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REPÚBLICA DE COLOMBIA LIBERTAD Y ORDEN INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES CONCURSO DE MÉRITOS No. SEACM 001 2008 OBJETO: INTERVENTORÍA TÉCNICA, JURÍDICA, ADMINISTRATIVA, OPERATIVA Y FINANCIERA AL CONTRATO DE CONCESIÓN NO 002 DE 2007 CONCESIÓN CORDOBA SUCRE.” CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y LA CONCESIONARIA AUTOPISTAS DE LA SABANA S.A. Bogotá, D. C. Mayo de 2008

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REPÚBLICA DE COLOMBIA LIBERTAD Y ORDEN

INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES

PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES

CONCURSO DE MÉRITOS No. SEA­CM­ 001 ­2008

OBJETO: INTERVENTORÍA TÉCNICA, JURÍDICA, ADMINISTRATIVA, OPERATIVA Y FINANCIERA AL CONTRATO DE CONCESIÓN NO 002 DE 2007 CONCESIÓN CORDOBA – SUCRE.” CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y LA CONCESIONARIA AUTOPISTAS DE LA SABANA S.A.

Bogotá, D. C. Mayo de 2008

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Concurso de Meritos No. SEA­ CM­ 001­2008 Proyecto de Pliego de Condiciones

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INTRODUCCIÓN

En virtud del principio de publicidad establecido en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y su Decreto Reglamentario 066 de 2008, el Instituto Nacional de Concesiones se permite presentar a continuación el Proyecto de Pliego de Condiciones para el presente proceso de selección.

El presente documento contiene la información particular del proyecto y las condiciones y requisitos del proceso de selección.

Los interesados deben conocer completamente los presentes Proyectos Pliegos de Condiciones, toda vez que al participar en la convocatoria para precalificar, se presume que tienen conocimiento de los mismos y de las modificaciones introducidas.

INCO agradece las sugerencias u observaciones al mismo, las cuales deben ser enviadas al correo electrónico: [email protected],[email protected] [email protected]

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TABLA DE CONTENIDO

CAPITULO I

1. INFORMACIÓN GENERAL

1.1 ESTUDIOS PREVIOS 1.2 ESTIMACION, TIPIFICACION Y ASIGNACION DE RIESGOS PREVISIBLES. 1.3 OBJETO 1.4 PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 1.5 DISPONIBILIDAD DE RECURSOS 1.6 PRESUPUESTO OFICIAL Y FORMA DE PAGO 1.7 ATENCIÓN ADMINISTRATIVA DEL INCO 1.8 CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES 1.9 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES 1.10 PROGRAMA PRESIDENCIAL “ LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN” 1.11 VEEDURÍAS CIUDADANAS

CAPITULO II

2. DOCUMENTOS, NORMATIVIDAD Y ACTOS APLICABLES 2.1 NORMATIVIDAD Y ACTOS APLICABLES 2.2 ACLARACIONES A LOS DOCUMENTOS 2.3 MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES 2.4. PREVALENCIA DE LOS INTERESES DEL INSTITUTO NACIONAL DE

CONCESIONES ­ INCO 2.5. REGLAS DE SUBSANABILIDAD. 2.6 APERTURA DE LAS PROPUESTAS 2.7 TÉRMINO PARA LA DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS 2.8 RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN

CAPITULO III

3. ETAPAS DEL CONCURSO DE MERITOS CON PRECALIFICACIÓN 3.1 CONVOCATORIA PÚBLICA 3.2 CONSULTA PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES Y ESTUDIOS PREVIOS 3.3 OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES 3.4 CONVOCATORIA PARA LA MANIFESTACIÓN DEL INTERÉS: 3.5 CONFORMACIÓN DE COMITÉ EVALUADOR 3.6 EVALUACION DE LAS MANIFESTACIONES DE INTERES 3.7 CONSULTA DEL INFORME DE PRECALIFICACIÓN (Traslado) 3.8 PUBLICACIÓN DE LA LISTA CORTA DEFINITIVA. 3.9 APERTURA DEL CONCURSO DE MERITOS Y PUBLICACIÓN DE LOS PLIEGOS

DE CONDICIONES DEFINITIVOS. 3.10 INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTAS 3.11 CIERRE DEL CONCURSO Y ENTREGA DE PROPUESTA TÉCNICA 3.12 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA

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3.13 CONSULTA DEL INFORME DEEVALUACIÓN TÉCNICA (Traslado) 3.14 APERTURA, REVISIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Y ADJUDICACIÓN

CAPITULO IV

4. PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS 4.1.1 IDENTIFICACIÓN Y ENTREGA DE LA PROPUESTA 4.2 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR 4.2.1 CONSULARIZACIÓN 4.2.2 APOSTILLE 4.3 TÍTULOS OBTENIDOS EN EL EXTERIOR 4.4 AUTORIZACION PARA EL EJERCICIO TEMPORAL DE LA PROFESION EN

COLOMBIA 4.5 INFORMACIÓN RESERVADA 4.6 REQUISITOS DE LOS PROPONENTES Y DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA 4.7 SOBRE No. 1 4.7.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA 4.7.2 PROPUESTA TECNICA 4.7.2.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA 4.7.2.2 PROPUESTA METODOLOGICA, PLAN Y CARGAS DE TRABAJO 4.7.2.3 PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO 4.7.2.4 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 4.7.3 CARTA DE INTENCION 4.7.4 RECIPROCIDAD. 4.8 SOBRE No. 2­ PROPUESTA ECONOMICA ­ 4.8.1 ASPECTOS A CONSIDERAR EN EL VALOR DE LA PROPUESTA 4.9 RETIRO DE LA PROPUESTA

CAPÍTULO V

5. CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 5.1 CIERRE DEL PLAZO DEL PROCESO DE SELECCIÓN – APERTURA DEL SOBRE

CRITERIOS DE CALIFICACION EXPERIENCIA ESPECÍFICA 5.2 OTRAS CONSIDERACIONES 5.3 CRITERIOS DE EVALUACION PROPUESTA METODOLOGICA GENERAL, PLAN Y

CARGAS DE TRABAJO. 5.4 CRITERIOS DE EVALUACION PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL

EQUIPO DE TRABAJO. 5.5 EVALUACIÓN DEL LA PARTICIPACIÓN DEL PROVEEDOR NACIONAL. 5.6 OTRAS CONSIDERACIONES 5.7 RECIPROCIDAD 5.8 ORDEN DE CALIFICACION DE LAS PROPUESTAS TECNICAS 5.9 APERTURA DEL SOBRE 2 ­ PROPUESTA ECONOMICA­ 5.9.1 ÚNICO PROPONENTE CALIFICADO CON PUNTAJE MÍNIMO 5.9.2 VARIOS PROPONENTES CALIFICADOS POR ENCIMA DEL PUNTAJE 5.10 AUDIENCIA PÚBLICA EN LA CUAL SE DARÁ A CONOCER EL ORDEN DE

CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS, APERTURA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA (SOBRE No. 2)

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5.11 CAUSALES PARA LA DECLARATORIA DE DESIERTA 5.12 RECHAZO DE LAS PROPUESTAS 5.13 PLAZO PARA DENUNCIAR EVENTUALES INCONSISTENCIAS QUE PUEDAN

CONSTITUIR FALTA A LA VERDAD 5.14 DEVOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS 5.15 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

CAPITULO VI CONDICIONES DEL CONTRATO

6.1 OBJETO 6.2 INFORMACIÓN PARA LA SUPERVISIÓN 6.2.1. PERSONAL PROFESIONAL OBLIGATORIO MÍNIMO ADICIONAL NECESARIO

PARA EL DESARROLLO DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA 6.2.1.1. Cantidad y cargos mínimos OBLIGATORIOS adicionales solicitados 6.2.1.2 Calidades del personal profesional 6.2.1.2.1 Residente Ambiental 6.2.1.2.2 Residente Técnico y Operativo 6.2.1.2.3 Especialistas 6.2.1.2.4 Abogado para Gestión Contractual 6.2.1.2.5 Profesional del área de aseguramiento o gestión de la calidad 6.2.1.2.6 Profesional en el área social 6.2.1.2.7 Auditor de Sistemas 6.2.1.2.8 Auxiliar Financiero 6.2.1.2.9 Abogado para la Gestión predial y de expropiaciones 6.2.2 PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO ADICIONAL NECESARIO PARA EL

DESARROLLO DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA 6.2.3 CONSIDERACIONES PARA EL ANÁLISIS DEL PERSONAL 6.3. FUNCIONES GENERALES

6.3.1.1 Revisión del proyecto

6.3.1.2 Control del personal 6.3.1.3 Funciones de la Interventoría 6.3.1.3.1 Funciones Administrativas 6.3.1.3.2 Funciones Financieras 6.3.1.3.3 Funciones Técnicas 6.3.1.3.4 Funciones Ambientales 6.3.1.3.5 Funciones Sociales 6.3.1.3.6 Funciones Jurídicas 6.3.1.3.7 Funciones relacionadas con la Gestión Predial 6.3.1.3.8 Funciones relacionadas con el Aforo y de Auditoría. 6.3.1.4 Cambios o modificaciones en el diseño 6.3.1.5 Liquidación del contrato suscrito para el desarrollo del proyecto 6.3.1.6 Inspección final de la obra 6.3.1.7 Estudio del contrato suscrito para la ejecución del proyecto (Contrato de

Concesión), pliego de condiciones y demás documentos 6.3.2. CUENTA PARA EL MANEJO DE RECURSOS DEL CONTRATO DE

INTERVENTORÍA. 6.3.3. REVISIÓN AVANCE DE PROYECTO

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6.3.4. LISTA DEL PERSONAL DE APOYO, SUBCONTRATISTAS Y/O PROVEEDORES DEL CONTRATISTA

6.3.5. ELABORACIÓN DEL INFORME FINAL DE INTERVENTORÍA 6.3.6. OTRAS FUNCIONES 6.4 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS PARA REALIZAR LA

MEDICIÓN DEL ÍNDICE DE ESTADO 6.4.1 REGULARIDAD 6.4.2 RESISTENCIA AL DESLIZAMIENTO 6.4.3 AHUELLAMIENTO. 6.4.4 RETROREFLECTIVIDAD. 6.5 FIRMA Y PERFECCIONAMIENTO 6.6 IMPUESTO DE TIMBRE 6.7 GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO 6.8 PUBLICACIÓN DEL CONTRATO 6.9 ORDEN DE INICIACIÓN 6.10 SUJECIÓN DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA AL CONTRATO SUSCRITO

PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO 6.11 RECIBO DE TRABAJOS PREVIOS 6.12 PERSONAL DE LA INTERVENTORÍA 6.13 SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS POR PARTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE

CONCESIONES – INCO 6.14 REUNIONES DE EVALUACIÓN 6.15 AJUSTES 6.16 FORMA DE PAGO 6.17 ANTICIPOS O PAGOS ANTICIPADOS 6.18 INCUMPLIMIENTO DE LO ORDENADO 6.19 MULTAS 6.20 PENAL PECUNIARIA 6.21 INFORMACIÓN TÉCNICA FINAL 6.21.1 Cuadro de relación de obras 6.21.2 Informes técnicos 6.21.2.1 Informe descriptivo de la obra construida 6.21.2.2 Materiales y suelos 6.21.2.3 Fundaciones 6.21.2.4 Drenajes y estructuras 6.22 LIQUIDACIÓN FINAL 6.23 DOCUMENTOS DEL CONTRATO 7. MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 8. MODELO DE CARTA DE INFORMACIÓN DE CONSORCIO 9. MODELO DE CARTA DE INFORMACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL 10. CARTA DE ACEPTACION DE REQUISITOS TECNICOS MINIMOS

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CAPITULO I

1. INFORMACIÓN GENERAL

1.1 ESTUDIOS PREVIOS

Forman parte del presente proyecto de pliego de condiciones los estudios previos adelantados por la Entidad, los cuales de acuerdo a su complejidad se encontraran a disposición de los interesados en un cuarto de datos ubicados en INCO ­ Subgerencia de Estructuración y Adjudicación ­ Oficina 303 o se publicaran a través de la página del SECOP (Sistema Electrónico para la Contratación Pública) o la que haga sus veces y harán parte integrante del proyecto de pliego de condiciones.

1.2 ESTIMACION, TIPIFICACION Y ASIGNACION DE RIESGOS PREVISIBLES.

Los riesgos derivados del presente contrato serán asignados de acuerdo con el principio según el cual, cada riesgo debe ser asumido por la parte que mejor lo pueda controlar y administrar. De hecho, el Gobierno Nacional, a través del Documento CONPES Número 3107 de 2001, estableció dicho criterio cuando señaló: “Los principios básicos de la asignación de riesgos parten del concepto que estos deben ser asumidos: i) por la parte que esté en mejor disposición de evaluarlos, controlarlos y administrarlos; y/o; ii) por la parte que mejor disponga de los medios de acceso a los instrumentos de protección, mitigación y/o diversificación”

La tipificación de los riesgos es la enunciación que la entidad hace de aquellas contingencias previsibles que en su criterio pueden presentarse durante y con ocasión de la ejecución del contrato.

La estimación del riesgo es la valoración, en términos monetarios o porcentuales respecto del valor del contrato, que hace el Instituto de ellos, de acuerdo con la tipificación que ha establecido y con base en la información fehaciente y soportada que tenga a su alcance la entidad contratante (Num. 6, Art. 3 Dto 066 de 2008).

La asignación del riesgo es el señalamiento que hace la entidad de la parte contractual que deberá soportar total o parcialmente la ocurrencia de la circunstancia tipificada, asumiendo su costo y su atención.

De tal forma, que la entidad en cumplimiento de lo previsto en el articulo 4 de la ley 1150 de 2008 y lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 3 del Decreto 066 de 2008, y con base al desarrollo legal, jurisprudencial y doctrinal, los riesgos previsibles que puedan afectar la ejecución del contrato que llegaré a adjudicarse para la satisfacción del objeto requerido, en el presente caso obedecen a riesgos empresariales, es decir aleas normales, inherentes a la ejecución del objeto contractual, que se imputan exclusivamente al contratista afectado, y no a la entidad. (Ver Sentencia del 9 de mayo de 1996, Consejo de Estado Secc. Tercera)

TIPIFICACIÓN

TIPO DE RIESGOS

DESCRIPCIÓN DEL RIESGO

ESTIMACIÓN DISTRIBUCIÓN

Propensión a contraer

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enfermedades típicas de la zona de ejecución del proyecto

100% del daño o perjuicio

Contratista

Existencia de condiciones climáticas, ambientales o geográficas anormales que generen retraso, dificultad o imposibilidad de acceder al sitio indicado, por parte del profesional o técnico asignado.

100% del daño o perjuicio

Contratista

AMENAZA DE LA NATURALEZA Inexistencia o limitaciones de

medios de acceso y/o transporte de los profesionales o técnicos designados

100% del daño o perjuicio

Contratista

Deterioro de las condiciones de seguridad y orden público que impidan la ejecución de las funciones del personal designado

100% del daño o perjuicio

INCO

Interrupción de las actividades por acciones Civiles o problemas de orden social

100% del daño o perjuicio

INCO AMENAZA DE ORDEN PÚBLICO

Interrupción de las actividades del proyecto por el secuestro de las personas que realizan las actividades del proyecto

100% del daño o perjuicio

INCO

Imposición de nuevos tributos 100% del daño o perjuicio Contratista

Imposición de nuevos trámites o permisos 100% del daño o

perjuicio Contratista

Cambios en el marco regulatorio o normatividad aplicable al proyecto

100% del daño o perjuicio Contratista

AMENAZA REGULATORIA

Variación de tasas o tarifas 100% del daño o perjuicio

Contratista

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En general cualquier evento que modifique las condiciones tributarias existentes al momento de la presentación de la propuesta y/o los efectos, favorables o desfavorables, de las variaciones de los componentes económicos, fiscales, legales y técnicos necesarios para cumplir con las obligaciones del oferente adjudicatario necesarios para dar cabal ejecución del contrato resultante

100% del daño o perjuicio

Contratista

RIESGOS EMPRESARIALES O DE OPERACIÓN Y TECNOLOGICO

Riesgos normales que corresponden al giro ordinario de la empresa (contratista) y que deben ser previstos por el contratista al momento de presentar la oferta.

En consecuencia comprende los efectos favorables y desfavorables derivados de las variaciones en los precios del mercado de gastos de administración para dar cabal cumplimiento al objeto de este proceso de selección.

Dentro de esta descripción se enmarca aquellos situaciones que tienen ocurrencia al interior de la empresa o en el círculo propio del sujeto afectado que pueden llegar a generar incumplimientos o dificultades en la ejecución del contrato, por ejemplo, accidentes de trabajo de los operarios, incendios en las instalaciones de la empresa, averías internas de los equipos suministrados para la prestación del servicio, incumplimiento de proveedores o subcontratistas entre otros. Dichos riesgos solo son imputables al contratista.

100% del daño o perjuicio

Contratista

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RIESGO DE PERMANENCIA EN EL LUGAR DE LA OBRA

La ejecución de la interventoría está ligada a la ejecución del contrato de concesión, de tal manera que si éste llegare a suspenderse por cualquier de las causales previstas en la Ley, el contrato de Interventoría producto del presente proceso de selección, será suspendido, razón por la cual se aceptará la ampliación del término de ejecución del contrato de interventoría sin indemnización alguna.

100% del daño o perjuicio

Contratista

RIESGO DEL PERSONAL

La seguridad del personal (del contratista, subcontratistas, empleados administrativos o personal visitante a la obra) en caso de conflictos internos, conflictos de Colombia con otros Estados, y situaciones de orden público generados por cualquier organización al margen de la ley dentro de las instalaciones de las unidades militares donde se llevan a cabo las obras.

100% del daño o perjuicio

Contratista

RIESGO POR ATRASO EN LOS PAGOS AL CONTRATISTA

Los costos imprevistos ocasionados por los retrasos injustificados en los pagos mensuales que la entidad deba efectuarle al oferente adjudicatario durante la ejecución del objeto contractual se liquidarán de acuerdo al interés corriente autorizado por la Superintendencia Financiera.

5% del valor del contrato

INCO

De conformidad con lo establecido en el articulo 4 de la Ley 1150 de 2007, durante la etapa de publicación de los estudios previos y prepliegos, los interesados deberán pronunciarse sobre la estimación, tipificación y asignación de riesgos previsibles realizada por la Entidad, con el fin de ser revisados por el Instituto y establecer su distribución definitiva, la cual quedará plasmada en el pliego de condiciones definitivo, para lo cual deberá radicar sus observaciones conforme a este documento.

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1.3 OBJETO

El objeto del presente Concurso de Méritos con precalificación es la INTERVENTORÍA TÉCNICA, JURÍDICA, ADMINISTRATIVA, OPERATIVA Y FINANCIERA AL CONTRATO DE CONCESIÓN NO 002 DE 2007 CONCESIÓN CORDOBA – SUCRE.” CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y LA CONCESIONARIA AUTOPISTAS DE LA SABANA S.A.

1.4 PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El plazo previsto para la ejecución de la consultoría y/o interventoría que se deriven del presente proceso de selección será de TREINTA Y SEIS (36) meses, contados a partir de la fecha de la orden de iniciación.

La ejecución de la interventoría está ligada a la ejecución del contrato de concesión, de tal manera que si éste llegare a suspenderse o terminarse por cualquier de las causales previstas en la Ley, el contrato de Interventoría producto del presente proceso de selección, según el caso será suspendido o liquidado por terminación de su objeto sin lugar a indemnización.

1.5 DISPONIBILIDAD DE RECURSOS

El pago de la suma estipulada en este contrato, se efectuará por la FIDUCIARIA BBVA con cargo a los recursos del FIDEICOMISO CONCESIÓN VIAL CORDOBA – SUCRE constituido para el manejo de los recursos del Contrato de Concesión No. 002 de 2007, con cargo a la subcuenta 1 (pagos de interventoría).

Para realizar el pago del contrato se cuenta inicialmente con recursos del Proyecto en la Subcuenta No 1 de la Fiducia por valor inicial de $ 1.145.059.129.00 según la comunicación enviada por la Fiduciaria BBVA de fecha 30 de enero de 2008 firmada por Doris Sarmiento López.

1.6 PRESUPUESTO OFICIAL Y FORMA DE PAGO

El Instituto tiene previsto que el valor de la Interventoría del presente proceso de selección, asciende a $3.977.578.697,00 valor que incluye: Un valor para el precio básico de la Interventoría y el valor del IVA. El valor total de la propuesta económica no podrá exceder la disponibilidad presupuestal, pues la propuesta será RECHAZADA.

El Fideicomiso pagará el valor del contrato de la siguiente manera: a) Un pago anticipado del 10% del valor total del contrato, una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y legalización del mismo. Para el cobro del pago anticipado bastará que el Interventor presente la constancia de aprobación de la garantía única y de la orden de iniciación expedida por el Subgerente de Gestión Contractual del Instituto. b) El noventa por ciento (90%) restante en pagos mensuales de igual valor, previa presentación del informe mensual de Interventoría y de la respectiva cuenta de cobro, aprobados por el Supervisor designado, quedando el pago de la ultima cuenta supeditado a la aprobación del informe final de Interventoría. c)( Todos los pagos serán efectuados por el Fideicomiso, previo cumplimiento de los requisitos para la presentación de la cuenta dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de

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radicación de los documentos relacionados en el anterior literal en las oficinas del fideicomiso.

1.7 ATENCIÓN ADMINISTRATIVA DEL INCO

Para efectos del presente proceso de selección, el Instituto tiene previsto adelantar la atención administrativa en el siguiente sitio:

• Avenida El Dorado CAN, Edificio Ministerio de Transporte Piso 3º – Bogotá, D. C. Telefono: 3240800 ext 1920.

• Email: [email protected],[email protected]

Para efectos de la radicación de cualquier documento o comunicación dirigido al INSTITUTO en desarrollo del presente proceso, los proponentes o interesados deberán tener en cuenta que para que dichos documentos sean considerados por la Entidad, es necesario que éstos cuenten con el número de radicación (sticker) asignado en las ventanillas externas de correspondencia del Instituto Nacional de Concesiones, que atienden en jornada continúa de 8:00 a 16:30 horas de lunes a jueves y de 8:00 a 15:30 horas los días viernes.

Todos los documentos a radicar deberán venir debidamente foliados, incluir el radicado de las solicitudes enviadas por el INCO a las que hacen referencia en su respuesta, citar proceso de selección al que se dirige, identificando el asunto o referencia de manera clara y amplia.

1.8 CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES

La consulta del pliego de condiciones podrá hacerse durante el plazo del presente proceso de selección en el Instituto Nacional de Concesiones ­ INCO, Avenida El Dorado CAN, Edificio Ministerio de Transporte Piso 3º – Bogotá, D. C. Oficina 303 – Subgerencia de Estructuración y Adjudicación; o a través del SECOP (Sistema Electrónico para la Contratación Pública) o la que haga sus veces.

1.9 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

La siguiente es la cronología del presente proceso de selección a llevarse a cabo en la ciudad de Bogotá, D.C.:

ACTIVIDAD FECHA LUGAR

AVISO DE CONVOCATORIA PUBLICA 14 de Mayo de 2008

Página electrónica www.inco.gov.co/. o www.contratos.gov.co

PUBLICACION PROYECTO PLIEGO, DOCUMENTO DE CONVOCATORIA PARA LA MANIFESTACIÓN DE INTERÉS Y ESTUDIOS PREVIOS

Desde el 14 hasta 28 de mayo de 2008

Página electrónica www.inco.gov.co/. o www.contratos.gov.co

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PRESENTACION DE OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGOS Y DOCUMENTO DE CONVOCATORIA PARA LA MANIFESTACIÓN DE INTERÉS

Desde el 14 hasta 28 de mayo de 2008

Página electrónica www.inco.gov.co/. o www.contratos.gov.co

RESPUESTA A OBSERVACIONES Desde el 15 hasta el 29 de mayo de 2008

Página electrónica www.inco.gov.co/. o www.contratos.gov.co

APERTURA DEL PROCESO, PUBLICACIÓN DE PLIEGOS DEFINITIVOS y DOCUMENTO DE CONVOCATORIA PARA LA MANIFESTACIÓN DE INTERÉS

30 de mayo de 2008

Subgerencia de Estructuración y Adjudicación ­ Oficina 303, INCO o a través de las Páginas electrónicas www.inco.gov.co/. o www.contratos.gov.com

PRESENTACIÓN DE EXPRESIONES DE INTERÉS

Desde el 30 de mayo hasta el 13 de junio 2008

Subgerencia de Estructuración y Adjudicación ­ Oficina 303, INCO o a través de las Páginas electrónicas www.inco.gov.co/. o www.contratos.gov.com

CIERRE DEL TÉRMINO PARA PRESENTAR LA MANIFESTACIÓN DE INTERÉS

13 de Junio de 2008 a las 3:00 pm

INCO ­ Subgerencia de Estructuración y Adjudicación ­ Oficina 303,

EVALUACIÓN DE LAS MANIFESTACIÓNES DE INTERÉS

Desde el 16 hasta el 27 de Junio de 2008.

INCO ­ Subgerencia de Estructuración y Adjudicación ­ Oficina 303,

PUBLICACIÓN INFORME PRELIMINAR DE CONFORMACIÓN DE LA LISTA CORTA

1 de Julio de 2008

Páginas electrónicas www.inco.gov.co/. o www.contratos.gov.co

TRASLADO DEL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR 1 de Julio de 2008

Páginas electrónicas www.inco.gov.co/. o www.contratos.gov.co

PUBLICACIÒN LISTA CORTA DEFINITIVA 3 de Julio de 2008

Páginas electrónicas www.inco.gov.co/. o www.contratos.gov.co

INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTAS 3 de Julio de 2008

Páginas electrónicas www.inco.gov.co/. o www.contratos.gov.co

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PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Desde 3 al 30 de Julio de 2008

INCO ­ Subgerencia de Estructuración y Adjudicación ­ Oficina 303,

CIERRE DEL CONCURSO (PRESENTACION DE PROPUESTA TÉCNICA) 1

30 de julio de 2008 a las 11:00 a.m

INCO ­ Subgerencia de Estructuración y Adjudicación ­ Oficina 303,

EVALUACION DE PROPUESTA TÉCNICA

Desde el 31 julio hasta el 8 de Agosto de 2008

INCO ­ Subgerencia de Estructuración y Adjudicación ­ Oficina 303,

PUBLICACIÓN DE LA EVALUACIÓN EN EL SECOP O PUC 11 de agosto de 2008

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TRASLADO DE EVALUACION A LAS PARTES

Desde el 11 hasta el 12 de Agosto de 2008

Páginas electrónicas www.inco.gov.co/. o www.contratos.gov.co

RESPUESTA A OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN

Dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del término de traslado del informe de evaluación

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AUDIENCIA DE APERTURA DE PROPUESTA ECONÓMICA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

Dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del término para dar respuesta a las observaciones presentadas al informe de evaluación.

INCO ­ Subgerencia de Estructuración y Adjudicación ­ Oficina 303,

En cualquier momento INCO puede hacer uso de la suspensión del procedimiento o podrá reducir el plazo de las actividades de evaluación de expresiones de interés y propuestas cuando técnicamente se recomiende, en consecuencia el cronograma de actividades podrá ajustarse o modificarse respetando en todo caso los términos de ley.

1.10 PROGRAMA PRESIDENCIAL “ LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”

En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de: los números telefónicos: (1) 560 10 95, (1) 565 76 49, (1) 562 41 28; vía fax al número

1 De conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, Artículo 30, Numerales 4º. y 5º, Ley 1150 de 2007 y Decretos Reglamentarios, el Instituto podrá prorrogar la fecha del cierre del proceso antes de su vencimiento en caso que lo estime conveniente o cuando lo soliciten las dos terceras partes de los oferentes preseleccionados.

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telefónico: (1) 565 86 71; la línea transparente del programa, a los números telefónicos: 01 8000 913 040 o (1) 560 75 56; en el correo electrónico: webmaster@anticorrupción.gov.co; al sitio de denuncias del programa, en el Portal de Internet: www.anticorrupción.gov.co; correspondencia o personalmente, en la dirección Carrera 8 No 7–27, Bogotá, D.C. También puede reportar el hecho a la Oficina de Atención al Ciudadano del Instituto Nacional de Concesiones a través del número telefónico (1) 428 74 57; la línea gratuita, al número telefónico: 01 8000 913 156 o en el Portal de Internet: www.inco.gov.co.

