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    Servicio Estatal de Autonomas

    Seguimiento al Ejercicio Efectivo de

    Competencias en materia de

    Recursos Hdricos y Riego en los GobiernosAutnomos Departamentales

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    Seguimiento al Ejercicio Efectivo de Competencias en materia de Recursos Hdricos y Riego

    Servicio Estatal de Autonomas SEADirectora Ejecutiva a.i.:Sandra Durn Canelas Aranibar

    Direccin de Desarrollo Legislativo y CompetencialDirector:Daniel Viscarra Morales

    Unidad de Conciliacin y Resolucin de ConflictosElaboracin:Daniel Viscarra, Javier Prez y Diego Chvez

    Diagramacin y CorreccinUnidad de Comunicacin

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    Servicio Estatal de Autonomas

    Contenido

    Presentacin ................................................................................................................................................................ 5

    Introduccin ................................................................................................................................................................ 7

    1. Metodolga del Estudio, Objetivo y Estrategia ........................................................................................ 9

    2. Anlisis Competencial .................................................................................................................................102.1 Tipologa competencial ............................................................................................................................102.1.1 Competencias Privativas ......................................................................................................................102.1.2 Competencias Exclusivas .....................................................................................................................102.1.3 Competencias Concurrentes ..............................................................................................................112.1.4 Competencias Compartidas ................................................................................................................112.2 Distribucin y anlisis competencial ...................................................................................................122.2.1 Distribucin competencial y distribucin de responsabilidades ..........................................132.2.2 Mandatos constitucionales .................................................................................................................162.2.3 Espritu Constituyente ...........................................................................................................................172.2.4 Anlisis competencial ............................................................................................................................18

    3. Resultados obtenidos en los Gobiernos Autnomos Departamentales ........................................223.1 Normativa ......................................................................................................................................................22

    3.2 Institucionalidad .........................................................................................................................................223.3 Planificacin .................................................................................................................................................233.4 Infraestructura y recursos humanos ....................................................................................................24

    4. Memoria del Taller Nacional de Socializacin de Resultados sobre elAnlisis y Ejercicio Efectivo de Competencias en materia de Recursos Hdricos yRiego en los nueve Gobiernos Autnomos Departamentales ........................................................26

    4.1 Presentacin del Servicio Estatal de Autonomas: ..........................................................................264.2 Presentacin de los resultados obtenidos de la consultoras realizadas

    en los Gobiernos Autnomos Departamentales .............................................................................274.3 Presentacin del Viceministerio de Recursos Hdricos y Riego ..................................................274.4 Desarrollo y conclusiones de las Mesas de Debate Tcnico ........................................................27

    5. Conclusiones y Recomendaciones ...............................................................................................................29

    6. Bibliografa ............................................................................................................................................................31

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    PresentacinA partir de la promulgacin de la Constitucin Poltica del Estado (CPE) el 07 de febrero de 2009, el Estadoboliviano sufri una transformacin en su modo de Estado, pues ste pas de ser un Estado simple aun Estado compuesto, es decir, dio lugar a una ruptura del monopolio legislativo que antes pertenecaexclusivamente a lo que hoy en da se denomina como nivel central del Estado. En este sentido, eltexto constitucional estableci una tipologa competencial con cuatro tipos de competencias, a saber:privativas, exclusivas, compartidas y concurrentes; asimismo, bajo esta clasificacin, asign un total de 199competencias, las mismas que sern ejercidas por el nivel central del Estado y las entidades territorialesautnomas.

    Sin embargo, ms all de esta asignacin competencial realizada por el texto constitucional, la Ley Marcode Autonomas y Descentralizacin (LMAD) estableci aquellos alcances competenciales en una serie desectores, lo que permiti dejar establecidas las responsabilidades que tendr cada uno de los niveles degobierno en dichas materias competenciales.

    En este sentido, en vista de la mencionada distribucin es necesario que tanto el nivel central del Estadocomo las entidades territoriales autnomas ejerzan sus respectivas competencias, pues ello se traduce enprovisin y prestacin de bienes y servicios a la poblacin de sus respectivas jurisdicciones.

    A raz de estas disposiciones, la LMAD estableci que el Servicio Estatal de Autonomas (SEA), en su

    naturaleza de organismo de consulta, apoyo y asistencia tcnica a los diferentes niveles de gobierno en elproceso de implementacin y desarrollo del rgimen de autonomas, tiene como una de sus atribucionesen el mbito competencial: analizar y evaluar el proceso de ejercicio efectivo de competencias, como basede las polticas de fortalecimiento institucional.

    Conforme al mandato dictado por la LMAD, el SEA elabor una metodologa de anlisis y evaluacin delproceso de ejercicio efectivo de competencias; la misma que, con el apoyo de la Embajada del Reino delos Pases Bajos mediante el Servicio Holands de Cooperacin al Desarrollo - SNV Bolivia (Programa deFortalecimiento a la Gestin Autonmica de Polticas Pblicas - PFI), y la coordinacin con el Viceministeriode Recursos Hdricos y Riego, se puso en prctica esta metodologa en los nueve Gobiernos AutnomosDepartamentales en materia de recursos hdricos y riego, cuyos resultados son expuestos en el presentedocumento con el fin de dar a conocer el estado actual del ejercicio competencial en esta materia, lo quepermitir trabajar en un programa de asistencia de apoyo a los Gobiernos Autnomos Departamentales.

    Sandra Durn Canelas AranibarDirectora Ejecutiva a.i.

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    Servicio Estatal de Autonomas

    IntroduccinEl Servicio Estatal de Autonomas (SEA), en su naturaleza de organismo de consulta, apoyoy asistencia tcnica a los diferentes niveles de gobierno en el proceso de implementacin ydesarrollo del rgimen de autonomas establecido en el texto constitucional, tiene como una desus atribuciones en el mbito competencial: analizar y evaluar el proceso de ejercicio efectivo decompetencias, como base de las polticas de fortalecimiento institucional.

    Conforme al mandato dictado por la Ley N 031, Marco de Autonomas y Descentralizacin AndrsIbaez, se ha venido trabajando en la construccin de una metodologa de anlisis y evaluacindel proceso de ejercicio efectivo de competencias. Por lo tanto, se gener la necesidad de aplicardicha metodologa desarrollada a travs de la elaboracin de estudios de anlisis del ejercicioefectivo de competencias, para lo cual se tom como sector sujeto de anlisis y evaluacin al deRecursos Hdricos y Riego.

    En ese entendido, con el apoyo de la Embajada del Reino de los Pases Bajos mediante el ServicioHolands de Cooperacin al Desarrollo - SNV Bolivia (Programa de Fortalecimiento a la Gestin Autonmicade Polticas Pblicas - PFI) y por medio de consultoras, se realiz el seguimiento y anlisis delproceso de ejercicio efectivo de competencias en el sector en los nueve Gobiernos Autnomos

    Departamentales. Este estudio contiene el anlisis y los resultados obtenidos en el marco deltrabajo desarrollado.

    El presente documento contiene una primera parte que considera la Metodolga delEstudio, Objetivo y Estrategia. En la segunda parte, se desarrolla el anlisis competencial delsector, considerando los tipos de competencias, los mandatos constitucionales y el espritudel constituyente. El tercer acpite describe los principales resultados del estudio sobre elejercicio efectivo de competencias en el sector, en cada uno de los ejes evaluados: normativa,institucionalidad, planificacin, infraestructura y recursos humanos. La cuarta parte contiene lamemoria del Taller Nacional de Socializacin de Resultados sobre el Anlisis y Ejercicio Efectivo

    de Competencias en materia de Recursos Hdricos y Riego en los nueve Gobiernos AutnomosDepartamentales, realizado los das 6 y 7 de junio en la ciudad de Cochabamba. Finalmente, laltima seccin contiene las conclusiones y las recomendaciones en el marco del anlisis efectuado.

