resolución min de salud plan nac de salud mental

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  • PRESIDENCIA DE LA NACION

    SecretarIa LegaL y tecnIcaDr. Carlos alberto ZanniniSecretario

    DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaLDr. Jorge eDuarDo FeiJoDirector nacional

    www.boletinoficial.gob.ar

    e-mail: [email protected]

    registro nacional de la Propiedad Intelectual n4.995.241

    DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO ciudad autnoma de Buenos airestel. y fax 5218-8400 y lneas rotativas

    Precio $ 4,00

    Buenos aires,lunes 20de enero de 2014

    ao CXXiinmero 32.809

    Pg.

    Contina en pgina 2

    DECRETOS

    riesgos Del trabaJoDecreto 49/2014Listado de Enfermedades Profesionales. Decretos 658/96, 659/96 y 590/97. Modificaciones. ..... 1

    JeFatura De gabinete De MinistrosDecreto 2311/2013Designaciones en la Subsecretara de Planificacin y Gestin para la Integracin Nacional. ........ 29

    Ministerio De JustiCia Y DereCHos HuManosDecreto 33/2014Danse por prorrogadas designaciones en el Instituto Nacional contra la Discriminacin, la Xeno-fobia y el Racismo. ...................................................................................................................... 29

    Decreto 34/2014Dase por prorrogada designacin en la Unidad de Informacin Financiera. .................................. 29

    Decreto 35/2014Dase por prorrogada designacin en la Comisin Fiscalizadora. .................................................. 30

    Decreto 36/2014Dase por prorrogada designacin del Director de Asuntos Jurdicos en el Instituto Nacional con-tra la Discriminacin, la Xenofobia y el Racismo. ........................................................................ 30

    Decreto 37/2014Dase por prorrogada designacin en la Subsecretara de Coordinacin. ...................................... 30

    Decreto 39/2014Dase por prorrogada designacin en la Unidad de Informacin Financiera. .................................. 31

    Ministerio Del interior Y transPorteDecreto 2312/2013Designacin en la Direccin de Capacitacin y Campaas Viales. ................................................ 31

    Decreto 2313/2013Designacin en la Direccin de Sistema Nacional de Licencias de Conducir. ............................... 32

    HuesPeDes oFiCialesDecreto 43/2014Convaldase el tratamiento de Huspedes Oficiales del Gobierno argentino acordado al seor Presidente de la Repblica del Paraguay y acompaante. ........................................................... 32

    seCretaria De CulturaDecreto 42/2014Dase por prorrogada designacin en la Direccin General de Gestin Administrativa y Asuntos Jurdicos. .................................................................................................................................... 32

    sinDiCatura general De la naCionDecreto 38/2014Red Federal de Control Pblico. Reconocimiento. ....................................................................... 33

    DECISIONES ADMINISTRATIVAS

    transPorte FerroViarioDecisin Administrativa 16/2014Aprubase Contrato para el Suministro de Unidades Mltiples Disel, Repuestos, Herramientas, Documentacin Tcnica, Servicio Tcnico y Capacitacin Tcnica. ............................................... 34

    Primera Seccin

    Sumario DECRETOS

    #I4516052I#

    RIESGOS DEL TRABAJO

    Decreto 49/2014

    Listado de Enfermedades Profesionales. Decretos 658/96, 659/96 y 590/97. Modificaciones.

    Bs. As., 14/1/2014

    VISTO el Expediente N 116.108/12 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, la Ley N24.557 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 658 y 659 ambos del 24 de junio de 1996 y 590 del 30 de junio de 1997, y las Actas del Comit Consultivo Permanente del 13 y 21 de noviembre de 2012, y

    CONSIDERANDO:

    Que el artculo 6, apartado 2 a) de la Ley N24.557 y sus modificatorias, considera entre las contingencias cubiertas por el Sistema sobre Riesgos del Trabajo a aque-llas enfermedades profesionales incluidas en el listado elaborado y revisado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, conforme al artculo 40 de dicha norma, identifi-cando agente de riesgo, cuadros clnicos, exposicin y actividades en capacidad de determinar dichas enfermedades.

    Que el Decreto N658 de fecha 24 de junio de 1996 aprob el precitado Listado de Enfermedades Profesionales.

    Que el inciso 2, apartado b) del artculo 40 de la Ley N24.557, establece que las funciones con carcter vinculante del COMITE CONSULTIVO PERMANENTE, en ma-teria de listado de enfermedades profesionales, debern contar con previo dictamen de la COMISION MEDICA CENTRAL.

    Que mediante el Decreto N659 de fecha 24 de junio de 1996, fue aprobada la Tabla de Evaluacin de Incapacidades Laborales prevista por la Ley N24.557.

    Que tal como surge del Acta suscripta por los asistentes el 13 de noviembre de 2012, el COMITE CONSULTIVO PERMANENTE, integrado por representantes de las orga-nizaciones de trabajadores y empleadores, se pronunci de forma unnime respecto de la inclusin de los siguientes agentes al Listado de Enfermedades Profesionales: aumento de la presin intraabdominal; aumento de la presin venosa en miembros inferiores; carga, posiciones forzadas y gestos repetitivos de la columna vertebral lumbosacra.

    Que con fecha 19 de noviembre de 2012, la COMISION MEDICA CENTRAL emiti dictamen favorable.

  • Lunes20deenerode2014 Primera Seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 2

    Pg.JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDecisin Administrativa 131/2013Dase por aprobada contratacin en la Coordinacin de Gabinete de Asesores. ............................ 34

    MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCADecisin Administrativa 8/2014Contratacin en la Subsecretara de Ganadera. .......................................................................... 35

    Decisin Administrativa 6/2014Contratacin en la Subsecretara de Coordinacin Tcnica y Administrativa. ................................ 35

    Decisin Administrativa 7/2014Contratacin en la Unidad Ministro. ............................................................................................. 36

    JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDecisin Administrativa 130/2013Dase por aprobada contratacin en la Subsecretara de Relaciones Institucionales. .................... 37

    RESOLUCIONES

    MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOSResolucin 4/2014-MJDHAcptase la renuncia presentada al cargo de Director Nacional del Servicio Penitenciario Federal. .. 37

    Resolucin 8/2014-MJDHDesgnase el Director Nacional del Servicio Penitenciario Federal. ............................................... 37

    SALUD MENTALResolucin 2177/2013-MSAprubase el Plan Nacional de Salud Mental 2013-2018. ........................................................... 37

    BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMAResolucin 10/2014-MEFPDecreto N2127/2012. Amplase plazo. ...................................................................................... 38

    AVISOS OFICIALES

    Nuevos. ...................................................................................................................................... 39

    Anteriores ................................................................................................................................... 63

    CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 63

    Que asimismo el COMITE CONSULTIVO PERMANENTE acord por unanimidad una modificacin de la Tabla de Evaluacin de Incapacidades Laborales, tal como surge del Acta suscripta por los asistentes el da 21 de noviembre de 2012, habiendo reci-bido el valioso aporte de los tcnicos de las partes representadas en dicho Comit.

    Que la inclusin de las nuevas enfermedades que se propugna implicar adecuar por un perodo de tiempo determinado la aplicacin del FONDO FIDUCIARIO PARA ENFERMEDADES PROFESIONALES, creado por el Decreto N590 del 30 de junio de 1997, con las modificaciones introducidas por el Decreto N1.278 del 28 de di-ciembre de 2000.

    Que la Direccin General de Asuntos Jurdicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ha tomado la intervencin que le compete.

    Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artculos 6, inciso 2, apartado a) y 8 inciso 3, de la Ley N24.557 y sus modificatorias.

    Por ello,

    LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Incorpranse al Listado de Enfermedades Profesionales, previsto en el artculo 6, inciso 2, apartado a), de la Ley N24.557 y sus modificatorias, aprobado por el ANEXO I del Decreto N658/96, las enfermedades y sus respectivos agentes de riesgo, cuadros clnicos, exposicin y actividades en capacidad de determinar la enfermedad pro-fesional, que se consignan en el ANEXO I que forma parte integrante del presente decreto.

    Art. 2 Sustityese el ANEXO I del Decreto N659 de fecha 24 de junio de 1996, por el ANEXO II que forma parte integrante del presente decreto, que modifica la Tabla de Eva-luacin de Incapacidades Laborales.

    Art. 3 Incorprase como inciso c) del artculo 2 del Decreto N590 de fecha 30 de junio de 1997, el siguiente texto: c) el costo de las prestaciones otorgadas por enfermeda-des que se incluyan a partir de la fecha de vigencia de la presente incorporacin en el listado previsto en el artculo 6, apartado 2 a) de la Ley N 24.557; en un CIENTO POR CIENTO (100%) el primer ao y un CINCUENTA POR CIENTO (50%) el segundo ao, a contar desde

    su inclusin en el Listado de Enfermedades Profesionales. A partir del tercer ao, las presta-ciones estarn ntegramente a cargo de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y archvese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Carlos A. Tomada.

