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Subdirección General Técnica Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico Lineamientos para la Supervisión y Verificación de Vivienda INFONAVIT Lineamientos EPI_00021 V.2 Fuera del Sistema ARA este documento es una copia No Controlada Hoja 1 de 50 Contenido Contenido................................................................................................... 1 Objetivo ...................................................................................................... 2 Alcance....................................................................................................... 2 Definiciones y Generalidades .................................................................. 2 Responsabilidades .................................................................................... 7 Políticas.................................................................................................... 10 Identificación de cambios....................................................................... 11 Diagrama de Flujo ................................................................................... 12 Desarrollo................................................................................................. 13 I.1 Alcances de la Supervisión ............................................................... 13 I.2 Aranceles de Supervisión.................................................................. 19 I.3 Plantillas de Supervisión ................................................................... 23 II Verificación de Obras......................................................................... 24 II.1 Verificación de Obras para Ofertas Presentadas Hasta el 26 de Mayo de 2004 ........................................................................................... 25 II.2 Alcances de Verificación de Obras para Ofertas Presentadas a Partir del 27 de Mayo de 2004 ................................................................ 38 II.3 Plantillas De Verificación De Obra. ................................................. 44 III Sanciones ............................................................................................ 45 Referencias Documentales..................................................................... 46 Normatividad ........................................................................................... 46 Formatos de Registro ............................................................................. 47 Autorizaciones ......................................................................................... 50

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Lineamientos para la Supervisión y Verificación de Vivienda INFONAVIT Lineamientos EPI_00021 V.2

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Contenido Contenido...................................................................................................1

Objetivo ......................................................................................................2

Alcance.......................................................................................................2

Definiciones y Generalidades ..................................................................2

Responsabilidades....................................................................................7

Políticas....................................................................................................10

Identificación de cambios.......................................................................11

Diagrama de Flujo ...................................................................................12

Desarrollo.................................................................................................13

I.1 Alcances de la Supervisión ...............................................................13

I.2 Aranceles de Supervisión..................................................................19

I.3 Plantillas de Supervisión ...................................................................23

II Verificación de Obras.........................................................................24

II.1 Verificación de Obras para Ofertas Presentadas Hasta el 26 de Mayo de 2004 ...........................................................................................25

II.2 Alcances de Verificación de Obras para Ofertas Presentadas a Partir del 27 de Mayo de 2004 ................................................................38

II.3 Plantillas De Verificación De Obra. .................................................44

III Sanciones ............................................................................................45

Referencias Documentales.....................................................................46

Normatividad ...........................................................................................46

Formatos de Registro .............................................................................47

Autorizaciones.........................................................................................50

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Objetivo Establecer los alcances, procedimientos y requisitos para la verificación y supervisión de la ejecución de la vivienda que se adquiere con crédito del INFONAVIT, a través de los servicios de empresas de supervisión externa, que aplicarán durante los procesos de construcción de la vivienda y conjuntos habitacionales.

Alcance Es de observancia y aplicación obligatoria para el personal del Area Técnica en Oficinas Centrales y en Delegaciones Regionales, así como para las empresas de verificación y supervisión de obra que presten sus servicios al INFONAVIT a nivel Nacional, además es aplicable para la verificación de Paquetes de Línea II, en cualquiera de sus modalidades: Tradicional, Vivienda Económica, Programas Especiales, y con aplicación del Numeral 23; y Mercado Abierto Vivienda Nueva en Conjuntos Habitacionales, y supervisión de la vivienda que financia el Instituto bajo el esquema de Paquetes de Créditos en Línea III, Cofinanciamiento Estatal y Línea III individual.

Definiciones y Generalidades

Área Técnica (Delegación Regional).- equivalente al Área Técnica en el DF de CODIFE. Acceso al Sistema Electrónico de Avalúos Inmobiliarios (SELAI).-Página de Infonavit en Internet (www.infonavit.org.mx), sección Infonavit Ampliado; selección: Unidades de Valuación. Acceso al Sistema Electrónico de Registro Oferta.-Página de INFONAVIT en Internet (www.infonavit.org.mx), sección desarrollador. ACCESO AL SISTEMA ELECTRONICO DE VERIFICACIÓN DE OFERTA DE VIVIENDA.-Página de INFONAVIT en Internet (www.infonavit.org.mx), sección INFONAVIT Ampliado; selección: Verificadores. Aplicación Numeral 21.- El H. Consejo de Administración, en su Sesión 615, celebrada el día 28 de agosto del 2002 aprobó el dictamen de la Sesión conjunta Número 133 y 33 de la Comisión de Seguimiento de Metas y del Comité Tripartito de Reglamentos, Normas y Procedimientos, con relación a la propuesta de la Subdirección General Técnica de modificación al Numeral 21 del Instructivo de Presentación, Evaluación y Aprobación de Paquetes de Vivienda en Línea II, para quedar como sigue:

21.-“EL OFERENTE será responsable de la calidad de la vivienda como producto terminado, garantizando su durabilidad mediante el uso de procedimientos constructivos, materiales y productos que así lo aseguren.

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“EL INFONAVIT verificará a través de empresas externas, personas físicas y morales, con registro en el padrón Institucional y conforme a los alcances y aranceles que el organismo establezca, el cumplimiento del proyecto ejecutivo aprobado por el Instituto y autorizado por las autoridades competentes, así como las especificaciones y calidad ofrecidas al derechohabiente por el oferente”

Aplicación Numeral 23.- Paquetes de Vivienda en Línea II que cuentan con la posibilidad de solicitud de recursos financieros, como anticipo para la terminación de obras, a un avance de obra establecido y con cargo a los créditos otorgados (Instructivo de Presentación, Evaluación y Aprobación de Paquetes de Vivienda en Línea II). Atraso.- Diferencia entre el compromiso programado contractual y el real ejecutado dividido entre el avance programado a una determinada fecha. Avalúo inmobiliario.- Dictamen que elaboren los peritos valuadores sobre el valor de los inmuebles y que esté certificado por la Unidad de Valuación en cuyo padrón se encuentre inscrito el perito valuador correspondiente. La determinación del valor comercial de una vivienda es en pesos mexicanos, referida a una fecha específica, tomando en cuenta las condiciones físicas y urbanas del inmueble, su ubicación, los precios del mercado y la capitalización por renta, efectuada por un perito valuador debidamente acreditado. Avance Programado de Obra.- Volumen de obra comprometido contractualmente a ejecutar a una fecha determinada, expresado en porcentaje. Avance Real de Obra.- Volumen de obra real ejecutada a una fecha determinada expresada en porcentaje. Cambio de Especificaciones.- Modificaciones solicitadas por el desarrollador o constructor respecto de una oferta de vivienda y proyecto ejecutivo aprobado sobre aspectos arquitectónicos y urbanísticos. Estos se realizarán en apego a lo que establece el “Procedimiento para la Evaluación Técnica de Solicitudes de Modificaciones Urbanas y Arquitectónicas a Paquetes de Vivienda”. CAP.- Comité de Aprobación de Paquetes Clasificación de Ofertas de Paquetes De Línea II y de Vivienda Nueva En Mercado Abierto (*).- Para efecto de los alcances en la prestación de los servicios de verificación establecidos en los “Lineamientos de Supervisión y Verificación de Vivienda INFONAVIT”, las ofertas se clasifican en: Tipo “A”, Tipo “B” y Tipo “C”. Tipo “A” .- Ofertas con obras por iniciar o en proceso con avance hasta del 10%

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Tipo “B”.- Ofertas con obras en proceso con avance mayor al 10% y hasta el 90% Tipo “C”.- Ofertas con viviendas terminadas o con obras en proceso con avance mayor al 90%

(*) Las clasificaciones: Tipo “A”, “B” y “C”, aplican para las ofertas registradas hasta el 26 de mayo de 2004 Para las ofertas presentadas después del 26 de mayo de 2004, NO APLICA CLASIFICACIÓN, toda vez que deben presentarse sin inicio.

Clave de Registro (16 Dígitos).- Clave única de registro con el que se identifica a la oferta o programa de vivienda inscrito al instituto y que consta de 16 dígitos. Cofinanciamiento Estatal.- Paquetes de Vivienda en Línea II y que se identifican porque en las posiciones 8 y 9 dentro de la clave de registro (de 16 dígitos) de este tipo de ofertas se asienta el número 23. Desfase.- Diferencia entre el compromiso programado contractual y el real ejecutado. Dictamen Técnico Único O DTU.- Es el documento que valida la terminación de la(s) vivienda(s), el cumplimiento de las especificaciones y características arquitectónicas, urbanas y de infraestructura señaladas en la presentación y registro de la oferta (proyecto ejecutivo aprobado y autorizado), y constata de que se cuenta con las autorizaciones oficiales así como el asegurar la dotación y uso de los servicios necesarios para que los acreditados las habiten. Empresas de Supervisión.- Empresas que están registradas en el Padrón de Contratistas del INFONAVIT, a través de su página en Internet y cuyo registro esté aprobado y que: • Prestan Servicios de Verificación y/o Dictaminación Técnica: en la modalidad de

Paquetes de Línea II y en Conjuntos Habitacionales de Vivienda Nueva en Mercado Abierto; con la obligación, durante la ejecución de las obras de realizar como mínimo una visita semanal. Son seleccionadas y contratadas por INFONAVIT.

• Prestan Servicios de Supervisión en modalidad de, Paquetes de Línea III, Línea III Individual, Línea II (con aplicación de Numeral 23) y Cofinanciamiento, con la obligación, de contar en obra con personal técnico de planta, durante todo el desarrollo de las obras. Son seleccionadas y contratadas por INFONAVIT, para el caso de Paquetes de Línea III, son seleccionadas por INFONAVIT y contratadas por la Fiduciaria.

Instituto o INFONAVIT.- Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

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JAT.- Jefe de Área Técnica en Delegaciones. Línea II Tradicional.- Paquetes de Vivienda en Línea II y que se identifican porque en las posiciones 8 y 9 dentro de la clave de registro (de 16 dígitos) de este tipo de ofertas se asientan los números 21 y 24. Línea II Programas Especiales.- Paquetes de Vivienda en Línea II, que en su momento ingresaron como programas especiales de vivienda económica o al de aplicación de valor de avalúo. En las posiciones 8 y 9 dentro de la clave de registro (de 16 dígitos) de este tipo de ofertas se identifican con los números 41, 44; 21 y 24 con la leyenda de programa especial ó 27. Línea II Vivienda Económica.- Paquetes de Vivienda en Línea II, cuyo precio de venta es igual o inferior a 117.06 Salarios Mínimos Vigentes en el Distrito Federal, o el que en su caso, determine el H. Consejo de Administración. En las posiciones 8 y 9 dentro de la clave de registro (de 16 dígitos) de este tipo de ofertas se identifican con los números 28 y 29. Línea III Individual.- Corresponde a la opción que tienen los derechohabientes para ejercer de manera individual su crédito de acuerdo a lo señalado en la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Artículo 42, Inciso II (b); para la Construcción de Vivienda en lote de su propiedad y con servicios operando. Municipalización.- Acto formal de recepción por parte del Municipio, de los bienes inmuebles, equipo e instalaciones de servicio de una área urbanizada, que cumpliendo con los ordenamientos y reglamentos correspondientes y estando en estado de operatividad y funcionamiento, le permite, de acuerdo a su competencia, dar los servicios públicos necesarios para el bienestar de la comunidad ahí asentada y realizar las obras de mantenimiento que se requieran. Ofertas de Línea II en Paquetes o de Vivienda Nueva en Mercado Abierto Presentadas Después del 26 de Mayo de 2004.- Son las ofertas que deben registrarse sin inicio de obra. Paquete De Créditos En Línea III.- Corresponde a la opción que tienen los derechohabientes para que puedan beneficiarse con los terrenos que les gestionen las organizaciones obreras o empresariales en los cuales decidan edificar sus viviendas, ejerciendo simultáneamente en grupo los créditos que individualmente les otorga el Instituto, de acuerdo a lo señalado en la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Artículo 42, Inciso II (b); para la Construcción de Vivienda. Paquete de Vivienda En Línea II (*).- Desarrollo de programas de construcción de viviendas nuevas, por iniciar, que no sean financiadas por el INFONAVIT y cuya edificación observe al menos las disposiciones que en materia de desarrollo

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urbano, medio ambiente y construcción establecen las autoridades federales, estatales y municipales. De acuerdo a lo señalado en la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Artículo 42, Inciso II (a) estarán destinadas a la adquisición en propiedad por los derechohabientes a quienes el Instituto les otorgue un crédito.

(*) En ofertas registradas hasta el 26 de mayo de 2004, éstas podrán estar edificadas en su totalidad, en proceso de construcción o por iniciarse.

Presentación de Oferta sin Inicio de Obra.- Aplica para ofertas presentadas después del 26 de mayo de 2004 y considera dos situaciones: Predios en Breña y Predios Urbanizados como parte de Planes Maestros o predios urbanos con trabajos hasta la cimentación. Programa de Obra.- Volumen de obra a ejecutar, en un tiempo determinado, comprometido contractualmente. Sistema Electrónico de Registro Oferta.- Sistema electrónico, para el registro de oferta, por parte de los oferentes y a través del cual se realiza el registro de avances de obra por parte de los verificadores. Sistema Electrónico de Avalúos Inmobiliarios (SELAI).- Sistema electrónico, a través del cual al Área Técnica realiza el registro de la asignación y contratación de la empresa de verificación. Oferta Terminada (*).- La vivienda ofertada al Instituto ya terminada o con avance mayor al 90% (por terminarse) ya sea en Paquetes o en Conjuntos Habitacionales de Vivienda Nueva en Mercado Abierto. (*) Aplica para ofertas registradas hasta el 26 de mayo de 2004. Vivienda en Conjuntos Habitacionales ee Mercado Abierto.- Vivienda en Línea II y que se identifican porque en las posiciones 8 y 9 dentro de la clave de registro (de 16 dígitos) de este tipo de ofertas se asientan los números 51, 54, 58 y 59.