1.11 VEEDURÍAS CIUDADANAS

Las Veedurías Ciudadanas podrán desarrollar su actividad durante la etapa precontracual, contractual y poscontractual del presente proceso licitatorio de conformidad con lo establecido en las normas vigentes sobre la materia.

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CAPITULO II

2. DOCUMENTOS, NORMATIVIDAD Y ACTOS APLICABLES

El Instituto garantiza el cumplimiento integral del debido proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007.

2.1 NORMATIVIDAD Y ACTOS APLICABLES

Hacen parte del presente concurso de meritos, entre otros, las normas y actos que se relacionan a continuación.

DOCUMENTOS

Hacen parte del presente Concurso de Meritos los documentos que se relacionan a continuación:

• Los estudios técnicos y financieros previos • El aviso de Convocatoria Pública • Los proyectos de Pliegos de Condiciones • El aviso de convocatoria para la expresión de interés. • El informe de evaluación preliminar de los criterios para conformar la lista corta • La lista corta de precalificación • La Resolución de apertura del proceso de selección. • Las preguntas, aclaraciones, observaciones y respuestas presentadas durante el

desarrollo del proceso de selección. • Adendas • Acto de Cierre • Avisos • Informe de evaluación de la propuesta técnica • Las Observaciones y respuestas al informe de evaluación de la propuesta técnica • Acto de apertura de la propuesta económica • Resolución de adjudicación

• Todos los documentos que hacen parte del Contrato de Concesión objeto de la interventoría, incluyendo sus anexos, apéndices, contratos adicionales y otrosí.

• Los documentos que hicieron parte de la Licitación Pública del Contrato objeto de la interventoría.

. • Los Pliegos de Condiciones del presente proceso de selección sus adendas y avisos si

los hubiere.

• Las resoluciones relacionadas con los peajes de la concesión: números 004793 del 14 de noviembre de 2007, 003695 del 7 de septiembre de 2007 y 003284 del 26 de julio de 2006,y las demás que las actualicen y/o modifiquen.

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• La Ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios, las normas comerciales y civiles vigentes que rijan las materias que aquella o estos no regulen particularmente.

• La ley 9 de 1989, ley 388 de 1997, el Decreto 1420 de 1998, la resolución 0762 de 1998 expedida por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi y las demás que las actualicen y/o modifiquen, especialmente en lo relacionado con la adquisición de predios requeridos para la ejecución de obras públicas.

• La Resolución INCO No. 609 del 29 de diciembre de 2005 por la cual se definen los factores sociales y se establecen sus criterios de aplicación respecto a los procesos de adquisición predial, voluntaria o forzosa (expropiación judicial o administrativa), en desarrollo de los proyectos de concesión.

La Ley 99 de 1993 y sus decretos reglamentarios, con excepción de la reglamentación que ha sido derogada.

• El Decreto – Ley 2811 de 1974 por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de protección del Medio Ambiente y sus Decretos reglamentarios.

• La Ley 30 de 1992.

• La Ley 105 de 1993.

• La Ley 685 de 2001.

• La Ley 716 de 2001.

• La Ley 734 de 2002.

• La Ley 789 de 2002 con excepción de la reglamentación que ha sido derogada.

• La Ley 842 de 2003.

• El Manual de Gestión Socio ­ Ambiental y Predial de Proyectos Viales en Colombia ­ INVIAS, versiones 2000 y 2002, Licencias ambientales y sus modificaciones.

• El Código Colombiano de Diseño Sísmico de Puentes, adoptado mediante Resolución No. 0003600, del 20 de junio de 1996, emanada del Ministerio de Transporte.

• Las Normas de Ensayos de Materiales para Carreteras, versión 1996, adoptadas mediante Resolución No. 008067 del 19 de diciembre de 1996 emanada de la Dirección General del INVIAS.

• Las Especificaciones Generales de Construcción de Carreteras, versión 1996, adoptadas mediante Resolución No. 008068 del 19 de diciembre de 1996, emanada de la Dirección General del INVIAS.

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• El Manual de Capacidad y Niveles de Servicio para Carreteras de Dos Carriles – segunda versión, adoptado mediante Resolución No. 005864, del 12 de noviembre de 1998, emanada de la Dirección General del INVIAS.

• El Manual de Diseño Geométrico para Carreteras, adoptado mediante Resolución No. 005865, del 12 de noviembre de 1998, emanada de la Dirección General del INVIAS.

• El Manual de Señalización Vial, adoptado mediante resolución Nº 1050 de 2004, emanada del Ministerio de Transporte.

• El Manual de Diseño de Pavimentos Asfálticos en Vías con Medios y Altos Volúmenes de Tránsito, adoptado mediante Resolución No. 002857, del 6 de julio de 1999, emanada de la Dirección General del INVIAS.

• La Guía Metodológica para el Diseño de Obras de Rehabilitación de Pavimentos Asfálticos de Carreteras, adoptada mediante Resolución No. 002658 del 27 de julio de 2002, emanada de la Dirección General del INVIAS.

• La Resolución No. 000090 del 26 de enero de 2004, emanada del Ministerio de Transporte, por la cual se establece la instalación obligatoria de vallas informativas en las obras públicas que realice el Ministerio de Transporte y sus entidades adscritas y vinculadas.

• La Resolución No. 002661 del 27 de junio de 2002, emanada de la Dirección General del INVIAS, por medio de la cual se actualizan las Normas de Ensayo de Materiales para Carreteras del Instituto Nacional de Vías ­ INVIAS.

• La Resolución No. 002662 del 27 de junio de 2002, emanada de la Dirección General del INVIAS, por medio de la cual se actualizan las Especificaciones Generales de Construcción de Carreteras.

• La Resolución No. 0003284 del 26 de julio de 2006

• La Resolución No. 003695 del 7 de septiembre de 2007

• La Resolución No. 004793 del 14 de noviembre de 2007.

• Todos los documentos, ENTRE OTROS Pliego de Condiciones, Contrato y demás antecedentes del contrato de concesión objeto de la Interventoría.

Dentro de la normatividad citada (leyes, decretos), se incluyen las modificaciones o actualizaciones a estas normas. Con relación a los manuales y resoluciones citadas se considera importante indicar que las modificaciones que se den a estos documentos también deben ser asumidas por el contratista.

Para adquirir las resoluciones emanadas de la Gerencia General del Instituto Nacional de Concesiones – INCO, los interesados deben acercarse a la Subgerencia de Estructuración y Adjudicación, Oficina 311 y en lo relacionado con los Manuales y el Código a la División de Servicios Generales de la entidad; en las mencionadas dependencias se les informará el procedimiento establecido por Instituto Nacional de Concesiones – INCO para su compra.

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2.2 ACLARACIONES A LOS DOCUMENTOS

Los interesados podrán solicitar por escrito aclaraciones del presente documento hasta cuatro (4) días hábiles anteriores a la fecha inicial de cierre del Concurso de Meritos, establecida en el cronograma del proceso.

Concluido dicho término, LA ENTIDAD no aceptará en las etapas subsiguientes del proceso de Selección, cuestionamientos sobre el contenido y alcance de las estipulaciones y exigencias establecidas en el pliego de condiciones definitivo.

La información sobre preguntas y respuestas y las modificaciones que llegaren a hacerse a los documentos del proceso se publicarán en la página Web www.inco.gov.co/. o www.contratos.gov.co y deberán tenerse en cuenta para la elaboración y presentación de la propuesta.

Igualmente se podrán consultar en la dependencia encargada del proceso, Instituto Nacional de Concesiones – INCO Subgerencia de Estructuración y Adjudicación ­ Oficina 303.

Las aclaraciones y respuestas a las observaciones presentadas por los proponentes durante el proceso de selección tendrán únicamente valor interpretativo.

2.3 MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES

El Instituto hará las aclaraciones o modificaciones que considere necesarias desde la fecha de apertura y hasta el día hábil anterior a la fecha establecida en la Cronología del proceso para el cierre, a fin de que se realicen los ajustes a que haya lugar por parte de los interesados. Cualquier aclaración o modificación se hará mediante adendas numeradas consecutivamente; estos documentos formarán parte integral del presente pliego de condiciones; las adendas serán suscritas por el ordenador del gasto.

Si se expidiere una adenda el día hábil anterior al cierre del proceso de selección, en el mismo se indicará la fecha hasta la cual se prorroga el cierre.

Los documentos antes mencionados serán publicados en el SECOP o el que haga sus veces para consulta de los interesados; por tanto, la entidad en virtud del principio de economía da por entendido que los interesados en participar en el presente concurso de meritos tienen conocimiento de ellos.

Es entendido, que el Pliego de Condiciones y los adendas se complementan entre sí, cualquier mención, especificación o detalle que aparezca en uno de ellos y no esté contemplado en el otro, se tendrá como valedero para las condiciones del Concurso de Meritos.

Las solicitudes de aclaraciones o modificaciones al contenido del Pliego de Condiciones definitivo y/o su respuesta no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de propuestas y en consecuencia, las condiciones del pliego y las adendas respectivas, habrán de tomarse como se expidieron originalmente, si antes del cierre del Concurso el interesado no recibe respuesta del Instituto ante cualquier sugerencia, manifestación de supuestas inconsistencias, errores u omisiones.

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2.4. PREVALENCIA DE LOS INTERESES DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES ­ INCO

De conformidad con el artículo 57 del Decreto 066 de 2008, con la presentación de la propuesta, los proponentes se comprometen a que en el evento en que sean seleccionados, se obligarán a dar asesoramiento competente, objetivo e imparcial, y en todo momento, a otorgar la máxima importancia a los intereses de la entidad sin consideración alguna y a asegurarse de que la prestación de sus servicios esté libre de conflictos de interés. En consecuencia, los proponentes evitarán dar lugar a situaciones en que se pongan en conflicto con sus obligaciones previas o vigentes con respecto a otros contratantes, o con su futura o actual participación en procesos de selección, o en la ejecución de otros contratos, o que puedan ponerlos en situación de no poder prestar sus servicios en la forma que mejor convenga a los intereses de esta entidad.

En consecuencia, al momento de presentar su expresión de interés en precalificar para ser incluido en la lista corta y al presentar su propuesta, el proponente deberá declarar que él, sus directivos y el equipo de trabajo con que se ejecutarán los servicios contratados, no se encuentran incursos en conflicto de interés, y en el evento en que se presente cualquier circunstancia de ese tipo, solicitar al gerente del INCO o su delegado que decida si puede continuar en el proceso de selección.

2.5. REGLAS DE SUBSANABILIDAD

En el presente proceso de selección primará lo sustancial sobre lo formal. En consecuencia no podrá rechazarse una propuesta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta, y que no constituyan los factores de escogencia establecidos por el INCO en el presente documento.

Tales requisitos o documentos serán requeridos por el Instituto en condiciones de igualdad para todos los proponentes y deberán ser aportados a más tardar el tercer día hábil anterior a la fecha fijada para la audiencia pública en la cual se dará a conocer el orden de calificación de las propuestas técnicas, apertura de la propuesta económica, y adjudicación del contrato, de lo contrario la propuesta será rechazada.

NOTA: Los documentos que deban ser presentados por los proponentes en desarrollo del proceso de selección, serán válidos siempre que sean radicados en las ventanillas externas de correspondencia del Instituto Nacional de Concesiones, en el horario previsto en estos pliegos.

2.6 APERTURA DE LAS PROPUESTAS

El sobre que contiene los documentos de orden, técnico, será abierto en el lugar, fecha y hora señalados para el cierre del concurso. La apertura de este sobre, así como la devolución de aquellas propuestas cuya solicitud de retiro se hubiere efectuado dentro de los términos señalados en el numeral 2.7, se hará en presencia de los proponentes que deseen asistir al acto de cierre del concurso. De lo anterior se levantará un acta donde se consignarán los siguientes aspectos de cada propuesta:

­Nombre del proponente

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­Número de folios que conforman la propuesta ­Nombre de la aseguradora que expide la póliza de seriedad de la propuesta y número de póliza.

Cuando todos los oferentes que asistan al cierre del concurso soliciten la rubrica de las propuestas, en aras de garantizar el principio de transparencia y cuando la administración lo considere necesario, las propuestas solo podrán ser rubricadas el jefe de control interno de la entidad.

2.7 TÉRMINO PARA LA DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS

Los proponentes podrán solicitar el retiro de sus propuestas antes de la fecha y hora previstas para el cierre Del Concurso de Méritos; en este caso se les devolverá sin abrir y se dejará constancia de esta devolución en el acta de cierre del Concurso de Méritos y recibo de propuestas.

2.8 RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN

La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las expresiones de interés, las propuestas y la recomendación para la adjudicación que más se ajuste al interés del Instituto, no podrá ser revelada a los interesados o proponentes ni a terceros hasta que la Entidad comunique a los primeros que los informes de evaluación se encuentran disponibles para que presenten las observaciones correspondientes.

CAPITULO III

3. ETAPAS DEL CONCURSO DE MERITOS CON PRECALIFICACIÓN

La selección del interventor se llevará a cabo a través de las etapas descritas en el numeral 1.9 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES, para lo cual los interesados en participar deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:

3.1 CONVOCATORIA PÚBLICA

La entidad publicará en las páginas Web: www.inco.gov.co y www.contratos.gov.co un aviso de convocatoria pública que contendrá la información necesaria para dar a conocer el objeto a contratar, la modalidad de selección que se utilizará, el lugar físico o electrónico donde puede consultarse el proyecto de pliego de condiciones, el presupuesto oficial del contrato, así como los estudios y documentos previos.

3.2 CONSULTA PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES Y ESTUDIOS PREVIOS

El Proyecto de pliego de Condiciones se publicara durante diez (10) días hábiles según cronograma de este proceso de selección, en la dirección www.inco.gov.co y www.contratos.gov.co., según el cronograma del presente proceso.

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La publicación de los proyectos de pliego de condiciones no genera obligación para la entidad de dar apertura al proceso de selección.

Junto con los proyecto de pliegos de condiciones se publicarán los estudios y documentos previos que sirvieron de base para su elaboración, con excepción del análisis técnico y económico que soporta el valor estimado del objeto a contratar.

3.3 OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES:

Los interesados en el presente proceso de concurso de meritos, podrán presentar observaciones al Proyecto de Pliegos de Condiciones y al documento de convocatoria según el cronograma de este proceso de selección, dirigidas al correo electrónico del responsable de este proceso que figure en la página www.contratos.gov.co, o de forma escrita, dirigida a INCO ­ Subgerencia de Estructuración y Adjudicación ­ Oficina 303.

3.4 APERTURA DEL CONCURSO DE MERITOS Y PUBLICACIÓN DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS Y DOCUMENTO DE CONVOCATORIA.

El Gerente General de la entidad o su delegado, mediante acto administrativo de carácter general, ordenará de manera motivada la apertura del proceso de selección y la publicación de los pliegos de condiciones definitivos y el documento de convocatoria para la expresión de interés.

3.5 CONVOCATORIA PARA LA MANIFESTACIÓN DEL INTERÉS:

Las condiciones establecidas para la presentación de expresiones de interés que permitirán conformar la lista corta de precalificados se publicará en documento aparte a los presentes pliegos de condiciones, en las páginas Web: www.inco.gov.co y www.contratos.gov.co, según el cronograma del proceso.

Las manifestaciones de interés deberán ser presentadas en el lugar y fecha señalados en el cronograma de actividades del presente proceso de selección.

3.6 CONFORMACIÓN DE COMITÉ EVALUADOR

La entidad designará y conformará un comité asesor y evaluador para el concurso de meritos, el cual estará conformado por un número plural e impar de expertos en el área a contratar. El comité asesorará a la entidad durante el proceso de selección, para lo cual entre otras responsabilidades, validará el contenido de los requerimientos técnicos, tendrá a su cargo la conformación de la lista corta, y evaluará y calificará las ofertas presentadas de conformidad con los criterios establecidos en los pliegos de condiciones, previa reunión en la que unificará su entendimiento sobre los criterios de evaluación para minimizar las posibles diferencias de criterio individual con que cada factor debe evaluarse. Así mismo, verificará la propuesta económica del proponente ubicado en primer lugar en el orden de calificación de conformidad con los pliegos de condiciones.

Los miembros del comité contarán con la competencia y la imparcialidad suficientes que les permita evaluar la calidad de las propuestas, conocer los objetivos de los servicios a contratar, las metas y los fines de la entidad contratante. En caso de no contar con personal

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idóneo para el efecto, la entidad celebrará contratos de prestación de servicios especializados para integrar el mencionado comité.

3.7 EVALUACION DE LAS MANIFESTACIONES DE INTERES

El comité evaluador verificará los documentos habilitantes de los interesados y determinará cuáles de ellos se incluirán en la lista corta, a partir de la valoración razonada de los criterios para la conformación de la lista corta y teniendo en cuenta los intereses de la entidad y los fines de la contratación.

La lista corta que elabore el comité de evaluación, no incluirá más de seis (6) ni menos de dos (2) proponentes precalificados. Sin embargo, la entidad podrá determinar la no conformación de la mencionada lista, cuando a juicio del comité evaluador el perfil de quienes manifestaron interés no satisface adecuadamente los criterios señalados para la conformación de la lista corta y ello imposibilita llegar al número mínimo señalado o a la conformación de una lista con participantes homogéneos. En este caso la entidad procederá a declarar desierto el proceso de selección y revisará las causas que lo originaron.

3.8 CONSULTA DEL INFORME DE PRECALIFICACIÓN (Traslado)

Efectuada la evaluación de los documentos habilitantes, los interesados podrán consultar el informe de evaluación en la dependencia encargada del proceso o en las páginas Web: www.inco.gov.co y www.contratos.gov.co, para que en el término establecido en el Cronograma del proceso presenten las observaciones que consideren pertinentes.

En ejercicio de esta facultad, los proponentes no podrán modificar o mejorar los documentos habilitantes.

3.9 PUBLICACIÓN DE LA LISTA CORTA DEFINITIVA.

La decisión final del comité evaluador se plasmará en un informe de lista corta que será publicado en las páginas Web: www.inco.gov.co y www.contratos.gov.co. donde se explicarán los factores, consideraciones y razones que determinaron la conformación de la lista corta.

3.10 ACTO DE APERTURA E INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTAS

La entidad enviará a los oferentes precalificados una carta de invitación a presentar propuestas, la cual será remitida por cualquier medio a las direcciones reportadas por los consultores, debiendo quedar el reporte de envío de la invitación.

3.11 CIERRE DEL CONCURSO Y ENTREGA DE PROPUESTA TÉCNICA

El plazo para el recibo de propuestas es aquel comprendido entre la fecha señalada para la apertura del proceso y la fecha y hora establecidas para el cierre del mismo en el Cronograma del proceso.

Este plazo podrá ser prorrogado cuando LA ENTIDAD lo estime conveniente.

3.12 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA

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El comité evaluador realizará la evaluación y ponderación de la propuesta técnica de los interesados preclasificados conforme a los criterios señalados en el presente documento, la evaluación se realizará con forme al siguiente procedimiento:

1. Cada miembro del comité por su propia cuenta procederá a evaluar cada propuesta técnica bajo cada uno de los criterios de evaluación indicados en los pliegos de condiciones.

2. Hecho lo anterior, el comité se reunirá para compartir los puntajes asignados, discutir las diferencias en las calificaciones individuales y ajustarlas. Terminada esta discusión cada miembro del comité asignará su puntaje final a cada propuesta.

3. El puntaje definitivo del comité respecto de cada propuesta, se obtendrá promediando los puntajes finales de evaluación otorgados por cada miembro del comité. La mejor propuesta será la que obtenga el puntaje más alto.

4. El comité entregará a la entidad su informe de evaluación, el cual contendrá la explicación del desarrollo de su actividad, y los puntajes individuales y final de las propuestas. El informe de evaluación estará suscrito por cada uno de los miembros del comité.

3.13 CONSULTA DEL INFORME DEEVALUACIÓN TÉCNICA (Traslado)

Efectuada la evaluación técnica de las propuestas, los oferentes podrán consultar el informe de evaluación en la dependencia encargada del proceso o en las páginas Web: www.inco.gov.co y www.contratos.gov.co, para que en el término establecido en el Cronograma del proceso presenten las observaciones que consideren pertinentes.

En ejercicio de esta facultad, los proponentes no podrán modificar o mejorar su propuesta.

3.14. APERTURA, REVISIÓN DE DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Y ADJUDICACIÓN

La apertura del sobre con la propuesta económica, la definición del alcance de los servicios de consultoría y de los términos contractuales se llevarán a cabo de conformidad con las siguientes reglas:

1. Una vez concluida la evaluación técnica, la entidad, en audiencia pública, dará a conocer el orden de calificación de las propuestas técnicas.

2. La entidad procederá a abrir el sobre que contiene la propuesta económica del proponente ubicado en el primer lugar en el orden de calificación.

3. Si el valor contenido en el sobre económico del proponente que obtuvo el mayor puntaje excede la disponibilidad presupuestal, su propuesta será rechazada y se procederá a abrir la propuesta económica del siguiente oferente según el orden de calificación, y así sucesivamente.

4. La entidad verificará la consistencia de la propuesta económica respecto de las actividades descritas en la propuesta técnica, con el fin de efectuar las clarificaciones y ajustes que sean necesarios. Como resultado de estos ajustes no podrán modificarse, en lo sustancial, los requerimientos técnicos.

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5. Si de la verificación de la propuesta económica del proponente se identifica que la misma no es consistente con su propuesta técnica o no se logra un acuerdo final sobre los aspectos técnicos o económicos objeto de discusión, se dará por terminada la revisión de dicha propuesta, se rechazará y se procederá a abrir el sobre económico de la ubicada en el siguiente orden de elegibilidad, hecho lo cual se repetirá el procedimiento indicado en el numeral anterior.

6. La entidad y el proponente elaborarán un acta de los acuerdos alcanzados con el fin de que se incluyan en el respectivo contrato.

7. La entidad adjudicará el contrato al consultor seleccionado, por medio de acto administrativo motivado.

En caso de presentarse pronunciamientos que a juicio del jefe de la Entidad o su delegado requieran de análisis y cuya solución podría incidir en el sentido de la decisión a adoptar, la audiencia podrá ser suspendida por el término razonable necesario para la verificación de los asuntos debatidos y la comprobación de lo alegado.

Cuando dos o más propuestas obtengan la misma calificación técnica se considerará que hay empate. En tal caso se procederá conforme a lo señalado en el numeral 5.9 “ orden de calificación de las propuestas técnicas” del presente documento.

El plazo para adjudicar la propuesta que de manera objetiva se ajuste más al interés de LA ENTIDAD es el fijado en el cronograma del proceso.

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CAPITULO IV

4.1 PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas se conformará de la siguiente manera: Sobre No. 1 Propuesta Técnica (verificación de cumplimiento de aspectos técnicos) y Sobre No. 2 (propuesta económica); los documentos que debe contener cada uno de los mencionados sobres se establecen en el presente pliego de condiciones. El proponente deberá presentar los sobres debidamente cerrados, separados e identificados, correspondientes a un (1) original del Sobre No. 1 y dos (2) copias del mismo indicando en cada sobre si es original o copia. Y un Sobre No. 2. Los documentos que conforman el original de los Sobres Nos. 1 y 2 y las dos (2) copias del Sobre No. 1, se presentarán legajados, foliados, escritos en idioma castellano (español) y en medio mecánico. Todas las páginas de la propuesta que tengan modificaciones o enmiendas, deberán ser validadas con la firma al pie de las mismas de quien suscribe la carta de presentación, cada una de ellas conformará un folio de lo contrario se tendrán por no escritas.

Todos los documentos exigidos se incluirán en el original y en la copia de la propuesta. En caso de discrepancia entre la copia y el original, primará para todos los efectos el original.

Serán de cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta, y el Instituto, en ningún caso, será responsable de los mismos.

4.2 IDENTIFICACIÓN Y ENTREGA DE LA PROPUESTA

La presentación de la propuesta implica la aceptación y conocimiento de la legislación colombiana, acerca de los temas objeto del Concurso de Meritos y de todas las condiciones y obligaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones.

La propuesta, junto con todos los documentos que la conformen, debe ser entregados dentro del plazo del presente Concurso de Meritos, en la fecha señalada en la cronología del presente pliego en la siguiente dirección y etiquetadas de la siguiente manera:

INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Avenida El Dorado CAN, Edificio Ministerio de Transporte. Oficina 303 Concurso de Méritos No. SEA – 001 – 2008. INTERVENTORÍA TÉCNICA, JURÍDICA, ADMINISTRATIVA, OPERATIVA Y FINANCIERA AL CONTRATO DE CONCESIÓN NO 002 DE 2007 CONCESIÓN CORDOBA – SUCRE.” CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y LA CONCESIONARIA AUTOPISTAS DE LA SABANA S.A

Sobre No. ____. Indicar si es original o copia __________ Nombre del Proponente Identificación del Proponente Dirección Comercial del proponente

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No se aceptarán propuestas enviadas por correo, fax, correo electrónico ni radicadas en las ventanillas de correspondencia de la Entidad.

Se darán por no presentadas todas las propuestas que no se encuentren en el recinto dispuesto para la recepción de ofertas a la fecha y hora previstos en el presente pliego de condiciones, independientemente de que hayan sido radicadas o entregadas en otras dependencias del Instituto.

La propuesta debe contener un índice en el que se identifique en forma clara la documentación de la oferta y el folio o folios a que corresponde. En el momento en que exista una incongruencia en la propuesta, es decir, que una parte de la misma establezca algo que se contradiga en otra parte, el INSTITUTO podrá solicitar las aclaraciones pertinentes. Toda tachadura y/o enmendadura en la oferta debe estar convalidada con la firma del oferente al pie de la misma, para ser tenida en cuenta por el Instituto.

Será responsabilidad exclusiva del proponente la correcta identificación de la propuesta original así como sus copias, por lo tanto el Instituto no asume responsabilidad alguna en el proceso de apertura de los sobres que contienen las propuestas si alguna viniere incorrectamente identificada.

NOTA: El Instituto para la presentación y entrega de las propuestas, tendrá en cuenta lo estipulado en el artículo 4º del Decreto 679 de 1994 el cual consagra: "De las personas inhabilitadas por razón de la presentación de otras ofertas ­ para efectos de establecer cuándo el oferente es inhábil en virtud de los literales g) y h) del numeral 1º del artículo 8º de la Ley 80 de 1993, porque con anterioridad se presentó formalmente otra propuesta por las personas a que hacen referencia dichos literales, para lo cual, las Entidades Estatales dejarán constancia escrita de la fecha y hora exactas de la presentación de propuestas, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente el acto de presentación”.

Solo se recibirán las propuestas de los oferentes que conforman la lista corta de precalificados, que sean entregadas en la fecha establecida en la cronología del proceso o en la fecha establecida mediante adenda que modifique la cronología. La hora límite de entrega (Hora Oficial de la República de Colombia) será la establecida en la citada cronología.

SE ENTENDERÁN RECIBIDAS POR EL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES­ INCO LAS OFERTAS QUE A LA FECHA Y HORA INDICADA EN LA CRONOLOGIA, SE ENCUENTREN EN EL LUGAR DESTINADO PARA LA RECEPCIÓN DE LAS MISMAS: INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES. Avenida El Dorado CAN. Edificio Ministerio de Transporte. Subgerencia de Estructuración y Adjudicación ­ Oficina 303. LAS DEMÁS OFERTAS SE ENTENDERÁN NO RECIBIDAS POR EL INSTITUTO.

4.2 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR

Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma.

Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en

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la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

4.2.1 Consularización

De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, “los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.”.

Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. (C.P.C. artículo 65)”.

Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones Transversal 17 No. 98­55 Bogotá D.C.) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.

4.2.2 Apostille

Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.

Si la apostille está dada en idioma distinto del castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes.

4.3 TÍTULOS OBTENIDOS EN EL EXTERIOR

El proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá acreditar, la convalidación y homologación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos.

Este requisito no se exigirá cuando se trate de profesionales titulados y domiciliados en el exterior que pretendan ejercer temporalmente la profesión en Colombia.

4.4 AUTORIZACION PARA EL EJERCICIO TEMPORAL DE LA PROFESION EN COLOMBIA

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De conformidad con lo dispuesto por la Ley 842 de 2003, el proponente que ofrezca personal profesional titulado y domiciliado en el exterior, deberá acreditar, la autorización expedida por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y sus Profesiones Auxiliares para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia. En su defecto, deberá acreditar la solicitud de permiso radicada ante el mismo organismo con el lleno de los requisitos exigidos. Para estos efectos, el proponente deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites correspondientes.

