reglamento interno de evaluaciÓn escuela basica caleuche · 2017. 8. 27. · la escuela básica...

14
1 REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA CALEUCHE Liliana Liberona del Pino UTP

Upload: others

Post on 06-Nov-2020

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA CALEUCHE · 2017. 8. 27. · La Escuela Básica Caleuche, ... antes de 15 días después de haber realizado la prueba, si esta se

1

REGLAMENTO INTERNO DE

EVALUACIÓN

ESCUELA BASICA CALEUCHE

Liliana Liberona del Pino

UTP

Page 2: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA CALEUCHE · 2017. 8. 27. · La Escuela Básica Caleuche, ... antes de 15 días después de haber realizado la prueba, si esta se

2

Introducción

Durante la jornada de evaluación institucional de Diciembre del año 2016, el Consejo

de Profesores, después de revisar el Reglamento Interno de Evaluación vigente, lo

reformuló considerando ciertas carencias, en algunos Artículos e incorporando

algunos nuevos, para hacerlo así más operativo.

Este Reglamento Interno de Evaluación, entra en vigencia a contar desde Marzo, del

año 2017.

Artículo 1:

La Escuela Básica Caleuche, reformula su Reglamento Interno de Evaluación a partir

del existente y basado en el decreto de evaluación 511 del 08/05/97.

a) Este Reglamento Interno de Evaluación, se aplicará a contar de 1° de Marzo del

2017.

b) Este reglamento Interno de Evaluación se dará a conocer a padres, apoderados

y alumnos en reuniones del subcentro, Centro general de padres y clases de

orientación.

c) Este reglamento Interno de Evaluación, se revisa año a año, para mantenerlo

actualizado a los nuevos requerimientos que se puedan presentar.

Artículo 2:

a) El régimen de evaluaciones que se acoge la escuela, es Semestral.

b) De la Evaluación:

c) Artículo 3:

a) Para evaluar los aprendizajes de los alumnos y alumnas, se aplicarán

evaluaciones escritas y orales, pruebas estandarizadas y no estandarizadas,

Page 3: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA CALEUCHE · 2017. 8. 27. · La Escuela Básica Caleuche, ... antes de 15 días después de haber realizado la prueba, si esta se

3

trabajos prácticos, trabajos de investigación, creaciones escritas y no escritas,

disertaciones, exposiciones, dramatizaciones y otros que proponga él o la

docente.

b) Las evaluaciones obtenidas por los alumnos y alumnas, y según la facultad que

otorga el Art. 7 del Decreto de Evaluación 511, serán expresadas en cifras

según la escala de 1 a 7, con un decimal y los resultados se darán a conocer a

los alumnos y alumnas en horas de clases de la misma asignatura evaluada,

antes de 15 días después de haber realizado la prueba, si esta se realizó en

forma escrita.

A los padres y apoderados, se les informaran las evaluaciones en las reuniones

de Subcentro.

c) La calificación semestral en cada una de las asignaturas del Plan de Estudio

será el promedio aritmético de todas las notas parciales, expresadas en cifra

hasta con un decimal.

d) La calificación anual o final para cada asignatura, será el promedio obtenido, al

promediar la nota final del primer semestre con la nota final del segundo

semestre.

La calificación mínima de aprobación será 4.0; tal como lo expresa el

Decreto 512 en su Art. 7°.

e) El mínimo de evaluaciones parciales por asignatura será de:

Lenguaje y matemáticas: 6 notas

Historia y Geografía y Ciencias Sociales: 4 notas

Ciencias Naturales: 4 notas.

Artes visuales, Música, Educación física y Salud: 4 notas

Page 4: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA CALEUCHE · 2017. 8. 27. · La Escuela Básica Caleuche, ... antes de 15 días después de haber realizado la prueba, si esta se

4

Tecnología y Religión: 4 notas

f) Los alumnos o alumnas con N.E.E transitorios, como permanentes, serán

evaluados de acuerdo a sus adecuaciones curriculares.

Artículo 4°:

Los alumnos y alumnas deberán ser evaluados en todas las asignaturas y actividades

de aprendizaje del Plan de Estudio.

Artículo 5°:

Para los alumnos que presenten alguna dificultas o impedimento para ser evaluados a

través de la aplicación de una evaluación estandarizada, se deberá aplicar un

procedimiento de evaluación diferenciada.

