tema 1 el derecho.pptx

32
VIDEO Doce pasos para lograr una meta.mp4

Upload: armando-rios

Post on 07-Oct-2015

219 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Presentacin de PowerPoint

VIDEO

Doce pasos para lograr una meta.mp4

CARRERA : INGENIERA PETROLERA

ASIGNATURA:LEGISLACIN PETROLERA

DOCENTE:DR. EDWIN R. KUKOC DEL CARPIO

SEMESTRE :II/2014

TEMA 1 EL DERECHOLunes 21 de julio (10:20 11:30) 1.1.INTRODUCCIN1.2.CONCEPTO 1.3.NORMAS Y REGLAS QUE REGULAN LA CONDUCTA HUMANA.1.4.VOCABULARIO JURDICOLA NORMA JURDICALOS HECHOS Y ACTOS JURDICOSLA RELACIN JURDICA1.5.CLASIFICACIN DEL DERECHOCONTENIDO TEMTICOConceptualizar que es el derechoDiferenciar las normas y reglas que regulan la conducta humanaIdentifica y diferencia los hechos y actos jurdicosIdentifica cuando se da una relacin jurdica. Explica la norma jurdica y sus componentesConocer la clasificacin del derechoOBJETIVOSConcepto, Fines e Importancia del Derecho.mp4ETIMOLOGA DE LA PALABRA DERECHOSIGNIFICA EN SU PRIMER ORIGEN, "LO QUE ES BIEN DIRIGIDO" O "LO QUE NO SE APARTA DEL BUEN CAMINO". SE DESTACA COMO SIGNIFICADO DE LA PALABRA DERECHO LA IDEA DE RECTITUD EN LA CONDUCTA SOCIAL HUMANA POR SU SOMETIMIENTO A NORMAS O LEYESVOCABLO DEL LATIN DIRECTUM,A SU VEZ PROVIENE DEL ADJETIVO"DIRECTUS", GUIAR DIRIGIR CONDUCIR ENCAMINAR - REGIR"NOS DA UNA IDEA DE "DIRECCIN", "RECTITUD", "DISCIPLINA", "CONDUCCIN"DIRITTODIRECTODROITRIGHTDERECHO DEFINICIONES DE DERECHOHENRY CAPITANT: "El derecho es la ciencia de las normas obligatorias que presiden las relaciones de los hombres en la sociedad. RUDOLF VON IHERING: "La suma de las condiciones de la vida social en el sentido ms amplio de la palabra, aseguradas por el poder del estado, mediante la coaccin externa".LOUIS JOSERAND, "Es un cuerpo de reglas obligatorias que puede ser definido como regla social obligatoria y que esta disciplina social evoca la idea de direccin, de rectitud, de disciplina".GARCA MYNEZ EDUARDO: El conjunto de normas jurdicas imperativas y atributivas (esto implica que es derechos y obligaciones), con la finalidad de hacer, no hacer y tolerar. Es un orden concreto, instituido por el hombre para la realizacin de valores colectivos, cuyas normas-integrantes de un sistema que regula la conducta de manera bilateral, externa y coercible son normalmente cumplidas por los