    ANEXO I

    AGENTE: AUMENTO DE LA PRESION INTRAABDOMINAL

    ENFERMEDADES ACTIVIDADES LABORALES QUE PUEDEN GENERAR EXPOSICION

    - Hernias inguinales directas y mixtas (excluyendo las indirectas)

    - Tareas en cuyo desarrollo habitual se requiera carga fsica, dinmica o esttica, con aumento de la presin intraabdominal al levantar, trasladar, mover o empujar objetos pesados.- Hernias crurales

    Los valores lmites de las tareas habituales en relacin al peso y tiempo de ejecucin durante la jornada laboral son los referidos en las Tablas 1, 2 y 3 del Anexo I de la Resolucin del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N295/03. La SUPERIN-TENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO dictar las normas complementarias tendientes a definir los valores lmites de las tareas habituales en relacin al peso y tiempo de ejecucin para aquellos movimientos (traslado, empuje o arrastre de objetos pesados) no contempla-dos en la resolucin citada.

    El perodo durante el cual las tareas descriptas deben ser ejecutadas no debe ser infe-rior a TRES (3) aos cumplidos en forma continua o discontinua en actividades sujetas a las condiciones de exposicin arriba expuestas. Cuando se demuestre que el dao se produjo durante un perodo en el que el empleador haya estado afiliado a ms de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo o mediante el servicio prestado a favor de sucesivos empleadores de la misma actividad, las prestaciones sern abonadas, otorgadas o contratadas con arreglo a lo definido en el artculo 47 de la Ley de Riesgos del Trabajo.

    La invocacin de incapacidades preexistentes al inicio del vnculo laboral deber acre-ditarse mediante el examen preocupacional confeccionado con arreglo a los requisitos exi-gidos por la Ley de Riesgos del Trabajo y dems normas aplicables. Cuando el examen no se hubiera realizado, y se demuestre la realizacin de actividades habituales con sujecin a las condiciones de exposicin y valores lmites arriba expuestos, se presumir la vinculacin causal con el trabajo, salvo que se acredite por medio fehaciente el carcter congnito o extralaboral de la dolencia o la concurrencia de factores concausales extralaborales, que en tal caso se desagregarn.

    AGENTE: AUMENTO DE LA PRESION VENOSA EN MIEMBROS INFERIORES

    ENFERMEDADES ACTIVIDADES LABORALES QUE PUEDEN GENERAR EXPOSICION

    - Vrices primitivas bilaterales. - Tareas en cuyo desarrollo habitual se requiera la permanencia prolongada en posicin de pie, esttica y/o con movilidad reducida.

    Las tareas descriptas deben haber sido ejecutadas durante un perodo mnimo de TRES (3) aos, cumplidos en forma continua o discontinua mediante el desempeo en la jornada habitual de la actividad definida legal o convencionalmente. El perodo en cuestin ser pro-porcionalmente ajustado a las circunstancias del caso cuando el trabajador preste servicios con arreglo a regmenes de jornada reducida o a tiempo parcial, o con jornadas extraordi-narias.

    Las definiciones expuestas a continuacin se entendern referidas a situaciones im-puestas por el desempeo de tareas en cuyo desarrollo habitual se requiera la prestacin laboral en las siguientes condiciones:

    Bipedestacin esttica: Bipedestacin con deambulacin nula por lo menos durante DOS (2) horas seguidas durante la jornada laboral habitual.

    Bipedestacin con deambulacin restringida: El trabajador deambula menos de CIEN (100) metros por hora durante por lo menos TRES (3) horas seguidas durante la jornada la-boral habitual.

    Bipedestacin con portacin de cargas: Tareas en cuyo desarrollo habitual se requiera bipedestacin prolongada con carga fsica, dinmica o esttica, con aumento de la presin intraabdominal al levantar, trasladar, mover o empujar objetos pesados.

    Bipedestacin con exposicin a carga trmica: Todos los trabajos efectuados con bipe-destacin prolongada en ambientes donde la temperatura y la humedad del aire sobrepasan los lmites legalmente admisibles y que demandan actividad fsica. En tales casos se revisar la exigencia de tiempo mnimo de exposicin tomando en cuenta la influencia derivada de las circunstancias concretas de carga trmica.

    A los fines precedentemente indicados (bipedestacin con portacin de cargas y con exposicin a carga trmica) se considerar pauta referencial para definir una situacin de bipedestacin prolongada aquella en que el trabajador deba permanecer de pie ms de DOS (2) horas seguidas en su jornada laboral habitual de la actividad definida legal o con-vencionalmente. No obstante el lmite precedentemente indicado, se considerarn por las Comisiones Mdicas aquellos casos especiales en los que, aun mediando un perodo inferior de bipedestacin, concurran condiciones de trabajo susceptibles de originar causalmente la dolencia.

    Los lapsos temporales definidos precedentemente sern adecuados a las circunstan-cias del caso cuando el trabajador preste servicios con arreglo a regmenes de jornada reducida o a tiempo parcial.

    AGENTE: CARGA, POSICIONES FORZADAS y GESTOS REPETITIVOS DE LA COLUMNA VERTEBRAL LUMBOSACRA.

  • Lunes 20 de enero de 2014 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 3ENFERMEDADES ACTIVIDADES LABORALES

    QUE PUEDEN GENERAR EXPOSICION

    - Hernia Discal Lumbo-Sacra con o sin compromiso radicular que afecte a un solo segmento columnario.

    - Tareas que requieren de movimientos repetitivos y/o posiciones forzadas de la columna vertebral lumbosacra que en su desarrollo requieren levantar, trasladar, mover o empujar objetos pesados.

    Los valores lmites de las tareas habituales en relacin al peso y tiempo de ejecucin durante la jornada laboral son los referidos en las Tablas 1, 2 y 3 del Anexo I de la Resolucin del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N295/03. La SUPERIN-TENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO dictar las normas complementarias tendientes a definir los valores lmites de las tareas habituales en relacin al peso y tiempo de ejecucin para aquellos movimientos (traslado, empuje o arrastre de objetos pesados) no contempla-dos en la resolucin citada.

    El perodo durante el cual las tareas descriptas deben ser ejecutadas no debe ser infe-rior a TRES (3) aos cumplidos en forma continua o discontinua mediante el desempeo en jornada habitual completa definida legal o convencionalmente. El perodo en cuestin ser proporcionalmente ajustado a las circunstancias del caso cuando el trabajador preste servi-cios con arreglo a regmenes de jornada reducida o a tiempo parcial.

    Se considerarn Gestos Repetitivos aquellos movimientos continuos y repetidos efec-tuados durante la jornada laboral en los que se utilizan un mismo conjunto osteo-mio-neuro-articular de la columna lumbosacra.

    Las Posiciones Forzadas son aquellas en las que la columna lumbosacra deja de estar en una posicin funcional para pasar a otra inadecuada que genera mximas extensiones, mxi-mas flexiones y/o mximas rotaciones osteo-mio-neuro-articulares durante la jornada laboral.

    Disposiciones comunes:

    Con relacin a todas las enfermedades contempladas en este Anexo, en cada caso con-creto el rgano encargado de la determinacin de la incapacidad deber establecer cientfi-camente si las lesiones fueron provocadas por causa directa e inmediata de la ejecucin del trabajo, excluyendo la influencia de los factores atribuibles al trabajador o ajenos al trabajo. Slo se indemnizarn los factores causales atribuibles al trabajo, determinados conforme lo anteriormente indicado. Lo expuesto precedentemente es sin perjuicio del cumplimiento ple-no de las prestaciones mdico-asistenciales y sustitutivas de la remuneracin en el perodo de Incapacidad Laboral Temporaria, cuando se demuestre la influencia causal de factores atribuibles al trabajo.

    Asimismo, en todos los casos que contempla el presente Anexo ser necesario tomar en cuenta, adems de los antecedentes mdico-clnicos, los estudios tcnicos correspon-dientes al puesto y las condiciones y medio ambiente de trabajo concretos a los que estuvo expuesto el trabajador.

    Las enfermedades contempladas en el presente Anexo se considerarn incorporadas al Listado a partir de la fecha de vigencia de la norma que as lo declare, y dicha nueva normati-va slo se aplicar a las contingencias cuyo hecho generador se produzca con posterioridad a la incorporacin de las mismas al Listado.

    ANEXO II

    TABLA DE EVALUACION DE LAS INCAPACIDADES LABORALES

    LEY N24.557

    Aprobada por el Comit Consultivo Permanente el da 20 de febrero de 1996

    Laudo N179/96 Decreto N659/96

    INDICE GENERAL

    Piel

    Osteoarticular

    Cabeza y Rostro

    Ojos

    Garganta, Nariz y Odo

    Sistema Respiratorio

    Sistema Cardiovascular

    Digestivo y Pared Abdominal

    Sistema Nefrourolgico

    Sistema Hematopoytico

    Neurologa

    Psiquiatra

    Factores de Ponderacin

    Criterios de Utilizacin

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  • Lunes 20 de enero de 2014 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 14

  • Lunes 20 de enero de 2014 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 15

  • Lunes 20 de enero de 2014 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 16

  • Lunes 20 de enero de 2014 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 17

  • Lunes 20 de enero de 2014 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 18

  • Lunes 20 de enero de 2014 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 19

  • Lunes 20 de enero de 2014 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 20

  • Lunes 20 de enero de 2014 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 21

  • Lunes 20 de enero de 2014 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 22

  • Lunes 20 de enero de 2014 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 23

  • Lunes 20 de enero de 2014 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 24

  • Lunes 20 de enero de 2014 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 25

  • Lunes 20 de enero de 2014 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 26

  • Lunes 20 de enero de 2014 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 27

  • Lunes 20 de enero de 2014 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 28

    #F4516052F#

  • Lunes20deenerode2014 Primera Seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 29#I4515487I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

    Decreto 2311/2013

    Designaciones en la Subsecretara de Pla-nificacin y Gestin para la Integracin Nacional.

