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Escuela Arturo Pérez Canto. 1 REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Identificación del Establecimiento Director Srta María Elizabeth Nazer Varela Dirección del Establecimiento Avda. Argentina N° 2895 Población Baquedano R.B.D. 458-8 Comuna Vallenar Fono 2-613872 E-mail AÑO 2016 ESCUELA ARTURO PÉREZ CANTO Nombre Establecimiento

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Escuela Arturo Pérez Canto.

1

REGLAMENTO INTERNO DE

CONVIVENCIA ESCOLAR

Identificación del Establecimiento

Director Srta María Elizabeth Nazer Varela

Dirección del Establecimiento Avda. Argentina N° 2895 Población Baquedano

R.B.D. 458-8

Comuna Vallenar

Fono 2-613872

E-mail

AÑO 2016

ESCUELA ARTURO PÉREZ

CANTO

Nombre Establecimiento

INSERTAR INSIGNIA DEL

ESTABLECIMIENTO

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INDICE REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

DE LAS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO POR NIVEL Marco ordenador y regulatorio de la Convivencia Escolar, con enfoque formativo

Conductas esperadas ARTICULOS

• Coherente con principios y criterios sobre convivencia escolar (PEI-SEP)

• Acta acuerdo y participación de la Comunidad Educativa o Consejo Escolar.

• Conductas esperadas de nuestros estudiantes por nivel. • De los niveles y modalidades educativas. • Responsables de aplicar los procedimientos. • Acorde con normas y acuerdos sociales (Legislación nacional-

internacional) • Deberes y derechos. • Consejo Escolar • Alumnos con NEE • Alumnos Indígenas • Distinciones a considerar.

Distinciones a considerar: • Agresividad • Conflicto • Violencia • Bulling • Grooming.

PROCEDIMIENTOS PARA ABORDAR LOS CONFLICTOS Y MEDIDAS REPARATORIAS:

Constitución de Mediación. (Profesor, Inspectoría General, Directora).

Consideraciones Técnicas:

Medidas que resguardan el cumplimiento de esos principios.

Aplicación de criterios de graduación de faltas

Instancias reparatorias

Denuncias de delitos

SANCIONES

Aplicación de procedimientos claros y justos: • Que sean escuchados • Que sus argumentos sean considerados • Que se presuma su inocencia • Que se reconozca su derecho a apelación

Consideración de factores agravantes o atenuentes: • De acuerdo con la edad, el rol y la jerarquía de los involucrados varía el nivel de

responsabilidad sobre sus acciones. • Conocer el contexto , la motivación y los intereses que rodean la aparición de la

falta

Aplicación de criterios de graduación de faltas • Falta Leve • Falta Grave • Falta gravísima

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La Comunidad Educativa Arturo Pérez Canto, es una Comunidad Educativa que inspiradas

en un propósito común integran una institución educativa. Ese objetivo común es contribuir a la

formación y el logro de aprendizajes de todos los estudiantes que son miembros de ésta,

proponiendo asegurar su pleno desarrollo ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico. El

propósito compartido de la comunidad se expresa en la adhesión al Proyecto Educativo

Institucional y a sus reglas de convivencia establecidas en el presente Reglamento Interno de

Convivencia Escolar.

Artículo 46º letra f (Modificación Ley Nº 20.536).-

Se establece que todos los establecimientos deben contar con un Reglamento Interno que regule

las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad educativa; dicho

reglamento, deberá incorporar políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de

actuación y la descripción de las diversas conductas que constituyan falta a la buena convivencia

escolar, graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad. Indica, además, que las medidas

disciplinarias correspondientes a tales conductas podrán incluir desde una medida pedagógica

hasta la cancelación de la matrícula. En la aplicación de dichas medidas deberá garantizarse en

todo momento el justo procedimiento, el cual deberá estar establecido en el reglamento.

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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Marco ordenador y regulatorio de la Convivencia Escolar, con enfoque formativo

Coherente con principios y criterios sobre convivencia escolar (PEI-SEP)

MISIÓN DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL

EDUCAR A LOS ESTUDIANTES ENTREGANDO INNOVACIÓN, EFICIENCIA E INTEGRACIÓN,

ORIENTADA A GENERAR APRENDIZAJES SIGNIFICATIVOS SUSTENTADOS EN LA

TECNOLOGIA; EN UN CLIMA DE RESPETO, EQUIDAD, TOLERANCIA Y PARTICIPACIÓN Y

DE ESTA MANERA ALCANZAR LOS LOGROS PROPUESTOS HACIA LA ENSEÑANZA

MEDIA.

Principios y Valores a desarrollar en el Establecimiento, que se articulen con los señalados

en la LGE

• Respeto

• Empatía

• Equidad del sistema educativo.

• Autonomía.

• Diversidad.

• Responsabilidad.

• Solidaridad.

• Participación

• Flexibilidad.

• Transparencia.

• Integración Calidad de la educación.

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Acciones, talleres o proyectos que propenden a materializar la Misión y los Valores declarados en:

Talleres, proyectos, acciones DESCRIPCIÓN

Proyecto JECD Cumplir con normativa de realización de talleres.

Plan de Mejoramiento Educativo

(SEP)

Realizar acciones para mejorar los aprendizajes de

los estudiantes.

Acciones Reuniones Subcentro

Informar los resultados educativos.

Socializar el PEI y Reglamentos Vigentes.

Acciones CCAA

Participación de los estudiantes en la construcción

de normas, acciones y procedimientos que mejoren

la Convivencia Escolar y los Aprendizajes.

Acciones CCPP

Colaborar y Apoyar a la Comunidad Educativa en

pro de los estudiantes.

