resolucion administrativa n° 087- 2012-ana … · "alio de la integraci6n nacional y el...

3
Ministerio De Agricultura Autoridad Nacional Del Agua "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Peru" "Alio de la Integraci6n Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad" RESOLUCION ADMINISTRATIVA 0 8 7- 2012-ANA-ALACHRL EI Expediente Adl\linistrativo con Registro N° 990-2011-ANA-ALA.CHRL, presentado por la Empresa Miriera Los Quenu~les S.A., identificada con RUC 20332907990, representada por la senora MarcelcfCecilia Benitez Vasquez, identificada con DNI N° 07849920, quien solicita Autorizaci6n de Uso de Agua Superficial con fines de Ejecuci6n de Estudios de Exploraci6n Minera en el marco del "Proyecto Campoma", que se desarrollara en la concesi6n minera Yauliyacu 96, ubicado en el Distrito de Carampoma, Provincia de Huarochiri, Departamento de Lima; y, Que, la Ley de Recursos Hidricos - Ley N° 29338, en su Articulo 44°, establece que: Para usar el recurso agua, salvo el uso primario, se requiere contar con un derecho de uso otorgado por la Autoridad Administrativa del Agua con participaci6n del Consejo de Cuenca Regional 0 Interregional segun corresponda; la citada, norma dispone adem as, en su Primera· Disposici6n Complementaria Transitoria que, para los procedimientos que se inicien a partir de la entrada en vigencia de dicha Ley y en tanto se implementen las Autoridades Administrativas del Agua y el tribunal de Resoluci6n de Controversias Hidricas, las funciones de primera instancia seran asumidas por las Administraciones Locales de Agua; Que, la Ley de Recursos Hidricos - Ley N° 29338, en el Articulo 62° estipula que la Autorizaci6n de uso de agua es de plazo determinado, no mayor a 02 anos, mediante el cual la Autoridad Nacional del Agua, otorga al titular la facultad de usar c a cantidad anual de agua para cubrir las necesidades de agua derivadas 0 relacionadas voS a t tamente con 10 siguiente: a) Ejecuci6n de estudios, b) Ejecuci6n de obras y c) Lavado lng. EM GO e'§ elos; ~ OND N ~ ~s . CRUZ#, Que, el Reglamento de Procedimientos Administrativos para el '?'00NlOCII\. rgamiento de Derechos de Uso de Agua, aprobado con R.J. N° 579 - 2010 -ANA, dispone en el Numeral 1), del Artiqulo 35°, que la Autorizaci6n de Uso de Agua facultaa su titular el uso del agua para cubrir exclusivamente las necesidades de aguas derivadas o relacionadas con la ejecuci6n de estudios, ejecuci6n de obras 0 lavado de suelos; Que, con escrito de fecha 16 de Mayo del 2011, la Empresa Minera Los Quenuales S.A., mediante su apoderada, la senora Marcela Cecilia Benitez Vasquez, solicita Autorizaci6n de Uso de Agua Superficial con fines de Ejecuci6n de Estudios de Exploraci6n Minera en el marco del "Proyecto Campoma" que se desarrollara en la concesi6n minera Yauliyacu 96; remite con dicha solicitud la Memoria Descriptiva correspondiente, copias fotostaticas simples del RUC, del DNI de su apoderada, asi como copia certificada de la vigencia de la Personeri a Juridica ante la SUNARP, entre _ otros; Que, mediante Constancia de Aprobaci6n Automatica N° 032-2011-MEM- AAM de fecha 29 de Abril de 2011, la Direcci6n General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energia y Minas (DGAAM), aprob6 la Declaraci6n de Impacto Ambiental

Upload: ngoquynh

Post on 27-Sep-2018

222 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

MinisterioDe Agricultura

Autoridad NacionalDel Agua

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Peru""Alio de la Integraci6n Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad"

RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 087- 2012-ANA-ALACHRL

EI Expediente Adl\linistrativo con Registro N° 990-2011-ANA-ALA.CHRL,presentado por la Empresa Miriera Los Quenu~les S.A., identificada con RUC N°20332907990, representada por la senora MarcelcfCecilia Benitez Vasquez, identificadacon DNI N° 07849920, quien solicita Autorizaci6n de Uso de Agua Superficial con fines deEjecuci6n de Estudios de Exploraci6n Minera en el marco del "Proyecto Campoma", quese desarrollara en la concesi6n minera Yauliyacu 96, ubicado en el Distrito deCarampoma, Provincia de Huarochiri, Departamento de Lima; y,

