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1 REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR ESCUELA DE LENGUAJE SENDERO DEL SABER SENDERO DEL SABER E.I.E. ARICA Y PARINACOTA 2020

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR ESCUELA DE LENGUAJE SENDERO DEL SABER

SENDERO DEL SABER E.I.E. ARICA Y PARINACOTA

2020

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___________________________________________________________________ ANTECEDENTES DIRECTORA SANDRA ROJAS GUERRERO NOMBRE ESTABLECIMIENTO ESCUELA ESPECIAL DE LENGUAJE SENDERO DEL SABER DIRECCION JUANITA HOWARD #102 TELEFONO (58) 2245647 MODALIDAD TRASTORNO ESPECIFICO DE LENGUAJE (TEL) DECRETO EXENTO N°0116 DEL 01 MARZO 2011 ROL BASE 40368-7

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INTRODUCCION La Escuela Especial de Lenguaje SENDERO DEL SABER, ubicada en Juanita Howard Nº102, es un establecimiento educacional reconocido oficialmente por el Ministerio de Educación, según Resolución Nº 00116 del 01 de Marzo de 2011, R.B.D. 40368-7. El objetivo principal de la Escuela Especial de Lenguaje “Sendero del Saber”, es entregar la oportunidad de desarrollar las capacidades lingüísticas a niños de 3 años a 5 años 11 meses, que presenten trastornos específicos del lenguaje. La Escuela se rige bajo la normativa que el Ministerio de Educación entrega en sus Decretos Nº 1300 y Nº 170, además de las bases curriculares de la educación parvularia. Para dicho objetivo cuenta con personal altamente calificado de Educadores, todas con títulos de EDUCADORAS DIFERENCIALES CON MENCION EN TRANSTORNOS DEL LENGUAJE, además del FONOAUDIOLOGO. Los alumnos asisten en jornada de mañana y/o tarde de acuerdo a las necesidades del apoderado.. Nuestra escuela de lenguaje otorga una atención especializada a niños y niñas con Trastorno Específico del Lenguaje (T.E.L), posibilitando el desarrollo de competencias básicas fundamentales para su integración a la Educación Parvularia o básica. Para el satisfactorio logro de los objetivos establecidos en nuestro Proyecto Educativo Institucional, hemos puesto énfasis en la participación activa de los padres, madres y apoderados, quienes deberán sumarse a la labor profesional y especializada de nuestro equipo de trabajo. Esta alianza estratégica con las familias de los niños y niñas de la escuela, será determinante para evitar su intimidación al hablar, fortalecer la autoestima y, en definitiva, lograr que el alumno o alumna se desenvuelva óptimamente en su entorno social y cultural. El proyecto educativo institucional viene a entregar las directrices y el rumbo que toda institución educativa debe entregarse, en este contexto se considera las últimas modificaciones emanadas en la Resolución exenta n° 0860 del 26 de noviembre de 2018 en la que se imparten instrucciones sobre reglamentos internos de los establecimientos educacionales parvularios.

TITULO I

NORMAS GENERALES 1.- INTRODUCCION

La Escuela de Lenguaje Sendero del Saber, es una comunidad escolar formada por alumnos y niños, basada en el respeto mutuo y la necesidad de crecer como personas, entregando a su vez la sabiduría adquirida y poniéndola al servicio de los niños y su entorno. Nuestro Reglamento Interno se construye de acuerdo a los nuevos lineamientos y normativas se ha elaborado considerando los aportes, conocimientos y necesidades de

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todos los actores de esta comunidad siempre en concordancia con nuestro PEI. Fundamentalmente va dirigido al óptimo desarrollo de la actividad docente, tanto en lo académico como en lo humano, ya que, existe la convicción de que en un ambiente digno, agradable y óptimo, los profesionales desarrollan al máximo sus capacidades, permitiéndoles entregar lo mejor de sí, en beneficio directo de los niños, apoyando transversalmente los valores adquiridos en el hogar. No podemos de dejar de preocuparnos por el entorno de nuestros niños y niñas, para lo cual también hemos considerado como parte de esta comunidad a los padres y apoderados, procurando entregar la atención que ellos merecen y así hacer de la educación una actividad agradable, lúdica e integradora, donde la casa y la escuela se unen en esta gran tarea. Para que los objetivos cumplan su cometido, es que se crearán normas con derechos y deberes para todos y cada uno de los miembros de esta comunidad, que deberán ser conocidas, cumplidas y respetadas desde el momento en que se matricula al niño(a). El no cumplimiento del mismo y la irresponsabilidad de quienes no lo acaten, se someterán a un procedimiento disciplinario que establezca este reglamento. Este Reglamento Interno deberá ser entregado a todos los apoderados al inicio del año escolar, y cada vez que se efectúe un cambio en él. La matrícula de un alumno(a) en la Escuela Especial de Lenguaje Sendero del Saber, implica la aceptación total de este reglamento en todo su contenido, por Parte de los padres y apoderados. Toda persona que trabaje en forma estable, preste servicio o coopere en la escuela Sendero del Saber, debe acatar este reglamento como parte de su desempeño dentro del establecimiento. 2.- PRINCIPIOS QUE RIGEN NUESTRO REGLAMENTO INTERNO:

A) DIGNIDAD DEL SER HUMANO. B) INTERES SUPERIOR DE NIÑAS Y NIÑOS C) AUTONOMÍA PROGRESIVA D) NO DISCRIMINACIÓN ARBITRARIA E) PARTICIPACIÓN F) AUTONOMÍA Y DIVERSIDAD G) RESPONSABILIDAD H) LEGALIDAD I) JUSTO Y RACIONAL PROCEDIMIENTO J) PROPORCIONALIDSAD K) TRANSPARENCIA

3.- OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO

Ordenar la estructura, las funciones e interrelaciones de los distintos estamentos de la institución escolar, con el propósito de lograr la consecución de los objetivos propuestos en Proyecto Educativo de nuestra Institución.

Crear conciencia y cautelar los deberes y derechos de todos los integrantes de todos los estamentos de la comunidad escolar, promoviendo su desarrollo personal y social.

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Crear y cautelar las condiciones técnico-pedagógicas, administrativas y de buena convivencia que proporcione un buen clima organizacional, adecuado a las necesidades del establecimiento, con el fin de favorecer el proceso educativo.

Propiciar y regular las relaciones entre el establecimiento educacional y la comunidad organizada, en función del logro de los propósitos educativos.

Crear y mantener más allá del horario laboral un clima de armonía y buena voluntad entre todos los funcionarios del establecimiento.

El presente reglamento interno, tiene por finalidad regular las condiciones, requisitos, derechos beneficios, obligaciones y en general las formas y condiciones de trabajo, higiene y seguridad de todos los funcionarios y alumnos del plantel.

Tiene por objeto fundamental, precisar los derechos y obligaciones a que deben estar sujetos los funcionarios, padres y/o apoderados, y educandos en relación a sus roles, y permanencia en las dependencias del establecimiento escolar.

TITULO II

NORMAS GENERALES DE ÍNDOLE TECNICO PEDAGÓGIO 1.- CONCEPCIÓN CURRICULAR: La escuela especial de lenguaje Sendero del Saber, atiende alumnos con trastornos específicos del lenguaje de carácter expresivo y mixto, regidos por las bases curriculares de la educación parvularia Nº 289 año 2001 y Nº 240 de 1999 y además por el Decreto Nº1300/2002 y Nº 170/2010. El plan de estudios cuenta con un plan general, en donde se trabaja toda el área pedagógica dependiendo de su nivel y basada en las bases curriculares de la educación parvularia. Además se trabaja un plan específico enfocado a resolver los trastornos del lenguaje, según las necesidades individuales de cada alumno. Cada uno deberá tener un tope de horas semanales distribuidas de la siguiente forma:

Tipo de plan Nivel medio mayor Primer nivel de transición

Segundo nivel de transición

General específico 18 18 16

Específico 4 4 6

Total 22 22 22

La implementación del plan específico de estudio contempla atención fonoaudiológica en sesiones de hasta 3 niños con una duración de 30 minutos. El resto de la atención será realizada por la profesora en el aula, con la misma duración que la terapia con fonoaudiólogo(a). Loa padres y apoderados deberán respetar y cumplir su deber de apoyar el tratamiento de los niños, cumpliendo con las derivaciones a otros especialistas, según estime conveniente el profesional que deriva. Además debe cumplir con las actividades que la profesora y/o fonoaudióloga indique en la libreta de comunicaciones o el cuaderno del estudiante.

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La concepción curricular de la Escuela de Lenguaje Sendero del Saber destaca la importancia de potenciar las fortalezas del niño y niña, favoreciendo un rol más protagónico del alumno en sus propios aprendizajes. Dado el nuevo contexto en el que se desenvuelven actualmente los párvulos, nuestro currículo incorpora temáticas de validez permanente, tales como, el fortalecimiento de la familia, la formación valórica, identidad, (entendiendo esta como autoestima, auto concepto y autovaloración), comunicación, creatividad y el juego. Además considera temáticas emergentes de acuerdo al tiempo y al espacio que les ha tocado vivir, aprovechando todas las oportunidades de aprendizaje que las personas y los ambientes generan actualmente, ello unido a las distintas dimensiones de la diversidad, la educación intercultural y la atención derivada de las necesidades educativas relacionadas con los Trastornos Específicos del Lenguaje. Así mismo constituyen ejes centrales del currículo la importancia de la conservación del medio ambiente, el desarrollo de estilos de vida saludable, el auto cuidado en prevención del riesgo y seguridad, el buen trato entre y para los niños, el respeto a sus derechos y la consideración de las dimensiones de género. Dadas estas temáticas, el currículo se ha organizado de acuerdo a las Bases Curriculares de la Educación Parvularia según lineamientos del Ministerio de Educación. 2.- DEL FUNCIONAMIENTO: La escuela atiende a niños entre los 3 años y los 5 años 11 meses que presenten algún trastorno específico del lenguaje de carácter expresivo o mixto. La distribución de los cursos es la siguiente: Alumnos entre 3 años y 3 años 11 meses ---------- Nivel Medio Mayor Alumnos entre 4 años y 4 años 11 meses ---------- Primer Nivel de Transición Alumnos entre 5 años y 5 años 11 meses ---------- Segundo Nivel de Transición La escuela cuenta con un total de 5 cursos, distribuidos en:

Dos niveles medio mayor, uno en jornada de mañana y uno en jornada de tarde.

Dos primeros niveles de transición uno en jornada de mañana y uno en jornada de tarde.

