tercer ejercicio gestiÓn procesal clase 10 procesal penal

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TERCER EJERCICIO GESTIÓN PROCESAL Clase 10 Procesal Penal 9 noviembre 2021

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TERCER EJERCICIO GESTIÓN PROCESALClase 10 Procesal Penal

9 noviembre 2021

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Preguntas del ejercicio última Convocatoria

1.- ¿Cuáles son los medios de prueba de los que se puede hacer uso en juicio según la LEC?.

2.- La tercería de dominio en la LEC: Competencia, sustanciación y resolución.

3.- Planteada demanda de separación matrimonial ¿En qué casos puede el demandado plantear reconvención?.

4.- Exponga los trámites procesales recogidos en la LEC para la sustanciación y resolución de la oposición en el juicio cambiario.

5.- Celebración de la comparecencia del art. 505 de la LECrim. ante el Juez o Tribunal que deba conocer de la causa.

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Preguntas del ejercicio última Convocatoria

6.- Medidas de naturaleza civil que se puedan acordar en la orden de protección regulada en el Art. 544 Ter de la LECrim: aspectosprocesales.

7.- En el procedimiento penal abreviado regulado en los arts. 757 y ss. de la LECrim ¿Cuál sería el trámite si el Ministerio Fiscal solicitare el sobreseimiento de la causa y no se hubiera personado en la misma el acusador particular dispuesto a sostener la acusación?.

8.- Diligencias urgentes ante el Juzgado de Guardia en el caso de que haya conformidad del acusado con la pena solicitada: Instrucción y acusación.

9.- En el procedimiento abreviado del Art. 78 de la LJCA, una vez admitida la demanda, si el actor pide por otrosí en su demanda que el juiciose falle sin necesidad de recibimiento a prueba ni tampoco de vista. Qué debe hacer el LAJ y qué trámites procesales están recogidos en la Ley.

10.- El recurso de suplicación en la LRJS: anuncio e interposición.

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1. Las medidas cautelares personales en el proceso penal. 2. La citación judicial. 3. La detención.4. La prisión provisional.5. La libertad provisional. 6. Las fianzas en el proceso penal. 7. Medidas limitadoras de derechos fundamentales: 8. Pruebas biológicas;9. entrada y registro en lugar cerrado; 10. intervención de comunicaciones postales, telegráficas, telefónicas e informáticas. 11. Especial mención a las entregas controladas y a la figura del agente encubierto.

TEMA 46EPÍGRAFES

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ARTÍCULOS VIT

Citación judicial

• 486 y ss

Detención

• 489 y ss

Prisión Provisional

• 502 y ss

Orden protección

• 544 ter

Entrada y Registro

• 545 y ss

Detención sobres

• 579 y ss

Interceptación móvil

• 588 ter

grabación comunicaciones

• 588 quater

captación imagen

+seguimiento

• 588 quinq

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1. Las medidas cautelares personales en el proceso penal. 2. La citación judicial. 3. La detención.4. La prisión provisional.5. La libertad provisional.6. Las fianzas en el proceso penal. 7. Medidas limitadoras de derechos fundamentales: 8. Pruebas biológicas;9. entrada y registro en lugar cerrado; 10. intervención de comunicaciones postales, telegráficas, telefónicas e informáticas. 11. Especial mención a las entregas controladas y a la figura del agente encubierto.

TEMA 46EPÍGRAFES

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Libertad provisionalArt. 528 y ss

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LIBERTAD PROVISIONAL. 528 Y SS

Libertad

•no motivos prisión

•Inocente

505

•Auto:•Libertad + fianza•Libertad sin fianza

recurso apelación

•= prisión provisional

obligación

•apud acta

•d+ días juez llame•podrá retener pasaporte

Fianza

•costas y Estado

No va

•LAJ da 10 d al fiador xrapresentar al rebelde

El fiador No presenta al rebelde

•queda Estado

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Disposición común recursosArt. 539 Lecrim

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ART. 539 LECRIM

Los autos de prisión y libertad provisionales y de fianza serán reformables durante todo el curso de la causa.

En su consecuencia, el investigado o encausado podrá ser preso y puesto en libertad cuantas veces sea procedente, y la fianza podrá ser modificada en lo que resulte necesario para asegurar las consecuencias del juicio.

