reglamento parque automotor - 2011

34
REGLAMENTO DEL PARQUE AUTOMOTOR DEL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SALTA 1

Upload: derbomber

Post on 01-Dec-2015

61 views

Category:

Documents


2 download

TRANSCRIPT

Page 1: Reglamento Parque Automotor - 2011

REGLAMENTO DEL PARQUE AUTOMOTOR DEL PODER

EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SALTA

1

Page 2: Reglamento Parque Automotor - 2011

I – NORMAS Y PROCEDIMIENTOS.................................................................................................................................................................................................................. 31. OBJETIVO................................................................................................................................................................................................................................................... 32. ALCANCE................................................................................................................................................................................................................................................... 33. RESPONSABILIDAD Y CARGO.............................................................................................................................................................................................................. 34. INCUMPLIMIENTO................................................................................................................................................................................................................................... 35. AUTORIDAD DE APLICACIÓN.............................................................................................................................................................................................................. 36. ACTUACION PREVENTIVA.................................................................................................................................................................................................................... 37. VERIFICACION TÉCNICA VEHICULAR.............................................................................................................................................¡Error! Marcador no definido.6. VEHÍCULO OFICIAL................................................................................................................................................................................................................................. 3

6.1- Definición.......................................................................................................................................................................................................................................... 37. CONDUCTOR AUTORIZADO.................................................................................................................................................................................................................. 4

7.1- Definición.......................................................................................................................................................................................................................................... 47.2- Obligaciones del conductor autorizado.............................................................................................................................................................................................. 47.3– Funcionarios Jerárquicos................................................................................................................................................................................................................... 5

8. JEFE DE MOVILIDAD............................................................................................................................................................................................................................... 58.1- Obligaciones del Jefe de Movilidad................................................................................................................................................................................................... 5

9. VEHICULO OFICIAL A CARGO.............................................................................................................................................................................................................. 610. ASIGNACION DE VEHICULOS............................................................................................................................................................................................................. 6

10.1- Asignación de vehículos para funcionarios..................................................................................................................................................................................... 610.2- Asignación de Vehículos oficiales dentro de cada Jurisdicción......................................................................................................................................................610.3- Reasignación de vehículos entre Jurisdicciones.............................................................................................................................................................................. 710.4- Guardia para emergencias provinciales........................................................................................................................................................................................... 7

11. USO DEL VEHICULO OFICIAL............................................................................................................................................................................................................. 711.1- Uso Permitido.................................................................................................................................................................................................................................. 711.2- Forma de Uso................................................................................................................................................................................................................................... 711.3- Horario de Uso................................................................................................................................................................................................................................. 811.4- Días no laborables y feriados........................................................................................................................................................................................................... 811.5- Vehículo en Comisión...................................................................................................................................................................................................................... 9

12. GUARDA DE VEHICULOS..................................................................................................................................................................................................................... 912.1- Generalidades................................................................................................................................................................................................................................... 912.2- Excepciones a la Guarda del vehículo en estacionamiento oficial..................................................................................................................................................912.2.1- Excepciones a la guarda: Condiciones..........................................................................................................................................................................................9Los vehículos que no se guarden en playa oficial deberán cumplir con las siguientes condiciones:.......................................................................................................9

13. GESTION DE COMBUSTIBLES........................................................................................................................................................................................................... 1013.1- Condiciones Obligatorias............................................................................................................................................................................................................... 1013.2- Cupo de combustible asignado por vehículos................................................................................................................................................................................1013.3- Carga de combustible dentro del Sistema Vigente........................................................................................................................................................................ 1013.6- Comprobante de carga................................................................................................................................................................................................................... 1013.7- Control de cargas y facturación..................................................................................................................................................................................................... 1113.8- Trámites de combustibles.............................................................................................................................................................................................................. 1113.9- Carga de combustible fuera del sistema Vigente........................................................................................................................................................................... 13

14. REPARACION DEL VEHICULO.......................................................................................................................................................................................................... 1314.1- Condiciones Generales................................................................................................................................................................................................................... 1314.2- Tabla de niveles de autorizaciones e intervenciones..................................................................................................................................................................... 1314.3- Proceso de Reparaciones del Vehículo Oficial..............................................................................................................................................................................1414.3.1 - Pasos del procedimiento de reparaciones según Art. 12............................................................................................................................................................1414.2.3 - Diagrama de flujo administrativo.............................................................................................................................................................................................. 1414.3. 2 Servicios de mantenimiento obligatorio......................................................................................................................................................................................1614.3.3- Caja Chica................................................................................................................................................................................................................................... 1614.3.4 Vehículos en Garantía.................................................................................................................................................................................................................. 1614.3.5 Precios Testigos............................................................................................................................................................................................................................ 1614.3.6 Sellados y retenciones del Proveedor........................................................................................................................................................................................... 1614.3.7 Reparaciones adicionales............................................................................................................................................................................................................. 1614.3.8 Artículo 13.................................................................................................................................................................................................................................... 1614.3.6 Puntos a tener en cuenta *............................................................................................................................................................................................................ 1614.4 Policía, Servicio Penitenciario y Vialidad....................................................................................................................................................................................... 17

15. MODIFICACION EN EL VEHICULO OFICIAL.................................................................................................................................................................................. 1716. SEGURO DEL AUTOMOTOR.............................................................................................................................................................................................................. 17

16.1- Alta, baja y modificación de la Cobertura..................................................................................................................................................................................... 1716.3- Distribución de Pólizas y tarjetas................................................................................................................................................................................................... 17

17. ADQUISICIÓN DE VEHICULOS.......................................................................................................................................................................................................... 1817.1 Procedimiento de adquisición......................................................................................................................................................................................................... 1817.2- Característica técnica del vehículo a adquirir................................................................................................................................................................................ 1817.3 – Inscripción del vehículo............................................................................................................................................................................................................... 18

18. MOVIMIENTOS PATRIMONIALES.................................................................................................................................................................................................... 1818.1- Altas y bajas patrimoniales:........................................................................................................................................................................................................... 18

19. ENAJENACION DE VEHICULOS Y OTRAS OPERACIONES REGISTRALES..............................................................................................................................1820. ACCIDENTES......................................................................................................................................................................................................................................... 19

20.1- Generalidades en caso de accidente............................................................................................................................................................................................... 1920.2- Accidentes sin terceros lesionados................................................................................................................................................................................................. 1920. 3- Accidentes con terceros lesionados (transportados o no transportados).......................................................................................................................................1920.4- Otros casos de siniestros................................................................................................................................................................................................................ 2020.5- Prevención de daños mayores....................................................................................................................................................................................................... 20

21. MULTA POR INFRACCION DE TRANSITO...................................................................................................................................................................................... 20ANEXOS.............................................................................................................................................................................................................................................................. 21

A1- LISTADO DE CONTROL PREVIO USO DEL VEHICULO OFICIAL..............................................................................................................................................21A2: LISTADO DE CONTROL MENSUAL DE VEHICULO OFICIAL.....................................................................................................................................................22A3 – TRANSFERENCIA DE CARGO TEMPORAL DE VEHÍCULO.......................................................................................................................................................23A4 – PERITAJE DE INGRESO DEL VEHÍCULO AL TALLER...............................................................................................................................................................24

2

Page 3: Reglamento Parque Automotor - 2011

I – NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

1. OBJETIVO

Establecer normas y procedimientos en lo concerniente al correcto uso y cuidado de los vehículos e insumos del Parque Automotor del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Provincia de Salta, para lograr una optimización de este recurso.