Reuniones Equipo EFE

Coordinar y Planificar las acciones del Programa

Aprender en Familia.

Reuniones Apoderados Monitores

del “ Programa Aprender en

Familia”

Capacitación en temas relacionados con la familia

para ser aplicados en talleres en la reunión mensual

de Subcentro.

Consejo de Profesores

Orientar, planificar y ejecutar acciones en base al

P.E.I, Calendario Regional MINEDUC, Planes y

Programas de Estudios. Calendario de Actividades

Internas, Evaluación P.M.E., etc.

Consejo de curso de Orientación

Escolar

Orientar y trabajar los programas propios del

establecimiento e implementados por MINEDUC, en

base al P.E.I.

Plan de Convivencia Escolar.

Organizar y regular las acciones para mejorar la

Convivencia Escolar.

Plan de Orientación Educativa Orientar los procesos educativos.

Reuniones de Articulación PIEC Planificar las adaptaciones y adecuaciones

curriculares de acuerdo a las N.E.E.

Consejo de Convivencia Escolar Planificar las actividades del año escolar.

Aniversario del establecimiento Organizar acciones para celebrar el Aniversario del

Colegio

Reuniones de Equipo de Gestión

Escolar

Organizar , planificar ,tomar acuerdos y decisiones

para desarrollar las acciones y procedimientos a

realizar

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Marco ordenador y regulatorio de la Convivencia Escolar, con enfoque formativo

Conductas Esperadas de nuestros estudiantes

De los Niveles y Modalidades Educativas

Cuadro Nº1 ¿El aula genera un ambiente propicio para el aprendizaje? El ambiente propicio no se relaciona con los niveles de ruido, el tamaño de la clase o los estilos de enseñanza tradicionales en contraste con los modernos. Se refiere a un aula que es una comunidad cálida y acogedora, donde hay presentes cinco cualidades:

a) La cooperación. Los niños aprenden a trabajar juntos y a confiar, ayudar y a compartir entre sí.

b) La Comunicación. Los niños aprenden a observar cuidadosamente, a comunicarse con precisión y a escuchar de manera sensible.

c) La Tolerancia. Los niños aprenden a respetar y a apreciar las diferencias de las personas

y a entender los prejuicios y cómo funcionan.

d) La expresión emocional positiva. Los niños aprenden a expresar sus sentimientos, particularmente el enojo y la frustración, de maneras que no son agresivas o destructivas y aprenden autocontrol.

e) La resolución de conflictos. Los niños aprenden habilidades para responder

creativamente ante los conflictos en el contexto de una comunidad que brinda apoyo y afecto.

Artículo Nº 28 (extracto Ley 20.370)- La educación parvularia fomentará el desarrollo integral

de los niños y niñas y promoverá los aprendizajes, conocimientos, habilidades y actitudes que les

permitan:

a) Valerse por sí mismos en el ámbito escolar y familiar, asumiendo conductas de

autocuidado y de cuidados de los otros y del entorno.

b) Apreciar sus capacidades y características personales

c) Desarrollar su capacidad motora y valorar el cuidado del propio cuerpo.

d) Relacionarse con niños y adultos cercanos en forma armoniosa, estableciendo vínculos de

confianza, afecto, colaboración y pertenencia.

e) Desarrollo de actitudes de respeto y aceptación de la diversidad social, étnica, cultural,

religiosa y física.

f) Comunicar vivencias, emociones, sentimientos, necesidades e ideas por medio del

lenguaje verbal y corporal.

g) Contar y usar los números para resolver problemas cotidianos simples.

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h) Reconocer que el lenguaje escrito ofrece oportunidades para comunicarse, informarse y

recrearse.

i) Explorar y conocer el medio natural y social, apreciando su riqueza y manteniendo una

actitud de respeto y cuidado del entorno.

j) Desarrollar su curiosidad, creatividad e interés por conocer.

k) Desarrollar actitudes y hábitos que les faciliten seguir aprendiendo en todos los niveles

educativos.

l) Expresarse libre y creativamente a través de diferentes lenguajes artísticos.

Artículo Nº 29.- (extracto Ley 20.370) La Educación Básica en el ámbito personal

y social

m) Desarrollarse en los ámbitos moral, espiritual, intelectual, afectivo y físico de acuerdo a su

edad.

n) Desarrollar una autoestima positiva y confianza en sí mismos

o) Actuar de acuerdo con valores y normas de convivencia cívica, pacífica, conocer sus

derechos y responsabilidades y asumir compromisos consigo mismo y con los otros.

p) Reconocer y respetar la diversidad cultural, religiosa y étnica y las diferencias entre las

personas, así como la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, y desarrollar

capacidades de empatía con los otros.

q) Trabajar individualmente y en equipo, con esfuerzo, perseverancia, responsabilidad y

tolerancia a la frustración.

r) Practicar actividad física adecuada a sus intereses y aptitudes

s) Adquirir hábitos de higiene y cuidado del propio cuerpo y la salud.

Marco ordenador y regulatorio de la Convivencia Escolar, con enfoque formativo

Responsable/s de aplicar los procedimientos generales establecidos

La Comunidad Educativa Arturo Pérez Canto, está definida sobre la base de los roles y de las

responsabilidades que le compete a cada integrante. Esto significa, entre otras cosas que la

exigibilidad en el cumplimiento de los deberes es diferente según la posición de cada uno.

Por lo tanto, el cumplimiento de un determinado deber no puede ser exigible a un niño/a o joven

(estudiante) de la misma manera que un adulto. Igualmente, la vulneración de un derecho debe ser

valorado según quién sea que lo quebrante.