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Responsabilidades En Oficinas Centrales Subdirección General Técnica.- Vigilar el cumplimiento de estos Lineamientos Establecer con las instancias internas o externas los canales de comunicación y colaboración para el cumplimiento de estos Lineamientos. Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico.-Difundir, asesorar y verificar la aplicación de estos lineamientos. Gerencia Consultivo Crédito.-Actualizar y validar los modelos de contrato de prestación de servicios profesionales; establecer lineamientos para la elaboración de los convenios modificatorios, asesorar a las áreas que lo requieran al respecto de la suscripción de éstos instrumentos. Subdirección General de Planeación y Finanzas.- Intervenir a través de sus diferentes Gerencias en la programación, recepción, dictaminación y pago de honorarios a las empresas de supervisión o verificación. Contraloría Interna.- Auditar el cumplimiento de estos lineamientos. Coordinación de Registro, Evaluación y Aprobación de Proyectos de Vivienda.- Proporcionar a las Áreas Técnicas el acceso a la información de las ofertas aprobadas por CAP y en su caso a las modificaciones aprobadas, para suscribir los contratos de prestación de servicios profesionales de verificación o dictaminación técnica de las ofertas. Recibir, validar y en su caso aprobar las solicitudes de registro al Padrón Institucional de empresas oferentes y supervisoras, para que éstas puedan realizar la prestación de sus servicios en las aplicaciones electrónicas que así lo requieran. Subdirección General de Delegaciones Regionales.- En coordinación con la Subdirección General Técnica, intervenir en la instrumentación, aplicación y operación de estos lineamientos. Delegaciones Regionales y Coordinación del Distrito Federal.- Delegado Regional o Representante de la Dirección General y Coordinador del Distrito Federal.- Cumplir, hacer cumplir e informar a todo el personal de su Delegación la aprobación y aplicación de éstos lineamientos y ejecutar las acciones que correspondan para constatar y garantizar su cumplimiento. Subdelegaciones y Oficinas Locales.- Cumplir, hacer cumplir e informar a todo su personal la aprobación y aplicación de éstos lineamientos y ejecutar las acciones que correspondan para constatar y garantizar su cumplimiento. Jefes de Área Técnica.- Cumplir, hacer cumplir e informar a todo el personal de su Área, la aprobación y aplicación de éstos lineamientos y ejecutar las acciones que correspondan para constatar y garantizar su cumplimiento.

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Proporcionar, a las empresas de supervisión y verificación la información técnica de las modificaciones aprobadas. Informar por escrito, a las empresas supervisoras u oferentes, a las instancias internas o externas según corresponda y en su caso ejercer las acciones que procedan con relación al cumplimiento contractual y a los alcances establecidos en estos lineamientos para la prestación de los servicios profesionales o los relacionados con éstos. Designar actividades y responsabilidades específicas al personal adscrito a su área. Validar y en su caso autorizar para su trámite los asuntos presentados por el personal adscrito a su área. Registrar la asignación y contratación de las empresas verificadoras dentro del “Sistema Electrónico de Avalúos Inmobiliarios”, para dar acceso a éstas al registro del 80% y DTU.

Para ofertas registradas a partir del 27 de mayo de 2004, en su caso, designar al laboratorio de control de calidad que efectuará pruebas de laboratorio de materiales y mecánica de suelos, con cargo al Oferente. Personal Adscrito al Área Técnica.- Con base en los modelos de contrato de prestación de servicios profesionales de supervisón o verificación, elaborar e integrar la información requerida para suscripción de los mismos, así como, en su caso, de los convenios modificatorios requeridos. Revisar el cumplimiento de la prestación de los servicios de verificación y supervisión con base a los alcances establecidos en estos lineamientos y a las obligaciones contraídas contractualmente por las empresas. Revisar las solicitudes de pago de honorarios por la prestación de los servicios profesionales de supervisión o verificación, en apego al cumplimiento de los alcances establecidos en estos lineamientos. Informar y/o presentar al Jefe de Área Técnica para su validación el resultado de las actividades asignadas. Jefes de Área Jurídica.- Formalizar en un término no mayor de tres días la suscripción de los contratos de servicios profesionales y en su caso de los convenios modificatorios respectivos y custodia los mismos.

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Jefes de Área Administrativa.- Tramitar la aplicación de solicitudes de pagos por servicios de supervisión o verificación, validadas por el Área Técnica, en los términos del PES_00027 “Procedimiento de Pagos Vía Electrónica: Bienes y Servicios(Delegaciones Regionales)” Centros de Servicio INFONAVIT (CESI’s).- Informar a quien lo requiera: derechohabientes, acreditados, constructores, desarrolladores, empresas supervisoras; el cumplimiento a lo dispuesto en éstos lineamientos, con base a la línea de crédito de que se trate. Empresas Externas Oferentes, Desarrolladores, Promotores y Constructores.- Entregar mínimo 7 días antes del inicio de obra, al Verificador Asignado, una copia electrónica del Proyecto Ejecutivo completo, ésta será copia fiel de la oferta que se ingreso y aprobó en el “Sistema de Registro de Oferta”, con base a los requisitos establecidos en los Procedimientos: “EPI_00008 Presentación, Evaluación, Aprobación e Individualización de Paquetes de Vivienda Económica en Línea II”; ”EPI_00019 Presentación, Evaluación y Aprobación de Paquetes de Vivienda en Línea II Vía Electrónica”, “PES_00022 Registro de Viviendas Nuevas en Conjuntos Habitacionales de Mercado Abierto”. Cumplir lo establecido en el numeral 21, del Instructivo de Presentación, Evaluación y Aprobación de Paquetes de Vivienda en Línea II en el sentido de que: será responsable de la calidad de la vivienda como producto terminado, garantizando su durabilidad mediante el uso de procedimientos constructivos, materiales y productos que así lo aseguren. Brindar las facilidades para la prestación de los servicios de verificación o supervisión tales como: tener en sitio de la obra copia impresa del Proyecto Ejecutivo, así como, copia de la documentación relacionada con la ejecución de las obras; resultado de pruebas de laboratorio de control de calidad, solicitudes, aclaraciones o aprobación de modificaciones, al Proyecto Ejecutivo originalmente registrado; dicha documentación la presentaran y pondrán a disposición del verificador o supervisor, para su consulta. Para ofertas registradas a partir del 27 de mayo de 2004, en su caso, realizar el pago del laboratorio de control de calidad que efectuará pruebas de materiales y mecánica de suelos y que designó el Área Técnica de la Delegación. Empresas de Verificación y/o Supervisión.- Cumplir lo establecido en el numeral 21, del Instructivo de Presentación, Evaluación y Aprobación de Paquetes de Vivienda en Línea II en el sentido de verificar el cumplimiento del proyecto ejecutivo aprobado por el Instituto y autorizado por las autoridades competentes, así como las especificaciones y calidad ofrecidas al derechohabiente por el oferente. Realizar la prestación de sus servicios con estricto apego a lo establecido en estos lineamientos.

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Laboratorios de Control de Calidad.- Que las pruebas realizadas a los materiales, se efectúen con base a la elaboración e intensidad que especifican las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) o Normas Mexicanas (NMX) vigentes que correspondan. Fiduciarias.- Que en la prestación de los servicios de supervisión por ellas contratadas, las empresas cumplan con los alcances y aranceles establecidos en estos lineamientos, en las Intensidades Mínimas de Muestreo (Anexo B). Otros Empresas Consultoras.- Emitir los criterios, dictámenes u opiniones que con base a estos Lineamientos, les sean requeridos por el INFONAVIT. Directores Responsables de Obra y Peritos de Obra.- Garantizar que los Proyectos Ejecutivos, de las ofertas presentadas al INFONAVIT, se apeguen a las disposiciones que en materia de desarrollo urbano, medio ambiente y construcción establecen las autoridades federales, estatales y municipales. Especialistas en Estructuras, Mecánica de Suelos, Geofísica, Hidráulica u otros.- Emitir los estudios, informes, dictámenes u opiniones técnicas inherentes que con base a estos Lineamientos, les sean requeridos por el INFONAVIT.

Políticas 1. Todas las empresas que presten servicios de supervisión o verificación deben contar con la aprobación de su registro a través de la página de INFONAVIT en Internet.

2. Todas las empresas de supervisión, que presten servicios de supervisión o de verificación deben ser seleccionadas y contratadas de acuerdo a la normatividad vigente.

3. En el caso de ofertas de Línea II en Paquetes, las empresas de verificación deben ser asignadas al momento que se valida la integración de la oferta y contratadas dentro de los 7 días posteriores a que el CAP emite la aprobación de la oferta.

4. En el caso de ofertas de Línea II en Mercado Abierto, las empresas de verificación deben ser asignadas al momento que se valida la integración de la oferta y contratadas dentro de los 7 días posteriores al primer pago de la cuota única de inscripción.

5. Todas las empresas de supervisión y en cada una de las obras que tengan asignadas, deben realizar la supervisión o verificación de las obras en apego a los alcances establecidos en estos “Lineamientos de Supervisión y Verificación de Vivienda INFONAVIT”

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6. El Dictamen Técnico de la Obra Ejecutada, en Paquetes de Línea II y el Dictamen Técnico de la Obra Ejecutada o Terminada de Vivienda Nueva de Mercado Abierto, sólo aplicará para las ofertas registradas hasta el 26 de mayo de 2004.

7. En el caso de ofertas de Paquetes en Línea II o Vivienda Nueva en Mercado Abierto, registradas después del 26 de mayo de 2004, el plazo de ejecución de obra e inicio de los servicios de verificación, se considerará:

a) Paquetes en Línea II, máximo 7 días posteriores a la fecha en que el Comité de Aprobación de Paquetes emita la opinión favorable sobre la misma.

b) Para Oferta de Vivienda Nueva en Mercado Abierto, máximo 7 días posteriores a la fecha del primer pago de la cuota única de registro.

8. En el caso de Línea III en Paquetes o Individual, previo a la aprobación del paquete o del presupuesto de Línea III Individual, se asignará a la empresa de supervisión que prestará los servicios, y esta realizará visita al terreno para dictaminar su viabilidad.

Identificación de cambios

1. Se reordenan los Capítulos para facilitar su consulta.

2. Se incluye en Definiciones y Generalidades, las relativas a Avalúo, Cambio de Especificaciones, Dictamen Técnico Único, Clasificación de Ofertas de Línea II en Paquetes o Mercado Abierto, Clave de 16 Dígitos, Cofinanciamiento Estatal, Instituto, Línea II Tradicional, Línea III Individual, Municipalización, Paquetes de Crédito de Línea III, Paquetes de Vivienda en Línea II, Sistema de Registro de Oferta, Sistema Electrónico de Avalúos Inmobiliarios, Vivienda de Programas Especiales, Vivienda Económica y Vivienda Nueva en Mercado Abierto.

3. Se incluye el capítulo de Políticas y Autorizaciones.

4. Se modifica redacción para precisar la aplicación de dictaminación de la obra ejecutada y/o vivienda terminada de la oferta de Mercado Abierto y de paquetes de Línea II.

5. Se incluye la responsabilidad de los verificadores para registrar el avance del 80% y DTU, dentro del “Sistema de Registro de Oferta-Verificación de oferta de Vivienda” en la página de INFONAVIT en Internet.

6. En formatos de Registro, los que corresponden al Dictamen Técnico Único, se excluyen de estos Lineamientos para quedar contenidos exclusivamente en el EPI_00028 y en el EPI_00030.

7. En formatos de Registro, los formatos de reporte FR-1, se modifican con relación a la evaluación de la calidad y se excluyen de estos Lineamientos, para quedar contenidos exclusivamente en el EPI_00028 y en el EPI_00030.

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Diagrama de Flujo No aplica

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Desarrollo Todas las actividades que se describen a continuación son responsabilidad de la Empresa de

Supervisión

I. Supervisión De Obras Aplica para Paquetes de Crédito de Línea III, Cofinanciamiento y Línea III Individual. Objetivos de la Supervisión 1. Vigilar el apego de los trabajos a lo establecido en los proyectos ejecutivos, tanto urbanos como

arquitectónicos, que sirvieron para la aprobación del Paquete de Créditos en Línea III, Cofinanciamiento y Línea III individual.

2. Vigilar el cumplimiento de los programas de obra y emprender acciones que permitan prever o resolver

problemas que pudieran afectar el tiempo de entrega de las viviendas. 3. Verificar que exista la memoria de cálculo, las especificaciones estructurales y estudio de mecánica de

suelos, de la oferta de vivienda, los cuales garanticen una vida útil de por lo menos 30 años. 4. Supervisar que la construcción de las viviendas cumpla con las especificaciones contempladas en el

proyecto ejecutivo aprobado. 5. Vigilar que se cumpla con lo establecido en las cláusulas contractuales con el constructor o

desarrollador. 6. Vigilar que el financiamiento autorizado se destine para el fin que fue concedido. 7. Supervisar el avance real de las obras, para estar en posibilidad de pagar las ministraciones, cuando el

sistema o modalidad así lo requiera. 8. Ofrecer información del avance de las obras oportunamente, para que el Instituto autorice los

convenios entre los acreditados y los oferentes de vivienda. I.1 Alcances de la Supervisión 1. Antes del inicio de la obra 2. Al inicio de la obra 3. Durante el proceso de la obra 4. Al término de la obra.

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1.- Alcances Antes del Inicio de la Obra.

1.1 Revisar que los Anexos Técnicos estén completos y analizar cada uno de sus componentes, que deben ser: a) Proyecto Urbano Ejecutivo b) Proyecto Arquitectónico Ejecutivo c) Proyecto Ejecutivo de Infraestructura, cuando se requiera; y factibilidad de incorporación a las

redes de servicios urbanos existentes. d) Catálogo de Conceptos, indicando la incidencia porcentual de cada uno respecto al total. e) Catálogo de Especificaciones f) Programa de Obra g) Programa Físico- Financiero h) Programa de Recursos Humanos y Técnicos i) Programa de Suministros j) Programa de Utilización de equipo k) Estudio de Mecánica de Suelos (especialmente las conclusiones)

1.2 Visitar el terreno donde se ubicará la obra y conocer las características del mismo. 1.3 Conocer el sistema bajo el que fue autorizado el desarrollo y estudiar los documentos de contrato 1.4 Establecer con las partes participantes los canales de comunicación necesarios. 1.5 Obtener del Instituto, Delegación Regional o Coordinación del Distrito Federal los anexos técnicos

con los que se aprobó 1.6 Constatar la existencia de licencias, permisos y autorizaciones debidamente requisitadas por la

autoridad correspondiente, como son: Uso del suelo, licencias de construcción, de fraccionamiento, agua potable, drenaje y alcantarillado y energía eléctrica.

