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REPÚBLICA DE COLOMBIA .. MINISTERIO DE EDUCACiÓN NACIONAL DECRETO No 1 757 '-' ?-- ', ¡=d , - - 1) :1 l ' 15 1; i; . - "Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002, en materia de evaluación para ascenso de grado y reubicación de nivel salarial que se aplicará a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los años 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicación salarial en cualquiera de los grados del Escalafón Docente EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el Decreto Ley 1278 de 2002, y CONSIDERANDO Que el artículo 68 de la Constitución Política establece que la enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética y pedagógica, por lo que la ley garantiza la profesionalización y dignificación de la actividad docente. Que de acuerdo con el artículo 27 de la Constitución Política, el Estado protege las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra, y en desarrollo de lo anterior, el artículo 77 de la Ley 115 de 1994 reconoce la autonomía escolar. Que el Decreto Ley 1278 de 2002, "Por el cual se expide el Estatuto de Profesionalización Docente", regula las relaciones del Estado con los educadores a su servicio, y garantiza que la docencia sea ejercida por educadores idóneos, partiendo del reconocimiento de su formación, experiencia, desempeño y competencias, como los atributos esenciales que orientan todo lo referente a su ingreso, permanencia, ascenso y retiro, buscando con ello una educación con calidad y el desarrollo y crecimiento profesional de los docentes. Que el artículo 26 del Decreto Ley 1278 de 2002 dispone que el ejercicio de la carrera docente estará ligado a la evaluación permanente, y, además, que el Gobierno Nacional reglamentará la evaluación de los docentes y directivos docentes para los ascensos en el escalafón y las reubicaciones de nivel salarial dentro del mismo grado. Que el Decreto 1072 de 2015, en el Libro 2, Parte 2, Títuln 2, Capítulo 4, reglamenta la Ley 411 de 1997 aprobatoria del Convenio 151 de la OIT, en lo relativo a los procedimientos de negociación y solución de controversias con las organizaciones __ p_le_a_d_o_s_P_U_ ' b_l_iC_O_s_ . ____________________________________

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Page 1: REPÚBLICA DE COLOMBIA - Presidenciawp.presidencia.gov.co/sitios/normativa/decretos/2015... · 2015-09-01 · DECRETO Nt:JMflR

REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE EDUCACiOacuteN NACIONAL

DECRETO No 1757

-01-- ~iexcl=d1 ~ -) iexcl~ OJ~ - shyiacute( l1) 1l ~f 151 i shy

Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para

ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en

cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

EL PRESIDENTE DE LA REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las que le confieren el numeral 11 del artiacuteculo 189 de la Constitucioacuten Poliacutetica y el Decreto

Ley 1278 de 2002 y

CONSIDERANDO

Que el artiacuteculo 68 de la Constitucioacuten Poliacutetica establece que la ensentildeanza estaraacute a cargo de personas de reconocida idoneidad eacutetica y pedagoacutegica por lo que la ley garantiza la profesionalizacioacuten y dignificacioacuten de la actividad docente

Que de acuerdo con el artiacuteculo 27 de la Constitucioacuten Poliacutetica el Estado protege las libertades de ensentildeanza aprendizaje investigacioacuten y caacutetedra y en desarrollo de lo anterior el artiacuteculo 77 de la Ley 115 de 1994 reconoce la autonomiacutea escolar

Que el Decreto Ley 1278 de 2002 Por el cual se expide el Estatuto de Profesionalizacioacuten Docente regula las relaciones del Estado con los educadores a su servicio y garantiza que la docencia sea ejercida por educadores idoacuteneos partiendo del reconocimiento de su formacioacuten experiencia desempentildeo y competencias como los atributos esenciales que orientan todo lo referente a su ingreso permanencia ascenso y retiro buscando con ello una educacioacuten con calidad y el desarrollo y crecimiento profesional de los docentes

Que el artiacuteculo 26 del Decreto Ley 1278 de 2002 dispone que el ejercicio de la carrera docente estaraacute ligado a la evaluacioacuten permanente y ademaacutes que el Gobierno Nacional reglamentaraacute la evaluacioacuten de los docentes y directivos docentes para los ascensos en el escalafoacuten y las reubicaciones de nivel salarial dentro del mismo grado

Que el Decreto 1072 de 2015 en el Libro 2 Parte 2 Tiacutetuln 2 Capiacutetulo 4 reglamenta la Ley 411 de 1997 aprobatoria del Convenio 151 de la OIT en lo relativo a los procedimientos de negociacioacuten y solucioacuten de controversias con las organizaciones

~~s_in_d_ic_a_l_e_s_d_e_e_m__p_le_a_d_o_s_P_U_ b_l_iC_O_s_ ____________________________________~

DECRETO NtJMflRltr 1 7 5 7 Hoja Ndeg 2

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

Que en virtud de lo dispuesto en Libro Parte Tiacutetulo 2 Capiacutetulo 4 del Decreto 1072 2015 26 de febrero 2015 la Federacioacuten Colombiana Trabajadores

la Educacioacuten presentoacute al Gobierno Nacional pliego de peticiones cuyo proceso negociacioacuten culminoacute el 7 mayo de 2015 con la suscripcioacuten del Acta de Acuerdos El punto primero de dicha acta establece compromiso del Gobierno Nacional de expedir una reglamentacioacuten transitoria para una modalidad de la evaluacioacuten de que trata el artiacuteculo 35 del Decreto Ley 1278 de 2002 que seraacute aplicada a los educadores que los 2010 y 2014 no lograron el ascenso

grado o la reubicacioacuten en un nivel salarial superior la cual tend diagnoacutestica formativa

Que Gobierno profirioacute el Decreto 1 de 2015 Por medio del cual se expide e Decreto Uacutenico Reglamentario Sector con objetivo de compilar racionalizar las normas caraacutecter reglamentario rigen dicho y canta con un instrumento juriacutedico uacutenico el mismo

Que la presente norma se con fundamento en la potestad reglamentaria del Presidente la Repuacuteblica motivo por el cual debe quedar compilada en el 1075 2015 en el Libro 2 4 en donde se encuentran previstas las disposiciones a la actividad laboral en de

baacutesica y media

Que en virtud de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Adicioacuten la Seccioacuten 5 al Capiacutetulo 4 1 Parte 4 Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 Adicioacutenese la Seccioacuten 5 Capiacutetulo Tiacutetulo 1 4 Libro 2 del Decreto 1075 de 15 la quedaraacute asiacute

SECCiOacuteN 5

Evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial para los educadores que no lograron el ascenso de grado o la reubicacioacuten en un

nivel salarial superior entre los 2010 - 2014

Artiacuteculo 241451 Objeto La presente Seccioacuten tiene por objeto reglamentar transitoriamente una modalidad de la evaluacioacuten que trata el artiacuteculo 35 Decreto Ley 1278 2002 que seraacute aplicada a los educadores entre los antildeos 2010 Y 2014 no lograron el ascenso grado o reubicacioacuten en un nivel salarial superior la tendraacute caraacutecter diagnoacutestica formativa

Artiacuteculo 241452 Aacutembito de aplicacioacuten evaluacioacuten que trata la que caraacutecter diagnoacutestica formativa aplicada a docentes

directivos docentes y orientadores inscritos en Escalafoacuten que Decreto Ley 1 2002 habiendo participado en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 14 no lograron ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera los grados del Docente

Artiacuteculo 241453 Caracteriacutesticas de la evaluacioacuten La evaluacioacuten prevista en la Seccioacuten es de diagnoacutestica formativa por lo que valoraraacute la

DECRETO NlJMERO Hoja Ndeg 3 i1 5 7 bullbull Oacutemiddot

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

praacutectica educativa pedagoacutegica didaacutectica y de aula La aprobacioacuten de esta evaluacioacuten permitiraacute el ascenso de grado o la reubicacioacuten de nivel salarial en los teacuterminos que se consagran en los artiacuteculos siguientes

Artiacuteculo 241454 Requisitos para participar en la evaluacioacuten Para participar en la evaluacioacuten de que trata el artiacuteculo anterior el docente directivo docente u orientador debe cumplir con los siguientes requisitos

1 Estar nombrado en propiedad e inscrito en el nivel A en uno de los grados del Escalafoacuten Docente

2 Haber participado en una o varias de las evaluaciones de competencias entre 2010 y 2014 Y no haber logrado su ascenso o reubicacioacuten en un nivel salarial superior dentro del Escalafoacuten Docente

3 Para el caso de ascenso de grado acreditar debidamente en su hoja de vida el tiacutetulo acadeacutemico de posgrado exigido para los grados 2 y 3

Artiacutecu lo 241455 Competencias del Ministerio de Educacioacuten Nacional El Ministerio de Educacioacuten Nacional seraacute responsable de

1 Liderar y establecer el disentildeo la construccioacuten y la aplicacioacuten de la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa regulada en esta Seccioacuten que se aplicaraacute a docentes directivos docentes y orientadores que se encuentran en la situacioacuten prevista en el artiacuteculo 24 1454 del presente Decreto

2 Prestar asistencia teacutecnica y administrativa a las entidades territoriales certificadas en educacioacuten para el desarrollo de la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa prevista en esta Seccioacuten