2. ALCANCE

El presente Manual de Normas y Procedimientos será de aplicación para todo el Parque Automotor del Poder Ejecutivo de la Provincia de Salta y sus usuarios.

3. RESPONSABILIDAD Y CARGO

Según lo dispuesto en la Ley de Contabilidad y lo dispuesto en el artículo 1º, inciso d) del Decreto Nº 4955/08, es responsabilidad de los funcionarios que tienen a su cargo los distintos móviles y de los Ministros del área correspondiente o Secretario General de la Gobernación, según corresponda, que tienen a su cargo los distintos móviles, el cumplimiento de dicha normativa. Por lo que es responsabilidad de cada funcionario velar por el correcto uso y cuidado de los vehículos que le fuesen asignados, como así también cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento.

4. INCUMPLIMIENTO

El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento dará lugar a las actuaciones respectivas para hacer efectivas las responsabilidades disciplinarias penales y/o económicas según correspondan.

5. AUTORIDAD DE APLICACIÓN

La Coordinación del Parque Automotor del Poder Ejecutivo de la Provincia de Salta, actuará como Autoridad de Aplicación del presente Reglamento.

6. ACTUACION PREVENTIVA

Cuando la Autoridad de aplicación detecte incumplimientos que pongan en riesgo a los vehículos, sus ocupantes o terceros, podrá bloquear la provisión de combustible, y/o requerir la inmediata restitución del vehículo solicitando el auxilio de la fuerza pública de resultar necesario.

6. VEHÍCULO OFICIAL

6.1- Definición

Se denomina Vehículo Oficial a todo aquel que sea propiedad del Poder Ejecutivo de la Provincia de Salta o los que por contrato estén a su cargo, integrando de tal modo el Parque Automotor.

Cada repartición será responsable de los vehículos oficiales que la Autoridad de Aplicación le haya asignado al Ministerio del cual dependan, de acuerdo a las necesidades del Organismo Ministerial.

Los Vehículos Oficiales solo podrán ser conducidos por el personal que sea Conductor Autorizado estando prohibida la conducción por cualquier persona que no revista tal condición.

3

Page 4: Reglamento Parque Automotor - 2011

7. CONDUCTOR AUTORIZADO

7.1- Definición

Se denomina conductor autorizado al personal a quién la Unidad de Coordinación del Parque Automotor permitiera el uso de un Vehículo Oficial, siempre que:

a. Posea Carnet de Conductor vigente, según los requisitos y Clases de Licencias exigidos por la Ley Nacional de Transito y Seguridad Vial N° 24.449, Decreto Reglamentario 779/95, actualizados por la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Nacional N° 26.363, y su Decreto Reglamentario N° 1716/08.

b. Se encuentre autorizado formalmente por el Secretario de la Jurisdicción o funcionario jerárquico superior.

c. No registre antecedentes de multas por uso irresponsable de vehículos (semáforos en rojo, conducir en estado de ebriedad, exceso de velocidad, circular en contramano), antecedentes por grave incumplimiento en el uso o conservación del vehículo, u otra inhibición interna de su Jurisdicción.

A los fines de la autorización, la Coordinación del Parque Automotor otorgará una tarjeta de habilitación. &a definir con Pablo y Ernesto&

El Conductor Autorizado será el principal responsable del cuidado del Vehículo Oficial y de las acciones que sucedan como consecuencia del inadecuado uso, negligencia o incumplimiento de la Ley.

7.2- Obligaciones del conductor autorizado

a. Conocer y cumplir las Leyes de Tránsito vigentes, Decretos Reglamentarios y Ordenanzas Municipales.

b. Respetar el Reglamento vigente y toda norma que posteriormente se dicte referente al uso de vehículos oficiales.

c. Comprobar el estado del vehículo antes de su uso según el anexo A1: LISTADO DE CONTROL PREVIO AL USO DE VEHICULO OFICIAL.

d. Realizar la búsqueda de presupuestos de reparación si les fuese requerido, según las indicaciones del procedimiento de reparaciones vigente ( ver 14.3.6 del presente reglamento).

e. No hacer abandono del Vehículo Oficial, salvo circunstancias de necesidad de atención médica, comunicando inmediatamente al Jefe de Movilidad y/o a la Coordinación del Parque Automotor.

f. Cumplir con las normas de seguridad para consigo mismo y respecto de terceros. Entiéndase, por tales, el uso de los elementos de seguridad vehicular tales como cinturones de seguridad, luces de emergencia, sirena, balizas, etc.

g. Manejar prudentemente, con un manejo defensivo, debiendo mantener en todo momento el pleno dominio del vehículo, aún hasta por la imprudencia de los demás conductores o transeúntes, previendo siempre las condiciones de manejo propias y las circunstancias del medio.

h. Llevar un control de remitos de combustible y entregarlo semanalmente al responsable de movilidad.

i. Poner inmediatamente en conocimiento de la superioridad todo acto o procedimiento relacionado con el Vehículo Oficial y/o condición de Conductor Autorizado que pueda causar perjuicio o configurar delito, con copia a la Coordinación del Parque Automotor.

4

Page 5: Reglamento Parque Automotor - 2011

j. Colaborar con el Jefe de Movilidad y la Coordinación del Parque Automotor, comunicando cualquier novedad de los Vehículos Oficiales.

k. Verificar, de ser posible, las piezas reemplazadas y reparaciones del vehículo al momento de retirarlo del taller.

l. Permanecer en el lubricentro mientras se realiza el servicio de mantenimiento y asegurarse se coloquen los fluidos y filtros correspondientes.

m. Responder en forma clara y detallada a los pedidos de informes solicitados por la Coordinación del Parque Automotor.

n. Responder patrimonialmente por los gastos derivados por el inadecuado uso del vehículo oficial, que sean consecuencia de imprudencia, impericia o negligencia en el arte de la conducción, así como por las erogaciones que tuviere que realizar la Administración Pública por el incumplimiento de las Normas de Tránsito vigentes y/o del presente Reglamento, incluidas las multas por las infracciones cometidas, por el agente. &Ver cómo está en la Ley&

o. Concurrir a los cursos de capacitación que disponga la Coordinación del Parque Automotor.

p. Usar el vehículo únicamente para la función asignada, de conformidad a lo previsto en el artículo 11.1. Incurrirá en falta grave el conductor autorizado que contravenga esta obligación utilizando el Vehículo Oficial para satisfacer fines personales.

q. Sin perjuicio de las obligaciones precedentes, que son meramente ejemplificativas, debe velar por el correcto uso del vehículo asignado, conforme lo haría un propietario responsable, aplicándose supletoriamente las normas civiles sobre depósito voluntario regular gratuito. Sin embargo, el depositario del Vehículo Oficial no podrá efectuar retención sobre el mismo, ni pretender efectuar compensación alguna.

7.3– Funcionarios Jerárquicos

Los Coordinadores Generales, Directores, Secretarios y Ministros no podrán conducir los Vehículos Oficiales salvo excepciones debidamente acreditas que serán elevadas al Sr. Gobernador para su autorización.

8. JEFE DE MOVILIDAD

En caso necesario, la Autoridad de Aplicación requerirá a los Ministerios la asignación de funciones de Jefe de Movilidad, y el agente a cuyo cargo se encuentre dicha función, será el responsable de coordinar el uso de los Vehículos Oficiales, cumplir y hacer cumplir este Reglamento. Será, asimismo el interlocutor entre la Jurisdicción del cual dependa y la Coordinación del Parque Automotor.

