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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDAD

TEORA BSICA DE CONTABILIDAD

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDAD

LA EMPRESA Y SU PATRIMONIOLa empresa, como organizacin humana que aglutina elementos personales, materiales y organizativos, produce bienes o servicios para el mercado sujeto a una serie de reglas que le obligaban a llevar un control administrativo a travs de instrumentos entre los que destaca la contabilidad, la cual, a su vez, est regulada por unas normas comunes a todas las empresas, sea cual sea su actividad econmica, su tamao o volumen de produccin. Las empresas participan en un mercado de libre competencia, lo que implica tener que tomar una serie de decisiones econmicas y asumir riesgos. Para que estas decisiones sean eficaces, el empresario debe contar con una informacin lo ms actual, rigurosa y exacta posible, lo que se consigue mediante herramientas administrativas, entre las que destaca por su importancia la contabilidad. La contabilidad La actividad habitual de una empresa es la produccin y7o comercializacin de bienes y servicios, de esta actividad se derivan operaciones como compras, pagos, ventas, cobros, ingresos, gastos, etc. Por tanto, el empresario deber conocer los resultados de esta actividad, cunto dinero le deben, el valor de sus bienes, etc. La contabilidad consiste en registrar o anotar todos estos acontecimientos econmicos de la empresa, con el objetivo principal de informar acerca de su marcha y de su situacin econmica en una fecha determinada. La informacin que proporciona la contabilidad no solamente interesa a la propia empresa, sino que otras personas o entidades tambin participan de ese inters. As, entre estas personas o entidades caben destacar: El empresario y/o los socios de la empresa, para conocer la marcha y el estado de la empresa. Inversores con inters en participar en la empresa, para conocer su valor real como posible inversin. Los bancos y entidades financieras, ya que prestan dinero a las empresas y quieren conocer qu garanta tienen de que les devolvern sus prstamos. El Ministerio de Economa y Hacienda, ya que las empresas ingresan impuestos en las arcas del Estado. Otras entidades pblicas, que recaban informacin estadstica sobre produccin, precios, mercados, etc. Obligaciones contables del empresario La obligacin de llevar una contabilidad formal con arreglo a las normas legales afecta a todas las empresas. El art. 25 del Cdigo de Comercio establece que todo empresario debe llevar una contabilidad ordenada, adecuada a la actividad de su empresa, que permita el seguimiento cronolgico de todas sus operaciones y la elaboracin peridica de balances e inventarios. El Cdigo de Comercio permite que la contabilidad de una empresa sea llevada directamente por los empresarios o bien que lo hagan otras personas, con la debida autorizacin. El delegar esta actividad contable en otras personas no exime de la responsabilidad de realizar la contabilidad con arreglo a las normas. Ms adelante veremos con detalle cules son los libros contables obligatorios y voluntarios, as como la forma de legalizar los libros.

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El patrimonio El patrimonio de una empresa es el conjunto de todos los bienes que posee, todos los derechos de cobro y todas las obligaciones de pago que tiene en un momento determinado. El valor del patrimonio de una empresa es la diferencia entre las posesiones positivas (bienes y derechos de cobro) y las negativas (obligaciones de pago). Al valor del patrimonio de una empresa se le conoce como patrimonio neto o neto patrimonial. Valor del patrimonio= Bienes + Derechos de cobro Obligaciones de pago Elementos patrimoniales Cada uno de los bienes, de los derechos de cobro, de las deudas que posee la empresa y que forman parte de su patrimonio, son elementos patrimoniales, as que podemos decir que un elemento patrimonial es un bien, un derecho o una obligacin que posee una empresa en un momento determinado. Estos elementos del patrimonio empresarial tienen una denominacin especfica en contabilidad, para as poder identificarlos de forma eficaz, comparar su evolucin a lo largo del tiempo, compararlos con otras empresas, etc. Utilizar siempre estos trminos para denominar cada elemento patrimonial de la empresa presenta las siguientes ventajas: Nos permitir comparar el patrimonio de diferentes empresas. Identificar de forma homognea los elementos por diferentes personas. Comparar el patrimonio de una empresa en dos momentos diferentes, permitiendo as ver su evolucin en el tiempo. Activo, Pasivo y Patrimonio Neto Los elementos patrimoniales de una empresa se agrupan en tres bloques o masas patrimoniales, denominados Activo, Pasivo y Neto Patrimonial. EL ACTIVO Tambin denominado masa patrimonial de Activo, est compuesto por todos los bienes y derechos de cobro que tiene una empresa, los cuales son posesiones positivas. A su vez el Activo de una empresa se subdivide en: Activo corriente. Est formado por todos los elementos patrimoniales de corta permanencia en la empresa, como por ejemplo, las mercaderas, el dinero en efectivo en caja, etc. Activo no corriente. Est formado por todos los elementos patrimoniales que permanecen en la empresa durante un perodo largo de tiempo. Forman parte del Inmovilizado, por ejemplo, las mquinas, los edificios, los derechos de cobro con vencimiento superior a un ao, etc. EL PASIVO Y EL PATRIMONIO NETO El Pasivo, tambin denominado masa patrimonial de Pasivo est compuesto por las obligaciones o deudas de la empresa, las cuales constituyen las posesiones negativas. Una de las deudas tiene una caracterstica muy especial: se trata de la deuda que tiene con las personas que han aportado el dinero necesario para ponerla en marcha.

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADEsta deuda es el CAPITAL. Su principal caracterstica es que esta deuda nunca se devuelve, ya que la empresa quedara descapitalizada y dejara de existir. Esta aportacin de los propietarios al capital de la empresa generalmente se hace en dinero, pero no siempre es as, ya que tambin es posible hacer aportaciones al capital en otro tipo de bienes, como edificios, vehculos, ordenadores, etc. El capital de una empresa es la cantidad de dinero que el empresario invierte en ella para obtener un rendimiento o beneficio econmico. El capital es una deuda no exigible. Al igual que el Activo, tambin el Pasivo y el Patrimonio Neto se subdivide en tres bloques: Patrimonio Neto. Compuesto por las deudas que nunca se devuelven, de las cuales la ms importante es el Capital. Pasivo corriente. Formado por las dems deudas de la empresa, como son prstamos bancarios, deudas con proveedores, etc. Pasivo no corriente. Compuesto principalmente por las deudas a largo plazo. ECUACIN FUNDAMENTAL DEL PATRIMONIO:

ACTIVO PASIVO = NETOEl inventario Para una empresa es muy importante tener una relacin detallada de todos y cada uno de los elementos de su patrimonio, incluyendo en l todos los bienes, derechos de cobro, obligaciones de pago, aportaciones, deudas, prstamos, etc. Esta relacin se denomina inventario. El inventario de la empresa se refiere a un momento concreto. Tendremos que mirar, en primer lugar, todos los elementos que forman parte de la empresa, asignarles el valor econmico a cada uno de ellos y agruparlos en las distintas cuentas del Plan General de Contabilidad.

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LAS CUENTASConcepto de cuenta Recordemos que el empresario tiene una serie de obligaciones contables, lo que representa la necesidad de registrar cada hecho contable. Un hecho contable es cualquier acontecimiento que repercuta econmicamente en la empresa y que deba quedar reflejado en su contabilidad. Son hechos contables: una compra, una venta, un pago, un giro, etc. Vamos a denominar hecho contable a cada hecho de carcter econmico que altera de alguna forma la composicin del patrimonio empresarial. Para registrar estos hechos contables se hace necesario utilizar los que se denomina CUENTA, que es la representacin contable de cada elemento patrimonial. A cada elemento patrimonial se le asocia una denominacin contable. Esta denominacin es la cuenta, la cual representaremos en una cruceta con forma de T. Sobre esta cruceta deber aparecer en la parte superior el nombre de la cuenta. Dividiendo en dos mitades la lnea horizontal trazaremos una lnea vertical. El lado izquierdo de la T se llama Debe y el derecho Haber. En cada una de las mitades (puede ser en el Debe o en el Haber) se anotarn las cantidades econmicas en la cuenta de que se trate, en funcin de la operacin que se est realizando. Veamos la representacin grfica: Debe NOMBRE DE LA CUENTA Haber

Clases de cuentas Hay tres clases de elementos patrimoniales: los constituidos por las pertenencias y derechos de la empresa, denominados elementos de Activo, los que representan las deudas u obligaciones, denominados elementos de Pasivo y los que representan la deuda con los empresarios, que forman parte del Patrimonio Neto. A su vez, todas las cuentas se agrupan, segn su funcin dentro de la empresa en: Cuentas patrimoniales. Cuentas de regularizacin. Cuentas patrimoniales. Se denominan as porque representan elementos patrimoniales, es decir, bienes, derechos u obligaciones de la empresa y forman parte del Activo, del Pasivo o del Neto Patrimonial de la empresa. Cuentas de Activo. Representan los elementos patrimoniales de carcter positivo, es decir, bienes y derechos de cobro de la empresa. Son cuentas de Activo, entre otras: Caja Bancos Mercaderas Construcciones Terrenos Mobiliario

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADElementos de transporte Clientes Maquinaria Cuentas de Pasivo. Representan los elementos patrimoniales de carcter negativo, es decir, obligaciones o deudas de la empresa, que a su vez se dividen en cuentas de Pasivo Exigible y cuentas de Neto o Pasivo no exigible. Son cuentas de Pasivo: Proveedores Deudas con entidades de crdito Cuentas de Patrimonio Neto. Representan la deuda no exigible de la empresa con el empresario. Son cuentas de Patrimonio Neto: Capital (deuda con el empresario) Cuentas de regularizacin o cuentas de gastos y de ingresos. Adems de las cuentas patrimoniales, hay otras cuentas que no representan ningn elemento del patrimonio, sino que registran acontecimientos econmicos de gastos o de ingresos. Estas cuentas no suponen aumentos ni disminuciones del patrimonio. Dentro de este grupo de cuentas, podemos clasificarlas en dos grupos, segn la naturaleza del hecho contable que representan. Estos dos grupos son: Cuentas de gastos. Representan operaciones que suponen un desembolso para la empresa. Cuentas de ingresos. Son aquellas que representan entradas de dinero, siendo parecidas a las cuentas de gastos, pero de signo contrario. Funcionamiento de las cuentas. Todo hecho contable debe ser registrado en cada una de las cuentas que intervienen, siguiendo unas reglas fundamentales, que dependen de 3 factores: De la naturaleza de la cuenta (Activo/Pasivo, Gasto/Ingreso) Del hecho econmico de que se trate. De la variacin que sufra la cuenta (Aumenta o disminuye) Anotar en el DEBE se llama CARGAR Anotar en el HABER se llama ABONAR