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    Seguimiento al Ejercicio Efectivo de Competencias en materia de Recursos

    Hdricos y Riego en los Gobiernos Autnomos Departamentales

    1. Metodolga del Estudio, Objetivo y Estrategia

    El objetivo de la consultoras previstas para la materializacin de la atribucin del SEA fue: Elaborar un estudiode anlisis y evaluacin del proceso de ejercicio efectivo de competencias en materia de Recursos Hdricos y

    Riego en los nueves Gobiernos Autnomos Departamentales, a travs de la utilizacin de la metodologa de

    seguimiento y evaluacin al ejercicio competencial elaborada por el Servicio Estatal de Autonomas.

    En el contexto de este objetivo, se aplic una estrategia metodolgica terico-prctica, a partir dela que se establecieron cinco momentos, los cuales son:

    1) Reuniones de intercambio y retroalimentacin entre el personal contratado y elServicio Estatal de Autonomas.

    En principio se defini los elementos que componen el sector Recursos Hdricos y Riego y, asu vez, se establecieron aquellos elementos que permitiran medir el ejercicio efectivo de lascompetencias asignadas en la materia.

    2) Anlisis competencial del sector

    Se revis y analiz la normativa autonmica y sectorial con el fin de determinar los alcancescompetenciales asignados a cada nivel de gobierno en el sector.

    3) Reuniones y trabajo en las gobernaciones

    En visitas coordinadas con las nueve gobernaciones del pas y junto a los equipos tcnicos que tienen tuicin

    sobre el sector recursos hdricos y riego (servicios departamentales de riego, agua, entre otros.); se aplic la

    metodologa de anlisis de ejercicio efectivo de competencias; lo cual fue llevado a cabo a travs de un

    cuestionario se midieron indicadores para entender la aplicacin de las competencias en el sector por parte

    de los gobiernos autnomos departamentales; as como el trabajo directo con estos equipos de trabajo.

    4) Reuniones con el Viceministerio de Recursos Hdricos y Riego

    Junto al Viceministro de Recursos Hdricos y Riego, as como el equipo tcnico de esa institucin,

    se present el anlisis competencial de la materia realizado por el Servicio Estatal de Autonomas,con el fin de complementar el mismo desde un punto de vista sectorial.

    5) Taller Nacional con los Gobiernos Autnomos Departamentales

    Uno de los momentos ms importantes del anlisis y evaluacin de este ejercicio efectivo decompetencias fue dado a travs de la realizacin de un Taller Nacional con todos los GobiernosAutnomos Departamentales, donde se presentaron los resultados obtenidos en el trabajocon estos gobiernos y, al mismo tiempo, se estableci una agenda de asistencia tcnica paraimplementar el sector desde un punto de vista autonmico.

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    2. Anlisis Competencial

    2.1 Tipologa competencial

    Llevar a cabo el anlisis competencial en cualquier sector, implica comprender la nuevaestructura y organizacin territorial del Estado boliviano, la cual tiene entre uno de sus elementosfundamentales la tipologa competencial establecidas en el texto constitucional.

    En este marco, la CPE establece la existencia de cuatro tipos de competencias, a saber: la privativas, lasexclusivas, las concurrentes y las compartidas. A continuacin se caracterizan cada una de stas con el finde comprender con mayor amplitud el ejercicio competencial en materia de recursos Hdricos y Riego.

    2.1.1 Competencias Privativas

    Son aquellas donde la legislacin, la reglamentacin y la ejecucin no se transfieren ni delegan, yestn reservadas para el nivel central del Estado (CPE, Art. 297/I/1).

    2.1.2 Competencias Exclusivas

    Son aquellas en las que un nivel de gobierno tiene sobre determinada competencia las facultadeslegislativa, reglamentaria y ejecutiva; adems de ello, puede transferir y/o delegar la reglamentaciny la ejecucin a otro nivel de gobierno (CPE, Art. 297/I/2).

    Elabora la leyReglamenta la leyEjecuta la competencia

    NivelCentral

    Ninguna de las facultades puedesertransferida o delegada

    Elabora la leyReglamenta la leyEjecuta la competencia

    Slo puede transferir o delegar lareglamentacin y la ejecucin

    Nivel deGobierno

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    2.1.3 Competencias Concurrentes

    Son aquellas donde la legislacin corresponde al nivel central del Estado y los otros niveles ejercensimultneamente las facultades reglamentaria y ejecutiva (CPE, Art. 297/I/3). La LMAD, por su parte,establece que el nivel central del Estado tambin ejerce de forma simultnea la reglamentacin yejecucin junto a los otros niveles de gobierno (Art. 65).

    No obstante, al respecto la Sentencia Constitucional N2055/2012, de 16 de octubre de 2012,determin que, en las competencias concurrentes, el nivel central del Estado slo podr ejercerlas facultades reglamentarias y ejecutivas, cuando se genere alguno de los siguientes casos:

    1) Cuando el ejercicio de las facultades reglamentaria y ejecutiva del nivel central delEstado, no desplace el ejercicio de estas facultades en los Gobiernos Autnomos.

    2) Cuando los Gobiernos Autnomos no estn ejerciendo sus facultades reglamentaria yejecutiva.

    3) Cuando el ejercicio de las facultades reglamentaria y ejecutiva del nivel central delEstado slo tenga efecto sobre las instituciones propias de este nivel de gobierno y nosobre los Gobiernos Autnomos.

    Finalmente, la citada Sentencia Constitucional determin que en este tipo de competencias, el

    nivel central del Estado, al momento de emitir la legislacin correspondiente, deber establecerlas responsabilidades a por lo menos dos niveles de gobierno subnacionales para el ejercicio delas facultades reglamentaria y ejecutiva.

    2.1.4 Competencias Compartidas

    Son aquellas sujetas a una legislacin bsica de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) y, dondela legislacin de desarrollo corresponde a los Gobiernos Autnomos, de acuerdo a su caractersticay naturaleza. Asimismo, la reglamentacin y ejecucin corresponder a los Gobiernos Autnomos(CPE, Art. 297/I/3).

    Elabora la ley

    SIMULTNEAMENTE

    Reglamenta la ley

    Ejecuta la competencia

    NivelCentral

    NivelMunic.

    NivelIOC

    NivelCentral NivelDeptal.

    El nivel central del Estado slo podr reglamentar yejecutar en este tipo de competencias en estos 3 casos:

    1) Cuando no exista desplazamiento a losgobiernos autnomos.

    2) Cuando los gobiernos autnomos no estnejerciendo sus facultades.

    3) Cuando la reglamentacin y ejecucin estdirigido slo a instituciones del nivel central delEstado.

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    En este tipo de competencia, la LMAD dispone que la ALP tiene la facultad exclusiva de fijar, pormedio de legislaciones bsicas, los principios, la regulacin general de la materia y la divisinde responsabilidades entre el nivel central del Estado y los Gobiernos Autnomos respecto adeterminada competencia compartida, de acuerdo a su naturaleza y escala (Art. 66/I).

    2.2 Distribucin y anlisis competencial

    Luego de revisar los tipos de competencias establecidos por el texto constitucional, pasamosa llevar a cabo el anlisis competencial en materia de Recursos Hdricos y Riego, para ello caberesaltar que el Servicio Estatal de Autonomas, en el marco de las atribuciones que le fueronestablecidas por la Ley Marco de Autonomas y Descentralizacin, realiza el anlisis y evaluacindel ejercicio efectivo de competencias en los diferentes niveles de gobierno del Estado boliviano.

    En ese contexto, el anlisis competencial que se realiza en esta ocasin, toma en cuenta lossiguientes elementos:

    Distribucin competencial y distribucin de responsabilidades: en este punto, seidentifican las competencias distribuidas por la CPE y las responsabilidades establecidas porla LMAD que fueron asignadas a cada uno de los niveles de gobierno en el sector analizado.

    Mandatos constitucionales:se identifican aquellos mandatos a Estado o mandatos aLey que estn establecidos en el texto constitucional y que, en algunos casos, permitenorientar y clarificar las disposiciones constitucionales respecto las polticas sectoriales.

    Espritu constituyente: en este elemento, se describe y analiza la asignacincompetencial y las caracteristicas sectoriales establecidas en las comiciones de laasamblea constituyente, en espacial, la comisin 9 tanto en su informe de mayoracomo el informe de minora; esto tiene como fin identificar, en la medida de lo posible,la orientacin de la actual distribucin de competencias y de los sectores en base a loplanteado en la discusin sostenida en el proceso constituyente.