3 Definir el cronograma para el proceso de la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa

4 Adelantar las gestiones necesarias en el marco de sus competencias para que los educadores puedan participar efectivamente en la evaluacioacuten de que trata la presente Seccioacuten

5 Propender porque se cumplan todas las etapas del proceso de evaluacioacuten consagradas en el artiacuteculo 24 1458 del presente Decreto

Paraacutegrafo La administracioacuten los principios criterios e instrumentos aplicables y la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de que trata el presente Decreto seraacuten definidos mediante acto administrativo que expida el Ministerio de Educacioacuten Nacional de conformidad con los resultados del proceso en el que participaraacute entre otros la Federacioacuten Colombiana de Trabajadores de la Educacioacuten (FECODE) y tres (3) universidades que tengan facultades de educacioacuten de reconocida idoneidad

Artiacuteculo 241456 Competencias de las entidades territoriales certificadas en educacioacuten Las entidades territoriales certificadas en educacioacuten seraacuten responsables de

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

1 Identificar a los candidatos que pueden participar en la evaluacioacuten que cumplan los requisitos establecidos en el artiacuteculo 241454 del presente Decreto

2 Convocar a la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de conformidad con el cronograma definido por el Ministerio de Educacioacuten Nacional

3 Divulgar la convocatoria para la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa y orientar a los educadores de su jurisdiccioacuten para facilitar su participacioacuten en el proceso

4 Verificar el cumplimiento de los requisitos acreditados por los docentes directivos docentes y orientadores que son candidatos a la reubicacioacuten salarial dentro del mismo graco o al ascenso en el Escalafoacuten Docente

5 Expedir los actos administrativos de reubicacioacuten de nivel salarial o ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente

6 Adelantar las gestiones necesarias en el marco de sus competencias para que los educadores puedan participar efectivamente en la evaluacioacuten de que trata la presente Seccioacuten

7 Cumplir las etapas del proceso de evaluacioacuten previstas en el artiacuteculo 241458 del presente Decreto que esteacuten bajo su responsabilidad seguacuten lo dispuesto en esta Seccioacuten

Artiacuteculo 241457 Responsabilidades de los educadores Los educadores que voluntariamente se presenten a la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de que trata la presente Seccioacuten seraacuten responsables del pago del Nuacutemero de Identificacioacuten Personal (NIP) de la inscripcioacuten en la evaluacioacuten y de su presentacioacuten oportuna asiacute como de la acreditacioacuten del requisito establecido en el numeral 3deg del artiacuteculo 241454 del presente Decreto cuando se trate de ascenso de grado

Artiacuteculo 241458 Etapas del proceso El proceso de evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de que trata el presente Decreto comprende las siguientes etapas

1 Convocatoria y divulgacioacuten de la evaluacioacuten 2 Inscripcioacuten 3 Acreditacioacuten del cumplimiento de requisitos 4 Realizacioacuten del proceso de evaluacioacuten 5 Divulgacioacuten de los resultados 6 Expedicioacuten de los actos administrativos de ascenso y reubicacioacuten 7 Inscripcioacuten y desarrollo de los cursos de formacioacuten 8 Reporte de los resultados de los cursos de formacioacuten 9 Expedicioacuten de los actos administrativos de ascenso y reubicacioacuten

Artiacuteculo 241459 Convocatoria La entidad territorial certificada realizaraacute la convocatoria para la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de que trata la presente Seccioacuten de acuerdo con el cronograma que defina el Ministerio de Educacioacuten Nacional

Hoja W 5

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

El acto administrativo de la convocatoria deberaacute contener por lo menos los siguientes aspectos

1 Requisitos exigidos para participar en el proceso de evaluacioacuten

2 Metodologiacutea y condiciones de inscripcioacuten en la evaluacioacuten y periacuteodo de aplicacioacuten

3 Costo lugar y fechas para la adquisicioacuten del NIP

4 Informacioacuten sobre los criterios y las caracteriacutesticas del instrumento de evaluacioacuten

5 Modalidades de consulta del resultado individual del docente o directivo docente u orientador

6 Informacioacuten sobre la dependencia competente para resolver reclamaciones y teacuterminos para presentarlas

Medios de divulgacioacuten del proceso

Paraacutegrafo La entidad territorial certificada en educacioacuten divulgaraacute la convocatoria por medios masivos de comunicacioacuten e igualmente la fijaraacute en un lugar de faacutecil acceso al puacuteblico y publicaraacute en el sitio Web de la respectiva alcaldiacutea o gobernacioacuten y de la correspondiente secretaria de educacioacuten

El acto administrativo de convocatoria deberaacute ser comunicado al Ministerio de Educacioacuten Nacional dentro de los cinco (5) diacuteas haacutebiles siguientes a su promulgacioacuten

Artiacuteculo 2414510 Inscripcioacuten en la convocatoria El docente el directivo docente y orientador que cumpla con los requisitos establecidos en el artiacuteculo 241454 del presente Decreto podraacute inscribirse en el proceso dentro del teacutermino previsto en la convocatoria de acuerdo con los procedimientos y requisitos sentildealados en la misma

Para inscribirse en la convocatoria los interesados deberaacuten adquirir un Nuacutemero de Identificacioacuten Personal (NIP) destinado a sufragar los costos de la evaluacioacuten El NIP tendraacute un valor equivalente a un diacutea y medio de salario miacutenimo legal vigente

Paraacutegrafo 1 El registro y la participacioacuten voluntaria en la evaluacioacuten y los resultados que se obtengan en la misma no afectaraacuten la estabilidad laboral de los docentes

Paraacutegrafo 2 El teacutermino para realizar la etapa de inscripcioacuten no podraacute ser inferior a diez (10) diacuteas haacutebiles

Artiacuteculo 2414511 Resultados y procedimiento La entidad territorial certificada publicaraacute en su sitio Web y en un lugar de faacutecil acceso al puacuteblico la lista de educadores que hubieren superado la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica

~1-f_o_r_m_a_ti_v_a_e_n_lo_s_t_eacute_r_m_in_o_s_e_s_ta_b_le_C_i_d_os_e_n_e_l_n_um_e_ra_I_2_d_e_1_a_rt_iacutec_U_IO_3_6_d_e_1_D_e_c_re_to

DECRETO NUacuteMEROmiddot 1757 Hoja W 6

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

Ley 1278 de 2002 Los educadores contaraacuten con un teacutermino de cinco (5) diacuteas a partir de la publicacioacuten para presentar las reclamaciones a que hubiere lugar

El Ministerio de Educacioacuten Nacional contaraacute con un teacutermino de treinta (30) diacuteas para resolver las reclamaciones presentadas

A partir de la publicacioacuten de la lista de candidatos la entidad territorial certificada cuenta con quince (15) diacuteas para expedir el acto administrativo de reubicacioacuten salarial dentro del mismo grado o de ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente seguacuten el caso siempre y cuando esteacuten acreditados todos los requisitos establecidos para el efecto en la presente Seccioacuten

La reubicacioacuten salarial y el ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente surtiraacuten efectos fiscales a partir de la fecha de la publicacioacuten de la lista de candidatos siempre y cuando el aspirante cumpla los requisitos para reubicacioacuten o ascenso establecidos en la presente Seccioacuten

La entidad territorial certificada en educacioacuten deberaacute apropiar los recursos correspondientes que amparen la ejecucioacuten y los pagos originados en los correspondientes actos administrativos que se hayan proferido En caso que los recursos presupuestales resultaren insuficientes la entidad territorial deberaacute apropiar dichos recursos maacuteximo en la siguiente vigencia fiscal y proceder al pago del ascenso de grado o la reubicacioacuten de nivel salarial con los efectos fiscales definidos por el presente artiacuteculo

Artiacuteculo 2414512 Cursos de formacioacuten Los docentes que no hubieren superado la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa en los teacuterminos establecidos en la presente Seccioacuten deberaacuten adelantar alguno de los cursos de formacioacuten que ofrezcan universidades acreditadas institucionalmente yo que cuenten con facultades ce educacioacuten de reconocida trayectoria e idoneidad de conformidad con los paraacutemetros establecidos por el Ministerio de Educacioacuten Nacional y siempre que cuenten con la respectiva aprobacioacuten de eacuteste

Los aspectos generales de los cursos de formacioacuten seraacuten definidos en la reglamentacioacuten que se expida para el efecto Los cursos de formacioacuten se expresaraacuten en creacuteditos acadeacutemicos que podraacuten ser homologados por las instituciones de educacioacuten superior en ejercicio de su autonomiacutea universitaria dentro los programas de pregrado y posgrado que eacutestas ofrezcan

Estos cursos tendraacuten como propoacutesito fJndamental solucionar las falencias detectadas en la evaluacioacuten de caraacutectec di~gnoacutestica formativa Con la aprobacioacuten del respectivo curso por parte del docente en los teacuterminos del numeral 2 del artiacuteculo 36 del Decreto Ley 1278 de 2002 la entidad territorial certificada en educacioacuten procederaacute al ascenso o la reubicacioacuten de nivel salarial de acuerdo con lo establecido en la presente Seccioacuten

La reubicacioacuten salarial o el ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente que se produzca por haber aprobado los cursos de formacioacuten en los teacuterminos del inciso anterior surtiraacuten efectos fiscales a partir de la fecha en que el educador radique la certificacioacuten de la aprobacioacuten de dichos cursos ante la respectiva autoridad nominadora siempre y cuando el aspirante cumpla los requisitos para ser reubicado