Para acordar la prisión o la libertad provisional con fianza de quien estuviere en libertad o agravar las condiciones de la libertad provisional ya acordada sustituyéndola por la de prisión o libertad provisional con fianza, se requerirá solicitud del Ministerio Fiscal o de alguna parte acusadora, resolviéndose previa celebración de la comparecencia a que se refiere el artículo 505.

No obstante, si a juicio del juez o tribunal concurrieren los presupuestos del artículo 503, procederá a dictar auto de reforma de la medida cautelar, o incluso de prisión, si el investigado o encausado se encontrase en libertad, pero debiendo convocar, para dentro de las 72 horas siguientes, a la indicada comparecencia.

Siempre que el Juez o Tribunal entienda que procede la libertad o la modificación de la libertad provisional en términos más favorables al sometido a la medida, podrá acordarla, en cualquier momento, de oficio y sin someterse a la petición de parte.

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RECURSO REFORMA

autos prisión + libertad provisional

+ fianza

• reforma (durante causa)

ProcedimientoPrisión+libertad fianza

• 505

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PREGUNTA¿Qué recurso cabe contra los autos de prisión y libertad provisionales y de fianza?

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1. Las medidas cautelares personales en el proceso penal. 2. La citación judicial. 3. La detención.4. La prisión provisional.5. La libertad provisional. 6. Las fianzas en el proceso penal.7. Medidas limitadoras de derechos fundamentales: 8. Pruebas biológicas;9. entrada y registro en lugar cerrado; 10. intervención de comunicaciones postales, telegráficas, telefónicas e informáticas. 11. Especial mención a las entregas controladas y a la figura del agente encubierto.

TEMA 46EPÍGRAFES

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La fianza en el procedimiento penalArt. 589 Lecrim y ss

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FIANZAArt. 589.

Cuando del sumario resulten indicios de criminalidad contra una persona, se mandará por el Juez que preste fianza bastante para asegurar las responsabilidades pecuniarias que en definitiva puedan declararse procedentes, decretándose en el mismo auto el embargo de bienes suficientes para cubrir dichas responsabilidades si no prestare la fianza.

La cantidad de ésta se fijará en el mismo auto y no podrá bajar de la tercera parte más de todo el importe probable de las responsabilidades pecuniarias.

Artículo 590.

Todas las diligencias sobre fianzas y embargos se instruirán en pieza separada.

Artículo 591.

La fianza podrá ser personal, pignoraticia o hipotecaria, o mediante caución que podrá constituirse en dinero efectivo, mediante aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o por cualquier medio que, a juicio del Juez o Tribunal, garantice la inmediata disponibilidad, en su caso, de la cantidad de que se trate.

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FIANZA. 589 LECRIM Y SS

Objeto. 589 lecrim

• garantía RC

Auto

• no podrá bajar: 1/3 + todo

Clases fianza

• personal: solo españoles + pago contribución 3 años

• pignoraticia• 2x de metálico

• hipotecaria: (EP ó Apud acta)• 2x del metálico• 1/4+ valor $ cotización

• caución

• *tasados por 2 peritos.

Recurso Auto596

• apelación

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PREGUNTAConforme al artículo 589 y ss Lecrim; indique la cuantía y las clases de fianza.

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1. Las medidas cautelares personales en el proceso penal. 2. La citación judicial. 3. La detención.4. La prisión provisional.5. La libertad provisional. 6. Las fianzas en el proceso penal. 7. Medidas limitadoras de derechos fundamentales: 8. Pruebas biológicas;9. entrada y registro en lugar cerrado; 10. intervención de comunicaciones postales, telegráficas, telefónicas e informáticas. 11. Especial mención a las entregas controladas y a la figura del agente encubierto.

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PRUEBAS BIOLÓGICAS.

Las pruebas biológicas, como pruebas periciales científicas, tendrían, por lo tanto, que realizarse en el juiciooral de un proceso penal, independientemente de haberse podido efectuar con anterioridad, en la etapainstructoria (sumario o diligencias previas), determinados actos de investigación periciales.

Ejemplo: identificación por el ADN (intervención corporal).

DFF afectados: ­ 10CE: dignidad persona­ 15.1: integridad física y moral­ 17: libertad­ 18: intimidad­ 24.2: no declarar vs sí mismo

Jurisprudencia:1. No imponerse coactivamente2. Sí obligación judicial pero no con fuerza física.3. Negativa injustificada: indicios + delito desobediencia.

