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SECRETARIA DE GOBIERNO ESTUDIOS PREVIOS LICITACION PUBLICA En cumplimiento a lo dispuesto por el Estatuto General de la Contratación Pública, especialmente lo establecido en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 87 de la Ley 1474 de 2011, y conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015, se presenta el estudio previo para adelantar un proceso de Licitación Pública. 1. ANALISIS SOBRE LA CONVENIENCIA DE REALIZAR LA CONTRATACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de eficacia, economía y celeridad; por lo tanto es deber de toda entidad pública optimizar los recursos financieros, humanos y técnicos con los que cuenta, propendiendo por una organización administrativa racional que le permita cumplir de manera adecuada las funciones y servicios a su cargo que redunden en su mejoramiento y desarrollo, bajo los parámetros de una administración pública, legal, organizada y moderna. Así las cosas, desde la carta magna se ha definido que la función administrativa entregada a los Municipios como referentes territoriales del Estado, van encaminados justamente hacia el cumplimiento de los fines esenciales del Estado, entre los cuales se resaltan: “Servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.” Es por ello que el Municipio de Quibdó, con fundamento en los fines esenciales del Estado y respetando los principios de la función pública: igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, establecidos en el artículo 209 nuestra carta magna, emprende su accionar como municipalidad para la consecución de tales fines, sin desestimar el rigor que emana de los principios ya enunciados, que son norma imperativa y sustancial. Atendiendo además los preceptos jurídicos contenidos en el Régimen de Contratación Pública del país. En ese orden de ideas, en cumplimiento del principio de planeación que rige la administración pública, es una consigna de la actual administración el determinar y valorar las necesidades que aquejan al Municipio, analizando en cada caso los mecanismos más idóneos para satisfacerlas y las condiciones en las cuales se deben realizar las contrataciones requeridas, con el ánimo de obtener bienes y servicios de forma oportuna. De otro lado, el Decreto 4366 de 2006 por el cual se regula la operatividad de los sistemas integrados de emergencias y seguridad, SIES contempla: Que la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las Leyes 548 de 1999 y 782 de 2002, dispuso la creación del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, al igual que los Fondos Cuenta de Seguridad Territoriales.

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SECRETARIA DE GOBIERNO

ESTUDIOS PREVIOS

LICITACION PUBLICA

En cumplimiento a lo dispuesto por el Estatuto General de la Contratación Pública, especialmente lo establecido en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 87 de la Ley 1474 de 2011, y conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015, se presenta el estudio previo para adelantar un proceso de Licitación Pública.

1. ANALISIS SOBRE LA CONVENIENCIA DE REALIZAR LA CONTRATACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE

LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER

La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los

principios de eficacia, economía y celeridad; por lo tanto es deber de toda entidad pública optimizar los recursos

financieros, humanos y técnicos con los que cuenta, propendiendo por una organización administrativa racional

que le permita cumplir de manera adecuada las funciones y servicios a su cargo que redunden en su

mejoramiento y desarrollo, bajo los parámetros de una administración pública, legal, organizada y moderna.

Así las cosas, desde la carta magna se ha definido que la función administrativa entregada a los Municipios

como referentes territoriales del Estado, van encaminados justamente hacia el cumplimiento de los fines

esenciales del Estado, entre los cuales se resaltan: “Servir a la comunidad, promover la prosperidad general y

garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la

participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural

de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia

pacífica y la vigencia de un orden justo.”

Es por ello que el Municipio de Quibdó, con fundamento en los fines esenciales del Estado y respetando los

principios de la función pública: igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad,

establecidos en el artículo 209 nuestra carta magna, emprende su accionar como municipalidad para la

consecución de tales fines, sin desestimar el rigor que emana de los principios ya enunciados, que son norma

imperativa y sustancial. Atendiendo además los preceptos jurídicos contenidos en el Régimen de Contratación

Pública del país.

En ese orden de ideas, en cumplimiento del principio de planeación que rige la administración pública, es una consigna de la actual administración el determinar y valorar las necesidades que aquejan al Municipio, analizando en cada caso los mecanismos más idóneos para satisfacerlas y las condiciones en las cuales se deben realizar las contrataciones requeridas, con el ánimo de obtener bienes y servicios de forma oportuna.

De otro lado, el Decreto 4366 de 2006 por el cual se regula la operatividad de los sistemas integrados de emergencias y seguridad, SIES contempla: Que la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las Leyes 548 de 1999 y 782 de 2002, dispuso la creación del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, al igual que los Fondos Cuenta de Seguridad Territoriales.

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Igualmente, la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las Leyes 548 de 1999 y 782 de 2002, y el Decreto-Ley 200 de 2003, en su artículo 23, establecen que el Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, Fonsecon, funcionará como una cuenta especial, sin personería jurídica, administrada por el Ministerio del Interior y de Justicia, como un sistema separado de cuentas, cuyo objetivo es realizar gastos destinados a propiciar la seguridad ciudadana y la preservación del orden público; Es así que, en concordancia con las anteriores disposiciones, el Decreto 2170 de 2004 dispone que la inversión de los recursos que recaude la Nación por concepto de la contribución especial del 5% consagrada en la Ley 418 de 1997, por parte del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, tendrá como objetivo atender gastos tendientes a propiciar la seguridad ciudadana y preservar el orden público, por lo que podrá financiar o cofinanciar, proyectos y programas que desarrollen dicho objetivo, dentro de los cuales se encuentra, la implementación y fortalecimiento de los sistemas de información, vigilancia y reacción contra la delincuencia, que permitan la disminución de los índices de criminalidad.

El Artículo 1° del Decreto 4366 de 2006, establece “Los departamentos y municipios podrán solicitar la financiación o cofinanciación de proyectos de Sistemas Integrados de Emergencias y Seguridad (SIES), siempre y cuando garanticen su administración y sostenimiento, al Ministerio del Interior y de Justicia - Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Fonsecon) bajo los parámetros señalados para el efecto, condición que deberá quedar consignada en los respectivos convenios interadministrativos que se celebran con cada una de las entidades solicitantes para la ejecución de los proyectos.

Parágrafo. Adicional al cumplimiento de las normas sobre presentación de proyectos, los proyectos de Sistemas Integrados de Emergencias y Seguridad (SIES) deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. Establecer el objetivo fundamental para el uso e implementación del sistema, con el apoyo de la Fuerza Pública y los Organismos de Seguridad del Estado.

