ciones. Pero como las opciones po-líticas son contingentes por natu-raleza y no expresan nunca total,adecuada y perennemente el Evan-gelio, el presbítero, testigo de lascosas futuras, debe mantener cier-ta distancia de cualquier cargo oempeño político.

Para seguir siendo -un signo vá-lido de la unidad y para poderanunciar el Evangelio en toda suplenitud, el presbítero puede teneren alguna ocasión la obligación deabstenerse del ejercicio de su de-recho en este campo. Más aún,hay que procurar que su opción noaparezca ante los cristianos comola única legítima o que se convier-ta en motivo de división entre losfieles. No olviden los presbíterosla maduren: de los seglares que hade tenerse en gran estima cuandose trata de su campo específico.

El asumir una función directiva("leadership") o "militante" acti-vamente en un partido político esalgo que debe excluir cualquierpresbítero, a ,no ser que, en cir-cunstancias concretas y excepcio-nales, lo exija realmente el bien dela comunidad, obteniendo el con-sentimiento del obispo, consultadoel Consejo Presbiteral y—si el ca-so lo requiere—también la Confe-rencia Episcopal" (14).

DIALOGO Y PREDICACIÓN35- El .sacerdote, al tratar de ilú-

minar con el m e n s a j e " deCristo, interpretado por la Iglesia,las realidades sociales y aun po-líticas de nuestro tiempo., ha deactuar .como hombre de Iglesia,que pretende el crecimiento delpueblo de Dios.

'El sacerdote >es un enviado: par-ticipa—¡en el grado propio de suministerio—de la misión que losapóstoles recibieron de Cristo yCristo del Padre Odír. LG 28). Debeser fiel a Aquel que le ha enviado:Al tratar los problemas actualesa la taz de Cristo "'es siempre sudeber enseñar, no su propia sabi-duría, sino la palablra de Dios, &invitar indistintaímente a todos a_la conversión y a la santidad"PO 4); y al mismo tiempo '"debe

exponer la palabra de Dios, nosólo d.e una forana .general! y atos-tracta, sino aplicando a circuns-tancias concretas de la vida laverdad per.en rué del Evangelio(PO 4).36- Las enseñanzas de Pablo VI,

en su encíclica "EcclesiamSuam" so tare los caracteres del

LA IGLESIA Y LA COMUNIDAD POLÍTICA 7

Page 8: TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA

diálogo, pueden servir .de orienta-ción al sacerdote, cuando trata deiluminar ¡con las .enseñanzas dala Iglesia, las .realidades socialesy políticas: la 'claridad, la 'manse-dumbre, la confianza, Ja prudenciapedagógica.

El sacerdote, actuando dentro dela línea de su ministerio, '"puedecontribuir .mucho a la instauraciónde un orden secular .roas justo,sobre todo allí donde los problemashumanos dé la opresión y ,de Jainjusticia son más graves; peroconservando siempre la-comunióneclesial y excluyendo la violenciade la palabra o de los hechos, comono 'evangélica" (15).

37- La predicación, cuando hacereferencia a temas sociales

o políticos, ha de ,tener en cuentaque "la Igtesia no sólo predica laconversión de cada hombre a Dios,sino también por su parte, ¡a ¡modode conciencia de Ja .sociedad, hablaa la sociedad misma y ejerce entorno .a ella una función profética,preocupándose siempr.e por su pro-pia renovación" (16).

MENSAJE SOCIAL.

38- El aspecto social del mensajecristiano, aunque no ha de

ser tema único de la predicacióncristiana, e* un aspecto, una di-mensión, que no debe faltar, yaque "la 'doctrina social cristianaes una parte integrante !de la con-cepción cristiana de la vida" (17).

Al presentar, en su predicacióno en su acción ¡educadora, la en-señanza social de la. Iglesia sofbreproblemas de orden témpora1!, elsacerdote ha de evitar que los fle-tes saquen la tmprtesión de queel mensaje cristiano se reduce auna ética sooial. No pierda de vistaque el fundamento de la vida cris-tiana y de la predicación eclesiales el misterio de Cristo. Porquecuando una acción pastoral (pres-cinde de este fundamento puestopor Dios, deja de ser acción dela Iglesia (¡Filip 3; Ef S; Rom8, 36; 1 «Jn 1.. 1; cfr. GS 22, »2,38,39,45) (18).

HAS COMUNlDADESCRISTIANAS

39- Los fieles cristianos no tie-nen la autoridad apostólica

que corresponde a los obispos ysacerdotes. Más porque participande la misión profetica de la Igle-sia (LG 35), también a ellos co-rresponde— sofose todo cuando ac-túan como taiíes «níidos en aso-ciaciones eclesiales—¿juagar con laluz dea Evangelio y de las ense-ñanzas de la Iglesia las situaciones

concretas,de índole social o políti-ca. Sabré ello nos ha enseñadoPablo VI:

" I n c u m b e a las comunidadescristianas analizar .con objetividadla situación propia de su país, es-clarecerla mediante la lúa inalte-rable del Evangelio, de'dwcir prin-cipio» de reflexión, normas de jui-cio y directrices de acción segúnlas enseñanzas de la Iglesia...

A estas comunidades cristianastoca discerní!', con la ayuda delEspíritu Santo, en comunión conlos obispos responsables, en diálo-go con Jos demás cristianos y todoslos hombres de buena voluntad,las opciones y los compromisos queconviene asumir para realizar lastransformaciones sociales, políti-cas y económicas que se conside-ran de urgente necesidad en cadacaso" (19).

40- En el orden de la acción, elConcilio nos advierte que es

de suma, importancia "distinguirnetamente entre la acción que loscristianos, aislada, o asociadamente,llevan a cabo 'a título personal,como ciudadanos, de acuerdo con suconciencia cristiana, y la acciónque <realizan, en nombre de la Igle-sia, en comunión <con su» (pastores"(GS 76).

En nuestro 'documento "Orienta-ciones pastorales sobre apostoladoseglar", aprobado en la XVII Asam-blea- Plenaria, nos hemos ocupadode la responsabilidad de los segla-res eoft materia social y política,cuando actúan en las organizacio-nes apostólicas (cfr., nn. 13, 14 y15) (¡30). No creemos necesario re-petir aquí la* orientaciones aMí ex-puestos.

41- Todos loa miembros del pue-blo de Dios hemos de aceptarcon <páz el hetóho de que 61 Reinode Dios se desarrolla de maneraoculta y con lentitud (Me 4; Mt 13,3 ss; cfr. GS 4S). Hemos de estardispuestos a imitar a Nuestro .SeñorJesucristo en su pobreza, en suhumildad, en su amor a los hom-bres, en su fidelidad al Padre ce-lestial. Hemos d« tener los senti-mientos que El tiene .para con losmás pobres, y «u apreciación delas riquezas de eáte mundo. Hemosde (seguirle en el caimino de la cruz.Nuestra lucha por la justicia y porel bien de los hombres no deibeconofcer ni otros propósitos ni otrosmétodos .que los .que siguió nuestroRedentor (cfr. LG- 8). Hemos detraíbajar con la esperanza puestaen Dios, decididos a allanar lasdificultades que nos ¿permitan ha-cer posible (para .mañana lo quehoy resulta imposible.