Artículo 6°:

No se considera la aplicación de este artículo en el presente Reglamento Interno de

Evaluación.

De la calificación:

Artículo 7°:

Los resultados de las evaluaciones, expresadas como calificaciones de los alumnos y

alumnas en cada una de las asignaturas, para registrarlas al término del año escolar,

se anotarán en una escala numérica del 1 al 7, hasta con un decimal.

LA NOTA MÍNIMA DE APROBACIÓN ES 4.0

Page 5: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA CALEUCHE · 2017. 8. 27. · La Escuela Básica Caleuche, ... antes de 15 días después de haber realizado la prueba, si esta se

5

Artículo 8°:

Al término de cada semestre se entregará al apoderado un informe de desarrollo

personal elaborado por los docentes de la escuela.

Artículo 9°:

La calificación en la asignatura de Religión será con concepto y esta no incidirá en la

promoción:

CONCEPTOS:

MB: Muy Bueno (6.0 a 7.0)

B : Bueno ( 5.0 a 5.9)

S : Suficiente ( 4.0 a 4.9)

I : Insuficiente (1.0 a 3.9)

De la Promoción:

Para ser promovido un alumno o alumna de la Educación Básica, se aplicará el

DECRETO DE EVALUACIÓN, vigente 511, en sus artículos.

Art. 10-11-12-13-14-15.

Artículo 10

Serán promovidos todos los alumnos de 1º a 2º y de 3º a 4º año de Enseñanza Básica

que hayan asistido, a lo menos, al 85% de las clases, considerando que se dispone de

dos años completos para el cumplimiento de los Objetivos Fundamentales y

Contenidos Mínimos Obligatorios correspondientes a estos cursos. El Director (a) del

establecimiento de que se trate y el Profesor (a) Jefe del respectivo curso podrán

autorizar la promoción de alumnos (as) con porcentajes menores de asistencia,

fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas.

No obstante lo señalado en los incisos anteriores,

el (la) Director (a) del respectivo establecimiento podrá decidir excepcionalmente,

previo informe fundado con variadas evidencias del Profesor (a) Jefe del curso de los

alumnos (as) afectados (as), no promover de 1º a 2º año básico o de 3º a 4º año básico

Page 6: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA CALEUCHE · 2017. 8. 27. · La Escuela Básica Caleuche, ... antes de 15 días después de haber realizado la prueba, si esta se

6

a aquellos (as) que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o

matemática, en relación a los aprendizajes esperados en los programas de estudio que

aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la

continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.

Además, para adoptar tal medida, el establecimiento deberá tener una relación de las

actividades de reforzamiento realizadas al alumno (a) y la constancia de haber

informado oportunamente de la situación a los padres y/o apoderados, de manera tal

de posibilitar una labor en conjunto.

Asimismo, los alumnos (as) con necesidades educativas especiales integrados (as) a la

educación regular, considerando las adecuaciones curriculares realizadas en cada

caso, estarán sujetos a las mismas normas antes señaladas agregándose en su caso, la

exigencia de un informe fundado del profesor (a) especialista.

Artículo 11:

Para la promoción de los alumnos de 2º a 3º y de 4º hasta 6º año de enseñanza básica,

se considerarán conjuntamente, el logro de los objetivos de las, asignaturas o

actividades de aprendizaje del plan de estudio y la asistencia a clases.

1.- Respecto del logro de los objetivos:

a) Serán promovidos los alumnos que hubieren aprobado todos los subsectores, asignaturas

o actividades de aprendizaje de sus respectivos planes de estudio.

b) Serán promovidos los alumnos de los cursos de 2º a 3º año y de 4º hasta 6º año de

enseñanza básica que no hubieren aprobado una asignatura o actividad de aprendizaje,

siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior, incluido el

no aprobado. c) Igualmente, serán promovidos los alumnos de los cursos de 2º a 3º año y de 4º hasta 8º año de enseñanza básica que no hubieren aprobado dos asignaturas o actividades de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluidos los no aprobados. 2.- Respecto de la asistencia: Para ser promovidos los alumnos deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual.