2. Justificación de la instalación del esquema tecnológico, puesta en marcha y su sostenibilidad en el tiempo, teniendo en cuenta que debe ser un sistema de carácter permanente para seguridad ciudadana y convivencia comunitaria.

Así mismo, el artículo 119 de la Ley 418 de 1997 establece que las actividades de seguridad y de orden público que se financien con los Fondos Cuenta de Seguridad serán cumplidas exclusivamente por la Fuerza Pública, y los Organismos de Seguridad del Estado.

El proyecto del SISTEMA INTEGRADO DE EMERGENCIAS Y SEGURIDAD SIES SUBSISTEMAS 123 y CCTV nació de la necesidad incuestionable e implacable de fortalecer la política integral de seguridad y convivencia ciudadana emprendida a nivel Nacional por El Ministerio en el año 2000 y continuada concertadamente por él, por las administraciones municipales y departamentales, que han priorizado los programas de seguridad y convivencia como una forma de contrarrestar y prevenir las emergencias y las situaciones de riesgo a que está expuesta la colectividad, conscientes de que su atención inmediata y minimización debe ser una política de Estado y no de los gobiernos de turno. El Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad SIES Subsistemas 123 y CCTV ha sido dimensionado en su desarrollo conceptual y diseñado por el equipo interdisciplinario integrado por los miembros de la Policía Nacional y por El Ministerio del Interior. La implementación de los SIES cumplirá con los lineamientos

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fundamentales de tipo administrativo, técnico y operativo definidos en el protocolo de práctica base, mediante decreto 4366 del 2006. La integración, coordinación y trabajo sinérgico entre la fuerza pública y los organismos de seguridad y emergencia del Estado a través de un Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad SIES Subsistemas 123 y CCTV, que vea fortalecido su accionar en el nivel territorial y regional, se constituye en el pilar de la política de seguridad, que tiene como objetivo fundamental unir los esfuerzos de las entidades del Estado para la adopción de soluciones tendientes a combatir el flagelo de la inseguridad y responder oportuna y eficazmente a los riesgos y emergencias a que está expuesta la población. El SIES subsistema 123 y CCTV tiene como objetivo la organización de un centro de gestión de emergencias y seguridad que privilegie la prevención de los riesgos, de los delitos y de las amenazas, disminuyendo el impacto de estos sobre la colectividad, bajo un esquema integrado e interactivo con los responsables de las unidades de atención y prevención de las entidades involucradas y el esfuerzo de la Policía Nacional como soporte indispensable para la operatividad del sistema en los comandos de la Policía. El SIES subsistemas 123 Y CCTV, son una herramienta tecnológica conformada por una estructura informática y de comunicaciones diseñada para la recepción y gestión de llamadas de emergencia a través de un número único de seguridad y emergencias en una estación de trabajo computarizada, que permite capturar la información clave de las emergencias vía software SECAD de la Policía y responder las llamadas de los ciudadanos que requiera ayuda en casos de policía, emergencias, desastres de cualquier tipo o situaciones de crisis que amenacen o atenten contra la convivencia y la seguridad ciudadana, de manera inmediata, eficiente, efectiva y coordinada entre los organismos del estado competentes y el cctv permite aportar videos en tiempo real de los principales sitios de interés y de mayor vulnerabilidad de la seguridad ciudadana, sirviendo para el seguimiento de caos sospechosos y de evidencia de actos delincuenciales captados por el lente de la video cámara. El SIES subsistema 123 y cctv debe permitir el despacho y control de las unidades de emergencias de las diferentes entidades públicas, asignadas a los Comandos de Policía para responder a los incidentes de una manera pronta y eficaz. El sistema debe ofrecer además una avanzada funcionalidad para la selección de unidades y/o recursos de atención y el control de los incidentes desde su reporte hasta conjurar el peligro o poner fin a la emergencia. El SIES prestará el servicio a la población de cada municipio, ciudad, departamento y región del país y su demanda mensual determinará la necesidad de su ampliación o complementación. En consecuencia, el Plan de desarrollo “LO ESTAMOS HACIENDO POSIBLE” QUIBDÓ CIUDAD SOSTENIBLE. 2020-2023, encontramos el Eje Estratégico Quibdó lo hacemos posible: ordenando, segura, con justicia, participación y convivencia, el cual contempla el programa Quibdó segura, con justicia y convivencia: el cual nos dice que la seguridad es un pilar importante en la consecución de una cultura de ciudad en Quibdó, la alcaldía se preocupa por brindar y garantizar los servicios de justicia y resolución de conflictos para la generación buena convivencia para todos. apuntándole a la META, Mmantenimiento preventivo y correctivo de los 207 puntos con cámaras de seguridad del municipio. Ahora bien, es importante mencionar que el SIES subsistema 123 y CCTV está concebido para ser operado por la Policía Nacional de manera centralizada, en el mismo espacio físico ocupado por los comandos de Policía, en donde funcionan los Centros Integrados Estratégicos Policiales (CIEPS) que están encargados del seguimiento sistemático de los delitos y contravenciones, análisis de tendencias, identificación de zonas críticas

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y de patrones delincuenciales y contravencionales, análisis de problemas específicos y realización de investigaciones especiales, en los cuales se consolida la información sobre los datos institucionales a los cuales puede servir de soporte para investigaciones penales, administrativas y disciplinarias y para el análisis de las diferentes problemáticas que afecten la convivencia y la seguridad ciudadana. El SIES Subsistema 123 y CCTV es un sistema escalable tecnológicamente, pues su diseño permite su expansión a través de la adición de módulos simples de Hardware y Software y potencialmente la inclusión ilimitada de usuarios. ANTECEDENTES Y NECESIDAD: En el año 2008 fue instalado y puesto en funcionamiento un circuito cerrado de televisión en al municipio de Quibdó, el cual fue instalado por el entonces Ministerio Del Interior Y De Justicia, y donado a la alcaldía municipal de Quibdó, el cual constaba del siguiente elemento: - 49 cámaras tipo domo ptz de 36 x de zoom óptico análogas (Samsung) - 49 radioenlaces en la banda libre de 5Ghz (Verint) - Un centro de control y monitoreo (donde se controlan los movimientos de las cámaras y, visualizan,

almacenan y se acceden a los videos captados por las cámaras) - Una torre de telecomunicaciones auto soportada de 50m - Un cuarto de equipos Este sistema tenía un tiempo de garantía y mantenimiento de 2 años que se cumplieron en enero de 2012, una vez realizados, le correspondía a la alcaldía mantener en funcionamiento este sistema. En el año 2012 la alcaldía de Quibdó radico un proyecto en el Ministerio Del Interior el cual aporto e 90% de los recursos y la alcaldía del Municipio de Quibdó cofinancio con el 10% de los recursos en este proyecto, se instalaron 30 cámaras tipo domo Ip de 20x marca índigo visión y se integraron 30 de las 49 cámaras anteriores a este nuevo sistema. Por lo que se hizo necesario hacer mantenimiento a estos 30puntos de cámaras para poderlos integrar a este nuevo sistema Este nuevo sistema está conformado básicamente Por: - 30 cámaras ip ptz de 20x (INDIGO VISION)

