técnicas de litigación oral - la acusación

57
LA LITIGACIÓN LA LITIGACIÓN ORAL DESDE UNA ORAL DESDE UNA PERSPECTIVA PRAGMÁTICA PERSPECTIVA PRAGMÁTICA La acusación

Upload: alberto-sanchez-paquera

Post on 31-Dec-2015

51 views

Category:

Documents


3 download

TRANSCRIPT

Page 1: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

LA LITIGACIÓN LA LITIGACIÓN ORAL DESDE UNA ORAL DESDE UNA

PERSPECTIVA PERSPECTIVA PRAGMÁTICAPRAGMÁTICA

La acusación

Page 2: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Ministerio PúblicoTitular de la acción penal

Art. 159°, inciso 5 de la Constitución Política del Estado: “Atribuciones del Ministerio Público. Corresponde al Ministerio Público: (…) 5. Ejercitar la acción penal de oficio o a petición de parte”.

Page 3: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Ley Orgánica del Ministerio Público

(Decreto Legislativo N° 052) Artículo 1°: “El Ministerio Público es el organismo

autónomo del Estado que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, la representación de la sociedad en juicio, para los efectos de defender a la familia, a los menores e incapaces y el interés social, así como para velar por la moral pública; la persecución del delito y la reparación civil. También velará por la prevención del delito dentro de las limitaciones que resultan de la presente ley y por la independencia de los órganos judiciales y la recta administración de justicia y las demás que le señalan la Constitución Política del Perú y el ordenamiento jurídico de la Nación”.

Page 4: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Código Procesal Penal(Decreto Legislativo N° 957)

Art. IV del Título Preliminar.- “Titular de la Acción Penal. 1. El Ministerio Público es titular del ejercicio público de la acciíon penal en los delitos y tiene el deber de la carga de la prueba. Asume la conducción de la investigación desde su inicio. (…)”.

Page 5: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Artículo 1°, inciso 1.- “Acción Penal. La acción penal es pública. 1. Su ejercicio en los delitos de persecución pública, corresponde al Ministerio Público. La ejercerá de oficio, a instancia del agraviado por el delito o por cualquier persona, natural o jurídica, mediante acción popular”.

Código Procesal Penal(Decreto Legislativo N° 957)

Page 6: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Código Procesal Penal(Decreto Legislativo N° 957)

Artículo 60°.- “Funciones. 1. El Ministerio Público es el titular del ejercicio de la acción penal. Actúa de oficio, a instancia de la víctima, por acción popular o por noticia policial. 2. El Fiscal conduce desde su inicio la investigación del delito. Con tal propósito la Policía Nacional está obligada a cumplir los mandatos del Ministerio Público en el ámbito de su función”.

Page 7: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Definición

El Ministerio Público asume la titularidad del ejercicio de la acción penal bajo la premisa de que es un ente apartado del Poder Judicial y, por tanto, con independencia en el rol de la investigación, es el vigilante de la legalidad durante el curso del proceso.

El principio acusatorio fundamenta la división de funciones ente acusar y juzgar, por lo que constituye la base de la titularidad de la acción penal.

Page 8: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Exp. N° 5386-2007-PHC/TC, F. J. N° 04.

“El Ministerio Público tiene la potestad exclusiva y excluyente de incoar la acción penal y de acusar, por lo que a falta de ésta, el proceso debe llegar a su fin”.

Page 9: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

LA ACUSACIÓN Conforme al principio acusatorio, la

distribución de los poderes de persecución penal y, por ello, de las funciones asociadas a su ejercicio, implican una triple separación entre las funciones de investigación, acusación y enjuiciamiento.

El ejercicio de la acción penal por el Ministerio Público comprende el inicio y dirección de la Investigación Preparatoria, la acusación y su participación en el juicio oral.

Page 10: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Exp. N° 2005-2006-PHC/TC, F. J. N° 05.

“La vigencia del principio acusatorio imprime al sistema de enjuiciamiento determinadas características: a) Que no puede existir juicio sin acusación, debiendo ser formulada ésta por persona ajena al órgano jurisdiccional sentenciador, de manera que si ni el fiscal ni ninguna de las otras partes posibles formulan acusación contra el imputado, el proceso debe ser sobreseído necesariamente; b) Que no puede condenarse por hechos distintos de los acusados ni a persona distinta de la acusada; c) Que no pueden atribuirse al juzgador poderes de dirección material del proceso que cuestionen su imparcialidad”.