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1. Las medidas cautelares personales en el proceso penal. 2. La citación judicial. 3. La detención.4. La prisión provisional.5. La libertad provisional. 6. Las fianzas en el proceso penal. 7. Medidas limitadoras de derechos fundamentales: 8. Pruebas biológicas;9. entrada y registro en lugar cerrado;10. intervención de comunicaciones postales, telegráficas, telefónicas e informáticas. 11. Especial mención a las entregas controladas y a la figura del agente encubierto.

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Page 28: TERCER EJERCICIO GESTIÓN PROCESAL Clase 10 Procesal Penal

entrada y registro en lugar cerrado545 y ss

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ENTRADA Y REGISTRO EN LUGAR CERRADO. 545 Y SS

Entrada y Registro (545)

•domicilio español/extranjero reside Spain

•caso ley

•forma ley

Supuestos (546)

•IRC procesado

•AEI

edificio público (547)

•BRO•Buque Estado

•Reunión

•Oficial/Militar/civil

Cortes Generales (548)

•Autorización Presi

Domicilio particular (550)

•consentimiento (expreso/tácito)

•auto (notific. 24h )

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ENTRADA Y REGISTRO EN LUGAR CERRADO. 545 Y SS

Domicilio particular:554

• Palacio

• Habitación

• Buque Mercante

• Domicilio social p.jca

Palacio555

• Reside: Real Licencia Mayordomo

• No halle: licencia Jefe

Oficina RptanteExtranjeros

• oficio contesta 12 h

• No contesta: Ministro

Buques extranjeros guerra:

• (CEM)• Comandante o Embaj o

Ministro

Cónsules extranjeros

• recado

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ENTRADA Y REGISTRO DOMICILIO PARTICULAR

notificación auto. 566

• interesado

• ó encargado

• ó mayor edad

• ó 2 vecinos

registro. Art. 569

• presencia interesado ó representante

• ó mayor edad familia

• ó 2 vecinos

• * Siempre LAJ.

Registro. 570

• podrá noche consentimiento.

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ART. 566Si la entrada y registro se hubieren de hacer en el domicilio de un particular, se notificará el auto a éste; y si no fuere habido a la primera diligencia en busca, a su encargado.

Si no fuere tampoco habido el encargado, se hará la notificación a cualquier otra persona mayor de edad que se hallare en el domicilio, prefiriendo para esto a los individuos de la familia del interesado.

Si no se halla a nadie, se hará constar por diligencia, que se extenderá con asistencia de dos vecinos, los cuales deberán firmarla.

Page 33: TERCER EJERCICIO GESTIÓN PROCESAL Clase 10 Procesal Penal

PREGUNTAConforme al artículo 566 Lecrim; a quién debe notificarse el auto de entrada y registro.

Conforme al artículo 569 Lecrim; ¿Cómo debe realizarse el registro en un procedimiento penal?

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1. Las medidas cautelares personales en el proceso penal. 2. La citación judicial. 3. La detención.4. La prisión provisional.5. La libertad provisional. 6. Las fianzas en el proceso penal. 7. Medidas limitadoras de derechos fundamentales: 8. Pruebas biológicas;9. entrada y registro en lugar cerrado; 10. intervención de comunicaciones postales, telegráficas, telefónicas e informáticas.11. Especial mención a las entregas controladas y a la figura del agente encubierto.

TEMA 46EPÍGRAFES

Page 35: TERCER EJERCICIO GESTIÓN PROCESAL Clase 10 Procesal Penal

intervención de comunicaciones postales, telegráficas, telefónicas e informáticas579 y ss Lecrim

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DE LA DETENCIÓN Y APERTURA DE LA CORRESPONDENCIA ESCRITA Y TELEGRÁFICA579 LECRIM

Objeto

• dolosos pena CHINA 3 prisión

• org. Criminal

• terrorismo

Plazo

• 3 meses hasta 18 m

Urgencia terrorismo

• Ordena Ministro Interior/SecreEstado

• Comunica al juez: 24h máximo

• Juez resuelve: 72 h

No needautorización judicial

• tráfico mercancías

• Obligatoria declaración: autoriza inspección

• aduanas inspección

Secreto causainherente

• no need acordar expresamente el secreto

579 bisCasualidad

• Sí investigación o prueba en otro proceso.