18 LA IGLESIA Y LA COMUNIDAD POLÍTICA

Page 9: TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA

LA IGLESIA NOPIDE NINGÚNPRIVILEGIO, SINOLA TUTELA DE LOSDERECHOSINVIOLABLES DELHOMBRE

Dos criterios fundamentalessegún el Concilio: mutua in-dependencia y sana colabo-ración.

la libertad de la Iglesia nose opone n» a ía autonomíade la comunidad política ni

al dereche a la libertad delos ciudadanos.

La Iglesia reconoce la auto-nomía de la comunidad poli-

tica para determinar su pro-pio sistema constitucional.

si las leyes contitucionalesgarantizan l alibertad, la

Iglesia no quiere situacionesde privilegio.los obispos españoles que-

remos ser consecuentes conla doctrina del vaticano II.

SEGUNDA PARTÍ

LASRELACIONES

ENTRELA IGLESIA

Y EL ESTADOPrincipios orientadores42- Dos criterios fundamentales

han de regular, sagüft la'doctrina d«I Concilio Vaticano II,las relaciones entre la Iglesia yla comunidad política: la inutuífindependencia y la sana colabora-ción en el común servicio a loshombres, "La comunidad política.y la Iglesia—-dice—son indepen-dientes y autónomas, cada una ensu propio terreno. Asnfoas, sin em-bargo, aunque ,por diverso título,eat&n al servicio <l« la vocaci&npersonal y social del hombre. Esteservicio lo realizarán con tantamayor .aneada, para bien d« ¡todos,cuanto más sana y mejor sea lacorporación entr.e «lias, habidacuenta de las circunstancias delugar y tiempo" (OS 76).

CLARIFICACION PARA LAINDEPENCIA

43- Unseña, por otra parte, elConcilio que la Iglesia, como

consecuencia de su misma natu-raleza y misión, no «¡stá Ugada »ninguna forma particular de cul-tura humana, ni a ningún sistemapolítico, económico o social, si bien,por su universalidad, e» un vinculode unión entre las diferentes co-munidades humanas. Por tanto,dondequiera I» colaboración Igle-sía Estado adopte formas que pu-dieran estar justificadas en «n de-terminado tiempo « lugar, si boyde hecho tuviesen aunque solo se»ta, apariencia <te ligar a la Iglesiacon imn iparticidar iCTütura o undeterminado »ístema político, seharía necesaria «na «lariflcacidnque salvaguardase to mutu» inde-pendencia, garantizada en el orde-namiento jurídico. Y esto aunque

en el proceso de clarificación se ori-ginaran dificultades cuya soluciónhabría que afrontar con la mayorprudencia y comprensión. De otraforma, la colaboración que pide e]Concilio entre ambas "sociedades"no seria fecunda ni (prestaría uneficaz servicio &, la vocación per-sonal y social .del hombre. Por otaraparte, no sería lícito tachar áe vin-culación indebida lo que constituyeprecisamente «na forma de pre-sencia y de sanca cooperacion.

NECESARIA LIBERTAD44- Estos principios habrá que

aplicarlos partiiCuJantnents alas relaciones entre qiuíene» repre-sentan con autoridad tanto a laIglesia como a la comunidad poli-tica. En «l .momento de entablaro revisar un cierto tipo de rela-ciones jurídicas con un Estado, laIglesia ha de atender, ante todoy sotore toüo, a .que .como conse-cuencia de esas reteciones quedeeficazímente garantizada su nece-saria libertad.

El Concillo Vaticano II, en ladeclaración "Dignltaitis humianae"explicd asiduamente el concepto del<a libertad .de la Iglesia, que nose opone ni a la autonomía de la,comunidad política, ni al recono-cimiento jurídico <Jel derecho a lalibertad d« los individuos en ma-teria religiosa. Dice así:

"Entre los cosos gwe pertenece»al bien de la- Iglesia, y aun al biende la misma ciudad terrena, que•deben conservarse siempre y entodas partes y defenderse contratodo ataque, te más importante es,sin lugar a dudas, que la Iglesia

LA IGLESIA Y LA COMUNIDAD POLÍTICA 9

Page 10: TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA

ES NECESARIO DARUNA ORIENTACIÓNNUEVA A LASRELACIONESENTRE LA IGLESIAY EL ESTADO

Todos somos conscientes deque el Concordato de 1953

no responde a las necesida-des del moinento ni a la doc-

trina del, Vaticano II.

Consideramos necesario' eldesarrollo de la ley de liber-

tad religiosa.

la conferencia Episcopal rei-tera su disposicion a renun-

ciar a todos sus privilegios

El derecho a elegir libremen-te ministros de la Iglesia es

consecuencia obvia de la li-bertad religiosa.

La Iglesia no rechaza aque-llas ayudas que potencien sumision de privilegio recibirlasdel pueblo español a traves

del estado.

goce de tanta libertad <íe actua-cion cuanta es necesaria paro pro-curar la salvación del hombre. Es-ta libertad es sagrada, y con elladotó el Hijo unigénito de Oíos ola, Iglesia,, comprada con, su -san-gre. Y es tan propia, de la, Iglesiaque quienes la, impugnan obrancontra la, voluntad, de Dios. La li-bertad de la Iglesia es él principiofundamental en las relaciones en-tre la Iglesia, y los poderes publi-cos y todo orden civil.

La Iglesia, por ser autoridadespiritual establecida por CristoSeñor, y a quien incumbe por man-dato divino la obligación de ir portodo el mundo a predicar el Evan-gelio a todas las criaturas, defien-de para sí la, libertad dentro de lasociedad humana y ante toda ala-se de poder público, lia Iglesiareivindica también para sí la li-bertad en cuanto es una sociedadde hombres que gosan del derechode vivir en la sociedad civil si-guiendo las prescripciones de lafe cristiana.

Y si está vigente el sistema delibertad religiosa, no sólo sancio-nada con las leyes, sino tambiénllevada a, la práctica con sinceri-dad, entonces finalmente la Iglesiaconsigue la, estabilidad de derechoy de hecho para la necesaria, inde-

pendencia en el cumplimiento de lamisión divina, independencia quelas autoridades eclesiásticas hanido exigiendo cada ves más den-tro de la sociedad. Al mismo tiem-po, los fieles, al igual que los de-más hombres, gozan de derecho ci-vil a que no se les impida reali-sar szt vida según su conciencia.A.SÍ, pues, hay concordia entre I®libertad de la Iglesia y aquélla li-bertad religiosa que debe ser re-conocida como un derecho a todoslos hombres y comunidades y san-cionada en el Ordenamiento jurí-dico" (DH 18 j.

RENUNCIA A &OSPRIVILEGIOS

45- Si en las leyes constitucio-nales en un país está debida-

mente definida y garantizada esalibertad, como Ja misma Iglesiapide y enseña, ésta no necesitani quiere situaciones de privilegio,ya que "no pone sus esperanzasen privilegios da'dos por e<l podercivil; más aún, renunciará al ejer-cicio de ciertos, derechos legítima-mente adquiridos tan pronto comoconste que su uso puede empañarla pureza de su testimonio o lasnuevas condiciones de vida exijanotra disposición" «3-S 76).

46- Iglesia reconoce la auto-nomía de la comunidad polí-

tica para "determinar su pioipio sis-tema constitucional, para la ©lec-ción de sos gobernantes y paraordenar la cooperación ¡de los ciu-

dadanos en ?a prosecución del biencomún, fin "«n el <jue encuentrasu justificación plena y su sentidoy 'del qtaé deriva su legitimidadprimigenia y propia" <GS 74} efr.GS73).