8.1- Obligaciones del Jefe de Movilidad

a. Conocer, cumplir y hacer cumplir las Leyes de Tránsito vigentes, Decretos Reglamentarios y Ordenanzas Municipales.

b. Respetar el Reglamento vigente y toda norma que posteriormente se dicte referente al uso de Vehículos Oficiales.

c. Controlar semanalmente el estado de los Vehículos Oficiales a su cargo, según el Anexo A2: LISTADO DE CONTROL MENSUAL DE VEHICULO OFICIAL.

5

Page 6: Reglamento Parque Automotor - 2011

d. Enviar mensualmente a la Coordinación del Parque Automotor un listado de los vehículos bajo su órbita detallando el estado de los mismos (alta-inmovilizado-baja).

e. Confrontar los remitos de combustibles con los datos entregados por la Coordinación del Parque Automotor.

f. Coordinar y asegurar la Revisión Técnica Obligatoria de su parque automotor.

g. Controlar la observancia de los requisitos exigidos a los conductores autorizados, informando, a sus superiores y a la Coordinación, las desviaciones constatadas del Reglamento.

h. Verificar la guarda nocturna de los Vehículos Oficiales.

i. Responder en forma clara y detallada los informes solicitados por la Coordinación del Parque Automotor.

j. Responder patrimonialmente, en forma solidaria con el principal responsable, por los gastos derivados de la omisión en el control del parque vehicular a su cargo.

9. VEHICULO OFICIAL A CARGO

Todo Vehículo Oficial debería estar a cargo de un Conductor Autorizado.

De no ser posible, el Jefe de Movilidad velará por el mismo.

Al momento del uso, el cuidado del Vehículo Oficial se transferirá al Conductor Autorizado, debiendo observarse al respecto el Anexo A3: TRANSFERENCIA DE CARGO TEMPORAL DEL VEHÍCULO , que deberá ser aplicado por el Jefe de Movilidad para el control al momento de la devolución del vehículo.

10. ASIGNACION DE VEHICULOS

10.1- Asignación de vehículos para funcionarios

Solamente tendrán asignación exclusiva, y de tiempo completo de vehículos, las siguientes personas:

El Sr. Gobernador y el Sr. Vicegobernador.

Los Sres. Ministros y el Sr. Secretario General de la Gobernación.

Las que, por disponibilidad de tiempo completo, hayan sido autorizados por el Sr. Gobernador o por el Sr. Vicegobernador.

10.2- Asignación de Vehículos oficiales dentro de cada Jurisdicción.

Cada Jurisdicción reasignará los vehículos a sus Reparticiones, de acuerdo a las razones de oportunidad, mérito o conveniencia.

Las modificaciones permanentes deberán ser comunicadas, mediante nota firmada por el Sr. Ministro, el Sr. Secretario General de la Gobernación o el funcionario que haya recibido dicha función por delegación, a la Coordinación del Parque Automotor para que la misma efectué el peritaje, previa entrega, y las correcciones presupuestarias en los Cursos de Acción respecto de los gastos del vehículo (Seguro y Combustible), como así también las modificaciones en el Sistema de Gestión.

6

Page 7: Reglamento Parque Automotor - 2011

10.3- Reasignación y afectaciones de vehículos entre Jurisdicciones

a- Reasignación y afectación o uso temporal: La Coordinación del Parque Automotor tendrá la facultad de disponer y utilizar sin restricciones los vehículos de las distintas Jurisdicciones, según las necesidades del Gobernador o situaciones de emergencia, conforme al criterio de oportunidad, mérito o conveniencia.(Decreto 5374/10 – Art.2).

Los mismos serán requeridos con Conductor Autorizado, salvo los casos en que la Coordinación del Parque Automotor indique lo contrario. En tales casos, se utilizará el A3: TRANSFERENCIA DE CARGO TEMPORAL DEL VEHÍCULO.

Los gastos de viáticos y combustibles que tuviere el Vehículo Oficial correrán por cuenta de la Jurisdicción o Repartición que temporalmente lo utilizare.

En el caso de reparación por desperfectos o accidentes en el vehículo transferido temporalmente, el Perito Mecánico de la Coordinación del Parque Automotor, y en su caso el externo si correspondiere, determinará la responsabilidad a la hora de imputar los gastos por esos conceptos.

b- Reasignación y afectación permanente de vehículos: Por disposición del Sr. Gobernador, por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, la Coordinación del Parque Automotor podrá realizar los movimientos que considere necesarios (Decreto 5374/10. Art. 2)

El funcionario que reciba el vehículo deberá firmar el acta de A4: ACTA DE ASIGNACION DE VEHICULO

OFICAL cuyo original será archivado en las oficinas de Patrimonio del Estado Provincial.

La Coordinación del Parque Automotor efectuará el peritaje previa entrega, y las correcciones en los Cursos de Acción respecto de los gastos del vehículo (Seguro y Combustible), como así también las modificaciones en el Sistema de Gestión.

10.4- Guardia para emergencias provinciales

Todas las Jurisdicciones deberán mantener en guardia pasiva un vehículo con su conductor autorizado, según un cronograma que enviará la Coordinación del Parque Automotor.

Los mismos deberán estar listos para ser puestos a disponibilidad de las reparticiones que lo solicitaran en caso de catástrofe u otra emergencia provincial.

11. USO DEL VEHICULO OFICIAL

11.1- Uso Permitido

Todo Vehículo Oficial será utilizado exclusivamente para uso oficial y en función del objetivo de cada jurisdicción. No estará permitida su utilización para una finalidad distinta para la cual fueron integrados al Parque Automotor.

No se considera uso oficial el traslado desde o hacia el domicilio particular del funcionario o agente , salvo los casos mencionados en el punto 10.1-

11.2- Forma de Uso

El Vehículo Oficial deberá utilizarse procurando su cuidado, la seguridad de sus ocupantes y la de los terceros, bajo las siguientes condiciones:

7

Page 8: Reglamento Parque Automotor - 2011

a. Respetando las normas de Tránsito para su conducción y condiciones de uso en lo que respecta a seguridad, rodados, iluminación, ocupantes, etc.

b. Realizando un Listado de Control previo (ANEXO A1)

c. En adecuadas condiciones mecánicas y de mantenimiento.

d. Según las posibilidades del vehículo en cuanto a exigencias del terreno, condiciones climáticas, carga, velocidad, etc.

e. Con documentación completa y elementos exigidos por Ley.

f. Con los carteles obligatorios (ploteo oficial).

g. Con chapa patente debidamente instalada.

h. Con la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria vigente.

i. Con un manejo defensivo, previendo siempre las condiciones de manejo propias y las circunstancias del medio, debiendo mantener siempre el pleno dominio del vehículo, aún hasta por la imprudencia de los demás conductores o transeúntes.

j. Está prohibido fumar dentro del vehículo oficial.

k. Los vehículos oficiales no estarán polarizados, salvos casos excepcionales que impliquen el resguardo de funcionarios con alto nivel de exposición pública (Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General)

LOS VEHICULOS NO DEBERÁN SER UTILIZADOS SI ESTAN EXCEDIDOS EN EL KILOMETRAJE RESPECTO A SU SERVICIO DE MANTENIMIENTO O NO SE ENCUENTRAN EN ADECUADAS CONDICIONES MECANICAS.

11.3- Horario de Uso

El horario de uso del Vehículo Oficial deberá ser acorde con el horario de trabajo y/o necesidades de la repartición, debiendo procederse a la guarda, conforme lo dispuesto en el artículo 12, a partir de las 22:00 hs.

Concluido el uso diario, todos los móviles deberán ser depositados en las dependencias asignadas para tal fin, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 12.