    Bs. As., 20/12/2013

    VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM: 0039195/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto N491 del 12 de marzo de 2002, las Deci-siones Administrativas Nros. 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias, 1 del 12 de enero de 2000 y sus modificato-rias, y lo solicitado por la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el expediente citado en el Visto, tramita la designacin de diversos agentes, como Asesores de la Planta de Gabinete en la SUBSECRETARIA DE PLANIFICA-CION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL de la SECRETARIA DE INTE-GRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

    Que por la Decisin Administrativa N477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modifi-catorias, se estableci la integracin de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabi-nete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, los que estarn integrados con el equivalente a la cantidad de Unida-des Retributivas que se detallan en la Pla-nilla Anexa al artculo 8 de la Decisin Ad-ministrativa N1 del 12 de enero de 2000 y sus modificatorias, sustitutiva de la Planilla similar Anexa al artculo 1 de la medida ci-tada en segundo trmino en el Visto de la presente medida.

    Que conforme al rgimen aludido, pro-cede efectuar las designaciones de D. Marcos Oscar ROJAS SANTINI (D.N.I. N 28.408.753) y de D. Daniel Fabin MARTINEZ (D.N.I. N 16.865.235) como Asesores de la Planta de Gabinete en la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIO-NAL de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con la asignacin de las Unidades Retributivas correspondientes.

    Que los agentes propuestos han efectuado una real y efectiva prestacin de servicios a partir del 5 de julio de 2013, por lo que procede efectuar sus designaciones con efectos a esa fecha.

    Que el Decreto N 491 del 12 de marzo de 2002 establece que toda designacin, asignacin de funciones, promocin y reincorporacin de personal, en el mbito

    de la Administracin Pblica, centraliza-da y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos ltimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento ser efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdiccin o Entidad co-rrespondiente.

    Que el Decreto N 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artculo 6, establece que los proyectos de decre-to que propicien designaciones, contra-taciones que no impliquen renovacin o prrroga, y reincorporacin de personal en el mbito de la Administracin Pblica Nacional debern ser acompaados por la documentacin detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N4 del 15 de marzo de 2002.

    Que los agentes de que se trata, han dado cumplimiento a lo establecido en el referi-do artculo 6 del Decreto N601/02 y su modificatorio reglamentario del Decreto N491/02.

    Que ha tomado la intervencin de su com-petencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

    Que la presente medida se dicta de con-formidad con lo dispuesto en el artculo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo establecido por el artculo 1 del Decreto N491/02.

    Por ello,

    LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Danse por designados, a par-tir del 5 de julio de 2013, como Asesores en la Planta de Gabinete de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTE-GRACION NACIONAL de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a los seo-res D. Marcos Oscar ROJAS SANTINI (D.N.I. N 28.408.753) y D. Daniel Fabin MARTINEZ (D.N.I. N 16.865.235), cada uno de ellos con una asignacin total equivalente a la cantidad de MIL QUINIENTAS (1500) Unidades Retribu-tivas mensuales.

    Art. 2 El gasto que demande el cum-plimiento de lo dispuesto precedentemente se imputar con cargo a los crditos de las parti-das especficas del presupuesto vigente de la Jurisdiccin 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

    Art. 3 Comunquese, publquese, dse a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archvese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich.

    #F4515487F#

    XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI) solicita la prrroga de las designaciones transitorias aludidas.

    Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asig-nados al INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI) por las Leyes Nros. 24.515 y 25.672.

    Que la cobertura de los cargos referidos no constituye asignacin de recurso extraordi-nario alguno, contndose con el crdito necesario.

    Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ha tomado la intervencin que le compete.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artculo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y en funcin de lo dispuesto por el artculo 1 del Decreto N491/02.

    Por ello,

    LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Danse por prorrogadas, a partir del 19 de marzo de 2013 y por el trmino de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles, contados a partir de la fecha del presente acto, las desig-naciones transitorias efectuadas en cargos de planta permanente del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N2098/08, efectuadas en el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado de la SE-CRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, por el Decreto N1450/10 y prorrogadas por su similar N995/12, conforme el detalle obrante en la planilla que como Anexo forma parte integrante del presente acto.

    Art. 2 Los cargos involucrados en el presente decreto debern ser cubiertos de confor-midad con los requisitos y sistemas de seleccin vigentes segn lo establecido, respectivamente, en los Ttulos II, Captulos III y IV, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles, contados a partir de la fecha del presente acto.

    Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de este acto ser atendido con cargo a las partidas especficas del presupuesto asignado a la Entidad 202 - INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMA-NOS.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y arch-vese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Julio C. Alak.

    ANEXO

    MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

    SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

    INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI)

    Apellido y Nombre Documento N Nivel y Grado Funcin

    CASTAEDA, Marilina Soledad 31.258.612 D - 0 Asistente Administrativa

    CORTIAS, Diego Gonzalo 25.001.498 D - 0 Asistente Administrativo

    FACHAL, Mara Soledad 31.727.148 D - 0 Asistente Administrativa

    FIORAMONTI, Pablo Sebastin 27.902.792 D - 0 Asistente Administrativo de Compras y Contrataciones

    GIANOLI, Laila Agustina 32.401.859 D - 0 Asistente Administrativa

    MICHELUCCI, Romina Silvia 23.510.290 D - 0 Asistente Administrativa

    QUATRINI, Pablo Hugo 27.434.681 D - 0 Asistente Administrativo

    RELA Y BORSANI, Marcela Alejandra 23.454.947 D - 0 Asistente Administrativa

    TORNE, Micaela 34.682.688 D - 0 Asistente Administrativa

    #F4515480F#

    #I4515480I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

    Decreto 33/2014

    Danse por prorrogadas designaciones en el Instituto Nacional contra la Discrimina-cin, la Xenofobia y el Racismo.

    Bs. As., 13/1/2014

    VISTO el Expediente NS04:0011308/2013 del registro del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERE-CHOS HUMANOS; los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2098 del 3 de diciem-bre de 2008, 1450 del 12 de octubre de 2010 y 995 del 26 de junio de 2012, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el Decreto N1450/10 se efectuaron las designaciones transitorias en cargos de planta permanente del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XE-NOFOBIA Y EL RACISMO (INADI) de los agentes que se detallan en el Anexo al presente decreto, prorrogadas por su similar N995/12.

    Que por razones de ndole operativa no se ha podido tramitar el proceso de seleccin para las coberturas de los cargos en cuestin, a que se refiere el artculo 3 del Decreto N995/12, razn por la cual el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA

    #I4515481I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

    Decreto 34/2014

    Dase por prorrogada designacin en la Unidad de Informacin Financiera.

    Bs. As., 13/1/2014

    VISTO el Expediente NS04:0015138/2012 del registro de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA del MINISTERIO DE JUS-TICIA Y DERECHOS HUMANOS, los De-cretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2098 del 3 de diciembre de 2008 y 1943 del 15 de octubre de 2012, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el Decreto N 1943/12 se efec-tu la designacin transitoria del contador pblico Carlos Enrique BARBERIS (D.N.I. N5.334.494), en un cargo Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Secto-rial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologa-

    do por el Decreto N2098/08, de la planta permanente de la UNIDAD DE INFORMA-CION FINANCIERA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, para cumplir funciones de Responsable General de Anlisis.

    Que por razones de ndole operativa no se ha podido tramitar el proceso de seleccin para la cobertura del cargo ocupado tran-sitoriamente, razn por la cual el citado Ministerio solicita la prrroga de la referida designacin transitoria.

    Que a los efectos de implementar la prrro-ga de la mencionada designacin transito-ria, resulta necesario disponer la cobertu-ra del cargo con carcter de excepcin a los requisitos mnimos de acceso al Nivel A, establecidos en el artculo 14 del cita-do Convenio y con carcter de excepcin a lo dispuesto en el inciso f) del artculo 5 del Anexo a la Ley Marco de Regulacin de Empleo Pblico Nacional N25.164.

    Que el presente acto tiene por objeto ase-gurar el cumplimiento de los objetivos asig-nados a la UNIDAD DE INFORMACION FI-NANCIERA.

  • Lunes20deenerode2014 Primera Seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 30Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS del citado Ministerio ha tomado la intervencin que le compete.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artculo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y del artculo 1 del Decreto N491/02.

    Por ello,

    LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Dase por prorrogada, a partir del 30 de junio de 2013 fecha de su vencimiento y por el trmino de CIENTO OCHENTA (180) das h-biles contados a partir de la fecha del presente de-creto la designacin transitoria del contador pbli-co Carlos Enrique BARBERIS (D.N.I. N5.334.494), en un cargo Nivel A - Grado 0 del Convenio Co-lectivo de Trabajo Sectorial del personal del SIS-TEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N2098/08, efectuada por conducto del Decreto N1943/12, en la plan-ta permanente de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DE-RECHOS HUMANOS, para cumplir funciones de Responsable General de Anlisis, con autorizacin excepcional por no reunir los requisitos mnimos de acceso al Nivel A establecidos en el artculo 14 del mencionado plexo normativo y con carcter de excepcin a lo dispuesto en el inciso f) del artculo 5 del Anexo a la Ley Marco de Regulacin de Em-pleo Pblico Nacional N25.164.