DECRETO ~hME~O 1757 Hoja W 7

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Yno lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

o ascendido seguacuten lo establecido en la presente Seccioacuten

Las entidades territoriales certificadas en educacioacuten deberaacuten apropiar los recursos correspondientes para el ascenso de grado y la reubicacioacuten de nivel salarial de los educadores que hubieren aprobado los cursos de formacioacuten En caso que los recursos presupuestales resultaren insuficientes la entidad territorial deberaacute apropiar dichos recursos maacuteximo en la siguiente vigencia fiscal y proceder al pago del ascenso de grado o la reubicacioacuten de nivel salarial con los efectos fiscales definidos en el presente artiacuteculo

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Educacioacuten y las entidades territoriales certificadas en educacioacuten a traveacutes de sus respectivas paacuteginas Web informaraacuten a los educadores sobre los cursos de formacioacuten referidos en el presente artiacuteculo

Paraacutegrafo 2 Los cursos de formacioacuten docente deberaacuten ser cofinanciados por el Gobierno Nacional las entidades territoriales certificadas en educacioacuten y los docentes El Gobierno Nacional y las entidades territoriales certificadas en educacioacuten deberaacuten asegurar conjuntamente la financiacioacuten de miacutenimo el setenta por ciento (70) del costo de la matriacutecula del respectivo curso de formacioacuten para cada docente Los aportes del Gobierno Nacional para atender los gastos relacionados con la formacioacuten docente de que trata la presente Seccioacuten deberaacuten ser priorizados dentro del Marco de Gasto de Mediano Plazo del Sector Educacioacuten

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente Decreto rige a partir de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

i SEP2015

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

tIJ tluyJM c~ tA r

~ kAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NAC~AacuteL

~l Iacuter (lC([U( --G1rfA~R~D~ DECHEbNA

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DECRETO NtJMflRltr 1 7 5 7 Hoja Ndeg 2

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

Que en virtud de lo dispuesto en Libro Parte Tiacutetulo 2 Capiacutetulo 4 del Decreto 1072 2015 26 de febrero 2015 la Federacioacuten Colombiana Trabajadores

la Educacioacuten presentoacute al Gobierno Nacional pliego de peticiones cuyo proceso negociacioacuten culminoacute el 7 mayo de 2015 con la suscripcioacuten del Acta de Acuerdos El punto primero de dicha acta establece compromiso del Gobierno Nacional de expedir una reglamentacioacuten transitoria para una modalidad de la evaluacioacuten de que trata el artiacuteculo 35 del Decreto Ley 1278 de 2002 que seraacute aplicada a los educadores que los 2010 y 2014 no lograron el ascenso

grado o la reubicacioacuten en un nivel salarial superior la cual tend diagnoacutestica formativa

Que Gobierno profirioacute el Decreto 1 de 2015 Por medio del cual se expide e Decreto Uacutenico Reglamentario Sector con objetivo de compilar racionalizar las normas caraacutecter reglamentario rigen dicho y canta con un instrumento juriacutedico uacutenico el mismo

Que la presente norma se con fundamento en la potestad reglamentaria del Presidente la Repuacuteblica motivo por el cual debe quedar compilada en el 1075 2015 en el Libro 2 4 en donde se encuentran previstas las disposiciones a la actividad laboral en de

baacutesica y media

Que en virtud de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Adicioacuten la Seccioacuten 5 al Capiacutetulo 4 1 Parte 4 Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 Adicioacutenese la Seccioacuten 5 Capiacutetulo Tiacutetulo 1 4 Libro 2 del Decreto 1075 de 15 la quedaraacute asiacute

SECCiOacuteN 5

Evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial para los educadores que no lograron el ascenso de grado o la reubicacioacuten en un

nivel salarial superior entre los 2010 - 2014

Artiacuteculo 241451 Objeto La presente Seccioacuten tiene por objeto reglamentar transitoriamente una modalidad de la evaluacioacuten que trata el artiacuteculo 35 Decreto Ley 1278 2002 que seraacute aplicada a los educadores entre los antildeos 2010 Y 2014 no lograron el ascenso grado o reubicacioacuten en un nivel salarial superior la tendraacute caraacutecter diagnoacutestica formativa

Artiacuteculo 241452 Aacutembito de aplicacioacuten evaluacioacuten que trata la que caraacutecter diagnoacutestica formativa aplicada a docentes

directivos docentes y orientadores inscritos en Escalafoacuten que Decreto Ley 1 2002 habiendo participado en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 14 no lograron ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera los grados del Docente

Artiacuteculo 241453 Caracteriacutesticas de la evaluacioacuten La evaluacioacuten prevista en la Seccioacuten es de diagnoacutestica formativa por lo que valoraraacute la

DECRETO NlJMERO Hoja Ndeg 3 i1 5 7 bullbull Oacutemiddot

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

praacutectica educativa pedagoacutegica didaacutectica y de aula La aprobacioacuten de esta evaluacioacuten permitiraacute el ascenso de grado o la reubicacioacuten de nivel salarial en los teacuterminos que se consagran en los artiacuteculos siguientes

Artiacuteculo 241454 Requisitos para participar en la evaluacioacuten Para participar en la evaluacioacuten de que trata el artiacuteculo anterior el docente directivo docente u orientador debe cumplir con los siguientes requisitos

1 Estar nombrado en propiedad e inscrito en el nivel A en uno de los grados del Escalafoacuten Docente

2 Haber participado en una o varias de las evaluaciones de competencias entre 2010 y 2014 Y no haber logrado su ascenso o reubicacioacuten en un nivel salarial superior dentro del Escalafoacuten Docente

3 Para el caso de ascenso de grado acreditar debidamente en su hoja de vida el tiacutetulo acadeacutemico de posgrado exigido para los grados 2 y 3

Artiacutecu lo 241455 Competencias del Ministerio de Educacioacuten Nacional El Ministerio de Educacioacuten Nacional seraacute responsable de

1 Liderar y establecer el disentildeo la construccioacuten y la aplicacioacuten de la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa regulada en esta Seccioacuten que se aplicaraacute a docentes directivos docentes y orientadores que se encuentran en la situacioacuten prevista en el artiacuteculo 24 1454 del presente Decreto

2 Prestar asistencia teacutecnica y administrativa a las entidades territoriales certificadas en educacioacuten para el desarrollo de la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa prevista en esta Seccioacuten

3 Definir el cronograma para el proceso de la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa

4 Adelantar las gestiones necesarias en el marco de sus competencias para que los educadores puedan participar efectivamente en la evaluacioacuten de que trata la presente Seccioacuten

5 Propender porque se cumplan todas las etapas del proceso de evaluacioacuten consagradas en el artiacuteculo 24 1458 del presente Decreto

Paraacutegrafo La administracioacuten los principios criterios e instrumentos aplicables y la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de que trata el presente Decreto seraacuten definidos mediante acto administrativo que expida el Ministerio de Educacioacuten Nacional de conformidad con los resultados del proceso en el que participaraacute entre otros la Federacioacuten Colombiana de Trabajadores de la Educacioacuten (FECODE) y tres (3) universidades que tengan facultades de educacioacuten de reconocida idoneidad

Artiacuteculo 241456 Competencias de las entidades territoriales certificadas en educacioacuten Las entidades territoriales certificadas en educacioacuten seraacuten responsables de

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

1 Identificar a los candidatos que pueden participar en la evaluacioacuten que cumplan los requisitos establecidos en el artiacuteculo 241454 del presente Decreto

2 Convocar a la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de conformidad con el cronograma definido por el Ministerio de Educacioacuten Nacional

3 Divulgar la convocatoria para la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa y orientar a los educadores de su jurisdiccioacuten para facilitar su participacioacuten en el proceso

4 Verificar el cumplimiento de los requisitos acreditados por los docentes directivos docentes y orientadores que son candidatos a la reubicacioacuten salarial dentro del mismo graco o al ascenso en el Escalafoacuten Docente

5 Expedir los actos administrativos de reubicacioacuten de nivel salarial o ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente

6 Adelantar las gestiones necesarias en el marco de sus competencias para que los educadores puedan participar efectivamente en la evaluacioacuten de que trata la presente Seccioacuten

7 Cumplir las etapas del proceso de evaluacioacuten previstas en el artiacuteculo 241458 del presente Decreto que esteacuten bajo su responsabilidad seguacuten lo dispuesto en esta Seccioacuten

Artiacuteculo 241457 Responsabilidades de los educadores Los educadores que voluntariamente se presenten a la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de que trata la presente Seccioacuten seraacuten responsables del pago del Nuacutemero de Identificacioacuten Personal (NIP) de la inscripcioacuten en la evaluacioacuten y de su presentacioacuten oportuna asiacute como de la acreditacioacuten del requisito establecido en el numeral 3deg del artiacuteculo 241454 del presente Decreto cuando se trate de ascenso de grado

Artiacuteculo 241458 Etapas del proceso El proceso de evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de que trata el presente Decreto comprende las siguientes etapas

