resumen de la ley de remisión de intereses

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Resumen de la Ley de Remisión de Intereses, Multas y Recargos El objeto de la ley de remisión de Intereses, Multas y Recargos ha sido establecido y aprobado por la asamblea constituyente, siendo administrada por el Servicio de Renta Interna para recaudar tributos a las que están obligadas las personas naturales, como jurídicas a pagar así sea directa o indirectas. Las remisiones causadas por: Impuestos y obligaciones fiscales contenidos en títulos de crédito, Actas de determinación, Resoluciones administrativas, Liquidaciones, sea a base de catastros, Registros o hechos preestablecidos legalmente por parte del Servicio de Rentas Internas que establezcan un valor a pagar de obligación tributaria; Así como los que se generen por declaraciones originales o sustitutivas, Que se encuentren vencidas o pendientes de pago hasta la fecha de publicación de la presente norma, Siempre que se efectúe la cancelación de la totalidad del impuesto pendiente de pago, conforme a las reglas siguientes: Las personas están obligadas a pagar intereses, multas y recargos si llegan a demorarse en cancelar todos sus tributos, tratan de evadir o haciendo declaraciones falsas,

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Resumen de la Ley de Remisin de Intereses, Multas y Recargos

El objeto de la ley de remisin de Intereses, Multas y Recargos ha sido establecido y aprobado por la asamblea constituyente, siendo administrada por el Servicio de Renta Interna para recaudar tributos a las que estn obligadas las personas naturales, como jurdicas a pagar as sea directa o indirectas.Las remisiones causadas por: Impuestos y obligaciones fiscales contenidos en ttulos de crdito, Actas de determinacin, Resoluciones administrativas, Liquidaciones, sea a base de catastros, Registros o hechos preestablecidos legalmente por parte del Servicio de Rentas Internas que establezcan un valor a pagar de obligacin tributaria; As como los que se generen por declaraciones originales o sustitutivas, Que se encuentren vencidas o pendientes de pago hasta la fecha de publicacin de la presente norma, Siempre que se efecte la cancelacin de la totalidad del impuesto pendiente de pago, conforme a las reglas siguientes:Las personas estn obligadas a pagar intereses, multas y recargos si llegan a demorarse en cancelar todos sus tributos, tratan de evadir o haciendo declaraciones falsas, ya que estn establecidas por la ley y la cantidad que el ente regulador (SRI) decida. Las remisiones sern del 100% si el pago en su totalidad del tributo que adeuda se lo realiza hasta los 60 das plazos hbiles despus de haber sido publicado esta ley en el registro oficial. Tambin ser del 50% si el pago de la deuda en su total estn entre el da hbil 61 hasta el Dia 90 siguientes a la publicacin de esta ley en el registro oficial.Esta tambin beneficiaran cuyas personas hayan planteado sus reclamos siempre y cuando tengan cancelado la totalidad de sus impuestos adeudados, de acuerdo al plazo acordado que tendr que cancelarlos, para acogerse debern informar el pago efectuado a las autoridades correspondientes que estn con el conocimiento del trmite, la cual dispondr del archivo.Los mismos porcentajes pronunciados en el prrafo anterior sern los mismos para: Obligaciones Tributarias Materiales o Formales Vencidas hasta la fecha de publicacin de la presente forma A las obligaciones que no se hubiera declarado o presentado a tiempo No hayan causado impuestos o cuya liquidacin no genere un impuesto a pagar En las que no haya registrado o pagado multa Incluso si se hubieran cumplido antes del plazo de la presente leyEn el caso de los sujetos pasivos tendrn el derecho de hacer un convenio de facilidades de pago vigentes, estando al da con las cuotas correspondientes, aunque sea antes que la ley se publique en el registro oficial.Capitulo IILos municipios dentro de los plazos, condiciones previstas por la ley de remisin, esta podr perdonar las multas, intereses y recargos la cual estn derivados de las obligaciones tributarias de la competencia, originada por la ley o en ordenanzas, agregando a las empresas pblicas.Capitulo IIIDe la remisin de Intereses, Multas, Costos de Juicio y Recargos sobre Crditos del Banco Nacional de Fomento.Para la remisin de intereses, multas, costos de remisin y recargos por crdito a los que tengan un capital de 15000 dlares otorgados por el Banco Nacional del fomento, en la cual esta institucin les har ms fcil, eficiente y rpido para que las personas deudoras tengan beneficios por medio de esta ley, logrando el pago de la deuda dentro del plazo de 180 das.Segn las personas que han sido perdonados en algunas ocasiones se determinaran algunos criterios para que los beneficiarios puedan acogerse a lo establecido en la ley, analizando y considerando las posibles causas del no haber podido cancelar la deuda.Disposiciones Generales La ley de remisin no se aplicara para las obligaciones tributarias cuyo vencimiento sea a partir del primero de abril. El Servicio de Rentas Internas deber notificar dentro de los 90 das posteriores a la expiracin del plazo final establecido por la ley al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y al Ministerio de Trabajo la lista de todos los beneficiarios con remisiones que son mayores a los cien mil dlares. Lo deudores podrn contratar un seguro que cubra el riesgo de pagoDisposiciones Reformatorias Incentivo de estabilidad tributaria en contratos de inversin Para el caso de instituciones del sistema financiero nacional es aplicable esta exencin cuando los recursos provengan de instituciones financieras internacionales o entidades no financieras especializadas, y calificadas por los entes de control correspondientes en el Ecuador, que otorguen financiamiento, va crdito o depsito, y que sean destinados al financiamiento de vivienda, de microcrdito o de inversiones productivas. La Junta de Poltica y Regulacin Monetaria y Financiera, en el mbito de sus competencias, podr determinar mediante resolucin los segmentos, plazos, condiciones y requisitos adicionales para efectos de esta exencin. El Comit de Poltica Tributaria podr establecer requisitos adicionales para su aplicacin. Para poder beneficiarse de esta exencin, el plazo del crdito o el depsito, realizado por la institucin financiera internacional o la entidad no financiera especializada, no podr ser inferior a un ao.Disposiciones Transitorias Mientras no se cumpla el plazo que est establecido en la ley los que tengan una deuda hasta los 15000 dlares se debern suspender la cual no afectara los plazos de prescripcin de la accin de cobro. Las operaciones de crdito, inversin realizada por alguna institucin financiera publica, que hayan financiado proyectos de infraestructura que estuvieran vencida o paralizadas y no hayan terminado el 27 de abril del 2015, previo informe la cual indique las causa del retraso en un plazo mximo de 180 das a partir de la vigencia de la siguiente norma, las instituciones financieras continuaran con los desembolso necesarios garantizando la finalizacin los proyectos de dichas infraestructuras, en la que ser considerado los valores correspondientes a interese, multas, gastos y costos judiciales.