2.- Alcances al Inicio de la Obra.

2.1 Abrir Bitácora de Obra y registrar firmas. El uso de la bitácora se establece en el (Anexo A) 2.2 Constatar la existencia de Anexos Técnicos en obra.

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2.3 En caso de identificar faltantes, inconsistencias u omisiones en lo Anexos Técnicos lo notificará al Área Técnica (DR), a más tardar al segundo día hábil de haberlo detectado.

2.4 En caso de faltantes solicitará la entrega de los mismos determinando el plazo de entrega. 2.5 En caso de inconsistencias u omisiones, recomendará las acciones a ejecutar. 2.6 Independientemente de las notificaciones mencionadas debe realizar los asientos de bitácora

correspondientes. 2.7 Conocer la "Cédula de Presentación y el Anexo Técnico, así como, en su caso, la cédula de

presentación de Línea III Individual y anexo Técnico del paquete aprobado y verificar la congruencia entre éste y el Proyecto Ejecutivo.

2.8 Notificar por escrito al Instituto la fecha real de inicio de los trabajos de Paquetes de Créditos en

Línea III.

3.- Alcances Durante el Proceso de Obra. 3.1 Vigilar el cumplimiento del programa de obra de acuerdo a las características de cada línea y

conforme a los formatos que se anexan. 3.2 Utilizar la Bitácora de Obra (Anexo A) en los términos establecidos. 3.3 Supervisar que los trabajos se ejecuten de acuerdo al proyecto ejecutivo autorizado y que cumpla

con las normas y especificaciones consideradas en los anexos técnicos del contrato. 3.4 Rechazar cualquier modificación urbana y/o arquitectónica, al proyecto ejecutivo aprobado, sin que

exista la aprobación previa avalada por la Delegación Regional para realizarla, de acuerdo a la normatividad establecida para este efecto en el PES_00011 Procedimiento para la Evaluación Técnica de Solicitudes de de Modificaciones Urbanas y Arquitectónicas a Paquetes de Vivienda en Línea II.

3.5 Vigilar que las obras se ejecuten con la calidad requerida y evaluarla de acuerdo a lo dispuesto en

los Criterios Generales para Evaluar y Calificar la Calidad de la Vivienda (Anexo D). 3.6 Coordinar al laboratorio de control de calidad, contratado por el constructor, y a través de él vigilar

la calidad de los materiales y números mínimos de muestreo de los materiales, conforme a la intensidad y ejecución que especifican las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) o Normas Mexicanas (NMX) vigentes que correspondan, así como en las Intensidades Mínimas de Muestreo (Anexo B).

3.7 Emitir recomendaciones sobre aspectos de omisión en el proyecto o su ejecución, que pudieran

ocasionar fallas o afectaciones estructurales, cuyas medidas de corrección deban ser dictaminadas por un especialista y dar aviso de éstas al Jefe del Área Técnica y a la Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico, en su caso los honorarios del dictamen serán con cargo al constructor.

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3.8 Elaborar y presentar quincenalmente los reportes de obra, a la Delegación Regional del

INFONAVIT, de acuerdo a lo establecido en el EPI_00030 “Procedimiento para la Emisión, Entrega y Seguimiento de Reportes de Supervisión y Verificación de Obra de Vivienda INFONAVIT” y en los formatos de registro FR-1 Reporte de Obra (Anexo 1), invariablemente la presentación de los reportes deberán entregarse de la forma siguiente: a) El Reporte de Obra de supervisión consistirá en un reporte concentrado con los datos

generales de la obra que se está supervisando, haciendo uso de los formatos de registro FR-1 Reporte de Obra, de acuerdo a cada línea de crédito.

b) Se tomarán datos del Programa Físico-Financiero, tales como avance programado porcentual

quincenal, y en el desglose de la obra a ejecutar por grandes rubros como son: edificación, urbanización, infraestructura, equipamiento urbano y otros.

c) Es importante reportar el cumplimiento a la calidad de obra ejecutada y a las especificaciones

generales, en el caso que no se esté cumpliendo con las normas de calidad y especificaciones generales, se deberán anexar hojas de bitácora, reportes fotográficos digitales y observaciones al respecto. Adicionalmente notificarlo por escrito a la Delegación Regional con copia a Oficinas Centrales (Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico).

d) El reporte se integra con las hojas: 1-Carátula de Reporte de Obra, 2-Gráfico de Avances de

Obra, 4-Cumplimiento a la Calidad, 5-Planta de Conjunto y 6-Reporte Fotográfico, la emisión y entrega será con base a lo establecido en el EPI_00030 “Procedimiento para la Emisión, Entrega y Seguimiento de Reportes de Supervisión o Verificación de Obra de Vivienda INFONAVIT”.

De cada reporte se debe entregar a la Área Técnica (Delegación Regional) un ejemplar impreso y uno en archivo electrónico. Simultaneo a lo anterior enviar a Oficinas Centrales a la dirección de correo electrónico que se indica en el documento Direcciones Electrónicas para Entrega de Reportes (Anexo E), copia electrónica de la Carátula del Reporte. Sólo en el caso que se evalué la calidad como “NO CUMPLE” se enviará el reporte completo, en ambos casos debe solicitarse el acuse de recibo correspondiente.

En todos los casos en el reporte del periodo correspondiente, deberá indicarse el cumplimiento por parte del constructor a las observaciones y/o desviaciones señaladas por la empresa de supervisión.

e) Precisiones para Reportes en Paquetes de Vivienda Línea III. La conformación y entrega del reporte, se realizará de acuerdo a lo establecido en los incisos anteriores adicionando la hoja 8-Avances por Vivienda en Línea III y lo siguiente:

I. Cuando proceda pago de ministración, se incluirá como parte del reporte (FR-1 Reporte

de Obra), la hoja el formato con el desglose del avance físico y financiero de cada una de las viviendas que lo requieran. Este formato, se identifica como 10-Reporte de Supervisión del Avance de Obra Para Pago de Ministración, debe entregarse por cada vivienda para solicitud de la primera a la penúltima ministración (1ª a 6ª ó 1ª a 3ª según corresponda al programa del paquete).

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II. La solicitud de la última ministración (7ª ó 4ª según corresponda al programa del paquete)

sólo aplicará con la emisión del Dictamen Técnico Único. III. La empresa supervisora que realizará los servicios de supervisión en Línea III será

asignada por el Instituto y el Comité Técnico y contratada por la Fiduciaria. IV. En particular para viviendas de Paquetes de Créditos en Línea III la empresa supervisora

presentará el Reporte FR-1 Reporte de Obra a la fiduciaria y otro tanto a la Delegación Regional con copia a Oficinas Centrales (Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico) en los formatos que contienen el avance físico por vivienda y el número y monto de la ministración.

V. Es obligatorio que la empresa cuente con registro vigente ante el Instituto y durante la

presentación de sus servicios deberá proporcionar información del paquete contratado, en el momento que lo requiera el Instituto.

f) PRECISIONES PARA REPORTES EN LINEA III INDIVIDUAL. La entrega de reportes se realizará como sigue:

I. Para asignaciones dispersas cualquiera que sea su número, se entregará un reporte por

visita, en el formato FR-3 Reporte de Obra Línea III Individual Dispersa (Anexo 3), las etapas y la frecuencia de las visitas se establecen en el Capítulo VII de Plantillas. 1. Cuando proceda pago de ministración, se incluirá como parte del reporte (FR-3), el

formato con el desglose del avance físico y financiero de cada una de las viviendas que lo requieran. Este formato se identifica como Reporte de Supervisión del Avance de Obra Para Pago de Ministración, debe entregarse por cada vivienda para solicitud de la 2ª, 3ª y 4ª ministración.

II. Para asignaciones agrupadas hasta 39 viviendas, se entregará un reporte por visita, en el formato FR-1 Reporte de Obra, las etapas y la frecuencia de las visitas se establecen en el capítulo de Plantillas. 1. Cuando proceda pago de ministración, se incluirá como parte del reporte FR-1, la

hoja 9-Reporte de Supervisión del Avance de Obra Para Pago de Ministración con el desglose del avance físico y financiero de cada una de las viviendas que lo requieran. Este formato debe entregarse por cada vivienda para solicitud de la 2ª, 3ª y 4ª ministración.

III. Para asignaciones agrupadas mayores a 40 viviendas la entrega de reportes se realizará

quincenalmente, en el formato FR-1 y de acuerdo a lo establecido en los incisos “a” al “d” que anteceden.

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1. Cuando proceda pago de ministración, se incluirá como parte del reporte FR-1, la hoja 10-Reporte de Supervisión del Avance de Obra Para Pago de Ministración con el desglose del avance físico y financiero de cada una de las viviendas que lo requieran. Este formato debe entregarse por cada vivienda para solicitud de la 2ª, 3ª y 4ª ministración.

IV. En todos los casos, la solicitud de la 5ª ministración sólo aplicará con la emisión del

Dictamen Técnico de Único de Vivienda INFONAVIT, en apego al procedimiento EPI_00028 para la Emisión del mismo.

En todos los casos en el reporte del periodo o la visita correspondiente, deberá indicarse el cumplimiento por parte del constructor a las observaciones y/o desviaciones señaladas por la empresa de supervisión.

3.9 Validar el avance de obra, para que se realice la solicitud de recursos para el pago de la

ministración correspondiente, conforme a los porcentajes establecidos en el Instructivo de Paquetes de Créditos en Línea III.

3.10 Es responsabilidad de la Empresa Supervisora ejercitar acciones preventivas durante la

ejecución de la obra para evitar fallas de calidad, atraso, vicios ocultos, resultados fuera de norma, proyecto o especificación, para lo cual deberá anotar en la Bitácora de Obra (Anexo A) las acciones preventivas y el constructor tendrá la obligación de cumplirlas.

3.11 Dar seguimiento a la corrección de las fallas detectadas y en caso de incumplimiento, notificar

por escrito, en menos de 24 horas al Jefe de Área Técnica de la Delegación Regional con copia a Oficinas Centrales (Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico), para que se ejerciten las acciones procedentes pudiendo llegar a la suspensión de la obra.

Causas de Suspensión de las Obras - Por causas Geológicas y de comportamiento de suelo (asentamientos, fallas geológicas, arcillas

expansivas, etc.) - Por causas Meteorológicas que impidan la ejecución de las obras en condiciones óptimas. - Si por causas imputables al constructor se contraviene la normatividad o por omisión o rebelión no se

ejecuta las instrucciones y recomendaciones señaladas. En todos los casos se harán del conocimiento del Jefe de Área Técnica y de la Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico a más tardar al día hábil siguiente a que se produzcan. 4.- Alcances al Término de la Obra.

4.1 Emitir el Dictamen Técnico Único de Vivienda INFONAVIT en el formato el FR-2 (Anexo 2) con base a los requisitos establecidos en el procedimiento para la emisión del mismo (EPI-00028).

El Dictamen podrá ser emitido total o parcial respecto al número total de viviendas del conjunto habitacional que cumplan con lo dispuesto en el procedimiento referido en el párrafo anterior.

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4.2 Verificar el total retiro de las instalaciones del contratista. 4.3 Constatar que el constructor o desarrollador entregue los avisos de terminación de las obras a las

autoridades competentes y en su caso coordinar la firma del Acta de Terminación y Recepción de las Obras (Anexo 8), con base a los requerimientos establecidos por éstas.

4.4 Cerrar bitácoras conforme se establece en la Bitácora de Obra (Anexo A). 4.5 Entregar oficialmente por escrito el libro de Bitácora de Obra original al Delegado Regional o

Representante de la Dirección General o al Coordinador del Distrito Federal. 4.6 Proceder al finiquito de la obra conjuntamente con el constructor y la Delegación Regional.

5.- En cualquier etapa del desarrollo de la obra, elaborar las opiniones técnicas solicitadas por el Instituto,

ante cambios de proyecto y/o especificaciones, de acuerdo al PES_00011 Procedimiento para la Evaluación Técnica de Solicitudes de Modificaciones Urbanas y Arquitectónicas a Paquetes de Vivienda.

I.2 Aranceles de Supervisión I. Reglas de Aplicación

1. Se aplicará el Arancel establecido por el Instituto para cada empresa Supervisora, de acuerdo a los

compromisos en particular para cada frente en la misma Delegación, independientemente de los que la empresa tenga en otras Delegaciones.

2. Para Paquetes de Créditos en Línea III, Línea III Individual agrupada de 40 o más viviendas y

Cofinanciamiento, se elaborará un contrato de supervisión independiente, en el cual se establecerá el importe de los honorarios.

3. Para Línea III Individual dispersa local o foránea y cualquiera que sea el número de viviendas o

Línea III Individual agrupada hasta 39 viviendas se podrá suscribir un solo contrato por grupo de asignaciones, considerando en forma independiente cada programa de ejecución de obra.

4. En Línea III Individual se entiende por:

a) Asignación dispersa local, a las viviendas que se encuentren dentro de una sola localidad y en diferentes predios.

b) Asignación dispersa foránea, a las viviendas que se encuentren en varias localidades y en diferentes predios.

c) Asignación agrupada a las viviendas que se encuentren dentro del mismo desarrollo

habitacional o colonia. Independientemente de su fecha de inicio.