- Un anillo de fibra óptica de 24 hilos y una extensión de 12 kms ( que es un tendido que va desde el centro

de control y monitoreo, hasta cada uno de los puntos de 15 cámaras, 30 puntos de enlace y las dos torres

de telecomunicaciones)

- Un centro de control y monitoreo

- Un cuarto de equipos

- La migración de 30 puntos de 2008 de enlace RF (radio frecuencia) a fibra óptica

La garantía y mantenimiento de estas 30 cámaras y los treinta puntos de integración en fibra se cumplieron en abril de 2016, por lo que el municipio de Quibdó asumió el mantenimiento del anillo de fibra, los 4 radioenlaces, de cada uno de los puntos de cámara y del centro del control y monitoreo. En el 2016 la alcaldía radico en el Ministerio del Interior un nuevo proyecto para la adquisición de 65 puntos nuevos de cámara, se actualizaron las 49 cámaras ptz de 2008 y se migraron a fibra- 13 puntos de cámaras de RF a fibra del proyecto 2012 y se instalaron 48 cámaras fijas en diferentes puntos estratégicos y se aprovechó los 12 kilómetros de fibra de 2012, para transportador los videos de los diferentes puntos En la actualidad el sistema SIES cctv del municipio de Quibdó cuenta con 147 puntos de cámaras en los cuales están instalados 147 cámaras domos ptz ip de 20X y 48 cámaras fijas ip así como un anillo de fibra de 48 kms de fibra óptica 3 nodos de concentración un centro de control y monitoreo con una red de datos, un

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sistema de visualización de video Wall de 12 pantallas y 6 work station, un sistema de almacenamiento de videos y un sistema de climatización del centro de control y monitoreo de 2 aires de 3 toneladas. La garantía y mantenimiento de estos 147 puntos de cámaras domos ptz y 45kms de fibra, los nodos y el centro de control y monitoreo se cumplieron en abril de 2019, por lo que se hace necesario el mantenimiento de síes cctv Quibdó Para el óptimo funcionamiento de 147 puntos de cámaras domos ptz y 45 cámaras fijas, así como 48 kms de fibra, dos nodos de concentración, dos casi, una estación, un punto de visualización y el centro de control y monitoreo. En el año 2019 se realizaron dos mantenimientos, se repusieron 7kms de fibra con sus respectivos accesorios, reposición de 2 cámaras para el puerto arenero y bahía solano juzgados, dos radioenlaces y cambio de batería a 5 ups, así como el mantenimiento de la planta eléctrica y los aires acondicionados ESTADO ACTUAL DEL SISTEMA: En la actualidad el sistema se encuentra funcionando en aproximadamente en un 40% de su capacidad, por lo que se requiere un mantenimiento correctivo de manera inmediata. Una vez revisadas cada uno de los puntos de cámaras se encontró: - En el centro de control y monitoreo solo se están visualizando 54 de las 147 cámaras domo ptz y 34 cámara

fijas de las 48 instaladas, a continuación, se listan las cámaras fuera de servicio:

1 Fija Palcio1 justicia 17 Fija bomberos

2 Fija Palcio2 justicia 18 Fija bahía solano

3 Fija1 caí San Vicente 19 Fija cas blanca

4 Fija2 caí San Vicente 20 Fija puerto Kennedy

5 Fija1 estación victoria 21 Fija1 plaza satélite

6 Fija2 caí estación victoria 22 Ciudadela mía

7 Fija1 obrero las brisas 23 Fija1 Kennedy cantonera

8 Fija2 el silencio 24 Fija2 caí santo domingo

9 Medrano 25 Alfonzo López

10 La playita 26 Rond point de las margaritas

11 San Vicente 27 Garay club

12 Margarita chicharronal 28 Bienestar

13 Caraño 29 Fiscalía

14 Cohimbra 30 Palacio municipal

15 Bahía solano Sena 31 San Martin

16 Tomas Pérez 32 Acueducto

33 Bomba cabi 51 secretaria de educación

34 bomberos 52 Silencio

35 Ed machu 53 Buenos aires claveles

36 Poblado 54 Samper la cancha

37 Caraño 55 Monserrate

38 Coliseo 56 entrada al reposo 2

39 Esmeralda 57 Samper la cancha

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40 Obapo 58 Monserrate

41 Puente el bosque 59 Condoto

42 Tomas Pérez alto 60 Terminal

43 Horizonte 61 Entrada simón bolívar

44 San Vicente 62 18 la y

45 Bahía solano 63 Futuro

46 Tomas Pérez 64 Álamos cancha

47 Bienestar familiar 65 La victoria

48 Cárcel Ana yancy 66 Entrada al paraíso

49 Palacio de justicia 67 BAHIA JUZGADOSSOLANO

50 Puente san Vicente 68 bonanza

51 Yesquita 87 Los lagos

52 Juzgados 88 Ciudadela mia entrada

53 Cárcel 89 Ciudadela mia

54 Cristo rey 90 Ciudadela mia etapa E

55 Horizonte 91 Escuela piñal

56 Las mercedes 92 Entrada porvenir

57 Las palmas 93 Plaza satélite

58 Margaritas la virgern 94 El silencio

59 77 viviendas 95 transito

60 aurora 96 Minuto de dios parte alta

61 Cancha álamos 97 Minuto de dios parte baja

62 Escuela de Shakira 98 La gloria

63 La unión 99 Simón bolívar

64 Mis esfuerzos 100 Pedro Grau

65 Mis esfuerzos parte baja 101 La victoria

66 Porvenir la gloria 102 Obrero la paz

67 suba 103 Obrero portón

68 La unión 104 Álamos puerto

- seis (6) tramos de fibras interrumpidos por: el robo de fibra, vandalismo, intervención de vías e incendios,

que afectaron el recorrido de la fibra (obapo, minuto de dios, yesca grande, prosocial, Uribe, cabi, futuro

alameda, futuro) para un total de 3kms de fibra a reponer con sus respectivos accesorios de empalme y

sujeción, así como las fusiones de los hilos de fibra

- 3 cámaras impactadas por rayos (bahía solano y álamos)