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ARTÍCULO 579 BIS. UTILIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN OBTENIDA EN UN PROCEDIMIENTO DISTINTO Y DESCUBRIMIENTOS CASUALES.1. El resultado de la detención y apertura de la correspondencia escrita y telegráfica podrá ser utilizado como medio de investigación o prueba en otro proceso penal.

2. A tal efecto, se procederá a la deducción de testimonio de los particulares necesarios para acreditar la legitimidad de la injerencia. Se incluirán entre los antecedentesindispensables, en todo caso, la solicitud inicial para la adopción, la resolución judicial que la acuerda y todas las peticiones y resoluciones judiciales de prórroga recaídas en el procedimiento de origen.

3. La continuación de esta medida para la investigación del delito casualmente descubierto requiere autorización del juez competente, para la cual, éste comprobará la diligencia de la actuación, evaluando el marco en el que se produjo el hallazgo casual y la imposibilidad de haber solicitado la medida que lo incluyera en su momento. Asimismo se informará si las diligencias continúan declaradas secretas, a los efectos de que tal declaración sea respetada en el otro proceso penal, comunicando el momento en el que dicho secreto se alce.

Page 38: TERCER EJERCICIO GESTIÓN PROCESAL Clase 10 Procesal Penal

ARTÍCULO 579 BIS. UTILIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN OBTENIDA EN UN PROCEDIMIENTO DISTINTO Y DESCUBRIMIENTOS CASUALES.

resultado

• podrá ser utilizado

• medio de investigación

• o prueba en otro proceso penal.

Trámite

• deducción de testimonio de los particulares necesarios para acreditar la legitimidad de la injerencia.

• Se incluirán entre los antecedentesindispensables, en todo caso,

• la solicitud inicial para la adopción,

• la resolución judicial que la acuerda

• y todas las peticiones y resoluciones judiciales de prórroga recaídas en el procedimiento de origen.

continuación medida

• requiere autorización del juez competente,

• comprobará la diligencia de la actuación,

• evaluando el marco en el que se produjo el hallazgo casual

• y la imposibilidad de haber solicitado la medida que lo incluyera en su momento.

• informará si las diligencias continúan declaradas secretas

Page 39: TERCER EJERCICIO GESTIÓN PROCESAL Clase 10 Procesal Penal

PREGUNTA1. Conforme al artículo 579 Lecrim, en qué supuestos el juez puede acordar la detención de la correspondencia privada, postal y telegráfica.

2. Qué duración puede acordar el juez acordar la detención de la correspondencia privada, postal y telegráfica.

3. ¿Quién en caso de urgencia puede acordar la detención de la correspondencia privada, postal y telegráfica. Indique el trámite.

4. ¿Puede acordarse la detención de la correspondencia privada, postal y telegráfica sin autorización judicial previa?

5. Indique qué consecuencia legal tiene la información obtenida en un procedimiento distinto y descubrimientos casuales.

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DISPOSICIONES COMUNES INTERCEPTACIÓN COMUNICACIONES TELEFÓNICAS Y TELEMÁTICAS, LA CAPTACIÓN Y GRABACIÓN DE COMUNICACIONES ORALES. 588 BIS Y SS

Principios

• #PEINE

• %• Especialidad• Idoneidad• Need• Excepc.

solicitud

• Oficio

• MF

• Poli

Auto motivado

• 24 h solicitud MF o Poli

• Sin need de expresamente secreto

Duración

• 3 m máximo 18m

• Prórroga: resuelve 2 d solicitud

Terceros

• sí puede afectar

destrucción copia

• 5 años salvo juez conserva.