    Art. 2 El cargo involucrado en la presente medida deber ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de seleccin vigentes se-gn lo establecido, respectivamente, en los Ttulos II, Captulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NA-CIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homolo-gado por el Decreto N2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles contados a partir de la fecha del presente decreto.

    Art. 3 El gasto que demande el cumplimien-to del presente ser atendido con los crditos asignados a la Jurisdiccin 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Servicio Administrativo Financiero N670 - UNIDAD DE IN-FORMACION FINANCIERA.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y archve-se. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Julio C. Alak.

    #F4515481F#

    #I4515482I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

    Decreto 35/2014

    Dase por prorrogada designacin en la Comisin Fiscalizadora.

    Bs. As., 13/1/2014

    VISTO el Expediente N S04:0004709/2012 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 1119 del 6 de julio de 2012 y 52 del 22 de enero de 2013, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el Decreto N1119/12, prorrogado por su similar N 52/13, se design tran-sitoriamente al licenciado Eduardo David

    ARAUJO DUFFY (D.N.I. N21.930.083), en un cargo Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO (SINEP), homologado por el Decreto N2098/08, de la planta permanente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, para cumplir las funciones de control en la Comisin Fiscalizadora del Ministerio indicado, de conformidad a lo establecido en el artculo 11 de la Ley N23.283, complementada por su similar N23.412.

    Que por razones de ndole operativa no se ha podido tramitar el proceso de seleccin para la cobertura del cargo en cuestin, ra-zn por la cual el referido Ministerio solicita una nueva prrroga de la designacin tran-sitoria aludida.

    Que se cuenta con el crdito necesario en el presupuesto del mencionado Ministerio para atender el gasto resultante de la medi-da que se aprueba por el presente.

    Que ha tomado intervencin el servicio permanente de asesoramiento jurdico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artculo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y del artculo 1 del Decreto N491/02.

    Por ello,

    LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Dase por prorrogada, a par-tir del 13 de junio de 2013 fecha de su ven-cimiento y por el trmino de CIENTO OCHEN-TA (180) das hbiles contados a partir de la fecha del presente decreto, la designacin tran-sitoria del licenciado Eduardo David ARAUJO DUFFY (D.N.I. N21.930.083), en un cargo Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N2098/08, de la planta perma-nente de la SUBSECRETARIA DE COORDINA-CION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERE-CHOS HUMANOS, dispuesta por conducto del Decreto N1119/12, prorrogado por su similar N52/13, para cumplir las funciones de control en la Comisin Fiscalizadora del Ministerio in-dicado, de conformidad a lo establecido en el artculo 11 de la Ley N23.283, complementada por su similar N23.412.

    Art. 2 El cargo involucrado en este acto deber ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de seleccin vigentes, segn lo es-tablecido, respectivamente, en los Ttulos II, Captulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), ho-mologado por el Decreto N 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) das h-biles contados a partir de la fecha del presente decreto.

    Art. 3 El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida ser atendido con los crditos asignados a la Jurisdiccin 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HU-MANOS.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y archvese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Julio C. Alak.

    #F4515482F#

    de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERE-CHOS HUMANOS; los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2098 del 3 de diciem-bre de 2008 y 1673 del 12 de septiembre de 2012, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el Decreto N1673/12 se efectu la designacin transitoria en un cargo de plan-ta permanente del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENO-FOBIA Y EL RACISMO (INADI) del seor doctor Pacfico RODRIGUEZ VILLAR (D.N.I. N20.396.648).

    Que por razones de ndole operativa no se ha podido tramitar el proceso de seleccin para la cobertura del cargo en cuestin, a que se refiere el artculo 3 del Decreto N1673/12, razn por la cual el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENO-FOBIA Y EL RACISMO (INADI) solicita la prrroga de la designacin transitoria aludida.

    Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asig-nados al INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI) por las Leyes Nros. 24.515 y 25.672.

    Que la cobertura del cargo referido no constituye asignacin de recurso extraordinario alguno, contndose con el crdito necesario.

    Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ha tomado la intervencin que le compete.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artculo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y en funcin de lo dispuesto por el artculo 1 del Decreto N491/02.

    Por ello,

    LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Dase por prorrogada, a partir del 7 de junio de 2013, fecha de su vencimiento, y por el trmino de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles, contados a partir de la fecha del presente acto, la designacin transitoria efectuada en el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINA-CION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS por el Decreto N1673/12, conforme Anexo adjunto y autorizndose el correspondiente pago de la Funcin Eje-cutiva Nivel IV.

    Art. 2 El cargo involucrado en el presente decreto deber ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de seleccin vigentes segn lo establecido, respectivamente, en los Ttulos II, Captulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles, contados a partir de la fecha del presente acto.

    Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de este acto ser atendido con cargo a las partidas especficas del presupuesto asignado a la Entidad 202 - INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMA-NOS.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y arch-vese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Julio C. Alak.

    ANEXO

    MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

    SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

    INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO(INADI)

    Apellido y Nombres Documento N Nivel y Grado FuncinPrrroga desde

    RODRIGUEZ VILLAR, Pacfico 20.396.648 A - 0F.E. IV Director de Asuntos Jurdicos 07/06/13

    #F4515483F#

    #I4515483I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

    Decreto 36/2014

    Dase por prorrogada designacin del Director de Asuntos Jurdicos en el Instituto Na-cional contra la Discriminacin, la Xenofobia y el Racismo.

    Bs. As., 13/1/2014

    VISTO el Expediente NS04:0023297/2013 del registro del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado

    #I4515484I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

    Decreto 37/2014

    Dase por prorrogada designacin en la Subsecretara de Coordinacin.

    Bs. As., 13/1/2014

    VISTO el Expediente NS04:0011407/2011 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 958 del 1 de julio de 2010, 1059 del 12 de julio de 2011 y 2070 del 29 de octubre de 2012, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el Decreto N 958/10, prorro-gado por sus similares Nros. 1059/11 y 2070/12, se efectu la designacin transi-

    toria del seor Fernando Nicols GIL (D.N.I. N28.323.186), en un cargo Nivel D - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Secto-rial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologa-do por el Decreto N2098/08, en el mbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINA-CION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DE-RECHOS HUMANOS, para cumplir funcio-nes de Asistente Administrativo.

    Que por razones de ndole operativa no se ha podido tramitar el proceso de seleccin para la cobertura del cargo en cuestin, razn por la cual el MINISTERIO DE JUSTI-CIA Y DERECHOS HUMANOS solicita una prrroga de la designacin transitoria.

    Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objeti-vos asignados a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del citado Ministerio.

    Que se cuenta con el crdito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE JUSTI-

  • Lunes20deenerode2014 Primera Seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 31CIA Y DERECHOS HUMANOS para aten-der el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.

    Que ha tomado intervencin el servicio permanente de asesoramiento jurdico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artculo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y del artculo 1 del Decreto N491/02.

    Por ello,

    LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Dase por prorrogada, a partir del 14 de julio de 2013 fecha de su vencimien-to y por el trmino de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles, la designacin transitoria del seor Fernando Nicols GIL (D.N.I. N28.323.186), en un cargo Nivel D - Grado 0 del Convenio Colec-tivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTE-MA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N2098/08, de la planta permanente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE JUSTI-CIA Y DERECHOS HUMANOS, dispuesta por conducto del Decreto N 958/10, prorrogado por sus similares Nros. 1059/11 y 2070/12, para cumplir funciones de Asistente Administrativo.

    Art. 2 El cargo involucrado en este acto deber ser cubierto de conformidad con los re-quisitos y sistemas de seleccin vigentes, segn lo establecido, respectivamente, en los Ttulos II, Captulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N 2098/08, den-tro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles contados a partir del 14 de julio de 2013.

    Art. 3 El gasto que demande el cum-plimiento de este acto ser atendido con cargo a las partidas especficas del presupuesto de la Jurisdiccin 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y archvese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Julio C. Alak.

    #F4515484F#

    #I4515486I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

    Decreto 39/2014

    Dase por prorrogada designacin en la Unidad de Informacin Financiera.

    Bs. As., 13/1/2014

    VISTO el Expediente NS04:0075741/2011 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 1131 del 11 de julio de 2012 y 494 del 6 de mayo de 2013, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el Decreto N1131/12, prorrogado por su similar N494/13, se efectu la de-

    signacin transitoria del doctor Diego Mi-guel GAMBA, en un cargo Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Secto-rial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologa-do por el Decreto N2098/08, de la planta permanente de la UNIDAD DE INFORMA-CION FINANCIERA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, para cumplir funciones de Asesor Jurdico Prin-cipal.

    Que por razones de ndole operativa no se ha podido tramitar el proceso de seleccin para la cobertura del cargo en cuestin, razn por la cual el MINISTERIO DE JUSTI-CIA Y DERECHOS HUMANOS, solicita una nueva prrroga de la designacin transito-ria aludida.

    Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA.

    Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS del mencionado Minis-terio ha tomado la intervencin que le compete.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artculo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y del artculo 1 del Decreto N491/02.