íLa libertad religiosa que :la Igle-sia propugna .para el ejeeclcío desu misión es parte importante deübien común, puesto ique se orientaa la perfección espiritual dé losciudadanos. Y el bien común"abanca el conjunto de aquellascondiciones de vida social con lascuales lits hombres, las familiasy las asociaciones pueden lograrcon mayor plenitud y facMdad snpropia perfección" (GS 74).

El Estado nada puede .temer deesta libertad de la Iglesia, qué evi-tará el dtetanciawiiento y el con-fusionismo de ambas sociedades,robusteciendo al mismo tiempo loslazos de, los ciudadanos entre síy de éiéos con la autoridad pú-blica. Porque toda la vida socialse afianza y robustece cuando losciudadano» s ienten reconocidos»us derechos de suerte que su (co-operación a>l bien común -sea cons-ciente y responsable.

'Por otra paute, coano la socie-dad civil tíene derecho a prote-gerse «ontra los abusos que pue-dan darse so pretexto de libertadreligiosa, la Iglesia reconoce tam-bién qué "corresponde principal-mente al poder civil prestar estaprotección* (DH 7).

"¡Sin embargo—añade el mismoConcilio Vaticano II—, esto nodebe hacerse 'de forma arbitrariao favoreciendo injustamente a unaparte, sino según, normas jurídicasconformes con el orden moral ob-jetivo, normas que son requeridaspor la tutela eficaz, en favor detodos los ciudadanos, de 'estos de-rechos, y -por la pacífica composi-ción de tales derechos; por la ade-cuada promoción de esta honestapaz pública, que es la ordenadaconvivencia en la verdadera justi-cia, y por }& debida custodia dela moralidad pública" (DH 7).

LIBERTAD PARA TODOS

47- La libertad que la Iglesiapide para sí se fundatóente

en una misma naturaleza y misión,recibida , de Cristo, y además seapoya en i» dignidad de la per-sona humana. De aquí que la re-clame para todos los hombres afin de qwe puedan dar culto aDios según él dictamen de stt pro-pia conciencia. No pide, por lotanto, ningún privieglo, sino latutela de ¡derechos <inviolanle& delhombre.

1/a Iglesia rechaza "la infaustadoctrina que intenta edificar lasociedad «rescindiendo en aBsolu-to de la "religión y que ataca odestruye la libertad religiosa delos ciudadanos» (GS S7; cfr. DH 6).

48- Si en estos momentos, portanto, tos obispos españoles

afrontamos el problema de las re-laciones entre la Iglesia y la co-munidad civil, d'e nin'gún modo los

0 LA IGLESIA Y LA COMUNIDAD POLÍtlCA

Page 11: TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA

hacemos movidos por antagonismoalguno ni 'por oportunismo políti-co, ni porque olvidemos la, altísimay necesaria misión que competea la autoridad del 'Estado, cuyorecto ejercicio tanto puede favore-cer a la práctica de nuestros debe-res religiosos, sino sencillamente

porque queremos ser consecuentescon la doctrina explicitada por «1Concilio Vaticano II. Si procedié-ramos de otra forma, no cumpli-ríamos con nuestra ineludible mi-sión de continuar en nuestro tiem-po y en nuestro espacio la misiónsalvadora de Jesús.

Ampliación a algunosproblemas actuales49- Consecuentes con los prin-

cipios expuestos, los obisposespañoles juzgamos necesario exa-minar algunos problemas que, aquíy ahora, surgen en torno a lasrelaciones Iglesia-Estado.

Es cierto que los instrumentosjurídicos que sirven de marco ygarantía a esas relaciones fueronpreparados con espíritu de mutuacomprensión. Este mismo espíritude comprensión mutua (debe mo-vernos ahora a una. sincera revi-sten. La nueva luz que los docu-mentos concillares proyectan so-bre la misión de la Iglesia en lasociedad y sobre las realidadestemporales, y Jos cambios opera-dos durante los últimos decenios,tanto a nivel nacional como inter-nacional, .ponen de relieve la ne-cesidad de dar una orientaciónnueva a las relaciones entre laIglesia y <el Estado, en conformi-dad con la "nueva psicología dela Iglesia" (21) y con las necesi-dades actuales ido nuestro pueblo.

Al abordar estos problemas, esjusto que agradezcamos los servi-cios que a través de los años pa-sados ha recibido la Iglesia delEstado español. Lo que aquí pre-tendemos es únicamente contri-buir a disipar, en cuanto de nos-otros depende, cierto clima de con-fusionismo existente en la actua-lidad, el cual, no pocas veces, os-curece la sana colaboración y lamutua independencia que debenpresidir las relaciones entre laIglesia y el Estado. Y lo hacemosconvencidos de que, con ello, ha-cemos un beneficio tanto al pue-blo de Dios, que se nos ha con-fiado, como al propio Estado.

1) EL CONCORDA-TO DE 1953

50- Todo el mundo conviene hoyen que el Concordato suscri-

to en 1953 entre la Santa Sedey el Estado español debe ser so-metido -a revisión. Voces autoriza-das de una y otra parte lo handicho públicamente repetidas ve-ces.

Es «ieito--y los obispos españo-les somos los primeros en recono-

cerlo—que, a Ib laugo de casi veinteaños de vigencia, el actual Concor-dato ha prestado señalados benefi-cios al pueblo y a la Iglesia. Mastodos somos igualmente conscien-tes de que, en buena parte de suarticulado, no responde ya ni alas verdaderas necesidades delmomento ni a la doctrina estable-cida por el Concillo Vaticano II.

Prueba de ello son Jas dificul-tades surgidas en la, aplicación dealgunos de sus artículos y las mo-lestias y perjuicios de todo ordenque la demora en resolverlas cau-sa tanto a los intereses dte la Igle-sia como a los del Estado.

La Conferencia Episcopal Espa-ñola, respondiente a tina consultade 3a 'Santa Sede, expresó ya ensu XIV Asamblea pJenaria (22) suleal 'parecer sobre cada uno delos temas consultados. SI hoy, res-petando la competencia exclusivaen la materia de la Santa Sedey el Estado español, alude públi-camente a este 'problema, lo hacem o v i d a por su responsabilidadpastoral, a fin de que «1 pueblocristiano comprenda la urgenciay la trascendental importancia quesu correcta solución tiene parael bien del país y para la misiónde la Iglesia en él y de <jue, com-prendiéndolo, eleve al ¡Señor suoración, a fin de que cuanto antesse resuelvan las diversas y gravescuestiones pendientes.

51- No es nuestro propósito, portanto, indicar aquí cuáles

son 'las fórmulas que, a. nuestro(entender, serían más adecuadas.Baste decir qué cualesquiera quehayan de ser, tres cosas juzgamosde todo punto necesarias: que seatengan, con toda fidelidad, la losprincipios conciliares; que .respon-dan realmente a las necesidadespresentes del país y a las que pre*visiblemente planteará el futuro,y que, en tanto no se logre lasolución definitiva, «se arbitren sindemora—siempre dentro de un es-píritu de leal colaboración—losmedios adecuados para salir al ¡pa-so de los problemas unáis apre-miantes.

Con ese mismo espíritu aborda-mos 'algunos aspectos de las rela-ciones Iglesia-Estado en España,que si bien guardan conexión con

sít Concordato, necesitan id» «naespecial iluminación y están sobreel tapete de la discusión abierta,aun al margen de los pactos con-cordatarios.

