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Páginas 2 4-40 Publicación Estatal: Pub. No. 757-A-2014 Convocatoria Pública Estatal No. 023 formulada por la Secretaría de Infraestructura y Comunicaciones del Estado de Chiapas. ................ Avisos Judiciales y Generales: ............................................................................................. Tomo III Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. Miércoles 10 de Diciembre de 2014 No. 154 ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS Franqueo pagado, publicación periódica. Permiso núm. 005 1021 características: 114182816. Autorizado por SEPOMEX INDICE INDICE SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

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Páginas

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4-40

Publicación Estatal:

Pub. No. 757-A-2014 Convocatoria Pública Estatal No. 023 formulada por la Secretaría deInfraestructura y Comunicaciones del Estado de Chiapas. ................

Avisos Judiciales y Generales: .............................................................................................

Tomo III Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. Miércoles 10 de Diciembre de 2014 No. 154

ORGANO DE DIFUSION OFICIAL

DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS

Franqueo pagado, publicación periódica. Permiso núm. 005 1021características: 114182816. Autorizado por SEPOMEX

INDICEINDICE

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNOSECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

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Periódico O

ficial No. 154

Miércoles 10 de D

iciembre de 2014

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Publicación Estatal:

Publicación No. 757-A-2014

Secretaría de Infraestructura y Comunicacionesdel Estado de Chiapas

Convocatoria: 023

De conformidad con lo que establece la normatividad Estatal en materia de Servicios y Obras Públicas, se convoca a los interesadosen participar en la Licitación para la contratación y de conformidad con lo siguiente:

• La junta de aclaraciones se llevará a cabo: En la Sala de Juntas de la Dirección de Concursos y Contratos de esta Secretaría,ubicado en la Unidad Administrativa Edificio “A”, primer piso, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

• La visita al lugar de los trabajos: Se llevará a cabo: En La Presidencia Municipal de San Lucas, Chiapas.• Ubicación de la obra: En el Municipio de San Lucas, Chiapas.• Requiriéndose contar para esta Licitación con la siguiente especialidad: 0207 (Plantas de Tratamiento y Potabilizadoras) del

catálogo de especialidades de la Secretaría de la Función Pública del Estado de Chiapas 2014, dicho registro debe de sujetarsea lo dispuesto en el Artículo 26 de la Ley de Obra Pública del Estado de Chiapas.

• Las bases de la Licitación se encuentran disponibles para consulta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: UnidadAdministrativa, Edificio “A”, primer piso número s/n, colonia Maya, C.P. 29010, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, Teléfono (961) 6187550 Ext.: 30240 y Fax (961) 612 8096, los días de lunes a viernes; con el siguiente horario: 9:00 a 15:00 horas.

• El acto de presentación de proposiciones y apertura de las propuestas técnica-económica se efectuará en la Sala de Juntas dela Dirección de Concursos y Contratos, Unidad Administrativa, Edificio “A”, primer piso, colonia Maya, C.P. 29010, TuxtlaGutiérrez, Chiapas.

• El(los) idioma(s) en que deberá(n) presentar(se) la(s) proposición(es) será(n): Español.• La(s) moneda(s) en que deberá(n) cotizarse la(s) proposición(es) será(n): Peso mexicano.

Secretaria De Infraestructura Y Comunicaciones

Del Estado De Chiapas

Convocatoria: 023

No. de licitación Costo de las bases Junta de aclaraciones Visita al lugar de los trabajos

Presentación de proposiciones y apertura

técnica-económica

Fecha de inicio Plazo de ejecución

EO-907005981-N211-2014 Ninguno 16 de Diciembre de 2014

10:00 horas

15 de Diciembre de 2014

10:00 horas

23 de Diciembre de 2014 10:00 horas

05 de Enero de 2015

180 Días

Descripción general de la obra Capital contable requerido

Construcción de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales en la Localidad de Palenque, Municipio de Palenque, Chiapas. $10,200,000.00

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Miércoles 10 de Diciembre de 2014 Periódico Oficial No. 154

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• No se podrán subcontratar partes de la obra.• Se otorgará un anticipo: 30% (treinta por ciento).• La experiencia y capacidad técnica y financiera que deberán acreditar los interesados consiste

en: La experiencia técnica se comprobará con documentación oficial en obras similares a los quese licitan en esta Convocatoria y la Capacidad Financiera se comprobará con el certificado deRegistro de la Secretaría de la Función Pública del Estado de Chiapas 2014, con base en loestablecido en el Artículo 23 de la Ley de Obra Pública del Estado de Chiapas y a lo dispuesto enlas bases de la licitación.

Los requisitos generales para adquirir las bases, que deberán acreditar los interesadosson:

1.- Solicitud por escrito manifestando su deseo de participar en la Licitación.2.- Presentar copia y original para cotejar del registro de contratista y la especialidad de la persona o

de su representante técnico actualizado según sea el caso, expedido por la Secretaría de laFunción Pública.

3.- Declaración escrita y bajo protesta de decir verdad de no encontrarse dentro de los supuestosdel Art. 44 de la Ley de Obra Pública del Estado de Chiapas.

4.- Acreditar la Capacidad Financiera con el Capital Contable mínimo indicado para la Licitación.5.- Acreditar la experiencia técnica comprobándola con el Certificado de Registro de la Secretaría de

la Función Pública 2014, contando con las especialidades solicitadas en esta Licitación.6.- Escrito por el que el proponente manifieste bajo protesta de decir verdad, estar al corriente en sus

impuestos estatales y federales.7.- La falta de algunos de estos requisitos es motivo para no aceptar la inscripción para esta

convocatoria.

• Para efectos de aclaración de carácter técnico del sistema Compranet, deberán comunicarse alcentro de atención telefónica 01-800-00-148-00 de la Secretaría de la Función Pública.

• Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: Con base en lo establecido en elArtículo 40 Fracción I; Sección Primera Apartado “A” Artículos 52, 53, 54, 55, 56, 57 y 58; Apartado“B” Artículos 59, 60 y 61, Apartado “C” Artículos 62, 63, 64, 65 y 66; Apartado “D” Artículos; 67, 68y 69, y Apartado “F” Artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Obra Pública del Estado de Chiapas, LaSecretaria con base en el análisis comparativo de las proposiciones y en su propio presupuestoemitirá un dictamen que servirá como base para el fallo, si resultare que dos o más proposicionesson solventes y satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la Secretaría, elcontrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo y garanticesatisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones.

• Con fundamento a lo dispuesto en el Artículo 54, Fracción VIII de la Ley de Obra Pública delEstado de Chiapas, ninguna de las condiciones contenidas en las bases de Licitación, así comoen las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.

• Las condiciones de pago son: Mediante la Formulación de Estimaciones.

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a 10 de diciembre de 2014.

Arq. Bayardo Robles Riqué, Secretario.- Rúbrica.

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Periódico Oficial No. 154 Miércoles 10 de Diciembre de 2014

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Avisos Judiciales y Generales:

Publicación No. 676-D-2014

PODER JUDICIAL DEL ESTADODE CHIAPAS

JUZGADO TERCERO EN MATERIA CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA,

CHIAPAS

E D I C T O

EXP. NÚM. 349/2013.

HUMBERTO ROMERO GARCÍA.DONDE SE ENCUENTRE:

En el expediente número 349/2013,relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL,promovido por el licenciado JOSÉ CRUZCASTELLANOS , en su carácter de Endosatarioen Procuración de RAMÓN GÓMEZ SALAS , encontra de HUMBERTO ROMERO GARCÍA , eljuez del conocimiento por auto de 27 veintisietede octubre de 2014 dos mil catorce, confundamento en el artículo 1070 del Código deComercio, notifíquese por EDICTOS aldemandado HUMBERTO ROMERO GARCÍA , loordenado en proveído de 7 siete de junio de 2013dos mil trece, los cuales deberán publicarse portres veces consecutivas en el Periódico Oficialde Gobierno del Estado, y en uno de mayorcirculación que se edita en esta Ciudad; para quedentro del término de 8 ocho días contados a partirdel día siguiente de aquél en que surta efectos laúltima publicación de los edictos ordenados,conteste la demanda instaurada en su contra porel licenciado JOSÉ CRUZ MENDOZACASTELLANOS , endosatario en procuración deRAMÓN GÓMEZ SALAS ; y oponga lasexcepciones que tuviere que hacer valer,apercibido que de no hacerlo se le tendrá porprecluído su derecho, de conformidad con elartículo 1078 del Código de Comercio, asimismodeberá señalar domicilio en esta ciudad para oír yrecibir notificaciones, caso contrario, las

subsecuentes notificaciones, aún las de carácterpersonal se le harán y surtirán sus efectos pormedio de las listas de acuerdos que se publicandiariamente en los estrados del Juzgado, tal comolo establece el artículo 1069 de la LegislaciónMercantil invocada, sin perjuicio de los trámites ysolemnidades a que se refiere el Título DécimoPrimero del Código Adjetivo Civil del Estado, deaplicación supletoria al de Comercio. Asimismo,queda a disposición del demandado en laSecretaría del conocimiento las copias de trasladorespectivo para que las reciba previa razón derecibido e identificación que deje en autos.

Tapachula de Córdova y Ordóñez, Chiapas; 4cuatro de noviembre de 2014 dos mil catorce.

LIC. ROSA ELVIRA LÓPEZ LÓPEZ, PRIMERSECRETARIA DE ACUERDOS.- Rúbrica.

Tercera y Última Publicación

Publicación No. 677-D-2014

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DELDISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA,

CHIAPAS

E D I C T O1105/2013

C. JULIA MARGARITA ÁGUEDA ALBORES.DONDE SE ENCUENTRE:

EL CIUDADANO LICENCIADOMANUEL DE JESÚS HERNÁNDEZ GUERRA,JUEZ PRIMERO DE LO FAMILIAR DELDISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA, PORAUTO DE FECHA 06 SEIS DE NOVIEMBREDEL AÑO 2014 DOS MIL CATORCE, DICTADOEN EL EXPEDIENTE 1105/2013, RELATIVO ALJUICIO ORDINARIO CIVIL (DIVORCIONECESARIO), PROMOVIDO POR ISMAEL

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Miércoles 10 de Diciembre de 2014 Periódico Oficial No. 154

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ROBLERO ROBLERO , EN CONTRA DE JULIAMARGARITA ÁGUEDA ALBORES , ACORDÓQUE: ATENDIENDO A LAS CONSTANCIASPROCESALES, DE LAS CUALES SEADVIERTE QUE SE HAN RECABADO LOSINFORMES ORDENADOS EN DIVERSOPROVEÍDO DEL 18 DIECIOCHO DE MARZODEL PRESENTE AÑO, SIN QUE SE HAYANOBTENIDO MAYORES ELEMENTOS DECONVICCIÓN QUE PERMITAN LOCALIZAR ELDOMICILIO ACTUAL DE LA DEMANDADAJULIA MARGARITA ÁGUEDA ALBORES ,ASIMISMO HABIÉNDOSE DESAHOGADO LAPRUEBA TESTIMONIAL OFRECIDA POR ELACTOR A CARGO DE LAS CC. YANELIYASMÍN ROBLERO ROBLERO Y VIRGINIAGUERRERO TIRADO, PARA EFECTO DEACREDITAR EL DESCONOCIMIENTO DELPARADERO DE LA DEMANDADA, ENCONSECUENCIA RESULTA PROCEDENTEORDENAR QUE LA DILIGENCIA DENOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTO ORDE-NADA EN PROVEÍDO DE FECHA 04 CUATRODE DICIEMBRE DE 2013 DOS MIL TRECE SEHAGA MEDIANTE EDICTOS; POR LO TANTO,CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POREL ARTÍCULO 121, FRACCIÓN II Y ÚLTIMOPÁRRAFO, DEL CÓDIGO DE PROCEDI-MIENTOS CIVILES VIGENTE EN EL ESTADO,SE ORDENA EMPLAZAR A JUICIO A LAPARTE DEMANDADA JULIA MARGARITAÁGUEDA ALBORES MEDIANTE LA PUBLI-CACIÓN DE EDICTOS POR TRES VECES, ENEL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO YOTRO DE MAYOR CIRCULACIÓN QUE SEEDITE EN ESTA CIUDAD, PARA QUE EN UNPLAZO DE 9 NUEVE DÍAS, CONTADOS APARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA FECHADE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN, DÉ CONTES-TACIÓN A LA DEMANDA DE DIVORCIOINSTAURADA EN SU CONTRA, APERCIBIDAQUE DE NO HACERLO DENTRO DEL LAPSOCONCEDIDO, SE TENDRÁ POR CONTES-TADA LA MISMA EN SENTIDO NEGATIVO, DECONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR ELARTÍCULO 279 DEL ORDENAMIENTO LEGALANTES INVOCADO, ASIMISMO DEBERÁ DE

SEÑALAR DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIRNOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD,APERCIBIDA QUE DE NO HACERLO, ÉSTASSE LE HARÁN POR ESTRADOS DELJUZGADO, QUEDANDO EN LA SECRETARÍALAS COPIAS DE LA DEMANDA PARA QUE SEIMPONGA DE AUTOS. TÚRNENSE LOSAUTOS A LA ACTUARIA ADSCRITA PARAQUE REALICE LAS PUBLICACIONESCORRESPONDIENTES EN LA LISTA DEESTRADOS DE ESTE JUZGADO.

TAPACHULA, CHIAPAS; A 12 DOCE DENOVIEMBRE DEL AÑO 2014 DOS MILCATORCE.

A T E N T A M E N T E

LIC. ALDO RAMSÉS VILLALBA SÁNCHEZ,PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS DELJUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DELDISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA.-Rúbrica.

Tercera y Última Publicación

Publicación No. 678-D-2014

PODER JUDICIAL DEL ESTADOTRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DEL ESTADOJUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARDISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA

E D I C T O

C. JULIA MARGARITA ÁGUEDA ALBORES,HEYDI YURIDIA ROBLERO ÁGUEDA, DREISYGENOVEVA ROBLERO ÁGUEDA, QUEVINBLADIMIR ROBLERO ÁGUEDA Y ERWINFERNANDO ROBLERO ÁGUEDA.DONDE SE ENCUENTRE:EXPEDIENTE 1128/2013.

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Periódico Oficial No. 154 Miércoles 10 de Diciembre de 2014

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SE LE HACE DE SU CONOCIMIENTOQUE POR AUTO DE 6 SEIS DE OCTUBRE DE2014 DOS MIL CATORCE, DICTADO EN ELEXPEDIENTE FAMILIAR NÚMERO 1128/2013,RELATIVO AL JUICIO DE CONTROVERSIASDEL ORDEN FAMILIAR (CESACIÓN YCANCELACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA,PROMOVIDO POR ISMAEL ROBLEROROBLERO, EN CONTRA DE JULIAMARGARITA ÁGUEDA ALBORES, HEYDIYURIDIA ROBLERO ÁGUEDA, DREISYGENOVEVA ROBLERO ÁGUEDA, QUEVINBLADIMIR ROBLERO ÁGUEDA Y ERWINFERNANDO ROBLERO ÁGUEDA CONAPOYO EN EL ARTÍCULO 121, FRACCIÓN II,DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILESDEL ESTADO, SE ORDENÓ PUBLICAREDICTOS POR 3 TRES VECES EN ELPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, EDITADOEN TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS, Y EN UNPERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, QUESE EDITE EN ESTA CIUDAD, A EFECTO DEQUE POR MEDIO DE ESTOS SE EMPLACE ALOS REFERIDOS DEMANDADOS JULIAMARGARITA ÁGUEDA ALBORES, HEYDIYURIDIA ROBLERO ÁGUEDA, DREISYGENOVEVA ROBLERO ÁGUEDA, QUEVINBLADIMIR ROBLERO ÁGUEDA Y ERWINFERNANDO ROBLERO ÁGUEDA, PARA QUEDENTRO DEL TÉRMINO DE 5 CINCO DÍAS,CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE ALA ÚLTIMA PUBLICACIÓN DEL EDICTORESPECTIVO, CONTESTEN LA DEMANDAINSTAURADA EN SU CONTRA Y OFREZCANPRUEBAS, APERCIBIDOS QUE DE NOHACERLO, SE LES TENDRÁ POR CON-TESTADA LA MISMA EN SENTIDO NEGATIVO,DE CONFORMIDAD CON LA SECCIÓNCUARTA DEL NUMERAL 279, DEL CÓDIGO ENCONSULTA, DE IGUAL FORMA, DEBERÁNSEÑALAR DOMICILIO EN ESTA CIUDADPARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES,CASO CONTRARIO, LAS SUBSECUENTES,AUN LAS PERSONALES, SE LE HARÁN PORMEDIO DE LISTAS DE ACUERDOS OCÉDULAS DE NOTIFICACIONES QUE SE

PUBLICAN EN LOS ESTRADOS DE ESTEJUZGADO, DE CONFORMIDAD CON LOSARTÍCULOS 111 Y 615, DEL CÓDIGO DEPROCEDIMIENTOS CIVILES PARA ELESTADO DE CHIAPAS. QUEDAN LASACTUACIONES EN LA SECRETARÍA DELCONOCIMIENTO, PARA QUE SE ENTERE DEELLAS. DOY FE.

TAPACHULA DE CÓRDOVA Y ORDÓÑEZ,CHIAPAS, A 17 DIECISIETE DE OCTUBRE DE2014 DOS MIL CATORCE.

LA SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ALMA LUZ ROBLES RAMÍREZ.- Rúbrica.