4.5 INFORMACIÓN RESERVADA

Si dentro del Sobre Uno (1) de la propuesta se incluye información que conforme a la ley colombiana tiene el carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con absoluta claridad y precisión, identificando el documento o información que tiene el carácter de reservado y la disposición legal que la ampara como tal. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación de las propuestas, el Instituto Nacional de Concesiones se reserva el derecho de dar a conocer la mencionada información a sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes o asesores, que designe para el efecto.

En todo caso, el INCO, sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes y asesores están obligados a mantener la reserva de la información que por disposición legal tenga dicha calidad y que haya sido debidamente identificada por el proponente. De no identificarse dicha información o no citarse las normas que amparan ese derecho, el INCO no tendrá la obligación de guardar reserva respecto de la misma.

4.6 REQUISITOS DE LOS PROPONENTES Y DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA

Los integrantes de la lista corta deben presentar propuesta bajo la modalidad con la que adquirieron su derecho a ser invitados, es decir persona natural, jurídica, consorcio o unión temporal sin modificaciones, de lo contrario su propuesta será rechazada.

Los integrantes de la lista corta no podrán asociarse entre sí para presentar una propuesta, de lo contrario su propuesta será rechazada.

Apoderado

Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, que integren la lista corta podrán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representada en las diferentes instancias del Concurso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente Pliego, así como para representarla judicial o extrajudicialmente.

Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal, y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes del Consorcio o Unión Temporal con los requisitos señalados en el presente pliego relacionados con la autenticación, Consularización y traducción; particularmente con lo exigido en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal.

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En caso de no anexarse el poder en la propuesta o que este no se encuentre suscrito por quien debe conferirlo de conformidad con el Certificado de Cámara de Comercio o quien haga sus veces en el país de origen, será causal de RECHAZO.

La propuesta se presentará en dos (2) sobres cada uno de los cuales se integrará como se estipula a continuación:

4.7 SOBRE No. 1

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

La carta de presentación de la propuesta se diligenciará conforme al modelo contenido en el ANEXO N° 6 “ Carta de Presentación de la Propuesta” y será firmada por el proponente. Si la propuesta es presentada por una persona jurídica, en unión temporal o consorcio deberá estar suscrita por el representante, debidamente facultado en los términos de ley.

En caso que la persona natural o el representante de la persona jurídica, consorcio o unión temporal no tenga la profesión definida en el documento de convocatoria para la expresión de interés, la propuesta deberá estar abonada por un profesional que sí la tenga, debidamente matriculado, y deberá anexar copia legible de la tarjeta profesional.

Cuando el proponente sea una persona extranjera, la propuesta será abonada por un profesional nacional colombiano debidamente matriculado en el país conforme a las normas vigentes.

La propuesta debe ser abonada por un profesional de Ingeniería Civil o de Vías y Transporte debidamente registrado con tarjeta profesional y anexará copia de la misma, siempre y cuando el proponente o el representante del consorcio o union temporal no tengan la profesión anteriormente señalada.

La no presentación de la carta o la no suscripción de la misma por el proponente o por el representante legal de la persona jurídica, debidamente facultado en los términos de ley, darán lugar a que la propuesta se tenga como no presentada.

El no abono de la propuesta, darán lugar a que la misma se tenga como no presentada

4.7.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.

La propuesta deberá acompañarse de una garantía bancaria o de una póliza otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, con el fin de asegurar la firma y perfeccionamiento del contrato por parte del proponente favorecido con la adjudicación, la cual contendrá:

Ø Asegurado / Beneficiario: Instituto Nacional de Concesiones – INCO.

Ø Cuantía: QUINCE POR CIENTO (15%) del PRESUPUESTO OFICIAL.

Ø Vigencia: Cuatro (4) meses, contados a partir de la fecha de cierre del presente concurso de meritos. En caso de prorrogarse el plazo del concurso el proponente deberá mantener

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vigentes todos los plazos y condiciones originales de su propuesta y ampliar la validez de la garantía de seriedad por el término adicional que señale el INCO.

Ø Tomador / Afianzado: si el proponente es una persona jurídica, la póliza o garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la póliza deberá tomarse a nombre de todos y cada uno sus integrantes, y no a nombre de los representantes legales, ni a nombre del consorcio o unión temporal.

La garantía de seriedad de las ofertas no aceptadas será devuelta de conformidad con lo establecido en el presente pliego de condiciones.

4.7.2. PROPUESTA TECNICA

4.7.2.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA

Se evaluará a partir de la información del ANEXO 1 Formulario No. 1, de los contratos que cumplan los siguientes requisitos:

• Sus fechas de inicio se encuentran dentro del período correspondiente al 1 de enero de 1993 y la fecha de cierre del presente Concurso de Meritos.

• Su objeto haya sido la interventoría técnica, legal y financiera de contratos de concesión de carreteras.

• Su objeto haya sido la asesoría y/o auditoria financiera en proyectos de Infraestructura y/o estructuración de proyectos de Infraestructura, y/o Banca de Inversión para proyectos de infraestructura, y/o Estudios Financieros para proyectos de infraestructura.

Los contratos deberán cumplir con por lo menos una combinación de los requisitos exigidos en las viñetas uno y dos y/o uno y tres para ser tenidos en cuenta en la evaluación del proponente. Sin embargo el proponente deberá presentar como mínimo un contrato que cumpla con los requisitos 1 y 2 en el caso en que presente los otros contratos que cumplen los requisitos 1 y 3. Igualmente, el proponente deberá presentar como mínimo un proyecto que cumpla con los requisitos 1 y 3 en el caso en que presente los otros contratos que cumplen los requisitos 1 y 2.

El criterio será susceptible de calificación en el numeral 5.2 del presente pliego de condiciones, de acuerdo con las siguientes premisas:

Por cada contrato terminado y/o ejecutado en un porcentaje igual o mayor a un cincuenta por ciento (50%) que cumplan los requisitos 1 y 2 y/o 1 y 3, según lo antes mencionado; recibirá 100 puntos hasta un máximo de 300 puntos en caso contrario, se calificará con un puntaje total igual cero (0).

Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la experiencia general solicitada se obtendrá de la sumatoria de experiencia de todos los integrantes. En todo caso, para efectos de evaluación solamente se tendrán en cuenta el número de proyectos que

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cumplan con las condiciones establecidas en el presente documento y que se encuentren relacionadas en el formulario correspondiente.

Cuando un proponente suministre información referida a su participación en un consorcio o unión temporal, El Instituto considerará para efectos de la evaluación del factor experiencia, el porcentaje de participación establecido en el documento de constitución respectivo allegado con la propuesta.

Para efectos de la acreditación de experiencia específica no se aceptarán subcontratos.

Los contratos válidos para acreditar la experiencia especifica serán aquellos suscritos entre el ente y/o persona contratante y el oferente (contratista de primer orden), cualquier otra derivación de estos se entenderá para efectos del proceso como subcontrato.

En caso de la acreditación de experiencia especifica a través de contratos ejecutados en el extranjero, la misma solo será válida para efectos del proceso cuando se haya ejecutado para entidades estatales del país donde se ejecutó el contrato.

Para la contabilización de la experiencia especifica del interesado persona jurídica se podrá acumular la de los socios, cuando no cuente con mas de cinco (5) años de constituida, y se hará en proporción a su participación en el capital social.

En caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia específica será la acumulación de las experiencias específicas (individuales) de quienes lo conforman proporcional a su participación en el mismo.

Cuando el proponente sea una persona natural o jurídica extranjera que no tenga sucursal en Colombia, presentará la información que acredite su experiencia específica, en iguales condiciones que los proponentes nacionales. En caso de que alguna información referente a esta experiencia no esté acreditada de la manera que exige el presente pliego de condiciones, deberá aportar el documento o documentos equivalentes, de los cuales se pueda obtener la información requerida. Esta acreditación con documentos equivalentes, solo aplica en relación con los expedidos en un país extranjero.

Cuando el contrato que se pretende acreditar como experiencia especifica haya sido ejecutado en consorcio o unión temporal deberán presentar el Formulario, discriminando el porcentaje de participación del integrante en la ejecución del contrato que se quiera hacer valer dentro del proceso.

Cuando en la revisión del formulario se encuentren errores de trascripción en cifras, en fechas, en números o en letras, prevalecerá la información contenida en la certificación que acompaña dicho formulario.

En caso que la Entidad requiera verificar la veracidad de la información aportada para acreditar la experiencia especifica, podrá solicitarla y el oferente está en la obligación de allegarla, de lo contrario los contratos no serán tenidos en cuenta para la asignación de puntaje.

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La información deberá ser presentada en moneda legal colombiana, en este orden, cuando el valor de los contratos este expresado en monedas extranjeras éste deberá convertirse en Pesos Colombianos, siguiendo el procedimiento que a continuación se describe:

Ø Si está expresado originalmente en Dólares de los Estados Unidos de Norte América; los valores se convertirán a pesos colombianos, utilizando para ello el valor correspondiente al promedio de las tasas representativas del mercado, certificadas por el Banco de la República, a las fechas de inicio y de terminación del contrato, para lo cual el proponente deberá indicar la tasa representativa del mercado utilizada para la conversión.

Ø Si está expresado originalmente en una moneda o unidad de cuenta diferente a Dólares de los Estados Unidos de Norte América, deberá convertirse a ésta moneda, utilizando para ello el valor correspondiente al promedio de las tasas de cambio vigentes entre el dólar y dicha moneda, a las fechas de inicio y de terminación del contrato. Hecho esto se procederá en la forma que señala el inciso anterior.

LA INFORMACIÓN RELATIVA A LA EXPERIENCIA ESPECIFICA SE CALIFICARÁ A PARTIR DE LA INFORMACION APORTADA EN LA PROPUESTA, POR ENDE NO SERÁ SUSCEPTIBLE DE MODIFICACIÓN, ACLARACIÓN, COMPLEMENTACIÓN, NI CORRRECCIÓN POR PARTE DEL OFERENTE CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DE CIERRE DEL PRESENTE PROCESO, POR TRATARSE DE UN FACTOR DE PONDERACION ESENCIAL PARA LA COMPARABILIDAD DE LAS OFERTAS.

4.7.2.2 PROPUESTA METODOLOGICA, PLAN Y CARGAS DE TRABAJO

Los proponentes deberán presentar una PROPUESTA de manera coherente y clara, que sustente la Metodología, el Plan de trabajo y la Organización, coordinación y distribución de cargas de trabajo para el proyecto propuesto, cumpliendo con la idoneidad, calidad y requisitos mínimos exigidos.

El proponente de conformidad con lo establecido para el criterio de calificación “METODOLOGIA, PLAN Y CARGAS DE TRABAJO”, deberá desarrollar dentro de su propuesta, como mínimo los siguientes aspectos en cada uno de los subcriterios a calificar.

• Metodología. Actividades claves para la ejecución del proyecto de interventoría o consultoría, controles a realizar, criterio de aceptación, responsable de la actividad, frecuencia de la actividad, documento que genera y registros.

• Plan de trabajo. Nombre de la actividad, precedencias, duración estimada, inicio y final.

• Organización, coordinación y distribución de cargas de trabajo. Plan de calidad, Organigrama para el proyecto, funciones y responsabilidades

LA INFORMACIÓN RELATIVA A LA METODOLOGIA, PLAN Y CARGAS DE TRABAJO SE CALIFICARÁ A PARTIR DE LA INFORMACION APORTADA EN LA PROPUESTA, POR ENDE NO SERÁ SUSCEPTIBLE DE MODIFICACIÓN, ACLARACIÓN,

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COMPLEMENTACIÓN, NI CORRRECCIÓN POR PARTE DEL OFERENTE CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DE CIERRE DEL PRESENTE PROCESO, POR TRATARSE DE UN FACTOR DE PONDERACION ESENCIAL PARA LA COMPARABILIDAD DE LAS OFERTAS.

4.7.2.3. PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO. Rango de ponderación entre máximo 500 Puntos

Se evaluará a partir de la información del ANEXO No. 2, Personal Profesional ofrecido para los cargos de Director de Interventoría, Subdirector Técnico y Operativo y Subdirector Financiero. El profesional ofrecido podrá obtener puntaje en el numeral 5.5 del presente pliego de condiciones, si acredita lo siguiente:

a.­ Director de la interventoría

El profesional ofrecido para el cargo de Director debe acreditar lo siguiente:

1. Posee matrícula profesional vigente de Ingeniero Civil o de Ingeniero en Transportes y Vías o Arquitecto.

2. Posee título de especialización o maestría o doctorado en alguna de las siguientes áreas: Administración de Empresas o Economía o Finanzas o Gerencia Financiera o Gerencia de Proyectos o Evaluación de Proyectos o Evaluación Financiera o Gerencia de Construcción o Gerencia de Obras o Infraestructura Vial.

3. Tiene la siguiente experiencia:

a) Una experiencia general no menor de ciento veinte (120) meses.

b) Posee mínimo ochenta y cuatro (84) meses de experiencia específica acumulada, contados a partir de la fecha en la cual el profesional ejerce legalmente la profesión hasta la fecha de cierre del plazo del presente concurso público, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:

Ejercicio profesional en la empresa privada, como director de proyectos viales rurales o urbanos o director de Interventoría de proyectos viales rurales o urbanos o como director de proyectos de concesión de infraestructura vial.

Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel ejecutivo, asesor y/o directivo o como contratista de prestación de servicios profesionales, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con proyectos viales o de concesión de infraestructura vial.

Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores, el ítem 5.5 correspondiente a los CRITERIOS DE EVALUACION PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO se calificará con un puntaje total igual a cero (0) y automáticamente la propuesta será declarada NO HABIL por no cumplir con el puntaje mínimo requerido de 750 puntos

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b.­ Subdirector Técnico y Operativo

El profesional ofrecido para el cargo de Subdirector Técnico y Operativo deberá cumplir lo siguiente:

1. Posee matrícula profesional vigente de Ingeniero Civil o de Ingeniero de Transportes y Vías.

2. Posee título de especialización o maestría o doctorado en alguna de las siguientes áreas: Diseño Geométrico de Vías, Transporte, Infraestructura Vial, Pavimentos o Gestión de proyectos viales o Vías.

3. Tiene la siguiente experiencia:

a) Una experiencia general no menor de noventa y seis (96) meses.

b) Posee mínimo sesenta (60) meses de experiencia específica acumulada, contados a partir de la fecha en la cual el profesional ejerce legalmente la profesión, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:

• Ejercicio profesional en la empresa privada, como director, subdirector, gerente, subgerente o coordinador de proyectos de construcción y/o de rehabilitación y/o mejoramiento de vías rurales o como director, subdirector, gerente, subgerente o coordinador de Interventoría de proyectos de construcción y/o rehabilitación y/o mejoramiento de vías rurales y/o Director o subdirector de Interventoría en Proyectos de Concesión de infraestructura vial.

• Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel directivo, Asesor, ejecutivo o profesional especializado o como contratista de prestación de servicios profesionales, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con proyectos de construcción y/o de rehabilitación y/o mejoramiento de vías rurales y/o de Concesión de Infraestructura Vial.

Adicionalmente, el Subdirector Técnico y Operativo debe tener una dedicación del 100% en el desarrollo del proceso de la Interventoría.

Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores, el ítem 5.5 correspondiente a los CRITERIOS DE EVALUACION PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO se calificará con un puntaje total igual a cero (0) y automáticamente la propuesta será declarada NO HABIL por no cumplir con el puntaje mínimo requerido de 750 puntos

c.­ Subdirector Financiero

El profesional ofrecido para el cargo de Subdirector Financiero debe acreditar lo siguiente:

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1. Posee matrícula y/o título profesional en alguna de las siguientes profesiones: economía o ingeniería industrial o ingeniería civil o Ingeniería de Transportes y Vías o administración de empresas.

2. Posee título de especialización o maestría o doctorado en: Administración Financiera o Gerencia Financiera o Finanzas o Evaluación financiera de proyectos o Magíster en Administración o Auditoría Financiera o Gestión Financiera.

3. Tiene la siguiente experiencia:

a) Una experiencia general no menor de noventa y seis (96) meses.

b) Posee mínimo sesenta (60) meses de experiencia específica acumulada, contados a partir de la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:

1. Ejercicio profesional en la empresa privada, como director financiero, subdirector financiero o coordinador del área financiera en proyectos relacionados con cualquiera de las siguientes actividades:

Infraestructura: Se entiende por Proyectos de Infraestructura los eléctricos, de acueductos y alcantarillados, de empresas de gas, de aseo, puentes, puertos, aeropuertos, vías terrestres, marítimas, fluviales y férreas.

Estructuración de concesiones.

Proyectos relacionados con el sistema financiero colombiano.

Mercado de capitales.

Banca de inversión.

Manejo de modelos financieros.

Project Finance para proyectos privados.

2. Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel ejecutivo, asesor, directivo y/o profesional Especializado, o como contratista de prestación de servicios siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con proyectos financieros de infraestructura concesionada o en cualquiera de las descritas en el numeral 1, de este literal.

Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores, el ítem 5.5 correspondiente a los CRITERIOS DE EVALUACION PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO se calificará con un puntaje total igual a cero (0) y automáticamente la propuesta será declarada NO HABIL por no cumplir con el puntaje mínimo requerido de 750 puntos

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NOTA: La veracidad acerca de la información suministrada en relación con el personal ofrecido podrá ser verificada integralmente por el INCO.

4.7.2.4 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL

Con el fin de establecer el apoyo que los proponentes NACIONALES O EXTRANJEROS otorguen a la industria nacional en virtud de lo dispuesto en el articulo 2 de la Ley 816 de 2003, DEBERÁN ANEXAR A LA PROPUESTA CERTIFICACIÓN EN LA CUAL CONSTE LA PROCEDENCIA, nacional o extranjera del personal que será puesto al servicio en la ejecución del contrato.

NOTA: LA OMISIÓN DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA EN ESTE NUMERAL, NO SERÁ SUBSANABLE POR SER FACTOR DE PONDERACIÓN, EN TODO CASO, LA NO PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA NO RESTRINGE LA PARTICIPACIÓN DEL PROPONENTE, NI ES CAUSAL DE RECHAZO DE LA PROPUESTA.

4.7.3 CARTA DE INTENCION

Con el fin de asegurar que se tiene la aquiescencia o consentimiento del personal profesional ofrecido, el contratista deberá presentar el formato suministrado por la Entidad en el ANEXO 3. Carta de intención, debidamente suscrito por el profesional correspondiente donde manifieste su intención de conformar el equipo de trabajo para la ejecución del proyecto, dedicación al mismo en porcentaje y el cargo a desempeñar.

LA INFORMACIÓN RELATIVA A PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO SE CALIFICARA A PARTIR DE LA INFORMACION APORTADA EN LA PROPUESTA, POR ENDE NO SERÁ SUSCEPTIBLE DE MODIFICACIÓN, ACLARACIÓN, COMPLEMENTACIÓN, NI CORRRECCIÓN POR PARTE DEL OFERENTE CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DE CIERRE DEL PRESENTE PROCESO, POR TRATARSE DE UN FACTOR DE PONDERACION ESENCIAL PARA LA COMPARABILIDAD DE LAS OFERTAS.

4.7.4 RECIPROCIDAD.

La RECIPROCIDAD aplica para aquellos proponentes e integrantes de consorcios o uniones temporales EXTRANJEROS que deseen el tratamiento de proponente nacional.

Las sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas naturales extranjeras no residentes en el país que presenten propuesta, recibirán el mismo tratamiento que los nacionales, siempre que exista un acuerdo, tratado o un convenio entre el país de su nacionalidad y Colombia, en el sentido de que a las ofertas de servicios colombianos se les concederá en ese país el mismo tratamiento otorgado a sus nacionales en cuanto a las condiciones, requisitos, procedimientos y criterios para la adjudicación de los contratos celebrados con el sector público.

En el supuesto de no existir los mencionados acuerdos, el proponente deberá incluir dentro del Sobre Uno (1) un certificado emitido por la respectiva Misión Diplomática Colombiana, en la cual conste que los proponentes colombianos gozan de la oportunidad de participar en los procesos de contratación pública en las mismas condiciones y con los mismos requisitos

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exigidos a los nacionales de su país.

En todo caso, la inexistencia del acuerdo o certificación mencionados no restringe la participación de sociedades o personas extranjeras, ni constituye causal de rechazo de su propuesta.

En virtud de la Ley, se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. Este último caso se demostrará con informe de la respectiva Misión Diplomática Colombiana, que se acompañará a la documentación que se presente.

4.8 SOBRE No. 2­ PROPUESTA ECONOMICA ­

En este sobre el proponente deberá incluir su propuesta económica debidamente diligenciada, de conformidad con en el ANEXO 4 Formulario No. 2 y 2A, en lo correspondiente a precios (propuesta económica).

La no presentación de la propuesta económica, la presentación de la misma sin la firma del proponente o la omisión del precio unitario de alguno (s) de los ítems, generará RECHAZO de la propuesta.

Una vez se de apertura al sobre No. 2 y se encuentre que la propuesta económica no corresponde a los requerimientos técnicos solicitados en el presente documento, generará RECHAZO de la propuesta.

La propuesta económica deberá incluir todos los precios solicitados en el ANEXO 4. Formulario No 2A el cual solo se tendrá en cuenta para efectos de verificar la consistencia de la propuesta económica con la propuesta técnica.

En caso de inconsistencias de los valores consignados en los formularios 2 y 2A del ANEXO No 4, prevalecerá el formulario No 2.

El Instituto no asignará puntaje a la propuesta económica.

4.8.1 Aspectos a considerar en el valor de la propuesta

1. Información previa

Estudiará la información relacionada en estos pliegos de condiciones, a efectos de familiarizarse con las especificaciones necesarias para ejecutar el proyecto, así como la normatividad que regirá el futuro contrato que sea celebrado en desarrollo del presente proceso.

2. Examen de los sitios

Antes de la presentación de la propuesta el proponente deberá inspeccionar y examinar el sitio y los alrededores del proyecto a fin de informarse por su cuenta sobre todas las circunstancias que puedan afectar o influir en el cálculo del valor de su propuesta.

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3. Factor Multiplicador

El proponente deberá calcular un factor multiplicador, que contenga, entre otros, los sueldos, las prestaciones sociales, los costos indirectos que correspondan a aquellos gastos en que incurre la organización del consultor para poder ofrecer la disponibilidad de sus servicios y los honorarios o beneficio económico que pretende percibir por la ejecución del trabajo.

Dicho factor deberá consignarlo en su propuesta económica, so pena de rechazo.

4. Personal para la consultoría

El valor de la oferta deberá incluir los costos inherentes a la obligación de mantener durante la ejecución de la consultoría y hasta la entrega total de la misma a satisfacción del Instituto, todo el personal idóneo y calificado de directivos, profesionales, técnicos, administrativos que se requieran.

5. Impuestos, tasas y contribuciones

Al formular la oferta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales, y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades ambientales, por el uso e intervención de recursos naturales necesarios para el desarrollo de la obra; estos pagos deben soportarse con las certificaciones correspondientes expedidas y/o validadas por las autoridades competentes.

6. Garantías, seguros y contribución especial

El proponente favorecido con la adjudicación tendrá a su cargo los costos de las garantías y seguros que se mencionan en la minuta del contrato.

4.9 RETIRO DE LA PROPUESTA

Los proponentes podrán solicitar por escrito, al Instituto, el retiro de su propuesta en cualquier momento, antes de la fecha y hora previstas para el cierre del plazo del presente proceso de selección, la cual será devuelta sin abrir, al proponente o a la persona autorizada.

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CAPÍTULO V

CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

5.1 CIERRE DEL PLAZO DEL PROCESO DE SELECCIÓN – APERTURA DEL SOBRE No. 1

Los Sobres No. 1 de las propuestas recibidas hasta la fecha y hora del cierre del plazo del presente proceso, establecida en la cronología de este pliego de condiciones, serán abiertos en la Sala INCO en el tercer piso del Edificio del Ministerio de Transporte – CAN. Bogota D.C.

La apertura del Sobre No. 1 se efectuará en acto público, por parte de la Subgerencia de Estructuración y Adjudicación y del Jefe de la Oficina de Control Interno, o sus delegados. De lo anterior se levantará un acta suscrita por los asistentes, en la cual se relacionará el nombre de los proponentes, si la carta de presentación fue incluida y está firmada, los módulos a los cuales presenta oferta, de ser el caso, el nombre de la compañía aseguradora y el número de la póliza o garantía de seriedad de la propuesta que la acompaña, el numero de folios y las observaciones correspondientes, así como los demás aspectos relevantes que considere la Entidad.

Los funcionarios antes mencionados verificarán que cada Sobre No. 2 esté debidamente sellado y lo depositaran en una tula a la cual se le colocará un sello de seguridad. Los números de serie de la tula y del sello de seguridad serán consignados en el acta de apertura del Sobre No. 1, y serán de conocimiento público de los proponentes con el fin de ser verificados el día de la audiencia pública de apertura del Sobre No. 2, prevista en la cronología de este pliego de condiciones.

El Instituto no será responsable por no abrir, o abrir prematuramente los sobres incorrectamente dirigidos o sin la identificación adecuada.

A partir de la fecha y hora de cierre del plazo de la presente licitación pública los proponentes no podrán retirar, adicionar o corregir sus propuestas.

El original y las copias de las propuestas se distribuirán de la siguiente manera:

ü El original y una copia del Sobre No. 1 en el Grupo de Licitaciones y Concursos. ü El original del Sobre No. 2 se entregará a una firma experta en seguridad resguardo de

valores y documentos.

El siguiente procedimiento será aplicable para el presente proceso así:

El Instituto realizará la calificación técnica de las propuestas, con el fin de determinar, de acuerdo con las exigencias de este pliego de condiciones, los puntajes para cada una de las proponentes.

Las propuestas serán calificadas teniendo en cuenta los aspectos que se enuncian a continuación:

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Criterio calificado Máximo Puntaje

Experiencia específica 300

Propuesta metodológica, plan y cargas de trabajo 150

Profesionales y expertos integrantes del equipo de trabajo 450

Apoyo a la industria nacional 100

TOTAL 1000

La evaluación se realizará de conformidad con las siguientes reglas:

5.2 CRITERIOS DE CALIFICACION EXPERIENCIA ESPECÍFICA se ponderará entre 0 ­ 300 puntos

Una vez calificada la documentación que sustenta la experiencia específica de cada uno de los proponentes la ponderación se realizará de la siguiente manera:

Por cada contrato terminado y/o ejecutado en un porcentaje igual o mayor a un cincuenta por ciento (50%) que cumpla con los requisitos solicitados en el presente numeral, recibirá 100 puntos hasta un máximo de 300 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:

Numero de Contratos Válidos 1 2 3 Puntaje Obtenido 100 200 300

Los contratos y sus soportes deben cumplir los siguientes requisitos:

• Sus fechas de inicio y terminación se encuentran dentro del período correspondiente al 1 de enero de 1993 y la fecha de cierre del presente Concurso de Méritos.

• Su objeto haya sido la interventoría técnica, legal y financiera de contratos de concesión de carreteras.

• Su objeto haya sido la asesoría y/o auditoria financiera en proyectos de Infraestructura y/o estructuración de proyectos de Infraestructura, y/o Banca de Inversión para proyectos de infraestructura, y/o Estudios Financieros para proyectos de infraestructura.

Si el contrato incumple cualquiera de los dos requisitos anteriores (1 y 2) o (1 y 3) NO SERÁ tenido en cuenta para la calificación.

La información consignada en el Formulario de experiencia debe contener claramente los siguientes datos:

El objeto; el porcentaje de participación si fue ejecutado bajo la modalidad de consorcio o unión temporal; las fechas contractuales de iniciación y terminación y las de reiniciación o suspensión si el contrato presentó suspensiones; el valor total facturado (incluido el IVA) por

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concepto de obra o el que corresponda según el porcentaje de participación si fue ejecutado bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, dentro del período correspondiente al 1 de enero de 1993 y la fecha de terminación.

El Instituto se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por el proponente, tendiente a acreditar su experiencia, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades contratantes.

Cuando exista inconsistencia definitiva entre la información suministrada por el oferente y la efectivamente obtenida o suministrada a la entidad por la fuente de donde proviene la información relativa a la experiencia que se pretende acreditar en el proceso, se considerará falta a la verdad y la Entidad mantendrá hasta la adjudicación la potestad de aplicar: la causal de rechazo de la oferta, el descuento durante doce (12) meses contados a partir de la adjudicación o declaratoria de desierta del proceso en que se produjo el rechazo, consistente en la disminución de doscientos cincuenta (250) puntos del total obtenido en la evaluación en aquellos procesos de la Entidad en los cuales participe, el reporte correspondiente al Consejo Profesional Nacional de Ingeniería (COPNIA) para que se adopten las acciones correspondientes y de ser el caso se instaurará la correspondiente denuncia penal.