1 Convocatoria y divulgacioacuten de la evaluacioacuten 2 Inscripcioacuten 3 Acreditacioacuten del cumplimiento de requisitos 4 Realizacioacuten del proceso de evaluacioacuten 5 Divulgacioacuten de los resultados 6 Expedicioacuten de los actos administrativos de ascenso y reubicacioacuten 7 Inscripcioacuten y desarrollo de los cursos de formacioacuten 8 Reporte de los resultados de los cursos de formacioacuten 9 Expedicioacuten de los actos administrativos de ascenso y reubicacioacuten

Artiacuteculo 241459 Convocatoria La entidad territorial certificada realizaraacute la convocatoria para la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de que trata la presente Seccioacuten de acuerdo con el cronograma que defina el Ministerio de Educacioacuten Nacional

Hoja W 5

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

El acto administrativo de la convocatoria deberaacute contener por lo menos los siguientes aspectos

1 Requisitos exigidos para participar en el proceso de evaluacioacuten

2 Metodologiacutea y condiciones de inscripcioacuten en la evaluacioacuten y periacuteodo de aplicacioacuten

3 Costo lugar y fechas para la adquisicioacuten del NIP

4 Informacioacuten sobre los criterios y las caracteriacutesticas del instrumento de evaluacioacuten

5 Modalidades de consulta del resultado individual del docente o directivo docente u orientador

6 Informacioacuten sobre la dependencia competente para resolver reclamaciones y teacuterminos para presentarlas

Medios de divulgacioacuten del proceso

Paraacutegrafo La entidad territorial certificada en educacioacuten divulgaraacute la convocatoria por medios masivos de comunicacioacuten e igualmente la fijaraacute en un lugar de faacutecil acceso al puacuteblico y publicaraacute en el sitio Web de la respectiva alcaldiacutea o gobernacioacuten y de la correspondiente secretaria de educacioacuten

El acto administrativo de convocatoria deberaacute ser comunicado al Ministerio de Educacioacuten Nacional dentro de los cinco (5) diacuteas haacutebiles siguientes a su promulgacioacuten

Artiacuteculo 2414510 Inscripcioacuten en la convocatoria El docente el directivo docente y orientador que cumpla con los requisitos establecidos en el artiacuteculo 241454 del presente Decreto podraacute inscribirse en el proceso dentro del teacutermino previsto en la convocatoria de acuerdo con los procedimientos y requisitos sentildealados en la misma

Para inscribirse en la convocatoria los interesados deberaacuten adquirir un Nuacutemero de Identificacioacuten Personal (NIP) destinado a sufragar los costos de la evaluacioacuten El NIP tendraacute un valor equivalente a un diacutea y medio de salario miacutenimo legal vigente

Paraacutegrafo 1 El registro y la participacioacuten voluntaria en la evaluacioacuten y los resultados que se obtengan en la misma no afectaraacuten la estabilidad laboral de los docentes

Paraacutegrafo 2 El teacutermino para realizar la etapa de inscripcioacuten no podraacute ser inferior a diez (10) diacuteas haacutebiles

Artiacuteculo 2414511 Resultados y procedimiento La entidad territorial certificada publicaraacute en su sitio Web y en un lugar de faacutecil acceso al puacuteblico la lista de educadores que hubieren superado la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica

~1-f_o_r_m_a_ti_v_a_e_n_lo_s_t_eacute_r_m_in_o_s_e_s_ta_b_le_C_i_d_os_e_n_e_l_n_um_e_ra_I_2_d_e_1_a_rt_iacutec_U_IO_3_6_d_e_1_D_e_c_re_to

DECRETO NUacuteMEROmiddot 1757 Hoja W 6

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

Ley 1278 de 2002 Los educadores contaraacuten con un teacutermino de cinco (5) diacuteas a partir de la publicacioacuten para presentar las reclamaciones a que hubiere lugar

El Ministerio de Educacioacuten Nacional contaraacute con un teacutermino de treinta (30) diacuteas para resolver las reclamaciones presentadas

A partir de la publicacioacuten de la lista de candidatos la entidad territorial certificada cuenta con quince (15) diacuteas para expedir el acto administrativo de reubicacioacuten salarial dentro del mismo grado o de ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente seguacuten el caso siempre y cuando esteacuten acreditados todos los requisitos establecidos para el efecto en la presente Seccioacuten

La reubicacioacuten salarial y el ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente surtiraacuten efectos fiscales a partir de la fecha de la publicacioacuten de la lista de candidatos siempre y cuando el aspirante cumpla los requisitos para reubicacioacuten o ascenso establecidos en la presente Seccioacuten

La entidad territorial certificada en educacioacuten deberaacute apropiar los recursos correspondientes que amparen la ejecucioacuten y los pagos originados en los correspondientes actos administrativos que se hayan proferido En caso que los recursos presupuestales resultaren insuficientes la entidad territorial deberaacute apropiar dichos recursos maacuteximo en la siguiente vigencia fiscal y proceder al pago del ascenso de grado o la reubicacioacuten de nivel salarial con los efectos fiscales definidos por el presente artiacuteculo

Artiacuteculo 2414512 Cursos de formacioacuten Los docentes que no hubieren superado la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa en los teacuterminos establecidos en la presente Seccioacuten deberaacuten adelantar alguno de los cursos de formacioacuten que ofrezcan universidades acreditadas institucionalmente yo que cuenten con facultades ce educacioacuten de reconocida trayectoria e idoneidad de conformidad con los paraacutemetros establecidos por el Ministerio de Educacioacuten Nacional y siempre que cuenten con la respectiva aprobacioacuten de eacuteste

Los aspectos generales de los cursos de formacioacuten seraacuten definidos en la reglamentacioacuten que se expida para el efecto Los cursos de formacioacuten se expresaraacuten en creacuteditos acadeacutemicos que podraacuten ser homologados por las instituciones de educacioacuten superior en ejercicio de su autonomiacutea universitaria dentro los programas de pregrado y posgrado que eacutestas ofrezcan

Estos cursos tendraacuten como propoacutesito fJndamental solucionar las falencias detectadas en la evaluacioacuten de caraacutectec di~gnoacutestica formativa Con la aprobacioacuten del respectivo curso por parte del docente en los teacuterminos del numeral 2 del artiacuteculo 36 del Decreto Ley 1278 de 2002 la entidad territorial certificada en educacioacuten procederaacute al ascenso o la reubicacioacuten de nivel salarial de acuerdo con lo establecido en la presente Seccioacuten

La reubicacioacuten salarial o el ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente que se produzca por haber aprobado los cursos de formacioacuten en los teacuterminos del inciso anterior surtiraacuten efectos fiscales a partir de la fecha en que el educador radique la certificacioacuten de la aprobacioacuten de dichos cursos ante la respectiva autoridad nominadora siempre y cuando el aspirante cumpla los requisitos para ser reubicado

DECRETO ~hME~O 1757 Hoja W 7

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Yno lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

o ascendido seguacuten lo establecido en la presente Seccioacuten

Las entidades territoriales certificadas en educacioacuten deberaacuten apropiar los recursos correspondientes para el ascenso de grado y la reubicacioacuten de nivel salarial de los educadores que hubieren aprobado los cursos de formacioacuten En caso que los recursos presupuestales resultaren insuficientes la entidad territorial deberaacute apropiar dichos recursos maacuteximo en la siguiente vigencia fiscal y proceder al pago del ascenso de grado o la reubicacioacuten de nivel salarial con los efectos fiscales definidos en el presente artiacuteculo

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Educacioacuten y las entidades territoriales certificadas en educacioacuten a traveacutes de sus respectivas paacuteginas Web informaraacuten a los educadores sobre los cursos de formacioacuten referidos en el presente artiacuteculo

Paraacutegrafo 2 Los cursos de formacioacuten docente deberaacuten ser cofinanciados por el Gobierno Nacional las entidades territoriales certificadas en educacioacuten y los docentes El Gobierno Nacional y las entidades territoriales certificadas en educacioacuten deberaacuten asegurar conjuntamente la financiacioacuten de miacutenimo el setenta por ciento (70) del costo de la matriacutecula del respectivo curso de formacioacuten para cada docente Los aportes del Gobierno Nacional para atender los gastos relacionados con la formacioacuten docente de que trata la presente Seccioacuten deberaacuten ser priorizados dentro del Marco de Gasto de Mediano Plazo del Sector Educacioacuten

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente Decreto rige a partir de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

i SEP2015

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

tIJ tluyJM c~ tA r

~ kAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NAC~AacuteL

~l Iacuter (lC([U( --G1rfA~R~D~ DECHEbNA

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DECRETO NlJMERO Hoja Ndeg 3 i1 5 7 bullbull Oacutemiddot

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

praacutectica educativa pedagoacutegica didaacutectica y de aula La aprobacioacuten de esta evaluacioacuten permitiraacute el ascenso de grado o la reubicacioacuten de nivel salarial en los teacuterminos que se consagran en los artiacuteculos siguientes

Artiacuteculo 241454 Requisitos para participar en la evaluacioacuten Para participar en la evaluacioacuten de que trata el artiacuteculo anterior el docente directivo docente u orientador debe cumplir con los siguientes requisitos

1 Estar nombrado en propiedad e inscrito en el nivel A en uno de los grados del Escalafoacuten Docente

2 Haber participado en una o varias de las evaluaciones de competencias entre 2010 y 2014 Y no haber logrado su ascenso o reubicacioacuten en un nivel salarial superior dentro del Escalafoacuten Docente