Tercera y Última Publicación

Publicación No. 679-D-2014

PODER JUDICIAL DEL ESTADOTRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DEL ESTADOJUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARDISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA

E D I C T O

C. BERNARDO COLOMO LÓPEZ.DONDE SE ENCUENTRE:EXPEDIENTE 1028/2013.

SE LE HACE DE SU CONOCIMIENTOQUE POR AUTO DE 3 TRES DE SEPTIEMBREDE 2014 DOS MIL CATORCE, DICTADO EN ELEXPEDIENTE FAMILIAR NÚMERO 1028/2013,RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO CIVIL(DIVORCIO NECESARIO), PROMOVIDO PORSANDRA LUZ GALLARDO GONZÁLEZ, ENCONTRA DE BERNARDO COLOMO LÓPEZ,CON APOYO EN EL ARTÍCULO 121,FRACCIÓN II, DEL CÓDIGO DE PROCE-

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Miércoles 10 de Diciembre de 2014 Periódico Oficial No. 154

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DIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO, SEORDENÓ PUBLICAR EDICTOS POR 3 TRESVECES EN EL PERIÓDICO OFICIAL DELESTADO, EDITADO EN TUXTLA GUTIÉRREZ,CHIAPAS, Y EN UN PERIÓDICO DE MAYORCIRCULACIÓN, QUE SE EDITE EN ESTACIUDAD, A EFECTO DE QUE POR MEDIO DEESTOS SE EMPLACE AL REFERIDODEMANDADO BERNARDO COLOMO LÓPEZ,PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE 9NUEVE DÍAS, CONTADOS A PARTIR DEL DÍASIGUIENTE A LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN DELEDICTO RESPECTIVO, CONTESTE LADEMANDA INSTAURADA EN SU CONTRA YOFREZCA PRUEBAS, APERCIBIDO QUE DENO HACERLO, SE LE TENDRÁ PORCONTESTADA LA MISMA EN SENTIDONEGATIVO, DE CONFORMIDAD CON LASECCIÓN CUARTA DEL NUMERAL 279, DELCÓDIGO EN CONSULTA, DE IGUAL FORMA,DEBERÁ SEÑALAR DOMICILIO EN ESTACIUDAD PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFI-CACIONES, CASO CONTRARIO, LASSUBSECUENTES, AUN LAS PERSONALES,SE LE HARÁN POR MEDIO DE LISTAS DEACUERDOS O CÉDULAS DE NOTIFICA-CIONES QUE SE PUBLICAN EN LOSESTRADOS DE ESTE JUZGADO, DECONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 111 Y615, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOSCIVILES PARA EL ESTADO DE CHIAPAS.QUEDAN LAS ACTUACIONES EN LASECRETARÍA DEL CONOCIMIENTO, PARAQUE SE ENTERE DE ELLAS. DOY FE.

TAPACHULA DE CÓRDOVA Y ORDÓÑEZ,CHIAPAS; A 12 DOCE DE SEPTIEMBRE DE2014 DOS MIL CATORCE.

LA SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ALMA LUZ ROBLES RAMÍREZ.- Rúbrica.

Tercera y Última Publicación

Publicación No. 681-D-2014

JUZGADO SEGUNDO DEL RAMO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE TUXTLA,

CHIAPAS

E D I C T O

EMPLAZAMIENTO:

En el expediente 344/2005, relativo aljuicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido porBANCO DE CRÉDITO RURAL DEL ISTMOS.N.C., a través de su apoderado general parapleitos y cobranzas en contra de ATAULFO YWILMAR LÓPEZ FLORES: Tuxtla Gutiérrez,Chiapas; a 26 veintiséis de mayo de 2014 dos milcatorce. - - - Por presento licenciada MARÍA DELCARMEN ESTEBAN CARIÑO, con su escritorecibido el 21 veintiuno de mayo del actual; pormedio del cual, solicita se emplace por edictos aldiverso acreedor ISRAEL TIPÁ RAMÍREZ .- Alefecto, desprendiéndose de autos que no ha sidoposible determinar el domicilio actual del diversoacreedor ISRAEL TIPÁ RAMÍREZ ; enconsecuencia de conformidad con el artículo 1070del Código de Comercio, se autoriza elemplazamiento ordenado en auto de 08 ocho defebrero de 2013 dos mil trece, del diverso acreedorISRAEL TIPÁ RAMÍREZ ; por medio de edictosque deberán de publicarse por 03 TRES VECESCONSECUTIVAS EN EL PERIÓDICO OFICIALDEL ESTADO y EN UN TÉRMINO DE 09NUEVE DÍAS en un PERIÓDICO DE MAYORCIRCULACIÓN QUE SE EDITE EN ESTACIUDAD, las cuales se realizarán en díasNATURALES; y, en los ESTRADOS DE ESTEJUZGADO, pero en días HÁBILES, a través delque se le hará saber a ISRAEL TIPÁ RAMÍREZ ,el estado procesal que guardan los presentesautos, proceda la Secretaria del conocimiento ala elaboración de los edictos correspondientespara su debida publicación, debiendo insertar elpresente, quien de conformidad con el artículo 137fracción IV del Código de Procedimientos Civilesen el estado, deberá procurar la elaboración de

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Periódico Oficial No. 154 Miércoles 10 de Diciembre de 2014

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los mismo dentro del término de 03 TRES DÍAS.-NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE. - - - Proveído yfirmado por el licenciado ALBERTO ANTONIOCÁRDENAS KELLER, Juez Segundo del RamoCivil de éste Distrito Judicial, ante la licenciadaMARÍA CONCEPCIÓN MALTOS DÍAZ, SegundaSecretaria de acuerdos con quien actúa y da fe.-doy fe. (mcv)

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; 08 ocho defebrero de 2013 dos mil trece. - - - Se tiene porpresentada a la licenciada MARÍA DEL CARMENESTEBÁN CARIÑO, con su escrito recibido el 07siete del actual; por medio del cual, dacumplimento a la prevención realizada,manifestando que el acreedor diverso resulta serIsrael Tipá Ramírez , a fin de que se le haga saberel estado procesal que guardan los presentesautos.- Al efecto, téngase por cumplimentada laprevención que se le hiciera la ocursante enproveído de 21 veintiuno de noviembre de 2012dos mil doce; consecuentemente, TÉNGASEcomo diverso acreedor del presente juicio que nosocupa al ciudadano ISRAEL TIPÁ RAMÍREZ ,mismo que tiene su domicilio en: CONSTITUCIÓNNÚMERO 26 (VEINTISÉIS), DE LA CIUDAD DEPICHUCALCO, CHIAPAS, a fin de que se lenotifíque el estado de ejecución que se encuentrael presente asunto, a fin de hacerle saber queencuentra embargado el PREDIO RÚSTICODENOMINADO “EL MANGO” UBICADO EN ELMUNICIPIO DE LA CONCORDIA, CHIAPAS,INSCRITO BAJO EL NÚMERO 58, LIBRO UNODE LA SECCIÓN PRIMERA, EN EL REGISTROPÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DELCOMERCIO DEL DISTRITO JUDICIAL DE LALIBERTAD EN VENUSTIANO CARRANZA,CHIAPAS; DE FECHA 12 DE MAYO DE 1994, elcual se encuentra próximo ha ser rematado. - - -Ahora bien, dado que el domicilio indicado, seencuentra fuera de la competencia de ésteJuzgado, con las inserciones necesarias, gíreseatento exhorto al JUEZ DEL RAMO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE PICHUCALCO.- Paraque en auxilio de las labores de este Juzgado, sesirva dar cumplimiento a lo ordenado en líneas que

anteceden, otorgándosele plenitud de jurisdicciónpara acordar promociones de la actora tendientesa cumplimentar el presente mandamiento,debiendo la parte interesada solicitar la elaboracióndel mismo ante la Secretaría del conocimiento,quien de conformidad con el artículo 1079 fracciónIV del Código de Comercio en el estado, deberáprocurar la elaboración del mismo dentro deltérmino de 03 TRES DÍAS.- NOTIFÍQUESE yCÚMPLASE.- - - Lo acordó y firma el licenciadoALBERTO ANTONIO CÁRDENAS KELLER,Juez Segundo del Ramo Civil de este DistritoJudicial, ante la Segunda Secretaria de Acuerdos,licenciada Dulce Adriana Velázquez López, conquien actúa y da fe. Doy fe.(v)

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; 10 DE NOVIEMBREDE 2014.

LIC. MARÍA CONCEPCIÓN MALTOS DÍAZ,SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS.-Rúbrica.

Tercera y Última Publicación

Publicación No. 682-D-2014

EXPEDIENTE NÚMERO: 644/2004

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIADEL ESTADO

E D I C T O

LA CIUDADANA LICENCIADASELENE GONZÁLEZ DÍAZ, JUEZA PRIMERADEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DETAPACHULA, EN AUTO DE FECHA DIECISÉISDE OCTUBRE DE DOS MIL CATORCE,DICTADO EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 644/2004, RELATIVO AL JUICIO ESPECIALHIPOTECARIO, PROMOVIDO POR MARIO

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Miércoles 10 de Diciembre de 2014 Periódico Oficial No. 154

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LÓPEZ SOLÍS , EN CONTRA DE ÉLIDAGARCÍA HIDALGO Y JOSÉ LUIS CANCECOARGÜELLO , ORDENÓ LO SIGUIENTE:

“““….TRIBUNAL SUPERIOR DEJUSTICIA DEL ESTADO.- JUZGADO PRIMERODEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DETAPACHULA.- Tapachula de Córdova y Ordóñez,Chiapas; octubre dieciséis del año dos mil catorce.

Por presentado MARIO LÓPEZ SOLÍS ,con su escrito de cuenta, mediante el cualmanifiesta que la anterior representación que teníano le otorgó los edictos para que fueran publicadosen el periódico del Estado, por tanto los solicitapara su publicación en el Periódico Oficial deGobierno del Estado. Al efecto, se acuerda:

Visto su contenido, se le tienen porhechas sus manifestaciones para los efectoslegales a que haya lugar.

Ahora bien, y en atención a lasmanifestaciones que realiza el promovente,expídase de nueva cuenta los edictos que refiere,lo anterior para dar debido cumplimiento a loordenado mediante proveído de once de febrerodel actual, previa constancia de recibo eidentificación que en autos obre.”””

I N S E R C C I Ó N

““…TRIBUNAL SUPERIOR DEJUSTICIA DEL ESTADO DE CHIAPAS.-JUZGADO PRIMERO DEL RAMO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA.-Tapachula de Córdova y Ordóñez, Chiapas;febrero once de dos mil catorce.

Por presentado al licenciado FÉLIXRICARDO VÁZQUEZ VIDAL, con su escrito decuenta, mediante el cual solicita se notifique poredictos a la demandada ELDIA GARCÍAHIDALGO , ya que su esposo ya fue emplazado.Al respecto, se acuerda:

Visto su contenido y analizadas quefueron las constancias procesales, se advierteque la demandada ELIDIA GARCÍA HIDALGO ,ha sido buscada en el domicilio proporcionado porel actor del presente Juicio así como en el domicilioproporcionado por las dependencias, y se hanrecibido los informes necesarios de su búsquedasin que haya sido posible su localización; enconsecuencia, con fundamento en lo dispuesto porel artículo 121, fracción II, del Código deProcedimientos Civiles del Estado, emplácese ala referida demandada, en términos de lo ordenadoen auto de fecha veintidós de noviembre del añodos mil cuatro, mediante edictos, los cualesdeberán de publicarse por tres veces en elPeriódico Oficial de Gobierno del Estado y en otrode los de mayor circulación en esta ciudad, paraque dentro del término de nueve días, contados apartir de la última publicación de los edictosordenados, conteste la demanda instaurada en sucontra y comparezca a oponer las excepcionessi tuviere alguna que hacer valer, apercibida quede no hacerlo se le acusará la correspondienterebeldía y se le tendrá por contestada la demandaen sentido negativo, de conformidad con lodispuesto en el último párrafo del artículo 279, dela Ley Procesal Civil antes citada, debiendoseñalar domicilio en esta ciudad para oír y recibirnotificaciones, en caso contrario, las subsecuentesnotificaciones, aún las de carácter personal, se leharán y surtirán sus efectos por medio de las listasde acuerdos que se publican en los estrados deeste Juzgado, sin perjuicio de los trámites ysolemnidades a que se refiere el Título DécimoPrimero del Código Adjetivo Civil invocado.

Quedando a su disposición en laSecretaria de Acuerdos de este juzgado, lascopias de la demanda exhibida para el trasladocorrespondiente, para que la reciba y se enterende ellas”.

I N S E R C C I Ó N

““…SUPREMO TRIBUNAL DE JUS-TICIA DEL ESTADO.- JUZGADO PRIMERO

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Periódico Oficial No. 154 Miércoles 10 de Diciembre de 2014

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DEL RAMO CIVIL.- TAPACHULA DE CÓRDO-VA Y ORDÓÑEZ, CHIAPAS; NOVIEMBRE 22VEINTIDÓS DEL AÑO 2004 DOS MIL CUATRO.

Se tiene por presentado MARIO LÓPEZSOLÍS, promoviendo por su propio derecho consu escrito fechado el 12 doce y recibido el 17diecisiete del mes de noviembre del año en cursoa las 08:55 ocho horas con cincuenta y cincominutos y anexos que al mismo acompaña,consistente en un Testimonio número 17,711 y dosjuegos de copias para el traslado por medio delcual viene a demandar en la VÍA ESPECIALHIPOTECARIA a los ciudadanos ELIDIAGARCÍA HIDALGO Y JOSÉ LUIS CANCECOARGÜELLO , ambos con domicilio ubicado en la16a. Calle Oriente número 14-Bis, de esta Ciudad,a quienes se reclama la cantidad de$100,000.00(CIEN MIL PESOS, 00/100,MONEDA NACIONAL), y demás prestacionesque refiere en su escrito de mérito, con el que consu fecha de recepción se dio cuenta al ciudadanoJuez del conocimiento y atendiendo su contenidose acuerda:

Fórmese expediente y regístrese en ellibro de Gobierno bajo el número 644/2004 y deseaviso de inicio a la superioridad a través de laestadística mensual.

Por otra parte, de conformidad en lodispuesto por los artículos 454, 455, 456 y demásrelativos del Código de Procedimientos Civiles envigor, SE ADMITE LA DEMANDA en la vía yforma propuesta: Ordenándose al ACTUARIOJUDICIAL para que con las copias simplesexhibidas proceda a correr traslado y emplazar alos demandados, para que dentro del término de09 NUEVE DÍAS la contesten y oponganexcepciones o formule reconvención, con elapercibimiento que si dejara de hacerlo se lestendrá por presumiblemente confeso de loshechos propios aducidos en la demanda y de losque dejare de contestar, de igual formarequiérasele a los demandados para que señaledomicilio en esta ciudad para oír y recibir

notificaciones, con el apercibimiento de que sidejara de hacerlo las subsecuentes notificacionesaún las de carácter personal, se le harán y surtiránsus efectos por medio de lista de acuerdos quese publican diariamente en los estrados de esteJuzgado, de conformidad en lo dispuesto por losartículos 111 y 615 del Código Procesal invocado.

Asimismo y con fundamento en lodispuesto por el artículo 458 de la Ley AdjetivaCivil vigente en el Estado, expídase por duplicadola cédula hipotecaria la cual tendrá una relaciónsucinta de la escritura y su inscripción tendrá porefecto que no podrá verificarse en finca hipotecarianingún embargo toma de posesión diligenciaprecautoria y cualquier otra que entorpezca elcurso del juicio, si para los fines previstos en elartículo 459 sino en virtud de sentenciainterlocutoria relativa a la misma finca, debidamenteregistrada y anterior en fecha a la inscripción dela cédula o en razón de providencia precautoriasolicitada ante el Juez por acreedor con mejorderecho, en fecha anterior a la inscripción en lareferida cédula se le hace saber al demandadolas obligaciones que contrae de conformidad conlo dispuesto por el numeral 460 del mismo Código.

Se tienen por ofrecidas sus pruebas, lascuales serán analizadas para su admisión en sumomento procesal oportuno…””””””

TAPACHULA DE CÓRDOVA Y ORDÓÑEZCHIAPAS; A 6 DE NOVIEMBRE DE DOS MILCATORCE.

LIC. GLORIA DELMA ALBÓREZ ROBLERO,PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS.-Rúbrica.

Tercera y Última Publicación

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Miércoles 10 de Diciembre de 2014 Periódico Oficial No. 154

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Publicación No. 684-D-2014

PODER JUDICIAL DEL ESTADODISTRITO JUDICIAL DE ACAPETAHUA,

CHIAPAS

E D I C T O

C. NORMA LUZ AGUILAR LEÓN.DONDE SE ENCUENTRE:

En el expediente 212/2011, relativo alJUICIO ORDINARIO CIVIL DE DIVORCIONECESARIO, promovido por ANTONIOMARTÍNEZ VENEGAS , en contra de NORMALUZ AGUILAR LEÓN , la licenciada MARISELAMARTÍNEZ ESPINOSA, Jueza de PrimeraInstancia del Ramo Civil del Distrito Judicial deAcapetahua; el diecisiete de octubre de 2014, dictósentencia definitiva, cuyos puntos resolutivos ala letra dicen: “““PRIMERO.- Se ha tramitadolegalmente en la Via Ordinaria Civil, el Juicio deDIVORCIO NECESARIO, promovido porANTONIO MARTÍNEZ VENEGAS , en contra deNORMA LUZ AGUILAR LEÓN ; en la que el actorprobó los elementos constitutivos de su acciónejercitada en términos del artículo 263 fracciónXVIII del Código Civil en la Entidad y la demandano se apersono al presente juicio, porconsiguiente:- SEGUNDO.- Se declaraPROCEDENTE la acción intentada y por ello,disuelto el vínculo matrimonial que une aANTONIO MARTÍNEZ VENEGAS Y NORMALUZ AGUILAR LEÓN , el cual se encuentraformalizado bajo el acta número 00227 cero, cero,doscientos veintisiete, del Libro 2 dos, inscrita afojas 020201 cero, dos, cero, dos cero, dos, cero,uno, de 15 quince de noviembre de 1997 milnovecientos noventa y siete, levantada por elOficial 1uno del Registro Civil de Mapastepec,Chiapas; contraída bajo el régimen de sociedadconyugal, la cual se declara disuelta en términosde precepto 194 del Codigo Civil en la Entidaddebiendo liquidarse en ejecución de sentencia .-TERCERO.- De conformidad con el articulo 285del Código de Procedimientos Civiles, se declara

que en cuanto cause ejecutoria la presentesentencia, los litigantes recobran su capacidadlegal para contraer matrimonio.- CUARTO.- En suoportunidad girese atento oficio al oficial celebrantedel matrimonio, adjuntándole copia certificada delas constancias relativas, para que proceda alevantar el acta correspondiente y publique a unextracto de la presente resolución durante quincedías en las tablas destinadas para tal efecto, encumplimiento a lo preceptuado en los numerales87 y 287 del Código Civil en el Estado.- QUINTO.-Con fundamento en el artículo 284 párrafo cuartodel Código Civil del Estado, respecto a la condenapor alimentos a favor de la mujer siempre y cuandono tenga ingresos suficientes, no contraiga nuevasnupcias o no se una en concubinato, por cuantono obstante de que la demandada fue legalmentellamada a juicio sin que compareciera al mismo,demostrando con ello desinterés jurídico, luegoentonces, se absuelve al accionante deproporcionar alimentos a favor de NORMA LUZAGUILAR LEÓN.- SEXTO.- Con fundamento enlo dispuesto por los artículos 279 y 299 del CodigoSustantivo Civil del Estado, se decreta que ambosprogenitores ejercerán la patria potestad sobre losmenores IVONNE JAMILET, JENNIFERVIRIDIANA Y JONATHAN ANTONIO , deapellidos MARTÍNEZ AGUILAR ; decretándose ensu orden, IVONNE JAMILET MARTÍNEZAGUILAR , su custodia quedará a cargo de suprogenitora NORMA LUZ AGUILAR LEÓN , porser quien actualmente la tiene y se encuentraviviendo en el domicilio de sus abuelos maternos.En ese sentido, la madre queda obligada a dar demanera directa seguridad y apoyo a su hija, puestoque ha experimentado y experimenta un cambioen su vida al perder la intimidad cotidiana con unade las figuras parentales, de ahí que deberámostrar hacia la menor disponibilidad para hablary no preocupación en si misma, evitandoabsolutamente descargar sus frustracionespersonales en su menor hija, situación que delmismo modo debe cumplimentar el progenitor.-SÉPTIMO.- Por otra parte, la custodia deJENNIFER VIRIDIANA y JONATHANANTONIO , ambos de apellidos MARTÍNEZ