Este descuento se hace extensivo al proponente aunque participe bajo cualquiera de las modalidades asociativas previstas en la Ley (Consorcios o Uniones Temporales) afectando a todos los integrantes.

En caso de aplicarse la causal de rechazo aquí prevista, el Instituto, comunicará las irregularidades presentadas al Consejo Profesional Nacional de Ingeniería (COPNIA) para que se adopten las acciones correspondientes y de ser el caso se instaurará la correspondiente denuncia penal.

NOTA: Los documentos contentivos del ofrecimiento de la experiencia especifica deberán ser anexado por el oferente dentro del sobre No. 1 y no será admitido con posterioridad a la fecha y hora del cierre para la entrega de propuestas, por ser factor de ponderación de las ofertas.

5.3 OTRAS CONSIDERACIONES

• La información de los contratos suscritos con el Instituto Nacional de Concesiones registrada en el ANEXO 1. Formulario 1. RELACIÓN DE CONTRATOS DE CONSULTORÍA, podrá ser verificada en los archivos de la entidad, para lo cual deberá relacionar la información requerida en el presente pliego de condiciones. En caso de presentar inconsistencia o no consignar la información necesaria se aplicará el correctivo correspondiente.

• Para efectos de la experiencia especifica, la calificación de aquellos contratos cuyo objeto ha previsto adelantar independientemente actividades de consultoría y de ejecución de obras, se efectuará considerando únicamente el plazo y los valores correspondientes a la etapa de consultoría que comprenda cualquiera de las actividades descrita en el numeral 4.7.2.1 del presente documento, siempre y cuando

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el plazo y valor de la consultoría estén claramente especificados en el contrato o en su defecto en el acta de liquidación o terminación o recibo final, en caso contrario no se tendrá en cuenta para la evaluación.

• En el evento en que dos o más proponentes relacionen una misma información y ésta presente inconsistencias, se solicitará a la Entidad contratante aclarar la información real del contrato.

• Para efectos de la calificación, los plazos serán aproximados por exceso o por defecto a la décima de mes, así: cuando la centésima de mes sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente de la décima de mes y cuando la centésima de mes sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de la décima de mes.

5.4. CRITERIOS DE EVALUACION PROPUESTA METODOLOGICA GENERAL, PLAN Y CARGAS DE TRABAJO. 0 – 150 puntos

Propuesta Metodológica

El proponente deberá elaborar:

1 ­ Los procesos metodológicos que considere claves para el desarrollo de la Consultoría

2 ­ Los aportes adicionales a los alcances de la Interventoría planteados para el mejoramiento del trabajo, basado en su experiencia o en la utilización o consideración de nuevas prácticas o ayudas técnicas.

Ítems (Puntos por ítem) 1 Claridad de los procesos metodológicos 30 2 Aportes Adicionales a los Pliegos de condiciones 20 Total Puntos 50

Para el ítem 1 el comité evaluador asignará la calificación proporcionalmente a la calidad de su planteamiento, así:

Excelente 30 puntos Satisfactorio 20 puntos Regular 10 puntos Inadecuado 0 puntos

Para el ítem 2 el comité evaluador asignará la calificación proporcionalmente a la calidad de su planteamiento, así:

Excelente 20 puntos Satisfactorio 15 puntos Regular 10 puntos Inadecuado 0 puntos

Plan de Trabajo

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La propuesta debe incluir en forma clara:

1 ­ El desarrollo de los procesos y trabajos detallados y los informes. 2 ­ La interacción de los recursos (humanos, físicos y herramientas definidas para darle el

mejor carácter operativo e integral al mismo). 3 ­La dedicación que le dará al grupo de profesionales durante la ejecución del contrato 4 ­Se debe anexar, el Cronograma de Actividades (en diagrama de barras), donde se

visualicen las actividades, su precedencia, su ruta crítica y duración.

Ítems Puntos por ítem 1 Desarrollo de los procesos y trabajos detallados e

informes 12,5

2 Interacción de los recursos 12,5 3 Dedicación que le dará al grupo de profesionales claves 12,5 4 Coherencia del Cronograma de Actividades 12,5 Total Puntos 50

Para cada uno de los ítems, se asignará la calificación proporcionalmente a la calidad de los planteamientos del plan, así:

Excelente 12,5 puntos Satisfactorio 7 puntos Aceptable 5 puntos Inadecuado 0 puntos

Las macro actividades a tener en cuenta son las siguientes:

FUNCIONES TÉCNICAS FUNCIONES ADMINISTRTIVAS FUNCIONES SOCIO AMBIENTALES OTRAS FUNCIONES INFORMACIÓN TECNICA FINAL

Cargas de Trabajo

El proponente deberá definir:

1 ­ La asignación de las responsabilidades y funciones de los profesionales del personal mínimo 2 ­ La entrega de los productos mínimos requeridos. 3 ­ La coordinación interinstitucional. 4 ­ Se presentará un organigrama consistente para el proyecto.

Ítems Puntos por ítem 1 Asignación de responsabilidades y funciones de los

profesionales del personal mínimo 12,5

2 Entrega de los productos mínimos requeridos 12,5 3 Coordinación interinstitucional 12,5 4 Organigrama consistente para el proyecto 12,5

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Total Puntos 50

Para cada uno de los ítems, se asignará la calificación proporcionalmente a la calidad de los planteamientos, así:

Excelente 12,5 puntos Satisfactorio 7 puntos Aceptable 5 puntos Inadecuado 0 puntos

EN CASO QUE EL PROPONENTE NO PRESENTE ALGUNO DE LOS TRES SUBCRITERIOS A PONDERAR O NO INCLUYA Y DESARROLLE LOS ASPECTOS MÍNIMOS REQUERIDOS, SE LE ASIGNARÁ UN PUNTAJE TOTAL IGUAL A CERO (0).

En caso que el proponente anexe más de una metodología, plan y cargas de trabajo para efectos de otorgar puntaje, únicamente se tendrá en cuenta el primer documento foliado en la propuesta.

NOTA: Los documentos contentivos del ofrecimiento de la metodología, plan y cargas de trabajo deberá ser anexado por el oferente dentro del sobre No. 1 y no será admitido con posterioridad a la fecha y hora del cierre para la entrega de propuestas, por ser factor de ponderación de las ofertas.

5.5 CRITERIOS DE EVALUACION PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO.

Una vez calificada la documentación que sustenta la formación académica y experiencia en proyectos similares de cada uno de los proponentes la ponderación se realizará de la siguiente manera:

a.­ Formación académica y especializaciones. 0 – 250 puntos

Se aplicarán los rangos de ponderación que a continuación se discriminan:

PROFESIONAL FORMACION ACADEMICA PUNTAJE

RANGO DE

PUNTAJE

Director Proyecto Especialización 75

Maestría, Doctorado o superior 100 0 – 100

Subdirector Técnico­ Operativo Especialización 25

Maestría, Doctorado o superior 50 0 – 50 0 –50

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Subdirector Financiero Especialización 25

Maestría, Doctorado o superior 50 TOTAL PUNTAJE POSIBLE DE OBTENER 0 – 200

b.­ EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN PROYECTOS SIMILARES. 0 – 250 puntos

PROFESIONAL

Meses de Experiencia específica equivalente

(e)

PUNTAJE POR

EXPERIENCIA RANGO DE PUNTAJE

0<= e < 84 0 84 <= e < 114 25 114 <= e < 144 70

Director Proyecto

e >= 144 110

0 – 110

0<= e < 60 0 60 <= e < 95 20 95 <= e < 130 45

Subdirector Técnico­Operativo

e >= 130 70

0 – 70

0<= e < 60 0 60 <= e < 95 20 95 <= e < 130 45

Subdirector Financiero

e >= 130 70

0 – 70

TOTAL PUNTAJE POSIBLE DE OBTENER 0 – 250

• Se entiende por meses de experiencia específica equivalente, el resultado de la multiplicación de la duración en meses de los contratos validados por la entidad por el porcentaje de dedicación de cada uno de ellos. El valor total de los meses de experiencia específica equivalente estará dado por la sumatoria de la experiencia como funcionario en entidades oficiales y la experiencia especifica en entidades privadas.

• LOS PROYECTOS QUE PRESENTEN SIMULTANEIDAD EN EL TIEMPO Y QUE EXCEDAN EL 100% DE DEDICACIÓN DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOS POR EL OFERENTE NO SERÁN TENIDOS EN CUENTA PARA EL CÁLCULO DE LOS MESES DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA EQUIVALENTE, ES DECIR, SE ASIGNARÁ UN PORCENTAJE DE DEDICACIÓN IGUAL A CERO (0).

5.6 EVALUACIÓN DEL LA PARTICIPACIÓN DEL PROVEEDOR NACIONAL.

Esté factor se evaluará con base en la Ley 816 de 2003 para el proceso, módulo o módulos a los cuales se presente propuesta, con el fin de garantizar el apoyo a la Industria Nacional con fundamento en la documentación aportada de acuerdo con los presentes pliegos de condiciones así:

• Cuando el proponente oferte servicios con un porcentaje igual o mayor al 50% de

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personal nacional, en lo correspondiente al objeto del presente concurso de méritos, se le asignarán 100 puntos.

• Cuando el proponente oferte servicios con personal nacional inferior al 50%, se le asignarán 50 puntos.

• Cuando el proponente oferte servicios únicamente con personal extranjero en lo correspondiente al objeto del presente concurso, se le asignarán 20 puntos.

NOTA: El documento contentivo del ofrecimiento del requisito de Apoyo a la Industria Nacional deberá ser anexado por el oferente dentro del sobre No. 1 y no será admitido con posterioridad a la fecha y hora del cierre para la entrega de propuestas, por ser factor de ponderación de las ofertas.

De no presentar carta que contenga el ofrecimiento aquí establecido y en las condiciones previstas en este pliego de condiciones no se otorgara puntaje por este factor.

5.7 OTRAS CONSIDERACIONES

• Para efectos de la asignación de puntajes por EXPERIENCIA ESPECIFICA EN PROYECTOS SIMILARES, los tiempos serán aproximados por exceso o por defecto a la décima de mes, así: cuando la centésima de mes sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente de la décima de mes y cuando la centésima de mes sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de la décima de mes.

• En el caso de profesionales que hayan ejercido la profesión en el exterior con anterioridad a la obtención de la matrícula en el país, esa experiencia se tomara a partir de la fecha de la matrícula o su equivalente en el país de origen o donde hubiere trabajado.

• La experiencia como profesor de cátedra, director de proyectos de investigación, de tesis o asesor de proyectos de tesis; no se tendrá en cuenta como experiencia específica de los profesionales.

• Los títulos de postgrado deberán acreditarse mediante copia de los diplomas y/o actas de grado; de lo contrario, no se tendrán en cuenta.

• Se debe anexar la siguiente documentación para el personal exigido en el numeral 4.7.2.3 de los pliegos de condiciones , de lo contrario, no se tendrán en cuenta:

­ Fotocopia de la matricula profesional

­ Fotocopia del certificado de vigencia de la matricula profesional.

­ Fotocopia de la cédula de ciudadanía

Para acreditar la experiencia específica del Director de interventoría, Subdirector técnico y operativo y Subdirector financiero el proponente deberá anexar a la propuesta, las

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certificaciones respectivas, en las cuales se indique: Nombre de la Entidad Contratante, contratista, actividades ejecutadas, objeto, valor y fecha de inicio y terminación del contrato.

5.8 RECIPROCIDAD

El proponente extranjero, que oferte servicios con personal nacional colombiano y su origen sea un país con el cual Colombia tenga tratado vigente o en el que se de tratamiento de reciprocidad a los bienes y servicios nacionales, en los términos del parágrafo del artículo 1º de la Ley 816 de 2003, deberá anexar con su propuesta copia del documento o acuerdo vigente que acredité la reciprocidad a los bienes y servicios en su país de origen.

5.9 ORDEN DE CALIFICACION DE LAS PROPUESTAS TECNICAS Y CRITERIO DE DESEMPATES.

En la Audiencia Pública en la cual se dará a conocer el orden de calificación de las propuestas técnicas prevista en la “Cronología del Proceso”, el Instituto Nacional de concesiones, además de realizar la apertura del sobre No. 2 para el proceso, establecerá el orden de calificación de las propuestas técnicas, así:

El comité entregará a la entidad su informe de evaluación, el cual contendrá la explicación del desarrollo de su actividad, y los puntajes individuales y final de las propuestas. Con base en este resultado el instituto conformará el orden de elegibilidad de manera descendente de acuerdo con el puntaje obtenido, es decir, obtendrá el primer lugar de elegibilidad aquella propuesta que haya obtenido el mayor puntaje y así sucesivamente.

En caso de empate entre las propuestas consideradas ELEGIBLES y que obtuvieron un puntaje igual, se aplicará el siguiente procedimiento de desempate:

1. En caso de que exista empate entre propuesta nacional y extranjera, se preferirá la propuesta nacional, de conformidad con el artículo 2 de la ley 816 de 2006.

2. De persistir el empate, se escogerá la propuesta que mayor puntaje haya obtenido en el numeral 5.5. “ criterios de evaluación profesionales y expertos integrantes del equipo de trabajo.” del presente documento.

3.­ Si persiste el empate tendrá prelación el oferente que no haya sido multado o sancionado durante los últimos dos (2) años

Para efectos de la evaluación se considerarán las multas y sanciones por incumplimiento de contratos que hayan sido impuestas al proponente dentro de los últimos dos (2) años anteriores a la fecha de presentación de la propuesta.

4. Si persiste el empate, se escogerá la propuesta que presente certificado de aseguramiento de la calidad ISO 9000 cuyo alcance involucre interventoría de obras civiles en infraestructura vial.

5.­ De persistir el empate, se procederá a realizar sorteo, por medio de balotas.

5.10 APERTURA DEL SOBRE 2 ­ PROPUESTA ECONOMICA­

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En la audiencia publica prevista en la cronología del proceso, el Instituto Nacional de Concesiones informará:

• En virtud del principio de economía, INCO da por entendido que los proponentes conocen el documento “Respuesta a las observaciones formuladas al informe de evaluación de las propuestas” publicado en el SECOP o en la pagina web que haga sus veces, por lo tanto, no dará lectura al mismo y procederá a dar oportunidad a los asistentes a la reunión para que dejen sus constancias.

• Se efectuará la apertura del Sobre No. 2 del oferente que ocupe el primer lugar en el orden de calificación. La tula retornará nuevamente al sitio de seguridad con los Sobres No. 2 de las restantes propuestas.

• Dará a conocer el orden de calificación de las propuestas técnicas.

• En el evento de presentarse acuerdos entre el proponente y la Entidad se levantará un acta donde se deje constancia de los acuerdos alcanzados los cuales serán parte integrante del respectivo contrato.

5.10.1 ÚNICO PROPONENTE CALIFICADO CON PUNTAJE MÍNIMO (750 PUNTOS)

En el evento que solo un proponente obtenga el puntaje mínimo requerido sumando todos los criterios de calificación, es decir 750 puntos, el Instituto procederá a la apertura del Sobre No. 2 que contiene la propuesta económica de su propuesta y verificará que oferta cumpla con lo siguiente:

• El valor total corregido de la propuesta no podrá exceder el del presupuesto oficial establecido de acuerdo al Formulario 1 del presente pliego de condiciones, de lo contrario será rechazada.

• La Entidad verificará la consistencia de la propuesta económica respecto de las actividades descritas en la propuesta técnica, con el fin de efectuar las clarificaciones y ajustes que sean necesarios. Como resultado de estos ajustes no podrán modificarse en lo sustancial los requerimientos técnicos, de lo contrario, la propuesta será RECHAZADA.

• Si en la propuesta económica del proponentes se identifica que la misma no es consistente con su propuesta técnica o no se logra un acuerdo final sobre los aspectos técnicos o económicos objeto de discusión, se dará por terminada la revisión de dicha propuesta y será rechazada.

El Instituto sólo efectuará correcciones aritméticas originadas por:

• Todas las operaciones aritméticas a que haya lugar en la propuesta económica, la cual solo se efectuará sobre el formulario No 2.

• El ajuste al peso ya sea por exceso o por defecto de los precios unitarios contenidos en la propuesta económica, de las operaciones aritméticas a que haya lugar y del valor del IVA, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco se

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aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero del peso.

5.10.2 VARIOS PROPONENTES CALIFICADOS POR ENCIMA DEL PUNTAJE MÍNIMO (750 puntos).

Para aquel proponente que haya obtenido el primer lugar en orden de calificación se da apertura al sobre 2 que contiene la propuesta económica y se verificarán los siguientes aspectos:

• El valor total corregido de la propuesta no podrá exceder el del presupuesto oficial establecido de acuerdo al ANEXO 4. Formulario 2 COSTO TOTAL DE LA PROPUESTA del presente pliego de condiciones, de lo contrario será rechazada y se procederá abrir la propuesta económica del siguiente oferente según el orden de calificación y así sucesivamente.

• La Entidad verificará la consistencia de la propuesta económica respecto de las actividades descritas en la propuesta técnica, con el fin de efectuar las clarificaciones y ajustes que sean necesarios. Como resultado de estos ajustes no podrán modificarse en lo sustancial los requerimientos técnicos, de lo contrario, la propuesta será RECHAZADA y se procederá abrir la propuesta económica del siguiente oferente según el orden de calificación y así sucesivamente.

• Si en la propuesta económica del proponente se identifica que la misma no es consistente con su propuesta técnica o no se logra un acuerdo final sobre los aspectos técnicos o económicos objeto de discusión, se dará por terminada la revisión de dicha propuesta y será rechazada y se procederá abrir la propuesta económica del siguiente oferente según el orden de calificación y así sucesivamente.

5.11 AUDIENCIA PÚBLICA EN LA CUAL SE DARÁ A CONOCER EL ORDEN DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS, APERTURA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA (SOBRE No. 2)

Dentro del termino previsto en la cronología del proceso y atendiendo los lineamientos previstos en el articulo 69 del Decreto Reglamentario 066 de 2008, en la audiencia publica se dará a conocer el orden de calificación definitivo obtenido por los proponentes en sus propuestas técnicas; se llevará a cabo la apertura del sobre No. 2 del proponente que ocupe el primer orden de calificación y se verificará lo establecido en este pliego de condiciones; se levantará un acta de acuerdos alcanzados , si es del caso y se adjudicará el contrato al consultor seleccionado, por medio de acto administrativo motivado.

La audiencia pública, se plasmará en acta contentiva de los hechos ocurridos durante el desarrollo de la misma de conformidad con el artículo 8 numeral 9 de la Ley 1150 de 2007.

La Audiencia Publica de Adjudicación se podrá suspender de oficio por la Entidad.

En la fecha de culminación de la Audiencia Pública de Adjudicación y en documento separado del acta, se expedirá acto administrativo de adjudicación, mediante resolución motivada suscrita por el Jefe de la Entidad o su Delegado.

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En el evento que el Jefe de la Entidad o su Delegado no acoja lo recomendación del Comité Evaluador deberá justificarlo en el acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierta.

5.12 CAUSALES PARA LA DECLARATORIA DE DESIERTA

Ø Cuando no presenten propuestas los que conforman la lista corta de precalificados. Ø Cuando ninguna de las ofertas alcance en la evaluación el puntaje mínimo requerido

(750 puntos). Ø Cuando existan causas o motivos que impida la escogencia objetiva del oferente. Ø En el evento que el Jefe de la Entidad o su Delegado no acoja lo recomendación del

Comité Evaluador y opte por la declaratoria de desierta del proceso, caso en el cual deberá motivar su decisión.

Ø Las demás contempladas en la Ley.

En el evento de proceder alguna de las causales de declaratoria de desierta previstas anteriormente, el Instituto procederá a revisar el contenido de los pliegos de condiciones y los requerimientos técnicos para identificar las causas que dieron motivo a tal circunstancia y hará los ajustes necesarios para realizar una nueva convocatoria.

5.13 RECHAZO DE LAS PROPUESTAS

El Instituto rechazará aquellas propuestas, que no se ajusten a las exigencias de este pliego de condiciones, a menos que hubiere posibilidad de saneamiento, conforme a lo previsto en el mismo y en la ley.

De acuerdo con lo numerales anteriores, se incluyen los casos en que se generará RECHAZO de la propuesta:

a. La falta de capacidad jurídica para presentar la propuesta a la fecha de cierre del concurso.

b. Cuando se compruebe que un proponente ha interferido, influenciado u obtenido correspondencia interna, proyectos de conceptos de evaluación o de respuesta a observaciones no enviados oficialmente a los proponentes.

c. Cuando se compruebe confabulación entre los interesados o proponentes tendiente a alterar la aplicación de los principios fijados por LA ENTIDAD para el procedimiento de contratación.

d. Cuando en la expresión de interés o propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados, alterados o que contengan errores que determinen el resultado de la evaluación.

e. Cuando la expresión de interés o propuesta se reciba con posterioridad a la fecha y hora fijadas para el cierre del concurso o haya sido enviada por correo.

f. En el caso que el interesado o proponente se encuentre incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad fijadas por la Constitución y la Ley.

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g. Cuando durante el proceso de selección se presenten circunstancias que alteren sustancial y desfavorablemente la capacidad económica u operativa del interesado o proponente.

h. La omisión de la firma del profesional que debe abonar la propuesta, en caso de ser necesario según se establezca en el pliego de condiciones.

i. Cuando el proponente no asiste a la visita de técnica, en caso que esta sea de carácter obligatorio de acuerdo con lo establecido en presente documento.

j. Cuando los proponentes presenten propuesta bajo una modalidad diferente a como adquirieron su derecho a ser invitados.

k. Cuando los integrantes de la lista corta que se asocien entre sí para presentar una propuesta.

l. Cuando los proponentes que modifiquen los porcentajes de participación de los integrantes del Consorcio o Uniones Temporales con los que adquirieron su derecho a ser invitados.

m. No presentar o no suscribir la carta de presentación de la propuesta.

n. No incluir la propuesta económica para el proceso, o no estar debidamente firmada por quien está en la obligación legal.

o. No consignar o no ofrecer el valor de un precio unitario u ofrecer como valor de ese precio unitario cero (0).

p. Cuando la propuesta económica no sea consistente con los ofrecimientos hechos en la propuesta técnica o no se logre un acuerdo final sobre los aspectos técnicos o económicos objeto de discusión.

q. Presentar propuesta alternativa condicionada.

r. No incorporar el factor multiplicador en las condiciones establecidas en el presente pliego de condiciones.

s. Cuando la propuesta económica exceda el presupuesto oficial (ANEXO 4. Formulario No. 2) del proceso.

5.14 PLAZO PARA DENUNCIAR EVENTUALES INCONSISTENCIAS QUE PUEDAN CONSTITUIR FALTA A LA VERDAD:

Para efectos de la aplicación de la consecuencia prevista en el literal n, la información que pretende denunciarse como constitutiva de falta a la verdad deberá radicarse ante la Entidad como plazo definitivo el día hábil anterior al señalado para la publicación del documento de respuesta a las observaciones al informe de evaluación previsto en la cronología del proceso o en la adendas de ser el caso; vencido este plazo no se

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aceptaran observaciones referentes a eventuales hechos constitutivos de falta a la verdad proveniente de los oferentes.

5.15 DEVOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS

Una vez finalizado el proceso de selección los proponentes no favorecidos con la adjudicación del contrato podrán acercarse a reclamar el original de la garantía de seriedad y la copia del Sobre No. 1, en la subgerencia de estructuración y adjudicación, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se expida el acta de adjudicación, prevista en la cronología del proceso; de lo contrario, el Instituto procederá al archivo de la propuesta original y a la destrucción de su copia.

5.16 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

El Instituto mediante resolución motivada, proferida por el Ordenador del Gasto, adjudicará el contrato al consultor seleccionado por el valor total de su oferta y en el plazo de ejecución estipulado en el presente pliego de condiciones y la resolución por medio de la cual se adjudica el contrato se notificará de conformidad con el articulo 9 de la Ley 1150 de 2007.

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CAPITULO VI CONDICIONES DEL CONTRATO

6.1 OBJETO

El objeto del contrato es realizar la interventoría al Contrato de Concesión No. 002 de 2007 el cual incluye: revisar, verificar, analizar y conceptuar permanentemente sobre todos los aspectos técnicos, financieros, operativos, prediales, socio­ambientales y legales relacionados con el Contrato de Concesión No. 002 de 2007 “concesión Córdoba sucre –”.

Lo anterior para efecto de constatar el cumplimiento, por parte del contratista (Concesionario), de las condiciones establecidas en el contrato de Concesión, para el desarrollo y control integral del proyecto, así como determinar oportunamente las acciones necesarias para garantizar el logro de los objetivos previstos.

6.2 VERIFICACIÓN DE INFORMACIÒN

Comprenden los documentos que en consideración del Instituto Nacional de Concesiones – INCO se requieren para efectuar una adecuada supervisión del contrato de interventoría. La aprobación de los mismos, por parte de la Subgerencia de Estructuración y Adjudicación, constituye requisito previo para la adjudicación del contrato; por lo tanto, el proponente deberá entregarlos dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al recibo del oficio mediante el cual la entidad realiza el requerimiento.

El proponente incurrirá en causal de rechazo de la propuesta, sin perjuicio de lo estipulado en el Numeral 5.13, cuando:

ü Incumpla el término fijado para la entrega de la documentación. ü La documentación allegada este incompleta o contenga información o documentos que

incluyan datos tergiversados o alterados.

En el evento de presentarse cualquiera de las consideraciones anteriores, la Subgerencia de Estructuración y Adjudicación o su delegado comunicarán al proponente lo ocurrido y efectuará el mencionado requerimiento al proponente que se encuentre en el siguiente puesto del orden de elegibilidad, y así sucesivamente, hasta lograr la adjudicación del contrato.

La Subgerencia de Estructuración y Adjudicación verificará que la documentación que fue sujeto de evaluación se ajuste a las exigencias de los presentes Pliegos de Condiciones dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la referida documentación. La presente documentación será considerada y analizada como información para la supervisión

6.2.1. Personal profesional OBLIGATORIO mínimo adicional necesario para el desarrollo del contrato de Interventoría

6.2.1.1. Cantidad y cargos mínimos OBLIGATORIOS adicionales solicitados

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El proponente deberá diligenciar el formato que se suministra en el ANEXO No. 3 y adjuntar la documentación que acredite toda la información allí requerida (solo para la verificación de documentos del proponente ubicado de primero en el orden de elegibilidad), del personal profesional adicional ofrecido para ocupar los siguientes cargos:

­ Un (1) Residente Técnico y Operativo. ­ Un (1) Residente Ambiental ­ Un (1) Especialista por cada una de las siguientes áreas:

• Pavimentos. • Estructuras. • Geotecnia y suelos. • Diseño Geométrico. • Hidrología e Hidráulica. • Ambiental.

­ Un (1) Abogado para Gestión Contractual.

­ Un (1) Profesional del área de aseguramiento o gestión de la calidad.

­ Un (1) Auditor interno de calidad

­ Un (1) Profesional en el Área Social.

­ Un (1) Auditor en el área de Sistemas.

­ Un (1) Abogado para revisión y seguimiento de la Gestión Predial, incluidas las expropiaciones.

Un (1) Ingeniero Auxiliar: Civil o Catastral y Geodesta para revisión y seguimiento de la gestión predial

­ Un (1) Ingeniero Auxiliar: Financiero.

­ Un (1) Auxiliar Administrativo INCO.

6.2.1.2 Calidades del personal profesional

El estudio de las calidades de los profesionales se hará a partir de la información suministrada y con los documentos que soporten la misma.

Los profesionales deben cumplir y acreditar, como mínimo, los siguientes requisitos de calidad y experiencia:

6.2.1.2.1 Residente Ambiental

El profesional ofrecido para el cargo de Residente Ambiental con dedicación de tiempo completo al desempeño de las labores de Interventoría, debe acreditar lo siguiente:

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1. Posee matrícula profesional vigente de Ingeniero Civil o Ingeniero Ambiental o titulo de Biólogo. Si es Ingeniero Civil o Biólogo, debe tener una especialización en el área Ambiental.