Un segundo nivel de transición en jornada de mañana. Cada uno de nuestros cursos cuenta con una capacidad máxima de 15, 10, 11 alumnos. La escuela podrá tener una matrícula máxima de 72 párvulos. El horario semanal de lunes a viernes por niveles será el siguiente: Para el nivel Medio Mayor, Primer nivel de Transición y Segundo nivel de Transición, jornada mañana: 08:30 a 12:30 lunes a viernes Para el Nivel Medio Mayor, Primer nivel de Transición, jornada tarde:

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14:00 a 18:00 lunes a viernes La escuela cuenta con cuatro docentes, todas ellas educadoras diferenciales con mención en Trastornos Específicos de Lenguaje y un Fonoaudiólogo. El período de clases quedará estipulado según el calendario escolar enviado por la Secretaría Ministerial de Educación a comienzo de año, pudiéndose hacer algunas modificaciones que serán solicitadas según el tiempo reglamentario y recuperando las clases los días sábados en los casos que se amerite. La duración del año escolar y vacaciones se fijará de acuerdo a las directrices del Ministerio de Educación.

Es muy importante que los niños(as) lleguen puntuales a la escuela y sean retirados también con puntualidad (no antes ni después del horario normal).

El colegio contará con un registro de atrasos y de salida, los cuales serán firmados por el apoderado cada vez que el alumno llegue atrasado o se retire antes del horario establecido.

El establecimiento junto con la profesora del nivel se harán responsables del alumno solo en el horario de permanencia en este.

Se entregará el alumno exclusivamente al apoderado, al portador de la credencial de alumno regular o bajo resguardo de comunicación escrita a otra persona autorizada por el apoderado o al conductor del transporte autorizado.

3.- DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO La escuela especial de lenguaje Sendero del Saber, atiende alumnos con trastornos específicos del lenguaje de carácter expresivo y mixto, regidos por el Decreto Nº1300/2002 y Nº 170/2010. El Plan de Estudios cuenta con un plan general donde se trabajará el área pedagógica, dependiendo de cada nivel y basada en las bases curriculares de la Educación Parvularia, además se trabajará un plan específico enfocado a superar los trastornos del lenguaje según las necesidades individuales de cada alumno.

El plan de estudios cuenta con un plan general cimentado en las bases curriculares de la Educación Parvularia establecida por los Decretos Supremos de Educación Nº289 del 2001 y Nº 40 de 1996, modificado por el Nº 240 de 1999, con las adecuaciones curriculares pertinentes a las necesidades educativas especiales que presenta cada alumno, y un plan específico que resuelva sus trastornos de lenguaje y sus necesidades de aprendizaje derivadas del trastorno especifico del lenguaje (TEL) según el Decreto Nº1300/2002.

La implementación del plan específico de estudios contempla atención fonoaudiológica en sesiones individuales o en grupos de hasta 3 niños o niñas, con una duración de 30 minutos cada sesión. El resto de la atención lo realizará la profesora especialista en el aula con la misma duración que el tratamiento con fonoaudiólogo por niño.

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4.- DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. Se entiende por evaluación la valoración cuantitativa y cualitativa de la calidad de los procesos de aprendizajes. La evaluación constituye un proceso permanente, continuo, sistemático y formativo. Según el Decreto Nº1300/2002, de trastorno específico de lenguaje, para los niveles parvularios: Nivel Medio Mayor, Primer Nivel de Transición y Segundo Nivel de Transición, considerando el plan general, y el plan específico, la escala de evaluación es la siguiente: L : LOGRADO (Dominio de habilidades) O.D. : OBJETIVO EN DESARROLLO (En vías de lograr desarrollo) N.L : NO LOGRADO (No hay dominio de habilidades) N.E. : NO EVALUADO A.- EVALUACIÓN PEDAGÓGICA DE INGRESO El diagnóstico fonoaudiológico de ingreso será complementado con una evaluación pedagógica inicial o diagnóstica, realizada por el profesor especialista del grupo curso que determine las necesidades educativas especiales que deriven del TEL, aplicando tanto pruebas formales estandarizadas, como evaluaciones formales. Esta evaluación podrá ser conocida por los padres y/o apoderados en la primera reunión del año. B.- APLICACIÓN DE CONTENIDOS

Durante el período de la aplicación de los contenidos, cada profesora registrará en el libro de clases las actividades realizadas diariamente, indicando los respectivos ámbitos y núcleos de aprendizajes, en conformidad al programa del nivel correspondiente.

Las apreciaciones del desempeño del alumno se realizarán a través del siguiente proceso evaluativo.

o Observación directa o Lista de cotejo o Registro de conductas observables del alumno.

C.- EVALUACION TRIMESTRAL

La evaluación trimestral, será en relación al progreso del alumno en los contenidos curriculares y trimestrales con respecto a la evaluación del TEL.

Trimestralmente será informado el apoderado a través de un informe de evolución del TEL.

Semestralmente será informado el apoderado a través de un informe pedagógico y fonoaudiológico escrito, el cual indica:

o Registro del alumno o Registro de asistencia o Registro de atrasos o Escala de evaluación o Rendimiento

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El informe pedagógico y fonoaudiológico será analizado en una entrevista personal con el apoderado.

D.- PROMOCION Y EGRESO

Para la promoción del alumno se considerará evolución del tratamiento, tanto del plan general como del plan específico.

Serán promovidos los alumnos que logren los objetivos del nivel finalizado el año escolar.

Los casos especiales de promoción y egreso, serán resueltos por el equipo técnico. (Coordinador de Dirección y UTP, al contar con este cargo, director, jefe técnico , fonoaudiólogo y profesora del nivel)

Egresados los alumnos que superen su trastorno, entregándose un certificado de egreso (alta) elaborado por los profesionales correspondientes, o cumplan las edades cronológicas límites.

Este egreso puede ser solo anualmente, dependiendo de las características y edad, se procurará su integración al sistema regular.

5.- DE LOS CONSEJOS DE PROFESORES

Los consejos de profesores consisten en reuniones semanales tendientes a tratar temas administrativos o técnico pedagógicos, concernientes al funcionamiento del establecimiento.

Los consejos de profesores serán presididos por el director del establecimiento y deben asistir obligatoriamente la Jefa de UTP, todo el equipo docente y fonoaudióloga cuando dirección y UTP lo estimen necesario. Además asistirá el sostenedor cuando él lo estime necesario

Se realizarán 3 consejos de tipo técnico y uno de tipo administrativo.

Los consejos de profesores se realizarán los días martes entre las 17:30 y las 18:30 hrs. Si por motivo de fuerza mayor no pudiere realizarse el consejo en algunos de los días establecidos, este se reemplazará por otro día en el mismo horario.

6.- DE LA UNIDAD TECNICA PEDAGÓGICA UTP.- (UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA) La unidad técnica pedagógica es el organismo encargado de coordinar, asesorar y evaluar las funciones docentes, técnico pedagógico que se den en el establecimiento tales como: orientación educacional, curricular, supervisión pedagógica, evaluación del aprendizaje y otras similares.

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Tiene como finalidad facilitar el logro de los objetivos educacionales, optimizar el desarrollo de los procesos técnico-pedagógicos, y constituirse en el principal soporte técnico que lidera los cambios y las acciones de mejoramiento pedagógico al interior de la unidad educativa. 7.- DE LA SUPERVISIÓN DE AULA La unidad técnico pedagógica en conjunto con la dirección, tienen la facultad de supervisar las clases dentro del aula por el período que estime conveniente y dar sugerencias acerca de su desempeño, comprometiéndose a entregar un informe por escrito con las fortalezas y debilidades encontradas durante la supervisión. La supervisión en una primera etapa es de carácter formativo, donde los resultados obtenidos servirán para retroalimentar y mejorar el desempeño de la docente en el aula según los lineamientos entregados por la jefa técnica. 8.- DEL PERFECCIONAMIENTO DOCENTE La escuela favorecerá el perfeccionamiento docente, entregando facilidades a sus profesores, profesoras y directiva para desarrollar perfeccionamiento en temas o materias que nos competen, siempre y cuando esto no interfiera con el desarrollo normal de las actividades curriculares con los alumnos. Se dará prioridad a los estudios en los cuales la escuela se encuentra debilitada a modo de fortalecer el desempeño académico. Se propondrán talleres dirigidos por la fonoaudióloga a cargo de temas que sean de interés de las profesoras y que se encuentren en directo beneficio de los alumnos. 9.- DE LA EVALUACION INSTITUCIONAL Finalizando cada año escolar el establecimiento deberá en conjunto de la sostenedora, docentes, directora, UTO, Fonoaudióloga, asistentes, auxiliares y todos los involucrados en la institución, una evaluación general del desempeño de la institución tanto a nivel técnico pedagógico como administrativo, del que se deberá realizar un informe donde se explicite los logros y avances obtenidos como las debilidades que se presentaron, los objetivos que no se pudieron cumplir, falencias y orientaciones o sugerencias para un mejor desempeño el año siguiente.

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TÍTULO III DERECHOS Y DEBERES DE LOS INTEGRANTES DE LA

COMUNIDAD ESCOLAR

Párrafo 1º Derechos y deberes de los profesionales de la educación

Artículo 1º: Derechos de los profesionales de la educación. Los profesionales de la educación tienen derecho:

1. A Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo. 2. Del mismo modo, tienen derecho a que se respete su integridad física, psicológica y

moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa.

3. Además, tienen derecho a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna, procurando además, disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.

Artículo 2º: Deberes de los profesionales de la educación. Son deberes de los profesionales de la educación:

1. Ejercer la función docente en forma idónea y responsable. 2. Actualizar sus conocimientos, y evaluarse periódicamente. 3. Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada

nivel educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y programas de estudio.

4. Respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan, como los derechos de los alumnos y alumnas.

5. Responsabilizarse de los bienes generales asignados para la labor docente. 6. Mantener una adecuada presentación personal. 7. Usar uniforme institucional durante la jornada laboral. 8. Respetar horario de entrada y salida del trabajo. 9. No incurrir en atrasos reiterados en horas de llegada. 10. Respetar hora de descanso y colación de todos los miembros de la unidad educativa. 11. Se prohíbe faltar o hacer abandono del trabajo durante su jornada sin autorización o

aviso previo por escrito. 12. Se prohíbe presentarse al trabajo bajo la influencia del alcohol, drogas o

estupefacientes. 13. Tener un trato respetuoso y no discriminatorio para con los estudiantes y demás

miembros de la comunidad educativa, manteniendo buenas relaciones interpersonales en beneficio del clima organizacional del establecimiento.

Párrafo 2º

Derechos y deberes de los Asistentes de la Educación

Artículo 3º: Derechos de los asistentes de la educación. Los asistentes de la educación tienen derecho:

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1. A trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes.

2. A recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar.

3. A participar a las instancias colegiadas de esta, y a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna.

Artículo 4º: Deberes de los asistentes de la educación. Son deberes de los asistentes de la educación:

1. Ejercer su función en forma idónea y responsable. 2. Respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan. 3. Brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa.

Párrafo 3º Derechos y deberes de los equipos docentes directivos

Artículo 5º: Derechos de los equipos docentes directivos. Los equipos docentes directivos de los establecimientos educacionales tienen derecho a conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirigen. Artículo 6º Deberes de los equipos docentes directivos. Son deberes de los equipos docentes directivos:

1. Liderar los establecimientos a su cargo, sobre la base de sus responsabilidades, y propender a elevar la calidad de éstos.