Que, la Ley de Recursos Hidricos - Ley N° 29338, en su Articulo 44°,establece que: Para usar el recurso agua, salvo el uso primario, se requiere contar con underecho de uso otorgado por la Autoridad Administrativa del Agua con participaci6n delConsejo de Cuenca Regional 0 Interregional segun corresponda; la citada, norma disponeadem as, en su Primera· Disposici6n Complementaria Transitoria que, para losprocedimientos que se inicien a partir de la entrada en vigencia de dicha Ley y en tanto seimplementen las Autoridades Administrativas del Agua y el tribunal de Resoluci6n deControversias Hidricas, las funciones de primera instancia seran asumidas por lasAdministraciones Locales de Agua;

Que, la Ley de Recursos Hidricos - Ley N° 29338, en el Articulo 62°estipula que la Autorizaci6n de uso de agua es de plazo determinado, no mayor a 02anos, mediante el cual la Autoridad Nacional del Agua, otorga al titular la facultad de usar

c a cantidad anual de agua para cubrir las necesidades de agua derivadas 0 relacionadasvoSa t tamente con 10 siguiente: a) Ejecuci6n de estudios, b) Ejecuci6n de obras y c) Lavado

lng. EM GO e'§ elos;~ OND N ~~s . CRUZ#, Que, el Reglamento de Procedimientos Administrativos para el

'?'00NlOCII\. rgamiento de Derechos de Uso de Agua, aprobado con R.J. N° 579 - 2010 - ANA,dispone en el Numeral 1), del Artiqulo 35°, que la Autorizaci6n de Uso de Agua faculta asu titular el uso del agua para cubrir exclusivamente las necesidades de aguas derivadaso relacionadas con la ejecuci6n de estudios, ejecuci6n de obras 0 lavado de suelos;

Que, con escrito de fecha 16 de Mayo del 2011, la Empresa Minera LosQuenuales S.A., mediante su apoderada, la senora Marcela Cecilia Benitez Vasquez,solicita Autorizaci6n de Uso de Agua Superficial con fines de Ejecuci6n de Estudios deExploraci6n Minera en el marco del "Proyecto Campoma" que se desarrollara en laconcesi6n minera Yauliyacu 96; remite con dicha solicitud la Memoria Descriptivacorrespondiente, copias fotostaticas simples del RUC, del DNI de su apoderada, asicomo copia certificada de la vigencia de la Personeri a Juridica ante la SUNARP, entre _otros;

Que, mediante Constancia de Aprobaci6n Automatica N° 032-2011-MEM-AAM de fecha 29 de Abril de 2011, la Direcci6n General de Asuntos Ambientales Minerosdel Ministerio de Energia y Minas (DGAAM), aprob6 la Declaraci6n de Impacto Ambiental

MinisterioDe Agricultura

Autoridad NacionalDel Agua

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Peru""Ario de la Integraci6n Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad"

.", .~.

RESOLUCION ADMINISTRA T1VA N° () 81 ·2012·ANA·ALACHRL

(DIA) del Proyecto de Exploraci6n Campoma; documento que la autoriza a realizar lasactividades de exploraci6n minera;

Que, revisado el expediente administrativo, se advierte que contiene eldocumento emitido por la Comunidad Campesina San Mateo de Huanchor, en el que seindica que en reuni6n del dia sabado 19 de Febrero del 2011, por acuerdo unanime de laJunta Directiva, decidieron autorizar a la Empresa Minera Los Quenuales S.A., realizartrabajos de exploraci6n minera en los terrenos superficiales pertenecientes a suComunidad; al respecto, en la inspecci6n ocular de fecha 02 de setiembre del 2011 elPresidente de la Comunidad, manifest6 que los puntos de captaci6n de agua no afectanninguna actividad propia que se realice dentro de su ambito, conforme se hace referenciaen el punta 4.6, del informe Tecnico el Informe Tecnico N° 025-2011-ANA-ALA.CHRLNFD;