particulares y en caso de inobservancia, aplicadas o impuestas por los rganos del poder jurdicoFRANCOIS GENY: "Conjunto de las reglas, a las cuales est sometida la conducta exterior del hombre, en sus relaciones con sus semejantes, y que, bajo la inspiracin de la idea natural de justicia, en un estado de la conciencia colectiva de la humanidad, aparecen susceptibles de una sancin social, en caso de necesidad coercitiva, son o tienden a ser provistas de esa sancin y de ahora en adelante se ponen bajo la forma de mandatos categricos dominando las voluntades particulares para asegurar el orden en la sociedad".CONCEPTO DE DERECHO LA JUSTICIALA SEGURIDADY EL BIEN COMN CONCEPTO DE DERECHO SISTEMA DE NORMAS JURDICASPRINCIPIOS E INSTITUCIONES QUE RIGEN DE MANERA OBLIGATORIAEL ACTUAR DEL HOMBRE EN SOCIEDADES EL PARAALCANZARY QUE EN CASO DE INOBSERVANCIA SON SUSCEPTIBLES DE SANCINAPLICADAS O IMPUESTAS POR LOS RGANOS DEL PODER JURDICOun deber ser o un hacer NORMAS QUE REGULAN LA CONDUCTA HUMANANORMA Es toda regla de conducta que impone o mandapermite o prohbe una determinada conducta o comportamiento al interior del grupo social a la cual se pertenecepor lo que impone Ensea como uno se debe comportar, para lo cual se imponen determinadas formas de comportamientoo sea CMO PODERNOS CARACTERIZAR A LAS NORMAS?COMO LAS REGLAS DE CONDUCTA QUE PRESCRIBEN DEBERES.SU FINALIDAD ES REGIR (DIRIGIR) UN COMPORTAMIENTO (LA CONDUCTA HUMANATIENEN UN SUPUESTO, ES QUE A LOS SERES QUE VA DIRIGIDA TIENEN LA LIBERTAD PARA OBSERVARLAS O INFRINGIRLASTOMA SU VALIDEZ EN TORNO A LOS VALORES QUE EL HOMBRE SIEMPRE A POSEDO (BIEN, JUSTICIA, LIBERTAD, ETC..)PUEDEN SER INFRINGIDAS EN CASOS CONCRETOS, SIN QUE ESAS VIOLACIONES DESTRUYAN SU EXISTENCIA, MAS AL CONTRARIO SE ACUSA MAS SU OBLIGATORIEDAD.TIPOS DE NORMAS QUE REGULAN EL COMPORTAMIENTO HUMANONORMES MORALESNORMAS RELIGIOSASNORMAS DE TRATO SOCIALNORMAS JURDICASLas normas morales tienen una finalidad tica, pues slo buscan la realizacin del bien, slo se dirigen a la conciencia de los individuos, ya que el obligado es el juez de su propia conducta y no hay ninguna persona autorizada para exigir su cumplimiento.Tratan de conducir al hombre a la consecuencia de ese bien, influyendo en su conducta para con sus semejantes y para con l mismoNormas moralesAlgunos ejemplos de normas morales:

No mentirNo ser infieles.No hacer trampasAyudar a los ms necesitados.Ser honradoSer justo.El ser humano no solamente necesita participar y comunicarse con sus semejantes, sino que tambin del apoyo y gua de entes superiores a l, tales como Dios.Son preceptos dictados por Dios a los hombres.Su violacin est sancionada con el premio o con el castigo en la vida eterna.Para alcanzar tal vida, el medio idneo es precisamente el cumplimiento de los postulados mencionados a travs de las normas religiosas

NORMAS RELIGIOSAS Este tipo de normas ha sido analizado por diversos autores, con diferentes enfoques y denominaciones: usos sociales, normas convencionales, convencionalismos sociales o reglas del trato socialSon prcticas colectivas a las que la sociedad les atribuye cierta fuerza vinculante, son disposiciones que regulan conductas en la sociedad relativas a la urbanidad, a la cortesa, al decoro, a la moda, a la gentileza, el compaerismo, la galantera, etc.Surgen normalmente a travs de la costumbre.Son numerosas y no tienen una codificacin precisaTienen por objeto el saber conducirse en sociedadNORMAS DEL TRATO SOCIALsu violacin tiene como sancin el ridculoEjemplos: saludar, despedirse- usar los cubiertosno hablar con la boca llena- Vestir bien No decir groseras en pblico o en presencia de mujeres y nios, etc..Rigen y coordinan la conducta social de los individuos.Son creadas y aplicadas por los poderes estatales con facultades de coaccin para conseguir su observancia.Constituyen el principio arquitectnico del derecho, lo que da su forma y su sentido, el sistema mediante cual se ordenan los actos humanos a fin de que estos se ajusten a las exigencias y necesidades de la comunidad. NORMAS JURDICASreligiosastrato socialmoralesnormasNormas jurdicasleyesNORMA JURDICAEl derecho se limita a prever la posibilidad que se produzcan hechos y actos cuyas consecuencias cree prudente regular. y cuyo incumplimiento trae aparejada (genera) una sancin. NORMA JURDICAPrescribeProhbeAutoriza o permiteDeterminada conductaEs una regla preceptoordenacinde carcter obligatorioemanada de una autoridad normativa legitimizada (emanada de autoridad competente) tiene por objeto regular las relaciones sociales o la conducta del hombre que vive en sociedad impone deberes (obligaciones) y confiere derechosGeneralmenteEstructura de la Norma JurdicaHiptesis o supuestoConsecuencia o disposicinCAUSAEFECTOEs la expresin conceptual de las condiciones establecidas en la norma como antecedente para el surgimiento de la consecuencia.Antecedente seala el hecho condicionante y suficiente (hiptesis o supuesto)Previene el efecto consecuente a la realizacin del supuesto o hiptesiscon privacin de libertad de uno a cinco aos. ARTICULO 331 del cp. (ROBO).- El que se apoderare de una cosa mueble ajena con fuerza en las cosas o con violencia o intimidacin en las personas,ser sancionado produce un efecto jurdico denominado consecuenciaque al realizarse La nacionalidad boliviana se adquiere por nacimiento o por naturalizacin. Son bolivianas y bolivianos por nacimiento, las personas nacidas en el territorio boliviano, con excepcin de las hijas y los hijos de personal extranjero en misin diplomtica; y las personas nacidas en el extranjero, de madre boliviana o de padre boliviano.Artculo 141 de la CPE. Seala:La nacionalidad boliviana se adquiere por nacimiento o (hecho natural nacimiento en el pas)por naturalizacin. (Acto jurdico art. 142 y ley)

Son bolivianas y bolivianos por nacimiento, las personas nacidas en el territorio boliviano, con excepcin de las hijas y los hijos de personal extranjero en misin diplomtica; y las personas nacidas en el extranjero, de madre boliviana o de padre boliviano.SON BOLIVIANAS Y BOLIVIANAS POR NATURALIZACINCONSECUENCIASER BOLIVIANO O BOLIVIANALunes 21 de julio (11:35 13:00) VIDEOLa Vaca Camilo Cruz - Parte 1.mp4Elementos esenciales del derechoHerramientas que es necesario emplear para entender el derecho (positivo)Hecho(s) jurdico (s)Acto (s) jurdico (s)Situacin jurdicaDeber jurdicoDerecho subjetivoSancinPersona jurdica