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Periódico Oficial No. 154 Miércoles 10 de Diciembre de 2014

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AGUILAR , quedará a cargo de su progenitorANTONIO MARTÍNEZ VENEGAS , por ser quienactualmente la tiene y se encuentra viviendo ensu domicilio, siendo trascendente que dichosadolescentes cuenten con el apoyo de sus dospadres y estén protegidos del conficto marital; yadvirtiéndose que la progenitora de estos seencuentra radicando en los Estados Unidos deNorteamerica, la suscrita Juez se reserva dedecretar el derecho de convivencia que tiene estapara con sus menores hijos, conmimandose aambos progenitores para que se lleve a cabo estecometido, atendiendo siempre al interés superiorque tienen dicho menores.- OCTAVO.- Se decretael derecho de convivencia que tiene ANTONIOMARTÍNEZ VENEGAS , para con su menor hijaIVONNE JAMILET MARTÍNEZ AGUILAR , losdías sabados y domingos de cada quince días,de 10:00 diez a las 18:00 dieciocho horas, siemprey cuando no afecte las actividades escolares dedicha menor y atendiendo al interés superior de lamisma, debiendo de recogerla en el domicilio quehabita y debiéndola de regresarla al mismo en elhorario estipulado.- NOVENO.- Se condena aANTONIO MARTÍNEZ VENEGAS , a pagar porconcepto de pensión alimenticia definitiva a favorde su menor hija IVONNE JAMILET MARTÍNEZAGUILAR , representada por su progenitoraNORMA LUZ AGUILAR LEÓN , la cantidadequivalente a la cantidad que resulte el 40%cuarenta por ciento del Salario Minimo Vigente enla Zona Economica, el cual en la actualidad es de$61.38 (sesenta y un peso 38/100 monedanacional) que multiplicado por treinta días, da unliquido de $1,841.40 (un mil, ochocientos cuarentay un pesos 40/100 moneda nacional), que aldeducirse el porcentaje decretado, el deudoralimentario debe cubrir en forma mensual lacantidad de $736.56 (setecientos treinta y seispesos 56/100 moneda nacional), la cantidad quedeberá depositar los primeros cinco días de cadames, misma que ira incrementando en la medidaque lo determine la Comision Nacional de SalariosMínimos y esto sea publicado en el Diario Oficialde la Federacion, el cual deberá de pornelo adisposición de NORMA LUZ AGUILAR LEÓN ,

en representación de su menor hija citada, encualquiera de las formas mas eficaces yaccesibles a ella en esta ciudad.- DÉCIMO.- Sedejan si efecto las medidas provisionalesdecretadas en el auto de radicación.- DÉCIMOPRIMERO.- No se hace especial condenación encostas en esta instancia por los motivosexpuestos con antelación.- DÉCIMO SEGUN-DO.- De conformidad con el artículo 617 delCodigo de Procedimientos Civiles, publíquense lospuntos resolutivos de esta sentencia por dosveces consecutivas en el Periodico Oficial delEstado.- DÉCIMO TERCERO.- NOTIFÍQUENSEY CÚMPLASE.”””

ACAPETAHUA, CHIAPAS; A 23 DE OCTUBREDE 2014.

A T E N T A M E N T E

EL ACTUARIO JUDICIAL ADSCRITO ENFUNCIONES DE SECRETARIO DEACUERDOS POR MINISTERIO DE LEY,LIC. JUAN RAMÓN GARCÍA PÉREZ.- Rúbrica.

Segunda y Última Publicación

Publicación No. 685-D-2014

E D I C T O

JUZGADO PRIMERO DEL RAMO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE TUXTLA

GUTIÉRREZ, CHIAPAS

PUBLICACIÓN DE LOS PUNTOS RESO-LUTIVOS DE LA SENTENCIA DEFINITIVA DEFECHA 19 DIECINUEVE DE NOVIEMBRE DE2014 DOS MIL CATORCE.

En el expediente número 47/2014,relativo al Juicio ORDINARIO CIVIL, promovidopor RUPERTO HERNÁNDEZ PEREYRA , en

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Miércoles 10 de Diciembre de 2014 Periódico Oficial No. 154

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contra de VÍCTOR HUGO CRUZ REYES YVÍCTOR MANUEL MÉNDEZ SARMIENTO , encumplimiento al resolutivo Cuarto de la sentenciadefinitiva de fecha 19 diecinueve de noviembre de2014 dos mil catorce, de conformidad con loestablecido por el artículo 617 de la Ley AdjetivaCivil, se ordenó PUBLICAR POR MEDIO DEEDICTOS, que deberán de publicarse por DOSVECES CONSECUTIVAS EN EL PERIÓDICOOFICIAL DEL ESTADO, Y EN LOS ESTRADOSDE ESTE JUZGADO, los puntos resolutivos dela misma, para quedar como sigue:

R E S U E L V E:

PRIMERO.- Ha procedido el JUICIOORDINARIO CIVIL, promovido por el licenciadoRUPERTO HERNÁNDEZ PEREYRA, en contrade VÍCTOR HUGO CRUZ REYES Y VÍCTORMANUEL MÉNDEZ SARMIENTO , en virtud quela parte actora acreditó los elementos constitutivosde su acción, en tanto que el demandado VÍCTORMANUEL MÉNDEZ SARMIENTO , no justificó susargumentos defensivos, en tanto que VÍCTORHUGO CRUZ REYES, fue declarado rebelde; enconsecuencia.

SEGUNDO.- Se condena al demandadoVÍCTOR MANUEL MÉNDEZ SARMIENTO , alcumplimiento del contrato de compraventa defecha 20 veinte de enero del año 2003 dos mil tres,con la finalidad de formalizar ese acuerdo devoluntades, se le condena al otorgamiento y firmade la escritura pública correspondiente ante elnotario público que en su oportunidad nombre laparte actora, respecto del inmueble consistenteen LOTE NÚMERO 20 VEINTE, DE LAMANZANA NÚMERO 20 VEINTE DE LACOLONIA “SAN PEDRO PROGRESIVO”,UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TUXTLAGUTIÉRREZ, CHIAPAS, CON LAS MEDIDASSIGUIENTES: AL NORTE: 07:00 METROS,CON ANDADOR CERRO BRUJO; AL SUR:07:00 METROS, CON LOTE NÚMERO 21VEINTIUNO; AL ORIENTE: 20:00 METROS,CON LOTE NÚMERO 18 DIECIOCHO, Y AL

PONIENTE: 20:00 METROS, CON LOTENÚMERO 22 VEINTIDÓS; SIENDO UN TOTALDE 140:00 METROS CUADRADOS; medidas ycolindancias que así se advierte del instrumentopúblico que se exhibió como antecedentes depropiedad; concediéndole para tal efecto el términode 05 CINCO DÍAS hábiles contados a partir deldía siguiente al en el cual sea legalmenteejecutable esta resolución y sea requerido paraello, con apercibimiento que de no hacerlo dentrode ese término, el suscrito Juez lo hará en surebeldía; en la inteligencia que para el otorgamientode la escritura pública correspondiente, el notariopúblico deberá observar todos los ordenamientosadministrativos que regulan la materia bajo su másestricta responsabilidad, a efecto de no vulnerarlos derechos de terceros y tampoco evadir laobservancia de la ley, ni los reglamentosaplicables al caso en particular; en términos delconsiderando respectivo se absuelve alcodemandado VÍCTOR HUGO CRUZ REYES,al otorgamiento y firma de la escritura respectivaa favor de la parte actora.

TERCERO.- En cumplimiento a lacircular número SECJ/1887/2004, de fecha 27veintisiete de abril de 2004 dos mil cuatro, signadopor el Secretario Ejecutivo del Consejo de laJudicatura del Estado, en su oportunidad gíreseatento oficio a la Dirección de Catastro Urbano yRural del Estado, haciéndole de conocimiento quese ha trasladado el dominio respecto del bieninmueble precisado en líneas que anteceden, afavor de RUBERTO HERNÁNDEZ PEREYRA .

CUARTO.- En cumplimiento a loordenado por el artículo 617 de la Ley en cita,publíquense los puntos resolutivos de la presentesentencia, por 02 dos veces consecutivas en elPeriódico Oficial del Estado y en los Estrados deéste Juzgado. Sentencia que debe ejecutarsepasado los 3 tres meses a partir de la últimapublicación en el Periódico Oficial, a no ser que laparte actora de fianza en atención a lopreceptuado por el artículo 621 del ordenamientolegal antes invocado.

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Periódico Oficial No. 154 Miércoles 10 de Diciembre de 2014

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QUINTO.- No se hace especial condenade gastos y costas en esta instancia.

SEXTO.- NOTIFÍQUESE Y CÚM-PLASE.

Así definitivamente juzgando lo resuelve,manda y firma el ciudadano licenciado MIGUELÁNGEL PÉREZ GONZÁLEZ, Juez Primero Civilde este Distrito Judicial, por ante el PrimerSecretario de Acuerdos, licenciado JUAN DIEGODÍAZ MORENO, con quien actúa y da fe.

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a 20 veinte denoviembre de 2014.

A T E N T A M E N T E

EL PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS,LIC. JUAN DIEGO DÍAZ MORENO.- Rúbrica.

Segunda y Última Publicación

Publicación No. 686-D-2014

JUZGADO SEGUNDO DEL RAMO CIVIL,DISTRITO JUDICIAL DE SAN CRISTÓBAL,

CHIAPAS

E D I C T O

A MICHAEL RAÚL SILKWOOD .

En el Juzgado Segundo del Ramo Civilde Primera Instancia, del Distrito Judicial de SanCristóbal, Chiapas, se encuentra radicado elexpediente número 624/2012 relativo al JuicioORDINARIO CIVIL (DIVORCIO NECESARIO),promovido por PATRICIA LOURDES VIDALRAMÍREZ , en contra de MICHAEL RAÚLSILKWOOD , el Juez del conocimiento, ordenó porauto de fecha 08 ocho de noviembre de 2013 dosmil trece, publicar el presente edicto para hacer

del conocimiento del demandado MICHAELRAÚL SILKWOOD, que mediante proveído de 14catorce de junio de 2012 dos mil doce, se radicóel Juicio Ordinario Civil en comento, el cual se ledio entrada en la vía y forma propuesta, se ordenóemplazar a juicio al demandado MICHAEL RAÚLSILKWOOD , corriéndole traslado con las copiassimples de la demanda para que dentro del términode nueve días hábiles de la última publicación delos edictos ordenados, de contestación a lademanda instaurada en su contra y oponga lasexcepciones que tenga que hacer valer, apercibidoque de no hacerlo dentro del término de leyconcedido, se le tendrá por contestada la demandaen sentido negativo de conformidad a loestablecido en el Artículo 279 del Código deProcedimientos Civiles del Estado, así mismodeberá señalar domicilio en esta Ciudad para oíry recibir toda clase de notificaciones en lainteligencia que de no hacerlo, las subsecuentesnotificaciones que le resulte, aún las de carácterpersonal, se realizarán mediante listas deacuerdos que se publican en los Estrados de esteJuzgado, de conformidad con lo establecido en elArtículo 111 del Código Adjetivo Civil en cita.Debiéndose de publicar edictos por tres vecesconsecutivas en el Periódico Oficial del Estado ypor tres veces dentro de nueve días en otroperiódico de mayor circulación en el Estado, paraque se haga de conocimiento del demandado,quedando a disposición de este las actuacionesoriginales en la Secretaría del conocimiento paraque se instruya de ellas y manifieste lo que a suderecho convenga, lo anterior en términos de losnumerales 121 Fracción II y 617 del CódigoProcesal de la Materia.

14 CATORCE DE AGOSTO DE 2014 DOS MILCATORCE.

LA SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. BLANCA NERI AGUILAR VELASCO.-Rúbrica.

Segunda Publicación

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Miércoles 10 de Diciembre de 2014 Periódico Oficial No. 154

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Publicación No. 687-D-2014

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR,DISTRITO JUDICIAL DE TUXTLA, CHIAPAS

E D I C T O

C. JANET CHARO ANZA GIRÓN.DONDE SE ENCUENTRE:

En los autos del expediente 1295/2012,relativo al Juicio ORDINARIO CIVIL (PÉRDIDADE LA PATRIA POTESTAD), promovido porMARÍA DEL PILAR NIEVES ZADAÍN ALBRAND ,en contra de JANET CHARO ANZA GIRÓN , confecha 14 catorce de octubre de 2014 dos milcatorce, se dictó un auto, el cual literalmente dice:

Por presentada la licenciada MARÍAISABEL CRUZ CRUZ, en términos de su escritorecibido el día 09 nueve de octubre del presenteaño, en atención a su contenido, y una vezanalizadas las constancias que obran en autosde las que se advierte que no ha sido posible darcon el paradero de la parte demandada JANETCHARO ANZA GIRÓN , para que pueda sernotificada, emplazada y se le pueda correr trasladode la demanda instaurada en su contra, por lo quese considera que resulta procedente citar a juicioa la demandada, por medio de EDICTOS, habidacuenta que se ha dejado acreditado que se ignorael domicilio del demandado, por lo que confundamento en el artículo 121 fracción II del CódigoAdjetivo Civil, se ordena emplazar por medio deEDICTOS a la demandada; mismos que deberánde publicarse por 3 tres veces en el PeriódicoOficial del Estado, otro de mayor circulación y enlos lugares públicos de costumbre, para que dentrodel término de 9 NUEVE DÍAS, contados a partirdel día siguiente de la última publicación de losedictos, produzca su contestación, ofrezcapruebas y señale domicilio en esta Ciudad paraoír y recibir notificaciones, APERCIBIDO que deno hacerlo dentro del término, se le tendrá porcontestada la demanda en sentido negativo,ordenando hacerle las subsecuentes

notificaciones, aún las de carácter personal porestrados del Juzgado, en términos de lo dispuestopor el artículo 615 del Código invocado. — Asímismo, deberá realizarse la publicación en losestrados del juzgado por conducto del ACTUARIOJUDICIAL.

Queda obligada la parte actora a solicitarla elaboración de los edictos ordenados y realizarlos trámites correspondientes a la publicación delos mismos. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

Proveído y firmado por la licenciadaCLAUDIA LUCÍA DOMÍNGUEZ ACUÑA, JuezaPrimera de lo Familiar de este Distrito Judicial,asistida de la licenciada JOSEFA GUADALUPEDÍAZ TORRES, Primer Secretaria de acuerdoscon quien actúa y da fe.

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a 3 tres de noviembrede 2014 dos mil catorce.