2. Desarrollarse profesionalmente. 3. Promover en los docentes el desarrollo profesional necesario para el cumplimiento de

sus metas educativas. 4. Cumplir y respetar todas las normas del establecimiento que conducen. 5. Realizar supervisión pedagógica en el aula.

Los derechos y deberes anteriores se ejercerán en el marco de la Ley y en virtud de las funciones y responsabilidades delegadas por el sostenedor, según corresponda.

Párrafo 4º Derechos y deberes de los sostenedores

Artículo 7: Derechos de los sostenedores. Los sostenedores de establecimientos educacionales tendrán derecho:

1. A establecer y ejercer un proyecto educativo, con la participación de la comunidad educativa y de acuerdo a la autonomía que le garantice la ley.

2. A establecer planes y programas propios en conformidad a la ley. 3. A solicitar, cuando corresponda, financiamiento del Estado de conformidad a la

legislación vigente.

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Artículo 8: Deberes del sostenedor. Son deberes del sostenedor:

1. Cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial del establecimiento educacional que representan.

2. Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar.

3. Rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos(as).

4. Cuando reciban financiamiento estatal, rendir cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero de sus establecimientos a la Superintendencia. Esta información será pública.

5. Además, están obligados a entregar a los padres y apoderados la información que determine la ley.

6. A someter a sus establecimientos a los procesos de aseguramiento de calidad en conformidad a la ley.

TÍTULO IV

ESTRUCTURA PROFESIONAL Y ADMINISTRATIVA DEL ESTABLECIMIENTO Artículo 9: Personal docente. El personal docente del establecimiento estará compuesto por:

a) Directora. Deberá cumplir, a lo menos, con los siguientes roles y obligaciones:

1. Organizar y planificar la gestión educativa en base a un modelo que científica y sistemáticamente oriente, guie y facilite el normal desarrollo del proceso educacional formal.

2. Participar en el proceso formativo como líderes curriculares y no solamente como administradores del proceso educativo.

3. Privilegiar lo técnico pedagógico por sobre lo técnico administrativo en decisiones que involucre al sujeto educativo.

4. Considerar al clima organizacional como variable fundamental donde las comunicaciones sean fluidas, directas, que permitan las discrepancias y adecuadas relaciones interpersonales.

5. Cumplir y hacer cumplir las leyes laborales y normativas del Ministerio de Educación que permiten el total cumplimiento de las tareas y obligaciones propias de una escuela de lenguaje.

6. Conocer y manejar normativa vigente para Escuelas Especiales de Lenguaje. 7. Mantener documentación al día, exigida por Mineduc para los alumnos que

presentan T.E.L. y asisten de forma regular a la escuela. 8. Promover la activa participación de padres y apoderados en las actividades

realizadas en el establecimiento y guiar y trabajar en conjunto con el Centro de Padres y Apoderados.

9. Mantener una comunicación fluida y activa con sostenedor y Depravad. 10. Realizar consejos administrativos.

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11. Participar en la elaboración y evaluación del proyecto educativo del establecimiento.

b) Jefe Técnico. Deberá cumplir a lo menos con los siguientes roles y obligaciones:

1. Orientar, guiar y facilitar el proceso enseñanza de aprendizaje, en base a un modelo y propuesta curricular moderna, consecuente con las necesidades e intereses de los niños y niñas con TEL.

2. Mantener un banco de datos e información relevante consecuente con la gestión curricular a desarrollar en la escuela.

3. Desarrollar evaluaciones de diagnóstico, proceso y producto que faciliten conocer el grado de apropiación de los saberes fundamentales de los educandos.

4. Apoyar técnicamente el desempeño docente y no docente. 5. Organizar el plan de trabajo anual. 6. Participar en la elaboración y supervisión de la red de contenidos de Plan General

y Plan Específico e instrumentos de evaluación. 7. Ser responsable de la programación, supervisión y evaluación de las actividades

curriculares. 8. Revisar informes pedagógicos y fonoaudiológicos de diagnósticos trimestrales y

finales, leccionarios, planificaciones. 9. Revisar objetivos y actividades desarrolladas en plan específico tanto en

leccionarios como en registro individual. 10. Establecer retroalimentación con las profesoras en cuanto a la evolución de los

objetivos propuestos en cada nivel y el trastorno específico del lenguaje de los niños.

11. Realizar consejos técnicos. 12. Participar en la elaboración y evaluación del Proyecto Educativo del

establecimiento.

c) Docentes Especialistas. Deberán cumplir, a lo menos, con los siguientes roles y obligaciones: 1. Alto grado de dominio de los conocimientos propios de sus especialidades. 2. Uso de metodologías interactivas participativas a nivel de aula. 3. Conocimiento y dominio de los elementos básicos del currículo: planes y

programas de estudio, planificación, metodología, medios y recursos didácticos y evaluación.

4. Participar permanentemente en cursos de capacitación y perfeccionamiento profesional.

5. Privilegiar la formación del sujeto educativo destacando los valores que sustentan el proyecto educacional de la escuela.

6. Entregar oportunamente y mantener al día toda la documentación técnico pedagógico que implica el proceso educativo.

7. Participar en la evaluación pedagógica de ingreso. 8. Implementar atención pedagógica sobre la base de los lineamientos entregados

por las Bases Curriculares de la Educación Parvularia. 9. Participar en la formulación y desarrollo del Plan Específico Individual. 10. Elaborar informes de evaluación trimestrales que informen a los padres del

rendimiento y evolución de sus hijos.

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11. Participar en consejos administrativos y técnicos. 12. Apoyar y orientar a los padres y familia en la superación del TEL 13. Realizar reuniones de apoderados trimestrales y entrevistas cuando sea

necesario. 14. Participar en la elaboración y evaluación del proyecto educativo del

establecimiento. Artículo 10º: Personal no docente. Estará compuesto por una fonoaudióloga, que deberá a lo menos, cumplir con los siguientes roles y obligaciones:

1. Participar en la evaluación fonoaudiológica de ingreso aplicando pruebas exigidas. 2. Participar en la formulación y desarrollo del Plan Específico Individual. 3. Realizar terapia fonoaudiológica atendiendo niños(as) de forma individual o en

grupos de 3 alumnos(as) en sala de recursos. 4. Elaborar informes de evaluación trimestrales que informen a los padres del

rendimiento y evolución de sus hijos 5. Asesorar y colaborar con la profesora especialista en la terapia de lenguaje de

cada niño(a). 6. Apoyar y orientar a los padres y familia en la superación del TEL. 7. Participar en consejos administrativos y técnicos.

Artículo 11º: Personal administrativo. Estará compuesto por dos asistentes que deberán cumplir, a lo menos, con los siguientes roles y obligaciones:

1. Capacidades y competencias acordes al rol que les corresponde cumplir. 2. Sólidos valores de respeto, responsabilidad, solidaridad y compromiso con los

objetivos de la escuela. 3. Participar en cursos y seminarios de capacitación y perfeccionamiento consecuente

con las funciones que desempeñan. 4. Conocer la legislación que regula el código del trabajo y practicar sus deberes y

derechos laborales. 5. Mantener el orden y limpieza del establecimiento (salas, oficinas, patio, baños de

niños y docentes, cocina). 6. Encargado de supervisar entrada y salida de personas ajenas al establecimiento

durante el horario de clases y colación de los docentes. 7. Vigilar que los apoderados y cualquier persona ajena a la Escuela, no deambulen

por el establecimiento. 8. Colaborar en el horario de entrada y salida de clases de los niños(as)

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TÍTULO V

DE LA NORMA DE VIDA ESCOLAR

Una de las características claves que debe asumir el establecimiento educacional, en su compromiso con un sistema de valores básicos para la vida y para la convivencia, es decir la incorporación en sus proyectos educativos y curriculares, de los valores éticos que favorecen y hacen posible una vida más humana en sociedad, valores que a la vez abran posibilidades para construir en el presente y en el futuro una convivencia más feliz, más armónica y más solidaria. Estos valores son: la justicia, la solidaridad, la libertad, la igualdad, la tolerancia, el respeto, la vida, la salud, la responsabilidad y el amor.

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

1.- SOBRE EL HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO, DE LAS CLASES Y RECREOS El horario semanal de lunes a viernes por niveles será el siguiente: Para el nivel Medio Mayor, Primer Nivel de Transición y Segundo Nivel de Transición jornada mañana:

08:30 a 12:30 lunes a viernes, con dos recreos que se realizarán desde las 10:00 hrs. hasta las 10:15 hrs. y desde las 11:45 a 12:00 hrs.

Para el Nivel Medio Mayor y primer Nivel de Transición jornada tarde:

14:00 a 18:00 lunes a viernes, con dos recreos que se realizará desde las 15:30 a 15:45 y desde 17:15 a 17:30 hrs.

2.- DE LAS AUSENCIAS Y RETRASOS DE LOS ALUMNOS La ausencia, y/o atraso de los alumnos se anotan en el registro del docente, se le dará un seguimiento estricto. Todo alumno con más de tres atrasos en el mes deberá presentarse con su apoderado a firmar en secretaría. Cuando las ausencias y retrasos se repiten, el apoderado será llamado a reunión al establecimiento. Ante cada ausencia, el apoderado debe dar a conocer el motivo, por escrito, por teléfono y/o en forma personal, dentro de 72 horas la inasistencia del alumno. En caso de enfermedad y más allá de 3 días, se debe informar inasistencia acompañado por un certificado médico.

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3.- DEL UNIFORME ESCOLAR El uso del uniforme escolar NO es obligatorio, Decreto Nº 849 del 13 de noviembre del 95, no obstante, con acuerdo de todos los estamentos de la comunidad escolar podrán establecer el uso obligatorio del uniforme y las características de este. 4.- DE LA ADMISIÓN Y MATRICULA DE LOS ALUMNOS Podrán ser matriculados en la Escuela Especial de Lenguaje Sendero del Saber, aquellos niños(as) con tres años cumplidos al 31 de Marzo, que presenten trastornos específicos del lenguaje diagnosticado por la fonoaudióloga de nuestro establecimiento. Para lo anterior, el apoderado deberá presentar los siguientes documentos: a.- Evaluación fono audiológica que acredite su trastorno. b.- Certificado de nacimiento vigente c.- Fotocopias de informes pedagógicos y médicos en caso de existir. 5.- DE LAS REUNIONES DE APODERADOS Y/O ENTREVISTAS PERSONALES Las reuniones de apoderados tienen como objetivo poner en contacto a los padres y/o apoderados con los educadores en un espacio de encuentro y reflexión para conversar de sí mismos, de lo que esperan del otro, invitándolos a que manifiesten sus opiniones y puntos de vista sobre la escuela y la formación de los alumnos a fin de generar acuerdos en torno a actividades conjuntas. En la Escuela Especial de Lenguaje Sendero del Saber, se encuentra contemplada una reunión de apoderados mensual, realizándolas el primer lunes de cada mes (jornada mañana) y miércoles (jornada tarde), pudiendo los apoderados solicitar alguna reunión extraordinaria si fuese necesario. La entrevista personal entre apoderado – profesor, es una oportunidad para desarrollar una relación de apoyo permanente en el proceso de aprendizaje y formación de los niños. Si bien deberá existir una entrevista personal al año, el apoderado puede solicitar una en cualquier momento. 6.- DE LAS REDES DE APOYO La Escuela Especial de Lenguaje Sendero del Saber, mantendrá relaciones de apoyo y reciprocidad con otras instituciones sociales del sector (bomberos, carabineros, consultorio, otros establecimientos educacionales) 7.- DEBERES Y DERECHOS DE LOS APODERADOS La educación del alumno es una tarea que debe ser compartida entre la familia y el establecimiento. En consecuencia, es indispensable que el apoderado asuma con responsabilidad la tarea de secundar a la escuela en la labor educacional.