Actor(es) responsable Espacio

Docentes de Aula. Sala de clases

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Docentes de Aula. Laboratorio de Ciencias.

Docentes de Aula y Docente Computación. Enlaces

Bibliotecaria y Profesor(a) CRA – Biblioteca

Inspectora General, Inspectora de Patios,

docentes y asistentes de la educación de

turno.

Patios, salas, baños, camarines, comedor,

biblioteca, sala de computación.

Inspectora General e Inspectora de Patio. Entrada y Salida del colegio

Docentes e Inspectoras. Salidas a terreno.

Inspectora General, Psicóloga, Asistente

Social.

Mediación en oficina, patio, sala de integración.

Profesores ,Psicóloga, Asistente Social Sala de clases, patios, otras dependencias del

establecimiento y fuera del colegio.

Profesor Encargado Centro Alumnos. Sala de centro de alumnos.

Profesor Encargado de Seguridad Escolar. Sala de clases.

Marco ordenador y regulatorio de la Convivencia Escolar, con enfoque formativo

Acorde con normas y acuerdos sociales (Legislación nacional-internacional)

Artículo Nº 2. (Extracto Ley 20.370)- La educación es el proceso de aprendizaje permanente que

abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar su

desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el

cultivo de valores, conocimientos y destrezas. Se enmarca en el respeto y valoración de los

derechos humanos y de las libertades fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y

de nuestra identidad nacional, capacitando a las personas para conducir su vida en forma plena,

para convivir y participar en forma responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la

comunidad, y para trabajar y contribuir al desarrollo del país.

Artículo Nº. 3- El sistema educativo chileno se construye sobre la base de los derechos

garantizados en la Constitución, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile y

que se encuentren vigentes y, en especial, del derecho a la educación y la libertad de enseñanza.

Artículo Nº 4.- Derechos y Deberes: La educación es un derecho de todas las personas.

Corresponde preferentemente a los padres el derecho y el deber de educar a sus hijos; al Estado,

el deber de otorgar especial protección al ejercicio de este derecho y, en general, a la comunidad,

el deber de contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación.

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La educación básica y la educación media son obligatorias, debiendo el Estado financiar un

sistema gratuito destinado a asegurar el acceso a ellas de toda la población, así como generar las

condiciones para la permanencia en el mismo de conformidad a la ley.

Artículo Nº 5.- Corresponderá al Estado, asimismo, fomentar la probidad, el desarrollo de la

educación en todos los niveles y modalidades y promover el estudio y conocimiento de los

derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana; fomentar una cultura de la paz y de la

no discriminación arbitraria; estimular la investigación científica, tecnológica y la innovación, la

creación artística, la práctica del deporte, la protección y conservación del patrimonio cultural y

medio ambiental, y la diversidad cultural de la Nación.

Artículo Nº6.- El Ministerio de Educación y la Agencia de Calidad de la Educación velarán, de

conformidad a la ley, y en el ámbito de sus competencias, por la evaluación continua y periódica

del sistema educativo, a fin de contribuir a mejorar la calidad de la educación.

Artículo N°7.- El Estado tiene el deber de resguardar la libertad de enseñanza.

Los padres tienen el derecho de escoger el establecimiento de enseñanza para sus Hijos.

Artículo Nº.8- La comunidad educativa es una agrupación de personas que inspiradas en un

propósito común integran una institución educativa. Ese objetivo común es contribuir a la formación

y el logro de aprendizajes de todos los alumnos que son miembros de ésta, propendiendo a

asegurar su pleno desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico. El

propósito compartido de la comunidad se expresa en la adhesión al proyecto educativo del

establecimiento y a sus reglas de convivencia establecidas en este reglamento interno.

Articulo Nº9.- La comunidad educativa está integrada por alumnos, alumnas, padres, madres y

apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes técnicos

y directivos y sostenedores educacionales.

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DE LAS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO: DERECHOS, DEBERES

PERFIL PROFESIONAL

Cargo Descripción del Perfil Profesional

Director(a)

Liderar y dirigir el Proyecto Educativo Institucional.

Idoneidad Profesional.

Liderazgo, responsabilidad, actitud afectiva y empática que estimule el dialogo con todos los estamentos de la Comunidad Educativa.

Decidir sobre las inversiones de los recursos Humanos y Financieros.

Representar y gestionar la relación Comunidad – Escuela.

Monitorear y evaluar los objetivos, proyectos y metas de logro de la Escuela Arturo Pérez Canto de Vallenar.

Dar cuenta de su Gestión a la Comunidad

Inspector General

Organizar y liderar el control de la disciplina de alumnos,

funcionarios como docentes y personal auxiliar.

Atender todas las consultas de parte de los padres y/o apoderados

con respecto a la disciplina y/o comportamiento de los alumnos del

establecimiento.

Preocuparse del buen funcionamiento en el aula de la totalidad de

los cursos y especialmente cuando un docente se ausente por

enfermedad u otro motivo, cautelando que los cursos sean

atendidos por un profesor disponible o un inspector.

Cautelar y mantener en orden el buen uso del uniforme y

presentación personal del alumnado en general.

Atender y solucionar casos de indisciplina que escapan al control

del docente en el aula.

Preocuparse de los accidentes escolares, teniendo el formulario a

mano para su derivación a casa o centro asistencial, según lo

requiera el alumno o funcionario del Establecimiento.

Controlar y decidir el retiro de cursos y/o alumnos, con la

autorización del Director del establecimiento por ausencia de

profesores, causas climáticas o factores adversos, los que serán

comunicados a los apoderados a través de una comunicación

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firmada y timbrada, que además debe señalar la hora de retiro.

Llevar un Registro de los actos más relevantes realizados.