HechoSucesoAcontecimientoProducidoNaturalezaHombreVoluntarioInvoluntarioHechos jurdicosConsecuencia hechoHechos Producen efectos jurdicosImportan al derechoNace (crea)Modifica Extingue Un derechoSon irrelevantes para el derechoHechos simples o materiales No producen efectos jurdicosDiscernimientoIntencinLibertadHecho jurdicoContrato c-vCompradorVendedorPrstamoDeudorAcreedorCrea derechos y obligaciones Pago extingue derechos y obligacionesHECHOS JURDICOSIncendio de una casa aseguradaHechos SON HECHOS JURDICOS LOS SUCESOS NATURALES Y LAS CONDUCTAS HUMANAS QUE PRODUCEN EFECTOS JURDICOSDIVISIN DE LOS HECHOS JURDICOS1. HECHOS JURDICOS PROPIAMENTE TALESSON LOS HECHOS (FENMENOS) DE LA NATURALEZA QUE OCASIONAN CONSECUENCIAS JURDICAS2. HECHOS JURDICOS VOLUNTARIOS SIN LA INTENCIN DE PRODUCIR EFECTOS JURDICOS (involuntarios)SON LOS HECHOS MAS O MENOS VOLUNTARIOS QUE PROVOCAN RESULTADOS JURDICOS, AUN CUANDO SU AUTOR NO LOS HAYA PREVISTOILCITOSLICITOSSON LOS CONTEMPLADOS POR LEYSON LOS QUE CAUSAN DAO O PELIGRO INJUSTO A OTRO, CON VIOLACIN A UNA NORMA DOLOCULPAINTENCIONALMEDIA LA NEGLIGENCIAASESINATOHOMICIDIO EN RIAS O PELEAS3. HECHOS JURDICOS QUE SE REALIZAN CON INTENCIN DE PRODUCIR EFECTOS JURDICOS (voluntarios) ACTO JURDICO SON LAS ACCIONES REALIZADAS POR EL HOMBRE CON LA INTENCIN DE PRODUCIR EFECTOS JURDICOS. ACTOHECHO O ACCINHECHO REALIZADO POR EL HOMBREHECHO O ACCIN REALIZADA POR UNA PERSONASON LAS ACCIONES REALIZADAS POR EL HOMBRE CON LA INTENCIN DE PRODUCIR EFECTOS JURDICOS. ACTOS JURDICOS UNILATERALPLURILATERAL O BILATERALACTO JURDICO ACTO JURDICO ES UNA MANIFESTACIN EXTERIOR DE LA VOLUNTAD CREAMODIFICA O EXTINGUE QUE RELACIONESSITUACIONES O NORMAS JURDICAS.RELACIN JURDICANorma JurdicaHiptesis o supuestoConsecuencia o disposicinCAUSAEFECTOContrato c-vcompradorvendedorcrea derechos y obligaciones SUJETO 1SUJETO 2PAGAR LO PACTADO OBLIGACIN DE PAGAR Y DERECHO QUE LE ENTRE LO COMPRADOOBLIGACIN DE ENTREGAR LO VENDIDO Y DERECHO DE RECLAMAR QUE LE PAGUERELACIN JURDICAEs el vinculo, impuesto por la norma jurdica, en virtud del cual un sujeto tiene la facultad de exigir algo que otro esta obligado a cumplirSujeto activoSujeto pasivoUno no cumpleNorma JurdicaHiptesis o supuestoConsecuencia o disposicinCAUSAEFECTOSI SE PRODUCE O MATERIALIZASE DENOMINA HECHO JURDICOSUJETO PASIVOSUJETO ACTIVOPREVIENE EL EFECTO O CONSECUENCIA DE LA REALIZACIN DE LA HIPTESISDERIVA EN RELACIN JURDICAENTRE TITULAR DEL DERECHO SUBJETIVOQUE LE FACULTA A EXIGIR ALGO AL SUJETO PASIVO QUE DEBE CUMPLIR COMO PRESTACIN IMPUESTA POR LA NORMAREGLA DE CONDUCTA OBLIGATORIASANCIONArtculo 450.- (Nocin) Hay contrato cuando dos o ms personas se ponen de acuerdo para constituir, modificar o extinguir entre s una relacin jurdica.De la ventaArtculo 584.- (Nocin) La venta es un contrato por el cual el vendedor transfiere la propiedad de una cosa o transfiere otro derecho al comprador por un precio en dinero.Hiptesis o supuestoHECHO JURDICOArtculo 614.- (Obligaciones principales del vendedor) 1. Entregarle la cosa vendida.Artculo 636.- (Pago del precio)I. El comprador est obligado a pagar el precio en el trmino y lugar sealados por el contrato.ANTE SU INCUMPLIMIENTO RELACIN JURDICADEBER JURDICOLa firma del contrato Es un acto jurdicoRELACIN JURDICAES EL VINCULO IMPUESTO POR LA NORMA JURDICA, EN VIRTUD DE LA CUAL UN SUJETO TIENE LA FACULTAD DE EXIGIR A OTRO LA FACULTAD DE EXIGIR ALGO QUE OTRO ESTA OBLIGADO A CUMPLIRSUJETO PASIVOSUJETO ACTIVOTITULAR DEL DERECHO SUBJETIVOQUE LE FACULTA A EXIGIR ALGO AL SUJETO PASIVO QUE DEBE CUMPLIR COMO PRESTACIN IMPUESTA POR LA NORMASANCINES ENTENDIDA COMO CASTIGO, INDEMNIZACIN DE DAOS Y PERJUICIOS FORZOSA POR EL INCUMPLIMIENTO DE LA NORMA PRIMARIA