2. Tiene la siguiente experiencia:

a) Una experiencia general no menor de setenta y dos (72) meses.

b) Posee mínimo cuarenta y ocho (48) meses de experiencia específica acumulada, dentro del período comprendido entre la fecha de confirmación de la matricula profesional y la fecha de cierre del plazo del presente concurso público, para el caso del Ingeniero Ambiental. Para el caso de Ingeniero Civil, poseer mínimo cuarenta y ocho (48) meses de experiencia específica acumulada dentro del periodo comprendido entre la fecha de grado de la especialización y la fecha de cierre del plazo del presente concurso público. Para el caso de Biólogo, poseer mínimo cuarenta y ocho (48) meses de experiencia específica acumulada dentro del periodo comprendido entre la fecha de grado y la fecha de cierre del plazo del presente concurso público, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:

• Ejercicio profesional en la empresa privada, como residente ambiental de construcción y/o de rehabilitación y/o mejoramiento de vías o como residente ambiental de interventoría de proyectos de infraestructura víal.

• Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel ejecutivo y/o profesional o como contratista de prestación de servicios, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con la parte ambiental de la construcción y/o rehabilitación y/o mejoramiento de proyectos de infraestructura vial.

Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores, no será admitido para participar en la ejecución del contrato.

6.2.1.2.2 Residente Técnico y Operativo

El profesional ofrecido para el cargo de Ingeniero Residente Técnico y Operativo con dedicación de tiempo completo Y EN SITIO DE LAS OBRAS, SUPERVISION al desempeño de las labores de Interventoría, debe acreditar lo siguiente:

1. Posee matrícula profesional vigente de Ingeniero Civil o de Ingeniero en Transportes y Vías.

2. Tiene la siguiente experiencia:

a) Una experiencia general no menor de setenta y dos (72) meses.

b) Posee mínimo cuarenta y ocho (48) meses de experiencia específica acumulada, dentro del período comprendido entre la fecha de grado y la fecha de cierre del plazo del presente concurso público, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:

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• Ejercicio profesional en la empresa privada, como ingeniero residente de construcción y/o de rehabilitación y/o mejoramiento de proyectos de infraestructura viales o como residente de interventoría de proyectos relacionados con la construcción y/o pavimentación y/o rehabilitación y/o mejoramiento de infraestructura vial.

• Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel ejecutivo y/o profesional o como contratista de prestación de servicios, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con la SUPERVISION DE LA construcción y/o pavimentación y/o rehabilitación y/o mejoramiento de proyectos de infraestructura vial.

Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores, la propuesta será declarada NO ADMISIBLE.

6.2.1.2.3 Especialistas

Los profesionales ofrecidos para el cargo de especialista serán estudiados en forma individual. Cada uno de los profesionales ofrecidos para el cargo de Especialista debe acreditar lo siguiente:

a) El profesional acredita que ha adelantado estudios a nivel de especialización, maestría o doctorado en la especialidad para la cual se ofrece.

b) Tiene una experiencia general no menor de setenta y dos (72) meses.

c) Posee mínimo cuarenta y ocho (48) meses de experiencia específica acumulada, dentro del periodo comprendido entre la fecha de grado de la especialización y la fecha de cierre del plazo del presente Concurso Público, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:

• Ejercicio profesional en la empresa privada, en la disciplina para la cual fue propuesto.

• Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel profesional, ejecutivo, asesor, profesional especializado o como contratista de prestación de servicios, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con la disciplina para la cual fue propuesto.

Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores a), b) o c), no será admitido para participar en la ejecución del contrato.

Para el estudio de la experiencia específica de los especialistas se tendrán en cuenta los siguientes criterios generales:

§ Especialista en Geotecnia y Suelos: sólo se considerará la relacionada con el área de geotecnia y suelos.

§ Especialista en Estructuras: sólo se considerará la relacionada con proyectos de infraestructura, puentes, pontones, viaductos vehiculares y/o ferroviarios.

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§ Especialista en pavimentos: sólo se considerará la relacionada con el área de pavimentos

• Especialista en Diseño Geométrico: solo se considerara la relacionada con el área de Diseño Geométrico de vías rurales.

• Especialista en Hidráulica e Hidrología: solo se considerara la relacionada con el área de Hidráulica e Hidrología en lo referente a proyectos de infraestructura vial.

• Especialista Ambiental: El profesional ofrecido para este cargo tendrá dedicación de medio (½) tiempo durante el primer año, y los dos años restantes tiempo parcial de acuerdo con las funciones, actividades y requerimientos. Como experiencia se considerará la elaboración de estudios ambientales para proyectos de infraestructura vial, ferrocarriles, oleoductos y/o puentes y/o la interventoría ambiental de los mismos.

6.2.1.2.4 Abogado para Gestión Contractual

El profesional ofrecido de tiempo completo para el cargo de Abogado como apoyo del contrato deberá acreditar lo siguiente:

1. Posee tarjeta profesional

2. Título de especialización en derecho administrativo y/o financiero y/o contratación estatal y/o Derecho Público Económico.

3. Tiene la siguiente experiencia:

a) Una experiencia general no menor de setenta y dos (72) meses.

b) Posee mínimo cuarenta y ocho (48) meses de experiencia específica acumulada, dentro del periodo comprendido entre la fecha de grado de la especialización y la fecha de cierre del plazo del presente Concurso Público, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:

• Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel profesional, y/o ejecutivo y/o asesor o como contratista de prestación de servicios siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con APOYO LEGAL O ASESOR JURIDICO, EN proyectos de infraestructura.

• Ejercicio profesional en la empresa privada como asesor jurídico en cualquiera de las siguientes opciones:

§ Esquemas de participación privada. § Proyectos de concesiones. § Project finance para proyectos privados o de infraestructura. § Abogado litigante en derecho administrativo y/o contratación estatal.

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Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores, no será admitido para participar en la ejecución del contrato.

6.2.1.2.5 Profesional del área de aseguramiento o gestión de la calidad:

El profesional ofrecido para el cargo del área de aseguramiento o gestión de la calidad será estudiado en forma individual. El profesional ofrecido para el cargo debe acreditar lo siguiente:

1. Experiencia General no menor de 48 meses. 2. Posee matrícula profesional o título en cualquier profesión. 3. Posee título de especialista en sistemas de calidad. 4. Tiene experiencia específica igual o superior a treinta y seis meses (36) en la

implantación de sistemas de calidad en empresas de ingeniería bajo la Norma NTC ­ ISO 9000:1994 o NTC ­ ISO 9001:2000.

6.2.1.2.6 Profesional en el área socio predial

El profesional ofrecido de tiempo completo y dedicación exclusiva para la revisión del cumplimiento de la Gestión Socio predial que adelanta el Concesionario deberá acreditar lo siguiente:

1. Poseer Titulo de profesional y tarjeta profesional vigente en Trabajo Social, Sociología, Antropología, Psicología o Politología.

2. Tener la siguiente experiencia:

a) Una experiencia general no menor de cuarenta y ocho meses (48) meses.

b) Posee mínimo veinticuatro (24) meses de experiencia específica acumulada, dentro del período comprendido entre la fecha de grado y la fecha de cierre del plazo del presente concurso público, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:

• Ejercicio profesional en la empresa privada, como profesional de acompañamiento social para proyectos de infraestructura o como miembro de interventoría para acompañamiento social en proyectos de infraestructura lineal.

• Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel ejecutivo y/o profesional o como contratista de prestación de servicios, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con la gestión y/o acompañamiento social de proyectos de infraestructura lineal.

Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores, no será admitido para participar en la ejecución del contrato.

6.2.1.2.7 Auditor de Sistemas

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El profesional ofrecido para el cargo de Auditor de sistemas deberá acreditar lo siguiente:

1. Posee matrícula o título profesional de Ingeniero de Sistemas.

2. Tiene la siguiente experiencia:

a) Una experiencia general no menor de cuarenta y ocho (48) meses.

b) Posee mínimo treinta y seis (36) meses de experiencia específica acumulada, contados a partir de la fecha en la cual el profesional ejerce legalmente la profesión, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:

­ Ejercicio profesional en la empresa privada como auditor de sistemas.

­ Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel profesional, y/o ejecutivo, contratista, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades de auditoría de sistemas.

Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores, no será admitido para participar en la ejecución del contrato.

6.2.1.2.8 Abogado para revisión y seguimiento de la Gestión predial y de las expropiaciones

El profesional ofrecido para el cargo de Abogado de tiempo completo para la revisión de la Gestión Predial, incluidas las expropiaciones, deberá acreditar lo siguiente:

1. Poseer tarjeta profesional y titulo de especialización en derecho Público, administrativo, civil o áreas afines.

2. Tiene la siguiente experiencia:

a) Una experiencia general no menor de setenta y dos (72) meses.

b) Posee mínimo cuarenta y ocho (48) meses de experiencia específica acumulada, dentro del periodo comprendido entre la fecha desde la cual ejerce legalmente la profesión y la fecha de cierre del plazo del presente Concurso Público, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:

• Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel profesional, y/o ejecutivo y/o asesor o como contratista de prestación de servicios siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con la gestión inmobiliaria.

§ Ejercicio profesional en la empresa privada en actividades de gestión inmobiliaria.

Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores, no será admitido para participar en la ejecución del contrato.

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6.2.1.2.9 Ingeniero Civil o Catastral y Geodesta para revisión y seguimiento de la Gestión predial

El profesional ofrecido de tiempo completo y dedicación exclusiva para la revisión del cumplimiento de la Gestión Predial, que adelanta el Concesionario, deberá acreditar lo siguiente:

1. Poseer título de profesional y tarjeta profesional vigente en Ingeniería Civil o Catastral y Geodesta.

2. Tiene la siguiente experiencia:

a) Una experiencia general no menor de sesenta (60) meses.

b) Posee mínimo treinta y seis (36) meses de experiencia específica acumulada, dentro del periodo comprendido entre la fecha desde la cual ejerce legalmente la profesión y la fecha de cierre del plazo del presente Concurso Público, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:

• Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel profesional, y/o ejecutivo y/o asesor o como contratista de prestación de servicios siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con la gestión inmobiliaria.

§ Ejercicio profesional en la empresa privada en actividades de gestión inmobiliaria.

6.2.1.2.10 Auxiliar Financiero

El profesional ofrecido para el cargo de Auxiliar Financiero debe acreditar lo siguiente:

1. Posee matrícula y/o título profesional en alguna de las siguientes profesiones: economía, ingeniería industrial, ingeniería civil, Ingeniería de Transportes y Vías, administración de empresas.

2. Posee título de especialización o maestría o doctorado en: Administración financiera o Gerencia financiera o Finanzas o Evaluación financiera de proyectos o Magíster en Administración o Auditoría Financiera y Gestión Financiera.

3. Tiene la siguiente experiencia:

a) Una experiencia general no menor de cuarenta y ocho (48) meses.

b) Posee mínimo veinticuatro (24) meses de experiencia específica acumulada, contados a partir de la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:

1. Ejercicio profesional en la empresa privada, como auxiliar financiero en proyectos relacionados con cualquiera de las siguientes actividades:

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Infraestructura: Se entiende por Proyectos de Infraestructura los eléctricos, de acueductos y alcantarillados, de empresas de gas, de aseo, puentes, puertos, aeropuertos, vías terrestres, marítimas, fluviales y férreas.

Estructuración de concesiones.

Proyectos relacionados con el sistema financiero colombiano.

Mercado de capitales.

Banca de inversión.

Manejo de modelos financieros.

Project Finance para proyectos privados.

2. Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel ejecutivo, asesor, directivo y/o profesional Especializado, o como contratista de prestación de servicios siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con ASESORIA FINANCIERA EN proyectos infraestructura concesionada o en cualquiera de las descritas en el numeral 1, de este literal.

Si el profesional incumple los requisitos anteriores, no será admitido para participar en la ejecución del contrato.

6.2.2 Personal técnico mínimo adicional necesario para el desarrollo del contrato de Interventoría (solo para la verificación de documentos del proponente ubicado de primero en el orden de elegibilidad)

­ Un (1) Topógrafo. ­ Dos (2) Cadeneros. ­ Dos (2) Inspectores (Pavimentos, estructuras). ­ Dos (2) Aforadores. ­ Un (1) auxiliar administrativo en Bogota al servicio del Proyecto (INCO). ­ Dos (2) conductores y un (1) Auxiliar administrativo en la zona del proyecto. ­ Una Secretaria

Topógrafo:

El proponente deberá ofrecer un topógrafo que apoye en tiempo completo las labores de la Interventoría en la zona del proyecto, que tenga una experiencia general no menor de sesenta (60) meses y posea mínimo treinta y seis (36) meses de experiencia específica acumulada, dentro del período comprendido entre la fecha de confirmación de la matricula profesional y la fecha de cierre del plazo del presente concurso público, cumpliendo con el siguiente requisito:

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• Ejercicio profesional en la empresa privada o en entidades oficiales, como topógrafo de construcción y/o de rehabilitación y/o mejoramiento de vías rurales, o como topógrafo de Interventoría de proyectos relacionados con la construcción y/o pavimentación y/o rehabilitación y/o mejoramiento de carreteras rurales.

Si el profesional incumple los requisitos anteriores, no será admitido para participar en la ejecución del contrato.

Cadeneros

El proponente deberá ofrecer dos (2) cadeneros que apoyen en tiempo completo las labores de la Interventoría en la zona del proyecto, que tengan experiencia general en construcción y/o rehabilitación y/o mejoramiento de vías rurales.

Inspector

El proponente deberá ofrecer dos (2) inspectores que apoyen de tiempo completo las labores de la Interventoría en la zona del proyecto, que tengan una experiencia general no menor de sesenta (60) meses y posea mínimo treinta y seis (36) meses de experiencia específica acumulada en cada una de las áreas requeridas (pavimentos, estructuras), cumpliendo con el siguiente requisito:

• Ejercicio en la empresa privada o en entidades oficiales, como inspector de construcción y/o de rehabilitación y/o mejoramiento de vías rurales o como inspector de Interventoría de proyectos relacionados con la construcción y/o pavimentación y/o rehabilitación y/o mejoramiento de carreteras rurales.

Si el profesional incumple los requisitos anteriores, no será admitido para participar en la ejecución del contrato.

Aforadores

El proponente deberá ofrecer dos aforadores, uno para el Peaje los garzones y otro adicional para el Peaje de las Flores.

Auxiliar Administrativo en el INCO

El proponente deberá ofrecer un Auxiliar Administrativo que apoye en tiempo completo las labores del proyecto en las Instalaciones del INCO, este auxiliar debe proveerse por parte del Interventor con los equipos de hardware y software (incluidas licencias) que utiliza el INCO.

Conductor y Auxiliar administrativo en la zona del proyecto.

El proponente deberá ofrecer dos conductores y un auxiliar administrativo que apoyen en tiempo completo las labores de la Interventoría en la zona del proyecto.

Secretaria

El proponente deberá ofrecer una secretaria que apoye en tiempo completo las labores de la

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Interventoría en la zona del proyecto.

6.2.3 Consideraciones para el análisis del personal

1. Para efectos del análisis de la información del personal, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:

• Con el fin de asegurar que se tiene el consentimiento del personal profesional ofrecido, el proponente deberá presentar el formato suministrado en el ANEXO No. 3 debidamente suscrito por el profesional correspondiente o en su defecto carta de intención.

• Los plazos serán aproximados por exceso o por defecto a la décima de mes, así: cuando la centésima de mes sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente de la décima de mes y cuando la centésima de mes sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de la décima de mes.

• Si un proponente ofrece dos (2) o más profesionales para realizar actividades de un mismo cargo, cada uno de ellos deberá cumplir los requisitos exigidos en estos términos de referencia para el cargo.

• Con excepción del Director, del Subdirector Técnico y Operativo, de los Ingenieros Residentes Técnicos y Operativos, el Residente Ambiental, social y los abogados, un mismo profesional puede ser ofrecido para dos cargos diferentes. En cualquier caso, para cada cargo deberá diligenciarse el formato del ANEXO No. 3

• El proponente deberá informar la fecha a partir de la cual los profesionales ofrecidos ejercen legalmente la profesión.

• Los profesionales del área de la ingeniería deberán presentar certificación original de vigencia de la matrícula expedida con antelación no mayor a tres meses contados a partir de la fecha de apertura del presente concurso.

• Como experiencia general de los profesionales se entiende el tiempo transcurrido desde el momento en que la norma que reglamente la respectiva profesión, establezca el ejercicio legal de la misma, o a partir de la fecha de grado para aquellas que no estén reglamentadas o que hayan sido reglamentadas con posterioridad a ésta fecha, hasta la fecha de cierre del plazo del presente concurso público. En el caso de profesionales que hayan ejercido la profesión en el exterior con anterioridad a la obtención de la matrícula en el país, esa experiencia se tomara a partir de la fecha de la matrícula o su equivalente en el país de origen o donde hubiere trabajado.

• La experiencia específica en la empresa privada se calculará con base en la duración que haya tenido el profesional en cada caso.

• La experiencia específica en la entidad oficial de los profesionales vinculados laboralmente a la administración pública, o vinculados por contrato de prestación de servicios, se calculará con base en el período de su desempeño.

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• La experiencia como profesor de cátedra, director de proyectos de investigación, de tesis o asesor de proyectos de tesis; no se tendrá en cuenta como experiencia específica de los profesionales.

• Las certificaciones de experiencia de los profesionales deben ser expedidas por la persona natural o jurídica con quien se haya establecido la relación laboral o de prestación de servicios.

• Las certificaciones o los documentos soportes que acrediten la experiencia en la empresa privada, deberán determinar: el cargo desempeñado, el proyecto ejecutado o en ejecución y el tiempo durante el cual participó o participa el profesional en cada proyecto, con su correspondiente porcentaje de dedicación (indicando las fechas de iniciación y de terminación formato, día/mes/año).

• Las certificaciones o los documentos soportes, que acrediten la experiencia específica en entidades oficiales deberán determinar: el cargo desempeñado, las actividades realizadas y el tiempo de servicio (indicando la fecha de iniciación y terminación, formato día/mes/año).

• Si durante un mismo período el profesional participó en más de un proyecto, no se tendrá en cuenta el lapso de tiempo de dedicación que se superponga y se validará la experiencia de los proyectos de mayor tiempo de dedicación ÚNICAMENTE Y HASTA QUE SE ALCANCE EL 100% DEL TIEMPO.

• Los títulos de pregrado, así como los títulos de postgrado, especialización o maestría y/o doctorado, deberán acreditarse mediante copia de las actas de grado o diplomas, sí fueron obtenidos en el exterior deberá cumplir con los requisitos de homologación ante el Ministerio de Educación Nacional; de lo contrario, no se tendrán en cuenta.

• Si el personal profesional mínimo propuesto no cumple con los requisitos exigidos en estos pliegos de condiciones, el proponente deberá reemplazarlo por otro que sí los cumpla dentro del lapso de tiempo que el Instituto Nacional de Concesiones – INCO le establezca para tal cambio.

• Una vez el Instituto Nacional de Concesiones – INCO apruebe el personal mínimo propuesto, éste no podrá ser cambiado durante la ejecución del proyecto, a menos que exista una justa causa, para lo cual deberá presentarse comunicación suscrita por el profesional en la que conste la justificación de su retiro. En caso de aprobarse el cambio por parte del INCO, el personal deberá reemplazarse por uno de iguales o mejores calidades (Experiencia General, experiencia específica y estudios académicos) que el exigido en los pliegos de condiciones.

• Para el caso del residente técnico, ambiental, profesional social, su dedicación será exclusiva y de tiempo completo y deberán estar ubicados en la zona del Proyecto, para lo cual se dispondrá de una oficina ubicada en la zona del proyecto.

• El proponente deberá cumplir lo estipulado en las Leyes 14 de 1975 y 64 de 1993, sobre Técnico Constructor.

2. Programa de distribución del personal y de otros recursos ofrecidos

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Es la manifestación gráfica de la distribución del personal y de otros recursos, representada en hombres ­ mes y costos en función del plazo establecido en el numeral 1.4 de estos pliegos de condiciones, que el proponente se compromete a ejecutar. Este programa deberá elaborarse mes a mes y ajustado al costo total corregido de la propuesta y teniendo en cuenta el programa de obra del Concesionario. El Instituto Nacional de Concesiones ­ INCO verificará la ejecución de este programa.

3. Vehículos

Dos (2) vehículos para los cuales deberá relacionarse la marca, modelo, tipo y capacidad, los mismos deberán ser vehículos 0 kilómetros y serán de un cilindraje superior o igual a 1300 centímetros cúbicos, tendrán una capacidad mínima de cinco (5) pasajeros. El color de los vehículos será blanco y tendrá identificaciones del INCO y de la interventoría de acuerdo a lo solicitado posteriormente por la Subgerencia de Gestión Contractual.

4. Equipos para la supervisión en el INCO.

• Un (1) computador completo (que cumpla con los requisitos de software y hardware solicitados por el área de Sistemas del INCO).

• Un (1) scanner de mesa (que cumpla con los requisitos de software y hardware solicitados por el área de Sistemas del INCO).

• Un (1) computador portátil (que cumpla con los requisitos de software y hardware solicitados por el área de Sistemas del INCO) para uso exclusivo del proyecto y para ser usado por la supervisión en áreas de trabajo diferentes a las instalaciones fijas.

• Una cámara fotográfica ultima tecnología y equipo de comunicaciones para la Supervision y trabajo de campo.

• Botas y equipo de seguridad industrial para visitas de campo para la supervisión del Proyecto.

5. Ensayos de laboratorio

El Interventor deberá realizar todos los ensayos de campo y laboratorio que considere necesarios, de acuerdo con las metodologías normalizadas por el INVIAS y el ICONTEC. La frecuencia y el tipo de ensayos de laboratorio sobre los materiales de construcción de la vía, las estructuras, los puentes etc. serán realizados de acuerdo con el criterio del interventor, las buenas practicas de la ingeniería y según solicitud del INCO, de tal manera que los resultados que arrojen sirvan para que el Interventor alerte al concesionario sobre las posibles consecuencias que se pudiesen derivar del resultado de los mismos. Los laboratorios en donde se realicen los ensayos deben contar con todas las certificaciones de calibración de sus equipos, de dichas certificaciones se anexarán a los resultados de los ensayos. Adicionalmente, estos certificados de calibración deben ser emitidos por las autoridades legales colombianas o en quien ellas deleguen, por ejemplo superintendencia de industria y comercio.

6. Plan de control de calidad

El adjudicatario deberá presentar el plan control de calidad para el proyecto de acuerdo con lo solicitado en el ANEXO No. 5 de los pliegos de condiciones, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.2 de los mismos.

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6.3 ALCANCE DE LOS TRABAJOS

SIN DETRIMENTO DE LO PREVISTO EN EL CONTRATO DE CONCESION NO 002 DE 2006, LA CLAUSULA 63 INTERVENTORIA Y CONTROL, PARA el logro del cometido, la interventoría ejercerá ENTRE OTRAS las siguientes:

6.3.1 Funciones Generales

6.3.1.1 Revisión del proyecto

Teniendo en cuenta que el proyecto de concesión se encuentra en etapa de preconstrucción, deberá realizar un análisis completo de las actividades relacionadas con los componentes técnico, socio ambiental, predial, financiero, jurídico y operativo, contractualmente establecidas para esta etapa, las cuales ya se encuentran en pleno desarrollo, deberá revisar el avance del proyecto, en relación con lo contratado según el programa de actividades, inversiones y obras, los planos del proyecto y sus obras ejecutadas, y emitir un informe al respecto de cada tema, y conceptuar sobre las alternativas de desarrollo del contrato. El informe correspondiente deberá entregarlo al INCO dentro de los DOS (2) MESES siguientes a la fecha de iniciación.

Mensualmente, la Interventoría deberá presentar un informe en el cual se consigne el estado del proyecto, teniendo en cuenta como mínimo los aspectos técnicos, ambientales, sociales, prediales, jurídicos, contractuales y de acuerdo con las metodologías sugeridas para tal efecto por parte del INCO.

Los registros fotográficos de los informes presentados por la Interventoría se realizaran con cámaras fotográficas digitales con una resolución mínima de 6 megapixeles.

6.3.1.2Control del personal

La Interventoría designará a un Director, quien será su representante en el proyecto, y quien deberá tener plena autonomía para actuar y tomar decisiones en su nombre.

El Interventor deberá vigilar que el Concesionario dé estricto cumplimiento a lo estipulado en el Artículo 12 y demás normas pertinentes de la Ley 14 de 1975, y su reglamentaria, Ley 64 de 1993, respecto al ejercicio de la profesión de Técnico Constructor en el territorio nacional.

El Interventor se obliga a mantener el personal propuesto durante todo el plazo del contrato para lograr una adecuada interventoría y cualquier modificación deberá ser aprobada por la Subgerencia de Gestión Contractual y la Subgerencia de Estructuración y Adjudicación del Instituto Nacional de Concesiones – INCO.

El personal de interventoría podrá ser movilizado de acuerdo con los requerimientos del Instituto Nacional de Concesiones ­ INCO, en relación con el avance de las obras objeto de esta interventoría, lo que no dará lugar a reclamación alguna por parte del interventor.

6.3.1.3. Funciones de la Interventoría

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El Interventor tendrá las siguientes funciones, además de las establecidas en el Contrato de Concesión No. 002 de 2006 y en sus documentos que lo complementan:

• Proveer el conocimiento especializado necesario para garantizar la identificación de las mejores soluciones acorde con las condiciones y requerimientos establecidos.

• Organizar y poner al servicio del cliente y del proyecto los recursos humanos y técnicos que sean apropiados para garantizar el desarrollo del trabajo, dentro de los más estrictos parámetros éticos, de calidad y de cumplimiento en alcance, tiempo y costos.

• Realizar las acciones necesarias para garantizar su actualización científica y tecnológica en las áreas de su competencia, incorporar el nuevo conocimiento en el desarrollo del trabajo y, en general, propender porque los servicios prestados tengan el mayor valor agregado posible para beneficio del proyecto.

• Desarrollar la actividad Consultora de acuerdo con estrictos principios de moralidad y ética profesional.

• El interventor deberá ser un eficiente, responsable y leal representante del INCO, sin perjuicio de su obligación de colaborar para el logro de los fines de la contratación.

• Ejercer una interventoría integral sobre las obras objeto de esta interventoría, en nombre del INCO, para lo cual podrá, en cualquier momento, exigir al concesionario la información que considere necesaria, sin perjuicio de las demás revisiones y verificaciones que deba efectuar en cumplimiento del contrato de interventoría.

• Exigir al Concesionario la ejecución del Contrato de Concesión de manera idónea y oportuna.

• Exigir al Concesionario la presentación de la documentación necesaria para el desarrollo de la gestión predial y socio­ambiental.

• Realizar seguimiento a la gestión predial en cabeza del Concesionario en lo concerniente a la adquisición de predios por vía de enajenación voluntaria o expropiación judicial, incluyendo esta última todo el proceso hasta la obtención de sentencia ejecutoriada.

• Vigilar que el Concesionario siga las directrices impartidas por el INCO en materia socio­ ambiental y predial, de acuerdo al Instructivo predial.

• Exigir al Concesionario el trámite de las licencias ambientales.

• Exigir al concesionario la ejecución de las obras de restitución y demolición a que haya lugar.

• Realizar los Análisis y conceptuar sobre los ajustes necesarios para que el Contrato de Concesión responda a los requerimientos de la Superintendencia de Puertos y Transporte, Comisión reguladora de Transportes y demás entes fiscalizadores.

• Elaborar y mantener actualizada una ficha técnica del proyecto de acuerdo con las orientaciones del INCO en este sentido. La ficha será entregada con cada Informe mensual.

• Presentar a la Subgerencia de Gestión Contractual, dentro de los quince (15) primeros días siguientes a la iniciación del contrato de interventoría, un informe detallado del estado en que recibe la ejecución del contrato de concesión, en el que

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se detalle entre otros temas los asuntos pendientes, e indicadores de gestión que permitan detectar de forma rápida y visual la situación del contrato desde el punto de vista técnico. La subgerencia de Gestión Contractual suministrará el modelo de informe a presentar el cual podrá ser sujeto a modificaciones o actualizaciones de acuerdo con las necesidades de información que tenga el INCO.