Page 11: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

La acusación fiscal es un acto de postulación del Ministerio Público que promueve en régimen de monopolio en los delitos sujetos a persecución pública (artículos 159°.5 de la Constitución, 1° y 92° de la Ley Orgánica del Ministerio Público y 344°.1 NCPP). Mediante la acusación la Fiscalía fundamenta y deduce la pretensión penal; esto es, la petición fundamentada dirigida al órgano jurisdiccional para que imponga una sanción penal a una persona por la comisión de un hecho punible que se afirma que ha cometido. La Fiscalía, como se sabe, en virtud del principio de legalidad u obligatoriedad, está obligada a acusar cuando las investigaciones ofrecen base suficiente sobre la comisión del hecho punible atribuido al imputado (art. 344°.1 NCPP). Acuerdo Plenario N° 06-2009/CJ-116, F. J. N° 06.

Page 12: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

La acusación fiscal puede definirse como el acto procesal mediante el cual se interpone la pretensión procesal penal, consistente en una petición fundada dirigida al órgano jurisdiccional, para que imponga una pena y una indemnización a una persona por un hecho punible que se afirma que ha cometido. Asimismo, debe satisfacer cuantitativa y formalmente los requisitos previstos en la norma jurídico procesal penal.

Page 13: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

La necesidad de que el fiscal formule acusación es un requisito indispensable para la apertura del juicio oral y radica en el principio acusatorio: sin acusación no hay juicio.

En la etapa del plenario, en el juicio propiamente dicho, la imputación es un acto formal y solemne contra una persona determinada, contenida en una acusación. Esta acusación tiene por contenido la valoración de toda la etapa de Investigación Preliminar y concreta la pretensión represiva reclamando al órgano jurisdiccional la aplicación de una pena por la violación de una normal penal determinada.

Page 14: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Contenido de la Acusación (art. 349 del CPP)

Datos que sirvan para identificar al imputado; Relación clara y precisa del hecho que se

atribuye al imputado, con sus circunstancias precedentes, concomitantes y posteriores. En caso de contener varios hechos independientes, la separación y el detalle de cada uno de ellos;

Los elementos de convicción que fundamenten el requerimiento acusatorio;

La participación que se atribuya al imputado;

Page 15: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

La relación de las circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal que concurran;

El artículo de la Ley penal que tipifique el hecho, así como la cuantía de la pena que se solicite;

El monto de la reparación civil, los bienes embargados o incautados al acusado, o tercero civil, que garantizan su pago y la persona a quien corresponda percibirlo, y;

Los medios de prueba que ofrezca para su actuación en la audiencia. En este caso se presentará la lista de testigos y peritos, con indicación del nombre y domicilio, y de los puntos sobre los que habrán de recaer sus declaraciones o exposiciones. Asimismo, hará una reseña de los demás medios de prueba que ofrezca.

Page 16: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Una acusación formal, solemne, circunstanciada en los hechos y en el derecho, es lo que da lugar a una adecuada defensa, que ejerce el imputado conforme a los hechos y derecho que el Ministerio Público le reclama en su requisitoria.

Los marcos de la acusación se encuentran prescritos en el artículo 349° del Código Procesal Penal, el cual nos indica cuáles son los elementos formales y sustanciales conformantes de la acusación.

Acusación vs. Principio de Imputación Necesaria

Page 17: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

La acusación es un acto procesal constitutivo que requiere que se presenten de forma copulativa los siguientes presupuestos: a) La determinación del hecho procesal;b) La calificación jurídica; y c) La fundamentación probatoria

descriptiva del hecho.

Page 18: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Los presupuestos formales y sustanciales exigidos para la acusación tienen una finalidad de protección de la libertad y de los derechos fundamentales en juicio, son de ineludible observancia en tanto regulan la realización del derecho penal material y contribuyen a desenvolver las funciones fundamentales del proceso penal como son: acusación, derecho de defensa, derecho a la prueba idónea y sentencia fundada en derecho, de modo que una sentencia o cualquier otra resolución sea impuesta en juicio oral de forma regular y legal.

Page 19: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Señala Julio B. MAIER que “la imputación correctamente formulada es la llave que abre la puerta de la posibilidad de defenderse eficientemente, pues permite negar todos o algunos de sus elementos para evitar o aminorar la consecuencia jurídico penal (…) esto es, un relato impreciso y desordenado de la acción u omisión que se pone a cargo del imputado y mucho menos en una abstracción acudiendo al nombre de la infracción, sino que, por el contrario, debe tener como presupuesto la afirmación clara, precisa y circunstanciada de un hecho concreto, singular de la vida de una persona. ello significa describir un acontecimiento de modo, tiempo y lugar que lo ubiquen en el mundo de los hechos (temporal y espacialmente) y le proporcione su materialidad concreta”.