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Todo apoderado tiene derecho a:

- Ser informado del diagnóstico de su hijo - Consultar dudas acerca del tratamiento y el diagnóstico. - Solicitar certificados e informes con una semana de anticipación - Solicitar entrevistas con profesionales del establecimiento con su debida anticipación. - Solicitar atención a la dirección del establecimiento cuando lo estime necesario. - Recibir el reglamento interno de la Escuela de Lenguaje Sendero del Saber al inicio del

año escolar y cada vez que se realice un cambio en el. Todo apoderado tiene el deber de:

- Conocer, cumplir, aceptar y practicar el Reglamento Interno de la Escuela Especial de Lenguaje Sendero del Saber, del cual tomará conocimiento y firmará al matricular al alumno.

- Cumplir con las tareas encomendadas por la Escuela Especial de Lenguaje Sendero del Saber, comprometiéndose y colaborando con el proceso educativo.

- Cumplir a la brevedad con los útiles escolares y materiales que la profesora solicita. - Justificar el incumplimiento de tareas escolares. - Asistir a reuniones, charlas y citaciones en forma periódica según lo establezca la

institución - Apoyar todas las actividades y sugerencias enviadas por docentes y fonoaudiólogos,

las que van destinadas a superar las falencias del lenguaje. - Participar en las actividades extra programáticas organizadas por la escuela. - Informar y justificar dentro de 72 horas las inasistencias e incumplimientos de los

alumnos. - Firmar las comunicaciones enviadas por el establecimiento. - Traer certificado médico o de otros profesionales cuando sea necesario, lo que

justificará la inasistencia del alumno. - Fomentar las buenas relaciones, la buena conducta y el respeto por todo el personal

del establecimiento. - Respetar y cumplir horarios de entrada y salida de los alumnos del establecimiento. - Responder por daños materiales que el alumno ocasione a la institución. - Mantener y colaborar con la limpieza del establecimiento. - Justificar en Dirección la salida anticipada del alumno de su jornada. - Solicitar certificados al menos con una semana de anticipación. - Mantener un apoderado suplente, que lo reemplace en las actividades que no pudiera

asistir por fuerza mayor. - Presentar una autorización escrita por el apoderado si el alumno fuese retirado por

otra persona. - Mantener silencio o conversación moderada mientras espera al alumno. - Firmar documento de cancelación de matrícula en caso de que el apoderado

suspenda o retire en forma voluntaria al alumno de la escuela sin terminar su atención especializada.

8.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Los derechos de los alumnos son:

- Todos los documentos que acrediten su situación escolar (Decreto Supremo de Educación Nº511/97 “Un establecimiento no puede retener la documentación de los

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estudiantes por deuda de financiamiento compartido, cuota de Centro de Padres o cuota de escolaridad”

- Ningún alumno puede ser devuelto a su hogar, como medida disciplinaria por cuanto aquello presenta un grave peligro para su integridad física y constituye además un riesgo social.

- La expulsión es una medida extrema que solo puede ser adoptada en casos muy especiales y previo cumplimiento de ciertas condiciones establecidas en el Reglamento Interno del colegio.

- El artículo 6º del DFL Nº2 de 1998 de educación establece que: “durante la vigencia del respectivo año escolar, los sostenedores y/o Directores de establecimientos no podrán cancelar la matrícula o suspender o expulsar alumnos por causales que deriven, exclusivamente, de la situación socioeconómica o rendimiento de estos”. Son requisitos previos:

o Que el alumno se encuentre con matrícula condicional o Que la sanción esté claramente especificada en el reglamento escolar o que el

hecho que la genera sea evidentemente grave (por ej. Poner en peligro la integridad física de otros integrantes de la comunidad escolar)

- Si a algún alumno por razones muy justificadas y previo cumplimiento de los requisitos, se cancela la matrícula, en medio o al término del año escolar, no pierde su derecho a la educación, debe ser ubicado en otro establecimiento por el Departamento Provincial de Educación.

- El uso del uniforme escolar no es obligatorio, Decreto Nº 849 del 13 de noviembre del 95, no obstante, con acuerdo de todos los estamentos de la comunidad escolar podrán establecer el uso obligatorio del uniforme y las características de este. Sin embargo en el caso de los alumnos que no tengan uniforme propuesto, se sugiere utilizar vestimenta cómoda como los buzos para facilitar a los alumnos la independencia en el baño.

Los deberes de los alumnos son:

- Asistir regularmente a clases, con sus útiles escolares y materiales especificados por la profesora para el desarrollo de las actividades en clases.

- Cuidar dependencias, mobiliario, y materiales de la escuela especial de lenguaje Sendero del Saber.

- Asistir a clases con su cuerpo y vestimentas limpias - En caso de presentar alguna enfermedad infectocontagiosa como sarna, pediculosis,

etc., se suspenderá su asistencia a clases hasta no presentar un certificado médico que acredite su real mejoría.

- Controlar esfínteres, de no lograrlo o estar en proceso de adquisición, el apoderado deberá permanecer en la escuela o bien acudir a la brevedad para atender las necesidades higiénicas del alumno.

- Cumplir con los requerimientos, como la entrega de materiales específicos, tareas, trabajos, disertaciones, etc., que sean requeridos por la profesora para una fecha determinada.

Refuerzos positivos de las conductas adecuadas:

- Se entregara un Refuerzo positivo (medalla) al alumno con mejor Asistencia. - Se entregara Refuerzo positivo (medalla) al alumno con mejor Rendimiento. - Se entregara un Refuerzo positivo (medalla) al alumno con mejor conducta. - Se entregara Refuerzo positivo (medalla) al alumno Responsable. - Mensualmente se reforzara con premio positivo al curso con mejor asistencia.

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- Se entregara un Refuerzo positivo al curso más responsable en puntualidad. 9.- DE LA CONVIVENCIA

- Los alumnos deberán mantener conducta correcta y disciplina durante su permanencia en el establecimiento. Deberán mantener un trato respetuoso frente al personal docente, administrativo, personal de servicio, compañeros y cualquier persona que se encuentre de visita en el establecimiento. Durante el trayecto de la casa a la escuela y de regreso a su hogar, loa alumnos deberán mostrar buena educación y comportamiento adecuado en la vía pública.

10.- DEL CUIDADO DEL MOBILIARIO

- Durante su permanencia en la escuela, el alumno cuidar y mantener las dependencias, mobiliarios y demás bienes puesto a su disposición. En caso de deterioro de algunos de estos elementos, se responsabilizará al apoderado de su reparación o reposición.

11.- DE LO QUE ES PERTINENTE TRAER AL ESTABLECIMIENTO

- Los alumnos deberán traer al establecimiento solamente sus útiles escolares y su libreta de comunicaciones con su foto y firma de su apoderado, todo elemento ajeno a su quehacer de estudiante le será requisado por la profesora y devuelto a su apoderado, el establecimiento no se responsabilizará por la pérdida o destrucción de cualquier elemento ajeno al quehacer estudiantil tales como joyas, juguetes, dineros, celulares u otros.

12.- DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS Las faltas del presente reglamento serán LEVES, GRAVES Y GRAVISIMAS, sus sanciones serán de acuerdo a la gravedad. Otras faltas no contempladas en este documento, serán calificadas por la dirección en cuanto a su gravedad y sanción se refiere. A.- FALTAS LEVES Son aquellas que se producen durante el desarrollo de la clase y no alteran la convivencia normal profesor-alumno, entre las cuales se encuentra el incumplimiento de deberes escolares, etc. La resolución de estas faltas serán determinadas por el profesor de aula a cargo del curso. De las sanciones Las medidas disciplinarias a aplicar gradualmente son las siguientes:

Amonestación verbal: la aplica cualquier miembro de la dirección, personal docente o administrativo.

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Amonestación Escrito: La constancia quedará escrita en agenda para dar a conocer al apoderado y bitácora del curso, registrada por el profesor y/o dirección.

Citación de apoderado: la aplica cualquier miembro de la dirección o docente, dejando constancia en el registro de atención de apoderado y bitácora del curso.

B.- FALTAS GRAVES Son aquellas que comprometen el prestigio del establecimiento y que alteran el régimen normal del proceso educativo.

Incumplimiento de órdenes emanadas de docente directivos, docentes técnicos, docente propiamente tales, fonoaudiólogos, profesionales y paradocentes.

Promover desorden entre alumnos (pugilatos, destrozo de materiales, deterioro de inmobiliario, rayado de muro, etc.)

Abandonar el establecimiento sin autorización.

Apoderarse de objetos o valores pertenecientes al establecimiento, a otros alumnos y/o personas.

Incurrir en atrasos reiterados

El alumno incurre en inasistencias reiteradas no justificadas

El apoderado no se compromete con los acuerdos establecidos en relación a la terapia y/o interconsultas solicitadas

De las sanciones: Las sanciones deben ser proporcionales a la falta y siempre colocando en consideración la búsqueda de la mejora del estudiante. Las medidas a aplicar gradualmente son las siguientes:

Citaciones de apoderados: A solicitud del profesor de Aula. El hecho debe quedar consignado en el registro de atención de apoderados y bitácora del alumno.

Condicionalidad de matrícula: Lo deciden el profesor de curso, la Dirección y la coordinación de dirección y UTP

C.- FALTAS GRAVISIMAS

Son aquellas que atentan contra la integridad física, psicológica y moral de las personas

Agredir de hecho o palabra y moral a las personas

Cometer hurto o robo en el establecimiento

Reincidir en faltas graves De las sanciones: Las medidas a aplicar gradualmente son las siguientes:

Citación de apoderados: A solicitud del profesor de aula. El hecho debe quedar consignado en el registro de atención de apoderados y bitácora del alumno.

Condicionalidad de matrícula: Lo decide el profesor de curso y la Dirección

Cancelación de matrícula: La envía el director del establecimiento, previa presentación de un informe de profesor jefe con la debida y previa visación del Coordinador de Dirección y Sostenedor.