No se deberán utilizar los vehículos oficiales en horario nocturno, a partir de las 22 hs (salvo que se trate de un regreso de una comisión, coberturas al Gobernador o emergencias), aunque implique un uso oficial. Cualquier excepción deberá comunicarse a la Coordinación del Parque Automotor. &esto es para evitar la excusa de que “estaba en cena con funcionarios de Nación o de juan pirulo”, que aunque sea cierto el riesgo de que manejen con copas encima es muy alto. Que lo lleven en vehículo particular como es en cualquier empresa&.

11.4- Días no laborables y feriados

No estará permitido el uso del Vehículo Oficial durante los días no laborables y feriados, y fuera del horario de trabajo, salvo cobertura del Sr. Gobernador, automotores policiales, ambulancias o los que cumplan funciones de control fiscal, sanidad ambiental, y demás supuestos en los que sea necesaria su utilización oficial, y se encuentren previstos legal o reglamentariamente. Cualquier excepción deberá comunicarse a la Coordinación del Parque Automotor.

8

Page 9: Reglamento Parque Automotor - 2011

11.5- Vehículo en Comisión

a. Las Comisiones deberán estar autorizadas por el funcionario responsable de la respectiva Jurisdicción, que tuviere asignación vehicular.

b. Los integrantes de la Comisión deberán realizar un plan de viaje, consignando horario de salida y regreso estimado, más el itinerario a recorrer para tal fin.

c. Se evitará la circulación nocturna, antes de las 7 de la mañana o en condiciones climáticas adversas, de manera tal de evitar los horarios con mayor cantidad de accidentes.

12. GUARDA DE VEHICULOS

12.1- Generalidades

a. El Vehículo Oficial deberá guardarse, todos los días de la semana, en el sitio definido por cada repartición.

b. Este sitio deberá ser playa oficial o contratada que cuente con sistema de seguridad.

c. Se deberá informar el sitio de Guarda a la Coordinación del Parque Automotor, como así también cualquier modificación ocurrida respecto de ese lugar.

d. La Coordinación del Parque Automotor estará facultada para requerir a la Policía de la Provincia el retiro del vehículo oficial, respecto del cual no se cumpla con esta disposición.

12.2- Excepciones a la Guarda del vehículo en estacionamiento oficial

Se autorizará la guarda del Vehículo Oficial, en lugar distinto al indicado precedentemente, en los siguientes casos:

a. Guardia pasiva para cobertura de tiempo completo del Sr. Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 10.1 del presente Reglamento.

b. Disponibilidad de tiempo completo para operaciones críticas (seguridad, auxilios, combustibles).

c. Vehículo que, encontrándose en comisión, deba pernoctar en otra localidad por viaje oficial.

d. Cualquier otra excepción deberá contar con la autorización firmada del respectivo Ministro o en su caso por el Sr. Secretario de la Gobernación, poniendo en conocimiento a la Coordinación del Parque Automotor para su control.

12.2.1- Excepciones a la guarda: Condiciones

Los vehículos que no se guarden en playa oficial deberán cumplir con las siguientes condiciones:

a. Sitio de guarda: Cerrado, con techo, ingreso/s con cerradura y en lo posible que cuente con sistema de seguridad.

b. Vehículo: Deberá estar equipado con alarma volumétrica, con la rueda de auxilio protegida con un elemento de seguridad y guardarse bajo llave y con la alarma activada.

c. Todo gasto que fuera consecuencia de robo de vehículo o sufrido en el mismo será a cargo del conductor autorizado o funcionario requirente de tal excepción.

d. No se deberá dejar el vehículo en la calle, finalizado su uso oficial a las 21:00 hs.

9

Page 10: Reglamento Parque Automotor - 2011

e. En caso de detectarse un USO NO OFICIAL del vehículo, además de las sanciones que correspondan, quedará sin efecto la excepción de guarda autorizada.

f. En período de licencia del Funcionario a cargo, el vehículo deberá ser depositado en playa oficial, con previo conocimiento de la Autoridad de Aplicación.

13. GESTION DE COMBUSTIBLES

13.1- Condiciones Obligatorias

a. Odómetro (Cuenta kilómetro): Deberá funcionar correctamente, para poder realizar el control de consumo de combustible. De no ser así, se mantendrá un cupo mínimo en dicho vehículo de 150 lts/mensuales.

b. Carga de combustible: Cualquiera sea su modalidad, el ticket deberá contar con los datos del vehículo y el kilometraje al momento de la carga.

c. Identificación de vehículo: Se efectuará con la chapa patente y/o número de interno. No se cargará combustible en el vehículo que no se encuentre debidamente identificado.

13.2- Cupo de combustible asignado por vehículos

Todo Vehículo Oficial tendrá asignado un cupo de combustible mensual, determinado por su uso y el cupo total otorgado a cada Jurisdicción según el presupuesto presentado, el cual no podrá aumentarse, salvo reasignación interna de la repartición que no implique un aumento del total de su cupo. Cualquier modificación al cupo mensual de cada Vehículo Oficial, que importe un excedente del total asignado a cada repartición, deberá estar autorizado por el Sr. Ministro de Finanzas quien evaluará la factibilidad respecto al gasto y presupuesto de dicha Jurisdicción.

13.3- Carga de combustible dentro del Sistema Vigente

La carga de combustible con el Sistema Vigente, se realizará presentando una tarjeta asignada a cada vehículo, con una clave o PIN entregada al conductor autorizado.

Condiciones para la carga:

a. Se realizará sólo sobre el Vehículo Oficial debidamente identificado.

b. Se efectuará a tanque lleno, salvo faltante de cupo.

c. Se indicará al playero el kilometraje del vehículo al momento de la carga.

d. Se firmará el comprobante de carga.

e. Se entregará la documentación que acredite el PIN usuario.

13.6- Comprobante de carga

Será obligatorio guardar el comprobante de carga de combustible emitido por las Estaciones de Servicio con el sistema vigente, el que deberá ser entregado al respectivo Jefe de Movilidad para su control.

10

Page 11: Reglamento Parque Automotor - 2011

13.7- Control de cargas y facturación

Toda repartición deberá enviar a las oficinas de combustible; centralizado por ministerio u ente autárquico; todos los remitos de cargas realizados mediante el sistema vigente de tarjetas (ej.Refipass), junto con una planilla con el siguiente formato, donde se coloca un ejemplo:

Dominio Fecha carga

Sistema Nº Remito/Factura

Estacion de servicio

kilometraje Monto Litros cargados

HUV550 10/01/2011 Refipass 001-015155 El Virrey 88324 48

HUV550 15/10/2011 Fuera sistema 001-0032411 Cafayate 88550 $110 20

Observaciones: Para un correcto control del rendimiento, es obligatorio además colocar en esta planilla las cargas realizadas “Fuera de sistema” (dinero u otros), detallando además el importe en la última columna.

La rendición debe ser presentada antes del día diez (10) del mes siguiente a las cargas.

Las observaciones de la devolución de la Coordinación deberán responderse antes del día 25 del mismo mes.

13.8- Trámites de combustibles

OPERATORIA – documentación solicitada CONDICIONES TIEMPOS DE EJECUCION

Cupo para nuevo vehículo- Nota solicitante:

Firma Ministro Dominio Repartición y curso de acción asignado Responsable Cupo en litros Conductor asignado

-Fotocopia alta Patrimonial-Fotocopias Legales (para comodatos, empresas o depósitos judiciales)

- Disponibilidad de crédito - 15 días aproximadamente.