Page 20: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Exp. 8125-2005-PHC/TC, F. J. N° 40.

“La protección constitucional del derecho de defensa del justiciable (…) no se colma únicamente con la puesta en conocimiento al sujeto pasivo de aquellos cargos que se le imputan, sino que comporta una ineludible exigencia, cual es que la acusación ha de ser cierta, no implícita, sino, precisa, clara y expresa, es decir, una descripción suficientemente detallada de los hechos considerados punibles que se imputan y del material probatorio en que se fundamentan, y no como en el presente caso, en que se advierte una acusación genérica e impersonalizada que limita o impide al procesado un pleno y adecuado ejercicio constitucional del derecho de defensa”.

Page 21: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Recomendaciones para la elaboración de una correcta

Acusación

1)Para que la redacción de la acusación se adecue a las exigencias establecidas para la pretensión acusatoria, los hechos deben narrarse siempre a través de oraciones enunciativas, ello en razón que este tipo de oraciones expresan la conformidad o disconformidad entre sujeto y predicado, ya sea en modo afirmativo o negativo.

Page 22: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Recomendaciones para la elaboración de una correcta

Acusación2) La línea expositiva debe presentarse

objetivamente, esto es, de modo despersonalizado sin expresiones retóricas, frases o términos jurídicos, palabras rebuscadas o elementos argumentales o de persuasión, menos aún transposiciones temporales, en otros términos, el hecho histórico debe presentarse de manera limpia, clara y precisa de modo que permita determinar el perfil de la pretensión de forma ininterrumpida, con un esquema cronológico sólido.

Page 23: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

3) Para presentar –el Ministerio Público- adecuadamente los cargos, éste debe identificar el hecho histórico natural, para ello tiene que responder mínimamente las siguientes interrogantes:- ¿Qué indicios permiten reconstruir los contornos esenciales del hecho histórico?- ¿Con qué? ¿Cómo? o ¿De qué modo se relacionan los indicios con el hecho histórico?- Si son varias los imputados, ¿cuál es el marco de participación de cada uno de ellas?, ¿cuál es la acción o el apoyo o colaboración brindada en forma individual para que el hecho se materialice?

Recomendaciones para la elaboración de una correcta

Acusación

Page 24: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Notas

La exposición de los hechos es una narración. La primera parte lo constituye la presentación, que no es otra cosa que la indicación de las circunstancias de tiempo y lugar del acto u omisión en las que resultó lesionado un bien jurídico protegido por el ordenamiento jurídico. Se requiere que se conjugue en un todo inescindible: sujeto imputado, tiempo y lugar de la relación.

Page 25: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Notas

El segundo ámbito lo constituye el núcleo del relato histórico, es decir, el desarrollo de la relación que está constituido por la conformación o desenvolvimiento de las circunstancias que integran el cuadro presentado y en el que se debe incluir las posibles modificaciones que se producen por la integración de nuevos elementos.

Page 26: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Notas

Como tercera parte, se requiere la conclusión que colocan al acto o actos realizados por comisión, omisión o por comisión por omisión como antijurídicas y de las que surge la lesión o puesta en peligro al bien jurídico y la responsabilidad penal en base a la situación jurídica preexistente.

Page 27: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

Finalmente, la redacción de los hechos debe ser además consistente e integralmente descrita en términos que lo pueda entender el ciudadano común, no basta con que se diga que es responsable de un determinado delito, tampoco es suficiente atribuirle tal o cual conducta o cualidad, se requiere que estas afirmaciones estén conectadas con la descripción fáctica de un concreto comportamiento humano y no de la asignación de una cualidad jurídicamente disvaliosa.

Notas

Page 28: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

CASO N° 01

Page 29: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 30: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 31: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 32: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 33: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 34: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 35: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 36: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 37: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 38: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 39: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 40: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

CASO N° 02

Page 41: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 42: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 43: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 44: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 45: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 46: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 47: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 48: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 49: Técnicas de Litigación Oral - La acusación

CASO N° 03

Page 50: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 51: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 52: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 53: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 54: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 55: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 56: Técnicas de Litigación Oral - La acusación
Page 57: Técnicas de Litigación Oral - La acusación