2) LA CONFESIO-NALIDAD DEL

ESTADO52- Uno de esos aspectos, tal vez

el más importante y delicado,es el de la confesionalidad denuestro Estado. Al él hemos alu-dido ya al recordar en Jos primerospárrafos de esta •declaración lahistórica y secular vinculación queen España ha existido entre Ja•religión católica y Ja comunidadpolítica nacional.

Notemos aquí, desde el primermomento, que la fórmula jurídica'de Ja confesionalidad del Estado,consistente en la profesión solem-ne de Ja >f« católica como únicareligión oficial y en la mera tole-rancia para tos demás confesiones,cuenta «n la Iglesia con una yalarga tradición, que ha venido pro-pugnándola como ideal a alcanzaro a conservar (23).

No siempre esa fórmula ha sidola única reconocida y aceptada,tanto *n nuestro país como fuerade él. Y 'bien sabido es que hoyla Iglesia no sólo convive con ¡paí-ses—los menos—en Jos que Ja con-fesionalidad católica del Estado essancionada por sus leyes 'Constitu-cionales en una u otra forma, sinoque colabora amistosamente connumerosos Estados—y son Josmás—-cuya constitución se basa enel principio de neta separación eincluso «on otros que oficialmenteprofesan determinada religión nocatólica, sea o no cristiana.

53- Ahora bien, el Concilio Va-ticano II estableció, en su

declaración "(Dignitatis humanae"toda una serie de principios, .segúnlos cuales entendía que se toa deregular Jurídicamente el derechoa la libertad religiosa. Conformea «sos principios, pertenece esen-cialmente a la obligación de todopoder 'civil proteger y promoverlos derechos inviolables del hom-bre. El poder público debe, ipues,asumir eficazmente la protecciónde Ja .libertad religiosa de todoslos ciudadanos por medio de leyesjustas y otros medios adecuadosy crear condiciones propicias parael fomento de la vida religiosa,a fin de que los ciudadanos puedan•realmente ejercer los derechos deHa religión y cumplir los deberesde la misma y la .propia sociedaddisfrute de los bienes de la justi-cia y de Ja paz que ¡provienen de

LA IGLESIA Y LA COMUNIDAD POLÍTICA 11

Page 12: TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA

la fidelidad de los •hombres a Diosy a su santa voluntad.

"Si, en atención e ¡peculiares cir-cunstancias de los pueblos, ee otor-ga a una comunidad religiosa de-terminada un especial reconoci-miento civil en el ordenamientojuírídico 'de Sa sociedad, es nece-sario que al míame ¿lempo «e re-conoüíca y respete a tddos íos ciu-dadanos y •comunidades religiosasel derecho a la libertad en ma-teria religiosa" (DH «).

E51 propio Concilio advierte que,"«orno la libertad religiosa que loshombres exigen para el cumpli-miento de su dbUgacíón de .rendircu'lto a Dios mira a la inmunidadde coacción en la sociedad civil,deja íntegra Ja. doctrina tradicio-nal católica acerca del .deber mo-ral de Dos hambres y de las so-ciedades para con la verdaderareligión y la única Iglesia de Cris-to" (DH 1).54- Nuiestro actual ordenamiento

jurídico, aun manteniendoque la religión católica es la pro-fesada oficialmente por el Estado,na pasado del régimen de estríelatolerancia para las demás confe-siones al de protección del derechoa la libertad religiosa.

'En efecto, la Ley de LibertadReligiosa de 28 de junio <Je 1967,lo misimo qtís la 'modificación por«l'la introducida en el arífeulo 6>d'el Fuero de los Españoles, in-corporan a nuestro sistema cons-titucional ese derecho, eil cual, se-gún el Concilio, está "¡fundado enla misma dignidad de la persona,humana" y ,por lo nvisimo '"Idetoeser reconocida en el or'denamien-to jurídico de 'la Sociedad <l'e formaque llegue a .convertirse en un de-recho civil" (DH 2). Posteriormen-te se han dado otras disposicionesde menor rango, que desarrollany concretan normas contenidas enaquella Ley 24).

La confeaionalidad de nuestroEstado, por tanto, responde hoya una fórmula distinta de la tra-dicional y .más abierta que «Ha-55- Conviene, sin embargo, ad-

vertir que, dentro de estanueva fórmula, «e sigue afirman-do explícitamente que España «sun "Estado católico" (28), mien-tras, por otra parte, se mantieneque "la nación española consideracomo timibre de honor el acata-miento a la Ley de Dios", segúnla doctrina de la Santa Iglesia Ca-tólica., Apostólica y Romana, únicaverdadera ,y (fe inseparable en laconciencia nacional, que inspiraré.su legislación (26).56- En qué medida la presente

situación legal haya de sermantenida o modificada, es cosaque corresponde -al misimo Estadoespañol y al conjunto de los ciu-ciudadanos. Por nuestra partecreemos que lo importante es ga-rantiarar eficazmente a todos losciudadanos la libertad religiosa,tanto en el orden personal coritoen el familiar y social, Y paraello consideramos Recesarlo que se

persiga, el desarrollo y la aplica-ción de la Ley de Libertad Reli-giosa, de forma que los derechosde la conciencia humana quedenasegurados, sin discrimínacion al-guna.

Además, él compromiso de ins-pirar nuestra /Legislación en el aca-tamiento de la Ley de Dios según1» doctrina de Ha Santa Iglesia,debe ser muy bien ponderado portodos, pero particulamente ;por loslegisladores y gobernantes, quehan hecho de él un ""ttabre dehonor". Porque de ese comipromi-so ae siguen Ineludiblemente con-secuencias muy serias, cualquieraq«e sea la .postura que ante 41se adopte.

Si ese comlproimiso se toa de cum-plir fíetaaente, será neteesario -es-forzarse par acomodar toda nues-tra legislación a la Ley de Diostal como la interpreta la doctrinade la Iglesia, con todo el dina-mismo que ella encierra, sotore todocuando se proyecta, sofore (tas 'rea-lidades temporales. Esto entrañarámuchas veces no pocas dificulta-des. Por otra parte, aun procurán-dolo .con todo ¡empeño, sieimipre se-

rá verdad que las leyes habránde optar necesariamente por unmodo concreto de aplicar la doc-trina católica a aquellos problemas,sin qu« nadie pueda pretender queese modo es el único, ni siquierael «ñas acertado. Habrá, pues, mu-chos que legítimamente discrepa-rán de esa opción, e incluso lacombatirán en nombre d« la mis-ma doctrina. Y todo eSo es evi-dente qu« .puede plantear, tantoa la autoridad del Estado comoa los ciudadanos y -a la propiaIglesia, problemas enojosos.

Si, por el contrario, ese com-promiso no se cuwuplíeTa, fuerencuales fueran los motivos, el Es-tado .podría ser acusado, con ma-yor o .menor razón, de 'desteaífcada los principios que dlxse profesar,y como ¡consecuencia comprome-tería a la Iglesia y más cocreta-mente a su Jerarquía.

En todo caso, el toectoo de queel Estado procure 'que «us leyesse inspiren en la doctrina de laIglesia, no significa en modo al-guno que por ello la, Iglesia o «u1

Jerarquía queden imipflieaidas en lavaloración -de las misínas.

3) RENUNCIA A PRIVILEGIOS57- Fiel a la doctrina evangélica enseñada por el Concillo, 5a Con- •

ferencia Episcopal Española ha. declarado públicamente su deci-dida voluntad de renunciar a cualquier privilegio otorgado por elEstado en favor de personas o entidades eclesiásticas.