    Anlisis competencial:en este punto se analiza e identifica las responsabilidades especficasde cada nivel de gobierno desde una perspectiva facultativa y una de carcter material.

    En base a los elementos antes descritos, a continuacin se realiza la secuencia del anlisiscompetencial en materia de Recursos Hdricos y Riego.

    Elabora la LEY DE DESARROLLOReglamenta la LEY DE DESARROLLOEjecuta la competenciaETA

    Elabora la LEY BSICANivelCentral

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    2.2.1 Distribucin competencial y distribucin de responsabilidades

    En base a la asignacin de competencias realizada por el texto constitucional, es posible identificarque el ejercicio competencial de la materia de Recursos Hdricos y Riego est asociado con lassiguientes competencias:

    Competencias exclusivas del nivel central del Estado

    - Rgimen general de recursos hdricos y sus servicios (CPE, Art. 298/II/5).- Polticas de servicios bsicos (CPE, Art. 298/II/30).

    Competencias concurrentes entre el nivel central del Estado y los Gobiernos Autnomos

    - Proyectos de agua potable y tratamiento de residuos slidos (CPE, Art. 299/II/9).- Proyectos de riego (CPE, Art. 299/II/10).- Proteccin de cuencas (CPE, Art. 299/II/11).

    Competencias exclusivas de los Gobiernos Autnomos Municipales

    - Sistemas de microriego en coordinacin con los pueblos indgena originariocampesinos (CPE, Art. 302/I/38).

    - Servicios bsicos as como aprobacin las tasas que correspondan en su jurisdiccin(CPE, Art. 302/I/40).

    Competencias exclusivas de los Gobiernos Autnomos Indgena Originario Campesinos

    - Mantenimiento y administracin de sus sistemas de microriego (CPE, Art.304/I/18).

    Competencias concurrentes de los Gobiernos Autnomos Indgena Originario Campesinos

    - Conservacin de recursos forestales, biodiversidad y medio ambiente (CPE, Art. 304/III/3).- Sistemas de riego, recursos hdricos, fuentes de agua y energa, en el marco de la

    poltica del Estado, al interior de su jurisdiccin (CPE, Art. 304/III/4).- Construccin de sistemas de microriego (CPE, Art. 304/III/5).

    A su vez, en el marco de los alcances competenciales establecidos en la Ley Marco de

    Autonomas y Descentralizacin, se pueden identificar una serie de responsabilidadesrelacionadas al ejercicio competencial en materia de Recursos Hdricos y Riego, las cuales sesealan a continuacin.

    En lo referido sobre Agua Potable y Alcantarillado:

    - De acuerdo a la competencia exclusiva del Numeral 30 del Pargrafo II del Artculo 298de la Constitucin Poltica del Estado, el nivel central del Estado tiene las siguientescompetencias exclusivas (LMAD, Art. 83/I/1): Nivel central del Estado:

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    a) Formular y aprobar el rgimen y las polticas, planes y programas de serviciosbsicos del pas; incluyendo dicho rgimen el sistema de regulacin yplanificacin del servicio, polticas y programas relativos a la inversin y laasistencia tcnica.

    b) Elaborar, financiar y ejecutar subsidiariamente proyectos de alcantarilladosanitario con la participacin de los otros niveles autonmicos, en el marco de

    las polticas de servicios bsicos.

    - De acuerdo a la competencia concurrente del Numeral 9 del Pargrafo II del Artculo299 de la Constitucin Poltica del Estado y en el marco de la delegacin de la facultadreglamentaria y/o ejecutiva de la competencia exclusiva del Numeral 30 del Pargrafo IIdel Artculo 298 de la Constitucin Poltica del Estado, se desarrollan las competenciasde la siguiente manera (LMAD, Art. 83/II):

    1. Nivel central del Estado:

    a) Elaborar, financiar y ejecutar subsidiariamente proyectos de agua potable yalcantarillado de manera concurrente con los otros niveles autonmicos, enel marco de las polticas de servicios bsicos.

    2. Gobiernos departamentales autnomos:

    a) Elaborar, financiar y ejecutar subsidiariamente planes y proyectos de aguapotable y alcantarillado de manera concurrente y coordinada con el nivelcentral del Estado, los gobiernos municipales e indgena originario campesinosque correspondan, pudiendo delegar su operacin y mantenimiento a losoperadores correspondientes, una vez concluidas las obras. Toda intervencindel gobierno departamental debe coordinarse con el municipio o autonomaindgena originaria campesina beneficiaria.

    b Coadyuvar con el nivel central del Estado en la asistencia tcnica y planificacinsobre los servicios bsicos de agua potable y alcantarillado.

    3. Gobiernos municipales autnomos:

    a) Ejecutar programas y proyectos de los servicios de agua potable yalcantarillado, conforme a la Constitucin Poltica del Estado, en el marcodel rgimen hdrico y de sus servicios, y las polticas establecidas por el nivel

    central del Estado.b) Elaborar, financiar y ejecutar proyectos de agua potable en el marco de sus

    competencias, y cuando corresponda de manera concurrente y coordinadacon el nivel central del Estado y los otros niveles autonmicos; as comocoadyuvar en la asistencia tcnica y planificacin. Concluidos los proyectospodrn ser transferidos al operador del servicio.

    c) Proveer los servicios de agua potable y alcantarillado a travs de entidadespblicas, cooperativas, comunitarias o mixtas sin fines de lucro conforme a laConstitucin Poltica del Estado y en el marco de las polticas establecidas enel nivel central del Estado.

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    d) Aprobar las tasas de los servicios pblicos de agua potable y alcantarillado,cuando estos presten el servicio de forma directa.

    4. Gobiernos indgena originario campesinos autnomos:

    a) Los gobiernos indgena originario campesinos, en el mbito de su jurisdiccin,

    podrn ejecutar las competencias municipales.

    - Los gobiernos departamentales tienen la competencia de elaborar, financiar y ejecutarproyectos de alcantarillado sanitario en calidad de delegacin o transferencia de lafacultad reglamentaria y/o ejecutiva de la competencia exclusiva del Numeral 30 delPargrafo II del Artculo 298 de la Constitucin Poltica del Estado (LMAD, Art. 83/IV).

    En lo que se refiere a Recursos Naturales:

    - De acuerdo a las competencias concurrentes de los Numerales 4 y 11 del Pargrafo II

    del Artculo 299 de la Constitucin Poltica del Estado se distribuyen las competenciasde la siguiente manera (LMAD, Art. 87/IV):

    1. Gobiernos departamentales autnomos:

    a) Ejecutar la poltica general de conservacin y proteccin de cuencas, suelos,recursos forestales y bosques.

    3. Gobiernos Indgena originario campesinos autnomos:

    b) Implementar las acciones y mecanismos necesarios de acuerdo a sus normas yprocedimientos propios para la ejecucin de la poltica general de suelos ycuencas.

    En lo referido a los Recursos Hdricos y Riego:

    - De acuerdo a la competencia exclusiva del Numeral 5, Pargrafo II del Artculo 298de la Constitucin Poltica del Estado el nivel central del Estadotendr las siguientescompetencias exclusivas (LMAD, Art. 89/I):

    1. Establecer mediante ley el rgimen de recursos hdricos y sus servicios, que comprende:

    a) La regulacin de la gestin integral de cuencas, la inversin, los recursoshdricos y sus usos.

    b) La definicin de polticas del sector.c) El marco institucional.d) Condiciones y restricciones para sus usos y servicios en sus diferentes estados.e) La otorgacin y regulacin de derechos.f ) La regulacin respecto al uso y aprovechamiento.g) La regulacin para la administracin de servicios, para la asistencia tcnica

    y fortalecimiento, y los aspectos financiero administrativo, relativos a losrecursos hdricos.

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    h) La institucionalidad que reconoce la participacin de las organizacionessociales en el sector.