LIC. JOSEFA GUADALUPE DÍAZ TORRES,PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS.-Rúbrica.

Segunda Publicación

Publicación No. 688-D-2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIADEL ESTADO

JUZGADO QUINTO DEL RAMO CIVIL

E D I C T O

AL PÚBLICO EN GENERAL:

En el Expediente número 791/2012,relativo al Juicio ORDINARIO CIVIL, promovidopor JOSÉ RAMÓN VIVES MORALES Y LUCICRUZ MORALES Y/O LUS CRUS MORALESen contra de MARÍA RAMÍREZ HERNÁNDEZ ;el Juez del conocimiento en resolución de fecha

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Periódico Oficial No. 154 Miércoles 10 de Diciembre de 2014

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25 veinticinco de febrero de 2014 dos mil catorceEN SU RESOLUTIVO SÉPTIMO; y confundamento en los artículos 121 y 617 del Códigode Procedimientos Civiles se ordenó publicar PORDOS VECES CONSECUTIVAS EN ELPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO Y EN LOSESTRADOS DE ESTE JUZGADO; los puntosresolutivos de dicha sentencia y que a la letradicen: PRIMERO.- Se ha tramitado en la VÍAORDINARIA CIVIL, la acción de PRES-CRIPCIÓN POSITIVA, ejercitada por JOSÉRAMÓN VIVES MORALES Y LUCI CRUZMORALES Y/O LUS CRUS MORALES, encontra de MARÍA RAMÍREZ HERNÁNDEZ ; endonde la parte actora acreditó los elementos desu acción y la demandada se constituyó enrebeldía, en consecuencia. SEGUNDO.- Sedeclara que JOSÉ RAMÓN VIVES MORALESY LUCI CRUZ MORALES Y/O LUS CRUSMORALES, de simple poseedores se hanconvertido en legítimos propietarios por virtud dela prescripción consumada en su favor, de lafracción del bien inmueble ubicado en Lote 5-B,Manzana 92, de la colonia Patria Nueva de estaciudad, con una superficie de 160 metroscuadrados, con las medidas y colindanciassiguientes: AL NORTE: 20.00 metros, con lote 7;AL SUR: 20.00 metros, con lote 05-A; ALORIENTE: 08.00 metros, con lote 6; y, ALPONIENTE: 08.00 metros con calle del SabinoNorte; el cual se encuentra inmerso en lapropiedad inscrita ante el Registro Público de laPropiedad y de Comercio de este Distrito Judicialde Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, bajo el número 846,libro 1B-AUX, Sección 1, Donación de fecha 30de mayo de 1984. TERCERO.- Una vez quecause ejecutoria la presente resolución, expídasea costa de la parte interesada, copia certificadade la presente resolución, para efecto de que seaprotocolizada ante notario de su elección e inscritaen el Registro Público de la Propiedad y delComercio de este Distrito Judicial y le sirva comotítulo de propiedad; en la inteligencia de que lainscripción deberá hacerse con todas lasformalidades de ley y sin perjuicios de terceros,acatándose las disposiciones municipales y

administrativas aplicables. CUARTO.- Gíreseoficio al Delegado del REGISTRO PÚBLICO DELA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE estaciudad capital, para efectos de que proceda arealizar la anotación correspondiente en losantecedentes registrales del bien inmuebleubicado en Lote 5, Manzana 92, de la colonia PatriaNueva de esta ciudad, únicamente sobre lafracción con una superficie de 160 metroscuadrados, con las medidas y colindanciassiguientes: AL NORTE: 20.00 metros, con lote 7;AL SUR: 20.00 metros, con lote 05-A; ALORIENTE: 08.00 metros, con lote 6; y, ALPONIENTE: 08.00 metros con calle del SabinoNorte; el cual se encuentra inscrito ante el RegistroPúblico de la Propiedad y de Comercio de esteDistrito Judicial de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, bajoel número 846, libro 1B-AUX, Sección 1, Donaciónde fecha 30 de mayo de 1984, en virtud de laprescripción consumada en favor de JOSÉRAMÓN VIVES MORALES Y LUCI CRUZMORALES Y/O LUS CRUS MORALES.QUINTO.- Se ordena girar atento oficio a laDirección de Catastro Urbano y Rural de esteDistrito judicial, para hacerle del conocimiento latraslación de dominio del inmueble motivo del litigio.SEXTO.- No se hace especial condena de costasen esta instancia. SÉPTIMO.- En cumplimiento alo ordenado por los artículos 121 y 617 del Códigode Procedimientos Civiles del Estado deaplicación supletoria al Código de Comercio,publíquense los resolutivos de esta Sentencia pordos veces consecutivas en el Periódico Oficialdel Estado y en los Estrados de este Juzgado.Sentencia que deberá ejecutarse pasados 3 tresmeses a partir de la última publicación en elPeriódico Oficial, a no ser que la parte actora defianza en atención a lo preceptuado por el artículo621 del ordenamiento legal antes invocada.-NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- Proveído yfirmado por la ciudadana licenciada SANDRA LUZOCHOA CARBONEY, Jueza Quinto del RamoCivil de este Distrito Judicial, ante la PrimeraSecretaria de Acuerdos, licenciada MARTHAMÓNICA MARTÍNEZ AGUILAR, con quien actúay da fe.

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Miércoles 10 de Diciembre de 2014 Periódico Oficial No. 154

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TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS; A LOS 27VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE2014 DOS MIL CATORCE.

LA PRIMER SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. MARTHA MÓNICA MARTÍNEZ AGUILAR.-Rúbrica.

Segunda y Última Publicación

Publicación No. 689-D-2014

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DELDISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA,

CHIAPAS

E D I C T O248/2014

C. JORGE ALBERTO VILLATORO NIÑO.DONDE SE ENCUENTRE:

EL CIUDADANO LICENCIADOMANUEL DE JESÚS HERNÁNDEZ GUERRA,JUEZ PRIMERO DE LO FAMILIAR DELDISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA, PORAUTO DE FECHA 21 VEINTIUNO DEOCTUBRE DEL AÑO 2014 DOS MIL CATORCE,DICTADO EN EL EXPEDIENTE 248/2014,RELATIVO A LAS CONTROVERSIAS DELORDEN FAMILIAR (CESACIÓN DE PENSIÓNALIMENTICIA), PROMOVIDA POR JORGEVILLATORO VILLALOBOS , EN CONTRA DEJORGE ALBERTO VILLATORO NIÑO ,ACORDÓ QUE: ATENDIENDO A LASCONSTANCIAS PROCESALES, DE LASCUALES SE ADVIERTE QUE SE HAN GIRADOOFICIOS A DIVERSAS DEPENDENCIAS SINQUE SE HAYA OBTENIDO LA LOCALIZACIÓNDEL DEMANDADO JORGE ALBERTOVILLATORO NIÑO ; POR LO QUE RESULTA

PROCEDENTE QUE LA DILIGENCIA DENOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTO DECRE-T A D A E N P R O V E Í D O D E F E C H A 1 9DIECINUEVE DE MARZO DE 2014 DOS MILCATORCE, SE HAGA MEDIANTE EDICTOS;EN CONSECUENCIA, CON FUNDAMENTO ENLO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 121FRACCIÓN II Y ÚLTIMO PÁRRAFO, DELCÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILESVIGENTE EN EL ESTADO, SE ORDENA ELEMPLAZAMIENTO A LA PARTE DEMANDADAJORGE ALBERTO VILLATORO NIÑOMEDIANTE LA PUBLICACIÓN DE EDICTOSPOR TRES VECES, EN EL PERIÓDICOOFICIAL DEL ESTADO Y OTRO DE MAYORCIRCULACIÓN QUE SE EDITE EN ESTACIUDAD, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINODE 05 CINCO DÍAS, CONTADOS A PARTIRDEL DÍA SIGUIENTE DE LA FECHA DE LAÚLTIMA PUBLICACIÓN, DÉ CONTESTACIÓNA LA DEMANDA INSTAURADA EN SUCONTRA, APERCIBIDO QUE DE NOHACERLO DENTRO DE LA DILACIÓNCONCEDIDA, SE LE TENDRÁ PORCONTESTADO EN SENTIDO NEGATIVO, DECONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR ELARTÍCULO 279 DEL ORDENAMIENTO LEGALANTES INVOCADO, QUE ASÍ MISMO DEBERÁDE SEÑALAR DOMICILIO PARA OÍR YRECIBIR NOTIFICACIONES EN ESTACIUDAD, APERCIBIDO QUE DE NOHACERLO, ÉSTAS SE LE HARÁN PORESTRADOS DEL JUZGADO, QUEDANDO ENLA SECRETARÍA LAS COPIAS DE LADEMANDA PARA QUE SE IMPONGA DEAUTOS.

TÚRNENSE LOS AUTOS ALACTUARIO ADSCRITO PARA QUE REALICELAS PUBLICACIONES CORRESPONDIENTESEN LA LISTA DE ESTRADOS DE ESTEJUZGADO.

TAPACHULA, CHIAPAS; A 24 VEINTICUATRODE OCTUBRE DEL AÑO 2014 DOS MILCATORCE.

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Periódico Oficial No. 154 Miércoles 10 de Diciembre de 2014

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A T E N T A M E N T E

LIC. ARACELI LEÓN NAVARRO, SEGUNDASECRETARIA DE ACUERDOS DEL JUZGADOPRIMERO DE LO FAMILIAR DEL DISTRITOJUDICIAL DE TAPACHULA.- Rúbrica.

Segunda Publicación

Publicación No. 690-D-2014

JUZGADO PRIMERO DEL RAMO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE TUXTLA

GUTIÉRREZ, CHIAPAS

E D I C T O

C.C. MOISÉS ALEJANDRO TOLEDO LÓPEZY MARÍA LUCRECIA ARCE CORZO.DONDE SE ENCUENTREN:

En el expediente número 384/2014,relativo al juicio ORDINARIO CIVIL, promovidopor IVÁN ESTANISLAO GUTIÉRREZ OCAÑA ,en contra de MOISÉS ALEJANDRO TOLEDOLÓPEZ Y MARÍA LUCRECIA ARCE CORZO ,el juez del conocimiento con fundamento en elartículo 121 fracción II del Código deProcedimientos Civiles del Estado, en auto desiete de noviembre de dos mil catorce, ordenóemplazar a los demandados MOISÉSALEJANDRO TOLEDO LÓPEZ Y MARÍALUCRECIA ARCE CORZO, a través deEDICTOS que deberán publicarse por TRESVECES CONSECUTIVAS EN EL PERIÓDICOOFICIAL DEL ESTADO, así como en UNPERIÓDICO LOCAL DE AMPLIACIRCULACIÓN EN ÉSTA ENTIDAD, a eleccióndel promovente, las cuales se realizaran en díasNATURALES y en los estrados de éste juzgadoen días HÁBILES; haciéndoles saber que en autosde veinte de mayo y tres de octubre ambos de

dos mil catorce, se admitió la demanda en la víaORDINARIA CIVIL, promovida por IVÁNESTANISLAO GUTIÉRREZ OCAÑA , en contrade los demandados citados anteriormente,ejerciendo la acción de PRESCRIPCIÓNPOSITIVA en relación al bien inmueble consistenteen CASA HABITACIÓN NÚMERO 5, DE LACALLE PUXACCE, CONSTRUIDA EN EL LOTEDE TERRENO NÚMERO 25, MANZANA 5, DELFRACCIONAMIENTO ZOQUE DE ÉSTACIUDAD, con superficie de 105.00 metroscuadrados y demás prestaciones, concediéndolesel término de NUEVE DÍAS PARA que contestenla demanda y ofrezcan pruebas debidamenterelacionadas, con el apercibimiento que en casode NO hacerlo dentro de dicho término se lestendrá por precluido su derecho y se decretará larebeldía en el presente juicio. Se les hace saberque el término de NUEVE DÍAS, concedidos paracontestar la demanda, comenzará a contar a partirde la última publicación de los edictos.

Por otra parte se le previene a losdemandados MOISÉS ALEJANDRO TOLEDOLÓPEZ Y MARÍA LUCRECIA ARCE CORZO ,para que señalen domicilio en ésta ciudad paraoír y recibir notificaciones, apercibiéndoles que encaso contrario y en términos de lo que dispone elartículo 615 de la Ley Adjetiva Civil, todas lasnotificaciones que en adelante recaigan en el pleitoy cuantas citaciones deban hacérseles, se lesnotificará por las listas de acuerdos y estrados deéste juzgado. Salvo casos de excepción, entérminos del artículo 617 del ordenamiento legalantes invocado. Quedan las copias en lasecretaria del conocimiento para que se instruyande ellas.

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a 21 de noviembre de2014.

C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. VANESSA CASTAÑÓN MONTERO.-Rúbrica.

Segunda Publicación

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Miércoles 10 de Diciembre de 2014 Periódico Oficial No. 154

19

Publicación No. 691-D-2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIADEL ESTADO

JUZGADO QUINTO DEL RAMO CIVIL

E D I C T O

A ORGANIZACIÓN AUXILIAR DE CRÉDITO,UNIÓN DE CRÉDITO CHIAPAS, S.A. DE C.V.

En el Expediente número 539/2013,relativo al Juicio HIPOTECARIO, promovido porOCTAVIO COUTIÑO VELASCO, en contra deUNIÓN DE CRÉDITO CHIAPAS, S.A. DE C.V ;el Juez del conocimiento dictó el auto que a lo queinterese dice:

Con auto de fecha 14 catorce denoviembre de 2014 dos mil catorce se ordenó entérminos de lo ordenado al artículo 121 fracción IIdel Código de Procedimientos Civiles, emplazaral demandado ORGANIZACIÓN AUXILIAR DECRÉDITO, UNIÓN DE CRÉDITO CHIAPAS,S.A. DE C.V., por medio de edictos que deberánpublicarse por tres veces consecutivas en elperiódico de mayor circulación en la entidad, asícomo en el Periódico Oficial del Estado, asimismodeberá publicarse en los estrados de ésteJuzgado, en los cuales se deberá de corrertraslado y emplazar a la parte demandada entérminos del auto de fecha 27 veintisiete de mayode 2013 dos mil trece, para que dentro del términode 9 nueve días conteste la demanda instauradaen su contra, apercibiéndolo que de no hacerlo setendrá por presumiblemente confeso de loshechos propios que se dejen de contestar, términoque empezará a contar al siguiente día de que sehaga la última publicación, haciéndole saber quedeberá señalar domicilio para oír y recibirnotificaciones en esta Ciudad, caso contrario, lassubsecuentes notificaciones, aún las de carácterpersonal se hará por lista de acuerdos y estradosdel Juzgado.

JUZGADO QUINTO DEL RAMOCIVIL.- Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a 27 veintisietede mayo del año 2013 dos mil trece.

Se hace del conocimiento de las partesque el Tribunal Superior de Justicia del Estado,con fundamente en lo dispuesto por los artículos6°, 9°, 11, 51, 59 y 61 de la Ley de JusticiaAlternativa del Estado de Chiapas, y motivado porel interés de que las personas que tienen algúnlitigio cuenten con otra opción pacífica yarmoniosa para resolver su conflicto, ha imple-mentado como medios alternativos de solución decontroversias la mediación, la conciliación y, ensu caso, el arbitraje, como procedimientos nojudiciales que tienen entre sus principalesbeneficios la flexibilidad, neutralidad, imparcialidad,equidad, legalidad, economía y rapidez. Para talefecto, en cualquier etapa del procedimientopodrán manifestar ante este Juzgado la voluntadde someterse a uno de los citados mediosalternativos o acudir al Centro Estatal de JusticiaAlternativa, ubicado en calle Candoquis número290 doscientos noventa, Fraccionamiento ElBosque de esta Ciudad, con los teléfonos (961)617 8700, extensiones 8863, 8864 y 8865, endonde se les atenderá en forma gratuita.

Por presentado OCTAVIO COUTIÑOVELASCO, OCTAVIO COUTIÑO ORANTES,JORGE LUIS COUTIÑO ORANTES YGUILLERMINA ORANTES DE COUTIÑO, por supropio derecho y en su carácter de AdministradorÚnico de la persona moral denominadaPOBLAZÓN, SOCIEDAD DE PRODUCCIÓNRURAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, consu escrito recibido el día 23 veintitres de mayo delaño 2013 dos mil trece, y documentos que al mismoacompaña, demandando la cancelacion yextinción en la VÍA ESPECIAL HIPOTECARIA dela Organización Auxiliar de Crédito UNIÓN DECRÉDITO CHIAPAS, S.A. DE C.V. , con domicilioen 8a. Sur Poniente número 243 de esta CiudadCapital.

Fórmese el expediente y regístrese enel Libro de Gobierno bajo el número que lecorresponda y guárdese en el secreto del Juzgadolos documentos base de la acción.

Consecuentemente y con fundamento enlos artículos 454, 455, 456 y relativos al Código

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Periódico Oficial No. 154 Miércoles 10 de Diciembre de 2014

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de Procedimientos Civiles Reformado, se admitela demanda, con entrega de las copias de lademanda por conducto del ACTUARIO JUDICIALque corresponda córrase traslado y emplácese ala demandada en el domicilio antes indicado, paraque dentro del término de NUEVE DÍAS decontestación a la demanda instaurada en sucontra, oponga excepciones o formulereconvención, apercibido que de no hacerlo setendrá por presumiblemente confeso de loshechos propios de la demanda que dejará decontestar, prevéngasele para que señale domicilioen esta ciudad para oír y recibir notificaciones,apercibido que en caso de no hacerlo lassubsecuentes notificaciones que le resulten se lepracticará a través de los estrados de esteJuzgado.

Se tiene como domicilio del promoventepara oír y recibir notificaciones el que indica sudemanda y por autorizados para los mismosefectos a las personas que precisa.

Se tienen por anunciadas las pruebasque ofrece, mismas que serán valoradas en sumomento procesal oportuno.

Tengase como representante común delos promoventes a OCTAVIO COUTIÑOVELASCO. Respecto al Mandato Judicial queotorgan a favor del licenciado GUSTAVOSALDAÑA RODRÍGUEZ, dígaseles queprimeramente deberán de ratificar su escrito inicialde demanda, quienes deberán de traer consigosus respectivas credenciales oficiales y dejarcopias de las mismas para constancia. Hecho loanterior, en su primera intervención que haga elabogado, deberá exhibir su cedula profesional enoriginal o bien manifieste el número de folio de lahoja del libro de control que se lleva en esteJuzgado.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

Proveído y firmado por la ciudadanalicenciada MARTHA MÓNICA MARTÍNEZAGUILAR Primera Secretaria de AcuerdosEncargada del Despacho por Ministerio de Ley,

de conformidad al oficio número SECJ/2405/2013de fecha 27 veintisiete de mayo del año 2013 dosmil trece, suscrito por la Maestra María ItzelBallinas Barbosa Secretaría Ejecutiva del Consejode la Judicatura del Poder Judicial del Estado, anteel licenciado SERGIO ALEJANDRO BALLINASZEPEDA, Segundo Secretario de Acuerdos conquien actúa y da fe.

TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS; A LOS 20VEINTE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE2014 DOS MIL CATORCE.

LA PRIMER SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. MARTHA MÓNICA MARTÍNEZ AGUILAR.-Rúbrica.

Segunda Publicación

Publicación No. 692-D-2014

PODER JUDICIAL DEL ESTADOTRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DEL ESTADOJUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR DEL

DISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA,CHIAPAS

E D I C T O

MARLYN NAILE MARTÍNEZ DE LA CRUZ.DONDE SE ENCUENTRE:

En cumplimiento a lo ordenado en autode 29 veintinueve de septiembre de 2014 dos milcatorce, dictado en el expediente 681/2011, relativoal JUICIO DE DECLARACIÓN DE AUSENCIALEGAL, promovido por LUCÍA DE LA CRUZMARTÍNEZ, y en virtud de que ha transcurrido eltérmino de dos años desde que se nombró comorepresentante legal de la ausente a la señoraLUCÍA DE LA CRUZ MARTÍNEZ , ya que sudesignación fue en proveído de 20 veinte de

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Miércoles 10 de Diciembre de 2014 Periódico Oficial No. 154

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septiembre de 2012 dos mil doce y los dos añosse cumplieron el 20 veinte de septiembre de 2014dos mil catorce, en cumplimiento a lo establecidopor el artículo 659 del Código Civil del Estado ytoda vez que ya se realizó la publicación de losedictos respectivos tal y como lo ordena el numeral657 del Código en consulta, en atención a lodispuesto por el diverso 665 del Código Civil delEstado, se declara formalmente LA AUSENCIAde la señora MARLYN NAILE MARTÍNEZ DE LACRUZ, para todos los efectos legalescorrespondientes y de conformidad con loestablecido por el artículo 667 del ordenamientolegal en cita, se ordena la publicación del presenteproveído por tres veces en los periódicosestablecidos en el artículo 664 del mismoordenamiento legal en cita con intervalo de quincedías, repitiéndose ambas publicaciones cada dosaños hasta que se declare la presunción demuerte.