    Por ello,

    LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Dase por prorrogada, a par-tir del 24 de junio de 2013 fecha de su ven-cimiento y por el trmino de CIENTO OCHEN-TA (180) das hbiles contados a partir de la fecha del presente decreto la designacin tran-sitoria del doctor Diego Miguel GAMBA (D.N.I. N25.142.222), en un cargo Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N 2098/08, de la planta permanente de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, dispuesta por conducto del De-creto N 1131/12, prorrogado por su similar N 494/13, para cumplir funciones de Asesor Jurdico Principal.

    Art. 2 El cargo involucrado en la presen-te medida deber ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de seleccin vi-gentes, segn lo establecido, respectivamen-te, en los Ttulos II, Captulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decre-to N 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles contados a partir de la fecha del presente decreto.

    Art. 3 El gasto que demande el cum-plimiento de este acto ser atendido con cargo a las partidas especficas del presupuesto de la Jurisdiccin 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Servicio Administrati-vo Financiero N670 - UNIDAD DE INFORMA-CION FINANCIERA.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y archvese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Julio C. Alak.

    #F4515486F#

    PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N39 del 18 de marzo de 2010, las Disposiciones de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL N368 del 20 de octubre de 2011, N381 del 24 de octubre de 2011 y N417 del 17 de septiembre de 2012, y

    CONSIDERANDO:

    Que mediante el Decreto N 491 del 12 de marzo de 2002 se estableci, entre otros aspectos, que toda designacin de personal en el mbito de la Administracin Pblica, centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente ser efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdiccin corres-pondiente.

    Que por la Decisin Administrativa N1049/11, se excepta a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL de la prohibicin contenida en el artculo 7 de la Ley N26.546, prorro-gada en los trminos del Decreto N2053/10 y complementada por el Decreto N2054/10 a los efectos de posibilitar la cobertura de CIENTO CINCO (105) cargos vacantes y finan-ciados de la planta permanente, a travs de los procedimientos de seleccin establecidos por el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N2098/08.

    Que por la Resolucin N39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprob el Rgimen de Seleccin de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

    Que en el Anexo I de la Disposicin N368/11 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la rbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se designaron a los integrantes de los Comits de Seleccin para la co-bertura de CIENTO CINCO (105) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante el Rgimen de Seleccin de Personal aprobado por la Resolucin N39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

    Que por la Disposicin N381/11 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Or-ganismo Descentralizado actuante en la rbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANS-PORTE, se convoc al proceso de seleccin de personal para cubrir OCHENTA Y DOS (82) cargos vacantes financiados y se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comits de Seleccin designados.

    Que los integrantes del Comit de Seleccin han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto N2098/08 y con los procedimientos de seleccin establecidos por la Resolu-cin N39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

    Que por Disposicin N417/12 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Orga-nismo Descentralizado actuante en la rbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANS-PORTE, se aprob el Orden de Mrito elevado por el Comit de Seleccin N1 respecto de los postulantes para cada uno de los cargos y con sus respectivos puntajes, que se consignan en el Anexo I de la citada Disposicin.

    Que el artculo 24 del Anexo del Decreto N 2098/08 dispone que todo ingreso del personal se realiza en el grado y tramo inicial del nivel escalafonario del Agru-pamiento correspondiente al puesto de trabajo para el que fuera seleccionado y que, cuando el rgano selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podr recomendar su incorporacin en el grado siguiente al establecido precedentemente.

    Que por Acta N9 del 28 de agosto de 2012 el Comit Selector N1 recomienda, la incor-poracin en el grado UNO (1) del nivel escalafonario del agrupamiento correspondiente, segn el caso, para aquellos postulantes que, habiendo arribado a esa instancia, tomen posesin del cargo bajo concurso, como consecuencia de las condiciones de idoneidad especialmente relevantes demostradas por los candidatos, situacin que se ha visto re-flejada al afrontar las exigencias impuestas en todas y cada una de las etapas que com-ponen el proceso de seleccin.

    Que la designacin en el aludido cargo no constituye asignacin de recurso extraordina-rio alguno.

    Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artculo 6 del Decreto N601 del 11 de abril de 2002.

    Que han tomado la intervencin que les compete la DIRECCION DE ASUNTOS LEGA-LES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artculo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el artculo 1 del Decreto N491/02 y a lo dispuesto por los artculos 7 y 10 de la Ley N26.784.

    Por ello,

    LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Exceptase a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Des-centralizado actuante en la rbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, de lo dispues-to por el artculo 7 de la Ley N26.784, al solo efecto de posibilitar la cobertura del cargo vacante financiado, cuyo detalle obra en el ANEXO del presente.

    Art. 2 Desgnase a la persona que se menciona en el aludido ANEXO que forma parte del presente Decreto, en el Agrupamiento, Nivel, Tramo y Grado escalafonario correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N 2098/08, en la Dependencia de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL que all se detalla.

    Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida ser atendido con cargo a las partidas especficas del presupuesto vigente de la Jurisdiccin 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 203 - AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dse a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archvese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Anbal F. Randazzo.

    #I4515712I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

    Decreto 2312/2013

    Designacin en la Direccin de Capacitacin y Campaas Viales.

    Bs. As., 20/12/2013

    VISTO el Expediente NS02:0014231/2011, Cuerpos I y II del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la rbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley N26.784, el Decreto N2098 del 3 de diciembre de 2008 que homolog el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del Perso-nal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), la Decisin Administrativa N1049 del 17 de octubre de 2011 y la Resolucin de la ex SECRETARIA DE LA GESTION

  • Lunes20deenerode2014 Primera Seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 32ANEXO

    AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

    Dependencia: Direccin de Capacitacin y Campaas Viales.

    Nombre y Apellido

    DNI N Agrupamiento Tramo Nivel Grado Cargo Cdigo

    NOGUEIRA, Santiago Manuel

    32.313.095 Profesional General C 1

    Profesional Analista de Diseo y

    Comunicacin

    2011-000833-SEGVIA-P-SI-X-C

    #F4515712F#

    #I4515713I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

    Decreto 2313/2013

    Designacin en la Direccin de Sistema Nacional de Licencias de Conducir.

    Bs. As., 20/12/2013

    VISTO el Expediente NS02:0014266/2011, Cuerpos I y II del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la rbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley N26.784, el Decreto N2098 del 3 de diciembre de 2008 que homolog el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del Perso-nal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), la Decisin Administrativa N1049 del 17 de octubre de 2011 y la Resolucin de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N39 del 18 de marzo de 2010, las Disposiciones de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL N368 del 20 de oc-tubre de 2011, N381 del 24 de octubre de 2011 y N417 del 17 de septiembre de 2012, y

    CONSIDERANDO:

    Que mediante el Decreto N 491 del 12 de marzo de 2002 se estableci, entre otros aspectos, que toda designacin de personal en el mbito de la Administracin Pblica, centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente ser efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdiccin corres-pondiente.

    Que por la Decisin Administrativa N1049/11, se excepta a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL de la prohibicin contenida en el artculo 7 de la Ley N26.546, prorro-gada en los trminos del Decreto N2053/10 y complementada por el Decreto N2054/10 a los efectos de posibilitar la cobertura de CIENTO CINCO (105) cargos vacantes y finan-ciados de la planta permanente, a travs de los procedimientos de seleccin establecidos por el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N2098/08.

    Que por la Resolucin N39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprob el Rgimen de Seleccin de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

    Que en el Anexo I de la Disposicin N368/11 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la rbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se designaron a los integrantes de los Comits de Seleccin para la cobertu-ra de CIENTO CINCO (105) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante el Rgimen de Seleccin de Personal aprobado por la Resolucin N39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

    Que por la Disposicin N381/11 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Or-ganismo Descentralizado actuante en la rbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANS-PORTE, se convoc al proceso de seleccin de personal para cubrir OCHENTA Y DOS (82) cargos vacantes financiados y se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comits de Seleccin designados.

    Que los integrantes del Comit de Seleccin han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto N2098/08 y con los procedimientos de seleccin establecidos por la Resolu-cin N39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

    Que por Disposicin N417/12 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Orga-nismo Descentralizado actuante en la rbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANS-PORTE, se aprob el Orden de Mrito elevado por el Comit de Seleccin N1 respecto de los postulantes para cada uno de los cargos y con sus respectivos puntajes, que se consignan en el Anexo I de la citada Disposicin.

    Que el artculo 24 del Anexo del Decreto N2098/08 dispone que todo ingreso del perso-nal se realiza en el grado y tramo inicial del nivel escalafonario del Agrupamiento corres-pondiente al puesto de trabajo para el que fuera seleccionado y que, cuando el rgano selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podr recomendar su incorporacin en el grado siguiente al establecido precedentemente.

    Que por Acta N9 del 28 de agosto de 2012 el Comit Selector N1 recomienda, la incor-poracin en el grado UNO (1) del nivel escalafonario del agrupamiento correspondiente, segn el caso, para aquellos postulantes que, habiendo arribado a esa instancia, tomen posesin del cargo bajo concurso, como consecuencia de las condiciones de idoneidad especialmente relevantes demostradas por los candidatos, situacin que se ha visto re-flejada al afrontar las exigencias impuestas en todas y cada una de las etapas que com-ponen el proceso de seleccin.

    Que la designacin en el aludido cargo no constituye asignacin de recurso extraordina-rio alguno.

    Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artculo 6 del Decreto N601 del 11 de abril de 2002.

    Que han tomado la intervencin que les compete la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCION GENE-RAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artculo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el artculo 1 del Decreto N491/02 y a lo dispuesto por los artculos 7 y 10 de la Ley N26.784.

    Por ello,

    LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Exceptase a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Des-centralizado actuante en la rbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, de lo dispues-to por el artculo 7 de la Ley N26.784, al solo efecto de posibilitar la cobertura del cargo vacante financiado, cuyo detalle obra en el ANEXO del presente.

    Art. 2 Desgnase a la persona que se menciona en el aludido ANEXO que forma parte del presente Decreto, en el Agrupamiento, Nivel, Tramo y Grado escalafonario correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N 2098/08, en la Dependencia de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL que all se detalla.

    Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida ser atendido con cargo a las partidas especficas del presupuesto vigente de la Jurisdiccin 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 203 - AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dse a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archvese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Anbal F. Randazzo.

    ANEXOMINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

    AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

    Direccin Nacional de Licencias de Conducir y Antecedentes de Trnsito

    Dependencia: Direccin de Sistema Nacional de Licencias de Conducir

    Nombre y Apellido

    DNI N Agrupamiento Tramo Nivel Grado Cargo Cdigo

    ACEBEDO, Marisol

    23.123.721 Profesional General C 1

    Profesional Responsable de Imagen e

    Infraestructura de los Centros

    de Expedicin de Licencias (C.E.L.)

    2011-000846-SEGVIA-P-SI-X-C

    #F4515713F#

    #I4515731I#HUESPEDES OFICIALES

    Decreto 43/2014

    Convaldase el tratamiento de Huspedes Oficiales del Gobierno argentino acorda-do al seor Presidente de la Repblica del Paraguay y acompaante.

    Bs. As., 14/1/2014

    VISTO el Expediente N45.649/2013 del Regis-tro del MINISTERIO DE RELACIONES EX-TERIORES Y CULTO, y

    CONSIDERANDO:

    Que entre los das 10 y 11 de setiembre de 2013 visit la REPUBLICA ARGENTINA el seor Presidente de la REPUBLICA DEL PARAGUAY, D. Horacio Manuel CARTES JARA, acompaado por el seor Ministro de Relaciones Exteriores, D. Eladio LOI-ZAGA.

    Que por el expediente citado en el Visto tramita la recomendacin del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO de convalidar el tratamiento de Huspedes Oficiales acordado a las autoridades de la REPUBLICA DEL PARAGUAY referidas en el prrafo anterior durante su permanencia en la Repblica.

    Que la Declaracin de Husped Oficial se encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artculo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

    Por ello,

    LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Convaldase el tratamiento de Huspedes Oficiales del Gobierno argentino acordado al seor Presidente de la REPUBLICA

    DEL PARAGUAY, D. Horacio Manuel CARTES JARA, acompaado por el seor Ministro de Relaciones Exteriores, D. Eladio LOIZAGA du-rante su permanencia en la Repblica entre los das 10 y 11 de setiembre de 2013.

    Art. 2 Atindanse los gastos derivados del presente decreto con cargo al presupuesto correspondiente a la Jurisdiccin 35 - MINISTE-RIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

    Art. 3 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y archvese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Hctor M. Timerman.

    #F4515731F#

    #I4515730I#SECRETARIA DE CULTURA

    Decreto 42/2014

    Dase por prorrogada designacin en la Direccin General de Gestin Administra-tiva y Asuntos Jurdicos.

    Bs. As., 14/1/2014

    VISTO el expediente N7994/13 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRE-SIDENCIA DE LA NACION, y el Decreto N434 de fecha 22 de abril de 2013, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el Decreto N434/13 fue prorro-gada en ltimo trmino la designacin con carcter transitorio del funcionario de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESI-DENCIA DE LA NACION, Prof. Marcelo Daniel FRANJI, en un cargo Nivel B, Grado 0, Funcin Ejecutiva IV, como COORDINA-DOR DE GESTION OPERATIVA de la DI-RECCION GENERAL DE GESTION ADMI-NISTRATIVA Y ASUNTOS JURIDICOS.

    Que, no habiendo podido procederse a la cobertura del mencionado cargo en forma

  • Lunes20deenerode2014 Primera Seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 33definitiva, y mantenindose vigentes las ra-zones que dieron lugar al dictado del De-creto N434/13, la SECRETARIA DE CUL-TURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha solicitado se prorrogue la designacin del citado funcionado, en los mismos tr-minos del nombramiento original, que fuera dispuesto por el Decreto N225/10.

    Que ha tomado la intervencin que le compete la DIRECCION DE ASUNTOS JU-RIDICOS del organismo de origen.

    Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artculo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de conformidad con lo dispuesto por el artculo 1 del Decreto N491/02.

    Por ello,

    LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Dase por prorrogada, desde su vencimiento, a partir del da 29 de junio de 2013, y por el trmino de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles, la designacin transito-ria del Prof. Marcelo Daniel FRANJI (DNI N 18.286.374), como COORDINADOR DE GES-TION OPERATIVA de la DIRECCION GENERAL DE GESTION ADMINISTRATIVA Y ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en un cargo de la Planta Permanente Nivel B, Grado 0, autorizndose el correspondiente pago de la Funcin Ejecutiva IV, del Sistema Nacional de Empleo Pblico (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial ho-mologado por Decreto N 2098/08, cuya de-signacin original fuera realizada por el Decre-to N 225/10 y prorrogada en ltimo trmino por su similar N 434/13, con autorizacin excepcional por no reunir los requisitos mni-mos establecidos en el artculo 14 del citado Convenio.

    Art. 2 El cargo involucrado deber ser cu-bierto conforme los requisitos y sistemas de se-leccin vigentes segn lo establecido, respecti-vamente, en los Ttulos II, Captulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Pblico (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles contados a partir del da 29 de junio de 2013.

    Art. 3 El gasto que demande el cum-plimiento del presente decreto, se atender con cargo a las partidas especficas del presupues-to del ao en curso asignado a la Jurisdiccin 20 - 14 - SECRETARIA DE CULTURA de la PRE-SIDENCIA DE LA NACION.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y archvese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Anbal F. Randazzo.

    #F4515730F#

    #I4515485I#SINDICATURA GENERAL DE LA NACION

    Decreto 38/2014

    Red Federal de Control Pblico. Recono-cimiento.

    Bs. As., 13/1/2014

    VISTO el Expediente N 1500/2013-SG-CD-MEyS del Registro de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en la rbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley de Administracin Financiera y de los Siste-mas de Control del Sector Pblico Nacio-nal N 24.156 y sus modificaciones y los convenios y actas suscriptos para la con-formacin de la RED FEDERAL DE CON-TROL PUBLICO, y

    CONSIDERANDO:

    Que la Ley de Administracin Financiera y de los Sistemas de Control del Sector P-blico Nacional N24.156, crea en el artcu-lo 96 a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION como rgano rector del sistema

    de control interno del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

    Que el artculo 101 del mencionado cuer-po legal dispone que la autoridad superior de cada jurisdiccin o entidad dependiente del PODER EJECUTIVO NACIONAL ser responsable del mantenimiento y de un adecuado sistema de control interno que incluir los instrumentos de control previo y posterior incorporados en el plan de orga-nizacin y en los reglamentos y manuales de procedimiento de cada organismo y la auditora interna.

    Que el artculo 100 de la ley citada estable-ce que el sistema de control interno se con-forma por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, rgano normativo, de supervi-sin y coordinacin, y por las unidades de auditora interna que sean creadas en cada jurisdiccin y en las entidades que depen-dan del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

    Que asimismo, el citado artculo establece que las unidades de auditora interna de-penden, jerrquicamente, de la autoridad superior de cada organismo y actan coor-dinadas tcnicamente por la SINDICATU-RA GENERAL DE LA NACION.

    Que las instituciones que conforman los r-ganos gubernamentales de control del pas se comprometieron a la creacin de un em-prendimiento organizacional que integrara y complementara a las estructuras esta-tales de fiscalizacin y auditora, con el fin de evaluar el desempeo de los programas sociales ejecutados por las Jurisdicciones de carcter nacional, como respuesta a la emergencia social, compromiso que fue plasmado en el Convenio N 27 de 2002 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

    Que a partir del impulso de la SINDICATU-RA GENERAL DE LA NACION se concre-ta la integracin de la RED FEDERAL DE CONTROL PUBLICO.

    Que en el mes de abril de 2004 la RED FEDERAL DE CONTROL PUBLICO con-taba con la adhesin de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, de los MINIS-TERIOS DE DESARROLLO SOCIAL, DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SO-CIAL y DE EDUCACION y sus respectivas Unidades de Auditora Interna, OCHO (8) organismos de control provincial (SALTA, MISIONES, RIO NEGRO, ENTRE RIOS, LA PAMPA, LA RIOJA, CORDOBA Y SANTA CRUZ) y DOS (2) por la CIUDAD AUTONO-MA DE BUENOS AIRES.