Hoy reitera esta fundamental disposición suya, no sólo porque sabeque la Iglesia no ha de p6n«r <stt esperanza en los podteres humanos,sino porque, además, entiende que la renuncia a todo verdadero privi-legio contribuirá a poner más en claro 'la nectesaria distinción entreIglesia y Estado, dará mayor relieve a la mutua independencia deambos y, como resultado, eliminará no pocos proMemas.

EJs necesario, con todo, precisar cílaramen-te lo que es un verdaderoprivilegio y lo que son derechos fundamentales d« la Iglesia en ordenal cumplimiento de au misión salvífica. El Estado tiene derechos In-declinables por ser sociedad Independiente y autónoma dentro d« sucampo propio. La 'Iglesia, por su parte y por la, misma sazón, tieneirrenuncíab!3es derechos en su propio terreno. Nadie, pues, puede afir-mar con justicia, que Ira Iglesia concede un privilegió al Estado cuan-do le reconoce sus prerrogativas. Pero del mismo modo, tampoco nadiepuede en justicia decir que la .Iglesia pide privilegios cuando reclamaque se leí reconozcan sus derechos.

No es esta ocasión ni lugar adecuado para, hacer una emimeracióncompleta dte las concesiones, indiscriminadamente llamadas "privile-gios", que la actual legialación concordada otorga a la Iglesia, a susmiembros y a sus instituciones o de las que, por su parte, hace laSanta Sede 'ai Estado. Mucho arenes pretendemos dilucidar aquí hastaqué punto, unas y otras, son o no verdaderos privilegios.

•Pero sí estimamos neceéarlo hacer algunas precisiones en torno ados de ellas, que constituyen efectivamente reconocidos privilegios; asaber: el del fuero especia;! del clero y «1 llamado privilegio d« pre-sentación, Y a continuación queremos también esclarecer ciertos con-ceptos en torno a otras dos materias que, aun no siendo tales privile-gios, son consideradas por muchos como tales.

a) El privilegio del fuero58- entre los privilegios en favor de la Iglesia, de los que más

frecuentemente se habla, es éste el que ocupa el primer lugar.El Código de Derecho Canónico, en su canon 120, lo define como

un verdadero derecho privilegiado de los clérigos, por virtud del cualéstos "deben ser empteados ante el juez •eclesiástico en todas lascausas, tanto contenciosas como Criminales, a no ser que se hubieraprovisto legítimamente otra cosa para casos particulares".

Se trata de un "fuero especial", semejante, en su tanto, a los quetodos los Estados conceden a determinadas personas, en atención a laespecial función o responsabilidad que ejercen en la vida social.

Conviene observar que la Santa Sede renunció ya, «n el Concordatoactualmente vigente ,(27) a buena porte de este privilegio, en cuantoconviene con el Estado: que las causas contenciosas sobre bienes y

12 LA IGLESIA Y LA COMUNIDAD POLÍTICA

Page 13: TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA

derechos temporales, en las cuales tueron demanklados clérigos o re-ligiosos, sean tramitadas ante los Tribunales «leí Estado; y que inclusolas causas criminales contra aquéllos sean juzgadas igualmente por lostribunales civiles, sí bien «n este caso se exige como requisito previoel consentimiento del ordinario del lugar.

Los obispos «apanclea, teniendo en cuenta que, aun después dehaber sido mitigado este privilegio, subsiste cierto trato de favor paraios clérigos y religiosos en relación con presuntos delitos no directa-mente ligados con su misión de ministros del Evangelio, nos pronun-ciamos en favor de la renuncia completa al mismo. Sólo quisiéramosañadir que d« aquí no podría deducirse que la autoridad del Estadosea competente para definir si los ministros de la Iglesia, cuando ejer-cen BU ministerio y más particularmente el de la pi^dicación, actúano no de conformidad con el Evangelio. Abolido el privilegio del fuero,el Estado podría juzgar a los clérigos, Jo mismo que a los demás ciu-dadanas, de acuerdo con las leyes y a través de los tribunales compe-tentes. Pero siempre ¡sería verdad que es sólo a la Iglesia a quiencorresponde pronunciarse con autoridad acerca de sí un acto ministe-rial se ajusta al Evangelio o, por eü contrario, lo contradice,

b) E! privilegio de presentación

Consideramos igualmente necesario iluminar las conciencias detodos, subditos y gobernantes, católicos o no, acerca del que el propioConcordato llama "privilegio de presentación" (28).

Por virtud del mismo, el Jefe del Estado español es quien presentael nombre del candidato llamado a cubrir cualquier sede vacante, bienresidencia, bien administración apostólica, o a. ser designado- coadju-tor con derecho a sucesión 029).

¡Dejando a un lado las normas de detalle que regulan el ejerciciode este privilegio, y salvando, como es debido, la competencia exclusi-va que en la materia corresponda a la Santa Sede y al Estado español,importa aclarar a/lgunos puntos.

En el conjunto de mutuas concesiones contenidas en el Concordatovigente, es éste, «In duda, la que sobresale por encima de todas Jasdemás. Se trata, en efecto de un verdadero privilegio que confiere alEstado una intervención eficaz en el nombramiento de quienes hande ocupar los puestos de mayor responsabilidad en la vida, de la Igle-sia. Es precisamente el ejercicio de tal privilegio el que, en momentosde dificultad para las pacíficas relacionéis eatre la Iglesia y el Estado,contribuye en mayor medida a hacerlas «qmplejas y enojosas e inclusoa confundir a buena parte de nuestro pueblo en relación con los lími-tes que separan las respectivas competencias d« una y otro. Como con-secuencia de aquella^ dificultades, no pocas veces se dilata la provi-sión de las diócesis españolas, 4o cual, como a nadie se le oculta,causa grave daño al pueblo cristiano.

El Concilio Vaticano II, por otra parte, declaró solemnemente "queel derecho de nombrar e instituir a los obispos es propio, peculiar yde suyo exclusivo de la competente autoridad eclesiástica" (C. IX 20).Es verdad que la Iglesia misma, a lo '¿argo d»l tiempo, había concedi-do a las autoridades civiles de algunos paises .católicos un cierto dere-cho a intervenir en el nombramiento de sup obispos. Pero fue el mismoConcilio el que, dirigiéndose a esas autoridades, "cuya obediente volun-tad para con la Iglesia reconoce y altamente estima", les rogó contoda cortesía "que quieran renunciar espontáneamente,- después deconsultada 8a Sede Apostólica, a los derechos o privilegios menciona-dos, de que por pacto a costumbre gozan hasta «í presente <C3D 20).El Concilio entendió que el deseo -explícito de -la Iglesia de reivindicarsu plena libertad en el nombramiento de los obispos habría de sermás valorado y dejaría más expedito el camino para cualquier nego-ciación si confiaba, como lo hizo ai dirigir a tas autoridades civilesafectadas ruego tan cortés, en su recta comprensión, sobre todo tra-tándose, como se trataba, precisamente de países católicos. Por nues-tra parte, estamos seguros de que las buenas relaciones entre la Igle-sia y el Estado son tanto más fáciles de conservar y de perfeccionarcuanto mayor sea la reconocida independencia de ambos en materiade tanta importancia.