Aumento de Cupo Permanente- Nota solicitante:

Firma Ministro Dominio Motivo Cantidad de Cupo

- Disponibilidad de crédito- Guarda de vehículo en sitio oficial- Tickets de combustibles presentados para control en oficina de combustibles- Correcta declaración de kilometraje en las cargas de combustible - Correcto Rendimiento histórico de combustible

- Martes y Viernes antes de las 13 hs. Impacta a las 17 hs

Aumento de Cupo Temporal/ Carga Extra- Nota solicitante:

Firma Coordinador/Secretario Dominio Motivo Cantidad de Cupo

- Ídem anterior- Cargas extras en EESS:Disponibilidad de cupo en tarjeta genérica de la Coordinación ( Solo ambulancias, patrulleros, gobernador y Vice)

- Martes y Viernes antes de las 13 hs. Impacta a las 17 hs- Carga en EESS: de 13:30 a 14:00 hs en EESS a coordinar previamente con oficina de combustibles

11

Page 12: Reglamento Parque Automotor - 2011

Movimiento de Cupos entre vehículos- Nota o correo electrónico enviada por Coordinador, Jefe de Movilidad o responsable de la repartición.- Dominio de ambos vehículos- Cantidad transferida

- Vehículos de la misma repartición- Disponibilidad de cupo en vehículo donador

- Martes y Viernes antes de las 13 hs. Impacta a las 17 hs

Carga en Bidones- Nota solicitante:

Firma Coordinador/Secretario Dominio Motivo Cantidad

-Cupo disponible del vehículo-Correcto Rendimiento histórico de combustible- Bidones para carga los debe traer la repartición.

-Carga en EESS: de 13:30 a 14:00 hs en EESS a coordinar previamente con oficina de combustibles

Carga Fuera de sistema - Control de Rendimiento-Nota solicitante:

Firma Coordinador/Secretario Motivo Dominio del vehículo

- Cuadro de cargas desde el momento de salida al regreso del vehículo con los siguientes datos:

Fecha y hora Lugar Kilómetros al momento de la carga Cantidad Importe

Incluye cargas dentro del sistema.

-Tickets de compra y remitos del sistema vigente ordenados cronológicamente

- Partir a la comisión con tanque lleno, carga con Sistema vigente.- Llenar el tanque con sistema vigente al momento de llegada. Aclarar si no alcanzó el cupo.- Cargar en EESSS seguras, con banderas (Refinor, YPF, SHELL)- Correcto rendimiento de combustible,

-Con la nota, el cuadro de cargas y los tickets ordenados se puede calcular al momento o en un par de días. -De no ser así o tratarse de muchos vehículos, cada 15 días se recibe la información de Refinor/YPF con lo que podrá realizarse el cálculo de rendimiento de combustible.

Solicitud de PIN-Nota solicitante

Firma Coordinador/Secretario Vehículo a conducir Fotocopia DNI donde figure domicilio

legal Fotocopia licencia de conducir Reunión informativa previa en

Coordinación

-Domicilio legal del interesado debe coincidir con municipio que emitió la licencia.- Conocer las reglas de básicas de tránsito:

15 días de la solicitud de PIN

Carga Fuera de sistema - Control Rendimiento VEHICULO PARTICULAR

Procedimiento

-Nota solicitante: Autorización Ministro Motivo Dominio del vehículo

- Cuadro de cargas desde el momento de salida al regreso del vehículo:

Fecha y hora Lugar kilómetros al momento de la carga cantidad

- Seguro automotor con Cobertura Todo Riesgo con comprobante de pago.

PROCEDIMIENTO:1-Partir a la comisión con tanque lleno - (indispensable para un correcto cálculo del rendimiento) 2-Colocar kilometraje en la/las facturas al momento de carga.3- Al regreso, en Salta, cargar a tanque lleno del tanque. (Colocar kilometraje en la factura).

12

Page 13: Reglamento Parque Automotor - 2011

importe

-Tickets ordenados cronológicamente-Fotocopia Seguro con Cobertura Todo Riesgo con comprobante de pago (PREVIO AL VIAJE).

-Cálculo del Rendimiento (a realizar por la Coord. Parque Aut.) Sumatoria de todos los litros consumidos/kilómetros recorridos.

Importante: No se contabiliza la carga a tanque lleno antes de partir, pero si la ultima carga de tanque al llegar al punto de salida.

De todos modos, se debe incluir el primer ticket para conocer el kilometraje a la salida.

13.9- Carga de combustible fuera del sistema Vigente

La carga de combustible fuera del Sistema será admisible sólo para el supuesto en que no se disponga del Sistema Vigente. Deberá estar autorizada por el Ministro, Secretario General de la Gobernación, o por quién le haya sido delegada la función respectiva y tener el control de Rendimiento por la Coordinación del Parque Automotor.

Si el Vehículo Oficial tuviere un promedio de consumo de combustible mayor al calculado para dicho modelo, no se aprobará la factura que lo contenga, a menos que hubiere existido una situación particular expresamente justificada por la repartición.

14. REPARACION DEL VEHICULO

14.1- Condiciones Generales

a. Cuando el estado mecánico del Vehículo Oficial se encuentre en riesgo por falta de mantenimiento, reparaciones pendientes, u otras circunstancias, no deberá ser utilizado hasta tanto se proceda a su reacondicionamiento.

b. Todo Vehículo Oficial deberá ser sometido al servicio de mantenimiento preventivo según indicaciones del fabricante.

c. A los fines de las respectivas contrataciones por reparaciones se tendrá en cuenta la ley de contrataciones de la provincia n° 6.838, y su decreto reglamentario n° 1448/96.

d. Sin perjuicio de ello, el procedimiento de reparaciones del Vehículo Oficial, se ajustará al proceso descripto en el Proceso de Reparaciones.

e. Intervención de la Coordinación del Parque Automotor (CPA): actuará como unidad de control mediante los correspondientes peritajes, asesoramiento, selección de presupuestos y registro de datos.

14.2- Tabla de niveles de autorizaciones e intervenciones

TipMontos de la

reparaciónPresupuestos

Precios Testigo (P.T.)

Intervención CPA

Firma Repartición

Imp. Prev.

O.C.Inst.

Jurídico Publicación

1 Mantenimiento obligatorio

Proveedores preelegidos

no si Jefe Movilidad no no no no

2 < $ 400 Sin presupuesto no si Jefe Movilidad no no no no

3 ($ 400 y $ 1500) tres o uno con P.T UCC/SIGA o tres pres. si Director no no no no

4 ($ 1500 y $ 5.000) Tres UCC/SIGA o tres pres. si Secretario si no no no

13

Page 14: Reglamento Parque Automotor - 2011

5 ($ 5.000 y $ 15.000) Tres UCC/SIGA si Secretario si si si no

6 ($ 15.000 y $ 25.000) Tres UCC si Ministro si si si no

7 ($ 25.000 y $ 50.000) Concurso de precios

no si Ministro si si si Si

8 Más de $ 50.000 Licitación Pública no si Ministro si si si Si

14.3- Proceso de Reparaciones del Vehículo Oficial

Cualquier proceso debe estar en función de sus objetivos y nos los objetivos en función del proceso, situación que llevaría a una “parálisis burocrática”

El proceso de reparaciones descripto abajo es el resultado de la experiencia para lograr una mayor agilidad, control y adecuación a la Ley Vigente, aunque no necesariamente se debe cumplir en ese orden.

Por ejemplo, el Responsable de la repartición autorizar el gasto de la reparación antes de la Autorización Técnica de la Coordinación, teniendo en cuenta los presupuestos.

