relaciones iglesia estado

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f-r tu) \J Transversal Hisjo{a Relaciones Iglesia-Estado *T--].r-"i ¡r I ü i'7r El problema de fondo de las relaciones Iglesia- Estado en tos siigtólirx-Xx, fue la de "adaptar" la Iglesia a un nuevo concepto de Estado. Hasta ahora, en el Régimen Feudar, la Iglesia se había introducido, más de lo conveniente, en el Sistema, pasando a ser una clase nobiliaria m¿is, es decir, con poderes temporales. La Revolución francesa y la formación de las repúblicas americanas hicieron surgir una concepción del Estado totalmente inédita. El Estado no era ya la dinastí4 sino ellaís y su población. El pueblo se da a sí mismo la constitución, es decir, se crea el Estado, sea éste moniírquico o republicano, y aparece ahora ante la población como una entidad dotada de vida propia. Durante la guerra de Independencia la Iglesia tuvo una gran influencia en las personas y en su espíritu patriótico para defender España de los franceses. Constitución liberal de lg12 "Art. !2. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación laprótege por leyes sabias y justas y prohibe el ejercicio de cualquier otua.,, La Constitución de-l812 creada enias Cortes de Cádizinstauró a la Iglesia católica eomo la religión oficial del Estado, pero redujo sus privilegios. Con .í..g..* O. Fernando vII todo volüó a ser como era en ri artiguo Régimen ya que ievocó la Constitución. Hubo un breve periodo en el reinado áe Femando VII én el cual la Iglesia dejó tener el poder que poseía durante el Antiguo Régimer¡,,gI Trienio Liberal, en el cual se reinstauró la.Constitución. Aquí tambiénie r.u.Iiuó h desamortización,y hubo una reducción del número de órdenes religiosas. ¡. ':i ' Carlismo e isabelismo (a partir de lg33) pag.l73 :, Los carlistas defendían el absolutisrlo, y por tantq los priviíegos"del clero, pero la ,n' Iglesi4 habiendo aprendido de otras epócas, intentó adaptarse al nuevo tipo de Estado. Los isabelinos, por otro lado, defendían la igualdad. La Iglesia apostó por este Sistem4 ya que éstos querían un estado confesional católico, u*qr. se mantuvieron al m¿rgen prudentemente, para ver cómo se desarrollaban los acontecimientos. Estatuto Real de 1834 "!r, En é1, Mannez de la Rosa estabreció ra división de ias cortes en:[s5 cámaras, donde se situaba a la Iglesia en la C¿ímara alta,por Ío que el vaticano mantuvo buenas relaciones con este gobierno. -t.t Esimporrant.*""",1;r;1l;l"Ti'ffi ,::'"1"3i:r-#'"l,'Jil:;f; ;l,iiderarglesiaar Estado, pero los progresistas buscaban *u r.p*u.ión tan radical que era irípo.iUt. "n aquellos tiempos, y dejaba a la Iglesia prácticamente aislada, por ló que el Vaticano no se llevaba bien con ellos. ( Constitución progresista de 1g37 La inefi.cacia en el poder del progresista Menáizábal no frenó su "magistral,,idea de vender los bienes de la Iglesi apuahacer frente a la fuerte crisis econámica.

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Page 1: Relaciones Iglesia estado

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Transversal Hisjo{a Relaciones Iglesia-Estado*T--].r-"i ¡r I ü i'7r

El problema de fondo de las relaciones Iglesia- Estado en tos siigtólirx-Xx, fue la de"adaptar" la Iglesia a un nuevo concepto de Estado.Hasta ahora, en el Régimen Feudar, la Iglesia se había introducido, más de loconveniente, en el Sistema, pasando a ser una clase nobiliaria m¿is, es decir, con poderestemporales.La Revolución francesa y la formación de las repúblicas americanas hicieron surgir unaconcepción del Estado totalmente inédita. El Estado no era ya la dinastí4 sino ellaís ysu población.El pueblo se da a sí mismo la constitución, es decir, se crea el Estado, sea éstemoniírquico o republicano, y aparece ahora ante la población como una entidad dotadade vida propia.Durante la guerra de Independencia la Iglesia tuvo una gran influencia en las personas yen su espíritu patriótico para defender España de los franceses.