Por último, el derecho a elegir y nombrar libremente a BUS minis-tros es una de ías consecuencias más obvias del derecho a la Eibertadreligiosa que el Concilio defiende pana todas las confesiones. Y el mis-mo Estado español, al incorporar—como ya vimos—aquel derecho anuestro ordenamiento jurídico, reconoce e-se derecho a la-s confesionesno católicas, sin reservarse privilegio alguno de presentación.

¡Por todo ello, consideramos llegado el momento de -responder demanera eficaz a la justa petición de 5a Iglesia, y, en consecuencia,rogamos respetuosamente a las autoridades del Estado que adoptenlas medidas conducentes a la solución de este problema.

4) LA AYUDAECONÓMICA

A LA IGLESIA59- Es éatte un tema singular-mente 'proipiíclo 'para engen-drar equívocos, sobre todo 'porquede ordinario (falta -en muidlos su-ficiente teonoctaitento de causa o:poro,ue se tiene un concepto ¡defor-mado 'do lo que 'es la misión a,ela Iglesia «n retecióa con la so-ciedad, t

No es exclusiva de España laasignación a la Iglesia católica, oa otras confesiones, de .una de-termína!da 'partida >d'sl 'presupuestoestatal, 'destinada a facilitar su la-bor. Ni siquiera <se reduce a Es-tados que, como el nuestro, sonconfesionales.

En -una concepción, boy supe-rada, de dicha ayuda, se entendíaque la institución eclesiástica o,¡mes 'exactamente, loa ministros delculto eran los a-estínatarios exclu-sivos !de eslas subvenciones. Hoy,con mayor 'profundidad y preci-sión, se tiende a -considerar dichasprestafciones como un servicio alos ciudadanos destinados a des-arrollar su dimensión 'religiosa..

Mayor importancia, si cabe, seconcede hoy al dato de que laIglesia católica., inspirada en e>l'misterio 'de la Encarnación y enel amor evangélico a los hombres,ha, emlpefiado aiemlpre y sigue em-peñando grandes esfuerzos en la..creación y manit'eniímiento de cen-tros 'docentes, hospitales, asilos 4eancianos, vivienda», centros juve-niles y toda clase de servicios deasístencia y ée promoción huma-na. A lo 'largo de la 'historia, JaIglesia "ha ido mudhas veces pordelante dtel Estado «n la aíencióna ineofttaiWíes necesidades de loshombres; y todavía boy, en >el am-biente nacional y en el .mundial,la Iglesia constituye un factor in-calculable de bienestar social, co-nocido y estimado sin discusiónpor sus 'generosos servicios a lahumanidad.

'Nada puede reclamar la Iglesiapor estos servicios. Siem'pre seránmenores que los que exige de BUSmiembros nuestra condición <4e'discípulos de Cristo, quie se hizouno de nosotros y .murió por nos-otros. La Iglesia se presenta enel Concilio como .maestra de hu-manidad y servidora de los po-tores. Y cualquier ayuda que re-ciba de 'personas o de institucio-nes va destinada siembre al ser-vicio de Dios y a la salvación delos 'homibres. Aunque es naturalque para desarrollar plenamentesu misión 'necesite 'de añedios ma-teriales, una Iglesia trica carecede sentido.

A esta luz 'deben mirarse todoslos sistemas vigentes en el mundode ayuda estatal a la labor dela Iglesia, a los qiue nadie califica

LA IGLESIA Y LA COMUNIDAD POLÍTICA 13

Page 14: TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA

de privilegios: Y -en estos ¡princi-pios se inspiran las .prestacionesqiue ella viene recibiendo d'el Es-tado español. Por otra parte, con-viene Distinguir ¡bien entre aque-llas—alertamente módicaa—que re-tribuyan a -las personáis y aque-llas otras—lógicamente euantio-isas—que van destinadas a los ser-vidos educativos y asistenciales,a la conservación <íel tesoro reli-gioso históríco-artístico o a 5a re-paración y construcción de tem-pos y otros inmuebles.

La Iglesia detoe educar en susfieles una conciencia d« colabora-ción económica, que haga posiblesla evangelización, el culto y la ca-ridad, pero ni rechaza aquéllasayudas que, sin oscurecer la pure-

za de su testimonio, potencien sumisión de servicio, ni consideraun privilegio recibirlas del puebloespañol a través del Estado, ge-rente y responsable principa! delbien, común.

Es de esperar, en fin, que la.revisión concordatoria consiga dara -este problema la equ¡¡tatiiva so-lución que requiere. La Iglesia esconsciente de su vocación de ser-vicio. Ni .preteride ponerte ¡precioalguno, ni puede hipotecar siu li-bertad a camfbio de Jas prestacio-nes que reciba. Y eh este «sipiritude stereoiillez, de respetuosa digni-dad y de desprendimiento evan-gélico deseamos actuar sieanjpre <enmateria económica.

5) DERECHOS DE LA IGLESIA ENMATERIA DE ENSEÑANZA

60- También sobre 'la enseñan-za creemos necesario insistir

aquí una vez más, no obstantehaber dedicado a ella nuestra aten-ción en otras declaraciones. Sóloqueremos referirnos a dos derechosde la Iglesia en esta materia quecon frecuencia vemos se confun-den, consider anidólos como un pri-vilegio.

El primero es el que asiste ala Iglesia, por estrictas razones debien común, a impartir enseñan-zas, en cualquier grado o ramadel saber, dentro de un régimende auténtica igualdad de oportuni-dades. Se trata de un ¡derecho fun-damental de la persona humana,no exclusivo de la Iglesia, sinocomún a toda: la colectividad civil,con lo cual se corresponde 01 que,a su vez, asiste a los padits defamilia para escoger el centro edu-cativo que prefieran sus hijos (cfr.GE 6). Derecho que, además, com-porta el deber, por parte del Es-tado, de ofrecer a la Iglesia, lomismo que a cualquiera otra ins-titución capacitada para ello y dis-puesta a cumplir los requisitos queregulan justamente la actividadeducativa, ios medios necesariospara servir a tan elevado fin so-cial, en proporción a das posibi-lidades leales del -piáis y al ser-vicio efectivo que realicen, sin dis-

criminación en favor dtó los cen-tros estatales (80).

Nótese bien que este derecho noenvuelve privilegio alguno para laIglesia. Si acaso, ésta tiene a. su fa-vor el hecho cierto de la amplia yprolongada ejecutoria de serviciosque vierte prestando a la sociedad.

El segundo es un derecho dela colectividad! católica españolaa recibir formación religiosa enlos centros escolares. Tampoco aquíhay ninguna tílase de privilegiospara la Iglesia, supuesto qtíe esaformación es parte integrante dela educación y, por lo mismo, delbien común, consideradlos desdeuna visión cristiana.

Consecuencia, de ese derecho esél deber del Estado de proveera aspecto tan esencial de la edu-cación y de arbitrar para eHo losmedios adecuados. La programa-ción de la. enseñanza religiosa, enlos distinto» niveles educativos esuno de los «ampos principales parauna sana colaboración entre el Es-tado, por ser responsable dea biencomún del país, y la Iglesia, porsu coMüpetencia espiecifilca en lamateria.

Solo nos resta añadir que tam-bién en este campo debe quedarsiempre a salivo el derecho de tttfloslos ciudadanos a la libertad reli-giosa.