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5. En Línea III Individual se recomienda:

a) Que se promueva la participación de Profesionales locales, con actividad empresarial Para las asignaciones del tipo que se describe en el punto número 5 incisos a) y b).

b) Que la asignación dispersa mínima por supervisor no sea menor a 10 viviendas. c) Distribuir la asignación dispersa, considerando que el plazo máximo de vigencia del contrato no

exceda de 12 meses. d) Realizar asignación equitativa (variantes de asignación): Dispersas locales, Dispersas foráneas

y Concentradas, para alentar la participación de los supervisores. 6. Para el cálculo del importe de los honorarios de la supervisión, se aplicará el arancel que

corresponda multiplicado por el monto total del Paquete de Créditos en Línea III o la suma de los montos de las viviendas en Línea III Individual o del Cofinanciamiento por contratar

II. Arancel para el pago de la Supervisión de los desarrollos habitacionales aprobados por el INFONAVIT

en Paquetes de Créditos en Línea III , Línea III Individual y Cofinanciamiento, será:

No. DE ARANCEL DE VIVIENDAS SUPERVISION (%) * 1 a 200 1.50 201 a 400 1.46 401 a 600 1.42 601 a 800 1.38 801 a 1000 1.34 1001 a 1500 1.25 1501 a 2400 1.00

III. Arancel para el pago de supervisión en Paquetes de Créditos en Línea III y Línea III Individual

Vivienda Económica será:

No. DE ARANCEL DE VIVIENDAS SUPERVISION (%) * 1 a n 1.25

(*) En Paquetes de Créditos en Línea III o Cofinanciamiento, se refiere al porcentaje aplicable al monto total de la oferta. En Línea III Individual, se refiere al porcentaje aplicable al monto sobre el cual se calculó la cuota única de inscripción.

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IV. Forma de Pago: 1. Para Paquete de Créditos en Línea III, Línea III Individual con asignación agrupada de 40

viviendas en adelante o Cofinanciamiento.

a) El pago de los honorarios de supervisión con cargo a cada contrato, se realizará en forma mensual y su importe será el que resulte de la división del monto contratado de servicios, entre el número de meses del plazo originalmente autorizado y contratado con el Constructor.

b) La periodicidad de las estimaciones que presenten las empresas de supervisión será mensual. c) Si el plazo de la supervisión de la obra se prolonga por causas imputables al Constructor, el

importe de los honorarios de supervisión correspondientes serán con cargo a la empresa Constructora, desde la fecha de vencimiento del plazo originalmente autorizado y contratado con el constructor, o a partir de la fecha de suspensión, hasta el término de la obra y en los términos contractuales de cada Línea de Crédito.

d) Si por causas imputables al constructor, se suspende la ejecución de las obras, los honorarios

por concepto de supervisión serán con cargo al constructor, a partir de la fecha de suspensión y hasta la fecha de terminación de las obras originalmente autorizada y contratada y en su caso hasta la fecha de terminación real de las mismas, aún cuando se reanude la ejecución de las obras dentro del período contractual.

e) Para los pagos correspondientes de la Supervisión Ampliada con cargo al Constructor, la

Delegación Regional o la Fiduciaria, signará un Convenio Modificatorio al contrato de los servicios de supervisión con la Empresa Supervisora y con firma de conformidad del Constructor o Desarrollador, con lo cual el INFONAVIT o la Fiduciaria continuará pagando dichos servicios y los cargará con el finiquito del Constructor, según lo establecido en la Actualización de Montos Contratados (Anexo C).

f) Cuando la obra se detenga, por un período mayor a 15 días, la empresa Supervisora debe

suspender el servicio de supervisión después de elaborar el corte de obra y la evaluación de los trabajos ejecutados y debidamente asentado en la bitácora. Lo anterior previa notificación que por escrito reciba del Área Técnica de la Delegación Regional o la Fiduciaria.

g) En su caso podrán reanudarse los servicios de supervisión, realizando en bitácora el asiento

correspondiente al reinicio de los servicios. Lo anterior previa notificación que por escrito reciba del Área Técnica de la Delegación Regional o la Fiduciaria.

h) Si por cualquier causa el número de viviendas por construir se modifica, en la misma

proporción se modificará el importe de los honorarios de supervisión de acuerdo al arancel. Lo anterior a partir de la fecha de baja, cancelación o causa de modificación y sobre la obra pendiente de ejecutar.

2.- Línea III Individual con asignaciones dispersas cualquiera que sea el número de viviendas ó asignación agrupada hasta de 39 viviendas.

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a) El pago de honorarios se efectuara mensualmente, el importe se determinará por el número de visitas realizadas dentro del mismo y con base al programa de obra y a la frecuencia de visitas establecida en este mismo documento.

b) El importe por visita será igual al monto contratado entre el número mínimo de visitas

establecido en este mismo documento y de acuerdo al tipo de contratación. c) Si el plazo de la obra se prolonga por causas imputables al Constructor, el importe de los

honorarios de supervisión correspondientes serán con cargo a la empresa Constructora. d) El importe por supervisión ampliada referida en el inciso anterior será:

i. Para asignaciones dispersas, el importe por visita y por vivienda: será de $400.00 más IVA.

ii. Para asignaciones agrupadas hasta 39 viviendas, el importe por visita y por vivienda será

de $240.00 más IVA. iii. Para asignaciones agrupadas a partir de 40 viviendas el importe por supervisión ampliada

se determinará según lo establecido para Paquetes de Crédito en Línea III.

e) El número de visitas por concepto de supervisión ampliada será en función del porcentaje faltante por ejecutar y a la frecuencia de visitas establecida en este mismo documento.

f) El pago por concepto de supervisión ampliada será con cargo al constructor y sólo procederá

a partir de los 180 días y sin rebasar los 240 días, como se establece en el Instructivo de Presentación y Aprobación de Paquetes de Crédito de Línea III.

En el caso de Línea III en Paquetes de Crédito o Individual y Cofinanciamiento, no aplica la actualización de honorarios por variación del valor de la vivienda. Frecuencia Mínima de Visitas (Exclusivo para Línea III Individual) 1. La empresa asignada, realizará una visita al terreno para dictaminar su viabilidad, esta visita se contara

a cuenta de la prestación de los servicios contratados. 2. Para asignaciones dispersas cualquiera que sea el número de viviendas se realizará una supervisión

por objetivos, con un mínimo de 12 visitas por vivienda, distribuidas por etapas constructivas y con base en el programa de obra autorizado.

3. Para asignaciones agrupadas hasta 39 viviendas, se realizará una supervisión por objetivos, con un

mínimo de 20 visitas por vivienda, distribuidas por etapas constructivas y con base en el programa de obra autorizado.

4. Para asignaciones agrupadas a partir de 40 viviendas, se cubrirá el alcance de supervisión establecido

para Paquetes de Línea III y descrito en el Punto Número I de éstos Lineamientos.

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Distribución de Visitas, Aplica para los Puntos 1 Y 2 Se realizara una supervisión por objetivos, en función de las etapas constructivas a desarrollar, estas deben ajustarse con base a cada programa de obra autorizado.

ETAPA NÚM. MINISTRACION

NÚM. VISITAS

ASIGNACION DISPERSA

NÚM. VISITAS

ASIGNACION AGRUPADA

Validación Terreno (*) 1 1 Preliminares 1 1 2 Cimentaciones 2 3 Muros PB. 2 2 3 Losa de Azotea 3 1 3 Albañilería 2 3 Impermeabilización 1 1 Aplanados, Acabados, Pintura 2 Obra Exterior 4 1 1 Equipamiento de Entrega 5 1 1

(*) El supervisor asignado realizará una visita al terreno para validar su viabilidad, lo anterior previo a la aprobación del ejercicio del crédito. I.3 Plantillas de Supervisión Plantilla mínima de técnicos en obra que permanentemente deben tener las empresas para los trabajos de supervisión de paquetes de Créditos en Línea III, Línea III individual y Cofinanciamiento.

NÚMERO DE VIVIENDAS PORCENTAJE DE

PARTICIPACIÓN DEL COORDINADOR (1) (3)

NÚM. DE SUPERVISORES DE PLANTA (2)

HASTA 200 30 1 DE 201 A 400 33 2 DE 401 A 600 55 5 DE 401 A 800 73 7 DE 801 A 1000 86 10 DE 1001 A 1200 100 12 DE 1201 A 1400 100 14 DE 1401 A 1600 100 16 DE 1601 A 1800 100 18 DE 1801 A 2400 100 19

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Perfil de Técnicos en Obra para la Prestación de Servicios de Supervisión (1) La Supervisora deberá tener un Coordinador hasta 1000 viviendas, dos Coordinadores de 1001

viviendas en adelante, el cual deberá dedicarlo por lo menos el porcentaje de días hábiles indicados en la tabla. Los requerimientos mínimos del Coordinador de Supervisión son los siguientes: - Experiencia en supervisión de obra de conjuntos habitacionales mínima de 5 años. - Cédula Profesional de las carreras de Ingeniería Civil, Arquitectura o Ingeniero Arquitecto. Para Jefes de frente en más de 1000 viviendas, uno en edificación y uno en urbanización, con 4 años de experiencia.

(2) Del Supervisor son los siguientes: - Experiencia en supervisión de obras de conjuntos habitacionales mínima de 3 años. - Cédula Profesional de las carreras de Ingeniería Civil, Ingeniero Constructor, Arquitectura o Ingeniero Arquitecto. - Sólo se aceptará un pasante con 5 años mínimos de experiencia, estrictamente cuando la plantilla sea mayor o igual a 2. Para efectos de responsiva de los reportes y notas de Bitácora deberá firmarlos el Supervisor Titulado. Los requisitos anteriores deberán comprobarse por la Delegación Regional antes de contratar y se deberá notificar cualquier cambio en el personal técnico de la supervisora cumpliendo con los mismos requerimientos.

(3) Para Línea III Individual con asignaciones dispersas cualquiera que sea el número de viviendas o agrupadas hasta 39 viviendas, no se requiere participación de coordinador

II Verificación de Obras Objetivos de la Verificación 1. Fijar los alcances y aranceles para la verificación y dictaminación de vivienda, de las Ofertas de Línea II

en Paquetes y en Vivienda Nueva de Mercado Abierto. 2. Verificar que el desarrollo de la vivienda, se realice de acuerdo a los Proyectos Urbanos y

Arquitectónicos autorizados, y que éstos cumplan con los alcances y especificaciones constructivas con los cuales se aprobaron las ofertas.

3. Verificar la congruencia entre los Proyectos Urbanos y Arquitectónicos y la reglamentación local, estatal

o federal, en su caso hacer los señalamientos que correspondan. 4. Verificar que se cumplan los compromisos ofertados en cuanto a la calidad de la vivienda y emprender

acciones que permitan prever o resolver problemas que pudieran afectar ésta, así como el tiempo de entrega de las viviendas.

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5. Verificar que la calidad de las viviendas ofertadas, garanticen una vida útil de acuerdo a lo dispuesto en

la normatividad institucional aplicable. 6. Establecer indicadores de seguimiento a todas las ofertas en s de Línea II y Mercado Abierto Vivienda

Nueva en Conjuntos Habitacionales para conocer el apego a los programas de obra y estimar el cumplimiento de las metas Institucionales establecidas.

7. Disponer de información sobre el avance real de las obras, para indicar en la difusión de las ofertas, los

pronósticos de entrega de las viviendas, así como realizar programas de individualización y de ejercicio de recursos.

II.1 Verificación de Obras para Ofertas Presentadas Hasta el 26 de Mayo de 2004 Clasificación de las Ofertas Con base al porcentaje de avance de las obras que se registra en la Cédula de Presentación de las ofertas de Línea II en Paquete o en Mercado Abierto al momento de su inscripción al Instituto, éstas se clasifican en:

A) Ofertas con obras por iniciar o en proceso con avance hasta del 10% B) Ofertas con obras en proceso con avance mayor al 10% y hasta el 90% C) Ofertas con viviendas terminadas o con obras en proceso con avance mayor al 90%

Independientemente de la clasificación de la oferta, una copia validada del Proyecto Ejecutivo aprobado, será proporcionada al verificador por la Delegación correspondiente, a través del Área Técnica. II.1.1 Alcances de Verificación de Obra para Ofertas Tipo A (Obras por Iniciar o con Avances Hasta

del 10 %)

1. Previos Al Inicio De Obra 1.1 Verificar que el Proyecto Ejecutivo este completo. Planos de Diseño Urbano e Ingenierías

(Poligonal; Zonificación de Usos de Suelo; Lotificación y Siembra de las viviendas de la oferta, Delimitación de la Oferta, Proyectos redes de agua potable, drenaje y electrificación, autorizados; Estudio de Mecánica de Suelos, indicando recomendaciones y procedimientos de construcción de cimentación y diseño de pavimentos, derivados de dicho estudio), Planos del Diseño de la vivienda (Plantas arquitectónicas, cortes y fachadas; Planos estructurales y Memoria de Cálculo firmada por el Director Responsable de Obra; Plano de instalaciones eléctricas, hidráulica, sanitaria y gas; Memoria de cálculo Estructural referenciada a la oferta y que corresponda con el Estudio de Mecánica de Suelo y Planos Estructurales, con nombre y firma del Perito Responsable o Director Responsable de Obra; Carta Responsiva de Seguridad Estructural con nombre y firma del Perito de la Localidad en donde se presenta la oferta, vigente y referenciada a la oferta); Programas de Obra y suministros.

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1.2 Verificar que toda la información presentada en los planos corresponda con las licencias, permisos y/o autorizaciones, así como con la información de la Cédula de Presentación y Ficha Técnica.

1.3 Verificar que en todos los planos que integran el Proyecto Ejecutivo, se indique el nombre del

fraccionamiento, el nombre del frente, nombre del plano; nombre, número de registro y firma del perito responsable de obra, así como los datos de la delegación Regional a la que corresponde.

1.4 Conocer la ubicación y las características del terreno donde se desarrolla la obra.

1.5 Conocer el estudio de mecánica de suelos y verificar en el Proyecto Ejecutivo el cumplimiento a

las recomendaciones para el diseño estructural y de la cimentación, derivado de dicho estudio.

1.6 Constatar la existencia y vigencia de permisos y licencias para la realización de las obras.

1.7 Conocer la "Cédula de Presentación y el Anexo Técnico", de la oferta aprobada y verificar la congruencia entre ésta y el Proyecto Ejecutivo.