    - De acuerdo a la competencia concurrente del Numeral 10, Pargrafo II del Artculo 299de la Constitucin Poltica del Estado se desarrollan las competencias concurrentes dela siguiente manera (LMAD, Art. 89/II):

    1. Nivel central del Estado:

    a) Elaborar, financiar y ejecutar proyectos de riego de manera concurrente ycoordinada con las entidades territoriales autnomas. Concluidos losproyectos de micro riego con municipios y autonomas indgena originariacampesinas, stos podrn ser transferidos a los usuarios, de acuerdo anormativa especfica.

    2. Gobiernos departamentales:

    a) Elaborar, financiar y ejecutar proyectos de riego de manera concurrentey coordinada con el nivel central del Estado y las entidades territorialesautnomas e implementar la institucionalidad del riego prevista en ley delsector, en observacin del Pargrafo II del Artculo 373 de la ConstitucinPoltica del Estado.

    3. Gobiernos municipales autnomos:

    a) Elaborar, financiar y ejecutar proyectos de riego y micro riego de maneraexclusiva o concurrente, y coordinada con el nivel central del Estado yentidades territoriales autnomas en coordinacin con los pueblos indgenaoriginario campesinos.

    4. Gobiernos indgena originario campesinos:

    a) Elaborar, financiar, ejecutar y mantener proyectos de riego de maneraconcurrente y coordinada con el nivel central Estado y entidades territorialesautnomas.

    2.2.2 Mandatos constitucionales

    Entre los mandatos constitucionales que especifican el sector, podemos encontrar los siguientes:

    - I. Toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los serviciosbsicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal ytelecomunicaciones. II. Es responsabilidad del Estado, en todos sus niveles degobierno, la provisin de los servicios bsicos a travs de entidades pblicas,mixtas, cooperativas o comunitarias. En los casos de electricidad, gas domiciliario ytelecomunicaciones se podr prestar el servicio mediante contratos con la empresaprivada. La provisin de servicios debe responder a los criterios de universalidad,

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    responsabilidad, accesibilidad, continuidad, calidad, eficiencia, eficacia, tarifasequitativas y cobertura necesaria; con participacin y control social. III. El acceso alagua y alcantarillado constituyen derechos humanos, no son objeto de concesin niprivatizacin y estn sujetos a rgimen de licencias y registros, conforme a ley (CPE,Art. 20).

    - El Estado reconocer, respetar y proteger los usos y costumbres de las comunidades,de sus autoridades locales y de las organizaciones indgena originaria campesinassobre el derecho, el manejo y la gestin sustentable del agua (CPE, Art. 374/II).

    - I. Es deber del Estado desarrollar planes de uso, conservacin, manejo y aprovechamientosustentable de las cuencas hidrogrficas. II. El Estado regular el manejo y gestinsustentable de los recursos hdricos y de las cuencas para riego, seguridad alimentariay servicios bsicos, respetando los usos y costumbres de las comunidades (CPE, Art.375).

    2.2.3 Espritu Constituyente

    El Par. II del Art. 196 de la CPE establece que el Tribunal Constitucional Plurinacional aplicarcomo criterio de interpretacin, con preferencia, la voluntad del constituyente, de acuerdo consus documentos, actas y resoluciones, as como el tenor literal del texto. En ese entendido parala mejor aplicacin de los contenidos constitucionales el SEA revisa las actas de la AsambleaConstituyente, para lo cual, en el caso especfico de Recursos Hdricos y Riego se identific losiguiente:

    Informe Final por Mayora:

    Competencias Privativas del Gobierno Plurinacional:

    - Legislacin en todos los mbitos mediante la Asamblea Legislativa.- Definicin de polticas generales en todos los mbitos, establecidos en el plan nacional

    de desarrollo.- Propiedad, titularidad y gestin de la tierra y territorio, los recursos naturales y

    energticos estratgicos, minerales, hidrocarburos, ros mayores, fuentes y depsitosmayores de agua.

    - Polticas generales sobre medio ambiente, biodiversidad y aprovechamiento derecursos forestales.

    Competencias Exclusivas del Gobierno Plurinacional:

    - Regulacin del sistema de control medioambiental y de biodiversidad.

    Competencias Regionales:

    - Macro riego y proteccin de cuencas.- Conservacin medioambiental.

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    Competencias Municipales:

    - Planificar, administrar, ejecutar y supervisar los servicios de saneamiento bsico:agua potable, alcantarillado pluvial, sanitario, aseo urbano, manejo y tratamiento deresiduos slidos.

    Competencias de los Territorios Indgenas Originarios:

    - Construir, mantener y administrar sistemas de riego.- Servicios bsicos y saneamiento.

    Informe Final por Minora:

    Competencias del Estado:

    - Ordenacin y concesin de recursos y aprovechamientos hidrulicos cuando las aguas

    discurran por ms de un departamento.- Legislacin bsica sobre el medio ambiente, aprovechamientos forestales, sin perjuiciode las facultades de los Gobiernos departamentales y municipales autnomos deestablecer normas adicionales de proteccin.

    - Legislacin bsica de los recursos naturales.

    Competencias de los Departamentos Autnomos:

    - Elaborar y aprobar los proyectos para la construccin y aprovechamientos hidrulicos,canales, regados, aguas minerales y termales, de inters departamental.

    - Legislar, regular y otorgar las autorizaciones, licencias y derechos a los servicios que sedesarrollen en el mbito de su jurisdiccin.

    - Aplicar la regulacin ambiental en toda actividad de produccin de bienes y servicios,as como precautelar el equilibrio ecolgico.

    Competencias de los Gobiernos Municipales Autnomos:

    - Preservar, proteger, conservar y asumir la autoridad ambiental en su jurisdiccinterritorial, sobre el medio ambiente y los recursos naturales, fauna silvestres yanimales domsticos, ejercer y mantener el equilibrio ecolgico y el control de lacontaminacin ambiental, en concordancia con las leyes que regulan la materia

    especfica.- Legislar, regular y controlar la prestacin de los servicios pblicos bsicos, prestados

    en su jurisdiccin, como ser: luz, agua, telefona fija y otros que por mandato de la leyles sean transferidos.

    2.2.4 Anlisis competencial

    En base a las disposiciones normativas antes descritas, a continuacin se realiza el anlisiscompetencial, donde se intenta establecer cules son las responsabilidades de cada uno de losniveles de gobierno en materia de Recursos Hdricos y Riego.

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    - Rgimen General de Recursos Hdricos y Riego:

    w Nivel central del Estado:

    q Legisla y reglamenta de manera general sobre: fuentes de agua, servicio dealcantarillado, agua potable, riego y microriego (determinando lo que se

    entiende por uno y otro).q Legisla y reglamenta sobre las reglas necesarias para garantizar el

    cumplimiento del rgimen general de recursos hdricos y riego. Por lotanto, tambin ejecuta la regulacin sectorial sobre el rgimen general,respetando las competencias y responsabilidades de los gobiernosautnomos.

    - Fuentes de Agua:

    w Nivel central del Estado:

    q Legisla, reglamenta y ejecuta sobre la autorizacin del uso de fuentesde agua, as como la actualizacin o prdida de estas autorizaciones;adems, de la clasificacin, cuidado y manejo de estas fuentes de agua.No reglamentar y ejecutar estas responsabilidades cuando las fuentesde agua se encuentren en jurisdiccin de un gobierno autnomo indgenaoriginario campesino.

    w Gobiernos indgena originario campesinos:

    q Reglamentar y ejecutar lo normado sobre la autorizacin de uso de lasfuentes de agua y la actualizacin o prdida de estos permisos, de acuerdo alo establecido en la normativa del Nivel central del Estado.

    - Servicios bsicos (Agua Potable y Alcantarillado):

    w Nivel central del Estado:

    q Legisla y reglamenta la poltica de los servicios bsicos de Agua Potabley Alcantarillado, determinando lineamientos tcnicos de cumplimientoobligatorio para la prestacin de estos servicios a cargo de los gobiernos

    autnomos.q Legisla, reglamenta y ejecuta las acciones propias para el cumplimiento de

    la poltica de servicios bsicos de agua potable y alcantarillado, teniendo poralcance toda gestin que no vulnere las competencias y responsabilidades delos Gobiernos Autnomos.

    q Legisla, reglamente y ejecuta la regulacin sectorial para el cumplimientode lo normado en el marco de la poltica de estos servicios bsicos, sinvulnerar la gestin propia de los gobiernos autnomos municipales, queposeen la competencia exclusiva de servicios bsicos, en tanto prestacinde los mismos.