Page 41: TERCER EJERCICIO GESTIÓN PROCESAL Clase 10 Procesal Penal

INTERCEPTACIÓN COMUNICACIONES TELEFÓNICAS Y TELEMÁTICAS. 588TER A

presupuestos

• delitos 579.1 (3x)

• delitos a través informática o tecnología

Objeto

• terminal habitual/ocasional investigado

• terminal de víctima riesgo

• Terminal 3º utilice “malo”

duración

• 3 meses x18 m

acceso grabaciones

• alzado secreto

Page 42: TERCER EJERCICIO GESTIÓN PROCESAL Clase 10 Procesal Penal

LO VIT PROCESAL PENAL

DETENCIÓN PRISIÓN PROVISIONAL PINCHAZO MÓVIL

# FFRI/CCED

BANDERAS CHINA+ESPAÑA+USA ESPAÑA 3COMPETENCIA J.INSTRUCCIÓN

J.CENTRAL INSTRUCCIÓNJVM

Ø J.INSTRUCCIÓNØ PRIMERAS

DILIGENCIASØ PENAL/QUEM

ABOGADO 3 HORAS

INCOMUNICACIÓN

72+48

PLAZO 72 H Ø 1+6: ESPAÑA 3Ø 2+2:USA 3

Ø Auto 24 hØ Prórroga: 2 dØ 3M-18MØ 5 años conservación

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CAPTACIÓN Y GRABACIÓN DE COMUNICACIONES ORALES MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS588 QUATER

presupuestos

• delitos 579.1 (3x)

• relevancia probatoria

Objeto

• espacio abierto

• domicilio• espacio

cerrado

duración

• 3 meses x18 m

Page 44: TERCER EJERCICIO GESTIÓN PROCESAL Clase 10 Procesal Penal

UTILIZACIÓN DE DISPOSITIVOS TÉCNICOS DE CAPTACIÓN DE LA IMAGEN, DE SEGUIMIENTO Y DE LOCALIZACIÓNART. 588. QUINQUIES

Objeto

• espacio abierto

Urgencia policía

• 24 h comunica juez

• 24h ratifica juez

duración

• 3 meses x18 m

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PREGUNTA1. Conforme al artículo 588 ter Lecrim, indique el régimen jurídico de la interceptación comunicaciones telefónicas.

2. Conforme al artículo 588 quater Lecrim, indique el régimen jurídico de la captación y grabación de comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos.

3. Conforme al artículo 588 quinquies Lecrim, indique el régimen jurídico de la Utilización de dispositivos técnicos de captación de la imagen, de seguimiento y de localización

Page 46: TERCER EJERCICIO GESTIÓN PROCESAL Clase 10 Procesal Penal

1. Las medidas cautelares personales en el proceso penal. 2. La citación judicial. 3. La detención.4. La prisión provisional.5. La libertad provisional. 6. Las fianzas en el proceso penal. 7. Medidas limitadoras de derechos fundamentales: 8. Pruebas biológicas;9. entrada y registro en lugar cerrado; 10. intervención de comunicaciones postales, telegráficas, telefónicas e informáticas. 11. Especial mención a las entregas controladas y a la figura del agente encubierto.

TEMA 46EPÍGRAFES

Page 47: TERCER EJERCICIO GESTIÓN PROCESAL Clase 10 Procesal Penal

Especial mención a las entregas controladas y a la figura del agente encubierto.

Page 48: TERCER EJERCICIO GESTIÓN PROCESAL Clase 10 Procesal Penal

263 BIS. ENTREGA CONTROLADA 1. El Juez de Instrucción competente y el Ministerio Fiscal, así como los Jefes de las Unidades Orgánicas de Policía Judicial, centrales o de ámbito provincial, y sus mandos superiores podrán autorizar la circulación o entrega vigilada de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, así como de otras sustancias prohibidas. Esta medida deberá acordarse por resolución fundada, en la que se determine explícitamente, en cuanto sea posible, el objeto de autorización o entrega vigilada, así como el tipo y cantidad de la sustancia de que se trate. Para adoptar estas medidas se tendrá en cuenta su necesidad a los fines de investigación en relación con la importancia del delito y con las posibilidades de vigilancia. El Juez que dicte la resolución dará traslado de copia de la misma al Juzgado Decano de su jurisdicción, el cual tendrá custodiado un registro de dichas resoluciones.

También podrá ser autorizada la circulación o entrega vigilada de los equipos, materiales y sustancias a los que se refiere el artículo 371 del Código Penal, de los bienes y ganancias a que se hace referencia en el artículo 301 de dicho Código en todos los supuestos previstos en el mismo, así como de los bienes, materiales, objetos y especies animales y vegetales a los que se refieren los artículos 332, 334, 386, 399 bis, 566, 568 y 569, también del Código Penal.