- 6 switch tipo ópticos impactados por rayos (bahía solano, esmeralda, álamos)

- 2 radio enlaces impactados por rayos (álamos y bahía solano)

- 3 acometidas eléctricas malas. Obapo, juzgados y aurora)

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- cambio de 45 baterías de 9 A/H para 15 ups de 1kva

- cambio de 3 ups on line de 1kva

- mantenimiento correctivo de planta eléctrica de 15kva

- mantenimiento correctivo de aire acondicionado

- mantenimiento de red de datos

- cambio de 3 cámaras ptz instaladas en 2016

- cambio de 3 cámaras fijas instaladas 2016

- cambio de 20 cámaras instaladas en 2014

- cambio de10 burbujas acrílicas instaladas en 2014

- mantenimiento correctivo de la planta eléctrica ya que fue invadida por un nido de ratas destruyendo el

cableado en general

Subsanando los daños anteriores se ponen en funcionamiento las 147 cámaras ptz y 48 fijas habilitando las cámaras que se encuentran fuera de servicio, y la correcta visualización, almacenamiento y accesos a los videos captados por las cámaras en el centro de control y monitoreo. Teniendo en cuenta lo anterior se hace necesario la realización de una contratación por medio de invitación pública, que Garantice el mantenimiento y puesta en funcionamiento de los 147 puntos de cámaras el anillo de fibra óptica y que el Sistema SIES siga cumpliendo su objetivo principal que es colaborar con la Seguridad y Vigilancia en el Municipio de Quibdó. 2. OBJETO A CONTRATAR CON ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A

CELEBRAR.

OBJETO: MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE: 147 PUNTOS CON CÁMARAS, EL CENTRO DE CONTROL Y MONITOREO, DOS NODOS DE CONCENTRACION, 48KM DE FIBRA OPTICA Y 2 RADIO ENLACES DEL SISTEMA CCTV INSTALADAS EN EL 2014 y 2016 EN EL MUNICIPIO DE QUIBDO. 2.1. 2.2. FICHA TECNICA:

ITEM DESCRIPCION CANTIDAD

UNIDAD DE MEDIDA

1

MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS Y/O DE 147 PUNTOS DE CAMARA DE SEGURIDAD Y 2 NODOS Y CENTRO DE CONTROL Y MONITOREO

3

Numero de manteamientos a realizar

2 REPOSICION DE FIBRA OPTICA DE 24 HILOS INCLUYE FUSIONES Y ACCESORIOS DE EMPALME

3100

metros

3 MANTENIMIENTO DE UPS DE 1,5 KVA (CAMBIO DE BATERIAS DE 9 AMP/H)

30

Numero de baterías a cambiar en el mantenimiento

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4 MANTENIMIENTO DE UPS DE 40 KVA (CAMBIO DE BATERIAS DE 18 AMP/H)

18 Numero de baterías a cambiar

en el mantenimiento

5 MANTENIMIENTO DE RED DE DATOS 1 Numero de manteamientos a

realizar

6 SUMINISTRO E INSTALACION DE UPS DE1 ,5 KVA ON LINE

3 Suministros adquiridos e

instalados

7 SUMINISTRO E INSTALACION DE SWITCH DE 8 PUERTOS CON PUERTO FTP

2 Suministros adquiridos e

instalados

8 SUMINISTRO E INSTALACION DE ACOMETIDA ELÉCTRICA PARA PUNTO DE CAMARA

3 Suministros adquiridos e

instalados

9

SUMINISTRO E INSTALACION DE CAMARA PTZ 2MP 20X O SUPERIOR COMPATIBLE CON SISTEMA ACTUAL PARA VIZUALIZACION Y GRABACION

8

Suministros adquiridos e instalados

10 MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE 2 AIRES ACONDICIONADO

1 Numero de manteamientos a

realizar

11 DESMONTE Y TRASLASDO DE PLANTA ELÉCTRICA DE 15 KVA

1

Desmonte y traslado

12

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE NVR PARA GRABACIÓN SISTEMA HIK VISIÓN CON DISCO DE 6 TERAS 1

Suministros adquiridos e instalados

13

DESMONTAJE Y TRASLADO E INSTALACION DE PUNTO DE CÁMARA 3 TORRES CON TODOS SUS EQUIPOS Y ACCESORIOS 1

Desmonte y traslado

2.3. CLASIFICACION UNSPSC

CODIGO NOMBE DE PRODUCTO

45121500 Cámaras

45121600 Accesorios para cámaras

43211900 Monitores y pantallas de computador

43212200 Sistemas de manejo de almacenamiento de datos de computador

81101700 Ingeniería eléctrica y electrónica

43233300 Dispositivos y equipos para instalación de conectividad de redes y Datacom

43221800 Dispositivos de red óptica

83112300 Servicio de telecomunicaciones por fibra

72103300 Servicios de mantenimiento y reparación de infraestructura

72151600 Servicios de sistemas especializados de comunicaciones

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2.4. CLASE DE CONTRATO: Se identifica como un contrato de prestación de servicios. 2.5. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS QUE DEBE CUMPLIR EL CONTRATISTA:

El contratista en cumplimiento del objeto contractual deberá realizar las siguientes actividades: 1. Realizar los mantenimientos preventivos y/o preventivo de 147 puntos de cámara de seguridad, 2 puntos

de enlace rf, centro de control y monitoreo y 48kms de fibra óptica.