3 Para el caso de ascenso de grado acreditar debidamente en su hoja de vida el tiacutetulo acadeacutemico de posgrado exigido para los grados 2 y 3

Artiacutecu lo 241455 Competencias del Ministerio de Educacioacuten Nacional El Ministerio de Educacioacuten Nacional seraacute responsable de

1 Liderar y establecer el disentildeo la construccioacuten y la aplicacioacuten de la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa regulada en esta Seccioacuten que se aplicaraacute a docentes directivos docentes y orientadores que se encuentran en la situacioacuten prevista en el artiacuteculo 24 1454 del presente Decreto

2 Prestar asistencia teacutecnica y administrativa a las entidades territoriales certificadas en educacioacuten para el desarrollo de la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa prevista en esta Seccioacuten

3 Definir el cronograma para el proceso de la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa

4 Adelantar las gestiones necesarias en el marco de sus competencias para que los educadores puedan participar efectivamente en la evaluacioacuten de que trata la presente Seccioacuten

5 Propender porque se cumplan todas las etapas del proceso de evaluacioacuten consagradas en el artiacuteculo 24 1458 del presente Decreto

Paraacutegrafo La administracioacuten los principios criterios e instrumentos aplicables y la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de que trata el presente Decreto seraacuten definidos mediante acto administrativo que expida el Ministerio de Educacioacuten Nacional de conformidad con los resultados del proceso en el que participaraacute entre otros la Federacioacuten Colombiana de Trabajadores de la Educacioacuten (FECODE) y tres (3) universidades que tengan facultades de educacioacuten de reconocida idoneidad

Artiacuteculo 241456 Competencias de las entidades territoriales certificadas en educacioacuten Las entidades territoriales certificadas en educacioacuten seraacuten responsables de

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

1 Identificar a los candidatos que pueden participar en la evaluacioacuten que cumplan los requisitos establecidos en el artiacuteculo 241454 del presente Decreto

2 Convocar a la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de conformidad con el cronograma definido por el Ministerio de Educacioacuten Nacional

3 Divulgar la convocatoria para la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa y orientar a los educadores de su jurisdiccioacuten para facilitar su participacioacuten en el proceso

4 Verificar el cumplimiento de los requisitos acreditados por los docentes directivos docentes y orientadores que son candidatos a la reubicacioacuten salarial dentro del mismo graco o al ascenso en el Escalafoacuten Docente

5 Expedir los actos administrativos de reubicacioacuten de nivel salarial o ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente

6 Adelantar las gestiones necesarias en el marco de sus competencias para que los educadores puedan participar efectivamente en la evaluacioacuten de que trata la presente Seccioacuten

7 Cumplir las etapas del proceso de evaluacioacuten previstas en el artiacuteculo 241458 del presente Decreto que esteacuten bajo su responsabilidad seguacuten lo dispuesto en esta Seccioacuten

Artiacuteculo 241457 Responsabilidades de los educadores Los educadores que voluntariamente se presenten a la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de que trata la presente Seccioacuten seraacuten responsables del pago del Nuacutemero de Identificacioacuten Personal (NIP) de la inscripcioacuten en la evaluacioacuten y de su presentacioacuten oportuna asiacute como de la acreditacioacuten del requisito establecido en el numeral 3deg del artiacuteculo 241454 del presente Decreto cuando se trate de ascenso de grado

Artiacuteculo 241458 Etapas del proceso El proceso de evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de que trata el presente Decreto comprende las siguientes etapas

1 Convocatoria y divulgacioacuten de la evaluacioacuten 2 Inscripcioacuten 3 Acreditacioacuten del cumplimiento de requisitos 4 Realizacioacuten del proceso de evaluacioacuten 5 Divulgacioacuten de los resultados 6 Expedicioacuten de los actos administrativos de ascenso y reubicacioacuten 7 Inscripcioacuten y desarrollo de los cursos de formacioacuten 8 Reporte de los resultados de los cursos de formacioacuten 9 Expedicioacuten de los actos administrativos de ascenso y reubicacioacuten

Artiacuteculo 241459 Convocatoria La entidad territorial certificada realizaraacute la convocatoria para la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de que trata la presente Seccioacuten de acuerdo con el cronograma que defina el Ministerio de Educacioacuten Nacional

Hoja W 5

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

El acto administrativo de la convocatoria deberaacute contener por lo menos los siguientes aspectos

1 Requisitos exigidos para participar en el proceso de evaluacioacuten

2 Metodologiacutea y condiciones de inscripcioacuten en la evaluacioacuten y periacuteodo de aplicacioacuten

3 Costo lugar y fechas para la adquisicioacuten del NIP

4 Informacioacuten sobre los criterios y las caracteriacutesticas del instrumento de evaluacioacuten

5 Modalidades de consulta del resultado individual del docente o directivo docente u orientador

6 Informacioacuten sobre la dependencia competente para resolver reclamaciones y teacuterminos para presentarlas

Medios de divulgacioacuten del proceso

Paraacutegrafo La entidad territorial certificada en educacioacuten divulgaraacute la convocatoria por medios masivos de comunicacioacuten e igualmente la fijaraacute en un lugar de faacutecil acceso al puacuteblico y publicaraacute en el sitio Web de la respectiva alcaldiacutea o gobernacioacuten y de la correspondiente secretaria de educacioacuten

El acto administrativo de convocatoria deberaacute ser comunicado al Ministerio de Educacioacuten Nacional dentro de los cinco (5) diacuteas haacutebiles siguientes a su promulgacioacuten

Artiacuteculo 2414510 Inscripcioacuten en la convocatoria El docente el directivo docente y orientador que cumpla con los requisitos establecidos en el artiacuteculo 241454 del presente Decreto podraacute inscribirse en el proceso dentro del teacutermino previsto en la convocatoria de acuerdo con los procedimientos y requisitos sentildealados en la misma

Para inscribirse en la convocatoria los interesados deberaacuten adquirir un Nuacutemero de Identificacioacuten Personal (NIP) destinado a sufragar los costos de la evaluacioacuten El NIP tendraacute un valor equivalente a un diacutea y medio de salario miacutenimo legal vigente

Paraacutegrafo 1 El registro y la participacioacuten voluntaria en la evaluacioacuten y los resultados que se obtengan en la misma no afectaraacuten la estabilidad laboral de los docentes

Paraacutegrafo 2 El teacutermino para realizar la etapa de inscripcioacuten no podraacute ser inferior a diez (10) diacuteas haacutebiles

Artiacuteculo 2414511 Resultados y procedimiento La entidad territorial certificada publicaraacute en su sitio Web y en un lugar de faacutecil acceso al puacuteblico la lista de educadores que hubieren superado la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica

~1-f_o_r_m_a_ti_v_a_e_n_lo_s_t_eacute_r_m_in_o_s_e_s_ta_b_le_C_i_d_os_e_n_e_l_n_um_e_ra_I_2_d_e_1_a_rt_iacutec_U_IO_3_6_d_e_1_D_e_c_re_to

DECRETO NUacuteMEROmiddot 1757 Hoja W 6

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

Ley 1278 de 2002 Los educadores contaraacuten con un teacutermino de cinco (5) diacuteas a partir de la publicacioacuten para presentar las reclamaciones a que hubiere lugar

El Ministerio de Educacioacuten Nacional contaraacute con un teacutermino de treinta (30) diacuteas para resolver las reclamaciones presentadas

A partir de la publicacioacuten de la lista de candidatos la entidad territorial certificada cuenta con quince (15) diacuteas para expedir el acto administrativo de reubicacioacuten salarial dentro del mismo grado o de ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente seguacuten el caso siempre y cuando esteacuten acreditados todos los requisitos establecidos para el efecto en la presente Seccioacuten

La reubicacioacuten salarial y el ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente surtiraacuten efectos fiscales a partir de la fecha de la publicacioacuten de la lista de candidatos siempre y cuando el aspirante cumpla los requisitos para reubicacioacuten o ascenso establecidos en la presente Seccioacuten

La entidad territorial certificada en educacioacuten deberaacute apropiar los recursos correspondientes que amparen la ejecucioacuten y los pagos originados en los correspondientes actos administrativos que se hayan proferido En caso que los recursos presupuestales resultaren insuficientes la entidad territorial deberaacute apropiar dichos recursos maacuteximo en la siguiente vigencia fiscal y proceder al pago del ascenso de grado o la reubicacioacuten de nivel salarial con los efectos fiscales definidos por el presente artiacuteculo

Artiacuteculo 2414512 Cursos de formacioacuten Los docentes que no hubieren superado la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa en los teacuterminos establecidos en la presente Seccioacuten deberaacuten adelantar alguno de los cursos de formacioacuten que ofrezcan universidades acreditadas institucionalmente yo que cuenten con facultades ce educacioacuten de reconocida trayectoria e idoneidad de conformidad con los paraacutemetros establecidos por el Ministerio de Educacioacuten Nacional y siempre que cuenten con la respectiva aprobacioacuten de eacuteste