1.8 Verificar que el sembrado de las viviendas indicado en la “Cédula de Presentación y el Anexo

Técnico" de la oferta, sea congruente con el que se indica en el Proyecto Ejecutivo y en su caso hacer los señalamientos que correspondan.

2. Al Inicio de las Obras

2.1 Abrir la Bitácora de Obra (Anexo A) y registrar firmas. 2.2 Asentar en bitácora las observaciones detectadas a los anexos técnicos, así como, en su caso

omisiones y/o faltantes. 2.3 En caso de identificar faltantes, inconsistencias u omisiones en lo Anexos Técnicos notificarlo al

Jefe de Área Técnica (DR), a más tardar al segundo día hábil de haberlo detectado. 2.4 En caso de faltantes solicitará la entrega de los mismos determinando el plazo de entrega. 2.5 En caso de inconsistencias u omisiones, recomendará las acciones a ejecutar.

3. Durante el Proceso de las Obras

3.1 Verificar los avances de obra programados y reales con base al programa de obra que presente el oferente.

3.2 Reportar el cumplimiento del proyecto urbano y arquitectónico y especificaciones del Proyecto

Ejecutivo autorizado que está llevando a cabo el Oferente. 3.3 Verificar el desarrollo de las obras y anotar en la bitácora las acciones preventivas que eviten

fallas de calidad, retraso a programas de obra, y resultados fuera de normas en la ejecución del proyecto ejecutivo autorizado o de las especificaciones.

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3.4 Verificar que el muestreo realizado por el laboratorio de control de calidad, contratado por el

oferente, cumpla con la intensidad y ejecución que especifican las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) o Normas Mexicanas (NMX) vigentes que correspondan, así como en las Intensidades Mínimas de Muestreo (Anexo B).

3.5 Verificar que las obras se ejecuten conforme a lo establecido en el Proyecto Ejecutivo y evaluar la

calidad de ejecución de acuerdo a los “Criterios Generales para Evaluar y Calificar la Calidad de la Vivienda (Anexo D)” aprobados por el Instituto.

3.6 Elaborar y presentar quincenalmente los reportes de obra a la Delegación Regional del

INFONAVIT, de acuerdo a lo establecido en el “EPI_00030 Procedimiento para la Emisión, Entrega y Seguimiento de Reportes de Supervisión o Verificación de Obra de Vivienda INFONAVIT” y en el formato de registro FR-1 (Reporte de Obra), invariablemente la presentación de los reportes deberán entregarse en la forma siguiente:

3.6.1 De cada reporte se debe entregar a la Área Técnica (Delegación Regional) un ejemplar

impreso y uno en archivo electrónico. Simultaneo a lo anterior enviar a Oficinas Centrales a la dirección de correo electrónico que se indica en el ANEXO E, copia electrónica de la Carátula del Reporte de Obra. Sólo en el caso que se evalué la calidad como “NO CUMPLE” se enviará el reporte completo, en ambos casos debe solicitarse el acuse de recibo. Enviará copia electrónica al oferente a la dirección electrónica que se registre en la bitácora de obra.

3.6.2 El reporte de verificación se integra con las hojas: 1-Carátula de Reporte de Obra, 2-

Gráfico de Avances de Obra, 4-Cumplimiento a la Calidad, 5-Planta de Conjunto y 6-Reporte Fotográfico, la emisión y entrega será con base a lo establecido en el “Procedimiento para la Emisión, Entrega y Seguimiento de Reportes de Supervisión o Verificación de obra de Vivienda INFONAVIT” (EPI_00030).

3.6.3 El reporte debe contener en todos los casos, la evaluación de la calidad de obra ejecutada y

anexar las hojas de bitácora correspondientes al periodo, reportes fotográficos con sistema digital y observaciones al respecto.

3.6.4 En todos los casos en el reporte del periodo correspondiente, deberá indicarse el

cumplimiento por parte del oferente a las observaciones y/o desviaciones señaladas por el verificador.

3.6.5 En caso de incumplimiento, independientemente de lo anterior debe notificarlo por escrito a

la Delegación Regional con copia a Oficinas Centrales (Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico) para que se ejerciten las acciones procedentes y se evalué el riesgo en la adquisición de las viviendas.

3.6.6 En el caso de las viviendas que alcancen el 80% de avance, realizar el registro de este

avance, en el “Sistema Electrónico de Verificación de Ofertas de Vivienda”, en la página de INFONAVIT en Internet.

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3.7 Con independencia de lo asentado en los puntos anteriores, emitir informe sobre aspectos de

omisión en el proyecto o su ejecución, que pudieran ocasionar fallas o afectaciones estructurales, cuyas medidas de corrección deban ser dictaminadas por un especialista y dar aviso de éstas por escrito, al Área Técnica y a la Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico, en su caso los honorarios del dictamen serán con cargo al oferente.

3.8 Evaluar causas e informar a la Delegación Regional con copia a Oficinas Centrales (Gerencia de

Verificación y Apoyo Técnico), respecto del riesgo en la adquisición de viviendas, conforme los siguientes casos enunciativos. 3.8.1 Por causas Geológicas y de comportamiento de suelo (asentamientos, fallas geológicas,

arcillas expansivas, etc.) 3.8.2 Por causas Meteorológicas que impidan la ejecución de las obras en condiciones optimas. 3.8.3 Si el oferente contraviene lo establecido en el Proyecto Ejecutivo o por omisión o rebelión

no ejecuta las instrucciones y recomendaciones señaladas en la bitácora. 3.8.4 En todos los casos se harán del conocimiento del Área Técnica y de la Gerencia de

Verificación y Apoyo Técnico a más tardar al día hábil siguiente a que se produzcan. 4. Previo a la Terminación de las Obras

4.1 Emitir el Dictamen Técnico Único “DTU” de las viviendas con todos sus servicios, tomando en cuenta los requisitos establecidos en el EPI_00028 Procedimiento para la Emisión del Dictamen Técnico Único de Vivienda INFONAVIT y utilizando el formato de registro FR-2.

4.2 El Dictamen podrá ser emitido total o parcial respecto al número total de viviendas del conjunto

habitacional y que cumplan con lo dispuesto en el procedimiento referido en el párrafo anterior. 4.3 Realizar el registro del DTU (Dictamen Técnico Único), de las viviendas que lo obtengan, en el

“Sistema Electrónico de Verificación de Ofertas de Vivienda”, en la página de INFONAVIT en Internet.

5. Al Término de las Obras

5.1 Verificar la limpieza y retiro del equipo e instalaciones del oferente. 5.2 Verificar que el oferente haya terminado las obras con todos sus servicios y notificarlo al

INFONAVIT. 5.3 Entregar al Área Técnica, la bitácora de obra y la documentación relacionada con el desarrollo de

la obra. 5.4 La empresa verificadora deberá entregar al Área Técnica de la Delegación los documentos que

durante el desarrollo de las obras se hayan adicionado por modificaciones o medidas de atención, para que ésta los integre al expediente maestro y queden bajo su resguardo.

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En cualquier etapa del desarrollo de la obra, elaborar las opiniones técnicas solicitadas por el Instituto ante cambios de programas de obra, proyecto y/o especificaciones, de acuerdo al PES_00011 Procedimiento para la Evaluación Técnica de Solicitudes de Modificaciones Urbanas y Arquitectónicas a Paquetes de Vivienda. Nota: Se aplicarán condiciones específicas para los servicios de verificación, en cuanto al uso de la

Bitácora, relacionadas con la “Apertura, Custodia, Disponibilidad, Contestación de Notas y Cierre”, mismas que se describen en el Anexo “A”.

II.1.2 Alcances de Verificación de Obra para Ofertas Tipo B (Obras en Proceso con Avance Mayor al 10% o Menor o Igual al 90%) Al Inicio de los Servicios Para obras en proceso y dependiendo del avance de las mismas, se realizará la revisión documental y física del porcentaje de obra ya ejecutado, verificando que: 1. El Proyecto Ejecutivo este completo. Planos de Diseño Urbano e Ingenierías (Poligonal; Zonificación

de Usos de Suelo; Lotificación y Siembra de las viviendas de la oferta, Delimitación de la Oferta, Proyectos redes de agua potable, drenaje y electrificación, autorizados; Estudio de Mecánica de Suelos, indicando recomendaciones y procedimientos de construcción de cimentación y diseño de pavimentos, derivados de dicho estudio), Planos del Diseño de la vivienda (Plantas arquitectónicas, cortes y fachadas; Planos estructurales y Memoria de Cálculo firmada por el Director Responsable de Obra; Plano de instalaciones eléctricas, hidráulica, sanitaria y gas; Memoria de cálculo Estructural referenciada a la oferta y que corresponda con el Estudio de Mecánica de Suelo y Planos Estructurales, con nombre y firma del Perito Responsable o Director Responsable de Obra; Carta Responsiva de Seguridad Estructural con nombre y firma del Perito de la Localidad en donde se presenta la oferta, vigente y referenciada a la oferta); Programas de Obra y suministros.

2. Toda la información presentada en los planos corresponda con las licencias, permisos y/o

autorizaciones, así como con la información de la Cédula de Presentación y Ficha Técnica. 3. Todos los planos que integran el Proyecto Ejecutivo, se indique el nombre del fraccionamiento, el

nombre del frente, nombre del plano; nombre, número de registro y firma del perito responsable de obra, así como los datos de la delegación Regional a la que corresponde.

4. La ubicación y las características del terreno donde se desarrolla la obra, sean las indicadas en los

proyectos. 5. En el Proyecto Ejecutivo se cumplan las recomendaciones para el diseño estructural y de la

cimentación, indicadas en el estudio de mecánica de suelos. 6. Constatar la existencia y vigencia de permisos y licencias para la realización de las obras. 7. Lo que indica la "Cédula de Presentación y el Anexo Técnico" de la oferta aprobada sea congruente

con lo establecido en el Proyecto Ejecutivo.

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8. El sembrado de las viviendas indicado en la “Cédula de Presentación y el Anexo Técnico" de la oferta, sea congruente con el que se indica en el Proyecto Ejecutivo y en su caso hacer los señalamientos que correspondan.

9. En ofertas en Paquete de Línea II, en su caso haya sido formalizado el Contrato de Opción de Venta. 10. Solicitar la entrega de las copias de bitácora correspondientes a la obra ya ejecutada, en el caso de

que no exista bitácora, abrirla y registrar firmas. 11. Verificar, documentar e informar sobre los controles de calidad implementados por el oferente en la

realización de las obras, así como verificar que las pruebas de laboratorio de los insumos y materiales puestos en obran cumplan con las especificaciones.

12. Asentar en bitácora las observaciones detectadas a los anexos técnicos, así como, en su caso

omisiones y/o faltantes. 13. En caso de identificar faltantes, inconsistencias u omisiones en lo Anexos Técnicos notificarlo al Área

Técnica (DR), a más tardar al segundo día hábil de haberlo detectado. 14. En caso de faltantes solicitará la entrega de los mismos determinando el plazo de entrega. 15. En caso de inconsistencias u omisiones, recomendará las acciones a ejecutar. 16. Realizar la verificación física de las viviendas y emitir informe sobre aspectos de omisión en el proyecto

o su ejecución que pudieran ocasionar fallas o afectaciones estructurales, cuyas medidas de corrección deban ser dictaminadas por un especialista y dar aviso de éstas al Área Técnica y a la Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico, en su caso los honorarios del dictamen serán con cargo al oferente.

17. Para ofertas en paquete de Línea II, emitir el FR-4 Dictamen Técnico de la Obra Ejecutada o Vivienda

Terminada en Línea II (Anexo 4), que indique el cumplimiento de la etapa ejecutada. El dictamen técnico de la obra ejecutada se entregará en el formato FR-4 y anexo al primer reporte de verificación y de acuerdo a lo dispuesto para la entrega de éste.

18. Para el caso de Vivienda Nueva de Mercado Abierto emitir en el formato FR-4B el Dictamen Técnico

de la Obra Ejecutada de Vivienda Nueva (Anexo 5), de acuerdo al Instructivo para Dictaminar la Obra Ejecutada y/o Vivienda Terminada de Mercado Abierto y Criterios de Aplicación y entregarlo anexo al primer reporte de verificación y de acuerdo a lo dispuesto para la entrega de éste.

19. En el caso que dentro de la obra ejecutada, existan viviendas con avance al 100%, realizar en el

formato FR-4C el Dictamen Técnico de Vivienda Terminada de Vivienda Nueva en Mercado Abierto (Anexo 6) de obra terminada y de acuerdo al Instructivo para Dictaminar la Obra Ejecutada y/o Vivienda Terminada de Mercado Abierto y Criterios de Aplicación y entregarlo en su caso anexo al primer reporte de verificación.

20. En su caso realizar el registro del avance del 80% de las viviendas que lo cumplan, dentro del “Sistema

Electrónico de Verificación de Ofertas de Vivienda” en la página de INFONAVIT en Internet.

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21. En su caso emitir el Dictamen Técnico Único de Vivienda INFONAVIT “DTU” de las viviendas con

todos sus servicios, tomando en cuenta los requisitos establecidos en el EPI_00028 “Procedimiento para la Emisión del Dictamen Técnico Único y utilizando el formato de registro FR-2.

22. En su caso realizar el registro del “DTU” de las viviendas que lo cumplan, dentro del “Sistema

Electrónico de Verificación de Ofertas de Vivienda” en la página de INFONAVIT en Internet. En la Obra por Ejecutar 1. Verificar los avances de obra programados y reales con base al programa de obra que presente el

oferente, el cual deberá ser el mismo que aparece en el contrato con opción de venta, cualquier modificación a los mismos será solicitada al oferente.

2. Reportar el cumplimiento del proyecto urbano y arquitectónico y especificaciones del Proyecto

Ejecutivo autorizado que está llevando a cabo el oferente. 3. Verificar el desarrollo de las obras y anotar en la bitácora de obra, las acciones preventivas que eviten

fallas de calidad, retraso a programas de obra, y resultados fuera de normas en la ejecución del proyecto ejecutivo autorizado o de las.