Las cuentas de ACTIVO al aumentar se CARGAN y al disminuir se ABONAN Las cuentas de PASIVO al aumentar se ABONAN y al disminuir se CARGAN Debe Cuentas de Activo Haber Aumento Disminucin Debe Cuentas de Pasivo Haber Disminucin Aumento

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADRegistro de las transacciones econmicas Cada una de las operaciones de una empresa o hechos econmicos y que afectan a su patrimonio, produciendo aumentos o simplemente variaciones, se denominan TRANSACCIONES ECONMICAS. Estas operaciones se registran en el llamado LIBRO DIARIO. En todas las transacciones que se registran en la contabilidad de una empresa intervienen, como mnimo dos cuentas. A la tcnica contable consistente en registrar estos hechos econmicos se le denomina PARTIDA DOBLE. Se llama as porque siempre se debe cumplir una regla de oro en contabilidad: La suma de las cantidades anotadas en el Debe de una transaccin, ser igual a la suma de las cantidades anotadas en el Haber. En cada anotacin habr, al menos, dos cuentas, pero, a su vez, en cada uno de los lados puede haber una o ms cuentas. Saldo de una cuenta Las anotaciones de los hechos contables quedan reflejados en los libros de contabilidad, de forma que estas anotaciones o registros permitan conocer el estado de la empresa, su evolucin econmica y el valor de su patrimonio. Estos registros se efectan, en principio, en dos libros: El da a da de los hechos contables se registra en el LIBRO DIARIO y en el LIBRO MAYOR se registran los hechos econmicos agrupndolos para cada cuenta que interviene en la contabilidad. En cada una de las cuentas del Libro Mayor se anotan, de forma individualizada, cada cargo o abono de cada cuenta. El saldo de una cuenta es la diferencia entre la suma del Debe y la suma del Haber. Unas veces, la suma de las anotaciones hechas en el Debe de una cuenta es mayor que la suma de las anotaciones del Haber. Cuando se produce esta circunstancia, decimos que tenemos SALDO DEUDOR. Otras veces sucede lo contrario, el saldo del Debe es menor que el del Haber, entonces se habla de SALDO ACREEDOR. Tambin existe una tercera posibilidad, que la suma del Debe sea igual a la suma del Haber. En este caso el saldo es CERO.

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LOS LIBROS DE CONTABILIDADEl Cdigo de Comercio dice que: Todo empresario deber llevar una contabilidad adecuada a la actividad de su empresa que permita un seguimiento cronolgico de todas sus operaciones, as como la elaboracin peridica de balances e inventarios. La contabilidad se puede llevar en libros encuadernados o en hojas sueltas. En el primer caso, antes de su utilizacin, debern ser legalizados antes de hacer ninguna anotacin. Sin embargo, con el uso de procedimientos mecanizados y de ordenadores, es mucho ms usual hacerlo en hojas sueltas, que se encuadernan una vez cumplimentadas y que deben ser legalizadas antes de que pasen cuatro meses desde la fecha de cierre del ejercicio. Todos los libros contables de debern llevar respetando los siguientes principios: Claridad: Los libros debern expresar la informacin con la suficiente claridad para que sean entendidos por personas diferentes de quien los confeccion. Cronolgico: Las anotaciones contables se debern realizar por orden de fechas. Pulcritud: Sin tachones ni raspaduras, sin correcciones posteriores. Continuidad: Sin dejar espacios en blanco que se pudieran posteriormente rellenar. Uniformidad: Los valores se expresarn en euros, con 2 decimales. Sencillez: Las abreviaturas debern ser fciles de identificar. Las empresas debern conservar los libros contables y justificantes durante al menos 6 aos, contados desde la ltima anotacin contable. Este plazo establecido en el Cdigo de Comercio es independiente del que marquen las Leyes y Reglamentos de carcter fiscal. Esto quiere decir que, independientemente de lo que marca el Cdigo de Comercio, las normas relativas a IVA, IRPF, etc., establecen otros plazos diferentes de cara a conservar los justificantes de los ingresos y gastos. Los libros contables se clasifican en dos grupos: los de carcter obligatorio, que se debern legalizar, y los de carcter voluntario, cuya legalizacin no es obligatoria, pero que sirven como apoyo para la confeccin de los obligatorios. Aunque su legalizacin no es obligatoria, es conveniente legalizarlos junto con el resto de los libros. Libros contables obligatorios. El Cdigo de Comercio establece como libros obligatorios los siguientes: Libro Diario, en el que se registran cronolgicamente todas las transacciones y hechos econmicos de la empresa. Libro de Inventarios y Cuentas Anuales, que contendrn: Balance inicial detallado al principio de cada ejercicio econmico. Balances trimestrales de comprobacin, con sumas y saldos de todas las cuentas. Cuentas anuales. Libro de Actas, que es obligatorio solamente en las empresas constituidas como sociedades. En este libro se reflejarn los acuerdos adoptados por sus rganos de representacin y gestin. Todas las hojas de los libros debern ir numeradas correlativamente, sin dejar no espacios en blanco, para que no se puedan hacer anotaciones posteriores. Adems, todas las hojas llevarn estampado el sello o marca del Registro Mercantil. Generalmente, estos libros son legalizados despus de su impresin mecnica, ya que la inmensa mayora de empresas llevan la contabilidad con programas informticos e

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADimprimen los libros mediante impresora. Tal como se ha mencionado anteriormente, el plazo para la legalizacin de libros mecanizados es de cuatro meses desde la ltima anotacin contable, este plazo finaliza, generalmente, el 30 de abril. Las hojas sueltas obtenidas en la impresin debern ser encuadernadas. Para la legalizacin es necesario insertar una hoja en blanco al principio del libro. En esta hoja, el Registrador del Registro Mercantil, inscribir la diligencia de legalizacin. Sin embargo, no siempre se legalizan a posteriori, ya que es posible legalizar los libros en blanco, antes de hacer ninguna anotacin, hacindose la diligencia de legalizacin en la primera hoja del libro. Cada pgina ir numerada y sellada por el Registro Mercantil. En este caso, el plazo de legalizacin ser antes de hace la primea anotacin en el libro. La diligencia de legalizacin ser tal como figura en el siguiente ejemplo: Registro Mercantil de Oviedo Diligencia de legalizacin de libros. Como Registrador Mercantil de Oviedo CERTIFICO: Que el presente libro Diario n XX, del ao 20XX de los de su clase, est formado por XX hojas, impresas en ambas caras, y corresponde a la empresa ZAPATOS PEPN, S.L. En Oviedo, a xx de xxx de 20XX El Registrador

Libros voluntarios. Las empresas pueden llevar, adems de los libros obligatorios, los libros auxiliares que crean oportunos. Estos libros sirven para facilitar la labor contable y para proporcionar una informacin ms detallada que en los libros obligatorios. Estos libros, al tener el carcter de voluntarios, no obligan a su legalizacin. Estos los libros, al tener el carcter de voluntarios, no obligan a su legalizacin. Entre los libros voluntarios ms usuales podemos destacar el Libro Mayor y los libros auxiliares como el Libro de Caja, Libro de Bancos, Registro de efectos a cobrar, Registro de efectos a pagar, etc. El Libro Diario (obligatorio) y el Libro Mayor (voluntario) contienen la misma informacin. En el Diario se ordenan los acontecimientos econmicos por orden cronolgico y en el Libro Mayor se traspasan los movimientos a cada cuenta tal como se han ido registrando en el Libro Diario, quedando ordenadas por cuentas y dentro de estas de forma cronolgica. Balance de Comprobacin de Sumas y Saldos Toda la informacin contenida en el Libro Diario de una empresa debe ser analizada peridicamente, con el fin de informar al empresario sobre la situacin de cada una de las cuentas que han tenido movimientos a lo largo de la actividad econmica desarrollada. Al traspasar cada movimiento del Diario al Libro Mayor agrupamos los cargos y abonos, mostrando as los movimientos y la situacin de cada cuenta. El informe que recoge la suma de los cargos y de los abonos, as como los saldos de las cuentas del Libro Mayor, y por tanto del Diario, se denomina BALANCE DE COMPROBACIN DE SUMAS Y SALDOS. Este informe recoge de cada cuenta del Libro Mayor, los siguientes datos:

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDAD Suma de todos los cargos. Suma de todos los abonos. Diferencia entre la suma de cargos y la suma de abonos (saldos). Signo de esa diferencia (Debe Haber)

Comprobacin del Balance: Una vez que se han registrado en las cuentas de Mayor todas las transacciones econmicas, y, una vez obtenidas las sumas del Debe y del Haber y los saldos de todas estas cuentas, se traspasan al Balance de Comprobacin de Sumas y Saldos, comprobando que se cumplen las siguientes reglas: En el bloque de Sumas: La suma total de las cantidades anotadas en la columna del Debe tiene que ser igual a la suma total del Haber. Ambas sumas tienen que coincidir con las sumas de las columnas del Debe y del Haber del Libro Diario. En el bloque de Saldos: La suma de todos los saldos deudores tiene que ser igual a la suma de los saldos acreedores. Cuando se verifican estas igualdades, se dice que el Balance cuadra. Si, por el contrario, alguna de estas reglas no se cumple, el Balance est descuadrado. Cuando esto sucede, es necesario revisar la contabilidad, siguiendo los siguientes pasos: Paso 1: Verificar que todos los asientos del Diario estn cuadrados y, por tanto, la suma de todos los cargos del Diario es igual a la suma de todos los abonos. Paso 2: Comprobar que todos los apuntes del Diario se han traspasado al Libro Mayor, puenteando una a una cada anotacin. Paso 3: Comprobar que son correctas cada una de las sumas de todas las cuentas y que han traspasado del Mayor al Balance correctamente. Paso 4: Comprobar los clculos realizados en el Balance de Comprobacin, tanto los saldos como las sumas obtenidas.

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CONTABILIZACIN DEL IVANATURALEZA Y MBITO DE APLICACIN. El Impuesto sobre el Valor Aadido es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava las siguientes operaciones: a) Las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios o profesionales. b) Las adquisiciones intracomunitarias. c) Las importaciones de bienes. El impuesto se exigir de acuerdo con lo establecido en: La Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Aadido. Las normas reguladoras de los regmenes de Concierto y Convenio Econmico en vigor, respectivamente, en los Territorios Histricos del Pas Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra.