2. Se entenderá por circulación o entrega vigilada la técnica consistente en permitir que remesas ilícitas o sospechosas de drogas tóxicas, sustancias psicotrópicas u otras sustancias prohibidas, los equipos, materiales y sustancias a que se refiere el apartado anterior, las sustancias por las que se haya sustituido las anteriormente mencionadas, así como los bienes y ganancias procedentes de las actividades delictivas tipificadas en los artículos 301 a 304 y 368 a 373 del Código Penal, circulen por territorio español o salgan o entren en él sin interferencia obstativa de la autoridad o sus agentes y bajo su vigilancia, con el fin de descubrir o identificar a las personas involucradas en la comisión de algún delito relativo a dichas drogas, sustancias, equipos, materiales, bienes y ganancias, así como también prestar auxilio a autoridades extranjeras en esos mismos fines.

3. El recurso a la entrega vigilada se hará caso por caso y, en el plano internacional, se adecuará a lo dispuesto en los tratados internacionales.

Los Jefes de las Unidades Orgánicas de la Policía Judicial centrales o de ámbito provincial o sus mandos superiores darán cuenta inmediata al Ministerio Fiscal sobre las autorizaciones que hubiesen otorgado de conformidad con el apartado 1 de este artículo y, si existiese procedimiento judicial abierto, al Juez de Instrucción competente.

4. La interceptación y apertura de envíos postales sospechosos de contener estupefacientes y, en su caso, la posterior sustitución de la droga que hubiese en su interior se llevarán a cabo respetando en todo momento las garantías judiciales establecidas en el ordenamiento jurídico, con excepción de lo previsto en el artículo 584 de la presente Ley.

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ENTREGAS CONTROLADAS. 263 BIS

competencia autorizar (dando

copia Juez Decano)

• Juez Instrucc• MF• Jefe Unidad Poli• Mandos superiores

Ámbito

• Drogas/ganancias• Caso por caso

Poli da cuenta a:

• Juez (con proced)

• MF (Sin proced)

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ARTÍCULO 282 BIS.1. A los fines previstos en el artículo anterior y cuando se trate de investigaciones que afecten a actividades propias de la delincuencia organizada, el Juez de Instrucción competente o el Ministerio Fiscal dando cuenta inmediata al Juez, podrán autorizar a funcionarios de la Policía Judicial, mediante resolución fundada y teniendo en cuenta su necesidad a los fines de la investigación, a actuar bajo identidad supuesta y a adquirir y transportar los objetos, efectos e instrumentos del delito y diferir la incautación de los mismos. La identidad supuesta será otorgada por el Ministerio del Interior por el plazo de seis meses prorrogables por períodos de igual duración, quedando legítimamente habilitados para actuar en todo lo relacionado con la investigación concreta y a participar en el tráfico jurídico y social bajo tal identidad.

La resolución por la que se acuerde deberá consignar el nombre verdadero del agente y la identidad supuesta con la que actuará en el caso concreto. La resolución será reservada y deberá conservarse fuera de las actuaciones con la debida seguridad.

La información que vaya obteniendo el agente encubierto deberá ser puesta a la mayor brevedad posible en conocimiento de quien autorizó la investigación. Asimismo, dicha información deberá aportarse al proceso en su integridad y se valorará en conciencia por el órgano judicial competente.

2. Los funcionarios de la Policía Judicial que hubieran actuado en una investigación con identidad falsa de conformidad a lo previsto en el apartado 1, podrán mantener dicha identidad cuando testifiquen en el proceso que pudiera derivarse de los hechos en que hubieranintervenido y siempre que así se acuerde mediante resolución judicial motivada, siéndole también de aplicación lo previsto en la Ley Orgánica 19/1994, de 23 de diciembre.

Ningún funcionario de la Policía Judicial podrá ser obligado a actuar como agente encubierto.

Page 51: TERCER EJERCICIO GESTIÓN PROCESAL Clase 10 Procesal Penal

ARTÍCULO 282 BIS.3. Cuando las actuaciones de investigación puedan afectar a los derechos fundamentales, el agente encubierto deberá solicitar del órgano judicial competente las autorizaciones que, al respecto, establezca la Constitución y la Ley, así como cumplir las demás previsiones legales aplicables.