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    w Gobiernos Autnomos Municipales:

    q Legislan, reglamentan y ejecutan la prestacin de los servicios bsicos deagua potable y alcantarillado, normas que debern tomar en cuenta lasdisposiciones de la poltica de servicios bsicos y del rgimen general derecursos hdricos y riego, emitidos por el Nivel central del Estado.

    q Legislan, reglamentan y ejecutan la regulacin sectorial de la prestacin delos servicios bsicos de agua potable y alcantarillado.

    w Nivel central del Estado y Gobiernos Autnomos:

    q El Nivel central del Estado legisla sobre la construccin de plantas y redesde infraestructura requerida para la prestacin del servicio bsico de aguapotable; as como las reglas del ejercicio concurrente de esta competencia.

    q El Nivel central del Estado y los Gobiernos Autnomos reglamentan yejecutan la construccin de plantas y redes de infraestructura requeridas

    para la prestacin del servicio bsico de agua potable; no obstante, esimportante resaltar que slo los Gobiernos Autnomos Municipales y losGobiernos Autnomos Indgena Originario Campesinos pueden ejercerestas facultades de forma autnoma, pues el Nivel central del Estado y losGobiernos Autnomos Departamentales debern ejercer dichas facultadesde forma concurrente y coordinada con los niveles locales. A su vez, a pesarde que el servicio bsico de alcantarillado no est en el alcance de estacompetencia concurrente, la forma de provisin y prestacin del mismodeber atender a la concurrencia y coordinacin con los niveles de gobiernolocales.

    - Proteccin de Cuencas:

    w Nivel central del Estado:

    q Legisla sobre la poltica y todos los elementos tcnicos relacionados a laproteccin de cuencas.

    q Legisla, reglamenta y ejecuta la regulacin sectorial para el cumplimiento dela poltica y elementos tcnicos de la proteccin de cuencas.

    w Gobiernos Autnomos Departamentales:

    q Reglamentan y ejecutan la legislacin y la poltica de proteccin de cuencas,en el marco de lo establecido por el nivel central del Estado.

    q Ejecutan la regulacin sobre las responsabilidades que les fueron distribuidas.

    w Gobiernos Autnomos Indgena Originario Campesinos:

    q Reglamentan y ejecutan la legislacin y la poltica de proteccin de cuencas,en el marco de lo establecido por el nivel central del Estado.

    q Ejecutan la regulacin sobre las responsabilidades que les fueron distribuidas.

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    - Riego y Microriego:

    w Nivel central del Estado y Gobiernos Autnomos:

    q El Nivel central del Estado legisla la materia de riego, considerandoprincipalmente los proyectos de riego y los servicios que se prestan sobre

    stos, en el marco de lo normado en el rgimen general de recursos hdricosy riego.

    q El Nivel central del Estado y los Gobiernos Autnomos reglamentan yejecutan los proyectos de riego, as como la administracin de los serviciosde riego; no obstante, los Gobiernos Autnomos Municipales son los nicosque pueden ejercer esta responsabilidad de forma autnoma, pues elNivel central del Estado, los Gobiernos Autnomos Departamentales y losGobiernos Autnomos Indgena Originario Campesinos debern ejercer estaresponsabilidad en coordinacin y concurrencia con los niveles locales.

    wGobiernos Autnomos Municipales:

    q Legislan, reglamentan y ejecutan los sistemas de microriego, en el marco delo normado por el rgimen general de recursos hdricos y riego emitido porel Nivel central del Estado y, cuando corresponda, coordinar con los pueblosindgena originario campesinos.

    w Gobiernos Autnomos Indgena Originario Campesinos:

    q Legislan, reglamentan y ejecutan el mantenimiento y la administracin de sussistemas de microriego, en el marco de lo normado por el rgimen general derecursos hdricos y riego emitido por el Nivel central del Estado.

    El anlisis competencial presentado, tambin puede ser ejemplificado a travs de lo denominamoscomo la sntesis grfica de las Competencias y Responsabilidades en Recursos Hdricos y Riego, lacual se traduce en:

    Conforme al anlisis respecto de las competencias y responsabilidades que tiene cada nivel degobierno en materia de Recursos Hdricos y Riego, es posible sintetizar esto de la siguiente forma:

    Sntesis Grfca de las responsabilidades y Competencias en

    Recursos Hdricos y sus Servicios

    DivisinMaterial

    Rgimen Generalde Recursos

    Hdricos

    Fuentes deAgua

    Servicios Bsicos de AguaPotable y Alcantarillado

    Proteccin deCuencas

    Riego y Micro Riego

    L R E L R E L R E L R E L R E

    NCE 1 1 1 2 2 3 - 4 - 5 3 - 4 3 - 4 3 3 7 - 8 - 9 8 8

    GAD 4 4 8 8

    GAM 6 5 - 6 5 - 6 10 7 - 10 7 - 10

    GAIOC 5 5 11 8 - 9 -11 8 - 9 -11

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    Las casillas sin numeracin significan que no es necesario aclarar algo, y que en ese nivel degobierno se agota todo el espectro de la divisin material.

    L = LegislacinR = ReglamentacinE = Ejecucin

    NCE = Nivel Central del EstadoGAD = Gobierno Autnomo DepartamentalGAM = Gobierno Autnomo MunicipalGAIOC = Gobierno Autnomo Indgena Originario Campesino

    1 = El Rgimen General abarca a todo el sector, por lo tanto sus disposiciones debern ser decumplimiento obligatorio en todos los niveles de gobierno en lo referente a fuentes deagua, servicios bsicos de agua potable y alcantarillado, proteccin de cuencas, riego ymicro riego.

    2 = Sobre todo el territorio nacional exceptuando el territorio de autonomas indgena originariocampesinas.

    3 = Poltica. La reglamentacin y ejecucin no deber vulnerar la gestin de los gobiernos autnomosencargados.

    4 = Gestin de proyectos de agua potable habilitada nicamente de manera subsidiaria.5 = Proyectos de agua potable realizados de manera autnoma.6 = Servicios bsicos y sus tasas bajo las polticas de servicios bsicos del Nivel central del Estado.7 = Proyectos y sistema de riego de manera autnoma.8 = Proyectos de riego realizados de manera coordinada y concurrente.9 = Construccin de Sistemas de micro riego en jurisdiccin de GAIOC.10 = Sistemas de micro riego.11 = Mantenimiento y administracin de sistemas de micro riego.

    3. Resultados obtenidos en los Gobiernos Autnomos

    Departamentales

    3.1 Normativa

    Ninguno de los Gobiernos Autnomos Departamentales cuenta con normativa propia sobre elsector, basando sus acciones en leyes preconstitucionales del Nivel Central del Estado: Ley N2878, Ley de Promocin y Apoyo al Sector Riego para la Produccin Agropecuaria y Forestal y la

    Ley N 2066, Ley Modificatoria a la Ley N 2029 de Saneamiento Bsico y los Decretos Supremosreglamentarios a las mismas.

    3.2 Institucionalidad

    El Gobierno Autnomo Departamental de Santa Cruz desarrolla las competencias del sectorpor medio de la Secretara de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente que cuenta con elServicio Departamental de Cuencas (SEARPI) y el Servicio Departamental de Aguas (PROASU-JICA), y la Secretara de Desarrollo Productivo, que cuenta con la Direccin de Riego-SEDERI-PRONAREC.

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    El Gobierno Autnomo Departamental de Pando cuenta con la Secretara de Planificacin delDesarrollo que se encarga de agua potable, y la Secretara de Medio Ambiente, Tierra y Agua,encargada de las proteccin de fuentes de agua y cuencas.

    El Gobierno Autnomo Departamental de Beni ejerce las competencias del sector por medio de suSecretara de Medio Ambiente y Agua. Se ha planteado la creacin de una Direccin de cuencas, la

    cual estar en funcionamiento a partir de la presente gestin.

    En el Gobierno Autnomo Departamental de Potos, el sector de agua es tratado por la Secretarade Madre Tierra y la Direccin Departamental de Riego, con el seguimiento de la Secretara dePlanificacin.