En la aplicacin del impuesto se tendr en cuenta lo dispuesto en los Tratados y Convenios internacionales que formen parte del ordenamiento interno espaol. El mbito espacial de aplicacin del impuesto es el territorio espaol incluyendo en l las islas adyacentes, el mar territorial hasta el lmite de 12 millas nuticas, y el espacio areo correspondiente a dicho mbito. El art. 3 de la Ley del IVA contiene normas hermenuticas, indicando qu debe entenderse por Estado miembro, territorio de un Estado miembro, interior del pas, Comunidad, territorio de la Comunidad, territorio tercero y pas tercero. DELIMITACIN DEL HECHO IMPONIBLE. Las entregas de bienes y prestaciones de servicios sujetas a este impuesto son las que renen los siguientes requisitos: Estar realizadas en el mbito espacial del impuesto. Estar realizadas por empresarios o profesionales, con carcter habitual u ocasional, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional, incluso si se efectan a favor de los propios socios, asociados, miembros o partcipes que las realicen. Estar realizadas a ttulo oneroso, nunca las gratuitas.

La sujecin al impuesto se produce con independencia de los fines o resultados perseguidos en la actividad empresarial o profesional o en cada operacin en particular, es decir, que es independiente de los resultados positivos o negativos del ejercicio.

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADLas operaciones sujetas a este impuesto no estarn sujetas al concepto transmisiones patrimoniales onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurdicos Documentados, pues en tal caso se producira una doble imposicin, prohibida en derecho por injusta. Se exceptan: a) Las entregas y arrendamientos de bienes inmuebles, as como la constitucin o transmisin de derechos reales de goce o disfrute que recaigan sobre los mismos, cuando estn exentos del impuesto, salvo en los casos en que el sujeto pasivo renuncie a la excepcin. b) Las transmisiones de valores. Sujeto pasivo. Ya hemos avanzado que el sujeto pasivo de este impuesto es el empresario o profesional. Concepto de empresario o profesional. Se considerarn tales los siguientes: a) Las personas o entidades que realicen actividades empresariales o profesionales. No obstante, no tendrn tal consideracin quienes realicen exclusivamente entregas de bienes o prestaciones de servicios a ttulo gratuito, sin perjuicio de lo establecido para las sociedades mercantiles. b) Las sociedades mercantiles, en todo caso. c) Quienes realicen una o varias entregas de bienes o prestaciones de servicios que supongan la explotacin de un bien corporal o incorporal con el fin de obtener ingresos continuados en el tiempo. En particular, tendrn dicha consideracin los arrendadores de bienes. d) Quienes efecten la urbanizacin de terrenos o la promocin, construccin o rehabilitacin de edificaciones destinadas, en todos los casos, a su venta, adjudicacin o cesin por cualquier ttulo, aunque sea ocasionalmente. El art. 6 de la Ley del IVA define qu debe entenderse por edificaciones a efectos del IVA. e) Quienes realicen a ttulo ocasional las entregas de medios de transportes nuevos exentas del impuesto. Los empresarios o profesionales a que se refiere esta letra slo tendrn dicha condicin a los efectos de las entregas de los medios de transporte que en ella se comprenden. Concepto de actividad empresarial o profesional. Son aquellas que impliquen la ordenacin por cuenta propia de factores de produccin materiales y humanos o de uno de ellos, con la finalidad de intervenir en la produccin o distribucin de bienes o servicios. En particular, tienen esta consideracin las actividades extractivas, de fabricacin, comercio y prestacin de servicios, incluidas las de artesana, agrcolas, forestales, ganaderas, pesqueras, de construccin, mineras y el ejercicio de profesiones liberales y artsticas.

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Presuncin de ejercicio. Se presumir el ejercicio de actividades empresariales o profesionales: a) En los supuestos a que se refiere el art. 3 del Cdigo de Comercio. b) Cuando para la realizacin de las operaciones sealadas anteriormente se exija contribuir por el Impuesto sobre Actividades Econmicas. Concepto de entrega y operaciones asimiladas, prestacin de servicios y operaciones asimiladas. Concepto de entrega de bienes. Se considerar entrega de bienes la transmisin del poder de disposicin sobre bienes corporales, incluso si se efecta mediante cesin de ttulos representativos de dichos bienes. A estos efectos, tendrn la condicin de bienes corporales el gas, el calor, el fro, la energa elctrica y dems modalidades de energa. Tambin se considerarn entregas de bienes: 1 Las ejecuciones de obra que tengan por objeto la construccin o rehabilitacin de una edificacin cuando el empresario que ejecute la obra aporte una parte de los materiales utilizados, siempre que el coste de los mismos exceda del 20% de la base imponible. 2 Las aportaciones no dinerarias efectuadas por los sujetos pasivos del impuesto de elementos de su patrimonio empresarial o profesional a sociedades o comunidades de bienes o a cualquier otro tipo de entidades y las adjudicaciones de esta naturaleza en caso de liquidacin o disolucin total o parcial de aqullas, sin perjuicio de la tributacin que proceda con arreglo a las normas reguladoras de los conceptos actos jurdicos documentados y operaciones societarias del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurdicos Documentados. 3 Las transmisiones de bienes en virtud de una norma o de una resolucin administrativa o jurisdiccional, incluida la expropiacin forzosa. 4 Las cesiones de bienes en virtud de contratos de venta con pacto de reserva de dominio o condicin suspensiva. 5 Las cesiones de bienes en virtud de contratos de arrendamiento-venta y asimilados. A efectos de este impuesto, se asimilarn a los contratos de arrendamiento-venta los de arrendamiento con opcin de compra desde el momento en que el arrendatario se comprometa a ejercitar dicha opcin y, en general, los de arrendamiento de bienes con clusula de transferencia de la propiedad vinculante para ambas partes. 6 Las transmisiones de bienes entre comitente y comisionista que acte en nombre propio efectuadas en virtud de contratos de comisin de venta o comisin de compra.

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDAD7 El suministro de un producto informtico normalizado efectuado en cualquier soporte material, entendiendo por tales aquellos que no precisen de modificacin sustancial alguna para ser utilizados por cualquier usuario.

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADConcepto de operaciones asimiladas a la entrega de bienes. Se consideran operaciones asimiladas a las entregas de bienes a ttulo oneroso:

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDAD El autoconsumo de bienes. A los efectos del IVA, se considerarn autoconsumos de bienes las siguientes operaciones realizadas sin contraprestacin: a) La transferencia, efectuada por el sujeto pasivo, de bienes corporales de su patrimonio empresarial o profesional a su patrimonio personal o al consumo particular de dicho sujeto pasivo. b) La transmisin del poder de disposicin sobre bienes corporales que integren el patrimonio empresarial o profesional del sujeto pasivo. c) El cambio de afectacin de bienes corporales de un sector a otro diferenciado de su actividad empresarial o profesional del sujeto pasivo. En los supuestos de autoconsumo a que se refiere el prrafo c) no resultar aplicable en los siguientes casos: Cuando, por una modificacin en la normativa vigente, una determinada actividad econmica pase obligatoriamente a formar parte de un sector diferenciado distinto de aquel en el que vena estando integrada con anterioridad. Cuando el rgimen de tributacin aplicable a una determinada actividad econmica cambie del rgimen general al rgimen especial simplificado, al de la agricultura, ganadera y pesca, al de recargo de equivalencia o al de las operaciones de oro de inversin, o viceversa, incluso por el ejercicio de un derecho de opcin. d) La afectacin o, en su caso, el cambio de afectacin de bienes producidos, construidos, extrados, transformados, adquiridos o importados en el ejercicio de la actividad empresarial o profesional del sujeto pasivo para su utilizacin como bienes de inversin. Lo dispuesto en esta letra no ser de aplicacin en los supuestos en que al sujeto pasivo se le hubiera atribuido el derecho a deducir ntegramente las cuotas del Impuesto sobre el Valor de Aadido que hubiere soportado en el caso de adquirir a terceros bienes de idntica naturaleza. La transferencia por un sujeto pasivo de un bien corporal de su empresa con destino a otro Estado miembro, para afectarlo a las necesidades de aqulla en este ltimo. Quedarn excluidas las transferencias de bienes que se utilicen para la realizacin de determinadas operaciones enumeradas en el art. 9 de la Ley del IVA.

Concepto de transformacin. Salvo lo dispuesto especialmente en otros preceptos de la Ley del IVA, se considerar transformacin cualquier alteracin de los bienes que determine la modificacin de los fines especficos para los cuales eran utilizables.

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADConcepto de prestacin de servicios. El legislador da un concepto negativo, entendiendo por tales toda operacin sujeta al IVA que no tenga la consideracin de entrega, adquisicin intracomunitaria o importacin de bienes. En particular, se considerarn prestaciones de servicios: 1 El ejercicio independiente de una profesin, arte u oficio. 2 Los arrendamientos de bienes, industria o negocio, establecimientos mercantiles, con o sin opcin de compra. 3 Las cesiones de uso o disfrute de bienes. 4 Las cesiones y concesiones de derechos de autor, licencias, patentes, marcas de fbrica y comerciales y dems derechos de propiedad intelectual e industrial. 5 Las obligaciones de hacer y no hacer y las abstenciones estipuladas en contratos de agencia o venta en exclusiva o derivadas de convenios de distribucin de bienes en reas territoriales delimitadas. 6 Las ejecuciones de obra que no tengan la consideracin de entrega de bienes. 7 Los traspasos de locales de negocios. 8 Los transportes. 9 Los servicios de hostelera, restaurante o acampamento y las ventas de bebidas o alimentos para su consumo inmediato en el mismo lugar. 10 Las operaciones de seguro, reaseguro y capitalizacin. 11 Las prestaciones de hospitalizacin. 12 Los prstamos y crditos en dinero. 13 El derecho a utilizar instalaciones deportivas o recreativas. 14 La explotacin de ferias y exposiciones. 15 Las operaciones de mediacin y las de agencia o comisin cuando el agente o comisionista acte en nombre propio y medie en una prestacin de servicios se entender que ha recibido y prestado por s mismo los correspondientes servicios. 16 El suministro de productos informticos cuando no tenga la condicin de entrega de bienes, considerndose accesoria a la prestacin de servicios la entrega del correspondiente soporte. En particular, se considerar prestacin de servicios el suministro de productos informticos que han sido confeccionados previo encargo de su destinatario conforme a las especificaciones de ste, as como aquellos otros que sean objeto de adaptaciones sustanciales necesarias para el uso por su destinatario. empresas o