• Preparar y presentar a la Subgerencia de Gestión Contractual, dentro de los diez (10) primeros días calendario de cada mes, un Informe Mensual que, metodológicamente, comprenderá una parte ejecutiva y otra de temas generales. La parte ejecutiva contendrá indicadores de gestión presentados de forma visual, gráficos u otras herramientas que permitan comprender rápidamente el estado del Proyecto, indicando las conclusiones y recomendaciones de la interventoría. La parte general del informe contendrá el análisis de los datos del Proyecto, entre otros, de los siguientes: (i) el desarrollo y avance del programa de obra (ii) los problemas presentados y las soluciones planteadas; (iii) las actividades y gestiones de la interventoría; (iv) la relación de temas pendientes y las causas de su no definición; (v) el avance en la implementación de las medidas sociales y ambientales; (vi) los niveles de accidentalidad y seguridad vial en las vías objeto de esta interventoría, (vii) informe visual de estado del pavimento; (viii) las conclusiones y recomendaciones de la interventoría con un registro fotográfico y de video del estado de la vía. Este informe deberá incluir el concepto del Interventor sobre todos y cada uno de los asuntos cuya revisión, evaluación y análisis tenga éste a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el presente contrato de interventoría y en los pliegos de condiciones correspondientes, así como en el Contrato de Concesión, sus Apéndices, otro si y Anexos. La subgerencia de Gestión Contractual del Instituto suministrará el modelo de informe a presentar el cual podrá ser sujeto a modificaciones o actualizaciones de acuerdo con las necesidades de información que tenga el INCO.

• Dentro de los veinte (20) días siguientes al vencimiento del plazo del contrato de interventoría, deberá presentar el Informe Final, el cual metodológicamente comprenderá una parte ejecutiva y otra de temas generales, la parte ejecutiva contendrá indicadores de gestión presentados de forma visual, gráficos u otras herramientas que permitan comprender rápidamente el estado del proyecto, así como las conclusiones y recomendaciones de la Interventoría. El informe general contendrá el análisis de datos, entre otros los de: balance general de todas las tareas y actividades del proyecto otorgado en concesión, durante el ejercicio de la interventoría y la situación de cada una de ellas al concluir su gestión, indicando detalladamente la situación financiera de la Concesión. Este informe deberá contener la relación de los documentos y asuntos pendientes relacionados con el proyecto, indicando las causas de su no solución y las recomendaciones especiales que el interventor crea convenientes para el adecuado desarrollo del mismo y todo lo que hubiere recibido de interventores anteriores, los asuntos, modificaciones aprobadas por la interventoría. El Informe Final se acompañará de un archivo fotográfico y de video de la vía, así como indicará una relación de temas pendientes y las causas de su no definición.

• Deberá hacer entrega a la interventoría que la reemplace, o quien el INCO designe mediante acta, archivo, planos, carteras de campo, informes técnicos y administrativos, y en fin toda la información con la MEMORIA TECNICA elaborada con respecto al contrato de concesión.

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• Deberá elaborar al inicio y al final de la Interventoría el Inventario de la vía, donde se localicen las edificaciones (estaciones de servicio, industrias, zonas urbanas, etc.) existentes a lo largo de la misma, en planos As Built, en medio magnético e impreso.

• Responder a las solicitudes o consultas que le formule el INCO o el Concesionario en un término no mayor a diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de solicitud. Este término podrá ser ampliado de mutuo acuerdo, cuando la naturaleza de la consulta así lo requiera.

• En general, apoyar al INCO en los asuntos jurídicos propios de las obras objeto de esta interventoría.

6.3.1.3.1 Funciones Administrativas

Las funciones administrativas comprenden, entre otras, las siguientes actividades:

• Analizar y tener en cuenta lo relacionado con aspectos regulatorios, riesgos legales y contractuales del proyecto.

• Elaborar y suscribir, conjuntamente con el Instituto Nacional de Concesiones – INCO y el concesionario, los convenios, acuerdos, pactos y eventos que afecten el desarrollo de los trabajos, objeto de esta Interventoría. Toda documento suscrito por el Interventor infiere la obligatoriedad del mismo para este.

• Elaborar las estadísticas del Proyecto y presentar los Indicadores de gestión del mismo.

• Elaborar y suscribir, conjuntamente con el INCO y el Concesionario, los convenios, acuerdos, pactos y eventos relacionados con la ejecución del Proyecto, así como dejar constancia en actas de los eventos que afecten el desarrollo de los trabajos o, en general, del Proyecto.

• Atender las solicitudes, sugerencias y aclaraciones formuladas por el concesionario, el INCO y las entidades fiscalizadoras, en relación con las obras objeto de esta interventoría.

• Verificar el cumplimiento por parte del Concesionario de todas las obligaciones contractuales a su cargo e informar al INCO oportunamente, sobre los incumplimientos registrados durante la ejecución del Contrato de Concesión, así como remitir concepto sobre la aplicación de multas y sanciones al Concesionario cuando este presente incumplimiento.

• Constatar de manera permanente el estado de las pólizas y garantías constituidas por el concesionario en virtud de las estipulaciones contractuales, a fin de verificar su concordancia con lo pactado en el Contrato de Concesión y exigir al Concesionario el cumplimiento de sus obligaciones al respecto.

• Analizar, proponer y/o incorporar las recomendaciones y expectativas de las comunidades y/o instituciones afectadas con el desarrollo del proyecto.

• Hacer un seguimiento a los procesos de control de calidad que aplicará el Concesionario.

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• Revisar todos los documentos referentes a las obras objeto de esta interventoría, cuando, por razones técnicas, económicas o de otra índole, el Concesionario solicite cambios o modificaciones del tramo, y si encuentra conveniente dicho cambio para los intereses del INCO, solicitar autorización a la Subgerencia de Gestión Contractual, indicando la cantidad, valor unitario, valor total y las respectiva justificación técnica, jurídica y financiera.

• Colaborar en la liquidación y determinación de: (i) Multas; (ii) Compensación en el evento de terminación anticipada.

• En los informes mensuales anexar copia de la correspondencia que le permita al INCO mantener control sobre los requerimientos escritos, cumplir los plazos de respuesta y actuar según lo acordado.

• Actuar oportunamente, de tal manera que, por causas imputables a la entidad, no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones de las partes.

• A través del técnico administrativo, mantener actualizado el archivo de las obras objeto de esta interventoría de la Subgerencia de Gestión Contractual.

• Supervisar el cumplimiento de las disposiciones sobre seguridad e higiene industrial, contenidas en el manual elaborado por el concesionario.

• Llevar y mantener el archivo actualizado de la interventoría, de tal manera que se pueda constatar en cualquier momento el desarrollo de la ejecución del contrato de Interventoría. El archivo con la correspondencia enviada y recibida por los diferentes actores del proyecto al interventor deberá ser digitalizada en archivos PDF y actualizada diariamente para ser entregada al INCO en medio magnético junto con el informe mensual de actividades. El Interventor dispondrá de los equipos necesarios para este efecto.

• Verificar el cumplimiento por parte del concesionario y de sus subcontratistas de todas las obligaciones contractuales a su cargo e informar al Instituto Nacional de Concesiones ­INCO, oportunamente, sobre los incumplimientos registrados durante la ejecución de las obras objeto de esta interventoría. Esta verificación se refiere a todos los trabajos realizados por el concesionario directa o indirectamente, es decir, a través de subcontratistas.

• Impartir instrucciones por escrito al CONCESIONARIO sobre asuntos de responsabilidad de éste.

• Exigir al CONCESIONARIO la información que considere necesaria, a cual está obligado a suministrar dentro de los diez (10) Días Hábiles siguientes contados a partir de la fecha de solicitud, según la cláusula 64 del contrato de concesión No. 002 del 6 de marzo de 2007. Cuando la naturaleza de la información exigida así lo requiera, este plazo podrá ser ampliado.

• Mantener indemne al INCO frente a cualquier irregularidad sobre la legalidad del software o hardware implementado y/o utilizado en su organización, de tal suerte que el único responsable sobre éste tema es el Interventor.

• Adelantar el proceso de verificación de posibles beneficiarios de la tarifa diferencial para los peajes que tengan previsto el mencionado beneficio, desde la recepción del

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formulario hasta la recomendación al CONCESIONARIO, junto con la revisión de documentos y visitas de confrontación de información.

• Adelantar semestralmente una encuesta con los usuarios de la vía sobre la percepción de la satisfacción del servicio prestado.

• Hacer auditoría al recaudo de los peajes, al menos durante una muestra de siete días del mes.

• Verificar todos los informes y reportes del Concesionario, los registros de pesaje, los registros de recaudo de Peaje, los registros de placas de vehículos evasores y todos los demás informes y estadísticas que éste presente, así como supervisar su calidad, contenido y periodicidad en su presentación.

• Verificar el cumplimiento de la ruta crítica, advertir retrasos en el plan de trabajo respecto de actividades críticas y prestar apoyo en la determinación de las causas y en el planteamiento de soluciones.

• Contar con personal idóneo y suficiente para la ejecución de las actividades de interventoría a su cargo, de conformidad con lo establecido en los pliegos de condiciones.

• Disponer de los elementos técnicos, logísticos y de información necesarios para adelantar las actividades de la interventoría.

• Realizar un archivo digital de la totalidad de los documentos contractuales (Pliegos, Minuta, Anexos, Apéndices, propuesta, actas, contratos adicionales, otrosí, oficios etc.) correspondientes al proyecto mediante el escaneo de los correspondientes documentos en formato PDF.

• Asistir y apoyar al INCO, oportunamente, en las reuniones, presentaciones, y/o documentación que sobre el proyecto soliciten las autoridades municipales, regionales y/o nacionales.

• En general, vigilar y controlar que el Concesionario cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución del proyecto.

6.3.1.3.2 Funciones Financieras

Las funciones financieras comprenden, entre otras, las siguientes actividades:

• La vigilancia de las cuentas del proyecto de acuerdo con las normas aplicables al mismo.

• Impartir instrucciones por escrito al CONCESIONARIO sobre asuntos en esta materia que sean responsabilidad de este.

• Exigir al CONCESIONARIO la información que considere necesaria, la cual esta obligado a suministrar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de solicitud. Cuando la naturaleza de la información exigida así lo requiere este plazo podrá ser ampliado.

• Llevar un control mensual (o en otra unidad de tiempo cuando el INCO lo requiera) detallado de los recaudos de Peaje hechos por el CONCESIONARIO, de acuerdo con

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la discriminación por Caseta de Peaje y por categoría de vehículos, así como el Ingreso Generado y suscribir las actas mensuales correspondientes, de conformidad con lo contemplado en el Contrato de Concesión.

• Suscribir las Actas de Acuerdo de Ingresos relativas a ese aspecto en cada Período de Aforo y enviar dichas actas al INCO.

• Revisar mensualmente las cuentas y los estados financieros del fideicomiso, y sus cuentas especiales para verificar que se cumpla con lo establecido al respecto en el Contrato de Concesión No. 002 de 2006 y dar aviso al INCO de cualquier situación que puede afectar el normal desarrollo del mismo.

• Informar al INCO si encontrara que los aportes del Estado han sido utilizados para gastos diferentes de los elegibles.

• Supervisar el cumplimiento del programa de consecución de recursos y demás actividades necesarias para la financiación del proyecto, por parte del CONCESIONARIO, de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones, en la propuesta y en el Contrato de Concesión.

• Supervisar el costo financiera de los recursos y el cumplimiento del programa de previsiones de financiamiento e inversiones.

• Realizar los conceptos y estimativos esenciales de cálculo financiero que el INCO solicite.

• Revisar las actualizaciones del flujo de fondos del proyecto.

• Efectuar el estudio y análisis de cualquier propuesta de modificación al programa financiero o al Contrato de Concesión y remitir su concepto al INCO.

• Participar en los comités fiduciarios de conformidad con lo establecido en el contrato de concesión, en cuanto a los aspectos financieros que sean tratados en cada reunión y especialmente en temas específicos de carácter contables, financieros y tributarios, efectuando un análisis financiero preliminar con base a la información revisada durante el periodo, el cual será el soporte de los comentarios y observaciones que se generen en desarrollo de la reunión, previa coordinación con los delegados por parte del INCO, y presentar a la semana siguiente a la fecha de realización de dicho comité los estados financieros del Fideicomiso y de la Concesión.

• Identificar las inversiones objeto del contrato de concesión, al igual que las inversiones temporales o permanentes que se tengan en los Fondos de la fiduciaria, especialmente de los recursos aportados por la nación en desarrollo del contrato.

• Participar en el trámite de los pagos del contrato e inclusive de las compensaciones. Este punto en lo referente a las cuentas de control de la ejecución del INCO.

• Efectuar un seguimiento y control a las observaciones y recomendaciones que sobre la ejecución financiera del proyecto presente el INCO, directamente o a través de la firma interventora, en cuanto a los movimientos contables, tributarios y financieros a la Fiduciaria, de acuerdo a lo formulado en los comités fiduciarios o en forma escrita.

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• Verificar y hacer seguimiento sobre la aplicación de los recursos entregados como aportes del Estado al proyecto, de conformidad con el contrato y reportarlos al INCO para efecto de su registro en la contabilidad, al igual que de las demás cuentas por pagar y cobrar que puedan generarse en desarrollo del contrato, para la entidad concedente del contrato, de acuerdo con los formatos que establezca el Instituto.

• Seguimiento de los Aportes que el concesionario de acuerdo con el contrato se comprometió a realizar en el fideicomiso y que contractualmente esta obligado a hacerlo, para lo cual será necesario revisar su naturaleza, monto y fechas específica de desembolsos.

• Revisión de informes del fideicomiso (Estados Financieros Básicos y Complementarios), a los cuales se les debe efectuar un análisis financiero que muestre un diagnostico de la situación financiera, del avance periódico del proyecto a partir de la gestión registrada en el patrimonio autónomo. La labor de análisis debe servir de soporte a las observaciones que la firma interventora debe reportar dentro de los informes financieros.

• Revisar la estructura financiera del proyecto y reportar el perfil de la deuda del proyecto, donde se identifique el monto de la deuda (Obligaciones Financieras), estableciendo tipos de créditos, entidades, montos, tasas de interés, plazos, reestructuraciones de deuda, si se generan, sustitución de deuda, otras combinaciones dentro del financiamiento del proyecto (Bonos).

• Efectuar una verificación a los movimientos y registros (Débitos, Créditos), de las cuentas que por su naturaleza estén bajo la ejecución del INCO, donde se tenga identificado el objeto del gasto, su aplicación y soportes en la contabilidad del fideicomiso, resaltando sus movimientos en el tiempo respecto a comisiones, pagos, rendimientos y saldos entre otros y reportar al Instituto en el informe financiero de interventoría.

• Conocer la ingeniería financiera del proyecto propuesto, para acompañar al INCO con simulaciones financieras, tendientes a evaluar los diferentes escenarios que por efecto del desarrollo del contrato ameriten de un análisis financiero, previa la toma de decisiones que coyuntural o estructural deba tomar el Instituto.

• Adoptar en la gestión de interventoría financiera el Protocolo de Seguimiento al igual que la estructura del informe respectivo.

• Analizar los estados financieros dictaminados por el revisor fiscal.

• Verificar el cumplimiento de la entrega del Cierre Financiero, si este no se ha dado antes del inicio de ejecución del contrato de interventoría.

• Verificar que el Cierre Financiero cumpla con los requisitos de alcance, vigencia, garantías, compromisos y responsabilidades del concesionario, cuyo cumplimiento garantice la ejecución del proyecto en lo que respecta a los flujos de recursos financieros.

• Llevar un control mensual (o en otra unidad de tiempo cuando el INCO lo requiera) del Ingreso Esperado y del Ingreso de Peaje (tanto en pesos corrientes como en pesos constantes).

• Comunicar al INCO, cuando el Concesionario haya obtenido el Ingreso Esperado, en los términos previstos en el Contrato de Concesión No. 002 de 2006 e informar al Instituto

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cuando el Concesionario haya obtenido el noventa por ciento (90%) o más del Ingreso Esperado y Cumplir con las obligaciones estipuladas al respecto en dicho Contrato.

• Advertir Cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo del CONCESIONARIO, y comunicarle esta circunstancia al INCO para que adopte los procedimientos previstos en el Contrato de Concesión, según el caso.

• Vigilar el cumplimiento del programa de amortización de créditos, y vigilar y/o controlar que los ingresos y egresos durante la ejecución del proyecto se ajusten a lo establecido en el Contrato de Concesión y en el contrato de Fiducia celebrado para la constitución del Fideicomiso.

• Supervisar el cumplimiento, por parte del Concesionario, de los requisitos y controles financieros y del manejo comercial de las tarifas de peaje (esquemas tarifarios) establecidos en el contrato o en acuerdos posteriores entre las partes.

• Vigilar el cumplimiento del programa financiero y verificar que el Concesionario se ajuste a los recursos y al esquema financiero aceptados por el INCO.

• Sugerir correctivos, en el menor tiempo posible, a los desajustes económicos o financieros que pudieren presentarse, y determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar, rápida y eficazmente, las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del Contrato de Concesión.

• En el análisis de los Estados Financieros: balance general, estado de resultados acumulado, resaltar aquellas partidas cuyo valor muestre notorias diferencias con los otros períodos.

• El interventor gestionará ante el concesionario para que remita la información financiera tanto al INCO como a la interventoría financiera dentro de los plazos establecidos.

• Reportar al INCO los saldos diarios, la tasa diaria, el rendimiento diario y los rendimientos acumulados mensuales sobre los encargos fiduciarios.

• El interventor en compañía del CONCESIONARIO harán seguimiento semestral de las contingencias y riesgos del proyecto.

• Velar porque el Concesionario cumpla con las obligaciones tributarias (impuestos y retenciones) sobre los pagos que efectúe a nombre del INCO.

• En general, vigilar y controlar que el CONCESIONARIO cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución del Proyecto.

6.3.1.3.3. Funciones Técnicas

Además de lo establecido para la interventoría a lo largo del texto del contrato de concesión y sus documentos, así como lo establecido en la cláusula 64, interventoría y control, del contrato de concesión No. 002 del 29 de noviembre de 2007, Concesión Córdoba ­ Sucre. La interventoría técnica comprende, entre otras, las siguientes actividades:

• Actualizar el inventario vial de proyecto concesionado. Se deberá realizar la inspección visual de las obras de arte y puentes del corredor vial, especificando en cada caso, sus características geométricas, de capacidad, estado y otras, además, deberá actualizar

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el estado de derecho de vía del corredor. El inventario se realizara en acuerdo con el Concesionario y deberá estar listo a los dos (2) meses de iniciada la interventoría.

• Realizar las mediciones del Índice de Estado y la medición de reflectividad en señalización con la periodicidad pactada en el contrato de Concesión y/o la exigida por el INCO. Anexo al respectivo informe se debe entregar certificación de la entidad pertinente que garantice la correcta calibración de los equipos con los cuales se realizó la medición. Las mediciones del Índice de estado deben ser acordes al procedimiento establecido en el Contrato de Concesión No. 002 de 2006 y sus Apéndices, igualmente las especificaciones técnicas de los equipos para realizar la medición del Índice de Estado se encuentran en el numeral 6.4 de los presentes pliegos de condiciones.

• En el caso en que algunos de los tramos de las obras objeto de esta interventoría o el proyecto de concesión, entre en operación antes de cumplido el plazo de la presente interventoría, se deberán realizar las mediciones de Deflectometría con la periodicidad pactada en el contrato de Concesión y/o la exigida por el INCO. Anexo al respectivo informe se debe entregar certificación de la entidad pertinente que garantice la correcta calibración de los equipos con los cuales se realizó la medición. Las mediciones de Deflectometría deben ser acordes al procedimiento establecido en el Contrato de Concesión No. 002 de 2006 y sus Apéndices.

• En caso de ser pertinente, realizar la medición de las cantidades de obra ejecutadas por el concesionario de acuerdo al alcance básico del contrato, las mayores cantidades de obra y las obras complementarias y/o adicionales autorizadas y las demás que pudieran surgir durante la ejecución de las obras. El cumplimiento de esta actividad no generará en ningún caso costos adicionales al INCO.

• Elaborar una página Web de la Interventoría que presente diferentes niveles de información (layers) sobre datos importantes del proyecto. Alguna información será clasificada solo disponible para la supervisión del proyecto y otra estará a disposición del público en general. Lo anterior según las disposiciones que considere la Subgerencia de Gestión Contractual del INCO. La información destinada al supervisor debe tener la opción de visualizar en video en tiempo real situaciones excepcionales que ocurran sobre el proyecto, tales como: accidentes con pérdidas humanas, desastres naturales, derrumbes de gran proporción etc. Cada vehículo de la interventoría contará dentro de su equipo de carretera con una filmadora que permita hacer la interconexión mencionada.

• La pagina Web elaborada por la Interventoría, deberá contener dentro de las funciones técnicas, un link o enlace específico y único para el uso del INCO en el cual la entidad pueda en cualquier momento consultar toda la información digitalizada del proyecto, es decir desde los pliegos de condiciones, sus anexos y apéndices, pasando por la propuesta del concesionario, documentos contractuales, documentos de diseño (planos, actas, estudios, etc.), informes de toda índole, y la correspondencia generada entre el INCO, la interventoría, el concesionario y terceros actores. No deberá quedar ningún tipo de información exento de esta actividad. Adicionalmente debe contener la página Web, Video, en tiempo real, de los principales frentes de obra, según los tramos del contrato No. 002 de 2007 Concesión Córdoba Sucre y Video, en tiempo real de la operación de cada una de las básculas. En la visualización de cada estación de báscula debe incluirse tanto una panorámica de la instalación como el detalle del

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monitor de la báscula (indicador de peso) simultáneo con los detalles del vehículo que se encuentra sobre la báscula. El INCO podrá durante el desarrollo del contrato de interventoría, y según el desarrollo de las obras y/o operación vial pedir la ubicación de cámaras en sitios de especial interés.

• Revisar la Memoria técnica del Proyecto que presenta el Concesionario.

• En el caso que el Concesionario tenga la oblig6ación contractual de elaborar la pagina de Internet del proyecto, el Interventor deberá alimentar y verificar la información y comprobar su correcto funcionamiento.

• Se deberá garantizar todo el tiempo la comunicación móvil con el supervisor del proyecto en el INCO, suministrando el equipo y el servicio necesario para tal fin.

• Realizar un informe semestral del estado del proyecto, incluyendo el recorrido de la vía, el cual consiste en registro fílmico en formato DVD.

• Realizar un inventario Socioeconómico sobre la industria, agroindustria y comercio asentado alrededor del derecho de vía, actualizable anualmente.

• Implementar el 100% del registro fílmico del transito que circula por las estaciones de peaje Las Florez y Los Garzones garantizando que el formato de la información filmada sea no digitalizable (no editable) las 24 horas del día. Lo anterior con un margen de error en el tiempo de filmado de un 5%.

• Verificar e identificar las invasiones en derecho de vía con el fin de alertar al Concesionario para que éste tome las acciones respectivas.

• Acopiar en medio magnético y en medio físico los planos definitivos de construcción (As built) del proyecto y enviarle copia al INCO.

• Realizar una auditoría de sistemas de software y hardware trimestral a los sistemas de tránsito y recaudo del concesionario.

• Realizar el control de ejecución de las obras que son objeto de esta interventoría.

• Realizar la revisión de los estudios y diseños que adelanta el Concesionario y emitir el respectivo concepto, de acuerdo a las especificaciones y normas generales de diseño, construcción, rehabilitación y mejoramiento y de acuerdo al alcance del Proyecto de Concesión. Apéndices C y A respectivamente, del Contrato de Concesión No. 002 de 2007.

• Verificar que las obras objeto de esta interventoría, cumplan con las Especificaciones Generales de Construcción vigentes y requerir al CONCESIONARIO para que corrija los incumplimientos.

• Verificar que las obras objeto de esta interventoría cumplan con el Cronograma de avance de obra, de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesión.

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• Realizar las pruebas y ensayos que sean necesarias para verificar que las obras objeto de esta interventoría cumplan con las características técnicas exigidas, o para verificar si existen defectos en la construcción que se deban corregir.

• Conceptuar sobre cambios en los diseños y/o adición de tramos que se propongan a lo largo de la ejecución de esta interventoría en los aspectos técnicos (incluye predial, ambiental y social), financiero y jurídico.

• Elaborar los conceptos solicitados de acuerdo a lo establecido en la resolución 063 de 2003, expedida por el INCO y revisar toda la documentación presentada por los peticionarios. Adicionalmente, elaborar los proyectos de resolución para que el INCO oficialice el eventual permiso temporal.

• Revisar los diseños de detalle y los cronogramas de trabajo y avance de obra presentados por el concesionario y conceptuar sobre ellos.

• Realizar funciones técnicas relacionadas con los diseños y su respectiva revisión.

• Realizar la interventoría a la ejecución de los diseños adicionales y obras adicionales o complementarias que se presenten.

• Verificar, en los términos y con los efectos previstos en este Contrato, las obras previstas objeto de esta interventoría, con una periodicidad mínima mensual.

• Rendir informes periódicos al Instituto Nacional de Concesiones – INCO con base en las pruebas y verificaciones de las obras que realice el Concesionario, identificando los puntos críticos del proyecto y sugiriendo las medidas que se deben tomar para mitigar los posibles efectos negativos de los puntos críticos identificados.

• Exigir al concesionario el cumplimiento de la normatividad vigente sobre vallas informativas.

• Revisar, analizar y emitir concepto técnico y económico, para la aprobación de precios unitarios no previstos que surjan en el desarrollo de las obras objeto de esta interventoría.

• Revisar, analizar y emitir concepto técnico con respecto al programa de higiene y seguridad industrial.

• En el caso que en el plazo de la presente interventoría, se cumplan la entrega de trayectos del alcance básico u obras adicionales o alcances progresivos, el interventor deberá verificar las obras entregadas y realizar y/o revisar las memorias técnicas de las etapas del proyecto.

• Corroborar el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades del contratista sobre el contrato de concesión en las obras del alcance de esta interventoría, e indicar y remitir concepto al Instituto Nacional de Concesiones ­INCO sobre la aplicación de multas y sanciones al concesionario cuando este presente incumplimiento e iniciar dicho proceso.

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• Revisar, analizar y emitir concepto para la aprobación de cambios en las especificaciones técnicas de Construcción y Operación que surjan en el desarrollo de las obras objeto de esta Interventoría.

• Elaborar las actas de inicio y finalización de las etapas del proyecto de Concesión, a satisfacción del Interventor, de los diferentes tramos con su respectiva memoria técnica.

• Advertir cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo del concesionario, comunicarle esta circunstancia al Instituto Nacional de Concesiones – INCO y adoptar procedimientos previstos en este contrato según sea el caso.

• Incluir dentro del informe mensual que debe presentar la interventoría, se relacione y cuantifique las actividades de mantenimiento rutinario, periódico, y de ser el caso, de operación de la vía. Adicionalmente se deben presentar los planes de mantenimiento anual para cada tramo del proyecto de concesión.

• Implementar un plan de aseguramiento de calidad en los procesos de interventoría, que asegure la adecuada documentación y archivo de los procesos de verificación y control de calidad, de acuerdo a la Norma ISO 9001 o las que la sustituyan o complementen.

• Colaborar en la liquidación y determinación de (i) las multas y (ii) la compensación en el evento de terminación anticipada.

• En general, vigilar y controlar que el concesionario cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución de las obras objeto de esta interventoría.

• Revisar, evaluar y emitir concepto para el otorgamiento de permisos de ocupación del derecho de vía y a su vez de las respectivas pólizas.

• Alimentar los sistemas de información que el INCO se solicite, entre ellos están el SIINCO, SIGOB y SIAC.

• Las demás que sean pertinentes para el cabal desarrollo del objeto de este contrato.

6.3.1.3.4 Funciones Prediales

Tienen como objetivo fundamental, el fortalecimiento de la función de control y vigilancia a la gestión que adelanta el CONCESIONARIO para la adquisición de las áreas requeridas para la ejecución del proyecto, mediante la vigilancia y control de la gestión predial. Bajo esos criterios las funciones relacionadas con la gestión predial son las siguientes:

• Realizar la revisión y verificación técnica, jurídica y social de la Gestión Predial y vigilar el cumplimiento normativo y contractual en la materia.

• Apoyar la consecución de información técnica relacionada con los predios objeto de adquisición por el proyecto y realizar las verificaciones topográficas y de infraestructura que en su momento se requieran para resolver inquietudes prediales y preparar el concepto técnico respectivo a solicitud del INCO, así como apoyar la elaboración de conceptos jurídicos relacionados con la gestión predial.

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• Apoyar la gestión que debe adelantarse con las autoridades departamentales y municipales y demás entidades y organizaciones relacionadas con el proyecto.

• Velar para que con la debida anticipación al inicio de la obra se elabore por parte del concesionario el documento de acta de vecindad que contiene el registro detallado del estado actual estructural y/o funcional, incluidas las mejoras existentes (infraestructura, viviendas, bodegas, beneficiaderos, sistemas de riego, pozos, etc.), de los predios que eventualmente pueden sufrir daños por el proceso de construcción y operación de la concesión y hacer seguimiento y verificación de las actas de vecindad levantadas por el concesionario, y de las quejas de la comunidad sobre posibles daños a las construcciones aledañas a los predios en las diferentes etapas del proyecto.