4. Verificar que el muestreo realizado por el laboratorio de control de calidad, contratado por el oferente,

cumpla con la intensidad y ejecución que especifican las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) o Normas Mexicanas (NMX) vigentes que correspondan, así como en las Intensidades Mínimas de Muestreo (Anexo B).

5. Verificar que las obras se ejecuten conforme a lo establecido en el Proyecto Ejecutivo y evaluar la

calidad de ejecución de acuerdo a los criterios aprobados por el Instituto y que se definen en los Criterios Generales para Evaluar y Calificar la Calidad de la Vivienda (Anexo D).

6. Elaborar y presentar quincenalmente en los formatos de registro FR-1, los reportes de obra a la

Delegación Regional del INFONAVIT, de acuerdo a lo establecido en el EPI_00030 Procedimiento para la Emisión, Entrega y Seguimiento de Reportes de Supervisión o Verificación Obra de Vivienda INFONAVIT, invariablemente la presentación de los reportes deberán entregarse en la forma siguiente:

a) De cada reporte se debe entregar a la Área Técnica (Delegación Regional) un ejemplar impreso y

uno en archivo electrónico. Simultaneo a lo anterior enviar a Oficinas Centrales a la dirección de correo electrónico que se indica en el ANEXO E, copia electrónica de la Carátula del Reporte. Sólo en el caso que se evalúe la calidad como “NO CUMPLE” se enviará el reporte completo, en ambos casos debe solicitarse el acuse de recibo. Enviará copia electrónica al oferente a la dirección electrónica que se registre en la bitácora de obra.

b) El reporte de verificación se integra con las hojas: 1-Carátula de Reporte de Obra, 2-Gráfico de

Avances de Obra, 4-Cumplimiento a la Calidad, 5-Planta de Conjunto y 6-Reporte Fotográfico, la emisión y entrega será con base a lo establecido en el EPI_00030 “Procedimiento para la Emisión, Entrega y Seguimiento de Reportes de Supervisión o Verificación de obra de Vivienda INFONAVIT”.

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c) El reporte debe contener en todos los casos, la evaluación de la calidad de obra ejecutada y anexar

las hojas de bitácora correspondientes al periodo, reportes fotográficos con sistema digital y observaciones al respecto.

d) En todos los casos en el reporte del periodo correspondiente, deberá indicarse el cumplimiento por

parte del oferente a las observaciones y/o desviaciones señaladas por el verificador. e) En caso de incumplimiento, independientemente de lo anterior debe notificarlo por escrito a la

Delegación Regional con copia a Oficinas Centrales (Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico) para que se ejerciten las acciones procedentes y se evalué el riesgo en la adquisición de las viviendas.

7. Realizar el registro del avance dentro del “Sistema Electrónico de Verificación de Ofertas de Vivienda”

en la página de INFONAVIT en internet de las viviendas que alcancen el 80%. 8. Con independencia de lo asentado en los puntos anteriores, emitir informe sobre aspectos de omisión

en el proyecto o su ejecución, que pudieran ocasionar fallas o afectaciones estructurales, cuyas medidas de corrección deban ser dictaminadas por un especialista y dar aviso de éstas por escrito al Área Técnica y a la Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico, en su caso los honorarios del dictamen serán con cargo al oferente.

9. Evaluar causas e informar a la Delegación Regional con copia a Oficinas Centrales (Gerencia de

Verificación y Apoyo Técnico), respecto del riesgo en la adquisición de viviendas, conforme los siguientes casos enunciativos.

a) Por causas Geológicas y de comportamiento de suelo (asentamientos, fallas geológicas, arcillas

expansivas, etc.) b) Por causas Meteorológicas que impidan la ejecución de las obras en condiciones optimas. c) Si el oferente contraviene lo establecido en el Proyecto Ejecutivo o por omisión o rebelión no ejecuta

las instrucciones y recomendaciones señaladas en la bitácora. d) En todos los casos se harán del conocimiento del Área Técnica y de la Gerencia de Verificación y

Apoyo Técnico a más tardar al día hábil siguiente a que se produzcan. Previo a la Terminación de las Obras 1. Emitir en el formato de registro FR-2, el Dictamen Técnico Único de las viviendas con todos sus

servicios, tomando en cuenta los requisitos establecidos en el EPI_00028 Procedimiento para la Emisión del Dictamen Técnico Único de Vivienda INFONAVIT.

2. El Dictamen podrá ser emitido total o parcial respecto al número total de viviendas del conjunto

habitacional y que cumplan con lo dispuesto en el procedimiento referido en el párrafo anterior.

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3. Realizar el registro del DTU (Dictamen Técnico Único), de las viviendas que lo obtengan, en el

“Sistema Electrónico de Verificación de Ofertas de Vivienda”, en la página de Infonavit en internet Al Término de las Obras 1. Verificar la limpieza y retiro del equipo e instalaciones del oferente. 2. Verificar que el oferente haya terminado las obras con todos sus servicios y notificarlo al INFONAVIT. 3. Entregar al Área Técnica, la bitácora de obra y la documentación relacionada con el desarrollo de la

obra. 4. La empresa verificadora deberá entregar al Área Técnica de la Delegación los documentos que

durante el desarrollo de las obras se hayan adicionado por modificaciones o medidas de atención, para que ésta los integre al expediente maestro y queden bajo su resguardo.

En cualquier etapa del desarrollo de la obra, elaborar las opiniones técnicas solicitadas por el Instituto ante cambios de programa de obra, proyecto y/o especificaciones, de acuerdo al Procedimiento para la Evaluación Técnica de Solicitudes de Modificaciones Urbanas y Arquitectónicas a Paquetes de Vivienda. Nota: Se aplicarán condiciones específicas para los servicios de verificación, en cuanto al uso de la

Bitácora, relacionadas con la “ Apertura, Custodia, Disponibilidad, Contestación de Notas y Cierre”, mismas que se describen en el Anexo “A”.

II.1.3 Alcances de Verificación de Obra para Ofertas Tipo C (Con Obras en Proceso con Avance

Mayor Al 90% o con Viviendas Terminadas) Si las obras se encuentran en proceso con avance mayor al 90% o totalmente terminadas y listas para su entrega, la verificadora realizará una verificación documental y física. • Para ofertas en paquete de Línea II, emitir en el formato FR-4 el Dictamen Técnico de la Obra Ejecutada

o Vivienda Terminada en Línea II, que indique el cumplimiento de la etapa ejecutada. • Para ofertas de Vivienda Nueva en Mercado Abierto, realizar el dictamen de obra terminada en el

formato FR-4C y con base al “Instructivo para Dictaminar la Obra Ejecutada y/o Vivienda Terminada de Mercado Abierto y Criterios de Aplicación.

Los dictámenes técnicos de la vivienda, se emitirán, considerando de forma enunciativa lo siguiente: 1. Verificar si ha sido formalizado el Contrato de Opción de Venta, aplica para paquetes de Línea II. 2. Verificar la "Cédula de Presentación y el Anexo Técnico", de la oferta aprobada y la congruencia entre

éste y el Proyecto Ejecutivo. 3. Conocer el Proyecto Ejecutivo y programa de obra.

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4. Verificar que el sembrado de las viviendas corresponda a lo indicado en la “Cédula de Presentación y

el Anexo Técnico" de la oferta, así como del Proyecto autorizado. 5. Verificar la vigencia de permisos y licencias. 6. Verificar que la ubicación y características del terreno donde se desarrolla la obra, sean las indicadas

en los proyectos. 7. Conocer el estudio de mecánica de suelos y verificar en el Proyecto Ejecutivo el cumplimiento a las

recomendaciones para el diseño estructural y la cimentación, derivados de dicho estudio. 8. Evaluar el cumplimiento del proyecto urbano, arquitectónico y especificaciones del Proyecto Ejecutivo

autorizado que llevó cabo el oferente. 9. Verificar que los Anexos Técnicos estén completos y en su caso identificar faltantes, inconsistencias u

omisiones en el mismo. 10. Verificar y evaluar el seguimiento de las obras, con base a los asientos preventivos y correctivos de

bitácora y al cumplimiento de los mismos, así como de las observaciones. Solicitar la entrega de una de las copias de la misma.

11. Verificar, documentar e informar sobre los controles de calidad utilizados por el oferente en la

realización de las obras, así como verificar que las pruebas de laboratorio de los insumos y materiales puestos en obra cumplan con las especificaciones.

12. Solicitar al oferente valide la autenticidad de los reportes de laboratorio de control de calidad

presentados o en su caso verificar que los resultados de éstos se encuentren asentados en bitácora. 13. Verificar que el muestreo realizado por el laboratorio de control de calidad, contratado por el oferente,

cumpla con la elaboración e intensidad que especifican las normas oficiales NOM o NMX vigentes que correspondan, así como en las Intensidades Mínimas de Muestreo (Anexo B)

14. Evaluar la conveniencia de realizar muestreos selectivos de pruebas de laboratorio, principalmente a

elementos estructurales y en su caso de vialidades y pavimentos. 15. Para el muestreo que se refiere en el punto anterior, se considerará lo establecido en el documento:

Criterios a Seguir en Caso de Duda Respecto a la Dictaminación de la Obra Ejecutada, Vivienda Terminada o de la Vivienda Registrada con Faltantes (*). (*) Estos criterios aplicaran para Línea II en Paquetes sólo en el caso planteado en el punto 14.

16. Verificar la vigencia de factibilidades de dotación de servicios de agua potable, drenaje y electrificación,

verificar que se hayan realizado las obras requeridas según a lo dispuesto por la autoridad correspondiente y en su caso verificar la aceptación de las obras por parte de los organismos operadores.

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17. Realizar la verificación física de las viviendas y emitir informe sobre aspectos de omisión en el proyecto o su ejecución que pudieran ocasionar fallas o afectaciones estructurales, cuyas medidas de corrección deban ser dictaminadas por un especialista y dar aviso de éstas al Área Técnica y a la Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico, en su caso los honorarios del dictamen serán con cargo al oferente.

18. En su caso, verificar la recepción de las obras por parte de la autoridad correspondiente. 19. Verificar la limpieza de las obras y el retiro de equipo del oferente. 20. Con base a las conclusiones del dictamen técnico y documental realizado, emitir de las viviendas que

lo cumplan el Dictamen Técnico Único de Vivienda INFONAVIT, según lo establecidos en el EPI-00028 Procedimiento para la Emisión del Dictamen Técnico Único de Vivienda INFONAVIT.

21. En su caso, el Dictamen Técnico Único podrá ser emitido total o parcial respecto al número total de

viviendas del conjunto habitacional y que cumplan con lo dispuesto en el procedimiento referido en el párrafo anterior.

22. Realizar el registro del avance del 80% de las viviendas que lo cumplan, dentro del “Sistema

Electrónico de Verificación de Ofertas de Vivienda” en la página de INFONAVIT en Internet. 23. Realizar el registro del “DTU” de las viviendas que lo cumplan, dentro del “Sistema Electrónico de

Verificación de Ofertas de Vivienda” en la página de INFONAVIT en Internet. 24. Verificar que el oferente haya terminado las obras con todos sus servicios y notificarlo al INFONAVIT. 25. La empresa verificadora deberá entregar al Área Técnica de la Delegación los documentos que

durante el desarrollo de las obras se hayan adicionado por modificaciones o medidas de atención, para que ésta los integre al expediente maestro y queden bajo su resguardo.

II.1.4 Aranceles para Verificación de Ofertas Tipo A, B Ó C de Línea II en Paquetes o Vivienda

Nueva en Mercado Abierto Con base al porcentaje de avance de las obras que se registra en la Cédula de Presentación de las ofertas de Línea II en Paquete o en Mercado Abierto al momento de su inscripción al Instituto, con independencia de la fecha de formalización del contrato de Opción de Venta en el caso de Paquetes y de la fecha de emisión de la Constancia de Registro en el caso de Mercado Abierto; con base a la clasificación del paquete se aplicará el arancel siguiente:

A. PARA OFERTAS CON OBRAS POR INICIAR O EN PROCESO CON AVANCE HASTA DEL 10% 0.6% sobre el precio de la oferta de vivienda

B. OFERTAS CON OBRAS EN PROCESO CON AVANCE MAYOR AL 10% Y HASTA EL 90% 0.2% sobre el precio de la oferta de vivienda multiplicado por el porcentaje de obra ejecutada más 0.6% sobre el precio de la oferta de vivienda multiplicado por el porcentaje de obra pendiente de ejecutar.

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C. PARA OFERTAS CON VIVIENDAS TERMINADAS O CON OBRAS EN PROCESO CON

AVANCE MAYOR AL 90% 0.2% sobre el precio de la oferta de vivienda

Aplicación del Arancel y Forma de Pago 1. Para efecto de la suscripción del Contrato de Prestación de Servicios que corresponda, y una emitido

el número de control correspondiente, el Área Técnica, le solicitará por escrito a la empresa, que verifique el avance real de las obras.

2. En todos los casos, el importe de contratación deberá determinarse con base al avance real que la

obra presenta, máximo a 7 días naturales anteriores a la fecha de formalización del contrato de prestación de servicios profesionales.

3. En el caso de encontrar diferencias entre las condiciones de avance real de la obra y las consideradas

por la Delegación al realizar la propuesta y emitir el número de control, el Área Técnica con base en la constancia del avance real emitida por la empresa de verificación, determinará el monto del contrato.

4. Para la obra ejecutada se realizará un Dictamen Técnico según lo establecido en éstos “Lineamientos” 5. La obra por ejecutar se verificará según los alcances establecidos en éstos “Lineamientos”. 6. En el caso de Ofertas en Línea II en cualquiera de sus modalidades y en Conjuntos Habitacionales de

Vivienda Nueva en Mercado Abierto. No aplicará la actualización de honorarios por concepto de valor de la vivienda.