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADConcepto de operaciones asimiladas a las prestaciones de servicios. Se considerarn operaciones asimiladas a las prestaciones de servicios a ttulo oneroso los autoconsumos de servicios, entendiendo por tales las siguientes operaciones realizadas sin contraprestacin: 1 Las transformaciones de bienes y derechos, que no tengan la consideracin de operaciones asimiladas a la entrega de bienes, del patrimonio empresarial o profesional al patrimonio personal del sujeto pasivo. 2 La aplicacin total o parcial al uso particular del sujeto pasivo o, en general, a fines ajenos a su actividad empresarial o profesional de los bienes integrantes de su patrimonio empresarial o profesional. 3 Las dems prestaciones de servicios efectuadas a ttulo gratuito por el sujeto pasivo no mencionadas hasta ahora, siempre que se realicen para fines ajenos a los de la actividad empresarial o profesional. Operaciones no sujetas al IVA. Determinadas transmisiones de bienes y derechos no sujetas: a) La transmisin de la totalidad del patrimonio empresarial o profesional del sujeto pasivo realizada a favor de un solo adquirente, cuando ste contine el ejercicio de las mismas actividades empresariales o profesionales del transmitente. b) La transmisin de la totalidad del patrimonio empresarial del sujeto pasivo o de los elementos patrimoniales afectos a una o varias ramas de la actividad empresarial del transmitente. c) La transmisin mortis causa de la totalidad o parte del patrimonio empresarial o profesional del sujeto pasivo, realizada a favor de aquellos adquirentes que continen el ejercicio de las mismas actividades empresariales o profesionales del transmitente. Cuando los bienes y derechos se desafecten posteriormente de las actividades empresariales o profesionales que determinan la no sujecin prevista en las letras a) y c), la referida transmisin quedar sujeta al impuesto. Los adquirentes de los bienes comprendidos en las transmisiones que se beneficien de la no sujecin se subrogarn, respecto de dichos bienes en la posicin del transmitente. Determinadas entregas: Las entregas gratuitas de muestras de mercancas sin valor comercial estimable, con fines de promocin de las actividades empresariales o profesionales. Las entregas sin contraprestacin de impresos u objetos de carcter publicitario.

Por excepcin, quedarn sujetas al impuesto las entregas de objetos publicitarios cuando el coste total de los suministros a un mismo destinatario

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADdurante el ao natural exceda de 90,15 , a menos que se entreguen a otros sujetos pasivos para su redistribucin gratuita. Las entregas de dinero a ttulo de contraprestacin o pago.

Determinados servicios: Las prestaciones de servicios de demostracin a ttulo gratuito efectuadas para la promocin de las actividades empresariales o profesionales. Los servicios prestados por personas fsicas en rgimen de dependencia derivado de relaciones administrativas o laborales, incluidas en estas ltimas las de carcter especial. Los servicios prestados a las cooperativas de trabajo asociado por los socios de las mismas y prestados a las dems cooperativas por sus socios de trabajo. Tampoco estarn sujetas al impuesto las operaciones asimiladas a la prestacin de servicios cuando el sujeto pasivo se limite a prestar el mismo servicio recibido de terceros y no se le hubiera atribuido el derecho a deducir total o parcialmente el IVA efectivamente soportado en la recepcin de dicho servicio. Las prestaciones de servicios a ttulo gratuito que sean obligatorias para el sujeto pasivo en virtud de normas jurdicas o convenios colectivos, incluso los servicios telegrficos y telefnicos prestados en rgimen de franquicia.

Otras operaciones no sujetas: Las operaciones asimiladas a la entrega de bienes, siempre que no se hubiese atribuido al sujeto pasivo el derecho a efectuar la deduccin total o parcial del IVA efectivamente soportado con ocasin de la adquisicin o importacin de los bienes o de sus elementos componentes que sean objeto de dichas operaciones. Las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas directamente por los entes pblicos sin contraprestacin o mediante contraprestacin de naturaleza tributaria. Esto no se aplicar cuando los referidos entes acten por medio de empresa pblica, privada, mixta o, en general, de empresas mercantiles.

No obstante existe una excepcin a esta regla, consistente en que en todo caso estarn sujetas al impuesto las entregas de bienes y prestaciones de servicios que los entes pblicos realicen en el ejercicio de determinadas actividades y fijadas legalmente (telecomunicaciones; distribucin de agua, gas, calor, fro, energa elctrica y dems modalidades de energa; transportes de personas y bienes; servicios portuarios y aeroportuarios y explotacin de infraestructuras ferroviarias incluyendo, a estos efectos, las concesiones y autorizaciones exceptuadas de la no sujecin; obtencin, fabricacin o transformacin de productos para su transmisin posterior; intervencin sobre productos agropecuarios dirigida a la regulacin del mercado de estos productos; explotacin de ferias y de exposiciones de carcter comercial; almacenaje y depsito; las de oficinas comerciales de publicidad; explotacin de cantinas y comedores de empresas, economatos, cooperativas y establecimientos similares; las de agencias de viajes; las comerciales o

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADmercantiles de los entes pblicos de radio y televisin, incluidas las relativas a la cesin del uso de las instalaciones; y las de matadero. Las concesiones y autorizaciones administrativas, salvo las que tengan por objeto la cesin del derecho a utilizar el dominio pblico portuario, la cesin de los inmuebles e instalaciones en aeropuertos, la cesin del derecho a utilizar infraestructuras ferroviarias, o las autorizaciones para la prestacin de servicios al pblico y para el desarrollo de actividades comerciales o industriales en el mbito portuario, que s estn sometidas al IVA. Las operaciones realizadas por las Comunidades de Regantes para la ordenacin y aprovechamiento de las aguas. BASE IMPONIBLE. BASE IMPONIBLE EN LAS ENTREGAS DE BIENES Y EN LAS PRESTACIONES DE SERVICIOS. Regla general. La base imponible del impuesto estar constituida por el importe total de la contraprestacin de las operaciones sujetas al mismo procedente del destinatario o de terceras personas. Concepto de contraprestacin. En particular, se incluyen en el concepto de contraprestacin: Los gastos de comisiones, portes y transporte, seguros, primas por prestaciones anticipadas y cualquier otro crdito efectivo a favor de quien realice la entrega o preste el servicio, derivado de la prestacin principal o de las accesorias a la misma. No obstante, no se incluirn en la contraprestacin los intereses por el aplazamiento en el pago del precio en la parte en que dicho aplazamiento corresponda a un perodo posterior a la entrega de los bienes o la prestacin de los servicios. (En ningn caso se considerar inters la parte de la contraprestacin que exceda del usualmente aplicado en el mercado para similares operaciones). Las subvenciones vinculadas directamente al precio de las operaciones sujetas al impuesto. Se considerarn como tales las subvenciones establecidas en funcin del nmero de unidades entregadas o del volumen de los servicios prestados cuando se determinen con anterioridad a la realizacin de la operacin. Los tributos y gravmenes de cualquier clase que recaigan sobre las mismas operaciones gravadas, excepto el propio IVA. Lo dispuesto en este apartado comprender los impuestos especiales que se exijan en relacin con los bienes que sean objeto de las operaciones gravadas, con excepcin del impuesto especial sobre determinados medios de transporte. Las percepciones retenidas con arreglo a derecho por el obligado a efectuar la prestacin en los casos de resolucin de las operaciones sujetas al impuesto.

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDAD El importe de los envases y embalajes, incluso los susceptibles de devolucin, cargado a los destinatarios de la operacin, cualquiera que sea el concepto por el que dicho importe se perciba. El importe de las deudas asumidas por el destinatario de las operaciones sujetas como contraprestacin total o parcial de las mismas.

Exclusiones a la base imponible. No se incluirn en la base imponible: Las cantidades percibidas por razn de indemnizaciones, distintas de las contempladas en el apartado anterior que, por su naturaleza y funcin, no constituyan contraprestacin o compensacin de las entregas de bienes o prestaciones de servicios sujetas al impuesto. Los descuentos y bonificaciones que se justifiquen por cualquier medio de prueba admitido en derecho y que se concedan previa o simultneamente al momento en que la operacin se realice y en funcin de ella. Esto no se aplica cuando las minoraciones de precio constituyan remuneraciones de otras operaciones. Las sumas pagadas en nombre y por cuenta del cliente en virtud de mandato expreso del mismo. El sujeto pasivo vendr obligado a justificar la cuanta efectiva de tales gastos y no podr proceder a la deduccin del impuesto que eventualmente los hubiera gravado.

EL TIPO IMPOSITIVO. El tipo impositivo general. El tipo impositivo aplicable a cada operacin ser el vigente en el momento del devengo. El impuesto se exigir al tipo del 18%, salvo que le sea aplicable un tipo reducido. En las reimportaciones de bienes que hayan sido exportados temporalmente fuera de la Comunidad y que se efecten despus de haber sido objeto en un pas tercero de trabajos de reparacin, transformacin, adaptacin, ejecuciones de obra o incorporacin de otros bienes, se aplicar el tipo impositivo que hubiera correspondido a las operaciones indicadas si se hubiesen realizado en el territorio de aplicacin del Impuesto. En las operaciones asimiladas a las importaciones de bienes que hayan sido exclusivamente objeto de servicios exentos mientras han permanecido vinculados a los regmenes aduaneros y fiscales, y zonas francas, se aplicar el tipo impositivo que hubiera correspondido a los citados servicios si no hubiesen estado exentos. Tipos impositivos reducidos. Determinadas entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de los bienes. Las sustancias o productos, cualquiera que sea su origen que, por sus caractersticas, aplicaciones, componentes, preparacin y estado de conservacin,