14.3.1 - Pasos del procedimiento de reparaciones según Art. 12

Nº Paso Responsable Registro administrativo

1 Peritaje de falla con verificación de Ficha técnica

CPA Ficha de peritaje mecánico

2 Solicitud de reparación Repartición Expediente en SICE

Solicitud SIGA o Nota firmada por Jefe de Repartición

Ficha Técnica vehículo

3 Solicitud de Presupuestos * Repartición Presupuestos membretado y firmado por proveedor o invitación firmada por proveedor (o responsable negocio)

4 Vº Bº Técnico, selección y autorización técnica del presupuesto

CPA Firma Coordinador sobre presupuesto seleccionado

5 Autorización del Gasto. Repartición Firma sobre presupuesto seleccionado o cuadro comparativo del Jefe de Movilidad, Director, Secretario o Ministro, según importe.

6 Imputación Preventiva y Orden de Compra en caso de corresponder

SAF Impresión de Imputación Preventiva y/o Orden de Compra

7 Reparación con intervención del Parque Automotor si corresponde *

Proveedor Firma en factura de quien retira el vehículo

8 Peritaje de reparación CPA Firma Perito Mecánico en factura.

9 Autorización para pago CPA Firma la factura el Coordinador del Parque Automotor o quien delegue la firma para reparaciones menores.

10 Registro de reparación en SIGA CPA o autorizados

Ficha técnica completa o comprobante de carga.

11 Proceso de pagos de Factura SAF Documentos internos de procedimiento de pago

12 Otras intervenciones según corresponda USI/Legales Dictámenes, aprobaciones, etc.

14

Page 15: Reglamento Parque Automotor - 2011

14.2.3 - Diagrama de flujo administrativo

Se adjunta el diagrama de flujo administrativo. La figura: representa un soporte en papel (peritaje, presupuestos, solicitud, OC, factura) que son necesarios para el armado del expediente. La flecha indica donde se van agregando dichos documentos.

15

Page 16: Reglamento Parque Automotor - 2011

16

Page 17: Reglamento Parque Automotor - 2011

14.3. 2 Servicios de mantenimiento obligatorio

Dado el fraude existente en el mercado y las consecuencias que implican, se utilizarán los proveedores previamente testeados por la Coordinación, quienes deberán presupuestar periódicamente el costo de los servicios de mantenimiento. Para lograr una mayor fluidez y evitar roturas mayores, solo son obligatorios el cumplimento de los pasos 2, 4, 7, 8, 9, 10 y 11 del cuadro Pasos del procedimiento de reparaciones según art. 12.

14.3.3- Caja Chica

Para reparaciones con caja chica no es necesario el pedido de tres presupuestos, pero si el cumplimiento del peritaje de reparación y peritaje de falla (salvo que la reparación se haya realizado en una situación de emergencia).

14.3.4 Vehículos en Garantía

Los servicios de mantenimiento podrán realizarse en la concesionaria oficial para no perder la garantía, cumplimentando los mismos pasos del Servicio de Mantenimiento obligatorio. Importante: Consulte con la Coordinación del Parque Automotor que reparaciones implican la pérdida de la garantía. Aunque no es obligatorio mantener la Garantía del Vehículo, es recomendable.

14.3.5 Precios Testigos

En caso de corresponder, los precios testigos los solicitará la Coordinación del Parque Automotor sin perjuicio de requerirlo también cuando corresponda al respectivo S.A.F. Se podrá utilizar los precios del históricos registrados en el SIGA. De haber complicaciones o atrasos en la obtención de Pecios Testigos por parte de la UCC, el procedimiento seguirá su curso pasadas las 48 hs para vehículos de emergencia y 96 hs para el resto.

14.3.6 Sellados y retenciones del Proveedor

Los montos correspondientes a los sellados y retenciones al proveedor podrán descontarse por sistemas. En estos casos, el proveedor deberá retirar de Tesorería los respectivos comprobantes.

14.3.7 Reparaciones adicionales

Si surgiese cualquier reparación adicional, el taller deberá comunicarse con la Coordinación del Parque Automotor para su verificación y control de los costos adicionales. Si las mismas superan en un 20 % del monto original, vale el mismo procedimiento descripto arriba para su autorización.

14.3.8 Artículo 13

Los dictámenes jurídicos correspondientes al Artículo 13 deberán ser gestionados por cada repartición. Sin embargo, es necesaria la intervención de la CPA para los correspondientes peritajes y verificación de precios.

Por otro lado, la CPA podrá solicitar la aplicación de dicho artículo para reparaciones críticas o de alta complejidad donde es conveniente la intervención de talleres especializados o concesionarias oficiales en pos de asegurar el resguardo del vehículo.

14.3.9 Puntos a tener en cuenta *

Presupuestos: Los presupuestos los pide cada repartición (el jefe de movilidad o conductor). Esto hace a la agilidad y transparencia del proceso. De ser necesario, la Coordinación solicitará presupuestos adicionales o aclaraciones al proveedor. El presupuesto debe contener:

Hoja membretada y firma y sello del proveedor/responsable del negocio, o invitación con firma del proveedor/responsable del negocio.

Detalle de repuestos con marca e importe (de no colocar marca se considerara como el de menor calidad al momento de la elección del presupuesto)

17

Page 18: Reglamento Parque Automotor - 2011

Importe de la Mano de Obra Garantía de la reparación

Ingreso del Vehículo al taller: Para mayor seguridad, el Jefe de Movilidad o Conductor autorizado podrá completar el Anexo A4: Peritaje de ingreso de vehículo a taller, y hacerlo firmar por el responsable del taller. Esto será importante para el resguardo del vehículo.

Retiro del Vehículo del taller: Al momento del retiro del vehículo, el jefe de movilidad o conductor autorizado deberá:

Verificar el cambio de repuestos y la marca cuando sea posible. Constatar el funcionamiento del vehículo, para comprobar la reparación. Controlar, mediante el Anexo A4: Peritaje de entrega de vehículo a taller, que el vehículo

se encuentre en iguales condiciones en el que fue dejado. Confrontar y conformar la factura, de manera tal que sea coherente con el presupuesto.

14.4 Policía, Servicio Penitenciario y Vialidad

Por cuestiones operativas y dado que manejan talleres propios estas tres reparticiones no están afectadas a la intervención de la Coordinación del Parque Automotor, salvo pedidos de casos particulares que dichas reparticiones o la USI lo requieran.

15. MODIFICACION EN EL VEHICULO OFICIAL

Cualquier modificación realizada en el vehículo, que se menciona a manera ejemplificativa: colocación y/o retiro de accesorios, cambio de rodados, deberá ser efectuada en concordancia a lo dispuesto por la Ley Nacional de Tránsito, su Decreto Reglamentario, y estar aprobada además por la Coordinación del Parque Automotor.

El responsable de la modificación realizada en contravención a lo dispuesto en este artículo, asumirá tanto su costo como sus consecuencias.

16. SEGURO DEL AUTOMOTOR

La Coordinación del Parque Automotor será la Autoridad encargada de pactar la cobertura asegurativa a los vehículos Oficiales, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones y su Decreto Reglamentario. Asimismo, controlará la facturación y el correcto funcionamiento operativo de la misma.

16.1- Alta, baja y modificación de la Cobertura

Cualquier alta, baja o modificación de la cobertura deberá ser solicitada a la Coordinación del Parque Automotor mediante nota firmada por el Sr. Ministro o quién ejerciere la función delegada. Luego de su análisis y aprobación, la Coordinación del Parque Automotor gestionará dicha modificación ante el seguro.