    Que finalmente, el proceso de construc-cin de condiciones favorables hacia una integracin ms amplia y con alcance nacional, tuvo su culminacin en el acto celebrado en el Saln Blanco de la Casa de Gobierno el 28 de abril de 2004, opor-tunidad en la que, en presencia del enton-ces Presidente de la Nacin Argentina, Dr. Nstor Carlos KIRCHNER, se suscribi un convenio entre la Red Federal de Control Pblico y el Secretariado Permanente de Tribunales de Cuentas de la Repblica Ar-gentina.

    Que a partir de dicho acuerdo se produjo una progresiva adhesin a la RED FEDE-RAL DE CONTROL PUBLICO, que en la ac-tualidad se halla conformada por la SINDI-CATURA GENERAL DE LA NACION, SEIS (6) Ministerios Nacionales, VEINTIOCHO (28) rganos de control provincial y DOCE (12) municipales.

    Que desde su fecha de creacin hasta el presente, la RED FEDERAL DE CONTROL PUBLICO creci no slo desde el pun-to de vista de su integracin institucional sino tambin en la dimensin de su objeto de control, acompaando al ESTADO NA-CIONAL en el cambio de paradigma des-de un modelo asistencial a un modelo de inclusin social; es decir, hacia un diseo y aplicacin de polticas pblicas desde la perspectiva de derechos, que reconoce a las personas como titulares de derecho y no como beneficiarios y que postula la igualdad de oportunidades, erradicando el concepto de gasto social por el de inver-sin social.

    Que esta concepcin se encuentra inmer-sa en una corriente moderna que propicia prcticas de tica y responsabilidad so-cial de los funcionarios pblicos que par-ticipan del diseo y ejecucin de polticas pblicas, despojndose de limitaciones burocrticas, territoriales y de filosofas de control diferentes para llevar adelante ac-tividades enfocadas en la efectividad y el impacto de esas polticas.

    Que en ese marco, la estrategia de traba-jo delineada por el ESTADO NACIONAL se apoya en un abordaje territorial que comprende la dinmica propia de cada municipio, provincia o regin y supone la accin coordinada entre el Estado, las or-ganizaciones sociales y las comunidades. As, cada actor aporta su propia mirada, basada en saberes y haceres que nutren el desarrollo de las polticas y fortalecen la capacidad de gestin.

    Que all es donde reside una de las ma-yores fortalezas de la RED FEDERAL DE CONTROL PUBLICO y consiste en que los controles son realizados por tcnicos de cada provincia, conocedores de la realidad y problemticas locales, lo que posibilita la creacin de un mtodo articulado y federal para una labor ms eficaz, que atienda a las particularidades de cada regin.

    Que lo expuesto, permiti la construccin de un ambiente de control dado por una amplia cobertura territorial, por la dismi-nucin de los ciclos de auditora y por una mejor comunicacin entre los ejecutores y destinatarios de los programas sociales, integrando los controles con actividades a nivel provincial, municipal y comunitario.

    Que ello a su vez, ha permitido forjar lo que se denomina cultura de control, es decir, incorporar en cada uno de los individuos intervinientes la prctica diaria del con-trol integrado como una de las caracte-rsticas esenciales del sistema de control, permitiendo a cada una de las unidades ejecutoras conocer su situacin de parti-da y aprender de las debilidades y puntos fuertes en el proceso de cambio hacia la calidad en la prestacin de sus servicios.

    Que a lo largo de este desarrollo, en lo que hace a la faz tcnica, se fueron poniendo en prctica mtodos y herra-mientas de trabajo caractersticas de una actividad de control estructurada y coordinada, y en tal sentido, se cre el Comit de Auditora Federal (Organo de gobierno de la RED FEDERAL DE CON-TROL PUBLICO), mbito en el cual se tratan los aspectos operativos del con-trol, la planificacin y ejecucin de sus actividades y los estndares de calidad exigidos, entre otros.

    Que como producto de las decisiones y consensos all arribados se ha logrado contar con: un planeamiento documenta-do y formalmente aprobado desde el ao 2006; la peridica realizacin de jornadas tcnicas de capacitacin y de intercambio de experiencias adquiridas en las tareas de campo; la implementacin del Sistema de Seguimiento de Informes y Observaciones - SISIO RED FEDERAL, aplicacin desarro-llada por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y la edicin del Manual He-rramientas de Auditora de Programas So-ciales.

    Que bajo este esquema se ha logrado plasmar el objetivo estratgico planteado, respecto a que los controles y auditoras deben tener carcter concomitante, con-tributivo y formativo, favoreciendo el desa-rrollo de un control que agregue valor a la gestin y a los procesos de rendicin de cuentas.

    Que lo expuesto hace que la RED FEDE-RAL DE CONTROL PUBLICO se haya transformado en una importante actora del control a nivel nacional, siendo un instru-mento cuya relevancia, utilidad y vigencia, supera el marco de emergencia social para el que fue creado originalmente, siendo prueba de ello la reciente incorporacin de programas que abarcan otras reas de go-bierno y que atienden a necesidades que superan lo coyuntural.

    Que atento ello, en la reunin del Comit de Auditora Federal celebrada el 18 de mayo de 2012, se consider y se acord que la RED FEDERAL DE CONTROL PUBLICO coadyuve al mejoramiento y afianzamiento de las actividades de control, complemen-tando las estructuras estatales de fiscali-zacin y auditora, ms all del condicio-namiento temporal previsto en sus inicios.

    Que habida cuenta de la importancia de este instrumento de control, de su desa-rrollo y alcance nacional y de su aporte al cumplimiento de programas de gobierno considerados prioritarios en pos de la in-clusin social, se considera a la RED FE-DERAL DE CONTROL PUBLICO como una valiosa herramienta de integracin federal y de ordenamiento territorial y se torna ne-cesario que su actuacin perdure ms all de los motivos que originaron su constitu-cin.

    Que las autoridades superiores de cada una de las jurisdicciones nacionales invo-lucradas, en su carcter de responsables del mantenimiento de un adecuado siste-ma de control interno, han coadyuvado a llevar adelante la gestin de los planes y programas controlados, a fin de lograr los objetivos perseguidos.

    Que atento ello, las Unidades de Auditora Interna de los Ministerios Nacionales han incorporado a los planes de control de la RED FEDERAL DE CONTROL PUBLICO, aspectos que la respectiva autoridad supe-rior ha considerado necesario para verificar la adecuada implementacin de la poltica de inclusin social encarada por el Gobier-no Nacional.

    Que por otra parte, la fijacin de los crite-rios que rigen la gestin por parte de las re-feridas autoridades superiores ha facilitado la evaluacin de la eficacia de las acciones llevadas a cabo por los organismos.

    Que asimismo, no es posible soslayar que los Ministerios Nacionales integrantes de la RED FEDERAL DE CONTROL PUBLICO, representados por los Seores Ministros, constituyen una parte fundamental de esa organizacin.

    Que en ese orden de ideas, se estima con-veniente que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, cuyo titular ejerce, por mandato constitucional, la administracin general del pas, integre la RED FEDERAL DE CONTROL PUBLICO.

    Que en la reunin celebrada el 17 de junio de 2013 en la Ciudad de SAN SALVADOR DE JUJUY, Provincia de JUJUY, formali-zada mediante Acta Acuerdo N3 del re-gistro de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, se acord proponer al Comi-t de Auditora Federal la incorporacin del CONSEJO NACIONAL DE COORDI-NACION DE POLITICAS SOCIALES a la RED FEDERAL DE CONTROL PUBLICO, habida cuenta de su objetivo general de articular, planificar y coordinar estratgi-camente la poltica social del Gobierno Nacional, destinando sus acciones de manera directa a los organismos guber-namentales y no gubernamentales que integran su estructura y, de manera indi-recta, a toda la poblacin del pas con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la ciudadana.

    Que la Gerencia de Asuntos Jurdicos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION ha tomado la intervencin que le compete.

    Que el presente acto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artcu-lo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NA-CIONAL.

    Por ello,

    LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Reconcese a la RED FEDE-RAL DE CONTROL PUBLICO como instrumen-to de integracin federal y de ordenamiento territorial que contribuye al ejercicio del control de la gestin de los programas de inclusin so-

  • Lunes20deenerode2014 Primera Seccin BOLETIN OFICIAL N 32.809 34cial implementados y/o financiados por el Go-bierno Nacional.

    Art. 2 La RED FEDERAL DE CONTROL PUBLICO quedar integrada, segn se detalla en Anexo al presente artculo, por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por los MINIS-TERIOS DE DESARROLLO SOCIAL, DE TRA-BAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DE EDUCACION, DE SALUD, DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Y DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y las respectivas Unidades de Auditora Interna de cada Ministerio, por el CONSEJO NACIO-NAL DE COORDINACION DE POLITICAS SO-CIALES, por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y por los rganos de control provincia-les y municipales adheridos.

    Art. 3 Podrn adherir a la RED FEDERAL DE CONTROL PUBLICO todos aquellos orga-nismos pblicos de control cuya competencia comprenda los temas abordados por la men-cionada Red Federal.

    Art. 4 El rgano de gobierno de la RED FEDERAL DE CONTROL PUBLICO ser el Co-mit de Auditora Federal, integrado por repre-sentantes de cada uno de sus miembros, quien fijar su propio reglamento y estar presidido por la SINDICATURA GENERAL DE LA NA-CION.