Page 7: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA CALEUCHE · 2017. 8. 27. · La Escuela Básica Caleuche, ... antes de 15 días después de haber realizado la prueba, si esta se

7

No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, el Director

del establecimiento y el Profesor Jefe podrán autorizar la promoción de los alumnos,

de 2º a 3º y de 4º a 5º año, con porcentajes menores de asistencia. En el 2º Ciclo

Básico (5º a 6º año) esta autorización deberá ser refrendada por el Consejo de

Profesores.

3.- Los alumnos de 2º y 4º año de enseñanza básica que no cumplan con los requisitos

de promoción indicados en los puntos 1 y 2 de este artículo, deberán repetir el 2º o el

4º año básico, según corresponda.

Artículo 12:

El Director del establecimiento educacional con el (o los) profesor (es) respectivo (s)

deberán resolver las situaciones especiales de evaluación y promoción de los alumnos

de 1º a 4º año de enseñanza básica. Para los alumnos de 5º a 6º año de enseñanza

básica, esta resolución deberá ser refrendada por el Consejo de Profesores. Entre

otros resolverán los casos de alumnos que por motivos justificados requieran ingresar

tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado, finalizar

el año escolar anticipadamente u otros semejantes.

Todas las situaciones de evaluación de los alumnos de 1º a 6º año básico, deberán

quedar resueltas dentro del período escolar correspondiente.

Artículo 13:

La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término de

cada año Escolar. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento educacional

entregará a todos los alumnos un certificado anual de estudios que indique las

asignaturas o actividades de aprendizaje, con las calificaciones obtenidas y la

situación final correspondiente.

Page 8: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA CALEUCHE · 2017. 8. 27. · La Escuela Básica Caleuche, ... antes de 15 días después de haber realizado la prueba, si esta se

8

El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo. La Oficina

competente de la División de Educación General y los Secretarios Regionales

Ministeriales de

Educación podrán expedir los certificados anuales de estudio, los certificados de

concentraciones de notas, cualquiera sea el lugar en que esté ubicado el

establecimiento educacional donde haya estudiado el peticionario.

Artículo 14:

Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en cada

curso, las calificaciones finales en cada asignatura o actividad de aprendizaje, la

situación final de los alumnos y cédula nacional de identificación de cada uno de ellos.

Las Actas se confeccionarán en tres ejemplares idénticos y deberán ser presentadas a

la Secretaría Regional Ministerial de Educación correspondiente, organismo que las

legalizará, enviará una a la División de Educación General, devolverá otra al

establecimiento educacional y conservará el tercer ejemplar para el registro regional.

Artículo 15:

Las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstas en el presente

decreto, serán resueltas por las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación

respectivas dentro de la esfera de su competencia.

Artículo 16 los alumnos con necesidades educativas permanentes serán evaluados

por medio del plan adecuación curricular individual (PACI)

NIVELES DE TRANSICIÓN

Los niveles de Transición 1 y 2 de nuestra Escuela, se regirán por el Decreto

289/2001 bases curriculares en los Niveles 1º y 2º de Transición (NT1-NT2).

Page 9: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA CALEUCHE · 2017. 8. 27. · La Escuela Básica Caleuche, ... antes de 15 días después de haber realizado la prueba, si esta se

9

CONSIDERANDO: Que, la Educación Parvularia constituye el primer nivel educativo

formal y que en conjunto con la familia, favorecen el desarrollo pleno y armónico del

párvulo, con aprendizajes oportunos y pertinentes a sus características, necesidades e

intereses.

DE LAS EVALUACIONES EN LOS NIVELES DE TRANSICIÓN:

Artículo 1°:

La evaluación deberá tener las siguientes consideraciones:

a) Los párvulos serán evaluados en forma permanente de acuerdo a los aprendizajes

esperados.

b) La educadora de párvulos deberá informar periódicamente a los padres y

apoderados, respecto del estado de avance de los aprendizajes de los niños y niñas.

c) La educadora de párvulos deberá hacer entrega a los padres y apoderados, de un

Informe al hogar semestral.

Evaluación de procesos:

1. En el mes de Marzo, la Educadora de Párvulos de la escuela, aplicará y tabulará los

resultados de las pruebas de diagnóstico, desde NT1, NT2, para establecer niveles de

logro y ser presentados a UTP. La UTP durante la primera quincena del mes que se

apliquen los instrumentos evaluativos, hará análisis de resultados para luego informar

al Consejo de Profesores, apoderados y en particular al curso y elaborar estrategias

remediales, en caso de ser meritorio, teniendo a la base a los resultados obtenidos por

el grupo curso.