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Cada vez que sea necesario y como primera medida se le comunicará por escrito al apoderado en la libreta de comunicaciones del alumno sobre el acto realizado por su pupilo indicando la medida a seguir y la razón de esta decisión, si es posible y si así se amerita, se citará al apoderado para conversar personalmente con él. 13.- RELACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO CON LA COMUNIDAD ESCOLAR I.- CENTRO GENERAL DE PADRES Y APODERADOS

1) La Escuela Especial de Lenguaje Sendero del Saber, contará con Centro de Padres y Apoderados como un organismo colaborador de la familia y del establecimiento educacional para alcanzar objetivos que ambas instituciones persiguen en la enseñanza de los niños que asisten a nuestra escuela.

2) El Centro de Padres y Apoderados es el organismo que representa a los padres y apoderados ante las autoridades del establecimiento educacional y la afiliación es voluntaria.

3) Sus principales objetivos son: a. Vincular estrechamente el hogar de los alumnos con el establecimiento y

propender, a través de sus miembros, a que se mantengan y perfecciones los hábitos, aptitudes e ideales que hacen posible su educación.

b. Apoyar la labor del establecimiento, interesándose por su prestigio moral y prosperidad material

c. Interesar a sus miembros en la mejor formación de sus hijos o pupilos, y capacitarlos para ello, mediante actividades adecuadas de perfeccionamiento en los aspectos, moral, educacional y cívico-social.

d. Orientar sus recursos, preferentemente, para dotar al establecimiento de la infraestructura y material didáctico necesarios para mejorar la calidad de la educación.

4) Los Centros de Padres y Apoderados deberán dedicarse exclusivamente al

cumplimiento de los fines para los que fueron creados. En ningún caso podrán debatirse en sus reuniones o asambleas, materias ajenas a las indicadas.

5) Los Centros de Padres y Apoderados que desean obtener personalidad jurídica se deben constituir de acuerdo a las normas señaladas en el Código Civil, son las modalidades propias de su naturaleza, pudiendo adoptar los estatutos que libremente aprueben o el estatuto tipo aprobado por Decreto Suprema de Justicia Nº 565 de 6-6-90 y Decreto Exento del Mineduc Nº 284 del 26-10-90.

6) Los Centros de Padres y Apoderados que no se constituyan como persona jurídica se regirán por las normas que libremente acuerden considerando a lo menos las siguientes:

a. Será dirigido por una directiva compuesto por tres personas como mínimo, más el coordinador de dirección y el director del establecimiento por derecho propio o las personas que estos designen

b. La directiva deberá sesionar, ordinariamente, a lo menos dos veces al año. c. La Directiva se generará directamente en Asamblea General y del mismo

modo se procederá para los efectos de reemplazar alguno de sus miembros. d. El centro de padres y apoderados se podrá disolver, voluntariamente, por el

voto conforme de los tercios de los asistentes a Asamblea General, sobre la base exclusiva de no disponer de medios para cumplir las finalidades de la

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institución. Estas normas, en todo caso, deberán constar por escrito en una carta simple, copia de la cual se remitirá a la Dirección de Educación respectiva.

En lo más, y siempre que no se hubiere acordado algo en contrario, se regirá supletoriamente en lo que les sean aplicables por las normas del estatuto tipo aprobado por Decreto Supremo de Justicia Nº 565 de 6-6-90 y Decreto Exento del Mineduc Nº 284 del 26-10-90.

7) Los Centros de Padres y Apoderados administrarán e invertirán sus bienes y dinero provenientes de padres y apoderados a través de los personeros establecidos en las disposiciones reglamentarias que los rigen. Estos aportes son voluntarios y respecto de ellos, las normas legales vigentes prevalecen sobre las estatuarias.

14.- DEL CONSEJO ESCOLAR La escuela Sendero del Saber en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 19.979 del Decreto Nº 24 del 27 de enero de 2005, deberá constituir un Consejo Escolar, una vez constituido el Centro General de Padres a comienzos de cada año.

a) De la constitución de los Consejos Escolares: El consejo deberá quedar constituido y celebrar su primera sesión, a más tardar antes de finalizar el primer semestre del año escolar, esto significa como plazo máximo el último día de trabajo escolar antes de salir de vacaciones de invierno (segunda semana del mes de Julio)

b) Atribuciones del Consejo: El Consejo se comprometerá a informar y ser informado a lo menos en los siguientes aspectos:

- Las visitas inspectoras del Mineduc - Los logros de los aprendizajes de los alumnos - Cada 4 meses los ingresos y los gastos efectuado el presupuesto anual de todos los

ingresos y todos los gastos del establecimiento. c) Los temas en los temas en los que el consejo escolar podrá ser consultado son

a lo menos los siguientes: - El Proyecto Educativo Institucional - La programación anual y las actividades extra curriculares - Las metas del establecimiento y los proyectos de mejoramiento.

TITULO VI

1.- PROTOCOLOS DE ACTUACION FRENTE A ACCIDENTES Y EMERGENCIAS INTRODUCCION Es deber de todos los estamentos involucrados en el quehacer educativo, directivos, profesores, inspectores, auxiliares, y personal de la unidad educativa, velar por la salud e integridad física de ellos mismos y de los alumnos de la escuela.

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El presente informe tiene por objetivo principal delimitar en la Escuela Especial de Lenguaje Sendero del Saber, las responsabilidades de acuerdo a la estructura que se indica para la prevención de accidentes y acciones a seguir en casos de siniestro en el interior de la escuela. RESPONSABILIDADES 1.- De la Dirección: a) Orientar a la comunidad escolar sobre la correcta interpretación y aplicación de las normas que imparte el Ministerio de Educación sobre prevención de Riesgos en los escolares. (O el establecimiento) b) Planificar u organizar las acciones de prevención a los escolares de acuerdo a las instrucciones impartidas por el Ministerio de Educación. c) Supervisar el cumplimiento de las normas impartidas, referente a la seguridad. d) Informar a los padres y apoderados del Plan de Prevención de Riesgos adoptados por la comunidad escolar. e) Programar acciones de capacitación y perfeccionamiento con y para el personal, en materia de prevención de riesgos. 2.- De los Profesores

a) Velar por la salud e integridad física de los alumnos b) Conocer los principios básicos de prevención de riesgos escolares c) Hacer cumplir las normas básicas de orden y seguridad en las acciones a realizar. d) Promover la participación de los alumnos en todas las actividades de prevención de

riesgos. e) Poner en práctica todas las acciones planificadas. f) Adaptar las medidas necesarias destinadas para la buena ejecución de los planes

programados. 3.- De los Alumnos

a) Seguir las instrucciones de los profesores y de las personas a cargo de la seguridad. b) Las prácticas deben realizarse con responsabilidad para así adquirir hábitos de

seguridad que puedan salvar la vida. c) En caso de siniestro, seguir las normas establecidas que serán impartidas en las

prácticas.

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NORMAS A SEGUIR EN CASO DE SINIESTRO ACTIVIDADES ANTES DEL SINIESTRO:

a) Cada profesor deberá educar, instruir y organizar su curso para enfrentar un siniestro. b) Se deberán asignar funciones específicas a modo de facilitar el cumplimiento de las

medidas necesarias de seguridad en caso de presentarse un evento. DESARROLLO DE LA EVACUACION Directora : Cortará la luz de la Escuela y ordenará la evacuación cuando corresponda. Profesoras : Esperan las indicaciones para evacuar, en sus salas respectivas. Auxiliar : Apoyará a la profesora de nivel medio mayor en el cuidado y evacuación de la sala. 1.- Cada profesora se encargará de la evacuación a la zona de seguridad, que se encontrará señalizada, la profesora deberá velar por la calma y orden. 2.- Cada profesora debe salir con los libros de clases respectivos. 3.- Cada profesora deberá velar por la seguridad de sus alumnos. 4.- Cada profesora deberá controlar que los alumnos tomen posiciones de seguridad y mantengan en lo posible la calma. 5.- La Directora junto con la secretaria se encargarán de abrir el acceso principal del establecimiento y controlarán junto a las profesoras la entrega de los alumnos a sus respectivos apoderados. DESPUES DEL SINIESTRO: 1.- Cada profesora es responsable de proteger, guiar y organizar a sus alumnos para mantenerse juntos y verificar que estén todos. 2.- Cada profesora deberá reunirse con el resto de los profesores y alumnos en la zona de seguridad. 3.- Los profesores de los cursos deben permanecer en sus salas y deberán esperar a las personas de seguridad quienes les darán las instrucciones a seguir. 4.- Cada profesor entregará al apoderado u otra persona responsable a sus alumnos previo chequeo de su entrega.

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5.- La entrega de los alumnos será por la entrada de la escuela ubicada en Juanita Howard 102. 6.- En caso de tener que evacuar el recinto, los alumnos esperarán afuera de la escuela. 7.- En caso de situaciones graves los profesores y el curso deben seguir las instrucciones de las personas de seguridad quienes determinarán las prioridades. 8.- El director anunciará las acciones a seguir y determinará las prioridades del momento. 9.- El auxiliar de aseo se hará cargo del control de la puerta principal. 10.- El director o secretaria hará las gestiones que correspondan según los informes o peticiones de las personas de seguridad como llamar ambulancias, bomberos, carabineros y tener contacto con el exterior de la comunidad escolar. 11.- El personal de seguridad determinará, evaluará y asignará acciones a seguir, priorizando las necesidades que el caso amerita. 2.- PISE

El Plan Específico de Seguridad Escolar PISE que a continuación se expone, ha sido desarrollado por la dirección y personal del establecimiento educacional “Sendero del Saber”.

Tiene como objetivo establecer procedimientos para enfrentar una emergencia

creando equipos de trabajo, monitores y personal de apoyo quienes con responsabilidades y autoridad claramente definidas velaran por el bienestar del personal y niños (as) que se hallen dentro de las instalaciones del Establecimiento en caso de incendio, terremoto, desórdenes o cualquier otro fenómeno ocasionado por la naturaleza, con el objeto de reducir al máximo las lesiones o víctimas humanas, daños en el material y equipo, garantizar la conservación de la documentación y restablecer la normalidad en el menor tiempo posible.

Para la realización del presente plan se contó con la colaboración de expertos en

seguridad quienes con sus conocimientos, experiencias y a través de charlas instruccionales nos apoyaron en el desarrollo del presente documento.

Para dar respuesta oportuna y concreta a las necesidades de la comunidad escolar se

ha decidido trabajar con dos metodologías propuestas AIDEP y ACCEDER. Cabe señalar, por último que este plan puede ser readecuado según las necesidades y

modificaciones del entorno del establecimiento.

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CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR E.E.L.SENDERO DEL SABER

Misión del Comité: Labores del Comité: 1.- Recabar información y actualizarla. 2.- Diseñar, ejercitar y actualizar el plan. 3.- Diseñar y ejecutar planes de acción concretos. Integrantes del Comité: Responsabilidades y Funciones

CARGOS NOMBRES FUNCIÓN

Director Sandra Rojas Guerrero Responsable definitivo de la seguridad en la unidad educativa. Preside y apoya al comité y sus acciones.