TAPACHULA DE CÓRDOVA Y ORDÓÑEZCHIAPAS; A 13 TRECE DE OCTURE DE 2014DOS MIL CATORCE.

A T E N T A M E N T E

PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ADELINA SÁNCHEZ TORRES.- Rúbrica.

Segunda Publicación

Publicación No. 693-D-2014

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIADEL DISTRITO JUDICIAL DE COPAINALÁ,

CHIAPAS

E D I C T O S

EXPEDIENTE NÚMERO 57/2013.JUICIO DE DIVORCIO NECESARIO.

ACTOR: MATILDE AGUILAR AGUILAR,APODERADO GENERAL PARA PLEITOS YCOBRANZAS DE MARÍA CANDELARIAAGUILAR AGUILAR.

DEMANDADO.- ARLEX SÁNCHEZ JUÁREZ.

JUZGADO MIXTO DE PRIMERAINSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIALDECOPAINALÁ, CHIAPAS.- A ocho de octubre dedos mil catorce.

Por presentada MATILDE AGUILARAGUILAR , con su escrito de cuenta, recibido eltres de octubre del año en curso. Al efecto, vistosu contenido, se tienen por exhibidos tresejemplares del Periódico Oficial, que se edita enla capital del Estado, en los cuales aparecenpublicados los edictos ordenados en autos, seordena agregarlos a los autos para que obrencomo corresponda.

En cuanto a su segundo pedimento,como lo solicita, en atención al cómputosecretarial que obra en autos, de conformidad conel artículo 279 del Código de ProcedimientosCiviles se tiene por contestada la demanda enSENTIDO NEGATIVO AL DEMANDADOARLEX SÁNCHEZ JUÁREZ , debiendo hacerselas subsecuentes notificaciones a la partedemandada, aun las de carácter personal entérminos de lo dispuesto por el artículo 615 delCódigo Adjetivo Civil.

Tocante a su último pedimento confundamento en lo dispuesto por el numeral 307del Código Adjetivo que rige la materia, se abre eltérmino improrrogable de 30treinta días, para eldesahogo de las pruebas ofrecidas por las partesen este Juicio, debiendo la Secretaría delconocimiento asentar el cómputo correspondiente.

POR LA PARTE ACTORA: MARÍACANDELARIA AGUILAR AGUILAR , por no sercontrarias a la moral y al derecho se admiten lassiguientes:

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Periódico Oficial No. 154 Miércoles 10 de Diciembre de 2014

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DOCUMENTALES.-

Acta de nacimiento folio número02899913.

Acta de matrimonio folio número0030925.

Mismas que se desahogan por su propiay especial naturaleza las cuales serán valoradasen definitiva.

C O N F E S I O N A L . - A c a r g o d e ldemandado ARLEX SÁNCHEZ JUÁREZ , seseñalan las 13:30 TRECE HORAS CONTREINTA MINUTOS DEL DÍA DIECINUEVE DENOVIEMBRE DE DOS MIL CATORCE, seordena por conducto de la Actuaria JudicialAdscrita, CITAR PERSONALMENTE al referidodemandado para que comparezca e identificadoa satisfacción de este Juzgado en la hora y fechaseñalada, con el apercibimiento que de nocomparecer sin justa causa se le declararáconfeso de todas y cada una de las posicionesque sean calificadas de legales de conformidadcon el artículo 316 de al Ley Adjetiva Civil vigenteen el Estado.

TESTIMONIAL.- A CARGO DEADALBERTA VÁZQUEZ HERNÁNDEZ YHEBER VÁZQUEZ SÁNCHEZ, al efecto seseñalan las 10:00 DIEZ HORAS DEL DÍAVEINTE DE NOVIEMBRE DE DOS MILCATORCE, quienes deberán ser presentados porla oferente de la prueba identificados a satisfacciónde este Juzgado, en la hora y fecha señalada paratal efecto.

INSTRUMENTAL DE ACTUACIONESPRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.- En todolo que favorezcan a los intereses de las partesactora.

PRUEBAS OFRECIDAS PORARELEX SÁNCHEZ JUÁREZ SE DEJAN DEADMITIR EN VIRTUD QUE NO DIÓCONTESTACIÓN A LA DEMANDA.

CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCU-LO 617 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOSCIVILES, SE ORDENA PUBLICAR ELPRESENTE AUTO DOS VECES CONSE-CUTIVAS EN EL PERIÓDICO OFICIAL DELESTADO, POR HABERSE EMPLAZADO POREDICTOS A ARLEX SÁNCHEZ JUÁREZCÓMPUTO DE 30 TREINTA DÍAS DEDESAHOGO DE PRUEBAS; SE HACE DELCONOCIMIENTO DE LAS PARTES QUE ELTRANSCURRIRÁ A PARTIR DEL DÍASIGUIENTE DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓNPOR LO ANTERIOR LA PARTE ACTORA DEBEPUBLICAR A LA BREVEDAD EL EDICTOCONTENIENDA EL AUTO PARA QUE LAFECHA YA SEÑALADA QUEDE COMPREN-DIDA DENTRO DEL TÉRMINO; CASOCONTRARIO SE SEÑALARÁ NUEVA FECHAPARA LA TESIMONIALY CONFESIONAL. LOANTERIOR SE ORDENA CONSIDERANDOQUE NOEXISTE DISPOSICIÓN EXPRESA ENEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILESPARA DEJAR DE DAR CUMPLIMIENTO ALNUMERAL ANTES INDICADO.

JUZGADO MIXTO DE PRIMERAINSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DECOPAINALÁ, CHIAPAS.- A veinticuatronoviembre de dos mil catorce.

Por presentado MATILDE AGUILARAGUILAR, con su escrito de cuenta, recibido eldiecinueve de noviembre del año en curso. Alefecto, visto su contenido, por cuantos de autosse advierte que no obra la publicación de losedictos ordenados en proveído de ocho deoctubre del año en curso y las fechas paradesahogo de las pruebas han fenecido, enconsecuencia se señalan las 13:00 TRECEHORAS DEL DÍA OCHO DE ENERO DE DOSMIL QUINCE, A EFECTO DE DESAHOGAR LAPRUEBA CONFESIONAL.- A cargo deldemandado ARLEX SÁNCH EZ JUÁREZ , seordena por conducto del Actuario Judicial Adscrito,CITAR PERSONALMENTE al referido deman-dado para que comparezca identificado asatisfacción de este Juzgado en la hora y fecha

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Miércoles 10 de Diciembre de 2014 Periódico Oficial No. 154

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señalada, con el apercibimiento que de nocomparecer sin justa causa se le declararáconfeso de todas y cada una de las posicionesque sean calificadas de legales de conformidadcon el artículo 316 de la Ley Adjetiva Civil vigenteen el Estado.

TESTIMONIAL.- A CARGO DEADALBERTA VÁZQUEZ HERNÁNDEZ YANGELINA SOLÍS PALACIOS, al efecto seseñalan las 10:00DIEZ HORAS DEL DÍA OCHODE ENERO DE DOS MIL QUINCE, quienesdeberán ser presentados por el oferente de laprueba identificados a satisfacción de esteJuzgado, en la hora y fecha señalada para talefecto.

CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCU-LO 617 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOSCIVILES, SE ORDENA PUBLICAR ELPRESENTE AUTO Y EL AUTO DE OCHO DEOCTUBRE DEL AÑO EN CURSO POR SEREL AUTO DE ADMISIÓN DE PRUEBAS PORDOS VECES CONSECUTIVAS EN ELPERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, PORHABERSE EMPLAZADO POR EDICTOS AARLEX SÁNCHEZ JUÁREZ ; SE HACE DELCONOCIMIENTO DE LAS PARTES QUE ELCÓMPUTO DE 30 TREINTA DÍAS DEDESAHOGO DE PRUEBAS TRANSCURRIRÁA PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA ÚLTIMAPUBLICACIÓN, POR LO ANTERIOR LA PARTEACTORA DEBE PUBLICAR A LA BREVEDADEL EDICTO CONTENIENDO AMBOS AUTOSCON LA NUEVA FECHA DE LA TESTIMONIALY LA CONFESIONAL, LO ANTERIOR SEORDENA CONSIDERANDO QUE NO EXISTEDISPOSICIÓN EXPRESA EN EL CÓDIGO DEPROCEDIMIENTOS CIVILES PARA DEJAR DEDAR CUMPLIMIENTO AL NUMERAL ANTESINDICADO.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

Así lo acordó, mandó y firma elciudadano licenciado MANUEL NÚÑEZ GARCÍA,

Juez Mixto de primera Instancia de éste DistritoJudicial, ante la licenciada VIRGINIA REYESGARCÍA, Secretaria de Acuerdos del Ramo Civil,con quién actúa y da fe. DOY FE.

COPAINALÁ, CHIAPAS; A 28 DE NOVIEMBREDE DOS MIL CATORCE.

A T E N T A M E N T E

SECRETARIA DE ACUERDOS DEL RAMOCIVIL, LIC. VIRGINIA REYES GARCÍA.- Rúbrica.

Segunda y Última Publicación

Publicación No. 694-D-2014

E D I C T O

HONORABLE AYUNTAMIENTOCONSTITUCIONAL DE TUMBALÁ, CHIAPAS

AL PÚBLICO EN GENERAL:

En autos del expediente administrativonúmero 01/2014 derivado de los escritos signadospor el Ing. Miguel Alejandro Melgar Sánchez ,con fecha 29 de octubre del presente año en sucalidad de Director de Obras Públicas Municipaly tomando en cuenta la razón hecha por el SíndicoMunicipal con fecha 13 de noviembre del año 2014,se realizó oficio que a la letra dice:

Oficio No. 023/2014.Expediente.- 01/2014.Tumbalá, Chiapas.20 de noviembre de 2014.Asunto: Audiencia de Conciliación.

Ing. Enrique González Arrellano.Administrador Único del “Bufete Especializadoen Construcción y Diseño” S. A. de C.V.

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Periódico Oficial No. 154 Miércoles 10 de Diciembre de 2014

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En cumplimiento en el proveído de fecha01 de noviembre del año 2014, dictado en elexpediente citado al rubro y tomando en cuenta larazón de fecha 13 de noviembre del presente añohecho por el Síndico Municipal, de conformidadcon los artículos 109, 110, 11 de la Ley de ObraPública del Estado de Chiapas; 209 y 213 delReglamento de la Ley en cita; y 44 fracción I y IIIde la Ley Orgánica Municipal del Estado deChiapas de este Honorable Ayuntamiento conUsted, se le notifica que se ha señalado las 13:30trece treinta horas del día 26 de diciembre del año2014, para que comparezca a la audiencia deconciliación derivado del incumplimiento de loscontratos de Obra Pública suscritos por ésteHonorable Ayuntamiento Constitucional deTumbalá, Chiapas; y por la persona moral “BufeteEspecializado en Construcción y Diseño S. A.de C. V.” , el 04 de junio del año 2014 a través desu Administrador Único el Ing. Enrique GonzálezArrellano . Dicha audiencia que se celebrará enlas oficinas que ocupa el Palacio Municipal S/N,colonia Centro de esta Ciudad de Tumbalá,Chiapas; para lo cual se le corre traslado de copiassimples de los escritos de fecha 29 de octubredel año en curso, suscrito por el Ing. MiguelAlejandro Melgar Sánchez, Director de ObrasPúblicas Municipales, del Ayuntamiento deTumbalá, Chiapas.

Con el apercibimiento que su inasistenciatraerá como consecuencia el tenerlo porinconforme para llegar a un arreglo conciliatoriopor esta vía administrativa, de conformidad con elúltimo párrafo del artículo 109 de la Ley de ObraPública del Estado de Chiapas, aplicado acontrario sensu.

Tumbalá, Chiapas.

A t e n t a m e n t e

C. BALTAZAR JIMÉNEZ TÓRRES.S Í N D I C O M U N I C I P A L D E T U M B A L Á ,CHIAPAS.

Ahora bien, hágase la publicación delpresente proveído, mediante edictos por tresveces de manera consecutiva en el periódico demayor circulación en el Estado, de conformidadcon lo que establece el artículo 80 Fracción III dela Ley de Obra Pública del Estado de Chiapas,así como dos veces en el Periódico Oficial delEstado tal y como lo establece el artículo 40 de laLey de Procedimientos Administrativos del Estadode Chiapas. Quedando a disposición del Ing.Enrique Gonzales Arrellano , las copias simplesde los escritos de fecha 29 de octubre del año2014 suscritos por el Ing. Miguel AlejandroMelgar Sánchez, Director de Obras PúblicasMunicipal en las oficinas que ocupa el HonorableAyuntamiento Constitucional de Tumbalá,Chiapas.

C. BALTAZAR JIMÉNEZ TÓRRES, SÍNDICOMUNICIPAL DE TUMBALÁ, CHIAPAS.- Rúbrica.

Segunda y Última Publicación

Publicación No. 695-D-2014

JUZGADO SEGUNDO DEL RAMO CIVILDISTRITO JUDICIAL DE TUXTLA, CHIAPAS

E D I C T O

A JOSÉ GUADALUPE HERNÁNDEZ LÓPEZ,DONDE SE ENCUENTRE:

En el expediente civil número 783/2014,relativo al Juicio ORDINARIO CIVIL, promovidopor ROSEMBERG MORENO LÁZARO , encontra de JOSÉ GUADALUPE HERNÁNDEZLÓPEZ; el juez dictó el auto con fecha 21 veintiunode noviembre de 2014 dos mil catorce; con loscuales se ordenó en términos del artículo 121 delCódigo de Procedimientos Civiles en el Estado,el emplazamiento de JOSÉ GUADALUPE

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Miércoles 10 de Diciembre de 2014 Periódico Oficial No. 154

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HERNÁNDEZ LÓPEZ , los cuales deberápublicarse por 03 TRES VECES CONSE-CUTIVAS EN EL PERIÓDICO OFICIAL DELESTADO, en un PERIÓDICO DE MAYORCIRCULACIÓN QUE SE EDITE EN ESTACIUDAD, las cuales se realizarán en díasNATURALES; y, en los ESTRADOS DE ESTEJUZGADO, en días HÁBILES, para hacerle saberque el ciudadano ROSEMBERG MORENOLÁZARO , por derecho propio, compareció a esteJuzgado, demandando en la Vía Ordinaria Civil, aUsted JOSÉ GUADALUPE HERNÁNDEZLÓPEZ, cuyas prestaciones principales son lassiguientes: “A).- Mediante sentencia definitiva sedeclare al suscrito Propietario del bien Inmuebleubicado en la esquina que forma el LibramientoNorte Oriente, esquina con la prolongación de la5a. Calle Poniente Norte, frente a la colonia LUISDONALDO COLOSIO MURRIETA, de estaciudad, con las medidas y colindancias siguientes:AL NORTE: 64.43 metros que colinda con lapropiedad del C. DR ROBERTO TRUJILLOLÓPEZ:- AL SUR: 64.43 metros, que colinda conpropiedad que se reserva el vendedor; ALORIENTE: 64.00 metros que colinda con calle ocamino que conduce a la antena de la estación deRadio XETG, más conocido como prolongaciónde la 5a. Poniente Norte; AL PONIENTE: 64.00metros y colinda con terreno que se reserva elvendedor, esto en virtud de haber prescrito a mifavor la Propiedad. B) Se orden la Protocolizacióne inscripción de la sentencia que otorgue alsuscrito, para que me sirva de Título de dominiola propiedad del bien inmueble descrito en el incisoa), en el Registro Público de la Propiedad y delComercio del Estado. C).- La declaración formal

que se ha consumado a mi favor, la prescripciónpositiva y por ende, me he convertido de simpleposeedor a Legítimo Propietario de una fracciónsegregada del predio que era conocido como elPARAISO, pero que con la construcción delPeriférico Norte actualmente quedó ubicado en laesquina que forman el Libramiento Norte Oriente,esquina con la prolongación de la 5a. CallePoniente Norte frente a la colonia LUIS DONALDOCOLOSIO MURRIETA de esta ciudad. D).- Lacancelación de la inscripción del acuerdoexpropiatorio que pesa sobre el bien inmueble demi Propiedad en Registro Público de la Propiedadde este Distrito Judicial. Asimismo, que se leconcede el término de 09 NUEVE DÍAS, paracontestar la demanda dentro del mismo términodeberá señalar domicilio en esta Ciudad, para oíry recibir notificaciones; apercibido que de nohacerlo, las subsecuentes aún las de carácterpersonal se les practicará a través de los Estradosde este Juzgado, de conformidad con lo dispuestopor los artículos 111, 128 y 615 del CódigoProcesal Civil.- En el entendido que el términoconcedido al demandado para producir sucontestación, comenzará a correr a partir del díasiguiente de la última de las publicaciones.-NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS; NOVIEMBRE24 DE 2014.

LIC. JAIME HERNÁNDEZ CRUZ, PRIMERSECRETARIO DE ACUERDOS.- Rúbrica.

Segunda Publicación

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Periódico Oficial No. 154 Miércoles 10 de Diciembre de 2014

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Publicación No. 697-D-2014

AVISO SE COMUNICA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE EL JARDÍN DE NIÑOS, ENTRA ENDISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN; SE DETALLA A CONTINUACIÓN:

JARDÍN DE NIÑO HEROES DEL MOLINO DEL REY S.C.