Constitución liberal de lg12"Art. !2. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica,apostólica, romana, única verdadera. La Nación laprótege por leyes sabias y justas yprohibe el ejercicio de cualquier otua.,,La Constitución de-l812 creada enias Cortes de Cádizinstauró a la Iglesia católicaeomo la religión oficial del Estado, pero redujo sus privilegios. Con .í..g..* O.Fernando vII todo volüó a ser como era en ri artiguo Régimen ya que ievocó laConstitución. Hubo un breve periodo en el reinado áe Femando VII én el cual la Iglesiadejó dé tener el poder que poseía durante el Antiguo Régimer¡,,gI Trienio Liberal, en elcual se reinstauró la.Constitución. Aquí tambiénie r.u.Iiuó h desamortización,y hubouna reducción del número de órdenes religiosas. ¡.

':i' Carlismo e isabelismo (a partir de lg33) pag.l73 :,

Los carlistas defendían el absolutisrlo, y por tantq los priviíegos"del clero, pero la ,n'

Iglesi4 habiendo aprendido de otras epócas, intentó adaptarse al nuevo tipo de Estado.

Los isabelinos, por otro lado, defendían la igualdad. La Iglesia apostó por este Sistem4ya que éstos querían un estado confesional católico, u*qr. se mantuvieron al m¿rgenprudentemente, para ver cómo se desarrollaban los acontecimientos.

Estatuto Real de 1834 "!r,En é1, Mannez de la Rosa estabreció ra división de ias cortes en:[s5 cámaras, donde sesituaba a la Iglesia en la C¿ímara alta,por Ío que el vaticano mantuvo buenas relacionescon este gobierno.

-t.t

Esimporrant.*""",1;r;1l;l"Ti'ffi ,::'"1"3i:r-#'"l,'Jil:;f; ;l,iiderarglesiaarEstado, pero los progresistas buscaban *u r.p*u.ión tan radical que era irípo.iUt.

"naquellos tiempos, y dejaba a la Iglesia prácticamente aislada, por ló que el Vaticano nose llevaba bien con ellos.

(

Constitución progresista de 1g37La inefi.cacia en el poder del progresista Menáizábal no frenó su "magistral,,idea devender los bienes de la Iglesi apuahacer frente a la fuerte crisis econámica.

Page 2: Relaciones Iglesia estado

Esta medida 1o único que consiguió fue empobrecer a las clases mris bajas. tpi_supuesto, en esta época'las relacionéi; f§fÑl..a:ttrStado fueron nefastasl _'i I '-La desamortizacióncontinuó en la Regencia dáEspartero.

'--i..';-:'-. -

Constitución moderada de 1845Por la promulgación de libertades dentro de esta Constitución, se firmó un Concordatocon la Santa Sede por el que se suspendía la desamortización y por el que el Estado se

comprometía a sostener los gastos eclesiasticos. Por su parte la Santa Sede aceptó como

un hecho consumado la desamortización.Durante el Bienio progresista, Madoz reactivaría tal desamortizaqíón.

Regencia de Serrano (1868-1870) Pag. 191

Se decretó la libertad de culto, la supresión de las órdenes religiosas y se reanudó ladesamortización de bienes eclesiiísticos, lo que indispuso al Gobiemo con las

autoridades eclesiasticas.

Constitución de 1869

Libertad de cultos religiosos, libertad de enseñanza. En polític4 1o que con frecuenciadecidía no era el bien del país, sino el prestigio: en política colonial, en las relacionescomerciales, hasta en las distintas r4mris de la economía. De ahí táJrbién el esfuerzo delEstado para controlar lo m¿ís posibfp la educaciónde la juventud. En los manuales

escolares prescritos por los gobiemos solían inculcarse en las mentes infantiles las ideas

de unidad y libertad nacional, de poder, grmdezay gloria, a veces con ayuda de las

falsedades mas ridículas.Es decir, inculcarles sus "valores" desde pequeños (véase Educación Para laCiudadanía). s: ,i

¡

La'Iglesia tampoco aceptó el reinado de Amadeo I de Saboya

La I República Pag. 195

Su Ca¡ta Magna (Constitución de 1873) establecía la separación radical entre la Iglesiay el Estado.

Constitución de 1876El establecimiento del catolicismo como la religión oficial del Estado fue el punto que

suscitó mayor polémica. Daba permiso a otros credos siempre quf"§e ajustasen a lamoral católica y con prohibición de sus manifestaciones públicas-¿¡Se restableció el Concordato, que garantizabaaporlaciones econ&uicas a la Iglesia.

GobiernosConservadáres(1875-1881)Pag.2l0 :

Cánovasr'Defendían la exclusividad de la religión católica

Gobiernos Fusionistas (188!-1884) Pag. 211

Sagasta. Defendían la libertad de cultos