16.3- Distribución de Pólizas y tarjetas

La Coordinación del Parque Automotor entregará las pólizas y tarjetas a los Jefes de Movilidad de cada Jurisdicción o Repartición, quiénes deberán asegurarse que las mismas se encuentren en cada vehículo.

18

Page 19: Reglamento Parque Automotor - 2011

17. ADQUISICIÓN DE VEHICULOS

17.1 Procedimiento de adquisición

Toda adquisición de vehículos, de cualquier tipo, debe realizarse por medio de la Coordinación General de Compras, Unidad dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, u organismo que en el futuro lo reemplace, la que actuará con arreglo a lo previsto en las Leyes y Reglamentaciones que regulan las Contrataciones.

La solicitud de adquisición deberá efectuarse mediante nota firmada por el Sr. Ministro, justificando el motivo e indicando el uso que se hará del automotor.

17.2- Característica técnica del vehículo a adquirir

La Coordinación del Parque Automotor realizará en conjunto con el Órgano Administrativo requirente, el análisis técnico del vehículo a procurar.

17.3 – Inscripción del vehículo

Los vehículos saldrán a nombre de la Provincia de Salta, estando autorizados a firmar el Sr. Contador de la Provincia todos los formularios registrales.

Los títulos automotores serán archivados por la oficina de Patrimonio de la Provincia, o el organismo que en el futuro lo reemplace.

La repartición a quién se le asigna el vehículo firmará el acta de recepción y cargo del vehículo y realizará el alta patrimonial correspondiente. El título automotor será archivado en la oficina de Patrimonio de la Provincia

18. MOVIMIENTOS PATRIMONIALES

18.1- Altas y bajas patrimoniales:

Las altas y bajas patrimoniales estarán a cargo de la oficina de Patrimonio de la provincia, quien archivará todos los Títulos automotores y A4: ACTA DE ASIGNACION DE VEHICULO OFICAL.

Adicionalmente, cada repartición será la encargada de iniciar el registro las altas y bajas patrimoniales de sus vehículos, debiendo efectuar la comunicación correspondiente a su respectivo servicio patrimonial.

La Coordinación del Parque Automotor efectuará las correcciones en los Cursos de Acción respecto de los gastos del vehículo (Seguro y Combustible), como así también las modificaciones en el Sistema de Gestión.

19. ENAJENACION DE VEHICULOS Y OTRAS OPERACIONES REGISTRALES

Cualquiera sea su modalidad, deberá cumplirse con la Ley N° 6.838, sobre Contrataciones del Estado, con su Decreto Reglamentario N° 1.448/96, con la Ley de Contabilidad de la Provincia, Decreto Ley 705/57, Texto Ordenado por Decreto 6.912/72, con el Régimen de Contabilidad y Control del Patrimonio del Patrimonio del Estado, Decreto N° 7655/72, modificado por Decretos N° 333/86, 2353/86, 3413/98, 3263/00 y normas concordantes. Patrimonio de la Provincia será la encargada de la ejecución de estos

19

Page 20: Reglamento Parque Automotor - 2011

procedimientos quién contará con la colaboración de la Coordinación del Parque Automotor respecto a consultas de índole mecánica.

20. ACCIDENTES

20.1- Generalidades en caso de accidente

Detenerse inmediatamente. La ley requiere que el vehículo sea detenido y se proporcione ayuda. Permanecer en la escena, proporcionar y obtener información a y de las otras personas implicadas y a las autoridades judiciales, si es necesario.

No asuma ni firme acuerdos de responsabilidad alguna ante terceros, porque ello puede originar la exclusión de cobertura asegurativa.

Denunciar y entregar la documentación requerida ante el Seguro Contratado antes de las 72 hs de ocurrido el siniestro.

20.2- Accidentes sin terceros lesionados

a) Solicitar y proporcionar al tercero involucrado:

El número de la licencia de conducir, aclarando el Municipio y fecha de vencimiento. Nombre y número de DNI. Dirección y teléfono donde ubicarlo. Solicite la Cedula Verde del vehículo y anote los datos: Titular, Dominio, Marca y Modelo. Solicite la constancia de contratación del seguro obligatorio. Anote los siguientes datos: Nombre

y la dirección de la Compañía de Seguros y el número de póliza. En el caso en que el propietario del vehículo participante sea distinto al que figura en la cédula

verde, requiera información respecto de los datos del dueño.

En caso de ser posible, se sacará una copia de los documentos requeridos.

b) Solicitar datos de los testigos del accidente.

c) Denunciar el hecho ante cualquier autoridad de aplicación dentro de las 72 hs. de ocurrido el siniestro (Policía, Dirección de Tránsito, Juez de Paz).

d) Comparecer y declarar ante la autoridad de juzgamiento o de investigación administrativa cuando sean citados.

e) Comunicar a la Coordinación del Parque Automotor.

20. 3- Accidentes con terceros lesionados (transportados o no transportados)

Se repiten los mismos pasos que el punto anterior, más lo siguiente:

e) Solicitar y proporcionar al tercero involucrado:

Nombre y número de DNI de la víctima. Dirección y teléfono donde ubicarlo. Tipo o descripción de lesiones sufridas. Lugar de derivación.

f) Esperar el arribo de efectivos de la Policía. Una vez revisado los hechos, se deberá realizar la

20

Page 21: Reglamento Parque Automotor - 2011

denuncia correspondiente ante la Policía.

20.4- Otros casos de siniestros

Si se daña la propiedad de alguien, por ejemplo, si colisiona a un vehículo estacionado o golpea un árbol o poste de señalización:

Realizar los trámites necesarios que conduzcan a encontrar al propietario o al conductor.

Reportar el accidente a las autoridades judiciales. Si se localiza al propietario del vehículo o de la propiedad, deberá presentarse la misma información (licencia de conducir, seguro, etc.) como en cualquier otro siniestro.

20.5- Prevención de daños mayores

Si se está detenido en la ruta, encender las luces intermitentes de emergencia. Si el vehículo cuenta con señales luminosas o triángulos reflectantes usarlas para advertir a otros conductores, colocándolas a una distancia anterior prudencial.

Para reducir las probabilidades de un incendio, apagar el vehículo. Si hay una fuga de combustible, deberá retirarse, debido a que podría encenderse en llamas.

Las luces de emergencia de vehículos más adelante pueden indicar un posible accidente de tránsito o una emergencia. Disminuir la velocidad y pasar cuidadosamente. Detenerse sólo si la ayuda resulte necesaria.

En caso de verificar la existencia de personas lesionadas, deberá dar inmediata comunicación a las autoridades de emergencia del lugar, tales como 911, bomberos, ambulancias, servicios médicos de primeros auxilios y/o defensa civil.

Aunque es apropiado dar primeros auxilios a personas que sangran o que están en estado de conmoción, trasladar a una persona lesionada puede causarle lesiones adicionales más graves, por ello, sólo se debe trasladar a una persona lesionada si al no hacerlo se pone en riesgo su vida.

21. MULTA POR INFRACCION DE TRANSITO

a. Toda multa deberá ser informada a la Coordinación del Parque Automotor con un informe detallado del Conductor Autorizado que la provocó.

b. Cada Repartición deberá gestionar el pago de la multa, incluido el descargo ante las autoridades que lo requieran.

c. El cargo de las mismas deberá ser imputado al presupuesto del Servicio Jurisdiccional al cual se halle asignado el Vehículo Oficial y, en su caso, descontado al Conductor Autorizado responsable.