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Miércoles 10 de Diciembre de 2014 Periódico Oficial No. 154

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Publicación No. 699-D-2014

JUZGADO SEGUNDO DEL RAMO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE TUXTLA,

CHIAPAS

E D I C T O

EMPLAZAMIENTO:

En el expediente 408/2014, relativo alORDINARIO CIVIL, promovido ERMISENDAJUÁREZ SOLÍS, en contra de ORGANIZACIÓNPLURAL DE APOYO SOCIAL, A.C., cuyopresidente es BERLOIN LÓPEZ VELÁZQUEZ;- - - JUZGADO SEGUNDO DEL RAMO CIVIL.-Tuxtla Gutiérrez Chiapas; a 26 veintiséis denoviembre de 2014 dos mil catorce.

Visto el estado procesal que guardan lospresentes autos y advirtiéndose del proveído del14 catorce de noviembre de 2014 dos mil catorce,al acordar el escrito recibido el 11 once del mismomes y año, signado por ERMISENDA JUÁREZSOLÍS, este juzgado fue omiso para ordenar lanotificación del auto admisorio de pruebas, serealice mediantes edictos; en consecuencia y deconformidad con lo dispuesto por el artículo 660del Código de Procedimientos Civiles del Estadose ordena regularizar el procedimientocorrespondiente, por ende conforme a lo queestablece el artículo 617 del ordenamientoprocesal antes mencionado se ordena notificar elauto de fecha 14 catorce de noviembre del año encurso al demandado ORGANIZACIÓN CIVILDENOMINADA ORGANIZACIÓN PLURAL DEAPOYO SOCIAL A.C., a través de su PresidenteBERLOIN LÓPEZ VELÁZQUEZ , por medio deedictos que deberán de publicarse por 02 DOSVECES CONSECUTIVAS EN EL PERIÓDICOOFICIAL DEL ESTADO, las cuales se realizaránen días NATURALES.- Proceda la Secretaría delconocimiento a la elaboración de los edictoscorrespondientes para su debida publicación,quien de conformidad con el artículo 137 fracciónIV de la ley procesal de la materia, deberá procurar

la elaboración de los mismo dentro del término de03 TRES DÍAS.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.

Así lo acordó y firma el ciudadanolicenciado ALBERTO ANTONIO CÁRDENASKELLER, Juez Segundo del Ramo Civil de esteDistrito Judicial, ante la licenciada MARÍACONCEPCIÓN MALTOS DÍAZ, SegundaSecretaria de Acuerdos, con quien actúa y da fe.

JUZGADO SEGUNDO DEL RAMOCIVIL.- Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a 14 catorcede noviembre de 2014 dos mil catorce. - - - Porpresentado ERMISENDA JUÁREZ SOLÍS , consu escrito recibido el 11 once del actual; por mediodel cual acusa de rebeldes a los demandados enel presente juicio. - - - Al efecto, y toda vez que laparte demandada no dio contestación a lademanda; en esa medida, se le hace efectivo elapercibimiento decretado en el proveído de fecha26 veintiséis de mayo de 2014 dos mil catorce,por lo que se le tiene por no contestada la demandainstaurada en su contra; en esa medida, como losolicita el ocursante, y por cuanto al cómputo queobra en autos se advierte que ha transcurrido enexceso el término de 09 nueve días que se leconcedió a la parte demandada ORGANIZACIÓNPLURAL DE APOYO SOCIAL A.C. Y/OREPRESENTANTE LEGAL Y BERLOINLÓPEZ VELÁZQUEZ , para dar contestación a lademanda instada en su contra; en consecuencia,se les tiene por precluido su derecho para hacerloy por acusada la correspondiente rebeldía en queincurrió, por lo que se ordena que las notificacionessubsecuentes, aún las de carácter personal, sele practiquen a través de los estrados de esteJuzgado; lo anterior, atento a lo dispuesto por losartículos 111 y 279 del Código de ProcedimientosCiviles. - - - Por otra parte, por permitirlo el estadoprocesal que guardan los presentes autos, confundamento en lo dispuesto por los artículos 285y 307 del Código de Procedimientos Civiles, seordena la apertura del período de desahogo depruebas por el término de 30 TREINTA DÍASHÁBILES, contados a partir del día siguiente alen que surta sus efectos el presente proveído,

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debiendo la secretaría del conocimiento elaborarel cómputo respectivo; en consecuencia, dadoque no son contrarias a la moral o al derecho, secalifican de legales todas y cada una de laspruebas ofertadas únicamente de la parte actora,por cuanto la parte demandada incurrió en rebeldía.En consecuencia, se procede a la preparación delas pruebas calificadas de legales, en los términossiguientes: - - - PRUEBAS DE LA PARTEACTORA.- - - - LA DOCUMENTAL PÚBLICA.-Consistente en copia certificada de la escriturapública número 16743, volumen 297, de fecha 15quince de junio del año 2000 dos mil. Misma pruebaque se tiene por desahogada por su propia yespecial naturaleza. - - - LA DOCUEMTALPRIVADA.- Consistente en tres contratos enoriginal del contrato de compraventa informal parapagar en plazos, de fecha 21 veintiuno de mayode 2001 dos mil uno. Misma prueba que se tienepor desahogada por su propia y especialnaturaleza. - - - LA DOCUMENTAL PRIVADA.-Consistente en nueve recibos de pagos originales.Misma prueba que se tiene por desahogada porsu propia y especial naturaleza. - - - LADOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en seisrecibos de pagos originales del lote 32 treinta ydos; misma prueba que se tiene por desahogadapor su propia y especial naturaleza. - - - LADOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en seisrecibos de pagos originales del lote 33 treinta ytres; misma prueba que se tiene por desahogadapor su propia y especial naturaleza. - - - LADOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en tresrecibos de pago por la cantidad de trescientospesos cada uno de fecha 01 uno de abril de 2003dos mil tres, y los otros dos pagos de fecha 14catorce de abril de 2013 dos mil trece. Mismaprueba que se tiene por desahogada por su propiay especial naturaleza. - - - LA DOCUMENTALPRIVADA.- Consistente en copia simple de planode litificación original, así como el nuevo plano delpredio rústico denominada RÍO AGUA DULCE OAGUA DULCE. Misma prueba que se tiene pordesahogada por su propia y especial naturaleza.- - - LA DOCUMETAL PRIVADA.- Consistenteen copia simple de las siguientes documentales:croquis de localización del predio rústico

denominada RÍO AGUA DULCE O AGUADULCE. Misma prueba que se tiene pordesahogada por su propia y especial naturaleza.- - - LA TESTIMONIAL.- A cargo de FRANCISCOJAVIER SOLÍS VELÁZQUEZ Y LESVIA NÁÑEZPÉREZ, se señalan las 09:00 NUEVE HORASDEL DÍA 14 CATORCE DE ENERO DE 2015DOS MIL QUINCE, para que tenga verificativo ladiligencia antes citada, quedando el oferente de laprueba, obligado a presentar a sus testigosdebidamente identificado en la fecha y hora antesseñalada; por conducto de éste proveído quedacitada la contraria por si desea comparecer. - - -LA CONFESIONAL.- A cargo del demandadoBERLOIN LÓPEZ VELÁZQUEZ Y ORGANI-ZACIÓN PLURAL DE APOYO SOCIAL A.C., através de su representante legal, se señalan las11:00 ONCE HORAS DEL DÍA 14 CATORCE DEENERO DE 2015 DOS MIL QUINCE; porconducto de la Actuario Judicial, cítese aldemandado en el domicilio procesal que tienenfijado en autos, para que comparezcan en la fechay hora antes señalada, debidamente identificadoa satisfacción de este Juzgado, apercibiéndole encaso de no comparecer sin justa causa, se letendrá por confeso de las posiciones que seexhiban oportunamente y se califiquen de legales,lo anterior en términos de los artículos 113 fracciónII, 3l6 y 329 del Código de Procedimientos Civilesdel Estado. - - - EL RECONOCIMIENTO DEDOCUMENTO.- A cargo de BERLOIN LÓPEZVÁZQUEZ en su calidad de presidente de laORGANIZACIÓN PLURAL DE APOYOSOCIAL A.C. , se señalan las 12:00 DOCEHORAS DEL DÍA 14 CATORCE DE ENERO DE2015 DOS MIL QUINCE, para que tengaverificativo la diligencia antes citada, en relaciónlos contratos de compraventa de fecha 21veintiuno de mayo de 2001 dos mil uno, documentoexhibido por la parte actora; por lo que, se facultaal ACTUARIO JUDICIAL que corresponda, a finde que cite por su conducto en el domicilio que setiene para oír y recibir notificaciones, a fin de quecomparezca al desahogo de la misma, apercibidoque de no comparecer sin causa justa en la fechay hora antes señalada, en términos del artículo345, del Código de Procedimientos Civiles vigente

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en el Estado, se tendrá por reconocido el contenidodel mismo. - - - LA DOCUMENTAL PÚBLICA.-Consistente en recibo de pago número 10134 depago de predial mismo que se paga a nombre delC. BERLOIN LÓPEZ VÁZQUEZ , con clavecatastral número 001124. Misma prueba que setiene por desahogada por su propia y especialnaturaleza. - - - LA PERICIAL EN MATERIA DEAGRIMENSURA.- A cargo del IngenieroARMANDO DE JESÚS VÁZQUEZHERNÁNDEZ, quien deberá de comparecer anteel despacho de este juzgado dentro del términode CUARENTA Y OCHO HORAS SIGUIENTESAL QUE SURTA SUS EFECTOS ELPRESENTE PROVEÍDO, para la aceptación,protesta y discernimiento del cargo que le esconferido, quedando obligado a exhibir ladocumental que acredite su calidad de perito enla materia en la que ha sido designado, apercibidoque en caso de no hacerlo, este juzgado a peticiónde parte designará a un nuevo perito, atento a loestablecido por el numeral 355, fracción II, delCódigo de Procedimientos Civiles, quedandoobligado a rendir su dictamen en términos delinterrogatorio del oferente, dentro de la dilaciónprobatoria. - - - LA INSTRUMENTAL DEACTUACIONES Y PRESUNCIONAL LEGAL YHUMANA.- Prueba que se tiene por desahogadapor su propia y especial naturaleza. - - - SE DEJADE DESAHOGAR PRUEBAS DE LA PARTEDEMANDADA POR CUANTO NO OFRECIÓPARA SU DESAHOGO.- NOTIFÍQUESE YCÚMPLASE. - - - Así lo acordó y firma ellicenciado ALBERTO ANTONIO CÁRDENASKELLER, Juez Segundo del Ramo Civil de esteDistrito Judicial, ante la licenciada MARÍACONCEPCIÓN MALTOS DÍAZ, SegundaSecretaria de Acuerdos, con quien actúa y da fe.LFMZ.

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; 01 DE DICIEMBREDE 2014.

LIC. MARÍA CONCEPCIÓN MALTOS DÍAZ,SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS.-Rúbrica.

Primera Publicación

Publicación No. 700-D-2014

JUZGADO SEGUNDO DEL RAMO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE TUXTLA,

CHIAPAS

E D I C T O

AL PÚBLICO EN GENERAL:

En el expediente 1090/2013, relativo aljuicio JURISDCICION VOLUNTARIA, promovidopor ENRIQUE EDUARDO MOSCOSO TOVILLAse le notifique a MARÍA GUADALUPE PÉREZESCOBAR; Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; 07 sietede noviembre de 2014 dos mil catorce. - - - Setiene por presentado a ENRIQUE EDUARDOMOSCOSO TOVILLA , con su escrito recibido el06 seis de noviembre del actual; por medio delcual, solicita se ordene notificación por edictos,así mismo exhibe acuse de recibo del oficiorecordatorio 765-B/2014, debidamente sellado derecibido, el cual fue girado a TELÉFONOS DEMÉXICO.- Al efecto, desprendiéndose de autosque no ha sido posible determinar el domicilioactual de MARÍA GUADALUPE PÉREZESCOBAR ; en consecuencia, de conformidadcon el artículo 121 del Código de ProcedimientosCiviles en el Estado, se autoriza el emplazamientoordenado en el auto de radicación de 29veintinueve de noviembre de 2013 dos mil trece,de MARÍA GUADALUPE PÉREZ ESCOBAR ;por medio, de EDICTOS que deberán depublicarse por 03 TRES VECES CONSE-CUTIVAS EN EL PERIÓDICO OFICIAL DELESTADO y EN UN TÉRMINO DE 09 NUEVEDÍAS en un PERIÓDICO DE MAYORCIRCULACIÓN QUE SE EDITE EN ESTACIUDAD, las cuales se realizarán en díasNATURALES; y, en los ESTRADOS DE ESTEJUZGADO, pero en días HÁBILES, en elentendido que el término concedido al demandadopara producir su contestación, comenzará a correra partir del día siguiente de la última de laspublicaciones.- Proceda la Secretaria delconocimiento a la elaboración de los edictos

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correspondientes para su debida publicación,debiendo insertar el auto de inicio, así como elpresente, así mismo téngase por recibido el oficiode cuenta el cual se manda agregar a lospresentes autos, para que obre comocorresponda.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE. - -- Lo proveyó y firma por el licenciado ALBERTOANTONIO CÁRDENAS KELLER, Juez Segundodel Ramo Civil de este Distrito Judicial, ante laSegunda Secretaria de Acuerdos, licenciadoMaría Concepción Maltos Díaz, con quien actúay da fe. Doy fe, (mcv).

JUZGADO SEGUNDO DEL RAMOCIVIL.- TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS; a 29veintinueve de noviembre de 2013 dos mil trece.

Se tiene por presentado ENRIQUEEDUARDO MOSCOSO TOVILLA , por propioderecho; en los términos de su escrito recibido el25 veinticinco de noviembre del año quetranscurre y anexos que acompaña consistentesen: INSTRUMENTO PRIVADO NÚMERO1729573-1; INSTRUMENTO 10,758, VOLUMEN306, DE FECHA 02 DOS DE AGOSTO DE 2011;mandándose a guardar al secreto del Juzgadopara su seguridad; por medio del cual en la vía deJURISDICCIÓN VOLUNTARIA, viene a solicitarse notifique a la C. MARÍA GUADALUPE PÉREZESCOBAR , quien tiene su domicilio ubicado en:CALLE PASEO DE LAS GÁRGOLAS NÚMERO668, MANZANA 78, UNIDAD HABITACIONALSAN JOSÉ CHAPULTEPEC DE LA CIUDAD DETUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS.- Fórmeseexpediente y regístrese en el Libro de Gobiernobajo el número 1090/2013 que le corresponde.- Alefecto, una vez que fué analizada la presentesolicitud, SE ADMITE a trámite la misma; enconsecuencia con fundamento en los artículos877, 878 y demás aplicables del Código deProcedimientos Civiles vigente en el Estado,túrnese los autos al ACTUARIO JUDICIAL quecorresponda, para que se constituya al domicilioantes señalado y con la entrega de las copiassimples del escrito que hoy se prové y de losdocumentos que anexa el promovente a su escrito

de cuenta y le haga saber a la C. MARÍAGUADALUPE PÉREZ ESCOBAR , que elsuscrito ENRIQUE EDUARDO MOSCOSOTOVILLA , es el nuevo acreedor del crédito queoriginalmente obtuvo de la empresa \“SCRAP II\”,SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMI-TADA DE CAPITAL VARIABLE , quien me cediólos derechos de cobro relativo de dicho crédito; aefectos de que manifieste lo que a su derechocorresponda.- Finalmente, se tiene como domiciliodel ocursante para oír y recibir notificaciones, elque indica en su escrito de cuenta y porautorizados para los mismos efectos a laspersonas que señala, lo anterior acorde a loestablecido por los numerales 111 y 128 delordenamiento legal antes invocado.

Finalmente, con fundamento en losartículos 2° y 36 de la Ley de Garantiza laTransparencia y el Derecho a la InformaciónPública para el Estado de Chiapas, se requiere al(los) actor (es) para que en el término de tres díascontados a partir de que surta efectos el presenteproveído y al (los) demandado (os) en el mismotérmino a partir de la fecha de emplazamiento,otorguen su consentimiento por escrito pararestringir el acceso público a su informaciónconfidencial, en el entendido de que su omisión adesahogar dicho requerimiento establecerá sunegativa para que dicha información sea pública.-NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.

Lo proveyó y firma el ciudadanolicenciado ALBERTO ANTONIO CÁRDENASKELLER, Juez Segundo del Ramo Civil de esteDistrito Judicial, ante la licenciada ROCÍOCIMINAGHI GONZÁLEZ, Segunda Secretaria deAcuerdos, con quien actúa y da fe.- Jorge.

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; 14 DE NOVIEMBREDE 2014.

LIC. MARÍA CONCEPCIÓN MALTOS DÍAZ,SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS.-Rúbrica.

Primera Publicación

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Miércoles 10 de Diciembre de 2014 Periódico Oficial No. 154

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Publicación No. 701-D-2014

JUZGADO SEGUNDO DEL RAMO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA

E D I C T O

MARÍA MURILLO DE JIMÉNEZ Y JOSÉ ÁNGELJIMÉNEZ MENÉNDEZ.DONDE SE ENCUENTREN:

En los autos del expediente número 353/2013, relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL,PRESCRIPCIÓN POSITIVA, promovido porCÉSAR DAVID JIMÉNEZ SOLÍS , en contra deMARÍA MURILLO DE JIMÉNEZ y JOSÉ ÁNGELJIMÉNEZ MENÉNDEZ; el juez del conocimiento,en cumplimiento al artículo 617 del Código deProcedimientos Civiles del Estado, ordenónotificar por medio de edictos en el Periódico Oficialdel Estado, por dos veces consecutivas, y en unperiódico de mayor circulación que se edite en estaCiudad, los puntos resolutivos de la SentenciaDefinitiva de 25 veinticinco de noviembre de 2014dos mil catorce que a la letra dice:

R E S U E L V E

PRIMERO.- Se ha tramitado legalmenteel presente juicio ordinario civil de prescripciónpositiva, promovido por César David JiménezSolís, en contra de María Murillo de Jiménez;José Ángel Jiménez Menéndez y Delegado delRegistro Público de la Propiedad y deComercio de esta ciudad; en donde la parteactora acreditó los elementos constitutivos de suacción y la parte demandada María Murillo deJiménez, José Ángel Jiménez Menéndez yDelegado del Registro Público de la Propiedady de Comercio de esta ciudad fueron rebeldes;en consecuencia;

SEGUNDO.- Se declara que CésarDavid Jiménez Solís , se ha convertido deposeedor en propietario respecto a la fracción deterreno del bien inmueble segregado del predio

rústico denominado Montaña Chaparrón,compuesta de 45 cuarenta y cinco áreas, 36treinta y seis centiáreas, con las siguientescolindancias; Al Norte: Con el resto del predio dedonde se segrega; Al Sur: Con Ricardo Nauman;Al Este: Con carretera a Nueva Alemania; y AlOeste: Con barranca del Coatán; inmueble quese encuentra inscrito en el Registro Público de laPropiedad y de Comercio de este Distrito Judicial,bajo el número 1151 mil ciento cincuenta y uno,de la Sección Primera, fojas 118 ciento dieciochofrente a la 118 ciento dieciocho vuelta, de fecha23 veintitrés de diciembre de 1968 mil novecientossesenta y ocho.