    En el Gobierno Autnomo Departamental de Chuquisaca, el sector de agua es tratado por laSecretara de Madre Tierra, la Direccin de rea de Cuencas y Recursos Hdricos, con el seguimientode la Secretara de Planificacin.

    El Gobierno Autnomo Departamental de Tarija, desarrolla sus competencias y responsabilidadespor medio de la Secretara de Medio Ambiente y Agua, Direccin de Investigacin, Control deCalidad y Disponibilidad de Agua (DICCADA), Direccin de Obras Hidrulicas (perteneciente a laSecretara de Obras Pblicas).

    El Gobierno Autnomo Departamental de La Paz ejerce las competencias del sector pormedio de la Unidad de Riego, dependiente del Servicio Departamental Agropecuario(SEDAG).

    El Gobierno Autnomo Departamental de Cochabamba posee una gestin compartida de lacompetencia entre la Secretara de la Madre Tierra y la Secretara Departamental de DesarrolloProductivo y Economa Plural.

    El Gobierno Autnomo Departamental de Oruro ejerce las competencias del sector por medio dela Direccin de Agua, Cuenca y Riegos dependiente de la Secretara de Medio Ambiente, Agua yMadre Tierra.

    3.3 Planificacin

    El Gobierno Autnomo Departamental de Santa Cruz cuenta con un Plan Departamental deRiego que est direccionando las acciones sobre la demanda de nuevos proyectos de riego en eldepartamento.

    El Gobierno Autnomo Departamental de Pando cuenta con el Plan Vida, que se constituye enel Plan rector del desarrollo del departamento, el cual direcciona mediante ejes estratgicos lasprioridades de desarrollo de la regin. No existen planes sectoriales, el nico ejemplo de intentode desarrollar un plan estratgico fue el Plan de Manejo Integral del Arroyo Baha, el cual no fueiniciado debido a dificultades tcnicas y econmicas para su implementacin. Se encuentra enproceso de actualizacin el Plan de Uso del Suelo (PLUS), pretendindose tomar nfasis en lo querespecta a los recursos hdricos del departamento con enfoque de proteccin y aprovechamientosostenible.

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    El Gobierno Autnomo Departamental de Beni no contempla actividades y presupuestoespecficos para el sector en su POA. Existe el planteamiento de un proyecto para el manejoenfocado a la atencin de desastres, en coordinacin el COE departamental.

    El Gobierno Autnomo Departamental de Potos cuenta con planes bien estructurados y alineadosa las directrices nacionales, como: el Plan Departamental de Desarrollo (PETAD), la Estrategia de la

    Madre Tierra y en materia de Desarrollo Productivo.

    El Gobierno Autnomo Departamental de Chuquisaca, en el marco del Plan de DesarrolloDepartamental, en el eje 5 de Desarrollo Ambiental y Recursos naturales, ha establecido la Polticade Manejo y Gestin Integral de Cuencas y Recursos Hdricos, adems de un diagnstico del sector.

    El Gobierno Autnomo Departamental de Tarija cuenta con un Plan Departamental de Agua paraTodos y para Siempre, y una propuesta de Ley Departamental de Agua que pretende viabilizar laimplementacin del Plan citado.

    El Gobierno Autnomo Departamental de Oruro ha desarrollado en forma conjunta con elSEDERI el Plan Departamental de Riego, que se encuentra enmarcado en los componentes quese establecen en el Plan Nacional de Desarrollo de Riego Para Vivir Bien, se identifican aquellosproyectos demandados por las comunidades campesinas y organizaciones de productores, comola cartera de proyectos del ao 2008 y los que se encontraban en pre inversin ese ao.

    E Gobierno Autnomo Departamental de La Paz ha planteado el sector en el Plan de DesarrolloDepartamental enmarcado en los objetivos de desarrollo, sin embargo no cuenta con un PlanDepartamental de Riego. En el marco del Plan de Desarrollo, se plantean cinco programas quedesarrollan claramente los objetivos y las acciones que se plantean para cumplir sus metas. Estosprogramas son el riego para la produccin, cosecha de agua, uso de agua superficial, uso de aguasubterrnea y desalinizacin del agua.

    El Gobierno Autnomo Departamental de Cochabamba ha desarrollado la propuesta de PlanDepartamental de Cochabamba para Vivir Bien, en el mismo se identificaron ejes, estrategias,objetivos, polticas, programas y proyectos, la integralidad de las diversas expresionesculturales, los principios bsicos de la convivencia humana, comunitaria, en las dimensiones,sociales, polticas, culturales, ambientales y econmico productivas en regiones autogestionaras que garanticen el respeto y defensa de la Madre Tierra. El eje que se relaciona alsector es agua y soberana alimentaria y la gestin de cuencas en el eje Madre Tierra. No secuenta con un Plan Departamental de Riego, el cual se encuentra en proceso de planificacin

    para la gestin 2014.

    3.4 Infraestructura y recursos humanos

    El Gobierno Autnomo Departamental de Santa Cruz cuenta con infraestructura, as comoel personal calificado; sin embargo, se necesita mejorar el equipamiento y recursos pararealizar los controles y seguimiento en campo, puesto que el departamento tiene grandesextensiones de territorio. Este es el acpite menos desarrollado, pues aunque las unidadesencargadas tienen ambientes para desenvolver su trabajo, existe hacinamiento en dichosespacios. No se cuenta con material y equipo de medicin, y no existe un flujo adecuado

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    para realizar la logstica en campo (gasolina, disponibilidad de movilidades, computadorasporttiles, retraso la asignacin de recursos). En cuanto a recursos humanos, es necesarioampliar el equipo tcnico ya que en el departamento de Santa Cruz existe una gran demandade proyectos de riego cada vez ms creciente, los cuales paulatinamente se va atendiendo,desde las diferentes unidades (Direccin de riego o desde el SEDERI; SEARPI, PROASU JICA).Adems es importante que se pueda formar equipos tcnicos especializados por cada una de

    las macro regiones (este, valles, norte y sur).

    La informacin recopilada para el Gobierno Autnomo Departamental de Pando, denota queexiste una notable deficiencia en lo referente a infraestructura, equipamiento y recursos humanos.Los entrevistados coinciden en que es necesario mejorar la infraestructura (oficinas ms ampliasy cmodas), contar con equipos adecuados para realizar trabajo en campo, contar con insumos(gasolina) para realizar las inspecciones y monitoreo, contar con personal tcnico con mayorespecializacin en hidrologa y contar con movilidades propias de las unidades. Por otro lado, esnecesaria una reordenacin de la estructura encargada del sector que coadyuve a la efectivizacinde las acciones como el monitoreo, seguimiento, elaboracin de proyecto, etc.

    El Gobierno Autnomo Departamental de Beni no cuenta con Secretaras o Unidades que llevenadelante la competencia de manera especfica, puesto que recin se ha tenido en cuenta que enel departamento se puede hacer riego. La Secretara de Medio Ambiente y Agua no cuenta conunidades que atiendan la competencia especficamente, puesto que contempla a la Direccin deGestin Ambiental y Cambio Climtico, la Direccin de Ganadera y Desarrollo Agropecuario, laDireccin Forestal, la Direccin de Tierra y Territorio y la Direccin de reas Protegidas. El tema derecursos hdricos es atendido a nivel tcnico por personal que no est especficamente destinadopara atender dicho trabajo. La infraestructura es precaria y los recursos humanos especficos soninexistentes.

    El Gobierno Autnomo Departamental de Potos cuenta con una Infraestructura limitada encuanto espacio, el equipamiento es insuficiente y precisa ser actualizado en general, sobre todoequipos de logstica/desplazamiento y procesamiento. Se requiere de personal especializado.

    El Gobierno Autnomo Departamental de Chuquisaca cuenta con una infraestructura limitaday equipamiento insuficiente. Los equipos de logstica/desplazamiento requieren adaptarse altrabajo de campo. Se requiere de personal especializado.

    El Gobierno Autnomo Departamental de Tarija cuenta con la infraestructura necesaria, sinembargo, es necesario realizar una mejora o actualizacin del equipamiento existente. Se requiere

    mayor personal especializado.