2. Suministrar e instalar de switch tipo 6 de 8 puertos rj45 y dos puertos ftp (según especificaciones técnicas anexas).

3. Realizar la reposición de tramos de 3100m de anillo de fibra óptica mono modo de 24 hilos, span 200, incluye herrajes, templetes ménsula de empalme y 24 fusiones

4. Suministro e instalación de 30 baterías de 1.5 a/h para 30 ups de 1kva.

5. Suministro e instalación de 3 acometida eléctrica para punto de cámara

6. Mantenimiento correctivo y preventivo de aire acondicionado de 2.

7. Desmonte y traslado de planta eléctrica de 15kva.

8. Suministro e instalación de nvr para grabación sistema hik visión con disco de 6 teras.

9. Suministro e instalación de cámara ptz 2mp 20x o superior compatible con sistema actual para visualización

y grabación.

10. Mantenimiento de ups de 40 kva (cambio de baterías de 18 amp/h)

11. Dar cumplimiento a las especificaciones contempladas en la ficha técnica y atender las orientaciones dadas por el supervisor a cargo de la alcaldía y de la policía nacional.

12. Cumplir con sus obligaciones con el pago de los aportes al sistema de seguridad social (salud, pensión y

arp) y aportes parafiscales señalados por la ley 789 de 2002 si estuviese obligado ello.

13. Las demás que contribuyan en garantizar el cumplimiento del contrato. 3. OBLIGACIONES DE CARÁCTER GENERAL

1. Conocer los pliegos de condiciones, con sus respectivas adendas, la propuesta y el contrato, para realizar la ejecución del mismo con eficiencia y eficacia.

2. Cumplir el objeto del contrato de acuerdo con los criterios de calidad exigibles, el pliego de condiciones con sus respectivas adendas, el Anexo Técnico, y el contrato, las buenas prácticas propias de la industria y del sector, con sujeción a los precios estipulados y dentro del plazo establecido. 3. Suscribir oportunamente el acta de inicio.

4. Cumplir cabalmente con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales y acreditar, en las oportunidades que así se requiera, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 41 de Ley 80 de 1993 –adicionado mediante el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007–, que se encuentra

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al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda.

5. Abstenerse de sustituir, sin previa autorización expresa y escrita otorgada por EL MUNICIPIO DE QUIBDO.

6. Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y liquidación del contrato.

7. Mantener vigente los mecanismos de cobertura del riesgo por el tiempo pactado en el contrato, así como de las modificaciones que se presenten en la ejecución del mismo.

8. Presentar los informes sobre la ejecución del contrato que le sean solicitadas por el supervisor.

9. Reportar al supervisor y/o interventor, de manera inmediata, cualquier novedad o anomalía que pueda afectar la ejecución del contrato.

10. Guardar total reserva de la información que por razón del servicio y desarrollo de sus actividades obtenga. Esta es de propiedad de la Alcaldía Municipal de Quibdó y solo salvo expreso requerimiento de autoridad competente podrá ser divulgada.

11. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato le imparta la Alcaldía Municipal de Quibdó, a través del supervisor del contrato.

12. Desplazarse al lugar en que se requiera la prestación del servicio.

4. OBLIGACIONES DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE QUIBDÓ:

1. Suministrar la información necesaria que requiera el contratista para el cabal cumplimiento del objeto del

contrato.

2. Realizar los pagos correspondientes previa certificación de cumplimiento suscrita por el Supervisor del

Contrato en las condiciones pactadas.

3. Ejercer la supervisión del contrato para verificar el cumplimiento de las obligaciones del contratista.

5. PRODUCTOS A ENTREGAR:

El contratista deberá desarrollar el objeto del contrato acorde a los parámetros pres establecidos por la

administración Municipal, como se denota en las condiciones técnicas exigidas

6. MODALIDAD DE SELECCIÓN Y JUSTIFICACIÓN

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De acuerdo con las características especiales del objeto a contratar, su naturaleza, cuantía; y conforme a lo establecido Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y el Decreto Reglamentario 1082 de 2015, y los factores de calificación que se tendrán en cuenta para la evaluación de las propuestas que se presenten bajo el este procesos de selección, y teniendo en cuenta el presupuesto aprobado para la alcaldía municipal esto por cuanto el valor estimado del contrato, objeto del proceso de selección a realizar, supera el valor máximo de la menor cuantía de la Entidad, la modalidad para la selección del contratista es mediante LICITACIÓN PÚBLICA. Normas Generales: La norma que soporta la modalidad del proceso selección de contratista que nos ocupa, es el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, que a la letra dice: “De las modalidades de selección. La escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, con base en las siguientes reglas: Licitación pública. La escogencia del contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública, con las excepciones que se señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo. Cuando la Entidad estatal así lo determine, la oferta en un proceso de la licitación pública podrá ser presentada total o parcialmente de manera dinámica mediante subasta inversa, en las condiciones que fije el reglamento.” Igualmente, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad debe determinar la oferta más favorable para el caso de licitación teniendo en cuenta: a) La ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas; o b) La ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-beneficio. Así mismo, es del caso señalar que las normas que se aplican para el proceso de contratación a realizar son: a) Ley 80 de 1993 (Estatuto General de Contratación de la Administración Pública) b) Ley 1150 de 2007. (Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos.) c) Ley 1474 de 2011. (Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública). d) Ley 361 de 1997. (Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones). e) Ley 590 de 2000. (Por la cual se dictan disposiciones para promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas). f) Ley 816 de 2003. (Por medio de la cual se apoya a la industria nacional a través de la contratación pública). g) Decreto 2680 de 2009. (Por el cual se definen los criterios para el Registro de Productores de Bienes Nacionales).

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h) Decreto ley 4170 de 2011. (Por el cual se crea la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente–, se determinan sus objetivos y estructura).

i) Decreto ley 019 de 2012. (Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública). j) Decreto 1082 de 2015. (Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector administrativo de planeación nacional). El contrato a celebrar: se identifica como un contrato de PRESTACIÓN DE SERVICIOS

7. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA

MÁS FAVORABLE

Teniendo en cuenta que la ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 del 2015 regulan el trámite

para adelantar la modalidad de Selección Abreviada menor cuantía, la cual se realizará mediante invitación

publica formulada a través de la página www.contratos.gov.co, la Secretaria de Servicios Administrativos del

Municipio de Quibdó establecerá en la invitación los requisitos mínimos habilitantes y conforme a lo establecido

en el decreto 1082 de 2015, la oferta más favorable para la entidad será la de menor precio.