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADsean susceptibles de ser habitual e idneamente utilizados para la nutricin humana o animal, de acuerdo con lo establecido en el Cdigo Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo, excepto las bebidas alcohlicas. Se entiende por bebida alcohlica todo lquido apto para el consumo humano por ingestin que contenga alcohol etlico. A los efectos de este nmero no tendrn la consideracin de alimento el tabaco ni las sustancias no aptas para el consumo humano o animal en el mismo estado en que fuesen objeto de entrega, adquisicin intracomunitaria o importacin. Los animales, vegetales y los dems productos susceptibles de ser utilizados, habitual e idneamente para la obtencin de los productos a que se refiere el nmero anterior, directamente o mezclados con otros de origen distinto. Se comprenden en este nmero los animales destinados a su engorde antes de ser utilizados en el consumo humano o animal y los animales reproductores de los mismos o de aquellos otros a que se refiere el prrafo anterior. Los siguientes bienes cuando por sus caractersticas objetivas, envasado, presentacin y estado de conservacin, sean susceptibles de ser utilizados, directa, habitual e idneamente en la realizacin de actividades agrcolas, forestales o ganaderas; semillas y materiales de origen exclusivamente animal o vegetal susceptibles de originar la reproduccin de animales o vegetales; fertilizantes, residuos orgnicos, correctores y enmiendas, herbicidas, plaguicidas de uso fitosanitario o ganadero; los plsticos para cultivos en acolchado, en tnel o en invernadero y las bolsas de papel para la proteccin de las frutas antes de su recoleccin. Las aguas aptas para la alimentacin humana o animal o para el riego, incluso en estado slido. Los medicamentos para uso animal, as como las sustancias medicinales susceptibles de ser utilizadas habitual o idneamente en su obtencin. Los aparatos y complementos, incluidas las gafas graduadas y las lentillas que, por sus caractersticas objetivas, sean susceptibles de destinarse esencial o principalmente a suplir las deficiencias fsicas del hombre o de los animales, incluidas las limitativas de su movilidad y comunicacin. Los productos sanitarios, material, equipos o instrumental que, objetivamente considerados, solamente puedan utilizarse para prevenir, diagnosticar, tratar, aliviar o curar enfermedades o dolencias del hombre o de los animales. No se incluyen en este nmero los cosmticos no los productos de higiene personal, a excepcin de compresas, tampones y protegeslips. Los edificios o partes de los mismos aptos para su utilizacin como viviendas, incluidas las plazas de garaje, con un mximo de 2 unidades, y anexos en ellos situados que se transmitan conjuntamente. En lo relativo a la Ley del IVA no tendrn la consideracin de anexos a viviendas los locales de negocio, aunque se transmitan conjuntamente con los edificios o parte de los mismos destinados a viviendas.

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADNo se considerarn edificios aptos para su utilizacin como viviendas las edificaciones destinadas a su demolicin. Las flores, las plantas vivas de carcter ornamental, as como las semillas, bulbos, esquejes y otros productos de origen exclusivamente vegetal susceptibles de ser utilizados en su obtencin. Este tipo reducido tambin ser aplicable a las ejecuciones de obra de prestaciones de servicios que tengan como resultado inmediato la obtencin de alguno de los bienes a cuya entrega resulte aplicable el tipo reducido del 8% que acabamos de enumerar, excepto, las ejecuciones de obra que tengan por objeto la construccin o rehabilitacin de viviendas de proteccin oficial de rgimen especial o de promocin pblica. La prestacin de determinados servicios. 1) Los transportes de viajeros y sus equipajes.

2) Los servicios de hostelera, acampamento y balneario, los de restaurantes y, en general, el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto, incluso si se confeccionan previo encargo del destinatario. 3) Las efectuadas a favor de titulares de explotaciones agrcolas, forestales o ganaderas, necesarias para el desarrollo de las mismas, que se indican a continuacin: siembra, injertado, abonado, cultivo y recoleccin; embalaje y acondicionamiento de los productos, incluido su secado, limpieza, descascarado, troceado, ensilado, almacenamiento y desinfeccin de los productos; cra, guarda y engorde de animales; nivelacin, explanacin o abancalamiento de tierra de cultivo; asistencia tcnica; la eliminacin de plantas y animales dainos y la fumigacin de plantaciones y terrenos; drenaje; tala, entresaca, astillado y descortezado de rboles y limpieza de bosques; y servicios veterinarios. Lo aplicable en el prrafo anterior no ser aplicable en ningn caso a las cesiones de uso y disfrute o arrendamiento de bienes. Igualmente se aplicar este tipo impositivo a las prestaciones de servicios realizadas por las cooperativas agrarias a sus socios como consecuencia de su actividad cooperativizada y en cumplimiento de su objeto social, incluida la utilizacin por los socios de maquinaria en comn. 4) Los prestados por intrpretes, artistas, directores y tcnicos, que sean personas fsicas, a los productores de pelculas cinematogrficas susceptibles de ser exhibidas en salas de espectculos y a los organizadores de obras teatrales y musicales. 5) Los servicios de limpieza de vas pblicas, parques y jardines pblicos.

6) Los servicios de recogida, almacenamiento, transporte, valorizacin o elementos de residuos, limpieza de alcantarillados pblicos y desratizacin de los mismos y la recogida o tratamiento de las aguas residuales. Estn comprendidos en este punto los servicios de cesin, instalacin y mantenimiento de recipientes normalizados utilizados en la recogida de residuos. Se incluyen tambin en este nmero los servicios de recogida o tratamiento de vertidos en aguas interiores o martimas.

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDAD7) La entrada a teatros, circos, espectculos y festejos taurinos las corridas de toros, parques de atracciones y atracciones de bibliotecas, museos, parques zoolgicos, salas cinematogrficas y como a las dems manifestaciones similares de carcter cultural exentas del Impuesto. con excepcin de feria, conciertos, exposiciones, as cuando no estn

8) Los servicios prestados a personas fsicas que practiquen el deporte o la educacin fsica, cualquiera que sea la persona o entidad a cuyo cargo se realice la prestacin, siempre que tales servicios estn directamente relacionados con dichas prcticas y no resulte aplicable a los mismos la exencin a que se refiere el art. 20, apartado uno, nmero 13, de la Ley del IVA. 9) Las prestaciones de servicios a que se refiere el art. 20, apartado uno, nmero 8 de la Ley del Impuesto, cuando no resulten exentos de acuerdo con dichas normas. 10) Los servicios funerarios efectuados por las empresas funerarias y los cementerios, y las entregas de bienes relacionados con los mismos efectuadas a quienes sean destinatarios de los mencionados servicios. 11) 12) 13) La asistencia sanitaria, dental y curas termales que no gocen de exencin. Los espectculos deportivos de carcter aficionado. Las exposiciones y ferias de carcter comercial.

14) Los servicios de peluquera, incluyendo, en su caso, aquellos servicios complementarios fijados en la Ley. 15) Ejecuciones de obras de albailera realizadas en edificios o en partes de los mismos destinados a viviendas, cuando se cumplan los siguientes requisitos: Que el destinatario sea persona fsica, no acte como empresario o profesional y utilice la vivienda a que se refieren las obras para su uso particular. No obstante, tambin se comprendern dichas obras cuando su destinatario sea una comunidad de propietarios. Que la construccin o rehabilitacin de la vivienda, a que se refieren las obras haya concluido al menos 2 aos antes del inicio de estas ltimas. Que la persona que realice las obras no aporte materiales para su ejecucin o, en el caso de que los aporte, su coste no exceda del 20% de la base imponible de la operacin.

16) El suministro y recepcin de servicios de radiodifusin digital y televisin digital, quedando excluidos de este concepto la explotacin de las infraestructuras de transmisin y la prestacin de servicios de comunicaciones electrnicas necesarias a tal fin. Determinadas operaciones. 1.- Las ejecuciones de obras, con o sin aportacin de materiales, consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista que tengan por objeto la construccin o rehabilitacin de edificaciones o partes de las mismas destinadas principalmente a viviendas, incluidos los locales, anejos, garajes, instalaciones y servicios complementarios en ellos situados.

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADSe considerarn destinadas principalmente a viviendas las edificaciones en las que, al menos el 50% de la superficie construida, se destine a dicha utilizacin. 2.- Las ventas de instalacin de armarios de cocina y bao y de armarios empotrados para las edificaciones a que se refiere el nmero anterior, que sean realizadas como consecuencia de contratos directamente formalizados con el promotor de la construccin o rehabilitacin de dichas edificaciones. 3.- Las ejecuciones de obra, con o sin aportacin de materiales, consecuencia de contratos directamente formalizados entre las comunidades de propietarios de las edificaciones o partes de las mismas a que se refiere el punto 1 y el contratista que tengan por objeto la construccin de garajes complementarios de dichas edificaciones, siempre que dichas ejecuciones de obra se realicen en terrenos o locales que sean elementos comunes de dichas comunidades y el nmero de plazas de garaje a adjudicar a cada uno de los propietarios no exceda de 2 unidades. Determinadas importaciones de bienes. Las importaciones de objetos de arte, antigedades y objetos de coleccin, cualquiera que sea el importador de los mismos, y las entregas de objetos de arte realizadas por las siguientes personas: a) Por sus autores o derechohabientes. b) Por empresarios o profesionales distintos de los revendedores de objetos de arte, cuando tengan derecho a deducir ntegramente el Impuesto soportado por repercusin directa o satisfecho en la adquisicin o importacin del mismo bien. Determinadas adquisiciones intracomunitarias. Las adquisiciones intracomunitarias de objetos de arte cuando el proveedor de los mismos sea cualquiera de las personas a que se refiere el subepgrafe anterior. Tipo reducido del 4%. Se aplicarn el tipo reducido del 4% a las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de los bienes que tengan por objeto: 1.- Los siguientes productos: El pan comn, as como la masa de pan comn congelada y el pan comn congelado destinado exclusivamente a la elaboracin del pan comn. Las harinas panificables. Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo. Los quesos. Los huevos.

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDAD Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubrculos y cereales, que tengan la condicin de productos naturales de acuerdo con el Cdigo Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.