    El Gobierno Autnomo Departamental de Oruro no cuenta con los espacios de trabajo suficientes,no se cuenta con material y equipo de medicin y existe retraso en atender las solicitudes degasolina, movilidades, computadoras porttiles lo que dificulta la continuidad de los proyectos. Senecesita mejorar el equipamiento para realizar los controles y seguimiento en campo en general,mnimamente se debera contar con equipos de topografa, para medicin de caudales, GPS,laboratorios y otros. Los equipos de computacin y comunicacin no son suficientes para cumplircon sus actividades, son antiguos y precarios.

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    En el Gobierno Autnomo Departamental de La Paz, la Unidad de Riego tiene una sola oficina, nocuentan con sala de reuniones, ni otros espacios para realizar sus actividades y tienen carencia encuanto al servicio telefnico y equipos de computacin. No se cuenta con movilidades propias,puesto que, por poltica del Gobierno Autnomo Departamental, se debe programar con laSecretara de Transportes para realizar las inspecciones. Se cuenta con personal insuficiente.

    La Direccin de Riegos, del Gobierno Autnomo Departamental de Cochabamba, no cuenta conespacios de trabajo adecuados, falta espacios de trabajo y para almacenar la informacin. Se cuentacon equipos de comunicacin, equipamiento mnimo para realizar las inspecciones en campo, sinembargo son antiguos, requieren mantenimiento y cambio por otros nuevos. Las movilidades sonantiguas, por lo que se debe incluir en el Plan Operativo Anual la compra de repuestos lo que provocauna reduccin de recursos para la ejecucin del trabajo. Los recursos humanos son insuficientespuesto que faltan fiscales de obra, actualmente los consultores de lnea no pueden realizar viajes confondos del GAD lo que dificulta la inspeccin a las obras. Se cuentan con equipos de comunicacin,retroproyectora, fotocopiadora y otros en buen estado, en algunos casos son nuevos.

    4. Memoria del Taller Nacional de Socializacin de Resultadossobre el Anlisis y Ejercicio Efectivo de Competencias en materia

    de Recursos Hdricos y Riego en los nueve Gobiernos Autnomos

    Departamentales

    4.1 Presentacin del Servicio Estatal de Autonomas:

    El Servicio Estatal de Autonomas desarroll la exposicin sobre el Rgimen competencial enmateria de Recursos Hdricos y Riego, a cargo del Dr. Daniel A. Viscarra Morales. Dicha exposicin

    contena los siguientes elementos: modo de Estado, tipos de competencias, anlisis de loselementos materiales del sector, y el anlisis competencial del sector. Se destac que la ConstitucinPoltica del Estado asign la competencia de Rgimen General de Recursos Hdricos y sus serviciosal Nivel Central del Estado, competencia que acta sobre el resto de competencias otorgandolineamientos y directrices. Asimismo se destac la presencia de competencias concurrentes en elsector, las que requieren de una ley del Nivel Central del Estado que distribuya responsabilidadesa los Gobiernos Autnomos y complemente el desarrollo establecido por la Ley N 031, Marco deAutonomas y Descentralizacin Andrs Ibez.

    En relacin a la distribucin competencial establecida, los Gobiernos Autnomos cuestionaron la

    ausencia de dos aspectos: la ausencia de responsabilidades a los Gobiernos Autnomos Municipalessobre Proteccin de cuencas en su jurisdiccin, y la limitacin o restriccin que significa laresponsabilidad de Proteccin de cuencas a los Gobiernos Autnomos Departamentales, puestoque lo que se busca es la Gestin Integral de las Cuencas. Se recomend trabajar en la legislacinque corresponda a la competencia concurrente de Proteccin de cuencas para que la distribucinde responsabilidades atienda los requerimientos mencionados.

    De la misma forma se reflexion sobre la necesidad de aclarar conceptos como: rgimengeneral, poltica, servicios, entre otros, para determinar su alcance y clarificar las competencias yresponsabilidades de cada nivel de Gobierno.

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    Se recomend ampliar el trabajo del Servicio Estatal de Autonomas con el Ministerio del sector,los Gobiernos Autnomos Departamentales, Municipales e Indgena Originario Campesinos en laclarificacin de la asignacin competencial y la distribucin de responsabilidades para definir losroles de cada gobierno.

    4.2 Presentacin de los resultados obtenidos de la consultoras

    realizadas en los Gobiernos Autnomos Departamentales

    Los consultores realizaron la presentacin de los resultados del anlisis del ejercicio efectivo decompetencias en el sector de Riego. Esta presentacin de resultados fue acompaada de unacomplementacin a cargo de los representantes de cada Gobierno, y retroalimentada con laparticipacin del resto de representantes. Los resultados de anlisis estn plasmados en la seccinrespectiva de este documento.

    4.3 Presentacin del Viceministerio de Recursos Hdricos y Riego

    El Viceministerio de Recursos Hdricos realiz dos presentaciones: la primera referida a las Polticas Pblicasen Recursos Hdricos y Riego y la segunda relativa al Plan Nacional de Cuencas. La primera, desarrollada porel Lic. Luis Marka, Director General de Riego, contempl un Estado de situacin de los Recursos Hdricosy Riego, el marco legal e institucional del sector, y los lineamientos y estrategias en torno a la AgendaPatritica 2025. La segunda presentacin, a cargo del Lic. Marco A. Mendoza, desarroll un diagnsticotemporal del sector y mostr los avances y lineamientos de la Gestin Integrada de los Recursos Hdricos(GIRH), as como los objetivos, las fases y componentes del Plan Nacional de Cuencas.

    4.4 Desarrollo y conclusiones de las Mesas de Debate Tcnico

    Se conformaron tres mesas de trabajo, en las cuales mediante la discusin y aporte de los diferentesactores se pudo establecer lo siguiente:

    Mesa 1: Es sufciente la normativa del sector para desarrollarlo en su integralidad?

    Aspectos considerados:

    - Gestin Integral de Recursos Hdricos- Mecanismos de Seguimiento al ejercicio de facultades- Rol de la Ley de Riego vigente- Expectativas de la Ley Marco de Agua

    Conclusiones de la mesa:

    - Existe la preocupacin de cmo orientar a las Entidades Territoriales Autnomas enmateria competencial puesto que se tiene diversas realidades y enfoques en nuestropas, los requerimientos, por tanto, son diferenciados en materia de recursos hdricos yla gestin integral del agua.

    - En Beni, respecto al manejo del agua, se apoya la recuperacin de la tecnologa ancestral,

    principalmente moxea que ha probado ser til a travs de la tcnica de camellones productivos.

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    - Se requiere clarificar los roles de los actores y las distintas competencias que tienen losGobiernos Autnomos

    - Se solicit que el Ministerio de Autonomas debera armonizar las diferentes leyes.- Existe la necesidad de conformar el Consejo de Coordinacin Sectorial de Recursos

    Hdricos y Riego.- Recursos como los conflictos competenciales, pueden ser aplicables para conciliar

    sobre posiciones o bien incumplimiento de competencias.

    Mesa 2: Cmo se organizarse y cmo debera organizarse el sector?

    Aspectos considerados:

    - Cul es el rol y relacin con la Asamblea?- Cul es la importancia que se da actualmente al sector?. darse? Cul es la importancia

    que debera?- Cul es el rol y relacin con la Asamblea?

    - Cules sern los mecanismos institucionales de coordinacin intergubernamental?

    Conclusiones de la mesa:

    - Los Gobiernos Autnomos Departamentales no tienen las mismas estructurasorganizacionales, sin embargo, existe en todos los casos instancias o unidadesencargadas del ejercicio de las competencias.

    - Se requiere mayor coordinacin entre Secretaras y el rol de las Secretaras deberarespetarse tanto desde el Nivel Central del Estado como en el mismo GobiernoAutnomo. Se debera analizar si la estructura es acorde a la autonoma, la realidaddepartamental, y la visin de desarrollo.

    - Es necesario tener mayor institucionalidad en los Gobiernos Autnomos,particularmente en lo que se refiere a contar con gente que tenga experiencia y salariosacorde a la especialidad.