8. PLAZO DE EJECUCIÓN:

El plazo de ejecución del presente proceso contractual es de TRES (3) MESES 9. LUGAR DE EJECUCIÓN

La ejecución del presente proceso contractual es en la ciudad de Quibdó

10. SUPERVISIÓN Y CONTROL DEL CONTRATO. La Supervisión del contrato será realizada por la Secretaría de Gobierno del Municipio de Quibdó, quien tendrá

a su cargo las atribuciones en el marco de lo dispuesto en los artículos 83 de la Ley 1474 de 2011. 1. Realizar

el seguimiento y a la ejecución del contrato. Por lo anterior podrá impartir al CONTRATISTA las instrucciones,

órdenes e indicaciones necesarias para la cabal ejecución del objeto contratado y desarrollará las demás

actividades previstas en el contrato. 2. Verificar que el Contratista cumpla con el objeto y obligaciones del

contrato, en términos de cantidad, calidad y oportunidad de los elementos requeridos, conforme a lo establecido

en los pliegos de condiciones y ficha técnica. 3. Requerir al Contratista sobre el cumplimiento de las

obligaciones del contrato, ficha técnica y en la propuesta presentada. 4. Suscribir los documentos y actas a

que haya lugar durante la ejecución del contrato. 5. Informar a la Oficina Jurídica, respecto de las demoras o

incumplimiento de las obligaciones del Contratista. 6. Recibir la correspondencia del Contratista luego de

radicada en la alcaldía y hacer las observaciones que estime convenientes. 7. Solicitar la suscripción de

contratos adicionales, prórrogas o modificaciones, previa la debida y detallada sustentación y aval del ordenador

del gasto. 8. En caso de que se presenten situaciones en que se requieran conceptos jurídicos especializados,

de los cuales no tenga el suficiente conocimiento, así lo hará saber a la Oficina Jurídica del Municipio de Quibdó,

con miras a lograr la mejor decisión para las partes. 9. Estudiar las situaciones particulares e imprevistas que

se presenten en desarrollo del contrato, conceptuar sobre su desarrollo general y los requerimientos para su

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mejor ejecución, manteniendo siempre el equilibrio contractual. 10. Certificar el cumplimiento del objeto

contractual. Dicha certificación será requisito previo para el pago que deba realizar LA ALCALDÍA

MUNICIAPAL. 11. Verificar el cumplimiento de las obligaciones con el Sistema de Seguridad Social Integral y

parafiscales, de conformidad con el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.12. Las demás actividades inherentes

a la función desempeñada por la supervisión de conformidad con la Ley. 13. Es obligatorio para el supervisor

entregar por escrito sus órdenes o sugerencias y ellas deben enmarcarse dentro de los términos del respectivo

contrato. 14. Los supervisores del contrato, en ningún momento estarán facultados para adoptar decisiones

que impliquen la modificación de los términos y condiciones previstas en el presente contrato, las cuales

únicamente podrán ser adoptadas por los representantes legales de las partes debidamente facultadas,

mediante la suscripción de las correspondientes modificaciones al contrato principal. 15. Comprobar que

durante la vigencia del contrato el CONTRATISTA da cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 50 de la ley

789 de 2002 y, en caso contrario, adoptar o solicitar la adopción de medidas y la imposición de las sanciones

previstas por las normas pertinentes (sólo en caso de que el CONTRATISTA sea persona jurídica); 16. Las

demás necesarias para la cabal ejecución del presente contrato.

14. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:

El valor del contrato a será por valor de El costo de la propuesta tiene un valor de CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS OHENTA MIL PESOS Moneda Corriente ($442.680.000) M/TE, incluido los impuestos a que haya lugar. Para determinar el presupuesto oficial requerido a fin de adelantar el presente proceso de contratación se procedió a pre – cotizar los elementos y/o servicios, tomando como base para calcular el presupuesto la ponderación de las cotizaciones de conformidad con el análisis de mercado. 14.1 FORMA DE PAGO:

El Municipio de Quibdó, efectuará el pago del valor del respectivo contrato, de la siguiente forma: Mediante pagos parciales previa presentación de la factura del mantenimiento preventivo y correctivo de las respectivas cámaras, y previo ingreso a almacén de los elementos objeto de suministro, previa certificación a satisfacción de cumplimiento del supervisor, certificado de los pagos a los sistemas de seguridad social en salud, pensión, riesgos profesionales, parafiscales si a ello hubiera lugar; Factura en caso que el contratista se Régimen Común. La alcaldía una vez se encuentre legalizada toda la documentación para el pago, tendrá hasta noventa días calendario para efectuar el respectivo pago. IDENTIFICACION DEL SECTOR ECONOMICO AL CUAL PERTENECE LA NECESIDAD.

La seguridad electrónica y más específicamente, los SIES, CCTV son una herramienta de la nueva tecnología, que permite complementar otras áreas de seguridad por lo que la convierte en un mercado bastante amplio, que contribuye a la seguridad de distintas empresas y personas en diferentes áreas. (Es importante por ello establecer en nuestro país como estamos a nivel tecnológico y oferente sobre este tema, pues no solamente compete un tema de servicio para la comunidad sino una oportunidad de negocio). Estudios realizados en el 2012, muestran que las solicitudes en equipos de seguridad han superado los 90 billones de dólares, esto debido a que se buscan sistemas de protección alternos a las fuerzas públicas,