    Art. 5 A fin de continuar con las acciones desarrolladas por la RED FEDERAL DE CON-TROL PUBLICO, en pos de la mejora continua de la gestin de los programas sociales, se le encomienda promover la instrumentacin de acuerdos de fortalecimiento de sus sistemas de control, partiendo de la experiencia recogida en los controles realizados, mediante el diseo y puesta en prctica de un conjunto determinado de acciones de mejora, con responsables de su ejecucin y plazos para su culminacin, que estarn sujetos al seguimiento por parte del r-gano de control local competente y la paulatina inclusin de indicadores de gestin e impacto de los programas auditados que permitan eva-luar la aplicacin y resultados de prcticas de responsabilidad social.

    Art. 6 Desgnase autoridad de aplicacin de la RED FEDERAL DE CONTROL PUBLICO a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

    Art. 7 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y archvese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Anbal F. Randazzo.

    ANEXO AL ARTICULO 2:

    INTEGRACION DE LA RED FEDERAL DE CONTROL PUBLICO

    JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

    SINDICATURA GENERAL DE LA NACION

    MINISTERIOS NACIONALES:

    MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

    MINISTERIO DE EDUCACION

    MINISTERIO DE SALUD

    MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SE-GURIDAD SOCIAL

    MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

    MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADE-RIA Y PESCA

    Unidades de Auditora Interna de cada Minis-terio mencionado precedentemente

    CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES

    ORGANISMOS PUBLICOS DE CONTROL LOCAL (OCL):

    Tribunales de Cuentas de las Provincias de:

    BUENOS AIRES, CATAMARCA, CORDO-BA, CORRIENTES, CHACO, CHUBUT, ENTRE RIOS, FORMOSA, JUJUY, LA PAMPA, LA RIO-JA, MENDOZA, MISIONES, NEUQUEN, RIO NEGRO, SAN JUAN, SAN LUIS, SANTA CRUZ, SANTA FE, SANTIAGO DEL ESTERO, TIERRA

    DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLAN-TICO SUR Y TUCUMAN.

    Otros rganos de Control:

    AUDITORIA GENERAL DE LA CIUDAD AUTO-NOMA DE BUENOS AIRES, AUDITORIA GENE-RAL DE LA PROVINCIA DE SALTA, DIRECCION GENERAL DE AUDITORIA DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN, SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, SINDICATURA GENERAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE Y SINDICATURA GENERAL DE LA PROVINCIA DE SALTA.

    Tribunales de Cuentas Municipales:

    ROSARIO (SANTA FE), TRELEW (CHUBUT), SALTA (SALTA), LA BANDA (SANTIAGO DEL ESTERO), LA RIOJA (LA RIOJA), RIO GRAN-DE (TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR), SAN CARLOS DE BARI-LOCHE (RIO NEGRO), SAN FRANCISCO (COR-DOBA), SAN LUIS (SAN LUIS), SANTA FE (SAN-TA FE), SANTIAGO DEL ESTERO (SANTIAGO DEL ESTERO) y GOBERNADOR INGENIERO VALENTIN VIRASORO (CORRIENTES).

    #F4515485F#

    DECISIONESADMINISTRATIVAS

    #I4516391I#TRANSPORTE FERROVIARIO

    Decisin Administrativa 16/2014

    Aprubase Contrato para el Suministro de Unidades Mltiples Disel, Repuestos, Herramientas, Documentacin Tcnica, Servicio Tcnico y Capacitacin Tcnica.

    Bs. As., 16/1/2014

    VISTO el Expediente NS02:0136778/2013 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

    CONSIDERANDO:

    Que con fecha 7 de junio de 1980, se cele-br el Convenio de Cooperacin Econmica entre el Gobierno de la REPUBLICA ARGEN-TINA y el Gobierno de la REPUBLICA POPU-LAR CHINA.

    Que con fecha 7 de noviembre de 1985, se suscribi el Protocolo Adicional al Convenio de Cooperacin Econmica antes mencio-nado entre el Gobierno de la REPUBLICA ARGENTINA y el Gobierno de la REPUBLICA POPULAR CHINA.

    Que con fecha 15 de noviembre de 1990, se celebr el Acuerdo para Promover la For-macin de Empresas Binacionales entre el Gobierno de la REPUBLICA ARGENTINA y el Gobierno de la REPUBLICA POPULAR CHINA.

    Que con fecha 29 de junio de 2004 se firm el ACTA FINAL DE LA XV REUNION DE LA CO-MISION MIXTA ECONOMICO COMERCIAL entre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPU-BLICA POPULAR CHINA, en la que se plas-m el inters de ambas partes con relacin a inversiones, colaboracin e intercambios.

    Que con fecha 16 de noviembre de 2004, se suscribi el MEMORANDUM DE EN-TENDIMIENTO SOBRE LA COOPERACION EN ACTIVIDADES FERROVIARIAS entre el MINISTERIO DE COMERCIO de la REPU-BLICA POPULAR CHINA y el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de la REPUBLICA ARGENTINA, en el que se acord apoyar y promover la participacin de empresas de ambos pases en el mejoramiento del siste-ma ferroviario.

    Que cabe sealar en esta instancia que me-diante el Decreto N2075 del 16 de octubre de 2002 se declar en estado de emergencia a la prestacin de los servicios emergentes de los contratos de concesin en vas de eje-

    cucin correspondientes al sistema pblico de transporte ferroviario de pasajeros de su-perficie y subterrneo del AREA METROPO-LITANA DE BUENOS AIRES.

    Que en virtud de la sancin de la Ley N26.352 de Reordenamiento de la Activi-dad Ferroviaria y con el objeto de profundizar las acciones que el PODER EJECUTIVO NA-CIONAL viene llevando a cabo a los fines de garantizar la prestacin de los servicios de transporte pblico ferroviario, en un contexto de sustentabilidad y donde se prioricen con-ceptos cualitativos tales como la seguridad y la operatividad, se requieren inversiones en renovacin del material tractivo y rodante para la Lnea BELGRANO SUR.

    Que con fecha 1 de noviembre de 2013 se suscribi el CONTRATO PARA EL SUMI-NISTRO DE UNIDADES MULTIPLES DIESEL (UMD), REPUESTOS, HERRAMIENTAS, DO-CUMENTACION TECNICA, SERVICIO TEC-NICO Y CAPACITACION TECNICA entre el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPOR-TE y CNR IMPORT & EXPORT CORPORA-TION LIMITED (CNR), empresa estatal de la REPUBLICA POPULAR CHINA.

    Que en el expediente consignado en el Visto de la presente medida se encuentran agre-gados sendos informes legales, tcnicos y econmicos que motivan y/o justifican la contratacin efectuada.

    Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervencin de su competencia.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artculo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y el artculo 35 inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administracin Fi-nanciera y de los Sistemas de Control del Sector Pblico Nacional N24.156 aprobado por el Decreto N1344 del 4 de octubre de 2007 y su modificatorio.

    Por ello,

    EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    Artculo 1 Aprubase el CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE UNIDADES MUL-TIPLES DIESEL (UMD), REPUESTOS, HERRA-MIENTAS, DOCUMENTACION TECNICA, SER-VICIO TECNICO Y CAPACITACION TECNICA suscripto el 1 de noviembre de 2013, entre el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y CNR IMPORT & EXPORT CORPORATION LIMI-TED (CNR), empresa estatal de la REPUBLICA POPULAR CHINA, que como ANEXO I en copia autenticada forma parte integrante de la presen-te medida.

    Art. 2 El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida ser atendido con los crditos asignados a la Jurisdiccin 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

    Art. 3 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y ar-chvese. Jorge M. Capitanich. Anbal F. Randazzo.

    NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) De-cisin Administrativa se publican en la edicin web del BORA www.boletinoficial.gov.ar y tambin podrn ser consultados en la Sede Central de esta Direccin Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autnoma de Buenos Aires).

    #F4516391F#

    #I4515715I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

    Decisin Administrativa 131/2013

    Dase por aprobada contratacin en la Coordinacin de Gabinete de Asesores.

    Bs. As., 27/12/2013

    VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM: 0043752/2013 del Registro de la JEFATU-

    RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulacin de Empleo Pblico Nacional N 25.164 reglamentada por el Decreto N1421 del 8 de agosto de 2002, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisin Administrativa N 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolucin de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

    CONSIDERANDO:

    Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobacin del contrato suscripto con fecha 28 de marzo de 2013, ad referndum del Jefe de Gabinete de Mi-nistros, celebrado entre el entonces titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COOR-DINACION ADMINISTRATIVA de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Nancy Carina RISO (D.N.I. N24.556.838) de acuerdo con las previsiones del Decreto N1421 del 8 de agosto de 2002.

    Que por el artculo 9 del Anexo I del de-creto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estar sujeta la contratacin del personal por tiempo determinado, aprobndose mediante la Resolucin de la ex SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplica-cin del mismo.

    Que la agente involucrada en la presente medida se encuentra afectada exclusiva-mente a la realizacin de actividades de carcter transitorio, de acuerdo con los tr-minos del artculo 9 del Anexo I del decre-to mencionado en primer trmino del Visto.

    Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decre-to N2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mnimos para el acceso a los distintos nive-les escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.

    Que la agente propuesta no cumple con los requisitos a que se alude en el prrafo precedente, no obstante y tal como sur-ge de los antecedentes curriculares de la misma, stos resultan atinentes al objeti-vo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realiz