Este proceso evaluativo e informativo, se realizará tres veces al año, con instrumentos

formales de evaluación,

Diagnóstico (Marzo)

Page 10: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA CALEUCHE · 2017. 8. 27. · La Escuela Básica Caleuche, ... antes de 15 días después de haber realizado la prueba, si esta se

10

Proceso (Julio)

Final (Diciembre)

De las dos últimas evaluaciones formales, (Julio – Diciembre) se obtendrá la

información necesaria para completar los informes de final del primer semestre y

finalización del año escolar.

Artículo 2°:

TÉCNICAS E INSTRUMENTOS EVALUATIVOS EN LOS NIVELES DE TRANSICIÓN:

Registro anecdótico: Es el instrumento para el registro de las observaciones que

incidentalmente puede hacer la educadora. En este registro se anotan los hechos

significativos protagonizados por los niños relatándolos tal como sucedieron y

ubicando la acción en el lugar o momento correspondiente. La descripción de las

circunstancias en que ocurrió el hecho reviste especial importancia, ya que de la

misma pueden surgir elementos para la educación de la conducta del niño que lo

protagonizo de tanto o mayor interés que el hecho mismo.

Lista de cotejo o control: Este instrumento está conformado por un listado de

temas que describen aspectos específicos de la conducta del niño, al realizar una tarea

o actividad. El educador solo debe limitarse a anotar con un sí o un no, la presencia o

ausencia de la conducta frente al ítem correspondiente. La lista de cotejo o control,

supone un trabajo previo a la observación, que constituye el seleccionar las conductas

significativas en relación con el aspecto que se desea evaluar.

Escala de apreciación: Se aplica una técnica similar a la lista de cotejo, agregando a

la derecha del listado de conductas conceptos que representan la frecuencia,

intensidad o calidad con que estas se presenten. Los conceptos usados son:

Page 11: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA CALEUCHE · 2017. 8. 27. · La Escuela Básica Caleuche, ... antes de 15 días después de haber realizado la prueba, si esta se

11

frecuentemente, rara vez, nunca, totalmente logrado, parcialmente logrado, muy

bueno, regular.

Pruebas objetivas: Este instrumento, aunque con carácter restringido, que el que

tienen en otros niveles del sistema educacional, es una forma de evaluación en el área

cognitiva y psicomotriz. Las pruebas pueden ser verbales, gráficas, o de ejecución.

1. Verbales: son aquellas en que se enfrenta al niño con una situación a la que debe

responder en forma oral.

2. Gráficas: son aquellas que comprenden símbolos o dibujos que el niño debe

identificar, asociar o reproducir, según lo que se desea evaluar.

3. Ejecución: son aquellas en la que el niño debe responder en forma práctica ya sea

realizando una tarea, actividad corporal o manual.

Informe al hogar: Es un instrumento técnico que permite entregar la información

del progreso alcanzado por el párvulo durante el año activo. Se entrega dos veces al

año, este instrumento permite que la educadora aporte al hogar y al profesor de

enseñanza básica una información de los aprendizajes adquiridos por el niño en el

segundo nivel de transición. Al aplicarse todos estos procedimientos en función de los

aprendizajes esperados, debe integrarse la información obtenida con el fin de emitir el

juicio valórico que permita tener una visión de conjunto y secuencia en el tiempo, que

propicie el apreciar la evolución del niño o niña durante su permanencia en la

educación parvularia.

DE LA CALIFICACIÓN EN LOS NIVELES DE TRANSICIÓN:

Artículo 2°:

Los resultados de las evaluaciones, se expresarán de la siguiente forma:

INDICADOR ALUMNO/A NIVEL DE APRENDIZAJE

EL APRENDIZAJE ESTÁ ADQUIRIDO LOGRADO L

EL APRENDIZAJE SE ENCUENTRA EN VÍAS DE SER LOGRADO. MEDIANAMENTE LOGRADO M.L

Page 12: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA CALEUCHE · 2017. 8. 27. · La Escuela Básica Caleuche, ... antes de 15 días después de haber realizado la prueba, si esta se

12

NO EVIDENCIA EL APRENDIZAJE MEDIO BAJO M.B

NO EVIDENCIA EL APRENDIZAJE BAJO B NO EVALUADO N.E N.E

DE LA PROMOCIÓN EN LOS NIVELES DE TRANSICIÓN:

Artículo 3°:

Para la promoción al Nivel inmediatamente superior se considerará conjuntamente la

asistencia y el logro de objetivos de los estudiantes.