    - Deben establecerse los mecanismos de financiacin, basados en un diagnstico,informacin y visin estratgica en cada Gobierno Autnomo Departamental.

    - Existe la necesidad de establecer el Consejo Sectorial de Recursos Hdricos.- Debe existir una coordinacin, principalmente operativa, en relacin con los Gobiernos

    Municipales

    Mesa 3: Cmo se espera ejercer sus competencias de manera coordinada y subsidaria?

    Aspectos considerados:

    - Necesidad de alcances y definiciones en el ejercicio en el sector- El ejercicio competencial en Gobiernos Autnomos Municipales y Gobiernos

    Autnomos Indgenas Originario Campesinos en el sector (mecanismos operativos delejercicio)

    - El rol de los privados en el ejercicio competencial- Principales obstculos de gestin- Ejercicio concurrente de competencias

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    Conclusiones de la mesa

    - El sector se maneja con Reglamentos especficos no adecuados a la nueva asignacinde competencias.

    - Los Gobiernos Autnomos Municipales estn ejerciendo competencias que el nuevomarco normativo no contempla.

    - Existe la necesidad de legislacin sectorial, en el marco de la competencia de RgimenGeneral de Recursos Hdricos y sus servicios, para:

    - Definir: Riego y Microriego, Riego tecnificado, Drenajes, Manejo integral de cuencas.- Ampliar el ejercicio de la competencia de los Gobiernos Autnomos Departamentales

    en Manejo integral Cuencas, Fuentes de Agua y Riego.- Habilitar un mecanismo que facilite la accin de los Gobiernos Autnomos

    Departamentales en Riego.- Incluir a los Gobiernos Autnomos Municipales en la proteccin de cuencas.- Criterios para la integralidad de los proyectos de riego (drenaje, medio ambiente,

    calidad de los suelos).

    - Los convenios deben contemplar las responsabilidades, condiciones y mbito deaccin de cada Gobierno.- Existe dificultad en el control de las actividades de los privados sobre el uso de agua.- El mantenimiento y administracin de proyectos de riego requiere el fortalecimiento de

    las Asociaciones de Usuarios por parte de los Gobiernos Autnomos Departamentales.- Se deben generar mecanismos que permitan a los Gobiernos Autnomos Municipales

    y Gobiernos Autnomos Departamentales poder apoyar a los administradores de lossistemas de riego en la refaccin o reconstruccin de estructuras especiales daadaspor alguna eventualidad.

    - Falta de adecuacin de la Ley de Riego a la asignacin competencial actual, al igualque una Ley de Agua actualizada.

    Conclusiones finales y agenda de trabajo

    El ejercicio de una nueva competencia implica la generacin de nuevos espacios, sin embargo,en todos los Gobiernos Autnomos Departamentales se cuenta con alguna unidad o direccinencargada de recursos hdricos, con capacidad instalada para su gestin.

    Existe el desafo de construir conjuntamente las polticas pblicas, con base en diagnsticos,que permitan un desarrollo de manera sostenible. La Ley Marco de Autonomas ofrece unaserie de instrumentos de coordinacin como los Consejos de Coordinacin Sectorial, proyectos

    concurrentes, acuerdos intergubernativos, entre otros, que permiten una coordinacin efectivaentre los Gobiernos.

    5. Conclusiones y Recomendaciones

    En el marco del estudio realizado, se concluye que:

    - Se ha desarrollado la evaluacin del ejercicio efectivo agrupados en cinco aspectos:a) infraestructura y recursos humanos, b) coordinacin, participacin y normativa, c)planificacin, d) priorizacin y financiamiento y e) monitoreo y evaluacin.

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    - Se aprecia heterogeneidad en los Gobiernos Autnomos Departamentales en lorelativo al ejercicio de sus competencias en el sector, asociadas a distintas estructurasy capacidades institucionales y a entornos adversos al ejercicio de competencias,requerimientos sociales. A pesar de ello, existe compromiso de avanzar para mejorarlas condiciones de vida de la poblacin.

    - La infraestructura especfica es precaria e insuficiente en la mayora de los casos, as

    como el equipamiento que se requiere para el trabajo en oficinas y el trabajo de campo.- Los recursos humanos especializados resultan insuficientes para el ejercicio adecuado

    de la competencia y, en algunos casos, la inestabilidad funcionaria dificulta elseguimiento y operacin de los proyectos y las evaluaciones. Asimismo, en la mayorade los casos, no existe una relacin equiparable entre la especializacin del personal ylos salarios que se perciben.

    - La normativa sectorial del Nivel Central es conocida, en casi todos los casos, por losGobiernos Autnomos Departamentales, sin embargo, no ha sido emitida normativapropia para el ejercicio de sus competencias y responsabilidades.

    - Se requiere normativa del Nivel Central del Estado que, en el marco de sus competencias,

    ordene el sector, defina el rgimen general y distribuya responsabilidades a cadaGobierno Autnomo.- La existencia de planes de desarrollo departamentales, o en algunos casos un Plan

    Sectorial, concordantes con las directrices nacionales permiten augurar posibilidadesde mayor concurrencia. Sin embargo, es an necesario trabajar en la construccin deagendas concurrentes de inversiones con acompaamiento tcnico y financiero.

    - En todos los casos, con mayor o menor priorizacin, existen instancias, direccioneso unidades responsables de la gestin, supervisin y monitoreo del sector, lo querepresenta una potencialidad para el ejercicio efectivo de las competencias.

    - Se ha identificado la ausencia de mecanismos de coordinacin permanentes entre elNivel Central del Estado y los Gobiernos Autnomos Departamentales, mientras que lacoordinacin con los Gobiernos Autnomos Municipales es puntual para la realizacinde proyectos concurrentes y le definicin de financiamiento de los mismos.

    - Es necesario que el Servicio Estatal de Autonomas desarrolle mecanismos de asistenciatcnica para apoyar a las Entidades Territoriales Autnomas y particularmente alos Gobiernos Autnomos Departamentales en la clarificacin de competencias yresponsabilidades concordantes con el marco competencial de la Constitucin Polticadel Estado y la Ley Marco de Autonomas y Descentralizacin, para conseguir unejercicio efectivo de las mismas.

    - Los roles de los actores en todos los niveles decisionales y autonmicos deben tambinclarificarse para augurar impactos positivos del ejercicio competencial, sobre todo en

    la prctica.- Se requiere clarificar las atribuciones del SEDERI en el nuevo Estado.- Se requiere establecer canales permanentes de coordinacin entre niveles de Gobierno

    subnacionales con el fin de identificar los espacios en los cuales los GobiernosAutnomos Deparatamentales pueden actuar de forma subsidiaria.

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    6. Bibliografa

    Estado Plurinacional de Bolivia. 2009. Constitucin Poltica del Estado Plurinacional.

    Estado Plurinacional de Bolivia. 2010. Ley Marco de Autonomas y Descentralizacin

    Andrs Ibez. Estado Plurinacional de Bolivia. Decreto Supremo No 28817

    Estado Plurinacional de Bolivia. Decreto Supremo 29894 del 07 de febrero de 2009. Ministerio de Planicacin del Desarrollo: (2006). Lineamientos estratgicos del Plan

    Nacional de Desarrollo Bolivia, digna, soberana y productiva para vivir bien 2006-2010(LEPND). Bolivia. Aprobado mediante Decreto Supremo 2972 del 12 de septiembre de2007.

    Ministerio del Agua. (2007). Plan Nacional de Desarrollo de Riego Para Vivir Bien 2007-

    2011. La Paz, Bolivia. 80p. Ministerio de Medio Ambiente y Agua (2008). Plan Nacional de Saneamiento Bsico

    2008-2015 . Bolivia. Aprobado mediante Resolucin Ministerial No 315 del 29 dediciembre de 2009.

    Repblica de Bolivia. Ley No 2066, 11 de abril de 2000. Repblica de Bolivia. Ley No 2878, 08 de octubre de 2004.

    Repblica de Bolivia. Ley No 1700, 12 de julio de 1996.

    Secretara Departamental del Agua y SEDERI. (2008). Plan Departamental de Riego

    Oruro. 26p.

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