• Hacer durante el proceso de adquisición, la verificación documental técnica y en campo de las fichas prediales y planos prediales, para constatar que la información del área requerida del predio corresponda a los diseños definitivos del proyecto, su correcta identificación, la clasificación del terreno teniendo en cuenta el Plan de Ordenamiento Territorial respectivo, así como adelantar una revisión prejurídica de la ficha predial, de manera que la información corresponda con el estudio de títulos, verificando que la información del área total del predio teniendo en cuenta el certificado de catastro, el folio de matrícula inmobiliaria y los títulos y que la identificación catastral del inmueble, corresponda con el folio de matrícula inmobiliaria sobre el cual se adelante la adquisición del predio.

• Hacer durante el proceso de adquisición, la verificación documental técnica y en campo de los avalúos comerciales para constatar el cumplimiento a las normas que regulan la materia, especialmente en cuanto a los valores de asignación.

• Hacer durante el proceso de adquisición, la verificación documental técnica y en campo de los impactos económicos y sociales identificados en la adquisición predial, con el fin de constatar la realidad social del diagnostico presentado, así como la correcta aplicación de factores sociales, conforme a los parámetros establecidos en las normas que regulan la materia y conceptuar, de considerarse necesario, sobre el reconocimiento de compensaciones socioeconómicas.

• Hacer durante el proceso de adquisición, la verificación de los títulos traslaticios de dominio a 20 años, folios de matrícula inmobiliaria, para determinar la correcta titularidad del inmueble, y en el caso de adquisición de mejoras verificar la procedencia de la no adquisición de la titularidad sobre el inmueble.

• Para la verificación de la gestión alimentará una base de datos bajo los parámetros establecidos por el INCO.

• Verificar que el acta de entrega de cada predio corresponda realmente al área física entregada por el propietario al CONCESIONARIO y que se ocupe exclusivamente el área adquirida y no se intervenga, ocupe o se causen daños en el área no adquirida; verificar en campo el corredor predial adquirido y disponible para corroborar la viabilidad de los tramos de obra programados y la utilización para la obra de la totalidad de las áreas adquiridas, en los términos señalados por la ley.

• Suscribir conjuntamente con el CONCESIONARIO las actas de restitución de accesos, canales de drenaje, tuberías de riego, etc., en las cuales se dejará constancia de las obras que debe ejecutar el CONCESIONARIO dentro de los alcances básicos del Contrato de Concesión, para mantener las condiciones normales de funcionamiento de los predios objeto de la adquisición y que no deben ser incluidas dentro de los avalúos respectivos.

• Verificar que las obras para los accesos, servicios públicos a los predios y otras, sean adelantadas por el CONCESIONARIO de manera oportuna y adecuada, cumpliendo las especificaciones técnicas y dejando el predio sin limitaciones de funcionamiento.

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• Cuando el INCO lo requiera, para el ejercicio de su función de control y vigilancia de la gestión predial a cargo del CONCESIONARIO, revisar las ofertas formales de compra dirigidas a los propietarios, las cuales deben ajustarse a la información de la ficha predial, la ficha social, el estudio de títulos y el avalúo comercial, entre otros; verificar que se haya notificado debidamente y su posterior registro en el folio de matrícula; igualmente con relación a la promesa de compraventa y/o escritura pública, según el caso; adelantar el seguimiento a la protocolización de la escritura pública de adquisición y el registro de la misma en el folio de matrícula y verificar que al momento de efectuarse el registro de la tradición a favor del INCO, éste se encuentre libre de limitaciones y gravámenes tales como hipotecas, embargos, etc. Cuando se trate de compras parciales deberá verificar que el Concesionario adelante el correspondiente desenglobe del inmueble y la asignación de su cédula Catastral por la Entidad competente.

• Cuando las necesidades del servicio lo exijan, apoyar los procesos de expropiación y demás acciones judiciales que se requieran en desarrollo de los procesos de adquisición, para lo cual deberá, según el caso, revisar y complementar los antecedentes que sean necesarios, proyectar los actos administrativos, asegurarse de que la entidad adelante las notificaciones de acuerdo a lo establecido en las normas pertinentes, recibir el poder que se le otorgue para actuar jurisdiccionalmente en representación del INCO, y ejercer de buena fe las facultades que éste le otorga, proyectar y presentar las demandas judiciales solicitando la entrega anticipada de los predios en los casos de expropiación judicial, representar al INCO en las diligencias de entrega material y demás actividades inherentes a la representación judicial, ejerciendo la vigilancia judicial correspondiente, presentando las peticiones, objeciones periciales, recursos, alegatos y en general las actividades que la buena diligencia indique hasta llevar a feliz término cada proceso judicial.

• Efectuar conforme a las cuentas del Fideicomiso establecidas según el contrato, un control de los cobros realizados por el concesionario por concepto de la gestión adelantada respecto a elaboración de fichas prediales, avalúos comerciales y adquisiciones de predios y demás actividades relacionadas con el proceso predial.

• Verificar permanentemente la actualización de la base de datos que para el seguimiento y control de la gestión predial alimente el CONCESIONARIO, con la información básica de los documentos inherentes a cada uno de los predios en proceso de adquisición o de expropiación, y sobre los compromisos y pagos que se adelanten en cada uno de los predios, con el fin de llevar un control de ejecución conforme a los documentos legales, planificar la disponibilidad y ejecución del presupuesto, de manera que se pueda adelantar seguimiento, prever circunstancias que afecten la gestión y determinar sus correspondientes medidas o estrategias.

• Exigir al concesionario la remisión de la documentación necesaria para lograr una efectiva revisión, seguimiento y efectividad de la gestión predial, y entregar informes periódicos de gestión acerca del avance de las diferentes actividades. Cuando se considere necesario, se efectuará la verificación de la información mediante la revisión de los expedientes.

• Constatar la suscripción de pólizas de calidad y cumplimiento a cargo del Concesionario y a favor del INCO, y velar por la buena calidad de documentos y el cumplimiento de los procedimientos establecidos.

• En general, apoyar al INCO en la implementación y ejecución de mecanismos de control y vigilancia para verificar que la etapa de enajenación voluntaria y expropiación judicial o administrativa de cada uno de los predios se cumpla dentro de la normatividad y en los términos establecidos por la ley, con respeto al debido proceso y protección de los derechos de los particulares y constatar el cumplimiento de la obligación de sanear al

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INCO en todo lo referente a los efectos perjudiciales de carácter patrimonial y jurídico en materia fiscal, penal, administrativa o cualquier tipo de reclamación de terceros en materia judicial o extrajudicial por estos efectos; en caso contrario, informar la situación y adelantar o proponer las acciones correctivas del caso.

• Asistir a las reuniones o comités prediales programadas por el Instituto Nacional de Concesiones relacionadas con el objeto de la contratación. Para tal efecto, el Subgerente de Gestión Contractual, el Supervisor del Contrato o el Coordinador del Grupo de Territorio, sin perjuicio de que participen otros funcionarios de las diferentes áreas del INCO, establecerá reuniones cuando lo estime conveniente, con el fin de analizar los diferentes aspectos técnicos, jurídicos y administrativos para llevar un adecuado control al desarrollo, ejecución y cumplimiento del contrato. Se evaluarán previamente los informes y las actividades que se vayan realizando y los demás aspectos a que haya lugar. De cada una de estas reuniones se levantará un acta firmada por los participantes, la cual quedará en custodia por el Interventor.

• Al finalizar la gestión contratada deberá entregar un informe consolidado de todo el proceso de adquisición, señalando aspectos relevantes que permitieron agilizar o que ocasionaron demoras, cambios a introducir para lograr mejores resultados en siguientes procesos, así como la información que considere útil para la entidad contratante para el programa de mejoramiento continúo de la gestión predial.

• Mantener en reserva la información que obtenga y conozca con ocasión y desarrollo del contrato por parte del CONCESIONARIO.

6.3.1.3.5 Funciones Sociales

Tienen como objetivo fundamental, asegurar el cumplimiento por parte del CONCESIONARIO de las obligaciones sociales contenidas en el Plan Social Básico y el Plan de Gestión Social del Plan de manejo ambiental, con el fin de lograr un verdadero acercamiento a las necesidades de la comunidad y la mitigación de los impactos sociales que genere la ejecución del proyecto. Con dicha finalidad, son funciones relacionadas con la gestión social las siguientes:

• Presentar informes mensuales, durante el tiempo de desarrollo de la etapa de preconstrucción sobre el avance del CONCESIONARIO en la elaboración de los estudios sociales y la aplicación de las medidas que en esta etapa deba implementar (PMA Y EIA), estos informes serán independientes del informe general de la interventoría, pero deberán entregarse simultáneamente y en el formato que defina el INCO.

• Verificar que el CONCESIONARIO mantenga el personal mínimo e idóneo para ejecutar la Gestión Social, establecido en el Contrato de Concesión.

• Realizar el seguimiento a la implementación y operación, así como al cumplimiento de las especificaciones básicas en espacio, personal y horarios de las Oficinas de atención al usuario (Fijas y Móvil), de acuerdo al contrato de concesión.

• Realizar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos suscritos en las consultas previas con las comunidades étnicas.

• Verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales en materia de gestión social a cargo del CONCESIONARIO. En caso de incumplimiento, la INTERVENTORIA deberá analizar las causas, realizar los requerimientos y advertencias escritas a que haya lugar e informar al coordinador del Grupo Territorio del INCO y adelantar o proponer las acciones correctivas del caso.

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• Realizar verificación permanente en los frentes de obra del cumplimiento de la constitución y las leyes en materia de atención al ciudadano.

• Hacer el efectivo acompañamiento proveyendo los medios necesarios para el desarrollo de las visitas de seguimiento programadas por el Ministerio de Ambiente, Ministerio del Interior, Corporación Regional y/o Instituto Nacional de Concesiones.

• Presentar informes mensuales sobre el avance del Plan de Gestión Social, Plan Social Básico, los compromisos de las consultas previas y la gestión socio predial, el cual será incorporado al Informe General de la Interventoría como capítulo particular.

• Realizar seguimiento al trámite que brinda el CONCESIONARIO a las peticiones, quejas e inquietudes de las comunidades respecto al manejo social del proyecto, la información del proceso de adquisición predial y la ocupación de las zonas requeridas para el desarrollo del proyecto, en los términos de ley. De no haberse dado respuesta dentro de los tiempos establecidos para tales efectos deberá hacer los requerimientos del caso e informar al INCO.

• Realizar seguimiento al CONCESIONARIO sobre la gestión que se adelanta con los municipios relacionados con el ordenamiento del corredor vial, la restitución del espacio público y al inventario y acciones para custodiar y preservar saneada la zona de seguridad de acuerdo a la norma.

• Asistir a todas las reuniones de información y formación que debe desarrollar el CONCESIONARIO con las comunidades, organizaciones e instituciones, y velar que de cumplimiento a los mecanismos de participación ciudadana y brinde información clara y oportuna a la comunidad.

• Realizar el análisis y las observaciones al informe de actividades que periódicamente debe realizar el CONCESIONARIO, de acuerdo con lo establecido en el Contrato de Concesión, sus apéndices y modificaciones correspondientes.

• Realizar la revisión, análisis y observación al esquema operativo (cronograma de actividades) a través del cual el concesionario implementará sus obligaciones sociales.

• Analizar los diferentes indicadores que presenta el CONCESIONARIO en los informes mensuales de gestión social y evaluar la eficiencia de los mismos.

• En el evento que se presentan afectaciones no previstas a comunidades por desarrollo del proyecto de concesión, la interventoría debe conceptuar sobre las medidas de manejo, compensación y mitigación elaboradas por el CONCESIONARIO y verificar la ejecución.

• Verificar y exigir la contratación de mano de obra local que realice el CONCESIONARIO en las diferentes etapas del proyecto.

• Asistir a las reuniones o comités de monitoreo social programadas por el Instituto Nacional de Concesiones relacionadas con el objeto de la contratación. Para tal efecto, el Subgerente de Gestión Contractual, el Supervisor del Contrato o el Coordinador del Grupo de Territorio, sin perjuicio de que participen otros funcionarios de las diferentes áreas del INCO, establecerá reuniones cuando lo estime conveniente, con el fin de analizar los diferentes aspectos técnicos, jurídicos y administrativos para llevar un adecuado control al desarrollo, ejecución y cumplimiento del contrato. Se evaluarán previamente los informes y las actividades que se vayan realizando y los demás aspectos a que haya lugar. De cada una de estas reuniones se levantará un acta firmada por los participantes, la cual quedará en custodia por el Interventor.

6.3.1.3.6 Funciones Ambientales

Tiene como objetivo fundamental, la coordinación de las diferentes actividades y métodos de control, tendientes a propiciar que las obras, programas y medidas planteadas en el plan de

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manejo ambiental, sean implementadas para lograr el objetivo de minimizar los efectos ambientales negativos y maximizar los positivos, buscando un equilibrio entre el desarrollo de la región y la preservación de los recursos naturales. Las funciones ambientales comprenden, entre otras, las siguientes actividades:

• Verificar y hacer el seguimiento que corresponda para que el CONCESIONARIO aporte en forma oportuna todos los documentos que se requieran para el tramite y la información que este debe presentar a las Autoridades Ambientales en la jurisdicción del Proyecto y obtención de la licencia ambiental de los tramos que lo requieran, además del tramite y obtención de permisos para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales que pretenda utilizar y no estén contenidos en la licencia ambiental, permisos que deberán obtenerse previo la realización de las actividades que los requieran.

• Verificar el cumplimiento por parte del CONCESIONARIO de las normas ambientales, condicionantes, diseños, actividades y procesos recomendados en el Plan de Manejo Ambiental y Licencia Ambiental, y de la obtención de los respectivos permisos para uso y aprovechamiento de recursos naturales.

• Verificar el seguimiento y monitoreo de los trabajos para vigilar que la realización de la obra se enmarque dentro de los requerimientos ambientales y que sus resultados correspondan a los esperados, y diseñar y recomendar los correctivos necesarios.

• Verificar la puesta en marcha y operación del plan de manejo ambiental, así como la del plan de contingencias en caso necesario. Revisar y aprobar los planes de disposición de desechos y, en general, supervisar y hacer cumplir la reglamentación ambiental vigente.

• Verificar que los trabajos se realicen de forma tal que los procedimientos aplicados sean compatibles, no solo con los requerimientos técnicos necesarios, sino también con las disposiciones ambientales legales vigentes, el código de recursos naturales, los permisos y servidumbres, y concesiones otorgadas por autoridades competentes MAVDT

• Revisar y dar dictamen sobre los estudios ambientales que debe elaborar el CONCESIONARIO con el fin de asegurarse que los mismos corresponden a la realidad actual de la zona de influencia, la especificidad de sus diseños, la legislación ambiental, social y de cultura y patrimonio arqueológico, así como para verificar que contiene la ingeniería de detalle (diseños) de cada una de las medidas ambientales propuestas en el plan de manejo ambiental.

• Verificar y/o ejecutar cuando el INCO lo requiera la toma de muestras y análisis de laboratorio de calidad de aire, de agua y ruido necesarios y determinados en el plan de manejo ambiental y en la licencia ambiental, realizados por el CONCESIONARIO en cumplimiento de los requerimientos impuestos en la misma. En el evento de presentarse impactos ambientales no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental, la interventoría debe conceptuar sobre el diseño de las medidas tendientes a controlar, compensar y mitigar dichos impactos, elaborado por el CONCESIONARIO y a su vez, debe verificar la ejecución por parte del concesionario.

• Verificar que el sistema de calidad ambiental y el programa de Higiene, Seguridad Industrial y Salud Ocupacional elaborado por EL CONCESIONARIO, cumpla con las disposiciones legales en materia de seguridad industrial y determinado para todas y cada una de las actividades de obra y operación a realizar y Vigilar el cumplimiento.

• Verificar el esquema operativo a través del cual el concesionario implementará sus obligaciones ambientales, efectuar el seguimiento permanente en los frentes de obras, para verificar la aplicación de las técnicas, procedimientos, medidas propuestas en el Plan de Manejo Ambiental y la correspondiente Licencia Ambiental, así como efectuar acciones de control por parte de personal especializado para garantizar que los efectos

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ambientales negativos que puedan presentarse sean minimizados, aplicando el plan de manejo ambiental.

• Realizar los requerimientos y conminaciones al CONCESIONARIO cuando este incumpla sus obligaciones en materia ambiental. En caso de incumplimiento a los Planes de Manejo Ambiental, Licencias, permisos Ambientales y Concesiones el interventor deberá dar aplicación al Contrato de Concesión en lo relacionado al tema ambiental.

• Presentar informes mensuales, durante el tiempo de desarrollo de la etapa de preconstrucción y Construcción sobre el avance del CONCESIONARIO en la elaboración e implementación de los estudios ambientales y la aplicación de las medidas que en esta etapa se deban ejecutar. Estos informes deben incluir los indicadores de gestión ambiental de acuerdo al formato que defina el Grupo Territorio del INCO.

• Presentar trimestralmente un cronograma detallado de las actividades a desarrollar en el seguimiento ambiental de acuerdo a lo programado por el Concesionario

• Presentar al Grupo Territorio del Instituto Nacional de Concesiones –INCO, dentro de los diez (10) días siguientes al vencimiento del plazo del contrato de la interventoría el Informe ambiental Final.

• Asistir a los comités de obra, así como hacer el efectivo acompañamiento proveyendo los medios necesarios y la asistencia permanente para el desarrollo de las visitas de seguimiento programadas por el Ministerio de Ambiente, Ministerio del Interior, Corporación Regional y/o Instituto Nacional de Concesiones y presentar un informe de las actividades desarrolladas durante la visita al Grupo Territorio de INCO.

• Resolver las consultas e inquietudes de las comunidades con respecto al manejo ambiental de las obras objeto de esta interventoría.

• Asesorar al INCO, en todos los asuntos jurídicos y técnicos de carácter ambiental que se susciten en el desarrollo del objeto de la interventoría y lograr cuando sea necesario, el apoyo de otras disciplinas del conocimiento para atender problemáticas específicas en el campo ambiental.

6.3.1.3.7 Funciones Jurídicas

Las funciones jurídicas comprenden, entre otras, las siguientes actividades:

• Analizar y tener en cuenta los aspectos regulatorios, riesgos legales y contractuales relacionados con el contrato de concesión.

• Preparar para el Instituto Nacional de Concesiones – INCO, en forma oportuna, todas las respuestas a las solicitudes, peticiones y requerimientos que formule la comunidad, usuarios de la vía, entidades de control del Estado, y en general todos los requerimientos que se relacionen con las obras objeto del Contrato de Concesión y de esta interventoría.

• Asesorar al Instituto en todos los asuntos jurídicos de carácter ambiental, con apoyo del Residente Ambiental, que se susciten en desarrollo de las obras objeto de esta interventoría.

• Estudiar y conceptuar oportunamente sobre las sugerencias y consultas jurídicas hechas por el Instituto Nacional de Concesiones – INCO.

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• Prestar apoyo al Instituto Nacional de Concesiones – INCO para resolver las peticiones y reclamos jurídicos del concesionario, respecto a la ejecución de las obras objeto de esta interventoría, dándoles respuesta, en primera instancia, para luego someterlas a aprobación de la Subgerencia de Gestión Contractual del Instituto.

• Estudiar y conocer el contenido del Contrato de Concesión y el de todos sus documentos relacionados con la ejecución de las obras objeto de esta interventoría.

• Verificar la correcta expedición, la validez jurídica y los términos y plazos de las garantías que deberá presentar el concesionario, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Concesión con relación a la ejecución de las obras objeto de esta interventoría.

• En general, asesorar y apoyar al Instituto Nacional de Concesiones – INCO, en todos los asuntos jurídicos que se susciten en desarrollo de las obras objeto del Contrato de Concesión y de esta interventoría.

6.3.1.3.8 Funciones relacionadas con el Aforo y de Auditoria.

Las funciones de aforo y auditoria comprenden, entre otras, las siguientes actividades:

• Realizar la medición, conteo, caracterización de los tráficos y evaluación del Nivel de servicio de los Trayectos del Proyecto durante la vigencia del Contrato, así como la elaboración de los Informes Semestrales de Aforo y el suministro de los Datos de Aforo.

• Verificar los conteos de vehículos que realice el CONCESIONARIO con el fin de comprobar que la información suministrada sea lo más precisa posible y requerir al CONCESIONARIO para que cumpla esta obligación.

• Realizar conteos de tráfico independientes con el fin de verificar que los datos obtenidos por el CONCESIONARIO coincidan con la realidad.

• Verificar mediante AUDITORIA DE SISTEMAS el correcto funcionamiento de los equipos de control de tráfico en las Casetas de Peaje del Proyecto e informar al INCO sobre el particular en el Informe Mensual. Para tal efecto, el Interventor tendrá la posibilidad de requerir la información producida por tales equipos en forma directa cuando lo considere conveniente, sin que el CONCESIONARIO pueda rehusarse a ello.

• Evaluar los riesgos asociados en el sistema de información existente en los peajes y verificar si el software y los procedimientos asociados con el manejo del sistema satisfacen los requerimientos de seguridad, efectividad y eficiencia.

• Verificar y evaluar la información producida por las aplicaciones para comprobar que éstas sean confiables, completas y oportunas.

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• Verificar y evaluar las rutinas de cálculo ejecutadas por las aplicaciones y que las cantidades calculadas se aplican correctamente en los archivos de computador y en los registros oficiales que se reportan al INCO.

• Verificar y evaluar los planes de contingencia para garantizar la continuidad en las operaciones.

• Verificar y evaluar el proceso de diseño, desarrollo y prueba de los cambios de software aplicativo.

• Recomendar acciones de mejoramiento para corregir las debilidades de control que se detecten y para incrementar las condiciones de calidad, confiabilidad y seguridad del sistema de información de peajes.

• Estimar la confiabilidad de los equipos de control de tránsito, de conformidad con la fórmula descrita en el Contrato de Concesión No. 002 de 2006 y sus Apéndices (Apéndice B­1, Especificaciones técnicas de Construcción, operación y mantenimiento de las instalaciones de peajes y equipos). Si la confiabilidad resulta ser inferior a la exigida en el Apéndice B­1 del contrato de Concesión, el interventor deberá efectuar un análisis más pormenorizado de los hechos, con el fin de determinar el grado de confiabilidad en la operación y administración del recaudo de peaje y presentará un informe a la Subgerencia de Gestión Contractual del INCO.

• Instalar equipos de video de ultima generación para la grabación de las 24 horas del día encada una de las estaciones de peaje, con el fin de verificar los datos de tráfico obtenidos por el CONCESIONARIO y que los mismos coincidan con la realidad.

• Certificar los tráficos vehiculares para las Estaciones de Recaudo de Peaje y para cada una de las categorías de vehículos, para los efectos previstos en el Contrato de Interventoría y en el Contrato de Concesión.

• Advertir cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo del CONCESIONARIO, comunicarle esta circunstancia al INCO y adoptar los procedimientos previstos en este Contrato, según el caso.

• Suministrar la información requerida para la elaboración y aprobación del Acta de Acuerdo de Ingresos.

• Realizar el levantamiento de la información requerida para identificar las características generales y específicas del sistema de información que se encuentra en funcionamiento en las estaciones de peaje.

• Verificar los informes del CONCESIONARIO, los registros de recaudo de Peaje y todas las demás estadísticas que éste presente, así como supervisar su calidad, contenido y periodicidad.

• Supervisar las operaciones de recaudo de peaje y los niveles de tránsito, por medio de:

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o Instalación e implementación de ayudas tecnológicas que permitan determinar el grado de confiabilidad, mediante la utilización de: video, tarjetas de software u otras que permitan controlar el trafico del proyecto, verificar el cumplimiento del reglamento de operación, la operación de la estación, en particular lo previsto para el manejo de carriles exteriores, colas, atención al usuario, etc. En todo caso el interventor deberá disponer de recursos para el cumplimiento de esta obligación.

• Revisión de las estadísticas diarias de tránsito, recaudos de peaje y evasión.

• Verificación del funcionamiento correcto y permanente de los equipos de conteo, clasificación de vehículos y de registro de recaudo de peaje.

• Presentar al INCO un cronograma de las actividades a desarrollar en forma mensual, relacionadas con la supervisión y control al recaudo de peaje, indicando la frecuencia con que se realizan.

• Verificar que en las casetas de peaje se cobren como máximo las tarifas contempladas en la Estructura Tarifaria del Contrato de Concesión, y que se ajusten de acuerdo con lo establecido en el mismo.

• Revisar los reportes y la información de tránsito y recaudo enviada por el CONCESIONARIO, con el fin de constatar que el ingreso de dinero al fideicomiso corresponda al recaudo de peaje obtenido en cada Caseta de Peaje.

• Realizar el levantamiento de la información requerida para identificar las características generales y específicas del sistema de información que se encuentra en funcionamiento en las estaciones de peaje.

• Evaluar los riesgos asociados en el sistema de información existente en las casetas de peaje y verificar si el software y los procedimientos asociados con el manejo del sistema satisfacen los requerimientos de seguridad, efectividad y eficiencia.

• Recomendar acciones de mejoramiento para corregir las debilidades de control que se detecten y para incrementar las condiciones de calidad, confiabilidad y seguridad del sistema de peajes.

• Proyección estadística del tráfico cada 6 meses.

• Realización cada seis meses de auditoria de sistemas realizando entre otras, las siguientes actividades:

o Evaluación de riesgos e implementación de controles. o Aplicación de técnicas y herramientas de verificación de controles manuales y

automatizados en las aplicaciones. o Evaluación de seguridad física en centro de procesamientos de datos. o Elaboración de software y Hardware. o Elaboración y presentación de informes de auditoria. o Control interno del área de informática.

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• En general, vigilar y controlar que el CONCESIONARIO cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución del Proyecto.

6.3.1.4 Cambios o modificaciones en el diseño

Cuando por razones técnicas, económicas o de otra índole plenamente justificadas, el Concesionario solicite cambiar o modificar el diseño inicial de las obras objeto de esta interventoría, se dirigirá al Interventor, quien analizará cuidadosamente todos los documentos del contrato, y si encuentra conveniente dicho cambio para los intereses del Estado en cabeza del Instituto Nacional de Concesiones – INCO, solicitará autorización a la Subgerencia de Gestión Contractual, indicando la cantidad, el valor ajustado a precios del mercado y la respectiva justificación.

6.3.1.5 Liquidación del contrato suscrito para el desarrollo del proyecto

El Interventor procederá a liquidar el contrato suscrito para el desarrollo del proyecto por vencimiento del plazo contractual y en cualquiera de los eventos señalados por la ley, de acuerdo con el procedimiento establecido en el mismo.

Si el Interventor se negare a suscribir el acta final de liquidación del contrato de obra, lo hará el Supervisor, o quien haga sus veces, dentro de los términos establecidos por la Ley.

6.3.1.6 Inspección final de la obra

El Interventor, el representante del INCO y el Concesionario, efectuarán una inspección final a las obras que se entreguen de acuerdo con el programa de obra acordado, un mes antes de entregarla a la Subgerencia de Gestión Contractual del INCO, con el fin de determinar el estado en que se van a recibir, para lo cual, el Interventor preparará un informe previo, en donde se describa el balance general de la obra, diseños entregados, alcance ejecutado, el costo de la obra, informes de laboratorio, y en general el cumplimiento de especificaciones, normas técnicas y demás anexos del contrato de concesión.

En caso de observaciones que deban atenderse por parte del Concesionario, se dejará constancia en oficio dirigido al mismo, suscrito por el Representante Legal de la Interventoría, en el cual se fijará el plazo para el acondicionamiento final de las obras. Una vez realizados los trabajos requeridos, se procederá a elaborar el Acta de Recibo Final y Entrega de la Obra, de la cual hará parte la certificación expedida por el Ministerio del Medio Ambiente o la corporación correspondiente, de conformidad con las medidas de mitigación y el Plan de Manejo Ambiental planteado en el respectivo estudio de impacto ambiental, con la presencia del Interventor, y un delegado del Concesionario.

6.3.1.7 Estudio del contrato suscrito para la ejecución del proyecto (Contrato de Concesión), pliego de condiciones y demás documentos

Además de estudiar el proyecto, el Interventor analizará el contrato, el pliego de condiciones, los anexos, los contratos adicionales u otrosí y cualquier otro documento oficial concerniente a las obras a ejecutar que son objeto de esta interventoría.

El Interventor no permitirá que el contratista inicie el desarrollo de obras sin los respectivos permisos, autorizaciones y concesiones para el uso y aprovechamiento de los recursos

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naturales.