Coordinador de la Seguridad Escolar

Claudia Tejeda Acevedo En representación del Director coordinará todas y cada una de las actividades que efectúe el comité. La coordinación permite un trabajo armónico en función del objetivo común: seguridad. El coordinador deberá, precisamente, lograr que los integrantes del comité actúen con pleno acuerdo, para aprovechar al máximo las potencialidades y recursos. Además, deberá tener una comunicación ágil con la ACHS , mantener los números de emergencia en un lugar Visible del establecimiento,

Coordinar a toda la comunidad escolar del establecimiento con sus respectivos estamentos, con el fin de lograr una activa y masiva participación, en donde todos los integrantes se comprometan y tengan mayor seguridad y calidad de vida.

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a fin de ir solicitar atención en caso de ocurrir una emergencia.

Representante de las Educadoras de Párvulos Representantes de Técnicos en Párvulos

Claudia Tejeda Leslie López

Aportar su visión desde sus correspondientes roles en relación a la unidad educativa, cumplir con las acciones y tareas que para ellos acuerde el comité y proyectar o comunicar, hacía sus respectivos representados, la labor General del establecimiento en materia de seguridad escolar.

Representante del Centro General de Padres y Apoderados.

Nivel Transición II Yovana Victoriano

Aportar su visión desde sus correspondientes roles en relación a la unidad educativa, cumplir con las acciones y tareas que para ellos acuerde el comité y proyectar o comunicar, hacía sus respectivos representados, la labor General del establecimiento en materia de seguridad escolar.

Representantes de las unidades (redes de apoyo)

-Coordinadora Oficina Nacional de Emergencia - ACHS Prevencionista de Riesgos Sra. Daniela Vega - Carabineros de la primera Comisaria Plan Cuadrante N° -Consultorio Iris Veliz las Torres N° 4149 -Compañía de bomberos N° 1

Constituyen instancias de Apoyo técnico al comité. Entregan los lineamientos generales dispuestos por carabineros en caso de emergencia y siniestros. (plan cuadrante) -En caso de emergencia ser un puente de comunicación para la escuela. -En caso de algún evento constituyen redes de apoyo en caso de accidente y

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emergencias

ORGANIGRAMA DEL COMITE DE SEGURIDAD ESCOLAR

METODOLOGÍA AIDEP DE MICROZONIFICACIÓN DE RIESGOS Y RECURSOS

La metodología aidep constituye una forma de recopilar información Aidep es un acróstico conformado con la inicial del nombre de cada etapa que lo conforma.

A Análisis Histórico

I Investigación en Terreno

D

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Discusión de Prioridades

E Elaboración del Mapa

P Plan Específico de Seguridad de la Unidad Educativa

Luego de haber realizado un análisis histórico y una investigación del terreno se ha llegado a las siguientes conclusiones:

ANÁLISIS DE LOS RIESGOS Y RECURSOS DETECTADOS: Riesgos Detectados:

Riesgo/ Punto crítico

Interno / Externo

Especificación Ubicación Exacta

Soluciones Posibles

Recursos Necesarios

Escaleras I Peligro iminente en cualquier momento o situación

Interior sala de fonoaudiologo

Realizar una educación acerca del buen uso de las escaleras, ya que estas cuentan con barandas y señaléticas.

Recurso Humano: Educadoras de Párvulos y Técnicos en Atención de párvulos que motiven y eduquen el buen uso de las escaleras.

Barandas de contención mal ubicadas

E Barandas de contención en mal a ubicación, ya que están en el borde de la solera.

Frontis de la escuela

Gestionar con la sostenedora de la escuela el traslado de las barandas

Recurso Humano: trabajador

Baranda de contención mal estructurada

E Los barrotes que conforman la baranda de contención se encuentran en forma horizontal, lo cual proporciona un peligro y no un medio de seguridad.

Frontis de la escuela

Gestionar con la sostenedora el traslado de las barandas

Recurso Humano: Soldador

Carencia de señalética que

E No existe señalética en el

Frontis del establecimien

Gestionar la intalación de

Oficio de solicitud

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indique la zona de escolares

exterior de la escuela .

to señalética con la direcciòn de transito.

Porton principal de salida

E Peligro , calle transitada por locomocion colectiva

Frontis del establecimiento

Reja y señales éticas de zona de escuela

Oficio de solicitud

´ RECURSOS DETECTADOS:

Recursos Especificación

El establecimiento cuenta con zona de

seguridad.

La cual será utilizada en caso de sismo o

alguna emergencia que implique evacuar

de las salas.

Extitores Los cuales tienen una mantención

periódica.

Señalética en todo el Establecimiento La cuales regulan las áreas del

establecimiento.

Megáfono El cual es un medio de comunicación con

la comunidad educativa.

Camilla de Emergencia Es un medio de transporte ante alguna

emergencia que la amerite.

Botiquines en cada sala de clases y oficina Los cuales cuentan con los recursos

necesarios para primeros auxilios.

PERSONAL DE LA ESCUELA DE LENGUAJE SENDERO DEL SABER” QUE PARTICIPA EN

EL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR

NIVEL PERSONAL PARVULOS

Directora 01 Educadora de Párvulos

Transición ll 01 Educadora de Párvulos 01 Técnico Auxiliar de

14 párvulos

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Párvulos

Transición l 01 Educadora de Párvulos 01 Técnico Auxiliar de Párvulos

21 párvulos

Nivel Medio Mañana 01 Educadora de Párvulos 01 Técnico Auxiliar de Párvulos

15 párvulos

Nivel Medio Tarde 01 Educadora de Párvulos 01 Técnico Auxiliar de Párvulos

10 párvulos

PROGRAMA OPERATIVO DE RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS

Metodología acceder es un programa operativo de respuestas ante determinadas

emergencias, sirviendo de articulación al programa antes visto (AIDEP) conteniéndose en una sigla y en pasos a seguir:

A Alarma

C Comunicación

C Coordinación

E Primera Evaluación

D Desiciones

E

Segunda Evaluación

R

Readecuación

Si se produce una emergencia (sismo, incendio, aviso de bomba, entre otros eventos)

se desplegará el procedimiento de emergencia, el cual es conocido por todos los funcionarios, quienes tienen la obligación de tranquilizar a los niños y niñas y facilitar la activación del procedimiento de emergencia. El tenor de la emergencia determinará los procedimientos que se activen. INICIO DE INSTRUCIONES A LOS PARVULOS

Objetivos Actividades Contenidos

Preparar a los párvulos para participar en el plan integral de evacuación

Video educativo en caso de sismo

Concepto de sismo Lugar seguro.

Teatro de títeres Crear obra relacionada con el tema.

Cuentos Escuchar cuentos.

Dramatizar Simón manda.

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Percibir señal auditiva Reconocer sonido de alerta.

Ejercicios motriz Protegerse en zona de segura.

Cantar

Señal para protegerse bajo de la mesa. Señal para evacuar interna. Señal evacuación externa.

RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL ANTE UNA EMERGENCIA

Personal Tarea a realizar

Coordinadora Educadora Pedagógica. Claudia Tejeda Acevedo

Dirigir la evacuación de los párvulos. Permanecer en el establecimiento hasta que se realice la evacuación de todo los párvulos

Educadoras Pedagógicas Nivel Kínder Claudia Tejeda Nivel Pre Kinder Sandra Rojas Aracely Quezada Nivel Medio Jornada de la Tarde Aracely Quezada

- Guiar la protección de los párvulos. -Proporcionar ambiente de calma y disciplina en todo momento. -Dirigir a los párvulos a la zona de seguridad

Asistente párvulo Leslie López

Tocar alarma

Técnico en Atención de Párvulos Nivel Kínder Leslie López Nivel Pre Kínder Nicole Castillo Nivel Medio Joselin Navarro

- Llevar bolso de cruz roja.

Auxiliar asistentes. Jornada Mañana Leslie López

-Abrir la puerta para la evacuación externa.

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Jornada Tarde Joselyn Navarro Nivel Medio

Nivel Kínder: Nivel Pre Kínder :

Nicole Castillo

Nivel Medio jornada Mañana: - Leslie López

Nivel Medio jornada Tarde:

- Joselin Navarro

Trasladar párvulos del Establecimiento hacia la zona de seguridad.

ORGANIZACIÓN DE LOS PÁRVULOS SENDERO DEL SABER

Indicaciones Acciones a Realizar El Párvulo

Señal de alerta (megáfono )

- Párvulos del nivel kínder y pre –

kínder salen de la sala de clases y se ubican en zona de seguridad, para comenzar la evacuación.

- Niveles medios: se ubican bajo las

mesas en la sala de clases y luego toman el cordel guía y se dirigen a la zona de seguridad.

PROCEDIMIENTO DE EVACUACÓN EN CASO DE: Emergencia en caso de Incendio: - Al producirse un principio de incendio se procederá a dar la alarma interna, para evacuar rápidamente las dependencias del Establecimiento hacía las zonas de seguridad, en el exterior del jardín infantil. - Junto con la alarma interna se procede a llamar a Bomberos y Carabineros. - El principio de incendio debe ser atacado con la máxima rapidez y decisión utilizando extintores, distribuidos en el establecimiento. Esta acción debe ser realizada por el personal docente, que se encuentren más próximos al lugar del incendio. - En caso de no poder controlar el siniestro, todo el personal que presta ayuda en el control del incendio debe dirigirse a la zona de seguridad.

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Emergencia en caso de Sismo: Durante el sismo: - Las Educadoras de Párvulos deben mantener la calma y alerta. - Además deben cerciorarse que las puertas de la salida del jardín infantil y la de las salas se abran. - Los párvulos deben alejarse de las ventanas por una mínima probabilidad de ruptura de los vidrios. - Durante el sismo no debe evacuar a los alumnos fuera del establecimiento. Después del Sismo: - Se debe proceder a la evacuación total de las salas, oficinas y zonas que no estén demarcadas como zonas de seguridad, manteniendo la calma y el orden. - Cada educadora de párvulos deberá asegurarse de que se encuentren todos los alumnos del curso a cargo, tomando los siguientes pasos:

*Formar al nivel que tiene a su cargo. * Tomar la lista de curso (lista que tiene que estar en el botiquín del curso) * Informará a la persona correspondiente de las novedades (encargada de seguridad)

- El personal responsable evaluará las condiciones de las dependencias del jardín infantil y tomarán la decisión de volver a las salas de clases. - Se resguardará la puerta para evitar problemas con afluencia de padres y/o apoderados que se acerquen al establecimiento después de cada sismo. - Se les informará a los apoderados sobre el estado de cada niño o niña en caso de que se haga retiro de los párvulos se realizará una vez que el curso este constituido y ratificado por asistencia. Esta evaluación debe ser informada a la encargada de seguridad.

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PLAN DE SEGURIDAD ESCOLAR

Actividad M A M J J A S O N D

-Capacitación del personal

Plan de Intervención Seguridad Escolar

x

- Informar a los padres y apoderados

acerca del plan PISE

x x x

- Evacuación sin aviso previo. x x x x x

- Simulacro Chile preparado planificada y

difundida previamente

x

-Re evaluación de plan de seguridad x x x

-Revisión botiquín y elementos de

seguridad por sala.

x x

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-Recarga de extintores y re capacitación

del personal

x

-Evaluación final y objetivos a alcanzar

próximo año.

x

Prevención: conjunto de acciones cuyo objetivo es impedir o evitar que fenómenos naturales o provocados por la actividad humana, causen emergencias o desastres.