Velar por el buen uso y puesta al día del libro de salidas de los alumnos

Jefe Técnico

Optimizar el funcionamiento técnico pedagógico del establecimiento, planificando, coordinando, asesorando y evaluando el desarrollo de las actividades curriculares.

Apoyar técnicamente, en forma adecuada y oportuna a la dirección y a los docentes del establecimiento, cuando sea necesario o éstos lo soliciten, especialmente en materias asociadas a la calidad educativa, tales como, orientación, curriculum, metodología y evaluación.

Docentes de Aula

Asesorar, supervisar, evaluar y participar en la organización y

desarrollo de las actividades de su curso

Cuando la situación lo requiera, reunirse con los profesores que

atienden a su curso en las diferentes asignaturas con el fin de lograr

enfoques y prácticas pedagógicas pertinentes a las características

de sus estudiantes.

Desarrollar acciones vinculadas a los procesos formativos de sus

estudiantes, teniendo entrevistas con alumnos, padres y

apoderados periódicamente. Dirigir, coordinar y planificar reuniones

mensuales con padres y apoderados de su curso.

Asistentes de la Educación

Colaborar con la formación de los estudiantes.

Participación en el proceso educativo de los estudiantes.

Comprometerse con el Proyecto Educativo Institucional

Capacidad de establecer relaciones de comunicación con todos los estamentos de la comunidad escolar.

Comprometido con su labor a través de un constante desarrollo profesional, mediante el perfeccionamiento y la capacitación de nuevos métodos y técnicas.

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Perfil del Estudiante.

Íntegro y comprometido en lo académico, valórico, social y cultural.

Valorar y respetar costumbres y tradiciones.

Respetar de su entorno social, natural y cultural.

Proyectar su futuro educativo de acuerdo a sus intereses para la continuidad de la Enseñanza Media.

Perfil del Apoderado(a).

Responsable del proceso educativo de su educando.

Participativo en las reuniones de los Sub Centros y Centro General de Padres y Apoderados.

Que se informen de los objetivos, metas y proyectos de la Comunidad Educativa.

Comprometerse con el aprendizaje de su pupilo(a) y con las actividades de la escuela Arturo Pérez Canto de Vallenar.

Artículo Nº10 - Sin perjuicio de los derechos y deberes que establecen las leyes y reglamentos,

los integrantes de la comunidad educativa gozarán de los siguientes derechos y estarán sujetos a

los siguientes deberes:

a) Los Estudiantes tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades

para su formación y desarrollo integral; a recibir una atención adecuada y oportuna, en el

caso de tener necesidades educativas especiales; a no ser discriminados arbitrariamente;

a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se

respete su integridad física, y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o

degradantes y de maltratos psicológicos. Tienen derecho, además, a que se respeten su

libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e ideológicas y culturales,

conforme al reglamento interno del establecimiento. De igual modo, tienen derecho a ser

informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un

sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de cada establecimiento; a

participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento, y a asociarse entre

ellos.

b) Son deberes de los Estudiantes brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a

todos los integrantes de la comunidad educativa; asistir a clases; estudiar y esforzarse por

alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades; colaborar y cooperar en mejorar la

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convivencia escolar, cuidar la infraestructura educacional y respetar el proyecto educativo y

el reglamento interno del establecimiento.

c) Los padres, madres y apoderados tienen derecho a ser informados por los directivos y

docentes a cargo de la educación de sus hijos respecto de los rendimientos académicos y

del proceso educativo de éstos, así como del funcionamiento del establecimiento, a ser

escuchados y a participar del proceso educativo en los ámbitos que les corresponda,

aportando al desarrollo del Proyecto Educativo Institucional en conformidad a la normativa

interna del establecimiento. El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras

instancias, a través del Centro de Padres y/o Apoderados.

d) Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e

informarse sobre el Proyecto Educativo Institucional y normas de funcionamiento del

establecimiento que elijan para éstos; apoyar su proceso educativo; cumplir con los

compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su normativa interna,

y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa.

DE LA CALIDAD DE APODERADO Y SUS DERECHOS. Se entiende por

Apoderado a toda persona mayor de edad que se responsabiliza del cumplimiento de las obligaciones y

deberes del alumno ante la Dirección del Establecimiento, personal docente y cualquier otro

funcionario que tenga injerencia en el proceso educativo del Establecimiento.

Solamente podrán ser apoderados de los alumnos el papá, la mamá, o el representante legal de éstos.

Ante el impedimento de los padres o sus representantes, para cumplir esta función

educativa, la Dirección del Establecimiento arbitrará los medios para solucionar esta dificultad, pudiendo

hasta exigir poder notarial.

La función del Apoderado es unipersonal, no pudiendo por lo tanto existir dos apoderados por un mismo

alumno.

Son Derechos de los Apoderados.

a) Pertenecer a los Subcentros de Padres o Centro General de Padres y Apoderados, con los derechos y

obligaciones que ello implica.

b) Colaborar en las actividades del Establecimiento cuando sea requerido, por la Dirección del

Establecimiento, o por los docentes de aula.

c) A ser atendido por la Dirección y del resto del personal del Establecimiento, las veces que concurra,

siempre que éstos dispongan del tiempo necesario o que previamente hayan acordado una entrevista.

d) Informarse a través de su profesor jefe del rendimiento, comportamiento y otras actividades

desarrolladas por el alumno, a lo menos una vez al mes.

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e) Presentar reclamos fundados y los antecedentes necesarios como el propósito de investigar el

problema y plantear soluciones. Esta instancia se realizara en el libro de crónica

que maneja inspectoría general o directamente en Dirección.

DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS APODERADOS.