6) PRESENCIA DE OBISPOSY SACERDOTES EN LAS INSTITUCIONES

POLÍTICAS DE LA NACIÓN61- La intervención de «eclesiás-

ticos en óiganos de 'gobierno orepresentación política de la co-munidad civil cuenta en España,sil igual t[ue otros tean'as ya tra-tados, con una larga, ejecutoria.Obedeció, sin duda, a la búsiuedade cauces eficaces de colaboraciónarmónica entre la Iglesia y elEstado en bien de todo el puieiblo.

¡Pero las eircmnstancias de hoyson muy distintas, tanto >en la Igle-sia como en la sociedad española.

A la luz de la .píroifun'da evolu-ción operada en amibas, conside-ramos que la 'participación de ecle-siásticos en los mencionados ór-ganos de decisión política no res-ponde ya ni a los criterios .pas-torales 'de la Iglesia ni a las exi-,gencias de una sana colatoo'raciónentre eMa y el Estado.

Enseña el -Con'cüliQ que la inspi-ración de la legislación y d« todala vida, política es misión especí-fica de los seglares, los cuales,

por su 'protpía condición secular,viven más de cerca los problemastemporales. A aquellos que «reentener una clara vocación políticales 'exhortamos a que se pireparenseirlaanenite y ejericiSJen Sas virtu-des necesarias para el cumplimien-to de tan importante musión«GS 75). En cuanto a los .pastores,les compe te fundamentalmente,además d« ,pro>por¡eionar a los se-glares .la dabida formación y con-fortarles con la fuerza del Espíri-tu, la de crear, mantener y per-feccionar la unidad d«il 'puelbílocristiano, «n la 'fidelidad a Jesu-cristo (GS 43; AA 7).

Es claro que la actividad! legis-lativa y politica.exigen, necesaria-mente pronunciarse por opcionesconcretas. Y esto no sólo no favo-rece la. misión unificadora de lospastores, sino que muchas veces ladificulta.

Por otra parte, -una sana cola-boración entre la Iglesia y el Es-tado, que respete como es debidola mutua independencia entre am-bos, se salvaguarda Mejor por par-te de quienes son responsables dela comunidad eclesial, si éstos que-dan libres de toda inüplieacián decarácter político.

En consecuencia, consideramosconveniente que las instancias com-petentes promuevan las aportunasmodificaciones ilegales, a 'fin dfesustituir la actual presencia deeclesiásticos en órganos políticos yd« gobierno por otras fórmulas enlas que queden .claramente a salvolos intereses psatorales de la Igle-sia y su fructífera colaboracióncon el Estado.

CONCLUSIÓNEn ¿t-s primeros párrafos de es-

ta declaración hemos hecho men-ción especial de unas palabras delPapa dedicadas especialmente anuestro país en.el contexto de sudiscurso al 'Colegio Cardenalicio enjunio de 1969.

Más de ¡tres años han transcu-rrido desde aquel discurso, acogi-do con amplia pero variada reso-nancia en la, prensa española, sinque hayan perdido su vigencia to-das y cada una, de las recomen-daciones que el Papa nos hizo.

No se nos oculta QUCj al abordarlas arduas y graves cuestiones queafectan « la misión de la Iglesiaen relación óon la parcela delmundo que es nuestra Patria, 1atarea más importante para -nos-otros, la mayor de nuestra respon-sabilidad, es promover la unidadde todo el pueblo cristiano. Másaún, éste es el 'mejor modo decontribuir, en cuanto d,e nosotrosdepende, a que la pos y la unidadse fortalezcan también en el senode nuestra comunidad -política y (tque las relaciones entre ella y la

14 LA IGLESIA Y LA COMUNIDAD POLÍTICA

Page 15: TEXTO INTEGRO DE LA DECLARACIÓN DE LA CONFERENCIA

iglesia, sean serenas y, como el Pa-pa quiere, felices.

Nos exhortaba Pablo VI enaquel discurso a los obispos espa-ñoles a que desenvolviéramos "unaincansable labor de paz y disten-sión para llevar adelante, con pre-visora clarividencia,, la, afirmacióndel reino de Dios en todas sus di-mensiones". Y esto es lo que, contodo nuestro corasen de pastores,pretendemos.

Por eso no dudamos en dirigir-nos a nuestros queridos sacerdo-tes, religiosos, religiosas y segla-res dondequiera su vocación leslleve a dar testimonio de Cristoen nuestro solar patrio, para en-carecerles cuan necesario nos es atodos perfeccionar nuestra comúncomprensión del misterio de laIglesia, que es, sobre todo, miste-rio de unidad por 'Cristo, en Cris-to y con Cristo. Sólo asi será po-sible que al tiempo que tratamosde descubrir las necesidades y

alentar las esperanzas, de nuestropueblo, le ayudemos q, peregrinarpor la tierra con la confianza pues-ta en el Señor, en chuyas manosamorosas y providentes está nosólo la suerte de su Iglesia, sinotambién la de las naciones.

Confiamos en que el vigor de lafe cristiana de nuestro ¿pueblo nosayudará a todos a buscar cadaves •más 'la unidad en lo necesario,la libertad en lo dudoso, la caridaden todo.

En esta, hora de España y de laIglesia constituye para todos ««deber cristiano poner la magnani-midad y la esperanza como ci-mientos de la acción común en laconstrucción del futuro.

Apoyados en Cristo, Príncipe dela Paz, y en la intercesión de Ma-ría, hacemos votos por que en elaño que comienza, y en los sucesi-vos la paz de Cristo prospere y seafiance en la gran familia espa-ñola.

N O T A S(1) iCír. «Jiciolíoa "Poipiulo-raunKpro-

gressio", de 26 He marzo de 1987:canta apostóte» "Octogestima adve-niens", de 14, die mayo d"e 1971 diri-gida, al condena! Boy.

(2) Off. Sínodo de ¡los -Obispos,1971. Doioume-ntiois. Ed. Sigúeme! Sa-lamanca, 193H.

A modo de ejeimipta se pueden re-cordar estos documentos die otrosepisocopados: declaración, ide la Asam-blea Plenaría del Elpiscopado Esta-dounidense de. 14-18 de -noviembre día1966, "Ecclesia", 18 febrero 1967,a. 1.329. p. 17 (225); deciairacfón d«lepiscopado paraigiuayo sotore ila re-forma constitucional!, 25 dicimebre1966, "Ecclesia", 4 marzo 1967, -n, 1,331,ip. 17 (305); II Coratteiiemeia Generaldel Episcopado Latinoamneracaaio, deMedellin, de 26 agosto 6 septiembre.1968, "Ecclesia". 17 agos to 1968,•n. 1.403, <p. 11 1211); ideclaracióní co-lectíva del episcopado, belga, "Eccle-sia", 8 agosto 1970, n. 1.508, p<. 33(1113); comunicado de la XI Asam-blea General de 3a Coraf ereacda Epis-copal Brasiíeiña, 16-27 de mayo .1970-,"-Ecclesia", 18 Julio 1970!, n. l.500,ip. 16 (1020); documento de .trabajode la Coniíeiriemela (Episcopal de Chi-le, Evangelio ipolltica y socialismo,"Eícdlesia". 24 julio 18711, n. 1.651,p. 19 (963); SI julio 19711, ,n, 1.582,p. 17 (993.); 7 aígoeto 1971, .n. 1.553,p. 15 (1023).

(3> CSfr. "Ecclesia". 28 junio 1969,,n. 1,446, p. 11 871

(4.) Coimuni'caido. die lia Conferen-cia Episcopal Española al ténmtaode s-u XII Asamfblieai Pfenarda-, "Eccle-sia", 18 julio 18170, .n. 1.600, p. 10(1014).