Riesgo: exposición a un daño que puede o no suceder.

Simulacro: ejercicio práctico en terreno, que implica movimientos de personas y recursos, en el cual los participantes se acercan lo más posible a un escenario de emergencia real. Permite probar la planificación.

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN:

1. VULNERACIÓN DE DERECHOS : PROTOCOLO EN CASO DE ABUSO SEXUAL

A LA COMUNIDAD EDUCATIVA: Protocolo a seguir en caso de denuncia de abuso sexual: PRINCIPIO: El conocimiento de un hecho de connotación sexual que se presuma afecta a un menor de edad del establecimiento, debe ser denunciado por la primera persona que tenga conocimiento del Hecho, se insiste en que los conductos regulares administrativos, no operan para estos efectos. De acuerdo a la ley es obligación de los directores o docentes a cargo de los alumnos (as), denunciar cuando conozca un hecho que constituya delito, a la Institución correspondiente Pasos a Seguir: 1.- La educadora, funcionario o asistente de la educación que recibe la información (relato de un posible abuso sexual de algún menor), ya sea en forma directa o indirecta, debe denunciar inmediatamente en PDI, carabineros, fiscalía, OPD; sin la necesidad de solicitar autorización a algún superior jerárquico dentro del establecimiento.

2.- La persona que “recibe” la información debe denunciar de inmediato, resguardando la re victimización del agredido, es decir, NO debe intentar que la posible víctima vuelva a relatar los hechos o indagar sobre los mismos.

3.- Realizada la denuncia se debe Informar a los padres del o los alumnos a la brevedad de ocurrido el evento, el traspaso de la información hacia el o los adultos responsables puede realizarla una autoridad del colegio o bien la misma persona que realizó la denuncia primera.

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4.- Hacer la denuncia a la institución que corresponda: Fiscalía, Policías (Carabineros o PDI) etc. Aunque los padres hayan hecho la denuncia con anterioridad, hacerla por segunda vez. 5.- Enviar antecedentes al Ministerio Público, Tribunal de la Familia Juzgado de Garantía o policías (Carabineros o PDI), que sean solicitados, para que se adopten las medidas pertinentes. 6.- Con el fin de proteger al alumno (a) del daño que estas situaciones provocan en las victimas, es importante resguardar la confidencialidad de la situación y generar los pasos de ayuda por parte del establecimiento a fin de dar colaboración para que el hecho denunciado no afecte de sobremanera al menor.

7.- En el caso del “supuesto” culpable, de la denuncia, y es el Tribunal a través del Magistrado el que determina la responsabilidad y las sanciones, en ningún caso el establecimiento determina responsabilidades. Se debe considerar que el establecimiento solo actúa como garante de una “posible “situación que vulnera los derechos del Estudiante.

2.-PROTOCOLO EN CASO DE ACCIDENTES ESCOLARES

La seguridad del estudiante es un aspecto relevante que debe ser considerado en el accionar de la escuela y se debe precaver todas las situaciones para prevenirlos y/o actuar en caso que ellos sean inevitables, a fin de dar una rápida ayuda al menor, evitando de esa manera daños mayores.

En este contexto, el Ministerio de Educación, a través de la Política de Seguridad Escolar y Parvularia, promueve la seguridad escolar desde el autocuidado y la prevención de riesgos con un enfoque formativo, explicitado en los currículum de Educación Parvularia, Básica y Media, respectivamente. Se trata de promover en los y las estudiantes, conocimientos, actitudes y habilidades orientadas a fortalecer en ellos el autocuidado, la prevención de riesgos y el cuidado de su entorno cultural, social y ambiental; aprendizajes que les permitirán desenvolverse eficazmente en su medio ambiente, conociéndolo, respetándolo, sin provocarle un deterioro tal que signifique poner en riesgo la propia calidad de vida y la de los otros, promoviendo con ello sus derechos y sus responsabilidades como ciudadanos.

CONCEPTOS BÁSICOS: Seguridad escolar: “conjunto de condiciones, medidas y acciones enfocadas al desarrollo del autocuidado y a la prevención de riesgos, requerido para que los miembros de la comunidad educativa puedan realizar el ejercicio pleno de los derechos, libertades y obligaciones, que les reconoce o les impone el ordenamiento jurídico interno y las normas y tratados internacionales ratificados por Chile.” Autocuidado: capacidad progresiva que tienen niñas, niños, adolescentes y adultos de tomar decisiones, respecto de la valoración de la vida, de su cuerpo, de su bienestar y de su salud, así como el desarrollo de prácticas y hábitos para mejorar su propia seguridad y con ello, prevenir riesgos.

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Prevención de riesgos: se refiere a la preparación de medidas para anticiparse y minimizar un daño que es posible que ocurra; en el ámbito de la seguridad escolar, la prevención de riesgos implica que la comunidad educativa, en su conjunto, sea capaz de comprender y desarrollar recursos para identificar los riesgos, evitarlos, mitigarlos, y de responder en forma efectiva ante sus consecuencias.

1.-ACCIDENTE ESCOLAR:

Se denomina Accidente Escolar a toda lesión que un estudiante pueda sufrir en el desarrollo de sus actividades escolares y que, por su gravedad, traigan como consecuencia algún tipo de incapacidad o daño físico. Como queda expresado anteriormente, se considera también dentro de esta Categoría de Accidente Escolar las lesiones que puedan tener los estudiantes en el trayecto desde o hacia sus hogares o establecimientos educacionales.

Del SEGURO ESCOLAR: 1.- El seguro escolar protege a todos los/as alumnos regulares de establecimientos educacionales reconocidos por el Ministerio de Educación.

2.- La fiscalización de la aplicación del seguro escolar corresponde a la Superintendencia de Seguridad Social www.suseso.cl 3.- Este beneficio protege a los/as estudiantes ante accidentes que sufran a causa o con ocasión de: • Sus estudios o en la realización de su práctica profesional. • En el trayecto directo, de ida o regreso, entre su casa y el establecimiento educacional o el lugar donde realice su práctica profesional. La atención la entregan las postas u hospitales de servicios de salud públicos, en forma gratuita. Si el estudiante tuviese un accidente que implica riesgo vital o secuela funcional grave, debe ser atendido en el servicio de salud más cercano al lugar de ocurrencia del accidente. Dentro de la escuela:

1.-Detección del accidente

A.-Responsable: cualquier integrante de la comunidad educativa QUE SE ENCUENTRE CERCA DEL HECHO O TENGA CONOCIMIENTO DEL MISMO. Debe actuar de inmediato para constatar la situación.

B.-Línea de acción: al constatar la situación dar aviso al el encargado o encargada de

enfermería o algún funcionario asignado para ello.

C.-Evaluación preliminar: encargado(a) de enfermería.

Línea de acción: Adulto, junto al estudiante, da cuenta de situación en enfermería. En caso de ser necesario, traslado, acercamiento de camilla u otro implemento, hacia el afectado.

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D.-Adopción de medidas de urgencia, para el Afectado.

NO se le debe administrar ningún tipo de medicamento. El procedimiento se limitará a primero auxilios por algún adulto preparado. E.-Información al apoderado de la situación de su pupilo o pupila:

Dejar registro en enfermería (o secretaria) del nombre del afectado, la hora, Circunstancia del hecho, a fin de proporcionar la mayor información posible al apoderado.

F.-Entrega del seguro escolar.

En caso de gravedad el estudiante debe ser trasladado inmediatamente desde el colegio al centro asistencial más cercano, para lo cual se solicitará la ambulancia al centro asistencial más cercano junto a un funcionario designado por el establecimiento. En caso que el accidente sea menos grave o leve se notificará al apoderado para que lo retire del colegio, reciba el seguro escolar y lo lleve a la posta si lo estima necesario, en ningún de estos casos será llevado por un funcionario del colegio.

2.-Fuera de la escuela (accidente de trayecto)

Detección del accidente

A.-Detección:

Responsable: apoderado y/o el propio alumno, y/o adulto responsable. Línea de acción: el apoderado debe dar cuenta de la situación de accidente de su pupila o pupilo al establecimiento.

B.-Evaluación preliminar:

En caso de accidente en un lugar cercano al establecimiento:

Responsable: adulto del colegio y/o encargado de enfermería o funcionario asignado.

Línea de acción: se constatará accidente en enfermería y posteriormente se informará al apoderado. C.-Adopción de medidas de urgencia, para el afectado o afectada:

Responsable: encargado de enfermería o funcionario asignado. Línea de acción: Dejar registró en enfermería del nombre del afectado (a), situación de salud, hora y procedimiento. Se entrega seguro escolar al apoderado para que haga uso del mismo.

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NOTA FINAL: El establecimiento debe llevar un libro de novedades donde se deben registrar todas estas situaciones.

4.- VULNERACIÓN DE DERECHOS: PROTOCOLO EN CASO DE BULLYING. A LA COMUNIDAD: Protocolo a seguir en caso de denuncia de una situación que implique agresión física y/o verbal que afecte a algún estudiante. PRINCIPIO: La escuela debe velar por la seguridad física y síquica de sus estudiantes, para ello debe tomar medidas preventivas y/o de acción inmediata, con el propósito de evitar daños mayores en los estudiantes. Cuando en la Escuela Sendero del Saber, se detecta un caso de Bullyng referido por un

estudiante o detectado por un adulto responsable, se activará el siguiente protocolo:

A.- AGRESIÓN / AMENAZA O MALTRATO INFANTIL

1.- DETECCION

RESPONSABLE: Todo integrante de la comunidad educativa.

Acción: al constatar la situación, se alerta a los (la) responsable de convivencia escolar, u otra

persona adulta responsable.

2.- EVALUACIÓN PRELIMINAR DE LA SITUACIÓN:

RESPONSABLE: Directivo o docente que acoge la situación.

Acción: Toma de registro de los hechos en una ficha de entrevista.

Informar a las autoridades correspondientes.

3.- ADOPCION DE MEDIDAS:

Responsables: Directora o encargada de convivencia.

a) Informar a las familias

b) Entrevistar a los alumnos involucrados

c) Derivar a atención médica si corresponde

d) Alertar al resto de la comunidad educativa a fin de tomar resguardos al respecto.

e) Informar si procede a las autoridades: OPD, PDI, Carabineros u otro.

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4.- EL DIAGNOSTICO DE ACOSO ESCOLAR: Se considerará acoso escolar la violencia

entre pares, acoso recurrente en el tiempo, o abuso de poder.

Responsable: adulto responsable conocedor de la situación.

Acciones a seguir:

a.- entrevista con los actores

b.- reconstitución de los hechos

c.- análisis del contexto

d.- Elaborar informa de la situación

E.- Informar a SUPEREDUC si corresponde

5.- Aplicación del Reglamento de convivencia

Una vez realizada la investigación y aclarada se deberá aplicar el reglamento de convivencia

si corresponde.