El apoderado se define en el momento de la matricula del pupilo. Desde este instante, asume su

responsabilidad educativa corroborada con su firma en la ficha de matricula, Hoja de Vida del

alumno, Libreta de comunicaciones del Alumno, así como también en todo otro documento que fuere

menester. Para efecto de comunicación entre hogar y escuela, se exige la Libreta de

comunicaciones, documento que el alumno debe traer permanentemente al Establecimiento.

Son Deberes de los Apoderados.

a) Apoyar solidaria y lealmente la labor educativa de la Escuela Arturo Pérez Canto

. b) Velar por la presentación personal de su pupilo; aseo, uniforme, corte de pelo.

c) Justificar las inasistencia a clases de su pupilo en forma oportuna a través de la Libreta

de Comunicaciones, o asistiendo personalmente cuando ello se requiera.

d) Revisar a diario Libreta de comunicaciones de su pupilo.

e) Supervisar que el alumno desarrolle sus actividades pedagógicas.

.Son obligaciones de los Apoderados.

a) Evitar que el alumno llegue atrasado.

b) Asistir a las reuniones ordinarias o extraordinarias de sub.centros o Centro General de Padres y

Apoderados.

c) Concurrir a la escuela cuando sea citado por Profesor Jefe o Docentes Directivos.

d) Velar porqué el comportamiento de su pupilo sea de buenos modales, respeto y cortesía, dentro y

fuera del Establecimiento.

e) Controlar la hora de salida y llegada del alumno al hogar.

f) Proporcionar a los alumnos los materiales de trabajo o de estudio.

g) Responder por los daños que el pupilo ocasione en el mobiliario escolar o inmueble en general.

h) Informar a los docentes sobre problemas físicos, médicos, sociológicos, que el alumno tenga.

i) Asegurarse diariamente que NO traiga al establecimientos elementos de valor tales como: Mp3,

celulares, Pendrive, dinero más allá del necesario, joyas, etc.

j) Autorizar las salidas pedagógicas, culturales, extraprogramáticas, viajes de estudio de acuerdo al

protocolo de higiene y seguridad

causales de caducidad de la calidad de Apoderado cuando:

a) El pupilo deje de ser alumno del Colegio.

b) El apoderado renuncie a la calidad de tal

c) ) El apoderado observa un comportamiento moral inaceptable dentro o fuera del Establecimiento,

afectando la honorabilidad de su pupilo.

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d) El apoderado es responsable de actos destinados a difamar o calumniar y agredir de cualquier

forma a algún funcionario del establecimiento educacional. a cualquier miembro de la comunidad del

Establecimiento, o a la unidad educativa como tal.

e) El apoderado ha sido condenado por delitos que merezcan pena aflictiva.

f) Cuando suplante como apoderado a otro alumno del establecimiento.

g)Los profesionales de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y

de respeto mutuo; del mismo modo, tienen derecho a que se respete su integridad física,

psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos

psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa. Además, tienen

derecho a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los

términos previstos por la normativa interna, procurando además, disponer de los espacios

adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.

h)Por su parte, son deberes de los profesionales de la educación ejercer su función en forma

idónea y responsable; respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan como

los derechos de los alumnos y alumnas, y tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria

con los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.

Los asistentes de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto

mutuo y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o

degradantes; a recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad

escolar; a participar de las instancias gremialistas de ésta, y a proponer las iniciativas que

estimaren útiles para el progreso de la escuela, en los términos previstos por la normativa interna.

e) Son deberes de los asistentes de la educación ejercer su función en forma idónea y

responsable, la que es designada en forma escrita por la directora.

Respetar las normas del establecimiento, y brindar un trato respetuoso a todos los

integrantes de la Comunidad Educativa.

f) Los equipos docentes, directivos y Técnicos del establecimientos educacional

tienen derecho a conducir la realización del Proyecto Educativo de la Escuela Arturo

Pérez Canto de Vallenar.

g) Son deberes de los equipos Docentes Directivos y Técnicos liderar los

establecimientos a su cargo, sobre la base de sus responsabilidades, y propender a elevar

la calidad de éstos; desarrollarse profesionalmente; promover en los docentes el desarrollo

profesional necesario para el cumplimiento de sus metas educativas, y cumplir y respetar

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todas las normas del establecimiento que conducen. Para el mejor cumplimiento de estos

objetivos los miembros de estos equipos de los establecimientos subvencionados o que

reciben aportes del Estado deberán realizar supervisión pedagógica en el aula. Los

derechos y deberes anteriores se ejercerán en el marco de la ley y en virtud de las

funciones y responsabilidades delegadas por el sostenedor, según corresponda.

h) Los sostenedores de establecimientos educacionales tendrán derecho a establecer y

ejercer un proyecto educativo, con la participación de la comunidad educativa y de acuerdo

a la autonomía que le garantice la ley. También tendrán derecho a establecer planes y

programas propios en conformidad a la ley, y a solicitar, cuando corresponda,

financiamiento del Estado de conformidad a la legislación vigente.

i) Son deberes de los sostenedores cumplir con los requisitos para mantener el

reconocimiento oficial del establecimiento educacional que representan; garantizar la

continuidad del servicio educacional durante el año escolar; rendir cuenta pública de los

resultados académicos de sus alumnos y cuando reciban financiamiento estatal, rendir

cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero de sus establecimientos a la

Superintendencia. Esa información será pública. Además, están obligados a entregar a los

padres y apoderados la información que determine la ley y a someter a sus

establecimientos a los procesos de aseguramiento de calidad en conformidad a la ley.

Artículo Nº11.- El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para

ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo estos

últimos otorgar las facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de

ambos objetivos.