Calculo de Honorarios de Verificación de Obra para Ofertas Tipo A I. Monto total de la oferta multiplicado por el 0.6% de arancel. Forma de Pago: 1. Los pagos se realizaran en los términos del “Procedimiento para Pagos Vía Electrónica: Bienes y

Servicios (Oficinas Centrales)-PES-00027” 2. El pago de honorarios de los servicios prestados por las empresas de verificación se hará en forma

mensual, a partir del inicio de los mismos. 3. La fecha de inicio de los servicios se considerará dentro de alguna de las siguientes opciones:

a) A partir de la firma del contrato de opción de venta, siempre y cuando las obras hayan iniciado.

b) A partir del inicio de las obras, siempre y cuando esté suscrito el contrato de opción de Venta.

c) A partir de la firma del contrato de servicios profesionales, siempre y cuando las obras hayan iniciado y esté suscrito el contrato de opción de venta.

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4. El importe mensual por los servicios prestados se determinará como sigue:

a) Monto total de los honorarios de verificación dividido entre el número de meses que el oferente propuso para terminar las obras: para Paquetes es el que queda asentado en el contrato de Opción de Venta, para Mercado Abierto el que queda registrado en el sistema de Registro de Oferta.

5. Para los casos en que el avance real en el desarrollo de las obras esté por arriba del programado y

las obras se terminen en forma anticipada, el total del importe de los servicios de verificación pactados en el contrato correspondiente, se finiquitará de igual manera en forma anticipada al 100%.

6. Cuando en dos reportes de avance de periodos consecutivos, se detecte que la obra presenta un

avance real menor o igual al 1.5%, o se suspenda la misma, la Delegación Regional a través del Área Técnica deberá instruir por escrito a la Empresa Verificadora, para que se retire temporalmente.

7. Durante el retiro temporal no se pagarán los servicios de verificación. 8. Cuando el Desarrollador reanude las actividades, la Empresa Verificadora deberá reiniciar los

servicios, previa notificación por escrito del Área Técnica. 9. Los montos obtenidos serán más el I.V.A Calculo de Honorarios de Dictaminación Técnica y Verificación de Obra para Ofertas Tipo B I. El importe del Dictamen Técnico de la obra ejecutada, se determinará como sigue:

Monto total de la oferta multiplicado por el porcentaje de obra ejecutada (a la fecha de contratación) expresado en forma decimal y multiplicado por el 0.2% del arancel.

II. El importe de Verificación de la obra por ejecutar, se determinará como sigue:

Monto Total de la oferta multiplicado por el porcentaje de obra por ejecutar (a la fecha de contratación) expresado en forma decimal y multiplicado por el 0.6% de arancel.

Forma de Pago: 1. Los pagos se realizaran en los términos del PES_00027 “Procedimiento para Pagos Vía Electrónica:

Bienes y Servicios (Delegaciones Regionales)” 2. Para la obra ejecutada, el pago del Dictamen Técnico, se realizará en una sola exhibición dentro de los

quince días siguientes a la fecha de entrega de dicho dictamen. 3. Para la obra pendiente de ejecutar, el pago de honorarios de los servicios prestados por las empresas

de verificación se hará en forma mensual.

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4. El importe mensual de pago, por los servicios prestados para la obra por ejecutar se determinará como sigue:

a) Monto de Verificación de la obra por ejecutar, dividido entre el número de meses que el oferente

propuso para terminar las obras: para Paquetes es el que queda asentado en el contrato de Opción de Venta, para Mercado Abierto el que queda registrado en el sistema de Registro de Oferta.

5. Para los casos en que el avance real en el desarrollo de las obras esté por arriba del programado y

las obras se terminen en forma anticipada, el total del importe de los servicios de verificación pactados en el contrato correspondiente, se finiquitará de igual manera en forma anticipada al 100%.

6. Cuando en dos reportes de avance de periodos consecutivos, se detecte que la obra presenta un

avance real menor o igual al 1.5%, o se suspenda la misma, la Delegación Regional a través del Área Técnica deberá instruir por escrito a la Empresa Verificadora, para que se retire temporalmente.

7. Durante el retiro temporal no se pagarán los servicios de verificación. 8. Cuando el Desarrollador reanude las actividades, la Empresa Verificadora deberá reiniciar los

servicios, previa notificación por escrito del Área Técnica. 9. Los montos obtenidos serán más el IVA Calculo de Honorarios de Dictaminación Técnica de Obra para Ofertas Tipo C

I. Monto total de la oferta multiplicado por 0.2% de arancel. Forma de Pago: 1. Los pagos se realizaran en los términos del “Procedimiento para Pagos Vía Electrónica: Bienes y

Servicios (Oficinas Centrales)-PES-00027”. 2. El pago del Dictamen Técnico de la obra ejecutada, se realizará en una sola exhibición dentro de los

quince días siguientes a la fecha de entrega de dicho dictamen. 3. El montos obtenidos serán más el I.V.A II.2 Alcances de Verificación de Obras para Ofertas Presentadas a Partir del 27 de Mayo de 2004 La presentación de estas ofertas es sin inicio de obra, el criterio “sin inicio de obra”, se refiere a predios en breña o urbanizados con trabajos hasta la cimentación. En el caso de que la cimentación ya este ejecutada, se procedera revisar que se cuente con las pruebas de laboratorio de materiales y mecánica de suelo que demuestren el cumplimiento con lo señalado en el proyecto de la oferta presentada. Si no se cuenta con dichas pruebas se solicitará al oferente que las efectúe.

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En el caso de que al inicio de los servicios de verificación se identifique que las obras presentan avance mayor a la ejecución de la cimentación, se aplicara el alcance establecido para las ofertas con Clasificación Tipo B que se indica en el Capitulo II.1 de esto mismos Lineamientos. 1. Alcances Previos al Inicio de Obra

1.1 Verificar que el Proyecto Ejecutivo este completo. Planos de Diseño Urbano e Ingenierías (Poligonal; Zonificación de Usos de Suelo; Lotificación y Siembra de las viviendas de la oferta, Delimitación de la Oferta, Proyectos redes de agua potable, drenaje y electrificación, autorizados; Estudio de Mecánica de Suelos, indicando recomendaciones y procedimientos de construcción de cimentación y diseño de pavimentos, derivados de dicho estudio), Planos del Diseño de la vivienda (Plantas arquitectónicas, cortes y fachadas; Planos estructurales y Memoria de Cálculo firmada por el Director Responsable de Obra; Plano de instalaciones eléctricas, hidráulica, sanitaria y gas; Memoria de cálculo Estructural referenciada a la oferta y que corresponda con el Estudio de Mecánica de Suelo y Planos Estructurales, con nombre y firma del Perito Responsable o Director Responsable de Obra; Carta Responsiva de Seguridad Estructural con nombre y firma del Perito de la Localidad en donde se presenta la oferta, vigente y referenciada a la oferta); Programas de Obra.

1.2 Verificar que toda la información presentada en los planos corresponda con las licencias, permisos

y/o autorizaciones, así como con la información de la Cédula de Presentación y Ficha Técnica. 1.3 Verificar que en todos los planos que integran el Proyecto Ejecutivo, se indique el nombre del

fraccionamiento, el nombre del frente, nombre del plano; nombre, número de registro y firma del perito responsable de obra, así como los datos de la delegación Regional a la que corresponde.

1.4 Conocer la ubicación y las características del terreno donde se desarrolla la obra. 1.5 Conocer el estudio de mecánica de suelos y verificar en el Proyecto Ejecutivo el cumplimiento a las

recomendaciones para el diseño estructural y de la cimentación, derivado de dicho estudio. 1.6 Constatar la existencia y vigencia de permisos y licencias para la realización de las obras. 1.7 Conocer la "Cédula de Presentación y el Anexo Técnico", de la oferta aprobada y verificar la

congruencia entre ésta y el Proyecto Ejecutivo. 1.8 Verificar que el sembrado de las viviendas indicado en la “Cédula de Presentación y el Anexo

Técnico" de la oferta, sea congruente con el que se indica en el Proyecto Ejecutivo y en su caso hacer los señalamientos que correspondan.

2. Alcances al Inicio de las Obras 2.1 Abrir la bitácora de Obra (Anexo A) y registrar firmas. 2.2 Asentar en bitácora las observaciones detectadas a los anexos técnicos, así como, en su caso

omisiones y/o faltantes. 2.3 En caso de identificar faltantes, inconsistencias u omisiones en lo Anexos Técnicos notificarlo al

Jefe de Área Técnica (DR), a más tardar al segundo día hábil de haberlo detectado.

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2.4 En caso de faltantes solicitará la entrega de los mismos determinando el plazo de entrega. 2.5 En caso de inconsistencias u omisiones, recomendará las acciones a ejecutar. 2.6 En el caso de que al inicio de los servicios de verificación, la cimentación ya esté ejecutada, se

procederá a revisar que se cuente con las pruebas de laboratorio de materiales y mecánica de suelo, que demuestren el cumplimiento con lo señalado en proyecto de la oferta presentada. Si no se cuenta con dichas pruebas, se solicitará al oferente que las efectué.

La Delegación a través de su Área Técnica designará al laboratorio de control de calidad que efectuará dichas pruebas.

3. Alcances Durante el Proceso de las Obras

3.1 Verificar los avances de obra programados y reales con base al programa de obra que presente el oferente.

3.2 Reportar el cumplimiento del proyecto urbano y arquitectónico y especificaciones del Proyecto

Ejecutivo autorizado que está llevando a cabo el Oferente. 3.3 Verificar el desarrollo de las obras y anotar en la bitácora las acciones preventivas que eviten fallas

de calidad, retraso a programas de obra, y resultados fuera de normas en la ejecución del proyecto ejecutivo autorizado o de las especificaciones.

3.4 Verificar que el muestreo realizado por el laboratorio de control de calidad, contratado por el

oferente, cumpla con la intensidad y ejecución que especifican las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) o Normas Mexicanas (NMX) vigentes que correspondan, así como en las Intensidades Mínimas de Muestreo (Anexo B).

3.5 Verificar que las obras se ejecuten conforme a lo establecido en el Proyecto Ejecutivo y evaluar la

calidad de ejecución de acuerdo a los “Criterios Generales para Evaluar y Calificar la Calidad de la Vivienda (Anexo D)” aprobados por el Instituto.

3.6 Elaborar y presentar quincenalmente los reportes de obra a la Delegación Regional del

INFONAVIT, de acuerdo a lo establecido en el “EPI_00030 Procedimiento para la Emisión, Entrega y Seguimiento de Reportes de Supervisión o Verificación de Obra de Vivienda INFONAVIT” y en los formatos de registro FR-1 Reporte de Obra, invariablemente la presentación de los reportes deberán entregarse en la forma siguiente:

3.6.1 De cada reporte se debe entregar a la Área Técnica (Delegación Regional) un ejemplar

impreso y uno en archivo electrónico. Simultaneo a lo anterior enviar a Oficinas Centrales a la dirección de correo electrónico que se indica en el ANEXO E, copia electrónica de la Carátula del Reporte de Obra. Sólo en el caso que se evalué la calidad como “NO CUMPLE” se enviará el reporte completo, en ambos casos debe solicitarse el acuse de recibo. Enviará copia electrónica al oferente a la dirección electrónica que se registre en la bitácora de obra.

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3.6.2 El reporte de verificación se integra con las hojas: 1-Carátula de Reporte de Obra, 2-Gráfico de Avances de Obra, 4-Cumplimiento a la Calidad, 5-Planta de Conjunto y 6-Reporte Fotográfico, la emisión y entrega será con base a lo establecido en el (EPI_00030 “Procedimiento para la Emisión, Entrega y Seguimiento de Reportes de Supervisión o Verificación de Obra de Vivienda INFONAVIT”.

3.6.3 El reporte debe contener en todos los casos, la evaluación de la calidad de obra ejecutada

y anexar las hojas de bitácora correspondientes al periodo, reportes fotográficos con sistema digital y observaciones al respecto.

3.6.4 En todos los casos en el reporte del periodo correspondiente, deberá indicarse el

cumplimiento por parte del oferente a las observaciones y/o desviaciones señaladas por el verificador.

3.6.5 En caso de incumplimiento, independientemente de lo anterior debe notificarlo por escrito a

la Delegación Regional con copia a Oficinas Centrales (Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico) para que se ejerciten las acciones procedentes y se evalué el riesgo en la adquisición de las viviendas.

3.6.6 En el caso de las viviendas que alcancen el 80% de avance, realizar el registro de este

avance, en el “Sistema Electrónico de Verificación de Ofertas de Vivienda”, en la página de INFONAVIT en Internet.

3.7 Con independencia de lo asentado en los puntos anteriores, emitir informe sobre aspectos de

omisión en el proyecto o su ejecución, que pudieran ocasionar fallas o afectaciones estructurales, cuyas medidas de corrección deban ser dictaminadas por un especialista y dar aviso de éstas por escrito, al Área Técnica y a la Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico, en su caso los honorarios del dictamen serán con cargo al oferente.

3.8 Evaluar causas e informar a la Delegación Regional con copia a Oficinas Centrales (Gerencia de

Verificación y Apoyo Técnico), respecto del riesgo en la adquisición de viviendas, conforme los siguientes casos enunciativos.

3.8.1 Por causas Geológicas y de comportamiento de suelo (asentamientos, fallas geológicas,

arcillas expansivas, etc.) 3.8.2 Por causas Meteorológicas que impidan la ejecución de las obras en condiciones optimas. 3.8.3 Si el oferente contraviene lo establecido en el Proyecto Ejecutivo o por omisión o rebelión

no ejecuta las instrucciones y recomendaciones señaladas en la bitácora. 3.8.4 En todos los casos se harán del conocimiento del Área Técnica y de la Gerencia de

Verificación y Apoyo Técnico a más tardar al día hábil siguiente a que se produzcan.

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4. Alcances Previo a la Terminación de las Obras

4.1 Emitir el Dictamen Técnico Único “DTU” de las viviendas con todos sus servicios, tomando en cuenta los requisitos establecidos en el EPI_00028 Procedimiento para la Emisión del Dictamen Técnico Único de Vivienda INFONAVIT y utilizando el formato de registro FR-2.