Que, el Informe Tecnico N° 025-2011-ANA-ALA.CHRLNFD, elaboradopor Personal Tecnico de esta Administraci6n Local de Agua, sefiala entre otros, que laEmpresa Minera Los Quenuales S.A. ha proyectado realizar Estudios de Exploraci6nMinera, a traves de la instalaci6n de veinte (20) plataformas de perforaci6n diamantina,para 10 cual requerira un volumen de agua de hasta 714,06 m3/afio, cuya captaci6n serealizara a raz6n de 0,253 lis de manera alternada desde tres (03) puntos: uno ubicado enla Laguna Shorca en la coordenada Datum WGS84 Zona 18: UTM Norte 8 707 003 , UTMEste 355 628 Y los otros dos ubicados en 02 quebradas sin nombre en las coordenadasDatum WGS84 Zona 18: UTM Norte 8 706 351 , UTM Este 355 958 ; UTM Norte 8 706822 , UTM Este 356 128, de acuerdo a la disponibilidad del recurso hidrico y la ubicaci6nde las plataformas de perforaci6n, ya que la disponibilidad del recurso hidrico de las

w>CIONALo. quebradas en menci6n, son de caracter temporal. Concluye el referido informe,~'t:» ~-1'a recomendando otorgar a la Empresa Minera Los Quenuales S.A., Autorizaci6n de Uso de

Vo~~o 0 ~, gua Superficial con fines de Ejecutar Estudios de Exploraci6n Minera, en el marco delS "6';0 G N ;: enominado "Proyecto Campoma" de acuerdo a la disponibilidad del recurso hidrico por'\ "Ni" UZ~ n periodo de doce (12) meses;

~ ~~ lOC"\-\)'<-

Que, el Informe Legal N° 384-2011-ANA/ ALA.CHRLlS EOM, de fecha 7 deDiciembre del 2011, elaborado por el Area Legal de la Administracion Local de Agua deChill6n Rimac Lurin, sefiala que examinados los documentos presentados, asi comoestando a la opini6n tecnica favorable de la Encargada de la Oficina de Enlace Rimac,que recomienda Autorizar el Uso del Agua Superficial, resulta procedente atender lasolicitud presentada por la Empresa recurrente, dentro del marco de 10 establecido en laLey de Recursos Hidricos - Ley W 29338 Y su Reglamento aprobado mediante DecretoSupremo W 001-201-AG; y,

Estando a 10 expuesto, en uso de las atribuciones sefialadas en la PrimeraDisposici6n Complementaria Transitoria de la Ley de Recursos Hidricos - Ley N° 29338,que establece que para los procedimientos que se inicien a partir de la entrada envigencia de dicha Ley y en tanto se implementen las Autoridades Administrativas del Aguay el Tribunal de Resoluci6n de Controversias Hidricas, las funciones de primera instanciaseran asumidas por las Administraciones Locales de Agua ( ... ); y su Reglamentoaprobado mediante Decreto Supremo N° 001-201 O-AG; el Reglamento de Organizaci6n yFunciones de la Autoridad Nacianal del Agua - ANA, aprobada par Decreta Supremo N°

MinisterioDe Agrieultura

Autoridad NaeionalDel Agua

Administraei6n Local deAgua Chjll6n Rimae Lurin

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Peru""Alio de la Integraci6n Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad"

RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° O~+.2012·ANA·ALACHRL

006-201 O-AG y, Resoluci6n Jefatural N° 605-2011-ANA, por el cual se design6 alAdministrador Local de Agua ChiI16n-Rimac-Lurin.

ARTICULO PRIMERO: AUTORIZAR a la Empresa Minera Los QuenualesSA, identificada con RUC N° 20332907990, el Uso de Agua Superficial proveniente de laLaguna Shorca y dos quebradas sin nombre, ubicados en la Cuenca del rio Rimac,Distrito de Carampoma, Provincia de Huarochiri, Departamento de Lima, por un volumende hasta 714,06 m3/ario, con fines de ejecutar Estudios de Exploraci6n Minera en elmarco del "Proyecto Campoma", recurso hidrico a ser captado de manera alternada desdetres puntos, ubicados en las coordenadas Datum WGS84 Zona 18: UTM Norte 8 707 003,UTM Este 355 628; UTM Norte 8 706 351, UTM Este 355 958 y UTM Norte 8 706 822,UTM Este 356 128, cuya prioridad de uso del punto de captaci6n sera de acuerdo a ladisponibilidad del recurso hidrico y la ubicaci6n de las plataformas de perforaci6n.

ARTICULO SEGUNDO: PRE CISAR a la Empresa recurrente que laAutorizaci6n otorgada sera por un plazo de doce (12) meses, que seran contados a partirde la notificaci6n de la presente resoluci6 n administrativa.

ARTICULO TERCERO: DISPONER que la Empresa recurrente quedao ligada al cumplimiento de las normas y disposiciones vigentes en materia de agua.

ARTICULO CUARTO: NOTIFIQUESE la presente Resoluci6n a laEmpresa recurrente para su cumplimiento, con arreglo a Ley.

SEOMcc.ESCANEADO ANAArchivo