21

Page 22: Reglamento Parque Automotor - 2011

ANEXOS

A1- LISTADO DE CONTROL PREVIO USO DEL VEHICULO OFICIAL

Control visual obligatorio, previo uso del vehículo oficial. Responsable: Conductor Autorizado

Estado del vehículo

Verificar con el kilometraje si corresponde Servicio de Mantenimiento. Verificar en el suelo, bajo el vehículo, si hay pérdidas de agua, aceite u otros fluidos. Nivel de Aceite de motor. Nivel de líquido refrigerante. Estado y tapa del depósito de refrigerante. Estado de las mangueras. Restos de pérdida de fluidos. Nivel de líquido de frenos y embrague. Nivel del aceite de dirección hidráulica. Neumáticos: Presión (ver manual), dibujo, desgaste desparejo, deformidades, cortes, etc. Estado de la rueda de auxilio. Fuelles dirección y palieres. Luces de posición, baja y alta, traseras de posición y frenos, giro y balizas. Limpia parabrisas. Higiene exterior e interior de la unidad.

Documentación del conductor y del vehículo

Carnet de conducir vigente. Cedula verde. Tarjeta del seguro (verificar fecha de vencimiento). Calco Revisión técnica obligatoria. Tarjeta de combustible y estado del cupo. Chapa patente. Viaje al exterior: Autorización del Ministro de la Jurisdicción Titular del Vehículo, certificada por la

Escribanía de Gobierno, y seguro internacional el que deberá ser gestionado por la Coordinación.

Elementos Obligatorios

Matafuego Botiquín Balizas de señalización Cuarta/Eslinga

Cualquier novedad deberá ser comunicada al Jefe de Movilidad o Coordinación del Parque Automotor.

Si se enciende algún testigo luminoso en el tablero del vehículo, detenga inmediatamente el mismo y comuníquese con el Jefe de Movilidad o la Coordinación del Parque Automotor. Si es necesario, comunique al Seguro para el servicio de remolque.

22

Page 23: Reglamento Parque Automotor - 2011

A2: LISTADO DE CONTROL MENSUAL DE VEHICULO OFICIAL

MARCA_________________________________DOMINIO_____________________ Jefe de Movilidad

CONDUCTOR: Fecha

Kilometros

Verificar si corresponde servicio de manteniemiento (si/no)Verificar si corresponde cambio de correas de distribución

ok ver ok ver ok ver ok ver

Aceite de Motor - NivelLiquido refrigerante - NivelLiquido de dirección hidráulica - NivelLiquido de frenos /Embrage - Nivel

Filtro de aire (retirar y sacudir exceso de tierra - cambiar si es necesario)Mangueras de refrigeración (Pérdidas, quebraduras, estado gral)Manguera de Turbo - Importante: Verificar roturas minuciosamentePérdidas transpiraciones de aceite en motor o turboBomba de direccion hidráulica - PérdidasRadiador - Buscar pérdidas. Limpieza exterior /muy importanteTapa del depósito refrigerante - antigüedad

Correa de alternador (tensión y estado)Correa Dirección (tensión y estado)Correa de aire acondicionado (tensión y estado)

Cables en generalBateria - Derrames, fecha de vencimiento, sujeción.

Derrames motor - carterDerrames reten Caja/transmisiónDerrames DiferencialDerrames liquido de frenos

Fuelles de Dirección - roturas, antigüedadFuelles de Palieres - Roturas, antigüedadFrenos: Desgaste del discoFrenos: Destado de las pastillas

Cubiertas - Presion de infladoCubiertas - Desgastes desparejosLlantas - Estado, deformaciones, presencia de tazas

Auxilio - Verificar presenciaAuxilio - Verificar presión y estado gral

Luces alta y bajaLuces de giroLuces de frenoLuces de Marcha atrásBalizas

Estado escobilla limpiaparabrisasFuncionamiento limpiaparabrisas

Gases de escape Golpeteos en el motor a temperatura de trabajoZumbido del turboZumbidos de correas, tensores, rulemanes alternadorEbullicion de deposito de refrigerante

Embrage - Cambios de marcha4X4 - Alta y bajaRodameintos - ZumbidosVibración en el volanteTrayectoria derecha del vehículo (alineación)Marcha Irregular

OdometroVelocimetroMarcador de temperaturaMarcador de combustibleTestigos Luminosos

Cedula VerdeTarjeta de SeguroManual de GarantíaTarjeta de CombustibleRevisión Técnica Obligatoria

Matafuego (verificar vencimiento)Balizas refractantesCuarta/EslingaBotiquin

VERIFICAR NOVEDADES DE LA CORROCERIA, LIMPIEZA E INTERIOR

VERIFICAR MODULO SANITARIO - LIMPIEZA y ELEMENTOS OBLIGATORIOS

Firma

Cualquier anormalidad deberá ser comunicada a la Coordinación del Parque Automotor

Inte

rio

rR

evis

ión

baj

o c

apo

tE

xter

iro

r -

Par

te in

feri

or

Mo

tor

ence

nd

ido

Pru

eba

Din

ámic

aE

xter

ior

- S

up

erio

rO

blig

ato

rio

sD

ocu

men

taci

on

23

Page 24: Reglamento Parque Automotor - 2011

A3 – TRANSFERENCIA DE CARGO TEMPORAL DE VEHÍCULO

Al reintegro del vehículo el Jefe de Movilidad o el guarida deberá revisar este peritaje y dar informe de las novedades que surgieran.

Fecha ………………………………………

Dominio: Marca y Modelo:

Ministerio:

1- Datos de quien recibe en forma temporal el vehículo

Nombre y apellido DNI:

Ministerio:

2- Peritaje del vehículo

Marcar con: X: golpe : Rayon o despintado

3- Accesorios si no 4- Documentacion si noMatafuego Cedula verde.Botiquín Tarjeta de seguroBalizas de señalización Tarjeta de combustible.Cuarta/Eslinga Chapa PatenteAuto estereo

5- Auxilio si no 6- CombustibleAuxilioGato Criket Marcar nivel V LLLlave rueda

Kilometraje Inicial:………………………………. Kilometraje Final: …………………………………………

7- Novedades a la devolucion del vehículo sin novedades

Al retiro del vehículo A la devolución del vehículo

Firma y aclaracion Firma y aclaracion Firma y aclaracion Firma y aclaracion

quien recibe a cargo el vehículo Jefe movilidad/Guardia quien recibe a cargo el vehículo Jefe movilidad/Guardia

24

Page 25: Reglamento Parque Automotor - 2011

A4 – PERITAJE DE INGRESO DEL VEHÍCULO AL TALLER1- Datos de quien entrega el cargo del vehiculo

Ministerio y Repartición:

Dominio: Marca y modelo

4- Estado del vehículo a la entrega

si no Comentarios/Detallar faltantes

Funcionando

Motor Completo

Transmisión

cardam/cubos/etc.

Varios

Bateria/Compresor A.A./turbo

5- Accesorios 6- DocumentacionMatafuego Cedula verde.Botiquín Tarjeta de seguroBalizas de señalización Tarjeta de combustible.Cuarta/Eslinga Chapa PatenteAuto estereoAlarma

7- Estado de la carroceria8- Cubiertas B R M F Marcar con: X: golpe : Rayon o despintado

Cubierta delantera izq.Cubierta trasera izq.Cubierta trasera der.Cubierta delantera der.Auxilio

7- Combustible

Marcar nivel V LL

Cupo remanente:

Firma y aclaracion Firma y aclaracion

quien entrega cargo el vehículo quien recibe a cargo el vehículo

25