6.3.2. Cuenta para el manejo de recursos del contrato de Interventoría.

Para el manejo de los fondos del contrato el Instituto cuenta, de acuerdo con lo previsto en los documentos contractuales, con los recursos que serán pagados al interventor según lo acordado en el presente pliego y en el contrato de Interventoría, con los recursos de la Subcuenta 1ominada ‘interventoría’ establecida en el contrato de Fiducia mercantil irrevocable de garantía administración y pagos suscrito entre el concesionario, AUTOPISTAS DE LA SABANA S.A . con motivo del contrato de concesión.

6.3.3. Revisión avance de proyecto

El Interventor revisará bajo su responsabilidad, las actas de avance de proyecto, las modificaciones a las cantidades de obra, el valor de la obra ejecutada y los acumulados, y toda la información adicional esté correcta, para lo cual anexará un balance general de la obra ejecutada.

Bajo ningún aspecto, el Interventor aceptará obras que estén por fuera del contrato original y que no hayan sido previamente aprobadas por el INCO y debidamente incluidas mediante actas de autorización para modificación de cantidades de obra, o contrato adicional, según sea el caso.

6.3.4. Lista del personal de apoyo, subcontratistas y/o proveedores del Contratista

El Interventor podrá solicitar al concesionario, en cualquier momento, el suministro de información sobre el personal a su cargo, además del listado de subcontratistas y/o proveedores que tuviese en los frentes de trabajo.

6.3.5 Elaboración del informe final de interventoría

Además de lo solicitado en este sentido previamente en este pliego el Interventor hará la entrega de los planos definitivos, y deberá incluir en este informe, una relación de los problemas técnicos, geológicos, geotécnicos, estructurales, hidráulicos, de suelos, las fuentes de materiales utilizadas en la construcción de las obras, y su ubicación, clase de ensayos ejecutados y los resultados obtenidos, todos estos documentos constitutivos de la MEMORIA TECNICA. De igual forma informará acerca de los controles de calidad e informe de calidad llevados a cabo por el concesionario. Se incluirá la variable ambiental, principalmente en lo relacionado con el plan de manejo ambiental y el monitoreo a que dé lugar la obra.

El informe deberá contener las recomendaciones especiales que el Interventor crea convenientes para la adecuada conservación de la obra.

6.3.6 Otras funciones

Con el fin de buscar el adecuado y oportuno desarrollo del proyecto y, a su vez, una mayor eficiencia en la administración de las mismas, la interventoría comprende, además de la

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gestión técnica, financiera, operativa, predial, socio – ambiental y legal del contrato suscrito para la realización de las obras objeto de esta interventoría, por lo cual, deberá apoyar, asistir y asesorar al Instituto Nacional de Concesiones – INCO en todos los asuntos de orden técnico, financiero, operativo, predial, socio – ambiental y legal que se susciten durante el desarrollo de los trabajos, suministrando oportuna información sobre los mismos, preparando los documentos que al respecto se requieran y rindiendo los conceptos y evaluaciones que sobre la materia se le soliciten. En tal sentido, se establecen entre otras las siguientes funciones

• Exigir al Contratista la ejecución directa o indirecta de manera idónea y oportuna del contrato.

• Adoptar las medidas necesarias para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato de concesión, las condiciones contractuales técnicas, financieras, operativas, prediales, socio – ambientales y legales del mismo, durante la ejecución de contrato de interventoría.

• Actuar oportunamente, de tal manera que, por causas imputables a la entidad, no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones de las partes.

• Efectuar todos los estimativos y presupuestos que el Instituto Nacional de Concesiones – INCO solicite.

• Determinar y actualizar el flujo de fondos del proyecto (Plan Anual de Caja ­ PAC).

• Corregir, en el menor tiempo posible, los desajustes que pudieren presentarse, y determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato.

• Apoyar al INCO técnica, social y jurídicamente en la gestión de compra de predios.

• Elaborar trimestralmente un video del avance de obra, según parámetros suministrados por el Instituto Nacional de Concesiones – INCO.

• Llevar y mantener el archivo actualizado de la Interventoría, de tal manera que se pueda constatar en cualquier momento el desarrollo de la ejecución del contrato.

• Estudiar y conceptuar oportunamente sobre las sugerencias y consultas del Instituto Nacional de Concesiones – INCO, en materia técnica, predial y socio ­ ambiental.

• Responder, en primera instancia, y someter a aprobación de la Subgerencia de Gestión Contractual las reclamaciones que presente el contratista, en materia técnica, financiera, operativa, predial y socio – ambiental.

• Prestar apoyo al Instituto Nacional de Concesiones – INCO para resolver las peticiones y reclamos del Concesionario en materia técnica, financiera, operativa predial, socio – ambiental y jurídica.

• En general, asesorar al Instituto Nacional de Concesiones – INCO en todos los asuntos que se susciten en desarrollo de las obras que son objeto de esta interventoría.

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• Elaborar y allegar los documentos que se requieran para la liquidación contractual.

• Asistir y apoyar al INCO, oportunamente, en las reuniones, presentaciones, y/o documentación que sobre el proyecto soliciten las autoridades municipales, regionales y/o nacionales.

• Realizar mensualmente comités de obra con el Instituto Nacional de Concesiones – INCO y el Concesionario. En dichas reuniones participará, por derecho propio, el Subgerente de Gestión Contractual o su delegado. De dichas reuniones se elaborará un acta suscrita por todos los que intervinieron en ellas, las cuales serán archivadas y mantenidas en custodia por la interventoría.

• Proyectar, de una manera oportuna y para consideración del INCO, las respuestas a las diferentes solicitudes, peticiones y requerimientos formulados por los usuarios de la vía, la comunidad en general y en sí, de cualquier requerimiento que en los diferentes aspectos se remitan al INCO en materia técnica, financiera, operativa, predial, socio – ambiental y Legal.

6.4 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS PARA REALIZAR LA MEDICIÓN DEL ÍNDICE DE ESTADO

6.4.1 Regularidad. La unidad de medida utilizada para determinar la regularidad es el índice Internacional de Regularidad (IRI), expresado en metros por kilómetros (m/Km.).

Para seleccionar el equipo a utilizar para la determinación del índice Internacional de Regularidad (IRI), se atenderá la siguiente clasificación, de los equipos en 4 clases, de acuerdo con la forma en que se tomen las medidas y a la precisión de los resultados

• Clase 1. Estos equipos establecen la regularidad en unidades IRI haciendo uso de programas de cómputo, los cuales se basan en algoritmos matemáticos que simulan la respuesta dinámica que experimenta el sistema de suspensión de un vehículo modelo, al transitar por el perfil a medir. Las medidas tomadas tienen un espaciamiento máximo de 0.25 m y las cotas tienen una precisión inferior a 0.5 mm., los equipos que clasifican dentro de este grupo son el perfilómetro TRRL Beam y la mira y nivel de precisión.

• Clase 2. Esta clase incluye todos los otros métodos en los cuales la regularidad se determina sobre la base de la medición del perfil longitudinal, pero con una exactitud menor que los de clase 1. Estos equipos corresponden a perfilómetros de alta velocidad o estáticos con niveles inferiores de exactitud. Dentro de estos equipos se tienen el APL Trailer y GMR Inertial Profilometer.

• Clase 3. En esta clase están los métodos que recurren al uso de una ecuación de correlación para la estimación del IRI por lo que se denominan de “tipo respuesta”. Dentro de esta clase se encuentran los equipos Mays Meter, Bump Integrator, NAASRA Meter.

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• Clase 4. Dentro de este grupo se encuentran las evaluaciones subjetivas, ya sea mediante experiencia previa recorriendo vías o basándose en una inspección visual, dentro de este grupo también clasifican los clase 3 sin calibrar.

El equipo o equipos a utilizar serán aquellos que se encuentren clasificados dentro de las clases 1, 2 ó 3. Por ningún motivo se podrá utilizar un equipo clasificado como clase 4, adicionalmente el método de la mira y el nivel, el MERLÍN y cualquier otro equipo que no sea automatizado no se podrá utilizar para la evaluación de la vía, por el riesgo que ellos implican al generar perturbaciones al tráfico, su utilización estará restringida a la evaluación de pistas de prueba para calibración de los equipos automatizados.

Independientemente del tipo de equipo que se empleé será necesario realizar la calibración de este antes de realizar los ensayos, para lo cual se elegirán como mínimo 8 tramos con regularidad uniforme en su longitud, localizadas en zonas sin curvas y sin obstáculos, la longitud de estos tramos será mínimo de 250 m A cada tramo se le evaluará el IRI con el MERLÍN o con el método del nivel y mira, tomando igual número de medidas en la huella derecha como en la izquierda. En caso de utilizarse el MERLÍN se deberán tomar 100 lecturas por cada una de las huellas, si el método utilizado es el del nivel y mira se deberá tomar como mínimo 40 lecturas por huella a 50 cm. una de otra en cuyo caso el tramo deberá tener una longitud de 200 m

A cada tramo se le tomarán 7 lecturas con el equipo a calibrar o verificar, para esto se debe tener precaución de que el vehículo portador del equipo siempre circule por las huellas por donde se evaluó el IRI, con las medidas tomadas se realizará la calibración o verificación del equipo, adicionalmente con estas medidas se evaluará la confiabilidad del equipo de acuerdo a la repetibilidad de los resultados que se obtengan en los tramos de prueba al terminar el ensayo. (Los equipos deben ser calibrados o verificados antes de iniciar la evaluación y deberán ser verificados al terminar la misma). No serán aceptados los resultados de los equipos que al finalizar la evaluación su repetitividad, medida en las pistas de prueba con respecto a las lecturas tomadas inicialmente difieran en más de un 20%.

6.4.2 Resistencia al deslizamiento. Este parámetro se analizara a partir de la medida del Coeficiente de Resistencia al Deslizamiento (CRD) de la vía en estudio.

Para seleccionar el equipo a utilizar para la determinación del CRD, se atenderá la clasificación efectuada por la AIPCR 1995, en la cual se clasifican los equipos para medir la fricción in situ en 4 clases, de acuerdo a la forma en que se tomen las medidas

• Grupo 1. Equipos de rueda bloqueada: Estos equipos producen un bloqueo del 100%. La velocidad relativa entre el neumático y el pavimento es igual a la del vehículo, al aplicar el freno, se mide la fuerza y se promedia durante un segundo con la rueda completamente inmovilizada.

El péndulo británico clasifica dentro de este grupo de equipos.

• Grupo 2. Equipos de rueda oblicua respecto al sentido de la marcha: La rueda se mantiene formando un ángulo respecto al sentido del movimiento, no aplicándose ninguna otra condición de frenado, por lo que se mide el esfuerzo lateral, perpendicular al plano de rotación. La velocidad relativa de la rueda de estos equipos

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respecto al pavimento, se determina como la velocidad del vehículo por el seno del ángulo de deriva.

• Grupo 3: Equipos de rueda parcialmente bloqueada con un grado de deslizamiento fijo: La velocidad de deslizamiento de la llanta de evaluación es la resultante de el producto de la velocidad del carro remolque por el grado de deslizamiento del equipo.

• Grupo 4. Equipos de rueda parcialmente bloqueada, con un grado de deslizamiento variable: Permiten hacer un barrido dentro de una escala predeterminada de valores, para buscar la fricción máxima mediante un sistema de regulación.

El equipo o equipos a utilizar serán aquellos que se encuentren clasificados dentro de uno de los 4 grupos anteriores y que haya participado en el experimento internacional de la AIPCR.

Antes de iniciar los trabajos de evaluación, se deberá presentar la calibración del equipo, adicionalmente se deberá verificar la confiabilidad del mismo de acuerdo a la repetibilidad de los resultados que se obtengan en los tramos de prueba. Los valores tomados en las 4 pistas de prueba al inicio de los trabajos se deberán verificar al final de los mismos y la diferencia de lecturas no deberá ser superior al 15% para que sean aceptados los resultados, las lecturas deberán ser tomadas cada 25 m sobre la huella exterior, dejando correctamente demarcado el sitio para tomar los valores de verificación en el mismo punto al final de los trabajos.

Las medidas se deberán tomar de preferencia en forma continua sobre cada uno de los carriles a evaluar, en caso de utilizarse el Péndulo Británico se deberán tomar medidas cada 50 m por carril en la huella de circulación, siguiendo las normas y especificaciones establecidas por el INVIAS y en particular la Norma NLT ­175/73 que guarda correspondencia con la A.S.T.M. E303­69, en todo lo que se relaciona con las características del péndulo utilizado (aparatos y material necesario), su calibración, montaje y atendiendo estrictamente el procedimiento metodológico para la toma de lecturas y su corrección por temperatura. En cada punto de ensayo se tomarán como mínimo cinco (5) lecturas y de existir diferencias en más de tres (3) unidades, se continuará realizando medidas hasta que tres (3) consecutivas den la misma lectura, en cuyo caso se tomará esta última como valor efectivo del punto ensayado sobre el pavimento.

6.4.3 Ahuellamiento. La unidad de medida que se deberá utilizar para evaluar el ahuellamiento en una vía pavimentada con pavimento asfáltico es el milímetro (mm.)

Para evaluar el ahuellamiento, se deberá efectuar la medición de la profundidad de la huella con la ayuda de un equipo que garantice en el momento de la medida el paralelismo entre este y la superficie en evaluación, para esto se podrá utilizar una regla de 3 m de longitud, colocada perpendicularmente al eje de la vía, o un equipo de alto rendimiento que permita tomar en cada sitio de medida como mínimo siete puntos sobre la sección, con los cuales se pueda conformar el perfil de la sección transversal y por medio de un programa de computo evalué el ahuellamiento máximo en dicha sección.

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Para la utilización de equipos de medida de alto rendimiento se deberá efectuar como mínimo cinco tramos de prueba, cada uno de ellos con una longitud de 200 m, en los cuales se deberá evaluar el ahuellamiento con regla de 3 m, cada 20 m, esta medida se verificara con el equipo, antes de efectuar la evaluación y al final de la misma para verificar la confiabilidad del equipo, no se aceptarán equipos con confiabilidades menores del 85%. El equipo deberá tener capacidad para medir secciones de carril de 3.65 m.

6.4.4 Retroreflectividad.

Retroreflectividad – señalización horizontal.

Instrumento de precisión para medir la retroreflectividad luminosa de materiales de señalización horizontal en el campo o en laboratorio en el rango de 20 a 1500 MCD/LUX/M2, bajo condiciones de luz ambiente normales, sin que haya efecto de la luz solar o iluminación artificial. El equipo debe contar con hardware que permita el registro de datos de campo de forma automática y en medio magnético. Estándar de referencia ASTM E­1710 y Norma técnica Colombiana NTC 4744 y sus actualizaciones.­

Retroreflectividad – tableros de señales verticales

Instrumento de precisión para medir la retroreflectividad de tableros de señales verticales en el campo durante el día, con una geometría de medición de entre 0.2º y 0.5º de ángulo de observación y un ángulo de entrada de entre ­4º y +30º. El área de medición debe ser de aproximadamente 25mm. El equipo debe contar con hardware que permita el registro de datos de campo de forma automática y en medio magnético. Estándar de referencia Norma técnica Colombiana NTC 4744 y sus actualizaciones.

6.5 FIRMA Y PERFECCIONAMIENTO

Notificada la resolución por medio de la cual se adjudica el contrato, el proponente favorecido o su representante legal deberán presentarse a suscribir el mismo, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la solicitud que para tal efecto haga la Entidad.

Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término citado, quedará a favor del Instituto, en calidad de sanción, el valor del depósito o garantía constituidos para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor del depósito o garantía.

En este evento, el Instituto, mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad.

El contrato se perfecciona con la suscripción por las partes. Para su ejecución se requiere de la aprobación, por parte del Instituto, de la garantía única de cumplimiento constituida por el interventor el pago del impuesto de timbre y la publicación del contrato en el Diario Único de Contratación Pública, requisito que se entiende cumplido con el pago de los derechos

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correspondientes. La constitución de la garantía, deberá efectuarla el interventor dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del Contrato.

6.6 IMPUESTO DE TIMBRE

Este impuesto que grava los instrumentos públicos y privados que se otorguen en el país, deberá pagarlo el contratista teniendo en cuenta que:

Ø El pago debe efectuarse en la misma fecha en que suscriba el contrato, siguiendo el procedimiento que para tal fin le indique la División de Tesorería del Instituto.

Ø La tarifa aplicable será la que señale la ley vigente al momento de suscripción del contrato.

Ø La base gravable corresponde a la cuantía del respectivo contrato, sin incluir el impuesto sobre las ventas.

El incumplimiento de esta obligación le acarreará el pago de las sanciones en que haga incurrir al Instituto por extemporaneidad o corrección de las declaraciones del impuesto de timbre.

6.7 GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO

El interventor se obliga a constituir, a favor del Instituto Nacional de Concesiones, una garantía única, la cual podrá consistir en una garantía bancaria o en una póliza de seguro, que ampare:

a) El cumplimiento general del contrato, el pago de las multas y demás sanciones que se le impongan, por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%), del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo del mismo y cinco (5) meses más.

b) El anticipo o pago anticipado, si los hubiere, por una cuantía equivalente al ciento por ciento (100%), del valor de los mismos y con una vigencia igual al plazo del contrato y cinco (5) meses más.

c) El pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal que el interventor haya de utilizar para la ejecución del trabajo, por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato y con una vigencia igual al plazo del mismo y tres (3) años más.

d) La calidad del servicio suministrado, por un valor equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y tres (3) años más. (Según ley 80, 12 meses más).

6.8 PUBLICACIÓN DEL CONTRATO

El interventor publicará el contrato en el Diario Único de Contratación Pública, requisito que se entiende cumplido con el pago de los derechos correspondientes.

6.9 ORDEN DE INICIACIÓN

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Mediante comunicación escrita, el funcionario competente del Instituto, informará al interventor la fecha a partir de la cual debe iniciar las labores de interventoría.

6.10 SUJECIÓN DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA AL CONTRATO SUSCRITO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO.

La ejecución del contrato de interventoría estará sujeta a la ejecución del contrato de concesión para la ejecución del proyecto.

6.11 RECIBO DE TRABAJOS PREVIOS

En caso de que los trabajos objeto de esta interventoría ya estén en ejecución, se hará un acta de recibo y entrega de la misma, entre el INCO y el Interventor y/o la figura de control implantada en su momento, en la cual deberá constar:

• El estado, cantidad y calidad de los trabajos ejecutados, descritos en forma detallada, de acuerdo con los diferentes ítems contratados y la relación real de gastos invertidos en el proyecto.

• La relación del archivo, juegos de planos, carteras de campo y documentos, tanto en medio escrito como en magnético.

• Los informes técnicos, administrativos y financieros, elaborados respecto al contrato suscrito para la ejecución del proyecto.

• Relación de las obras ordenadas y que se encuentren en ejecución.

• Observaciones y recomendaciones técnicas sobre el desarrollo y ejecución del proyecto.

6.12 PERSONAL DE LA INTERVENTORÍA

Además de lo consagrado en el numeral 6.2.3., el interventor se obliga a mantener durante toda la ejecución del contrato de interventoría y hasta la terminación del mismo, el personal mínimo ofrecido en su propuesta y aprobado por el Instituto, necesario para el desarrollo de los trabajos. El interventor se obliga a permanecer personalmente al frente de los trabajos o mantener al frente de los mismos al personal residente, suficientemente facultados para representarlo en todo lo relacionado con el desarrollo y cumplimiento del contrato.

El Instituto Nacional de Concesiones – INCO se reserva el derecho de exigir, por escrito, al interventor el reemplazo de cualquier persona vinculada al proyecto (por una de igual o mejor perfil académico y mayor tiempo de experiencia general y específica acumulada). Esta exigencia no dará derecho al interventor para elevar ningún reclamo contra el Instituto.

El Instituto Nacional de Concesiones – INCO podrá solicitar al interventor, en cualquier momento, el suministro de información sobre la nómina del personal. El interventor atenderá esta solicitud con el detalle requerido y en el plazo que el Instituto haya fijado.

El desacato de cualquiera de estas condiciones, constituye causal de incumplimiento del contrato.

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6.13 SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS POR PARTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES – INCO

El Instituto Nacional de Concesiones – INCO ejercerá directamente, el control y vigilancia de la ejecución de los trabajos del interventor a través de un supervisor, quien tendrá como función verificar el cumplimiento de las obligaciones del interventor.

El supervisor ejercerá un control integral sobre el contrato de interventoría, para lo cual podrá, en cualquier momento, exigir al interventor la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante la ejecución del contrato, las condiciones técnicas y económicas existentes al momento de la celebración del contrato.

Las actividades de la firma interventora serán coordinadas en el INCO través de un Supervisor que para tal efecto designara el Instituto Nacional de Concesiones..

Además de las actividades generales antes mencionadas, y con el fin de buscar la adecuada y oportuna ejecución del contrato, el supervisor podrá emitir conceptos en todos los asuntos de orden técnico, económico y jurídico que se susciten durante la ejecución del contrato.

El interventor deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito el supervisor; no obstante, si no estuviese de acuerdo con las mismas así deberá manifestarlo por escrito al supervisor, antes de proceder a ejecutarlas; en caso contrario, responderá solidariamente con el supervisor si del cumplimiento de dichas órdenes se derivaran perjuicios para el Estado.

6.14 REUNIONES DE EVALUACIÓN

Mensualmente, o cada vez que se estime conveniente, deberán celebrarse reuniones con la participación del Concesionario, el Director y el o los Residentes de la interventoría, los especialistas que se requieran y el Supervisor, con el fin de analizar los diferentes aspectos técnicos y administrativos relacionados con el proyecto, sin perjuicio de la participación de otros funcionarios de diferentes áreas del INCO. De cada una de estas reuniones se levantará un acta, la cual será mantenida en custodia por el Supervisor y/o la Interventoría.

6.15 AJUSTES

El valor del contrato es fijo y se actualizará anualmente, al vencimiento de los doce meses transcurridos a partir de la fecha de iniciación del contrato, o del último ajuste efectuado, tomando como base el IPC vigente, certificado por el DANE, del mes anterior a la fecha de presentación de la propuesta (y no de la fecha de suscripción del contrato), o del mes anterior al último ajuste, redondeando los valores al múltiplo de mil más cercano.

6.16 FORMA DE PAGO

El Instituto pagará al contratista el valor del contrato mediante el reconocimiento de una cifra mensual fija. Estos costos serán acordados previamente con el INCO, previo visto bueno del Supervisor del contrato de interventoría.

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El Instituto efectuará el pago a través de la Fiducia, previa presentación de los INFORMES respectivos, máximo dentro de los 30 días calendario, siguientes a la fecha de radicación. En caso de mora en el pago, se reconocerá al contratista un interés del ocho por ciento (8%) anual siguiendo el procedimiento establecido en el artículo primero del Decreto 679 de 1994, reglamentario de la Ley 80 de 1993.

6.17 ANTICIPOS O PAGOS ANTICIPADOS

Una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato, el INCO podrá conceder pagos anticipados, que no superen el 10 % del valor del contrato, previa solicitud del contratista y aceptación de las condiciones del INCO para su entrega.

La decisión de otorgar anticipo o pago anticipado, la tomará el Instituto, en el momento de la elaboración del contrato.

La legalización de los pagos anticipados, se efectuarán mediante deducciones de las actas mensuales de pago, de la siguiente manera:

• Si se concedieren pagos anticipados, este pago anticipado será descontado del valor total del contrato y el saldo será dividido en cuotas iguales mensuales durante el plazo del contrato. La constitución y aprobación de la garantía son requisitos indispensables previos para la entrega del pago anticipado.

La iniciación del trabajo o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales no se hallan supeditados, en ningún caso, al recibo del pago anticipado, según el caso.

6.18 INCUMPLIMIENTO DE LO ORDENADO

Si el interventor rehúsa o descuida cumplir cualquier orden escrita del supervisor, éste le notificará por escrito sobre el incumplimiento de dicha orden, señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de un plazo de ocho (8) días hábiles, el Instituto tomará las medidas que considere necesarias. En razón a lo anterior, las consecuencias que se deriven para la ejecución de los trabajos o a terceros serán asumidas integralmente por el interventor.

6.19 MULTAS

El Instituto impondrá una sanción a título de multa, de conformidad con lo estipulado en el contrato, por el incumplimiento del interventor de las obligaciones contenidas en la propuesta y en el contrato. Para ello en primer orden le notificará requerirá al interventor y le otorgará un plazo de cinco (5) días para que dé las explicaciones del caso.

6.20 PENAL PECUNIARIA

En caso de incumplimiento definitivo por parte del interventor de cualquiera de las obligaciones contraídas con el contrato o de declaratoria de caducidad, el interventor conviene en pagar al Instituto, a título de pena, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, suma que el Instituto hará efectiva mediante el cobro de la garantía única de cumplimiento o, a su elección, de los saldos que adeude al contratista, si los hubiere, para lo cual se entiende expresamente autorizado con la suscripción del contrato; si esto no fuere

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posible, se cobrará por vía judicial. La aplicación de la cláusula penal no excluye la indemnización de perjuicios.

6.21 INFORMACIÓN TÉCNICA FINAL

Tiene por objeto la presentación de los documentos que permitan obtener la información suficiente sobre las características de la obra ejecutada, con el fin de que las dependencias correspondientes del INCO puedan proceder a exigir del concesionario el mantenimiento y conservación del Proyecto de concesión, la cual hará parte del Informe final anteriormente referido.

6.21.1 Cuadro de relación de obras

Se refiere a todas las obras realizadas para la construcción de la vía, incluidas las adicionales. Dicha relación deberá presentarse de acuerdo con el abscisado de la vía y su nombre, y contener la información mínima necesaria para identificar cada tipo de obra y sus características principales.

6.21.2 Informes técnicos

6.21.2.1 Informe descriptivo de la obra construida

• Características generales del proyecto:

­ Identificación de la obra según nomenclatura adoptada por el INCO (número, sitios extremos).

­ Longitud (kilómetros).

­ Recomendaciones de conservación y mejoramiento.

­ Vegetación, cultivos.

­ Características climáticas (estaciones lluviosas y secas, estaciones pluviométricas, datos IDEAM, etc.).

­ Principales formaciones geológicas (zonas homogéneas).

• Características técnicas:

­ Características geométricas (ancho de banca y de calzada, bermas, radio mínimo, etc.).

­ Pendientes máxima y promedio.

­ Obras de magnitud y características especiales.

• Estudios realizados y ejecución de las obras:

­ Etapas de construcción.

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­ Calendario sucinto de la ejecución de las obras.

­ Modificaciones introducidas al proyecto original; diseños complementarios, explicación y justificación.

­ Dificultades eventuales encontradas durante la construcción, ya sea por diseños, especificaciones, cantidades de obra, precios, materiales, equipo, personal, etc.

­ Costos obra básica.

­ Costos de mayores cantidades de obra.

­ Costo obras complementarias y/o adicionales.

­ Porcentajes aproximados de cada ítem con relación al costo total.

6.21.2.2 Materiales y suelos

• Fuentes de materiales utilizadas para cada tipo de obra.

• Disponibilidad de materiales para conservación o mejoramientos posteriores.

• Suelos encontrados durante la construcción (clasificación y localización).

• Ensayos de suelos realizados (relación e indicación del sitio de archivo para consulta).

6.21.2.3 Fundaciones

• Sondeos y ensayos realizados para la determinación de las cotas de fundación para terraplenes, puentes, muros, etc.

6.21.2.4 Drenajes y estructuras

• Información meteorológica disponible.

• Estudios hidrológicos realizados.

• Información hidrológica complementaria, obtenida durante la construcción.

• Comentarios sobre el sistema general de drenaje de la obra y las estructuras adicionales construidas.

6.22 LIQUIDACIÓN FINAL

Se efectuará de acuerdo con lo establecido en la Ley 80 de 1993.

6.23 DOCUMENTOS DEL CONTRATO

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Los documentos que se citan a continuación determinan, regulan, complementan y adicionan las condiciones del contrato:

a) Los documentos del presente concurso público.

b) Las actas de las audiencias o reuniones previstas en los presentes pliegos de condiciones y el informe de evaluación de las propuestas.

c) La resolución por medio de la cual se adjudica el contrato.

d) El contrato que se suscriba para la obtención de la garantía única exigida.

e) Comunicación de disponibilidad de recursos expedida por el Concesionario o la Fiduciaria.

f) Formulario para aplicación de Retenciones en la Fuente, Impuesto de Industria y Comercio (ICA) e Impuesto al Valor Agregado (IVA).

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ANEXOS