Otros documentas- flie icaráioter co-legial del Episcopado Español: lascartas ¡pastorales de SO de diciem-bre de 1931 y de 2 de Junio de 1933;la carta colectiva 9. Itois obispos d'etodo el mundo de 1 üe junio- 1937.Soibre cuestiones econoimliicas y so-Ciales: Jas deolaracioinies ootectlivasd-e los rfe'Viereinidiiisitoos metropolita-nos sotafe "Los deberé» de JuisiticJav caridad en las ipresemtteiS' circuns-tancias", 'de 3 junio 1951; "Sofore elmonncii'to sooiail de España.", de 15

agosto 1956; solbre "Astitud cristia-na ¿unte los iproblemas wiotiaijeis d« la.egitaíbiitliizaciiom y el desarrcJllo econó-onico'', de 18 enero ¡1960 so'bne "La.eletvaoi&tt de ouuiestra lootaciíencda so-cial, según iefli ecsipíritu d« la "Matere¡t magtiistra", de 13 julio' 1962; elPlan de Apostolado ¡Socáa!, de 29aibril 1965; tía 'dieclaracdióm ipastoiralsoibire el "Plan de Apostolado¡ Socialw el orden ecoraoamico" dada poír laCoínisió'Dj Episcopal de Aipoistoilati'oSocial en Roma el 11 «octubre 1965;y 'bajo la anutoflildad' pe :la mls¡maComisióin." de Apostolado Social, el"Breviario de paetorail social" y Jaobra "Doctrina social de 5a Iglesia".

(5) Pablo VI, "üctolg'esima adve-niens" n. 51 ocho grandes mensa-jes Ed. BAC. Madrid 1972, p 526

(6) Cffir. Ecclesia, 18 noviembre1972, n. 1.618, p. 16 1584): 25 no-viembre 1972, 1619 p 23 16239 dieiemlbre 1972 n 1.621, p. 151695

(,7) Cfir. Ecclesia 11 y 18 di-ciembre 1965, n. 1.271, (p. 39 1767

(8) concilio Vaticano I, Comst..dos, "Pastor aeternus ,Cfr. "Diz-SCH n 3.050.

(9) Pablo VI. "Octogesima adve-niens", ,n. 48. Eld-, .BAC, E. 524,

(10) Paitto VI, "Octogiescima: adive-niiems", n. 26. Ed'. BAC, ip. 510.

11 Pablo VI, Oet<fe»i'ma aidivie-HJ«ns", n. 51. Ed. BAC, p. 526.

(12) "La. justiicáa «n ell mundo,•Sínodo de tos Obispos 181711. "Docu-mentos". Hd. Sigueme Salamanca,1972, p. 67.

(13) "La justicia em. e1 mundo",Sínodo de los Otoisipos 1971 Docu-memtos". Ed. Sigúeme. Salamanca,1972. p. 55.

14) "El sacendoeiio ministerial,iSiinodo de Jos Obispos 1971. Doc-mentos. Ed. 'Siígtueme. Salamanca,.MfT2, .p-p. 34.-35. El texto d* "L,'Os»eff-vatore Romano", «dítícm caetelüatia,qiu« recogie lia. ledleitáini de Sígueime,dicie: "El ipreslfoítero .pnjedie ser oibli-gado en alguna ocasión a. aibste-n«r-s«".,., en v«a. die "'el presíbQtero ipwedetener en aJiguna oica»i<5in la olbliga-ctón de atetenierse"...

(i!6)' "El Baciendocto ministerial".Sínodo de tos Oíbislpos 1971. "Docu-mentos". EB. ISIguewie. Sálaínaraca,1972, ip. 28.

(16) "El' saucerdocto imcnisteirial".Sínodo de los Obispos 1971 Ed. Si-gueme. Saiamainioa, 1972, ,p. 32.

(17) Juan XXIII, "IMater eit ma-Biistra". CSoíeccion de Ewcídllcas yDooiumieatois PtonitiiEictoB. Eld. AcciiáwCatólica Española. MJaidipd'di , 1867.p. 2268.

(18) CSfr. "La justicia en. el mawi-idO'". Sinodo die los Olbispois 1971. "Do-cumentos". !EM'. ISSígiueime. Salaman-ca. 1972, t>. 68. '

(19) Patol» Vil, 'XDctagiesdima íud'V'6-nieiis", n. 4. Eld. BIAC, pp. 496-49fT.

•(20) "Omiíenitaoioniesi paséorales so-1>re apostolakio. eelgila/r". Ea. AcciónCatóDica, ¡Mad'rtid, 1972, ,pp. 214-63.

(21) 1.a expresion nueva psicolo-gía, de la Iglesia" .es del Papa, Pa-blo VI, discurso de 18 die noviembre1865, en la sesión (publica del .Conci-lio.

(22) Ofr. "Ecclesia". 20 febrero1971 n. 1530, ,p. 15 (239-243): 27 fe-brero 1971 n. 1.531, pp. 16-17 (272-273).

(23) Ofr. ¿León XIII. "ImmortaleDei", "Libertas praestantisima", "Mi-liu des sollicitudes", en "DoctrinaPontificia. Documentos Políticos".BAC, (p'p. 193-243; 1d., "Longinquaoceani", en "Doctrima ¡Plontilficía. DO-cumentos Sociales". Ed,. BAC, p. 390;S. pió X, "Vehemetarnos", en ''Doc-trina Ponitificia, Documentos' Politi-cos". .p. 384; cfc Pio XII, aloc. "Allavostra filiale", 23 mazao 1958: AAS5O (1958), 220: "la. legitima sana lai-citá diello Stato", caitado en nota 5de la GS, n. 36.

(24) Cfr. ornden. (ministeirtial deEducación y Ciencia de 23 octubre1967; decreto de Justicia. de 20 ju-lio 1967; orden ministerial de Jus-ticia de 5 mayo 1968.

(25) Ley de Sucesion, ant. 1º leyOrganica., 1.a disposición adicional.

(26) Ley de Principios Fundamen-tales del Moivimiento Nacional, de 27mayo 1958.

(27) Cfr. Concordato 1953. -entre la•Santa Sede y el Estado, .español,antfciulo XVII.

(28) Cancordato de 1953 entre laSarata Sende y él Estado español, eltitulo del anejo lº. al texto concor-datario.

(29) Cfr. Concordato de 1953 en-tre la Sanita Sede y el Estado espa-ñol, art. VIII y Acuerdo entre laSanta Sede y el Gobierno. español,anejo a aquél, de 7 Junio 1941.

(30) Cfr. "La Iglesia y la educa-cion en .España Hoy", declaración dela Comision Episcopal de Enseñanzadel- 2 febrero 1963. Ed. ComisionEpiscopal de Enseñanza.

N. de la R.—los titulares y sumarios que acompañan al textp ín-tegro de la declarado^ de la Conferencia Episcopal Española sobre "LaIglesia y la Comunidad Política" en 'la presente edición han sido se-leccionados por el equipo encargado de realizarla y no figuran, pues,destacados en el toniunto del documento origino!. Lo mismo hay quedecir con respecto al uso de distintos tipos de letra, subrayados u otrosrecursos tipográficos, que son, asimismo, obra de los autores de estaedición periodística.

LA IGLESIA Y LA COMUNIDAD POLÍTICA 15