= CUMPLIMENTO + PAGO DE DAOS Y PERJUICIOSCLASES DE DERECHODERECHO NATURALDERECHO POSITIVOD. OBJETIVOD. SUBJETIVODERECHO NATURAL; ES EL CONJUNTO DE NORMAS O PRINCIPIOS APLICABLES A LA CONDUCTA DEL HOMBRE EN SOCIEDAD REVELADA POR LA RAZN, INMUTABLE Y UNIVERSAL, COMO EXPRESIN DE ANHELOS E IDEALES QUE DE DESEARIA SE CONVIRTIERAN EN LEYES POSITIVAS.DERECHO POSITIVO; ES EL CONJUNTO DE NORMAS O PRECEPTOS JURDICOS EMANADOS DE AUTORIDAD COMPETENTE QUE RIGEN LAS RELACIONES DE LOS MIEMBROS DE UN ESTADO Y CUYA OBSERVANCIA O CUMPLIMIENTO SE PUEDE CONSEGUIR CON LA FUERZA.DERECHO OBJETIVO; CONSTITUYE UN CONJUNTO DE NORMAS QUE RIGEN OBLIGATORIAMENTE LAS RELACIONES DE LOS HOMBRES QUE VIVEN EN SOCIEDAD. SE REVELA COMO UN SISTEMA ORGNICO.DERECHO SUBJETIVO; ES LA FACULTAD QUE LE ASISTE AL HOMBRE PARA HACER UNA COSA, NO HACER O EXIGIR QUE OTRA PERSONA HAGA O NO ALGO EN PROVECHO SUYO.DERECHOPOSITIVOD. PUBLICOD. PRIVADOINTERNOEXTERNOINTERNOEXTERNOD. CONSTITUCIONALD. ADMINISTRATIVOD. FINANCIERO.D. PENALD. DE FAMILIAD. DEL TRABAJO.D. MINEROD. AGRARIOD. PETROLEROD. PROCESAL CIVIL.D. PROCESAL PENALD. INTERNACIONAL PUBLICOD. INTERNACIONAL PRIVADOD. CIVILD. COMERCIALCONJUNTO DE NORMAS JURDICAS QUE REGULAN LAS RELACIONES DEL ESTADO, COMO ENTE SOBERANO, CON LOS CIUDADANOS O CON OTROS ESTADOS.CONJUNTO DE NORMAS JURDICAS QUE REGULAN LASRELACIONES DE LOS PARTICULARES ENTRE SI.CLASIFICACIN O RAMAS DEL DERECHO POSITIVOTRABAJOElabore un mentefacto de la palabra derechoEn base al trabajo anterior establezca un concepto de lo que es el derechoEstablezca porque es importante el conocimiento del derecho para todo profesionalLeer, interpretar y realizar una mapa conceptual ,de la CONSTITUCIN POLTICA DEL ESTADO - PRIMERA PARTE - BASES FUNDAMENTALES DEL ESTADO - DERECHOS, DEBERES Y GARANTAS - TTULO II - DERECHOS FUNDAMENTALES Y GARANTAS del Artculo 13 al Artculo 107Traer para prxima clase (lunes 28 de julio) la Constitucin Poltica del Estado Plurinacional, el mapa conceptual de los derechos fundamentales establecidos en la CPE. (en Pawer Point y estar en condiciones de exponer su trabajo.