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Derecho Laboral Sesión 5: El Salario

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Derecho Laboral

Sesión 5: El Salario

Conceptualización

Para Mario de la Cueva (2007)

el salario es “…la retribución

que debe percibir el trabajador

por su trabajo, a fin de que

pueda conducir una existencia

que corresponda a la dignidad

de la persona humana, o bien

una retribución que asegure al

trabajador y a su familia una

existencia decorosa.” (p.297).

Introducción

Remunerador Equivalente al

mínimo cuando menos

Suficiente

Determinado o determinable

Debe cubrirse periódicamente

Debe pagarse en moneda de

curso legal

¿Cuáles son los atributos del salario?

¿Qué es el salario?

El artículos 82 proporciona el concepto

de salario en los siguientes términos

“Es la retribución que debe pagar el

patrono al trabajador por su trabajo.”

Por su parte el artículo 84 nos dice

que el salario se integra “…con los

pagos hechos por cuota diaria,

gratificaciones, percepciones,

habitación, primas, comisiones,

prestaciones en especie y cualquiera

otra cantidad o prestación que se

entregué al trabajador por su trabajo”.

El artículo 5 la Constitución

Política de los Estados Unidos

Mexicanos prescribe que: “…nadie

puede ser obligado a prestar

trabajos personales, sin la justa

retribución”, y el artículo 3 de la

Ley Federal del Trabajo, dispone

que el trabajo “…debe efectuarse

en condiciones que aseguren un

nivel económico decoroso para el

trabajador y su familia.” Dichos

dispositivos se refieren al salario,

reconociéndole y estableciendo su

verdadera naturaleza, jerarquía y

alcance.

¿Cómo puede establecerse el

salario?

La L.F.T. en el artículo 83 refiere a cuatro supuestos específicos

en que el salario puede establecerse:

Atributos del salario

Clasificación del salario

“…es aquél en el que la retribución se mide en función del número de horas

durante el cual (…) el trabajador está a disposición del patrono para prestar su

trabajo”. (p. 305).

“…es aquél en el que la retribución se mide en función de los resultados del trabajo que preste el trabajador.” (p.

305).

“…es aquél en el que la retribución se mide en función de los productos o servicios de la empresa vendidos o

colocados por el trabajador” (p. 305).

“…es aquél en el que la retribución se mide en función de la obra que el

patrono se propone ejecutar.” (p. 306)

Las formas principales de salario para Mario de la Cueva (2007) son:

Aguinaldo

Explica Borrel “El aguinaldo es una

prestación laboral que los patrones

tienen la obligación de cumplir, dicha

prestación fue establecida por la

vigente Ley Federal del Trabajo de

1970.” (p. 154).

El salario base para cuantificar el

aguinaldo es el diario ordinario que

percibe el trabajador por día laborado.

Al igual que las vacaciones y la prima

vacacional, los trabajadores gozan de

un año contado a partir del día

siguiente a la fecha en que la

obligación sea exigible para reclamar

al patrón el pago del aguinaldo cuando

no la reciben o se les pague menos.

Salario variable

En los casos de salario por unidad de obra y en general

cuando la retribución sea variable por disposición del artículo

89 de la Ley Federal del Trabajo, se tomará como salario

diario el promedio de las percepciones obtenidas en los 30

días efectivamente trabajados antes del nacimiento del

derecho.

Si en ese lapso hubiera un aumento en el salario se tomará

como base el promedio de las percepciones obtenidas por el

trabajador a partir de la fecha del aumento.

Cuando el salario se fije por semana o por mes se dividirá

entre 7 o entre 30, según el caso, para determinar el salario

diario.

El Artículo 289 de la Ley Federal

del Trabajo, al referirse al salario

de los agentes de comercio y

otros semejantes, dice que para

determinar el monto del salario

diario se tomará como base el

“promedio que resulte de los

salarios del último año o del total

de los percibidos, si el trabajador

no cumplió un año de servicios”.

Salario integrado

Según Cavazos (2004) es el que se forma con:

…los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones,

percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en

especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue

al trabajador por su trabajo. (p.146).

Y agrega el citado autor que sólo se exceptúan del salario la

participación de utilidades y las aportaciones que el patrón hace al

Infonavit; los uniformes deben entregarse como útiles de trabajo

para que no formen parte del salario; igual ocurre si se proporciona

automóvil a los trabajadores, debe hacerse como herramienta de

trabajo, de lo contrario se integrará al salario.

Salario mínimo

Mario de la Cueva (2007) dice

que la definición primaria de

salario mínimo: “…la retribución

menor que debe pagarse a los

trabajadores en general y a los

de las profesiones, oficios o

trabajos especiales.” (p. 314).

Por su parte la Ley Federal del Trabajo lo define como:

Artículo 90.- Salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo.

El salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.

Se considera de utilidad social el establecimiento de instituciones y medidas que protejan la capacidad adquisitiva del salario y faciliten el acceso de los trabajadores a la obtención de satisfactores.

De dichas definiciones se desprende la existencia de dos

categorías del salario mínimo que a decir de Cavazos (2004) son

definidos de la siguiente manera:

1. Salarios mínimos generales. Son los que rigen para todos los

trabajos de las zonas económicas en que se encuentra divido

el país, y son fijados por las Comisiones Regionales

correspondientes previa ratificación de la Comisión Nacional de

Salarios Mínimos, que es la que los establece.

2. Salarios mínimos profesionales. En 1962 se reglamentó la

fracción VI del Artículo 123 Constitucional y se introdujo la

figura de los salarios mínimos profesionales. Estableciendo 86

categorías de profesiones, oficios y trabajos especiales con

salarios mínimos profesionales particulares, que suponen un

grado de especialización o preparación para su desempeño.

Conclusión

El salario es la retribución que recibe el trabajador por su trabajo, se

integra por los pagos diarios, gratificaciones, percepciones, pago de

habitación, prima, pagos en especie, vales, es decir, cualquier cantidad

que se entregue al trabajador.

El salario que perciba el trabajador debe ser suficiente para asegurar un

nivel económico decoroso, cubriendo sus necesidades elementales y las

de su familia. El establecimiento de salario por jornada de trabajo es el

más común, mediante este el trabajador recibe semanal, quincenal o

mensualmente una cierta cantidad de dinero como pago por su trabajo,

además de ser la más común es la que le permite al trabajador tener

mayor estabilidad, pues tiene la certeza de cuanto percibirá cada

semana, quincena o mes, según la forma de pago.

Para aprender más

¿Qué es el salario?

López, J. (s/f). Capítulo 26, El salario, obtenido de:

http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/139/29.pdf

¿Cúal es la naturaleza del salario mínimo?

Molina, A. (s.f). Capítulo III, Naturaleza jurídica del procedimiento

de obtención de salarios mínimos, obtenido de:

http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/814/6.pdf

Referencias

Borrel, M. (2006). Análisis Práctico y Jurisprudencial del Derecho

Mexicano del Trabajo. México: Sista.

Cavazos, B. (2004). 40 Lecciones de Derecho Laboral. México: Trillas.

De la Cueva, M. (2007). El Nuevo Derecho Mexicano del Trabajo.

México: Porrúa.