Artículo Nº12 En los establecimientos que reciben aporte estatal, el cambio del estado civil de los

padres y apoderados, no será motivo de impedimento para la continuidad de los estudiantes dentro

del establecimiento. Del mismo modo, durante la vigencia del respectivo año escolar o académico,

no se podrá cancelar la matrícula, ni suspender o expulsar alumnos por causales que se deriven

del no pago de obligaciones contraídas por los padres o del rendimiento de los estudiantes.

Artículo Nº 13 El no pago de los compromisos contraídos por el estudiante o por el padre o

apoderado no podrá servir de fundamento para la aplicación de ningún tipo de sanción a los

estudiantes durante el año escolar y nunca podrá servir de fundamento para la retención de su

documentación académica, sin perjuicio del ejercicio de otros derechos por parte del sostenedor o

de la institución educacional, en particular, los referidos al cobro de arancel o matrícula, o ambos,

que el padre o apoderado hubiere comprometido.

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Artículo Nº 14 En los establecimientos subvencionados, los alumnos tendrán derecho a repetir

curso en un mismo establecimiento, en una oportunidad en la educación media, sin que por esa

causal les sea cancelada o no renovada su matrícula.

Artículo Nº 15 En el caso que en la misma comuna o localidad no exista otro establecimiento de

igual nivel o modalidad, lo señalado en el inciso anterior no podrá afectar de manera alguna el

derecho a la educación.

Ni el Estado, ni los establecimientos educacionales podrán discriminar arbitrariamente en el trato

que deben dar a los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.

Consejo Escolar

Artículo Nº 16 El establecimiento educacional promoverá la participación de todos los miembros de

la comunidad educativa, en especial a través de la formación de centros de alumnos, centros de

padres y apoderados, consejos de profesores y consejos escolares, con el objeto de contribuir al

proceso de enseñanza del establecimiento.

El Consejo Escolar, tendrá como objetivo estimular y canalizar la participación de la comunidad

educativa en el Proyecto Educativo Institucional y en las demás áreas, que estén dentro de la

esfera de sus competencias.

La Escuela Arturo Pérez Canto, cuenta con un Consejo Escolar, con carácter consultivo y no

resolutivo, integrado por:

Directora del Establecimiento que lo presidirá.

Sostenedor o Representante designado por él.

Inspectora General.

Jefe Técnico.

Representantes de los Docentes.

Presidente(a) del Centro General de Padres, Madres y/o Apoderados(as).

Presidente del Centro de Estudiantes.

Representante de los Asistentes de la Educación.

Coordinadora PIEC.

La Directora podrá informar y/o consultar al Consejo Escolar por situaciones derivadas de la

disciplina y convivencia escolar, entre otras materias.

Este Consejo Escolar tendrá carácter consultivo y no resolutivo y no intervendrán en materias

técnico – pedagógicas o administrativas del establecimiento.

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Alumnos con Necesidades Educativas Especiales

Artículo Nº 17.- Los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales, tienen derecho a recibir

una atención adecuada y oportuna, lo que implica ser diagnosticados atendidos en el PIE y ser

evaluados en forma anual.

Artículo Nº 18 Se entenderá que un estudiante presenta Necesidades Educativas Especiales

cuando precisa ayudas y recursos adicionales, ya sean humanos, materiales o pedagógicos, para

conducir su proceso de desarrollo y aprendizaje, y contribuir al logro de los fines de la educación.

Artículo Nº 19 Los proyectos de integración escolar contarán con orientaciones para construir

adecuaciones y /o adaptaciones curriculares respectivamente.

Procedimientos de la Escuela Arturo Pérez Canto, para abordar los estudiantes con Necesidades

Educativas Especiales:

2) Pesquisaje de estudiantes.

3) Diagnóstico por especialistas (fonoaudiológicos, kinesiológicos y psicológicos

correspondientes).

4) Paralelamente se realiza diagnóstico pedagógico.

5) Se da comienzo a la atención de los estudiantes evaluados.

6) Se realizan adecuaciones y/o adaptaciones curriculares a cada estudiante con la

profesora de aula. (PACI).

Marco ordenador y regulatorio de la Convivencia Escolar, con enfoque formativo

Distinciones a considerar

Conceptos Descripción

Agresividad

• Corresponde a un comportamiento defensivo natural ante situaciones de riesgo, enfrentado a una amenaza que podría afectar su integridad. No implica un hecho de violencia

Conflicto

• Dos o más personas en oposición o desacuerdo debido a intereses debidamente incompatibles; si es mal abordado puede derivar en violencia.

Violencia

• Uso ilegítimo del poder o de la fuerza, física o psicológica; daño al otro como una consecuencia.

• Manifestaciones de violencia: • Violencia psicológica

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• Violencia física • Violencia sexual • Violencia por razones de género • Violencia a través de medios tecnológicos.

Bullying • El Bullying tiene tres características: • Se produce entre pares • Existe abuso de poder • Es sostenido en el tiempo, se repite durante un periodo

indefinido.

Grooming

El acoso sexual de menores en la Red no es algo frecuente. Sin embargo, es perfectamente factible y las consecuencias pueden ser devastadoras. Una vez iniciado el daño es irreparable. Por fortuna, es sencillo de evitar e incluso de contener en los primeros momentos. El grooming de menores en Internet es un fenómeno que podríamos traducir como engatusamiento y que se utiliza para describir las prácticas online de ciertos adultos para ganarse la confianza de un (o una) menor fingiendo empatía, cariño, et

Procedimientos Pedagógicos para abordar los conflictos y medidas

reparatorias

Aplicación de procedimientos claros y justos:

Que sean escuchados

Que sus argumentos sean considerados

Que se presuma su inocencia

Que se reconozca su derecho a apelación

Denuncias de delitos

Efectuarse a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones (P.D.I)

La Mediación Espontánea e inmediata in situ, en el patio, en clase, dependiendo de la

situación. (Que respeten y obedezcan a todos los miembros de la Comunidad Educativa).