TERCERO.- Una vez que causeejecutoria esta resolución, inscríbase en elRegistro Público de la Propiedad y de Comerciode éste Distrito Judicial, para que sirva de títulode propiedad al poseedor, en la inteligencia de quela inscripción deberá hacerse con todas lasformalidades de ley y sin perjuicios de terceros,acatándose las disposiciones municipales yadministrativas aplicables que procedan, de igualforma, si a los intereses de la parte actoraconviene protocolice esta resolución ante el notarioque elija.

CUARTO.- Por las razones expuestasen la parte in fine del considerando III publíqueselos puntos resolutivos de esta resolución por 02dos veces consecutivas en el Periódico Oficialdel Estado y en un periódico de mayor circulaciónque se edite en esta ciudad; sentencia que podráejecutarse pasados tres meses, a partir de la últimapublicación, a no ser que el actor de fianza.

QUINTO.- No se hace especial condenade costas en esta instancia.

SEXTO.- Notifíquese y Cúmplase.

Así definitivamente lo resolvió, manda yfirma el ciudadano licenciado Edmar Ángel Juárez,Juez Segundo del Ramo Civil, de este DistritoJudicial, por ante la ciudadana licenciada María

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Periódico Oficial No. 154 Miércoles 10 de Diciembre de 2014

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del Rosario Solís López, Primera Secretaria deAcuerdos, con quien actúa y da fe.- Tapachula deCórdova y Ordóñez, Chiapas; a 5 cinco dediciembre del año 2014 dos mil catorce.

LIC. MARÍA DEL ROSARIO SOLÍS LÓPEZ,PRIMER SECRETARIA DE ACUERDOS.-Rúbrica.

Primera Publicación

Publicación No. 702-D-2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICICADEL ESTADO DE CHIAPAS

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DELDISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA,

CHIAPAS

E D I C T O

EXPEDIENTE 283/2010

C.C. ALEJANDRO COUTIÑO LÓPEZ Y LUISALBERTO COUTIÑO LÓPEZ.DONDE SE ENCUENTREN:

EL CIUDADANO LICENCIADOMANUEL DE JESÚS HERNÁNDEZ GUERRA,JUEZ PRIMERO DE LO FAMILIAR DELDISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA, PORAUTO DE 14 CATORCE DE NOVIEMBRE DE2014 DOS MIL CATORCE, DICTADO EN ELEXPEDIENTE 283/2010, RELATIVO AL JUICIOCONTROVESIAS DEL ORDEN FAMILIARCESACIÓN Y CANCELACIÓN DE PENSIÓNALIMENTICIA PROMOVIDO POR EDGARCOUTIÑO CRUZ, en contra de ALEJANDROCOUTIÑO LÓPEZ Y LUIS ALBERTO COUTIÑOLÓPEZ , ordenó la publicación de los puntosresolutivos de la sentencia dictada por ésteJuzgado de fecha 24 veinticuatro de octubre delpresente año, por dos veces consecutivas en elPeriódico Oficial del Estado, con fundamento en

el numeral 121 Fracción II de la Ley Adjetiva Civil.Insertándose los mismos para tal efecto. - - - - -R E S U E L V E.- PRIMERO.- Se ha tramitado lavía de controversias del orden familiar,CESACIÓN Y REDUCCIÓN DE PAGO DEPENSIÓN ALIMENTICIA, promovido por EDGARCOUTIÑO CRUZ, en contra de ALEJANDROCOUTIÑO LÓPEZ Y LUIS ALBERTO COUTIÑOLÓPEZ, en el que el actor acreditó su acción.—SEGUNDO.- En consecuencia resulta procedentela cancelación de la pensión alimenticia quepercibe ALEJANDRO COUTIÑO LÓPEZ , y sedeja subsistente para LUIS ALBERTOCOUTIÑO LÓPEZ, en un 8% ocho por ciento, delos sueldos y demás prestaciones que obtiene elhoy actor, por los razonamientos expuestos enesta resolución.- TERCERO.- Una vez que quedefirme la presente resolución, gírese oficio a lafuente laboral del accionante, a fin de darcumplimiento a la presente resolución, paraefectos que se proceda hacer los descuentos enesta nueva medida y se deje sin efecto la anterior;así como al juzgado de origen para efectos dehacer de su conocimiento que ha cesado lapensión alimenticia que fue decretada a favor deALEJANDRO COUTIÑO LÓPEZ y se redujo lapensión alimenticia decretada a favor de LUISALBERTO COUTIÑO LÓPEZ .- CUARTO.- Deconformidad con el artículo 617 del Código deProcedimientos Civiles publíquense los puntosresolutivos de esta sentencia por dos vecesconsecutivas en el Diario Oficial del Estado.-QUINTO.- No procede condenar al pago decostas en virtud que no se actualizó ninguna delas hipótesis prevista en el artículo 140 del CódigoAdjetivo Civil.- SEXTO.- NOTIFÍQUESE YCÚMPLASE.- ASIÉNTESE EL CÓMPUTORESPECTIVO.

TAPACHULA, CHIAPAS; A 02 DOS DEDICIEMBRE DE 2014.

A T E N T A M E N T E

LIC. ALDO RAMSÉS VILLALBA SÁNCHEZ,PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS DEL

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Miércoles 10 de Diciembre de 2014 Periódico Oficial No. 154

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JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DELDISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA.-Rúbrica.

Primera Publicación

Publicación No. 703-D-2014

JUZGADO SEGUNDO DEL RAMO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA

E D I C T O

ISMAEL MENDOZA LEDEZMA.DONDE SE ENCUENTRE:

En los autos del expediente número 148/2014, relativo al Juicio ORDINARIO CIVIL DEPRESCRIPCIÓN POSITIVA, promovido porEDUARDO RAMÍREZ GÓMEZ, en contra deISMAEL MENDOZA LEDEZMA , el licenciadoEDMAR ÁNGEL JUÁREZ, Juez Segundo delRamo Civil del Distrito Judicial de Tapachula,Ordenó notificar por medio de edictos que sepubliquen en el Periódico Oficial del Estado, pordos veces consecutivas y en uno de mayorcirculación que se edite en esta Ciudad, elproveído de fecha 7 siete de octubre de 2014 dosmil catorce, que a la letra dice:

JUZGADO SEGUNDO DEL RAMOCIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DETAPACHULA.- Tapachula de Córdova yOrdóñez, Chiapas; a 7 siete de octubre del año2014 dos mil catorce.

A sus antecedentes el escrito signadopor el C. EDUARDO RAMÍREZ GÓMEZ , fechadoy recibido el 6 seis de octubre de 2014 dos milcatorce, anexando tres ejemplares del periódicodel Estado; en atención a su contenido al respectose acuerda.

Al efecto, como lo manifiesta el citadoprofesionista en su escrito de cuenta, se tiene porexhibido los tres ejemplares del Periódico Oficialdel Estado de Chiapas, número 133 ciento treintay tres, 135 ciento treinta y cinco y 137 ciento treintay siete, de fechas 3 tres, 10 diez y 17 diecisietede septiembre de 2014 dos mil catorce,respectivamente, que se editan en la ciudad deTuxtla Gutiérrez, Chiapas, en donde apareceninsertos los edictos que se ordenaron publicarmediante auto de 14 catorce de julio de 2014 dosmil catorce, los cuales se mandan a agregar a lospresentes para que obren como correspondan. Enconsecuencia de lo anterior, hágase el cómputode los nueve días concedidos al demandadoISMAEL MENDOZA LEDEZMA , para contestarla demanda.

Al efecto, como lo solicita el promoventeen su escritote cuenta, y por cuanto el demandadoISMAEL MENDOZA LEDEZMA , no contestó lademanda instaurada en su contra dentro deltérmino que para ello se le concedió, segúncómputo secretarial que antecede, enconsecuencia de lo anterior, de conformidad conlo establecido en el artículo 279 del Código deProcedimientos Civiles del Estado, a dichodemandado se le tiene por acusada lacorrespondiente rebeldía en que ha incurrido y porperdido el derecho que tiempo pudo hacer valer,asimismo, por confeso presuntivamente de lospuntos de hechos de la demanda que dejo decontestar, por lo que las subsecuentesnotificaciones aún las de carácter personal, se leharán y surtirán sus efectos por medio de la listade acuerdos que se publican en los estrados deeste Juzgado, no volviéndose a practicar diligenciaalguna en su búsqueda, lo anterior con apoyo enel artículo 615 del Ordenamiento Legal antesinvocado.

Igualmente, de conformidad con loestablecido en el artículo 280 bis, se deja deseñalar fecha y hora para la celebración de laaudiencia de conciliación, en virtud de que ningunade las partes lo solicitó; en consecuencia de lo

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Periódico Oficial No. 154 Miércoles 10 de Diciembre de 2014

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anterior, de conformidad con el artículo 306 del laLey en comento, se admiten por no ser contraríasal derecho ni a la moral las pruebas ofrecidas porla parte actora, EDUARDO RAMÍREZ GÓMEZ ,en su escrito inicial de demanda de fecha 6 seisde marzo de 2014 dos mil catorce.

Por parte del demandado, ISMAELMENDOZA LEDEZMA , no hay ninguna pruebaque admitir ni que desahogar, en virtud de que nocontestó la demanda interpuesta en su contra.

Por lo que de conformidad con loestablecido por el artículo 307 del OrdenamientoLegal antes invocado, se abre el término probatoriodel 30 TREINTA DÍAS IMPRORROGABLES,para el desahogo de las pruebas admitidas;debiendo la Secretaría del conocimiento hacer elcómputo respectivo.

MEDIOS DE PREUBA DE LA PARTEACTORA, EDUARDO RAMÍREZ GÓMEZ.

1 . - D O C U M E N T A L P Ú B L I C A . -Consistente en la constancia original dedocumento firmado por la Presidenta de la coloniaLomas de Sayula, C. MARTHA ESTHERALBORES RAMÍREZ, de fecha 20 veinte de abrilde 1995 mil novecientos noventa y cinco, mediode prueba que se desahoga por su propia yespecial naturaleza.

2.- RATIFICACIÓN DE CONTENIDO YFIRMA, a cargo de MARTHA ESTHERALBORES RAMÍREZ, quien funge comoPresidenta de la colonia Lomas de Sayula, de esteMunicipio de Tapachula, Chiapas, por lo que seseñala las 13:30 TRECE HORAS CON TREINTAMINUTOS DEL DÍA 19 DIECINUEVE DENOVIEMBRE DE 2014 DOS MIL CATORCE,para que ante la presencia judicial ratifique elcontenido y firma de la constancia, expedida confecha 20 veinte de abril de 1995 mil novecientosnoventa y cinco, quedando obligada la oferentede la prueba, presentarla debidamente identificadaa satisfacción de esta autoridad, en la hora y fechaantes mencionada.

3.- DOCUMENTAL.- Consistente en elOriginal de HISTORIA TRASLATIVA, de fecha 26veintiséis de noviembre de 2013 dos mil trece,expedida por el Delegado del Registro Público dela Propiedad y de Comercio de esta Ciudad,donde aparece registrada el bien inmueble materiadel presente juicio, a nombre del demandadoISMAEL MENDOZA LEDEZMA ; medio depruebas que se desahoga por su propia y especialnaturaleza.

4.- DOCUMENTAL.- Consistentes endos comprobantes de pago de Luz, expedido porla Comisión Federal de Electricidad, no así elcontrato, en virtud de que no lo exhibe; medio deprueba que se desahoga por su propia y especialnaturaleza.

5.- DOCUMENTAL.- Consistente en elcontrato de prestación de servicio, expedido porel Comité de agua Potable y Alcantarillado delMunicipio de Tapachula (COAPATAP)¸ medio deprueba que se desahoga por su propia y especialnaturaleza.

6.- DOCUMENTAL.- Consistente enoriginal de 2 dos recibos de últimos pagos deimpuestos predial, con folios números 1348055,con fecha de pagado 14 catorce de noviembre del2013 dos mil trece y 136230, con fecha de pagado9 nueve de enero del 2014 dos mil catorce; mediode prueba que se desahoga por su propia yespecial naturaleza.

7.- DOCUMENTAL.- Consistente en elduplicado del recibo de pago, expedido porCoapatap, de fecha 17 diecisiete de febrero del2014 dos mil catorce; medio de prueba que seadmite en términos del artículo 304 del Código deProcedimientos Civiles para el Estado y sedesahoga por su propia y especial naturaleza.

8.- DOCUMENTAL.- Consistente en elrecibo oficial número 432089. con sello de pagadocon fecha 1 uno de junio del 2005 dos mil cinco;medio de prueba que se admite en términos delartículo 304 del Código de Procedimientos Civiles

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para el Estado y se desahoga por su propia yespecial naturaleza.

9.- DOCUMENTAL.- Consistente en unplano, elaborado por el ingeniero ROBERTO C.GUZMÁN CHIRINO; medio de prueba que seadmite en términos del artículo 304 del Código deProcedimientos Civiles para el Estado y sedesahoga por su propia y especial naturaleza.

10.- DOCUMENTAL.- Consistente en elcertificado del acta de matrimonio folio número0006770, expedido por el Oficial 01 cero uno delRegistro Civil de ésta Ciudad; medio de pruebaque se admite en términos del artículo 304 delCódigo de Procedimientos Civiles para el Estadoy se desahoga por su propia y especial naturaleza.

11.- DOCUMENTAL.- Consistente en lacopia simple de la escritura número 9,674 nuevemil seiscientos setenta y cuatro y una hoja deimpresión del sistema de control de solicitudes;medio de prueba que se admite en términos delartículo 304 del Código de Procedimientos Civilespara el Estado y se desahoga por su propia yespecial naturaleza.

Ahora bien, tomando en cuenta que eljuicio se sigue por edictos en cuanto al demandadoISMAEL MENDOZA LEDEZMA , quien continuaen rebeldía; esta autoridad ordena publicar pormedio de edictos el presente proveído, por dosveces consecutivas en el Periódico Oficial delEstado y en uno de mayor circulación que se editeen esta Ciudad, esto de conformidad con elartículo 617 del Código de Procedimientos Civilesdel Estado, expídasele los edictos correspon-dientes al promovente, debiendo previamenteexhibir un medio magnético (diskette de 3 ½ oCD), para efectos de enviarlo juntamente condichos edictos al Periódico Oficial del Estado; elloen acatamiento a la circular número SECJ/18113007; de fecha 30 treinta de abril del presente año,suscrita por el Secretario Ejecutivo del Consejode la Judicatura del Estado, en el cual comunicadentro de lo que interesa “Que con el objeto de

dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 37fracción IX, de la Ley que Garantiza laTransparencia y el Derecho a la InformaciónPública para el Estado de Chiapas, los edictosque sean entregados de manera impresa a laspartes que intervengan en los diversos procesosque se ventilan ante los Órganos Jurisdiccionalescorrespondientes, para ser publicados en elPeriódico Oficial del Estado, sean entregadostambién en medio magnético (diskette de 3 //2 oCD), para estar en condiciones de publicitar dichainformación en el portal de Internet de la Secretaríade Gobierno”.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

Así lo acordó, mandó y firma elciudadano licenciado EDMAR ÁNGEL JUÁREZ,Juez Segundo del Ramo Civil de este DistritoJudicial, por ante la ciudadana licenciada ILLYANAMAGALLY ZAMBRANO GÓMEZ, SegundaSecretaria de Acuerdos, con quien actúa y da fe.DOY FE. Dos firma ilegible. RAZÓN: En la listafijada en los estrados de hoy se publicó e Autoque antecede surtiendo efectos la notificaciónrespectiva el día 9 de octubre del año 2014 a las12:00 doce horas. CONSTE DOY FE Tapachulade Córdova y Ordóñez, Chiapas; a 7 de octubredel año 2014. EL SEGUNDO SECRETARIO DEACUERDOS. Firma ilegible.

I N S E R C I Ó N

JUZGADO SEGUNDO DEL RAMOCIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DETAPACHULA.- Tapachula de Córdova yOrdóñez, Chiapas; a 27 veintisiete de octubre delaño 2014 dos milo catorce.

A sus antecedentes el escrito signadopor el C. EDUARDO RAMÍREZ GÓMEZ, parteactora, fechado y recibido el 24 veinticuatro deoctubre de 2014 dos mil catorce; en atención a sucontenido al respecto se ACUERDA.

Al efecto como lo solicita el ocursanteen su escrito de cuenta, y por ser una prueba

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ofrecida en su escrito inicial de demanda y porencontrarse dentro del término probatorio para eldesahogo de las pruebas, se señala para quetenga verificativo la información testimonial a cargode los señores CC. ESTEBAN DÍAZ MORALESy SALVADOR REYES HERNÁNDEZ, las 09:30NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DELDÍA 21 VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL AÑO2014 DOS MIL CATORCE, quedando obligado eloferente de presentar a sus testigos propuestos,ante el Despacho de este Juzgado, en la hora yfecha antes mencionada debidamenteidentificados a satisfacción de esta autoridad, lacual se desahogará en los términos del artículo367del Código de Procedimientos civiles delEstado, asimismo, queda citada la parte contrariapor medio del presente proveído para que si a susintereses conviniere esté presente en el momentode la diligencia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

Así lo acordó, mandó y firma elciudadano licenciado EDMAR ÁNGEL JUÁREZ,Juez Segundo del Ramo Civil de este DistritoJudicial, por ante la ciudadana licenciada ILLYANAMAGALLY ZAMBRANO GÓMEZ, SegundaSecretaria de Acuerdos, con quien actúa y da fe.-DOY FE.- Dos firma ilegible. RAZÓN: En la listafija en los estrados de hoy se publicó el auto queantecede surtiendo efectos la notificaciónrespectiva el día 29 de octubre del año 2014 a las12:00 doce horas. CONSTE DOY FE. Tapachulade Córdova y Ordóñez, Chiapas; a 27 de octubredel año 2014. EL SEGUNDO SECRETARIO DEACUERDOS. Firma ilegible.