2.- Los libros, peridicos y revistas que no contengan nica o fundamentalmente publicidad, as como los elementos complementarios que se entreguen conjuntamente con stos bienes mediante un precio nico. Se comprendern en este nmero las ejecuciones nicas de obra que tengan como resultado inmediato la obtencin de un libro, peridico o revista en pliego o en continuo, de un fotolito de dichos bienes o que consistan en la encuadernacin de los mismos. A estos efectos tendrn la consideracin de elementos complementarios las cintas magnetofnicas, discos, videocasetes y otros soportes sonoros o videomagnticos similares que constituyan una unidad funcional con el libro, peridico o revista, perfeccionando o complementando su contenido y que se vendan con ellos, con las siguientes excepciones: a) Los discos y cintas magnticas que contengan exclusivamente obras musicales y cuyo valor de mercado sea superior al del libro, peridico o revista con el que se entreguen conjuntamente. b) Los videocasetes y otros soportes sonoros o videomagnticos similares que contengan pelculas cinematogrficas, programas o series de televisin de ficcin o musicales y cuyo valor de mercado sea superior al del libro, peridico o revista con el que se entreguen conjuntamente. c) Los productos informticos grabados por cualquier medio en los soportes indicados en las letras anteriores, cuando contengan principalmente programas o aplicaciones que se comercialicen de forma independiente en el mercado. Se entender que los libros, peridicos y revistas contienen fundamentalmente publicidad cuando ms del 75% de los ingresos que proporcionen a su editor se obtengan por este concepto. Se considerarn comprendidos en este nmero los lbumes, partituras, mapas, cuadernos de dibujo y los objetos que, por sus caractersticas, slo puedan utilizarse como material escolar, excepto los artculos y aparatos electrnicos. 3.- Los medicamentos para uso humano, as como las sustancias medicinales, formas galnicas y productos intermediarios, susceptibles de ser utilizados habitual o idneamente en su obtencin. 4.- Los vehculos para personas con movilidad reducida, y las sillas de ruedas para uso exclusivo de personas con minusvala. Los vehculos destinados a ser utilizados como autotaxis o autoturismos especiales para el transporte de personas con minusvala en silla de ruedas, bien directamente o previa su adaptacin, as como los vehculos a motor que, previa adaptacin o no, deban transportar habitualmente a personas con minusvala en sillas de ruedas o con movilidad reducida, con independencia de quin sea el conductor de los mismos.

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADLa aplicacin del tipo impositivo reducido a los vehculos comprendidos en el prrafo anterior requerir reconocimientos del derecho del adquirente, que deber justificar el destino del vehculo. Se considerarn personas con minusvala aquellas con un grado de minusvala igual o superior al 33 por ciento. El grado de minusvala deber acreditarse mediante certificacin o resolucin expedida por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales o el rgano competente de la Comunidad Autnoma. 5.- La prtesis, rtesis e implantes internos. 6.- Las viviendas cualificadas administrativamente como de proteccin oficial de rgimen especial o de promocin pblica, cuando las entregas se efecten por los promotores, incluidos los garajes y anexos situados en el mismo edificio que se transmitan conjuntamente. A estos efectos, el nmero de plazas de garaje no podrn exceder de 2 unidades. Las viviendas que sean adquiridas por las entidades, siempre que a las rentas derivadas de su posterior arrendamiento les sea aplicable la bonificacin establecida. A estos efectos, la entidad adquirente comunicar esta circunstancia al sujeto pasivo con anterioridad al devengo de la operacin en la forma que se determine reglamentariamente. Los servicios de reparacin de los vehculos y de las sillas de ruedas y los servicios de adaptacin de los autotaxis y autoturismos para personas con minusvalas y de los vehculos a motor a los que se refiere el prrafo segundo del mismo precepto, independientemente de quin sea el conductor de los mismos. Ser tambin aplicable a las ejecuciones de obra que sean prestaciones de servicios, y tengan como resultado inmediato la obtencin de alguno de los bienes a cuya entrega resulte aplicable uno de los tipos reducidos previstos en dichos preceptos. No ser de aplicacin a las ejecuciones de obra que tengan por objeto la construccin o rehabilitacin de viviendas de proteccin oficial del rgimen oficial de rgimen especial o de promocin pblica. El I.V.A. en la contabilidad. Las empresas en su actividad econmica diaria adquieren bienes y servicios en el mercado y se ven obligadas a pagar un impuesto denominado Impuesto sobre el Valor Aadido (IVA). Este es un impuesto que grava bienes y servicios en general. Cuando una empresa adquiere bienes en el mercado o cuando se le presta un servicio, deber pagar, junto con el precio, el IVA. Este IVA pagado en las compras de le denomina IVA SOPORTADO. Cuando, por el contrario, las empresas entregan a sus clientes bienes o servicios, aplican en sus facturas el correspondiente IVA, que cobrarn a esos clientes. Al IVA facturado por las empresas se le denomina IVA REPERCUTIDO o DEVENGADO.

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDAD

EL CICLO CONTABLEUna de las caractersticas de la actividad econmica de las empresas es que sta se realiza de forma dinmica, en la que los hechos econmicos se suceden da a da, haciendo que el patrimonio vare constantemente. Este dinamismo obliga a las empresas a establecer paradas peridicas para hacer anlisis que permitan conocer la situacin y evolucin del negocio. Generalmente las empresas analizan sus estados contables al menos una vez cada ejercicio, normalmente coincidiendo con el final de ao, cerrando as lo que se denomina el ciclo contable, que es el conjunto de actuaciones contables comprendidas en el ciclo econmico. Dentro de estas actuaciones contables caben destacar las realizadas durante esa parada, conducentes al cierre del ejercicio. Al finalizar el ejercicio econmico, que normalmente se produce el 31 de diciembre, hay que realizar una serie de actuaciones contables para analizar la situacin de la empresa y determinar el resultado del ejercicio. Estas operaciones no econmicas, sino contables, se denominan operaciones de cierre del ejercicio contable. Se realizan una vez registradas todas las transacciones econmicas del ejercicio. Estas operaciones son las siguientes: Balance de Comprobacin: Refleja la situacin de todas las cuentas de la empresa, detallando las sumas de todos los cargos y abonos, as como los saldos. Resumen-liquidacin de IVA: Saldando las cuentas del IVA Repercutido y Soportado del cuarto trimestre, reflejando el saldo a favor de Hacienda o de la empresa. Regularizacin de las cuentas de Ingresos y Gastos. Consiste en determinar el resultado contable del ejercicio, comparando los ingresos y los gastos del ao. Balance de Situacin: Se elabora una vez realizadas las operaciones anteriores, quedando con saldo solamente las cuentas de Activo y de Pasivo. Este Balance muestra la situacin de la empresa al cierre del ejercicio, su patrimonio y las masas patrimoniales que lo componen. Asiento de cierre: Este asiento permite saldar todas las cuentas que tienen saldo distinto de cero; es decir, las cuentas que aparecen en el Balance de Situacin. El ltimo asiento de la contabilidad del ejercicio es siempre el asiento de cierre. Al realizarlo saldamos todas las cuentas. Paralelamente, debemos realizar el asiento inverso al de cierre en el siguiente ejercicio econmico. Este asiento se denomina Asiento de apertura, que ser el inicio de la contabilidad del nuevo ciclo contable. Regularizacin contable A lo largo del ao, la empresa ha realizado operaciones econmicas con clientes y proveedores; habr adquirido bienes y servicios y, a su vez, habr realizado ventas a sus clientes. Fruto de esta actividad continua de la empresa, se produce un resultado econmico positivo (beneficio), o negativo (prdida). La empresa est interesada en determinar este resultado econmico, para analizar la evolucin del negocio y tomar las decisiones que considere oportunas. Para determinar este resultado hay que realizar un proceso contable que se denomina regularizacin, que es el procedimiento de clculo del resultado contable del ejercicio. Tal como se ha dicho anteriormente, los ingresos pueden ser mayores que los gastos, con lo que el resultado es positivo y se habrn producido beneficios. Si, por el contrario, los gastos son mayores que los ingresos, el resultado del ejercicio habr sido negativo, producindose, por tanto, prdidas.

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADIngresos Gastos Ingresos > < = Gastos Ingresos Gastos BENEFICIO PRDIDA RESULTADO CERO

En el proceso de regularizacin intervienen las cuentas de ingresos y de gastos. Por tanto, quedan excluidas las cuentas que constituyen el Activo, el Pasivo y el Patrimonio Neto. Con este proceso se trata de saldar las cuentas que al inicio del nuevo ejercicio deben estar con saldo cero. Al comienzo de un ejercicio contable, no podemos partir de una cifra de gastos e ingresos diferentes de cero. De esta forma, estas cuentas nos informarn de cul es el total de gastos o de ingresos desde el principio del ejercicio. No ocurre lo mismo con las cuentas que no se regularizan. Para determinar el resultado contable de un ejercicio debemos comparar los ingresos y los gastos, para lo cual vamos a reflejarlo en dos asientos: 1.- Consiste en saldar (dejar con saldo cero) las cuentas de regularizacin que tengan saldo Deudor, que generalmente son cuentas de gastos. Para ello, estos saldos se anotarn en el Haber. La suma de estos saldos deudores se compensar poniendo al Debe de la cuenta Resultado del ejercicio. 2.- Consiste en saldar anotando en el Debe de las cuentas que se regularizan y que tengan saldo acreedor, que generalmente son cuentas de ingresos. En el Haber de la cuenta de Resultados del ejercicio se anotar la suma de las anotaciones al Debe.

Cuando el saldo de la cuenta de Resultados del ejercicio es deudor, significa que los gastos son mayores que los ingresos. El resultado econmico de la empresa es negativo; es decir, que tiene prdidas equivalentes al saldo deudor de esta cuenta. Cuando el saldo de la cuenta de Resultados del ejercicio es acreedor, significa que los ingresos son mayores que los gastos, lo que implica que la empresa ha obtenido unos beneficios equivalentes al saldo de esta cuenta. Cuando el saldo de la cuenta de Resultados del ejercicio es cero, la empresa no ha tenido ni beneficio ni prdidas. Cuando las empresas tienen un resultado positivo, es decir, han obtenido beneficios, uno de los planteamientos que se producen al finalizar el ejercicio contable es qu hacer con esos beneficios. Las dos opciones ms habituales son: 1.- Repartir los beneficios obtenidos al final del ejercicio. En este caso la cuenta de Resultados quedara saldada. 2.- Dejar el resultado para una posterior distribucin. El beneficio sin distribuir se denomina Remanente, y pasa formar parte del Neto Patrimonial. El Balance de Situacin Si traspasamos los asientos de regularizacin de las cuentas de gastos y de ingresos, a las correspondientes cuentas de Mayor comprobaremos que presenten saldo cero. Despus de esta operacin, una parte importante de las cuentas que aparecen en el Balance de Sumas y Saldos estarn saldadas. Solamente tendrn saldo aquellas cuentas que pertenecen al Activo, al Pasivo, o al Patrimonio Neto. Despus de este proceso, las cuentas de gastos e ingresos estarn saldadas. Las cuentas de Activo, de Pasivo y de Neto Patrimonial tendrn saldo, es decir, las cuentas que representan los bienes, derechos y obligaciones de la empresa. Para la representacin del Balance de Situacin se utiliza un modelo en el que se pueden distinguir dos partes: en la parte izquierda se detallan las partidas de Activo, compuesto a su vez por el conjunto de Bienes y Derechos; y, la parte derecha, que recoge las Obligaciones y el Patrimonio Neto de la empresa.