1. ASISTENCIA: Para ser promovidos los estudiantes deberán asistir, a lo menos, al

85% de las clases establecidas en el calendario anual. No obstante, por razones

debidamente justificadas, el Director(a) del Establecimiento, autorizará la promoción

a los estudiantes con porcentajes menores de asistencia. Para ello el apoderado

deberá presentar a la Dirección de Establecimiento los siguientes documentos:

A. Solicitud escrita.

B. Certificados médicos justificando las inasistencias.

2. LOGRO DE OBJETIVOS: Serán promovidos los estudiantes:

A. Que hubiesen aprobado el respectivo Nivel.

B. Que tengan dominio de las funciones básicas.

C. Que tengan madurez suficiente para el aprendizaje.

Sin embargo, si la Educadora de Párvulos a cargo de los niveles decide la repitencia, de

aquellos(as) estudiantes que no cumplan con las exigencias indicadas anteriormente,

queda a decisión del apoderado si acata las indicaciones.

DE LOS INFORMES ANUALES DE ESTUDIO, LAS ACTAS DE EVALUACIONES Y

PROMOCIÓN ESCOLAR EN LOS NIVELES DE TRANSICIÓN:

Page 13: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA CALEUCHE · 2017. 8. 27. · La Escuela Básica Caleuche, ... antes de 15 días después de haber realizado la prueba, si esta se

13

Artículo 4°:

Al término del año escolar, la Escuela extenderá a sus estudiantes, un Informe Anual,

indicando las áreas evaluadas, los logros obtenidos y la situación final

correspondiente. Art. 9º: Las Actas de Registro de Evaluación y Promoción,

consignarán en cada curso los registros finales de cada área y la situación final del

estudiante

Situaciones especiales:

1. De las edades mínimas para el ingreso al establecimiento en los primeros

niveles de educación. (Decreto 1718 exento del 3/10/2011 y también

establecidos en decreto 511)

Artículo 1°:

a) Edad mínima de ingreso a NT1, 4 años cumplidos al 31 de Marzo.

b) Edad mínima de ingreso a NT2, 5 años cumplidos al 31 de Marzo.

c) Edad mínima de ingreso a 1° básico, 6 años cumplidos al 31 de Marzo.

d) Para las tres situaciones de las letras a, b, c, se puede aplicar el decreto de

Ley que modifica lo descrito anteriormente, extendiendo los ingresos hasta

el 30 de Junio, para cada nivel. (Facultad del Director de la Escuela)

e) Para las tres situaciones antes descritas, se procederá a aplicar una prueba

de MADUREZ POR LA Educadora de Párvulos, de los niveles NT1 y NT2, y

para el 1° año básico, la profesora jefe del curso.

INGRESO DE ALUMNOS CON RÉGIMEN TRIMESTRAL.

Con los alumnos y alumnas provenientes de escuelas con régimen trimestral, se

procederá de la siguiente forma:

Page 14: REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA CALEUCHE · 2017. 8. 27. · La Escuela Básica Caleuche, ... antes de 15 días después de haber realizado la prueba, si esta se

14

Artículo 2°:

a) Si ingresa con un trimestre finalizado, estas notas se consideraran como

una nota parcial en las respectivas asignaturas evaluadas.

b) Si ingresa el alumno o alumna con dos trimestres finalizados, se

promediaran las notas de cada asignatura y se consideraran con una nota

semestral para cada asignatura evaluada ( 1° semestre)

ARTÍCULOS TRANSITORIOS:

Todas las situaciones no previstas en el presente Reglamento, serán resueltas por el

director de la escuela y U.T.P.-

_________________________________ ____________________________

LILIANA LIBERONA DEL PINO ALIRO DONOSO OYARZÚN

JEFA DE U.T.P DIRECTOR ESCUELA

CALEUCHE 2017.