Tapachula de Córdova y Ordóñez, Chiapas; a 27veintisiete de noviembre de 2014 dos mil catorce.

LIC. ILLYANA MAGALLY ZAMBRANO GÓMEZ,SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS DELJUZGADO SEGUNDO DEL RAMO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA.- Rúbrica

Primera Publicación

Publicación No. 704-D-2014

E D I C T O S

AL PÚBLICO EN GENERAL SE LES HACESABER: QUE EN EL EXPEDIENTE CIVILNÚMERO 1054/2012 RELATIVO AL JUCIODIVORCIO NECESARIO PROMOVIDO PORARTURO ARMANDO MORENO HERNÁN-DEZ, EN CONTRA DE JULIETA DEL CAR-MEN SERRANO CAMACHO. - Recayó unacuerdo que literalmente dice.

JUZGADO CIVIL DE PRIMERAINSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DECINTALAPA.- Cintalapa de Figueroa, Chiapas; a03 TRES DE JULIO DEL AÑO 2014 DOS MILCATORCE.

Por presentado ARTURO ARMANDOMORENO HERNÁNDEZ parte actora, por mediodel cual solicita se aclare el nombre de lademandada.

Al efecto, como lo solicita la promoverte,se tiene por hecha la aclaración del nombre dela demandada mismo que lo es JULIETA DELCARMEN y no MAGDALENA ROQUE , comoerróneamente se dijo en el auto de radicación dediez de diciembre del año 2012, en la parte que ala letra dice: Al efecto como lo solicita elpromovente para notificar a la demandadaJULIETA DEL CARMEN SERRANOCAMACHO por edictos primeramente se deberánde girar oficios al; INSTITUTO FEDERALELECTORAL con domicilio en segunda surponiente de Villaflores, Chiapas, para que informesi en los archivos de ese instituto aparece eldomicilio registrado de la demandadaMAGDALENA ROQUE . Siendo lo correctoJULIETA DEL CARMEN SERRANOCAMACHO , SECRETARIA DE SEGURIDAD YPROTECCIÓN CIUDADANA DEL ESTADO ,con domicilio ubicado en la ciudad de TuxtlaGutiérrez, Chiapas. Para que proceda a labúsqueda y localización de la C. MAGDALENA

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ROQUE, siendo lo correcto JULIETA DELCARMEN SERRANO CAMACHO e informe aeste Juzgado su domicilio actual y pueda sernotificada.

DIRECTOR DE LA POLICÍAESTATAL PREVENTIVA DEL ESTADO , condomicilio ubicado en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez,Chiapas. para que proceda a la búsqueda ylocalización de la C. MAGDALENA ROQUE ,siendo lo correcto de la demandada JULIETADEL CARMEN SERRANO CAMACHO einforme a este Juzgado su domicilio actual ypuedan ser notificada JEFE DE GRUPOHABILITADO DE LA POLICÍA ESPECIA-LIZADA DEL ESTADO DE LA PROCU-RADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DELESTADO, destacamentado en esta Ciudad paraque proceda a la búsqueda y localización deMAGDALENA ROQUE . Siendo lo correctoJ U L I E T A D E L C A R M E N S E R R A N OCAMACHO , e informe a este Juzgado su domicilioactual y pueda ser notificada. SISTEMA DEAGUA POTABLE Y ALCANTARILLADOMUNICIPAL , con domicilio en el edificio que ocupala Presidencia Municipal de esta Ciudad para queinforme si en los archivos de esa dependenciaaparece el domicilio registrado de la persona antesmencionada.

COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRI-CIDAD.- Con domicilio en Boulevard DoctorRodulfo Figueroa de esta Ciudad para que informesi en los archivos de esa dependencia aparece eldomicilio registrado de la persona antesmencionada.

DELEGADO DE TRÁNSITO DECINTALAPA .- Con domicilio en la primera norteentre segunda sur de esta Ciudad para queinforme si en los archivos de esa dependenciaaparece el domicilio registrado de la persona antesmencionada. MAGDALENA ROQUE .- Siendo locorrecto JULIETA DEL CARMEN SERRANOCAMACHO.

EMPRESA TELÉFONOS DE MÉXICO(TELMEX) con domicilio ubicado en la ciudad deTuxtla Gutiérrez, Chiapas; para que informe si ensus archivos obra registro del domicilio de lademandada MAGDALENA ROQUE siendo locorrecto JULIETA DEL CARMEN SERRANOCAMACHO.

DELEGADO DE HACIENDA DELESTADO DE ESTA CIUDAD , con domicilio en lacalle Central Norte, para que informe si tienenegociaciones registradas, de su domicilio actual.-Como lo solicita el promovente se ordena aemplazar a jucio a la demandada el proveído antescitado mediante edictos que deberán de publicarsepor TRES VECES en el Periódico Oficial delEstado y otro de mayor circulación en el lugar deljuicio; quedan los mismos a disposición de la parteactora.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLACE.

CINTALAPA, CHIAPAS; A 20 DE AGOSTO DE2014 DOS MIL CATORCE.

LIC. ERICK OCHOA CASTAÑÓN, SEGUNDOSECRETARIO DE ACUERDOS.- Rúbrica.

Primera Publicación

Publicación No. 705-D-2014

PODER JUDICIAL DEL ESTADODISTRITO JUDICIAL DE ACAPETAHUA,

CHIAPAS

E D I C T O

C. ABEL GARCÍA RUIZ.DONDE SE ENCUENTRE:

En el expediente número 214/2014,relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL DEPÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD,

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promovido por el licenciado ANTONIO FERMÍNHERNÁNDEZ ZÚÑIGA , apoderado GENERALPARA PLEITOS Y COBRANZAS Y ACTOS DEADMINISTRACIÓN de la señora ELIZABETHPINEDA PASCACIO , en contra de ABELGARCÍA RUIZ ; la licenciada MARISELAMARTÍNEZ ESPINOSA, Jueza del Juzgado delRamo Civil de este Distrito Judicial, por auto deveintiocho de noviembre de dos mil catorce, deconformidad con el artículo 617 del Código deProcedimientos Civiles vigente en el Estado,ordenó publicar el mismo, mediante edictos quese publiquen por DOS VECES CONSECUTIVASen el Periódico Oficial del Estado, a efecto dehacer saber que se tuvo por presentado allicenciado ANTONIO FERMÍN HERNÁNDEZZÚÑIGA, en su calidad de apoderado legal deELIZABETH PINEDA PASCACIO , con su escritomediante el cual exhibe los ejemplares de las trespublicaciones realizadas en el Periódico Oficial,mediante los cuales se emplaza a Juicio aldemandado, y solicita se declare la rebeldía deldemandado ABEL GARCÍA RUIZ , teniéndosepor exhibidas las publicaciones del 15 quince, 22veintidós y 29 veintinueve de octubre del año encurso, las cuales se mandan a guardar al secretodel Juzgado, dejando agregada en autos, copiassimples para que obre como corresponda,ordenándose a la Secretaria del conocimientoasentar el cómputo correspondiente. - Conrelación a su primera petición, por cuanto de autosse advierte que ha transcurrido el términoconcedido al demandado para dar contestación ala demanda interpuesta en su contra, sin que lohaya efectuado, en consecuencia, confundamento en lo dispuesto en el artículo 279 delCódigo de Procedimientos Civiles vigente en elEstado, se declara la REBELDÍA del demandadoABEL GARCÍA RUIZ , teniéndose por contestadala demanda en SENTIDO NEGATIVO, y seordena realizarle las subsecuentes notificacionesaún las de carácter personal, por medio de LOSESTRADOS de este Juzgado de conformidad conlo dispuesto en el artículo 615 con relación al 111del citado ordenamiento legal. - Por cuanto hacea la Audiencia a que se refiere el artículo 280 bis

del Código de Procedimientos Civiles vigente enel Estado, se deja de señalar fecha y hora porcuanto que las partes fueron omisas al respecto.- Seguidamente de conformidad con lo dispuestoen el artículo 306 del Código de ProcedimientosCiviles vigente en el Estado, se procede a calificarlas pruebas ofrecidas por las partes en el presentejuicio, y se admiten por parte de la ACTORA lassiguientes:- LA CONFESIONAL PERSONA-LÍSIMA.- A cargo de ABEL GARCÍA RUIZ .- LASDOCUMENTALES PÚBLICAS.- Consistente enlas copias certificadas del expediente 101/2007del índice del Juzgado del Ramo Penal de esteDistrito Judicial, las cuales se encuentran en elSecreto del Juzgado; las copias certificadas delexpediente 85/2007 del índice de este Juzgado,las cuales se encuentran en el Secreto delJuzgado; el original de la escritura pública número614 seiscientos catorce volumen 6 seis de fecha16 dieciséis de febrero del año 2007 dos mil siete,que contiene PODER GENERAL PARA PLEITOSY COBRANZAS, ACTOS DE ADMINISTRA-CIÓN otorgado por la actora a favor del licenciadoANTONIO FERMÍN HERNÁNDEZ ZÚÑIGA , elcual se encuentra en el Secreto del Juzgado. -LA TESTIMONIAL.- A cargo de ÁNGELAPASCACIO OVALLES Y ONÉSIMO PINEDAPASCACIO.- LA INSTRUMENTAL DEACTUACIONES Y LA PRESUNCIONALLEGAL Y HUMANA.- En todo lo que favorezca ala oferente.- Probanzas que se admiten entérminos de lo dispuesto en el artículo 297fracciones I, II, VI y IX del Código deProcedimientos Civiles del Estado, por no sercontrarias a la moral ni al derecho y estarrelacionadas con los puntos de hechos.- Se dejade admitir prueba alguna por la parte demandada,por cuanto que se encuentra rebelde.- Confundamento en lo dispuesto por el numeral 307del código de Procedimientos Civiles del Estado,se abre el término de 30 TREINTA DÍAS a laspartes para el desahogo de las pruebas queoportunamente ofrecieron y que han sidoadmitidas, mismo que empezará a contar a partirdel día siguiente al en que surta sus efectos elpresente proveído, debiendo la secretaria del

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conocimiento asentar el cómputo respectivo. Ycomo consecuencia, se procede a señalar lasfechas y horas para el desahogo de las pruebasadmitidas, siendo las siguientes.- LASDOCUMENTALES PÚBLICAS.- Descritas enlíneas que antecede, mismas que se desahoganpor su propia y especial naturaleza y que sevalorarán por la Juzgadora al momento de dictarla sentencia que en derecho corresponda.- LACONFESIONAL PERSONALÍSIMA.- A cargo dela demandado ABEL GARCÍA RUIZ la cual sedesahogará a las 13:00 TRECE HORAS DEL DÍA3 TRES DE FEBRERO DEL AÑO 2015 DOS MILQUINCE, por lo que por conducto del actuarioJudicial adscrito deberá notificársele en el domicilioseñalado en autos, para que en la fecha y horaseñalada comparezca ante el despacho de esteJugado con identificación oficial a absolverposiciones que le formule la parte contraria,apercibida que en caso de no comparecer sin justacausa, a petición de parte será declarada confesade las posiciones que previamente se califiquende legales de conformidad con lo dispuesto en losartículo 316 y 330 del Código Procesal de laMateria.- LA TESTIMONIAL.- A cargo deÁNGELA PASCACIO OVALLES Y ONÉSIMOPINEDA PASCACIO la cual se desahogará las09:30 NUEVE HORAS CON TREINTAMINUTOS DEL DÍA 3 TRES DE FEBRERO DELAÑO 2015 DOS MIL QUINCE por lo que sepreviene al oferente de la prueba para que en lafecha y hora señalada presente a sus testigospropuestos con identificación oficial, ante eldespacho de este Juzgado.- LA INSTRU-MENTAL DE ACTUACIONES Y LA PRESUN-CIONAL LEGAL Y HUMANA.- En todo lo quefavorezca a los oferentes de la prueba, misma quese desahoga por su propia y especial naturalezay se valorará por el Juzgador al momento de dictarla sentencia que en derecho corresponda.- Seordena publicar el presente auto por dos vecesconsecutivas en el Periódico Oficial del Estado,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 617del Código Procesal de la materia, quedando adisposición del actor los edictos corres-pondientes.- DOY FE.

Acapetahua, Chiapas; a 2 de diciembre del año2014.

A T E N T A M E N T E

L A S E C R E T A R I A D E A C U E R D O S ,L I C . PATRICIA ANALÍ ROSALDO CANEL.-Rúbrica.

Primera Publicación

Publicación No. 706-D-2014

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DELTRIBUNAL SUPERIOR DEL ESTADO

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARDISTRITO JUDICIAL DE TAPACHULA

E D I C T O

C. CHRISTIAN JOSÉ MOJICA CEJA.DONDE SE ENCUENTRE:

SE LES HACE DE SU CONO-CIMIENTO QUE POR AUTO DE 1 UNO DEJULIO DE 2014 DOS MIL CATORCE, DICTADOEN EL EXPEDIENTE FAMILIAR 82/2013,RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO CIVIL(DIVORCIO NECESARIO), PROMOVIDO PORIVETTE COLMENARES MALPICA ENCONTRA DE CHRISTIAN JOSÉ MOJICACEJA , CON APOYO EN EL ARTÍCULO 121,F R A C C I Ó N I I , D E L C Ó D I G O D EPROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO, SEORDENÓ PUBLICAR EDICTOS POR 3 TRESVECES EN EL PERIÓDICO OFICIAL DELESTADO, EDITADO EN TUXTLA GUTIÉRREZ,CHIAPAS, Y EN UN PERIÓDICO DE MAYORCIRCULACIÓN, QUE SE EDITE EN ESTACIUDAD, A EFECTO DE QUE POR MEDIO DEESTOS SE EMPLACE AL REFERIDODEMANDADO CHRISTIAN JOSÉ MOJICA

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CEJA , PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE9 NUEVE DÍAS, CONTADOS A PARTIR DELDÍA SIGUIENTE A LA ÚLTIMA PUBLICACIÓNDEL EDICTO RESPECTIVO, CONTESTEN LADEMANDA INSTAURADA EN SU CONTRA YOFREZCA PRUEBAS, APERCIBIDO QUE DENO HACERLO, SE LE TENDRÁ PORCONTESTADA LA MISMA EN SENTIDONEGATIVO, DE CONFORMIDAD CON LASECCIÓN CUARTA DEL NUMERAL 279, DELCÓDIGO EN CONSULTA, DE IGUAL FORMA,DEBERÁ SEÑALAR DOMICILIO EN ESTACIUDAD PARA OÍR Y RECIBIR NOTI-FICACIONES, CASO CONTRARIO, LASSUBSECUENTES, AUN LAS PERSONALES,SE LE HARÁN POR MEDIO DE LISTAS DEACUERDOS O CÉDULAS DE NOTIFI-CACIONES QUE SE PUBLICAN EN LOSESTRADOS DE ESTE JUZGADO, DE CON-FORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 111 Y 615,DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILESPARA EL ESTADO DE CHIAPAS. QUEDANLAS ACTUACIONES EN LA SECRETARIA DELCONOCIMIENTO, PARA QUE SE ENTERE DEELLAS. DOY FE.

TAPACHULA DE CÓRDOVA Y ORDÓÑEZ,CHIAPAS; A 12 DOCE DE NOVIEMBRE DE 2014DOS MIL CATORCE.

LA SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ALMA LUZ ROBLES RAMÍREZ.- Rúbrica.

Primera Publicación

Publicación No. 707-D-2014

Tapachula, Chis.; a 4 de diciembre de 2014.

SR. RAÚL ÁNGELES ÁNGELES.Cédula de Agente AEAR641119K89 de laComisión Nacional de Seguros y Fianzas.PRESENTE:

Me permito comunicar a Usted queQUÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A.DE C.V., (QUÁLITAS) , de conformidad con loestablecido en la cláusula Décima Quinta delContrato Mercantil de Agente de Seguro celebradoentre Usted y mi representada, el 12 de octubrede 2000, da por terminada la relación contractual,con efectos a los 45 días naturales posteriores asu fecha.

Lo anterior en el entendido de que losadeudos que documentó para garantizar su pagoa mi representada subsistirán hasta en tanto nosean liquidados. Asimismo cualquier adeudo quese derive de la emisión de pólizas en su ejerciciocomo Agente con claves emisoras en QUÁLITASidentificadas como “C-14836” y “C-3577”, hastala fecha efectiva de terminación del contratoreferido que es el 19 de enero de 2015, por primasde seguros no enteradas, total o parcialmente,serán consideradas en perjuicio de los aseguradosy en quebranto de esta Institución.

Quedamos a sus órdenes para laconsolidación de sus adeudos con QUÁLITASen los domicilios de QUÁLITAS ubicados en:Avenida San Jerónimo número 478, coloniaJardines del Pedregal, México, D.F., C.P. 01900,o en 5a. Avenida Norte número 93, colonia Centro,Tapachula, Chiapas, C.P. 30700.

A t e n t a m e n t e

LIC. JOAQUÍN BROCKMAN LOZANO,Apoderado.- Rúbrica.

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IMPRESO EN:

DIRECTORIO

OSCAR EDUARDO RAMIREZ AGUILAR

SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

JOSE RAMON CANCINO IBARRA

SUBSECRETARIO DE ASUNTOS JURIDICOS

ZOVEK SACRISTAN ESTEBAN CARDENAS

DIRECTOR DE LEGALIZACION Y PUBLICACIONES OFICIALES

DOMICILIO: PALACIO DE GOBIERNO, 2° PISOAV. CENTRAL ORIENTECOLONIA CENTRO, C.P. 29000TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS.

TEL.: (961) 6 - 13 - 21 – 56

MAIL: [email protected]

ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL GOBIERNO DEL

ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS

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