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militares y de seguridad privada. También el estudio muestra que las mayores ganancias del mercado están registradas Asia, Europa Oriental, África, Medio Oriente y América Latina, debido al desarrollo que están presentando dichas áreas. Por otra parte, se muestra una proyección en ventas importante en China, Rusia, Brasil e India, así como su liderazgo en ventas por encima de los equipos mecánicos, ya que las nuevas generaciones electrónicas tienen mayor capacidad que los mecánicos, y las mejoras en dichos sistemas impulsarán el desarrollo del mercado (Softguard, 2011). En este sentido, el Municipio de Quibdó, ha venido implementando herramientas de seguridad electrónica (SIES, CCTV y 123) que coadyuven en la prevención y seguridad de los ciudadanos de manera ininterrumpida, atendiendo las necesidades de seguridad, prevención y atención de delitos, de desastres naturales e incendios de nuestro municipio, además, se ha restructurado las instalaciones donde funciona el cuerpo de bomberos de este municipio, se decide realizar el presente proceso con el fin de mantener dichos equipos en óptimas condiciones de eficiencia. ANALISIS DEL MERCADO, OFERTA Y DEMANDA En el mercado se encuentran diferentes empresas dedicadas al suministro y prestación de servicios relacionada con el mantenimiento preventivo y correctivo similares a los requeridos que cuentan con las condiciones y requisitos exigidos y que pueden participar en el proceso. El Municipio de Quibdó, mediante contratos de Mínima cuantía ha adquirido el objeto del presente análisis, por lo tanto económicamente el valor del contrato está estimado a partir de las cotizaciones presentadas por diferentes empresas locales capaces de ejecutar el objeto del presente contrato. Existen en el mercado Nacional y local diferentes personas Naturales y Jurídicas reconocidas y con experiencia comprobada, capaces de ejecutar el objeto de la presente contratación y sus componentes, así como también la realización de los respectivos mantenimientos, que pueden llegar a satisfacer el requerimiento del Municipio de Quibdó relacionado con el mantenimiento de radios de telecomunicaciones. Dentro del estudio de mercado realizado se evidenció que existe pluralidad de oferentes, por lo que están en capacidad de presentar propuestas todas aquellas que dentro del objeto social puedan cumplir con las necesidades aquí planteadas, en especial las ubicadas en la ciudad de Quibdó, puesto que el costo de traslado desde otra ciudad incrementaría el valor del servicio a contratar. Con el objeto de establecer unos precios se procedió a consultar la página Web de Colombia Compra eficiente la metodología contractual de diferentes entidades en relación al valor y a la modalidad acogida frente a dicha contratación.

Ítem N° de proceso Tipo de proceso

Entidad Objeto Cuantía

1 Detalle del Proceso Número 114 DE 2019 CONTRATO 368 del 15 de NOVIMBRE de 2019

MENOR CUANTIA

ALCALDIA DE QUIBDÓ – CHOCO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE: 147 PUNTOS CON CAMARAS, EL CENTRO DE CONTROL Y MONITOREO, 45 KM DE FIBRA OPTICA Y 2 RADIO ENLACES DEL SISTEMA CCTV INSTALADAS EN EL 2014 Y 2016 EN EL MUNICIPIO DE QUIBDÒ

365.000.000

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2 Detalle del Proceso Número SAMC 002 DE 2019

MENOR CUANTIA

ALCALDIA DE ISTMINA – CHOCO

AMPLIACION DEL CIRCUITO CERRADO DE TELEVISION DE AREA URBANA DEL MUNICIPIO DE ISTMINA CHOCO EN 5 NUEVOS PUNTOS DE CAMARA DE VIDEO VIGILANCIA, DOMOS PTZ IP,2MP Y ZOOM DE 20X O SUPERIOR

$229.924.896

3 Detalle del Proceso Número 240 del 31 de AGOSTO de 2018

MENOR CUANTIA

ALCALDIA DE QUIBDÓ – CHOCO

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE: 30 PUNTOS CON CAMARAS, EL CENTRO DE CONTROL Y MONITOREO, 12 KM DE FIBRA OPTICA Y 4 RADIO ENLACES DEL SISTEMA CCTV INSTALADAS EN EL 2014 EN EL MUNICIPIO DE QUIBDÒ

$286.590.000

1 Detalle del Proceso Número LPN 002 DE 2017

Licitación publica

ALCALDIA DE ISTMINA – CHOCO

FORTTALECIMIENTO EN EQUIPAMIENTO DE LA SEGURIDAD CIUDADANA PARA EL MUNICIPIO DE ISTMINA CHOCO OCCIDENTE

$714.889.156

Detalle del Proceso Número 246 DE 2016

MENOR CUANTIA cuantía

ALCALDIA DE QUIBDÓ – CHOCO

“MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE 30 PUNTOS DE CAMARA, EL CENTRO DE CONTROL Y MONITOREO, 8KMS DE FIBREOPTICA Y 30 RDIONLCES DEL SISTEMA CCTV INSTALADO EN EL 2014 Y 30 PUNTOS DE CAMARAS INATALADOS EN EL 20108 EN EL MUNICIPIO DE QUIBDO

$ 246.762.000

2 Detalle del Proceso Número 004 DE 2017

MENOR Cuantía

GOBERNACION DEL CHOCO

MEJORAMIENTO Y FORTALECIMIENTO DE LOS SERVICIOS DESEGURIDADA CIUDADANA, MEDIANTE LA ADQUISICION, INSTALACION, CONFIGURACION Y

$ 249.800.000

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PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE CINCO (5) CAMARAS DE SEGURIDA SIES CCTV EN EL MUNICIPIO DE ISTMINA CHOCO OCCIDENTE

15. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE.

Se verificará el cumplimiento de lo dispuesto en el presente pliego de condiciones.

Varios proponentes calificados “HABILITADOS”, en este evento seguirán el siguiente procedimiento:

El Municipio en una segunda etapa asignará la puntuación para determinar la propuesta más ventajosa una vez

aplicadas las fórmulas y los puntajes para cada criterio de calidad y precio que se detallan:

CONCEPTO PUNTAJE

PROPUESTA ECONOMICA 650

APOYO INDUSTRIA NACIONAL 150

FACTOR TECNICO

Factor por no haber sido multado en los últimos cinco (5) años 200

PUNTAJE 1.000

16. ANÁLISIS DE RIESGOS DE LA CONTRATACIÓN:

En razón a la naturaleza del objeto del contrato, el tiempo de ejecución y el valor, se presenta la siguiente matriz

de riesgo:

CLASE TIPIFICACION DEL RIESGO ASIGNACION DEL RIESGO ESTIMACION DEL RIESGO

EJECUCIÓN DEL

CONTRATO DE

SUMINISTRO

DESCRIPCION CONCEPTO MUPIO CONTRATISTA EVALUACION VALOR %

DEMORA EN EL INICIO

Efecto económico

desfavorable

causado por la

demora en los

trámites para

perfeccionamiento,

legalización e

iniciación del

contrato. X

ALTO 20

50%

PROGRAMACION DE LA

ENTREGA DE LOS

BIENES

Efectos

económicos

desfavorables por X

ALTO 20

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incumplimiento en

las fechas

programadas para

la entrega de los

bienes.