4. A los efectos señalados en el apartado 1 de este artículo, se considerará como delincuencia organizada la asociación de tres o más personas para realizar, de forma permanente o reiterada, conductas que tengan como fin cometer alguno o algunos de los delitos siguientes:

a) Delitos de obtención, tráfico ilícito de órganos humanos y trasplante de los mismos, previstos en el artículo 156 bis del Código Penal.

b) Delito de secuestro de personas previsto en los artículos 164 a 166 del Código Penal.

c) Delito de trata de seres humanos previsto en el artículo 177 bis del Código Penal.

d) Delitos relativos a la prostitución previstos en los artículos 187 a 189 del Código Penal.

e) Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico previstos en los artículos 237, 243, 244, 248 y 301 del Código Penal.

f) Delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial previstos en los artículos 270 a 277 del Código Penal.

g) Delitos contra los derechos de los trabajadores previstos en los artículos 312 y 313 del Código Penal.

h) Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros previstos en el artículo 318 bis del Código Penal.

i) Delitos de tráfico de especies de flora o fauna amenazada previstos en los artículos 332 y 334 del Código Penal.

j) Delito de tráfico de material nuclear y radiactivo previsto en el artículo 345 del Código Penal.

k) Delitos contra la salud pública previstos en los artículos 368 a 373 del Código Penal.

l) Delitos de falsificación de moneda, previsto en el artículo 386 del Código Penal, y de falsificación de tarjetas de crédito o débito o cheques de viaje, previsto en el artículo 399 bis del Código Penal.

m) Delito de tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos previsto en los artículos 566 a 568 del Código Penal.

n) Delitos de terrorismo previstos en los artículos 572 a 578 del Código Penal.

o) Delitos contra el patrimonio histórico previstos en el artículo 2.1.e de la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de represión del contrabando.

Page 52: TERCER EJERCICIO GESTIÓN PROCESAL Clase 10 Procesal Penal

ARTÍCULO 282 BIS.5. El agente encubierto estará exento de responsabilidad criminal por aquellas actuaciones que sean consecuencia necesaria del desarrollo de la investigación, siempre que guarden la debida proporcionalidad con la finalidad de la misma y no constituyan una provocación al delito.

Para poder proceder penalmente contra el mismo por las actuaciones realizadas a los fines de la investigación, el Juez competente para conocer la causa deberá, tan pronto tenga conocimiento de la actuación de algún agente encubierto en la misma, requerir informe relativo a tal circunstancia de quien hubiere autorizado la identidad supuesta, en atención al cual resolverá lo que a su criterio proceda.

6. El juez de instrucción podrá autorizar a funcionarios de la Policía Judicial para actuar bajo identidad supuesta en comunicaciones mantenidas en canales cerrados de comunicación con el fin de esclarecer alguno de los delitos a los que se refiere el apartado 4 de este artículo o cualquier delito de los previstos en el artículo 588 ter a.

El agente encubierto informático, con autorización específica para ello, podrá intercambiar o enviar por sí mismo archivos ilícitos por razón de su contenido y analizar los resultados de los algoritmos aplicados para la identificación de dichos archivos ilícitos.

7. En el curso de una investigación llevada a cabo mediante agente encubierto, el juez competente podrá autorizar la obtención de imágenes y la grabación de las conversaciones que puedan mantenerse en los encuentros previstos entre el agente y el investigado, aun cuando se desarrollen en el interior de un domicilio.

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LA FIGURA DEL AGENTE ENCUBIERTO. ART. 282 BIS

Ámbito

• delincuencia organizada

• 3 o + permanente o reiterada (delito no memo)

Agente

• tb informático

Delito

• PPPPETTTOSS + FFAN• Prostitución• patrimonio• patrimonio hco• propiedad

intelectual• Extranjeros• trata• trabajadores• terrorismo• órganos• secuestro• salud

• falsifi. moneda• flora• armas• nuclear

Competencia

• Juez Instrucción compet.

• MF (dando cuenta Juez)

ID encubierta

• Ministerio Interior

• 6 m + 6 m

Testifiquen

• Id protegida

• LO 19/1994

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PREGUNTA1. Conforme al artículo 263bis Lecrim, El agente encubierto: competencia, ámbito y dación de cuenta.

2. Conforme al artículo 282bis Lecrim, las entregas controladas: competencia para acordarla y para otorgar la nueva identidad; plazo para concederla.

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MUCHAS GRACIAS.Nos vemos siguiente clase!

#aporelexamenperfecto9 noviembre 2021