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La negociación: Se realiza entre las partes involucradas en un conflicto, sin intervención

de terceros, para que los implicados entablen una comunicación en busca de una solución

aceptable a sus diferencias, la que se explica en un compromiso.

El arbitraje: Procedimiento que está guiado por un adulto (Inspectora General, Profesor

Jefe, Profesor de Asignatura u otro profesional de la educación) que proporciona garantías

de legitimidad ante la comunidad educativa, con atribuciones en la institución escolar

quien, a través del diálogo, la escucha atenta y reflexiva de las posiciones e intereses de

los involucrados, indaga sobre una solución justa y formativa para ambas partes en

relación a la situación planteada.

La mediación: Procedimiento en el que una persona o un grupo de personas, ajenas al

conflicto, ayuda a los involucrados a llegar a un acuerdo y/o resolución del problema, sin

establecer sanciones ni culpables, sino buscando el acuerdo para restablecer la relación y

la reparación cuando sea necesaria.. El mediador adopta una posición de neutralidad

respecto de las partes en conflicto y no impone soluciones, sino que orienta el diálogo y el

acuerdo.

CONSIDARACIONES DE INSTANCIAS REPARATORIAS

Las acciones reparatorias pueden ser variadas, dependiendo del tipo de conflicto, de las

características de los involucrados y de la comunidad educativa en general; entre otras, se pueden

mencionar.

Acciones para reparar o restituir el daño causado: su punto de partida es el reconocimiento de

haber provocado daño a un tercero, lo que implica una instancia de diálogo, medida por un adulto

(Inspectora General y otros profesionales de la educación). Servicios en beneficio de la

comunidad: Implica la prestación de un servicio a favor de la comunidad que ha sido dañada, e

igualmente debe estar relacionado con el daño causado. Por ejemplo.

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Realización de tareas educativas fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y

desarrollo de las actividades de la Escuela Arturo Pérez Canto.(reforzamientos)

Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias

de la escuela.

Cambio de grupo o lugar en la sala de clases.

Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un periodo no

superior a tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá

permanecer en el interior de la escuela y realizar las actividades formativas que se

determinen para garantizar la continuidad del proceso educativo.

Hermosear o arreglar dependencias del establecimiento.

SANCIONES

Ante el no cumplimiento de las Normas de Convivencia Escolar, el alumno(a) deber asumir la

aplicación de las siguientes remediales formativas:

1. Amonestación verbal por parte del profesor jefe, de asignatura o Inspectora General

2. Amonestación escrita en la Hoja de Vida del Libro de Clases.

3. Al incurrir el alumno(a) dos veces en una falta de carácter leve el Profesor Jefe

conversará con el alumno(a) para establecer una adecuada orientación. De todo lo

anterior debe quedar registro en la Hoja de Vida. Se dejará constancia escrita del hecho

y el alumno(a) debe enmendar el daño ocasionado.

4. Si el alumno incurre por tercera vez en una falta de carácter leve o en una primera falta

de carácter grave, el Profesor Jefe deberá citar de inmediato a una entrevista al

apoderado y al alumno, quedando el antecedente escrito en la Hoja de Vida del

alumno(a). La falta grave procede con una amonestación escrita por parte del Profesor

Jefe, Inspector o Profesor de Asignatura. Suspensión por un día, reparación del daño

causado. Firma de la Carta Compromiso, Condicionalidad o Extrema Condicionalidad

según corresponda. La Falta muy grave procede con una amonestación escrita, citación

de Coordinación, suspensión por tres días reparo del daño, firma de Condicionalidad,

Extrema de Condicionalidad o Cancelación de Matrícula según corresponda. En caso de

Cancelación, el alumno(a) tiene derecho a Apelación.

Nota: Tres faltas leves en el transcurso de un mes constituyen una falta grave, dos faltas

graves en el transcurso de un trimestre constituyen una falta muy grave.

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5. Si el alumno(a) persiste por segunda vez en una falta de carácter grave o comete una

falta de carácter muy grave será la Coordinación quien cite al apoderado y al alumno a

una entrevista, pudiendo establecer la suspensión del alumno(a) de 1 a 3 días,

asumiendo el apoderado y el alumno todas las consecuencias pedagógicas de esta

medida. De todo lo anterior quedará un antecedente escrito en la Hoja de Vida del Libro

de Clases.

6. Si el alumno a posterior cometiera una falta leve, grave o muy grave se procederá a citar

al apoderado y al alumno a la Inspectoría respectiva de la escuela tendrá como

consecuencia una segunda suspensión del alumno de clases, en las mismas

condiciones que el punto anterior. De inmediato se procederá a redactar un documento

formal en el cual quedarán claramente expresadas las condiciones cuyo cumplimiento,

por parte del alumno(a), será básico para su continuación en la escuela, este

documento constituye la Condicionalidad de Matrícula del alumno(a) y en él se reflejarán

las conductas que el alumno(a) deberá modificar para poder seguir matriculado en

nuestra escuela. Si el alumno(a) no siguiera acumulando antecedentes en la hoja de

vida y presente un rendimiento aceptable y una buena asistencia a clases esta sanción

será revisada en el Consejo de Profesores al término del Semestre será allí donde se

decida en primera instancia, si la medida se revocará, se ampliará por otro Semestre o

se solicitará a Dirección reubicación del alumno(a) en otro establecimiento.