Los aspectos generales de los cursos de formacioacuten seraacuten definidos en la reglamentacioacuten que se expida para el efecto Los cursos de formacioacuten se expresaraacuten en creacuteditos acadeacutemicos que podraacuten ser homologados por las instituciones de educacioacuten superior en ejercicio de su autonomiacutea universitaria dentro los programas de pregrado y posgrado que eacutestas ofrezcan

Estos cursos tendraacuten como propoacutesito fJndamental solucionar las falencias detectadas en la evaluacioacuten de caraacutectec di~gnoacutestica formativa Con la aprobacioacuten del respectivo curso por parte del docente en los teacuterminos del numeral 2 del artiacuteculo 36 del Decreto Ley 1278 de 2002 la entidad territorial certificada en educacioacuten procederaacute al ascenso o la reubicacioacuten de nivel salarial de acuerdo con lo establecido en la presente Seccioacuten

La reubicacioacuten salarial o el ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente que se produzca por haber aprobado los cursos de formacioacuten en los teacuterminos del inciso anterior surtiraacuten efectos fiscales a partir de la fecha en que el educador radique la certificacioacuten de la aprobacioacuten de dichos cursos ante la respectiva autoridad nominadora siempre y cuando el aspirante cumpla los requisitos para ser reubicado

DECRETO ~hME~O 1757 Hoja W 7

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Yno lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

o ascendido seguacuten lo establecido en la presente Seccioacuten

Las entidades territoriales certificadas en educacioacuten deberaacuten apropiar los recursos correspondientes para el ascenso de grado y la reubicacioacuten de nivel salarial de los educadores que hubieren aprobado los cursos de formacioacuten En caso que los recursos presupuestales resultaren insuficientes la entidad territorial deberaacute apropiar dichos recursos maacuteximo en la siguiente vigencia fiscal y proceder al pago del ascenso de grado o la reubicacioacuten de nivel salarial con los efectos fiscales definidos en el presente artiacuteculo

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Educacioacuten y las entidades territoriales certificadas en educacioacuten a traveacutes de sus respectivas paacuteginas Web informaraacuten a los educadores sobre los cursos de formacioacuten referidos en el presente artiacuteculo

Paraacutegrafo 2 Los cursos de formacioacuten docente deberaacuten ser cofinanciados por el Gobierno Nacional las entidades territoriales certificadas en educacioacuten y los docentes El Gobierno Nacional y las entidades territoriales certificadas en educacioacuten deberaacuten asegurar conjuntamente la financiacioacuten de miacutenimo el setenta por ciento (70) del costo de la matriacutecula del respectivo curso de formacioacuten para cada docente Los aportes del Gobierno Nacional para atender los gastos relacionados con la formacioacuten docente de que trata la presente Seccioacuten deberaacuten ser priorizados dentro del Marco de Gasto de Mediano Plazo del Sector Educacioacuten

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente Decreto rige a partir de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

i SEP2015

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

tIJ tluyJM c~ tA r

~ kAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NAC~AacuteL

~l Iacuter (lC([U( --G1rfA~R~D~ DECHEbNA

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Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

1 Identificar a los candidatos que pueden participar en la evaluacioacuten que cumplan los requisitos establecidos en el artiacuteculo 241454 del presente Decreto

2 Convocar a la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de conformidad con el cronograma definido por el Ministerio de Educacioacuten Nacional

3 Divulgar la convocatoria para la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa y orientar a los educadores de su jurisdiccioacuten para facilitar su participacioacuten en el proceso

4 Verificar el cumplimiento de los requisitos acreditados por los docentes directivos docentes y orientadores que son candidatos a la reubicacioacuten salarial dentro del mismo graco o al ascenso en el Escalafoacuten Docente

5 Expedir los actos administrativos de reubicacioacuten de nivel salarial o ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente

6 Adelantar las gestiones necesarias en el marco de sus competencias para que los educadores puedan participar efectivamente en la evaluacioacuten de que trata la presente Seccioacuten

7 Cumplir las etapas del proceso de evaluacioacuten previstas en el artiacuteculo 241458 del presente Decreto que esteacuten bajo su responsabilidad seguacuten lo dispuesto en esta Seccioacuten

Artiacuteculo 241457 Responsabilidades de los educadores Los educadores que voluntariamente se presenten a la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de que trata la presente Seccioacuten seraacuten responsables del pago del Nuacutemero de Identificacioacuten Personal (NIP) de la inscripcioacuten en la evaluacioacuten y de su presentacioacuten oportuna asiacute como de la acreditacioacuten del requisito establecido en el numeral 3deg del artiacuteculo 241454 del presente Decreto cuando se trate de ascenso de grado

Artiacuteculo 241458 Etapas del proceso El proceso de evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de que trata el presente Decreto comprende las siguientes etapas

1 Convocatoria y divulgacioacuten de la evaluacioacuten 2 Inscripcioacuten 3 Acreditacioacuten del cumplimiento de requisitos 4 Realizacioacuten del proceso de evaluacioacuten 5 Divulgacioacuten de los resultados 6 Expedicioacuten de los actos administrativos de ascenso y reubicacioacuten 7 Inscripcioacuten y desarrollo de los cursos de formacioacuten 8 Reporte de los resultados de los cursos de formacioacuten 9 Expedicioacuten de los actos administrativos de ascenso y reubicacioacuten

Artiacuteculo 241459 Convocatoria La entidad territorial certificada realizaraacute la convocatoria para la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa de que trata la presente Seccioacuten de acuerdo con el cronograma que defina el Ministerio de Educacioacuten Nacional

Hoja W 5

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

El acto administrativo de la convocatoria deberaacute contener por lo menos los siguientes aspectos

1 Requisitos exigidos para participar en el proceso de evaluacioacuten

2 Metodologiacutea y condiciones de inscripcioacuten en la evaluacioacuten y periacuteodo de aplicacioacuten

3 Costo lugar y fechas para la adquisicioacuten del NIP

4 Informacioacuten sobre los criterios y las caracteriacutesticas del instrumento de evaluacioacuten

5 Modalidades de consulta del resultado individual del docente o directivo docente u orientador

6 Informacioacuten sobre la dependencia competente para resolver reclamaciones y teacuterminos para presentarlas

Medios de divulgacioacuten del proceso

Paraacutegrafo La entidad territorial certificada en educacioacuten divulgaraacute la convocatoria por medios masivos de comunicacioacuten e igualmente la fijaraacute en un lugar de faacutecil acceso al puacuteblico y publicaraacute en el sitio Web de la respectiva alcaldiacutea o gobernacioacuten y de la correspondiente secretaria de educacioacuten

El acto administrativo de convocatoria deberaacute ser comunicado al Ministerio de Educacioacuten Nacional dentro de los cinco (5) diacuteas haacutebiles siguientes a su promulgacioacuten

Artiacuteculo 2414510 Inscripcioacuten en la convocatoria El docente el directivo docente y orientador que cumpla con los requisitos establecidos en el artiacuteculo 241454 del presente Decreto podraacute inscribirse en el proceso dentro del teacutermino previsto en la convocatoria de acuerdo con los procedimientos y requisitos sentildealados en la misma

Para inscribirse en la convocatoria los interesados deberaacuten adquirir un Nuacutemero de Identificacioacuten Personal (NIP) destinado a sufragar los costos de la evaluacioacuten El NIP tendraacute un valor equivalente a un diacutea y medio de salario miacutenimo legal vigente

Paraacutegrafo 1 El registro y la participacioacuten voluntaria en la evaluacioacuten y los resultados que se obtengan en la misma no afectaraacuten la estabilidad laboral de los docentes

Paraacutegrafo 2 El teacutermino para realizar la etapa de inscripcioacuten no podraacute ser inferior a diez (10) diacuteas haacutebiles

Artiacuteculo 2414511 Resultados y procedimiento La entidad territorial certificada publicaraacute en su sitio Web y en un lugar de faacutecil acceso al puacuteblico la lista de educadores que hubieren superado la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica

~1-f_o_r_m_a_ti_v_a_e_n_lo_s_t_eacute_r_m_in_o_s_e_s_ta_b_le_C_i_d_os_e_n_e_l_n_um_e_ra_I_2_d_e_1_a_rt_iacutec_U_IO_3_6_d_e_1_D_e_c_re_to

DECRETO NUacuteMEROmiddot 1757 Hoja W 6

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

Ley 1278 de 2002 Los educadores contaraacuten con un teacutermino de cinco (5) diacuteas a partir de la publicacioacuten para presentar las reclamaciones a que hubiere lugar

El Ministerio de Educacioacuten Nacional contaraacute con un teacutermino de treinta (30) diacuteas para resolver las reclamaciones presentadas

A partir de la publicacioacuten de la lista de candidatos la entidad territorial certificada cuenta con quince (15) diacuteas para expedir el acto administrativo de reubicacioacuten salarial dentro del mismo grado o de ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente seguacuten el caso siempre y cuando esteacuten acreditados todos los requisitos establecidos para el efecto en la presente Seccioacuten

La reubicacioacuten salarial y el ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente surtiraacuten efectos fiscales a partir de la fecha de la publicacioacuten de la lista de candidatos siempre y cuando el aspirante cumpla los requisitos para reubicacioacuten o ascenso establecidos en la presente Seccioacuten