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADEl Balance de Situacin es el instrumento contable en el que se ordenan y clasifican en masas patrimoniales todas las cuentas que tienen saldo despus de que se hayan hecho la regularizacin y pasado al libro Mayor. En el Balance de Situacin solamente deben aparecer las cuentas patrimoniales, nunca cuentas de regularizacin. Se confecciona despus de regularizar las cuentas de ingresos y de gastos y en este Balance aparecer el saldo de la cuenta de Resultados del ejercicio, es decir, el beneficio o prdida del ejercicio contable. El Balance de Situacin representa el Activo, el Pasivo y el Patrimonio Neto de la empresa y siempre tiene que estar cuadrado; es decir, la suma del Activo es igual a la suma del Pasivo, ms el Neto Patrimonial. Cierre del ejercicio Una vez realizado el Balance de Situacin debemos cerrar el ejercicio, que en realidad es el proceso que nos permite terminar el ciclo contable. El proceso de cierre del ejercicio consiste en hacer un asiento en el que se salden todas las cuentas que tengan saldo y pertenezcan al Activo o al Pasivo y Patrimonio Neto de la empresa. El proceso para saldar ahora las cuentas de Activo, de Pasivo y Patrimonio Neto consiste en anotar en el Haber todas las cuentas con saldo deudor, es decir, en el Haber; y los saldos de las cuentas de Pasivo y Patrimonio Neto en el Debe. Asiento de Apertura La actividad de la empresa contina despus de finalizar cada ciclo contable; el patrimonio despus del ltimo da de un ejercicio econmico es idntico al patrimonio con el que se inicia el ejercicio siguiente. Si, como hemos visto en el proceso de cierre del ejercicio, hemos confeccionado un Balance de Situacin previo al cierre, y posteriormente hemos realizado el asiento para saldar las cuentas del Balance, al iniciar el nuevo ejercicio debemos partir del mismo balance. Para reflejar en la nueva contabilidad esa situacin, debemos iniciar el ejercicio con los mismos saldos existentes justo antes del cierre. El asiento de apertura consiste en el registro en el Diario de un asiento que reabra el ejercicio que anteriormente se cerr, para lo cual tendremos que hacer el asiento contrario al que hicimos en el de cierre.

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDAD

EL PLAN GENERAL CONTABLECon el fin de unificar los criterios y reglas de contabilizacin, se hace necesario utilizar un conjunto de normas que regulen y armonicen los aspectos contables que deben cumplir todas las empresas. El Plan General de Contabilidad, que en adelante llamamos llamaremos de forma abreviada PGC, es el conjunto de principios, normas y procedimientos contables, de obligado cumplimiento para todas las empresas, independientemente del tipo de propiedad, individual o societaria. El PGC desarrolla las normas obligatorias recogidas en el Cdigo de Comercio, normas comunitarias y fiscales. El Plan General de Contabilidad de 2008, es de obligado cumplimiento para los ejercicios iniciados a partir de enero de 2008, sustituye al anterior PGC de 1990, que ha estado vigente hasta 2007. El PGC es un texto legal que consta de cinco partes: Primera parte: Marco Conceptual de la Contabilidad Segunda parte: Normas de Registro y Valoracin Tercera parte: Cuentas anuales Cuarta parte: Cuadro de Cuentas Quinta parte: Definiciones y relaciones contables Como anexo a este libro encontrars el cuadro de cuentas. Marco Conceptual de la Contabilidad La primera parte del PGC determina cmo ha de expresarse la contabilidad, es decir, la forma en la que recoger la imagen fiel de las cuentas anuales, los requisitos de la informacin que aportan, los principios por los que se regular la lnea de actuacin a la hora de aplicar los contenidos y normas contables, la composicin de las cuentas anuales y los criterios de registro y valoracin. En este apartado del PGC se da especial importancia a la necesidad de aplicar criterios contables que conduzcan a expresar la imagen fiel de la empresa en todo momento. Principio de prudencia: Se deber ser prudente en las estimaciones y valoraciones a realizar en condiciones de incertidumbre. La prudencia no justifica que la valoracin de los elementos patrimoniales no responda a la imagen fiel que deben reflejar las cuentas anuales. Asimismo, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 38 bis del Cdigo de Comercio, nicamente se contabilizarn los beneficios obtenidos hasta la fecha de cierre del ejercicio. Por el contrario, se debern tener en cuenta todos los riesgos, con origen en el ejercicio o en otro anterior, tan pronto sean conocidos, incluso si slo se conocieran entre la fecha de cierre de las cuentas anuales y la fecha en que stas se formulen. En tales casos se dar cumplida informacin en la memoria, sin perjuicio de su reflejo, cuando se haya generado un pasivo y un gasto, en otros documentos integrantes de las cuentas anuales. Excepcionalmente, si los riesgos se conocieron entre la formulacin y la imagen fiel, las cuentas anuales debern ser reformuladas. Debern tenerse en cuenta las amortizaciones y correcciones de valor por deterioro de los activos, tanto si el ejercicio se salda con beneficio como con prdida. Principio de devengo: Los efectos de las transacciones o hechos econmicos se registrarn cuando ocurran, imputndose al ejercicio al que las cuentas anuales se refieran, los gastos y los ingresos que afecten al mismo, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro. Normas de registro y valoracin En este apartado del PGC se establecen cules son los criterios y reglas de aplicacin de las operaciones o hechos econmicos, as como de los elementos patrimoniales. Su principal funcin es la de establecer criterios comunes e interpretar uniformemente

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADsituaciones contables especficas. Estas normas son obligatorias para todas las empresas. Normas de registro y valoracin Su principal funcin es la de establecer criterios comunes e interpretar uniformemente situaciones contables especficas. Estas normas son obligatorias para todas las empresas. Cuentas anuales Con el fin de elaborar la informacin contable y econmica, una vez finalizado el ejercicio contable, las empresas formularn las cuentas anuales, en las que incluirn los siguientes informes: Balances: las empresas debern formular un balance, o inventario inicial del ejercicio, un Balance de Comprobacin de Sumas y Saldos, como mnimo, al final de cada trimestre, y un Balance de Situacin final. Cuenta de Resultados del ejercicio: en este documento se har una relacin de las cuentas que intervienen en el proceso de regularizacin, es decir, de las cuentas de los grupos 6 y 7, determinando el resultado econmico del ejercicio. Estado de cambios en el patrimonio neto: en el que se recogen los ingresos y los gastos que se han obtenido en el ejercicio, as como el resultado y los cambios que ha habido en el patrimonio neto de la empresa. Estados de flujo de efectivo: es un informe en el que se detalla en origen de y utilizacin del dinero en efectivo, indicando las variaciones de la tesorera durante el ejercicio contable. Memoria: es un documento que contiene otra informacin relevante de la empresa, a fin de completar y comentar la informacin contenida en los otros documentos que componen las cuentas anuales. Es obligatoria slo para sociedades y como mnimo, incluir: Actividad de la empresa. Bases de presentacin de las cuentas anuales. Aplicacin de resultados. Normas de registro y valoracin. Inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias. Activos financieros. Pasivos financieros. Fondos propios. Situacin fiscal. Ingresos y gastos. Subvenciones, donaciones y legados. Operaciones con partes vinculadas. Otra informacin. Existen dos modelos diferentes de cuentas anuales: Normal. Abreviado. Para las pequeas y medianas empresas, denominadas PYMEs, el Estado de flujos de efectivo no es obligatorio. En funcin del tamao de las empresas, debern presentar uno u otro modelo de cuentas anuales. Para ello se tiene en cuenta el nmero de trabajadores, la cifra anual de ventas y la suma del Activo de la empresa. Las empresas de menor tamao podrn formular el modelo Abreviado, que se distingue del Normal por el menor detalle de los informes, pero que bsicamente contienen la misma informacin.

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADEl cuadro de cuentas El PGC establece una relacin ordenada de cuentas para cada transaccin. Esta relacin est recogida en el cuadro de cuentas, que a su vez se divide en tres niveles diferentes: Nivel 1 Grupos Nivel 2 Subgrupos Nivel 3 Cuentas Los GRUPOS CONTABLES o GRUPOS DE CUENTAS, clasifican las cuentas segn sus funciones: Grupo 1. Financiacin bsica: Agrupa todas las cuentas que representan los orgenes y los recursos financieros de naturaleza estructural para la empresa, principalmente las deudas a largo plazo y el capital. Grupo 2. Activo no corriente: Conocido como Inmovilizado, contiene las cuentas que representan los bienes que permanecen un largo plazo en la empresa y que constituyen principalmente los bienes de produccin de la misma, como edificios, maquinaria, vehculos, etc. Grupo 3. Existencias: Recoge aquellas cuentas que representan los bienes y productos que son objeto de comercio o produccin de la empresa, como materias primas, envases y embalajes, productos terminados, mercaderas, etc. Grupo 4. Acreedores y deudores por operaciones comerciales: Cuentas que representan derechos y obligaciones a corto plazo, derivados de la actividad de la empresa, entre los cuales los ms comunes son clientes, proveedores, etc. Grupo 5. Cuentas financieras: Cuentas que representan ciertas deudas y prstamos a corto plazo, depsitos a corto plazo, cuentas de tesorera, como Caja y Bancos, etc. Grupo 6. Compras y gastos: Representan gastos para la empresa. Grupo 7. Ventas e ingresos: Representan ingresos para la empresa. Grupo 8. Gastos imputados al patrimonio neto: Recoge gastos como el impuesto sobre beneficios correspondiente a ciertas operaciones y determinadas prdidas. Grupo 9. Ingresos imputados al patrimonio neto: Cuentas utilizadas para contabilizar ciertos ingresos y subvenciones. Los grupos 1 5 comprenden las cuentas llamadas patrimoniales o de Balance. Los grupos 6 y 7 recogen las cuentas de ingresos y gastos, o cuentas de regularizacin o de gestin. Los grupos 8 y 9 recogen cuentas especiales que afectan al patrimonio neto de la empresa. En el Plan General de Contabilidad de PYMEs no aparecen los grupos 8 y 9. Cada uno de los siete grupos contables se divide a su vez en SUBGRUPOS, en los que se agrupan las cuentas atendiendo a su naturaleza. Tienen dos dgitos. Por ejemplo, el grupo 4 Acreedores y deudores por operaciones de trfico, se divide en los siguientes subgrupos: 40 Proveedores 41 Acreedores varios 43 Clientes 44 Deudores varios 46 Personal 47 Administraciones Pblicas

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDAD 48 Ajustes por periodificacin 49 Deterioro de valor de crditos comerciales y provisiones a corto plazo.