4.2 El Dictamen podrá ser emitido total o parcial respecto al número total de viviendas del conjunto

habitacional y que cumplan con lo dispuesto en el procedimiento referido en el párrafo anterior. 4.3 Realizar el registro del DTU (Dictamen Técnico Único), de las viviendas que lo obtengan, en el

“Sistema Electrónico de Verificación de Ofertas de Vivienda”, en la página de INFONAVIT en Internet.

5. Alcances al Término de las Obras

5.1 Verificar la limpieza y retiro del equipo e instalaciones del oferente. 5.2 Verificar que el oferente haya terminado las obras con todos sus servicios y notificarlo al

INFONAVIT. 5.3 Entregar al Área Técnica, la bitácora de obra y la documentación relacionada con el desarrollo de

la obra. 5.4 La empresa verificadora deberá entregar al Área Técnica de la Delegación los documentos que

durante el desarrollo de las obras se hayan adicionado por modificaciones o medidas de atención, para que ésta los integre al expediente maestro y queden bajo su resguardo.

En cualquier etapa del desarrollo de la obra, elaborar las opiniones técnicas solicitadas por el Instituto ante cambios de programas de obra, proyecto y/o especificaciones, de acuerdo al PES_00011 Procedimiento para la Evaluación Técnica de Solicitudes de Modificaciones Urbanas y Arquitectónicas a Paquetes de Vivienda. Nota: Se aplicarán condiciones específicas para los servicios de verificación, en cuanto al uso de la

Bitácora, relacionadas con la “Apertura, Custodia, Disponibilidad, Contestación de Notas y Cierre”, mismas que se describen en el Anexo “A”.

En el caso, de ofertas a las que se les aplique el Numeral 23, adicionalmente a los alcances antes descrito, se deberán consultar las particularidades contenidas en el (Anexo F) Verificación de Obra en Línea II Bajo el Esquema del Numeral 23.

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Aranceles para Verificación de Ofertas Presentadas a Partir del 27 de mayo de 2004, para Línea II en Paquetes o Vivienda Nueva en Mercado Abierto (Ofertas sin Iniciar o con Avance hasta la Cimentación)

0.6% sobre el precio de la oferta de vivienda Aplicación del Arancel 1. Una vez emitido el número de control correspondiente y para efecto de la suscripción del Contrato de

Prestación de Servicios de Verificación, el plazo de contractual para la ejecución de las obras se considerará a partir:

a) De la recepción del primer pago de la Cuota Única de Registro, en Ofertas de Vivienda Nueva en Mercado Abierto.

b) De la fecha que el Comité de Aprobación de Paquetes (CAP), emita su opinión favorable, en

Paquetes de Línea II. Esa fecha deberá considerarse para la suscripción del Contrato de Opción de Venta correspondiente.

En ofertas en Línea II en cualquiera de sus modalidades y en Conjuntos Habitacionales de Vivienda Nueva en Mercado Abierto. No aplicará la actualización de honorarios por concepto de valor de la vivienda. Calculo de Honorarios de Verificación de Obra para Ofertas Presentadas a Partir del 27 de Mayo de 2004.

I. Monto total de la oferta multiplicado por el 0.6% de arancel. Forma de Pago: 1. Los pagos se realizaran en los términos del “Procedimiento para Pagos Vía Electrónica: Bienes y

Servicios (Oficinas Centrales)-PES-00027” 2. El pago de honorarios de los servicios prestados por las empresas de verificación se hará en forma

mensual, a partir del inicio de los mismos. 3. La fecha de contratación y de inicio de los servicios se considerará dentro de alguna de las siguientes

opciones:

a) En Ofertas de Vivienda Nueva en Mercado Abierto, máximo a los siete días posteriores al la recepción del primer pago de la Cuota Única de Registro.

b) En paquetes de Línea II, máximo a los siete días posteriores a la fecha que el Comité de Aprobación

de Paquetes (CAP), emita su opinión favorable.

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4. El importe mensual por los servicios prestados se determinará como sigue: 5. Monto total de verificación, dividido entre el número de meses que el oferente propuso para terminar

las obras y que queda asentado en el Sistema de Registro de Oferta. 6. Para los casos en que el avance real en el desarrollo de las obras esté por arriba del programado y

las obras se terminen en forma anticipada, el total del importe de los servicios de verificación pactados en el contrato correspondiente, se finiquitará de igual manera en forma anticipada al 100%.

7. Cuando en dos reportes de avance de periodos consecutivos, se detecte que la obra presenta un

avance real menor o igual al 1.5%, o se suspenda la misma, la Delegación Regional a través del Área Técnica deberá instruir por escrito a la Empresa Verificadora, para que se retire temporalmente.

8. Durante el retiro temporal no se pagarán los servicios de verificación 9. Cuando el Desarrollador reanude las actividades, la Empresa Verificadora deberá reiniciar los

servicios, previa notificación por escrito del Área Técnica. 10. Los montos obtenidos serán más el I.V.A II.3 Plantillas De Verificación De Obra. Plantilla mínima para ofertas de línea ii, en paquetes cualquiera de sus modalidades o vivienda nueva en mercado abierto.

NÚMERO DE VIVIENDAS

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL COORDINADOR (1)(2)

NÚM. DE VERIFICADORES

(3)

PRESENCIA DE VERIFICADORES

EN OBRA HASTA 200 25 1 Semanal DE 201 A 400 50 1 Semanal DE 401 A 800 50 2 Permanente DE 801 A 1000 75 3 Permanente DE 1001 A 1500 100 4 Permanente DE 1501 A 2000 100 5 Permanente DE 2001 A 2500 100 6 Permanente

Perfil de Técnicos en Obra para la Prestación de Servicios de Verificación. (1) La participación en porcentaje del Coordinador en la verificación de las obras, corresponde en forma

directa y proporcional a la presencia en obra o permanencia de sus verificadores. (2) La Verificadora deberá tener un Coordinador hasta 1000 viviendas, dos Coordinadores de 1001

viviendas en adelante, el cual deberá dedicarlo por lo menos el porcentaje de días hábiles indicados en la tabla.

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Los requerimientos mínimos del Coordinador de Verificación son los siguientes:

- Experiencia en verificación de obra de conjuntos habitacionales mínima de 5 años. - Cédula Profesional de las carreras de Ingeniería Civil, Arquitectura o Ingeniero Arquitecto. - Para Jefes de frente en más de 1000 viviendas, uno en edificación y uno en urbanización, con 4

años de experiencia.

(3) Del Verificador son los siguientes: - Experiencia en verificación de obras de conjuntos habitacionales mínima de 3 años. - Cédula Profesional de las carreras de Ingeniería Civil, Ingeniero Constructor, Arquitectura o

Ingeniero Arquitecto. - Sólo se aceptará un pasante con 5 años mínimos de experiencia, estrictamente cuando la

plantilla sea mayor o igual a 2. Para efectos de responsiva de los reportes y notas de Bitácora deberá firmarlos el Verificador Titulado.

Los requisitos anteriores deberán comprobarse por la Delegación Regional antes de contratar y se deberá notificar cualquier cambio en el personal técnico de la verificadora cumpliendo con los mismos requerimientos III Sanciones El Instituto a través de la Delegación Regional y/o las Áreas de Apoyo de Oficinas Centrales, en forma periódica o selectiva, realizarán visitas para verificar el cumplimiento de la normatividad, del proyecto ejecutivo, de las especificaciones y reglamentos aplicables durante los procesos de construcción de la vivienda, así como el desempeño de las empresas oferentes y supervisoras respecto a la ejecución de las obras. Por incumplimiento del oferente en la ejecución del proyecto ejecutivo y sus especificaciones o a las condiciones contractuales suscritas, el Instituto ejercitará las acciones procedentes y determinará las sanciones correspondientes. Por incumplimiento de la empresa de verificación a las condiciones contractuales suscritas, a los alcances establecidos en éstos “Lineamientos de Supervisión y Verificación de Vivienda INFONAVIT”, a la omisión de señalamientos y seguimiento respecto al cumplimiento en la ejecución del proyecto ejecutivo y sus especificaciones y de la calidad de las viviendas, el Instituto ejercitará las acciones procedentes y determinará las sanciones correspondientes.

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Referencias Documentales

• EPI-00008 Presentación, Evaluación, Aprobación e Individualización de Paquetes de Vivienda Económica en Línea II

• EPI-00019 Presentación, Evaluación y Aprobación de Paquetes de Vivienda

en Línea II • PES-00022 Registro de Viviendas Nuevas en Conjuntos Habitacionales de

Mercado Abierto • EPI_00011 Procedimiento para la Evaluación Técnica de Solicitudes de

Modificaciones Urbanas y Arquitectónicas a Paquetes de Vivienda. • EPI_00030 Procedimiento para la Emisión, Entrega y Seguimiento de

Reportes de Obra de Vivienda INFONAVIT. • EPI_00028 Procedimiento para la Emisión de Dictamen Técnico Único de

Vivienda INFONAVIT. • PES-00027-Procedimiento Pagos Vía Electrónica: Bienes y Servicios(Oficinas

Centrales) • Procedimiento para la Evaluación, Asignación y Contratación de Empresas

Supervisoras y Verificadoras de Obra INFONAVIT.

Normatividad • Ley de Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. • Estatuto Orgánico del INFONAVIT • Instructivo de Presentación, Evaluación y Aprobación de Paquetes de Vivienda

en Línea II • Instructivo para la Presentación y Aprobación de Paquetes de Créditos en

Línea III • Lineamientos para el Ejercicio Individual de Créditos en Línea III • Disposiciones de las autoridades Municipales, Estatales y Federales en

materia de construcción, desarrollo urbano y medio ambiente. • Normatividad para el Registro de la Oferta de Vivienda. Aprobación por el H.

Consejo de Administración, sesión 636 del 26 de Mayo de 2004. Aprobación por el H. Consejo de Administración, sesión 631 del 10 de Diciembre de 2003, incentivos para Línea III Vivienda

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Formatos de Registro

De Reportes: Anexo 1.- FR-1 Reporte de Obra, Emisión y Entrega para su consulta se localiza en el EPI_00030 Procedimiento para la Emisión, Entrega y Seguimiento de Reportes de Obra de Vivienda INFONAVIT. Anexo 2.-FR-2 Dictamen Técnico Único para su consulta se localiza en el EPI_00028 Procedimiento para la Emisión de Dictamen Técnico Único de Vivienda INFONAVIT Anexo 3.-FR-3 Reporte de Obra Línea III Individual dispersa, emisión y entrega para su consulta se localiza en el EPI_00030 Procedimiento para la Emisión, Entrega y Seguimiento de Reportes de Obra de Vivienda INFONAVIT Anexo 4.-FR-4 Dictamen Técnico de la Obra Ejecutada o Vivienda Terminada Línea II. para su consulta se localiza en el EPI_00030 Anexo 5.-FR-4B Formato del Dictamen Técnico de la Obra Ejecutada de Vivienda Nueva de Mercado Abierto para su consulta se localiza en el EPI_00030 Anexo 6.-FR-4C Formato del Dictamen Técnico de Vivienda Terminada de Vivienda Nueva de Mercado Abierto para su consulta se localiza en el EPI_00030 Anexo 7.-Instructivo para Dictaminar la Obra Ejecutada y/o Vivienda Terminada De Mercado Abierto y Criterios de aplicación. para su consulta se localiza en el EPI_00030 Modelos de Contrato y Formatos de Adición El modelo de contrato para la supervisión de obras en Paquetes de Crédito en Línea III, se encuentra disponible dentro del Procedimiento PG-0009 Presentación y Aprobación de Paquetes de Créditos en Línea III. FCTO-5 Este modelo de contrato deja sin efecto al que se encuentra dentro del Procedimiento EPI-00027 Otorgamiento Y Ejercicio de Crédito en Línea III Individual.

FCTO-5 SUP LIII INDIVIDUAL

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FAD-2 Formato adición a contrato de servicios de supervisión en Línea III Individual.

FAD-2 ADICION CTO LIII IND

FCTO-1 Prestación de Servicios de Verificación y/o Dictaminación, para Ofertas en Paquetes Línea II registradas hasta el 26 de mayo de 2004.

FCTO-1 VERIF ABC PAQ

FCTO-3 Prestación de Servicios de Verificación y/o Dictaminación y su Anexo, para Ofertas de Vivienda Nueva en Mercado Abierto y registadas hasta el 26 de mayo de 2004.

FCTO-3 VERIF ABC MA

FCTO-2 Prestación de Servicios de Verificación, para Ofertas en Paquetes de Línea II y registradas a partir del 27 de mayo de 2004.

FCTO-2 VERIF SIN INICIO PAQ

FCTO-4 Prestación de Servicios de Verificación y su Anexo, para Ofertas de Vivienda Nueva en Mercado Abierto y presentadas a partir del 27 de mayo de 2004.

FCTO-4 VERIF SIN INICIO MA

FAD-1 Formato adición a contrato de servicios de verificación para ofertas de Línea II en Mercado Abierto.

FAD-1 ADICION CTO MA

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Subdirección General Técnica Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico

Lineamientos para la Supervisión y Verificación de Vivienda INFONAVIT Lineamientos EPI_00021 V.2

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Anexo A.-Bitácora de Obra

"ANEXO A BITACORA DE OBRA.

Anexo B.-Intensidades Mínimas de Muestreo

INTENSIDADES DE MUESTREO

Anexo C.-Actualización de Montos Contratados.

ANEXO C_ACT. MONTOS

Anexo D.-Criterios Generales para Evaluar y Calificar a Calidad de la Vivienda

"ANEXO D CRITERIOS GENERAL

Anexo F.-Verificación de Obra en Línea II bajo el Esquema Bajo Numeral 23

ANEXO F_NUMERAL 23

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Subdirección General Técnica Gerencia de Verificación y Apoyo Técnico

Lineamientos para la Supervisión y Verificación de Vivienda INFONAVIT Lineamientos EPI_00021 V.2

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Autorizaciones

Ing. Saúl Cruz Roa Gerente de Verificación y Apoyo Técnico

Ing. Rodrigo Animas Mejía Gerente de Ingeniería de Procesos y Calidad

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