La entidad territorial certificada en educacioacuten deberaacute apropiar los recursos correspondientes que amparen la ejecucioacuten y los pagos originados en los correspondientes actos administrativos que se hayan proferido En caso que los recursos presupuestales resultaren insuficientes la entidad territorial deberaacute apropiar dichos recursos maacuteximo en la siguiente vigencia fiscal y proceder al pago del ascenso de grado o la reubicacioacuten de nivel salarial con los efectos fiscales definidos por el presente artiacuteculo

Artiacuteculo 2414512 Cursos de formacioacuten Los docentes que no hubieren superado la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa en los teacuterminos establecidos en la presente Seccioacuten deberaacuten adelantar alguno de los cursos de formacioacuten que ofrezcan universidades acreditadas institucionalmente yo que cuenten con facultades ce educacioacuten de reconocida trayectoria e idoneidad de conformidad con los paraacutemetros establecidos por el Ministerio de Educacioacuten Nacional y siempre que cuenten con la respectiva aprobacioacuten de eacuteste

Los aspectos generales de los cursos de formacioacuten seraacuten definidos en la reglamentacioacuten que se expida para el efecto Los cursos de formacioacuten se expresaraacuten en creacuteditos acadeacutemicos que podraacuten ser homologados por las instituciones de educacioacuten superior en ejercicio de su autonomiacutea universitaria dentro los programas de pregrado y posgrado que eacutestas ofrezcan

Estos cursos tendraacuten como propoacutesito fJndamental solucionar las falencias detectadas en la evaluacioacuten de caraacutectec di~gnoacutestica formativa Con la aprobacioacuten del respectivo curso por parte del docente en los teacuterminos del numeral 2 del artiacuteculo 36 del Decreto Ley 1278 de 2002 la entidad territorial certificada en educacioacuten procederaacute al ascenso o la reubicacioacuten de nivel salarial de acuerdo con lo establecido en la presente Seccioacuten

La reubicacioacuten salarial o el ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente que se produzca por haber aprobado los cursos de formacioacuten en los teacuterminos del inciso anterior surtiraacuten efectos fiscales a partir de la fecha en que el educador radique la certificacioacuten de la aprobacioacuten de dichos cursos ante la respectiva autoridad nominadora siempre y cuando el aspirante cumpla los requisitos para ser reubicado

DECRETO ~hME~O 1757 Hoja W 7

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Yno lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

o ascendido seguacuten lo establecido en la presente Seccioacuten

Las entidades territoriales certificadas en educacioacuten deberaacuten apropiar los recursos correspondientes para el ascenso de grado y la reubicacioacuten de nivel salarial de los educadores que hubieren aprobado los cursos de formacioacuten En caso que los recursos presupuestales resultaren insuficientes la entidad territorial deberaacute apropiar dichos recursos maacuteximo en la siguiente vigencia fiscal y proceder al pago del ascenso de grado o la reubicacioacuten de nivel salarial con los efectos fiscales definidos en el presente artiacuteculo

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Educacioacuten y las entidades territoriales certificadas en educacioacuten a traveacutes de sus respectivas paacuteginas Web informaraacuten a los educadores sobre los cursos de formacioacuten referidos en el presente artiacuteculo

Paraacutegrafo 2 Los cursos de formacioacuten docente deberaacuten ser cofinanciados por el Gobierno Nacional las entidades territoriales certificadas en educacioacuten y los docentes El Gobierno Nacional y las entidades territoriales certificadas en educacioacuten deberaacuten asegurar conjuntamente la financiacioacuten de miacutenimo el setenta por ciento (70) del costo de la matriacutecula del respectivo curso de formacioacuten para cada docente Los aportes del Gobierno Nacional para atender los gastos relacionados con la formacioacuten docente de que trata la presente Seccioacuten deberaacuten ser priorizados dentro del Marco de Gasto de Mediano Plazo del Sector Educacioacuten

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente Decreto rige a partir de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

i SEP2015

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

tIJ tluyJM c~ tA r

~ kAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NAC~AacuteL

~l Iacuter (lC([U( --G1rfA~R~D~ DECHEbNA

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Hoja W 5

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

El acto administrativo de la convocatoria deberaacute contener por lo menos los siguientes aspectos

1 Requisitos exigidos para participar en el proceso de evaluacioacuten

2 Metodologiacutea y condiciones de inscripcioacuten en la evaluacioacuten y periacuteodo de aplicacioacuten

3 Costo lugar y fechas para la adquisicioacuten del NIP

4 Informacioacuten sobre los criterios y las caracteriacutesticas del instrumento de evaluacioacuten

5 Modalidades de consulta del resultado individual del docente o directivo docente u orientador

6 Informacioacuten sobre la dependencia competente para resolver reclamaciones y teacuterminos para presentarlas

Medios de divulgacioacuten del proceso

Paraacutegrafo La entidad territorial certificada en educacioacuten divulgaraacute la convocatoria por medios masivos de comunicacioacuten e igualmente la fijaraacute en un lugar de faacutecil acceso al puacuteblico y publicaraacute en el sitio Web de la respectiva alcaldiacutea o gobernacioacuten y de la correspondiente secretaria de educacioacuten

El acto administrativo de convocatoria deberaacute ser comunicado al Ministerio de Educacioacuten Nacional dentro de los cinco (5) diacuteas haacutebiles siguientes a su promulgacioacuten

Artiacuteculo 2414510 Inscripcioacuten en la convocatoria El docente el directivo docente y orientador que cumpla con los requisitos establecidos en el artiacuteculo 241454 del presente Decreto podraacute inscribirse en el proceso dentro del teacutermino previsto en la convocatoria de acuerdo con los procedimientos y requisitos sentildealados en la misma

Para inscribirse en la convocatoria los interesados deberaacuten adquirir un Nuacutemero de Identificacioacuten Personal (NIP) destinado a sufragar los costos de la evaluacioacuten El NIP tendraacute un valor equivalente a un diacutea y medio de salario miacutenimo legal vigente

Paraacutegrafo 1 El registro y la participacioacuten voluntaria en la evaluacioacuten y los resultados que se obtengan en la misma no afectaraacuten la estabilidad laboral de los docentes

Paraacutegrafo 2 El teacutermino para realizar la etapa de inscripcioacuten no podraacute ser inferior a diez (10) diacuteas haacutebiles

Artiacuteculo 2414511 Resultados y procedimiento La entidad territorial certificada publicaraacute en su sitio Web y en un lugar de faacutecil acceso al puacuteblico la lista de educadores que hubieren superado la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica

~1-f_o_r_m_a_ti_v_a_e_n_lo_s_t_eacute_r_m_in_o_s_e_s_ta_b_le_C_i_d_os_e_n_e_l_n_um_e_ra_I_2_d_e_1_a_rt_iacutec_U_IO_3_6_d_e_1_D_e_c_re_to

DECRETO NUacuteMEROmiddot 1757 Hoja W 6

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

Ley 1278 de 2002 Los educadores contaraacuten con un teacutermino de cinco (5) diacuteas a partir de la publicacioacuten para presentar las reclamaciones a que hubiere lugar

El Ministerio de Educacioacuten Nacional contaraacute con un teacutermino de treinta (30) diacuteas para resolver las reclamaciones presentadas

A partir de la publicacioacuten de la lista de candidatos la entidad territorial certificada cuenta con quince (15) diacuteas para expedir el acto administrativo de reubicacioacuten salarial dentro del mismo grado o de ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente seguacuten el caso siempre y cuando esteacuten acreditados todos los requisitos establecidos para el efecto en la presente Seccioacuten

La reubicacioacuten salarial y el ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente surtiraacuten efectos fiscales a partir de la fecha de la publicacioacuten de la lista de candidatos siempre y cuando el aspirante cumpla los requisitos para reubicacioacuten o ascenso establecidos en la presente Seccioacuten

La entidad territorial certificada en educacioacuten deberaacute apropiar los recursos correspondientes que amparen la ejecucioacuten y los pagos originados en los correspondientes actos administrativos que se hayan proferido En caso que los recursos presupuestales resultaren insuficientes la entidad territorial deberaacute apropiar dichos recursos maacuteximo en la siguiente vigencia fiscal y proceder al pago del ascenso de grado o la reubicacioacuten de nivel salarial con los efectos fiscales definidos por el presente artiacuteculo

Artiacuteculo 2414512 Cursos de formacioacuten Los docentes que no hubieren superado la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa en los teacuterminos establecidos en la presente Seccioacuten deberaacuten adelantar alguno de los cursos de formacioacuten que ofrezcan universidades acreditadas institucionalmente yo que cuenten con facultades ce educacioacuten de reconocida trayectoria e idoneidad de conformidad con los paraacutemetros establecidos por el Ministerio de Educacioacuten Nacional y siempre que cuenten con la respectiva aprobacioacuten de eacuteste

Los aspectos generales de los cursos de formacioacuten seraacuten definidos en la reglamentacioacuten que se expida para el efecto Los cursos de formacioacuten se expresaraacuten en creacuteditos acadeacutemicos que podraacuten ser homologados por las instituciones de educacioacuten superior en ejercicio de su autonomiacutea universitaria dentro los programas de pregrado y posgrado que eacutestas ofrezcan