CALIDAD DE LOS BIENES

Efecto económico

desfavorables

ocasionados por la

mala calidad de los

elementos que

conforman los

bienes a adquirir,

es decir

incumplimiento de

las normas y

especificaciones

técnicas que

regulan el contrato X

MEDIO 10

LEGISLACION

LABORAL

SEGURIDAD SOCIAL

INTEGRAL

Efecto económico

desfavorable

causado por la

parálisis de la

prestación del

servicio por la falta

de pagos

correspondientes a

salud, pensión y

salarios de los

empleados del

contratista. X

MEDIO 10

20%

PAGO DE

PARAFISCALES

Efecto económico

desfavorable

derivado de la

expedición de

nuevas normas, al

igual que la

imposición de

nuevos impuestos

locales o

nacionales

posteriores al

cierre del presente X

MEDIO 10

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proceso licitatorio,

así como la

aplicación de la ley

de intervención.

FINANCIEROS O

DEL MERCADO

RIESGO REGULATORIO

DE LEY

Efecto económico

desfavorable

causado por la

parálisis del

servicio causada

por la falta de pago

a terceros y/o

derivado de

cualquier

reclamación. X

MEDIO 10 10%

CAUSAS

NATURALES

FUERZA MAYOR

O CASO

FORTUITO

Daños, pérdidas,

destrucción o

deterioro causado

por fuerza mayor o

caso fortuito que

puedan

presentarse

durante la

ejecución del

contrato, para lo

cual podrá celebrar

los contratos de

seguros que

considere

pertinentes. X

MEDIO 10 10%

RIESGO POLITICO

Relacionado con

conflictos internos

que afecten la

ejecución del

contrato resultante

del presente

proceso de

selección será

asumido por el

contratante X

MEDIO 10 10%

TOTAL 100 100%

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17. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS DESTINADAS A AMPARAR LOS

PERJUICIOS DE NATURALEZA CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL, DERIVADOS DEL

INCUMPLIMIENTO DEL OFRECIMIENTO O DEL CONTRATO

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA ACOMPAÑADA DE SUS CONDICIONES GENERALES: La garantía de seriedad de la propuesta está destinada a afianzar el compromiso del proponente, de que en el caso de adjudicarse el proceso de selección, formalizará el respectivo contrato en los términos y plazos del mismo, inclusive el establecimiento de la garantía única contractual, la cual, una vez aprobada, constituye condición indispensable para la ejecución del contrato. Para tal efecto el proponente debe allegar con su propuesta el original de la póliza de seriedad de la propuesta acompañada de sus condiciones generales, la cual debe constituirse por la suma equivalente al diez (10%) del valor del presupuesto oficial. Se deberá adjuntar el recibo de pago de la prima correspondiente a la póliza de seriedad de la respectiva entidad aseguradora, Compañía de Seguros o Banco legalmente establecido en Colombia. Dicha garantía debe estar constituida a favor del Municipio de Quibdó - NIT 891680011-0, con una vigencia de mínimo NOVENTA (90) DÍAS CALENDARIOS contados a partir de la fecha de cierre de la presente modalidad de selección, estar referida al presente proceso contractual y encontrarse firmada por el tomador.

PÓLIZA DE GARANTÍA ÚNICA DEL CONTRATO

En virtud de lo dispuesto en el Artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, el contratista se obliga a constituir a favor del Municipio de Quibdó, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del respectivo contrato, una póliza expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia de conformidad con la póliza matriz aprobada por la Superintendencia Financiera, la cual se entregará a la entidad contratante junto con los correspondientes recibos definitivos de cancelación de las primas respectivas y que garantizará los siguientes riesgos: a) - Cumplimiento del contrato: Dicho amparo se solicita para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del contrato, por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) de su valor, con vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más. b) De pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones: Para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales y demás obligaciones inherentes a la previsión social del personal que emplee durante el desarrollo del contrato, por un valor igual al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, y con una vigencia iguala la del contrato y tres (3) años más. c) De responsabilidad civil extracontractual: Por un valor igual al 10% del valor total del contrato, con una vigencia por la duración del contrato, no podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del valor del contrato de obra, y en ningún caso inferior a doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 smlmv) al momento de la expedición de la póliza. d) Calidad del Servicio: Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual al plazo del contrato y seis (6) meses más, contado a partir del perfeccionamiento del presente contrato.

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No obstante, lo anterior, en cualquier evento en que se aumente el valor del contrato o se prorrogue su vigencia deberá ampliarse o prorrogarse la correspondiente garantía. Para efectos de constituir la garantía única de cumplimiento, la base para esta debe ser el Presupuesto Oficial estimado para la presente contratación de selección abreviada de Menor cuantía. En caso de efectuarse adiciones o prórrogas al contrato, el contratista deberá ajustar las vigencias de los amparos. 16. OBLIGACIONES FRENTE AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y PARAFISCALES Los participantes deberán estar al día en el pago de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral, parafiscales (cajas de compensación familiar, SENA e ICBF), conforme a lo señalado en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y Artículo 1º de la Ley 828 de 2003. 17. OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACIÓN: Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores se estima oportuno y conveniente desarrollar el proceso de selección Abreviada de menor cuantía, dejando constancia que el proceso se desarrollará mediante convocatoria pública, de conformidad con la Ley 80 de 1.993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015. Que, con relación a la naturaleza del contrato a celebrarse es preciso señalar que el mismo se configura como Contrato de Prestación de Servicio. De conformidad con el Decreto 1082 de 2015, La Entidad Estatal puede modificar los pliegos de condiciones a través de adendas expedidas antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. La Entidad Estatal puede expedir adendas para modificar el cronograma una vez vencido el término para la presentación de las ofertas y antes de la adjudicación del contrato. 15. LA INDICACIÓN DE SI LA CONTRATACIÓN RESPECTIVA ESTÁ COBIJADA POR UN ACUERDO

INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO VIGENTE PARA EL ESTADO

COLOMBIANO. EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 2.2.1.2.4.1.1. Y 2.2.1.2.4.1.2 DEL DECRETO

1082 DE 2015

El presente proceso de contratación se encuentra cobijado por el acuerdo comercial con Guatemala y la decisión 439 de 1998 de la Secretaria de la CAN, pero el Municipio de Quibdó, se encuentra exonerado, toda vez que el proceso de contratación se enmarca dentro de la excepción número 14 del anexo número 4 del Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en procesos de Contratación, expedido por Colombia Compra Eficiente.

HÉCTOR TRUJILLO CHAVERRA Secretario de Gobierno

Original Firmado

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