El Plan General de Contabilidad determina las CUENTAS y su denominacin, asignndoles tres dgitos para identificarlas y distinguirlas unas de otras. Todas las cuentas pertenecen a un subgrupo de cuentas y cada subgrupo, a su vez, pertenece a un grupo. El primero de los dgitos de una cuenta nos indica a qu grupo pertenece, el segundo dgito, a qu subgrupo y el tercer dgito al lugar que ocupa dentro de ste. El PGC tambin recoge algunas cuentas de cuatro dgitos, entre las que destacan las correspondientes al subgrupo 47, Administraciones Pblicas, con el fin de distinguir los diferentes impuestos que afectan a la empresa. Para facilitar el proceso informtico de la contabilidad es muy comn que las empresas, partiendo del cdigo de cuenta definido por el PGC, aadan los dgitos que estimen convenientes, permitiendo de esta forma personalizar e individualizar cuentas para diferentes clientes, proveedores, bancos, etc. As, por ejemplo, una empresa podra utilizar para diferentes clientes los cdigos 43000001, 43000002, 43000003, Esta es la forma en que utilizaremos el PGC con el Contaplus. Definiciones y relaciones contables El PGC define cada una de las cuentas que lo forman, as como su funcionamiento, para qu hechos contables se utilizan y cmo se registran sus movimientos. El Cuadro de Cuentas y las relaciones contables incluidas en el PGC no tienen carcter obligatorio, sino que cada empresa podr adaptarlas a las caractersticas y necesidades de las empresas; pero es muy aconsejable utilizar las cuentas del PGC. Tratamiento del corto y del largo plazo en el P.G.C. Adems de informar a travs de cuentas anuales del estado de la empresa, de la evolucin del negocio y de la composicin del patrimonio, es necesario aportar cierta informacin de una forma ms detallada, reseando al mismo tiempo acerca del plazo de exigibilidad de las deudas de la empresa. No es lo mismo saber que una empresa est endeudada en una cantidad determinada y que esa deuda la tenga que devolver en fechas prximas a que lo tenga que devolver en los prximos quince aos. Por tanto, el plazo en el que se habr de hacer efectiva esa deuda se deber reflejar en diferentes partidas en el Balance de la empresa. Se distinguen dos tipos de plazos para las deudas y los crditos. Este lmite temporal se establece en 12 meses, siendo a corto plazo aquellos derechos y obligaciones cuyo plazo de vencimiento se site en 12 meses o menos, y a largo plazo los que superen los 12 meses.

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CONTABILIZACIN DE LA COMPRA DE MERCADERASUna de las operaciones ms comunes en la contabilidad de las empresas es la compra de mercaderas, materias primas y otros aprovisionamientos. El documento ms utilizado para estas transacciones es la factura. El modelo que cada empresa utiliza como factura es propio y depende de la actividad y bienes que vende. Solamente es obligatorio que se cumpla con una serie de requisitos mnimos, que son: Fecha de emisin. Nmero de factura. Identificador del emisor (Nombre, domicilio, CIF/NIF). Identificacin del receptor (Nombre, domicilio, CIF/NIF). Descripcin de la operacin (Hecho imponible) Base imponible. Tipo o porcentaje de IVA. Cuota de IVA. Importe total de la factura. Estos son los datos que, generalmente, son obligatorios para todas las facturas, aunque hay excepciones, como son los tickets. El IVA se devenga en el momento de la adquisicin, es decir, en el momento en el que se hace la entrega de los bienes objeto de la compraventa. Por lo tanto, es en este momento cuando se debe contabilizar. Sin embargo, no siempre se realiza el pago simultneamente, de forma que la compra se puede realizar de dos modos: Compras al contado. Compras a crdito. Compras al contado Son compras al contado aquellas en las que el pago se realiza de forma simultnea con la compra. Este pago, a su vez, se puede realizar de las siguientes maneras: En efectivo, cuando el pago se realiza con dinero lquido. Por banco, cuando el pago se realiza contra fondos depositados en bancos, mediante cheques, pagars, transferencias, tarjetas, etc. Anticipo a proveedores En algunas ocasiones el comprador entrega una parte del importe de una compra al proveedor antes de que se materialice la operacin. Estas entregas a cuenta reciben el nombre de anticipos. En el momento que se hace el anticipo se devenga una cuota de IVA, que, por consiguiente, habr que contabilizar. Por tanto, en cada anticipo se habr entregado una parte de IVA y otra como anticipo de la compra. Los anticipos a proveedores se contabilizan en la cuenta (407) Anticipos a proveedores, que es una cuenta de Activo, y que se cargar al entregar el anticipo. Una vez facturada la compra, se abonar por el importe anticipado, quedando saldada despus de que se entreguen las mercaderas. Transportes y otros gastos de compras Cuando en una factura de un proveedor se incluyen los gastos por transportes, estos gastos forman parte del coste de la compra, con lo que se contabilizaran como un mayor valor de las mercancas en la cuenta (600) Compra de mercaderas. Compras a crdito Una compra se realiza a crdito cuando no se efecta el pago de forma simultnea a la entrega de mercaderas. Cuando esto sucede, la factura se contabilizar en la cuenta (400) Proveedores, permaneciendo el saldo en esta cuenta mientras no se

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADhagan las entregas correspondientes a la compra. Estos pagos se pueden realizar a su vez, en uno o varios plazos, en efectivo o mediante bancos. Contabilizacin de los efectos a pagarA................de........................de..................Acepto......................................................... Lugar de libramiento Fecha de libramiento Vencimiento Importe

Por esta LETRA DE CAMBIO pagar al vencimiento expresado a.............................................................................................................................. La cantidad de En el domicilio de pago siguiente: Persona o Entidad Direccin Nmero de Cuenta Clusulas Nombre y Domicilio del librado c.c.c.

Firma nombre y domicilio del librador

No utilice este espacio por estar reservado para inscripcin magntica

Por

aval Pguese

de..................................... ................... a ................ ............ ........ ................... ............................................................. ............................................................. ............................................................. ............................................................. ............................................................. .......................................... ..........................................A..........de.. .....................de............... Nombre y domicilio del avalista ...................................................... .......................................................... domicilio en .................................. ..................... ............................................................. ............................................................. ........................................ ..................., a.............de ..........de ..... Nombre y domicilio de endosante ................................................... .......... con

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TEORA BSICA DE LA CONTABILIDADEs muy comn que el pago de las compras a crdito se materialice en un documento llamado Letra de Cambio. Mediante este documento la empresa vendedora ordena a la empresa compradora que le pague en una fecha, denominada vencimiento, una cantidad determinada de dinero. El hecho de que la deuda contrada al adquirir las mercancas se materialice en una Letra de Cambio debe quedar reflejada en la contabilidad. La deuda que antes figuraba en (400) Proveedores, a partir de la existencia de la Letra deber registrarse en la cuenta (401) Proveedores, efectos comerciales a pagar. Esta es una cuenta de Pasivo, que refleja las deudas contradas con proveedores materializadas en Letras de Cambio. Su funcionamiento es similar al de una cuenta de proveedores, es decir, se abonar a su nacimiento y se cargar cuando se paguen contra cuentas de tesorera. Devolucin de mercaderas A veces, y por diversos motivos, se producen devoluciones de gnero que previamente se haban adquirido. Cuando esto sucede, se da la situacin contraria a lo que ocurri con la compra: por un lado se anula la totalidad o parte de la compra, y por otro, se crea un crdito a favor del comprador, que es quien devuelve la mercanca. Esta situacin hay que registrarla contablemente. La cuenta a utilizar para reflejar las devoluciones de compras es la (608) Devoluciones de compras y operaciones similares. Esta es una cuenta de regularizacin en la que se abonar por las mercancas devueltas, actuando, por tanto, como una cuenta de ingresos, debiendo ser saldada al final del ejercicio con abono a la cuenta (129) Resultado del ejercicio. Siempre que se produzca una devolucin de mercaderas, tambin hay que devolver el IVA que se factur en la venta correspondiente. Como al adquirir las mercaderas se utiliz la cuenta de IVA Soportado, en la devolucin tambin se habr de utilizar esta misma cuenta. El documento utilizado para reflejar las devoluciones se llama Nota de abono, que es muy similar a una factura, pero en sentido contrario. Descuentos en compras Es muy comn que las empresas vendedoras y compradoras acuerden descuentos en sus operaciones de compraventa. Estos descuentos obedecen a diferentes motivos, y los ms comunes son los siguientes: Descuento comercial Descuento por pronto pago Rappels El descuento comercial es un descuento consistente en una rebaja en el precio de las mercaderas, con lo que en realidad, se trata de un menor precio de compra. El descuento por pronto pago es un descuento que se concede por pagar el importe de la factura en un plazo generalmente corto, o anticiparlo sobre el plazo convenido. Los denominados rappels, son bonificaciones por volumen de compra que se conceden al alcanzar una cifra determinada de compras. Atendiendo al momento en el que se concede y documenta el descuento, podemos distinguir las siguientes formas: Descuento incluido en factura. Descuento no incluido en factura. Todos los descuentos, tanto si se incluyen en factura como si no se incluyen, debern llevar el correspondiente IVA. El descuento comercial Es una minoracin del precio de venta de las mercaderas que se incluye en factura y que, por tanto, supone un menor coste de la compra, por lo que a la hora de contabilizar la compra, este descuento no se reflejar en ninguna cuenta en concreto, sino que formar parte del precio de las mercaderas.

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El descuento por pronto pago Cuando se incluye en la factura de la compra minora el importe de las compras y, por tanto, no se contabiliza como tal. Solamente se contabilizar cuando se conceda con posterioridad a la compra y a la factura. Se contabiliza en la cuenta (606) Descuentos sobre compras por pronto pago, que es una cuenta de regularizacin que funciona al contrario que la cuenta de compras, es decir, se abonar por la concesin del descuento, saldndose al final del ejercicio con abono a la (129) Resultado del ejercicio. Los rappels Son bonificaciones concedidas por alcanzar una cifra de compras o por llegar a un nmero de unidades adquiridas. Tanto si este descuento o bonificacin se incluye en factura como si se hace fuera de ella, devenga el correspondiente IVA. Cuando se incluyen en la factura, no se contabiliza como tal, sino que minora el importe de la compra. En caso de que se