6.- Plan de intervención:

ACCIONES DE INTERVENCIÓN:

- Acoger y educar a la víctima

- Sancionar y educar al agresor

- Citación a los apoderados correspondientes

- Trabajar en un plan de remediales con el grupo familiar y los propios involucrados.

- Derivar o trabajar directamente con especialistas (sicólogos)

- Realizar informe de seguimiento del caso.

- Socializar medidas preventivas derivadas del aprendizaje del caso o situación vivida.

4. VULNERACIÓN DE DERECHOS: PROTOCOLO EN CASO DE ABUSO SEXUAL Protocolo a seguir en caso de denuncia de abuso sexual: PRINCIPIO: El conocimiento de un hecho de connotación sexual que se presuma afecta a un menor de edad del establecimiento, debe ser denunciado por la primera persona que tenga conocimiento del Hecho, se insiste en que los conductos regulares administrativos, no operan para estos efectos. De acuerdo a la ley es obligación de los directores o docentes a cargo de los alumnos (as), denunciar cuando conozca un hecho que constituya delito, a la Institución correspondiente

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Pasos a Seguir: 1.- La educadora, funcionario o asistente de la educación que recibe la información ( relato de un posible abuso sexual de algún menor),ya sea en forma directa o indirecta, debe denunciar inmediatamente en PDI, carabineros, fiscalía, OPD; sin la necesidad de solicitar autorización a algún superior jerárquico dentro del establecimiento.

2.- La persona que “recibe” la información debe denunciar de inmediato, resguardando la revictimización del agredido, es decir, NO debe intentar que la posible víctima vuelva a relatar los hechos o indagar sobre los mismos.

3.- Realizada la denuncia se debe Informar a los padres del o los alumnos a la brevedad de ocurrido el evento, el traspaso de la información hacia el o los adultos responsables puede realizarla una autoridad del colegio o bien la misma persona que realizó la denuncia primera.

4.- Hacer la denuncia a la institución que corresponda: Fiscalía, Policías (Carabineros o PDI) etc. Aunque los padres hayan hecho la denuncia con anterioridad, hacerla por segunda vez. 5.- Enviar antecedentes al Ministerio Público, Tribunal de la Familia Juzgado de Garantía o policías (Carabineros o PDI), que sean solicitados, para que se adopten las medidas pertinentes. 6.- Con el fin de proteger al alumno (a) del daño que estas situaciones provocan en las víctimas, es importante resguardar la confidencialidad de la situación y generar los pasos de ayuda por parte del establecimiento a fin de dar colaboración para que el hecho denunciado no afecte de sobremanera al menor.

7.- En el caso del “supuesto” culpable, de la denuncia, y es el Tribunal a través del Magistrado el que determina la responsabilidad y las sanciones, en ningún caso el establecimiento determina responsabilidades. Se debe considerar que el establecimiento solo actúa como garante de una “posible“ situación que vulnera los derechos del Estudiante. 5.- PROTOCOLO SOBRE MALTRATO ENTRE MIEMBROS ADULTOS DE LA ESCUELA 1.-Será exigencia para todo apoderado el mantener un tono y vocabulario adecuado entre pares de la Escuela sendero de Saber.. En caso que se produzca altercados entre miembros adultos del colegio, la escuela Sendero del Saber: 2.- Citará a una Mediación: Deberá estar un tercero ajeno al establecimiento asumiendo una postura neutral en pro de la eliminación de la controversia (dicho tercero lo determinará dirección) La mediación procurará llegar a un acuerdo entre las partes, dejando por escrito los acuerdos. 3.- Se debe procurar que los momentos de tensión predomine el dialogo, el respeto y la tolerancia. 4.-Evitar que el mediador asuma una posición en beneficios de algunos de los involucrados. 5.-La escuela “Sendero del Saber” propiciará que los involucrados accedan a las capacitaciones sobre resolución de conflictos.-

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6.- PROTOCOLO SOBRE SALIDAS PEDAGÓGICAS O CULTURALES Se considera salidas pedagógicas y/ o culturales aquellas que por su naturaleza complementan los aprendizajes de los menores en ámbitos extra-aulas. Toda salida pedagógica debe ser planificada por el docente y debe ser autorizada por la autoridad de la escuela y por el padre o tutor responsable del menor. 1.- Los estudiantes serán autorizados por los padres y/o apoderados, mediante un formato tipo existente para estos casos y deberán entregarla al profesor, previo a la actividad. En aquellos caso que el estudiante NO cumpla con la entrega de la autorización de los padres y /o apoderados no podrá salir del recinto y se le debe asignar un trabajo en la misma escuela y quedará a cargo de personal responsable. 2.- Se considera salida ya sea que se realice en los alrededores o lejano del establecimiento se use o no movilización para ello. 3.- El docente que organiza la salida debe planificar con anticipación la salida pedagógica (o de otro tipo) y notificar al Director (a) de la actividad a realizar para que sea canalizada al Deproved, con un plazo de 15 días. 4.- El docente deberá constatar la relación de los menores que salen en libro de salidas existente en oficina respectiva, deberá firmar la salida y acompañar en todo momento a los estudiantes en su salida. Los niveles medio mayores seles solicitará que cada menor sea acompañado por un adulto para su seguridad. 4.- Todos los estudiantes que salen del colegio están protegidos por la ley de Accidentes Escolares. Para las salidas el colegio dispondrá de movilización para el transporte de los menores. 5.- En caso de accidente individual o múltiple, el profesor a cargo, deberá avisar inmediatamente a la dirección del colegio, quién deberá dar indicaciones al respecto. Será responsabilidad del colegio avisar lo acontecido a padres y apoderados. 7.- PROTOCOLO RETIRO DE LOS ALUMNOS DE LA ESCUELA “SENDERO DEL SABER” 1.- Los alumnos y alumnas deben ser retirados por su apoderado, titular y/o suplente, registrados en la Escuela Sendero del Saber con la Educadora de Párvulos de su respectivo nivel. En caso de no poder asistir el apoderado titular y/o suplente: OTRO ADULTO:

Si es la misma persona que lo retirará durante el año, el apoderado titular deberá emitir un documento firmado por él indicando nombre de quien está autorizado para hacer el retiro, para lo cual deberá entregar una copia a la Educadora de Párvulos y otra a la oficina de partes. Cada vez que asista esta persona deberá presentar su cedula de identidad.

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2. OTROS ADULTOS: Cada vez que se retire al alumno o alumna por un adulto distinto a los nombrados anteriormente, deberá presentar un documento firmado donde el apoderado titular lo autoriza, esta autorización debe estar previamente registrada en dirección del colegio. 2.- No está permitido en ningún caso que una persona ajena a las mencionadas retire a un alumno, tampoco las llamadas telefónicas ni los mail son válidos para una situación similar. 3.- En casos excepcionales un apoderado oficial podrá dar mandato a otra persona (familiar directo), con una carta poder, fotocopia de la CI y carnet original de la persona que retira. 4.- Para el retiro de alumnos a actividades pedagógicas, se considerará, como una salida pedagógica y no un retiro; en este caso bastará con una autorización firmada por el apoderado, autorización que será entregada a los alumnos de acuerdo al protocolo de salidas pedagógicas. 8.- PROCEDIMIENTOS PARA LA HIGIENE Y CUIDADO DE LA SALUD:

SOBRE LA VACUNACIÓN: 1.- Se recibe el oficio del ministerio de salud para la vacunación de los párvulos.- 2.-Se envía nómina por curso los antecedentes de cada niño(a) requeridos por el ministerio de salud. 3.-Se envía una circular a los padres y apoderados informando el día que vendrán a vacunar a los niños(as) para que envíen el carnet de control de niño sano o el cuaderno de vacunación 4.- Se habilita una sala para que se realice la vacunación y se irán vacunando por curso y de a dos niños consecutivamente. La asistente de salud entregará un informativo de sugerencias de cuidado y timbrará el carnet de niño sano y/o cuaderno de vacunación. ENFERMEDADES DE ALTO CONTAGIO PROCEDIMIENTO: 1.-Se registra el estado de salud que ingresa el (la) menor al establecimiento en una bitácora. 2.-Se comunica al apoderado la situación y deberá firmar la bitácora para tomar conocimiento de que su hijo(a) llego enfermo(a) a la escuela. 3.-En el caso de que el niño(a) este con una infección estomacal, se llamará al apoderado para que él venga a cambiar su vestimenta las veces que sea necesario. 4.-En el caso que el niño(a) tenga una temperatura superior a los 39° de fiebre, se notificará al apoderado para que lo lleve al centro de salud más cercano. 5.-Si el niño(a) presenta sintomatología de una enfermedad contagiosa (como por ejemplo: Varicela, sarna, sarampión, herpes, escarlatina, etc…).Se solicitará al apoderado el respectivo certificado médico y así tendrá que respetar los días de reposo dado por el profesional médico.

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PROCEDIMIENTOS DE HIGIENE DE LOS PARVULOS 1.-Se envía una circular dando a conocer que a partir del 1ero de abril todos los días lunes habrá una revisión de uñas, cabeza, orejas y cuello. Con el fin de velar por el bienestar de nuestros educandos.

a. De encontrar a un alumno(a) con pediculosis, se informará al apoderado de manera personal, si no se pudiera contactar al apoderado tendrá que ser a través de un medio escrito en el cuaderno de comunicaciones solicitando un pronto tratamiento correspondiente.

b. En el caso de mantenerse esta situación por no haber efectuado el tratamiento, tendrá

que venir el apoderado a una entrevista con la directora en el cual tendrá firmar un compromiso dando una fecha pertinente para impedir un masivo contagio.

2.-Las técnicos estarán a cargo del control de esfínter, lavado de manos, de cara (con agua y jabón), del lavado de los dientes (un buen uso del cepillo), el uso de los WC, higiene de los elementos del baño (cepillos, vasos y la basura) y velar por el aseo de los párvulos por si se hiciera alguna necesidad fisiológica, con previa autorización del apoderado. DE LOS MEDICAMENTOS: 1.-Nuestra escuela Sendero del Saber NO administrará medicamentos a los menores, si el apoderado tiene la necesidad o estuviera con algún tratamiento tendrá que acercarse a la escuela a administrar dicho remedio, o delegar en alguna persona adulta responsable debidamente identificada e informada por el apoderado titular.-

TITULO VII

CONOCIMIENTO DEL REGLAMENTO

Artículo 1º Conocimiento del Reglamento: Cada miembro del personal docente, no docente y administrativo recibirá un ejemplar del presente Reglamento al inicio del año escolar o al momento de asumir sus funciones, si este ya se hubiere iniciado, el que deberá ser leído y devuelto, dentro del plazo de 5 días hábiles con la firma correspondiente, la que indicará estar conforme con las normas planteadas, las cuales serán respetadas y cumplidas a cabalidad, sometiéndose en caso de incumplimiento , a las responsabilidades y sanciones que correspondan.

ARICA, ABRIL DE 2019