Estos cursos tendraacuten como propoacutesito fJndamental solucionar las falencias detectadas en la evaluacioacuten de caraacutectec di~gnoacutestica formativa Con la aprobacioacuten del respectivo curso por parte del docente en los teacuterminos del numeral 2 del artiacuteculo 36 del Decreto Ley 1278 de 2002 la entidad territorial certificada en educacioacuten procederaacute al ascenso o la reubicacioacuten de nivel salarial de acuerdo con lo establecido en la presente Seccioacuten

La reubicacioacuten salarial o el ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente que se produzca por haber aprobado los cursos de formacioacuten en los teacuterminos del inciso anterior surtiraacuten efectos fiscales a partir de la fecha en que el educador radique la certificacioacuten de la aprobacioacuten de dichos cursos ante la respectiva autoridad nominadora siempre y cuando el aspirante cumpla los requisitos para ser reubicado

DECRETO ~hME~O 1757 Hoja W 7

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Yno lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

o ascendido seguacuten lo establecido en la presente Seccioacuten

Las entidades territoriales certificadas en educacioacuten deberaacuten apropiar los recursos correspondientes para el ascenso de grado y la reubicacioacuten de nivel salarial de los educadores que hubieren aprobado los cursos de formacioacuten En caso que los recursos presupuestales resultaren insuficientes la entidad territorial deberaacute apropiar dichos recursos maacuteximo en la siguiente vigencia fiscal y proceder al pago del ascenso de grado o la reubicacioacuten de nivel salarial con los efectos fiscales definidos en el presente artiacuteculo

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Educacioacuten y las entidades territoriales certificadas en educacioacuten a traveacutes de sus respectivas paacuteginas Web informaraacuten a los educadores sobre los cursos de formacioacuten referidos en el presente artiacuteculo

Paraacutegrafo 2 Los cursos de formacioacuten docente deberaacuten ser cofinanciados por el Gobierno Nacional las entidades territoriales certificadas en educacioacuten y los docentes El Gobierno Nacional y las entidades territoriales certificadas en educacioacuten deberaacuten asegurar conjuntamente la financiacioacuten de miacutenimo el setenta por ciento (70) del costo de la matriacutecula del respectivo curso de formacioacuten para cada docente Los aportes del Gobierno Nacional para atender los gastos relacionados con la formacioacuten docente de que trata la presente Seccioacuten deberaacuten ser priorizados dentro del Marco de Gasto de Mediano Plazo del Sector Educacioacuten

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente Decreto rige a partir de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

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EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

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LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NAC~AacuteL

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DECRETO NUacuteMEROmiddot 1757 Hoja W 6

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

Ley 1278 de 2002 Los educadores contaraacuten con un teacutermino de cinco (5) diacuteas a partir de la publicacioacuten para presentar las reclamaciones a que hubiere lugar

El Ministerio de Educacioacuten Nacional contaraacute con un teacutermino de treinta (30) diacuteas para resolver las reclamaciones presentadas

A partir de la publicacioacuten de la lista de candidatos la entidad territorial certificada cuenta con quince (15) diacuteas para expedir el acto administrativo de reubicacioacuten salarial dentro del mismo grado o de ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente seguacuten el caso siempre y cuando esteacuten acreditados todos los requisitos establecidos para el efecto en la presente Seccioacuten

La reubicacioacuten salarial y el ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente surtiraacuten efectos fiscales a partir de la fecha de la publicacioacuten de la lista de candidatos siempre y cuando el aspirante cumpla los requisitos para reubicacioacuten o ascenso establecidos en la presente Seccioacuten

La entidad territorial certificada en educacioacuten deberaacute apropiar los recursos correspondientes que amparen la ejecucioacuten y los pagos originados en los correspondientes actos administrativos que se hayan proferido En caso que los recursos presupuestales resultaren insuficientes la entidad territorial deberaacute apropiar dichos recursos maacuteximo en la siguiente vigencia fiscal y proceder al pago del ascenso de grado o la reubicacioacuten de nivel salarial con los efectos fiscales definidos por el presente artiacuteculo

Artiacuteculo 2414512 Cursos de formacioacuten Los docentes que no hubieren superado la evaluacioacuten de caraacutecter diagnoacutestica formativa en los teacuterminos establecidos en la presente Seccioacuten deberaacuten adelantar alguno de los cursos de formacioacuten que ofrezcan universidades acreditadas institucionalmente yo que cuenten con facultades ce educacioacuten de reconocida trayectoria e idoneidad de conformidad con los paraacutemetros establecidos por el Ministerio de Educacioacuten Nacional y siempre que cuenten con la respectiva aprobacioacuten de eacuteste

Los aspectos generales de los cursos de formacioacuten seraacuten definidos en la reglamentacioacuten que se expida para el efecto Los cursos de formacioacuten se expresaraacuten en creacuteditos acadeacutemicos que podraacuten ser homologados por las instituciones de educacioacuten superior en ejercicio de su autonomiacutea universitaria dentro los programas de pregrado y posgrado que eacutestas ofrezcan

Estos cursos tendraacuten como propoacutesito fJndamental solucionar las falencias detectadas en la evaluacioacuten de caraacutectec di~gnoacutestica formativa Con la aprobacioacuten del respectivo curso por parte del docente en los teacuterminos del numeral 2 del artiacuteculo 36 del Decreto Ley 1278 de 2002 la entidad territorial certificada en educacioacuten procederaacute al ascenso o la reubicacioacuten de nivel salarial de acuerdo con lo establecido en la presente Seccioacuten

La reubicacioacuten salarial o el ascenso de grado en el Escalafoacuten Docente que se produzca por haber aprobado los cursos de formacioacuten en los teacuterminos del inciso anterior surtiraacuten efectos fiscales a partir de la fecha en que el educador radique la certificacioacuten de la aprobacioacuten de dichos cursos ante la respectiva autoridad nominadora siempre y cuando el aspirante cumpla los requisitos para ser reubicado

DECRETO ~hME~O 1757 Hoja W 7

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Yno lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

o ascendido seguacuten lo establecido en la presente Seccioacuten

Las entidades territoriales certificadas en educacioacuten deberaacuten apropiar los recursos correspondientes para el ascenso de grado y la reubicacioacuten de nivel salarial de los educadores que hubieren aprobado los cursos de formacioacuten En caso que los recursos presupuestales resultaren insuficientes la entidad territorial deberaacute apropiar dichos recursos maacuteximo en la siguiente vigencia fiscal y proceder al pago del ascenso de grado o la reubicacioacuten de nivel salarial con los efectos fiscales definidos en el presente artiacuteculo

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Educacioacuten y las entidades territoriales certificadas en educacioacuten a traveacutes de sus respectivas paacuteginas Web informaraacuten a los educadores sobre los cursos de formacioacuten referidos en el presente artiacuteculo

Paraacutegrafo 2 Los cursos de formacioacuten docente deberaacuten ser cofinanciados por el Gobierno Nacional las entidades territoriales certificadas en educacioacuten y los docentes El Gobierno Nacional y las entidades territoriales certificadas en educacioacuten deberaacuten asegurar conjuntamente la financiacioacuten de miacutenimo el setenta por ciento (70) del costo de la matriacutecula del respectivo curso de formacioacuten para cada docente Los aportes del Gobierno Nacional para atender los gastos relacionados con la formacioacuten docente de que trata la presente Seccioacuten deberaacuten ser priorizados dentro del Marco de Gasto de Mediano Plazo del Sector Educacioacuten

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente Decreto rige a partir de su publicacioacuten

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LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NAC~AacuteL

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Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia de evaluacioacuten para ascenso de grado y reubicacioacuten de nivel salarial que se aplicaraacute a los educadores que participaron en alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los antildeos 2010 y 2014 Yno lograron el ascenso o la reubicacioacuten salarial en cualquiera de los grados del Escalafoacuten Docente

o ascendido seguacuten lo establecido en la presente Seccioacuten

Las entidades territoriales certificadas en educacioacuten deberaacuten apropiar los recursos correspondientes para el ascenso de grado y la reubicacioacuten de nivel salarial de los educadores que hubieren aprobado los cursos de formacioacuten En caso que los recursos presupuestales resultaren insuficientes la entidad territorial deberaacute apropiar dichos recursos maacuteximo en la siguiente vigencia fiscal y proceder al pago del ascenso de grado o la reubicacioacuten de nivel salarial con los efectos fiscales definidos en el presente artiacuteculo

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Educacioacuten y las entidades territoriales certificadas en educacioacuten a traveacutes de sus respectivas paacuteginas Web informaraacuten a los educadores sobre los cursos de formacioacuten referidos en el presente artiacuteculo

Paraacutegrafo 2 Los cursos de formacioacuten docente deberaacuten ser cofinanciados por el Gobierno Nacional las entidades territoriales certificadas en educacioacuten y los docentes El Gobierno Nacional y las entidades territoriales certificadas en educacioacuten deberaacuten asegurar conjuntamente la financiacioacuten de miacutenimo el setenta por ciento (70) del costo de la matriacutecula del respectivo curso de formacioacuten para cada docente Los aportes del Gobierno Nacional para atender los gastos relacionados con la formacioacuten docente de que trata la presente Seccioacuten deberaacuten ser priorizados dentro del Marco de Gasto de Mediano Plazo del Sector Educacioacuten

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente Decreto rige a partir de su publicacioacuten

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