7. El Consejo de Profesores, podrá aplicar medidas disciplinarias tales como

amonestaciones y condicionalidades y sugerir el término de la matrícula de algún

alumno(a) a la Dirección.

8. Si la situación disciplinaria que afecte a un alumno(a) es gravísima se podrá establecer

la suspensión temporal del alumno(a), quien se presentará solamente a rendir sus

evaluaciones, de acuerdo a un calendario entregado para este efecto. La suspensión se

extenderá desde el momento en que se han agotado las remediales formativas o si la

falta lo amerita, en dicho caso se realizará un Consejo de Profesores para analizar estos

casos en forma especial.

9. Se deja establecido que es el Director del colegio quien escuchando las observaciones

del Consejo de Profesores y, reuniendo los antecedentes necesarios tome una decisión

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respecto a la continuación en el colegio de un alumno(a), siendo ésta la última instancia

de apelación.

10. Por último cualquier situación no contemplada en los puntos anteriores será resuelta por

el encargado(a) de convivencia escolar junto con la dirección de la escuela los cuales se

reservan el derecho de decidir la continuidad del alumno(a) en el establecimiento.

Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados

y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta,

respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del

afectado y la formación del responsable.

Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes

criterios:

APLICACIÓN DE CRITERIOS DE GRADUACIÓN DE FALTAS

Para evaluar adecuadamente una falta, es la Comunidad Educativa la define los

siguientes criterios, que permitan establecer si se trata de una falta leve, grave o

gravísima. Por ejemplo:

FALTA LEVE Actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad. Ejemplos: atrasos, olvidar un material, uso del celular en clases, no entrar a tiempo a la sala de clases, quitarle la pelota o los juegos a los más pequeños, etc. FALTA GRAVE Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia. Ejemplos: dañar el bien común, agredir a otro miembro de la comunidad educativa, ofender o intimidar a un docente o asistente de la educación, falsear o corregir calificaciones, etc. FALTA GRAVISIMA Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito. Ejemplos: robos, abuso sexual, tráfico de drogas, o el acoso escolar, etc.

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“DECÁLOGO DE UNA BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR” 1. Todos los Establecimientos educacionales subvencionados del país deben contar con un

Reglamento de Convivencia que rija las relaciones entre el EE, los alumnos, los padres y apoderados.

2. El Reglamento debe ser consistente con los principios y valores contenidos en el PEI de cada Liceo/Colegio y respetar las normas del ordenamiento jurídico nacional.

3. El Reglamento no puede contener normas que contravengan disposiciones legales, por ejemplo; libertad de culto, el conjunto de derechos de las alumnas embarazadas y madres; los derechos de los alumnos portadores de VIH; restricciones a la participación y/o libertad de asociación, etc.

4. El Liceo/Colegio debe liderar los esfuerzos para que este instrumento sea conocido por toda la comunidad educativa, que hayan instancias de diálogo sobre el sentido de sus normas y que se establezcan instancias de revisión periódicas de él.

5. El Reglamento no resolverá por sí mismo todos los aspectos o conflictos que pueden

presentarse en una comunidad educativa, pero sí establecerá procedimientos y canales de comunicación que visibilizarán la resolución de conflictos.

Aplicación de criterios de graduación de faltas

Medidas Reparatorias

Instancias reparatorias

• Acciones para reparar o restituir el daño causado - Servicios en beneficio de la comunidad:

• Servicio Comunitario: (Tiempo Hrs. 1.30 Máximo) (Entre 5º Año Básico a 8º Año Básico) Implica actividades que benefician a la comunidad educativa, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través del esfuerzo personal.

Actividad A cargo de

Cooperar con la mantención del aseo en la escuela (en horas de recreo).

Según su falta, se responsabiliza por conducto regular.

Elaborar mural relacionado con los valores y/o las efemérides.

Profesor Jefe.

Suspensión de actividades extraescolares.

Profesor de Talleres.

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• Servicio Pedagógico: (Entre 5º Enseñanza Básica a 8° Enseñanza Básica) contempla una acción de tiempo libre del o la estudiantes que, asesorado por un docente realiza actividades.

Actividad A cargo de

Apoyar en la elaboración de materiales de los docentes.

Profesor que aplica la medida reparatoria

Reforzar lectura y escritura

Profesos que aplica la medida reparatoria.

• Ambos tipos se sanciones requieren de una supervisión seria estricta y eficiente.

Lo peor que puede pasar en estos casos es ordenar una determinada sanción y que esta quede sin efecto en la práctica, se realice a medias o no se realice. En tal sentido antes que esto suceda es preferible no sancionar. Hacerlo sólo aparentemente quita todo valor formativo a la sanción.

Denuncias de delitos

• Efectuarse a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones.

• Fiscalías del Ministerio Público.

• Tribunales competentes.

SANCIONES POR NIVEL

Aplicación de procedimientos claros y justos

• Que se reconozca su derecho a apelación (PLAZO 3 DIAS)

• Que sea informado apoderado titular o suplente.

• Que acate las medidas disciplinarias de que tipo determina la Escuela Arturo Pérez Canto.

• Que sean escuchadas ambas partes de acuerdo al conducto regular y posteriormente tomar decisión.

• Que el apoderado titular o suplente registrado oficialmente que realice sugerencias o reclamos.

Consideración de factores agravantes o atenuentes

• De acuerdo con la edad, el rol y la jerarquía de los involucrados varía el nivel de responsabilidad

sobre sus acciones.

• Conocer el contexto , la motivación y los intereses que rodean la aparición de la falta

Aplicación de criterios de graduación de faltas

• Falta Leve. • Falta Grave.

• Falta gravísima.